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DECRETO DE CONVIVENCIA ESCOLAR EN CASTILLA-LA MANCHA Aspectos a tener en cuenta en un centro de enseñanza Francisco Javier García García

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Un resumen comparativo del Decreto de Convivencia en Castilla-La Mancha y sobre lo que es la mediacion escolar

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Page 1: Decreto Convivencia y Mediación

DECRETO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

EN CASTILLA-LA MANCHA

Aspectos a tener en cuenta en un centro de enseñanza

Francisco Javier García García

Page 2: Decreto Convivencia y Mediación

PEC Plan de Convivencia

Contiene

PRINCIPIOS EDUCATIVOS

Que regulan la convivencia del centro

NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS AULAS (NCOF)

Procedimientos para su elaboración, aplicación y revisión.

Derechos y deberes, medidas preventivas y procedimientos de mediación

Organización de espacios y tiempos. Normas de uso de las instalaciones y recursos del centro.

Comunicaciones familias-centro.

Elabora: Profesorado, Alumnado, AMPAS y el conjunto de las familias.

Firmada: Representantes de la Comunidad Educativa.

Difusión: Pública y expuesta en lugar visible del centro.

Se configura como un

CARTA DE CONVIVENCIA

Declaración de los principios y valores del PEC que guían la convivencia

Elaboradas: Equipo Directivo con las aportaciones de la comunidad educativa.

Informadas: Por el Claustro de Profesores.

Aprobadas: Consejo Escolar (por mayoría de 2/3 de sus miembros con derecho a voto)

Difusión: El Director/a las hará públicas, procurando que llegue a todos.

Page 3: Decreto Convivencia y Mediación

NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO y DE LAS AULAS

(NCOF) 1

1. Identificación y definición explícita de los principios recogidos en el PEC.

2. Procedimiento para su elaboración, aplicación y revisión, que garantiza la participación democrática de toda la comunidad educativa.

3. Normas de aula: Criterios comunes, elementos básicos que deben incorporar, procedimiento de elaboración y responsables de su aplicación. Medidas preventivas y correctoras ante conductas contrarias a estas normas. Elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y alumnado de cada aula. Coordinadas por el tutor. El Consejo Escolar velará porque no vulneren las normas establecidas para todo el centro

Page 4: Decreto Convivencia y Mediación

NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO y DE LAS AULAS

(NCOF) 2

4. Derechos y Obligaciones de los miembros de la Comunidad Educativa.

5. Medidas preventivas y Medidas correctoras ante Conductas contrarias a las NCOF de centro y aula.

6. Procedimientos de mediación para la resolución positiva de los conflictos. Proyecto-Equipos-Responsable de los procesos de mediación y arbitraje.

7. Criterios establecidos por el Claustro para: asignación de tutorías, elección de cursos y grupos, sustitución del profesorado ausente con reparto equitativo entre los componentes del Claustro y otras responsabilidades y tareas no definidas por la normativa vigente.

Page 5: Decreto Convivencia y Mediación

NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO y DE LAS AULAS

(NCOF) y 3

8. Organización de los espacios y del tiempo en el centro y normas para el uso de instalaciones y los recursos.

9. Procedimientos de comunicación a las familias de las faltas de asistencia a clase de los alumnos, y las correspondientes autorizaciones o justificantes para los casos de inasistencia cuando éstos son menores de edad.

10.En el caso de Residencia Escolar: funcionamiento interno y normas referidas al horario de la misma, actividades de orientación y tutoría propias de la residencia, el régimen de convivencia y funcionamiento, organización del ocio y del tiempo libre.

Page 6: Decreto Convivencia y Mediación

Medidas preventivas y medidas correctoras DEFINICIÓN

CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIDAS CORRECTORAS

MEDIDAS EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS. COMPROMISO DE CONVIVENCIA

CLASIFICACIÓN

CAMBIO DE CENTRO

REALIZACIÓN DE TAREAS EDUCATIVAS FUERA DEL AULA

Page 7: Decreto Convivencia y Mediación

Medidas preventivas y medidas correctoras (I)

o De forma autónoma, los centros determinarán, en las Normas de convivencia, funcionamiento y organización del centro y del aula, las conductas que no se ajustan a los principios y criterios que regulan la convivencia del centro, y establecerán las medidas correctoras y los procedimientos necesarios para su aplicación, seguimiento y control, así como los responsables de su ejecución.

