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o- COPRED UNIVERSIDAD INSURGENTES CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO EL "COPRED", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTA, LA C. JACQUELINE L'HOIST TAPIA, ASISTIDA POR EL MTRO. PABLO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA, EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR ACADÉMICO DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEGISLATIVAS, Y POR LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD INSURGENTES S.0 EN SUS VEINTICINCO PLANTELES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC.CARLOS CENDEJAS CONTRERAS, ASISTIDO DE LA C. Q.F.B. ARGELIA HERNANDEZ ESPINOZA. EN SU CARÁCTER DE RECTORA DE LA UNIVERSIDAD Y EL LIC. JUAN CARLOS SÁNCHEZ MALLAGÁN, EN SU CARACTER DE CONSEJERO ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD, EN LO SUCESIVO LA "U/N", Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AMBAS PLENAMENTE AUTORIZADAS PARA COMPROMETERSE EN EL CAMPO OBJETO DE ESTE CONVENIO, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES 1. El COPRED declara que: 1.1. De conformidad con la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal, es un organismo descentralizado de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Para el desarrollo de sus atribuciones, goza de autonomía técnica y de gestión. De igual manera, cuenta con facultades para llevar a cabo los procedimientos de reclamación o queja establecidos en la ley. 1.2. De conformidad con el articulo 35 fracciones 1111 y IV de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal corresponde al COPRED coordinar, dar seguimiento y evaluar las acciones de los entes públicos en materia de prevención y eliminación de la discriminación en la ciudad de México. asi como I llevar a cabe asesoría técnica en materia del derecho a la no discriminación. CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN UNIVERSIDAD INSURGENTES -CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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o-

COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL

CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE

MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO EL "COPRED", REPRESENTADO EN ESTE

ACTO POR SU PRESIDENTA, LA C. JACQUELINE L'HOIST TAPIA, ASISTIDA POR

EL MTRO. PABLO ÁLVAREZ ICAZA LONGORIA, EN SU CARÁCTER DE

COORDINADOR ACADÉMICO DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y LEGISLATIVAS, Y POR

LA OTRA PARTE LA UNIVERSIDAD INSURGENTES S.0 EN SUS VEINTICINCO

PLANTELES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC.CARLOS CENDEJAS

CONTRERAS, ASISTIDO DE LA C. Q.F.B. ARGELIA HERNANDEZ ESPINOZA. EN SU

CARÁCTER DE RECTORA DE LA UNIVERSIDAD Y EL LIC. JUAN CARLOS

SÁNCHEZ MALLAGÁN, EN SU CARACTER DE CONSEJERO ACADEMICO DE LA

UNIVERSIDAD, EN LO SUCESIVO LA "U/N", Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA

SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AMBAS PLENAMENTE AUTORIZADAS

PARA COMPROMETERSE EN EL CAMPO OBJETO DE ESTE CONVENIO, AL TENOR

DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

1. El COPRED declara que:

1.1. De conformidad con la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito

Federal, es un organismo descentralizado de la Secretaría de Desarrollo Social del

Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Para el desarrollo de

sus atribuciones, goza de autonomía técnica y de gestión. De igual manera, cuenta

con facultades para llevar a cabo los procedimientos de reclamación o queja

establecidos en la ley.

1.2. De conformidad con el articulo 35 fracciones 1111 y IV de la Ley para Prevenir y

Eliminar la Discriminación del Distrito Federal corresponde al COPRED coordinar,

dar seguimiento y evaluar las acciones de los entes públicos en materia de

prevención y eliminación de la discriminación en la ciudad de México. asi como I

llevar a cabe asesoría técnica en materia del derecho a la no discriminación.

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UNIVER 1DADINSURGENTES

L3. Con fundamento en los artículos 45 fracciones 1 y VII de la Ley para Prevenir y

Eliminar la Discriminación del Distrito Federal, son atribuciones de la presidenta del

COPRED representar legalmente al Consejo, además de celebrar acuerdos de

colaboración con organismos nacionales e internacionales para el desarrollo de las

atribuciones del consejo, de conformidad con las normas aplicables, en razón de

ello, comparece a la celebración de este convenio. su presidenta la C. Jacquelíne

L'Hoist Tapia.

