“curso técnicas, habilidades y destrezas de litigación oral”
DESCRIPTION
“Curso técnicas, habilidades y destrezas de litigación oral”. “INTRODUCCIÓN AL SISTEMA ACUSATORIO - PANORAMA CONSTITUCIONAL Y PROCESAL”. ¿Qué es el sistema acusatorio?. Es “Estado de Derecho” El gobierno tiene legitimidad en la medida que actué con base en: Leyes democráticas - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
“CURSO TÉCNICAS, HABILIDADES Y DESTREZAS DE LITIGACIÓN ORAL”
“INTRODUCCIÓN AL SISTEMAACUSATORIO - PANORAMA
CONSTITUCIONAL Y PROCESAL”
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?
Es “Estado de Derecho” El gobierno tiene legitimidad en la medida que actué con base en:
Leyes democráticas
Debido proceso
Protege a los ciudadanos de uso abusivo y arbitrario del poder
Ninguna persona por encima de la ley
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?
Lo que NO es:
Eliminación de papeleo. Cultura escrita aún importante: Escritos para etapas preliminares
Fin de la delincuencia
Desprestigio para operadores
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?
Inquisitivo: premisa que un juez imparcial puede llegar a
la verdad
Acusatorio: premisa de
conflicto entre partes para llegar a la
verdad
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?
Existencia de partes = sistema adversarial “Si ambas partes están competentemente representadas y ambos
presentan sus versiones de los hechos a un juzgador imparcial el resultado arrojará la verdad, POR TANTO: Se descubre la verdad y se administra justicia
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?
JUEZ- TRIBUNAL
FISCAL DEFENSA
“CURSO TÉCNICAS, HABILIDADES Y DESTREZAS DE LITIGACIÓN ORAL”
“LA REFORMACONSTITUCIONAL Y EL CODIGO NACIONAL DE
PROCESIMIENTOS PENALES”
¿QUÉ ES EL SISTEMA ACUSATORIO?CONSTITUCIÓN FEDERAL Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y
oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Artículo 17. Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial. Art. 73. Fracc. XXI, inciso c): La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
PRINCIPIOS RECTORES
PUBLICIDAD• Acceso y presencia del público en general• Acceso a periodistas y medios de
comunicación
CONTRADICCIÓN• Las partes podrán: conocer, controvertir o
confrontar los medios de prueba, oponerse a peticiones y alegatos
CONTINUIDAD• Audiencias en forma continua, sucesiva y
secuencial
PRINCIPIOS RECTORES
CONCENTRACIÓN• Las audiencias se desarrollarán
preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión
INMEDIACIÓN• Las audiencias se desarrollarán en
presencia del Órgano jurisdiccional, así como de las partes. En ningún caso, se podrá delegar en persona alguna la admisión, el desahogo o la valoración de las pruebas, ni la emisión y explicación de la sentencia respectiva.
EL NUEVO PROCESO PENAL
1. Art. 20 CPEUM. El proceso penal será acusatorio y oral.
2. Art. 44 CNPP.
a) Las audiencias serán orales.
b) Las partes no leerán documentos que demuestren falta de argumentación y desconocimiento del asunto.
c) Lectura: para apoyo de memoria, demostrar o superar contradicciones, sin que reemplace la argumentación oral.
El CNPP no contiene “formulas sacramentales” a usar en las audiencias, por lo tanto necesitamos TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL
TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL
TLO
Verbalizar VS. Oralidad
Aprender TLO NO replicando
errores
Diversidad de experiencias
sobre qué son las TLO
TÉCNICAS DE LITIGIO ORAL
Métodos de análisis y preparación de casos.
Habilidades técnicas necesarias para la presentación de casos persuasivamente.
No existe un solo método técnico adecuado para litigar oralmente. Variedad de técnicas y métodos.
El litigio oral es una habilidad. El litigante se hace, no nace.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
INVESTIGACIÓN
• INICIAL- SIN CONTROL JUDICIAL
• Detención flagrancia- Caso Urgencia
• Denuncia, querella
• COMPLEMENTARIA- CON CONTROL JUDICIAL
• Formulación de Imputación
INTERMEDIA• Desde la
formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio oral.
• Finalidad: ofrecer y admitir pruebas y depurar los hechos materia del juicio oral.
JUICIO ORAL
• Desde recepción del auto de Apertura a Juicio hasta la sentencia
SALIDAS ALTERNAS
Sistema Mixto Sistema Acusatorio
Averiguación Previa Carpeta de Investigación
Pre instrucción Control de Garantías
Ofrecimiento y Admisión de pruebas Fase intermedia
Desahogo de pruebas, conclusiones y sentencia
Juicio Oral
Pliego de consignación Solicitud para la Formulación de la Imputación
Auto de Plazo Constitucional Auto de Vinculación a Proceso
Cuerpo del Delito Datos que establezcan la existencia del hecho delictuoso
Probable Responsabilidad Probable Comisión o Participación en su Comisión
Declaración Preparatoria Declaración Preliminar
No ejercicio de la Acción Penal Archivo Definitivo
Reserva Archivo Provisional
GLOSARIO COMPARATIVO ENTRE EL SISTEMA MIXTO Y EL SISTEMA ACUSATORIO
“INTRODUCCIÓN AL SISTEMA ACUSATORIO-PANORAMA CONSTITUCIONAL Y ESQUEMA PROCESAL”
¿PREGUNTAS?
“INTRODUCCIÓN AL SISTEMA ACUSATORIO-PANORAMA CONSTITUCIONAL Y ESQUEMA PROCESAL”
GRACIAS