DEFINICIÓN

Serán las realizadas:o Dentro del recinto escolar.o Durante las actividades complementarias y extracurriculares.o En el uso de los servicios complementarios del centro.

También se tendrán en cuenta las que, aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar.

Page 8: Decreto Convivencia y Mediación

Medidas preventivas y medidas correctoras (II)

CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIDAS CORRECTORAS

• Para su aplicación se tendrán en cuenta el nivel y la etapa escolar y las circunstancias personales, familiares y sociales.

• Proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo.

• Deben tener prioridad las que conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales y colectivos que repercutan de forma positiva en la comunidad y en el centro.

• Nunca pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumnado.

• No se puede privar del derecho a la educación y, en la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.

• Se podrá imponer la realización de tareas educativas fuera del aula o del centro docente durante el periodo lectivo correspondiente.

• Se definen atenuantes y agravantes.

Page 9: Decreto Convivencia y Mediación

Medidas preventivas y medidas correctoras (III)

Realización de tareas educativas fuera del aula

a) Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.

b) La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.

c) La interrupción del normal desarrollo de las clases.d) La alteración del desarrollo normal de las

actividades del centro.e) Los actos de indisciplina contra miembros de la

comunidad escolar.f) El deterioro, causado intencionadamente, de las

dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar.

Page 10: Decreto Convivencia y Mediación

Medidas preventivas y medidas correctoras (IV)

• Las medidas correctoras previstas para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro serán adoptadas por el director/a, que lo comunicará a la Comisión de Convivencia.

• El director/a podrá proponer al Delegado Provincial (en aquellas localidades en las que exista más de un centro), y por problemas graves de convivencia o por otras causas de carácter educativo que estén afectando gravemente a su normal proceso de escolarización y de aprendizaje, el cambio de centro de un alumno o alumna.

Page 11: Decreto Convivencia y Mediación

Compromiso de Convivencia

1. El Consejo Escolar, su Comisión de Convivencia, los demás órganos de gobierno de los centros, el profesorado y los restantes miembros de la comunidad educativa pondrán especial cuidado en la prevención de actuaciones contrarias a las normas de convivencia, estableciendo las medidas educativas y formativas necesarias.

2. El centro demandará a la familia o representantes legales del alumnado y, en su caso, a las instituciones públicas competentes, la adopción de medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias que puedan ser determinantes de actuaciones contrarias a las normas de convivencia.

3. Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares podrán suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con el objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno/a y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar, para superar esta situación.

4. El Consejo Escolar, a través de la Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

Page 12: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación DEFINICIÓN

EQUIPOS DE MEDIACIÓN

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA MEDIACIÓN

RESPONSABLE DEL CENTRO

CUANDO NO DEBE USARSE

PROCESO

Page 13: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación (I)

¿QUÉ ES?Un método de resolución de

conflictos en el que, mediante una tercera persona imparcial, se ayuda a las partes a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio.

Puede utilizarse como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre los miembros de la comunidad educativa

Se puede ofrecer como estrategia de reconciliación una vez aplicada la medida correctora, a fin de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.

EQUIPOS DE MEDIACIÓN

Se crean en el centro para realizar las tareas establecidas de mediación.Los componentes de estos equipos recibiránformación continua y específica para dicha tarea.

RESPONSABLE DEL CENTRO

El Consejo Escolar elegirá a un miembro adulto de la comunidad educativa

Page 14: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación (II)

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA MEDIACIÓN

a) La libertad y voluntariedad de las personas implicadas en el conflicto para acogerse o no a la mediación y para desistir de ella en cualquier momento del proceso.

b) La actuación imparcial de la persona mediadora para ayudar a las personas implicadas a que alcancen un acuerdo sin imponer soluciones ni medidas. Para garantizar este principio, la persona mediadora no puede tener ninguna relación directa con los hechos que han originado el conflicto.

c) El compromiso de mantenimiento de la confidencialidad del proceso de mediación, salvo en los casos que determine la normativa.

d) El carácter personal que tiene el proceso de mediación, sin que pueda existir la posibilidad de sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios.

e) La práctica de la mediación como herramienta para que el alumnado adquiera, desde la práctica, la solución pacífica de los conflictos.