1.4. Intervienen en la celebración de este convenio el Coordinador Académico de

Politices Públicas y Legislativas de COPRED. Mtro. Pablo Álvarez Icaza Longoria

de conformidad con lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XVI, XVII, XXII y

XXVII, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal.

1.5. Para efectos del cumplimiento del objeto, celebración y ejecución del presente

convenio, el COPRED señala corno domicilio para oir y recibir todo tipo de

notificaciones el inmueble ubicado en: Calzada México Tacuba 592, Edificio Anexo

Sur, 2' piso, en la Colonia Popotla, Miguel Hidalgo, C.P. 11400, Distrito Federal,

México.

Declara "UiN"; a través de su representante legal que:

11.1. Que es una persona moral legalmente constituida de acuerdo con las leyes de

nuestro país, tal y corno se acredita con el Acta Constitutiva número 14,607 de

fecha 27 de octubre de 1994 pasada ante la fe del Notario Público Número 193 dei

Distrito Federal, Licenciado Pascual Alberto Orozco Garibay.

11.2 Que su Apoderado es el Licenciado Carlos Cendejas Contreras, tiene

facultades suficientes para celebrar el presente convenio y obligar a su apoderada,

facultades que no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna y que constan

en la escritura número 14,607 de fecha 27 de octubre de 1994, pasada ante la fe

del Licenciado Pascual Alberto Orozco Garibay, Notario Público Número 193 del.Í

Distrito Federal

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

11.3. Que está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave UIN-

941027-RX4.

11.4. Que actualmente tiene veinticinco planteles donde imparte enseñanza en los

niveles de Secundaría, Técnico, Bachillerato. Licenciatura y de Posgrado con

estudios incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México y con

Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios por parte de la Secretaría de

Educación Pública, en diversos planteles corno se explica a continuación.

Los diferentes estudios de Nivel Básico, Medio Superior y Superior, que se imparten

en alguno de los veinticinco planteles en el Distrito Federal, Área Metropolitana,

Estado de México y el Edo, de Guanajuato "ÁLAMOS, CENTRO, CHALCO,

CIUDAD AZTECA, CORUÑA, CUAUTITLÁN, ECATEPEC, ERMITA, IZTAPALAPA,

ORIENTE, NORTE, SAN ÁNGEL, SUR I, SUR TLÁHUAC, TLALNEPANTLA,

TLALPAN, TOREO, VÍA MORELOS, VIADUCTO, VILLA DE CORTES, XOLA,

TOLUCA, CIVU Y EL PLANTEL LEÓN EN EL ESTADO DE GUANAJUATO", que

conforman la Universidad Insurgentes, y los estudios que se imparten son:

Secundaria

Preparatoria UNAM

Prepa UIN

Bachillerato General S.E.P.

Bachilleratos Tecnológicos S.E.P. en:

Administración Puericultura

Contabilidad Turismo

Diseño Gráfico Ventas

Informática Administrativa

Programador

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CÓPRED

,1,,,,,,,,M11111.1151M15.11.12111.1*

UNIVERSIDADINSURGENTES 411414111,1,1955.7151....,1111.11.511391181111111011

Licenciaturas S.E.P. y UNAM en:

Administración

Administración de Empresas

Turísticas

Ciencias de la Comunicación

Comercio Internacional

Contaduria

Criminalistica

Derecho

Gastronomía

Mercadotecnia

Psicología

Relaciones Internacionales

Arquitectura

Especialidades en:

Docencia

Arquitectura de Interiores

Diseño y Comunicación Visual

Diseño Grafico

Diseño de modas

Informática

Ingeniería Industrial

Ingeniería en Telernática

Sistemas de Seguridad

Tecnologías de la Información

Pedagogía

Nutrición

Enfermería

Y

Administración y Gestión de Instituciones Educativas

Maestrías en:

