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Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015 1 CONTENIDO RESOLUCIÓN NÚMERO 001 de Enero 23 del 2015 ....................................................................... 4 COMPROMISO DE CONVIVENCIA ............................................................................................... 6 FUNDAMENTACIÓN LEGAL ......................................................................................................... 7 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES .................................................................................................... 8 PRESENTACIÓN ............................................................................................................................. 12 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................ 12 DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR .............................................................................. 13 JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................................. 14 PALABRAS CLAVES ..................................................................................................................... 15 MISIÓN............................................................................................................................................. 17 VISIÓN ............................................................................................................................................. 17 LOGROS INSTITUCIONALES..................................................................................................... 18 NUESTRO PACTO DE CONVIVENCIA ....................................................................................... 19 OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................... 19 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................................ 19 PRINCIPIOS ..................................................................................................................................... 21 CAPITULO I ..................................................................................................................................... 24 1.1 LINEAMIENTOS ................................................................................................................. 24 DERECHOS...................................................................................................................................... 24 1.2 SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: .................................................................. 24 CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 27 DEBERES ......................................................................................................................................... 27 2.1 SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: ........................................................................ 27 CAPITULO III .................................................................................................................................. 31 DEFINICIÓN DE LAS FALTAS ..................................................................................................... 31 3.1 FALTAS DISCIPLINARIAS ............................................................................................... 31 3.2 LAS FALTAS TIPO I ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ............................................................................................................................................ 32 3.3 FALTAS TIPO II ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ………………………………………………………………………………………………………………………………………….35

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Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

1

CONTENIDO

RESOLUCIÓN NÚMERO 001 de Enero 23 del 2015 ....................................................................... 4

COMPROMISO DE CONVIVENCIA ............................................................................................... 6

FUNDAMENTACIÓN LEGAL ......................................................................................................... 7

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES .................................................................................................... 8

PRESENTACIÓN ............................................................................................................................. 12

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................ 12

DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR .............................................................................. 13

JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................................. 14

PALABRAS CLAVES ..................................................................................................................... 15

MISIÓN............................................................................................................................................. 17

VISIÓN ............................................................................................................................................. 17

LOGROS INSTITUCIONALES ..................................................................................................... 18

NUESTRO PACTO DE CONVIVENCIA ....................................................................................... 19

OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................... 19

OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................................ 19

PRINCIPIOS ..................................................................................................................................... 21

CAPITULO I ..................................................................................................................................... 24

1.1 LINEAMIENTOS ................................................................................................................. 24

DERECHOS ...................................................................................................................................... 24

1.2 SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: .................................................................. 24

CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 27

DEBERES ......................................................................................................................................... 27

2.1 SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: ........................................................................ 27

CAPITULO III .................................................................................................................................. 31

DEFINICIÓN DE LAS FALTAS ..................................................................................................... 31

3.1 FALTAS DISCIPLINARIAS ............................................................................................... 31

3.2 LAS FALTAS TIPO I ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE

DE 2013 ............................................................................................................................................ 32

3.3 FALTAS TIPO II ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE

2013 ………………………………………………………………………………………………………………………………………….35

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

2

3.4 FALTAS TIPO III ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE

2013 ………………………………………………………………………………………………………………………………………….39

CAPITULO IV .................................................................................................................................. 43

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O AGRAVANTES EN LA CALIFICACION DE LAS

FALTAS ............................................................................................................................................ 43

CAPÍTULO V ................................................................................................................................... 45

CONDUCTO REGULAR ................................................................................................................. 45

5.1 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................................... 45

CAPÍTULO VI .................................................................................................................................. 48

PRESENTACIÓN PERSONAL ....................................................................................................... 48

6.1 UNIFORME DE DIARIO DE LAS MUJERES: .................................................................. 48

6.2 UNIFORME DE DIARIO DE LOS HOMBRES .................................................................. 48

6.3 UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA HOMBRES Y MUJERES ....................... 49

CAPITULO VII ................................................................................................................................ 51

DEL GOBIERNO ESCOLAR .......................................................................................................... 51

CAPITULO VIII ............................................................................................................................... 52

ORGANOS DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL ....................................................................... 52

8.1 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................. 52

8.1.1 PERFIL DEL PERSONERO ESCOLAR ......................................................................... 52

8.1.2 REQUISITOS PARA SER POSTULADO PERSONERO ............................................... 53

8.1.3 MECANISMOS PARA LA ELECCION DEL PERSONERO ESCOLAR ..................... 53

8.2 CONSEJO DE ESTUDIANTES ........................................................................................... 54

8.3 ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA ....................................................... 54

8.4 CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ............................................................................... 55

8.5 ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA ........................................................................ 56

CAPITULO IX .................................................................................................................................. 57

DISPOSICIONES GENERALES ..................................................................................................... 57

9.8 HORARIO DE ASISTENCIA AL COLEGIO ..................................................................... 58

CAPÍTULO X ................................................................................................................................... 60

PADRES DE FAMILIA ................................................................................................................... 60

10.1 PERFIL ................................................................................................................................. 60

10.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ...................................................................... 61

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

3

10.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA ................................................................... 63

CAPÍTULO XI .................................................................................................................................. 65

ADMISIONES, MATRÍCULAS Y RETIROS ................................................................................. 65

11.1 REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES ....... 65

11.2 REQUISITOS PARA READMISIONES ............................................................................. 66

11.3 RETIROS .............................................................................................................................. 67

CAPITULO XII ................................................................................................................................ 68

DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL ................................................................................... 68

CAPÍTULO XIII ............................................................................................................................... 70

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN .................................................................................................... 70

CAPÍTULO XIV ............................................................................................................................... 71

ESTRATEGIAS PARA EVITAR LA DESERCIÓN ESCOLAR .................................................... 71

CAPITULO XV ................................................................................................................................ 72

INCLUSIÓN Y EVALUACIÓN DE ALUMNOS CON BARRERAS PARA EL APRENDIZAJE72

15.1 CRITERIOS DE INCLUSIÓN ............................................................................................. 72

15.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE BARRERA

DE APRENDIZAJE .......................................................................................................................... 72

15.3 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES DE ESTUDIANTES CON

BARRERAS DE APRENDIZAJE: ................................................................................................... 73

15.4 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA DE ESTUDIANTES CON BARRERAS DE

APRENDIZAJE ................................................................................................................................ 73

REFERENCIAS ................................................................................................................................ 74

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

4

RESOLUCIÓN NÚMERO 001 de Enero 23 del 2015

Por el cual se adopta el Manual o Pacto de Convivencia

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Instituto Tebaida en uso de sus facultades

legales en especial las conferidas por los artículos 20 y 23 del Decreto 1860 de 1994,

Reglamentario de la Ley 115 de 1994, y la Ley 715 de 2001. Ley 1620 del 15 de Marzo de

2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del 11 de Septiembre de 2013.

CONSIDERANDO

1. Que por Ley General de Educación 115 de 1994 y su Decreto Reglamentario 1860 de

03 de agosto de 1994, el Consejo Directivo de la Institución Educativa Instituto Tebaida

debe como función adoptar el Manual o Pacto de Convivencia Escolar.

2. Que el Decreto 1860 en su Artículo 17 define que según lo dispuesto en los artículos 73

y 87 de la Ley General de Educación 115 de 1994, todos los establecimientos

educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional un

Manual o Pacto de Convivencia.

3. Que los Artículos 23 del Decreto 1860 de 1994, consagra que a los miembros del

Consejo Directivo les corresponde adoptar, modificar y orientar la ejecución del

Manual o Pacto de Convivencia.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Manual o Pacto de Convivencia para los programas

de Educación Preescolar, Educación Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Técnica y

Educación de Adultos de la Institución Educativa Instituto Tebaida.

ARTICULO SEGUNDO: Validar las modificaciones realizadas al Manual o Pacto de

Convivencia en sus diferentes articulados para los programas de Educación Preescolar,

Educación Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Técnica y Educación de Adultos.

ARTICULO TERCERO: El Rector de la Institución Educativa publicará y divulgará la

presente Resolución, junto con el Manual o Pacto de Convivencia 2015 de la Institución

Educativa Instituto Tebaida; el cual será socializado con la Comunidad Educativa una vez

se inicie el período escolar.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese,

publíquese y cúmplase.

Dado en La Tebaida, Quindío a los 23 días del mes de Enero de 2015.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

5

JOHN ALEXANDER GIRALDO CASTRO

Rector

MERCEDES VALENCIA RIVERA

Representante Docentes

MERY BOTERO MEJÍA

Representante Docentes

LUZ PATRICIA LONDOÑO DÍAZ

Representante Docentes

SANDRA MILENA BERMUDEZ VILLA

Representante Docentes

SARA MILENA ZAPATA ORTIZ

Representante Estudiantes

MILLERLAD GALLO GÓMEZ

Representante Sector Productivo

YAN CARLOS MARÍN OSORIO

Representante de Exalumnos

ALEXIS VALENCIA VELÁSQUEZ

Representante Padres de Familia

NORBELLY CARMONA MONTOYA

Secretaria

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

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COMPROMISO DE CONVIVENCIA

Yo _____________________________________________________ en calidad de

acudiente del estudiante _____________________________________________ del grado

_____________, después de leer el documento “NUESTRO PACTO DE CONVIVENCIA

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INSTITUTO TEBAIDA”, en compañía de mi hijo

y/o acudido, manifiesto que conozco el contenido y lo acepto como el acuerdo de

convivencia entre la Institución y nosotros como parte solidaria de la comunidad educativa.

______________________________ _____________________________

Firma del Acudiente Firma del Estudiante

D.I. No. D.I. No.

Día:______ del mes ______________ de 201____

Sugerencias:_______________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

7

FUNDAMENTACIÓN LEGAL

Las necesidades de la sociedad le exigen al sistema educativo una transformación que se

centre en el fortalecimiento de la democracia, la consolidación de la participación

ciudadana y el respeto por la dignidad y los derechos humanos, como una apuesta por la

Convivencia cimentada en la solidaridad y los lazos cooperativos.

Es así como a partir de: la Constitución Política de 1991, en sus Artículos 1, 2, 5, 16, 18,

27, 29, 44, 45, 67 y 68, Código de la infancia y la adolescencia (ley 1098 de noviembre 8

del 2006), la Ley 115 del 1994, en sus Artículos 73 y 87, el Decreto 1860 del 1994, en su

artículo 17, la Ley 715 de 2001, la Ley 1620 del 5 de Marzo del 2013 (Ley de Convivencia

Escolar), el Decreto reglamentario 1965 de Septiembre 11 del 2013, se establece el Manual

de Convivencia como un elemento esencial dentro del Plan Educativo Institucional, ya que

debe contener los deberes y derechos de la comunidad educativa y garantizar la justicia y el

debido proceso, a través de la incorporación de las pautas, procedimientos, sanciones y

normas aplicables en los distintos ámbitos de la labor educativa, promoviendo la sana

convivencia y la formación y ejercicio de la democracia.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

8

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

ESCUDO

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

9

BANDERA

SIGNIFICADOS

VERDE: Esperanza en una juventud direccionada desde los principios Institucionales, para

la construcción de una sociedad más coherente, enriquecida en valores frente a un mundo

globalizante.

BLANCO: Pulcritud en el accionar cotidiano de cada persona que integra nuestra

comunidad educativa, en un marco de construcción para la Paz.

VINOTINTO: Expresión de experiencia y madurez que permite orientar a una juventud

que se direcciona para convertirse en ciudadanos respetuosos de los derechos y deberes

constitucionales.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

10

HIMNO INSTITUCIONAL

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

BELLO FARO DE CIENCIA Y AMOR

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

RECIA HUELLA DE CLARA MISIÓN.

VAMOS SIEMPRE IRRADIANDO CULTURA

CON LA META DE UN MUNDO MEJOR

PARA QUIENES SE ESMERAN Y ESTUDIAN

SIN DEJAR DECAER SU EMOCIÓN.

EN TUS AULAS SE TEJEN ANHELOS

SE TRABAJA CON FE Y DEVOCIÓN

SE CONSTRUYEN CON TINO LAS VIDAS

QUE MAÑANA HONRARÁN LA NACIÓN.

CORO

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

BELLO FARO DE CIENCIA Y AMOR

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

RECIA HUELLA DE CLARA MISIÓN.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

11

NOS ENTREGAS CONSIGNAS SINCERAS

DE RESPETO, PROGRESO Y VALOR

PARA ABRIR LOS CAMINOS QUE UN DIA

NOS DEPAREN GRANDEZA Y TESÓN.

SI TU DULCE CONSIGNA ES LA VIDA

TU NOS DAS LA TOTAL FORMACIÓN

PARA HACER QUE LA PATRIA NOS BRINDE

HORIZONTES DE BASTA VISIÓN

CORO

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

BELLO FARO DE CIENCIA Y AMOR

INSTITUTO, INSTITUTO TEBAIDA

RECIA HUELLA DE CLARA MISIÓN.

Letra: Alfonso Osorio Carvajal

Música: Juan José Ramírez G.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

12

PRESENTACIÓN

a Institución Educativa Instituto Tebaida y su Sede La Irlanda, integrantes de la zona

educativa N°6 del municipio de La Tebaida, Quindío, conscientes de la necesidad de

convivir en un ambiente comunitario, de armonía y bienestar donde prime un clima escolar

altamente favorable, presenta una serie de normas básicas, para la convivencia, y la

solución pacífica de los conflictos, en nuestra acción pedagógica, social, cultural, e

interactiva.