Page 15: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación (III) PROCESO DE LA MEDIACIÓN

1. Se puede iniciar a instancia de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de parte interesada o de una tercera persona, siempre que las partes en conflicto lo acepten voluntariamente. Dicha aceptación exige que éstas asuman ante la dirección del centro y, en el caso de menores de edad, los padres o tutores, el compromiso de cumplir el acuerdo al que se llegue.

2. Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la dirección del centro, de entre el alumnado, padres, madres, personal docente o personal de administración y servicios, que dispongan de formación adecuada para conducir el proceso de mediación.

3. Las personas mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y o reparación a que quieran llegar.

4. Si el proceso de mediación se interrumpe o finaliza sin acuerdo, o si se incumplen los pactos de reparación, la persona mediadora debe comunicar el resultado al director/a para que actúe en consecuencia.

5. Los centros docentes que decidan utilizar la mediación en el proceso de gestión de la convivencia deberán desarrollar los procedimientos oportunos en sus Normas de Convivencia, organización y funcionamiento.

Page 16: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación (IV)

NO SE PUEDE UTILIZAR LA MEDIACIÓN cuando los actos sean:

1. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

2. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

3. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.

4. Cuando, en el mismo curso escolar, se haya utilizado el proceso de mediación en la gestión de dos conflictos con el mismo alumno o alumna, siempre que el resultado del proceso haya resultado negativo.

Page 17: Decreto Convivencia y Mediación

La Mediación:

Personas con responsabilidades de aplicación

RESPONSABLE DEL CENTRO

CONSEJO ESCOLAR

PADRES Y MADRES

DIRECCIÓN DEL CENTRO

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

CLAUSTRO PROFESORES

EQUIPOS DE MEDIACIÓN

P.A.S. ALUMNOS

Page 18: Decreto Convivencia y Mediación

Iniciativas de la Consejería para apoyar la convivencia en los centros

Unidad específica de Apoyo

(ámbito regional)

17 Iniciativas concretas

Acción Tutorial y Orientación

Evaluación (interna y externa)

Unidad específica de Apoyo

(ámbito provincial)

Page 19: Decreto Convivencia y Mediación

Iniciativas de la Consejería (I)

Unidad específica de Apoyo(ámbito regional)

Los centros contarán con el asesoramiento y apoyo de una Unidad específica de ámbito regional que tendrá como función proporcionar una respuesta inmediata a las cuestiones más importantes que puedan surgir en las relaciones de convivencia.

Unidad específica de Apoyo(ámbito provincial)

La Inspección de EducaciónOrganizará un área específica para el asesoramiento, la coordinación y el seguimiento de las actuaciones derivadas de la activación de los protocolos relacionados con la convivencia escolar.

EvaluaciónLa evaluación de las relaciones de convivencia tendrá un tratamiento específico en el marco de la evaluación externa e interna de los centros.

Acción Tutorial y Orientación

Se impulsará y reforzará laconvivencia escolar a través de la acción tutorial y el asesoramiento especializado de la Orientación.

Page 20: Decreto Convivencia y Mediación

Iniciativas de la Consejería (II)

1. Incorporación en las Programaciones de las distintas áreas y materias de los valores que desarrollan la convivencia.

2. La práctica de modelos de enseñanza y aprendizaje que, como en el caso de la organización en ámbitos, facilitan la convivencia al aumentar las posibilidades de interacción entre profesorado y alumnado.

3. Medidas organizativas que hagan efectiva la participación del alumnado en la elaboración de las normas de centro y de aula con el impulso a la figura del delegado de curso y la junta de delegados.

4. Medidas organizativas que faciliten la coordinación y funcionamiento de los equipos docentes.

5. Impulso a los centros para que, en el uso de su autonomía, definan sus propias estructuras de mediación.

6. Programas de tutoría individualizada y compromisos con familias.

7. Programas de asesoramiento y formación específicos dirigidos al profesorado, los equipos directivos y al resto del personal del centro, dando preferencia a los programas de formación en centros.

8. Asesoramiento, programas de formación y jornadas de intercambio dirigidos a madres y padres de alumnos.

Iniciativas

Page 21: Decreto Convivencia y Mediación

Iniciativas de la Consejería (II) Iniciativas

9. Asesoramiento, programas de formación y jornadas de intercambio dirigidos al alumnado.

10. Programación de jornadas de intercambio entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

11. Convocatorias para estimular proyectos de innovación e investigación educativa asociados a la promoción y mejora de la convivencia escolar, y a la prevención y resolución de los conflictos en los centros docentes.