Administración de negocios

Derecho Corporativo

Derecho Penal

Derecho Fiscal

Gestión de Negocios Gastronómicos

11.5. En sus Planteles cuenta con las siguientes instalaciones, Bibliotecas;

Laboratorios de Computo, Laboratorio de Alimentos y Bebidas, Laboratorio de

Fotografía. Cabina de Radio, Auditorios, Salas Audiovisuales, Gimnasio,

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

Enfermería, Canchas Deportivas, Cafeterías, Orientación Vocacional, Asesoría

Psicopedagógica, Bolsas de Trabajo. Prácticas de Campo, Actividades Artísticas.

Culturales y Deportivas Especiales, Extramuros, entre otras.

11.6. Señala como domicilio legal, el inmueble ubicado en Calzada de Tlalpan

número 705, Colonia Álamos, Delegación Benito Juárez, México, Distrito

Federal, Código Postal 03400,

11.7. Que de acuerdo a sus planes y programas de estudio tiene contemplada la

realización de actividades de vinculación con los sectores productivo, público,

educativo y social que le permitan realizarse como una institución de educación

profesional y técnica, y por lo que tiene interés en celebrar el presente convenio.

III. DECLARACIONES CONJUNTAS:

111.1. Que ambas panes se reconocen mutuamente la personalidad con la que se

ostentan y suscriben el presente convenio de colaboración.

111.2. Cada una de ellas cuenta con los recursos técnicos, humanos y financieros

necesarios para la realización del presente convenio.

111.3. Que es su libre y entera voluntad celebrar el presente instrumento jurídico y

que en su celebración no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio que

pudiera afectar su validez jurídica.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.-

El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración y apoyo para

la realización del Servicio Social y/o Prácticas Profesionales a los alumnos (as) y /

egresados (as) de los planes y programas de estudio, que se imparten en "UIN" en las

instalaciones de "COPRED", en ese sentido el Consejo trabajará en los lineamientos

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UNIVERSIDADINSURGENTES1111 COPRED

necesarios para aquél efecto : avisando a la Universidad cuando se pueda dar inicio a las

liberaciones de Servicio Social; así como el diseño. planeación e implementación conjunta

de programas académicos y de capacitación referidos de manera enunciativa más no

limitativa, como son: cursos, seminarios, diplomados, maestrías, así como congresos;

simposios y talleres, entre otros.

Asimismo, la colaboración en la implementación y evaluación de proyectos de

intervención educativa en el seno de la comunidad universitaria de la UIN. a fin de

realizar diagnósticos sobre discriminación, modelos de intervención para modificar

actitudes discriminatorias, difusión de materiales cornunicacionales al respecto, entre• otras.

También tendrá como objeto, establecer las bases generales para la implementación de

acciones conjuntas, orientadas a la construcción de una cultura igualitaria en todos los

plantes de la UIN. mediante la implementación permanente de campañas de promoción y

difusión dei derecho a la igualdad y a la no discriminación de todas las personas que

acudan a los planteles escolares del sistema académico.

El establecimiento de acciones específicas de colaboración entre el COPRED y la UIN se

formalizará mediante acuerdos especificas acorde al mecanismo señalado en la

CLÁUSULA TERCERA del presente instrumento.

SEGUNDA.- COMPROMISOS CONJUNTOS.-

Las partes convienen en

2.1. Organizar los procesos educativos y programas académicos de acuerdo con el

marco normativo de ambas instituciones, para lo cual, únicamente aplicarán al

presente convenio los programas académicos de la UIN que sean a fines a los

objetivos que persigue el COPRED.

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UN[WERSIDADNSURGENTES

2.2. Coordinar la elaboración, operación y desarrollo del presente convenio, en torno

al asesoramiento de los alumnos o trabajadores asignados a los programas

académicos o de capacitación: así como las actividades que se desarrollen con

motivo de su ejecución.

2.3. Implementar campañas conjuntas para la promoción y difusión de una cultura

igualitaria y de no discriminación entre la población académica de los planteles de la

UIN.

