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Que, mediante Informe del visto, le Subgerencia de Logfstica, Control Patrimonlal y Servicios Generales, informa que el erttcuto 50 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, señala entre otros que son funciones de la Subgerencia de Log/stica, Control Patrimonial y Servicios Generales, en su inciso 1) Informar a la Gerencia de Administración y Fianzas la situación de los bienes patrimoniales de la Municipalidad, para su valorización, depreciación, reevaluación, altas, bajas y excedentes de los mismos; &~~ Que, el numeral 3.2.3 del Rubro 3. Del Procedimiento para la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal de la Directiva ~ "_~.f~~.:: ,'5%-~ N" 0~~-2002lSBN, señala que la C?ausal de obsolescencia técnica se pres.entac~ando los bienes a Pf!sar de encontrarse en ~"f." '$,lcondlclones operatIvas, no permIten un eficaz desempeño de las tunciones mherentes a las enttdeae» propietarias, en m.'. ! 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Del Procedimiento para la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal de la Directiva N" 004-2002lSBN, señala que la causal de mantenimiento o reparación onerosa procede cuando el costo de mantenimiento, reparación o repotenciación de un bien es significativo, en relación a su valor real; ~ Que, mediante Informe Técnico del visto, el encargado de Control Patrimonial informa que mediante Adjudicación de Menor Q. !;::Cuant/a N" 004-2015-CEP - Proceso Electrónico, se adjudico la Buena Pro a la empresa G&V FAST CONSULTING S.R.L., fl c. . :;lf! !&ara la realización del SeNÍcio de Toma de Inventario Físico Valorizado y Conciliado del Patrimonio Mobiliario al 31 de le..\' ""< J "{Jiciembre de 2014, de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; v~~ '~4J/ "\)~X~~~G'/ Que, mediante Acta de la Comisión de Inventario Físico del Patrimonio Mobiliario al 31 de Diciembre de 2014 de la I Municipalidad Distrital de Puente Piedra, de fecha 17 de Abril de 2015, se aprueba el Informe Final presentado por la empresa G & V FAST CONSULTING S.R.L. presentada con Carta N" 091-2015/GVFCSRL de fecha 07 de abril de 2015, por el Servicio de Toma Inventario F/síco Valorizado y Conciliado del Patrimonio Mobiliario al 31 de Diciembre de 2014 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en el propone los Bienes para la Baja; Que, el literal g) del numeral 2.2 del artículo del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales señets que la Baja es el procedimiento que consiste en la extracción contable de bienes muebles en el patrimonio de la entidad pública, procedimIento que se autoriza mediante Resolución Administrativa con indicación expresa de las causales que la originaron. De igual manera, la Directiva N 004-2002lSBN establece que la Baja es el procedimiento que consiste en la extracción flslca y contable de bienes muebles del patrimonio de la entidad pública; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11S del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la unidad orgánica competente para aprobar la Baja de bienes muebles es la Oficina General de Administración o la que haga sus veces como órgano responsable del correcto registro, administración y disposición de sus bienes muebles; Que, la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento citado en el considerando anterior, dispone que se mantendrán vigentes las directivas emitidas por la Superintendencia de Bienes Nacionales en materia de bienes muebles e inmuebles en tanto no se opongan a lo dispuesto en dicho Reglamento, por lo que resulta aplicable las disposiciones contenidas en la Directiva W 004-2002lSBN, 'Prooeoimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Necioneles", aprobada mediante Resolución N" 021-2002-SBN; Que, mediante Ley W 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 007-200S-VIVIENDA, se establecen normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de descentralización; Que, mediante Resolución de Gerencia N 014-2015-MDPP-GAFP, se designa la Comisión de Inventario F/sico del Patrimonio Mobiliario al31 de diciembre de 2014 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, el Capitulo 11, Articulo SS· de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma aut6noma, con las garantías y responsabilidades de Ley; Que, las Municipalidades son órganos de Gobiemo Local, con personería jurfdica de Derecho Público, y tienen autonomia polftfca, económica y administratíva en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 1940 de la Constitución Pollllca, modificado por Ley de Reforma Constitucional - Ley fVO 276S0; y concordante con el artículo 11del Tftulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades fVO 27972; CONSIDERANDO: Informe W 365-2015-MDPP-GAFP/SGLCPySG, de fecha 15 de mayo de 2015, de la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y setvtcios Generales; Informe Técnico N" 001-2015-CP/SGLCPySG/GAF-MDPP, de fecha 15 de mayo de 2015 del Encargado de Control Patrimonial, y; VISTO: Puente Piedra, 25 de mayo del 2015. RESOLUCiÓN GERENCIAL N° 023-2015-GAF/MOPP Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación' '* Municipalidad Distrital de Puente Piedra Gerencia de Administración y Finanzas

