convenio de colaboraciÓn que celebran, … convenio con la u… · margarita velázquez...

5
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL A U T Ó N O M A D E M É X I C O , A L A Q U E E N L O SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO P O R E L D R . DAVID RENE ROMERO CAMARENA E N S U CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS DE LA UNAM, ASISTIDO POR LA'DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ DIRECTORA DEL CENTRO REGIONAL DE INVESTIGACIONES MULTIDISCIPLINARIAS AL Q U E E N LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL CRIM"; Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR D E S A N MIGUEL EL GRANDE, E N L O SUCESIVO "EL ITSMIGRA" REPRESENTADO POR E L M.C. JAIME CHÁVEZ FLORES E N S U CARACTER DE DIRECTOR DEL TECNOLÓGICO, PARA EL CASO DE MANIFESTACIONES CONJUNTAS SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A L A S DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES DECLARA "LA UNAM": 1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado, del Estado, dotado de plena capacidad jurídica, la cual tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a ia sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, pnncipalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de ta cultura. 2. Que la representación legal de ésta casa de estudios, según lo dispuesto en el artículo 9° de su Ley Orgánica y 30 del Estatuto General, recae en su Rector, Dr. José Ramón Narro Robles, quien tiene facultades para delegarla de conformidad con la fracción ! del artículo 34 de su propio Estatuto. ^ 3, Que el Dr. David Rene Romero Camarena, en su calidad de Presidente de Consejo de Dirección del Campus Morelos de "LA UNAM", cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de Convenios, Contratos y demás instrumentos consensúales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta UNAM del 5 de septiembre del 2011. Página 1 de 5

Upload: hatruc

Post on 27-Sep-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

C O N V E N I O D E C O L A B O R A C I Ó N Q U E C E L E B R A N , P O R U N A P A R T E L A U N I V E R S I D A D N A C I O N A L A U T Ó N O M A D E M É X I C O , A L A Q U E E N L O S U C E S I V O S E L E D E N O M I N A R Á " L A UNAM" , R E P R E S E N T A D A E N E S T E A C T O P O R E L D R . D A V I D R E N E R O M E R O C A M A R E N A E N S U C A R Á C T E R D E P R E S I D E N T E D E L C O N S E J O D E D I R E C C I Ó N D E L C A M P U S M O R E L O S D E L A U N A M , A S I S T I D O P O R L A ' D R A . M A R G A R I T A V E L Á Z Q U E Z G U T I É R R E Z D I R E C T O R A D E L C E N T R O R E G I O N A L D E I N V E S T I G A C I O N E S M U L T I D I S C I P L I N A R I A S A L Q U E E N L O S U C E S I V O S E L E D E N O M I N A R Á " E L C R I M " ; Y P O R L A O T R A P A R T E , E L I N S T I T U T O T E C N O L Ó G I C O S U P E R I O R D E S A N M I G U E L E L G R A N D E , E N L O S U C E S I V O " E L I T S M I G R A " R E P R E S E N T A D O P O R E L M.C. J A I M E C H Á V E Z F L O R E S E N S U C A R A C T E R D E D I R E C T O R D E L T E C N O L Ó G I C O , P A R A E L C A S O D E M A N I F E S T A C I O N E S C O N J U N T A S S E L E S D E N O M I N A R Á " L A S P A R T E S " , C O N F O R M E A L A S D E C L A R A C I O N E S Y C L Á U S U L A S S I G U I E N T E S :

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A " L A U N A M " :

1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado, del Estado, dotado de plena capacidad jurídica, la cual tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a ia sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, pnncipalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de ta cultura.

2. Que la representación legal de ésta casa de estudios, según lo dispuesto en el artículo 9° de su Ley Orgánica y 30 del Estatuto General, recae en su Rector, Dr. José Ramón Narro Robles, quien tiene facultades para delegarla de conformidad con la fracción ! del artículo 34 de su propio Estatuto. ^

3, Que el Dr. David Rene Romero Camarena, en su calidad de Presidente de Consejo de Dirección del Campus Morelos de " L A UNAM", cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de Convenios, Contratos y demás instrumentos consensúales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta UNAM del 5 de septiembre del 2011.

Página 1 de 5

4. Que dentro de su estructura académico-administrativa se encuentra el Centro Regional de Investigación Muttidisciplinarias, cuya titular es la Dra. Margarita Velázquez Gutiérrez, e! cua! cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.

5. Que señala como su domicilio legal el 9° piso de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, México, D.F., Código Postal 04510.

6. Que señala como su domicilio para los efectos del cumplimiento de este instrumento, el ubicado en Avenida Universidad s/n, Circuito 2, Colonia Chamilpa, Código Postal 62209, en Cuernavaca Morelos, lugar que ocupan las instalaciones de "EL CRIM"

DECLARA " E L ITSMIGRA":

1. Que es un organismo público descentralizado de carácter estatal con personalidad jurídica y patnmonio propio, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Creación del "Instituto Tecnológico Supenor de San Miguel el Grande" publicado en el periódico oficial del gobierno del Estado de fecha once de diciembre del año dos mil cuatro.

