manual de convivencia escolar -...

116
1 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Versión 2016 - 2

Upload: phamdung

Post on 03-Oct-2018

222 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1

MANUAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

Versión 2016 - 2

2

COLEGIO MARYMOUNT

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

VERSIÓN 2016 - 2 CONTENIDO IDENTIFICACIÓN 7 RESOLUCIÓN RECTORAL No. 28 DEL 13 DE JULIO DE 2016 8 CAPÍTULO 1. JUSTIFICACIÓN 10 1.1. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.2. PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.3. POTESTAD DISCIPLINARIA CAPÍTULO 2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL 13 2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 2.2. LEY 12 DE 1991 - CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO 2.3. LEY 115 DE 1994 - LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 2.4. DECRETO 1860 DE 1994 2.5. DECRETO 1108 DE 1994 2.6. DECRETO 2253 DE 1995 2.7. RESOLUCIÓN 4210 DE 1996 2.8. DECRETO NACIONAL 2247 DE 1997 2.9. DECRETO 1286 DE 2005 2.10. LEY 1014 DE 2006 - FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO 2.11. LEY 1098 DE 2006 - CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 2.12. DECRETO 1290 DE 2009 2.13. LEY 30 DE 1986 - REGLAMENTADA POR EL DECRETO NACIONAL 3788 DE 1986 2.14. DECRETO 1122 DE 1998 - CÁTEDRA DE ESTUDIOS AFROCOLOMBIANOS 2.15. LEY 715 DE 2001 2.16. LEY 934 DE 2004 2.17. DECRETO 4500 DE 2006 2.18. DECRETO 1373 DE 2007 2.19. LEY 1404 DE 2010 2.20. LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA 2.21. LEY 1620 DE 2013 2.22. DECRETO 1965 DE 2013 2.23. LEY 761 DE 2015 CAPÍTULO 3. FUNDAMENTACIÓN INSTITUCIONAL 21 3.1. HISTORIA 3.2. MISIÓN 3.3. VISIÓN

3

3.4. VALORES 3.5. POSTULADOS INSTITUCIONALES 3.5.1. EDUCACIÓN 3.5.2. FORMACIÓN

3.5.3. FORMACIÓN INTEGRAL 3.5.4. EDUCADOR 3.5.5. ESTUDIANTE 3.5.6. APRENDIZAJE 3.5.7. ENSEÑANZA 3.5.8. EVALUACIÓN 3.5.9. CONTENIDOS 3.5.10. AUTONOMÍA 3.5.11. COMPETENCIAS 3.5.12. INTERNACIONALIZACIÓN 3.5.13. MULTILINGÜISMO 3.5.14. NORMAS 3.5.15. AUTORIDAD 3.5.16. DISCIPLINA 3.5.17. ORDEN 3.5.18. RELACIÓN ENSEÑANZA - APRENDIZAJE 3.5.19. RELACIÓN EDUCADOR - ALUMNA 3.5.20. RELACIÓN EDUCADOR - CONTEXTO - ALUMNA

3.6. PERFIL DE LA ESTUDIANTE MARYMOUNT 3.7. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA MARYMOUNT 3.8. PERFIL DEL EDUCADOR MARYMOUNT 3.9. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO MARYMOUNT 3.10. INSIGNIAS

3.10.1. HIMNO 3.10.2. DESCRIPCIÓN DEL ESCUDO 3.10.3. DESCRIPCIÓN DE LA BANDERA 3.10.4. ORACIÓN AL SAGRADO CORAZÓN DE MARÍA 3.10.5. LEMA: MARYMOUNT ¡EL COLEGIO DE MI VIDA! 3.10.6. MASCOTA 3.10.7. UNIFORMES

CAPÍTULO 4. GOBIERNO ESCOLAR Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 33 4.1. ASAMBLEA GENERAL DE CORMARY 4.2. CONSEJO DIRECTIVO CORPORATIVO 4.3. RECTORA 4.4. CONSEJO DIRECTIVO EDUCATIVO 4.5. CONSEJO ACADÉMICO 4.6. CONSEJO DE FORMACIÓN 4.7. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 4.8. COMITÉ DE NORMALIZACIÓN 4.9. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 4.9.1. CONSEJO DE PROFESORES 4.9.2. ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA

4

4.9.3. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 4.9.4. ASOCIACIÓN AMIGOS DEL MARYMOUNT 4.9.5. CONSEJO ESTUDIANTIL 4.9.6. PERSONERA DE LAS ESTUDIANTES 4.9.7. ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS

CAPÍTULO 5. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE BIENESTAR INSTITUCIONAL 49 5.1. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 5.2. SERVICIOS DE BIENESTAR CAPÍTULO 6. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA 52 6.1. PROCESO DE ADMISIÓN 6.2. COMITÉ DE ADMISIÓN 6.3. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE 6.4. PROCESO DE ADMISIÓN PARA

6.4.1. ESTUDIANTES NUEVAS 6.4.2. ESTUDIANTES ANTIGUAS 6.4.3. REINGRESO DE ESTUDIANTES

6.5. MATRÍCULA 6.5.1 REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA 6.6. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA 6.7. CAUSALES PARA LA NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA 6.8. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA CAPÍTULO 7. COSTOS EDUCATIVOS 59 7.1. MATRÍCULA 7.2. PENSIÓN 7.3. COBROS PERÍODICOS 7.4. OTROS COBROS PERIÓDICOS 7.5. COBROS EVENTUALES CAPÍTULO 8. REGLAMENTO PARA LAS ALUMNAS 62 8.1. DERECHOS 8.2. DEBERES 8.3. NORMAS DE COMPORTAMIENTO

8.3.1. NORMAS GENERALES 8.3.2. ASISTENCIA AL COLEGIO 8.3.3. ENTRADAS Y SALIDAS DEL COLEGIO 8.3.4. ORDEN Y ASEO DEL COLEGIO 8.3.5. USO DEL UNIFORME 8.3.6. COMPORTAMIENTO EN CLASE 8.3.7. COMPORTAMIENTO EN LAS EVALUACIONES 8.3.8. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA 8.3.9. COMPORTAMIENTO EN LA CAPILLA 8.3.10. COMPORTAMIENTO EN EL AUDITORIO

5

8.3.11. COMPORTAMIENTO EN LOS DESCANSOS 8.3.12. COMPORTAMIENTO EN LAS SALIDAS ESCOLARES 8.3.13. COMPORTAMIENTO EN EL TRANSPORTE 8.3.14. SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO

8.4. PROHIBICIONES 8.5. SISTEMAS DE RECONOCIMIENTO

8.5.1. VERBALES EN FORMA PERSONAL O GRUPAL POR SUS LOGROS Y ESFUERZOS 8.5.2. REPRESENTAR AL COLEGIO 8.5.3. RECONOCIMIENTOS EN LOS ACTOS CÍVICOS 8.5.4. AL FINALIZAR CADA PERÍODO 8.5.5. PRIVILEGIOS ALUMNAS 11° GRADO 8.5.6. MEDALLAS 8.5.7. RECONOCIMIENTOS EN LA CEREMONIA DE GRADUACIÓN 8.5.8. OTROS RECONOCIMIENTOS

8.6. RÉGIMEN DE NORMALIZACIÓN 8.6.1. DEBIDO PROCESO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 8.6.2. OBJETIVO DEL DEBIDO PROCESO 8.6.3. PASOS DEL DEBIDO PROCESO 8.6.4. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS 8.6.4.1. FALTA LEVE 8.6.4.2. FALTA GRAVE 8.6.4.3. FALTA GRAVÍSIMA 8.6.5. ESTRATEGIAS FORMATIVAS Y SANCIONES 8.6.6. INFORMACIÓN AL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE AUTORIZADO 8.6.7. INTERPOSICIÓN DE RECURSOS 8.7. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS ESTUDIANTES 8.7.1. FUNDAMENTACIÓN 8.7.2. COMPONENTES DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES 8.7.2.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 8.7.2.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN 8.7.2.3. CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN ANTICIPADA 8.7.2.4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y ESTRATEGIAS DE APOYO 8.7.2.5. ESTRUCTURA Y PERIODICIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES ACADÉMICOS 8.7.2.6. AUTOEVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES 8.7.2.7. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 8.7.2.8. INSTANCIAS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 8.7.2.9. GRADUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES 8.7.2.10. PERMISO PARA ESTUDIOS EN EL EXTERIOR

CAPÍTULO 9. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 95 CAPÍTULO 10. DIRECTIVOS Y DOCENTES 108 10.1. DERECHOS DE DIRECTIVOS Y DOCENTES 10.2. DEBERES DE DIRECTIVOS Y DOCENTES 10.3. ACCIONES CORRECTIVAS PARA LOS DOCENTES

6

CAPÍTULO 11. REGLAMENTO PARA LOS PADRES DE FAMILIA 111 11.1. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 11.2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 11.3. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE MORA Y PARA SOLICITAR AYUDA ECONÓMICA CAPÍTULO 12. DISPOSICIONES FINALES 116 12.1. INTERPRETACIÓN Y VACÍOS 12.2. DELEGACIÓN RECTORAL 12.3. MODIFICACIONES

7

IDENTIFICACIÓN

El Colegio Marymount de Medellín es una Institución Educativa de Carácter Privado, de Educación

Formal para los Niveles de Enseñanza Preescolar, Básica (Ciclos Primaria y Secundaria) y Media

Académica.

Dirección: Calle 7 No. 25 – 64

Departamento: Antioquia

Municipio: Medellín

Teléfono: 266 1555

Fax: 268 8633

E-mail: [email protected]

Página web: www.marymount.edu.co

Núcleo Educativo: 932

Naturaleza: Educación Formal

Carácter: Femenino

Calendario: B

Jornada: Completa

Título que expide: Bachiller Académico

Resoluciones de Aprobación de Estudios y/o Actualización de Licencia de Funcionamiento:

005034 de noviembre 9 de 1990

008965 de junio 21 de 1994

02910 de marzo 29 de 2007

012590 de octubre 19 de 2015

014789 de diciembre 1 de 2015

Código DANE: 305001003769

Código ICFES: 000372

Propietario del Colegio: Corporación Marymount de Medellín - Cormary

Propietario de las Instalaciones: Asociación Amigos del Marymount

Rectora: Catalina Guzmán Urrea

8

COLEGIO MARYMOUNT

RESOLUCIÓN RECTORAL No. 28 13 de julio de 2016

POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBAN LOS AJUSTES AL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO MARYMOUNT DE MEDELLÍN.

La Rectora del Colegio Marymount de Medellín, en uso de las facultades legales que le otorga la Ley 115 de 1994 “Ley General de Educación”, el Decreto Reglamentario 1860 del mismo año y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO QUE:

1. La Constitución Política de Colombia, Artículo 67, consagra la Educación como un derecho fundamental de la persona, con la función de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia.

2. Los Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 “Ley General de Educación”, establecen el uso del

Manual de Convivencia Escolar para todos los centros educativos. 3. En el Literal c) del Artículo 144 de la misma Ley, reglamentado en el Artículo 23 del Decreto 1860

de 1994, se señala como función del Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia Escolar de conformidad con las normas vigentes.

4. El Numeral 7 del Artículo 14 del Decreto 1860 de 1994, incluye el Manual de Convivencia Escolar

en el Proyecto Educativo Institucional. 5. El Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, reglamenta el contenido del Manual de Convivencia

Escolar, sin perjuicio de aquellos otros temas que tengan relación con los derechos y obligaciones de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y los procesos que garanticen la sana convivencia escolar.

6. La Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 de 2013, prescribe la inclusión de normas,

procesos y procedimientos dirigidos a la sana convivencia escolar y el respeto por los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.

7. La Sentencia T 478/2015 ordenó la revisión de los Manuales de Convivencia Escolar en el sentido

de incorporar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar en pleno respeto de la orientación sexual y de género de los estudiantes.

8. El Consejo Directivo en su reunión del 12 de julio de 2016 (Acta No. 02), aprobó y adoptó los

ajustes realizados al Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016.

9

9. Se atendió a los requerimientos establecidos en la Ley.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Aprobar la reforma al actual Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016 del Colegio

Marymount. ARTÍCULO 2°. Adoptar el Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016 - 2 del Colegio Marymount,

a partir del 13 de julio de 2016. ARTÍCULO 3° Divulgar el texto completo del Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016 - 2, a la

comunidad educativa para su interiorización y cumplimiento. ARTÍCULO 4° Enviar copia del Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016 - 2, a la Secretaría de

Educación de Medellín y a la Dirección del Núcleo de Desarrollo Educativo 932, para que surta efectos legales.

Publíquese y cúmplase.

CATALINA GUZMÁN URREA Rectora

10

CAPÍTULO 1. JUSTIFICACIÓN

El Colegio Marymount de Medellín, Colombia, es una Institución Educativa femenina bilingüe de carácter privado, que se caracteriza por su tradición, experiencia e innovación. Tiene como objetivo fundamental: “la formación de seres humanos integrales, de ciudadanos competentes para el mundo, con respeto por el medio ambiente y las diferentes culturas.” (Tomado de la Filosofía del Colegio), con el fin de prepararla para una vida adulta, activa y comprometida con el mejoramiento de la sociedad en la que participa. Como comunidad educativa, el Colegio está conformado por alumnas, padres de familia, profesores, directivos, personal administrativo y empleados de servicios, quienes se comprometen a cumplir y respetar el Manual de Convivencia Escolar. Dicho Manual, reformado en 2015 con la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, es un conjunto de principios, valores y normas destinados a garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos de la educación enunciados en la Ley 115 de 1994 y la Filosofía del Colegio. Por lo tanto:

Favorece el libre desarrollo de la personalidad.

Promueve el desarrollo integral de las estudiantes mediante el orden y la imparcialidad en el tratamiento de los problemas.

Fomenta la vivencia e interiorización de valores y principios.

Promueve unas relaciones sanas, armónicas y de cooperación entre estudiantes, padres de familia, directivos, educadores, personal administrativo y empleados del Colegio.

Por estas razones, el Manual de Convivencia Escolar se convierte en un instrumento de obligatorio cumplimiento por todos los miembros de la comunidad educativa y plantea como deberes de todos (niñas, jóvenes y adultos, nacionales y extranjeros) acatar la Constitución Nacional y las leyes; respetar las autoridades legítimamente constituidas; defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica; participar activamente en la vida cívica, política, económica y comunitaria del país; colaborar con el funcionamiento de la justicia; proteger los recursos naturales y culturales; respetar las diferencias entre las personas y los derechos de los demás; asumir el proceso de su propia formación y actuar con criterio de solidaridad. 1.1. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

El Manual de Convivencia Escolar del Colegio Marymount debe garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos formativos y académicos, por lo tanto busca:

Propiciar la formación integral de las personas pertenecientes a la comunidad educativa, promoviendo la participación activa en su propio desarrollo y el deseo de continuar con este proceso durante toda la vida.

Promover la convivencia armónica dentro de un ambiente democrático, participativo y pluralista.

Estimular el ejercicio de la libertad, la participación responsable, el respeto por sí mismo y los demás, con actitudes sinceras, tolerantes y solidarias.

Fomentar la vivencia e interiorización de los valores de manera que se favorezca la autonomía, la

11

toma acertada de decisiones y el asumir las consecuencias que éstas impliquen.

Comprometer al personal docente y vincular a los padres de familia en la formación integral de las estudiantes (sus hijas).

Promover la participación activa y responsable de los miembros de la comunidad educativa en el mejoramiento personal e institucional y en la utilización racional de los bienes y servicios que el medio les ofrece.

Establecer el ordenamiento de las normas básicas encaminadas a preservar la normalidad académica y el desarrollo de los objetivos institucionales, a prevenir comportamientos contrarios a la vida institucional y social, y a establecer un régimen de medidas formativas.

1.2. PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 1. Función del Proceso Disciplinario Escolar: Su función es pedagógica, formativa y creadora de

parámetros de comportamiento deseables en la convivencia institucional. 2. Reconocimiento de la Dignidad Humana: Toda estudiante o miembro de la comunidad educativa

que se relacione con el Colegio y le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el respeto inherente a la dignidad humana.

3. Buena Fe: Siempre debe presumirse la Buena Fe en la conducta de la estudiante sujeta de acción correctiva o sanción. Cuando se cometa una falta y ésta afecte el normal desarrollo de las actividades, sin que exista causal de justificación, se considerará contraria al Manual de Convivencia Escolar.

4. Legalidad: Los miembros de la comunidad educativa sólo serán investigados, sancionados y tratados por comportamientos descritos como falta disciplinaria en el manual vigente, al momento de la realización u omisión del hecho reprochado.

5. Debido Proceso: Como miembro de la comunidad educativa, cuando deba ser tratado con lo aquí dispuesto, serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido, ante quien sea competente previamente establecido, observando las formas propias de la Constitución, la Ley y el presente reglamento.

6. Culpabilidad: Cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa.

7. Igualdad: Todas las estudiantes recibirán la misma protección y trato del Colegio, tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, opinión política o filosófica.

8. Finalidad del Manual y las Funciones Disciplinarias – Pedagógicas: El Manual de Convivencia Escolar garantiza el cumplimiento de los fines y funciones propuestas por el Colegio en relación con el comportamiento de sus estudiantes cuando con él, lo afecten o pongan en peligro.

9. Las Sanciones Disciplinarias: Cumplen esencialmente los fines estrictamente pedagógicos, de prevención y formación en valores o la extinción de comportamientos que contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno.

10. Derecho a la Defensa: La estudiante que sea objeto de una investigación disciplinaria tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oída en su versión libre y espontánea, a rendir sus descargos, para lo cual puede estar acompañada de sus padres, acudientes y a interponer el recurso de reposición sobre la decisión.

11. Proporcionalidad: La sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al graduar la sanción se deben aplicar los criterios contenidos en este Manual.

12

12. Motivación: Toda decisión de fondo debe ser motivada. Las sanciones que se impongan deben contener una sustentación desde el querer pedagógico y un fin formativo.

13. Interpretación del Orden Interno: En la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria, se debe tener en cuenta que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores positivos y la formación integral de las estudiantes.

14. Aplicación de Principios e Integración Normativa: En la aplicación del régimen disciplinario se tendrá en cuenta las normas establecidas para procesos administrativos.

15. Garantía de la Labor Educativa: Todo miembro de la comunidad educativa, ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetará las prohibiciones establecidas.

16. Abuso del Derecho: La estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en faltas contra la disciplina o la conducta, se hará acreedora a una acción correctiva o sanción.

17. Función de la Acción Correctiva y de la Sanción: Tienen función esencialmente pedagógica y formativa.

18. Protección de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): El ejercicio de los derechos de las estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de las demás educandas, y de cada uno de los estamentos que componen la comunidad educativa de la Institución.

19. Participación: Todas las estudiantes y sus padres o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de encontrase en un proceso de análisis comportamental.

20. Necesidad de la Prueba: El proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas veraces y pertinentes.

21. Participación de los Padres de Familia y/o Representantes en los Procesos Disciplinarios: Al ser el proceso disciplinario un procedimiento de carácter administrativo y esencialmente pedagógico y por ende excluir el carácter Penal; la participación de los padres debe ser de carácter formativo no como contrapartes de la Institución Educativa, pues ellos son los primeros responsables de la educación de sus hijas.

1.3. POTESTAD DISCIPLINARIA. De conformidad con el Literal g del Decreto 1860 de 1994 la función disciplinaria en los establecimientos educativos corresponde a la Rectora.

13

CAPÍTULO 2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL El Manual de Convivencia Escolar del Colegio Marymount se fundamenta en las leyes del Estado Colombiano que para tal fin están vigentes a saber: 2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.

Todas las normas contenidas en el presente Manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará a la persona en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural científico y tecnológico, además de la protección del medio ambiente. El estado, la sociedad y la familia son los responsables de la educación.” Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República Unitaria,

con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.

Artículo 2º. El Estado debe promover la participación de todos. Artículo 13º. Libertad e igualdad ante la ley sin discriminación alguna. Artículo 15º. Derecho a la intimidad y al buen nombre. Artículo 16º. Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Artículo 20º. Derecho a la libertad de opinión y rectificación. Artículo 23º. Derecho de petición y pronta resolución. Artículo 33º. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo o cónyuge, o parientes hasta el cuarto

grado de consanguinidad. Artículo 41º. Conocer de la Constitución, el civismo, la democracia y participación ciudadana. Artículo 43º. Igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. Protección especial a la

mujer embarazada y cabeza de familia. Artículo 44º. La educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de niños, entre otros. Artículo 45º. El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, a participar en los

organismos públicos o privados. Artículo 67º. La educación de un servicio público con función social, al que tienen derecho todas las

personas. Artículo 68º. Los establecimientos educativos podrán ser fundados por particulares y darán

participación a la comunidad educativa en la dirección. Idoneidad, profesionalización y dignificación del educador.

Artículo 70º. Fomento y promoción de la cultura, a través de la educación. La cultura es el fundamento de la nacionalidad.

Artículo 95º. Todo Colombiano tiene el deber de engrandecer y dignificar la comunidad nacional. Ejercer los derechos implica responsabilidades y deberes.

14

2.2. LEY 12 DE 1991 - CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. 2.3. LEY 115 DE 1994 - LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

Artículo 73º. Proyecto Educativo Institucional. Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos educadores y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para educadores y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos. Artículo 87º. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. Artículo 94º. Personero de los Estudiantes. En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes. 2.4. DECRETO 1860 DE 1994.

Artículo 17º. Reglamento o Manual de Convivencia Escolar. De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia Escolar, el cual debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Las reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad

educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 4. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incidir la

definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que

se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación.

6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia.

7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. 8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en

los demás consejos previstos en el presente Decreto. Debe incluir el proceso de elección del Personero de los estudiantes.

9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación transporte, recreación dirigida, y demás

15

conexos con el servicio de educación que ofrezca la Institución a los alumnos. Ver: Artículo 4 Decreto Nacional 2253 de 1995.

10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión.

11. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud.

12. Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar. 2.5. DECRETO 1108 DE 1994. Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. CAPÍTULO III. EN RELACIÓN CON EL CÓDIGO EDUCATIVO. Artículo 9º. Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 2.6. DECRETO 2253 DE 1995.

Por el cual se adopta el reglamento general para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos, originados en la prestación del servicio público educativo, por parte de los establecimientos privados de educación formal y se dictan otras disposiciones. Artículo 1°. Los establecimientos educativos privados que ofrezcan la educación formal en cualquiera de sus niveles, preescolar, básica y media, serán autorizados para la aplicación de tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos, originados en la prestación del servicio educativo, de acuerdo con las normas contenidas en el presente reglamento. La definición y autorización de matrículas, pensiones y cobros periódicos constituye un sistema que hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional y es contenido del mismo, en los términos del artículo 14 del Decreto 1860 de 1994. 2.7. RESOLUCIÓN 4210 DE 1996.

Establece reglas generales para la organización y el funcionamiento del Servicio Social Estudiantil Obligatorio. 2.8. DECRETO NACIONAL 2247 DE 1997.

Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del Nivel Preescolar. 2.9. DECRETO 1286 DE 2005.

Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, mediante el Consejo de Padres y la Asociación de Padres de Familia.

16

2.10. LEY 1014 DE 2006 – FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO.

La formación para el emprendimiento busca el desarrollo para la cultura del emprendimiento con acciones en pro de la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal, no formal y su articulación con el sector productivo. La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. 2.11. LEY 1098 DE 2006 – CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.

Artículos significativos para la convivencia social y la defensa de los derechos de los infantes y adolescentes: Artículo 10º. Corresponsabilidad: Para los efectos de este Código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. Artículo 15º. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño o el adolescente tendrá o deberá cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. Artículo 19º. Derecho a la rehabilitación y la resocialización: Los niños, los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que éste determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas. Artículo 26º. Derecho al debido proceso: Los niños y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta. Artículo 28º. Derecho a la Educación: Los niños, y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de Preescolar y nueve de Educación Básica. La educación será gratuita en las Instituciones Estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Artículo 39º. Obligaciones de la familia: La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños y los adolescentes:

17

“… 2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia.

… 3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía.

… 8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo”.

Artículo 43º. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos: Las Instituciones de Educación Primaria y Secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad

humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.

2. Proteger eficazmente a los niños, y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los educadores.

3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

2.12. DECRETO 1290 DE 2009.

Por el cual se reglamenta los propósitos de la evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media; y se concede autonomía institucional para establecer el “Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes”, Así mismo establece la escala de valoración de desempeño nacional y se autoriza a que cada establecimiento educativo definir y adoptar su escala de valoración de los desempeños de las estudiantes en su Sistema de Evaluación. Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos, cada escala deberá expresar su equivalencia con la escala de valoración nacional. En cuanto a la Promoción Escolar, autoriza a que cada establecimiento educativo determine los criterios de Promoción Escolar de acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes, además del porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante. Ordena la norma incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación, estrategias para la superación de debilidades y promoción de las estudiantes, definidos por el Consejo Directivo y presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados. Registro Escolar. Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan.

18

Conforme al Decreto 1290, el establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos. Respecto a la Graduación, la permite sólo cuando los alumnos hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. 2.13. LEY 30 DE 1986 - REGLAMENTADA POR EL DECRETO NACIONAL 3788 DE 1986. Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones. 2.14. DECRETO 1122 DE 1998 - CÁTEDRA DE ESTUDIOS AFROCOLOMBIANOS. 2.15. LEY 715 DE 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los Artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. 2.16. LEY 934 DE 2004. Por la cual se oficializa la Política de Desarrollo Nacional de la Educación Física. 2.17. DECRETO 4500 DE 2006. Por el cual se establecen normas sobre la Educación Religiosa en los establecimientos oficiales y privados de Educación Preescolar, Básica y Media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994. 2.18. DECRETO 1373 DE 2007. Por el cual se establece una semana de Receso Estudiantil. 2.19. LEY 1404 DE 2010. Por la cual se establece de manera obligatoria el Programa Escuela para Padres y Madres. 2.20. LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA.

Por medio de la cual se reforma el código penal, el código de procedimiento penal, el código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. La ciudadanía reclama un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los crímenes cometidos por menores de edad, por lo cual esta ley ordena: Artículo 94°. Adiciónese dos nuevos parágrafos al Artículo 42 de la Ley 1098 de 2006, así:

19

Parágrafo 1. Considérese obligatorio que todas las instituciones educativas públicas y privadas estructuren un módulo articulado al PEI (Proyecto Educativo Institucional) para mejorar las capacidades de los padres de familia y/o custodios en relación con las orientaciones para la crianza que contribuyan a disminuir las causas de la violencia intrafamiliar y sus consecuencias como consumo de sustancias psicoactivas, embarazo en adolescentes, deserción escolar, agresividad, entre otros. (Subraya fuera de texto). Parágrafo 2. Las Secretarías de Educación Municipal y Departamental deberán orientar y supervisar las estrategias y metas del sistema psicopedagógico y las Instituciones deberán consignarlo dentro del Proyecto Educativo Institucional (PEI) como de obligatorio cumplimiento. La Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana se rige por principios rectores que orientan las acciones por implementar y responden a la vocación institucional, respetuosa del ordenamiento jurídico y pluralista, que inspiró su diseño y formulación. En aplicación del principio de corresponsabilidad la seguridad y convivencia ciudadana es un asunto de todos en la sociedad. Su logro demanda no sólo el concurso de los poderes públicos, en función de sus competencias misionales, sino también los esfuerzos articulados de las entidades nacionales y territoriales del Estado con el sector privado, la academia, la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general. 2.21. LEY 1620 DE 2013.

"Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar". El objeto de esta Ley es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación - Ley 115 de 1994 - mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. 2.22. DECRETO 1965 DE 2013.