Tiene como base: La Constitución Política de Colombia, El Código de Infancia y

Adolescencia (Ley 1098 de 2006), Ley General de Educación (ley 115 de 1994), y su

Decreto Reglamentario 1860 de 1994. La Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario

1965 de 2013.

Esperamos que el estudio, promulgación, publicación y aplicación del presente pacto de

convivencia, contribuya positivamente al perfeccionamiento de las etapas de formación,

orientación, y educación de los niños(as) de nuestra Comunidad Educativa.

INTRODUCCIÓN

corde con lo establecido en la ley 115 de 1994 (Artículo 87), Decreto 1860 (Artículo

17) La Ley 1620 (Artículo 21).

En el marco del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos

humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia

escolar, los manuales o pactos de convivencia deben identificar nuevas formas y/o

alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos

humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error,

respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica así como las posibles

situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.

El Manual o Pacto de Convivencia concederá al educador el rol de orientador y mediador

en situaciones que atenten contra la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos

humanos, sexuales y reproductivos así como las funciones en la detección temprana de

estas mismas situaciones. A los estudiantes, el pacto de convivencia les concederá un rol

activo de participación en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones en

el marco de la ruta de atención integral.

L

A

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

13

DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

a Convivencia Escolar se entiende como la acción de vivir en compañía de otras

personas en el contexto escolar de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto

de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la Comunidad Educativa, el

cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral.

El Manual o Pacto de Convivencia es parte del Proyecto Educativo Institucional en el cual

se debe definir los derechos y obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa

para convivir en forma armónica, y con una adecuada resolución pacífica de los conflictos.

L

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

14

JUSTIFICACIÓN

na de las características de la persona humana es su sociabilidad. De allí, entonces que

no podamos vivir solos sino rodeados de otras personas formando sociedades.

Es en el medio social donde hombres y mujeres nos desarrollamos como personas humanas

cada individuo forma parte de numerosas agrupaciones sociales: la escuela, el club

deportivo, la junta de vecinos, el sindicato, el comercio, los grupos religiosos, los partidos

políticos, entre otros.

Esta idea está presente cuando se forma una sociedad, una organización de personas.

Cuando las costumbres, la cultura, el entorno geográfico y los lazos afectivos unen a un

grupo humano se habla de comunidad de individuos. Tanto en las sociedades como en las

comunidades existen normas y reglas que facilitan la convivencia, de no ser así, la vida

entre varias personas con distintas características, intereses, ideas, etc., es difícil de llevar,

especialmente cuando se debe respetar los derechos y deberes que cada uno tiene por igual

y asumir con responsabilidad los procesos de sociabilidad.

Para La Institución Educativa Instituto Tebaida el concepto de educación ciudadana no se

refiere exclusivamente a los procesos en los que el individuo aprende a cumplir con las

normas sociales y a comportarse como miembro de una sociedad. La idea de formar

ciudadanos va mucho más allá. Involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de

ética que debe asumir cada uno en su proyecto de vida, las relaciones con los otros y con el

medio ambiente.

El Instituto Tebaida invita a los actores de la Comunidad Educativa a comprometerse con el

ejercicio de la democracia y de la ciudadanía, como un modo de vivir, de entender la

relación con los otros, de comportarse y organizarse coherentemente con base en los

valores del respeto, la solidaridad, el amor y la cooperación.

La Educación tiene un papel fundamental en la formación del ciudadano para la

convivencia pacífica. Por eso se requiere una reflexión constante del maestro acerca de su

labor y manejo adecuado de la autoridad que la sociedad le ha confiado.

La escuela puede y debe ser un óptimo instrumento para el logro de la paz, la democracia,

la convivencia y el respeto a los derechos humanos. Además, debe educar simultáneamente

a los padres de familia y/o acudientes en estos valores. Se requiere trabajo con ellos para

que los conocimientos y las prácticas democráticas que puedan alcanzar los niños en la

escuela, no se pierdan, ya que su formación se realiza en todos los ámbitos: hogar,

comunidad y relaciones con el entorno.

Más que formar hombres que repitan y transmitan conocimientos, el país necesita personas

que amen la democracia y defiendan la paz. Por lo tanto, a ello debe apuntar la educación.

La democracia hay que asumirla como una manera de expresarnos, escuchar y plantear

alternativas.

U

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

15

PALABRAS CLAVES

De acuerdo a la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del

11 de Septiembre de 2013, las definiciones generales a tener en cuenta en el presente Pacto

de Convivencia son:

Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el

conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que,

articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una

sociedad democrática. De acuerdo al Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013.

Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es

aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares

de derechos humanos, sexuales y reproductivos con lo cual desarrollaran competencias

para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo,

por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico,

mental y social que les permite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para

ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y en torno a la construcción de su

proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento

de relaciones más justas democráticas y responsables. De acuerdo al Artículo 2 de la Ley

1620 de 2013

Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o

percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son

resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar,

como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad

educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una

afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad

educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de

los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal,

gestual, relacional y electrónica.

Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud

de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños,

pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar,

estigmatizar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y

amenazas.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

16

Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar

o descalificar a otros.

Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que

otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o

secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a

otros.

Agresión electrónica: Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de

medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en

Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y

enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera

anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

Acoso escolar (Bullying): De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda

conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación,

humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o

incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por

medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios

de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de

forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de

docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia

o complicidad de su entorno.

Ciberacoso escolar (Cyberbullying): De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,

es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet,

redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato

psicológico y continuado.

Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007,

"se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o

comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la

fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las

condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre

víctima y agresor".

Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño,

lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes

Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de

actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de

su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar

efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

17

MISIÓN

a Institución Educativa Instituto Tebaida es de carácter público y tiene como

compromiso la formación de ciudadanos éticos, autónomos, democráticos, reflexivos,

críticos y propositivos con proyección social y laboral, con conocimientos fundamentales

en diferentes áreas, en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria, media

técnica con especialidad en informática y media académica, educación semi-presencial para

adultos por ciclos lectivos especiales, en horario nocturno y sabatino.

Estos procesos se apoyan en el modelo Enseñanza para la Comprensión, desde el cual se

fortalece la formación integral, la comprensión y el desenvolvimiento de competencias

ciudadanas, académicas, comunicativas, para el desarrollo sustentable de un mundo local y

globalizante.

VISIÓN

uestra visión educativa, apoyada en el compromiso de su comunidad, se orienta hacia

el 2019, en la prestación de servicios educativos de alta calidad, bachilleres técnicos

en sistemas y bachilleres académicos con énfasis acordes a proyecciones del mercado

(según convenios con Instituciones de la región); contribuyendo así a la formación integral

de estudiantes, como agentes de cambio con sentido crítico en su contexto social y desde un

entorno eco dinamizador, para la interacción de sus educandos.

L

N

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

18

LOGROS INSTITUCIONALES

1. Propiciar espacios permanentes de adecuación del proyecto educativo institucional a la

dinámica política, social, económica, ambiental y cultural de La Tebaida y así mismo a

las tendencias educativas y pedagógicas del nuevo milenio.

2. Desarrollar estrategias pedagógicas de prevención integral teniendo en cuenta los

problemas sociales vivenciados en el entorno local.

3. Generar espacios de convivencia ciudadana para impulsar el desarrollo de la

democracia participativa en todos y cada uno de los integrantes de la comunidad.

4. Dinamizar los procesos de formación integral enmarcados dentro del desarrollo humano

sostenible.

5. Fomentar la construcción de la ética humana, fundamentada en los principios de la

defensa de la vida, la búsqueda del bien común, el respeto a los derechos humanos y al

medio ambiente.

6. Promover el interés por la investigación y el conocimiento con el fin de lograr una

transformación personal en beneficio del entorno social.

7. Fortalecer las habilidades comunicativas para mejorar las interrelaciones con el otro y

construir comunidad.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

19

NUESTRO PACTO DE CONVIVENCIA

s un documento que hace parte del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y contiene

el conjunto de principios, normas y procedimientos acordes y demás aspectos que

regulan y hacen posible la convivencia escolar de sus miembros.

OBJETIVO GENERAL

stablecer herramientas y un marco de referencia legal, que garantice las relaciones

interpersonales positivas entre los diferentes integrantes de la comunidad educativa

Instituto Tebaida y Centro Educativo La Irlanda, con el fin de lograr el ejercicio de las

competencias ciudadanas, de los Derechos Humanos Sexuales, Reproductivos y la

prevención y mitigación de la violencia escolar.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Establecer los principios, valores y mecanismos que permitan el desarrollo armónico,

integral y eficaz de la vida escolar, dentro del ejercicio de los derechos humanos.

Favorecer la formación de ciudadanos democráticos y participativos a través del

conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes.

Promover la integración, el respeto y el amor de los diferentes agentes educativos.

Dinamizar espacios e instrumentos para la resolución de conflictos en las relaciones

interpersonales.

Generar un espacio permanente de reflexión y construcción de acuerdos para la

Convivencia.

Concertar normas de Convivencia para que los educandos sean capaces de actuar con

criterios propios e interactuar con los demás.

E

E

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

20

Formar para la vida, la participación, para decidir y vivir en comunidad.

Fortalecer espacios escolares que permitan la formación integral en el ejercicio de los

derechos humanos, sexuales y reproductivos (DHSR) y el desarrollo de las

competencias ciudadanas.

Favorecer el fortalecimiento y construcción de valores para la sana Convivencia en la

sociedad.

Fomentar el ejercicio democrático e independiente de los educandos.

Aportar en la formación de ciudadanos participativos, vinculando la familia y la

comunidad a los proyectos escolares.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

21

PRINCIPIOS

«Nacimos libres e iguales. El ejercicio de mi derecho termina donde comienza el derecho

de la otra persona. Hay actuaciones que implican el abuso de derechos»

PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Todas las actividades de la

Institución Educativa instituto tebaida y su Sede La Irlanda se fundamenta en principios

como los consagrados en los pactos y protocolos internacionales firmados por Colombia así

como en La Constitución Política, La Ley General de Educación (115/94) y sus Decretos

Reglamentarios en La Ley de Infancia y Adolescencia (1098/06), Ley 1620/13 y el Decreto

1965 de 2013, y las demás normas que lo sustituyan o modifican.

PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA: Como principio constitucional y como derecho

que debe ser protegido y garantizado en la comunidad educativa, se establecen tres

lineamientos alrededor de los cuales se concreta la dignidad humana (Corte Constitucional,

2002): “(i) La dignidad humana entendida como autonomía o como posibilidad de diseñar

un plan vital y de determinarse según sus características (vivir como quiera). (ii) La

dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales concretas de existencia

(vivir bien). Y (iii) la dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no

patrimoniales, integridad física e integridad moral (vivir sin humillaciones)”. En términos

de los cambios culturales, y del aporte de los Establecimiento Educativo en estos

lineamientos, la dignidad tiene que ver con el desarrollo de actitudes y el despliegue de

aptitudes de tal manera que, en la búsqueda de su dignidad y en la tarea de darle sentido a

su existencia, de actuar en entornos concretos, los grupos sociales pueden privilegiar

algunas actitudes y aptitudes por encima de otras. En relación con la convivencia escolar se

trataría de potenciar aquellas competencias que fortalezcan la convivencia.

PRINCIPIO DE PROTECCIÓN INTEGRAL: La protección integral de niñas, niños y

adolescentes establece cuatro acciones concretas para su realización:

1. Reconocimiento de las niñas, niños y jóvenes como sujetos de derechos; 2. Garantizar su

cumplimiento; 3. Prevenir su amenaza o vulneración; y 4. Asegurar su restablecimiento

inmediato. Estas cuatro acciones, así como todas las que se ejecuten dentro del

Establecimiento Educativo, deben regirse por ocho principios: interés superior, prevalencia

de derechos, corresponsabilidad, equidad, inclusión social, solidaridad, complementariedad,

y subsidiariedad.

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: Este principio exige que las medidas

correctivas que se tomen ante cualquier situación, sean proporcionales y no desmedidas. Es

decir, que las penas o castigos que se impongan sean adecuadas para alcanzar el fin que las

justifica y lo menos graves posibles. En el contexto escolar, este principio nos remite al

Código de Infancia y Adolescencia que reconoce a las niñas, niños y adolescentes que

violan un acuerdo de convivencia como sujetos de derechos que requieren, ante todo,

restitución de los mismos. Es decir, el principio de proporcionalidad en el caso de niñas,

niños y adolescentes exige que, ante una situación en la que tradicionalmente se adoptarían

castigos y demás medidas correctivas, se privilegie, por el contrario, la comprensión del

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

22

transgresor como un sujeto que requiere restitución de sus derechos. En resumen,

privilegiar acciones formativas sobre correctivas (justicia restaurativa).

PRINCIPIO DE AUTONOMÍA: se debe evidenciar en las actitudes, comportamientos y

toma de decisiones cotidianas desde las diferentes dimensiones; se construye de manera

gradual de acuerdo con el nivel de pensamiento, conocimiento, apropiación de valores y

principios que orientan el proyecto de vida, posibilitando un ser armónico y responsable

consigo mismo, con los(as) otro(as) y con la sociedad. Para garantizar este principio, se

realizaran retroalimentaciones, evaluaciones, seguimiento y apoyo permanente a los(as)

estudiantes y sus familias a través del proyecto de ESCUELA DE PADRES. (Quien haga

sus veces)

PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD: se espera que en virtud de este principio, los

miembros de la comunidad educativa conozcan, asuman, actúen y participen en las

dinámicas institucionales de acuerdo con las orientaciones y normas contenidas en este

manual de convivencia y ejerzan sus deberes y derechos, con un espíritu de tolerancia y

respeto por los demás.