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Que, mediante Informe del visto, le Subgerencia de Logfstica, Control Patrimonlal y Servicios Generales, informa que el erttcuto50 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, señala entre otros queson funciones de la Subgerencia de Log/stica, Control Patrimonial y Servicios Generales, en su inciso 1) Informar a la Gerenciade Administración y Fianzas la situación de los bienes patrimoniales de la Municipalidad, para su valorización, depreciación,reevaluación, altas, bajas y excedentes de los mismos;

&~~ Que, el numeral 3.2.3 del Rubro 3. Del Procedimiento para la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal de la Directiva~ "_~.f~~.::,'5%-~N" 0~~-2002lSBN, señala que la C?ausalde obsolescencia técnica se pres.enta c~ando los bienes a Pf!sar de encontrarse en

~"f. " '$,lcondlclones operatIvas, no permIten un eficaz desempeño de las tunciones mherentes a las enttdeae» propietarias, enm.'.!'.comparaci6n a lo que se obtendrla con bienes que cumplen las mismas funciones, debido a los cambios y avances~ ¡.-r/'" ~lJtecnOI6giCOS;;,_~~.pQue, el numeral 3.2.4 del Rubro 3.2.4. Del Rubro 3. Del Procedimiento para la Baja de los Bienes Muebles de PropiedadEstatal de la Directiva N" 004-2002lSBN, señala que la causal de mantenimiento o reparación onerosa procede cuando elcosto de mantenimiento, reparación o repotenciación de un bien es significativo, en relación a su valor real;

~ Que, mediante Informe Técnico del visto, el encargado de Control Patrimonial informa que mediante Adjudicación de MenorQ . !;::Cuant/a N" 004-2015-CEP - Proceso Electrónico, se adjudico la Buena Pro a la empresa G&V FAST CONSULTING S.R.L.,fl c. . :;lf! !&ara la realización del SeNÍcio de Toma de Inventario Físico Valorizado y Conciliado del Patrimonio Mobiliario al 31 dele..\' ""< J "{Jiciembre de 2014, de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra;v~~ '~4J/"\)~X~~~G'/ Que, mediante Acta de la Comisión de Inventario Físico del Patrimonio Mobiliario al 31 de Diciembre de 2014 de la

I Municipalidad Distrital de Puente Piedra, de fecha 17 de Abril de 2015, se aprueba el Informe Final presentado por la empresaG & VFAST CONSULTING S.R.L. presentada con Carta N" 091-2015/GVFCSRL de fecha 07 de abril de 2015, por el Serviciode Toma Inventario F/síco Valorizado y Conciliado del Patrimonio Mobiliario al 31 de Diciembre de 2014 de la MunicipalidadDistrital de Puente Piedra, en el propone los Bienes para la Baja;

Que, el literal g) del numeral 2.2 del artículo 2° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesseñets que la Baja es el procedimiento que consiste en la extracción contable de bienes muebles en el patrimonio de la entidadpública, procedimIento que se autoriza mediante Resolución Administrativa con indicación expresa de las causales que laoriginaron. De igual manera, la Directiva N· 004-2002lSBN establece que la Baja es el procedimiento que consiste en laextracción flslca y contable de bienes muebles del patrimonio de la entidad pública;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11S· del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de BienesEstatales, la unidad orgánica competente para aprobar la Baja de bienes muebles es la Oficina General de Administración o laque haga sus veces como órgano responsable del correcto registro, administración y disposición de sus bienes muebles;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento citado en el considerando anterior, dispone que semantendrán vigentes las directivas emitidas por la Superintendencia de Bienes Nacionales en materia de bienes muebles einmuebles en tanto no se opongan a lo dispuesto en dicho Reglamento, por lo que resulta aplicable las disposicionescontenidas en la Directiva W 004-2002lSBN, 'Prooeoimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estataly su Recepción por la Superintendencia de Bienes Necioneles", aprobada mediante Resolución N" 021-2002-SBN;

Que, mediante Ley W 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado medianteDecreto Supremo N" 007-200S-VIVIENDA, se establecen normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones yfuncionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de descentralización;

Que, mediante Resolución de Gerencia N· 014-2015-MDPP-GAFP, se designa la Comisión de Inventario F/sico del PatrimonioMobiliario al31 de diciembre de 2014 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra;

Que, el Capitulo 11, Articulo SS· de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el patrimonio municipal seadministra por cada municipalidad en forma aut6noma, con las garantías y responsabilidades de Ley;

Que, las Municipalidades son órganos de Gobiemo Local, con personería jurfdica de Derecho Público, y tienen autonomiapolftfca, económica y administratíva en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 1940dela Constitución Pollllca, modificado por Ley de Reforma Constitucional - Ley fVO 276S0; y concordante con el artículo 11delTftulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades fVO 27972;

CONSIDERANDO:

Informe W 365-2015-MDPP-GAFP/SGLCPySG, de fecha 15 de mayo de 2015, de la Subgerencia de Logística, ControlPatrimonial y setvtcios Generales; Informe Técnico N" 001-2015-CP/SGLCPySG/GAF-MDPP, de fecha 15 de mayo de 2015del Encargado de Control Patrimonial, y;

VISTO:

Puente Piedra, 25 de mayo del 2015.

