creación del derecho
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Descripción básica de la creación del Derecho a nivel filosófico.TRANSCRIPT
7/17/2019 Creación Del Derecho
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CREACIÓN DEL DERECHOEN LOS SISTEMASNEORROMÁNICOS
(FUENTES DEL DERECHO)
Fuentes Formales
Concepto Procesos predeterminados de creación de la norma, constituidos por etapas que se suceden simultáneamente (Derecho Vigente) Elementos que verifican la validez de la norma
Órgano competente
No contradicción de la normade la cual deriva
Tipos
Inmediataso directas
La ley
Procesolegislativo
Uno o varios órganos del Estado formulan o promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general
Etapas del proceso en México
Iniciativa Presentar el proyecto ante el órgano legislativo por parte de
Presidente de la República
Diputados
Senadores
Legislaturas de los estados
Discusión Análisis sobre el proyecto para aprobarlo o no
Aprobación Las cámaras aceptan el proyecto y lo envían al ejecutivo
Sanción Aprobación del proyecto que hace el Presidente de la República
Si no está de acuerdo puede ejercer el derecho de Veto (total o parcial)
PublicaciónEl Presidente de la República da a conocer el contenido de la ley
Se realiza a través del Diario Oficial de la Federación
Inicio de vigencia
Vacatio Legis, intervalo de tiempo entre la fecha de publicación de la Ley y su fecha de entrada en vigor
Tiene dos sistemas
Sucesivo
Su vigencia se inicia de manera gradual en el país
Primero en el lugar de la publicación y posteriormente en otros lugares
Dependiendo de su lejanía al lugar en el que se publicó
Sincrónico Inicia su vigencia en todo el país al mismo tiempo
Artículos 71 y 72Constitucionales
Fuente más importante en lossistemas neorromanistas
La costumbre
Uso implantado en una comunidad o colectividad, considerado por ésta como jurídicamente obligatorio
Du Pasquier
Proceso Consuetudinario
Fórmula Romano-Canónica La costumbre tiene dos elementos
Objetivo Práctica reiterada de una conducta
Subjetivo Opinión de que dicha conducta es jurídicamente obligatoria
Cuándo se vuelve obligatoria(dos corrientes)
Por el reconocimiento del Poder Público
Tácito Aplicación de la costumbre a la solución de casos concretos
Expreso La ley faculta a aplicar la costumbre a falta de precepto aplicable
Kelsen, Marcea DJuvara yMarcel Planiol
No requiere del reconocimiento del Poder Público Costumbre es anterior a las decisiones que le reconocen validez
François Gény, Augusto Simonius
Tipos
Contra legem Es la costumbre contraria a la leyGeneralmente prohibida en los sistemas neorromanistas
Prohibida en nuestro sistema por el artículo 10 del Código Civil Federal
Praeter legem Se observa en defecto de la ley aplicable, para llenar sus vacíos
Secundum legem Según lo establecido en la ley, le da sentido a una disposición jurídica
Mediatas oindirectas
Jurisprudencia
Tiene dos acepcionesCiencia del Derecho
Conjunto de principios, criterios o precedentes contenidos en las resoluciones judiciales mediante los cuales interpretan y aclaran la ley
ProcesoJurisprudencialen México
Pueden crear jurisprudencia
SCJNPleno
Salas
TCC
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Clasificación de la JurisprudenciaObligatoria
Cuando la resolución de la SCJN o del TCC se sustente
En 5 resoluciones en el mismo sentidoy no interrumpidas por una en contra
Contradicción de tesis
Puede ser
Interpretativa Aquella que determina el sentido de una ley
Integradora Aquella que subsana una deficiencia o laguna de la ley
No obligatoria
Deja de surtir efectosPor resolución en contra
SCJN
Pleno Aprobada por 8 votos mínimo
Salas Aprobada por 4 votos mínimo
TCC Aprobada por votación unánime
Cuando la Ley, de la que deriva su creación, es abrogada
Artículo 94Constitucional
Principios Generalesdel Derecho
Presupuestos lógicos necesarios en los que se fundamenta la legislación de un Estado
Principios empleadosCon finalidades interpretativas y de integración
Tienen naturaleza normativa
García Máynez, Norberto Bobbio
Derecho Romano Tiene dos interpretaciones
Histórica-positiva Inspiran a una determinada legislación
Filosófica o iusnaturalista
Verdades jurídicas universales, principios filosóficos que expresan elelemento constante y permanente del derecho, el fundamento de lalegislación
Actualmente esta ideatiene un valor histórico
Artículo 14Constitucional
DoctrinaSon las opiniones o estudios de carácter científico elaborados por las personas que se dedican la investigación del derecho y que no están investidos de ningún poder estatal
No es obligatoria, pero puede influir en el legislador y en el juez
Fuentes Reales Factores y elementos que determinan el contenido de la norma Circunstancias y situaciones
Sociales
Políticas
Económicas
Religiosas
Fuentes Históricas Documentos de derecho positivo no vigente que constituyen un antecedente jurídico de gran importancia para entender o mejorar los sistemas actuales
Registro en trámite