PRINCIPIO DE PERTENENCIA: compromete a los miembros de la comunidad

educativa del INSTITUTO TEBAIDA en un proceso de apropiación significativa de la

misión, visión, objetivos y normas institucionales que permitan involucrarse de manera

plena en el alcance de los logros y el mejoramiento permanente de la institución.

PRINCIPIO DE LA PARTICIPACIÓN: permite crear espacios democráticos, dinámicos e

interactuantes que promueven y fortalecen la cohesión y el trabajo en equipo y el proceso

de asumir compromisos para involucrarse en acciones y decisiones institucionales,

garantizando congruencia entre las opciones individuales y las colectivas.

PRINCIPIO DEL RESPETO: El respeto o reconocimiento es la consideración de que

alguien o incluso algo tiene un valor por sí mismo y se establece como reciprocidad:

respeto mutuo, reconocimiento mutuo. El término se refiere a cuestiones morales y éticas.

El respeto en las relaciones interpersonales comienza en el individuo, en el reconocimiento

de él mismo como entidad única e irrepetible y del otro como un legítimo otro. Consiste en

saber valorar los intereses, diferencias, e individualidades y necesidades de otro individuo

en convivencia.

PRINCIPIO DEL AMOR: El Amor es el principio que crea y sustenta las relaciones

humanas con dignidad y profundidad. El amor es la base para el principio de ecuanimidad

entre el espíritu y la persona.

El Amor se considera como el conjunto de sentimientos que intensifican las relaciones

interpersonales del ser humano, que partiendo de su propia necesidad, desea el encuentro y

unión con otros seres que le hagan sentirse completo. Por otra parte, el que ama desea y

anhela el bien y la felicidad de los seres con los cuales convive. Es por esto que no daña, no

humilla, no discrimina no esclaviza, ni maltrata a los demás.

PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD: Es la responsabilidad que comparten dos o

más personas frente a las condiciones en las cuales se desarrolla una situación en particular.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

23

Implica el reconocimiento de obligaciones compartidas por diferentes personas frente a la

convivencia, la promoción y protección de los derechos propios y ajenos, tanto en el

mantenimiento de las condiciones deseadas en pro del bienestar, como en la generación de

condiciones adversas y los efectos que esto genera en la calidad de vida de las personas.

LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: toda persona se presume inocente y debe ser

tratada, como tal, mientras no quede en firme decisión definitiva sobre su responsabilidad

en el hecho.

EL DEBIDO PROCESO: “nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes

al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de

las formas propias de cada juicio” Art.29 C.P.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

24

CAPITULO I

1.1 LINEAMIENTOS

Los padres de familia o acudientes, al suscribir el contrato de matrícula, aceptan el Manual

de Convivencia, como herramienta fundamental en el direccionamiento de sus hijos y/o

acudidos en la sana convivencia dentro dela Institución Educativa y asumen los derechos y

deberes que emanan de cada uno de los capítulos del manual y de los que se derivan de

disposiciones legales y reglamentarias, en especial de la Constitución Política, la Ley

General de Educación, y del Código de la Infancia y la Adolescencia ley 1098 del 8 de

Noviembre del 2006, de modo particular, las responsabilidades señaladas en los Artículos

10,14 y 39. Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013 Decreto 1965 del 2013.

DERECHOS

La Educación es un Derecho de la persona y un Servicio Público que tiene una función

social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás

bienes y valores de la cultura…» (Art. 67 Constitución Política).

1.2 SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:

1.2.1 Participar en la construcción y evaluación permanente del PROYECTO

EDUCATIVO INSTITUCIONAL y del PACTO DE CONVIVENCIA y de conocer la

versión vigente de manera oportuna.

1.2.2 Elegir el Personero de la Institución y demás representantes estudiantiles; aplicando

debidamente los principios y valores Institucionales acatando los parámetros establecidos

por la normativa para tal fin.

1.2.3 Ser representados en sus intereses por el GOBIERNO ESCOLAR (Rector, Consejo

Directivo y Consejo Académico) y ORGANISMOS DE PARTICIPACION (Comisión de

Evaluación y Promoción, Personero de los Estudiantes, Asamblea de Padres, Consejo de

Padres de Familia, Comité de Convivencia Escolar) Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013 y

el Decreto Reglamentario 1965 de 11 Septiembre de 2013.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

25

1.2.4 Participar en el diseño y desarrollo de los diferentes proyectos pedagógicos y

comités de la Institución.

1.2.5 Tener un tratamiento justo mediante la aplicación del debido proceso ante los

conflictos que se presenten, ya sean de orden académico y/o disciplinario.

1.2.6 Acceder a los servicios que ofrece la institución en todas sus dependencias:

biblioteca, salas de informática, sala de artes, aula máxima, cafetería, baterías sanitarias,

escenarios deportivos, emisora, instrumentos musicales, entre otros, haciendo buen uso de

ellos y atendiendo a los reglamentos internos de cada dependencia.

1.2.7 Ser reconocida su singularidad, diversidad, siempre y cuando no vaya en

contradicción con lo estipulado en la normatividad interna de la Institución Educativa, y no

riña con los principios éticos de la comunidad. Recibir buen trato, respeto y atención

diligente.

1.2.8 Ser evaluados de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de nuestra

Institución Educativa, atendiendo a su formación integral.

1.2.9 Presentar actividades académicas no realizadas, por enfermedad e inasistencias

previamente justificadas, dentro de los plazos establecidos.

1.2.10 Conocer los informes de las evaluaciones académicas, recuperaciones y de

comportamiento social realizadas en cada período, antes de ser sistematizadas y entregadas

a coordinación.

1.2.11 Ser evaluado en su comportamiento social, de acuerdo al reporte del observador y

del sistema de evaluación institucional.

1.2.12 Recibir orientación y bibliografía adecuada y oportuna para la realización de

trabajos escritos, de investigación, tareas, consultas, carteleras, entre otras.

1.2.13 Representar la Institución en eventos deportivos, culturales, científicos y

académicos a nivel Municipal, Departamental o Nacional, de conformidad con los

parámetros establecidos para cada evento, contando con el apoyo de la Institución.

1.2.14 Reclamar de manera respetuosa, por el incumplimiento del presente manual,

haciéndolo directamente, o a través del Personero de los Estudiantes o, consejo estudiantil,

su acudiente y respetando el conducto regular.

1.2.15 Vivir en un ambiente sano, entendido desde la visión sistémica (sociedad, cultura y

naturaleza).

1.2.16 También son sus Derechos, los consagrados en la Constitución Política de 1991, en

sus Artículos 1, 2, 5, 16, 18, 27, 29, 44, 45, 67 y 68, Código de la Infancia y la

Adolescencia (Ley 1098 de Noviembre 8 del 2006), la Ley 715 de 2001, la Ley 1620 del 15

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

26

de Marzo del 2013 (Ley de Convivencia Escolar), el Decreto Reglamentario 1965 de

Septiembre 11 del 2013.

1.2.17 Ser protegidos eficazmente contra toda forma de matoneo, maltrato, agresión física

o psicológica, discriminación o burla, por razón de su raza, nacionalidad, origen nacional o

familiar , sexo u orientación sexual , lengua u opinión, por parte de sus compañeros (as),

profesores, administrativos, o cualquier integrante de la comunidad educativa.

1.2.18 A ser formados en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana,

los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia, la diferencia y diversidad entre seres

humanos.

1.2.19 A que la Institución Educativa le provea mecanismos de protección, para evitar

comportamientos o situaciones que conlleven a la subvaloración o menoscabo, o violación

de su integridad física o psicológica, por su carácter de vulnerabilidad.

1.2.20 Participar en el proceso de desarrollo de estrategias para el sano desarrollo de sus

derechos humanos, sexuales y reproductivos (DHSR). (Proyecto de Educación Sexual y

Construcción de Ciudadanía).

1.2.21 Que se le provea por parte de su familia, o acudiente, el uniforme descrito en el

presente pacto de convivencia, y los implementos requeridos para el buen desarrollo de las

actividades académicas, en diferentes áreas.

1.2.22 A ser debidamente representado dentro de la Institución, frente a cualquier

actuación de índole disciplinaria o académica.

1.2.23 A qué se le provea por parte de su familia, o acudiente, de todos los elementos

necesarios para una excelente presentación e higiene personal.

1.2.24 Ser atendido de acuerdo a la Ruta de Atención, establecido en la Ley 1620 del 15 de

Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del 11 de Septiembre de 2013.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

27

CAPÍTULO II

DEBERES

«Todos los estudiantes están en el deber de engrandecer y dignificar la institución. El

ejercicio de los derechos y libertades también implican responsabilidades, por lo tanto los

estudiantes deben cumplir con la Constitución Política de Colombia, las normas

establecidas en el Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de Noviembre 8 del

2006), la Ley 1620 del 15 de Marzo del 2013 (Ley de Convivencia Escolar), el Decreto

reglamentario 1965 de Septiembre 11 del 2013 y el presente Pacto de Convivencia»

2.1 SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

2.1.1 Conocer y contribuir al mejoramiento del Pacto de Convivencia y del Proyecto

Educativo Institucional.

2.1.2 Elegir el personero de la institución y demás representantes estudiantiles; aplicando

debidamente los principios y valores Institucionales acatando los parámetros establecidos

por la normativa para tal fin.

2.1.3 Acatar las directrices del GOBIERNO ESCOLAR A TRAVÉS DE SUS INSTANCIAS.

2.1.4 Atender y participar en la construcción y desarrollo de los diferentes proyectos

pedagógicos y comités de la Institución Educativa y en las actividades curriculares y

extracurriculares programadas.

2.1.5 Conocer y acatar el debido proceso, ante situaciones y conflictos que se presenten

de orden académico o disciplinario.

2.1.6 Cuidar, respetar y responder por los objetos que utiliza, o hacen parte de su

entorno; tanto los propios como los de la institución Educativa y los de las demás personas

que conforman la Comunidad Educativa.

2.1.7 Respetar la diferencia en la manera de ser de las personas, teniendo en cuenta

un comportamiento ético y anteponiendo el bien común al individual.

2.1.8 Conocer y cumplir con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

28

2.1.9 Cumplir, dentro de los plazos establecidos, con las responsabilidades académicas

cotidianas y con aquellas dejadas de cumplir debidamente justificadas.

2.1.10 Informarse de manera directa y permanente sobre el estado de sus procesos

académico y de comportamiento social.

2.1.11 Conocer y acatar la evaluación de su comportamiento social, teniendo en cuenta el

observador y lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.

2.1.12 Recibir y acatar de manera correcta y oportuna, las orientaciones dadas para el

desarrollo de actividades académicas.

2.1.13 Asistir y representar a la Institución Educativa, cumpliendo con las normas

establecidas para cada evento y enalteciendo el buen nombre de la Institución Educativa.

2.1.14 Escuchar de manera respetuosa los argumentos ofrecidos por un integrante de la

comunidad educativa; por reclamaciones hechas por sí mismo o por intermedio de terceras

personas.

2.1.15 Velar por la conservación y mejoramiento del ambiente desde lo natural, social y

cultural, dentro y fuera de la Institución Educativa.

2.1.16 Tratar con respeto y consideración a los demás, especialmente a quienes presentan

discapacidad, especial vulnerabilidad o discapacidades sobresalientes.

2.1.17 Actuar e informar de forma diligente, frente a cualquier forma de maltrato, agresión

física o psicológica, humillación, discriminación o burla, dirigida hacia él o en contra de

cualquier integrante de la Comunidad Educativa (Bullying).

2.1.18 Demostrar respeto por la dignidad y la condición humana del docente como uno de

los ejes centrales del proceso educativo.

2.1.19 Contribuir con su proceso formativo y de los demás, en términos de los principios

establecidos en el presente manual.

2.1.20 Tratar a los demás con respeto y dignidad, en buenos términos, evitando toda clase

de apodos, vocabulario soez o vulgar, así como peleas, discusiones y riñas dentro y fuera de

la institución.

2.1.21 A hacer uso de los mecanismos de protección que brinda la Institución Educativa,

cuando se sienta afectado por comportamientos que conlleven a ser subvalorado, por su

carácter de vulnerabilidad.

2.1.22 Comunicar todo acto que atente contra la convivencia y el bienestar de la

comunidad.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

29

2.1.23 Actuar con responsabilidad y respeto en el manejo de la sexualidad, acatando las

directrices de la Institución educativa y el proyecto de Derechos Humanos Sexuales y

Reproductivos (DHSR).

2.1.24 Portar los uniformes como lo estipula el Pacto de Convivencia y los materiales

necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares en las diferentes áreas.

2.1.25 Presentarse con el acudiente cuando sea requerido por el Rector, los Coordinadores,

el Orientador y/o Docentes de la Institución.

2.1.26 Solicitar de manera respetuosa que se le provea los elementos mínimos necesarios

para un efectivo cumplimiento y desempeño escolar.

2.1.27 Contribuir con la limpieza, orden e higiene personal, para mantener un ambiente

sano.

2.1.28 Procurar un alto rendimiento académico que contribuya al mejoramiento de la

calidad educativa y el enaltecimiento de la Institución.

2.1.29 Asistir a las actividades de recuperación concertadas con el Docente de acuerdo con

el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes.

2.1.30 Asistir puntual y cumplidamente durante todo el año a las clases y permanecer en el

plantel durante toda la jornada.

2.1.31 Ingresar a la Institución siempre por las entradas autorizadas, sin saltarse o romper

las rejas, mallas o puertas, mostrando el debido respeto frente a quien controla el acceso.