12. Certámenes y premios para la elaboración y difusión de materiales educativos.

13. Compromisos con los centros docentes para la puesta en marcha de proyectos propios de carácter integral que incluyan entre sus actuaciones la mejora de la convivencia.

14. Difusión de protocolos de actuación y materiales de apoyo a los centros.

15. Establecimiento de redes de colaboración entre instituciones y entidades responsables.

16. Programas de apertura de centros para facilitar el compromiso social y del conjunto de la comunidad educativa.

17. Campañas de sensibilización dirigidas al conjunto de la sociedad a través de los medios de comunicación.

Page 22: Decreto Convivencia y Mediación

OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA

¿QUÉ ES? SUS FUNCIONES

COMPOSICIÓN

FUNCIONAMIENTO

SU FINALIDAD

Page 23: Decreto Convivencia y Mediación

Observatorio para la convivencia (I)

¿Qué es?Órgano colegiado de carácterconsultivo de la Consejeríacompetente en materia de educación.

FuncionamientoEl Observatorio, para cumplir conlas funciones atribuidas, funcionaráen Pleno y en Comisión permanente(En los Arts. 40 y 41 se describenrespectivamente el funcionamientode ambos

Su FinalidadAnalizar el fenómeno de la convivenciapara buscar las causas y los efectosque provocan su ruptura en loscentros educativos, elaborarpropuestas para su promoción ymejora, y realizar el seguimiento delas medidas que para su refuerzo ymantenimiento se pongan en marcha.

Page 24: Decreto Convivencia y Mediación

Observatorio para la convivencia (II)

a) Realizar estudios e investigaciones, de manera periódica, relativos a la situación de la convivencia en los centros educativos e identificar los factores de riesgo existentes.

b) Elaborar informes y hacer propuestas a la Administración educativa, teniendo en cuenta los estudios realizados, destinadas a fomentar la mejora de la convivencia en los centros.

c) Promover la colaboración entre todas las instituciones implicadas en la convivencia escolar y su promoción.

d) Proponer acciones formativas dirigidas a la comunidad educativa sobre el fomento de la convivencia y la intervención y mediación en los conflictos.

e) Promover encuentros entre profesionales y expertos para facilitar el intercambio de experiencias, investigaciones y trabajos relacionados con la mejora de la convivencia escolar.

f) Colaborar con el Observatorio Estatal de la convivencia escolar.

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Observatorio para la convivencia (III)

• La Presidencia, que será el titular de la Consejería de Educación.

• La Vicepresidencia, que será el responsable de la coordinación de las políticas educativas de la Consejería de Educación.

• Vocales:a)Una persona por cada Grupo Parlamentario b)Los titulares de las Direcciones Generales de la Consejería

de Educación.c) Una persona, con rango de director/a general,

representante de la Consejería Bienestar Social, designada por su titular.

d)Una persona, con rango de director/a general, representante de la Consejería de Justicia, designada por su titular.

e)El Inspector-Jefe de Educación de Castilla-La Mancha.f) El Presidente del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.g)Una persona en representación de cada una de las

instituciones que aparecen en el apartado g) del Art. 37.h)Cinco expertos en convivencia escolar designados por la

Presidencia.

Page 26: Decreto Convivencia y Mediación

Para más información ...

Leer el Decreto 3/2008 de la Convivencia Escolar, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 11 de enero de 2008

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DIRECCIÓN DEL CENTROArt. 12. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar losprocedimientos más adecuados para la resolución de los conflictos e imponer las medidas correctoras previstas.

(LOE, en el artículo 132.f y g)

CONSEJO ESCOLARArt. 13. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente, y la de proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro y la resolución pacífica de conflictos, la educación en valores y la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

(LOE, en los apartados f y g del artículo 127)

RESPONSABLE EN EL CENTRO DE LOS PROCESOS DE MEDIACIÓNArt 17. El Consejo escolar elegirá a un miembro adulto de la comunidad educativa para ejercer tareas de mediación y arbitraje en aquellos conflictos cuya relevancia o especial conflictividad así lo aconseje.