Desarrollo normativo o reglamentación de la Ley 1620 de 2013, La presente normatividad se ocupa de regular La Conformación, Organización y Funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar; del Comité Nacional de Convivencia Escolar; de los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar y de los comités escolares de convivencia; así como la articulación de las entidades y personas que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, la familia y la sociedad. 2.23. LEY 761 DE 2015. “Por la cual se crea el TIPO PENAL DE FEMINICIDIO como delito autónomo y se dictan otras disposiciones”

20

Artículo 10. Sobre la perspectiva de género en la educación Preescolar, Básica y Media. A partir de la promulgación de la presente Ley, el Ministerio de Educación Nacional dispondrá lo necesario para que las Instituciones Educativas de Preescolar, Básica y Media incorporen a la malla curricular, la perspectiva de género y las reflexiones alrededor de la misma, centrándose en la protección de la mujer como base fundamental de la sociedad, en el marco del desarrollo de competencias básicas y ciudadanas, según el ciclo vital y educativo de los estudiantes. Dicha incorporación será realizada a través de proyectos pedagógicos transversales basados en principios de interdisciplinariedad, intersectorialidad, e interinstitucionalidad sin vulnerar al ideario religioso y ético de las Instituciones Educativas, así como el derecho de los padres a elegir la educación moral y religiosa para sus hijos. Parágrafo 1°. El Ministerio de Educación Nacional, establecerá e implementará los mecanismos de monitoreo y evaluación permanente del proceso de incorporación del enfoque de género en los proyectos pedagógicos y sus resultados, sobre lo cual deberá entregar un informe anual a la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República de Colombia y a las autoridades que lo requieran. Parágrafo 2°. El Ministerio de Educación Nacional tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente Ley para iniciar el proceso de reglamentación que garantice la efectiva integración del enfoque de género a los procesos y proyectos pedagógicos en todas las Instituciones Educativas de Preescolar, Básica y Media. LA SENTENCIA 478 DE 2015 ordenó la revisión de los Manuales de Convivencia Escolar, de manera que su contenido respete la orientación sexual y de genero de los estudiantes e incorpore nuevas formas y alternativas para incentivar la Convivencia Escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos de los estudiantes, orientados por el respeto a la diversidad y a la resolución pacífica de conflictos. NOTA: En el Colegio Marymount, como Institución privada, católica, el padre, madre o acudiente y la alumna, asumen y se comprometen con la orientación religiosa como Área fundamental en el Plan de Estudios.

21

CAPÍTULO 3. FUNDAMENTACIÓN INSTITUCIONAL 3.1. HISTORIA. El Colegio Marymount de Medellín fue fundado en 1953 por la Madre Anunciata Uribe R.S.H.M. y la Madre Jean Baptiste R.S.H.M. pertenecientes a la Comunidad “Religious of the Sacred Heart of Mary”, quienes llegaron a la ciudad con el propósito de establecer un Colegio que formara mujeres íntegras, con sólidas bases en la fe Católica y que accedieran al aprendizaje del inglés como segundo idioma. Esto marcó el inicio del Colegio en Medellín y de una tradición basada en la filosofía de su fundadora, Madre Marie Joseph Butler R.S.H.M., la cual se ha conservado durante los años y se ha adaptado a las exigencias del mundo de hoy. Desde el año de su fundación hasta 1971, la Rectoría general y la Dirección de Primaria fueron desempeñadas por las Religiosas del Sagrado Corazón de María, quienes a partir de 1972 confiaron dichos cargos a dos exalumnas, las Señoras Olga Blanco de Martínez y Gloria Arango de Uribe. El Colegio fue de propiedad de las Religiosas hasta 1984, cuando la Asociación Amigos del Marymount optó por adquirir las instalaciones y las entregó en comodato a la Corporación Marymount de Medellín, ente jurídico, legal y administrativo, encargado de velar por la orientación filosófica y académica del Colegio. El Colegio Marymount cuenta con los Niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica. Desde el año 2000 éstos fueron organizados en cuatro secciones (Preescolar, 1º a 4º, 5º a 8º y 9º a 11º grados), para brindar un mejor acompañamiento a estudiantes, padres y profesores. Desde 2005 se estableció contacto con "Network of Schools of the Religious of the Sacred Heart of Mary" con el propósito de mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras, fortalecer el conocimiento de otras culturas y compartir experiencias de enseñanza y aprendizaje. Otros de los Colegios que pertenecen a la Red son los de Bogotá y Barranquilla (Colombia); Los Ángeles, Nueva York y Montebello (EE.UU.); Cuernavaca (México); Belfast (Irlanda); Londres (Inglaterra); Paris (Francia); dos Colegios en Roma (Italia); cinco en Brasil, Oporto, Fátima y Lisboa (Portugal). 3.2. MISIÓN. El Colegio Marymount de Medellín es una Institución Educativa privada, internacional y católica; su razón de ser es la formación de seres humanos felices e integrales; de ciudadanos competentes, socialmente responsables, con respeto por el medio ambiente, las diferentes culturas y religiones. Para ello, el Modelo Marymount identifica y fortalece las habilidades y destrezas de cada estudiante, con el compromiso de un equipo interdisciplinario en permanente formación, que fomenta procesos de investigación e innovación sobre su quehacer educativo y con los recursos pedagógicos, tecnológicos y financieros necesarios. 3.3. VISIÓN. En el 2020, el Colegio Marymount de Medellín, será reconocido, nacional e internacionalmente, como

22

una opción educativa de alta calidad por entregar a la sociedad seres humanos felices, integrales y competentes. 3.4. VALORES. Dentro del proceso de formación brindado, es importante interiorizar y vivir diariamente la práctica de los valores fundamentales en los que se basa la Filosofía del Colegio Marymount, para lograr el perfil de la alumna que se quiere y tener una convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad educativa:

Respeto

Responsabilidad

Honestidad

Solidaridad

Tolerancia

Espiritualidad Para entender mejor lo que estos valores significan para el Colegio Marymount, se consideró importante describir algunas de las características por las cuales se distingue una persona de la Institución, que en su quehacer diario los vivencie. Es importante resaltar que ellos se interrelacionan entre sí, se descubren en las relaciones con los otros y que regulan, median y dignifican el sentido de la comunidad educativa. Se considera que una persona es: RESPETUOSA CUANDO:

Tiene sentimientos positivos hacia sí misma, los demás y su entorno.

Cuida de su cuerpo, integridad y salud.

Toma conciencia de que sus acciones, palabras y omisiones generan sentimientos en los demás.

Se disculpa cuando actúa de forma incorrecta y se preocupa por reparar el daño realizado o rectificar la acción.

Sabe agradecer las intenciones del otro y cumple con las normas de cortesía.

Emplea adecuadamente la comunicación y el idioma evitando afectar la dignidad y el buen nombre de los otros.

Actúa con sensibilidad y solidaridad frente a las limitaciones de los otros.

Expresa de manera clara, oportuna y acertada sus sentimientos y opiniones, y escucha a los demás.

Tiene clara conciencia de sus derechos y deberes.

Cuida y preserva el entorno ecológico y cultural.

Tiene sentido de pertenencia con la nacionalidad colombiana. RESPONSABLE CUANDO:

Cree en sus potencialidades y trata de desarrollarlas al máximo.

Reconoce y acepta las consecuencias de sus actos libres y conscientes.

Cumple con su trabajo sin ninguna presión externa.

Participa creativamente en el logro de objetivos.

Plantea soluciones acertadas a los problemas.

Mantiene claras sus metas personales y trabaja para lograrlas.

Expone con claridad sus puntos de vista y opiniones, y se compromete con ellos.

23

Reconoce que está en proceso permanente de formación. HONESTA SI:

Es coherente entre lo que piensa, siente, dice y hace.

Se da cuenta de lo que hace bien, pero también de lo que hace mal (reconoce sus fortalezas y sus debilidades).

No teme pedir ayuda ni prestarla.

Es delicada en el uso y manejo de los bienes propios y ajenos.

Se expresa con veracidad.

Reconoce lo que está bien y es apropiado para sí misma y para los demás.

Acepta sus errores, los corrige y aprende de ellos.

Es auténtica y transparente en sus comportamientos. SOLIDARIA CUANDO:

Es sensible a las necesidades y sentimientos de las personas que se encuentran a su alrededor.

Trabaja en la búsqueda de soluciones para los problemas que afectan a su familia, amigos, ciudad y país.

Presta un servicio desinteresado y comprometido a quienes lo requieran.

Sabe demostrar amor, brinda escucha y atención a los que se encuentran cerca.

Comparte lo que es y lo que tiene sin esperar nada a cambio. TOLERANTE CUANDO:

Propicia una convivencia pacífica.

Reconoce sus propias limitaciones.

Valora y respeta las diferencias de los otros.

Reconoce la riqueza de la individualidad.

Hace el esfuerzo de escuchar y de aceptar a los demás.

Estimula la libre expresión de ideas y sentimientos.

Acude al diálogo como instrumento acertado para buscar la verdad y dar solución a problemas.

Afronta con serenidad las dificultades y aclara los malos entendidos. MANIFIESTA SU ESPIRITUALIDAD CUANDO:

Muestra un propósito claro y trascendente para su vida.

Tiene una convicción auténtica de la Fe y sus principios.

Disfruta de unas relaciones sanas y en armonía.

Valora a los demás tanto como a sí misma.

Aprecia las cosas simples de la vida. Sólo en la medida en que se vivan y practiquen estos valores en la comunidad educativa, las estudiantes del Marymount podrán proyectarse como mujeres, madres, ciudadanas y profesionales idóneas, capacitadas, competentes y comprometidas con la sociedad. 3.5. POSTULADOS INSTITUCIONALES. 3.5.1. EDUCACIÓN. Se concibe como un proceso permanente, centrado en la estudiante para que ella se desarrolle de

24

manera integral y armónica como persona, ciudadana y miembro de una comunidad, que participa activamente en su medio. Dicho proceso está fundamentado en unos principios y valores que posibilitan a la estudiante adquirir conocimientos, desarrollar competencias y habilidades que le permitan aprender a aprender, integrarse, comunicarse, discutir, razonar y analizar. 3.5.2. FORMACIÓN. Es un proceso integral y permanente basado en principios éticos, morales, culturales y sociales, cuyo objetivo principal apunta a guiar a la estudiante para que logre su crecimiento personal mediante la enseñanza y la vivencia de valores, la motivación y el ejemplo; le da la posibilidad de hacerse irrepetible, autónoma y tolerante, desarrollando al máximo sus potencialidades para el bien de sí misma y de los demás. 3.5.3. FORMACIÓN INTEGRAL. Proceso permanente que busca lograr que las estudiantes sean protagonistas de su formación, constructoras de su proyecto de vida y asuman con responsabilidad sus actos mediante el desarrollo de la actividad académica, la interiorización de valores, la sana utilización del tiempo libre y el compromiso con su comunidad; les da la posibilidad de hacerse mujeres irrepetibles, autónomas y tolerantes, desarrollando al máximo sus habilidades, competencias y conocimientos para el bien de sí mismas y de los demás. 3.5.4. EDUCADOR. Es un modelo para la formación de la estudiante y actúa como dinamizador de los procesos de desarrollo que ella vive. Es considerado como una persona en continuo proceso de mejoramiento personal y profesional; como un orientador de la formación de las estudiantes, las ayuda a promoverse como personas, les respeta su individualidad, y las guía en aspectos como aciertos y limitaciones intelectuales, académicas, emocionales y sociales. 3.5.5. ESTUDIANTE. Es la Protagonista de su Proceso de Formación, centro y agente de su propio desarrollo; es un ser con pensamiento activo, flexible y móvil, que tiene poder de análisis y crítica, que es capaz de elegir entre diferentes alternativas de manera efectiva y responsable; es partícipe de su proceso educativo y por consiguiente toma decisiones, expresa necesidades y sentimientos, se relaciona, autocorrige y resuelve problemas personales y del entorno. Dicho proceso se estructura con la construcción y evaluación de un Proyecto de Vida que le permita plantearse metas e ir analizando el logro de las mismas. 3.5.6. APRENDIZAJE. Proceso dinámico, interactivo y continuo de exploración y desarrollo de habilidades, destrezas y conocimientos que permite al individuo interpretar, modificar y aplicar la información que llega del exterior a situaciones de su vida. Depende de la motivación, los intereses, las experiencias previas y la relación con el mundo. 3.5.7. ENSEÑANZA.

25

Proceso de orientación, acompañamiento y motivación cuya finalidad es posibilitar el aprendizaje, se caracteriza por ser intencionado, planeado, dinámico y recíproco, y tienen en cuenta los intereses del individuo. 3.5.8. EVALUACIÓN. Es el proceso que busca la obtención y el suministro de información, para lograr, no sólo el mejoramiento académico, sino también el de todos los aspectos que influyen en la formación integral de las alumnas. La evaluación permite comparar el desarrollo cognitivo y formativo de las estudiantes en relación con los logros propuestos para cada grado escolar. 3.5.9. CONTENIDOS. Conjunto de temas que son necesarios para la formación integral del individuo. Deben corresponder a las exigencias del medio, al proceso histórico y al currículo establecido por la Institución. Existen contenidos que por ser parte del currículo oculto, no han sido explicitados previamente. 3.5.10. AUTONOMÍA. Proceso de desarrollo y construcción personal en el que la estudiante llega a ser capaz, por si misma, de tomar decisiones libres y responsables que se reflejan en sus comportamientos, actitudes y pensamientos. Supone reconocer la capacidad que tiene toda persona de dirigir su propia vida de acuerdo con su consciencia y su compromiso con el bien común y de asumir las consecuencias de sus actos. 3.5.11. COMPETENCIAS. Dentro del proceso de formación integral, las alumnas del Marymount desarrollarán las siguientes:

Competencias políticas y sociales.

Competencias para vivir en una sociedad multicultural.

Competencias comunicativas orales y escritas.

Competencias asociadas con el surgimiento de la sociedad de la información y el dominio de sus tecnologías.

La habilidad de aprender durante toda la vida.

Competencias interpretativa, argumentativa y propositiva.

3.5.12. INTERNACIONALIZACIÓN. Son una serie de acciones que permiten la interacción de las estudiantes en un mundo globalizado. Esta se ve reflejada en:

Tener el reconocimiento de CIS y NEASC, asociaciones que propenden por el mejoramiento continuo de la calidad de la educación internacional.

Fortalecer la lengua materna y el aprendizaje de otros idiomas como herramientas que permitan la comunicación y la comprensión de otras áreas. Las competencias en el manejo del inglés y el francés se evalúan con pruebas internacionales estandarizadas.

26

Promover el conocimiento de otras culturas y fortalecer la nuestra, mediante viajes e intercambios en el país y fuera de éste. Además se abren las puertas del Colegio para recibir docentes y estudiantes extranjeros.

Ser miembro de la Red de Colegios Marymount RSHM, lo que permite compartir experiencias educativas de calidad con unos objetivos comunes.

Participar en eventos académicos y formativos en el ámbito mundial, que les posibilita a las estudiantes y profesores relacionarse con personas de otros países de manera presencial o virtual.

Realizar Ferias de Universidades, con la participación de instituciones de educación superior nacionales e internacionales.

Posibilitar la homologación del currículo del Colegio con los estándares internacionales propuestos por la Universidad de Cambridge, lo que facilita: comparar los resultados académicos de las alumnas del Colegio con los de estudiantes de otras instituciones nacionales e internacionales; acceder a becas y obtener créditos académicos universitarios.

3.5.13. MULTILINGÜISMO. En un mundo globalizado se hace necesario el dominio de al menos dos lenguas extranjeras. Es así como el Colegio, desde sus inicios, eligió el inglés como el idioma sobre el cual hacer énfasis. Además de este idioma, se enseña francés desde 5º grado. La apropiación de éstos por las estudiantes se evalúa con pruebas externas. El nivel de este aspecto en el Colegio está marcado por:

La utilización del Marco Común Europeo para definir la propuesta de enseñanza del inglés.

La asignación del 50% de la jornada escolar, en promedio, para la enseñanza en inglés.

Tener profesores certificados con las Pruebas de la Universidad de Cambridge.

La enseñanza de otras áreas del conocimiento en inglés como matemáticas, ciencias sociales, ciencias naturales, tecnología y educación artística.

El alto nivel que alcanzan las alumnas en el dominio del idioma, evidenciado por el rendimiento en pruebas externas.

Ofrecer intercambios culturales a alumnas y profesores.

Enseñar y evaluar el aprendizaje del francés.

3.5.14. NORMAS. Pautas explícitas a seguir que permiten el desarrollo de los objetivos de la comunidad educativa para mantener una sana convivencia y propiciar la interiorización de los valores del Colegio; facilitan el mejoramiento de todas las personas comprometidas con la Institución. 3.5.15. AUTORIDAD. Facultad o atributo de cada uno de los estamentos del Colegio (alumnas, familia, profesores, directivas y personal administrativo) mediante criterios de legalidad y legitimidad en relación con el ser, el hacer y el saber. 3.5.16. DISCIPLINA.

27

Hábito interno que facilita a cada miembro de la comunidad educativa hacer las cosas a su debido tiempo y lugar, posibilitándole el cumplimiento de sus obligaciones y su contribución al bien común. Está fundamentada en la vivencia e interiorización de una serie de valores que guían el comportamiento y establecen límites a las acciones, permitiendo:

Actuar con autonomía.

Discernir entre lo deseable o lo sin interés, lo importante o lo insignificante, lo bueno o lo malo.

Asumir las consecuencias de sus actos.

Tomar decisiones en beneficio propio, de la comunidad y de la convivencia.

Respetar y hacer cumplir sus deberes y derechos y los de los demás.

3.5.17. ORDEN. Es concebido como un hábito fundamental que le posibilita a las personas:

Incorporar la calidad en la realización de todas las actividades.

Planear los pasos a seguir para la consecución de objetivos y metas.

Utilizar adecuadamente el tiempo y los recursos.

Actuar proactivamente minimizando los imprevistos.

Proyectar una imagen de seguridad y confianza.

Evaluar las causas por las cuales el trabajo fue exitoso o no, con el fin de realizar los ajustes necesarios.

Consolidar rutinas eficientes para la realización de las actividades.

3.5.18. RELACIÓN ENSEÑANZA – APRENDIZAJE. Proceso interactivo y dinámico en el cual se establecen relaciones pedagógicas y complementarias permanentes. En su práctica se deben evidenciar las concepciones del Modelo Pedagógico Institucional. 3.5.19. RELACIÓN EDUCADOR – ALUMNA. Proceso educativo y formativo, dinámico y continuo enmarcado en valores, en el cual hay una relación recíproca del mejoramiento personal y académico, donde es necesario mantener el rol de cada uno. Debe sustentarse sobre la base de la cordialidad, el respeto mutuo y la aceptación de las diferencias individuales. 3.5.20. RELACIÓN EDUCADOR – CONTEXTO – ALUMNA. Relación entre los agentes del proceso enseñanza aprendizaje, que tiene en cuenta los elementos circunstanciales que intervienen y determinan dicho proceso; le permite al individuo ubicarse, pensar y hablar como sujeto singular y colectivo. 3.6. PERFIL DE LA ESTUDIANTE MARYMOUNT.

28

La alumna Marymount tendrá una vivencia y convicción de la Fe Católica y unos principios religiosos que estarán presentes en todos los aspectos de su vida.

Será respetuosa de su dignidad y de la de los otros y practicará los valores que le permitan vivir en paz consigo misma y con los demás.

Tendrá un compromiso con su proyecto de vida y trabajará continuamente por su crecimiento personal.

Será una persona comprometida con el mejoramiento de su calidad de vida y la de su comunidad, siendo crítica y participativa.

Se desempeñará con gran responsabilidad, será capaz de tomar sus propias decisiones y asumir las consecuencias de las mismas.

Será una persona creativa y analítica, que buscará alternativas de solución para sus problemas y los de la sociedad.

Contará con la formación integral para desempeñarse como líder, con una visión amplia y una mentalidad abierta al cambio.

Buscará su bienestar mediante la utilización productiva de su tiempo. 3.7. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA MARYMOUNT. Los Padres de Familia del Colegio deben:

Evidenciar mística y compromiso con su labor de padres.

Respetar a Dios y la Religión Católica como valores supremos del Colegio y principios fundamentales en la formación de las alumnas.

Demostrar en su entorno familiar y social, actitudes y valores adecuados que les permitan unas relaciones armónicas y una sana convivencia.

Mostrar una forma de vida que evidencia identidad y coherencia con los valores que el Colegio quiere inculcar a sus alumnas.

Trabajar en la construcción de un proyecto de vida familiar que apunte a la formación de todos sus miembros.

Ser leal con el Colegio.

Comprometerse para trabajar en equipo con el Colegio. 3.8. PERFIL DEL EDUCADOR MARYMOUNT. Para que el Colegio pueda lograr el desarrollo del perfil de la alumna, requiere de un educador en un proceso de formación continua que se caracterice por:

Respetar a Dios y la Religión Católica como valores supremos del Colegio y principios fundamentales en la formación de las alumnas.

Manifestar un comportamiento coherente con sus valores éticos, religiosos y ciudadanos.

Evidenciar liderazgo, responsabilidad y compromiso con su labor educativa.

Favorecer el diálogo educativo.

Tener capacidad para corregirse y rectificar.

Ser sensible a los acontecimientos de su entorno.

Ser tolerante, autónomo y que refleje paciencia y dominio personal.

Ser leal con la Institución, sus compañeros, alumnas, directivas y padres de familia.

29

Poseer competencia profesional y una mente abierta al cambio.

Ser creativo, innovador e investigador.

Sentir interés y cariño por las alumnas.

Vivir actualizado e interesado por ser cada día mejor.

Realizar el proceso de evaluación siendo justo y compresivo.

Tener una actitud acogedora, sencilla, cordial y familiar.

Mantener estrecha comunicación con las alumnas, los padres y las directivas.

Utilizar la tecnología como medio para acercar a las alumnas al conocimiento. 3.9. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO MARYMOUNT.

El personal administrativo del Colegio debe:

Respetar a Dios y la Religión Católica como valores supremos del Colegio y principios fundamentales en la formación de las alumnas.

Manifestar un comportamiento coherente con sus valores éticos, religiosos y ciudadanos.

Evidenciar liderazgo, responsabilidad y compromiso con su labor.

Favorecer el diálogo organizacional.

Tener capacidad para corregirse y rectificar.

Ser sensible a los acontecimientos de su entorno.

Ser tolerante, autónomo y que refleje paciencia y dominio personal.

Ser leal con la Institución, sus compañeros, alumnas, directivas y padres de familia.

Poseer competencia profesional y una mente abierta al cambio.

Ser creativo, innovador e investigador.

Sentir interés y cariño por las alumnas.

Vivir actualizado e interesado por ser cada día mejor.

Tener una actitud acogedora, sencilla, cordial y familiar.

Mantener estrecha comunicación con las alumnas, los padres y las directivas.

Utilizar la tecnología como medio para optimizar su trabajo. 3.10. INSIGNIAS. 3.10.1. HIMNO. Here in the heart of the mountain standing for all that is true It’s a school that’s won our lasting love to whom all praise is due. Dear school of Marymount our school of Marymount we'll always try to be true to your teachings and loyal to thee and when we all leave your care our hearts will always bear debts of love to your account to our dear school of Marymount

30

3.10.2. DESCRIPCIÓN DEL ESCUDO. El escudo del Colegio Marymount es blanco sobre fondo azul oscuro. Está formado por dos círculos concéntricos. En la franja que se forma entre ellos dos se lee: MARYMOUNT SCHOOL - MEDELLÍN. El círculo interior contiene: en el centro, un Corazón que representa al Sagrado Corazón de María, patrona del Colegio; en la parte superior, la Cruz de Lis, símbolo de la comunidad fundadora del plantel; a los lados, formando un semicírculo, dos Ramas de Laurel atadas por una cinta en la parte inferior, en la que se lee: “Spes, Salus, Consolation, Nostra” que se interpreta: “María es Esperanza, Salvación y Consuelo Nuestro”.

3.10.3. DESCRIPCIÓN DE LA BANDERA. Está formada por dos franjas de igual tamaño, la superior blanca y la inferior azul clara. Ésta representa al Sagrado Corazón de María, patrona del Colegio.

3.10.4. ORACIÓN AL SAGRADO CORAZÓN DE MARÍA. Oh Sagrado Corazón de María, vengo a rendirte mi humilde homenaje, a implorar la ayuda de tu poderosa protección. Por ti, nuestra salvación principió y por ti debe completarse. Como eres oh tierna Madre, la tesorera y dispensadora de las gracias y dones de Dios, te ruego, me obtengas una pureza de corazón y de cuerpo que nada pueda dañar; una humildad que nada pueda alterar; una paciencia y una sumisión a la

31

voluntad de Dios que nada pueda turbar. Finalmente, oh Sagrado Corazón de María, bendice a todos los que me son queridos y concédenos a ellos y a mí, que merezcamos la ayuda de tu poderosa protección a la hora de la muerte y tu compañía ante el trono de tu Divino Hijo. Amén. PRAYER TO THE SACRED HEART OF MARY. Oh Sacred Heart of Mary, I come to render you my humble homage and to implore the help of your powerful protection. It was through you our salvation was begun and it is by you that it must be completed. Since, then Oh Tender Mother, you are the treasurer and dispenser of God’s graces and gifts, I beg of you to obtain for me a purity of heart and body that nothing can tarnish, a humility that nothing can alter, a patience and submission to the will of God that nothing can dim. Finally, Oh Sacred Heart of Mary, bless all those who are near and dear to me and grant that they and I may merit the help of your powerful protection at the hour of our death and be accompanied by you to the Throne of your Divine Son. Amen. 3.10.5. LEMA: MARYMOUNT ¡EL COLEGIO DE MI VIDA!. Este concepto se apoya en el hecho de que las cosas que se califican como las “de mi vida” son las que marcan a las personas para siempre y dejan una huella imborrable. Adicionalmente, contiene una alta dosis de sentido de identidad, pertenencia y de hacer parte de una comunidad con un espíritu único y especial que la diferencia de la de otros colegios. 3.10.6. MASCOTA. Una mascota es un animal, persona u objeto animado que se usa para representar e identificar a una Institución, cuyas características sean acordes con la entidad que personifica. Se usa en diferentes eventos para fortalecer el sentido de pertenencia y animar y contribuir con el espíritu ganador. En 2012, y aceptando una iniciativa de las estudiantes del Colegio, se toma la decisión de adoptar una mascota que acompañe a las estudiantes en sus actividades escolares, deportivas y culturales. Para tal fin, se realizó un proceso participativo que concluyó con la elección de una Pantera como la mascota del Marymount. La pantera significa: fuerza, valentía, liderazgo, agilidad, inteligencia, agresividad, protección, independencia, carácter, misterio y poder. El espíritu de la pantera, nos presentará el enorme poder y energía que posee la mujer, lo femenino. El espíritu del gran felino nos enseñará a ser meticulosos, a prestar atención a todo lo que nos rodea y valorar con detalle las consecuencias de nuestras acciones. El espíritu del gran felino nos enseñará a conocer nuestra verdadera fuerza, pero también a saberla aplicar solo cuando sea estrictamente necesario.

32

3.10.7. UNIFORMES. El uniforme del Colegio Marymount se compone de:

Uniforme de diario: Jumper azul claro, camisa blanca, medias blancas, zapatos cocacolos y sueter azul oscuro.

Uniforme de educación física: Sudadera o shorts azul oscuro, camiseta blanca, tenis blancos y buso azul oscuro.

33

CAPÍTULO 4. GOBIERNO ESCOLAR Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Todos los establecimientos educativos deberán organizar un Gobierno Escolar para asegurar la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo disponen el Artículo 142 de la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Artículo 68 de la Constitución Política y los Artículos 19 al 25 del Decreto 1860 de 1994. Parágrafo: Cada uno de los estamentos cumplirá funciones específicas, definidas en el Capítulo 3 del PEI, pero en su conjunto actuarán para cumplir con nuestro objetivo de formación integral. El Colegio Marymount, entidad sin ánimo de lucro, es dirigido por la Corporación Marymount de Medellín - Cormary, ente jurídico y máxima autoridad educativa que tiene a su cargo la orientación académica y filosófica de la Institución. El Gobierno Escolar del Marymount está diseñado teniendo en cuenta que el Colegio no es un ente autónomo, sino que depende de Cormary. Busca la participación activa y la responsabilidad de los diferentes estamentos; está conformado por una serie de cargos y equipos de trabajo que permiten una administración integral de los procesos, de manera que se alcancen los objetivos propuestos y se utilicen los recursos de acuerdo con las necesidades de la Comunidad Educativa. El trabajo de dichos equipos se basa en:

La Legislación Colombiana en especial la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y sus Decretos reglamentarios.