2.1.32 Dar igual importancia a todas las asignaturas, puesto que contribuyen a su desarrollo

y formación integral.

2.1.33 Mostrar un comportamiento digno y responsable poniendo en alto el nombre de la

Institución dentro y fuera de ella.

2.1.34 Asistir puntual y cumplidamente a los actos de comunidad dentro y fuera de la

Institución Educativa

2.1.35 Asumir actitudes de respeto frente a los símbolos patrios e institucionales,

autoridades legalmente constituidas e integrantes de la Comunidad Educativa.

2.1.36 Dirigirse siempre de manera respetuosa a sus docentes, pares y demás personas de

la Comunidad Educativa, incluso durante los reclamos y aclaración de inquietudes.

2.1.37 Acatar con respeto, diligencia y credibilidad las observaciones hechas por los

docentes, directivos y administrativos, dentro y fuera de la Institución.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

30

2.1.38 Para ausentarse del colegio el alumno se debe presentar con su representante legal o

autorización por escrito debidamente firmada

2.1.39 Solicitar al docente la autorización para retirarse del salón de clase cuando sea

indispensable.

2.1.40 Presentarse de manera personal y respetuosa cuando el Coordinador o un docente lo

requieran.

2.1.41 Asistir y permanecer en la Institución en estado de lucidez mental (sin efectos

de alcohol o sustancias psicoactivas).

2.1.42 Cumplir responsablemente con los horarios y obligaciones establecidas en la

prestación del servicio social.

2.1.43 Observar un excelente comportamiento social, dentro y fuera de la Institución.

2.1.44 Cumplir con responsabilidad el pacto de convivencia de la Institución Educativa,

dentro o fuera de la Institución.

2.1.45 Portar los uniformes de diario y de educación física, como lo estipula el presente

pacto de convivencia.

2.1.46 Presentarse con el acudiente o representante legal, cuando sea requerido, aun siendo

mayor de edad. (Si es estudiante activo de la jornada diurna)

2.1.47 Presentarse a la Institución Educativa y a las actividades programadas, dentro o

fuera de la Institución, con una excelente presentación e higiene personal.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

31

CAPITULO III

DEFINICIÓN DE LAS FALTAS

3.1 FALTAS DISCIPLINARIAS

3.1.1 Se entiende por falta los comportamientos que por su defecto en el obrar contra la

obligación de sí mismo o de otra persona, constituyen violación a lo reglamentado y atentan

contra las normas que buscan salvaguardar los valores humanos, la integridad individual y

colectiva. Estos comportamientos afectan la armonía y el ambiente propio de la sana

convivencia, los procesos académicos, los procesos morales, éticos, legales y

reglamentarios.

3.1.2 El colegio considera que la comisión de una falta por parte de un (a) estudiante está

contextualizada, primero que todo en el momento particular de formación, maduración y

consolidación de su proyecto de vida. Existen entonces, una serie de circunstancias

atenuantes y agravantes que serán considerados en el momento de realizar los

procedimientos frente a una falta tipificada en el presente pacto de convivencia

3.1.3 Según el Artículo 40 del Decreto 1965 de 11 de Septiembre de 2013. Las

situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,

sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

a. TIPO I

b. TIPO II

c. TIPO III

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

32

3.2 LAS FALTAS TIPO I ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL

11 DE SEPTIEMBRE DE 2013

CLASIFICACIÓN DE LAS

SITUACIONES

PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN

DE SITUACIONES

SITUACIONES TIPO I. Corresponden a

este tipo los conflictos manejados

inadecuadamente y aquellas situaciones

esporádicas que inciden negativamente en el

clima escolar, y que en ningún caso generan

daños al cuerpo o a la salud:

FALTAS TIPO I

3.2.1 Llegar al Colegio y no ingresar a

clase.

3.2.2 Fumar cigarrillo dentro de la

Institución o en sitios culturales o

deportivos.

3.2.3 Establecer contacto por la malla,

ventanas, puertas y muros con personas

ajenas a la Institución.

3.2.4 Realizar juegos con fines lucrativos.

3.2.5 Usar cualquiera de los uniformes en

actividades o sitios no autorizados por la

Institución Educativa.

3.2.6 No asistir al Colegio cuando sale de

su casa hacia él, sin plena justificación.

3.2.7 Desacatar la orden de entrega de

citaciones a los acudientes, hechas por

docentes o directivos docentes.

3.2.8 Laborar en asignaturas diferentes

a la que corresponde a la hora de clase.

3.2.9 Ser cómplice de la apatía, pereza y

negligencia de los compañeros en la

realización de trabajos académicos.

LA ATENCIÓN DE SITUACIONES

TIPO I

Según Artículo 42 del Decreto 1965 de 11

de Septiembre de 2013. De los protocolos

para la atención de Situaciones Tipo I.

Los protocolos de los Establecimientos

Educativos para la atención de las

situaciones tipo I, a que se refiere el

numeral 1 del Artículo 40 del Decreto 1965

del 11 de Septiembre de 2013, deberán

desarrollar como mínimo el siguiente

procedimiento:

1. Reunir inmediatamente a las partes

involucradas en el conflicto y mediar de

manera pedagógica para que éstas

expongan sus puntos de vista y busquen

la reparación de los daños causados, el

restablecimiento de los derechos y la

reconciliación dentro de un clima de

relaciones constructivas en el

Establecimiento Educativo.

2. Fijar la forma de solución de manera

imparcial, equitativa y justa,

encaminada a buscar la reparación de

los daños causados, el restablecimiento

de los derechos y la reconciliación

dentro de un clima de relaciones

constructivas en el grupo involucrado o

en el establecimiento educativo. De esta

actuación se dejará constancia por

escrito.

3. Realizar seguimiento del caso y de los

compromisos a fin de verificar si la

solución fue efectiva o si se requiere

acudir a los protocolos consagrados en

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

33

3.2.10 Interrumpir las clases por las

ventanas y los alrededores de las aulas.

3.2.11 Ingerir alimentos sin autorización

dentro del salón de clase.

3.2.12 Lanzar zeppelines, bolígrafos u

otros objetos.

3.2.13 Arrojar basuras fuera de los

recipientes adecuados para ese fin.

3.2.14 Retirarse del Colegio sin haber

cumplido con el aseo del salón de clase, el

día que le corresponde.

3.2.15 Comercializar dentro de la

Institución con productos comestibles,

accesorios o similares, sin previa

autorización.

3.2.16 Usar el uniforme de educación

física en días no pactados.

3.2.17 Hacer mal uso y/o comportamientos

inadecuados en los baños.

3.2.18 Portar la gorra con el uniforme de

diario o en recintos cerrados.

3.2.19 Ingresar a la sala de docentes y otras

dependencias de la institución, sin previa

autorización.

3.2.20 Inasistencia a actos comunitarios

como jornadas deportivas y/o culturales.

3.2.21 Transitar en bicicleta, patines,

patinetas, entre otros, por los corredores,

zonas verdes, patios, pasillos y espacios

deportivos de la Institución con el ánimo de

perturbar el normal desarrollo de las

actividades académicas o culturales.

3.2.22 Comprar comestibles en cambio de

clases, sin la correspondiente autorización.

los Artículos 43 y 44 del presente

Decreto.

PARÁGRAFO

Los estudiantes que hayan sido capacitados

como mediadores o conciliadores escolares

podrán participar en el manejo de estos

casos en los términos fijados en el Manual

de Convivencia (Gestores de Paz).

ACCIÓN MEJORADORA: Es toda

estrategia que permite la resolución de

conflictos a través de la participación de la

Institución Educativa, el trabajo

intersectorial y la familia, con el fin de

resolver una(s) contravención hecha al

presente Pacto de Convivencia a partir de:

a. Seguimiento por parte de la Institución

Educativa: con la participación del

docente conocedor de la falta o

coordinador, según sea el caso;

aprovechando unos espacios de diálogo

y conciliación, con anotación en el

anecdotario.

b. Trabajo intersectorial: El docente

conocedor de la falta aprovecha la

participación de representantes de

diferentes sectores (el ICBF, Salud,

Secretaria de educación, radio

comunitaria, etc.) y proyectos

pedagógicos transversales para realizar

actividades acordes con la falta

cometida.

c. Trabajo en casa: la participación de las

familias y sus amistades a través del

diálogo permanente, la asistencia a la

Institución Educativa y el

acompañamiento en el proceso de

resolución de conflictos, para identificar

alternativas de mejoramiento de la

convivencia escolar.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

34

3.2.23 Cambiar de lugar en el salón de

clase sin la autorización del Docente y con

el fin de perturbar el normal desarrollo de

las clases.

3.2.24 Irrespetar el turno en la fila para

comprar, consumir o recibir productos en la

cafetería, o en cualquier espacio que se

requiera esta disposición.

3.2.25 Causar indisciplina en el restaurante

escolar, en la cafetería y otros espacios

diferentes al aula de clase.

3.2.26 Presentarse al salón de clase sin los

elementos necesarios para el desarrollo de

las actividades académicas.

3.2.27 Presentar inasistencia a clases y no

traer la correspondiente excusa, una vez

regrese al colegio.

3.2.28 Incumplir con los deberes

académicos, como: tareas, trabajos,

lecciones, evaluaciones, recuperaciones en

las fechas establecidas y concertadas.

3.2.29 Interferir en el desarrollo normal de

las clases con actos de indisciplina como:

gritos, charlas, silbidos, uso de medios

tecnológicos no autorizados, u otros

elementos distractores.

PARÁGRAFO

Tener registradas tres faltas tipo I en el

observador del estudiante, reincidir en ellas

y/o el incumplimiento de compromisos

adquiridos, configura una falta de Tipo II.

EJEMPLOS DE ACCIONES

MEJORADORAS FALTAS TIPO I

a. Aplicar comparendos ambientales a

través del proyecto ambiental escolar.

b. Actividades pedagógicas (exposiciones,

películas enfocadas en valores, y

algunas otras actividades que el docente

considere formativas y adecuadas a la

falta)

Actividades propias de los proyectos

pedagógicos transversales (Educación

sexual y construcción de ciudadanía, uso

creativo del tiempo libre, democracia y

derechos humanos, entre otros)

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

35

3.3 FALTAS TIPO II ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11

DE SEPTIEMBRE DE 2013

CLASIFICACIÓN DE LAS

SITUACIONES

PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN

DE SITUACIONES

SITUACIONES TIPO II. Corresponden a

este tipo las situaciones de agresión escolar,

acoso escolar (Bulliyng) y Ciber-acoso

(Cyberbullying), que no revistan las

características de la comisión de un delito y

que cumplan con cualquiera de las

siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o

sistemática.

b. Que causen daños al cuerpo o a la salud

sin generar incapacidad alguna para

cualquiera de los involucrados.

PARÁGRAFO

Se tendrán en cuenta por la Institución

algunas otras faltas cuya comisión afecte

gravemente la convivencia escolar o por su

potencial factor preventivo.

FALTAS TIPO II

3.3.1 Realizar transacciones con bienes u

objetos de dudosa procedencia.

3.3.2 Cometer fraude durante la

presentación de sus evaluaciones.

3.3.3 Suplantación o plagio en trabajos.

3.3.4 Fugarse de la clase o del Colegio o

promover este comportamiento.

3.3.5 Destruir o jugar con los objetos y

trabajos de los compañeros.

3.3.6 Cerrar la puerta del salón o dañar el

LA ATENCIÓN DE SITUACIONES

TIPO II

Artículo 43. De los protocolos para la

atención de Situaciones Tipo II. Los

protocolos de los Establecimientos

Educativos para la atención de las

situaciones Tipo II, a que se refiere el

numeral 2 del artículo 40 del presente

Decreto, deberán desarrollar como mínimo

el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud,

garantizar la atención inmediata en

salud física y mental de los

involucrados, mediante la remisión a las

entidades competentes, actuación de la

cual se dejará constancia por escrito.

2. Cuando se requieran medidas de

restablecimiento de derechos, remitir la

situación a las autoridades

administrativas, en el marco de la Ley

1098 de 2006, actuación de la cual se

dejará constancia.

3. Adoptar las medidas para proteger a los

involucrados en la situación de posibles

acciones en su contra, actuación de la

cual se dejará constancia.

4. Informar de manera inmediata a los

padres, madres o acudientes de todos los

estudiantes involucrados. Actuación de

la cual se dejará constancia.

5. Generar espacios en los que las partes

involucradas y los padres, madres o

acudientes de los estudiantes, puedan

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

36

candado o cerradura con la intención de

afectar el desarrollo de la clase.

3.3.7 Adoptar mal comportamiento dentro

y fuera de la institución, en los actos

comunitarios como: izadas de bandera,

convivencias, jornadas culturales y

deportivas, entre otras.

3.3.8 Usar vocabulario soez o apodos en

el trato a los compañeros.

3.3.9 Esconder objetos de cualquier

integrante de la comunidad educativa, con

el ánimo de alterar el clima escolar.

3.3.10 Incumplir con los compromisos,

luego de una acción pedagógica o acción

mejoradora.

3.3.11 Usar la violencia intencional en

actividades deportivas, lúdicas y

académicas.

3.3.12 Adoptar cualquier tipo de

comportamiento obsceno, que atente contra

la sana convivencia; o inducir a otros a que

lo hagan.

3.3.13 Desacatar los llamados de atención

de un docente o directivo dentro o fuera de

la Institución.

3.3.14 Asumir comportamientos de alto

riesgo que atenten contra su propia

integridad y la de las demás personas.

3.3.15 Asumir actitudes altaneras y/o

agresivas ante los llamados de atención.