TERCERA.- CONVENIOS ESPECÍFICOS.-

Para la ejecución de las acciones a que se refieren las cláusulas anteriores, las partes

podrán celebrar Convenios Especifícos de Colaboración, en los cuales se detallarán con

precisión las actividades que habrán de llevarse a cabo en forma concreta, así como los

programas y recursos para su desarrollo.

Establecidas en este Convenio General de Colaboración la personalidad de ambas

partes, señalados en el mismo quiénes son sus representantes, convienen que para

formalizar los Convenios Específicos de Colaboración se aplicará el procedimiento

siguiente:

3.1. El representante de la parte que proponga el Convenio Específico de

Colaboración enviará a su contraparte un escrito en papel membretado proponiendo

la realización de la acción específica.

3.2. La contraparte responderá por escrito, en papel membretado, al escrito inicial,

señalando las condiciones en que acepta la realización evento, actividad

programa especifico. Este oficio incluirá el espacio para que el representante de la

parte proponente firme de conformidad.

3.3. El oficio de aceptación a que se refiere el punto anterior, firmado por los

representantes legales de ambas partes tanto en su original corno en el acuse

original del mismo, constituirá el documento definitivo de formalización del Convenio

Especifico de Colaboración.

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COPRED

UNIVERSIINSURGEN` ES

De acuerdo a la naturaleza de cada uno de los Convenio Específico de Colaboración, las

partes determinarán qué unidad administrativa dentro de su estructura orgánica estará

encargada del seguimiento de cada uno de 'ellos, señalándolo con claridad tanto en el

oficio propuesta corno en el oficio aceptación señalados en esta cláusula.

Las nades convienen en que este Convenio Genera! se mantendrá vigente pese al

cambio periódico de sus representantes, acordando desde este momento que se darán

por plenamente notificadas en cuanto que la instancia encargada de nombrar a sus

titulares realice nueva designación de acuerdo a la norma aplicable,

Las partes se comprometen a llevar en sus archivos un estricto control de !os acuerdos

específicos formalizados de acuerdo a lo establecido en esta cláusula La UIN designa a

la Oficina del Abogado General corno depositaria de los tantos originales que le

corresponden. el COPRED designa al Mtro. Pablo Alvarez (caza Longoria. Coordinador

Académico de Políticas Públicas y Legislativas para los mismos efectos.

CUARTA.- COMPROMISOS DEL COPRED.-

El COPRED, para el adecuado cumplimiento del objeto materia del presente Convenio, se

compromete a:

4.1. Poner a disposición de las personas beneficiadas, por la planeación e

implementación de programas educativos y proyectos de promoción de la cultura de

inclusión y la no discriminación, materia de este Convenio General y de los

específicos que del mismo se deriven, los materiales de difusión, comunicación y

prevención con los que al efecto cuente o aquellos que considere oportuno crear

para tal efecto, en el marco de sus atribuciones y suficiencia presupuestaria.

4.2. Brindar. en el marco de sus atribuciones y facultades de ley la asesoría y

apoyo que la UIN le solicite. a fin de promover una cultura de inclusión y no

discriminación en el seno de la comunidad universitaria de la U1N, así como la

recepción de casos de personas víctimas de discriminación, a fin de intervenir, en el

marco de atribuciones, en la solución de dichos casos o la canalización de los

mismos ante las instancias correspondientes

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

4.3. Brindar a la UIN la asistencia técnica, asesoría y apoyo logístico para laaplicación de estudios, sondeos, diagnósticos y otras formas de medición sobreprocesos de discriminación dentro de la comunidad universitaria de la UIN.

4.4. Establecer una estrategia de difusión y promoción en medios de comunicación,a efecto de publicitar y mantener informada a la población del Distrito Federal, lasacciones realizadas para promover de manera conjunta, el derecho a la igualdad y ala no discriminación.