El Direccionamiento Estratégico del Colegio. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL. La Estructura Organizacional del Colegio Marymount está compuesta por los siguientes órganos cuyas funciones se describen a continuación: 4.1. ASAMBLEA GENERAL DE CORMARY. Es el máximo órgano de la Corporación y está integrada por los miembros ordinarios de la misma. Le corresponde la orientación general de las actividades del Colegio de acuerdo con sus estatutos. 4.2. CONSEJO DIRECTIVO CORPORATIVO. Es un órgano de permanente administración de Cormary, subordinado a las directrices establecidas por su Asamblea. Está conformado por trece (13) miembros designados por la Asamblea entre los que se encuentran: su Presidente, la Rectora, tres representantes de los Padres de Familia, elegidos por la Asamblea General de Amigos del Marymount, por un período de dos años, y una representante de las Exalumnas. 4.3. RECTORA. Depende del Consejo Directivo Corporativo. Es la Representante Legal del establecimiento y ejecutora

34

de las decisiones del gobierno escolar. Sus responsabilidades están definidas en los estatutos de Cormary y además cumple entre otras, las siguientes funciones de conformidad con lo ordenado por el Artículo 25 del Decreto 1860 de 1994 y el Artículo 10 de la Ley 715 de 2001. De conformidad con el Decreto 1860 de 1994 y con las políticas institucionales son sus funciones: 1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno

escolar. 2. Velar por el cumplimiento de las funciones educadoras y el oportuno aprovisionamiento de los

recursos necesarios para el efecto. 3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el

establecimiento. 4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o

auspiciadores del Plantel y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa; 6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los Reglamentos y el Manual de

Convivencia Escolar. 8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del

mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local; 10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio

público educativo, y 11. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto

Educativo Institucional. De conformidad con la Ley 715 de 2001: 1. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos

actores de la comunidad educativa. 2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos

órganos del gobierno escolar. 3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 5. Dirigir el trabajo de los equipos educadores y establecer contactos interinstitucionales para el

logro de las metas educativas. 6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal educador

y administrativo. 7. Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los

permisos; 8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal educador, y en su selección

definitiva. 9. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de educadores, directivos docentes y

administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. 10. Realizar la evaluación anual del desempeño de los educadores, directivos docentes y

administrativos a su cargo.

35

11. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

12. Proponer a los educadores que serán apoyados para recibir capacitación. 13. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus

requerimientos. 14. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución. 15. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. 16. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia,

los educadores a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga educadora de cada uno de ellos. De conformidad con lo establecido en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, La Rectora tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado en los Artículos 11, 12 y 13 de

la presente Ley. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de

prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia Escolar y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a las estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de Presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

4.4. CONSEJO DIRECTIVO EDUCATIVO. Es el máximo organismo de participación de la comunidad educativa, que asesora y acompaña a la Rectora en la orientación pedagógica y administrativa del Colegio, para la adecuada implementación y acomodación del PEI. Se reúne de acuerdo con las exigencias de Ley, la conveniencia que juzgue la Rectora o a petición de alguno de sus miembros. Dicho organismo estará conformado por personas todas con voz y voto, las cuales serán elegidas durante los 60 días siguientes a la fecha de iniciación del año escolar. Como instancia de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del Colegio, su principal tarea es la toma de decisiones que contribuyan al correcto funcionamiento de la Institución. INTEGRANTES Y ELECCIÓN: La elección del Consejo Directivo Educativo está definida conforme al Artículo 142 de la Ley 115 de 1994, Decreto reglamentario 1860 de 1994, y Decreto 1286 de 2005. Está conformado por trece (13) integrantes así: • Por derecho propio dos (2) miembros, que son el Presidente de Cormary y la Rectora. • Once (11) miembros que serán designados de conformidad con los parámetros que estipule la

36

Asamblea General de la Corporación Marymount de Medellín; en ellos deben estar representados Cormary, el Sector Productivo, los Padres de Familia, los Docentes, las Estudiantes y las Exalumnas. Ellos son elegidos por la Asamblea de la Asociación Amigos del Marymount, el Consejo de Padres, el Consejo de Profesores, Consejo Estudiantil, Asociación de Exalumnas. El período del Consejo Directivo Educativo será de dos (2) años, excepto en el caso de la representante de las estudiantes, cuya participación es para el período de un (1) año; y del Presidente y de la Rectora, cuya participación será mientras ejerzan dichos cargos. REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS QUE REPRESENTAN LAS DISTINTAS INSTITUCIONES: Una vez definido por la Asamblea General de la Corporación Marymount de Medellín la participación de los otros entes en el Consejo Directivo Educativo, la Rectora convocará a cada uno de los estamentos a realizar la elección de los miembros respectivos dentro del plazo fijado para esto. Cada uno de ellos nombrará sus representantes así: PROFESORES:

Serán elegidos por el Consejo de Profesores, a través de votación personal y secreta, durante las semanas de Desarrollo Institucional.

Cada docente votará por dos candidatos y serán elegidos los que obtengan la mayoría de votos. ALUMNAS:

Deberá ser una estudiante de 11º grado.

Será elegida por el Consejo Estudiantil, mediante votación personal y secreta, durante la sexta semana de labores académicas entre las alumnas que hayan sido escogidas para representar a cada uno de los grupos.

REPRESENTANTE DE LOS PADRES DE FAMILIA, DEL SECTOR PRODUCTIVO Y DE LAS EXALUMNAS: Serán elegidos por la Asamblea de la Asociación Amigos del Marymount, por el Consejo de Padres y por la Asociación de Exalumnas respectivamente, entre los candidatos que en la reunión se presenten. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO EDUCATIVO: El Consejo Directivo Educativo cumple entre otras, las siguientes funciones de conformidad con lo ordenado por los Artículos 143 y 144 de la Ley 115 de 1994, los Artículos 21, 22 y 23 del Decreto 1860 de 1994 y el Decreto 1290 de 2009 en lo concerniente a Plan de Estudios, Evaluación y Promoción: a. Redactar su propio reglamento y ceñirse a él. b. Reunirse ordinariamente cuatro veces al año y extraordinariamente cuando las circunstancias así

lo exijan, por convocatoria de la Rectora. c. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean

competencia de otra autoridad superior, tales como las reservadas a la Dirección Administrativa, por ser un establecimiento privado.

37

d. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre educadores y administrativos con las estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia Escolar.

e. Adoptar el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento Interno de la Institución. f. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevas estudiantes. g. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal educador presentado por la

Rectora. h. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de

sus miembros se sienta lesionado. i. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículo y del

Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación Municipal o del Núcleo de Desarrollo Educativo 932, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los Reglamentos.

j. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa. k. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de las estudiantes

que han de incorporarse al Reglamento o Manual de Convivencia Escolar. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad de la estudiante.

l. Participar en la evaluación de los educadores, directivos educadores y personal administrativo de la Institución.

m. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

n. Integrar grupos de proyectos científicos por niveles, grados, áreas y fomentar el espíritu investigativo con enfoque pedagógico.

o. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

p. Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia y del Consejo de Padres. (Decreto 1286 de 2005).

q. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente manual. r. Aprobar las tarifas de matrícula, pensiones, cobros periódicos y otros cobros periódicos a partir

de los informes de presupuesto y ejecución de la Institución, el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de las estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. (Artículo 9 Decreto 2253 de 1995).

s. Levantar acta numerada y fechada de todas sus reuniones. t. Desde el punto de vista disciplinario, el Consejo Directivo Educativo tendrá a su cargo la función

de estudiar los procesos disciplinarios cuando la sanción recomendada por el Comité de Normalización sea la cancelación de matrícula o cuando el seguimiento al desempeño académico o disciplinario, así lo amerite. Cuando este Consejo haya tomado una decisión respecto a la sanción a aplicar, levantará el acta respectiva con base en la cual se elaborará la Resolución Rectoral correspondiente.

u. Conocer los Recursos de Reposición interpuestos a las Resoluciones Rectorales que impongan sanciones. A través de Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten las estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. (Artículo 11 Decreto 1290 de 2009).

v. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de las estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. (Artículo 11 Decreto 1290 de 2009).

38

Parágrafo: Las decisiones se tomarán por mayoría simple, mediante voto secreto. Debe reunirse un día de cada mes del año lectivo. Si alguno de sus miembros no asiste a la reunión en cuatro ocasiones sin causa justificable, será relegado de su participación y se le pedirá a la instancia respectiva la elección de otro representante, o envío del suplente, para quienes lo tienen. 4.5. CONSEJO ACADÉMICO. El Consejo Académico está integrado como instancia superior, para participar en la orientación pedagógica del Colegio y su naturaleza es inminentemente de tipo académico y asesor del Consejo Directivo. MIEMBROS DEL CONSEJO ACADÉMICO: El Consejo Académico del Colegio estará integrado por:

La Rectora, quien lo preside o su delegado.

Dirección de Estudios (Lenguas Extranjeras y Español), quienes lo presiden por delegación de la Rectora.

Los Jefes de los Departamentos Académicos.

Dos representantes de los Padres de Familia, uno de Preescolar a 4° grado y otro de 5° a 11° grado.

Las Directoras de Sección quienes asisten como invitadas permanentes.

La Directora de Investigación, Desarrollo e Innovación quien asiste como invitada permanente. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: De conformidad con el Artículo 45 de la Ley 115 de 1994, el Artículo 24 del Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1290 de 2009 y el Decreto 3055 de 2002, el Consejo Académico tendrá las siguientes funciones: a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo Educativo en la revisión de la propuesta del

Proyecto Educativo Institucional. b. Estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo los lineamientos y

ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1290 de 2009. c. Organizar el Plan de Estudios cuando las circunstancias lo permitan y orientar su ejecución además

participar en la definición. d. Participar en la Evaluación Institucional anual. e. Integrar los Consejos de Educadores para la evaluación periódica del rendimiento de los

educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

f. Liderar la orientación pedagógica de la Institución. g. Recomendar políticas para la dotación del material y otros recursos de enseñanza. h. Conformar y orientar la gestión de las Comisiones de Evaluación y Promoción para la evaluación

continua del rendimiento de las estudiantes, asignándoles sus funciones y supervisar el proceso de evaluación. (Decreto 1290 de 2009).

i. Recibir y decidir los reclamos sobre aspectos de la práctica evaluativa por parte de las estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa.

j. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.

39

4.6. CONSEJO DE FORMACIÓN. Es el encargado de brindar las orientaciones sobre el proceso formativo que se realiza con las alumnas. Está integrado por:

La Rectora.

Las Directoras de Sección, quienes lo presiden por delegación de la Rectora.

Directores de Grupo, representantes de cada sección.

Las Psicólogas y

El Asesor Espiritual. SON FUNCIONES DE ESTE CONSEJO: a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo Educativo en la revisión de la propuesta del

Proyecto Educativo Institucional. b. Formular y dinamizar los lineamientos generales del Proceso de Formación Integral que el Colegio

brinda a sus alumnas. c. Aportar permanentemente al fortalecimiento de la Formación Integral de las alumnas. d. Ser parte del Comité de Normalización para realizar el seguimiento permanente a las dificultades

disciplinarias de las alumnas. e. Participar anualmente en la Evaluación Institucional. 4.7. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Son las encargadas de la Evaluación y la Promoción de las Estudiantes. Cada grado cuenta con su Comisión, la cual orienta a profesores, padres de familia y alumnas sobre cómo profundizar y mejorar el rendimiento académico. Están integradas por:

La Rectora.

La Directora de Sección respectiva.

Los Directores de Estudios.

Dos Jefes de los Departamentos Académicos.

La Psicóloga de Sección respectiva y

Un representante de los Padres de Familia. SUS FUNCIONES ESTÁN ENCAMINADAS A: a. Evaluar permanentemente a las alumnas y definir la promoción de cada una de ellas. b. Analizar la situación de las alumnas que presentan dificultades académicas. c. Comunicarse con los padres y profesores de las alumnas con dificultades. d. Hacer recomendaciones a padres, profesores y alumnas sobre acciones a seguir de actividades de

refuerzo y superación para las que presentan dificultades. e. Planear, seguir y evaluar las actividades de recuperación, nivelación y profundización. f. Definir la promoción de las alumnas. g. Analizar los casos de las estudiantes con desempeños excepcionalmente altos con el fin de

recomendar actividades de motivación o promoción anticipada. h. Verificar el cumplimiento por parte de los padres, profesores y estudiantes de las observaciones,

40

decisiones, compromisos y recomendaciones planteadas por la Comisión. 4.8. COMITÉ DE NORMALIZACIÓN. Es el responsable de la orientación disciplinaria del Colegio. Está conformado por:

La Rectora, quien lo preside.

La Directora de la Sección a la cual pertenece la alumna citada.

La Jefe de Coordinación.

Un representante de los Profesores por cada Sección, y

Un representante del Consejo de Formación.

SUS FUNCIONES SON: a. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar en todos los órdenes para el buen

funcionamiento disciplinario de la Institución. b. Velar permanentemente por la disciplina y orden en el Colegio, haciéndose responsable de su

buena marcha e informar sobre cualquier irregularidad que se presente al respecto. c. Escuchar las iniciativas de carácter disciplinario presentadas por alumnas, profesores, padres de

familia y directivas, y atender sus reclamos después de haber seguido el conducto regular. d. Establecer el diálogo con las alumnas para buscar fórmulas de disciplina preventiva. e. Revisar el Manual de Convivencia Escolar y hacer los ajustes pertinentes. f. Tramitar el proceso de normalización frente a la presunta violación de las obligaciones y deberes

de las estudiantes, tomando decisiones de absolución o de imposición de sanciones previstas en el Manual de Convivencia Escolar, de acuerdo con el resultado del proceso. En caso de que el Comité de Normalización decida imponer una sanción, ésta se dará a conocer mediante Resolución Rectoral.

4.9. OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Con el fin de educar a las estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán como mecanismos de participación: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta estudiantil, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. El Colegio Marymount, garantiza la libre participación de los miembros de la comunidad educativa en la conformación de los consejos y en la elección de sus representantes para los diferentes cargos, evitando la réplica de prácticas malsanas vividas en la cotidianidad. Además, los padres de familia, teniendo en cuenta sus conocimientos e intereses, pueden participar en los diferentes comités que se conformen, de acuerdo con las necesidades del Colegio, para discutir temas culturales, deportivos, de solidaridad, etc. 4.9.1. CONSEJO DE PROFESORES. Está conformado por la totalidad de los profesores y tiene como función prestar una colaboración constante a las directivas, y en especial: a. Participar en la toma de decisiones sobre problemas académicos y disciplinarios de las alumnas

41

cuando el debido proceso lo requiera. b. Colaborar con las directivas en la Planeación y Evaluación Institucional y seguir las indicaciones

convenidas en los diferentes órganos del Gobierno Escolar. c. Estudiar y dar recomendaciones para casos especiales de responsabilidad de las alumnas. 4.9.2. ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA. De conformidad con el Artículo 4 del Decreto 1286 de 2005, la Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo pertenecientes o no a la Asociación de Padres de Familia, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijas. La Asamblea General de Padres de Familia debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria de la Rectora del Establecimiento Educativo. 4.9.3. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. El Consejo de Padres de Familia, es un órgano de participación de los padres de familia o acudientes autorizados del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. (Artículo 5 Decreto 1286 de 2005). La conformación del Consejo de Padres en la Institución educativa es de carácter obligatorio y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia Escolar, conforme lo preceptuado en el Artículo 5 del Decreto 1286 de 2005. NATURALEZA DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres del Colegio Marymount como instancia de participación de la comunidad educativa, es un organismo de coordinación y asesoría para con la Rectora, que coadyuva en la orientación del Colegio mediante la presentación de propuestas y planes de mejoramiento, y su fundamentación legal se encuentra en la Constitución Nacional, la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1286 de 2005 del Ministerio de Educación Nacional. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los distintos grados que ofrece el establecimiento educativo de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional (PEI). La elección de los representantes de los padres de familia al Consejo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al menos el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión; y por un período no superior a dos (2) años de participación. CALIDAD DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Para acceder al Consejo de Padres, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

42

1. Estar vinculado al Colegio (Tener sus hijas o representadas matriculadas en la Institución Educativa).

2. Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto Educativo Institucional.

3. Demostrar alto grado de pertenencia, compromiso con el Colegio y entrega al servicio educativo del plantel.

4. Comulgar con la ideología del Colegio y con sus principios. 5. Haber manifestado siempre respeto por la Institución Educativa y sus estamentos. 6. Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades. 7. Cumplir con las obligaciones económicas contraídas con el Colegio. 8. Las familias estarán representadas en el Consejo de Padres del Colegio por el padre, la madre o

acudiente debidamente autorizado. 9. Su nombramiento obedecerá a la elección libre y mayoritaria que efectúen los padres de familia

de cada grado. 10. Su participación será voluntaria y gratuita.

Parágrafo: • Son miembros del Consejo de Padres de Familia por derecho propio: La Rectora del Colegio, el

Directivo o Educador, el Administrativo, designados por la Rectora del Colegio. • Son miembros del Consejo de Padres de Familia por elección: Los representantes de los padres

de familia. SEDE DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de Familia desarrollará sus funciones en los recintos que las Directivas del Colegio asignen, de acuerdo a las necesidades puntuales de los procesos a desarrollar. VIGENCIA DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de Familia, ejercerá sus funciones por un año calendario, contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo de Padres, mediante la aplicación del procedimiento correspondiente, teniendo en cuenta que los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de Familia del Colegio ejercerá sus funciones en directa coordinación con la Rectora o sus delegados. Corresponde al Consejo de Padres de Familia: 1. Contribuir con la Rectora en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones

periódicas de competencias y pruebas de estado. 2. Exigir que el establecimiento participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por

el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento

educativo. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento institucional y en el logro de los objetivos

planeados.

43

5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a las estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes.

6. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia Escolar en el marco de la Constitución y la Ley.

7. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física de las estudiantes. 8. Estimular el buen funcionamiento del Colegio. 9. Darse su propio reglamento. 10. Convocar la reunión del Consejo de Padres por derecho propio cuando la Rectora del Colegio no

pueda hacerlo.

PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: 1. Por retiro voluntario, expresado por escrito. 2. Por decisión del Consejo de Padres de Familia. 3. Por el cese como estudiante del Colegio de la hija o estudiante a quien represente.

CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, la Rectora del establecimiento educativo, convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres. PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA EN EL CONSEJO DIRECTIVO EDUCATIVO: El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por la Rectora del establecimiento educativo, elegirá con el voto favorable de la mayoría de sus miembros a los dos representantes de los padres de familia al Consejo Directivo del Establecimiento Educativo, teniendo en cuenta la excepción establecida en el Artículo 9 del Decreto 1286 de 2005. En todo caso los representantes de los padres ante el Consejo Directivo del Colegio, deberán ser padres o acudiente autorizado de estudiantes del establecimiento educativo. INVITADOS AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar de las deliberaciones del Consejo de Padres con voz pero sin voto. Esta participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la Rectora del Colegio o su delegado. CONDUCTO REGULAR DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo de Padres de Familia, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular establecido en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia Escolar del Colegio. Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo se abstendrá de considerarlo y así se lo comunicará al interesado.

44

PRESUPUESTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación educativa y para pertenecer a él no se podrá establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. NO debe tener ni manejar ningún tipo de recurso económico o partida presupuestal. Si como resultado de sus propuestas y planes de mejoramiento existe una justificación de cualquiera de los comités de trabajo con uno o varios proyectos específicos: en coordinación con la Rectora podrá solicitar con la debida petición y justificación el apoyo de la Asociación de Padres de Familia para su ejecución, siendo el apoyo de esta última, de carácter voluntario. REGISTRO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres de Familia como órgano de participación educativa no requiere registro ante ninguna autoridad. APOYO Y VIGILANCIA DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Las Secretarías de Educación apoyarán a los establecimientos educativos para que se conformen los Consejos de Padres de Familia y solicitarán informes periódicos sobre su funcionamiento. REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES: El Consejo de Padres de Familia deberá contar con un reglamento que permita su correcto funcionamiento y cumplir con sus cometidos. 4.9.4. ASOCIACIÓN AMIGOS DEL MARYMOUNT. Es una Entidad Jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de las estudiantes matriculadas en el establecimiento educativo. Para todos los efectos legales, hace las veces de Asociación de Padres de Familia. Su objetivo fundamental está centrado en ofrecer a la Corporación Marymount de Medellín la colaboración necesaria para el desarrollo de sus actividades, por lo tanto, entre otras podrá: a. “Contribuir a la educación familiar y escolar, y participar en la integración de la comunidad

educativa; b. Contribuir para lograr el buen rendimiento académico y disciplinario de sus hijos, estableciendo

verdaderos lazos de comprensión y colaboración con los educadores. c. Desarrollar actividades culturales y de solidaridad social. d. Servir como personera de los intereses de la comunidad educativa en el mantenimiento locativo

del Colegio, en la conservación de los elementos, equipos de enseñanza y de un alto nivel académico.

e. Ejercer vigilancia permanente sobre los factores que atenten contra la integridad moral y disciplinaria de la comunidad educativa.

f. Ofrecer al Colegio el concurso moral e intelectual necesarios para la solución de aquellos problemas que perturben la formación integral de las educandos;

g. Colaborar con directivas y profesores en lo que corresponde a la seguridad, moralidad, higiene y bienestar de los alumnos”.

45

REQUISITOS LEGALES DE LA ASOCIACIÓN AMIGOS DEL MARYMOUNT: Sólo existirá una Asociación de Padres de Familia por establecimiento educativo y sólo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. Parágrafo 1. Cuando el número de afiliados a la Asociación de Amigos del Marymount alcance la mitad más uno de los padres de familia de las estudiantes del establecimiento educativo, la Asamblea de la Asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo Educativo, caso en el cual el Consejo de Padres de Familia elegirá solamente a un padre de familia como miembro del Consejo Directivo Educativo. Parágrafo 2. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la Asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio. 4.9.5. CONSEJO ESTUDIANTIL. El Decreto 1860 de 1994 en su Artículo 29 lo define como “... el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos...” Está integrado por cada una de las Representantes de los Grupos de 1° a 11° grado; la elección de sus miembros se realizará en votación personal y secreta, durante la segunda semana de iniciadas las labores académicas y después de escuchar a las alumnas que se postulen para este cargo. AL CONSEJO ESTUDIANTIL LE CORRESPONDE: a. “Darse su propia organización interna. b. Elegir a la Representante de las Estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y

asesorarlo en el cumplimiento de su representación. c. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de

la vida estudiantil, y d. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el Manual de

Convivencia Escolar. (Artículo 29, Decreto 1860 de 1994)”. LAS REPRESENTANTES DE GRUPO DEBERÁN TENER LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

Tener y mantener un desempeño académico entre superior y alto en todas las áreas/asignaturas. (valoración entre 4.0 y 5.0).

Conocer y vivenciar el Manual de Convivencia Escolar: Filosofía, Visión, Normas, Valores y Políticas de la Institución.

Conocer y vivenciar los requerimientos que se plantean en el perfil de la alumna MARYMOUNT.

Poseer y desarrollar habilidades para la resolución de conflictos.

Tener criterios propios, liderazgo y buena capacidad de argumentación.

Tener espíritu solidario.

Ser estudiante matriculada en su respectivo grado y llevar, como mínimo, dos años en la Institución.

46

Presentar como mínimo cinco propuestas que liderará durante el transcurso del año. Éstas deben hacerse por escrito, serán revisadas al finalizar cada período y se anexará a la evaluación de grupo que se entrega a la Dirección de Estudios.

LAS CAUSALES PARA PERDER EL CARGO SON LAS SIGUIENTES:

Obtener desempeño bajo en una o en más áreas en un período académico (valoración entre 1.0 y 3.49).

Obtener tres desempeños básicos (valoración entre 3.5 y 3.99) en un mismo período académico.

Desconocer la Filosofía, Normas, Valores y Políticas de la Institución.

Recibir tres o más boletines en un período académico.

No cumplir con las propuestas del plan de trabajo.

Generar ambientes poco propicios para el trabajo en grupo.

Realizar un manejo inadecuado de la información. PROCEDIMIENTOS:

En caso de que una Representante de Grupo cumpla con una de las causales anteriores, los Directores de su Grupo y el Departamento de Sociales convocarán a una reunión, harán análisis del caso y tomarán decisión sobre la revocatoria del mandato ante el grupo. Una vez se tome la decisión de revocar un mandato, la estudiante no puede volver a recuperar su cargo durante ese año, así su proceso académico o disciplinario mejore.

Cuando una alumna renuncie al cargo de Representante de Grupo, la estudiante debe justificar, por escrito, ante su grupo, sus Directores de Grupo y la Directora de Sección, las razones de dicha decisión.

La Representante de Grupo destituida o que renuncie será remplazada por la estudiante que obtuvo el segundo lugar en la votación.

4.9.6. PERSONERA DE LAS ESTUDIANTES. Es la encargada de “promover el ejercicio de los deberes y de los derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las Leyes y el Manual de Convivencia Escolar”. Las alumnas del Colegio elegirán a la Personera entre las alumnas de 11° grado que se postulen voluntariamente. La elección se llevará a cabo a los 45 días aproximadamente de haber iniciado las actividades académicas, mediante votación personal y secreta, por mayoría simple, y después de que las estudiantes escuchen los programas que ellas proponen. En caso de que la alumna elegida no haya puesto en marcha el 50% de su programa durante el primer semestre del año, se le podrá aplicar la REVOCATORIA DEL MANDATO. Asumirá el cargo de la Personera la segunda candidata en votos. A LA PERSONERA LE CORRESPONDE: a. Promover el crecimiento integral (académico, espiritual y social) de las alumnas. b. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes, para lo cual podrá utilizar

los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil, y organizar foros u otras formas de deliberación.

47

c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten las estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de las alumnas.

d. Presentar ante la Rectora las solicitudes o peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

e. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo Educativo las decisiones de la Rectora respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

SU PERFIL DEBE CONTAR CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

Ser objetiva, coherente y autónoma.

Identificarse con la Institución respetando, compartiendo y vivenciando su Misión, Visión, Normas y Valores.

Tener capacidad de liderazgo positivo, comprometida con los derechos humanos y con el buen funcionamiento de la Institución.

Estar comprometida con las actividades que se realicen en la Comunidad Educativa.

Ser una alumna que dé ejemplo de vida.

Ser emprendedora, dinámica, pujante y con habilidad para el trabajo grupal.

Tener criterios propios y buena capacidad de argumentación.

Manifestar buenos modales en relación con sus semejantes.

Tener espíritu solidario.

Reunir cualidades que la identifiquen con el Perfil de la Alumna Marymount.

Conocer, valorar y cumplir las normas del Manual de Convivencia Escolar. LOS REQUISITOS PARA SER ELEGIDA PERSONERA SON LOS SIGUIENTES:

Tener y mantener un desempeño académico entre superior y alto en todas las áreas/asignaturas (valoración entre 4.0 y 5.0).

Presentar un programa de su campaña que incluya actividades, objetivos, cronograma y presupuesto aproximado para su realización.

Ser estudiante matriculada en 11° grado.

Llevar como mínimo dos (2) años en la Institución.

No ser Representante de Grupo ante el Consejo Estudiantil. LAS CAUSALES PARA PERDER EL CARGO SON LAS SIGUIENTES:

Desconocimiento o incumplimiento de los requisitos para el cargo.

No haber cumplido con el 50% del programa propuesto a mediados del año en curso.

Obtener desempeño bajo en una o en más áreas en un período académico (valoración entre 1.0 y 3.49).

Obtener tres desempeños básicos (valoración entre 3.5 y 3.99) en un período.

Obtener tres o más boletines en un período académico. 4.9.7. ASOCIACIÓN DE EXALUMNAS. La Asociación de Exalumnas del Colegio Marymount, es una entidad sin ánimo de lucro constituida en 1996, promotora de la continuidad de las diferentes generaciones dentro del Colegio, de su historia,

48

tradiciones y valores. Busca fortalecer los lazos de amistad y cooperación entre sus miembros y prestar ayuda económica aquellas alumnas, exalumnas, hijos de exalumnas que lo requieran y a otras entidades sin ánimo de lucro que sean recomendadas por una egresada. Además es el canal de comunicación entre el Colegio y sus egresadas. A través de la Asociación se logra conocer y difundir cómo con su Formación Marymount y proyecto de vida han contribuido al mejoramiento de la sociedad en la que participan. A ellas pertenecen las alumnas graduadas y algunas que han estudiado por algunos años en el Colegio. Para cumplir sus objetivos, se financia con la venta de diferentes artículos y uniformes en el Bookstore, ubicado dentro de las instalaciones del Colegio.

49

CAPÍTULO 5. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE BIENESTAR INSTITUCIONAL Por medio de las unidades Administrativas y de Bienestar, el Colegio Marymount genera una gama de servicios que cubren las necesidades de infraestructura, salud, alimentación, transporte, publicaciones, aseo y mantenimiento locativo. 5.1. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. El objetivo principal de los Servicios Administrativos es brindar apoyo a las áreas responsables de la formación integral de las estudiantes, de manera que los procesos con las alumnas se realicen de forma eficiente y se cree una cultura en la que se destaque la responsabilidad de todos. Para lograr esto:

Brinda un claro ejemplo de eficiencia y responsabilidad en la prestación del servicio.