3.3.16 Dañar o atentar contra la fauna y la

flora o el medio ambiente de la Institución.

3.3.17 Colocar dibujos o letreros vulgares,

morbosos, obscenos en cualquier lugar de la

Institución.

exponer y precisar lo acontecido,

preservando, en cualquier caso, el

derecho a la intimidad, confidencialidad

y demás derechos.

6. Determinar las acciones restaurativas

que busquen la reparación de los daños

causados, el restablecimiento de los

derechos y la reconciliación dentro de

un clima de relaciones constructivas en

el establecimiento educativo; así como

las consecuencias aplicables a quienes

han promovido, contribuido o

participado en la situación reportada.

7. El presidente del Comité Escolar de

Convivencia informará a los demás

integrantes de este comité, sobre la

situación ocurrida y las medidas

adoptadas. El Comité realizará el

análisis y seguimiento, a fin de verificar

si la solución fue efectiva o si se

requiere acudir al protocolo consagrado

en el Artículo 44 del presente Decreto.

8. El Comité Escolar de Convivencia

dejará constancia en acta de todo lo

ocurrido y de las decisiones adoptadas,

la cual será suscrita por todos los

integrantes e intervinientes.

9. El Presidente del Comité Escolar de

Convivencia reportará la información

del caso al aplicativo que para el efecto

se haya implementado en el Sistema de

Información Unificado de Convivencia

Escolar.

PARÁGRAFO.

Cuando el comité escolar de convivencia

adopte como acciones o medidas la

remisión de la situación al Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar para el

restablecimiento de derechos, o al Sistema

de Seguridad Social para la atención en

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

37

3.3.18 Guardar silencio frente a las faltas

de las cuales haya sido testigo

(corresponsabilidad).

3.3.19 Mover los tacos que controlan el

flujo de energía a los salones.

3.3.20 Asumir mal comportamiento en los

medios de transporte, cuando se relacione

con actividades pedagógicas

3.3.21 Irrespetar los símbolos patrios o

institucionales: La Bandera, el Escudo, el

Himno u otros que se asocian con la patria

o la institucionalidad.

3.3.22 Irrespetar los credos y costumbres

culturales.

3.3.23 Incumplir con el reglamento interno

de cada dependencia.

3.3.24 Retirarse de clase y regresar a la

misma sin previa autorización.

3.3.25 Ingresar a la Institución en jornada

contraria sin previa autorización y con el

ánimo de perturbar.

3.3.26 Excederse en expresiones amorosas:

caricias, besos, sentarse en las piernas de los

compañeros, entre otros…

3.3.27 Exhibir material pornográfico

impreso, en videos, en celulares o en

cualquier otro tipo de medio.

3.3.28 Utilizar otros lugares diferentes a los

baños (aulas o espacio público) para realizar

las necesidades fisiológicas.

3.3.29 Participar como animador o

incitador de desacatos o de peleas dentro o

fuera de la Institución.

salud integral, estas entidades cumplirán

con lo dispuesto en el Artículo 45 del

presente Decreto.

ACCIÓN MEJORADORA: Es toda

estrategia que permite la resolución de

conflictos a través de la participación de la

institución educativa, el trabajo

intersectorial y la familia, con el fin de

resolver una(s) contravención hecha al

presente pacto de convivencia a partir de:

a. Seguimiento por parte de la Institución

Educativa: El docente que tenga

conocimiento de la situación Tipo II ya

establecida, debe comunicarla de

manera inmediata al comité de

convivencia escolar, acompañada de una

persona encargada del tema de acoso

escolar (psico-orientador o coordinador)

y debe recoger información sobre lo

sucedido mediante conversaciones

individuales o grupales, verificando que

es una situación que cumple con los

criterios para ser catalogada como falta

Tipo II. Se informará a los padres de

familia de los estudiantes involucrados

en dicha situación y de las acciones que

se adelantaran de acuerdo al protocolo

definido por la institución educativa;

con este proceso se busca el

mejoramiento de las competencias

ciudadanas de los involucrados.

b. Trabajo Intersectorial: Este se puede

desarrollar siguiendo estrategias como:

A) El docente encargado de uno de los

proyectos transversales plantea las

actividades o la actividad a desarrollar

según la falta. B) Realización de

actividades con jóvenes líderes del

municipio o en el servicio de salud. C)

vinculación a grupos de apoyo que

permitan fortalecer los espacios que

promuevan el ejercicio de los DDHH y

los DHSR en el municipio.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

38

3.3.30 Esconder las pertenencias de los

docentes o empleados de la Institución.

3.3.31 Participar en actividades que causen

desorden dentro y fuera de la institución.

3.3.32 Producir fuego y/o explosiones con

papeletas u otros elementos similares en las

canecas de basura, laboratorios u otros

espacios de la institución.

3.3.33 Rayar o destruir paredes, baterías

sanitarias, u otros elementos dentro o fuera

de la Institución y/o en espacios destinados

para realizar actividades pedagógicas.

3.3.34 Asumir actitudes que causen

desorden público dentro de la Institución

Educativa o por fuera de ella en actividades

programas por esta.

3.3.35 Utilizar sustancias químicas, propias

del laboratorio y de las prácticas

pedagógicas que allí se desarrollan, o

adquiridas externamente u obtenidas sin

autorización, para afectar el bienestar de la

Comunidad Educativa o el equilibrio del

medio ambiente.

3.3.36 Asistir a la Institución bajo el efecto

de sustancias psicoactivas (alcohol, cocaína,

sintéticas).

c. Trabajo en Casa: El padre, la madre o

acudiente establecen espacios de

conversación que apunten al

mejoramiento de las conductas que

manifiesta el estudiante infractor; si no

tiene conocimiento, debe buscar ayuda u

orientación de las entidades encargadas

de ofrecerla en el municipio y/o la

Institución Educativa.

ESPACIOS PEDAGÓGICOS PARA LA

EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES

MEJORADORAS FALTAS TIPO II

Tres (3) días a partir de la decisión

aprobada por el comité de convivencia

escolar.

EJEMPLOS DE ACCIONES

MEJORADORAS FALTAS TIPO II

a. Comparendos ambientales a través del

proyecto ambiental escolar.

b. Establecimiento de actividades con los

grupos de apoyo municipales (Grupos

deportivos, servicios amigables,

DAVIDA, Hogar del anciano, UDRA)

c. Actividades de diálogos orientados por

el psico- orientador de la institución

educativa con la participación de los

padres y/o acudientes y los estudiantes

infractores.

d. Actividades pedagógicas (exposiciones,

películas enfocadas en valores, y

algunas otras actividades que el docente

considere formativas y adecuadas a la

falta)

e. Actividades propias de los proyectos

pedagógicos transversales (Educación

sexual y construcción de ciudadanía,

uso creativo del tiempo libre,

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

39

democracia y derechos humanos, entre

otros)

f. Ayuda de las entidades de apoyo (ICBF,

Comisaria de familia, etc.). El acudiente

o padre de familia debe realizar el

seguimiento y verificar el cumplimiento

de las actividades planteadas por la

Institución Educativa, como por el

trabajo intersectorial.

3.4 FALTAS TIPO III ARTÍCULO 40 DEL DECRETO 1965 DEL 11

DE SEPTIEMBRE DE 2013

CLASIFICACIÓN DE LAS

SITUACIONES

PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN

DE SITUACIONES

SITUACIONES TIPO III. Corresponden a

esta tipo las situaciones de agresión escolar

que sean constitutivas de presuntos delitos

contra la libertad, integridad y formación

sexual, referidos en el Título IV del Libro

11 de la Ley 599 de 2000, o cuando

constituyen cualquier otro delito establecido

en la Ley Penal Colombiana vigente:

FALTAS TIPO III

3.4.1 Lesionar el honor, el buen nombre y

la reputación de las personas que forman

parte de la Comunidad Educativa

(Calumnia e Injuria).

3.4.2 Amenazar, sobornar, chantajear o

extorsionar a cualquiera de los integrantes

de la comunidad educativa.

3.4.3 Atentar contra la integridad sexual

de un compañero u otros integrantes de la

Comunidad Educativa.

3.4.4 Atentar contra la integridad física de

algún compañero, docente o cualquier

integrante de la Comunidad Educativa.

LA ATENCIÓN DE SITUACIONES

TIPO III

Artículo 44. Protocolo para la atención de

Situaciones Tipo III. Los protocolos de los

establecimientos educativos para la atención

de las situaciones Tipo III a que se refiere el

Numeral 3 del Artículo 40 del presente

Decreto, deberán desarrollar como mínimo

el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud.

Garantizar la atención inmediata en

salud física y mental de los

involucrados, mediante la remisión a las

entidades competentes, actuación de la

cual se dejará constancia por escrito.

2. Informar de manera inmediata a los

padres, madres o acudientes de todos los

estudiantes involucrados, actuación de

la cual se dejará constancia por escrito.

3. El Presidente del Comité Escolar de

Convivencia de manera inmediata y por

el medio más expedito, pondrá la

situación en conocimiento de la Policía

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

40

3.4.5 Falsificar o alterar por cualquier

medio, firmas u otros datos en documentos

oficiales o personales como: excusas,

boletines, planillas de notas de los docentes,

exámenes o actas de recuperación.

3.4.6 Utilizar, sin autorización, la imagen,

o el nombre de cualquier integrante de la

comunidad educativa o fuera de ésta, para

exhibirla en cualquier medio masivo de

comunicación, sin importar el propósito del

hecho. (Redes Sociales)

3.4.7 Utilizar las redes sociales con el fin

de pactar peleas con otros u ofender

utilizando formas como insultos,

comentarios, burlas, desprecio,

humillaciones y/o discriminaciones que

atenten contra la moral, el buen nombre y la

integridad de algún miembro de la

comunidad educativa. (Cyberbullying).

3.4.8 Agredir verbalmente a personas de

la Comunidad Educativa, dentro o fuera de

la Institución.

3.4.9 Agredir psicológicamente a

personas de la Comunidad Educativa,

dentro o fuera de la Institución Educativa.

3.4.10 Agredir físicamente a los

compañeros, o pelearse a puñetazos,

puntapiés, correazos o con cualquier tipo de

arma, así como incurrir en acciones que

conlleven a agresión física.

3.4.11 Agredir físicamente a un docente o

cualquier otro integrante de la Comunidad

Educativa, dentro o fuera de la Institución

Educativa.

3.4.12 Hurtar objetos o dineros de la

Institución Educativa, directivos, docentes,

estudiantes, personal administrativo u otras

personas.

Nacional, actuación de la cual se dejará

constancia por escrito.

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral

anterior, se citará a los integrantes del

comité escolar de convivencia en los

términos fijados en el manual de

convivencia. De la citación se dejará

constancia por escrito.

5. El presidente del comité escolar de

convivencia informará a los

participantes en el comité, de los hechos

que dieron lugar a la convocatoria,

guardando reserva de aquella

información que pueda atentar contra el

derecho a la intimidad y

confidencialidad de las partes

involucradas, así como del reporte

realizado ante la autoridad competente

6. Pese a que una situación se haya puesto

en conocimiento de las autoridades

competentes, el comité escolar de

convivencia adoptará, de manera

inmediata, las medidas propias del

Establecimiento Educativo, tendientes a

proteger dentro del ámbito de sus

competencias a la víctima, a quien se le

atribuye la agresión y a las personas que

hayan informado o hagan parte de la

situación presentada, actuación de la

cual se dejará constancia por escrito.

7. El Presidente del Comité Escolar de

Convivencia reportará la información

del caso al aplicativo que para el efecto

se haya implementado en el Sistema de

Información Unificado de Convivencia

Escolar.

8. Los casos sometidos a este protocolo

serán objeto de seguimiento por parte

del Comité Escolar de Convivencia, de

la autoridad que asuma el conocimiento

y del comité municipal, distrital o

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

41

3.4.13 Ser partícipe o coautor de hechos

que constituyan faltas penales.

3.4.14 Portar, guardar o comercializar

armas dentro de la institución educativa.

3.4.15 Portar, consumir, expender o inducir

a otros al consumo de sustancias

psicoactivas y/o licores dentro de la

Institución Educativa o recibirlas de

personas externas a la misma.

3.4.16 Utilizar armas u otros objetos para

amenazar, intimidar o atentar contra la

integridad física y los bienes de cualquier

integrante de la Comunidad Educativa

dentro o fuera de la Institución.

3.4.17 Ser autor directo o coautor de

cualquier acto de carácter violento contra

las instalaciones y bienes de la Institución

educativa o de un integrante de la misma;

hechos realizados dentro o fuera del plantel

educativo.

3.4.18 Adulterar documentos o presentar

documentos falsos o adulterados de alguna

forma, para acceder a registros o requisitos

institucionales.

3.4.19 Inducir, organizar facilitar o

participar, con ánimo de lucro para sí, o

para tercero, o para satisfacer deseos

sexuales propios o de otro, cualquier forma

en el comercio carnal o la explotación

sexual de otra persona menor de 18 años.

(Artículo 213 del Código Penal).

3.4.20 Utilizar los símbolos o el nombre de

la Institución Educativa, sin autorización o

de manera fraudulenta, para beneficio

propio o de terceros.

3.4.21 Asumir actitudes que causen

vandalismo dentro de la Institución

departamental de convivencia escolar

que ejerza jurisdicción sobre el

establecimiento educativo en el cual se

presentó el hecho.