2 Tiene por objeto impartir estudios de educación superior, para formar profesionistas, investigadores y profesores altamente capacitados, organizar cursos de capacitación y especialización en sus diversas modalidades.

3. Tiene facultad entre otras, de promover y suscribir convenios con otras instituciones nacionales o extranjeras de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto de Creación del "Instituto Tecnológico Superior de San Miguel el Grande" publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el once de diciembre del año 2004.

4. El M.C Jaime Chávez Flores, en su carácter de Director tiene facultad legal para (Z celebrar el siguiente convenio de colaboración como lo acredita con el nombramiento que le fue expedido el veinticuatro de septiembre del 2014. designación que a la fecha no se le ha revocado ni limitado de forma alguna.

Página 2 de 5

5. Para efectos del presente acuerdo, señala como domicilio legal sus instalaciones que se ubican en km. 1.2 carretera a ia Comunidad de Morelos. San miguel el grande, c.p. 71140, teléfono 01(953)5039134, en el Municipio de San Miguel el Grande, Tlaxiaco. Oaxaca

DECLARAN AMBAS PARTES

Que expuesto lo anterior, están conformes en sujetar su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: OBJETO El objeto del presente Convenio es promover la colaboración entre las partes a fin de realizar conjuntamente actividades académicas, científicas y culturales, en áreas de interés común.

SEGUNDA:ALCANCE Para el cumplimiento del objeto materia de este Convenio "LAS PARTES" llevarán a cabo las siguientes actividades:

a) Promover intercambios y estancias de profesores, investigadores y estudiantes de licenciatura y posgrado b) Intercambio de académicos para llevar a cabo actividades académicas y cursos cortos. c) Intercambio de información y materiales en aquellos campos que sean de interés para ambas universidades. d) Organizar conferencias y programas académicos conjuntos. e) Organizar y llevar a cabo publicaciones y proyectos de investigación conjunta. f) Realizar actividades y programas de educación a distancia (en línea). g) Facilitar las negociaciones y los acuerdos entre las facultades para e cumplimiento de las actividades antes señaladas.

TERCERA: CONVENIOS ESPECÍFICOS C Para el desarrollo de las actividades señaladas en la cláusula anterior, "LAS PARTES" elaborarán los Convenios Específicos para cada caso concreto, a efecto de delimitar el alcance de los compromisos que tendrán cada una de ellas, dichos documentos serán

Página 3 de 5

suscritos por quienes cuenten con la facultad de comprometer a las partes.—

CUARTA: RESPONSABLES Para el adecuado desan-ollo de las actividades a que se refiere el presente Convenio, las "PARTES" designarán un sector responsable. En este sentido, " E L CRIM" designa a "La Dra. María de Jesús Ordoñez Díaz"; mientras que " E L ITSMIGRA" designa a "La c. Dra. Diana Gabriela Lope Alzina", persona responsable de la Subdirección Académica y Profesora Investigadora en este Instituto

QUINTA: DERECHOS DE AUTOR La titularidad de los derechos de autor en su aspecto patrimonial, corresponderá a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto de publicación, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo, teniendo en consideración la normativa interna de cada una de las instituciones. "LAS PARTES" convienen que las publicaciones de diversas categorías (artículos, folletos, entre otros) así como las coproducciones y difusión que llegaran a generarse del presente instrumento, se realizarán de común acuerdo. Queda expresamente entendido que "LAS PARTES'" podrán utilizar los resultados obtenidos en las actividades amparadas por el presente instrumento en sus tareas académicas.

SEXTA: RELACIÓN LABORAL "LAS PARTES" convienen en que el personal aportado por cada una para la realización del presente Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán considerados patrones solidarios o sustitutos.

SÉPTIMA: RESPONSABILIDAD CIVIL Queda expresamente pactado que "LAS PARTES " no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse, como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen "LAS PARTES".

Página 4 de 5

OCTAVA: VIGENCIA El presente Convenio tendrá una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la aprobación mediante Ordenanza de "EL ITSMIGRA" y del órgano de gobierno de la UNAM, y podrá ser renovado, previa evaluación de los .resultados, mediante acuerdo escrito ele "LAS PARTES", 3 menos que una de éstas comunique a la otra por escrito y con seis meses de antelación su intención de darlo por terminado. Para el caso de terminación, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios, tanto a ellas como a terceros, en el entendido de que deberán continuar hasta su conclusión las acciones ya iniciadas.

NOVENA: MODIFICACIONES Este instrumento podrá ser modificado o adicionado por voluntad de "LAS PARTES"; las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma

DÉCIMA: INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS Este Convenio es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegaran a presentarse en cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo por las partes.

-En prueba de conformidad, se firman el día 20 de agosto de 2015, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.

Campus Morelos de la U NAM lnstitutíX'T^X)lógico Si/perior de San Miguel el

Dr/Davt9René Romero Camarería Presidente del Consejo de Dirección del

POR"LA UNAM

Grande

Dra. Majc^rita Velázquez Gutiérrez Directora del Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinanas

Página 5 de 5