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CLII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2013

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CLII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2013

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DEPENDENCIA

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

AUDITORÍA DE DESEMPEÑO

Vertiente de Gasto 03 “Administración Pública”

Auditoría APPD/109/13

ANTECEDENTES

Al revisar la Cuenta Pública de 2013, se observó que la CEJUR, reportó un presupuesto

original de 925,426.8 miles de pesos de los cuales 4,971.4 miles de pesos, se asignaron

para operar la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General

de Notarías”, a cargo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la

cual se programó alcanzar una meta física de 100,000 asuntos. Al cierre del ejercicio,

el ente fiscalizado notificó una meta alcanzada de 112,585 asuntos que generaron un gasto

de 4,731.8 miles de pesos; de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública, el incremento de

la meta física se originó por la implementación de las jornadas notariales y del mes

del testamento en septiembre.

OBJETIVO

La auditoría se orientó a fiscalizar el Sistema de Evaluación al Desempeño de la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal, bajo la vertiente de gasto 03 “Administración

Pública”, respecto a la eficacia en el cumplimiento del objetivo y las metas establecidas;

la eficiencia en los procesos implementados; la economía en la aplicación de los recursos

asignados; la competencia profesional de los servidores públicos y la observancia de los

principios de profesionalismo, transparencia y honradez en el ejercicio del gasto público.

Asimismo, se comprobó la efectividad de los indicadores de desempeño implementados

por el sujeto fiscalizado.

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CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios “Importancia Relativa”,

por la variación registrada en el avance físico y financiero de la actividad institucional referida;

“Interés General”, debido a que se eligieron los rubros que por su naturaleza e impacto

social, así como por su trascendencia, son de interés de la ciudadanía; y “Exposición al Riesgo”,

en virtud de que permite la evaluación del impacto y la probabilidad de irregularidades,

deficiencias o errores en el sujeto fiscalizado. Lo anterior de conformidad con el Manual

de Selección de Auditorías vigente.

A la fecha no se había practicado ninguna auditoría de desempeño a la CEJUR, vertiente

de gasto 03 “Administración Pública”, actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del

Archivo General de Notarías”.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se evaluaron los resultados que la CEJUR reportó en la Cuenta Pública de 2013, relativos

a la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

como parte de la ejecución de la vertiente de gasto 03 “Administración Pública”, finalidad 1

“Gobierno”, función 3 “Coordinación de Política de Gobierno”, subfunción 5 “Asuntos Jurídicos”,

así como el cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con dicha actividad

institucional.

En el análisis de congruencia, se verificó la vinculación de la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías” con los objetivos, políticas

y estrategias de los Planes Nacionales de Desarrollo 2007-2012, publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2007 y vigente al día 20 de mayo de 2013,

el PND y 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 de mayo

de 2013 y vigente a partir del día siguiente de su publicación y de los Programas Generales de

Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

el día 8 de noviembre de 2007 y vigente al día 10 de septiembre de 2003 y el PGDDF

y 2013-2018, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 11 de septiembre

de 2013 y vigente a partir del día siguiente de su publicación.

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Para medir la eficacia, se evaluó el 100% de los registros de control interno, registros

auxiliares y papeles de trabajo de la actividad institucional en estudio, para verificar que

la meta física original se haya establecido en función de la demanda de trámites reales;

asimismo, que el seguimiento, control e integración de la información de las acciones

que totalizan la meta física alcanzada de la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarías” del ejercicio fiscal 2013, se haya efectuado

de acuerdo a la normatividad aplicable.

Para el análisis de eficiencia, se revisó el 100% de los procedimientos con que cuenta

la CEJUR para el cumplimiento de la meta y objetivos de la actividad institucional en

estudio. Asimismo, se evaluó la pertinencia del empleo de los recursos (humanos, materiales,

tecnológicos y financieros), instrumentos, métodos, procedimientos y lineamientos a los

que debieron sujetarse los servidores públicos en el ejercicio de la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”. Igualmente, para corroborar

la eficiencia, se realizaron visitas de supervisión e inspección al Archivo General de Notarías

y a las áreas que intervinieron en la actividad institucional en revisión.

En relación con el estudio de la economía, se revisó el origen, composición y destino

de los recursos financieros, la racionalidad del gasto y el cumplimiento de la normatividad

vigente en 2013, mediante la revisión del 100% de las afectaciones programático-presupuestarias

del total del recurso.

Para evaluar la competencia profesional de los servidores públicos y el cumplimiento

de los principios de profesionalismo, transparencia y honradez en el ejercicio del gasto

público, se revisaron 77 expedientes que representan el 100% de los registros de personal

de las distintas áreas que integran la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos,

lo que permitió comprobar la existencia de un perfil profesiográfico; verificar el cumplimiento

de la normatividad aplicable; los programas de capacitación vigentes durante el ejercicio

fiscal 2013; y la pertinencia de los cursos de capacitación y actualización de los servidores

públicos adscritos a las áreas encargadas de desarrollar la actividad institucional sujeta

a revisión.

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Con objeto de medir la efectividad de los indicadores de gestión implementados, se verificó

que éstos proporcionaran información que permitiera conocer de manera sistemática tanto

el avance del programa como el alcance de los objetivos y metas establecidos, a nivel físico

y financiero; y detectar las causas de incumplimientos o desviaciones.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

De conformidad con lo establecido en el Manual del Proceso General de Fiscalización,

vigente en 2013, se realizó una evaluación del control interno a la CEJUR específicamente

a la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, a

efecto de conocer el ambiente de control, la evaluación de riesgos, los sistemas

de información y comunicación, los procedimientos de control y la vigilancia de los controles

internos; considerando que el sistema de control interno comprende todo el plan de organización,

métodos y procedimientos instrumentados para asegurarse de que las metas y objetivos

se cumplan con criterios de eficacia, eficiencia, economía, transparencia, profesionalismo

y honradez, a efecto de garantizar que los recursos se utilicen de conformidad con las

leyes, reglamentos y políticas aplicables.

En este sentido, se realizaron visitas a las diferentes áreas directamente relacionadas

con la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

a efecto de conocer los métodos, normas, procedimientos, registros, informes y reportes

que se realizaron para garantizar el cumplimiento de las metas y objetivos.

En relación con el criterio de congruencia, se analizó que los objetivos y líneas de acción

de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

a cargo de la CEJUR, estuviesen alineados con los Planes Nacionales de Desarrollo 2007-2012

y 2013-2018, y con los Programas Generales de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012 y

2013-2018.

En cuanto al criterio de eficacia, se verificó que en 2013 la CEJUR hubiese contado con

mecanismos de control que aseguraran el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos

para la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General

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de Notarías”, para lo cual se analizó su Informe de Cuenta Pública y los informes de avance

trimestral correspondientes al ejercicio de 2013.

Respecto a la programación de la meta física de la actividad institucional 002 “Atender

trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, la CEJUR, no conservó los papeles

de trabajo ni las bases de cálculo empleados para estimar la meta física, en contravención

de lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 31 de diciembre de 2009,

vigente en 2013, referente a la guarda y custodia de la documentación. Asimismo, se identificó

que la elaboración, trámite y autorización del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013

del sujeto fiscalizado no se ajustó a lo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos de 2013.

Con relación al control de los registros internos, se revisaron los registros auxiliares efectuados

por el Archivo General de Notarías (AGN) para el control y seguimiento de la meta física.

En ellos se comprobó que los datos reportados por la CEJUR en sus Informes de Avance

Trimestral y de Cuenta Pública 2013, difieren de lo reportado como meta física alcanzada.

En cuanto a la vertiente de eficiencia, se constató que existe un manual administrativo,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 6 de julio de 2005, vigente al ejercicio fiscal

auditado, que contempla la estructura operativa en el que se establecen responsabilidades,

tramos de control, tiempos de atención de los trámites relativos al AGN, así como los

procedimientos para realizar las acciones establecidas en la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías” del sujeto fiscalizado, por medio

de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. De igual forma, se observó

que para la atención del AGN se actuó de conformidad con los artículos 236 al 247 de la

Ley del Notariado del Distrito Federal vigente en 2013.

De acuerdo con la información proporcionada por el AGN y con el estudio de campo, los

procedimientos que tienen mayor relevancia son los siguientes:

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1. Expedición de Copias Certificadas y Testimonios de Instrumentos Notariales.

2. Informe de Testamento.

3. Recepción de Avisos de Testamento.

4. Remisión de Testamento Ológrafo a Juez de lo Familiar.

5. Retiro de Testamento Ológrafo.

Por su parte, el procedimiento denominado Registro y Guarda de Testamento Otorgados

en el Extranjero no se realiza con regularidad, pero es un procedimiento importante para

el AGN.

En la vertiente de economía, se verificó que las afectaciones programático-presupuestarias

se encontraron integradas con los formatos señalados en el numeral IV.3.3 “Adecuaciones

Programático-Presupuestarias” del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal; también se identificó el total de Cuentas

Liquidas Certificadas (CLC) tramitadas durante el ejercicio presupuestal de 2013 para operar

la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”

y se confirmó que dicho trámite se realizó conforme a lo establecido por la Secretaría

de Finanzas (SEFIN).

Se revisaron los registros auxiliares elaborados por la CEJUR para el control y seguimiento

de las metas física y financiera. En dichos registros se comprobó que los datos reportados

por el sujeto fiscalizado en sus informes de avance trimestral y de Cuenta Pública 2013,

fueron coincidentes; sin embargo, la dependencia carece de un registro auxiliar mensual

que integre el avance financiero de manera simultánea.

De lo anterior se desprende que el AGN no contó con registros auxiliares que permitiesen

llevar el registro de los costos a nivel acción, lo que a su vez limitó la determinación de un

costo aproximado de la atención de trámite.

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Respecto al criterio de competencia profesional de los servidores públicos, se detectó que

en 2013 la CEJUR, contó con perfiles de puestos y profesiograma para regular la contratación

de personal de nuevo ingreso o las promociones de personal, y se ajustó a los Lineamientos

para la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios; sin embargo,

no observó lo previsto en la Circular Uno “ Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal”, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 8 de agosto de 2012,

vigente en 2013, respecto a la integración de los expedientes de personal y la atención

del rubro de capacitación.

De igual forma, la falta de indicadores impidió valorar el grado de cumplimiento de los objetivos

establecidos, conocer el efecto final de la intervención pública y detectar las causas

de incumplimiento o desviación que den lugar a posibles ajustes o adecuaciones en las

estrategias o líneas de acción para el logro de los resultados programados.

Por lo anterior, se determinó que en 2013 la CEJUR contó con un sistema de control interno

vulnerable, en virtud de que no dispuso de mecanismos de control y supervisión que

le permitieran garantizar una correcta programación y presupuestación, así como el cumplimiento

de la normatividad vigente; con indicadores que midiesen el cumplimiento de objetivos

y metas establecidos, ni con mecanismos de control y medición para evaluar el desempeño

en relación con la actividad institucional 002 “ Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarias”, por ello no conto con los suficientes elementos para identificar como

administrar los riesgos y el manejo transparente de los recursos públicos a su cargo.

Congruencia

1. Resultado

Alineación de los Objetivos y Líneas de Acción de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales, con los Planes Nacionales de Desarrollo y los Programas Generales

de Desarrollo del Distrito Federal

El artículo 6o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente

en 2013, establece que “las dependencias […] conducirán sus actividades en forma programada,

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con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades determinen

el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal,

los demás Programas que deriven de éste y las que establezca el Jefe de Gobierno.”

A su vez, los artículos 2o. y 3o. de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de enero de 2000, vigente

en 2013, establecen que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz y permanente

para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá la consecución de los

fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Estatuto del Gobierno del Distrito Federal;

y tendrá como ejes rectores el desarrollo económico, el desarrollo social y el ordenamiento

territorial y vinculará la programación y la presupuestación para concretar los objetivos,

estrategias, metas y prioridades del desarrollo.

Para determinar si la CEJUR, se ajustó a lo previsto en el ordenamiento en comento,

se valoró la relación y congruencia de sus objetivos con las prioridades del Gobierno Federal

y del Gobierno del Distrito Federal en materia registral.

En este sentido el artículo 15, fracción XVI, de Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal dispone lo siguiente:

“El Jefe de Gobierno se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, que comprenden

el estudio, planeación y despacho de los negocios del orden administrativo, en los términos

de esta Ley, de las siguientes dependencias: […]

”XVI. Consejería Jurídica y de Servicios Legales…”

Por su parte el artículo 35 de la citada ley indica que “a la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales corresponde el despacho de las materias relativas a las funciones de orientación,

asistencia, publicación oficial, y coordinación de asuntos jurídicos; revisión y elaboración

de los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que presente el Jefe de Gobierno

a la Asamblea Legislativa; revisión y elaboración de los proyectos de reglamentos, decretos,

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acuerdos y demás instrumentos jurídicos y administrativos que se sometan a consideración

del Jefe de Gobierno de los servicios relacionados con el Registro Civil, el Registro Público de

la Propiedad y de Comercio y del Archivo General de Notarías”.

El artículo 237 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2000, y vigente durante 2013, indica que

el AGN se constituirá con los documentos y sellos que las notarías del Distrito Federal

remitan a éste y que deberá mantener en custodia definitiva.

De conformidad con su manual administrativo, la CEJUR tiene el siguiente objetivo:

“Formular y revisar los anteproyectos de iniciativa de Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos

y Ordenamientos, respecto a las materias en que tenga competencia el Gobierno del Distrito

Federal, con excepción de la materia fiscal; substanciar las Expropiaciones, Desincorporaciones,

Reversiones y Pago de Indemnización; vigilar la correcta aplicación de la Ley del Notariado

así como la atención de las Consultas Jurídicas que se deriven de las Dependencias, […]

de la Administración Pública del Distrito Federal; Administrar y conservar el Archivo General de

Notarías; publicar la Gaceta Oficial del Distrito Federal; desahogar los trámites funerarios

y dar seguimientos a las quejas contra servidores públicos en materia de Derechos Humanos”.

A continuación se presenta un resumen de los instrumentos de planeación a mediano

plazo que contemplan lo relacionado con la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarial”:

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

Programa General de Desarrollo 2007-2012

Programa General de Desarrollo 2013-2018

Eje 5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

5.5 Transparencia y rendición de cuentas

Meta Nacional

Meta 1 “México en Paz”.

Eje 7 “Nuevo Orden Urbano: Servicios Eficientes y Calidad de Vida, para Todos”

Gestión pública eficaz y responsabilidad de la sociedad

Objetivo 1.

Mejorar y facilitar la solicitud y resolución de trámites, así como la prestación de servicios a cargo de los distintos órganos de la Administración Pública del Distrito Federal.

Continúa…

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… Continuación

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

Programa General de Desarrollo 2007-2012

Programa General de Desarrollo 2013-2018

ESTRATEGIA 5.4:

Desarrollar las disposiciones legales y los procedimientos que regulen la adecuada organización y conservación de los archivos gubernamentales.

Estrategias Transversales para el desarrollo nacional:

En la consecución del objetivo de llevar a México a su máximo potencial, además de las cinco Metas Nacionales la presente Administración pondrá especial énfasis en tres Estrategias Transversales en este Plan Nacional de Desarrollo:

i) Democratizar la Productividad;

ii) Un Gobierno Cercano y Moderno; y iii) Perspectiva de Género en todas las acciones de la presente Administración.

ii) Gobierno Cercano y Moderno. Las políticas y acciones de gobierno inciden directamente en la calidad de vida de las personas, por lo que es imperativo contar con un gobierno eficiente, con mecanismos de valuación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, y rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía. Por lo anterior, las políticas y los programas de la presente Administración deben estar

enmarcadas en un Gobierno Cercano y Moderno orientado a resultados, que optimice el uso de los recursos públicos, utilice las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulse la transparencia y la rendición de cuentas con base en un principio básico plasmado en el artículo 134 de la Constitución: “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

Acciones estratégicas:

Se implementará un ambicioso programa de modernización administrativa, con innovadoras herramientas y tecnologías que promuevan la mejora continua de la administración, optimicen el uso de los recursos, estimulen la participación ciudadana y transparentar la gestión gubernamental.

Buscaremos la instauración plena de un gobierno digital, empleando recursos tecnológicos que permitan reducir costos de operación, tiempos de espera y mejorar la atención al público.

Se fomentará un modelo de control preventivo en todas las instancias gubernamentales, para inhibir y combatir cualquier acción deshonesta, a través de sistemas de vigilancia del buen uso de los recursos públicos y del cumplimiento de los programas.

Se implementarán programas de sensibilización, capacitación y formación de servidores públicos de los ámbitos central y delegacional, dirigidos a modificar la cultura administrativa y organizacional.

se implementarán sistemas de Información modernos y confiables en la toma de decisiones, ejecución y evaluación de la actividad gubernamental.

Líneas de acción:

Implementar mecanismos de simplificación que permitan disminuir los tiempos de respuesta y el número de requisitos y de procedimientos para la resolución de trámites y la prestación de servicios.