4.5. Iniciar la planeación y desarrollo de reglas de operación del programa de• servicio social y prácticas profesionales. a efecto de ponerlo a disposición de la

comunidad universitaria, una vez aprobado y autorizado por las instanciasadministrativas del Gobierno del Distrito Federal.

QUINTA.- COMPROMISOS DE LA UIN.-

Para el adecuado cumplimiento del objeto materia del presente convenio, la UIN secompromete a:

5.1. Acordar con el COPRED las formas de planeación e implementación deprogramas educativos y proyectos de promoción de la cultura de inclusión y la nodiscriminación materia de este convenio.

5.2. Acordar oportunamente con el COPRED el tipo de asesoría y apoyo que lesolicite con el propósito de promover una cultura de inclusión y no discriminación enel seno de la comunidad universitaria : dando el crédito correspondiente a losaportes de éste en los materiales y productos que resulten de dicha colaboración.

5.3. Establecer una estrategia de difusión y promoción en medios de comunicación.a efecto de publicitar y mantener informada a la población del Distrito Federal : lasacciones realizadas para promover de manera conjunta, el derecho a la igualdad y ala no discriminación de acuerdo a sus posibilidades presupuestarias.

5.4. Proporcionar previa solicitud específica, espacios en sus instalaciones deacuerdo a su disponibilidad al COPRED, para la realización de actividadesacadémicas, sociales y culturales, proporcionado el apoyo logístico y de

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

coordinación conjunta. Para ello ; el Consejo se compromete a utilizar únicamentelos espacios proporcionados en los días y horarios autorizados.

SEXTA.- COMUNICACIONES.-

Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este convenio general o de losespecíficos que del mismo se deriven, deberán dirigirse a los domicilios señalados en elapartado de DECLARACIONES, guardando las formas de confidencialidad establecidasen las leyes de la materia para la protección de datos personales y de población enestado de vulnerabilidad; pero sin que ello signifique obstáculo para el cumplimientoestricto de los deberes de ambas partes en materia de transparencia y garantía de accesoa la información pública.

Las partes se comprometen a darse aviso por escrito de cualquier cambio de domicilio, delo contrario las notificaciones se darán por hechas surtiendo sus efectos plenamente apartir del momento en que se emitan por quien las realice.

SÉPTIMA.- RELACIONES LABORALES.-

Las partes convienen en que el personal seleccionado por cada una de ellas para elcumplimiento del presente convenio general y de los específicos que de él se deriven, seentenderá relacionado exclusivamente con aquélla que lo empleó. Per ende, cada una delas partes asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán

• considerados patrones solidarios o sustitutos del personal contratado por la otra. Por lomismo ambas partes se comprometen a liberarse mutuamente de cualquier reclamación odemanda que se presente en su contra en materia laboral, civil, fiscal, peral o decualquier otra índole con motivo de la realización del presente Convenio General o de losespecíficos que del mismo se deriven; durante la vigencia o con posterioridad al presenteconvenio general o de los específicos que resulten.

OCTAVA.- VIGENCIA.-

El presente Convenio General tendrá una vigencia indefinida, surtirá sus efectos a partirde la fecha de su firma y podrá darse por concluido en cualquier momento de maneravoluntaria y de conformidad con la CLÁUSULA NOVENA, sin necesidad de expresar I

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

causa de su determinación, ni será motivo de responsabilidad alguna para la parte que /o

de por terminado.

Los Convenios Específicos de Colaboración terminarán en el momento en que se estipule

en cada uno de ellos, quedando comprometidas ambas partes a finiquitar las acciones

derivadas de ellos en los términos especificamente pactados.

NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.-

Cualquiera de las partes podrá dar por terminado este convenio general mediante aviso

escrito a la otra, notificándola con treinta días naturales de anticipación al momento en

que desee su terminación. En este supuesto, ambas partes tomarán las medidas que

resulten necesarias para evitar perjuicios, tanto a ellas como a terceros. en el entendido

que las acciones y programas de estudio que hubieren iniciado antes del momento de la

terminación de este convenio, se continuarán hasta su total conclusión de acuerdo a los

Convenios Específicos de Colaboración que se hayan formalizado.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES.-

El presente convenio general podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las

partes siempre y cuando conste por escrito, mediante la firma de un convenio

modificatorio respectivo que deberá agregarse al cuerpo de este instrumento como

protocolo.