RESOLUCiÓN GERENCIAL N° 023-2015-GAF/MOPP

·Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación''*Municipalidad Distrital de Puente Piedra

Gerencia de Administración y Finanzas

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Que, en el Numeral 6.1.5. de la Directiva mencionada en el párrafOanterior señala que la Oficina General de Administración de~.:::';.,',;¡¿;>~ encontrarlo conforme, en un plazo de 15 días hábiles desde su recepción del presente Informe, emitirá la Resolución'¡~"'¡>;.'~:.'""',¡.\ autorizando la baja de los bienes calificados como RAEE;, ~ '-" -.',\'tfA l' tiQue, asimismo es pertinente precisar que en un plazo no mayor de 15 dias hábiles contados a partir de la expedición del, 't¿C) ".J, presente informe que propone la Baja y Donación de los Bienes Muebles calificados como RAEE, la Subgerencia de Logistica,~ .. f4¡ Control Patrimonial y Servicios Generales deberá comunicar a las empresas registradas por las instancias competentes como~~ Operadores RAEE o Sistema de Manejo de RAEE, la relación de los bienes muebles propuestos para donar a fin de que

,.. presente por escrito su interés en ser beneficiarios con la donación de los bienes descritos en el ANEXO 01 (370 BienesMuebles RAEE), para posteriormente proponer ante el Concejo Municipal la donación y aprobación madiante Acuerdo deConcejo;ñ't:~Que, los Bienes Muebles propuestos para la Baja y posterior Donación los cuales se encuentran detallados en el ANEXO 01

(§ f )~. '370 Bienes Muebles RAEE) y ANEXO 02 (74 Bienes Muebles), se encuentran en Estado de Conservación; MUY MALO!... hatarra) cuya Causal de Baja es; MANTENIMIENTO O REPARACION ONEROSA;.:\ 0"'0 ~

~<tb.. y~e, Que, al encontrarse estos Bienes en Estado de Conservación; MUY MALO (chatarra) cuya Causal de Baja es;~I ¡t¡ot.~ MANTENIMIENTO O REPARACION ONEROSA, no están aptos para ser entregados a los Centros Educativos de extrema-_ pobreza, señalado en la Ley N" 27995 Y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N" 013-2004-EF, Ley que

establece procedimiento para asignar bienes dados de baja por las instituciones públicas, a favor de Centros Educativos deExtrema Pobreza;

Que. el procedimiento de Donación de Bienes Muebles calificados romo RAEE, se encuentra regulado en la Directiva N· 003-2013/SBN, aprobada con Resolución N" 027-2013/SBN, ·Procedimiento para la gestión adecuado de los bienes mueblesestatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos Y Electrónicos - RAEE", en el cual define como RAEE aaquellos residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que han alcanzado el fin de su vida útil por su uso u obsolescencia yque se convienen en residuos, cuya relación se detalla en el ANEXO 01 (370 Bienes Muebles RAEE);

Que, en el Artfculo 9· de la Ley W 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que, son Atribuciones del ConcejoMunicipal: "Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidadespúblicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. ";

Que, en el Artículo 122.- De los actos de disposición, del Reglamento de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional deBienes Estatales señala que; La disposición de los bienes muebles dados de baja por las entidades deberá ejecutarse dentrode los cinco (5) meses de emitida la Resolución de Baja correspondiente, mediante: Subasta pública o restringida, Donación,Transferencia, Permuta, o Destrucción;

Que, en las Disposiciones Generales, Numeral 1.4.2de la Directiva NO004-2002lSBN, Procedimientos para el alta y la baja delos bienes muebles de Propiedad Estatal y su recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobada por laResolución N° 021-2002/SBN, sellala entre otros que; La Dirección General de Administración de la entidad pública respectivao la que haga sus veces, es la responsable de realizar las acciones correspondientes para el Alta y la Baja de los bienesmuebles de su titularidad, (. ..);

Que, en el Artfculo 4· de la Resolución N" 039-98-SBN, señala que; Constituye el órgano responsable de la administración delos bienes de las entidades del Estado, la Dirección General de Administración o la Oficina que haga sus veces, a través de ladependencia encargada del control patrimonial;

Que, en el Artfculo 124.- Del procedimiento del Reglamento de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de BienesEstatales señala que; La unidad orgánica responsable del control patrimonial emitirá el informe técnico que sustente el acto dedisposición o administración a realizar, el mismo que se elevará a la Oficina General de Administración o la que haga susveces, la que, de encontrarlo conforme, emitirá la Resolucí6n aprobatoria respectiva dentro de los quince (15) dfas de recibidoel citado Informe;