Contribuir en la actualización de normas y disposiciones jurídicas para mejorar la gestión pública y otorgar una mayor certeza jurídica a la ciudadanía. […]

Avanzar en la implementación de medios electrónicos y otros mecanismos que permitan una ágil atención y resolución de trámites, así como una eficiente prestación de servicios, mediante el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación.”

Objetivo 2

Mejorar y mantener actualizados los canales de difusión de los trámites y servicios que brindan los distintos órganos que integran la Administración Pública del Distrito Federal, para dar certeza jurídica a la ciudadanía y garantizar la transparencia y la homogeneidad en la prestación de los mismos.

Líneas de acción

Difundir entre la población el contenido y utilidad de instrumentos como el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y el Catálogo Único de Trámites y Servicios en línea y sus actualizaciones.

Incorporar paulatinamente la totalidad de trámites y servicios a cargo de los distintos órganos de la Administración Pública del Distrito Federal a los mecanismos legales de difusión.

Priorizar los trámites y servicios más solicitados y de mayor impacto para la ciudadanía, estableciendo mejores prácticas en los procesos de trabajo y atención.

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En este sentido y conforme a lo establecido en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013

para atender la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General

de Notarías”, el AGN tiene como objetivo, fin, propósito y diagnóstico:

Objetivo Fin Propósito Diagnóstico

Autorizar las solicitudes de trámites que realicen los notarios al Archivo General de Notarías a fin de que el personal de la Ventanilla Única mejore los procesos de atención.

Garantizar la eficiente prestación de servicios del Archivo General de Notarías, Legalización y apostilla miento de documentos, trámites funerarios, así como también de la venta, distribución y consulta de la Gaceta Oficial de Gobierno del Distrito Federal.

Atender eficazmente y de forma expedita las necesidades de los usuarios del Archivo General de Notarías.

General.

El alto volumen de solicitudes de trámites que se generan en el Archivo General de Notarías, representa un problema a razón de los tiempos de respuesta, toda vez que no son favorables para todas las solicitudes, puesto que actualmente no se cuenta con los recursos necesarios para dar cumplimiento a las solicitudes. Por ello es urgente la implementación de un sistema de catalogación de los volúmenes que influya en una mejor planeación de los espacios para su establecimiento y el desahogo de los trámites de forma oportuna, pronta y expedita.

Propósito de Género

Capacitar a los y las servidores públicos para establecer una atención en igualdad de oportunidades sin diferencia de género.

Problemática General

Los habitantes de la capital cuentan con un acervo de instrumentos jurídicos de los siglos XVI al XX que contienen convenios, contratos, testamentos, proyectos gubernamentales y creación de sociedades que dan fe de la historia.

Problemática de Género:

Un número importante de personas que acuden al Archivo General de Notarías, son mujeres, personas de la tercera edad y con capacidades diferentes de conformidad con las acciones de gobierno y Plan de Desarrollo del Distrito Federal se efectúan propuestas para la equidad de género.

Por lo anterior, se determinó que los objetivos, fin y propósitos que orientan las acciones

de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”

responsabilidad de la CEJUR, previstos en la parte de Organización del manual administrativo

de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos son congruentes y se encuentran

alineados con los objetivos y líneas de acción establecidos en los Planes Nacionales

de Desarrollo 2007-2012 y 2013-2018, y en los Programas Generales de Desarrollo del

Distrito Federal 2007-2012 y 2013-2018, conforme a lo dispuesto por el artículo 6o. de la

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

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Eficacia

2. Resultado

Se analizó la Programación e Integración de la Meta Física de la Actividad

Institucional 002 “Atender Trámites y Servicios del Archivo General de Notarías”

El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, (LPGEDF),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2013,

indica lo siguiente:

“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, […] para cada ejercicio

fiscal y con base en: […]

”I. Las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos en la Ley

de Planeación, y

”II. Las políticas de gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la

Secretaría.

”III. La evaluación de los avances logrados en el cumplimiento de los objetivos y metas

del Programa General y los avances sectoriales con base al Sistema de Evaluación del

Desempeño, las metas y avances físicos financieros del ejercicio fiscal anterior y los pretendidos

para el siguiente ejercicio.

”El anteproyecto se elaborará por Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación

y Entidad estimando los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos

previstos en las metas, así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento.”

Por su parte, el artículo 26 de la LPGEDF, señala:

“Las Dependencias, […] formularán su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo

a los criterios presupuestales y, en su caso, a las previsiones de ingresos que les comunique

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la Secretaría, con base en su Programa Operativo Anual, los cuales deberán ser congruentes

entre sí. Adicionalmente, para el caso de las Entidades, sus anteproyectos deberán ser

aprobados por su órgano de gobierno.

”Asimismo, las Dependencias, […] deberán prever en sus respectivos Anteproyectos

de Presupuesto, los importes correspondientes al pago de contribuciones, aprovechamientos

y productos, ya sea de carácter local o federal, que por disposición de ley estén obligados

a enterar.

”La Secretaría queda facultada para formular los Anteproyectos de Presupuesto de las

Dependencias, […] cuando no le sean presentados en los plazos que al efecto se les hubiesen

señalado o cuando no se apeguen a los criterios presupuestales de eficiencia y eficacia

previstos en la legislación aplicable, así como a las previsiones de ingresos comunicados.”

En este sentido, el artículo 44 de la LPGEDF señala que:

“Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados

de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán

los responsables del manejo y aplicación de los recursos del cumplimiento […] metas y de

las vertientes de gasto contenidas en el presupuesto autorizado; […] de que los compromisos

sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia

de los documentos que los soportan.”

Del mismo, modo se observó que el Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013, en su apartado II “De la

Programación y Presupuestación”, establece el marco jurídico que regula la Programación

y Presupuestación del Gobierno del Distrito Federal; los aspectos conceptuales relativos

al Presupuesto basado en Resultados; la perspectiva de equidad de género y el enfoque

de derechos humanos; asimismo, define y desarrolla las fases del proceso de integración

del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos.

En el capítulo VII “Formulación de Presupuesto de egresos 2013”, subapartado a.1) “Guion

del Programa Operativo Anual”, del citado manual menciona, las condiciones mínimas

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para orientar a las Unidades en la definición de su misión, visión, así como en la formulación

de su diagnóstico, e identificación de líneas de acción y su vinculación con el programa

General de Desarrollo del Distrito Federal (PGDDF).” De igual forma, el subapartado a.2)

“Marco de Política Pública” indica que “es el instrumento metodológico que en su etapa inicial

de orientación hacia el Presupuesto basado en Resultados (PbR), […] A través de este

instrumento, las Unidades especificarán las actividades que ejecutarán durante el ejercicio

fiscal 2013 para dar cumplimiento a los objetivos, estrategias y líneas de política del PGDDF

[…] los elementos que componen el MPP son: A. Área operativa de la Actividad Institucional

(AI); B. Fin; C. Propósito; D. Propósito de Género; E. Diagnóstico i. Problemática General,

ii. Problemática de Género, iii. Insumos; F. Demanda Ciudadana, i. Meta Física, ii. Demanda

Identificada, iii. Mecanismos de Identificación, iv. Grupos de Atención y G. Componentes”.

A fin de verificar que la CEJUR, hubiese realizado una planeación de la programación-

presupuestación de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarías”, mediante el oficio núm. APPD/14/059 del 10 de septiembre de 2014,

se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara copia del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos y del Programa Operativo Anual (POA) autorizados para el ejercicio fiscal 2013.

En respuesta, con oficio Núm. CJSL/DGJEL/8071/2014 del 29 de septiembre de 2014,

la CEJUR remitió el formato denominado “Marco de Política Pública” que establece en la

actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

la demanda identificada de 100,000 con una unidad de medida “Asuntos”. Un asunto es definido

como “el género que engloba trámites y servicios que proporciona el Archivo General

de Notarías (AGN); el trámite es un procedimiento que sigue la Dirección General Jurídica

y Estudios Legislativos (DGJEL), para la obtención de un documento o cumplimiento

de una obligación por el cual se genera el pago de derechos de acuerdo con las

prescripciones del Código Fiscal del Distrito Federal; y, un servicio es toda prestación

del Gobierno actuando en sus funciones de derecho público, en favor de la persona interesada,

pero que el mismo no genera el pago de derechos.”, Dichas definiciones fueron proporcionadas

por la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos con el oficio núm. CJSL/DGJEL/8086/2014.

También se realizó una minuta de trabajo con personal de la Dirección General Jurídica

y de Estudios Legislativos, donde mostraron los papeles de trabajo que sirvieron de base

Page 17: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

15

para plantear la meta física. Al respecto, el ente fiscalizado informó que “no se encontraron

archivos o papeles de trabajo para el ejercicio 2013”.

Mediante el oficio núm. CJSL/DGJEL/8086/2014, del 30 de septiembre de 2014, la CEJUR

proporcionó copia del formato del Anteproyecto de Presupuesto 2013, a la que anexó

el oficio Núm. CJLS/DEA/0803/2012 del 26 de noviembre de 2012, dirigido a la SEFIN, en el

que plantea lo siguiente:

Actividad institucional Área

funcional Unidad medida

(UM) Meta física

Meta financiera (Miles de pesos) *

002 “Atender trámites y servicios de Archivo General de Notarías” 135,002 “Asuntos” 100,000 4,971.49

* Extracción del Formato Anteproyecto y “Programa Operativo Anual.

De la revisión de los elementos que se deben considerar para la elaboración del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos 2013, se desprenden los siguientes resultados:

Componente Elementos Cumple No cumple

a) Módulo de Integración por Resultados

a.1) Guion del Programa Operativo Anual

A. Misión X B. Visión X

C. Diagnóstico General X Contexto General I. Rezagos y problemáticas identificadas

X

II. Población Objetivo X III. Información estadística

X

IV. Necesidades de la población objetivo X Contexto de Género I. Rezagos y problemáticas de género

identificadas

X II. Población Objetivo X

III. Información estadística X

IV. Necesidades de la población objetivo X

D. Objetivos Estratégicos X E. Líneas de Acción X F. Vinculación con el PGDDF X

a.2) Marco de Política Pública

A. Área operativa de la Actividad Institucional X

B. Fin X

C. Propósito X

D. Propósito de Género X

E. Diagnóstico

I. Problemática General X

II. Problemática de Género X

III. Insumos X

Continúa…

Page 18: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

16

… Continuación

Componente Elementos Cumple No cumple

F. Demanda ciudadana

I. Meta Física X

II. Demanda Identificada X

III. Mecanismos de Identificación X

IV. Grupos de Atención X

V. Otros Grupos de Atención X

G. Componentes

I. Acciones Generales X

II. Acciones de Género X

III. Acciones de Derechos humanos X

VI.3. Módulo de Integración Financiera

a) Cartera de Inversión n.a.

b) Analítico de Claves X

c) Flujo de efectivo X

Al analizar los elementos que se deben considerar para la elaboración del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos 2013 de conformidad con el Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013,

Capítulo VII. Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2013, VII.1 la Formulación

General, inciso a) “Módulo de Integración por Resultados” en el subapartado a.1) Guion

del Programa Operativo Anual y subapartado a.2) Marco de Política Pública, se observó

en el apartado C. “Diagnóstico General”, que el “Contexto General” presentó información

parcial, debido a que no se encontró evidencia de Información estadística ni las necesidades

de la población objetivo. En cuanto al subapartado “Contexto de Género”, se constató que

no existieron elementos que mostraran alguna mención en cuanto a los rezagos y problemáticas

de género identificadas. Respecto a los apartados D.) Objetivos Estratégicos y E.) Líneas de

Acción, la CEJUR señaló que “disminuir el tiempo de respuesta de los trámites al automatizar

los procesos, como resultado de la modernización;” es decir, una estructura de gestión jurídica

y administración de excelencia, situación que no se observó en la revisión efectuada.

De la evaluación del objetivo, fin y propósito de la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarías” a cargo de la Dirección General Jurídica y de

Estudios Legislativos que son “atender eficazmente y de forma expedita las necesidades

de los usuarios del Archivo General de Notarías” y “vigilar el cumplimiento cabal de la normatividad

aplicable a la actuación notarial en relación con los tramites inherentes al AGN”, se identificó

el siguiente diagnóstico de la problemática en general: “El alto volumen de solicitudes

Page 19: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

17

que genera AGN representa un problema a razón de los tiempos en respuesta, toda vez que

no son favorables para todos los solicitantes, puesto que actualmente no se cuenta

con los recursos necesarios para dar cumplimiento a las solicitudes”.

De lo anterior se desprende que, para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos 2013, la CEJUR atendió lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en las Reglas de Carácter General

para la Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito

Federal vigentes en 2013, así como lo señalado en el Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013; sin embargo,

no proporcionó evidencia documental que sustente la demanda física a alcanzar que establece

dicho manual, y en contravención con lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, respecto a la guarda y custodia de la documentación.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-01-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, conserve bajo su resguardo

y custodia la documentación e información correspondiente a la planeación y la programación

de las actividades institucionales a su cargo, de acuerdo a lo señalado por la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente.

3. Resultado

Se revisaron los Logros Obtenidos y Efectos Generados

El artículo 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009 y vigente en 2013,

menciona que “la información financiera, presupuestal, programática y contable que emane

consolidadamente del sistema y de los registros auxiliares de las Dependencias, […]

de sus estados financieros, será la que sirva de base para que la Secretaría elabore

los informes trimestrales así como de formular la Cuenta Pública del Distrito Federal

Page 20: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

18

y someterlos a la consideración del Jefe de Gobierno para su presentación en los términos

de la Constitución y del Estatuto”.

Con objeto de verificar los logros obtenidos y los efectos generados, mediante el oficio

núm. APPD/14/059 del 10 de septiembre de 2014 y la Atenta Nota 2 del 20 de Noviembre del

mismo año; se solicitó a la CEJUR que proporcionara los reportes mensuales y trimestrales

de 2012 y 2013, así como el Informe de Cuenta Pública 2013, de igual forma, se le pidió

que indicara el avance físico de cada mes respecto a la cantidad original programada

y alcanzada, con su explicación detallada y ampliada, en caso de presentar variación.

Mediante el oficio núm. CJSL/DGJEL/8086/2014 del 30 septiembre de 2014, Director Ejecutivo

de Administración de la CEJUR proporciono el “calendario de Metas por actividad

institucional 2012” y el “calendario de Metas por actividad institucional 2013”, los que

contienen la meta física mensual y anual planeada de la siguiente forma:

(Asuntos)

CAMAI (Calendario de Metas por Actividad Institucional 2012)

Actividad institucional

Mes Total

Ene Feb Mar Abr Mayo Jun Jul Ago. Sep. Oct Nov Dic

002 “Atender trámites y servicios de Archivo General de Notarías”

5,500 4,700 4,800 6,800 7,600 8,000 7,000 9,500 13,000 17,000 10,000 6,100 100,000

CAMAI (Calendario de Metas por Actividad Institucional 2013)

Actividad institucional

Mes

Total Ene Feb Mar Abr Mayo Jun Jul Ago. Sep. Oct Nov Dic

002 “Atender trámites y servicios de Archivo General de Notarías”

5,500 4,700 4,800 6,800 7,600 8,000 7,000 9,500 13,000 17,000 10,000 6,100 100,000

Para verificar dicha información, se revisaron los informes mensuales y trimestrales en los

que se consignó la siguiente información:

Page 21: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

19

(Asuntos)

Año 2012 2013

Mes Asunto Variación Asunto Variación

Programados Alcanzados Física % Programados Alcanzados Física %

Enero 5,500 8,434 2,934 53.4% 5,500 9,816 4,316 78.5% Feb. 4,700 8,937 4,237 90.2% 4,700 8,913 4,213 89.6%

Marzo 4,800 8,800 4,000 83.3% 4,800 7,202 2,402 50 .0%

Abril 6,800 6,896 96 1.4% 6,800 8,483 1,683 24.8%

Mayo 7,600 10,306 2,706 35.6% 7,600 9,366 1,766 23.2%

Junio 8,000 8,651 651 8.1% 8,000 9,151 1,151 14.4%

Julio 7,000 9,161 2,161 30.9% 7,000 4,753 -2,247 32.1%

Agosto 9,500 9,900 400 4.2% 9,500 12,192 2,692 28.3%

Sep. 13,000 11,184 -1,816 -14.0% 13,000 9,703 -3,297 -25.4%

Oct. 17,000 16,578 -422 -2.5% 17,000 16,581 -419 -2.5%

Nov. 10,000 10,484 484 4.8% 10,000 11,012 1,012 10.1%

Dic. 6,100 5,026 -1,074 -17.6% 6,100 5,413 -687 -11.3%

Total 100,000 114,357 14,357 14.3% 100,000 112,585 12,585 12.6%

Extracto de los reportes mensuales de la CEJUR.