Afianza los valores de convivencia que se reflejan en forma cotidiana en la atención adecuada a quien lo demande.

Crea conciencia sobre el uso adecuado del dinero, muebles, enseres, materiales, insumos, lugares y servicios.

Procura un acertado control de calidad de los implementos y la compra oportuna de insumos de diferente orden.

Brinda una agradable presentación locativa creando un ambiente de tranquilidad y armonía con el entorno ecológico.

Trabaja por el fortalecimiento de la cultura ecológica en toda la comunidad educativa.

Hacen parte de los Servicios Administrativos los siguientes:

Finanzas. Apoya la gestión y el desarrollo financiero de la Institución. Da un adecuado uso de los recursos económicos del Colegio, lo que facilita la estabilidad y permanencia de éste en el medio.

Gestión Humana. Permite al Colegio atraer, conservar y desarrollar el mejor talento humano, y fortalecer el clima y la cultura organizacional.

Secretaría. Administra el sistema de información del Colegio y los documentos legales relacionados con el proceso educativo.

Comunicaciones y Mercadeo. Están orientadas a brindar información sobre las actividades del Colegio y buscar la proyección y mercadeo de la Institución hacia la comunidad en general. Para ello utiliza diferentes medios en asocio con las diferentes áreas académicas y administrativas del Colegio.

Tecnología. Proporciona herramientas informáticas a los procesos principales de la Institución y a sus unidades de apoyo.

Mantenimiento. Se encarga del cuidado de la planta física, muebles, ayudas didácticas y jardinería; de la compra de insumos de diferente orden. Guía esfuerzos encaminados al respeto por el entorno y crea conciencia sobre el valor de los oficios de mantenimiento y aseo para el bienestar de todos.

5.2. SERVICIOS DE BIENESTAR.

Las unidades de apoyo que hacen parte de Bienestar Marymount generan una serie de servicios que cubren las necesidades de salud, alimentación, recreación, transporte y suministro de implementos a la

50

comunidad educativa. Su objetivo principal es la promoción de la salud. Para lograr esto se:

Propician campañas formativas.

Ofrece asesoría individual y grupal.

Afianzan los valores de convivencia que se reflejan en forma cotidiana.

Posibilita la realización de diferentes actividades que permiten la participación de las alumnas de acuerdo con sus fortalezas e intereses.

Hacen parte de los Servicios de Bienestar los siguientes:

Asesoría Psicológica. Se cuenta con una Psicóloga en cada sección, quien brinda servicios en la promoción y orientación de los miembros de la Comunidad Educativa en aspectos de la vida cotidiana relacionados con el bienestar, por medio de asesoría y seguimiento individual y grupal, remisión a especialistas y realización de programas y proyectos.

Enfermería. Está a cargo de una Enfermera profesional quien busca promover y cuidar la salud de los miembros de la comunidad educativa, mediante la intervención preventiva, el control de medicamentos, el advertir sobre posibles complicaciones y el remitir a ayudas especializadas en caso de ser necesario. Además, coordina el Comité Paritario de Salud Ocupacional, y el plan de emergencia y evacuación; realiza campañas de vacunación y educación en salud, programando charlas con profesionales y especialistas en diversos temas.

Asesoría Espiritual. Está a cargo de un sacerdote católico; va dirigida a toda la comunidad educativa con el objetivo de ofrecer apoyo espiritual mediante el acompañamiento personal y grupal, celebración de ceremonias litúrgicas y preparación para los diferentes sacramentos y actos religiosos que se celebran. Asesora el área de Educación Religiosa en sus programas educativos y acompaña a los profesores y las familias en aquellos temas que puedan generar alguna dificultad.

Biblioteca. Está a cargo de personal especializado, es una unidad de información organizada sistemáticamente, que presta sus servicios a la comunidad educativa del Colegio Marymount , para el fomento de la lectura, el apoyo a la investigación y el desarrollo de los programas académicos, brindando así un aporte al proceso de formación integral de las estudiantes.

Restaurante. Brinda alimentos variados y de excelente calidad de manera ágil y eficiente. Además, contribuye con la formación de los hábitos alimenticios, los buenos modales y la cultura de cortesía en el comedor.

Transporte. Está a cargo de una persona del Colegio quien planea, vigila y vela por la correcta prestación de este servicio, por medio del diseño de rutas ágiles, en lo posible puerta a puerta, con puntualidad y vigilancia interna que minimicen los riesgos de inseguridad. También establece el contacto con quienes prestan y utilizan el servicio para programar rutas extras de acuerdo con las necesidades de los diferentes estamentos. Realiza esfuerzos por crear una cultura de cortesía en el bus.

Publicaciones. Facilita a profesores, personal administrativo y alumnas la reproducción de material impreso y la compra de artículos de papelería, de manera que se ahorre tiempo, dinero y esfuerzos a quienes demandan el servicio. Crea conciencia sobre el respeto a los derechos de autor, el uso adecuado del papel, el cumplimiento y la cortesía para la demanda de este servicio.

Almacén de las Exalumnas. Se creó con el fin de recolectar fondos que posibiliten cumplir con el objetivo de la Asociación de Exalumnas y prestar un servicio a las estudiantes y sus padres, quienes pueden adquirir artículos necesarios para el trabajo académico y la presentación personal de las alumnas.

Actividades Deportivas y Culturales. El Colegio con el apoyo del Club Deportivo, el Comité Cultural

51

y las áreas académicas ofrece una variedad de actividades lúdicas, deportivas, artísticas, clubes científicos y de informática, que promueven en las estudiantes la adecuada utilización del tiempo libre. Estas actividades se realizan con las alumnas a partir de Prejardín, en un horario adicional, y con la posibilidad de transporte de regreso a casa, para quienes participan. Algunas de ellas son: patinaje, gimnasia, sóftbol, voleibol, atletismo, baloncesto, grupo de teatro, coro, conjunto musical, piano, baile, pintura, club de informática y club ecológico, Ultimate, fútbol, lenguas (Chino – Mandarín y Portugués).

Learning Center: Proyecto basado en las últimas investigaciones científicas de Neurociencia y Neurodiversidad, retos actuales de la Educación en el mundo que favorecen la detección e intervención temprana de las necesidades educativas de cada estudiante. El Colegio Marymount, con todo su equipo de profesionales, realiza un acompañamiento especializado, estructurado y coordinado de sus estudiantes, cuyo propósito es cubrir campos que puedan incidir o potenciar su desarrollo y aprendizaje. Para esto se han creado tres programas de apoyo: Steps: enfocado al desarrollo de condiciones previas necesarias para iniciar y desarrollar con éxito cualquier proceso de aprendizaje, como: memoria, percepción, atención, motricidad, proceso de lateralización, etc. Links: se abordan los conocimientos (previos o actuales) de las diferentes áreas, aprendizaje de idiomas (Español, Inglés, Francés), y conceptos de las Ciencias Básicas; éstas se realizan de lunes a jueves entre las 3:00 y las 4:30 p.m. Tools: se brinda a las estudiantes las estrategias, herramientas, estilos y hábitos que favorecen su proceso de aprendizaje. En el 2015 se estructuró el proyecto con Profesores, Psicólogas y Equipo Directivo; actualmente, se están llevando a cabo planes de intervención en todos los programas del Learning Center, con gran aceptación y compromiso de toda la comunidad educativa.

52

CAPÍTULO 6. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA 6.1. PROCESO DE ADMISIÓN. Para iniciar el Proceso de Admisión debe: 1. Tener decisión personal para ingresar. 2. Asistir a la reunión de padres de familia para conocer la Filosofía de la Institución. 3. Cumplir con la edad establecida. 4. Realizar el proceso de inscripción y de admisión en las horas y fechas indicadas. 5. Tener conocimiento previo y la aceptación explícita de la Filosofía Institucional y del

Manual de Convivencia Escolar. 6. Asistir a la entrevista. 7. Tener disponibilidad financiera para responder con los compromisos económicos

adquiridos con el Colegio al momento de la matrícula.

Se dará prioridad a las hermanas de las estudiantes del Colegio y a las hijas o hermanas de egresadas si cumplen los requisitos anteriores. 6.2. COMITÉ DE ADMISIÓN. El Comité de Admisión de estudiantes nuevas está conformado por:

La Rectora de la Institución, quien define el número de cupos disponibles para cada grado.

La Directora de la Sección donde se está haciendo el proceso.

La Coordinadora de Mercadeo y Admisiones.

Representantes de Cormary.

Los Docentes del grado al que se aspira son quienes participan en la elaboración y aplicación de las pruebas. El número de docentes participantes se define de acuerdo con la necesidad de cada grado. Parágrafo: El Colegio, como Institución privada se reserva el derecho de admisión de estudiantes, por lo cual no se encuentra obligado a sustentar su decisión ante el aspirante, sus progenitores, acudientes o terceros. 6.3. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE. 1. Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional y la Institución

para el proceso de Matrícula. 2. Estar respaldada por el padre de familia o acudiente, quien debe contar con las

condiciones morales y económicas para asistirla en las situaciones que lo requieran o cuando la Institución lo solicite.

3. Asistir regularmente a la Institución. 4. Presentar los documentos legales auténticos y necesarios.

53

6.4. PROCESO DE ADMISIÓN PARA. 6.4.1. ESTUDIANTES NUEVAS Son las que desean ingresar por primera vez al establecimiento educativo. La Coordinadora de Mercadeo y admisiones recibe la solicitud de cupo y se la pasa a la Directora de Sección para la cual se está pidiendo el cupo. Los padres de familia deben presentar el reporte de calificaciones y la ficha de seguimiento para su estudio. La Directora de Sección tiene una entrevista con los padres de familia, y la estudiante debe presentar unos exámenes de admisión en las áreas de Matemáticas, Inglés y Español; después de terminado este proceso se estudian los casos teniendo presente el rendimiento académico, la disciplina y la disponibilidad de cupos. CRITERIOS DE ADMISIÓN: Realizar el trámite de inscripción en las fechas establecidas por el Colegio y presentar los documentos y demás requisitos exigidos para tal efecto. 1. Cancelar el valor determinado para el proceso de admisión. 2. Dinámica familiar y compromiso con el proceso educativo. 3. Cumplir con las siguientes edades: Estudiantes para Maternal haber cumplido 3 años a

más tardar el 30 de octubre del año en que ingresa; para Prejardín 4 años; Jardín 5 años y Transición 6 años. Las estudiantes para 1° grado haber cumplido 7 años, para 2° grado 8 años, 3° grado 9 años, 4° grado 10 años, 5° grado 11 años, 6° grado 12 años, 7° grado 13 años, 8° grado 14 años, 9° grado 15 años, 10° grado 16 años y 11° grado 17 años.

6.4.2. ESTUDIANTES ANTIGUAS. Son las que han cursado en el establecimiento el año académico inmediatamente anterior. Para la aceptación de las estudiantes antiguas se tendrá en cuenta el comportamiento y el rendimiento académico. Queda a discreción de la Rectora, Consejo Directivo y Comité de Normalización la negación del cupo a estudiantes antiguas según las orientaciones dadas en el Manual de Convivencia Escolar. 6.4.3. REINGRESO DE ESTUDIANTES. Son las estudiantes que han estado vinculadas a la Institución con anterioridad, pero se han retirado por diferentes motivos. Las estudiantes que solicitan reingreso tendrán el mismo tratamiento que las aspirantes nuevas. Todas las aspirantes deben pasar satisfactoriamente lo correspondiente a entrevistas y pruebas respectivas acordes a su grado y en especial estar a paz y salvo con la Institución de procedencia. Cuando una aspirante no cumpla con los requisitos académicos en alguna de las áreas, el padre de familia deberá firmar un compromiso de nivelación y/o asesoría externa, el cual

54

llevará a cabo durante el primer período académico con el respectivo acompañamiento del docente titular de área y seguimiento de dirección académica. ESTUDIANTES ASPIRANTES A CURSAR A PARTIR DEL GRADO TRANSICIÓN: Las aspirantes deben acreditar haber cursado y aprobado el grado anterior en una Institución Educativa reconocida por la Secretaría de Educación Municipal. Cada grado será de acuerdo a las competencias y capacidades de las estudiantes, según consideraciones pertinentes contempladas en el parágrafo del Artículo 38 del Decreto 1860 de 1994. 6.5. MATRÍCULA. La Matrícula es un acto jurídico voluntario que formaliza la vinculación de la aspirante a la Institución. Se realiza mediante un “Contrato de Prestación de Servicios Educativos”, que podrá renovarse cada año lectivo si se ha cumplido a cabalidad con los compromisos académicos, y obligaciones de tipo económico contraídos. Mediante este Contrato las partes: Colegio Marymount, Padre y Madre de Familia o Representante Legal y Estudiante, se comprometen a conocer, aceptar y acatar el Proyecto Educativo Institucional y respetar las cláusulas contractuales establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos y en el Manual de Convivencia Escolar. 6.5.1 REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA. GRADO MATERNAL: 1. Solicitud de Cupo. 2. Fotocopia autenticada del Folio del Registro Civil de Nacimiento. 3. Certificado Médico General - Pediatra. 4. Certificado Médico Oftalmólogo. 5. Certificado Médico Otorrinolaringólogo. 6. Fotocopia del Carné de Vacunación (no se acepta constancia de vacunación en el Certificado

Médico General - Pediatra). 7. Fotocopia o certificado de vinculación al Sistema de Seguridad Social - EPS. 8. Historia Clínica (Formato adjunto). 9. Formularios de Recomendación (2). 10. Formato Entrevista de Selección. 11. Dos (2) fotos tamaño cédula. 12. Certificado de Paz y Salvo de la Institución anterior (Guardería). 13. Contrato de Prestación de Servicios Educativos y Pagaré firmados por los padres (Formatos

adjuntos). 14. Tarjeta Registro de Firmas (Formato adjunto). 15. Información General para el Colegio (Formato adjunto). 16. Reserva Servicio de Transporte Escolar (Formato adjunto). GRADOS PREJARDÍN A TRANSICIÓN - NIVEL PREESCOLAR: 1. Solicitud de Cupo. 2. Fotocopia autenticada del Folio del Registro Civil de Nacimiento.

55

3. Certificado Médico General - Pediatra. 4. Certificado Médico Oftalmólogo. 5. Certificado Médico Otorrinolaringólogo. 6. Fotocopia del Carné de Vacunación (no se acepta constancia de vacunación en el Certificado

Médico General - Pediatra). 7. Fotocopia o certificado de vinculación al Sistema de Seguridad Social - EPS. 8. Historia Clínica (Formato adjunto). 9. Formularios de Recomendación (2). 10. Formato Entrevista de Selección. 11. Una (1) foto tamaño cédula. 12. Constancia de Desempeño de Prejardín y Jardín - Nivel Preescolar (diligenciada en papelería de

la Institución de procedencia). 13. Constancia de Retiro del SIMAT. 14. Ficha de Seguimiento o Ficha del Observador de la Alumna. 15. Certificado de Paz y Salvo de la Institución de procedencia. 16. Contrato de Prestación de Servicios Educativos y Pagaré firmados por los padres (Formatos

adjuntos). 17. Tarjeta Registro de Firmas (Formato adjunto). 18. Información General para el Colegio (Formato adjunto). 19. Reserva Servicio de Transporte Escolar (Formato adjunto). GRADOS 1° A 5° - NIVEL BÁSICA PRIMARIA: 1. Solicitud de Cupo. 2. Fotocopia autenticada del Folio del Registro Civil de Nacimiento. 3. Fotocopia legible del Documento de Identidad. 4. Certificado Médico General. 5. Certificado Médico Oftalmólogo. 6. Certificado de Médico Otorrinolaringólogo. 7. Fotocopia del Carné de Vacunación (no se acepta constancia de vacunación en el Certificado

Médico General). 8. Fotocopia o certificado de vinculación al Sistema de Seguridad Social - EPS. 9. Historia Clínica (Formato adjunto). 10. Formularios de Recomendación (2). 11. Formato Entrevista de Selección. 12. Una (1) foto tamaño cédula. 13. Constancia de Desempeño Grado Transición - Nivel Preescolar (diligenciada en papelería de la

Institución de procedencia). 14. Constancia de Desempeño Grados 1°, 2°, 3° y 4° - Nivel Básica Primaria (diligenciada en papelería

de la Institución de procedencia). 15. Constancia de Retiro del SIMAT. 16. Ficha de Seguimiento o Ficha del Observador de la Alumna. 17. Certificado de Paz y Salvo de la Institución de procedencia. 18. Contrato de Prestación de Servicios Educativos y Pagaré firmado por los padres y la alumna

(Formatos adjuntos). 19. Tarjeta Registro de Firmas (Formato adjunto). 20. Información General para el Colegio (Formato adjunto). 21. Reserva Servicio de Transporte Escolar. (Formato adjunto).

56

GRADOS 6° A 11° - NIVEL BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA: 1. Solicitud de Cupo. 2. Fotocopia autenticada del Folio del Registro Civil de Nacimiento. 3. Fotocopia legible del Documento de Identidad. 4. Certificado Médico General.

5. Certificado Médico Oftalmólogo. 6. Certificado Médico Otorrinolaringólogo. 7. Fotocopia del Carné de Vacunación (no se acepta constancia de vacunación en el Certificado

Médico General). 8. Fotocopia o certificado de vinculación al Sistema de Seguridad Social - EPS. 9. Historia Clínica (Formato adjunto). 10. Formularios de Recomendación (2). 11. Formato Entrevista de Selección. 12. Una (1) foto tamaño cédula. 13. Constancia de Desempeño Grado 5° - Nivel Básica Primaria (diligenciada en papelería de la

Institución de procedencia). 14. Constancia de Desempeño Grados 6°, 7°, 8°, 9° y 10° - Niveles Básica Secundaria y Media

Académica (diligenciada en papelería de la Institución de procedencia). 15. Constancia de Retiro del SIMAT. 16. Ficha de Seguimiento o Ficha del Observador de la Alumna. 17. Certificado de Paz y Salvo de la Institución de procedencia. 18. Contrato de Prestación de Servicios Educativos y Pagaré firmado por los padres y la alumna

(Formatos adjuntos). 19. Tarjeta Registro de Firmas (Formato adjunto). 20. Información General para el Colegio (Formato adjunto). 21. Reserva Servicio de Transporte Escolar (Formato adjunto). 22. Certificado del Servicio Social Estudiantil - Alumnas 10° y 11° Grado. Parágrafo 1: La Solicitud del Cupo y la participación en el Proceso de Admisión no implica compromiso alguno de Matrícula por parte de la Institución Educativa para con la aspirante, el padre de familia o el acudiente; el Colegio no está obligado a dar explicación sobre la no admisión. El costo cancelado por la Actividad de Psicología dentro del Proceso de Admisión, no será reembolsable. Parágrafo 2: Útiles y Uniformes: Según lo estipulado por la Ley 1269 de 2008, el Colegio Marymount enviará a los padres de familia, a través de su página web institucional, la lista de materiales educativos que incluyen útiles, textos y uniformes, la cual ha sido previamente aprobada por los Consejos Académico y Directivo, respetando la legislación vigente. Los padres de familia no están obligados a: 1. Adquirir para los uniformes, prendas exclusivas o de marcas definidas. 2. Adquirir útiles escolares de marcas o proveedores definidos por el Colegio.

57

3. Adquirir al inicio del año la totalidad de los útiles escolares que se incluyen en la lista. Estos pueden ser comprados en la medida en que sean requeridos para el desarrollo de las actividades escolares.

4. Entregar al Colegio los útiles o textos para que sean administrados por él. 5. Cambiar los textos antes de transcurridos 3 años de su adopción. Estas renovaciones sólo

se podrán hacer por razones pedagógicas, de actualización de conocimientos e informaciones y modificaciones del currículo.

6. Adquirir los uniformes y textos en el Colegio, excepto los que no puedan conseguirse en el mercado.

6.6. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA.

Para la renovación de la Matrícula es necesario: 1. Que sus hijas hayan aprobado el año escolar. 2. Que se encuentran a Paz y Salvo con los Costos Educativos correspondientes al año

cursado y con los demás estamentos del Colegio, entre ellos, Biblioteca, devolución de libros de lectura y textos prestados en los diferentes Departamentos, Transporte, Club Deportivo y Comité Cultural.

Una vez cumplidos los requisitos anteriores, es necesario realizar el Proceso de Prematrícula en el ambiente web dispuesto por la Institución, el cual consiste en:

Revisar detenidamente la información de la alumna, padre, madre y responsable y actualizarla de ser necesario e imprimir la Constancia de Actualización de Datos generada por el sistema.

Leer cuidadosamente e imprimir el Contrato de Prestación de Servicios Educativos. En él, están las responsabilidades que se deben asumir por todos para la formación integral de su hija. Debe ser firmado por el papá, la mamá y las alumnas de 1° a 11° grado.

Imprimir y diligenciar el Formato de Reserva para el Servicio de Transporte Escolar y firmar el Contrato de Prestación de Servicio de Transporte Escolar en caso de utilizarlo.

Para las alumnas que iniciarán 1°, 5° y 9° grado, deberán presentar una (1) foto reciente tamaño cédula, marcadas al reverso con el nombre completo de la alumna y el grado al que ingresa.

Para las alumnas que hayan cumplido 7 años de edad y que ingresan al grado 1°, anexar fotocopia legible y ampliada de la Tarjeta de Identidad en tamaño carta, ambas caras por el mismo lado de la hoja.

Parágrafo 1: La estudiante pendiente por recuperar una o varias áreas, deberá firmar con sus padres un Contrato Pedagógico Comportamental para poder realizar la renovación de la Matrícula. Parágrafo 2: En caso de no presentarse el día y la hora señalada para la renovación de Matrícula, sin justificación ni autorización de la Rectora o Directora de Sección respectiva, el Colegio dispondrá del cupo. 6.7. CAUSALES PARA LA NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA.

58

1. Cuando por motivos de salud u otras causas falte a más de 25 días de las actividades escolares.

2. Cuando pierda dos años escolares, sin importar que sean consecutivos. 3. Cuando no se encuentre a Paz y Salvo con la Institución sobre las obligaciones económicas

contraídas en el año o años anteriores. 4. Cuando se determine como una estrategia formativa a una falta la no renovación de

Matrícula para el año siguiente. 5. La falta de acompañamiento de los padres o acudientes, reflejada en su ausencia a las

citaciones o convocatorias que les efectúan los docentes o Directivos de la Institución. 6.8. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. El Colegio dará por terminado el Contrato de Matrícula, en el momento en el que se compruebe cualquiera de las siguientes causales: 1. Fragrantes violaciones al Proyecto Educativo Institucional y al Manual de Convivencia

Escolar, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas estipuladas.

2. Cuando se verifique el incumplimiento del Contrato Pedagógico Comportamental firmado por aquellas alumnas con áreas y/o asignaturas pendientes.

3. Voluntad expresa de las partes. 4. Terminación del año académico lectivo. 5. Cuando se compruebe que se han entregado al Colegio Constancias de Desempeño o

informes falsos y/o cuando cumplido el plazo estipulado por las normas vigentes en la Institución, no se entreguen los documentos requeridos.

6. Cuando la estudiante sea objeto de intervención penal o judicial con la pérdida de la libertad o reclusión en centro cerrado.

7. Cuando se presente reiterada morosidad en el pago de los deberes económicos. 8. Cuando por prescripción médica y/o psicológica, se considere inconveniente la

permanencia de la estudiante en el Colegio o que requiera para su formación de una Institución especializada.

59

CAPÍTULO 7. COSTOS EDUCATIVOS El sistema de pago de Matrícula, Pensiones, Cobros Periódicos y Otros Cobros Periódicos se fundamenta en lo dispuesto en las normas legales vigentes como son:

Ley General de Educación o Ley 115 de 1994.

Decreto 1860 de 1994.

Decreto 2253 de 1996.

Resolución 4444 de 2006.

Resolución del Ministerio de Educación Nacional que fija el incremento para el siguiente año lectivo.

7.1. MATRÍCULA. La Ley General de Educación, en su Artículo 95, define la Matrícula como “… el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada período académico.” Su valor no podrá ser superior al diez por ciento (10%) de la tarifa anual que adopta el establecimiento y se cancela en el mes de diciembre del año anterior. La renovación de dicha Matrícula se realiza por medio de un Contrato de Prestación de Servicios Educativos que se rige por las reglas del derecho privado y que establece los derechos y deberes de las partes, las causales de su terminación y las condiciones para su renovación. 7.2. PENSIÓN. Se entiende como la suma anual que se paga al Colegio por el derecho de la alumna a participar en el proceso formativo durante el respectivo año académico. Su valor es igual a la tarifa anual que se adopte, menos la suma cobrada por concepto de la Matrícula (10%); incluye todos los servicios que el Colegio presta a las alumnas durante la jornada escolar normal, como son:

Clases ordinarias.

Uso de laboratorios, talleres y salones especiales.

Derecho a utilizar los libros del bibliobanco en los grupos y áreas que tienen.

Servicios de bienestar como psicología, enfermería y capellanía.

Actividades lúdicas y recreativas durante la jornada escolar.

Servicios administrativos como carnetización, sistematización de pagos y evaluaciones.

Asistencia profesional en conferencias, foros, Proyecto SER, escuela de padres.

Materiales para los regalos del día del padre y de la madre y papelería para circulares, talleres, documentos de apoyo y calificaciones.

Actividades académicas, culturales y formativas.

Esta suma debe cancelarse en diez (10) mensualidades iguales (de febrero a noviembre) durante los diez (10) primeros días del mes, por medio de recibo de costos educativos que se enviará a las familias los dos (2) primeros días hábiles del mes. Si el pago no se realizó durante todo el mes se cobrará

60

sanción por mora. Parágrafo 1: Sanciones: Con dos o más meses de atraso, el padre de familia será remitido a cobro jurídico quienes harán el cobro, debiendo asumir el padre de familia el pago de honorarios e intereses. De igual forma se efectuará el reporte negativo a las centrales de riesgo. Parágrafo 2: Sanciones: La no cancelación de los costos educativos en su totalidad, permitirá a la Institución la no renovación del Contrato de Matrícula para el año siguiente, sin perjuicio de exigir el cobro ejecutivo por la vía judicial. Parágrafo 3: Sanciones: Las estudiantes de la Educación Media (10º y 11º Grado) podrán ser retiradas de clases, por el no pago de Pensiones, durante el año lectivo en curso. (Corte Constitucional, sentencia SU-624, agosto 25/99). Las tarifas de Matrícula y Pensión de las estudiantes que continúen matriculadas en el Colegio, se fijarán e incrementarán según el porcentaje determinado por el Ministerio de Educación Nacional, aprobadas por el Consejo Directivo y autorizadas por la Secretaría de Educación Municipal. 7.3. COBROS PERIÓDICOS. Según la Ley 115 de 1994, son las sumas que pagan con regularidad los padres de familia por concepto de servicio de transporte escolar, alojamiento o alimentación prestados por el Colegio. Actualmente el Colegio tiene autorizado cobrar únicamente el servicio de transporte escolar, mediante un contrato anual, el cual es voluntario y se cancela en diez (10) contados, de la misma forma que la pensión. 7.4. OTROS COBROS PERIÓDICOS. Son las sumas que se pagan por servicios del establecimiento educativo privado, distintos de los conceptos de Matrícula y Pensión (Cfr. Dec. 2253/95). Estos pueden ser pagados de contado o en 11 cuotas iguales (Matrícula y Pensiones). Nuestra Institución Educativa tiene autorizados los siguientes rubros: a. Bibliobanco - Textos Apoyo del Bilingüismo: Es una cuota única anual que se paga para que las

alumnas tengan acceso a los libros de inglés y los de las áreas que se dictan en este idioma, de acuerdo con el grado. Dichos libros no se consiguen comercialmente sino que se importan de los Estados Unidos con un costo que resultaría más alto, si los padres tuviesen que conseguirlos.

b. Actividades Culturales y Deportivas: Es una cuota única que los padres pagan para que sus hijas tengan la posibilidad de realizar actividades de esta índole en horario extra clase, como apoyo al desarrollo de la sana utilización del tiempo libre.

c. Salidas Escolares: Es una cuota única que los padres cancelan para que las alumnas tengan la posibilidad de realizar actividades que complementan el desarrollo de los contenidos del grado. En ella se contemplan hasta 6 salidas en la ciudad o a sus alrededores, incluyen el transporte y el ingreso a los sitios que apoyan el proceso académico y formativo de las estudiantes.

d. Ceremonia de Grado: Es una cuota anual que pagan los padres de las alumnas de 11° grado, para cubrir las actividades adicionales del último año como Ceremonia de Graduación, uso de toga y birrete, diplomas, medallas, misa de Bendición de Anillos.

e. Ceremonias y eventos religiosos. e. Proyecto de Grado: Cubre Orientación Profesional, Pruebas Saber 11, jurados de Proyecto de

61

Grado, entre otros. f. Pruebas de Bilingüismo para los grados de 1° a 11°: Cuota anual que cancelan los padres de las

alumnas de estos grados, para evaluar el desempeño de sus hijas en Inglés y Francés. g. Constancias de Desempeño y Certificados de Estudio para aquellos que lo soliciten. h. Actas de Grado. 7.5 COBROS EVENTUALES. Estos cobros no están incluidos en el costo de la Matrícula, Pensiones, Cobros Periódicos y Otros Cobros Periódicos, deben ser cancelados al momento de solicitarse el servicio, son acordados y aprobados por el Consejo Directivo. Tales como: 1. Daños ocasionados por la estudiante durante el año lectivo. 2. Duplicado de Diploma o Actas de Grado. TODOS LOS COBROS MENCIONADOS ANTERIORMENTE SE FIJARON CONSIDERANDO:

Reglamentación vigente.

