decreto aulas hosp

Upload: fenita-alvarez

Post on 13-Apr-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    1/6

    INTRODUCCIN

    La Educacin Especial tiene el propsito de potenciar y asegurar elcumplimiento del principio de equiparacin de oportunidades de aquellos

    nios, nias y jvenes que presentan necesidades educativas especiales entodos los niveles y modalidades del sistema escolar, a travs de un conjunto demedidas pedaggicas y de recursos humanos, tcnicos y materiales, puestos asu disposicin.

    En el presente informe se darn a conocer las normativas, leyes y decretos quehoy en da estn vigentes en educacin especial, siendo el ojetivo principal dela actual investigacin! conocer las distintas normativas sore polticas pulicaseducacionales que rigen los diferentes tipos de discapacidades a nivel nacional.

    "ae sealar que una poltica es un conjunto de enunciados que orientan haciadonde nos dirigimos en un tema espec#co. En este caso se re#ere a los

    grandes principios en que se inspira y los ojetivos a los que se quiere llegar enmateria de educacin especial para consolidar el lema de ms y mejoreducacin para todos. $ su ve% deemos destacar que la poltica de educacinespecial usca hacer efectivo el derecho a la educacin, a la igualdad deoportunidades, a la participacin y a la no discriminacin de las personas quepresentan necesidades educativas especiales, garanti%ando su pleno acceso,integracin y progreso en el sistema educativo.

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    2/6

    CONCLUSIN

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    3/6

    &a e'puesto lo anterior se tiene en cuenta que las normativas o leyes quesurgen de las polticas educaciones p(licas estn orientadas a potenciar a lasescuelas especiales, )rogramas de *ntegracin, $ulas +ospitalarias o gruposdiferenciales, etc... )ara ello se planea a partir de estos, la elaoracin de

    nuevos planes y programas, perfeccionamiento para sus profesionalesdocentes y no docentes, entrega de material didctico, te'tos escolares yrecursos educativos! junto a su incorporacin paulatina en programas deaseguramiento de la calidad de la educacin.

    )odemos concluir y destacar que las normativas vigentes hasta la fecha de hoyuscan hacer efectivo el derecho a la educacin, a la igualdad deoportunidades, a la participacin y a la no discriminacin de las personas quepresentan necesidades educativas especiales, garanti%ando su pleno acceso,integracin y progreso en el sistema educativo, teniendo en cuenta que estassern efectivas si la educacin transita y se desarrolla en un enfoque

    homogenei%ador a un enfoque asado en la diversidad, $van%ar en un modelocentrado en el d#cit al de las necesidades educativas especiales, promoviendo a su ve% el desarrollo de las condiciones que harn posile elaprendi%aje y participacin de todos los estudiantes, en especial de aquellosque presentan necesidades educativas especiales. "ae sealar que estasleyes uscan mejorar la calidad de la *ntegracin Escolar y la atencin de ladiversidad, fortaleciendo la calidad del proceso educativo que se desarrolla enlas escuelas especiales y a su ve% tamin Elaorando nuevos planes yprogramas para los alumnos y alumnas de las escuelas especiales, teniendocomo referente el currculo com(n, y apoyar la implementacin gradual destos. -e esta forma la mayor e'traccin signi#cativa de la presenteinvestigacin es el mayor avance de la )oltica de Educacin Especial en laactualidad, la cual est consagrada en la Ley eneral de Educacin como unamodalidad del /istema Educativo, desarrollando su accin de maneratransversal en los distintos niveles educativos, tanto de los estalecimientos deeducacin com(n como especial del sistema escolar, proveyendo un conjuntode servicios, recursos humanos, tcnicas, conocimientos especiali%ados yayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedanpresentar algunos alumnos o alumnas de manera temporal o permanente a lolargo de su escolaridad.

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    4/6

    DECRETO SUPREMO 374 Y 375 / 1999

    -ecreto /upremo en vigencia desde la fecha del 01 de -iciemre del ao 2000,que modi#ca el -ecreto /upremo 34 5678, hoy reempla%ado por la Ley 20.205del 95 de :ulio de 200;, permiten la atencin educativa de los nios, nias y

    jvenes de la ensean%a presica, sica, especial o media que pade%can depatologas o condiciones mdico funcionales que requieran permanecerinternos en centros especiali%ados o en el lugar que el mdico tratantedetermine, o que estn en el tratamiento amulatorio, con el (nico propsitode favorecer la continuidad de estudios y as evitar su desfase y desercinescolar.

    En el marco de esta normativa vigente y del proceso de inisterio de Educacin autori%o la creacin de escuelas y aulashospitalarias de educacin sica especial, otorgndoles el

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    5/6

    El -ecreto /upremo de Educacin 3B 9;C 65777, faculta a las /ecretariasinisteriales de Educacin, para que autoricen la atencineducacional de los escolares en proceso de rehailitacin mdicofuncionalinternados en estalecimientos hospitalarios a travs deD

    a "reacin de una Escuela Fsica Especial en el respectivo recinto hospitalario

    "reacin de una $ula +ospitalaria de Educacin Fsica Especial,dependiente de un estalecimiento educacional e'istente, cercano al recintohospitalario de que se trate.

    $ su ve% tamin otorga el apoyo econmico de la suvencin de educacinespecial por los alumnos atendidos en las escuelas o aulas hospitalarias, con el#n de #nanciar el recurso profesional docente y de material didcticoespec#co, que requieren.

    "ae sealar que el profesional idneo para ejercer en estas unidadeseducativas ejecutarn funciones docentes, )rofesores titulados de Ensean%a

    Fsica y )rofesores de Educacin Especial o -iferencial, quienes desarrollaransu Glaor pedaggicaH en forma colaorativa en ene#cio de los alumnos ydependiendo de las necesidades educativas especiales que estas presenten.-eern reali%ar un traajo colaorativo y coordinado con el profesor de laescuela de donde proviene el alumno.

    En cuanto a la supervisin de la asesora @cnica)edaggica, los /upervisores@cnicos )edaggicos de los -epartamentos )rovinciales de Educacin, son losencargados de desarrollar el programa de asesora tcnica en todos losestalecimientos educacionales que cuentan con el inisterio de Educacin, por to tanto, les corresponder, de acuerdo a laprogramacin de cada -epartamento )rovincial de Educacin, proporcionar el

    apoyo tcnico que requiere este tipo de organi%acin escolar, teniendopresente los criterios de Ae'iilidad que entregue el >inisterio de Educacin.

    En cuanto a la *nspeccinD La veri#cacin y control del cumplimiento de lasdisposiciones legales y reglamentarias que hacen posile la entrega de lasuvencin escolar, se cumplir a travs de las visitas de inspeccin a lasescuelas o aulas hospitalarias, de acuerdo a la programacin de cada-epartamento )rovincial de Educacin, teniendo presente los criterios deAe'iilidad que el >inisterio de Educacin imparta.

  • 7/26/2019 decreto aulas hosp

    6/6