clinica laboral

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JUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS. 200931452. JUZGADO DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y ECONÓMICO, COACTIVO QUETZALTENANGO. LUIS ALBERTO FUENTES GOMEZ, de treinta años de edad, casado, guatemalteco, maestro de educación primaria, vecino del municipio de Quetzaltenango del departamento de Quetzaltenango. Actúo bajo el auxilio, Dirección y procuración del Abogado JUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS, cuyo bufete profesional ubicado en la séptima calle uno guión setenta de la zona seis de esta ciudad, lugar que señalo para recibir notificaciones. Respetuosamente comparezco a iniciar JUICIO ORDINARIO DE TRABAJO DE REAJUSTE DE SALARIOS MINIMOS, en contra del señor HUMBERTO DOMINGO BRITO TERRAZA, quien reside y puede ser notificado en la tercera calle uno guion cero tres colonia San Juan de la zona siete de esta ciudad, de conformidad con los siguientes: H E CH O S: A. DEL INICIO DE LA RELACIÓN LABORAL: Inicié mi relación laboral con el hoy demandado por medio de contrato individual de trabajo en forma verbal, con fecha dos de enero de dos mil trece en esta ciudad. B. DEL TRABAJO DESEMPEÑADO: Desempeño el trabajo de Maestro de Educación Primaria, en el colegio los pinos bajo las ordenes del ahora demandado.

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JUICIO ORDINARIO DE PATERNIDAD Y FILIACIN - - - - - - - - - - - - - - NUEVO

JUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS.

200931452.

JUZGADO DE TRABAJO, PREVISIN SOCIAL Y ECONMICO, COACTIVO QUETZALTENANGO.LUIS ALBERTO FUENTES GOMEZ, de treinta aos de edad, casado, guatemalteco, maestro de educacin primaria, vecino del municipio de Quetzaltenango del departamento de Quetzaltenango. Acto bajo el auxilio, Direccin y procuracin del Abogado JUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS, cuyo bufete profesional ubicado en la sptima calle uno guin setenta de la zona seis de esta ciudad, lugar que sealo para recibir notificaciones. Respetuosamente comparezco a iniciar JUICIO ORDINARIO DE TRABAJO DE REAJUSTE DE SALARIOS MINIMOS, en contra del seor HUMBERTO DOMINGO BRITO TERRAZA, quien reside y puede ser notificado en la tercera calle uno guion cero tres colonia San Juan de la zona siete de esta ciudad, de conformidad con los siguientes:

H E CH O S:

A. DEL INICIO DE LA RELACIN LABORAL: Inici mi relacin laboral con el hoy demandado por medio de contrato individual de trabajo en forma verbal, con fecha dos de enero de dos mil trece en esta ciudad. B. DEL TRABAJO DESEMPEADO: Desempeo el trabajo de Maestro de Educacin Primaria, en el colegio los pinos bajo las ordenes del ahora demandado.

C. DEL SALARIO DEVENGADO: El ahora demandado me cancela un salario de mil quetzales (Q.1, 000.00) durante los ltimos seis meses de mi relacin laboral. D. DE LA JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO: En el desempeo del cargo de maestro de educacin primaria, tengo una jornada ordinaria diurna, de ocho horas diarias y de cuarenta horas a la semana de lunes a viernes, en horario de ocho a doce horas y de trece a diecisiete horas.

E. DEL REAJUSTE DEL SALARIO SOLICITADO: Seora Juez el acuerdo gubernativo numero trecientos cincuenta y nueve guion dos mil doce (359-2012) establece que el salario mnimo para las actividades agrcolas y no agrcolas es de dos mil ciento setenta y uno con setenta y cinco centavos (Q.2 ,171.75) mas doscientos cincuenta quetzales (Q.250.00) de bonificacin que se me deben pagar mensualmente, lo que hace un total de dos mil cuatrocientos veintin Quetzales con setenta y cinco centavos (Q.2 ,421.75) los que yo debera devengar mensualmente, motivo por el cual solicito el reajuste de mi salario mnimo ya que a partir del mes de febrero al mes de julio del presente ao solo devengue un salario de mil quetzales mensuales (Q.1 ,000.00) mensuales por lo cual solicito a usted seora juez se declare con lugar el reajuste del salario mnimo de los seis meses que no me fue pagado este completo. P R U E B A S:1). CONFESION JUDICIAL: Que en forma personal y no por medio de apoderado deber prestar el hoy demandado, conforme el pliego de posiciones que en plica acompao, debindolo citar al lugar indicado, bajo apercibimiento de QUE SI DEJARE DE COMPARECER EN TIEMPO SIN JUSTA CAUSA hecha valer en tiempo, se le tendr por confeso a solicitud de parte, sobre el pliego de posiciones y se le seguir el juicio en su rebelda sin mas citarlo ni orlo.2). DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR LA PARTE DEMANDA:

a) Libros de Salarios debidamente autorizados y registrados por la autoridad administrativa de trabajo correspondiente, donde consta el monto de salarios, bonificaciones y prestaciones pagadas y omitidas de pago a partir del mes de febrero al mes de julio del presente ao, debiendo la juez ordenar su presentacin en la primera audiencia. b) Recibos de pago donde consta el salario que he devengado a partir del mes de febrero al mes de julio del presente ao.

3). PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS: que se deriven de la sustanciacin de la presente demanda. P E T I C I N:

A). Se admita para su trmite el presente memorial, que contiene DEMANDA ORDINARIA DE TRABAJO DE REAJUSTE DE SALARIOS MNIMOS, reclamando el ajuste del salario que se me adeuda del mes de febrero al mes de julio del presente ao. Promovido por mi persona en contra de HUMBERTO DOMINGO BRITO TERRAZA, y con los documentos adjuntos se forme el expediente respectivo, dndole el trmite que en derecho corresponda.

B). Que se tenga nota que acto bajo la Direccin, Procuracin y Auxilio del Abogado JUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS y como lugar para recibir notificaciones el sealado.C). Que se tenga por ofrecida la prueba individualizada y por presentada la plica y documentos adjuntos, con citacin de la parte contraria, sealndose las audiencias necesarias para su recepcin.

D). Se seale da y hora para que las partes comparezcamos a juicio oral, oportunidad en la cual las partes debemos presentarnos con nuestros respectivos medios de prueba para rendirlos en dicha audiencia, bajo apercibimiento de continuar en rebelda de la parte que no compareciere en tiempo sin mas citarle ni orle.

E). Que se prevenga a la parte demandada para que en la primera audiencia entre las partes, la parte demandada exhiba los documentos y libros sealados en el apartado correspondiente, bajo apercibimiento que en caso de desobediencia se le impondr una multa de cincuenta a quinientos quetzales exactos, sin perjuicio de presumirse ciertos los datos aducidos por el oferente de la prueba;

F). Que se aperciba a la parte demandada para que en la primera audiencia a juicio oral, deber prestar confesin judicial en forma personal y no por medio de apoderado, conforme el pliego de posiciones que en plica adjunto, bajo apercibimiento de declararlo confeso en mis pretensiones.G).Que llegado el momento procesal se dicte sentencia declarando con lugar la presente demanda en JUICIO ORDINARIO DE TRABAJO DE REAJUSTE DE SALARIOS MINIMOS, promovido por mi persona en contra del seor HUMBERTO DOMINGO BRITO TERRAZA y en consecuencia se ordene el ajuste de mi salario del mes de febrero al mes de julio del presente ao. C I T A DE L E Y E S: Artculos citados y: 2, 3, 12, 18, 20,21,22, 30, 61, 82, 88, 102, 116, 119, 130, 134, 260, 266, 280. 281, 321, 322, 327, 328, 332, 335, 337, 338, 341, 344, 345, 346, 348, 353, 354, 355, 357, 358, 359. 360, 361, 362, 364 del Cdigo de Trabajo, Decreto 76-78, Decreto 42-92 Artculos: 41, 142, 143, 171, 196, 197 de la Ley del Organismo Judicial Decreto 2-89, todos del Congreso de la Repblica de Guatemala, artculo 102 y 106 de la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala. Acompao duplicado y tres fotocopias y de los documentos adjuntos, adems pliego de posiciones en plica.

Quetzaltenango, veinticinco de julio de dos mil trece. EN SU DIRECCIN Y PROCURACIN, AUXILIOJUAN CARLOS RODAS MAZARIEGOS.

Abogado y Notario1). El trabajador en que lugar a de demandar al patrono? Segn el artculo 314 del Cdigo de Trabajo que dice: Salvo disposicin en contrario convenida en un contrato o pacto de trabajo, que notoriamente favorezca al trabajador, siempre es competente y preferido a cualquier otro juez de previsin social. Y en su inciso b dice: El de la zona jurisdiccional a que corresponda la residencia habitual del demandante, si fueren varios los lugares de ejecucin del trabajo. En este caso aplicaremos lo regulado en dicho inciso ya que la relacin laboral se desarrollo en Momostenango, Totonicapn, y Salcaj, y el patrono reside en San Pedro Sacatepquez, San Marcos, por lo que la demanda se debe realizar en el departamento de Totonicapn ya que el trabajador tiene su residencia en el Municipio de San Francisco el Alto. 2). Quin comparece demandando el trabajador o su representante? Segn el Articulo 31 del Cdigo de Trabajo Son capases los menores de edad de uno u otro sexo, que tengan catorce aos o mas, por lo que puede comparecer demandando el trabajador o en su caso los padres si los tuviere, la Inspectora General de Trabajo y La procuradura General de la Nacin.

3). Qu prestaciones tiene derecho el trabajador le cancelen? Aguinaldo, Bonificacin Anual para Trabajadores del Sector Privado y Pblico, Reajuste de Salario, Vacaciones, Indemnizacin por Tiempo Servido.

4). Qu accin penal puede tomar el trabajador y ante quien? Puede accionar frente a la Procuradura General de la Nacin, la Procuradura de Derechos Humanos y la Inspectora General de Trabajo.5). Qu leyes se pueden aplicar en el caso concreto? Constitucin Poltica de la Republica de Guatemala, Cdigo de Trabajo, Cdigo Penal, Cdigo Procesal Penal, Cdigo Civil, Cdigo Procesal Civil y Mercantil, Ley del Organismo Judicial, Ley de Bonificacin Anual Para Trabajadores del Sector Privado y Publico, Ley Reguladora de la Prestacin del Aguinaldo para los Trabajadores del Sector Privado.