Proceso de Autoevaluación y Clasificación del Colegio, mediante el cual quedó clasificado en el Régimen de Libertad Regulada, por obtener puntajes superiores.

Ejecución y aprobación del presupuesto para el año siguiente por parte del Comité Financiero y la Junta Directiva de la Asociación Amigos del Marymount.

Revisión y aprobación de las tarifas presupuestadas por parte del Consejo Directivo y la Asamblea de Padres de Familia de la Institución.

Presentación y aprobación de los cobros por parte de la Secretaria de Educación de Medellín.

62

CAPÍTULO 8. REGLAMENTO PARA LAS ALUMNAS 8.1. DERECHOS.

Además de los Derechos de los Niños y de los Adolescentes contemplados en los artículos 44° y 45° de la Constitución Nacional y en la Ley de Infancia y Adolescencia, como miembro de la comunidad educativa Marymount tengo derecho a:

Recibir Educación Integral y actualizada basada en la Misión, Visión y Principios Filosóficos del Colegio y en los programas vigentes del Ministerio de Educación Nacional.

Participar en mi proceso de Formación sin discriminación alguna por razones de raza, idiomas, religión, ideología política o cualquiera otra condición mía, de mis padres o representantes legales.

Ser respetada como persona y tener acceso al diálogo cordial con profesores, compañeras y la comunidad en general.

Ser escuchada y recibir respuesta cuando en forma cortés haga reclamos y exponga razones o sugerencias.

Conocer el Sistema Institucional de Evaluación: criterios, procedimientos e instrumentos de promoción y evaluación desde el inicio del año escolar.

Ser evaluada en forma integral, justa y objetiva según las disposiciones legales y tener la posibilidad de que se me realice el debido proceso académico y/o disciplinario.

Conocer la valoración de mis trabajos y evaluaciones antes de ser consignada definitivamente y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

Representar al Colegio en actividades académicas, deportivas, culturales y sociales.

Utilizar los recursos que brinda el Colegio para mi Formación Integral.

Elegir y ser elegida para representar a mi grupo en las diferentes actividades, comités y estamentos del Gobierno Escolar (Consejo Directivo, Consejo de Estudiantes y Personera), si cumplo con los requisitos establecidos.

Solicitar y obtener, cuando existan causas justificadas y siguiendo el conducto regular, autorización para ausentarme del Colegio o del aula de clase.

Recibir protección, cuidado y asistencia necesarios para lograr un adecuado desarrollo físico, mental, moral, y social.

Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar mis debilidades y potenciar mis fortalezas en el aprendizaje.

Recibir estímulos por mi labor y éxitos alcanzados dentro y fuera de la Institución.

Obtener el título de bachiller del Colegio Marymount si cumplo con los requisitos establecidos.

8.2. DEBERES. “El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo”. (Art. 15 ley 1098 de 2006 “Ley de la Infancia y la Adolescencia”). La responsabilidad frente a mi Formación Integral individual se traduce en unos deberes que debo cumplir, basados en unos valores y expresados en unos comportamientos y actitudes que tienen como objetivo mi crecimiento personal. Por tanto, como alumna debo:

63

Respetar los símbolos Patrios e Institucionales.

Ser leal con el Colegio practicando su Filosofía y los Principios que la orientan.

Mantener mi conducta y disciplina, dentro y fuera del Colegio, acordes con las normas impartidas por él.

Asistir puntualmente a todas las actividades académicas y complementarias programadas por el Colegio, en forma positiva, ordenada y responsable.

Cuidar mi presentación personal, de tal manera que refleje orden, armonía y pulcritud.

Respetar de hecho y de palabra a todas las personas.

Acatar con respeto las sugerencias de las directivas y profesores.

Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el Colegio.

Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de mis debilidades.

Asumir con responsabilidad el aseo y la organización general del Colegio.

Presentar siempre al profesor, el permiso interno que justifique la ausencia parcial o total de su clase.

Seguir el conducto regular y los procedimientos necesarios para buscar soluciones a los problemas que se me presenten.

Ser cuidadosa con los muebles y enseres de la Institución y responder por los daños causados a los mismos.

Dar uso adecuado a los materiales, herramientas y equipos del Colegio.

8.3. NORMAS DE COMPORTAMIENTO. Las normas de comportamiento me llevan a la interiorización de los valores fundamentales del Colegio (Respeto, Responsabilidad, Honestidad, Solidaridad, Tolerancia y Espiritualidad) y a la adquisición de unos hábitos y habilidades como la autonomía, el orden y la puntualidad. Por esto, debo comprometerme a cumplir las siguientes normas: 8.3.1. NORMAS GENERALES.

Asistir con puntualidad a todas las actividades programadas por el Colegio, participando activamente en ellas.

Respetar a todas las personas.

Cuidar mis pertenencias y respetar las ajenas.

Mantener un comportamiento acorde con los modales finos y delicados propios de la feminidad.

Participar con responsabilidad en las pruebas externas programadas por el Colegio (Pruebas Saber, Icfes, Cambridge, DELF, Olimpiadas, IGCSE, entre otras).

Velar por la protección de los bienes del Colegio y de los recursos naturales.

8.3.2. ASISTENCIA AL COLEGIO. Como estudiante matriculada en el Colegio Marymount, debo cumplir con las horas escolares establecidas por el Colegio y la inasistencia injustificada a más de un 25 días de las actividades académicas del año escolar, es considerada causal para la no promoción al finalizar el año, de acuerdo a la autonomía institucional autorizada por el Decreto 1290 de 2009. Desde la Coordinación se ejerce el control diario de asistencia a clases. La inasistencia se da al no presentarme a la jornada académica. Dicha inasistencia es justificada cuando:

64

1. Presento incapacidad médica. 2. Por calamidad doméstica, por muerte o enfermedad de familiares cercanos. 3. En los casos en los que esté representando al Colegio, al Municipio, al Departamento o al País, en

actividades pastorales, culturales, deportivas, expediciones e intercambios y otras que autoricen las directivas del Colegio.

En caso de inasistencia mis padres o acudiente autorizado deberán dar aviso durante las primeras horas del día y en caso de tener incapacidad médica remitirla a la Institución. Debo presentar a mi regreso, la incapacidad médica o excusa debidamente firmada por mis padres y/o acudiente, comunicando el motivo de la inasistencia. A partir de este momento debo presentar disponibilidad ante los docentes para la entrega de trabajos y evaluaciones correspondientes al tiempo de mi ausencia. En caso de no presentarlos, no tendré derecho a reclamar. Si mi inasistencia es prolongada por enfermedad, Dirección Académica hará un plan especial de actualización para ponerme al día, el cual debe ser solicitado por mis padres y/o acudiente. 8.3.3. ENTRADAS Y SALIDAS DEL COLEGIO.

Debo estar en el Colegio a la hora establecida.

Debo permanecer dentro del Colegio y no abandonarlo sin la autorización escrita de la Directora de Sección y la Coordinación.

PROCEDIMIENTOS: a. Cuando llegue al Colegio después de la hora indicada para el inicio de la jornada escolar, debo

presentarme a la oficina de Coordinación para firmar el libro de control y obtener el permiso que autorice mi ingreso a la clase.

Cuando llegue tarde y tenga una evaluación programada, debo presentarla según lo acordado con el profesor del área. Si llego tarde a clase, debo presentar la autorización firmada por el directivo o maestro con quien estaba.

b. Para salidas Escolares y convivencias programadas por la Institución debo:

Entregar el desprendible firmado por mis padres o acudientes dos días previos a la salida a mis directores de grupo.

Estar lista con el material y el vestuario requerido para el día de la actividad.

Acogerme a las normas establecidas por la Institución para estas actividades. c. El Colegio me concederá autorización para salir antes de la hora ordinaria en casos de citas

médicas, trámites legales y calamidades domésticas. Debo tramitar un permiso que se obtiene de la siguiente forma:

Presentar la solicitud de salida ante la Directora de Sección o a la persona delegada, quien la autorizará y firmará, luego presentársela a los docentes correspondientes y por último entregarla en Coordinación.

En el momento de la salida mis padres o acudiente, deben dirigirse a Coordinación para firmar la planilla que autoriza mi salida y recibir el ficho con el cual el profesor permite retirarme del salón. Luego debo entregar este ficho en la portería.

Si lo hago con otras personas, éstas deberán acreditar dicha salida con una autorización escrita

65

y firmada por mis padres y/o acudiente.

Es mi responsabilidad desatrasarme y presentarme ante los profesores. respectivos, con el fin de realizar las actividades pendientes.

En caso de enfermarme durante la jornada escolar, sólo saldré del Colegio con la autorización de la persona responsable de la enfermería.

d. Para participar en eventos deportivos, académicos y/o culturales fuera del Colegio, la forma de tramitar la salida es la siguiente:

Entregar el desprendible firmado por mis padres o acudientes el día anterior a la salida al docente o persona encargada del evento.

Estar lista con el material y el vestuario requerido para el día de la actividad.

Acogerme a las normas establecidas por la Institución para estas actividades, además de las normas establecidas por el lugar visitado.

e. Permisos para ausentarme de actividades académicas por viajes o actividades familiares: mi familia o acudiente, con Dirección Académica y Dirección de Sección son los encargados de revisar mi situación académica antes de hacer la solicitud de la autorización de ausencia.

Parágrafo 1º Dirección de Sección y/o Dirección Académica no dará autorización de representación a las estudiantes si presentan dificultades académicas o disciplinarias. Parágrafo 2º. Si dejo de presentar una actividad escolar por inasistencia debidamente justificada, tendré derecho a que se fije fecha y hora para la presentación o evaluación de dicha actividad, lo cual deberé solicitar inmediatamente regrese al Colegio. Parágrafo 3º. En el Colegio no se recibirán trabajos u objetos escolares que haya olvidado en casa, debido a que esto hace parte de mi formación en responsabilidad y autonomía. OTRAS ACTIVIDADES: El Colegio no propicia ni se hace responsable de las actividades desarrolladas por las estudiantes como: Prom, remates, desfiles, rifas, adquisición de prendas, etc. f. El ingreso y salida del Colegio debo realizarlo atendiendo el horario de las porterías de manera que

contribuya con la seguridad de las estudiantes y la descongestión de las vías. 8.3.4. ORDEN Y ASEO DEL COLEGIO.

Mantener el Colegio limpio y ordenado.

Utilizar adecuadamente los bienes de uso común.

Participar activamente en el aseo del salón.

Depositar las basuras en los lugares asignados.

Contribuir con las actividades de manejo de residuos sólidos y protección del medio ambiente de acuerdo con el Prae (Proyecto Ambiental Escolar).

Tener marcados con el nombre completo todos los implementos que traiga al Colegio.

Llevar y buscar en la Coordinación los objetos extraviados.

8.3.5. USO DEL UNIFORME.

66

Usar el uniforme completo con respeto y dignidad, dentro y fuera del Colegio.

Presentarme al Colegio con el uniforme limpio, respetando el diseño, la talla y el largo del mismo.

Tener marcadas con el nombre completo, todas las prendas que componen el uniforme.

8.3.6. COMPORTAMIENTO EN CLASE. (Incluye salones de clase, salones de arte, sala de computadores, laboratorios, salones de audiovisuales, canchas y coliseos).

Presentarme puntualmente al respectivo salón, estar lista para el inicio de las actividades y con los implementos necesarios para el desarrollo de éstas.

Permanecer todo el tiempo en el lugar asignado y avisar a la Coordinación si el profesor está ausente.

Mantener una actitud de respeto frente a las personas que comparten conmigo la actividad.

No ingerir alimentos dentro de ella.

PROCEDIMIENTO PARA AUSENTARME DE LA CLASE O ALGUNA ACTIVIDAD:

Solicitar autorización al profesor encargado de la clase quien me diligencia un permiso interno.

Presentar dicho permiso a la persona a quien acudo.

Hacerlo firmar por dicha persona para regresar al salón.

8.3.7. COMPORTAMIENTO EN LAS EVALUACIONES.

Realizar la evaluación en la fecha establecida.

Desarrollar la evaluación de acuerdo con las reglas y orientaciones acordadas con el profesor.

Utilizar el tiempo indicado para presentarla.

Evitar hablar, copiar o sacar apuntes no autorizados para dicha evaluación.

PROCEDIMIENTO CUANDO NO PRESENTO UNA EVALUACIÓN:

Debo presentar al profesor la excusa médica o de mis padres por escrito en los tres días siguientes a mi regreso al Colegio.

Fijar con el profesor la fecha para presentar la evaluación no realizada.

8.3.8. COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA.

Hablar en voz baja.

No ingerir alimentos dentro de ella.

Tratar el mobiliario y los libros con cuidado, para conservarlos en óptimas condiciones.

Dejar sobre la mesa los libros consultados; las sillas y mesas en el lugar correspondientes.

Entrar sólo el material necesario para la realización del trabajo

Retirar los libros después de realizar el debido trámite y devolverlos oportunamente.

Usar responsablemente el computador y su conexión a Internet, destinados sólo para realizar consultas e investigaciones.

8.3.9. COMPORTAMIENTO EN LA CAPILLA.

67

Ingresar y retirarme en orden como expresión de respeto por el lugar sagrado.

Guardar la compostura y el silencio debidos.

Respetar a los sacerdotes, profesores, compañeras y demás personas que participen de los actos litúrgicos.

Participar activamente en las diversas celebraciones.

Retirarme cuando tenga la debida autorización.

8.3.10. COMPORTAMIENTO EN EL AUDITORIO.

Participar puntualmente en los distintos actos, asumiendo el comportamiento y la postura adecuados.

Abstenerme de gritar, silbar o hacer comentarios de mal gusto.

Acatar las indicaciones que se me hagan por parte de los profesores o personas encargadas de los eventos.

Permanecer con mi respectivo grupo.

No consumir bebidas ni alimentos dentro del auditorio.

Entrar y retirarme en forma ordenada y con la debida autorización.

8.3.11. COMPORTAMIENTO EN LOS DESCANSOS.

Utilizar adecuadamente los lugares asignados comprometiéndome con su orden y limpieza.

Acatar las observaciones de los profesores que se encuentran en estos sitios.

Respetar el turno en las filas de la cafetería.

Poner en el sitio asignado las basuras, de acuerdo con la clasificación de los residuos sólidos, las bandejas y demás objetos.

8.3.12. COMPORTAMIENTO EN LAS SALIDAS ESCOLARES.

Cumplir las normas establecidas en este manual y las condiciones propuestas para la actividad.

Traer el permiso y la documentación requerida para la salida.

Respetar a las personas con las que viajo.

Usar el uniforme correspondiente a la actividad.

Respetar la cultura y normas del sitio.

Presentar la excusa pertinente en caso de no poder realizar la actividad programada.

Asistir al Colegio en el horario asignado, después de terminada la actividad.

8.3.13. COMPORTAMIENTO EN EL TRANSPORTE.

Viajar siempre en el bus de mi ruta. No me está permitido utilizar un bus diferente al de la ruta asignada.

Dar un trato cordial a las personas, saludando y dando las gracias.

Mantener una postura adecuada, permanecer sentada, utilizando el cinturón de seguridad, hablar en voz baja y no comer durante el recorrido.

No usar celulares, ni aparatos eléctricos o electrónicos.

Acatar las observaciones de los adultos que viajan en el bus.

68

PROCEDIMIENTO PARA CAMBIO DE TRANSPORTE:

Debo presentar en la mañana a Coordinación una nota enviada por mis padres autorizando dicho cambio.

A la hora de salida, debo entregar en portería la autorización diligenciada en la Coordinación.

8.3.14. SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO. El Servicio Social Estudiantil Obligatorio reglamentado por el Ministerio de Educación Nacional, según Resolución 4210 de 1996, y mediante la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, posibilitan la vinculación de las estudiantes de los grados 10º y 11º al trabajo comunitario, mediante el diseño de proyectos pedagógicos que respondan a las necesidades y expectativas de la comunidad. OBLIGATORIEDAD: Es deber de los estudiantes de toda Institución Educativa, cumplir con un programa de Servicio Social y es deber del Colegio velar por su cumplimiento, con un plan de 80 horas prácticas, las cuales son requisito para su graduación. OBJETIVOS: OBJETIVO GENERAL: Integrar a las jóvenes a la vida comunitaria con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente la solidaridad, la protección, conservación y mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1. Crear ambientes propicios para la construcción de la paz y la convivencia. 2. Fomentar en las estudiantes el espíritu de servicio, colaboración y solidaridad. 3. Despertar en las estudiantes el interés y la motivación de servir a las Comunidades y las

instituciones que lo requieran. 4. Crear espacios que refuercen el sentido de responsabilidad en las estudiantes. 5. Servir de apoyo a la comunidad. 6. Generar estrategias que permitan a las estudiantes la inducción en asuntos laborales.

REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO: 1. Debo cumplir con una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio. 2. El Servicio Social que presto fuera de la Institución tiene que hacerse en un lugar aprobado por el

COLEGIO MARYMOUNT. 3. Una vez tenga asignado el lugar donde realizaré el Servicio Social, debo presentarme al

coordinador del programa de dicha institución, para acordar el horario y el reglamento interno. 4. El Colegio dispone de un educador para dinamizar el Servicio Social, el cual está programado para

cumplirse mientras curse el grado 10º Y 11°.

69

5. Cuando por algún motivo no puedo cumplir con los horarios de práctica debo avisar con tiempo y presentar excusa por escrito, tanto al responsable del programa en el Colegio como a la institución afectada.

6. Debo estar dispuesta a participar en todo evento especial a que se me cite, mostrándome como joven líder y emprendedora.

7. Debo ser prudente en el manejo de la información. 8. Debo mantener una excelente presentación personal, y el uniforme bien llevado. 9. Debo mantener buenas relaciones personales. 10. Debo preguntar cuando no entienda algo para que se me dé la inducción que requiero. 11. Debo cumplir con las funciones establecidas puntualmente. 12. Cada periodo debo traer diligenciado el control de tiempo que llevo de prestación del servicio. 13. Se realizarán reuniones periódicamente entre las estudiantes y el coordinador a las cuales debo

asistir. (presentar el certificado).

ESTÍMULOS AL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL: 1. La Rectora podrá autorizar la prestación de este servicio a estudiantes de otros grados 9º y 8º que

cumplan con el perfil de la alumna Marymount, como un estímulo a su proactividad y responsabilidad en trabajos extras.

2. En algunos casos particulares, y de acuerdo con la responsabilidad de las estudiantes, el Coordinador de servicio social, podrá asignar un tiempo extra al tiempo de servicio prestado.

SANCIÓN AL PROYECTO SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL: Si soy retirada de la Institución donde estoy realizando el servicio social por mal comportamiento, inasistencia, rendimiento u otro aspecto; perderé el tiempo que lleve alfabetizando y tendré que buscar otra Institución para iniciar el proyecto. 8.4. PROHIBICIONES. Para contribuir con el buen funcionamiento del Colegio es necesario que como alumna me comprometa a acatar las siguientes prohibiciones: 1. Abandonar o suspender las actividades sin realizar el debido procedimiento. 2. Apropiarme, dañar o usar indebidamente bienes del Colegio, de otras personas o establecimientos. 3. Forzar o inducir a un educador o empleado para el uso indebido de documentos legales. 4. Mentir, hacer trampa, falsificar notas, alterar el contenido y las firmas de reportes o documentos. 5. Amenazar, provocar, intimidar o agredir a alguna persona de forma verbal o física. 6. Comer en lugares y momentos donde no está permitido. 7. Fumar. 8. Realizar ventas, rifas o negociar con dinero o tareas. 9. Traer juegos de azar, bromas, aparatos eléctricos y electrónicos y objetos que no se requieran para

el trabajo académico. 10. Usar el celular en el Colegio, en las actividades programadas por éste y en el bus. 11. Hablar, copiar y/o sacar apuntes o materiales no autorizados para las evaluaciones. 12. Presentar copia parcial o total de libros, documentos o material de internet sin la respectiva cita

bibliográfica. 13. Portar y traer armas y artículos que atenten contra la integridad física de las personas y/o del

70

Colegio. 14. Recibir visitas en el Colegio sin la debida autorización de las directivas. 15. Traer, consumir o traficar con licor y/o estupefacientes o asistir al Colegio bajo los efectos de éstos. 16. Participar en actividades de secuestro, extorsión y/o corrupción de menores dentro o fuera del

Colegio. 17. Utilizar el nombre o logo del Colegio sin la debida autorización. 8.5. SISTEMAS DE RECONOCIMIENTO. El Colegio Marymount, consciente de la importancia que tiene la formación de sus alumnas, posee un sistema de reconocimiento con el fin de fomentar y resaltar los valores más representativos de su Filosofía. Dichos estímulos son: 8.5.1. VERBALES EN FORMA PERSONAL O GRUPAL POR SUS LOGROS Y ESFUERZOS. 8.5.2. REPRESENTAR AL COLEGIO. Las alumnas, que tengan fortaleza en algún aspecto, asistirán a eventos especiales en representación del Colegio. Esta participación se registrará en la ficha de seguimiento. Cuando sobresalen en ellos, recibirán un estímulo especial. 8.5.3. RECONOCIMIENTOS EN LOS ACTOS CÍVICOS. En cada una de las secciones, en los actos cívicos, se otorgarán unas distinciones a las alumnas que hayan sobresalido en los aspectos académico, valores, inglés, francés y esfuerzo. Cada sección determinará la periodicidad del estímulo y el procedimiento para escoger a las alumnas que se hacen merecedoras a él. 8.5.4. AL FINALIZAR CADA PERÍODO. Se entregará un reconocimiento especial a las alumnas que durante éste sobresalieron por su rendimiento académico y a las que realizaron grandes esfuerzos por recuperarse, así:

TARJETA DE EXCELENCIA: alumnas que tienen todas las áreas valoradas con Desempeño Superior.

TARJETA DE RESPONSABILIDAD: alumnas que tienen las áreas valoradas con Desempeño Alto y/o Desempeño Superior.

TARJETA DE ESFUERZO: alumnas que mejoraron sus valoraciones, pasando de Desempeño Bajo a Desempeño Alto y/o de Desempeño Bajo a Desempeño Básico, después de un análisis por parte del equipo de profesores.

8.5.5. PRIVILEGIOS ALUMNAS 11° GRADO. Se entienden como las prebendas otorgadas por el Colegio a las alumnas de 11° grado, las cuales deben ser asumidas con madurez, autonomía y autocontrol. Para determinar los privilegios, el grupo debe ponerse de acuerdo sobre las propuestas que hará al Colegio, las cuales son sometidas al consenso de

71

profesores y directivas, quienes aprueban los que consideren convenientes y acordes con lo expresado en el Manual de Convivencia. Los privilegios se mantienen activos siempre y cuando las alumnas asuman con responsabilidad sus compromisos. 8.5.6. MEDALLAS. Al finalizar el año se otorga a las alumnas de cada grupo las siguientes medallas:

ESCOLÁSTICA: para quien haya obtenido el mejor rendimiento académico.

ESPÍRITU: para quien por sus actitudes de compañerismo y colaboración represente el espíritu y los valores de la Filosofía del Colegio.

INGLÉS: para quien haya obtenido los mejores logros en esta área.

FRANCÉS: para quien haya obtenido los mejores logros en esta área.

8.5.7. RECONOCIMIENTOS EN LA CEREMONIA DE GRADUACIÓN.

A las alumnas de 11° grado, en la ceremonia de graduación, además de la medalla Escolástica y la de Espíritu descritas en el numeral anterior, se les conceden las siguientes distinciones:

CRUZ DE LA MADRE BUTLER: en memoria de la Fundadora de la Comunidad de las Religiosas del Sagrado Corazón de María, se otorga esta distinción a la alumna que mejor vivencie la Filosofía y los valores que el Colegio quiere inculcar.

GAILHAC AWARD: en Memoria del padre Jean Gailhac, fundador de la comunidad de las Religiosas del Sagrado Corazón de María, se confiere esta medalla a quienes estudiaron desde el primer año del preescolar en el Colegio.

ESCUDO DEL COLEGIO: se le concede a las hijas de las exalumnas.

MEDALLAS: para aquellas que obtuvieron el mejor rendimiento académico en cada una de las áreas durante los últimos tres años.

DIPLOMA DE BACHILLERATO INTERNACIONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CAMBRIDGE: a quienes alcanzan el promedio en las siete pruebas IGCSE aplicadas. (ICT, Math, French, Spanish, Science, English, Social Studies).

DIPLOMA DE INGLÉS: a quienes sobresalieron por sus conocimientos en este idioma.

DIPLOMA DE FRANCÉS: a quienes sobresalieron por sus conocimientos en este idioma.

8.5.8. OTROS RECONOCIMIENTOS.

BECA SISTER JOHANNA CUNNIFFE - reconocimiento a su liderazgo y compromiso por la educación en Colombia: es una ayuda económica anual que se otorga a la alumna del High School que mejor represente los valores que el Colegio quiere inculcar a sus estudiantes.

BECA RODRIGO MORA MONTOYA - reconocimiento a su liderazgo y compromiso con el Colegio Marymount: es una ayuda económica anual que se otorga a la alumna del Middle School que mejor represente el perfil de la alumna Marymount.

Al finalizar el año, el Comité Cultural, el Club Deportivo y la Biblioteca otorgan un estímulo especial a aquellas alumnas que durante todo el año hayan sobresalido en las actividades que ellos fomentan.

8.6. RÉGIMEN DE NORMALIZACIÓN.

72

8.6.1. DEBIDO PROCESO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. En toda acción disciplinaria o académica que afecte a la estudiante se debe seguir el “debido proceso” (pasos que deben seguirse en la aplicación de una estrategia formativa y/o sanción, frente a una dificultad o conflicto de intereses). Con respecto a la naturaleza del proceso disciplinario en el ámbito escolar, la Corte consideró lo siguiente: “las garantías del derecho penal le son aplicables al derecho disciplinario, mutatis mutandi, con ciertas especificidades ya que su aplicación se modula para adecuar el ejercicio del poder disciplinario a la naturaleza y objeto del derecho disciplinario y, especialmente, al interés público y a los principios de moralidad, eficacia, economía y celeridad que informan la función administrativa”. Sentencia 967 de 2007. Las instituciones educativas tienen autonomía dentro del marco constitucional y legal, para establecer las reglas que consideren apropiadas para regir las relaciones dentro de la comunidad educativa. Sin embargo, también tienen el mandato de regular dichas relaciones mediante reglas claras sobre el comportamiento que se espera de los miembros de la comunidad educativa. 8.6.2. OBJETIVO DEL DEBIDO PROCESO. Garantizar el derecho a la defensa, a un proceso público para la estudiante, a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra, a agotar los recursos procesales consagrados y a no ser sancionados dos veces por el mismo hecho. Teniendo en cuenta el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y los señalados en el presente manual, el Colegio Marymount de Medellín, reconoce el derecho a un debido proceso para lo cual se deberá: 1. Escuchar las diferentes versiones del hecho sobre personas implicadas, intencionalidad, momento

y lugar. 2. Dar la oportunidad de conocer las pruebas y controvertirlas. 3 . Evaluar y valorar la(s) falta(s), según el presente Manual de Convivencia Escolar. 4. Evaluar, recomendar y establecer las correspondientes estrategias pedagógicas y/o sanciones.