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en COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR

Art. 14.1. En el Consejo escolar constituirá una Comisión de Convivencia formada por representantes del profesorado, de las familias, del personal de administración y servicios y del alumnado en la misma proporción en que se encuentran representados en el Consejo. El número de componentes, el procedimiento para su elección y las funciones de la Comisión quedarán definidos en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro docente.2. La Comisión de Convivencia tendrá como responsabilidad la de asesorar a la dirección del centro y al conjunto del Consejo escolar en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto, canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.3. La Comisión de Convivencia elaborará un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del alumnado.

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en

EQUIPOS DE MEDIACIÓNArt 16. En los centros docentes se podrán crear equipos de mediación o de tratamiento de conflictos para realizar las tareas establecidas de mediación. Los componentes de estos equiposrecibirán formación continua y específica para dicha tarea.

PROFESORADOArt 11.1. Responsabilidad de contribuir a que las actividades delcentro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, departicipación y libertad para fomentar en el alumnado los valoresde la ciudadanía democrática.Asimismo, podrá participar de forma voluntaria en el equipo demediación.

(LOE, artículo 91, apartado g)

CLAUSTROArt.11.2. Informar las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro, conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que se atengan a la normativa vigente, y proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

(LOE, artículo 129, apartados h, i y j)

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en PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS (P.A.S.)

Art 15.3. El personal de administración y servicios del centro contribuirán de forma activa a la mejora de la convivencia.

ALUMNADOArt 15.1. El alumnado participará de forma activa en el proceso de elaboración, aprobación y cumplimiento de las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula, y en la promoción de la convivencia a través de los delegados de curso, de las asociaciones de alumnas y alumnos, y de sus representantes en el Consejo escolar o participando como voluntarios en los equipos de mediación.

PADRES Y MADRESArt 15.2. Las madres, padres o tutores contribuyen a la mejoradel clima educativo, a través de los representantes del ConsejoEscolar, de las Asociaciones de madres y padres o participandocomo voluntarios en el equipo de mediación.

Page 31: Decreto Convivencia y Mediación

Pasamos a clarificar, un poco, el concepto de la Mediación Escolar

Page 32: Decreto Convivencia y Mediación

Las carencias en determinados valores dificultan la convivencia

La Mediación es más que una técnica para afrontar conflictos, es una forma de entender las relaciones personales

MEDIACIÓN y CONVIVENCIA

Page 33: Decreto Convivencia y Mediación

No debemos tolerar en nuestros colegios que se produzcan agresiones entre compañeros de clase, sean físicas, psicológicas o de cualquier otro tipo.

Hay que establecer medidas para prevenirlas y para encontrar soluciones pacíficas o dialogadas ante un conflicto o un intento de agresión.

También debemos ofrecer habilidades al alumnado y al resto de los componentes de la comunidad escolar.

MEDIACIÓN y CONVIVENCIA¿Por qué necesitamos una mediación

escolar?

Page 34: Decreto Convivencia y Mediación

Es una estrategia de transformación de conflictos 

No es un juicio ni un arbitraje  

Facilita que las partes en conflicto encuentren por sí mismas las soluciones más satisfactorias

 Es absolutamente voluntaria

 Puede ser útil para reconstruir relaciones

 Debe tener en cuenta que “siempre que ha habido agresión

tiene que haber reparación”

¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?

Page 35: Decreto Convivencia y Mediación

Dada la edad de los alumnos lo más importante es la prevención, unida a la educación en el respeto a los demás.

Debemos detectar los problemas de violencia.

Es muy importante la observación de las conductas de los alumnos, tanto en el aula, como fuera de ella.

Imprescindible la implicación del Equipo Directivo, de la Unidad de Orientación, y de los tutores.

En Infantil y Primaria

Page 36: Decreto Convivencia y Mediación

• Las COMPETENCIAS, es decir, la cualificación de los miembros de la Comunidad Educativa.

• Las buenas intenciones no bastan. Hacen falta técnicas adecuadas y una buena formación inicial.

• La ESTRUCTURA, o sea, el diseño formal del sistema en la organización.

• La integración institucional de la actuación. Cuanto más institucionalizados estén los modelos de gestión de conflictos, más coherentes y más eficaces serán los programas que apliquemos.

• La CULTURA, entendida como las normas, los valores compartidos y las actividades que influyen en la conducta ante los conflictos.