ACCIÓN MEJORADORA: Es toda

estrategia que permite la resolución de

conflictos a través de la participación de la

Institución Educativa, el trabajo

intersectorial y la familia, con el fin de

resolver una (s) contravención hecha al

presente Pacto de Convivencia a partir de:

a. Seguimiento por parte de la

institución: Los docentes y/o

coordinador que sean conocedores de la

situación activaran inmediatamente el

protocolo para darle atención a esta

situación de tipo III. La Institución pone

en conocimiento, de esta situación a la

policía nacional, la policía de infancia y

adolescencia y ésta asume el liderazgo

en el manejo del caso. El Comité

Escolar de Convivencia de la Institución

Educativa se reunirá para definir la

estrategia que se utilizara para manejar

la situación y los mecanismos de

comunicación y seguimiento que

tendrán con las entidades encargadas del

caso.

b. Trabajo Intersectorial: La policía de

infancia y adolescencia activa el

protocolo para atender este tipo de

situaciones. En las siguientes semanas,

las directivas de la institución educativa

mantendrán una comunicación constante

con la policía de infancia y adolescencia

con el fin de hacerle seguimiento al

caso. La Institución Educativa adoptará

medidas preventivas frente a ese caso en

particular.

c. Trabajo en casa: Las familias de los

estudiantes involucrados en el caso

serán informadas y tendrán la

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

42

Educativa o por fuera de ella en actividades

programas por esta.

3.4.22 Cualquier hecho que configure

delito.

responsabilidad y el compromiso de

colaborar y apoyar a la Institución

Educativa en sus esfuerzos y acciones

para evitar que este tipo de situaciones

vuelvan a ocurrir.

La familia solicitará a las instituciones

necesarias (ICBF, comisaria de familia,

psico-orientador, servicios amigables,

etc.) el acompañamiento especializado

para mejorar la convivencia escolar.

d. El rector, en uso de sus facultades

legales, tomará las decisiones que

considere necesarias con el fin de

proteger la integridad física y

psicológica de los estudiantes de la

Institución y del menor infractor,

inspirado en el espíritu formativo y de

mejoramiento de la convivencia escolar

(Ley 1098 de 2006, Ley 1620 de 2013 y

el Decreto 1965 de 2013).

EJEMPLOS DE ACCIONES

MEJORADORAS FALTAS TIPO III

a. Serán determinadas por la entidad

encargada de asumir y liderar el manejo

del caso, de acuerdo a lo estipulado en

La Ley de Infancia y Adolescencia (Ley

1098 de 2006) y otras acciones que

consideren pertinentes.

b. Las que considere necesarias la

Institución Educativa como forma de

prevención y no repitencia de las

mismas faltas Tipo III

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

43

CAPITULO IV

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O AGRAVANTES EN LA

CALIFICACION DE LAS FALTAS

4.1 Criterios para calificar la gravedad o levedad de una falta.

a. El grado de culpabilidad.

b. La trascendencia de la falta o el perjuicio causado.

c. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, para lo cual se

consideraran los atenuantes y agravantes aquí señalados.

d. Los motivos determinantes del comportamiento.

e. Cuando en la comisión de la falta intervengan varias personas.

4.2 Circunstancias Atenuantes:

a. La edad cronológica, su desarrollo mental, motriz y afectivo.

b. Los antecedentes disciplinarios de buena conducta del estudiante.

c. La actuación franca, clara, transparente en la confesión y aclaración de los hechos que

motivaron la falta.

d. El buen desempeño académico y un alto sentido de pertenencia por la Institución.

e. Los conceptos favorables emitidos por el orientador, el director de grupo, los docentes u

otra instancia de participación

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

44

4.3 Circunstancias Agravantes:

a. La manifiesta falta de compromiso del (la) estudiante y de sus padres de familia y

acudiente frente al cumplimiento de sus deberes.

b. La reiterada acumulación de observaciones negativas sobre su comportamiento y

desempeño académico, consignadas en su registro académico.

c. La desatención reiterada a los compromisos adquiridos, con el orientador, los

coordinadores y los docentes ante las acciones preventivas y mejoradoras desarrolladas.

d. El bajo desempeño y la evidencia de falta de compromiso de responsabilidad

académica.

e. La comisión de una falta por negligencia o por inobservancia de elementales cuidados.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

45

CAPÍTULO V

CONDUCTO REGULAR

Para efectos del presente pacto se define como conducto regular el siguiente:

1. EL DOCENTE

2. EL DIRECTOR DE GRUPO

3. EL COORDINADOR

4. EL ORIENTADOR

5. EL RECTOR (COMITE DE CONVIVENCIA ESCOLAR)

Para requerir la presencia del padre de familia o acudiente a la Institución Educativa, se

procederá de la siguiente manera:

a. La llamada telefónica o por forma escrita (Citación)

b. Visita domiciliaria por parte del psico-orientador u otro

c. Después de tres (3) llamadas o citaciones por escrito se hará el requerimiento de su

presencia en la Institución al padre de familia o acudiente a través de la Policía de

Infancia y Adolescencia o Comisaría de Familia

5.1 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Según la Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013 Art. 12 La conformación y funciones del

Comité de Convivencia Escolar son las siguientes:

ARTÍCULO 12: Conformación del comité escolar de convivencia. El comité escolar de

convivencia estará conformado por:

El rector del Establecimiento Educativo, quien preside el comité.

El personero estudiantil

El docente con función de orientación

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

46

El coordinador cuando exista este cargo

El presidente del consejo de padres de familia

El presidente del consejo de estudiantes

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la

comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ARTÍCULO 13. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Son

funciones del comité:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre

docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la

construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros

de la Comunidad Educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y

actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y

que respondan a las necesidades de su Comunidad Educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que

afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la

comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar

perjuicios irremediables a los miembros de la Comunidad Educativa. El estudiante

estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del

establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el

Artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar,

frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos

sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo

establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y

revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual

deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura

del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la

convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de

Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la

estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

47

Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia

Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización

del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el

contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores

maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO

Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a

sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y

permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia

escolar.

PARÁGRAFO

Quien sea el conocedor de la infracción, en compañía de uno de sus miembros (coordinador

o psico-orientador), se encargará de remitir, por escrito, el caso al Comité de Convivencia

Escolar, y el rector o su delegado será el responsable de citar al Comité de Convivencia

Escolar para efectos de aplicar los correctivos del caso.

PARÁGRAFO

El estudiante implicado y su acudiente estarán presentes en cada una de las instancias en

que se les requiera.

El Comité de Convivencia, encabezado por el orientador, estará atento a brindar

acompañamiento y solicitará asesoría a las entidades de apoyo si así se determina.

PARÁGRAFO

En todas las actas, tanto el infractor como el afectado rendirán sus descargos por escrito y

adjuntarán los elementos materiales probatorios (testimonios, documentos, fotografías,

videos, etc.), Las actas deberán ser firmadas por quienes intervienen en el proceso.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

48

CAPÍTULO VI

PRESENTACIÓN PERSONAL

HIGIENE CORPORAL: Es el conjunto de cuidados que necesita nuestro cuerpo para

aumentar su vitalidad y mantenerse en un estado saludable.

Incluye: Higiene y pulcritud personal, zapatos bien lustrados con medias, tenis y uniformes

limpios, camibuso por dentro del pantalón del uniforme de diario, cabello corto para los

hombres y sin peinados extravagantes, falda con un largo que llegue a 3 cm antes de la

rodilla (para las damas).

6.1 UNIFORME DE DIARIO DE LAS MUJERES:

6.1.1 Falda azul oscuro a la cintura, con prenses de tres centímetros hacia la derecha,

colocada en la cintura (no a media cadera) y a la altura máxima de 3 cm sobre la rodilla.

6.1.2 Medias blancas colegiales no tobilleras, ni estampadas.

6.1.3 Zapatos negros colegiales lustrados (no tenis).

6.1.4 Camibuso completamente blanco con el escudo del colegio a la altura del bolsillo.

6.1.5 Saco de color azul oscuro (uso voluntario).

6.2 UNIFORME DE DIARIO DE LOS HOMBRES

6.2.1 Camibuso completamente blanco con el escudo del colegio a la altura del bolsillo.

6.2.2 Pantalón azul oscuro en lino con bota recta (no entubado y no Jeans).

6.2.3 Medias colegial blancas, no estampadas, no tobilleras.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

49

6.2.4 Zapatos negros colegiales en cuero o similar lustrados, (no tenis).

6.2.5 Saco de color azul oscuro (uso voluntario).

6.2.6 Correa angosta negra, en cuero o similar con hebilla clásica pequeña.

6.3 UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA HOMBRES Y

MUJERES

6.3.1 Camibuso blanco con el escudo de la institución en el bolsillo o a su altura.

6.3.2 Sudadera azul rey en franela no entubada, no descaderada.

6.3.3 Medias blancas colegiales, no tobilleras ni estampadas.

6.3.4 Tenis completamente blancos, con cordones del mismo color, no estampados.

6.3.5 Pantaloneta blanca (uso voluntario).

PARÁGRAFO 1

Se puede utilizar gorra azul oscura sólo para las prácticas de educación física cuando las

actividades son realizadas al aire libre para mitigar los efectos de los rayos del Sol.

PARÁGRAFO 2

Bata de color blanco para prácticas de laboratorio (uso voluntario).

PARÁGRAFO 3

La Institución Educativa exhibirá modelos de los uniformes de diario y educación física

que los estudiantes deben vestir, con el fin de que los padres de familia con sus hijos

puedan observarlos para ceñirse a la exigencia de los mismos.

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50

PARÁGRAFO 4

Ningún estudiante (hombre o mujer) deberá portar maquillaje o accesorios extravagantes

como aretes de gran tamaño, piercings entre otros, ya que éstos no hacen parte del

uniforme.

PARÁGRAFO 5

Cualquier modificación o cambio del uniforme, se realizará previa concertación con la

Comunidad Educativa y será anexado a este pacto mediante resolución expedida por el

rector de la Institución Educativa y notificado a los padres de familia y/o acudientes.

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51

CAPITULO VII

DEL GOBIERNO ESCOLAR

El gobierno escolar en los establecimientos educativos estatales, estará constituido por los

siguientes órganos:

a. Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la Comunidad

Educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento

b. Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación

pedagógica del establecimiento.

c. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y

ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

PARÁGRAFO

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para periodos anuales, pero

continuaran ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de

vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del periodo y el número de integrantes y sus

funciones están establecidos en el Decreto 1860 de Agosto 03 de 1994 en los Artículos 20,

21, 22, 23, 24 y 25.

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52

CAPITULO VIII

ORGANOS DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL

8.1 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

De acuerdo con el Artículo 28 del Decreto 1860 del 03 de Agosto de 1994.

En todos los establecimientos educativos, el personero de los estudiantes será un alumno

que curse el último grado que ofrezca la Institución, y será el encargado de promover el

ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes de la Institución Educativa,

consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Pacto de

Convivencia.

8.1.1 PERFIL DEL PERSONERO ESCOLAR

a. Ser líder, dando buen ejemplo a toda la Comunidad Educativa.

b. Demostrar sentido de pertenencia con la Institución Educativa.

c. Tener buen rendimiento académico y buen comportamiento.

d. Conocer los principales problemas y necesidades de la Institución.

e. Destacarse por sus modales, principios y formas de comunicación.

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53

8.1.2 REQUISITOS PARA SER POSTULADO PERSONERO

a. Llevar mínimo dos años vinculado como estudiante a la Institución Educativa en forma

continua.

b. Debe tener el perfil solicitado.

c. Ser postulado y elegido por el grupo.

8.1.3 MECANISMOS PARA LA ELECCION DEL PERSONERO

ESCOLAR

a. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario

siguiente al de la iniciación de clases, para un periodo lectivo anual. En ningún caso

habrá reelección.

b. El rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el

sistema de mayoría simple y por medio de voto secreto.

c. Las directivas del colegio, los docentes, especialmente los del área de sociales

motivarán al estudiantado, creando un ambiente electoral en la Institución Educativa.

d. Se dará una identificación de líderes a los que se lanzarán como candidatos a Personero.

e. Los candidatos se postularán por medio de su inscripción en la rectoría, presentando sus

propuestas para el mejoramiento de la Comunidad Educativa.

f. Por medio de una resolución la rectoría hará la convocatoria a la jornada electoral

fijando el periodo para ambientación y lanzamiento de los candidatos.

g. Le corresponde a los profesores la elaboración de actas, listas de sufragantes, listas de

jurado y organización del lugar y puestos de votación.

h. Los candidatos se encargarán de nombrar los testigos electorales para cada una de las

mesas.

i. Los escrutinios serán hechos por los profesores que están coordinando la jornada

electoral, en presencia de los testigos, nombrados por los candidatos a personero

j. El personero trabajará con la ayuda del consejo estudiantil.

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54

8.2 CONSEJO DE ESTUDIANTES

Artículo 29 del decreto 1860 del 03 de Agosto de 1994.

8.2.1 En todos los establecimientos educativos habrá un Consejo de Estudiantes, el cual

será el máximo organismo colegiado de éstos y que estará integrado por dos voceros

(principal y suplente) de cada uno de los grupos de la institución.

8.2.2 El Consejo Estudiantil elegirá un representante del último grado por cada jornada

para que integre el Consejo Directivo.

8.2.3 Cada grupo elegirá dentro de las cuatro primeras semanas del calendario escolar y

bajo la coordinación de su director de grupo los representantes al Consejo Estudiantil de la

Institución.

8.2.4 Los representantes al consejo estudiantil de cada grupo que no cumplan con sus

funciones, podrán ser cambiados por sus compañeros, mediante nueva elección.