Parágrafo: En todos los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a una estudiante, se tendrá en cuenta los “principios orientadores en la aplicación del Manual de Convivencia” 8.6.3. PASOS DEL DEBIDO PROCESO. QUEJA O CONOCIMIENTO DE OFICIO: La actuación disciplinaria se inicia por una falta al Manual de Convivencia Escolar. Procede por una queja formulada por cualquier miembro de la comunidad educativa la cual será debidamente formulada y recibida: cierta, veraz, material, concreta y oportuna; o de oficio cuando los hechos son conocidos directamente por un empleado del Colegio, quien informará a un directivo lo sucedido debidamente sustentado y concreto. INDAGACIÓN PRELIMINAR:

73

Tiene como finalidad verificar lo sucedido y las personas involucradas en el hecho, quienes comunicarán su versión, para establecer un cierto grado de certeza sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se desarrollaron los hechos. • Si la falta es considerada leve se hace una reflexión escrita y compromiso con la estudiante y se

consigna en la Ficha de Seguimiento. • Si la falta es leve reiterada o grave se notifica de forma escrita a través de un DISCIPLINARY

REPORT (boletín) a la alumna y a los padres o acudientes. • Si la falta es grave reiterativa o gravísima: El Comité de Normalización efectuará la indagación

preliminar y comunicará a la Rectora la procedencia de apertura del proceso disciplinario. APERTURA DEL PROCESO NORMATIVO: Si de la averiguación preliminar se concluye que efectivamente se está en presencia de una o varias faltas graves o gravísimas en contra de las normas del Manual de Convivencia se procede a iniciar el proceso disciplinario mediante comunicación dirigida a los padres de familia o acudientes y a la estudiante, quien será citada al Comité de Normalización donde relatará lo sucedido. PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES: Los padres de familia o acudientes podrán participar en el proceso disciplinario de manera verbal o por escrito, sin embargo su participación será estrictamente para salvaguardar la protección de los derechos de su hija, no como contraparte de la Institución y menos aún para tratar de evitar la aplicación de las estrategias formativas y/o sanciones, ya que estas constituyen herramienta de formación para la estudiante que confirman el carácter esencialmente pedagógico de los procesos disciplinarios, el cual pretende que la estudiante al reconocer sus faltas, asuma las responsabilidades y aprenda a regular sus comportamientos a futuro, permitiéndole desenvolverse en armonía con su entorno social. DESCARGOS: Cuando se informe a la estudiante que asistirá a Comité de Normalización para iniciar el Proceso Disciplinario, o al día siguiente, la estudiante deberá presentar su versión de lo sucedido por escrito. PRUEBAS: Las pruebas deben ser reales, físicamente posibles, pertinentes, conducentes y ante todo oportunas. Entre los medios de prueba se pueden aportar testimoniales, documentales, periciales, representativos y todos los que la ley procesal civil colombiana admite. ESTUDIO DEL CASO POR PARTE DEL COMITÉ DE NORMALIZACIÓN: Los miembros del Comité de Normalización analizarán el caso verificando la infracción a las normas, la responsabilidad de la estudiante o las estudiantes y recomendarán las estrategias formativas y/o

74

sanciones de acuerdo a lo consignado en el presente Manual. El estudio del caso será consignado en Acta del Comité de Normalización. RESOLUCIÓN RECTORAL: La decisión final la tomará la Rectora mediante Resolución Rectoral y la notificará a los padres de familia o acudientes y a la estudiante. RECURSO DE REPOSICIÓN: Contra la Resolución Rectoral que notifica la decisión, procederá el Recurso de Reposición. Lo pueden instaurar los padres de familia de la menor de edad. SUSPENSIÓN DEL PROCESO: Si la falta ocurre finalizando el período escolar o iniciando los periodos legales establecidos para vacaciones escolares, se suspende el proceso y los términos en caso de recursos y se iniciará o continuará el proceso al reanudarse las actividades escolares. 8.6.4. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS. FALTAS: Una falta es un incumplimiento de la estudiante a las normas establecidas en el Manual de Convivencia y no hace uso responsable de la libertad, afectándose y/o afectando la comunidad educativa, puede ser: Leve, Grave o Gravísimas y trae como consecuencia la aplicación de estrategias formativas y/o sanciones. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA LEVEDAD O GRAVEDAD DE LAS FALTAS: Para la valoración de las faltas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

Reincidencia.

Complicidad.

Abuso de confianza.

Evasión o negación de responsabilidades.

Alevosía, premeditación y planeación de la falta.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad de la estudiante, en la comisión de una falta las siguientes: 1. El haber obrado por motivos nobles o altruistas 2. El confesar la falta oportunamente antes de ser descubierta por otros. 3. Afección psicológica certificada y puesta en conocimiento del Colegio antes de la comisión de la

falta. 4. El haber sido inducida a cometer la falta por alguien de mayor edad.

75

5. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.

6. Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES: Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad de la estudiante, las siguientes: 1. Reincidir en las faltas 2. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. 3. El haber mentido en forma oral o escrita en su versión de los hechos. 4. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta. 5. Realizar el hecho con pleno conocimiento de las consecuencias o con la complicidad de sus

compañeras. 6. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros. 7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta. 8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. 9. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras compañeras o miembros de

la comunidad educativa. 10. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común. 11. El haber preparado o planeado la falta o con complicidad de otras compañeras, miembros de la

comunidad educativa o terceros ajenos al Colegio. 12. Cometer la falta en detrimento del bienestar de una persona con dificultades especiales.

Parágrafo: Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la estimación de las sanciones. 8.6.4.1. FALTA LEVE. Es aquel tipo de actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cualquiera de los miembros que conforman la comunidad educativa. Se considera Falta Leve:

Impuntualidad a las clases, actos comunitarios y actividades académicas.

No presentar las excusas justificadas por las inasistencias a la Institución, bien sea médicas o de los padres de familia.

Mostrar descuido en el cumplimiento de los deberes escolares así como la irresponsabilidad, despreocupación, falta de interés e incumplimiento de los deberes académicos.

No entregar información del Colegio como informes y circulares en el tiempo estipulado por los profesores.

Interrupciones de clases y demás actos institucionales con charlas, ruidos, risas, gestos, juegos o por cambiarse de puesto.

Realización de actividades contrarias a las asignadas por los educadores durante las clases o actos comunitarios.

76

Consumo de alimentos y bebidas en las clases y actos comunitarios sin autorización de los docentes o de los directivos.

Presentarse al Colegio portando incorrectamente el uniforme o no portarlo sin la justificación debida de la Directora de Sección.

Jugar en sitios y momentos diferentes a los destinados para tal efecto.

Permanecer en el Colegio en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo autorización expresa de la Dirección.

Permanecer en lugares no permitidos o en el salón en horas de descanso.

Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como: Tea House, baños y corredores.

Dejar en desorden el salón al terminar la clase.

Arrojar basuras fuera de los recipientes destinados para ello.

Falta de receptividad para atender las observaciones.

Utilizar las vías de evacuación diferentes a las asignadas o utilizar las asignadas haciendo desorden o creando riesgo para otros.

Parágrafo: La existencia de tres WARNINGS escritas en la ficha de seguimiento, por faltas leves iguales o diferentes, constituye una falta grave. 8.6.4.2. FALTA GRAVE. Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades, y afecta gravemente a las normas disciplinarias de carácter general y particular del Colegio. Se considera Falta Grave:

Acumular tres WARNINGS en la ficha de seguimiento por reincidencia de faltas leves iguales o leves diferentes.

Reincidir en actos de indisciplina que perturben el desarrollo de las actividades.

Promover desórdenes en el transporte escolar y sus rutas escolares.

Traer y utilizar en la Institución dispositivos electrónicos o aparatos similares, u otros distractores que impidan el proceso normal del aprendizaje. Éstos serán guardados ocho días para ser reclamados por los padres o acudientes.

Perturbar el normal desarrollo de clase o actividades académicas o culturales, de forma reiterada y/o intencionada, mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, circulación por el aula u auditorio en momentos inadecuados, etc. (dcto. departamental 1423 de 1993).

Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona que se encuentre en el entorno escolar.

Entorpecer o impedir la comunicación entre el Colegio y los padres y/o acudientes, no entregando circulares, informes académicos, citaciones y demás informaciones, como también horarios, normas y actividades programadas. Así mismo, no devolver los desprendibles oportunamente firmados por los padres o acudientes.

Celebrar inadecuadamente algún evento, arrojando cualquier elemento que atente contra la integridad, el aseo y la seguridad de las compañeras y de la Institución.

Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero.

77

Dar información falsa a los directivos y educadores.

Responder de forma agresiva a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones de empleados del Colegio.

Hacerse suplantar o suplantar a una compañera o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones, de orden disciplinario y/o académicas.

Realizar actividades ajenas al proceso normal de aprendizaje como ventas sin autorización, rifas, y otras formas de recoger dinero dentro del Colegio o por fuera de ella en nombre de la misma.

Inasistencia al Colegio, salones de clases, acto comunitario o actividades programadas por el Colegio sin autorización del docente o directivo respectivo.

Ausencias injustificadas a las actividades de Apoyo o nivelación en los días y horas fijadas por el Colegio.

Retirarse de cualquier actividad o del Colegio sin autorización.

Causar daños a la planta física y/o a los recursos destinados para su servicio, incluida la escritura de palabras, frases y otros en los muros, puertas, paredes, sillas, que deterioran su imagen y estética.

Denigrar de la Institución o de las personas que hagan parte de ella, a través de cualquier medio.

Presentar un comportamiento indebido durante las salidas escolares o en cualquier otro lugar al cual se asiste en representación del Colegio, o donde pueda ser reconocida como estudiante, deteriorando el buen nombre del mismo.

Tener actitudes o expresiones eróticas dentro de la Institución.

Crear falsas alarmas tendientes a provocar el pánico colectivo.

Hacer uso de los sistemas de comunicación del Colegio en contravía de los principios formativos de la Institución.

El irrespeto manifestado en cualquier forma, a los símbolos religiosos, patrios y de identificación del Colegio.

Todo acto contra la moral cristiana, la filosofía del Colegio y la ley.

Participar en juegos bruscos.

Utilización inadecuada de materiales de trabajo.

Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente, hacer uso de teléfonos celulares en las mismas circunstancias.

Parágrafo 1: Todas estas faltas graves deben consignarse en la ficha de seguimiento de la estudiante y darse a conocer a la familia por medio de un DISCIPLINARY REPORT. Parágrafo 2: La utilización de teléfonos celulares y/o aparatos electrónicos en horas normales de clase, da como sanción el decomiso del aparato y un DISCIPLINARY REPORT; el teléfono será devuelto después del fin de semana siguiente al padre de familia o acudiente autorizado. Parágrafo 3: El Colegio Marymount no se hará responsable por la pérdida de objetos de valor; tampoco responde por la pérdida de celulares o joyas que porten las estudiantes. La responsabilidad recae directamente en quien los porte o su propietario. 8.6.4.3. FALTA GRAVÍSIMA. Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona, en gran medida, los valores individuales y colectivos del Colegio, y/o es considerada delito en la legislación colombiana.

78

Se considera Falta Gravísima:

Reincidir en la comisión de Falta Grave.

Portar, exhibir o guardar armas o explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás (Decreto departamental 1423 del 6 de mayo de 1993, Artículo 7).

Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas psicoactivas a la institución o demás actividades externas en representación del Colegio.

Portar, consumir o distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso), dentro de la Institución o fuera de ella, bebidas alcohólicas y/o sustancias alucinógenas, psicotrópicas o que causen adicción (Dto. 1108 de 1994 Código Nacional y Departamento de Policía).

El incumplimiento de los acuerdos suscritos en contratos pedagógicos académicos y/o comportamentales, previamente firmados por la estudiante y sus padres o su acudiente.

Consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas fuera de la Institución usando el uniforme o en representación del Colegio.

Planear, liderar, incitar, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro y fuera de la Institución.

La extorsión, robo, secuestro, amenazas y delincuencia en general, dentro y fuera de la Institución.

Amenazar o calumniar a través de comentarios o expresiones utilizando cualquier medio de comunicación, a cualquier miembro de la comunidad educativa.

La agresión física, atentar contra la vida e integridad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Daño a archivos, adulteración de información y daños a las redes o sistemas informáticos del Colegio.

Sustracción, alteración, o falsificación de documentos tales como: informes, exámenes, valoraciones, firmas o cualquier otro elemento utilizado en el proceso formativo de la estudiante.

Grabación de reuniones o acceso inadecuado a información confidencial del Colegio.

Hurto en propiedad ajena y/o documentos confidenciales o de reserva para la Institución como información sistematizada, software especializado, planillas de notas y libros de control.

Conformar o hacer parte de pandillas o bandas dentro o fuera de la Institución con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar.

Acosar, provocar, abusar y violentar psicológica, física y/o sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Estallar petardos, papeletas, fósforos u otros artefactos en las dependencias del Colegio o en sus alrededores que perturben el trabajo escolar.

Portar o distribuir propaganda subversiva.

Mala utilización de Internet como publicar o compartir fotografías propias o ajenas modelando posturas vulgares o eróticas. Hacer circular información de ese tipo a otras personas.

Incurrir en cualquier conducta tipificada como delito en el código penal colombiano.

Corrupción de menores.

Cuando el Comité de Normalización lo concluya, previo el desarrollo de un proceso disciplinario, puesto que la alumna atentó con gravedad contra uno de los Valores del Colegio.

Parágrafo 1: La reiteración en la comisión de una Falta Grave, o la comisión de varias faltas graves que den lugar a un único proceso disciplinario, será considerada Falta Gravísima.

79

Parágrafo 2: Pueden considerarse como faltas gravísimas a juicio de la Rectora o del Comité de Normalización, la comisión de una Falta Grave enmarcada por circunstancias agravantes. Parágrafo 3: Cometer tres faltas graves se constituyen en Falta Gravísima. 8.6.5. ESTRATEGIAS FORMATIVAS Y SANCIONES. En el Colegio las estrategias formativas y sanciones se aplicarán con un objeto formativo, de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar en los que se cometa la falta teniendo en consideración los atenuantes y agravantes establecidos para el proceso disciplinario, podrán ser aplicadas una o varias estrategias formativas y/o sanciones en un mismo evento: WARNING: Consisten en llamados de atención que se hacen verbalmente a las alumnas para que creen conciencia de las faltas leves que se deben mejorar. Con esto se busca prevenir sanciones mayores. Este WARNING queda consignado en la ficha de seguimiento con la firma y compromiso escrito por la alumna. Esta anotación debe tener las siguientes especificaciones:

Fecha

Motivo del WARNING

Correctivo a seguir

Compromiso adquirido por la alumna y escrito por ella

Firmas del profesor, la alumna y el Director de Grupo.

Cada período, en la entrega de calificaciones, los padres revisan la Ficha de Seguimiento y la firman.

DISCIPLINARY REPORT: Se aplica a las estudiantes que han incurrido en alguna de las faltas graves, o por la reiteración en alguna de las faltas leves. De acuerdo a la falta esta acción correctiva puede concurrir con una sanción de las establecidas en el presente Manual. La alumna que se haga merecedora de un DISCIPLINARY REPORT debe reclamarlo en la oficina de Coordinación para hacerlo diligenciar por el profesor en un plazo de 24 horas y devolverlo a dicha oficina debidamente firmado por sus padres o acudientes en un lapso de 48 horas. En dicho DISCIPLINARY REPORT, tanto la alumna como sus padres, tienen un espacio para asumir los compromisos de mejoramiento o realizar los debidos descargos. ACTIVIDAD DE REFLEXIÓN: Es un momento diseñado para que la alumna reflexione acerca de las faltas muy graves cometidas y tenga la oportunidad de realizar cambios. Se aplica a la estudiante como estrategia formativa, se asignarán trabajos especiales de acuerdo con la falta cometida. Esta medida consiste en que la estudiante realice una serie de actividades que pretenden llevarla a recapacitar sobre su conducta y a

80

asumir compromisos de cambio, de la cual deberá dejarse registro escrito en la ficha de seguimiento de la estudiante. El proceso a seguir en cada una de las actividades de reflexión será:

Para determinar la actividad de reflexión de una alumna, el Comité de Normalización se reúne con ella acompañada por su Director de Grupo, para que la estudiante presente los descargos necesarios y el Comité tome la decisión frente a ésta. Si su concepto es positivo, informa a los padres o acudientes de esta situación mediante Resolución Rectoral, que debe ser firmada por ellos y devuelta a la oficina de Coordinación para ser anexada a la ficha de seguimiento de la alumna, con la anotación respectiva que incluye los descargos escritos por la estudiante y su firma.

Además de lo anterior, cuando ocurre la segunda actividad de reflexión, la Directora de la Sección correspondiente cita a los padres de la alumna, para buscar los correctivos necesarios y comprometerlos con el cambio de actitud de la estudiante.

En la tercera actividad de reflexión, la Directora de Sección correspondiente se reúne con los padres de la alumna para informarles el procedimiento a seguir para determinar la pérdida del cupo en el Colegio para el año siguiente.

RETENCIÓN DE IMPLEMENTOS: Cuando la falta este directamente relacionada con el uso de implementos como celulares, aparatos electrónicos, accesorios que no correspondan al uniforme, cámaras, aparatos reproductores de audio, revistas, impresos, drogas o armas de cualquier tipo, serán retenidos por el docente o directivo y entregados a Coordinación; éstos solo serán entregados a los padres y/o acudientes, o a las autoridades correspondientes. PÉRDIDA DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES ESPECIALES DEL COLEGIO: Las alumnas pueden perder el derecho a participar en actividades especiales del Colegio como deportivas, académicas o culturales externas, San Patricio, Bendición de Anillos, Class Day, intercambios y/o expediciones, previo el desarrollo de un proceso disciplinario por el Comité de Normalización, puesto que la alumna atentó con gravedad contra uno de los valores del Colegio. Igualmente como estrategia formativa, la estudiante no será convocada a participar en programas especiales organizados por el Colegio o en los cargos de representación que este ejerciendo. NO INVITACIÓN A LA CEREMONIA DE PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES: En caso de que la estudiante sancionada por una Falta Gravísima sea del grado 11º, no será invitada a la ceremonia de Proclamación de Bachilleres y su diploma y acta de grado le serán entregados en la Secretaria Académica del Colegio. Será competente para tramitar el proceso el Comité de Normalización si es por una falta disciplinaria o la Comisión de Evaluación de la Sección si es un problema académico, quien remite el caso al Consejo Directivo Corporativo. ASISTENCIA A UN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN Y TRATAMIENTO:

81

Como estrategia formativa, podrá imponerse la obligación de que la estudiante asista a un programa de tratamiento terapéutico, psicológico o psiquiátrico o recibir asistencia profesional. ANULACIÓN DE EVALUACIONES: El fraude o intento de fraude trae como consecuencia la anulación de la acción evaluativa y la valoración de dicha actividad será cero (0) / o Desempeño Bajo. Se enviará a los padres de familia un informe académico para notificarles. REPARACIÓN DE DAÑOS O PERJUICIOS:

En el caso de que de la comisión de la falta se deriven daños o perjuicios, la estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados. Parágrafo: Pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre la aplicación de sanciones: La educación es un derecho-deber, por tanto, no se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal rendimiento académico y comportamental. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia. T-509-7,12/94). No se vulnera el derecho a la educación por sanciones a las normas por rendimiento y disciplina. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia T. 316-12, 7/94]. CONTRATO PEDAGÓGICO ACADÉMICO Y/O COMPORTAMENTAL: El Contrato Pedagógico Académico y/o Comportamental, es una estrategia pedagógica con la cual se busca que las estudiantes y padres de familia o acudientes, se comprometan a generar acciones correctivas que mejoren las deficiencias que la alumna presenta en alguna, algunas o todas las dimensiones de su proceso de Formación Integral en cualquier momento del año escolar. Deficiencias en las dimensiones del proceso de Formación Integral que ameritan contrato: 1. Estudiantes no promovidas por la Comisión de Evaluación y Promoción. 2. Estudiantes que se promueven con áreas valoradas con Desempeño Bajo.

3. Estudiantes que presenten persistentes valoraciones con Desempeño Bajo en su proceso académico, disciplinario o de convivencia, así como faltas graves o gravísimas que obstaculice su

Formación Integral.

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO PEDAGÓGICO ACADÉMICO Y/O COMPORTAMENTAL: Se evaluará cada período académico por parte del Comité de Normalización o por la respectiva Comisión de Evaluación según sea el caso. Si al evaluar el proceso de la Estudiantes se concluye el incumplimiento en los compromisos adquiridos, podrá recomendarse la cancelación de matrícula o la pérdida de cupo para el año siguiente. MATRÍCULA CONDICIONAL: Se aplica cuando la Rectora considera que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en la estudiante el sentido de la norma, ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad. Estará acompañado de la suscripción de Contrato Pedagógico Académico y/o Comportamental. El

82

incumplimiento de alguna de las cláusulas del Contrato será motivo para la cancelación inmediata de la matrícula. PÉRDIDA DEL CUPO EN EL COLEGIO: Ocurre cuando una alumna:

Durante su vida escolar y por segunda vez, no haya sido promovida al grado siguiente.

Reciba la tercera actividad de reflexión en un año escolar.

Cuando el Comité de Normalización lo considere, quien remite el caso al Consejo Directivo Corporativo.

Cuando no se encuentre a paz y salvo con las pensiones y cobros periódicos del año anterior.

Será competente para tramitar el proceso en primera instancia el Comité de Normalización, quien inicia de nuevo el análisis de la situación disciplinaria de la alumna y toma la decisión; y en segunda instancia El Consejo Directivo Corporativo. Una vez terminado este proceso, se dará a conocer a la familia el resultado por medio de una Resolución Rectoral. TERMINACIÓN DEL CONTRATO EDUCATIVO: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año lectivo, es una sanción que podrá ser aplicada cuando la estudiante incurra en varias faltas graves o en una o varias faltas gravísimas, con el fin único de tutelar la sana convivencia y los principios y valores institucionales, previo un debido proceso dentro del Colegio, el Comité de Normalización remitirá el caso al Consejo Directivo Corporativo quien podrá adoptar la decisión de expulsar de inmediato a una alumna; dicha determinación se comunicará a la estudiante y sus padres mediante una Resolución Rectoral. Será competente en primera instancia el Comité de Normalización quien realiza el análisis y en segunda instancia el Consejo Directivo Corporativo. En caso de retiro de la estudiante del Colegio, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz y salvo con la administración, la biblioteca general y del aula, entre otros, firmar en la secretaría la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el carné estudiantil. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES: Con la entrada en vigencia del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de noviembre de 2006), en caso de que la estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, la Rectora en su papel de Representante Legal del Colegio, deberá elevar la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes. CONDUCTO REGULAR:

PROBLEMA DISCIPLINARIO: Profesor y alumna y/o padre de familia – Director de Grupo – Directora de Sección – Rectora – Comité de Normalización (en primera instancia) y Consejo Directivo Corporativo (en segunda instancia).

83

PROBLEMA ACADÉMICO: Profesor y alumna y/o padres de familia – Director de Grupo – Director (a) Académico (a) - Directora de Sección – Rectora – Comisión de Evaluación y Promoción (en primera instancia) – Consejo Directivo Corporativo (en segunda instancia).

Este conducto regular debe ser observado sin falta antes de tomar una decisión frente a algún problema que se presente. 8.6.6. INFORMACIÓN AL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE AUTORIZADO. En todos los casos que este procedimiento indique el deber de informar o notificar deban ser notificados la estudiante, los padres de familia o acudiente autorizado se agotarán en el siguiente orden: 1. Información mediante comunicación telefónica: deberá efectuarse directamente con padre de

familia o acudiente autorizado. 2. Información mediante comunicación escrita: Se hará enviando una nota al padre de familia o

acudiente autorizado, la cual deberá ser devuelta con la firma del padre o acudiente autorizado que la recibe.

3. Notificación de Resoluciones Rectorales. a. Notificación Personal: La notificación personal se hará por secretaría leyendo íntegramente la

Resolución a la persona(s) que se notifiquen o permitiendo que esta lo haga. b. Notificación por Correo Certificado: de no ser posible la presencia del padre de familia o

acudiente autorizado para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se le enviará copia de la Resolución por correo certificado a la dirección que haya suministrado en el acto de matrícula.

8.6.7. INTERPOSICIÓN DE RECURSOS.

En todo proceso disciplinario o académico, se debe respetar siempre su derecho de defensa con la interposición de recursos. RECURSO DE REPOSICIÓN: Contra la Resolución Rectoral que imponga sanción procederá el Recurso de Reposición, el cual tiene como finalidad la manifestación de los elementos o pruebas que desvirtúen la responsabilidad de la estudiante en los hechos que motivaron la sanción o la violación al debido proceso establecido en el Manual de Convivencia Escolar. De no presentarse Recurso de Reposición la decisión quedará en firme transcurridos tres (3) días hábiles, luego de ser notificados del contenido de la misma los padres o acudiente autorizado y la estudiante. En el evento de presentarse el Recurso de Reposición será resuelto por la Rectora como titular de la potestad disciplinaria. La confirmación o revocación de la decisión será comunicada de forma personal o por correo certificado y sobre la misma no procederá recurso alguno. REQUISITOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN:

84

1. Siempre debe presentarse por escrito. 2. El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del

contenido de la resolución. 3. Los hechos que sustenten el recurso deberán redactarse en forma respetuosa, de lo contrario no

serán valorados. 4. La sustentación del recurso deberá tratarse sobre hechos o pruebas que no se tuvieron en cuenta

en el disciplinario y que desvirtúen la responsabilidad de la estudiante o sobre la presunta violación al debido proceso.

8.7. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS ESTUDIANTES.

8.7.1 FUNDAMENTACIÓN. El Colegio Marymount elaboró el Sistema Institucional de Evaluación de sus estudiantes teniendo presente el Decreto 1290 de abril de 2009 expedido por el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de reglamentar la evaluación del aprendizaje y la promoción de las estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media, a partir de enero de 2010. “Desde el punto de vista educativo, la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo de los alumnos o sobre los procesos pedagógicos o administrativos, así como de sus resultados, con el fin de elevar y mantener la calidad de los mismos” (Ministerio de Educación Nacional, 1997, p.17) 8.7.2 COMPONENTES DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES. 8.7.2.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Conceptualización del Proceso de Evaluación: El proceso de evaluación busca la obtención y el suministro de información para lograr no sólo el mejoramiento académico, sino también el de todos los aspectos que influyen en la formación integral de las alumnas. La evaluación permite comparar el desarrollo cognitivo y formativo de las estudiantes en relación con los logros propuestos para cada grado escolar. Propósitos de la Evaluación: El Decreto 1290 en su artículo 3, estableció los siguientes propósitos de la evaluación de los estudiantes:

Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

Determinar la promoción de los estudiantes.

Aportar información para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional.

La evaluación se caracteriza por ser:

85

Continua: se deben evaluar todas las actividades que realizan las alumnas de manera permanente, con base en un seguimiento que permita apreciar el progreso y las dificultades que puedan presentarse en el proceso de formación de cada una.

Integral: evalúa cada alumna como un ser único y total, teniendo en cuenta todos los aspectos y dimensiones del desarrollo humano

Formativa: permite reorientar los procesos educativos de manera oportuna con el fin de lograr su mejoramiento.

Objetiva: implica dar respuesta a unos criterios claros, medibles y alcanzables por las estudiantes.

Valorativa del desempeño: da cuenta de los niveles de logros que tiene cada estudiante en su proceso académico, manifestando las fortalezas, debilidades y recomendaciones.

Equitativa: supone que haya una correspondencia entre lo que se enseña y lo que se evalúa, teniendo en cuenta las capacidades individuales de las alumnas.

Incluyente: el proceso evaluativo tiene en cuenta a todas las alumnas respetando su ritmo individual de aprendizaje.