• No podemos elegir los hechos que nos tocan afrontar, pero si podemos elegir el marco desde el que actuar. El cambio de mentalidad o de actitud es fundamental.

DIMENSIONES INICIALES PARA UN PLAN DE CONVIVENCIA

Page 37: Decreto Convivencia y Mediación

• Las normas deben ser necesarias.

• Las normas deben ser razonables.

• Las normas deben ser sencillas y claras.

• Siempre que se pueda, deben expresarse en forma positiva.

• Las normas deben ser adecuadas a los niveles de desarrollo cognitivo y social de los alumnos.

ELABORACIÓN ADECUADA DE NORMAS DE CONVIVENCIA

Page 38: Decreto Convivencia y Mediación

• Establecer acuerdos previos entre los sectores del centro (Claustro, Consejo Escolar, AMPAS, alumnos)

• Revisión del Reglamento Interno del Centro.• Partir de problemas reales y del análisis de las conductas

que distorsionan la marcha normal del aprendizaje.• Analizar las causas que originan los problemas.• Analizar las medidas actuales, su alcance y necesidad de

cambio.• Visión y versión positiva del clima escolar: los incentivos,

la motivación y la disciplina.• Creación de la Comisión de Convivencia y Mediación.• Establecer cauces de formación-información sobre la

Mediación escolar.• Concretar el proceso de actuación y los elementos que

intervendrán en ella.

PROCESO DE ELABORACIÓN DEL MODELO DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO (I)

Page 39: Decreto Convivencia y Mediación

• Formarse en mejora de la convivencia, mediación, etc. • Escoger la/s figura/s que se van a poner en marcha:

mediación (profesorado, alumnado, familias, otros agentes de la comunidad educativa), alumnos ayudantes o tutores de convivencia (todas, algunas o sólo una de ellas).

• Difundir el modelo de intervención. • Ponerlo en marcha. • Formar un equipo de intervención. • Crear una cultura de afrontamiento constructivo de

conflictos y de colaboración. Consolidar y expandir ese modelo.

• Evaluar la convivencia en el centro.

PROCESO DE ELABORACIÓN DEL MODELO DE CONVIVENCIA EN EL

CENTRO (II)

Page 40: Decreto Convivencia y Mediación

Factores que pueden influir en la aparición de violencia escolar (EL

AGRESOR)

Informe sobre la violencia entre compañeros en la escuela, 2.005 (Centro Reina Sofía)

Individuales

Falta de empatía.

Baja autoestima.

Impulsividad.

Egocentrismo.

Fracaso escolar.

Trastornos psicopatológicos.

Familiares

Estilo autoritario o permisivo.

Maltrato.

Desestructuración familiar.

Poco tiempo compartido en familia.

Falta de comunicación.

EscolaresMedidas educativas que no sancionan adecuadamente.

Falta de transmisión de valores.

Falta de atención a la diversidad cultural.

Ausencia de control en clase.

Falta de reconocimiento social de la función del profesorado.

OtrosEn los Medios de comunicación:

Baja calidad educativa y cultural de la programación.

Excesivos contenidos violentos.

Tratamiento sensacionalista de noticias violentas.

Page 41: Decreto Convivencia y Mediación

Factores que pueden influir en la aparición de violencia escolar (LA

VÍCTIMA)

Informe sobre la violencia entre compañeros en la escuela, 2.005 (Centro Reina Sofía)

Individuales

Baja autoestima.

Falta de habilidades para relacionarse con los demás.

Discapacidades.

Trastornos psicopatológicos.

Familiares

Estilo autoritario o permisivo.

Maltrato.

Familia disfuncional.

Baja comunicación.

Escolares“Ley del Silencio”.

Baja comunicación entre profesorado y alumnado.

Escasas relaciones entre los compañeros.

Falta de la figura de autoridad en el centro escolar.

OtrosSituación económica precaria.

Estereotipos xenófobos y sexistas instalados socialmente.

Justificación social de la violencia para conseguir un objetivo determinado.

Page 42: Decreto Convivencia y Mediación

REPERCUSIONES DEL MALTRATO ENTRE IGUALES

VÍCTIMA AGRESOR ESPECTADOR Falta de concentración. Baja autoestima. Dificultades de integración. Miedo a la escuela: compañeros, profesorado y trabajo académico. Inestabilidad emocional. Mal carácter. Absentismo. Alteraciones del sueño. Ansiedad. Depresión. Agresores de otros. Socialmente conflictivos.