La variación de 12.6% entre lo programado y lo alcanzado obedece a la afluencia

de usuarios de acuerdo a la demanda de trámites, así como a los resultados del programa de

incentivos económicos producto de las “jornadas notariales.” De igual forma se encuentra

la recuperación económica y no acreditar el interés jurídico. En el mes de julio se suspendió

el servicio al público por parte del AGN, declarando como días inhábiles del 15 al 31 del mismo,

por lo que en agosto se incrementó el número de solicitudes.

Al revisar el reporte Descriptivo de Actividades Institucionales (DAI), en el que se explican

las variaciones de la evolución programática de las actividades institucionales, se observó

que la causa de la variación se debió a que “el cumplimiento de esta actividad está

a cargo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y la variación que se

refleja se deriva de todos los avisos de testamento que otorgan los Notarios del Distrito

Federal”.

Mediante el oficio núm. CJSL/DED/DGJEL/EA/834/2014 del 24 de febrero de 2014, el ente

fiscalizado informó que “la cantidad programada se rebasó en 12.6%, como resultado

de los incentivos económicos contenidos en la jornada notarial junto por una vivienda regularizada

y escriturada a bajo costo”.

Page 22: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

20

Al analizar dicha información, se observó que en el mes de febrero se presentó un incrementó

de 89.6%, en enero de 78.5% y en marzo de 50.0% respecto a lo programado; de igual

forma, en los meses de abril, mayo, agosto y julio se observaron incrementos de entre

el 20.0% y el 32.1%, lo que demuestra una falta de planeación respecto a lo registrado

y a lo alcanzado.

Con base en lo anterior, se determinó que el AGN elaboró su Proyecto de Presupuesto

de Egresos 2013 conforme al Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del

Anteproyecto de Egresos 2013; asimismo, se verificó que se ajustó a lo señalado en los

artículos 124 y 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en relación

con la elaboración del Anteproyecto de Egresos 2013. Asimismo, mediante el análisis

de los registros auxiliares efectuados por el AGN para el control y seguimiento de la meta

física de la actividad institucional en estudio, se comprobó que los datos reportados por la CEJUR

en sus informes de Avance Trimestral y de Cuenta Pública 2013, difieren con lo reportado

como meta física alcanzada. Se verificó que la afectación programático-presupuestaria

se integró con los formatos señalados en el numeral IV.3.3 “Adecuaciones Programático-

Presupuestarias” del Manual de Normas y Procedimientos para la Administración Pública

del Distrito Federal; sin embargo, en lo referente a la guarda y custodia de la documentación,

se observó que no realiza una adecuada programación de los asuntos por atender, situación

que en buena medida fue motivada por eventos predecibles por el sujeto fiscalizado.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-02-CEJUR

Es necesario, que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a través de la Dirección

General Jurídica y de Asuntos Legales, establezca mecanismos de control y seguimiento,

que permitan realizar la programación de su actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarias”, acorde al objetivo y unidad de medida y meta

física real, establecidas para el cumplimiento de metas originales, conforme a la normatividad

vigente.

Page 23: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

21

4. Resultado

Se examinaron los Mecanismos de Control para la Integración de Reportes

e Informes por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales

El artículo 123 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, señala que “las dependencias, […] deberán llevar registros auxiliares, para las

Sub-funciones que muestren de manera sistemática los avances financieros y de consecución

de metas, con objeto de facilitar la evaluación en el ejercicio del gasto público”.

Asimismo, el artículo 236 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal indica que

“el Archivo General de Notarías depende de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos”.

Por su parte, el artículo 237 de dicha ley establece lo siguiente:

“El Archivo General de Notarías se constituirá:

”I. Con los documentos que los notarios del Distrito Federal remitan a éste, según las prevenciones

de esta ley;

”II. Con los protocolos, que no sean aquellos que los notarios puedan conservar en su poder; […]

”IV. Con los expedientes manuscritos, libros y demás documentos que conforme a esta

ley deba mantener en custodia definitiva.”

De igual manera, el artículo 238 del mismo ordenamiento indica:

“El Consejero Jurídico y de Servicios Legales designará al titular del Archivo, quien ejercerá

además de las facultades previstas en otros ordenamientos jurídicos, las siguientes: […]

”IV. Estudiar y proponer métodos de conservación y respaldo, de la documentación e información

que tenga relación con la función notarial;

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22

”V. Expedir y reproducir a solicitud de parte interesada los documentos públicos y privados

que obren en los acervos en custodia del Archivo e;

”VI. Certificar la documentación solicitada por autoridades judiciales, administrativas y legislativas,

así como por los particulares que acrediten su interés legítimo, y que esté en custodia

del Archivo;

”VII. Revisar que los libros cumplan con todos y cada uno de los requisitos previstos en esta ley,

para su recepción y custodia definitiva;

”VIII. Certificar la razón de cierre con respecto a la revisión previa a la que se refiere la fracción

que antecede;

”IX. Custodiar en definitiva el protocolo que contenga la razón de cierre y que deba tener

una antigüedad de cinco años a partir de la fecha de la razón;

”X. Recibir para su inutilización los sellos, que se hayan deteriorado, alterado o aparecido

después de su extravío, así como los que no cumplan con los requisitos previstos en esta ley;

”XI. Recibir los expedientes, manuscritos, libros, folios y demás documentos que conforme

a esta ley deban entregar los notarios y que deban custodiarse en el Archivo;

”XII. Devolver a los notarios, en los plazos previstos por esta ley, los expedientes, manuscritos,

libros, folios y demás documentos que conforme a la misma, no deban custodiarse

en definitiva, después de haber sido dictaminados; […]

”XIV. Recibir de los notarios, los avisos de testamento y de designación de tutor cautelar

para su depósito y custodia definitiva en el archivo;

”XV. Recibir, para su depósito y custodia los testamentos ológrafos que presenten los particulares;

”XVI. Rendir información a las autoridades judiciales y administrativas competentes,

y a los notarios con respecto a los avisos y testamento ológrafos a que se refieren las dos

fracciones que anteceden;

Page 25: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

23

”XVII. Dictaminar y calificar las solicitudes presentadas por los particulares, para determinar

la procedencia de un trámite;

”XVIII. Realizar anotaciones marginales de acuerdo a la función notarial, prevista en esta

ley; […]

”XXI. Colaborar para la integración, alimentación, mantenimiento y actualización del sistema

de datos del Registro Nacional de Testamentos y del Registro Nacional de Poderes; y…”

El artículo 239 de la citada ley precisa que “el Archivo es privado tratándose de documentos

que no tengan una antigüedad de más de setenta años, de los cuales a solicitud de persona que

acredite tener interés jurídico, de autoridades competentes y de notarios, podrán expedirse

copias simples o certificadas, previo pago de los derechos que previene el Código Financiero

del Distrito Federal”.

Al referirse a las funciones de la unidad coordinadora de archivos, la fracción IX

del artículo 20 de la Ley de Archivos del Distrito Federal vigente en 2013, señala: “Coadyuvar

con la instancia responsable de la función, en el diseño, desarrollo, establecimiento y actualización

de la normatividad que sea aplicable dentro del ente público, para la adquisición de tecnologías de

la información para los archivos, así como para la automatización de archivos, la digitalización

o microfilmación de los documentos de archivo o para la gestión, administración y conservación

de los documentos electrónicos…”.

A fin de evaluar los mecanismos de control internos adaptados para la actividad institucional

002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, con el oficio núm. APPD/14/059

del 10 de septiembre de 2014, se solicitó al ente fiscalizado que proporcionara la información

referente a informes de avance mensual, trimestral y anual; y de resultados, así como

el descriptivo y calendarización de actividades, copia de los registros auxiliares y el Informe de

Cuenta Pública todo con referencia al ejercicio presupuestal de 2013.

Tras analizar los informes mensuales, y trimestrales, así como el Informe de Cuenta Pública,

se constató que en la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo

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24

General de Notarías”, el registro y control de avance de meta física que se reportó al cierre

del ejercicio fiscal 2013 ascendió a 112,585, superando en 12.6% lo planeado de 100,000 asuntos.

Con objeto de conocer en qué consistieron los 112,585 asuntos que el AGN reportó en la

Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2013, se solicitó al ente fiscalizado

que desagregara dichos asuntos. En respuesta, mediante el oficio núm. CJSL/DGJEL/8086/2014

la CEJUR informó lo siguiente:

Número Trámite Atendidos Número Trámite Atendidos

1 Modificaciones sociedad en convivencia 0 15 Informe de tutela cautela 195

2 Copias certificadas sociedad en convivencia

1 16 Búsquedas por índice 249

3 Informe o constancia 2 17 Aviso de notarías 291

4 Nota marginal protocolo consular 6 18 Testamento extranjero 391

5 Terminación sociedad de convivencia 12 19 Razón de cierre 994

6 Registro sociedad en convivencia 13 20 Guardas notariales 1,073

7 Informe sociedad en convivencia 16 21 Consulta instrumentos notariales

4,818

8 Autorización definitivas 18 22 Informe de juzgados 8,074

9 Riesgo de sello y firma notario 23 23 Copias certificadas 9,099

10 Guardas definitivas protocolo consular 27 24 Informe notarios 9,552

11 Razón de cierre consular 30 25 Copias directas 10,097

12 Solicitud de autorización definitiva 51 26 Notas marginales 11,409

13 Registro de tutela cautelar 68 27 Calificaciones 12,921

14 Remisión testamento ológrafo 166 28 Aviso de testamento 48,666

Total 118,262

Cuadro proporcionado por DGJEL.

Como se observa, de los 28 trámites que se realizan en la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, destacan por su importancia

el “Aviso de Testamento” con un 41.2%, las “Calificaciones” con un 10.9%, las “Notas Marginales”

con un 9.6% y con un 8.5% la “Copia Directa”.

En cuanto a la revisión de la Cuenta Pública de 2013, en la actividad institucional 002 “Atender

trámites y servicios del Archivo General de Notarías” se reportó una meta alcanzada

de 112,585 trámites y en la información desagregada proporcionada por la Dirección General

Jurídica y de Estudios Legislativos se reportaron 118,262, observando una diferencia

de 5,677. Con el propósito de aclarar dicha diferencia, se realizó una reunión de trabajo

con personal del AGN, en la que informaron que la variación se debe al trámite “Aviso

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25

de Testamento”, ya que existe un desfase en la fecha de presentación de los informes mensuales

y trimestrales, así como en el de la Cuenta Pública de 2013; de igual forma, informaron

que en los días en que se realiza la revisión del trámite antes mencionado, se registran

importantes cargas trabajo, así como por las jornadas notariales y el mes del testamento.

Al analizar los trámites que realiza el AGN se detectó que éstos se elaboraron de forma

manual, pues no existe una sistematización de procesos; en este sentido, se solicitó mediante

la Atenta Nota núm. 2 que se mencionara el grado de avance para la automatización

de los archivos, digitalización o microfilmación de los mismos, o para la gestión, administración

y conservación de los documentos, como lo establece la Ley de Archivos del Distrito Federal

en su artículo 20, fracción IX. En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DEA/AAG/389/2014

la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos informó que “se hace del conocimiento

que hasta el momento no se ha presentado ante el COTECID (Comité Técnico Interno

de Administración de Documentos), alguna petición o informe sobre el avance de automatización,

digitalización o microfilmación de los documentos de archivo”.

Por lo expuesto, se determinó, que los reportes mensuales, trimestrales y de Cuenta Pública

de 2013 reportados por la CEJUR en relación a la desagregación de las acciones realizadas

en la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”

presentan un desfase, además de que no existe una sistematización o digitalización

de los trámites realizados.

Al analizar la información citada, se observó que existe una variación entre lo consignado

y los registros consolidados de los Informes de Evaluación al Desempeño de Metas y de los

Indicadores de Gestión Mensual de 2013 de la CEJUR en contravención a lo establecido

en el artículo 124 de la LPGEDF; en el que se menciona: “la información financiera,

presupuestal, programática y contable que emane consolidadamente del sistema

y de los registros auxiliares de las Dependencias, […] de sus estados financieros, será la que

sirva de base para que la SEFIN elabore los informes trimestrales así como de formular

la Cuenta Pública del Distrito Federal y someterlos a la consideración del Jefe de

Gobierno para su presentación en los términos de la Constitución y del Estatuto…”.

Page 28: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

26

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-03-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a través de la Dirección

Ejecutiva de Administración, tome las medidas necesarias para que la información presupuestal,

programática y contable, emane de un sistema y de los registros auxiliares, por cuanto

a la documentación que respalda al Archivo General de Notarias, deberá observarse

la sistematización y conservación en medios electrónicos de acuerdo a la Ley de Archivos

del Distrito Federal, del Archivo General de Notarías.

Eficiencia

5. Resultado

Se evaluaron los Recursos Humanos Materiales y Financieros, utilizados

para el Logro de los Fines de la Actividad Institucional 002 “Atender Trámites

y Servicios del Archivo General de Notarías”

El artículo 4o., del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 28 de diciembre de 2000, vigente en 2013,

establece que “con base en los principios de transparencia y legalidad, se proveerán

los recursos humanos, materiales y financieros para el exacto y oportuno despacho de los

negocios del orden administrativo de todas y cada una de las Dependencias, […] de la Administración

Pública”.

El Programa Operativo Anual (POA) de la CEJUR de 2013 señaló como diagnóstico para

la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

lo siguiente: “Los habitantes de la capital cuentan con un acervo de instrumentos jurídicos

de los siglos XVI al XX que contienen convenios, contratos, testamentos, proyectos gubernamentales

y creación de sociedades que dan fe de la historia”.

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Por lo anterior, la CEJUR estableció en su manual administrativo que la Dirección General

Jurídica y de Estudios Legislativos, publicado en la Gaceta Oficial, el 28 de mayo de 2010,

vigente en 2013, tendría las siguientes atribuciones: vigilar la correcta aplicación de la Ley

del Notariado así como la atención de las Consultas Jurídicas que se deriven de las

Dependencias.

Al revisar el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio 2013,

se observó que, para la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarías”, la CEJUR asignó un presupuesto original de 4,971.4 miles de pesos,

que se distribuyeron en diferentes partidas presupuestales de los capítulos de gasto 1000

“Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales”,

como sigue:

(Miles de pesos)

Capítulo de gasto Monto

Total 4,971.4

1000 “Servicios Personales” 220.0

2000 “Materiales y Suministros” 1,500.0

3000 “Servicios Generales” 3,251.4

Al respecto, se observó que las cifras corresponden a las autorizadas en el POA de 2013

del sujeto fiscalizado. A fin de verificar que lo presupuestado correspondiera con los requerimientos de

la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, se solicitó a la CEJUR que explicara

cuáles eran los conceptos considerados para el cálculo del costo de la actividad institucional

002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”; en respuesta, la dependencia

informó que “el cálculo del costo de las actividades institucionales se realiza cuando

nos es informado el techo presupuestal, de manera equitativa para las cinco unidades

administrativas que integran la dependencia; el presupuesto original se va modificando

a lo largo del ejercicio fiscal de acuerdo al comportamiento del gasto, a las necesidades

de cada Dirección General y a los Proyectos específicos que les sean asignados”.

Del presupuesto asignado a la CEJUR, se adicionó al presupuesto de la actividad

institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías” la partida

Page 30: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

28

presupuestal 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” a la adquisición

de cinco computadoras de escritorio, seis impresoras tipo 1 volumen medio y un escáner

plano, los cuales son necesarios para el funcionamiento óptimo de la Dirección General

Jurídica y de Estudios Legislativo, los cuales fueron adquiridos y puestos en operación.

A fin de identificar los procedimientos empleados y aplicados por la Dirección General

Jurídica y de Estudios Legislativos en la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarías”, se revisó el manual administrativo del AGN,

en su apartado de procedimientos, el cual contempla 46 procedimientos, de los cuales

se seleccionaron los que tienen relación directa con la actividad institucional en estudio

correspondiente al rubro de testamentos y fueron los siguientes:

1. Depósito de Testamento Ológrafo.

2. Expedición de Copias Certificadas y Testimonios de Instrumentos Notariales.

3. Informe de Testamento.

4. Recepción de Avisos de Testamento.

5. Registro y Guarda de Testamento Otorgados en el Extranjero.

6. Remisión de Testamento Ológrafo a Juez de lo Familiar.

7. Retiro de Testamento Ológrafo.

Del estudio de campo que realizó el equipo auditor en la Dirección Consultiva y de Asuntos

Notariales, y derivado de las reuniones de trabajo donde se comentaron los distintos procedimientos,

se determinó la importancia de solicitar al ente fiscalizado un descriptivo de cada procedimiento.