La difusión del documento se realizó en reuniones generales de profesores, mediante un folleto informativo que se entregó a los padres de familia en las matrículas realizadas en diciembre de 2015 y en las reuniones de inducción con padres y estudiantes en enero 2016. El documento definitivo será incluido en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016. Es importante resaltar que para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes, además de las normas legales, se consideraron referentes institucionales importantes como: Desde su aspecto teleológico la evaluación se concibe teniendo en cuenta estos parámetros: MISIÓN El Colegio Marymount de Medellín es una Institución Educativa privada, internacional y católica; su razón de ser es la formación de seres humanos felices e integrales; de ciudadanos competentes, socialmente responsables, con respeto por el medio ambiente, las diferentes culturas y religiones. Para ello, el Modelo Marymount identifica y fortalece las habilidades y destrezas de cada estudiante, con el compromiso de un equipo interdisciplinario en permanente formación, que fomenta procesos de investigación e innovación sobre su quehacer educativo y con los recursos pedagógicos, tecnológicos y financieros necesarios. VISIÓN En el 2020, el Colegio Marymount de Medellín, será reconocido, nacional e internacionalmente, como una opción educativa de alta calidad por entregar a la sociedad seres humanos felices, integrales y competentes. Evaluación: Proceso que busca la obtención y el suministro de información, para lograr, no sólo el mejoramiento académico, sino también el de todos los aspectos que influyen en la formación integral de las alumnas. La evaluación permite comparar el desarrollo cognitivo y formativo de las estudiantes en relación con los logros propuestos para cada grado escolar.

86

Formación: Proceso integral y permanente basado en principios éticos, morales, culturales y sociales que dan posibilidad a la persona de hacerse irrepetible, autónoma y tolerante, desarrollando al máximo sus potencialidades para el bien de sí mismo y de los demás. Formación Integral: Proceso permanente que busca lograr que las estudiantes sean protagonistas de su formación, constructoras de su proyecto de vida y asuman con responsabilidad sus actos mediante el desarrollo de la actividad académica, la interiorización de valores, la sana utilización del tiempo libre y el compromiso con su comunidad; les da la posibilidad de hacerse mujeres irrepetibles y autónomas, desarrollando al máximo sus habilidades, competencias y conocimientos para el bien de sí mismas y de los demás. Multilingüismo: En un mundo globalizado se hace necesario el dominio de al menos dos lenguas extranjeras. Es así como el Colegio, desde sus inicios, eligió el inglés como el idioma sobre el cual hacer énfasis. Además de este idioma, se enseña francés desde 5º grado. La apropiación de éstos por las estudiantes se evalúa con pruebas externas. Educación: Proceso pedagógico que centra su atención en la formación integral de sus alumnas con el fin de alcanzar los objetivos “La Estudiante como Protagonista de su Proceso de Formación”. Enseñanza: Proceso de orientación, acompañamiento y motivación cuya finalidad es posibilitar el aprendizaje; se caracteriza por ser intencionado, planeado, dinámico y recíproco, y tienen en cuenta los intereses del individuo. Aprendizaje: Proceso dinámico, interactivo y continuo de exploración y desarrollo de habilidades, destrezas y conocimientos que permiten al individuo interpretar, modificar y aplicar la información que llega del exterior a situaciones de su vida. Depende de la motivación de los intereses, las experiencias previas y la relación con el mundo. Autonomía: Proceso de desarrollo y construcción personal en el que la estudiante llega a ser capaz, por si misma, de tomar decisiones libres y responsables que se reflejan en sus comportamientos, actitudes y pensamientos. Supone reconocer la capacidad que tiene toda persona de dirigir su propia vida de acuerdo con su consciencia y su compromiso con el bien común y de asumir las consecuencias de sus actos. Educador: Es un modelo para la formación de la estudiante y actúa como dinamizador de los procesos de desarrollo que ella vive. Es considerado como una persona en continuo proceso de mejoramiento personal y profesional; como un orientador de la formación de las estudiantes, las ayuda a promoverse como personas, les respeta su individualidad, y las guía en aspectos como aciertos y limitaciones intelectuales, académicas, emocionales y sociales. Estudiante: Es la Protagonista de su Proceso de Formación, centro y agente de su propio desarrollo; es un ser con pensamiento activo, flexible y móvil, que tiene poder de análisis y crítica, que es capaz de elegir entre diferentes alternativas de manera efectiva y responsable; es partícipe de su proceso educativo y por consiguiente toma decisiones, expresa necesidades y sentimientos, se relaciona, autocorrige y resuelve problemas personales y del entorno. Dicho proceso se estructura con la construcción y evaluación de un Proyecto de Vida que le permita plantearse metas e ir analizando el logro de las mismas.

87

Conocimiento: Es el resultado de un proceso de aprendizaje dinámico e interactivo, en el cual cada alumna como sujeto activo y en interacción con el mundo, interpreta y reinterpreta la información externa, y va construyendo progresivamente modelos explicativos cada vez más complejos y potentes. Incluye todas las áreas del saber y se entiende como un recurso personal clave. Competencias: Dentro del proceso de formación integral las alumnas del Marymount desarrollarán las siguientes:

• Competencias políticas y sociales

• Competencias para vivir en una sociedad multicultural

• Competencias comunicativas orales y escritas

• Competencias asociadas con el surgimiento de la sociedad de la información y el dominio de sus tecnologías

• La habilidad de aprender durante toda la vida

• Competencias interpretativa, argumentativa y propositiva Para la evaluación de las estudiantes del Nivel Preescolar el Colegio se acoge al Decreto 2247 de septiembre 11 de 1997. Para los grados de 1° a 11º se utiliza una escala valorativa de carácter cuantitativa en un rango de 1,0 a 5,0, acompañada de descriptores que den cuenta de fortalezas, debilidades y recomendaciones; ésta se homologa a la escala nacional así:

- Desempeño Superior 4,6 a 5,0 - Desempeño Alto 4,0 a 4,59 - Desempeño Básico 3,5 a 3,99 - Desempeño Bajo 1,0 a 3,49

La nota definitiva de cada período y final se expresará con un solo decimal y se utilizará el sistema de aproximación así: 3,44 a 3,4 y de 3,45 a 3,5. Cada área, en su Plan de Estudios define los logros de promoción que deben alcanzar las alumnas al culminar un grado, estos son de carácter cognitivo, procedimental y actitudinal. Para determinar el desempeño académico de las estudiantes se tienen en cuenta los siguientes aspectos:

- Cognitivo: alcance de logros, desarrollo de competencias y apropiación de conocimientos (60%).

- Procedimental: trabajo académico en clases y tareas, seguimiento de instrucciones y ortografía (20%).

- Actitudinal: motivación, participación en clase, interés por el aprendizaje (20%)

Las alumnas deben conocer con anticipación los logros a alcanzar durante el período; éstos deben estar especificados en cada una de las actividades del proceso académico: tareas, trabajos de consulta, sustentaciones de trabajos, participación en clase, proyectos, lecciones orales y escritas, evaluaciones acumulativas, puestas en común, debates, foros, mesas redondas, participación en eventos o pruebas académicas externas, actitud y responsabilidad. Estas actividades permiten determinar la apropiación de diferentes conceptos, las capacidades de comprensión, análisis, crítica y resolución de problemas.

88

Las alumnas que obtengan una valoración de Desempeño Bajo o una valoración numérica inferior a 3,5 en una o más asignaturas o áreas, al finalizar un período académico, serán citadas a actividades de refuerzo las tres primeras semanas del período siguiente, con el fin de que puedan superar sus dificultades. La valoración de esta actividad será Desempeño Básico o 3,5, si se alcanzan los logros pendientes, de lo contrario se conserva la valoración obtenida en el período. Cualquier fraude o intento de fraude en los trabajos escritos o durante las evaluaciones, implica la anulación de esta actividad y se valorará con Desempeño Bajo o con una valoración numérica de 0 (cero). Esta información se comunica a la alumna y los padres de familia mediante un informe académico. Las alumnas con evaluaciones aplazadas por motivo de fuerza mayor serán citadas para que presenten el examen respectivo, previa entrega de la excusa. La alumna que no asista a presentar una evaluación o actividad aplazada será valorada con Desempeño Bajo o con una valoración numérica de 1,0 (uno). Esta información se comunica a la alumna y los padres de familia mediante un informe académico. Para la valoración de las alumnas se utiliza la siguiente matriz, donde se especifican las características del desempeño en su trabajo académico.

89

La valoración de las Áreas compuestas por varias asignaturas se hará de la siguiente manera:

GRADOS 1° A 4° Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas Extranjeros se valorarán las asignaturas Lengua Castellana y Literatura e Inglés de manera independiente, así: Lengua Castellana y Literatura – 100% Inglés -100% GRADOS 5° A 9° Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas Extranjeros se valorarán las asignaturas Lengua Castellana, Literatura, Inglés y Francés de manera independiente; así: - Lengua Castellana y Literatura – 100%: Lengua Castellana – 80% Literatura – 20% - Inglés -100% - Francés – 100%

DESEMPEÑO SUPERIOR DESEMPEÑO ALTO DESEMPEÑO BÁSICO DESEMPEÑO BAJO

COGNITIVO

ALCANCE DE LOGROS

Alcanza todos los logros propuestos superando las expectativas del maestro

Alcanza los logros propuestos sustentando el conocimiento de los temas

Alcanza los logros con acompañamiento, supervisión o control del profesor.

No alcanza la mayoría de los logros propuestos, por lo tanto debe realizar actividades de refuerzo.

APROPIACIÓN DEL CONOCIMIENTO (INTERPRETA, ARGUMENTA, PROPONE)

Domina los conocimientos, es capaz de aplicar, transferir y profundizar en los temas.

Es capaz de sustentar los conocimientos y en ocasiones profundiza.

Realiza los trabajos pero presenta dificultades en su sustentación. Tiene poco manejo de los temas, le falta calidad en el trabajo académico.

Muestra grandes dificultades en el manejo de los conocimientos, no los interioriza ni los aplica.

PROCEDIMENTAL

CUMPLIMIENTO DE TAREAS Y TRABAJOS

Realiza trabajo académico permanentemente, incluso por encima del propuesto. Cumple con el tiempo establecido.

Muestra interés y esfuerzo para realizar el trabajo académico requerido. Cumple con el tiempo establecido.

Requiere de más esfuerzo, dedicación y compromiso con el trabajo académico. Pide aplazamientos para la entrega de sus trabajos.

Es inconstante en la presentación del trabajo académico, algunas veces se limita a copiarlos.

SEGUIMIENTO DE INSTRUCCIONES

Comprende y ejecuta instrucciones orales y escritas.

Comprende y ejecuta instrucciones orales y escritas; en ocasiones busca aprobación del profesor.

Requiere de acompañamiento, supervisión o control por parte del profesor para seguir instrucciones orales y escritas.

Tiene dificultad para comprender instrucciones orales y escritas, siempre requiere acompañamiento del profesor.

ORTOGRAFÍA

En sus textos escritos se observa el manejo de una correcta ortografía.

En sus textos escritos se observa el manejo de una correcta ortografía en palabras de uso frecuente. En ocasiones, presenta errores en palabras desconocidas.

En sus textos escritos se observan errores frecuentes en las palabras utilizadas.

En sus textos escritos se observan errores ortográficos, aun en palabras de uso común.

ACTITUDINAL

MOTIVACIÓN, PARTICIPACIÓN E INTERÉS POR APRENDER

Líder que se caracteriza por su participación activa y oportuna. Muestra interés permanente por aprender

Su actitud es buena, participa en clase y sigue las instrucciones.

Participa poco en las actividades de clase. Algunas veces se ve indiferente frente el aprendizaje

Su participación en clase es inoportuna, expresa indiferencia permanente y/o perjudica el desarrollo de las actividades. No demuestra interés y deseo por aprender.

90

- Ciencias Sociales - 100%: Historia, Constitución y Democracia -

80% Geografía - 20% - Ciencias Naturales y Educación Ambiental -100%: Ciencias / Biología - 70% Física - 15% Química - 15% GRADOS 5° A 11° - Matemáticas - 100%: Matemáticas - 70%

Geometría - 15% Estadística - 15%

GRADOS 10° y 11° Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas Extranjeros se valorarán las asignaturas Lengua Castellana, Inglés y Francés de manera independiente; así: - Lengua Castellana y Literatura – 100% - Inglés -100% - Francés – 100% - Ciencias Naturales y Educación Ambiental: - Química / Biología - 100%: Química - 80% Biología - 20% - Física - 100% Las asignaturas valoradas en 100% se tendrán presentes para la promoción de las estudiantes. 8.7.2.2 CRITERIOS DE PROMOCIÓN. - Las alumnas serán promovidas al grado siguiente al aprobar todas las áreas o asignaturas con

Desempeño Básico, Alto o Superior o con una valoración numérica igual o superior a 3,5. - El área de Humanidades, Lengua Castellana e Idiomas Extranjeros compuesta por Lengua Castellana

y Literatura e Inglés de 1° a 4° grado, Lengua Castellana y Literatura, Inglés y Francés de 5° a 11° y el área de Ciencias Naturales y Educación Ambiental compuesta por Biología, Química y Física de 10° a 11° grado, serán evaluadas de manera independiente durante cada período incluyendo el Informe Final y serán tenidas en cuenta para definir la promoción de las estudiantes.

- Las alumnas que obtengan Desempeño Bajo o una valoración numérica inferior a 3,5 en una o dos asignatura y/o áreas, serán citadas a curso de recuperación al final del año escolar y sólo se promoverán al grado siguiente cuando se conozcan los resultados de los cursos. La nota de esta actividad será Desempeño Básico o 3,5, si se alcanzan los logros pendientes.

- Si la alumna pierde los dos cursos de recuperación no se promoverá al grado siguiente. - Las alumnas que queden con logros pendientes en una asignatura y/o área después de la actividad de

recuperación, recibirán un plan de trabajo con actividades orientadas a superar las deficiencias, tales como: estudio independiente, sustentación de trabajos y evaluaciones. Este plan será entregado, una vez conocido el resultado de los cursos de recuperación por la Directora de Sección, Directores de

91

Estudios y profesor del área, a los padres de familia y la alumna. La semana anterior al inicio del año escolar debe presentar una evaluación de la asignatura y/o área reprobada, al aprobar la evaluación será promovida al grado siguiente; de lo contrario deberá firmar y aceptar condiciones estipuladas en el Contrato Pedagógico Académico.

- Las alumnas que obtengan una valoración de Desempeño Bajo o valoración numérica inferior a 3,5 en tres o más asignaturas y/o áreas no serán citadas a curso de recuperación ni promovidas al grado siguiente.

- Las alumnas que tengan una inasistencia no justificada de 25 días o más no serán promovidas al grado siguiente.

8.7.2.3 CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN ANTICIPADA. De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 1290 cuando una estudiante durante el primer período del año escolar muestre un rendimiento excepcional en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas en todas las áreas del grado en que se encuentre podrá ser promovida al grado siguiente. Se define teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:

Solicitud de los padres o profesores de la estudiante a la Directora de Sección o Directores de Estudios.

Se lleva al Consejo Académico que delega en la respectiva Comisión de Evaluación su análisis y posible aprobación.

Una vez aprobada por la Comisión de Evaluación se remite al Consejo Directivo para su ratificación.

Se comunica la decisión a los padres mediante Resolución Rectoral, y se define el plan a seguir para nivelar a la alumna en el grado al cual ingresa.

Se autoriza promoción y matrícula.

8.7.2.4 ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y ESTRATEGIAS DE APOYO. El Colegio tiene establecidas las siguientes acciones de seguimiento y estrategias de apoyo para que el desempeño académico de las alumnas sea conocido por ellas y sus padres, y contribuir a que obtengan unos buenos resultados:

Informes académicos a partir de la quinta semana del período donde se comunica sobre los progresos o dificultades de las alumnas.

Encuentro de los padres de familia con los profesores en la sexta semana del período.

Reuniones de evaluación con los docentes del grado, la Directora y Psicóloga de la Sección.

Citación a actividad de refuerzo durante las tres primeras semanas del período.

Entrega de calificaciones en entrevista personal con padres y alumnas; éste tendrá una visión clara y precisa sobre las fortalezas, las dificultades y ofrecerá las recomendaciones para superar estas últimas.

Citas con los padres, la psicóloga, la directora de sección, los directores de grupo y la alumna que presenta desempeño bajo en tres o más asignaturas.

Citación a cursos de recuperación al finalizar el año escolar.

Entrega de reconocimientos a las alumnas que tengan excelentes logros o hayan superado las dificultades académicas.

Recomendaciones de la Comisión de Evaluación.

Asignación de trabajos extras.

Remisión al Learning Center.

Remisión a psicología.

92

Remisión a profesionales externos.

Al concluir el año escolar se entregará un informe final que incluirá una evaluación integral del rendimiento de la alumna en cada una de las áreas y el cumplimiento de los compromisos adquiridos por ésta para superar las dificultades que tuvo en los períodos.

Actividades de nivelación y tutorías, serán remitidas las alumnas con dificultades para llevar a cabo un plan de intervención que contribuya a la superación de éstas. Trabajo dirigido y acompañado por el personal del Learning Center.

8.7.2.5 ESTRUCTURA Y PERIODICIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES ACADÉMICOS. El año escolar está dividido en tres períodos; de cada uno de ellos se elabora un informe sobre el desempeño académico y formativo de las alumnas. Este informe se entrega dos semanas después de la finalización de cada período, en entrevista con padres y alumnas; en éste aparece la valoración cualitativa y/o cuantitativa en cada una de las áreas o asignaturas acompañadas de los descriptores que dan cuenta de las fortalezas, debilidades o recomendaciones de acuerdo con los logros trabajados en el período. También aparece el número de inasistencias, la intensidad horaria y las observaciones de los profesores, padres de familia y alumna. Al finalizar el año escolar se entrega un informe que contiene el desempeño académico alcanzado por las alumnas durante todo el año y que determina la aprobación o no de su grado escolar. 8.7.2.6 AUTOEVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES. Las alumnas de 1° a 11° grado realizan cada período una reflexión escrita sobre su desempeño académico y formativo, relaciones con sus compañeras y profesores, actitud frente a los valores del Colegio lo que permite plantearse estrategias de mejoramiento en aquellos aspectos donde encuentre debilidades. Esta reflexión la leen los profesores, quienes hacen la retroalimentación pertinente y se entrega junto con las calificaciones. 8.7.2.7 COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN El Consejo Académico conformará Comisiones de Evaluación y Promoción, teniendo presente las normas de este estamento, entre sus responsabilidades están:

Analizar los casos de las alumnas que presentan dificultades y definir la promoción de aquellas que terminan cada uno de los grados escolares. Para este efecto, las Comisiones revisarán las evaluaciones practicadas, las actividades de refuerzo y recuperación, los informes académicos enviados a los padres de familia y las sugerencias de cada uno de los profesores, y determinarán los correctivos necesarios para alcanzar debidamente los logros programados.

Definir la promoción anticipada de las alumnas que demuestren persistentemente la superación de los logros previstos para un determinado grado escolar.

Analizar las excusas presentadas por las alumnas que superaron los 25 días de inasistencia para validar la justificación de la ausencia.

Definir permisos especiales para:

Estudiantes enfermas o con situaciones especiales.

Deportistas de alto rendimiento.

Alumnas en viajes de intercambio.

93

Cada año el Consejo Académico expedirá las Políticas para reconocer académicamente y eximir a las alumnas del examen final por obtener excelentes resultados en pruebas estandarizadas nacionales o internacionales y participación en eventos académicos.

8.7.2.8 INSTANCIAS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Los padres de familia o la alumna que consideren que el desempeño en el proceso académico no es coherente con la valoración asignada por el profesor pueden utilizar las siguientes instancias, haciendo uso del debido proceso, para presentar la reclamación pertinente:

Profesor y alumna y/o padre

Director de Grupo

Directores de Estudios

Directora de Sección

Rectora

Consejo Académico que delega en la Comisión de Evaluación de la sección respectiva (1ª instancia)

Consejo Directivo (2ª instancia) 8.7.2.9 GRADUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES Los requisitos que deben cumplir las alumnas para obtener el título de Bachiller del Colegio Marymount son:

Haber cursado y aprobado todos los logros de todas las áreas académicas de la Educación Básica y Media.

Cumplir con los requerimientos del Proyecto de Grado: - Realización y evaluación de las Pasantías por parte de las empresas. - Proyecto de Inducción a la Universidad (si decide hacer la materia, ésta no podrá ser cancelada). - Elaboración y sustentación del Trabajo de Grado.

Haber cumplido con el Servicio Social Estudiantil Obligatorio.

Certificar la presentación de las pruebas Saber 11, Cambridge (Inglés) y DELF (Francés).

Estar a Paz y Salvo por todo concepto: Matrícula, Pensiones, Cobros Periódicos, Otros Cobros Periódicos y Cobros Eventuales.

Haber cursado 50 horas de Constitución Política de Colombia.

8.7.2.10 PERMISO PARA ESTUDIOS EN EL EXTERIOR Las alumnas que van a realizar estudios en el exterior y quieran ausentarse del Colegio durante algún tiempo del año escolar, además de tener muy buen rendimiento académico, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Enviar carta, a la Directora de Sección, solicitando el permiso; ésta debe tener el lugar, el nombre del Colegio (educación formal, no centro de idiomas), la fecha probable de salida y la de regreso. Esta carta se lleva a la Comisión de Evaluación del grado respectivo para que autorice la salida.

Después de aprobado el permiso, solicitar el formato del plan de trabajo a los Directores de Estudios, para adelantar los logros del tiempo que no va a estar en el Colegio.

Buscar a cada profesor, con el formato del plan de trabajo, para que éste le firme la carta de la autorización y le asigne las actividades académicas que debe cumplir.

94

Realizar cada una de las actividades establecidas en el plan de trabajo y entregarlas al profesor en la fecha acordada.

Seleccionar materias como biología, matemática, física, química dentro de las opciones que ofrece la institución del exterior.

Traer el registro de asistencia y las calificaciones o reporte académico de las áreas cursadas. Estos documentos deben estar expedidos en papelería oficial del Colegio con sus respectivas firmas y sellos.

Estar a paz y salvo con el Colegio.

Es importante tener presente que para la promoción, todas las alumnas deben cumplir con el 80% de asistencia al Colegio en relación con el Calendario Escolar; siempre y cuando alcancen todos los logros de las áreas y/o asignaturas; de lo contrario, se cancelará el permiso o a su regreso deberán culminar el proceso que quedó pendiente. Las que se ausenten por un tiempo mayor, podrán adelantar algunas actividades antes de irse, pero a su regreso deben realizar los trabajos que validen su falta de permanencia en el Colegio. Las alumnas que por algún motivo, después de realizado el proceso anterior, no viajen o regresen antes de tiempo, deberán reintegrarse al Colegio; por ningún motivo deben quedar desescolarizadas.

95

CAPÍTULO 9. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Creado por la LEY 1620 DE 2013, "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" y reglamentado por el DECRETO 1965 DE 2013. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: El comité escolar de convivencia estará conformado por:

La Rectora

La Personera Estudiantil

Psicóloga

Representante del Consejo de Padres de Familia

Un Docente

PRESIDENTE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: La Rectora será la Presidenta del Comité Escolar de Convivencia. En ausencia de la Rectora, presidirá la persona a quien ella delegue. DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES Y SEPARACIÓN DEL CARGO DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 1. Asistir puntualmente a todas las reuniones; 2. Cumplir cabalmente el reglamento y demás normas que prescriban la legislación y el Comité de

Convivencia Escolar. 3. Guardar absoluta discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité de

Convivencia Escolar. 4. Presentar y considerar las iniciativas de los miembros de la Comunidad educativa que redunden en la

práctica de la sana convivencia escolar. 5. Participar activamente en las reuniones y en las decisiones que tome el Comité de Convivencia Escolar. 6. Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa. 7. Informar veraz, objetiva y oportunamente al Comité de Convivencia Escolar sobre todos los asuntos

que puedan tener relevancia en razón de sus funciones.

Prohibiciones a los miembros del Comité de Convivencia Escolar. 1. Revelar información sobre temas tratados en Comité de Convivencia Escolar. 2. Distorsionar las decisiones tomadas. 3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades del Comité

de Convivencia Escolar. 4. Disociar las relaciones entre los integrantes del Comité de Convivencia Escolar.

Perdida de la calidad de miembro del Comité de Convivencia Escolar o separación temporal de su cargo:

96

1. Por decisión del Comité de Convivencia Escolar por decisión favorable de la mitad más uno (1) de los

miembros cuando no cumpla con alguno de sus deberes o incurra en conducta prohibida por los reglamentos la constitución y las leyes relativas a la prestación del servicio educativo.

2. El Miembro del Comité de Convivencia escolar será separado temporalmente de su cargo cuando resulte involucrado en la situación que este tramitando del Comité.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Son funciones del Comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de

ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. La estudiante estará acompañada por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía

9. Darse su propio reglamento. Parágrafo: Este Comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia de los miembros del Comité.

97

SESIONES: El Comité Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Este Comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente. El Comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. ACTAS: De todas las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el artículo 10 del Decreto 1965. PROGRAMAS Y PROYECTOS PEDAGÓGICOS: El Colegio desarrolla los siguientes proyectos pedagógicos en todos los niveles, en cuya gestión y formulación participan profesores, alumnas, psicólogas, así como otros actores de la comunidad educativa, que sin una asignatura específica, responden a la proyección en la comunidad educativa de los objetivos del SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR y hacen parte del Proyecto Educativo Institucional:

PROYECTO DE VIDA (Directores de Grupo) (Ejes: personal, familiar, social, académico)

ESTILOS DE VIDA SALUDABLE: - VYDA (Psicología y Padres de Familia) (valores, autoestima). - YOMI VIDA (Psicología y profesores) (Autoestima, relaciones, mundo emocional, alimentación,

higiene, aseo, consumos, hábitos).

PREVENCIÓN DE CONSUMOS

PROYECTO SER “(Sexualidad/Salud, Emotividad, Relaciones Interpersonales) (Psicología) (Habilidades sociales, respeto por la diferencia y toma de decisiones, respeto por el cuerpo).

TIEMPO DE DIOS (espiritualidad).

SER CIUDADANA (comunidad, respeto, derechos, democracia).

MARYMOUNT SOLIDARIO.

En el Currículo y Plan de Estudio, el establecimiento educativo contempla el tiempo y condiciones destinadas a cada uno de los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994. Parágrafo: En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el Titulo II Capítulo 1 de la Constitución Nacional. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR: ACCIONES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN: 1. Aprovechar los espacios de orientación y trabajo de proyectos como utilización del tiempo libre para

sensibilizar a las estudiantes y a la comunidad educativa en general, sobre la importancia de los valores fundamentales para la convivencia y la solución de conflictos, derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2. Capacitar a las estudiantes, a los padres de familia y docentes frente a los comportamientos y conductas que puedan tipificarse como acoso escolar, sus implicaciones legales y cómo prevenirlas.

98

3. Crear conciencia en la comunidad educativa sobre el espacio de la mediación escolar, como un recurso para la reparación y reconciliación.

4. Reflexionar con las estudiantes acerca del juego como medio de socialización desde su sentido pedagógico, lúdico y ético.

5. Programar jornadas de trabajo para padres e hijos con la orientación de profesionales en familia, psicología, pedagogía, pastoral, entre otros, abordando las dificultades observadas a nivel de la convivencia, derechos humanos, sexuales y reproductivos

6. Difundir y socializar el Manual de Convivencia Escolar como un programa de formación, transversal a todos los procesos institucionales.

7. Desarrollar procesos de convivencia escolar, derechos humanos, sexuales y reproductivos a través de las áreas.

8. Vincular a las entidades públicas encargadas de promoción y prevención, para desarrollar procesos de formación e intervención en las diferentes situaciones de convivencia escolar.

ACCIONES DEL COMPONENTE DE ATENCIÓN: Establecer pautas y acuerdos que deben atender todos los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. PAUTAS Y ACUERDOS PARA LAS ESTUDIANTES:

Respeto por la opinión y palabra del otro.

Derecho a la defensa.

Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

Derecho a recibir formación y desarrollo de competencias en la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Derecho a ser escuchada, a presentar pruebas y a testificar, así como presentar testigos, de ser necesario.

Derecho a no ser ridiculizada ni expuesta públicamente por alguna situación referente a la convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Derecho a no ser responsabilizada sin justa causa o sin pruebas.

Derecho a tomar decisiones sin ningún tipo de presión, a no ser obligado a reconocer la culpabilidad, ni recibir ningún tipo de presión.

Derecho a ser sancionada cuando así se amerite, en forma justa y con intencionalidad formativa.

Hacer uso de la mediación escolar, cuando la situación lo amerite.

Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Aplicar el principio de la favorabilidad en cada uno de los procesos.

Dar a conocer previamente, a las estudiantes estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

PAUTAS Y ACUERDOS PARA LOS ADULTOS RESPONSABLES:

Derecho a ser informados oportunamente de las situaciones de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

99

Apoyar las acciones preventivas, correctivas, sancionatorias y de reparación, estipuladas en los procesos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, estipuladas por el Colegio.

Respeto por la opinión y la palabra del otro.