Comportamiento social inadecuado. Abuso de poder. Bandas agresivas. Conflictos afectivos. Miedo. Inseguridad. Prepotencia. Sumisión al más fuerte. Trastorno de Personalidad. Incapacidad de percibir los sentimientos de los otros Moralidad egocéntrica. Falta de respeto a los demás. Déficit de desarrollo moral. Necesita ayuda para poder modificar sus conductas antisociales.

Insensibilidad ante los sentimientos y ante el dolor de los demás. Déficit en desarrollo moral y emocional. Inseguridad. Miedo. Sentimiento de indefensión similar al de la víctima. Confusión sobre éxito social y maltrato. Déficit en jerarquización de valores. Indiferencia. Rebaja de interés por los adultos. Actitud de perplejidad moral.

Page 43: Decreto Convivencia y Mediación

Lugares donde se producen agresiones

54,3 53,4

32,8

22,4

61,7 0,9

0

10

20

30

40

50

60

AulaPatioCerca del centroPasillosAseosActividadesVestuarios

Informe sobre la violencia entre compañeros en la escuela, 2.005 (Centro Reina Sofía)

Page 44: Decreto Convivencia y Mediación

• Es una forma de resolver los conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de un tercero, el MEDIADOR.

• El mediador no impone soluciones ni opina sobre quién tiene la verdad. Solo actúa para satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación.

• El mediador, por medio de unos sencillos pasos, si las partes colaboran, posibilita llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.

LA MEDIACIÓN (I)

Page 45: Decreto Convivencia y Mediación

Con una buena mediación podemos lograr que, el colegio:

• Apueste por la persona, promoviendo el respeto (de la persona, sus necesidades, sus sentimientos..., por uno mismo y por los demás) así como la creatividad y el potencial de las personas para superar sus conflictos.

• Promueva el diálogo, la comprensión del sufrimiento que producen los conflictos y la colaboración para superarlos, buscando aprender de los momentos difíciles.

• Busque soluciones beneficiosas para todos, orientadas a la reparación del daño y a la mejora de la relación

LA MEDIACIÓN (II)

En resumen: Conseguir uno de los fines de la educación.

FORMAR PERSONAS

Page 46: Decreto Convivencia y Mediación

La mediación tiene sus limitaciones, entre ellas:

• Solo podemos usarla cuando hay un mínimo de dos partes enfrentadas y ambas aceptan la mediación voluntariamente.

• Para algunos casos de malos tratos no es recomendable. Sobre todo para aquellos en los que los maltratadores no manifiestan un arrepentimiento o empatía hacia la víctima.

• No puede usarse para el problema que más preocupa a todos los profesores: la disrupción.

• Los equipos de mediación, a veces, quedan un poco difusos en el centro y, reconocer a los mediadores o acceder a la mediación, no está muy claro para todos los miembros de la comunidad educativa.

LA MEDIACIÓN (III)

Page 47: Decreto Convivencia y Mediación

LA MEDIACIÓN¿Cuándo se usa?

En todo tipo de conflictos donde existan dos partes implicadas que manifiestan su voluntad de resolver el problema.

Antes del estallido del conflicto, en el momento de la confrontación, o después, si no está satisfecho del resultado obtenido.

¿Cómo se hace?

1º. Premediación:• Se invita a las partes a resolverlo y se decide si mediar o no.2º. Mediación:• Presentación de las partes, mediadores y proceso. • Contar las versiones.• Aclarar el problema.• Proponer soluciones.• Llegar a un acuerdo.

¿Qué hacen....?

El mediador: Ayuda a las partes a encontrar una solución de mutuo acuerdo.

El profesor: Puede ser mediador, promoverla o ser parte implicada.

Los alumnos: Pueden ser mediadores o partes implicadas.

Puntos fuertes: Promueve soluciones satisfactorias y compromiso de las partes. Promueve participación, responsabilidad y comunicación. Favorece la resolución de conflictos y el buen funcionamiento de los grupos.