Las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

Las modificaciones o adiciones no podrán cambiar la esencia de este instrumento y por

tanto prevalecerá con todos sus alcances en aquéllas cláusulas que no hayan sido

modificadas.

DECIMOPRIMERA.- CESIÓN DE DERECHOS.-

Ninguna de las partes podrá ceder, bajo ningún concepto o forma, a terceras personas,

físicas o morales, los derechos y obligaciones derivados del presente convenio general ní

de los específicos que resulten.

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COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

DECIMOSEGUNDA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.-

Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por losdaños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia del caso fortuito o fuerzamayor ; particularmente por el paro de labores estudiantiles, académicas o administrativas.en la inteligencia de que una vez superados estos eventos. se reanudarán las actividadesen la forma y términos que determinen las partes.

DECIMOTERCERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR.-

Las partes convienen en que la propiedad intelectual que se derive de los productos quegenere el presente convenio general y los convenios específicos a los que dé lugar.estará sujeta a las disposiciones legales aplicables ; otorgando el reconocimiento aquienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos, conforme a lo establecidoen las leyes en la materia. La UIN podrá utilizar la información o resultados que se derivendel presente convenio g eneral, o de los especificas derivados de él, en sus funcionesacadémicas, guardando las formas de confidencialídad que aplique en el uso de losdocumentos proporcionados a ella por el COPRED.

Las partes convienen que los derechos patrimoniales de las obras y productos. así comodiseños, marcas y patentes se constituirán invariablemente a favor de quien los hayaproducido conforme a la Ley Federal del Derechos de Autor y la Ley de PropiedadIndustrial.

DECIMOCUARTA.- CONFIDENCIALIDAD.-

Las partes guardarán confidencialidad respecto a las actividades materia del presenteconvenio en los casos en que lo consideren necesario o las que expresamente secomuniquen una a la otra. siempre que ello no ponga obstáculo a su deber de garantizarel acceso a la información pública y el principio de transparencia en su gestión pública.

Las partes convienen en guardar las reservas de ley y en cumplir estrictamente susobligaciones en torno a la protección de datos personales y otras formas de informaciónsensible, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable en vigor para cadainstitución y en cumplimiento de lo mandado por la Constitución General, la Ley de /

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓNUNIVERSIDAD INSURGENTES CONSEJO PARA PREVENIR 'Y ELIMINAR LA DISCRINIRNACION DE LA CIUDAD DE MEXiC0

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11'1

JOA

COPRED

UN SIDADINSURGENTES

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. la Ley de Protección

de Datos Personales para el Distrito Federal y la Ley de Archivos del Distrito Federal.

DECIMOQUINTA.- DE LA COMISIÓN TÉCNICA.-

Las partes acuerdan constituir una Comisión Técnica, integrada por representantes de

cada una, en igual número, can el fin de resolver las controversias que suscite el presente

convenio general así como los específicos que del mismo deriven. Esta Comisión Técnica

contará con las siguientes atribuciones y obligaciones específicas:

15.1. Conciliar y definir las actividades especificas a desarrollar, en cumplimiento del

objeto del presente instrumento juridico y en cada uno de los Convenios Específicos

de Colaboración que se celebren.

15.2. Vigilar y garantizar que el desarrollo y ejecución de las actividades objeto del

presente convenio general, y los específicos, no menoscaben las facultades.

atribuciones y patrimonio de cada una de las partes.

15.3. Evaluar y dar seguimiento, en periodos que no serán menores a quince días

naturales ni mayores a sesenta días naturales, al desarrollo y los resultados

obtenidos con la ejecución del objeto del presente instrumentos jurídico y de los

específicos que se celebren.

15.4. Realizar sesiones de trabajo para analizar y resolver los problemas que

lleguen a surgir con motivo de la ejecución del objeto del presente instrumento

jurídico y de los específicos que se celebren.

