OBLIGACIONES: Concepto de obligación: Relación jurídica entre dos o !s personas en "irtud de la cual una de ellas debe cuplir una prestación deterinada en #a"or de otra $ue tiene #acultad para e%igirla por edios coacti"os dispuestos por la le&' () El objeto de la obligación: es la prestación *dar o no +acer, -./0' 1e2cla de3nición de contrato con esto' Obligación no est! de3nida en nuestro código' Art. 1438: contrato o c onvención es un acto por el cua l una parte se obliga para con otra dar , hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas. Eleentos $ue deben estar presentes en una obligación: -, Sujetos: () Sujeto acti"o: Acreedor' 4iene un derec+o personal Artículo 560 () Ej: En2o copra a Antonio una bicicleta' Obligación de entregar: En2o acreedor *acti"o, Antonio deudor *pasi"o, Obligación del precio: Antonio *acti"o, & En2o *pasi"o, () Sujeto pasi"o: Este es el deudor7 tiene una obligación' E%isten obligaciones7 desde el punto de "ista pasi"o7 $ue son abulatorias & lle"an el nobre de 8ropter re' 9eudor tiene poder de la cosa gastos counes7 "endo & entrego el dpto' Nue"o dueo debe pagar gastos counes' Son obligaciones $ue siguen a la cosa' Otro ejeplo de obligaciones propter reson las ultas a auto7 tag *siguen a la cosa, 8osiciones entre los sujetos pueden cabiar' Causa de uerte: se contrata con +erederos' Cesión de cr;ditos *-<=-,> Asunción de deudas *acreedor debe ac eptar el cabio de deudor, ?, La prestación *dar7 +acer o no +acer, Se discute la patrionialidad de la prestación' 4eoría cl!sica: 4iene $ue tener un contenido patrionial' El problea se suscita al oento de contratar sobre algo de "alor oral & no a"aluado en dinero' @Los +ijos deben obediencia a padresNo puede resuirse en dinero' 4eoría del inter;s *I+ering,' 4odo inter;s jurídicaente protegido ser! una obligación7 tenga o no contenido patrionial' 4eoría interedia: Se debe separar entre la prestación isa & el inter;s de la prestación' La prestación isa tiene $ue ser e"aluable en dinero ientras $ue el inter;s de $uien contrata la prestación7 puede ser un inter;s patrionial coo tabi;n uno oral'