Con relación al procedimiento Deposito de Testamento Ológrafo, la Dirección Consultiva

y de Asuntos Notariales informó que el 23 de julio de 2012 se publicó en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas

disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; se reforman

Page 31: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

29

y adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Notariado para el Distrito Federal y

se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal del Distrito Federal”;

el cual, en su artículo primero, prescribió lo siguiente:

“Artículo Primero: […] y se derogan los artículos […] los artículos 1150, 1151, 1552, 1553, 1554,

1555, 1556, 1557, 1558, 1559, 1560, 1561, 1562, 1563, 1564, […] todos del Código Civil

para el Distrito Federal…”

Número de procedimiento

Nombre del procedimiento

Descripción de procedimiento Procedimiento

028 “Depósito de Testamento Ológrafo”

Derogado Derogado

029 “Expedición de Copias Certificadas y Testimonios de Instrumentos Notariales”

El Archivo General de Notarías expide copias certificadas y testimonios de los instrumentos notariales que obran en guarda definitiva en esta unidad administrativa, a solicitud de los interesados que acrediten interés jurídico, para el caso de instrumentos notariales clasificados como de archivo privado (edad menor a setenta años) interés legítimo para el caso de instrumentos notariales clasificados como de archivo público (edad mayor a setenta años).

1.- El interesado ingresa la solicitud por ventanilla única, adjuntando comprobante de pago y documentos soporte, particulares deberán de acreditar interés jurídico y en tal sentido deberán de forma previa pasar por la calificación del mismo, por lo que respecta a los notarios la solicitud será directa. Esto es, no deberán de acreditar el interés jurídico;

2.- Ventanilla Única registra en formato de control de trámites y turna solicitud y documentación del Área de Acervos;

3.- JUD de Acervos Notariales recibe la solicitud con documentación, acusa de recibo, localiza libros registra en control de salida y turna libros, solicitud y documentación al Área de Reprografía;

4.- Enlace de reprografía recibe libro de protocolo, apéndice, solicitud y documentación y procede a fotocopiar conforme a lo que indica la calificación, revisa que éstas correspondan con la solicitud y sean legibles y turna al Área de Certificaciones;

5.- El Área de Certificaciones recibe solicitud con documentación, libro de protocolo, apéndice y copias, cancela hojas y espacios en blanco plasmado el sello “sin texto”, plasma sello de nota marginal en el libro de protocolo, elabora certificación y sella cada foja del legajo de copias; y

6.- Turna el legajo con solicitud al área de entrega de documentos de la Ventanilla Única, si se trata de copias certificadas para alguna autoridad elabora oficio de entrega, recaba firma de la Subdirección de Archivo General de Notarías y envía con mensajero a la autoridad correspondiente.

Continúa…

Page 32: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

30

… Continuación

Número de procedimiento

Nombre del procedimiento

Descripción de procedimiento Procedimiento

030 “Informe de Testamento”

El Archivo General de Notarías rinde informes de existencia o inexistencia de disposición testamentaria, únicamente a Jueces de lo Familiar y Notarios Públicos.

1.- Se ingresa la solicitud por Ventanilla Única y comprobante de pago de derechos;

2.- Ventanilla Única registra en formato de control de tramites (para Juez o Notarios según sea el caso) y turna al Área de Testamentos;

3.- Enlace de Testamentos elabora oficio de respuesta y en el asienta si existe o no existe disposición testamentaria en los registros que se llevan en esta oficina, desde 1902 a la fecha, revisa, rubrica y recaba firma de la Subdirección de Archivo General de Notarías. Dicho oficio de respuesta incluye el resultado de la búsqueda del Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT), que reporta si la persona mencionada otorgó disposición testamentaria en otra Entidad Federativa; y

4.- Enlace de testamento turna oficio de respuesta a Ventanilla única para ser recogida por los interesados, si se trata de petición de un juzgado se remite oficio de respuesta al Juzgado correspondiente.

031 “Recepción de Avisos de Testamento”

Recibir los Avisos de Testamento que remiten los Notarios Públicos del Distrito Federal para proceder a su registro y archivo correspondiente.

1.- Ingresa por Ventanilla Única la Tarjeta de Aviso de Testamento debidamente requisita da junto con el comprobante de pago en original;

2.- Ventanilla Única asienta los datos en el formato de control de gestión y turna tarjeta y comprobante de pago y firma en la parte inferior de las tarjetas y las desprende (si es extemporánea se imprime leyenda de extemporáneo en ambas partes de la tarjeta): y

3.- Turna tarjeta y comprobante de pago al área de testamentos para su archivo correspondiente y envía la parte superior de la tarjeta al Área de entrega de documentos en espera de ser recogidos por los interesados.

033 “Registro y Guarda de Testamento Otorgados en el Extranjero”

El Archivo General de Notarías recibe a la Secretaría de Relaciones Exteriores los avisos de testamento que se han otorgado en el extranjero ante Consulados Mexicanos y los incluirá en sus registros testamentarios.

1.- El Aviso de testamento ingresa por Ventanilla Única, se registra en formato de Control de Gestión y turna al Área de Testamentos;

2.- Enlace de testamentos integra la tarjeta de aviso de testamento al registro.

3.- Entrega oficio a la Secretaría de Relaciones Exteriores y archiva de Notarías; y

034 “Remisión de Testamento Ológrafo a Juez de lo Familiar”

El Archivo General de Notarías los testamentos ológrafos otorgados por particulares, a la autoridad judicial que éste conociendo del juicio sucesorio, para efectos de la apertura y validación del dicho testamento y la continuación sucesoria.

1.- Juez de lo Familiar Acude a la Ventanilla Única y entrega oficio de solicitud por triplicado;

2.- Ventanilla Única recibe, sella de recibido los tres tantos del oficio y devuelve el tercer tanto como acuse de recibo, registra en listas de control de gestión y turna al Enlace de Testamentos;

3.- Enlace de Testamentos recibe listas de control de gestión, acusa de recibo en formato de control, localiza y retira sobre;

4.- Enlace de Testamentos asienta acta en el libro de registro, elabora oficio de remisión y recaba firma de la Subdirección de Archivo General de Notarías; y

Continúa…

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31

… Continuación

Número de procedimiento

Nombre del procedimiento

Descripción de procedimiento Procedimiento

5.- Se envía el sobre que contiene el testamento ológrafo y el oficio al Juez correspondiente, a través de mensajero, recaba firma de recibido en el libro de registro correspondiente, guarda el libro y archiva oficios de acuse.

035 “Retiro de Testamento Ológrafo”

El Archivo General de Notarías entrega el testamento ológrafo al redactor del mismo cuando este lo solicite y se identifique debidamente.

1.- Acudir a la Ventanilla Única para ingresar su trámite y la petición se turna al Área de Testamentos;

2.- Se requiere al testador que solicita el retiro de su testamento ológrafo la presentación del original del sobre que quedó en su poder y que contiene su testamento ológrafo o acta del Ministerio Público donde se señale su perdida;

3.- Solicita la firma del testador y de los testigos, recaba la firma del titular de la Subdirección de Archivo General de Notarías, en el acta del libro de registro; y

4.- Se entrega sobre al interesado e identificación y se archiva solicitud en el expediente.

Se precisa el procedimiento descrito es sobre la base del procedimiento contenido en el Manual Administrativo de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, sin embargo de conformidad con el Manual de Trámites y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, no aplica los requisitos de presentar el ejemplar del testamento ológrafo quedo en poder del testador o en acta levantada ante el Ministerio Público en caso de su extravió y asimismo no se requiere la presentación de los testigos.

Los artículos referidos en la cita normaban lo relativo al testamento ológrafo, por lo que

el mismo se encuentra actualmente derogado y en tal virtud actualmente no existe el procedimiento

de “Depósito de Testamento Ológrafo”.

En términos del artículo primero transitorio del decreto en comento, antes de la derogación

a los testamentos ológrafos depositados en el AGN les aplica el principio de ultra actividad,

como se señala en seguida:

“Primero.- Aquellos testamentos públicos cerrados, públicos simplificados, ológrafos,

privados, militares o marítimos que hayan sido otorgados con anterioridad al presente decreto,

subsistirán en sus términos y para su apertura y declaración de ser formal testamento se

substanciarán de conformidad con las disposiciones legales vigentes al momento de su

otorgamiento.”

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32

Además de la revisión de los procedimientos seleccionados, el ente fiscalizado entregó

los memorándums 15 y 16, ambos del 10 de marzo de 2014, en los que se proporcionó

información que contiene una descripción por procedimiento, acciones, actividades y áreas

involucradas, como se muestra a continuación:

Se revisaron dichos procedimientos directamente con la Jefatura de Departamento de la

Ventanilla Única y se determinó que ésta es la encargada de recibir las solicitudes, y promociones

de los usuarios respecto de todos los tramites del AGN; depende directamente de la Dirección

General Jurídica y de Estudios Legislativos; asesora a los usuarios respecto de los requisitos

de los servicios del AGN; entrega a los usuarios las respuestas a sus trámites; proporciona

gratuitamente los formatos necesarios para diversos trámites; informa diariamente

a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la cantidad y tipo de trámites

recibidos; y los turna a las diferentes unidades.

Asimismo se observó que la Ventanilla Única atiende de 500 a 700 usuarios al día, de los

cuales el 15% son personas de la tercera edad o personas discapacitadas, usuarios

que solicitan informes o realizan algún tipo de trámite del AGN. Cada trámite tiene un costo

y cuando las personas de la tercera edad requieren hacer el pago del mismo tienen que

trasladarse a una oficina de Tesorería, lo que implica buscar una oficina cercana o tener

que regresar otro día a proseguir con su trámite.

De la revisión de los procedimientos seleccionados y de las visitas efectuadas a las diferentes

áreas del AGN, a fin de conocer cómo se efectuaron dichos procedimientos y constatar

la actuación de los servidores públicos, así como de los recursos materiales utilizados como

parte de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General

de Notarías”, se observó que el ente fiscalizado carece de una sistematización integral

en sus procesos. De igual forma, el control y manejo de los documentos resguardados del AGN

y su utilización entre las áreas se realiza con mecanismos manuales y los espacios para

el resguardo y almacenamiento de los documentos no cuentan con controles sistematizados

para la asignación física; asimismo, no cuentan con anaqueles o estantes, por lo que la

búsqueda y localización de los documentos se efectúa con demoras.

Page 35: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

33

De igual forma, se observó que el espacio físico asignado para el resguardo de los documentos

pudiera provocar el deterioro y extravío de los mismos; La jefatura de unidad departamental

de la Ventanilla Única no cuenta con el equipamiento suficiente; no tiene instalaciones

adecuadas para la atención a las personas de la tercera edad y con capacidades diferentes;

el número de ventanillas de atención son insuficientes; y los mecanismos internos de control

interno no están sistematizados.

Por lo anterior se determinó que en relación con la actividad institucional 002 “Atender

trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, la CEJUR atendió lo señalado en el

artículo 4o. del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; de igual

forma, que contó con los recursos humanos y financieros para llevar a cabo acciones

de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Manual Administrativo de la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales, en el apartado de la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos. Sin embargo, no contó con los recursos materiales necesarios para la operación

de la actividad institucional en estudio y el sistema de control interno y resguardo

que utiliza para el manejo del AGN es deficiente.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-04-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la Dirección

General Jurídica y de Estudios Legislativos, brinde a la Ventanilla Única el acondicionamiento

y procedimientos para la atención ciudadana a personas de la tercera edad o personas

discapacitadas, estableciendo políticas y procedimientos para la gestión de todos los trámites

y servicios solicitados, dando una atención de calidad.

Recomendación APPD-109-13-05-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por medio de la Dirección

General Jurídica y de Estudios Legislativos, establezca mecanismos para mejorar el sistema

de control interno y guarda y custodia de los documentos, que conforman el acervo documental.

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34

6. Resultado

Se analizaron los Recursos, Instrumentos, Métodos, Procedimientos y Lineamientos

utilizados en el Desarrollo de la Actividad Institucional 002 “Atender Trámites

y Servicios del Archivo General de Notarías”

Asimismo, se analizó el contenido del artículo 18 del Reglamento Interior de la Ley Orgánica

de la Administración Pública del Distrito Federal, que establece que “los Manuales Administrativos

serán elaborados y aprobados por los titulares de las Dependencias”.

En este sentido, el artículo 26 del mismo ordenamiento indica:

“Corresponden a los titulares de las Secretarías, además de las atribuciones que expresamente

les confiere la Ley, las siguientes: […]

”IV. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, las cuales se entenderán delegadas…”

Por su parte, el numeral 2.3 Estructuras Orgánicas, apartado 2.3.1.3. de Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal, señala lo siguiente:

“La dictaminación de las estructuras orgánicas puede llevarse a cabo por cualquiera de las

siguientes circunstancias: […]

”2.3.1.3.2. Cuando las dependencias, […] soliciten alguna modificación debidamente justificada

y sustentada.”

Asimismo, el numeral 2.4 “Revisión, dictamen y registro de Manuales Administrativos”,

del apartado 2.4.1, indica:

“Para efectos de revisión, dictamen y registro ante la CG, los Manuales Administrativos

de las dependencias […] de la APDF se componen de:

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35

”● Manual de Organización, y

”● Manual de Procedimientos.”

El mismo sentido, los apartados 2.4.2 y 2.4.3 señalan:

“Los titulares de las dependencias […] son los responsables de la actualización de los

Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado,

de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión

o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud

de reestructura el proyecto de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente

con la estructura. La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse

a la CGMA […]

”2.4.3. Los Manuales Administrativos de las dependencias […] de la APDF, deberán elaborarse

en estricto apego a la presente Circular y a la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales

del GDF.

”Los Manuales Administrativos deberán elaborarse en estricto apego a la estructura orgánica

vigente, dictaminada por la CG.”

Por lo expuesto, se analizó la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno

del Distrito Federal vigente en 2013, que indica que para efecto de integrar el manual de

procedimientos, se sugiere identificar e incluir procedimientos sustantivos que, en forma

breve y clara, muestren secuencial y ordenadamente la forma de realizar un trabajo ejecutado

por las áreas. Dicha guía también establece que cada procedimiento deberá contener

los siguientes apartados: Objetivo General, Políticas o Normas de Operación, Descripción Narrativa

y Diagrama de Flujo.

Con objeto de analizar los recursos, instrumentos, métodos, procedimientos y lineamientos

utilizados en el desarrollo de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios

del Archivo General de Notarías”, con el oficio núm. APPD/14/059 del 10 de septiembre de 2014,

se solicitó a la CEJUR que proporcionara la información referente a su manual administrativo;

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36

el Marco Jurídico y Normativo; los procedimientos con los que operaron las áreas involucradas

en la actividad institucional en estudio; y describir las acciones de supervisión, todo relativo

al ejercicio fiscal de 2013.

En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DGJEL/7899/2014 del 22 de septiembre de 2014,

la CEJUR remitió la documentación e información solicitada.

Al revisar el manual administrativo de la CEJUR y los documentos entregados, en el apartado

de procedimientos se observó, que la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos

contó con un total de 46 procedimientos autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) mediante el oficio núm. CGMA/0350/05 del 3 de febrero de 2006.

A fin de identificar los procedimientos aplicados por la CEJUR en la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, se revisó el manual administrativo,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 6 de julio de 2005, vigente al ejercicio

fiscal auditado, en su apartado de procedimientos, de la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos, en el que se relacionan siete procedimientos que tienen relación directa

con la actividad institucional señalada, los que a continuación se describen:

Número Nombre del procedimiento

028 Depósito de Testamento Ológrafo (DEROGADO)

029 Expedición de Copias Certificadas y Testimonios de Instrumentos Notariales

030 Informe de Testamento

033 Registro y Guarda de Testamentos Otorgados en el Extranjero

034 Remisión de Testamento Ológrafo a Juez de lo Familiar

035 Retiro de Testamento Ológrafo

036 Asiento de Nota Marginal o Complementarias

En dicho manual administrativo se identificaron las etapas, tramos de control, instancias involucradas,

mecanismos de control y supervisión a la ejecución de las diferentes acciones que contemplan

los procedimientos para atender la actividad institucional en estudio.

A fin de evaluar la aplicación de los procedimientos seleccionados, se realizaron visitas

a las diferentes áreas que integran la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos,

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37

para constatar que las instancias, controles, responsabilidades y tiempos señalados

en el manual administrativo, se hayan atendido.

Tras revisar los documentos presentados y las fichas descriptivas, y como resultado

de las entrevistas realizadas al personal encargado de las acciones que se atienden para

la operación del AGN, se determinó que en éstas participan las diferentes figuras por tramos

de control que establece el manual administrativo.

Así mismo, se observó que el AGN dispuso de un manual administrativo conforme a lo establecido

en los artículos 18 y 26 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;

los numerales 2.3, apartado 2.3.1.3, Subapartado 2.3.1.3.2; y 2.4, apartados 2.4.1 y 2.4.2

de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal; y a la Guía Técnica para la Elaboración

de Manuales del Gobierno del Distrito Federal. Sin embargo, dicho manual se encuentra desactualizado,

ya que existe un procedimiento que se encuentra derogado (Depósito de Testamento Ológrafo).