Que, en el Artfculo 34' de la Resofución N" 039-98-SBN señala entre otros que; La baja de un bien mueble consiste en suextracción del patrimonio de la entidad, en base a la autorización que deberá estar contenida en la respectiva ResoluciónAdministrativa o Acuerdo (...);

Que, los Bienes Muebles propuestos para la Baja se encuentran detallados en el ANEXO 01 (370 Bienes Muebles RAEE) yANEXO 02 (74 Bienes Muebles) de conformidad a lo establecido en la Resolución N" 084-2013/SBN que aprueba el FormatoÚnico de Informe Técnico aplicable a los actos de gestión mobiliaria.

Que, mediante Informe Final W 001-2015-CIPM/MDPP, la Comisión de Inventarlo Flsico del Patrimonio Mobiliario al 31 deDiciembre de 2014, de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, remite a la Gerencia de Administración, Finanzas yPlaneamiento, la Toma de Inventario Ffsico Valorizado y Conciliado del Patrimonio Mobiliario al31 de Diciembre del 2014, enel cual se detalla los Bienes Muebles para la Baja;

Puente Piedra, 25 de mayo de/2015.

RESOLUCiÓN GERENCIAL N° 023-2015-GAF/MOPP

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REGíSTRESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales, realizar lasacciones necesarias para la disposición de estos bienes y conclusión de este proceso, dentro del plazo establecido por ley apartir de la expedición del presente.

ARTiCULO CUATRO: ENCARGAR a la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Genera/es, realizar lascoordinaciones con la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico, para la publicación en la página web dela Municipalidad (www.munipuentepiedra.gob.pe) en aplicación a lo dispuesto en el numeral 6.2.9 de la Directíva N" 003-2013/SBN, el presente Informe con el ANEXO 01 (370 Bienes Muebles RAEE).

ARTiCULO QUINTO: REMITASE copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estata/es - SBN,dentro del plazo de la Ley, para las acciones de su competencia conforme a las normas respectivas.

ARTICULO SEGUNDO: REMITIR copia de la presente Resolución a la Subgerencia de Logfstica, Control Patrimonial yServicios Generales y Subgerencia de Contabilidad para la respectiva exclusión física y contable de los bienes señalados en elartículo precedente.

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la Baja de 370 (Trescientos Setenta) Bienes Muebles RAEE, detallados en el ANEXO 01,cuyo valor neto asciende a SI. 52,695.17 (Cincuenta y Dos Mil Seis Cientos Noventa y Cinco con 17/100 Nuevos So/es) y 74(Setenta y Cuatro) Bienes Muebles detallados en el ANEXO 02, cuyo valor neto asciende a SI. 10,257.70 (Diez Mil DoscientosCincuenta y Siete con 70/100 Nuevos Soles, respectivamente y que se encuentran en Estado de Conservación; MUY MALO(chatarra) cuya Causal de Baja es; MANTENIMIENTO O REPARACION ONEROSA y cuyos anexos forman parte de lapresente resolución;

SE RESUELVE:

Estando a lo expuesto, la Ley N" 29151 - Ley General del Sistema de Bienes Estatales y Reglamento aprobado por DecretoSupremo N° 007-200B-VIVIENDA; la Directiva N" 004-2002JSBN sobre "Procedimientos para el Alta y la Baja de los BienesMuebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales': aprobada mediante ResoluciónN" 021-2002JSBNyen uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley NO27972 Y la OrdenanzaN" 257-MDPP, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), publicado el 01 de mayo de 2015 y laResolución de Alcaldra N" 20B-2015-MDPP-ALC, numeral 15 del Artículo Segundo, de fecha 17 de Marzo de 2015;

Que, contando con las opiniones favorables de la Subgerencia de Logfstica, Control Patrimonial y Servicios Generales y elEncargado de Control Patrimonial es necesario liberar a la Municipalidad de los Bienes Muebles que se encuentran en calidadde chatarra, los mismos que ocupan espacio y generan gastos innecesarios de almacenamiento y custodia, y pueden seragentes de contaminación y propagación de enfermedades;

Que, estando las normas acotadas es necesario se proceda a la Baja y posterior Donación de 370 Bienes Muebles RAEE, y 74Bienes Muebles, ya que además estas ocupan demasiado espacio en las instalaciones de la Municipalidad generando gastosinnecesarios de almacenamiento y custodia, y pueden ser agentes de contaminación y/o propagación de enfermedades y seencuentran en Estado de Conservación; MUY MALO (chatarra) cuya Causal de Baja es; MANTENIMIENTO O REPARACIONONEROSA.

Puente Piedra, 25 de mayo del 2015.

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