8.2.5 Es deber de los integrantes del Consejo Estudiantil, mantener comunicación

permanente entre los compañeros de grupo y el consejo estudiantil, para ello contará con el

tiempo, previa concertación con el Director de Grupo y el Coordinador.

PARÁGRAFO

El Consejo Estudiantil deberá reunirse ordinariamente una vez al mes (aquí resolverán la

agenda de aquellos casos que no sean de extrema gravedad y asuntos relacionados con su

plan de trabajo) y extraordinariamente cuando lo requiera, previa concertación con el

Coordinador. En las dos primeras reuniones el Consejo estudiantil deberá estructurar su

plan de trabajo para el año bajo la orientación del Coordinador de Estudiantes o el Docente

que éste delegue para su asesoría.

8.3 ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA

Artículo 30 del Decreto 1860 del 03 de Agosto de 1994

8.3.1 Los padres de familia tendrán derecho a conformar su asociación, la cual estará

integrada por los acudientes de los estudiantes legamente matriculados en la Institución

Educativa.

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55

8.3.2 El Consejo Directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución

de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una asamblea

constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaria, contribuir en el recaudo de cuotas

de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.

8.3.3 La Asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá

desarrollar actividades como las siguientes:

a. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua

evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas;

b. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea

educativa que les corresponde, y

c. Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la

función pedagógica que les compete.

La junta directiva de la asociación de padres existente en el establecimiento educativo,

elegirá dos representantes ante el consejo directivo, uno deberá ser miembro de la junta

directiva y el otro miembro del consejo de padres de familia.

8.4 CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Artículo 31 del Decreto 1860 del 03 de Agosto de 1994

El consejo de padres de familia como órgano de la asociación de padres de familia, es un

medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el proceso

pedagógico del establecimiento educativo. Podrá estar integrado por los voceros de los

padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la

institución, o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación.

La junta directiva de la asociación de padres de familia convocara dentro de los primeros

30 días calendario siguiente al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual, a sendas

asambleas de los padres de familia de los alumnos de cada grado, en las cuales se elegirá

para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero. La elección se efectuará

por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de

iniciada la asamblea.

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56

8.5 ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

El Consejo Directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución de una

Asociación de Padres de Familia, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva,

suministrar espacio o ayuda de secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de

sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.

La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar

actividades como las siguientes:

a. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y su continua

evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas;

b. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea

educativa que les corresponde, y

c. Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia, como apoyo a la

función pedagógica que les compete.

La junta directiva de la asociación de padres existente en el establecimiento, elegirá dos

representantes ante el consejo directivo, uno deberá ser miembro de la junta directiva y el

otro miembro del consejo de padres de familia.

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57

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

9.1 El Colegio brindará los estímulos contemplados en la Ley 115 o Ley General de

Educación, en el Título V: de los Educandos, Capítulo II: Beneficios Estudiantiles, Artículo

98 al 103.

9.2 Al mejor estudiante en Básica y Media de cada grupo, tanto en lo académico como

en lo social, se le otorgará el premio a la excelencia y se hará acreedor a la matrícula de

honor. A los demás estudiantes excelentes, si existen en el grupo se les otorgará una

mención de honor con la firma de los directivos y el director de grupo. En caso de empate

se hará sorteo.

9.3 El título de mejor bachiller será asignado al estudiante de grado once que haya

alcanzado los logros de manera integral: en lo académico, lo social, la puntualidad, el

sentido de pertenencia, dando prioridad a aquellos estudiantes que hayan transitado el

mayor número de años por la institución.

9.4 A los estudiantes de grado once que hayan cursado todos sus estudios en la

institución, y se hayan distinguido siempre por su buen comportamiento social y académico

se les otorgará el premio a la perseverancia.

9.5 Los estudiantes que se destaquen en los primeros puestos, por su participación en

eventos institucionales, Municipales, Departamentales, o Nacionales, tendrá un

reconocimiento por escrito, el cual se hará público.

9.6 El estudiante que resulte elegido el mejor deportista del año, recibirá un galardón

del colegio en el acto de clausura.

9.7 El procedimiento para decidir el mejor estudiante de Pruebas Saber ICFES, será

decidido por el Consejo Académico, órgano institucional que determinará los criterios para

esta designación en la última reunión del año lectivo. El mismo órgano institucional

decidirá en el caso de empate de dos o más estudiantes.

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58

PARÁGRAFO

La elección del deportista del año se hará según los siguientes criterios:

a. Obtener el primer puesto en un deporte representando al colegio.

b. Haber colaborado en las actividades deportivas de la Institución.

c. Haber aprobado el año escolar y observado buen comportamiento social.

9.8 HORARIO DE ASISTENCIA AL COLEGIO

JORNADAS DIURNAS

Secundaria Mañana 6:30 a.m. a 12:45 p.m.

Secundaria Tarde 12:00 p.m. a 6:15 p.m.

Primaria Mañana 6:30 a.m. a 11:45 p.m.

Primaria Tarde 12:45 a.m. a 6:00 p.m.

Preescolar Mañana 7:00 a.m. a 11:15 a.m.

Preescolar Tarde 12:30 m a 4:45 p.m.

JORNADA NOCTURNA

6:15 p.m. a 10:15 p.m.

JORNADA SABATINA

7:00 a.m. a 12:15 p.m. (Mañana)

1:15 p.m. a 6:15 p.m. (Tarde)

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59

9.9 Cada una de las dependencias de la Institución debe tener en un lugar visible su

reglamento interno.

9.10 El servicio social es obligatorio y está reglamentado por el Decreto 4210 de 1996,

circular 021 de 23 de Mayo del 2000, para los estudiantes de décimo y once. En el grado

once es requisito para poder graduarse de bachiller. Su reglamentación está contenida en el

capítulo 12 de este Pacto, donde se podrá consultar para mejor comprensión del mismo.

PARÁGRAFO

Cuando un estudiante llegue tarde al Colegio, justificará su retardo a través de excusa

escrita, certificación médica, u otro medio idóneo que justifique el hecho (queda a criterio

del Coordinador, previa llamada al acudiente del alumno, interpretar la excusa como

justificación válida o no). El coordinador llevará al alumno hasta el aula de clase.

Este evento será registrado por el Coordinador, en el respectivo libro de control de

asistencia y comunicado al Director de Grupo. Cuando dichas faltas sean reiteradas (3

retardos), se aplicarán las acciones mejoradoras estipuladas en el capítulo de faltas Tipo II.

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60

CAPÍTULO X

PADRES DE FAMILIA

10.1 PERFIL

La familia y la escuela constituyen una comunidad educativa cuyo centro es la familia y

cuyo fin es el desarrollo de los valores positivos de la persona, sean niño, niña o

adolescente. Los educadores son orientadores, formadores de un proceso y deben mantener

una estrecha y cordial relación con la familia de los alumnos. Por lo tanto, el docente

apoya y acompaña a los padres de familia o acudientes en la formación de sus hijos(as) a

través de un asesoramiento continuo, mediante un diálogo cordial y respetuoso.

La Institución Educativa busca que el padre de familia, como integrante de la comunidad

educativa, sea partícipe del proceso intelectual, cultural, espiritual y social de sus hijos (as).

Este apoyo puede estar dado en las relaciones diarias familiares, en el intercambio de

informes y opiniones con el docente. Otros, quienes como representantes de cada curso, en

nombre de todos los padres de familia, se integran a los procesos de la Institución haciendo

sus aportes al Consejo de Padres, Comisión de Evaluación y Promoción, Consejo Directivo,

Comité de Convivencia Escolar y demás agrupaciones donde sea convocado.

Buscamos un padre de familia, que como integrante de la comunidad educativa:

a. Tenga claridad que la familia es la primera escuela de virtudes humanas y sociales, la

cuna de la vida y el amor.

b. Sea comprometido y responsable de la formación integral de su hijo(a).

c. Propicie una comunidad permanente con los diferentes miembros de la comunidad

educativa, basados en el respeto y la cordialidad.

d. Respalde y fomente los valores que la Institución promueve en la formación y el pleno

desarrollo de la personalidad de sus hijos.

e. Genere en su hogar un ambiente sano y dinámico que garantice la estabilidad emocional

de su hijo y un clima adecuado para el aprendizaje.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

61

f. Oriente oportunamente y en forma efectiva a sus hijos, en concordancia a lo aprobado

al interior de la Institución.

g. Opine con capacidad crítica en beneficio de la Institución.

h. Se identifique con la filosofía, visión y misión de la Institución, apoyando las

actividades curriculares y extracurriculares que aquí se programen.

10.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

La educación exige el conjunto de acciones integrales que deben propender por la dignidad,

la comprensión, la entrega y el compromiso que todos debemos tener con la educación.

Son deberes de los padres de familia:

1. Firmar un contrato de matrícula que contiene aspectos relacionados con la

responsabilidad que tienen con la Institución frente a sus acudidos en cuanto a los

deberes y el Pacto de Convivencia escolar. (Art. 7º de la Ley 115 de 1994).

2. Velar por la permanente asistencia del hijo (a) a la Institución Educativa e informar

oportunamente la causa de su ausencia y justificarla mediante una excusa escrita o

personalmente.

3. Proporcionar de manera oportuna a su hijo(a) los elementos mínimos básicos para su

buen desempeño escolar: uniformes, útiles escolares y otros elementos requeridos por el

docente.

4. Participar honesta y responsablemente en todas las actividades que la Institución

programe, ya sea como miembro directivo o como comunidad en general.

5. Conocer las obligaciones que le competen de acuerdo con lo consagrado en la

Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, el Artículo 7 de la

Ley 115/94, así mismo los principios y la filosofía que orientan la Institución

Educativa.

6. Facilitar de manera respetuosa, la solución de problemas individuales y colectivos al

propiciar acciones tendientes al mejoramiento de la formación integral de su hijo(a).

7. Propiciar con su buen ejemplo la fundamentación de la educación integral de su hijo(a).

8. Reclamar con altura y respeto ante directivos, coordinadores o docentes sobre

cualquiera problemática inherentes a la Institución Educativa.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

62

9. Ceñirse estrictamente al Conducto Regular, conocerlo y aplicarlo de acuerdo con las

normas.

10. Asistir con puntualidad y cumplimiento a todas las citaciones que el docente o

directivos le extiendan; para efectos del cumplimiento de este deber, es menester que el

padre de familia asista con la disposición de permanecer en la actividad programada.

11. Buscar personas idóneas pertenecientes o no a la Institución Educativa, con el fin de

mejorar problemáticas de índole familiar, social o afectiva.

12. Reclamar, con respeto y sólidos argumentos, ante las autoridades competentes, sobre

cualquier situación que afecte la convivencia escolar de la comunidad educativa;

desestimando supuestos que pongan en peligro el verdadero origen del problema.

13. Cumplir sistemáticamente los horarios que la Institución Educativa estime

reglamentarios para la jornada de estudio y refrigerio.

14. El horario de atención a padres de familia por parte del profesorado de básica primaria,

básica secundaria y preescolar, serán los establecidos anualmente, por sus respectivos

coordinadores.

15. Informar a los docentes, y directivos docentes sobre cualquier particularidad que a su

entender esté afectando el rendimiento del estudiante o las relaciones de convivencia

con cualquier miembro de la comunidad, o casos de maltrato.

16. Acudir a la Institución Educativa para dar por terminado el contrato de matrícula de su

hijo(a) o acudido, exponiendo el motivo del retiro o cancelación.

17. Dejar y recibir al niño(a) en la entrada principal de la Institución Educativa al iniciar y

culminar la jornada escolar.

18. Educar a su hijo(a) y proporcionarle pautas de crianza y valores, que le permitan un

adecuado desarrollo integral.

19. Tener acceso y conocimiento del Proyecto Educativo Institucional PEI, Pacto de

Convivencia, Sistema Institucional de Evaluación del Estudiante y los Proyectos

Pedagógicos.

20. Tener sentido de pertenencia y lealtad con la Institución Educativa.

21. Responder por los daños físicos que ocasione su hijo(a) o representado, tanto en la

planta física de la Institución Educativa, bienes y enseres; así como los daños o lesiones

que haga a sus compañeros y adultos de la Comunidad Educativa.

22. Conocer, interiorizar y apropiarse del Pacto de Convivencia, en compañía de sus hijos,

con el fin de contribuir al mejoramiento de la convivencia escolar.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

63

23. Colaborar y apoyar a la Institución Educativa en sus esfuerzos y acciones, para evitar

que situaciones de tipo I, II, III, tengan repitencia.

24. Participar activamente en las acciones mejoradoras en las cuales se encuentren

involucrados sus acudidos, de acuerdo a la tipología de la falta.

25. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos y sobre la

marcha de la Institución Educativa y en ambos casos, participar en las acciones de

mejoramiento.

26. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos o acudidos.

27. Contribuir solidariamente con la Institución Educativa para la formación de sus hijos.

28. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para su

desarrollo integral.

29. Participar en las asociaciones de padres de familia, en el consejo directivo, o comités,

para velar por la adecuada prestación del servicio educativo.

30. Acompañar a sus hijos o acudidos, durante los procesos de ejecución de tareas, talleres,

investigaciones y actividades de recuperación; buscando la ayuda que considere

necesaria para el alcance efectivo de los logros propuestos.

10.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia como miembros vitales de la Comunidad Educativa tienen derecho a:

1. Elegir y ser elegidos para los cargos representativos de esta Institución Educativa y que

para el caso específico son: Asociación de padres de familia, Consejo Directivo, Comité

de Evaluación y Promoción, Escuela de Padres, Comité de Convivencia Escolar y otros

donde su concurso sea compatible con el proyecto.