7. Resultado

Se examinaron las Etapas, Áreas Involucradas, Actividades y Mecanismos

de Control, Empleados en la Actividad Institucional 002 “Atender Trámites

y Servicios del Archivo General de Notarías”

Para verificar que se hubiera atendiendo lo señalado en los artículo 26, fracción IV; y 37,

fracción VII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente

en 2013.

Se analizó la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;

el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana

en la Administración Pública del Distrito Federal, que en su apartado 2.4 “Revisión, dictamen

y registro de Manuales Administrativos”, numeral 2.4.2 establece: “Los titulares de las dependencias

[…] son los responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven

de la aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la

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38

modificación de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas,

para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de reestructura el proyecto de Manual

de Organización, para que se apruebe simultáneamente con la estructura”. También se revisó

el apartado 2.4.3 del citado documento, cuyo contenido se expuso en el resultado inmediato

anterior.

Asimismo; el artículo 35, fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal, establece que a la CEJUR le corresponde: “Dirigir, organizar y supervisar

el Archivo General de Notarías; elaborar los lineamientos y criterios técnico-jurídicos a los

que se sujetará el mismo, en general, prestar los servicios relacionados con este, así como

crear, administrar y resguardar la base de datos que contenga los avisos de testamento

otorgados en el Distrito Federal o ante cónsul, proporcionando dicha información al registro

Nacional de Avisos de Testamento y remitir a los jueces y notarios los resultados de

las búsquedas que a su vez expida el Registro Nacional de Avisos de Testamento”.

Por su parte, la fracción XXI del mismo ordenamiento le atribuye “coordinar y vigilar el cumplimiento

de las disposiciones jurídicas en materia de jurados, panteones, consejos de tutelas,

registro público de la propiedad y de comercio, registro civil, archivo general de notarías, legalizaciones,

exhortos y bienes mostrencos, así como intervenir en materia de cultos conforme a las

leyes de la materia”.

Por lo expuesto, la CEJUR cuenta con un manual administrativo, que atiende lo señalado

en los artículos 26, fracción IV; y el artículo 37, Fracción VII, del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal.

A fin de constatar las etapas, áreas involucradas, actividades y mecanismos de control

interno empleados en la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarías”, con el oficio núm. APPD/14/059, del 10 de septiembre de 2014,

se solicitó a la CEJUR que proporcionara la información referente a su manual administrativo,

en sus apartados de organización y procedimientos, a su marco jurídico y normativo,

así como a las áreas involucradas en la actividad institucional en estudio. En respuesta, el sujeto

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39

fiscalizado remitió el oficio núm. CJSL/DGJEL/7899/2014 del 22 de septiembre de 2014,

al cual adjuntó la información solicitada.

Al revisar el manual administrativo de la CEJUR vigentes en 2013, se observó que

la estructura con la que opera fue autorizada con el dictamen núm. 134/2001, en el que se

establece su reestructuración orgánica, autorizándose la unidad administrativa denominada

“Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos” con vigencia a partir del 01 de enero

de 2013. De igual forma con el dictamen núm. 153/2001, notificado mediante el oficio

núm. OM/0984/2001 del 1º de mayo de 2001, se autorizó el Manual Administrativo de la

Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

De igual forma, con el oficio núm. CGMA/1298/03 del 29 de mayo del 2003, se autorizó

la modificación de la estructura orgánica de dicha dirección con vigencia a partir del 1o. de febrero

de 2003, con la creación de las siguientes figuras:

CREACIÓN

Cantidad Plaza 1 Jefatura de Unidad Departamental de Ventanilla Única

1 Subdirección de Archivo General de Notarías 2 Jefatura de Unidad Departamental:

Certificación, Calificaciones y Testamentos.

Acervos Notariales 4 Estructura Operativa (Enlace “A”)

En el mismo comunicado, se señala que se cancela la Jefatura de Unidad Departamental

de Archivo General de Notarías.

También se observó que la Oficialía Mayor (OM), por conducto de la CGMA, con el oficio

núm. CGMA/1563/05 del 14 de julio de 2005, autorizó la creación de la Jefatura de Unidad

Departamental de Acervo Histórico, con lo cual se reestructura el organigrama de la Dirección

General Jurídica de Estudios Legislativos, la cual se encuentra constituida por 18 apartados

que corresponden a cada una de las siguientes unidades administrativas:

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40

Número Unidad administrativa

1 Subdirección de Seguimiento a Quejas Contra Servidores Públicos del D.F.

2 Jefatura de Unidad Departamental de Ventanilla Única

3 Dirección de Legislación y Trámites Inmobiliarios

4 Subdirección de Estudios Legislativos y Publicaciones

5 Jefatura de Unidad Departamental de Proyectos y Estudios Legislativos

6 Jefatura de Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

7 Subdirección de Trámites Inmobiliarios

8 Jefatura de Unidad Departamental de Expropiaciones y Desincorporación

9 Jefatura de Unidad Departamental de Dictámenes de Reversión y Pago de Indemnización

10 Dirección Consultiva y de Asuntos Notariales

11 Subdirección Consultiva y de Contratos

12 Jefatura de Unidad Departamental de Consultiva

13 Subdirección de Notariado

14 Jefatura de Unidad Departamental de Notariado

15 Subdirección de Archivo General Notarías

16 Jefatura de Unidad Departamental de Certificaciones, Calificación y Testamentos

17 Jefatura de Unidad Departamental de Acervos Notariales

18 Jefatura de Unidad Departamental de Acervo Histórico

Al analizar el manual administrativo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos,

se constató que contiene 46 procedimientos, los cuales contemplan objetivo general,

políticas y normas de operación, unidades administrativas responsables y que intervienen

en el mismo, descripción narrativa y tiempo de atención.

Dicho manual también permite detectar las etapas, tramos de control, instancias involucradas,

mecanismos de control y supervisión a la ejecución de las diferentes acciones que contemplan

los procedimientos para atender la actividad institucional en estudio.

Se realizaron visitas a las diferentes áreas que integran la Dirección General Jurídica

y de Estudios Legislativos, para constatar que la estructura operativa coincidía con la descrita

en el manual administrativo.

Adicionalmente, se corroboró que la elaboración del manual administrativo se llevó a cabo

conforme a las atribuciones señaladas en el Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal y fue estructurado conforme a lo establecido en la “Guía

Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal”, emitida por la

(CGMA).

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41

Al revisar el marco jurídico que se establece en el manual administrativo, se observó

que se encuentra desactualizado, ya que se señala el Código Financiero del Distrito

Federal, documento que se encuentra derogado desde diciembre de 2009, ya que a partir

del 1o. de enero de 2010 fue remplazado por el Código Fiscal del Distrito Federal.

Del análisis de la información antes citada, se desprende que para la elaboración de su

manual administrativo, en su apartado de Organización, la CEJUR no atendió lo señalado

en los artículos 35, fracciones XX y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal; y 26, fracción IV, del Reglamento Interior del Distrito Federal; así como lo

establecido en la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; y por lo que corresponde

a la atención de la desactualización del Manual, se estará a lo establecido en la Guía Técnica

para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal.

Recomendación APPD-109-13-06-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, actualice su Manual Administrativo

ya que este, se encuentra desactualizado, existen varias adecuaciones a la estructura

operativa desde su elaboración y se han derogado algunos procedimientos; de igual

forma, se refiere al Código Financiero del Distrito Federal cuando éste se encuentra derogado.

Economía

8. Resultado

Se analizó el Origen, Composición, Racionalidad y Costos de la Actividad

Institucional 002 “Atender Trámites y Servicios del Archivo General de Notarías”

Los artículos 24, 25, 26,30, 34, 44, 77, 78, 125 y 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2013, en relación con el origen, composición y destino de

los recursos utilizados por las Dependencias, disponen:

Page 44: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

42

“Artículo 24.- La programación y presupuestación del gasto público comprende:

”I. Las actividades que deberán realizar las dependencias […] para dar cumplimiento a los

objetivos, políticas, estrategias, prioridades, metas y resultados con base en indicadores

de desempeño, contenidos en los programas sectoriales que se derivan del Programa General […]

”II. Las previsiones de gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros

y de otra índole, necesarios para el desarrollo de las actividades señaladas en la fracción anterior…”

“Artículo 25.- La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con

apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, […] para cada

ejercicio fiscal y con base en:

”I. Las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos en la Ley

de Planeación, y

”II. Las políticas de gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría, y

”III. La evaluación de los avances logrados en el cumplimiento de los objetivos y metas

del Programa General y los avances sectoriales con base al Sistema de Evaluación del

Desempeño, las metas y avances físicos financieros del ejercicio fiscal anterior y los pretendidos

para el siguiente ejercicio.

”El anteproyecto se elaborará por Dependencia, […] estimando los costos para alcanzar

los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores

necesarios para medir su cumplimiento.

”El Anteproyecto de Presupuesto de las Entidades incluirá en su flujo de efectivo, la previsión

de sus ingresos incluyendo en su caso, el endeudamiento neto, los subsidios, aportaciones

y transferencias, la disponibilidad inicial y la disponibilidad final.”

Page 45: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

43

“Artículo 26.- […] formularán su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo

a los criterios presupuestales y, en su caso, a las previsiones de ingresos que les comunique

la Secretaría, con base en su Programa Operativo Anual, los cuales deberán ser congruentes

entre sí…”

“Artículo 30.- El Programa Operativo contendrá líneas programáticas, objetivos específicos,

acciones, responsables y corresponsables de su ejecución, metas y prioridades que se desprendan

de los programas de manera integral, para la realización de los objetivos globales de desarrollo,

así como los indicadores de desempeño.”

“Artículo 34.- Las Dependencias […] elaborarán Programas Operativos Anuales para la ejecución

del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y de los programas de mediano

plazo, desagregando su contenido atendiendo al destino y alcance de los mismos, a la fecha

en que se ejecutarán, debiendo presentar los indicadores que serán utilizados para

la evaluación de cada programa.”

“Artículo 44.- Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los

recursos […] que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados;

de la guarda y custodia de los documentos que los soportan…”

“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan

un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo de las

Dependencias, […] mismas que tomarán en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos

y metas que lleven a cabo mensualmente, y

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo

de las vertientes de gasto.”

Page 46: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

44

“Artículo 78.- Las Dependencias […] que para el ejercicio del gasto público requieran efectuar

adecuaciones presupuestarias, deberán tramitarlas a través del sistema electrónico

que establezca la Secretaría, mismo en que se efectuará la autorización correspondiente, para

lo cual, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación

electrónica que harán constar su validez y autorización, o bien, en los casos que determine

la Secretaría podrán presentarlas de manera impresa.”

“Artículo 125.- La contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada por los documentos

justificantes y comprobatorios originales…”

“Artículo 135.- En la información cuantitativa y cualitativa las Unidades Responsables del Gasto

harán referencia a los siguientes aspectos: […]

”II. La Eficacia registrada en el ejercicio de los recursos financieros en relación con los

previstos en un período determinado…”

En relación con el artículo 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

los numerales 69, 77, 80 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, disponen:

“69. Las URG’s podrán realizar adecuaciones a sus presupuestos autorizados a través

de los documentos denominados AP’s, las cuales pueden ser compensadas o líquidas,

en las que se realizarán operaciones de reducción presupuestaria, ampliación y/o adición

de las estructuras presupuestales aprobadas por la Asamblea y/o los calendarios de gasto.”

“77. Las AP’s compensadas serán aquellas que impliquen la transferencia de recursos

de una Clave Presupuestaria a otra, debiendo contar con disponibilidad presupuestal en

las claves a reducir en los meses que se afecten, lo que implica que las URG’s deberán aplicar las

medidas de control necesarias para que los saldos de las claves se actualicen de conformidad

con los montos y calendarios autorizados.”

Page 47: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

45

“80. Las adecuaciones presupuestarias líquidas son aquellas que aumentan o reducen

el monto del presupuesto autorizado.”

“81. Las ampliaciones líquidas deberán tener un fin específico y se identificarán con el

dígito 1, en el campo correspondiente al Origen de los Recursos, por lo que las Claves

Presupuestarias que contengan el dígito señalado no podrán ser modificadas a través de

adecuaciones compensadas.

”Las URG’s que requieran modificar el destino de las ampliaciones líquidas, deberán

de proceder en primera instancia a realizar la reducción presupuestaria líquida correspondiente,

explicando con detalle las causas que impidieron su ejecución, posteriormente si es necesario,

poner a consideración de la DGPP los nuevos proyectos a ejecutar.

”Para que las AP’s líquidas derivadas de Convenios de Coordinación con la Federación

procedan, las URG’s deberán presentar mediante oficio ante la DGPP copia del convenio

debidamente firmado y del recibo de entero correspondiente. En aquellos casos en que

los Convenios prevean que la ministración se calendarice en varios períodos la AP se autorizará

siempre y cuando el calendario de la afectación corresponda con el previsto en dicho

instrumento, en este supuesto las URG’s deberán remitir con oportunidad los recibos de entero

subsecuentes a la DGPP.”

Por su parte, el capítulo VIII. Lineamientos para la Presupuestación, apartado VIII.1 Lineamientos

Generales, del Manual de Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto

del Presupuesto de Egresos 2013, emitido por la SEFIN, establece lo siguiente:

“En la formulación de los Anteproyectos, los titulares de las Unidades, así como los servidores

públicos facultados, deberán atender los siguientes lineamientos generales:

” Considerar los principio de eficiencia (mínimo costo), eficacia y cumplimiento de metas;

” Observar las disposiciones en materia de racionalidad. En este sentido, la estimación

de recursos para el ejercicio 2013 deberá sustentarse en una política de optimización

y depuración de inventarios;

Page 48: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

46

” Garantizar la congruencia de la información presentada; […]

” Respetar el Techo Presupuestal comunicado por la Secretaría; […]

” Considerar el costo de operación y mantenimiento de las adquisiciones y obras concluidas;

” Al presupuestar los bienes y servicios por adquirir, se deberán considerar elementos

reales de valoración, tales como: catálogos de precios unitarios, conceptos de obra, cotizaciones

con proveedores y contratistas, así como licitaciones del ejercicio anterior y su comportamiento

histórico (sólo como elemento de referencia), etc.”

De la revisión del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013 de la CEJUR se verificó

que estimó un presupuesto de 4,971.4 miles de pesos para cubrir 100,000 asuntos en la

actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

tomando como referencia Información Histórica. Por lo anterior, se revisó la información

registrada en el apartado EVPP “Evaluación Programático-Presupuestal de Actividades

Institucionales” de los Informes de Cuenta Pública correspondientes al periodo 2010-2013,

en los cuales se observó la siguiente tendencia en la asignación del presupuesto:

Como se observa, el monto de presupuesto asignado se incrementó entre el ejercicio 2010

y el 2013 en 1,061.3 miles de pesos, en razón del aumento de asuntos atendidos durante la

implementación de las jornadas notariales, así como del mes del testamento durante

septiembre, cuando se presenta una significativa sobreproducción de la actividad.

Page 49: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

47

En el apartado Marco de Política Pública se establece que el fin de la actividad institucional

es atender eficazmente y de forma expedita las necesidades de los usuarios del AGN, para

lo cual la CEJUR consideró importante dotarlo de equipos adecuados y sistemas de conservación

para mantener en estado óptimo los volúmenes resguardados en definitiva. Lo anterior

consiste en recursos materiales, humanos, tecnológicos necesarios para implementar

un sistema que facilite el inventario y catalogación realizado por personal experto en la materia,

a efecto de permitir una rápida ubicación de los instrumentos notariales requeridos para

los trámites que ingresan diariamente a dicha unidad administrativa.

Mediante la revisión del oficio núm. SFDF/SE/126/2013 del 7 de enero de 2013, con

el cual la SEFIN comunicó a la CEJUR el Techo Presupuestal autorizado, se verificó que el

presupuesto original para el ejercicio de 2013 ascendió a 925,426.8 miles de pesos,

de los cuales el 0.5 % se destinó a la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del

Archivo General de Notarías”, que se distribuyeron en diferentes partidas presupuestales

de los capítulos de gasto 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros” y 3000

“Servicios Generales”, como sigue:

(Miles de pesos)

Capítulo y partida presupuestal Monto

Total 4,971.4

Capítulo 1000 “Servicios Personales” 220.0

1211 “Honorarios asimilables a salarios” 220.0

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 1,500.0

2111 “Materiales, útiles y equipos menores de oficina” 500.0

2211”Productos alimenticios y bebidas para personas” 800.0

2461 “Material eléctrico y electrónico” 100.0

2491 “Otros materiales y artículos de construcción y reparación” 100.0

Capítulo 3000 “Servicios Generales” 3,251.4

3511 “Conservación y mantenimiento menor de inmuebles” 1,700.0

3521 “Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo” 250.0

3581 “Servicios de limpieza y manejo de desechos” 1,000.0

3591 “Servicio de jardinería y fumigación” 100.0

3722 “Pasajes terrestres al interior del Distrito Federal” 200.0

3411 “Servicios financieros y bancarios” 1.4

Page 50: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

48

Se determinó que las cifras corresponden a las autorizadas en el POA 2013. A fin

de verificar que lo presupuestado correspondiese a los requerimientos de la Dirección General

Jurídica y de Estudios Legislativos, se solicitó al sujeto fiscalizado que explicara cuáles

eran los conceptos considerados para el cálculo del costo de la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”. En respuesta, la CEJUR

informó que “el cálculo del costo de las actividades institucionales se realiza cuando

nos es informado el techo presupuestal, de manera equitativa para las cinco unidades

administrativas que integran la dependencia; el presupuesto original se va modificando

a lo largo del ejercicio fiscal de acuerdo al comportamiento del gasto, a las necesidades

de cada Dirección General y a los Proyectos específicos que les sean asignados”.