15.5. Elaborar actas circunstanciadas o minutas de las sesiones de trabajo

realizadas para analizar y resolver los problemas que surjan con motivo de la

ejecución del objeto del presente instrumento jurídico y de los específicos que se

celebren; las cuales se irán incorporando como parte dei presente convenio al

momento de su formalización.

15.6. Elaborar, de manera conjunta y coordinada, los proyectos y planes a

desarrollar a través de los convenios específicos correspondientes. tornando como /7base lo siguiente:

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓNUNIVERSIDAD INSURGENTES - CONSEJO PARA PREVENIR E UMINAR LA DISCRIMINACION DE LA CIUDAD DE MEXICO

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COPRED

UNIVERS DADINSURGENTES

15.6.1. El objeto por alcanzar.

15.6.2. Tipo y calendario de actividades a desarrollar.

15.6.3. Aportaciones económicas ffinancieras, materiales y humanas de cada de las

partes.

15.6.4. Lugar o lugares en donde se desarrollarán las actividades que sean objeto

de los convenios específicos.

15.6.5, Restricciones y/o autorizaciones en materia de difusión o confidencialidad de

los resultados obtenidos así como la conciliación de la adjudicación de los derechos

de autor y propiedad industrial sobre dichos resultados para la parte que los llegue a

crear.

Para la conformación de la Comisión Técnica. la U1N designa a la Q.F.B. Argelia

Hernández Espinoza y al Lic. Juan Carlos Sánchez Magallán. Asimismo, el COPRED

designa al Miro. Pablo Álvarez 'caza Longor a, en su carácter de Coordinador Académico

de Políticas Públicas y Legislativas.

DECIMOSEXTA.- CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN,-

Las partes convienen que el presente convenio general es producto de la buena te entre

ambas, por ello toda controversia e interpretación que se derive del mismo respecto a su

operación, formalización y cumplimiento, será resuelto por la Comisión Técnica señalada

en su CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.

DECIMOSÉPTIMA.- JUR1SDICCION,-

En el supuesto de que la controversia subsista, las partes convienen en someterse para la

interpretación y cumplimiento de este convenio, así como para todo lo no previsto en el

mismo, a la jurisdicción de los tribunales competentes en el Distrito Federal, así como a

las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Derecho de Autor, los Códigos Civil y

de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en vigor y demás ordenamientos

aplicables al caso, por lo que renuncian al fuero que por razones de su domicilio presente./

o futuro pudiera corresponderles o por cualquier otra razón,

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓNUNIVERSIDAD INSURGENTES - CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION DE CIUDAD DE MÉXICO

Page 15: UNIVERSIDAD INSURGENTES COPREDtransparencia.df.gob.mx/.../vut/resources/LocalContent/11831/1/94_Uni_insurgentes.pdfuniversidad insurgentes convenio general de colaboraciÓn que celebran,

COPRED

UNIVERSIDADINSURGENTES

Leído y entendido que fue el presente convenio y asimismo enteradas las partes de su

contenido y alcance legal, lo firmar al margen y al calce por cuadriplicado en la Ciudad de

México, Distrito Federal. México, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil trece.

POR EL COPRED PqNLA UIN

C. J

J ELINE L'HOI T TAPIA LIC. CARLOS/CENDEJAS CONTRERAS

PRESIDENTA REPRESENTANTE LEGAL

/7/7/4137 AkGELIA HERNANDEZ

ESPINOZARECTORA

MIRO. PABLO ÁLVAREZ ICAZALONGORIA

COORDINADOR ACADÉMICO DEPOLÍTICAS PUBLICAS Y LEGISLATIVAS

LIC. JUAN CARLOS SANCHEZMAGALLÁN

CONSEJERO ACADEMICO

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓNUNiVERSIDAD INSURGENTES CONSE..10 PARA PREVENI D'. 1.1.IMINAR LA DtSCRIMINACION DE LA CIUDAD DE MEXICO