Que se garantice a su hija un debido proceso, imparcial y justo.

Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

Derecho a ser escuchado y atendido en el Colegio cuando se presente un caso que afecte la convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, siguiendo siempre el conducto regular.

Cumplir la normatividad educativa, la Constitución Política, el Manual de Convivencia Escolar del Colegio y demás reglamentación que rige para la solución de dificultades.

Garantizar la honra y buen nombre de todo el personal de la comunidad educativa u otros que se encuentren en el entorno escolar.

Participación de los padres de familia en los procesos con los estudiantes, cuando se requiera.

Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Dar a conocer previamente, a los padres de familia del Colegio, estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

PAUTAS Y ACUERDOS PARA DOCENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OTROS FUNCIONARIOS DE LA INSTITUCIÓN:

Respeto por la opinión y la palabra del otro.

Garantizar un debido proceso, imparcial y justo.

Respeto por la dignidad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

Derecho a ser escuchado, a presentar pruebas y a testificar, así como presentar testigos, cuando sea necesario.

Cumplir la normatividad educativa, la Constitución Política, el Manual de Convivencia Escolar del Colegio y demás reglamentación que rige para la solución de dificultades.

Garantizar la honra y buen nombre de las estudiantes que se vean involucradas en los casos que afectan la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Deber de sancionar cuando así se amerite, en forma justa, con intencionalidad formativa.

Posibilitar la participación de los padres de familia en los procesos con las estudiantes, cuando el proceso lo requiera.

Hacer uso de la mediación escolar, cuando la situación lo amerite.

Utilización de vocabulario adecuado para dar solución a los casos de convivencia escolar, ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Aplicar el principio de la favorabilidad en cada uno de los procesos.

Dar a conocer previamente, a los profesores y personal administrativo del Colegio estas pautas y acuerdos, con el fin de garantizar su cumplimiento.

PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR: La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia Escolar para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia Escolar.

100

Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos: 1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que

afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Desde el Colegio se iniciará el caso, cuando se evidencie que una estudiante sea afectada por una situación de acoso escolar y el ejercicio de sus derechos humanos, sexuales y reproductivos. Se recibirá el caso por cualquier miembro de la comunidad, que puede ser de manera verbal o escrita. Si se hace de manera verbal, deberá dejarse constancia por escrito de tal situación donde se precisará de las personas implicadas y los hechos acaecidos que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. De la recepción de los casos se dejará asentado de forma consecutiva en el archivo del Comité.

2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. Desde el Colegio, serán de total reserva del sumario todas las comunicaciones, actas, procedimientos, las cuales se dejarán guardadas en Rectoría. Algunos mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, son: • Los miembros del Comité de Convivencia Escolar harán la toma de juramento en torno a la

discreción y confidencialidad al iniciar su ejercicio. • Se borrarán los archivos junto con los email-s, de los casos o situaciones enviadas por cualquier

miembro de la comunidad educativa; solo serán guardados en los archivos confidenciales del comité.

• Si a algún miembro del Comité se le comprueba que ha filtrado información que afecte la intimidad y confidencialidad de los procesos llevados al Comité, se tomarán las medidas pertinentes de acuerdo con el Reglamento Interno del mismo.

• Guardar el sigilo profesional en todo momento y en toda ocasión; por ninguna razón comentar situaciones de ningún caso en otro Comité o espacio.

3. Los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra. Desde el Colegio, se guardará absoluta confidencialidad y total discreción con quienes informen sobre situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra.

4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la práctica de competencias ciudadanas de la comunidad educativa. Desde el Colegio el Comité tendrá como directrices en sus decisiones, las orientaciones formativas, valorativas, correctivas y sancionatorias del Manual de Convivencia.

5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, deben estar en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia.

101

Desde el Colegio se analizará la situación teniendo en cuenta los atenuantes y los agravantes, además revisando el objeto, la finalidad y las circunstancias de todo acto moral, para brindar las mejores orientaciones y determinaciones; pero se precisa que todo procedimiento disciplinario será aplicado por el Comité de Normalización según lo estipulado en el Manual de Convivencia Escolar.

6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva.

Desde el Colegio, se revisarán periódicamente los avances de las orientaciones, correctivos y determinaciones asumidas. Esta revisión quedará estipulada en el Reglamento Interno del Comité.

7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno Municipal, Distrital o Departamental, Fiscalía General de la Nación, Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de las niñas y adolescentes matriculadas en el establecimiento educativo. ELABORAR Y PLASMARLO DENTRO DEL DOCUMENTO.

Desde el Colegio, se tendrá la información de las entidades y personas que nos pueden brindar todo su apoyo en situaciones complejas. Dicha información reposará en la Rectoría, Coordinación, Secretaría y Sala de Profesores. Parágrafo: La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten, de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia las estudiantes. SITUACIONES DE ALTO RIESGO: Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia Escolar y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por La Rectora de la Institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda. Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral se fijan de acuerdo con el DECRETO 1965 DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2013. GARANTÍA DE DERECHOS Y APLICACIÓN DE PRINCIPIOS: En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de:

Protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado.

El interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes.

La prevalencia de los derechos.

La corresponsabilidad.

La exigibilidad de los derechos.

102

La perspectiva de género.

Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos.

El principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia.

La protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

DEFINICIONES: Para efectos del Decreto 1965 se entiende por: 1. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida

entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos

de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos un estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra

persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

b. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

c. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

d. Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

e. Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

4. Acoso Escolar (bullying): De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

5. Ciberacoso Escolar (cyberbullying): De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

103

6. Violencia Sexual: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL: CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES: Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas

situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud, tales como:

Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando elementos que atenten contra el aseo de la Institución.

Desplazarse de manera desordenada: empujar, gritar, lanzar objetos, no conservar la hilera, no ir en el lugar asignado, golpear o molestar a las demás.

Arrojar objetos personales y de sus compañeras.

Fomentar o generar conflictos en diferentes lugares como: bus escolar, biblioteca, capilla, laboratorio, oficinas, actos en el patio, aulas, sal de conferencias, baños, parque infantil, cancha y otras dependencias.

Interrumpir de manera sistemática el normal desarrollo de las clases o las actividades programadas con charlas, chistes, bromas, gritos, ruidos, apodos, entre otros.

Manifestar desinterés, burla o apatía en las acciones programadas por la institución en el marco para la formación de la convivencia escolar, de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Emplear vocabulario soez o descortés en sus relaciones cotidianas.

Además de todos aquellos comportamientos clasificados en agresión verbal y gestual, sobre las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para

que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de

104

relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. Actuación de la cual se dejará constancia.

3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a otro protocolo.

Parágrafo: Las estudiantes que hayan sido capacitadas como mediadores o conciliadoras escolares podrán participar en el manejo de estos casos. 2. Situaciones Tipo II. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar

(bullying) y Ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los

involucrados, ellas son:

Arrojar o utilizar objetos y materiales que lesionen a las personas.

Crear falsas alarmas, tendientes a provocar pánico.

Participar en “juegos de manos” y la práctica de juegos violentos.

Falta de respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa mediante respuestas irreverentes, burlas, apodos, comentarios ofensivos, vocabulario soez o de cualquier otra forma.

Arrojar sustancias olorosas o extravagantes que incomoden o perturben la salud de las personas o el trabajo escolar.

Incitar a otros a cometer faltas que van en contra de la convivencia institucional.

Acosar a las compañeras o miembros de la comunidad educativa (bullying o matoneo).

Tomar fotografías, grabar en audio o video a miembros de la comunidad educativa sin autorización y sin ser programados por la institución.

Mal uso de internet, redes sociales y demás medios tecnológicos, para realizar o promover actos que atenten contra el buen nombre, la honra, la dignidad, o el derecho a la intimidad de los compañeros, docentes o directivos de la Institución.

Consumir licor, cigarrillos o sustancias psicoactivas dentro de la Institución en cualquier condición o por fuera de ella portando el uniforme.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de

los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

5. Si el caso no corresponde a las características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se determinarán las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de

105

un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

6. Si se evidencia que el caso expuesto corresponde a las características de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se aplicará el protocolo definido en el artículo 44 del Decreto 1965

7. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este Comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El Comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965.

8. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo: Cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto 1965 de 2013. 3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean

constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la Ley penal Colombiana vigente, tales como:

Participar en mítines que generen actos violentos.

Atentar o poner en riesgo la vida o integridad de las personas que conforman la comunidad educativa.

Introducir, portar o usar armas, artefactos explosivos o pirotécnicos u objetos que atenten contra la integridad y el derecho a la vida de cualquier persona de la comunidad educativa.

Conformar o hacer parte de grupos, bandas y pandillas, dentro o fuera de la Institución con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar.

Amenazar o amedrentar a otro, de palabra o de hecho, con el fin de lograr comportamientos nocivos, buscando su propio beneficio.

Agredir físicamente a otro u otros generándole daños físicos o incapacidad.

Atentar contra el buen nombre, la honra, la dignidad, o el derecho a la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Sobornar o extorsionar a otro para participar en actividades sancionables o para encubrir actos repudiables.

Cometer actos que van en contra de honradez afectando la integridad de algún miembro de la comunidad educativa y/o la convivencia escolar.

Servir de enlace o participar en actividades dedicadas a la prostitución o comercialización del cuerpo.

Acosar, provocar o abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Retener o secuestrar a algún miembro de la Comunidad Educativa.

Portar o negociar material pornográfico dentro o fuera de la Institución.

Atentar contra la dignidad e integridad de algún miembro de la comunidad educativa empleando: el internet, las redes sociales, y demás medios tecnológicos.

106

Presentarse al Colegio con síntomas de alicoramiento, en estado de embriaguez o drogadicción.

Introducir, inducir, distribuir, comercializar o consumir licor, sustancias prohibidas, durante las actividades programadas por la Institución o fuera de ésta.

Actos tipificados por las leyes colombianas como delitos, realizados dentro o fuera del Colegio.

La extorsión, hurto, secuestro, amenazas y delincuencia en general, dentro y fuera de la institución.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de

los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia, de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional.

4. Se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los

hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que puedan atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

6. Adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

7. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité municipal, distrital o departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Parágrafo 1: Si en cualquiera de las situaciones a las que hace referencia el artículo 40 del Decreto del decreto 1965 de 2013 se evidencia una vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes involucrados en el hecho, el Presidente del Comité Escolar de Convivencia deberá poner la situación en conocimiento de la autoridad administrativa competente con los soportes de las acciones previas adelantadas, para que éstas, después de la verificación pertinente, adopten las medidas a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 y siguientes de la Ley 1098 de 2006. Lo anterior, sin perjuicio de que el establecimiento educativo continúe con el procedimiento necesario para restablecer el clima escolar. Parágrafo 2: Para las situaciones constitutivas de presuntos delitos por parte de menores o mayores de edad, las investigaciones, interrogatorios y demás actuaciones serán adelantados por las autoridades y órganos especializados del sistema de responsabilidad penal de menores o de adultos, según se trate, a fin de evitar vulneración de derechos fundamentales de los involucrados y de incurrir en extralimitación de funciones. ACTIVACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE OTRAS ENTIDADES:

107

De acuerdo a la reglamentación del Decreto 1965 de 2013, la Rectora deberá activar los protocolos correspondientes a otras autoridades. ATENCIÓN EN SALUD MENTAL: La atención en Salud Mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

108

CAPÍTULO 10. DIRECTIVOS Y DOCENTES Son los orientadores en el Colegio de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de las educandas, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. Los docentes como factor fundamental del proceso educativo: 1. Recibirán capacitación y/o actualización profesional. 2. Llevarán a la práctica el Proyecto Educativo Institucional. 3. Mejorarán permanentemente el proceso educativo con estrategias pedagógicas pertinentes acorde

con el Plan de Estudios del Colegio, mediante el aporte de ideas y sugerencias a través del Consejo Directivo, Consejo Académico y las Juntas Educativas.

10.1. DERECHOS DE DIRECTIVOS Y DOCENTES. De conformidad con la Constitución Política, la Ley General de Educación, el Código Sustantivo del Trabajo, el Contrato de Trabajo o de Prestación de Servicios, y en especial el Docente del Colegio Marymount tiene derecho a: 1. Participar en los procesos de planeación, ejecución y evaluación de los proyectos y programas de la

Institución. 2. Presentar propuestas y sugerencias para el mejoramiento de los procesos y la calidad institucional. 3. Ser escuchado oportunamente por sus directivos o instancias pertinentes en las dificultades

presentadas con alumnas, padres de familia u otros miembros de la Institución. 4. Recibir un trato justo, respetuoso y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad

educativa. 5. Elegir y ser elegido como representante de los docentes ante el Consejo Directivo y demás organismos

existentes en el Colegio. 6. Ser orientado oportunamente de manera oral o por escrito en los desaciertos que se presenten en su

desempeño profesional. 7. Recibir capacitación para cualificar su práctica docente y su desempeño profesional. 8. Participar en actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales que le brinden descanso y un

sano esparcimiento. 9. Ser evaluado periódicamente por la instancia correspondiente, con miras a su mejoramiento

pedagógico. 10. Recibir oportunamente los implementos y materiales necesarios para el desempeño de su labor

docente. 11. Recibir oportunamente orientación humana, espiritual y psicológica que le garanticen bienestar. 12. Ser reconocido como persona y en su desempeño docente mediante estímulos brindados por la

comunidad educativa. 13. Todos los derechos contemplados para los docentes en el Reglamento Interno de Trabajo del Colegio

Marymount.

Parágrafo: Cuando los docentes incumplan sus deberes de tal manera que afecten el normal desarrollo de las actividades bajo su responsabilidad, o las exigencias que implican su profesión, cometan actos contra la moral o incumplan lo establecido en el manual, las estudiantes o el padre de familia podrán acudir ante

109

la Rectora para que estudie el caso y determine los procedimientos a seguir, conforme al Reglamento Interno del Trabajo. 10.2. DEBERES DE DIRECTIVOS Y DOCENTES. De conformidad con la Constitución Política, la Ley General de Educación, el Código Sustantivo del Trabajo, el Contrato de Trabajo o de Prestación de Servicios, los Directivos y en especial los Docentes del Colegio Marymount tienen el deber de: 1. Cumplir la Constitución y las leyes de Colombia. 2. Formar a las estudiantes en los valores cristianos y los valores propios de la nación colombiana,

irradiando estos principios en todas sus acciones formativas. 3. Orientar a la estudiante, al padre de familia o acudiente, frente a las dificultades académicas y/o

comportamentales y sobre los correctivos que se asumen. 4. Dinamizar el Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia Escolar y proyecto del área a la

cual pertenezca. 5. Acompañar el desarrollo de actividades complementarias y estrategias de apoyo. 6. Dar a conocer oportunamente a las estudiantes la estructura del área, estándares e indicadores de

logro, metodología y criterios de evaluación. 7. Cumplir la jornada laboral y asignación académica de acuerdo con las exigencias institucionales. 8. Preocuparse por su actualización permanente en los campos de la ciencia, la tecnología y su actividad

pedagógica. 9. Brindar un trato respetuoso justo y cortés a las estudiantes, padres de familia y demás personas de la

institución, atender a los padres de familia y a las estudiantes en el lugar y en el horario establecido. 10. Dar un trato cortés a sus compañeros y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de

propósito. 11. Exigir puntualidad, uso correcto del uniforme, buena presentación personal, orden y respeto en las

clases y demás actividades que estén a su cargo. 12. Hacer acompañamiento durante los descansos y actos comunitarios programados por la Institución. 13. Asistir puntualmente a las reuniones y demás eventos programados por la Institución. 14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos, materiales, laboratorios

y salones confiados a su manejo. 15. Ser justos al evaluar a cada estudiante teniendo en cuenta las diferencias individuales. Considerar la

evaluación como un proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de las estudiantes.

16. Cumplir las órdenes inherentes a su cargo que le imparta su jefe inmediato. 17. Observar una conducta pública acorde con el decoro y dignidad del cargo. 18. Velar por el cumplimiento de los fines de la educación. 19. Brindar orientación permanente a las estudiantes para su desarrollo integral frente a la toma de

decisiones. 20. Escuchar las sugerencias e inquietudes de la comunidad educativa. 21. Crear un ambiente de amistad y respeto participando activamente de este, con todo el personal de la

Institución y la comunidad circundante. 22. Cumplir a cabalidad con el Manual de Funciones asignado para el cargo. 23. Respetar y cumplir con el Reglamento Interno de Trabajo. 24. Informar a los padres de familia sobre los criterios, métodos y procedimientos pedagógicos

empleados para lograr el desarrollo integral de las estudiantes. 25. Velar por el bienestar emocional de las estudiantes e informar oportunamente cuando se tenga

conocimiento de: maltrato físico, negligencia y abandono físico, maltrato y abandono emocional o

110

abuso sexual, agresión sexual o explotación sexual, que se esté dando a un estudiante por parte de un miembro de la comunidad educativa o de un tercero, ya que la denuncia de uno de estos actos sobre las estudiantes prevalece sobre el secreto profesional.

26. Abstenerse de entrabar cualquier tipo de relación afectiva o comercial con las estudiantes. 27. De acuerdo con el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos,

la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, tendrán las siguientes responsabilidades:

Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los Artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia Escolar.

Parágrafo. El incumplimiento de los deberes y funciones establecidos por el colegio para los docentes, será motivo de proceso disciplinario por parte de las instancias correspondientes y acorde con lo estipulado en el Reglamento Interno de Trabajo 10.3. ACCIONES CORRECTIVAS PARA LOS DOCENTES. Frente a la ocurrencia de una falta por parte del Directivo y el Docente, se tomarán las medidas correctivas y sancionatorias dispuestas en el Reglamento Interno de Trabajo y el Código Sustantivo del Trabajo.

111

CAPÍTULO 11. REGLAMENTO PARA LOS PADRES DE FAMILIA 11.1. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994 “Ley General de Educación”, la Ley 1098 de 2006 “Ley de la Infancia y la Adolescencia”, al Decreto 1290 de 2009 “Evaluación y Promoción de las Estudiantes” y al Decreto 1286 de 2005 “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”. Son deberes de los padres de familia o acudientes los siguientes: 1. Matricular oportunamente a sus hijas en establecimientos educativos debidamente reconocidos por

el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y

en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de Matrícula y en el Manual de Convivencia Escolar,

para facilitar el proceso educativo. 4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua, que

favorezca la educación de sus hijas y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 5. Apoyar y asumir la Filosofía, los Objetivos, el Manual de Convivencia Escolar y las actividades

académicas y formativas del Colegio. 6. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las

irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

7. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.

8. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijas, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

9. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo. 10. Conocer y respetar los principios de la formación católica y la filosofía de la Institución: educación

religiosa escolar, sacramentos, convivencias y demás expresiones de la fe. 11. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes: criterios, procedimientos e

instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. (Artículo 14 - Decreto 1290 de 2009)

12. Acompañar el proceso evaluativo de los alumnas. (Artículo 14 - Decreto 1290 de 2009) 13. Recibir los informes periódicos de evaluación. (Artículo 14 - Decreto 1290 de 2009) 14. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de

evaluación de sus hijas. (Artículo 14 - Decreto 1290 de 2009) 15. Comprometerse a crecer en virtudes humanas y cristianas, de suerte que puedan convertirse en

modelo de las hijas y tengan autoridad moral para exigirles. 16. Proporcionarles en el hogar un ambiente adecuado para su desarrollo integral, que puedan gozar de

la armonía que favorece el aprendizaje. 17. Favorecer el desarrollo integral de su hija dando continuidad en la casa a las exigencias que hace el

Colegio.

112

18. Como representante de sus hijas, se comprometen dentro del proceso de formación integral, a atender oportunamente los requerimientos del Colegio y asistir puntualmente a las reuniones, talleres, encuentros, conferencias, escuela de padres, entre otros, que se programen, en aras de optimizar la educación de sus hijas.

19. Proveer a sus hijas de los uniformes requeridos por el Colegio y velar por su buena presentación personal y el porte digno de ellos.

20. Proveer a sus hijas permanentemente de los elementos didácticos necesarios para el proceso formativo.

21. Cumplir oportunamente los compromisos económicos de los padres de familia con el Colegio, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes.

22. Responder por los daños materiales que sus hijas causen en la Institución. 23. Ejercer la responsabilidad parental como complemento de la patria potestad establecida en la

Legislación Civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos. (Artículo 14 - Ley 1098 de 2006)

24. Garantizar la custodia y cuidado personal. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que sus padres en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral. La obligación de cuidado personal se extiende además a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social o institucional, o a sus representantes legales. (Artículo 23 - Ley 1098 de 2006)

25. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. (Artículo 39 - Numeral 8 - Ley 1098 de 2006)

26. Asumir el enfoque coeducativo y sus políticas. 27. Abstenerse de fumar en las instalaciones del Colegio. 28. Ser solidario, de manera especial, ante las calamidades, dificultades o accidentes familiares que

puedan presentarse entre los integrantes de la comunidad educativa. 29. Ser leal, objetivo y cortés en los justos reclamos siguiendo el conducto regular. 30. Tomar parte activa en las reuniones de padres de familia, festividades y actividades del Colegio. 31. Participar en el Consejo Directivo Corporativo, Asociaciones o Comités para impulsar la calidad en la

prestación del servicio educativo. 32. En el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la

educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el Artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

Proveer a sus hijas espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia Escolar a través de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.

113

Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia Escolar y responder cuando su hija incumple alguna de las normas allí definidas.

Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia Escolar del respectivo establecimiento educativo.

Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijas cuando éstas sean agredidas.

Parágrafo 1: La falta de acompañamiento de los padres o acudientes y la ausencia a reuniones y demás actos programados por la Institución, generan un compromiso especial, evaluable cada período. El incumplimiento de este compromiso trae como consecuencia la pérdida del cupo en el Colegio. Parágrafo 2: Es obligación de los padres de familia o acudientes, presentarse ante el Director de Grupo para justificar su ausencia en una entrega de informes u otra convocatoria hecha por el Colegio. 11.2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994 “Ley General de Educación”, la Ley 1098 de 2006 “Ley de la Infancia y la Adolescencia”, al Decreto 1290 de 2009 “Evaluación y Promoción de las Estudiantes” y al Decreto 1286 de 2005 “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”. Son derechos de los padres de familia o acudientes los siguientes: 1. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de las

hijas, de conformidad con la Constitución y la Ley. 2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran

debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 3. Conocer con anticipación o en el momento de la Matrícula las características del establecimiento

educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia Escolar, el Plan de Estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el Sistema de Evaluación Escolar y el Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Ser atendidos por el profesorado y/o directivos, para conocer los procesos en las dimensiones formativas, según horarios establecidos con anterioridad.

5. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijas, y sobre el grado de idoneidad del personal educador y directivo de la institución educativa.

6. Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales. 7. Participar en el proceso educativo que desarrolle el COLEGIO MARYMOUNT, y de manera especial en

la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional. 8. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y

sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijas. 9. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el

comportamiento de sus hijas.

114

10. Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y en particular, del COLEGIO MARYMOUNT, establecimiento en que se encuentran matriculadas sus hijas.

11. Elegir y ser elegido como miembro de la Junta Directiva de la Asociación Amigos del Marymount y el Consejo de Padres, siempre y cuando lleve por lo menos dos años de vinculación.

12. Participar en asambleas, reuniones de padres y actividades programadas. 13. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación

de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijas. 14. Tener acceso a la orientación psicológica la cual excluye tratamientos o procesos de intervención. 15. Tener acceso a la orientación espiritual. 16. Presentar propuestas y sugerencias orientadas al mejoramiento institucional. 17. Aportar a la solución de problemas y dificultades en el proceso formativo de su hija, acorde a lo

estipulado en el Manual de Convivencia Escolar. 18. Participar en programas y eventos del Colegio relacionados con su recreación, bienestar y

capacitación. 19. Recibir apoyo en el proceso formativo de su hija, mediante asesorías y talleres dados en las escuelas

de padres.

11.3. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE MORA Y PARA SOLICITAR AYUDA ECONÓMICA. En caso de mora en el pago de las obligaciones financieras adquiridas en la Matrícula, el Colegio tiene derecho a:

Cobrar intereses equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente durante el término de la mora. En el evento que sea modificado este tope se cobrará a la tasa máxima permitida por la Ley para obligaciones de carácter mercantil, interés que será certificado por la Superintendencia Financiera.

Iniciar el cobro correspondiente por la vía judicial.

No invitar a la Ceremonia de Grado a la graduanda y su familia.

No renovar la Matrícula de la estudiante que se encuentre en mora.

Procedimiento en caso de mora de la Pensión:

Si se cumplen dos meses de mora el Colegio enviará al padre de familia o acudiente una comunicación escrita, vía correo electrónico o carta, en la que le notificará la obligación de ponerse al día con los costos educativos.

Si al día de la entrega de los informes académicos los padres no se han puesto al día con las obligaciones que tienen con el Colegio, éstos deben acercarse a la Dirección Administrativa con el objeto de llegar a un acuerdo sobre el pago de la deuda, en esa reunión se les informará las consecuencias del no pago de la misma. De esta reunión se levantará un acta con los compromisos que debe ser firmada por los asistentes.

Si para la entrega de informes académicos del tercer período el deudor no ha cumplido con los pagos, la Rectora mediante comunicación escrita, les exigirá a los padres o acudientes la firma de un pagaré respaldado por un codeudor solvente por el valor total de las obligaciones económicas incurridas hasta noviembre del año en curso. A su vez, la Institución les recordará las diferentes acciones que tomará en caso de no cumplir con los pagos acordados.

115

Al finalizar el año la familia que continúe en mora, no recibirá la renovación del cupo para el siguiente año lectivo. En tal evento, la Institución comunicará por escrito esta determinación, a los padres de familia o acudientes.

Si durante el tiempo de requerimiento de cobro o del proceso judicial, el padre de familia logra cumplir con su obligación, solicitará por escrito al Colegio la reconsideración de la decisión rectoral, acompañando la certificación del pago de la obligación, bien de la tesorería o de la autoridad jurisdiccional competente, en caso de haberse iniciado el proceso civil. No obstante de lo definido en los numerales anteriores, si se llega a acuerdos o conciliaciones de pago de lo debido, el Colegio emitirá constancia por escrito del acuerdo, claro está, soportado con un título valor, según el caso.

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR AYUDA ECONÓMICA: El Colegio mediante su fondo de becas y los recursos del Comité de Solidaridad y la Asociación de Exalumnas ayuda a las familias cuando están teniendo dificultades económicas. Para ello se tienen establecidas las siguientes políticas:

Ayudar principalmente a estudiantes que estén en los últimos grados.

Asignar dinero para el año en curso y nunca para cancelar deudas anteriores.

Revisar las actividades familiares en especial que la estudiante no haya asistido - durante el año en curso - a los viajes programados por el Colegio, ni esté entre sus planes hacerlo.

Guardar absoluta confidencialidad con la información recogida.

Asignar ayudas parciales a una de las hijas, en plazos que pueden variar de tres meses a un año dependiendo de la disponibilidad de recursos.

El Colegio se reserva el derecho a asignar o no la ayuda. Cuando una familia tiene dificultades económicas y decide pedir ayuda en el colegio debe:

Enviar una carta a la Rectora, la Directora Administrativa o a alguna Directora de Sección solicitando la ayuda.

Aceptar la visita domiciliaria de una Trabajadora Social asignada por el Colegio, quien realizará un sondeo de la situación.

Con esta información el Colegio analiza y define si se otorga la ayuda o no, lo cual se notifica a la familia. Es importante aclarar que para tener derecho a la ayuda mensual se debe estar a paz y salvo con el monto restante.

116

CAPÍTULO 12. DISPOSICIONES FINALES 12.1. INTERPRETACIÓN Y VACÍOS. El Consejo Directivo queda facultado para que por vía de autoridad, interprete este Manual en los aspectos que no sean de clara aplicación. Igualmente, para llenar los vacíos que presente el mismo. 12.2. DELEGACIÓN RECTORAL. Se delega a la Rectora para que conforme a las necesidades Institucionales ordene la revisión del Manual de Convivencia Escolar. 12.3. MODIFICACIONES. Este Manual podrá ser modificado a iniciativa de la Rectoría, el Consejo Académico o de la tercera parte del Consejo Directivo. El presente Manual de Convivencia Escolar - Versión 2016 - 2, deroga el anterior en todas sus partes. El presente Manual de Convivencia Escolar – Versión 2016 - 2, entrará en vigencia a partir del día 13 de julio del año escolar 2016.