Asimismo, se solicitó a la dependencia que indicara los criterios empleados para presupuestar

las partidas presupuestales 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, 2111 “Materiales,

Útiles y Equipos Menores de Oficina”, 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles”,

3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías

de la Información”; en respuesta, informó que “la Subdirección de Recursos Financieros de

esta Consejería, indicó lo siguiente: Al respecto, se menciona que de manera inicial

los recursos se asignan de igual manera para todas las áreas que integran la Consejería

Jurídica y de Servicios Legales, con el avance del ejercicio fiscal y de acuerdo con las

necesidades de cada una de las Unidades Administrativas se van incrementando o bien

disminuyendo los recursos de cada una de las partidas. En relación con la partida 5151,

“Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” ésta se adicionó al presupuesto

de la actividad institucional 002, para la adquisición de 5 computadoras de escritorio, 6 impresoras

tipo 1 volumen medio y 1 escáner plano, los cuales son necesarios para el funcionamiento

óptimo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativo”. No se pudo verificar

que la asignación de recursos hubiese sido en función de las necesidades reales de las áreas,

toda vez que el ente fiscalizado no proporcionó las bases de cálculo con su documentación

comprobatoria.

Al revisar el Analítico de Claves 2013 y el Informe de Cuenta Pública del mismo año, se verificó

que durante el ejercicio fiscal en estudio la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarías” presentó una disminución presupuestal

de 4.8% (239.6 miles de pesos), como se muestra a continuación:

Page 51: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

49

Partida presupuestal

Presupuesto original

(1)

Ampliación

(2)

Reducción

(3)

Presupuesto Modificado

(1) + (2) - (3) (4)

Total 4,971.4 806.6 (1,046.2) 4,731.8

Capítulo 1000 “Servicios Personales” 220.0 494.1 0.0 (714.1)

1211 “Honorarios asimilables a salarios” 220.0 494.1 0.0 (714.1)

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 1,500.0 2.2 (53.0) 1,449.2

2111 “Materiales, útiles y equipos menores de oficina”

500.0 2.2 0.0 502.2

2211”Productos alimenticios y bebidas para personas”

800.0 0.0 (0.1) 799.9

2461 “Material eléctrico y electrónico” 100.0 0.0 (50.0) 50.0

2491 “Otros materiales y artículos de construcción y reparación”

100.0 0.0 (2.9) 97.1

Capítulo 3000 “Servicios Generales” 3,251.4 0.0 (993.2) 2,258.2

3511 “Conservación y mantenimiento menor de inmuebles”

1,700.0 0.0 (856.9) 843.1

3521 “Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo”

20.0 0.0 (10.9) 19.1

3581 “Servicios de limpieza y manejo de desechos”

1,000.0 0.0 0.0 1,000.0

3591 “Servicio de jardinería y fumigación” 100.0 0.0 (3.4) 96.6

3722 “Pasajes terrestres al interior del Distrito Federal”

200.0 0.0 (0.8) 199.2

3411 “Servicios financieros y bancarios” 1.4 0.0 (1.2) 0.2

Capítulo 5000 “Bienes muebles, inmuebles e intangibles”

0.0 310.3 0.0 (310.3)

5151 “Equipo de cómputo y de tecnologías de la información”

0.0 310.3 0.0 (310.3)

En el listado de afectaciones proporcionado por el ente fiscalizado, se observó que tramitó

17 afectaciones presupuestarias para garantizar el cumplimiento de sus compromisos financieros.

De su revisión, se identificó que 14 correspondieron a movimientos compensados, 2 a reducciones

líquidas y 1 ampliación líquida de recursos de aplicación automática. De la revisión

del formato se obtuvo lo siguiente:

Respecto al capítulo de gasto 1000 “Servicios Personales”, se verificó que mediante

cuatro afectaciones presupuestarias (B 25 C0 01 1234, B 25 C0 01 10601, B 25 C0 01 18685

y C 25 C0 01 1234) se recalendarizaron recursos financieros y se incrementó el presupuesto de

la partida presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, para estar en condiciones

de cubrir las remuneraciones al personal de honorarios que trabajó en el AGN. La fuente

Page 52: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

50

de financiamiento de dicha partida presupuestal corresponde a la clave 03 “Recursos

Propios de Organismos” (ingresos de aplicación automática).

Al revisar el “Aviso por el cual se dan a conocer nuevas cuotas de ingresos de aplicación

automática, únicamente a los Centros Generadores de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 21 de febrero de 2013,

se verificó que los ingresos de aplicación automática de la Dirección General Jurídica y de

Estudios Legislativos tienen relación con el AGN y provienen del cobro de la “Consulta

de instrumentos notariales (acceso a la información de datos registrales)”.

Mediante la revisión del oficio núm. CJSL/DEA/0185/2013 del 20 de febrero de 2013,

se observó que la Dirección Ejecutiva de Administración de la CEJUR, solicitó a la OM

su autorización para la contratación de siete folios de honorarios autogenerados para

fortalecer las áreas que ofrecen atención al público y seguimiento de trámites (programa

específico) de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. Al revisar

el formato DAP-05, se observó que de los folios solicitados, cuatro se asignarían al AGN,

con las siguientes actividades específicas y resultados por alcanzar:

Número de contratos

Actividad específica Resultados por alcanzar

1 Cotejar los documentos consistentes en verificar que las copias simples provenientes de reprografía coincidan con los contenidos en el instrumento notarial reproducido, realizar el asiento de notas marginales y en su caso anexo los documentos correspondientes al apéndice y elaborar oficios para la devolución de pagos en caso de que no resulte procedente la expedición del documento solicitado.

Dar un servicio en tiempo y forma a los trámites a cargo del Archivo General de Notarías establecidos en la Ley de Notariado para el Distrito Federal y el Código Fiscal para el Distrito Federal.

1 Apoyar en trámites a cargo del Archivo General de Notarías.

Dar agilidad y seguimiento a los trámites a cargo del Archivo General de Notarías.

1 Apoyar en la substanciación de los trámites a cargo del Archivo General de Notarías establecidos en la Ley de Notariado para el Distrito Federal y el Código Fiscal para el Distrito Federal entre los que se encuentran expedición de copias certificadas y testimonios de instrumentos notariales en custodia del archivo, autorización definitiva de instrumentos notariales.

Dar un servicio en tiempo y forma a los trámites a cargo del Archivo General de Notarías establecidos en la Ley de Notariado para el Distrito Federal y el Código Fiscal para el Distrito Federal.

1 Apoyar en la revisión, recepción, entrega y control de gestión de los trámites del Archivo General de Notarías establecidos en la Ley de Notariado para el Distrito Federal.

Dar un servicio en tiempo y forma a los trámites a cargo del Archivo General de Notarías establecidos en la Ley de Notariado para el Distrito Federal y el Código Fiscal para el Distrito Federal.

Page 53: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

51

En cuanto al capítulo de gasto 2000 “Materiales y suministros”, se verificó que el ente fiscalizado

tramitó cinco afectaciones presupuestarias (B 25 C0 01 4620, B 25 C0 01 10860, B 25 C0 01 12735,

B 25 C0 01 14401 y B 25 C0 01 18834) para modificar el presupuesto de las partidas

presupuestales 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, 2211 “Productos

Alimenticios y Bebidas para Personas”, 2461 “Material Eléctrico y Electrónico” y 2491 “Otros

Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”. Respecto a la partida 2111 “Materiales,

Útiles y Equipos Menores de Oficina”, se observó que en el mes de octubre se tramitó

una ampliación compensada por 15.0 miles de pesos para la compra de carpetas y separadores

de cartón, donde se archivarían los informes de actividades; no obstante, en el mes de diciembre

se efectuó una reducción líquida de 12.8 miles de pesos, debido a que los recursos

no fueron utilizados en su totalidad.

De esta manera, se observó que la disminución de recursos financieros en la partida presupuestal

2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas” se realizó con objeto de recalendarizar

los recursos financieros de acuerdo con las necesidades de operación y de reducir los

recursos que no se utilizaron en su totalidad, mientras que la reducción en la partida presupuestal

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” obedeció a que la CEJUR, contaba con suficiente

material eléctrico en el almacén. Asimismo, en la partida 2491 “Otros Materiales y Artículos

de Construcción y Reparación” se disminuyeron 2.9 miles de pesos, debido a que al cierre

del ejercicio no se ejercieron en su totalidad los recursos financieros.

Por lo que corresponde al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se observó que la disminución

de 856.9 miles de pesos en la partida 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de

Inmuebles” se debió a que las instalaciones con que cuenta la CEJUR se encuentran en óptimas

condiciones para brindar una adecuada atención. Asimismo, en la partida 3521 “Instalación,

Reparación y Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Administración, Educacional

y Recreativo”, se justificó la reducción de 130.9 miles de pesos con el argumento que “ya

no fue realizado el mantenimiento al mobiliario que se tenía previsto puesto que los muebles

en su mayoría, se encuentran en condiciones óptimas”, además de que el ente fiscalizado

iniciaría un programa para la sustitución paulatina de dicho mobiliario.

Respecto a la partida presupuestal 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos”,

se verificó que las afectaciones se tramitaron para readecuar el calendario presupuestal,

Page 54: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

52

en tanto que la disminución de presupuesto en las partidas presupuestales 3411 “Servicios

Financieros y Bancarios”, 3591 “Servicios de Jardinería y Fumigación” y 3722 “Pasajes Terrestres

al Interior del Distrito Federal”, se realizó debido a que no se utilizaron dichos recursos.

En relación con el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se observó

que durante el ejercicio de 2013 se asignaron recursos (312.7 miles de pesos) a la partida

5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” en los meses de junio a noviembre,

para que el ente fiscalizado estuviera en condiciones de solicitar a la OM su adhesión

a la compra consolidada de impresoras tipo 1 volumen bajo, impresoras tipo 1 volumen medio,

computadoras de escritorio y escáner; sin embargo, al cierre del ejercicio se reportó

un saldo final de 310.3 miles de pesos.

De igual forma, durante el ejercicio fiscal 2013 se tramitó una afectación presupuestaria

para dotar de recursos a la partida 5211 “Equipos y Aparatos Audiovisuales”, ya que la CEJUR

tenía previsto adquirir un proyector que sería instalado en la sala de acuerdos de la Dirección

General Jurídica y de Estudios Legislativos; no obstante, se verificó que al finalizar el año 2013

se retiraron los recursos, debido a que el proveedor no presentó la documentación soporte

necesaria en tiempo y forma para llevar a cabo la adquisición.

Durante los recorridos realizados en las diversas áreas que conforman el AGN, se observó

que las instalaciones presentan deficiencias para el correcto resguardo de la información

depositada, en contravención de lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Archivos del

Distrito Federal, razón por la cual se considera que la disminución de recursos en las partidas

2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”, 3511 “Conservación

y Mantenimiento Menor de Inmuebles”, y 3521 “Instalación, Reparación y Mantenimiento

de Mobiliario y Equipo de Administración, Educacional y Recreativo” impactó de manera negativa

en la operación del ente fiscalizado. Al respecto, se determinó, que la compra de equipos

de cómputo fue necesaria para automatizar y modernizar la atención a los usuarios,

el registro de los trámites realizados y la generación de informes; de igual forma, se observa

que para la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General

de Notarías”, la CEJUR no cuenta con un programa sistematizado que integre todas sus funciones,

ni que permita la utilización, guarda, custodia y ubicación de los documentos bajo su

responsabilidad.

Page 55: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

53

Por lo expuesto, se determinó que la CEJUR atendió lo señalado en los artículos 9º, fracción IV,

de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 24; 25; 26, párrafo primero;

30; 34; 44, párrafo primero; 77; 78, párrafo primero; 125, párrafos primero y tercero; y 135,

párrafo segundo, fracción II, numerales 69, 77, 80 y 81 del Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal. De igual

manera, se verifico que el ente fiscalizado tramitó las afectaciones presupuestarias con objeto

de cubrir los compromisos presupuestales adquiridos a lo largo del ejercicio fiscal de 2013.

Recomendación APPD-109-13-07-CEJUR

Es conveniente que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, establezca mecanismos

de control para verificar que las modificaciones al presupuesto sean realizadas con el análisis

y evaluación necesaria, para evitar afectaciones en el presupuesto autorizado como el observado

en el análisis a las partidas 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles” y

la 3521 “Instalación, Reparación y mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Administración,

Educacional y Recreativo”, devolviendo los recursos argumentando que las instalaciones

se encontraban en óptimas condiciones para brindar una adecuada atención.

9. Resultado

Se analizó el Destino del Gasto y el Cumplimiento de la Normatividad

Aplicable en la Actividad Institucional 002 “Atender Trámites

y Servicios del Archivo General de Notarías”

El artículo 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece:

“Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, suministrarán

a la Secretaría con la periodicidad que ésta lo determine, la información presupuestal,

programática, contable y financiera que requiera”.

Al revisar el Informe de Cuenta Pública de 2013 de la CEJUR, se verificó que al cierre

de dicho ejercicio se ejercieron 4,731.8 miles de pesos en la actividad institucional 002

“Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, que comparados con el ejercicio

fiscal de 2012 representaron un aumento de 2,468.4 miles de pesos. En el estudio Analítico

Page 56: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

54

de Claves publicado en la Cuenta Pública de 2013, se revisó que los recursos financieros

se erogaron en las partidas presupuestales que se mencionan en seguida:

Partida presupuestal Presupuesto original

Total 4,731.8

Capítulo 1000 “Servicios Personales” 714.1

1211 “Honorarios asimilables a salarios” 714.1

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 1,449.2

2111 “Materiales, útiles y equipos menores de oficina” 502.2

2211”Productos alimenticios y bebidas para personas” 799.9

2461 “Material eléctrico y electrónico” 50.0

2491 “Otros materiales y artículos de construcción y reparación” 97.1

Capítulo 3000 “Servicios Generales” 2,258.2

3511 “Conservación y mantenimiento menor de inmuebles” 843.1

3521 “Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo” 119.1

3581 “Servicios de limpieza y manejo de desechos” 1,000.0

3591 “Servicio de jardinería y fumigación” 96.6

3722 “Pasajes terrestres al interior del Distrito Federal” 199.2

3411 “Servicios financieros y bancarios” 0.2

Capítulo 5000 “Bienes muebles, inmuebles e intangibles” 310.3

5151 “Equipo de cómputo y de tecnologías de la información” 310.3

A fin de comprobar si el ente fiscalizado utilizó los recursos para alcanzar los objetivos

y metas de la actividad 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”,

se revisaron 31 CLC de un universo de 203, con su documentación, justificativa y comprobatoria,

además de tres documentos múltiples (DM) que representaron el 40.5% del gasto total

(1,916.0 miles de pesos).

Mediante la revisión de dos CLC, se verificó que los recursos erogados en la partida

presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” se destinaron a cubrir el pago

de cinco prestadores de servicios contratados con recursos autogenerados, los que estuvieron

asignados a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. Mediante el análisis,

de las nóminas incorporadas a las CLC, se corroboró que sólo un empleado formó parte de

la plantilla de personal del AGN proporcionada por el ente fiscalizado. Al respecto y a fin

de verificar que el resto de los prestadores de servicios hubiesen desarrollado funciones

concernientes al AGN, se revisaron los informes de actividades que elaboraron de manera

mensual, en los cuales se observó que el gasto reportado integró costos de otras áreas

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de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, aun cuando en el “Descriptivo de

Actividades Institucionales” se señala que la actividad institucional se integra con la información

generada en el AGN.

Los ingresos de aplicación automática (autogenerados) se captaron mediante el cobro

de la “Consulta de instrumentos notariales (acceso a la información de datos registrales)”, de

acuerdo con lo establecido en el “Aviso por el cual se dan a conocer nuevas cuotas

de ingresos de aplicación automática aplicables únicamente a los centros generadores de

la Consejería Jurídica y de Servicios Legales”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 21 de febrero 2013.