Puntos débiles: Requiere formación y entrenamiento de los mediadores. Está condicionada por la voluntariedad de las partes. Necesita un equipo estable y comprometido

Page 48: Decreto Convivencia y Mediación

1. Identificar el/los problema/s: • ¿Qué ha pasado? ¿cómo y cuándo ha pasado?• ¿Quiénes están implicados? • ¿Cómo te has sentido? • ¿A quién/es ha afectado tu conducta?• ¿Cómo crees que se han sentido? • ¿Qué consecuencias ha provocado?

2. Buscar soluciones: • ¿Qué quieres? • ¿Para qué lo quieres? • ¿Qué necesitas o qué te preocupa? • ¿De qué otra manera podrías haber actuado para

sentirte mejor tú y los demás? • ¿Qué puedes hacer para resolver esta situación? ¿y para

evitar que vuelva a pasar?• ¿Qué es lo mejor que te puede pasar? ¿y lo peor?

ANÁLISIS DE UN CONFLICTO (I)

Page 49: Decreto Convivencia y Mediación

3. Evaluar las distintas propuestas, sus posibles consecuencias y sus ventajas e inconvenientes

4. Escoger la mejor opción, la que sea capaz de cumplir y llevar a la práctica.

5. Tomar una decisión o llegar a un acuerdo

6. Planificar la puesta en marcha de la opción escogida, definiendo QUIÉN HACE, QUÉ HACE, CÓMO HACE y CUÁNDO

ANÁLISIS DE UN CONFLICTO (II)

Page 50: Decreto Convivencia y Mediación

FASES Y ÁMBITOS DE LA INTERVENCIÓNFASES OBJETIVOS ACTUACIONES

PREVENCIÓN GENERAL

Prevenir la violencia en la escuela

Plan que incide en el macrosistema social, leyes, medios de comunicación, programas de ocio, con familias...

TOMAR CONCIENCIA DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA

Construir entre todos una representación compartida del clima de convivencia y de las medidas para mejorarlo

Diagnóstico de la situación: incidencia y factores. (cuestionarios, grupos de discusión, instr. narrativosRevisar las concepciones sobre la convivencia y los conflictos de todos los miembros de la C.E. (debates y puesta en cuestión sobre ideas no acertadas y causas)

ACTUACIONES EN EL

CONJUNTO DEL CENTRO

Conseguir un clima de centro en que las relaciones contribuyan al desarrollo de la persona

Valorar lo distinto como algo enriquecedor.Desarrollar en alumnos capacidades prosociales.Elaborar un marco compartido de normas.Planificar estrategias específicas: Mediación y AyudaPlanificar actividades de formación y seguimiento.

ACTUACIÓN EN EL AULA

Conseguir un buen clima afectivo y relacional entre los componentes del grupo clase

Trabajar las buenas relaciones, normas y empatía.Actitud docente. Provocar el sentimiento “te importo”Revisar la organización social del aula.Utilizar técnicas específicas: Pikas y C. de amigos.

ACTUACION CON LA FAMILIA Y EL

ENTORNO

Compartir criterios, comunicación fluida y actuaciones conjuntas

Formación y colaboración: grupos discusión y Eq. Mediac.Actividades que permitan compartir otras experiencias. Utilizar servicios socioeducativos, clínicos, etc.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE

LA INTERVENCIÓN

Evaluar la repercusión de las intervenciones y entender cómo mejorarlas

Valorar incidencia, clima y desarrollo sociomoral.Valorar nivel de satisfacción de medidas por la C. E.Cambios en dinámica del centro y comportamientos.Evolución del centro con respecto a situación inicial

Page 51: Decreto Convivencia y Mediación

Tipología de los centros

14,6

20,8

7,5

14,8

6,3

11,9

0

5

10

15

20

25

Privados Públicos Concertados

AgresoresVíctimas

Informe sobre la violencia entre compañeros en la escuela, 2.005 (Centro Reina Sofía)

Page 52: Decreto Convivencia y Mediación

Ministerio de Educación y Ciencia.

• www.convivencia.mec.es

Proyecto Atlántida.

• www.proyecto-atlantida.org

Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

• www.educa.jccm.es

Andalucía: Portal Averroes

• www.juntadeandalucia.es/averroes/recursos/educacion_paz.php3

Red de Ciudades Educadoras

• http://w10.bcn.es/APPS/eduportal/pubPortadaAc.do

PARA PROFUNDIZAR EN EL TEMA