2. Ser atendidos y escuchados en el horario establecido para tal efecto, tanto por

directivos, docentes, personal administrativo, como por el personal de servicio, cuando

precisen información, al presentar sugerencias o reclamos propios de su vínculo directo

con la Institución.

3. Reclamar por el cumplimiento del presente pacto de convivencia siguiendo el conducto

regular ante la instancia respectiva.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

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4. Recibir periódicamente los informes académicos de conducta y disciplina de su hijo (a)

o acudidos, así como también a recibir las citaciones con el tiempo suficiente.

5. Buscar y recibir información sobre la educación de sus hijos o acudidos, con fines

académicos, sicológicos, socio-afectivos y de salud personal o colectiva, respetando las

horas asignadas.

6. Exigir a las autoridades de competencia por el cumplimiento de sus responsabilidades

con la educación.

7. Proporcionar a sus hijos las loncheras y refrigerios de media mañana o tarde

específicamente en los espacios de descanso.

8. Plantear problemas de índole familiar, social, económica, sicológica, como aparente

factor de bajo rendimiento para que el docente valore nuevas estrategias metodológicas

con el alumno.

9. Solicitar apoyo a la Institución Educativa y entes intersectoriales, con el fin de

encontrar soluciones frente a situaciones problemáticas.

10. Participar activamente en las acciones mejoradoras en las cuales se encuentren

involucrados sus acudidos, de acuerdo con la tipología de la falta.

11. Participar en las asociaciones de padres de familia, en el consejo directivo, asociaciones

o comités, para velar por la adecuada prestación del servicio educativo.

PARÁGRAFO

Este Pacto de Convivencia acoge otros derechos del padre de familia o acudiente, que

rezan en la Constitución Nacional de Colombia, los Derechos del Hombre, de la Mujer,

Derechos del Niño y Código de la Infancia y la Adolescencia.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

65

CAPÍTULO XI

ADMISIONES, MATRÍCULAS Y RETIROS

11.1 REQUISITOS PARA EL INGRESO Y PERMANENCIA DE LOS

ESTUDIANTES

a. Contener en su carpeta de documentación: el contrato de matrícula actualizado que

lo vincula con la Institución.

b. Presentar el informe académico del grado anterior.

c. Presentar fotocopia del proceso académico y disciplinario que se lleva en el

anecdotario u observador.

d. Contar con la aprobación del rector, en casos especiales.

e. Presentar el paz y salvo de la institución en la cual cursó el último grado.

f. Presentarse con el padre o acudiente.

g. Que se presente en las fechas programadas por la Institución, para efectos de

legalización de matrícula.

h. Conocimiento del pacto de convivencia de la institución educativa, previo a la

matrícula.

i. Que su comportamiento social en la Institución educativa sea adecuado (es decir, su

valoración sea igual a la Categoría de BÁSICO, ALTO o SUPERIOR).

j. Además de lo anterior, los estudiantes que ingresan por primera vez al grado once,

deberán presentar la constancia de prestación del Servicio Social.

k. Registro civil de nacimiento.

l. Certificado de estudios, en donde coincidan con el registro civil los nombres y apellidos

y su ortografía.

m. Fotocopia del documento de identidad.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

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n. Una carpeta azul colgante con gancho legajador.

o. Disponibilidad de cupo.

p. Presentarse con el acudiente y suscribir los dos el libro de matrícula. El acudiente

deberá ser una persona mayor de edad, siempre y cuando el menor esté a su cargo.

q. Presentarse en la fecha programada por la Institución Educativa, para el inicio del año

escolar.

r. Fotografías tamaño documento, para carné, secretaría, observador.

s. La edad máxima para ingresar al grado sexto es de 14 años, excepto los estudiantes que

provienen del área rural.

t. Certificado o Constancia de antecedentes disciplinarios expedido por la institución

de donde procede.

u. Los estudiantes que solicitan su ingreso a la Educación Nocturna o a la Sabatina,

deberán tener 18 años o más. En el caso de que un menor de 18 años solicite ingreso a

la educación para adultos, (por algún tipo de necesidad que lo amerite), deberá solicitar

autorización ante la Secretaría de Educación y Comisaría de Familia, para presentarla a

la Institución.

v. Traslados como medida preventiva: Cuando por circunstancias de orden disciplinario

y/o académico, previo seguimiento descrito en el observador del estudiante y habiendo

aplicado correctivos (traslado del caso a la comisión de resolución de conflictos a través

de psico-orientación, citación a padres o acudientes y remisión a comisaria de familia),

se obtenga un diagnóstico desfavorable de adaptación a las condiciones de la institución

o se vulnere los principios expresados en este manual; el rector en uso de sus facultades

legales gestionará ante la jefatura de núcleo, el traslado del estudiante a otra institución

cercana al domicilio del mismo, sin que con ello se vulnere el derecho a la educación.

11.2 REQUISITOS PARA READMISIONES

a. En los casos, en los cuales un estudiante, haya sido objeto de retiro por decisión del

rector; para efectos de ser admitido de nuevo, debe cumplir con el requisito de estar un

año como mínimo por fuera de la institución educativa.

b. Enviar solicitud escrita al Consejo Directivo en donde cite grado al que desea ingresar.

Nuestro Pacto de Convivencia – Institución Educativa Instituto Tebaida - 2015

67

c. Exponer los motivos por los cuales se retiró.

d. Anexar copia del informe académico y de su comportamiento social en la Institución

que cursó el año anterior a la solicitud de reingreso.

e. Incluir, dentro de los anexos entregados con la solicitud de readmisión, copia del acta

de compromiso y seguimiento, expedida por la comisaria de familia y suscrita por el

acudiente, dando aplicación a lo contemplado en el art 15, del código de la infancia y la

adolescencia.

f. Autorización de reingreso, suscrita por el Rector.

11.3 RETIROS

a. El estudiante que desee retirarse, debe presentarse con su acudiente a cancelar

matrícula.

b. Ponerse a paz y salvo con la Institución por todo concepto.

c. Devolver el Carné Estudiantil y el Pacto de Convivencia.

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CAPITULO XII

DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL

a. El Servicio Social Estudiantil se presta como requisito indispensable para

graduarse de la Educación Media.

b. El Servicio Social Estudiantil está regido por las normas, leyes, acuerdos y

resoluciones, como el Decreto 1860/94, la Ley 115/94, o la Resolución 4210/96 y los

demás que le adicionen, modifiquen o sustituyan.

c. El Servicio Social Estudiantil se debe cumplir con ochenta (80) horas, como mínimo, en

el desarrollo del proyecto pedagógico.

d. Se tendrán en cuenta para el cumplimiento de todo lo anterior:

e. Suscribir el correspondiente compromiso, de inicio de prestación del servicio social,

llevando una carpeta con la documentación requerida y anexando la planilla de

asistencia y demás evidencias necesarias para su control, por parte del coordinador del

servicio social.

f. El estudiante deberá llenar la planilla de asistencia entregada por el colegio.

g. Portar el uniforme de diario, al momento de prestación del servicio social con una

excelente presentación personal y llevar el carné del colegio en un lugar visible.

h. Al prestar el servicio en las instituciones donde tienen su propio uniforme (Policía,

Bomberos, Cruz Roja, etc.) éste deberá portarse con excelente presentación y respeto.

i. Presentarse puntualmente donde se presta el Servicio Social Estudiantil.

j. Asistir a prestar el Servicio Social Estudiantil en el horario asignado, cumpliendo

cabalmente con las funciones asignadas.

k. En caso de inasistencia justificada, presentar la excusa correspondiente al colegio y a la

entidad donde presta el servicio.

l. En caso de inasistencia injustificada, si es menor al 25% el educando deberá recuperar

las horas no prestadas, con un incremento del 50% de éstas. Si es igual o mayor al

25.1%, deberá repetirlo en su totalidad.

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m. Responder con las actividades propuestas.

n. Mantener una actitud de colaboración, respeto y cordialidad donde presta el servicio.

o. Respetar y cumplir las normas de convivencia del lugar donde preste el servicio.

p. El educando no podrá prestar el Servicio Social Estudiantil en una entidad, en la cual

los familiares sean los que califican el desarrollo del proyecto.

q. El educando solo puede cambiar de lugar donde presta el servicio cuando media justa

razón, previa evaluación del coordinador del servicio social, el Coordinador de la

Jornada y el responsable en la entidad donde presta el servicio. Si existe la razón justa,

se tendrán en cuenta las horas realizadas, de lo contrario, deberá repetir en su totalidad

el proyecto.

r. Al terminar el Servicio Social Estudiantil, deberá presentar el certificado de la empresa

o comunidad, indicando logros, resultados y número de horas trabajadas.

s. Al finalizar el Servicio Social Estudiantil, el estudiante o la estudiante de grado

undécimo, deberá estar Paz y Salvo de cumplimiento de la totalidad del proyecto

asignado para tal efecto, ante las directivas de la institución. Este paso será requisito

indispensable para su graduación, pues está reglamentado por la normatividad nacional

y por las disposiciones presentadas en el presente Pacto de Convivencia.

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CAPÍTULO XIII

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Todo lo concerniente a situaciones relacionadas con la evaluación y promoción serán

resueltas de acuerdo a lo estipulado en el Sistema Institucional de Evaluación de los

Estudiantes (SIEE, Decreto 1290 de 2009)

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CAPÍTULO XIV

ESTRATEGIAS PARA EVITAR LA DESERCIÓN ESCOLAR

Debidamente estipuladas y descritas en el plan de retención escolar, otras de aplicación en

el momento sociocultural o acciones que sean de iniciativa de los diferentes estamentos de

la Institución Educativa.

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CAPITULO XV

INCLUSIÓN Y EVALUACIÓN DE ALUMNOS CON BARRERAS

PARA EL APRENDIZAJE

15.1 CRITERIOS DE INCLUSIÓN

Para una eficaz inclusión, la Institución Educativa Instituto Tebaida analizará la barrera

educativa del alumno y cuando se concluya que la sede educativa sí ofrece las garantías

necesarias, se comprometerá al padre de familia o acudiente, quien deberá hacer el

acompañamiento que sugiera la psicóloga o el profesional especialista, pedagoga infantil,

docente o supervisor. Incluso se contempla la posibilidad de la presencia del acudiente en la

jornada escolar del alumno o, si es necesario, se disminuirá la jornada escolar. Todo bajo el

acuerdo mutuo entre el padre de familia y/o acudiente y la Institución Educativa.

La Institución Educativa, de acuerdo con las barreras para el aprendizaje de los alumnos,

establecerá el número máximo de estudiantes por aula, que no supere tres con barrera

educativa. La inclusión no solo contempla a los alumnos con necesidades educativas

especiales, también a estudiantes con capacidades excepcionales, desplazados o de otras

etnias y culturas, sin discriminación de credos o cultos u orientación sexual.

15.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN DEL

TIPO DE BARRERA DE APRENDIZAJE

A los estudiantes con diagnóstico de una barrera para el aprendizaje específica, avalado por

un profesional externo, y que reciban acompañamiento por parte del Colegio, se les

aplicaran estos criterios:

a. Valoración de sus conocimientos para definir acompañamiento.

b. Acatamiento de las recomendaciones de los profesionales externos.

c. Ajuste de las estrategias de evaluación, de acuerdo con la necesidad del estudiante.

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15.3 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES DE

ESTUDIANTES CON BARRERAS DE APRENDIZAJE:

Los padres de familia de estudiantes con Barreras para el Aprendizaje y la Participación,

tienen el deber de:

1. Asistir a las reuniones informativas y de capacitación que la Institución Educativa

programe (escuela de padres y madres, capacitaciones como: Lengua Señas

Colombiana, sensibilizaciones en diferentes temas).

2. Suministrar a la Institución Educativa información veraz y oportuna que permita

mejorar el servicio de apoyo a su hijo con barreras para el aprendizaje y la

participación.

3. Seguir las recomendaciones y orientaciones dadas por la Institución Educativa y firmar

compromisos en los casos que se requiera.

4. Gestionar ante la EPS respectiva el diagnóstico del tipo de discapacidad que presenta su

hijo y presentar copia a la Institución Educativa.

5. Acudir oportunamente a los controles, suministrar medicamentos y demás ayudas que el

estudiante requiera para su buen desempeño escolar y presentar a la Institución

Educativa copia de ello.

15.4 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA DE ESTUDIANTES

CON BARRERAS DE APRENDIZAJE

Los padres de familia de estudiantes con barreras para el aprendizaje y la participación

tienen derecho a:

1. Conocer las normas que rigen la atención educativa de su hijo con Barreras para el

Aprendizaje y la participación.

2. Recibir propuestas de programas de apoyo por parte de la Institución Educativa para

fortalecer, sentido de pertenencia, compromiso, responsabilidad entre ellos.

3. A que la Institución Educativa le brinde asesoría y apoyo permanente que le permita

contribuir al desarrollo integral de su hijo.

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REFERENCIAS

1. Constitución Política de Colombia

2. Ley 1098 de 2006 (Infancia y Adolescencia)

3. Ley General de Educación – Ley 115 de 1994 y su Decreto Reglamentario 1860 de

1994

4. Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 de 2013 (Ley y Decreto sobre la

Convivencia Escolar) – M.E.N.

5. Guía N. 49. Guías pedagógicas para la Convivencia Escolar (Cartilla)

6. Revista Educación y Cultura N. 91 de Julio de 2011 (FECODE) – La Convivencia y el

Entorno Escolar.

7. Resolución N.1410 de 1996 que reglamenta el Servicio Social Obligatorio