De esta manera, se analizó una muestra de 11 CLC relacionadas con el capítulo 2000

“Materiales y Suministros” que representaron 497.0 miles de pesos, lo que permitió verificar

la vinculación del gasto de las partidas presupuestales 2111 “Materiales, Útiles y Equipos

Menores de Oficina” (295.4 miles de pesos), 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para

Personas” (171.0 miles de pesos) y 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”

(30.6 miles de pesos) con el cumplimiento del objetivo de la actividad institucional.

Al respecto se observó que el ente fiscalizado adquirió con cargo a la partida presupuestal

2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, broche americano, papel bond especial

para planos, cajas para archivo tamaño carta, archiveros deslizables tamaño oficio, caja para

archivo tamaño oficio, caja galletera vertical con tapa y sellos. Por lo que corresponde

a la partida presupuestal 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”, se observó

que mediante las CLC se pagó la compra de box lunch en diferentes días de 2013 que

en las facturas se identificaron con el código PGJBOXL0; asimismo, se detectó que el gasto

total se distribuyó de manera proporcional entre seis actividades institucionales a cargo

de la CEJUR, lo cual significa que recurrió al prorrateo del gasto y que, debido a la naturaleza de

los trabajos del AGN y de las inspecciones físicas realizadas en sus instalaciones, el concepto

de gasto no está vinculado con el objetivo de la actividad institucional.

No obstante, se solicitó al ente fiscalizado que informara acerca de los criterios utilizados

para distribuir el gasto ejercido en la partida presupuestal 2211 “Productos Alimenticios

y Bebidas para Personas”. En respuesta, con el oficio núm. CJSL/DGJEL/2316/2015

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del 27 de abril de 2015. La CEJUR precisó que el criterio utilizado para distribuir el gasto

ejercido de dicha partida, se dio en función de la disponibilidad presupuestal para el

periodo y no por la actividad institucional en revisión.

Respecto a la partida presupuestal 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción

y Reparación”, mediante la CLC núm. 25 C0 01 102120 del 20 de diciembre de 2013, se

observó que la CEJUR adquirió pintura para realizar trabajos de mejoras en las instalaciones

del AGN.

En cuanto al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se revisó una muestra de 16 CLC,

de un universo de 203 CLC y 3 DM que representa 825.2 miles de pesos, ejercidos en las

partidas presupuestales 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles” (167.5 miles

de pesos), 3521 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Administración,

Educacional y Recreativo” (71.6 miles de pesos), 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo

de Desechos” (557.8 miles de pesos) y 3722 “Pasajes Terrestres al Interior del Distrito Federal”

(28.3 miles de pesos).

Por lo que corresponde a la partida presupuestal 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor

de Inmuebles”, se verificó que con la CLC núm. 25 C0 01 101032 del 25 de julio de 2013,

se pagó el servicio de reparación de persianas, suministro y colocación de rieles, cortinas,

cortineros y persianas en diferentes inmuebles dependientes de la CEJUR; sin embargo,

en la documentación comprobatoria no se identifican los trabajos que se realizaron en las

instalaciones del AGN. Mediante la CLC núm. 25 C0 01 101261 del 3 de septiembre de 2013,

se pagó el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a plantas de emergencia

de los inmuebles de la CEJUR, así como la instalación de batería para planta; no obstante,

en la documentación comprobatoria no se desglosa el monto que le corresponde a los inmuebles

y en su lugar el gasto se prorrateó de manera equitativa entre seis actividades institucionales,

incluyendo la 002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarias”. Asimismo,

se revisó la CLC núm. 25 C0 01 101931 del 4 de diciembre de 2013, con la cual se pagó

el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a las bombas sumergibles y de agua

potable en los inmuebles dependientes de la CEJUR; y el mantenimiento preventivo

y correctivo del sistema contra incendio, sistema de hidrantes y sistema de detección

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57

y supresión de humo, realizado en el mes de agosto, cuyo costo se dividió de manera proporcional

entre cinco actividades institucionales a cargo de la dependencia.

Se analizó una muestra de dos CLC relacionadas con la partida presupuestal 3521, “Instalación,

Reparación y Mantenimiento de Mobiliario y Equipo de Administración, Educacional y Recreativo”,

de las cuales la núm. 25 C0 01 100561 careció de documentación comprobatoria, en tanto que

la núm. 25 C0 01 101471 del 4 de octubre de 2013 se tramitó para pagar el servicio de

mantenimiento a mobiliario en resguardo de la Dirección Ejecutiva de Administración, sin

especificarse las áreas de la CEJUR que se beneficiaron.

Asimismo, se revisaron seis CLC relacionadas con la partida presupuestal 3581 “Servicios

de Limpieza y Manejo de Desechos” con las cuales se pagó el servicio de limpieza de las

áreas que integran la CEJUR y de los 49 juzgados del Registro Civil dependientes de ésta,

y cuyo importe se distribuyó entre diversas actividades institucionales, en algunos casos

de manera proporcional y en otros en menor índice.

Por lo que corresponde al pago de la partida presupuestal 3722 “Pasajes Terrestres al Interior

del Distrito Federal”, se observó que en las comprobaciones no se incluyó al personal del

AGN; sin embargo, la distribución del gasto se realizó de manera equitativa entre las actividades

institucionales que se utilizaron para registrar el gasto, lo que denota que el presupuesto

ejercido en la partida se prorrateó sin considerar de manera objetiva el uso de los recursos

financieros.

Adicionalmente, se revisaron tres DM tramitados para subsanar errores de registro en las

cuentas bancarias y por el rechazo bancario de dos CLC.

Asimismo, se identificó que la CEJUR ejerció 310.3 miles de pesos en la partida presupuestal

5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” mediante de la CLC

núm. 25 C0 01 10000074 del 31 de diciembre de 2013 para adquirir impresoras, cuyo costo

fue distribuido entre diversas claves presupuestales. En este sentido, se desconoce el

número de impresoras con que se dotó al AGN.

Page 60: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

58

Como se observa, los recursos financieros se utilizaron para el pago de servicios, recursos

humanos, materiales e informáticos necesarios para operar la actividad institucional

en estudio, y garantizar que los espacios estén en óptimas condiciones para atender a los

usuarios; sin embargo, debido a que en algunos casos el gasto se distribuyó de manera

equitativa entre diferentes actividades institucionales, se determinó que la información

financiera no representó de manera objetiva el gasto generado por el AGN, durante

el ejercicio de 2013.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-08-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la Dirección

Ejecutiva de Administración, elabore registros auxiliares presupuestales, en cumplimiento

de las disposiciones legales, que le permitan verificar de manera objetiva los recursos

financieros que se erogaron en cada una de las actividades institucionales a su cargo.

10. Resultado

Se analizó la Racionalidad del Gasto

El artículo 2o. de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece que “los entes

públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización

de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía

y eficiencia del gasto e ingresos públicos”.

Por su parte, el párrafo tercero del artículo 1º de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal indica que “los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta

Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base

en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad,

resultados, transparencia, control, rendición de cuentas”. Asimismo, el artículo 82

del mismo ordenamiento, estipula como criterio de gasto eficiente “que toda adquisición

Page 61: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

59

tenga racionalidad económica, que sea necesaria, que cumpla un fin determinado, que no sea

redundante y que su costo monetario sea inferior al beneficio que aporte”.

En el mismo sentido el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, señala que “las dependencias […] llevarán la contabilidad en base acumulativa

para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los presupuestos

y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

A fin de verificar que el ente fiscalizado hubiese considerado el criterio de gasto eficiente

en el ejercicio del presupuesto asignado a la actividad institucional 002 “Atender trámites

y servicios del Archivo General de Notarías” (4,731.8 miles de pesos) durante 2013,

se revisó la documentación justificativa y comprobatoria relacionada con la adquisición

de los bienes y servicios. Asimismo, se verifico que las adquisiciones estuvieran orientadas

al cumplimiento de los objetivos estratégicos planteados en el Guion del Programa Operativo

Anual del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2013, elaborado por la CEJUR, para

el caso de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos que consistieron en automatizar

las solicitudes de trámites que realicen los notarios al AGN, a fin de que el personal de la

Ventanilla Única mejore los procesos de atención y garantizar la eficiente prestación

de servicios.

De la revisión efectuada al capítulo 1000, “Servicios Personales”, a las nóminas de pago

correspondientes a la partida presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” que

se incorporaron a las CLC que se revisaron como parte de la muestra de auditoría, se observó

que durante el ejercicio fiscal de 2013 se registró el pago a seis prestadores de servicios,

de los cuales tres desarrollaron actividades concernientes al AGN y a la actividad institucional

en revisión, mientras que el resto tuvieron bajo su responsabilidad funciones relacionadas

con otras actividades institucionales a cargo de la Dirección General Jurídica y de Estudios

Legislativos.

Para la contratación de dicho personal, se consideró lo estipulado en los Lineamientos para

la Autorización de Programas de Contratación de Prestadores de Servicios con cargo a la

Partida Presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, para el ejercicio presupuestal 2013,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de diciembre de 2012. Asimismo,

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60

se verificó que el ente fiscalizado ejerció los recursos autogenerados de conformidad

con lo establecido en las “Reglas para el control y manejo de los ingresos que se recauden

por concepto de aprovechamientos y productos que se asignen a las Dependencias, […]

que los generen, mediante el mecanismo de aplicación automática de recursos”, publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de enero de 2013, en las que se autorizó

el concepto de gasto 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, garantizándose de esta manera

los criterios de legalidad, transparencia y racionalidad.

Mediante la revisión del oficio núm. DGADP/000387/2013 del 20 de febrero de 2013,

se verificó que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal autorizó

la contratación de siete prestadores de servicios, que de acuerdo con el DAP-05 su contratación

contribuiría de manera favorable en el desarrollo de las actividades institucionales que

tienen como objeto satisfacer de manera eficaz los requerimientos de la ciudadanía; planteándose

como resultados por alcanzar, atender en tiempo y forma a los trámites a cargo del AGN,

así como agilizar y dar seguimiento a los mismos.

En cuanto al capítulo de Gasto 2000 “Materiales y Suministros”, mediante la revisión de la

muestra de CLC se corroboró que el ente fiscalizado registró el pago de papelería, cajas para

archivo, sellos pintura y box lunch en diferentes días del 2013. Como se observa, los conceptos

de gasto antes mencionados contribuyen a que el AGN brinde un servicio de calidad a los

usuarios; sin embargo, en el caso de la adquisición de box lunch el gasto no se vinculó

con la naturaleza de la actividad institucional en estudio, por lo cual mediante la Atenta

Nota núm. 8 del 16 de abril de 2013, se solicitó a la CEJUR que indicara los criterios

utilizados para distribuir el gasto ejercido de la partida presupuestal 2211 “Productos Alimenticios

y Bebidas para Personas”, de manera proporcional entre diferentes actividades institucionales

a su cargo, sin que a la fecha de elaboración del presente informe se proporcionara

la información.

Por lo que corresponde al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se observó que los cargos

registrados correspondieron al pago del mantenimiento preventivo y correctivo de plantas

de emergencia, colocación de persianas, servicio de limpieza, servicio de mantenimiento

a mobiliario y la recuperación de fondo revolvente por el pago de pasajes al interior

del Distrito Federal, acciones que se consideran prioritarias para el buen funcionamiento

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61

de las instalaciones administrativas, de atención a usuarios y mejoramiento de la imagen

institucional; sin embargo, debido a que el monto de las facturas no se desglosa por cada

una de las áreas en las que se efectuaron los servicios, no se pudo corroborar que las

cantidades registradas en las CLC correspondieran a los servicios recibidos. En el caso

del reembolso de fondo resolvente por pasajes, se observó que el monto a recuperar

se dividió en partes proporcionarles entre las actividades institucionales que se señalan

en las CLC, sin que dicho monto coincidiera con la documentación comprobatoria que envía

cada una de las áreas solicitantes (oficio de solicitud de reembolso y los formatos “Comprobación

de Fondo y Gastos a Comprobar” y “Comprobación de pasajes al interior del Distrito Federal”);

además, en las CLC revisadas no se identificó personal de la plantilla del AGN por lo que

se determinó que la distribución del gasto no se realizó de manera objetiva.

Asimismo, se observó que la CEJUR aplicó sanciones de manera recurrente a la empresa

que brindó el servicio de limpieza por faltas e incumplimiento del contrato, por lo cual se

solicitaron los oficio mediante los cuales se giraron las órdenes para aplicar dichas sanciones,

los que a la fecha de elaboración del presente informe no se han recibido.

Respecto del capítulo de gasto 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se verificó

que la adquisición de impresoras correspondió al proyecto núm. A.2501.3011 “Adquisición

de Mobiliario, Equipo Informático y de Comunicación para las Unidades Administrativas de

la Consejería Jurídica y de Servicios Legales” que tuvo como objetivo dotar a las unidades

administrativas de la CEJUR del mobiliario, equipo de comunicación y bienes informáticos

básicos que permitiesen la operatividad de las mismas y la prestación de mejores servicios.

Por lo anterior la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos solicitó una computadora

de escritorio, dos impresoras tipo1VMM (volumen medio monocromático), tres escáner

planos con alimentador automático de documentos y un video proyector; sin embargo,

debido a que en la documentación comprobatoria que acompaña a la CLC núm. 25 C0 01 10000074

no se desglosó el número de impresoras asignadas, no fue posible corroborar si el AGN

se benefició de este proyecto, lo cual hubiera fortalecido el cumplimiento de las líneas

de acción núms.3 y 4 del Guion del Programa Operativo Anual “Modernización administrativa,

sistematización de los procesos de trabajo y gestión de archivos, es decir, estructurar una

gestión jurídica y administrativa de excelencia” y “Gestión científica de los acervos

archivísticos y registrales bajo el resguardo de la Consejería Jurídica y de sus áreas

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62

administrativas, como un elemento fundamental de la certeza jurídica de buen gobierno,

y de seguridad legal de los individuos y su patrimonio”, ya que en las instalaciones del AGN

el control, registro y búsqueda de los libros notariales se realiza sin una base informática.

Sobre este punto, también se observó que la adquisición del equipo de cómputo se llevó

a cabo bajo el procedimiento de adjudicación directa, para lo cual la CEJUR realizó cotizaciones

y un cuadro comparativo, según lo señalado en el listado de Contratos 2013 de la Dirección

Ejecutiva de Administración.

Además, se determinó que el ente fiscalizado no cuenta con registros auxiliares que permitan

llevar el registro de los costos a nivel acción, situación que limitó la determinación de un costo

aproximado de la atención de trámites, aunado a que recurre de manera constante

al prorrateo del gasto, lo cual genera que se pierda la objetividad y veracidad de la información.

Por lo anterior, la CEJUR, atendió lo señalado en los artículos 2o. de la Ley General

de Contabilidad Gubernamental; 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal; 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;

sin embargo, aun cuando los conceptos de gasto registrados en la actividad institucional

002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías” fueron fundamentales

para el alcance de los objetivos, la información administrativa y presupuestal no permitió

comprobar al 100% si el gasto se aplicó eficientemente y con racionalidad para el cumplimiento

de metas y objetivos, como lo disponen los artículo 82, párrafo tercero; 124; y 135, párrafo

segundo, fracción IV, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Recomendación APPD-109-13-09-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por medio de la Dirección

Ejecutiva de Administración, elabore registros contables sobre base acumulativa, y establecer

mecanismos de control, que permita determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio

y evaluación de los presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades

responsables de su ejecución.

Page 65: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

63

Competencia

11. Resultado

Se revisó la Competencia Legal de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales (Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos)

y de sus Servidores Públicos, para realizar su Función

En relación con la normatividad que rige a la CEJUR, en específico al AGN en su calidad

de unidad responsable de la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del

Archivo General de Notarías”, mediante el oficio núm. CJSL/DGJEL/7899/14 del 22 de septiembre

de 2014, la CEJUR indicó que el marco normativo que regula las acciones correspondientes

a la Atención de Trámites y Servicios del AGN, se encuentra integrado principalmente por

los siguientes ordenamientos jurídicos: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, Ley del Notariado del Distrito Federal y Ley de

Archivos del Distrito Federal.

El artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, establece

lo siguiente:

“La Consejería Jurídica y de Servicios Legales corresponde el despacho de las materias

relativas a las funciones de orientación, asistencia, publicación oficial, y coordinación de asuntos

jurídicos; revisión y elaboración de los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que

presente el Jefe de Gobierno a la Asamblea Legislativa; revisión y elaboración de los proyectos

de reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos y administrativos que

se sometan a consideración del Jefe de Gobierno de los servicios relacionados con el Registro

Civil, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y del Archivo General de Notarías.

”Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones: […]

”XX. Dirigir, organizar y supervisar el Archivo General de Notarías; elaborar los lineamientos

y criterios técnico-jurídicos a los que se sujetará el mismo, en general, prestar los servicios

relacionados con éste, así como crear, administrar y resguardar la base de datos que contenga

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64

los avisos de testamento otorgados en el Distrito Federal o ante cónsul, proporcionando

dicha información al Registro Nacional de Avisos de Testamento y remitir a los jueces

y notarios los resultados de las búsquedas que a su vez expida el Registro Nacional de Avisos

de Testamento.

”XXI. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de Jurados,

Panteones, Consejos de Tutelas, Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Registro

Civil, Archivo General de Notarías, Legalizaciones, Exhortos y Bienes Mostrencos, así como

intervenir en materia de cultos conforme a las Leyes de la materia; […]

”XXIX. Las demás que le atribuyan expresamente las Leyes y Reglamentos.”

Por su parte, el artículo 114 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, dispone:

“Corresponde a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos: […]

”XV. Conservar, administrar y vigilar el funcionamiento del Archivo General de Notarías

así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de protocolos y apéndices

que se remitan para su custodia al mismo;

”XV Bis. Recibir los avisos de los notarios públicos del Distrito Federal acerca de la designación

de tutela cautelar e informar a la autoridad competente acerca de la existencia de designación de

la misma; […]

”XXVI. Mantener actualizado el índice y padrón de la constitución, modificación, adición

y avisos de terminación de sociedades de convivencia; y custodiar en el Archivo General

de Notarías, los expedientes respectivos remitidos por los órganos político-administrativos…”

Asimismo, los artículos 236, 237 y 238 de la Ley del Notariado del Distrito Federal, señalan

lo siguiente:

“Artículo 236.- El Archivo General de Notarías depende de la Dirección General Jurídica

y de Estudios Legislativos.”

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65

“Artículo 237.- El Archivo General de Notarías se constituirá:

”I. Con los documentos que los notarios del Distrito Federal remitan a éste, según las prevenciones

de esta ley;

”II. Con los protocolos, que no sean aquellos que los notarios puedan conservar en su poder;

”III. Con los sellos de los notarios que deban depositarse o inutilizarse, conforme a las

disposiciones de esta ley; y

”IV. Con los expedientes manuscritos, libros y demás documentos que conforme a esta

ley deba mantener en custodia definitiva.”

“El artículo 238.- El Consejero Jurídico y de Servicios Legales designará al titular del Archivo,

quien ejercerá además de las facultades previstas en otros ordenamientos jurídicos, las siguientes:

”I. Celebrar, previo acuerdo del titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos,

convenios para acrecentar, conservar y difundir el acervo documental del archivo;

”II. Coadyuvar en todo lo concerniente al ejercicio de la función notarial;

”III. Impulsar la investigación para el proceso de codificación de la normatividad notarial;

”IV. Estudiar y proponer métodos de conservación y respaldo, de la documentación e información

que tenga relación con la función notarial;

”V. Expedir y reproducir a solicitud de parte interesada los documentos públicos y privados

que obren en los acervos en custodia del Archivo e;

”VI. Certificar la documentación solicitada por autoridades judiciales, administrativas y legislativas,

así como por los particulares que acrediten su interés legítimo, y que esté en custodia

del Archivo;

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66

”VII. Revisar que los libros cumplan con todos y cada uno de los requisitos previstos

en esta ley, para su recepción y custodia definitiva;

”VIII. Certificar la razón de cierre con respecto a la revisión previa a la que se refiere la fracción

que antecede;

”IX. Custodiar en definitiva el protocolo que contenga la razón de cierre y que deba tener

una antigüedad de cinco años a partir de la fecha de la razón;

”X. Recibir para su inutilización los sellos, que se hayan deteriorado, alterado o aparecido

después de su extravío, así como los que no cumplan con los requisitos previstos en esta ley;

”XI. Recibir los expedientes, manuscritos, libros, folios y demás documentos que conforme

a esta ley deban entregar los notarios y que deban custodiarse en el Archivo;

”XII. Devolver a los notarios, en los plazos previstos por esta ley, los expedientes, manuscritos,

libros, folios y demás documentos que conforme a la misma, no deban custodiarse en definitiva,

después de haber sido dictaminados;

”XIII. Regularizar y autorizar en definitiva, los instrumentos que hubieren quedado pendientes

de autorización por parte de un notario;

”XIV. Recibir de los notarios, los avisos de testamento y de designación de tutor cautelar para

su depósito y custodia definitiva en el Archivo;

”XV. Recibir, para su depósito y custodia los testamentos ológrafos que presenten los particulares;

”XVI. Rendir información a las autoridades judiciales y administrativas competentes,

y a los notarios con respecto a los avisos y testamento ológrafos a que se refieren las dos

fracciones que anteceden;

”XVII. Dictaminar y calificar las solicitudes presentadas por los particulares, para determinar la

procedencia de un trámite;

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67

”XVIII. Realizar anotaciones marginales de acuerdo a la función notarial, prevista en esta ley;

”XIX. Registrar las patentes de aspirante y de notario, así como los convenios de asociación

y de suplencia celebrados entre los notarios;

”XX. Recibir las inspecciones judiciales, fiscales, ministeriales o de autoridad competente, cuando

la Ley así lo permita;

”XXI. Colaborar para la integración, alimentación, mantenimiento y actualización del sistema

de datos del Registro Nacional de Testamentos y del Registro Nacional de Poderes; y

”XXII. Las demás que le confieran otros ordenamientos jurídicos.”

De igual forma, del estudio del manual administrativo de la CEJUR, en el apartado de la Dirección

General Jurídica y de Estudios Legislativos, se detectó que se establece la estructura operativa

definiendo las funciones y procedimientos, así como los tramos de control del personal

encargado de la atención del AGN.

Del análisis de las disposiciones se observó que la CEJUR, atendió lo señalado

en los artículos 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;

114 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 36, 237 y 238

de la Ley del Notariado del Distrito Federal; así como lo establecido en su manual administrativo,

por lo que se constató su competencia jurídica y la de su personal para atender la actividad

institucional en estudio en la realización de sus funciones.

12. Resultado

Se analizó el Perfil Profesional y la Experiencia del Personal Encargado de la Actividad

Institucional 002 “Atender Trámites y Servicios del Archivo General de Notarías”

La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012 y vigente en 2013, establece

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68

en su numeral 1.3.7 que el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las dependencias deberá

entregar, entre otra documentación, la siguiente documentación: Formato de solicitud

de empleo totalmente requisitada; copia certificada del acta de nacimiento; currículum vítae,

para el caso de personal de estructura; copia de identificación oficial vigente; copia del documento

donde conste la clave del R.F.C., copia del documento en donde conste la C.U.R.P.; copia

del documento que acredite el nivel máximo de estudios; copia del comprobante de domicilio;

autorización para que el área de recursos humanos consulte en la CGDF, si se encuentra

inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público; así como la constancia

de no inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública.

Por su parte, los numerales 1.3.10 y 1.3.14 del citado ordenamientos señalan lo siguiente:

“1.3.10 Las y los titulares de las Dependencias … tienen la atribución de nombrar o remover

libremente a sus subalternos, por lo que son responsables de expedir los nombramientos

del personal que consideren para ocupar una plaza en su estructura orgánica autorizada,

previa evaluación favorable de la CGEDP.

”La evaluación del personal de estructura a que se refiere el párrafo anterior, será aplicable

para el caso de ingreso a alguna Dependencia … Podrá exceptuarse la evaluación

citada en los casos en que las o los servidores públicos sean objeto de promoción para

ocupar un nuevo cargo o cambio de categoría dentro de la misma estructura de la Dependencia

… de que se trate, siempre y cuando hayan venido prestando sus servicios de manera

continua y cumplan con los siguientes lineamientos:

”I. Previo a que la Dependencia … realice la solicitud de visto bueno, deberá verificar:

”a) Que la persona propuesta haya sido evaluada previamente por la CGEDP. (Dichas

evaluaciones no deberán ser anteriores a un año).

”b) Que el resultado de las evaluaciones previamente practicadas respecto del puesto

o cargo para el que fue evaluado, haya sido ‘Sí Perfil’.

Page 71: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

69

”II. Si la persona propuesta no cumple con lo anterior la CGEDP no entrará al estudio

del caso en particular.

”III. Una vez que la Dependencia … haya comprobado que se cumple con lo señalado

por los inciso a) y b), de la fracción I de este numeral, deberá enviar a la CGEDP la solicitud

respectiva, a la que deberá acompañar:

”a) El perfil del puesto que se pretende ocupar.

”b) La documentación oficial en la cual se acredite que la persona propuesta ha venido

prestando sus servicios en el ente público de manera continua.

”IV. Recibida la solicitud y documentación requerida, la CGEDP deberá:

”a) Verificar la vigencia de las evaluaciones realizadas previamente en atención a la batería

de exámenes que fueron practicados (6/12 meses de vigencia).

”b) Una vez validada la vigencia de las evaluaciones previamente practicadas, entrar al estudio

del caso concreto para resolver lo procedente, contando con un término de tres días hábiles

para emitir su respuesta, en la cual se determinará:

”1) Otorgar el visto bueno.- Cuando del resultado de las evaluaciones previamente practicadas

se desprenda que la persona cumple con el perfil requerido para el puesto o encargo

al que fue propuesto.

”2) No otorgar el visto bueno.- Cuando del resultado de las evaluaciones previamente

practicadas se desprenda que la persona no cumple con el perfil requerido para el puesto

o encargo al que fue propuesto.

”V. En el resultado de la solicitud de visto bueno, la CGEDP podrá hacer las recomendaciones

que considere pertinentes para mejorar el desempeño laboral de la persona propuesta.”

Page 72: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

70

“1.3.14 El titular del área de recursos humanos de la Dependencia … es responsable

de la custodia y actualización de los expedientes de personal de las y los trabajadores adscritos

a ésta, así como de los que hayan causado baja antes de la desconcentración de los registros

de personal por parte de la OM.

”Asimismo, deberá solicitar los expedientes de personal de las y los trabajadores que reingresen

al GDF, a su última área de adscripción, dentro de los 5 días hábiles posteriores a su contratación.

La última área de adscripción, deberá enviar el expediente solicitado, dentro de los 15 días

siguientes a la recepción de dicha petición.”

El artículo 14 fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

del Distrito Federal, publicada el 29 de agosto de 2011, vigente en 2013 establece:

“Al inicio de cada año, los Entes Públicos deberán mantener actualizada, de forma impresa

para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones,

según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que

a continuación se detallan: …

”V. El perfil de los puestos de los servidores públicos y el currículum de quienes ocupan esos

puestos…”

A fin de constatar que los expedientes del personal de estructura y técnico operativo estuvieran

debidamente integrados conforme a los requisitos establecidos en la normatividad

en comento, mediante el oficio núm. APPD/14/059 del 10 de septiembre de 2014, se solicitaron

al sujeto fiscalizado los expedientes del personal encargado de ejecutar las acciones

de la actividad institucional en revisión, los cuales fueron remitidos con los oficios

núms. CJSL/DGJEL/9201/2014 y CJSL/DGJEL/9482/2014 del 20 de noviembre y 08 de diciembre

de 2014, respectivamente. De su revisión se obtuvieron los siguientes resultados:

Page 73: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

71

Requisitos Diagnóstico de la revisión de la muestra

Total / 100% Falta Porcentaje Cumple Porcentaje

Solicitud de empleo 21 27.3 56 72.7 77

Acta de nacimiento 2 2.6 75 97.4 77

Currículum vítae 77 100.0 0 0.0 77

Identificación oficial 9 11.7 68 88.3 77

RFC. 14 18.2 63 81.8 77

CURP 6 7.8 69 92.2 77

Documento que acredite el nivel máximo de estudios 4 5.2 74 94.8 77

Comprobante de domicilio 12 15.6 65 84.4 77

Escrito en el que manifieste que no tiene otro empleo en GDF y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador de servicios con el GDF. 11 14.3 66 85.7 77

Constancia de no inhabilitación que emita la CGDF 1 1.3 76 98.7 77

Constancia de remuneraciones 7 9.1 70 90.9 77

Manifestación de si la APDF aplicara el subsidio para el empleo 8 10.4 69 89.6 77

Manifestación de no haber sido sujeto a jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico 4 5.2 73 94.8 77

Constancia de inhabilitación de la SFP 6 7.8 71 92.2 77

Se revisó el 100.0% de los expedientes del personal que labora en el AGN que corresponden

a 77 empleados como se muestra en el cuadro anterior, en los que se observó que

del total de los requisitos para a la integración de los expedientes de personal, de acuerdo

a lo establecido en la normatividad previamente citada, el único cubierto al 100% es el

currículum vítae.

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72

Por lo que hace a la revisión de los perfiles profesionales, mediante el oficio

núm. CJSL/DGJEL/9201/2014 del 20 de noviembre de 2014, la Dirección General Jurídica

y de Estudios Legislativos informó que “este Sector de la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales, no cuenta con Normatividad vigente que la obligue a generar perfiles de puesto,

descripción de puesto y/o cédula de puestos, relacionado a la plantilla estructural que la conforman.

No obstante esta C.J.S.L. define sus propias políticas y procedimientos en materia

de reclutamiento”.

Asimismo, el sujeto fiscalizado anexó los requisitos que se aplicaron para la contratación

del personal que operó la actividad institucional 002 “Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarías”, como se indica a continuación:

Número Denominación del puesto Escolaridad requerida

Años de experiencia

Experiencia laboral requerida

1 Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos

Licenciatura en Derecho (Titulado), preferentemente con especialidad en Derecho Público

5 años Experiencia en Administración Pública, en puestos de responsabilidad análoga.

2 Dirección Consultiva y de Asuntos Notariales

Licenciatura en Derecho

5 años Experiencia en interpretación de leyes, manejo de personal, trato a la ciudadanía, conocimiento de la Administración Pública.

3 Subdirección de Archivo General de Notarías

Licenciatura en Derecho

3 años Experiencia en el manejo de las normas que regulan la Administración Pública del Distrito Federal, el Código Civil, la Ley del Notariado para el Distrito Federal, entre otras.

4 Jefatura de Unidad Departamental de Acervos Notariales

Licenciatura en Derecho

2 años Experiencia conocimientos específicos en Derecho Civil, Familiar, Notarial, Archivonomia y Grafoscopia.

5 Jefatura de Unidad Departamental de Acervo Histórico

Licenciatura en Derecho

2 años Experiencia conocimiento de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, de la Normatividad de la Administración Pública del Distrito Federal y conocimiento de las funciones del Archivo General de Notarías.

6 Jefatura de Unidad Departamental de Certificaciones, Calificaciones y Testamento

Licenciatura en Derecho

2 años Experiencia en el ejercicio profesional de la Licenciatura en Derecho mínima de 5 años. Necesario desarrollo dentro de la Administración Pública, se requiere conocer las normas que regulan al Archivo General de Notarías (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), Ley del Notariado para el Distrito Federal, Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Estatuto de Gobierno), además de experiencia en procesos jurisdiccionales, en consecuencia el manejo eficiente del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal.

Page 75: CLII. I F A R C P DEL G D F E - Auditoría Superior de la

73

De la revisión de los requisitos establecidos por la CEJUR, se desprende que el personal

que atiende la actividad institucional en revisión, cumple con los requisitos descritos

en el cuadro anterior.

Con relación al personal de honorarios, se verificó que la dependencia atendió lo establecido

en los Lineamientos para la autorización de programas de contratación de prestadores

de servicios con cargo a la partida presupuestal específica 1211 “Honorarios Asimilables

a Salarios”, para el Ejercicio Presupuestal 2013, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 27 de diciembre de 2012. Al revisar los recibos de honorarios de los prestadores

de servicios, se corroboró que no se rebasaron los montos contratados establecidos en el

tabulador aplicable al personal, así como los informes de actividades mensuales.

Con respecto al personal de estructura, se verificó también que la CEJUR no atendió

lo señalado en la Circular Uno “Normatividad en materia de Administración de recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal”.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-10-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, instruya a las áreas

responsables para que, establezca mecanismos de control e instruya a los servidores

públicos responsables de la contratación de personal de estructura y actualice permanentemente

los expedientes de personal, para que se sujeten a los requisitos establecidos en la Circular

Uno “La Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, de igual

forma en la contratación de personal de honorarios se apeguen a los Lineamientos para

la autorización de programas de contratación de prestadores de servicios con cargo a la

partida presupuestal especifica 1211 “honorarios asimilables a salarios”, asimismo, la actualización

de los expedientes laborales.

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74

13. Resultado

Se analizó el Programa de Capacitación para el Desempeño de las Funciones

del Personal de Estructura y Administrativo

A fin de verificar que los servidores públicos hayan contado con la capacitación adecuada

para el ejercicio de sus funciones, mediante el oficio núm. APPD/14/059 del 10 de septiembre

de 2014, se solicitó a la CEJUR que proporcionara el Programa Integral de Capacitación del

personal administrativo y operativo; así como el listado de los cursos impartidos y las listas

de asistencia que se generaron durante el ejercicio fiscal de 2013. El sujeto fiscalizado remitió

dicha información mediante el oficio núm. CJSL/DGJEL/8086/2014.

La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal” (Circular Uno), publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, en su capítulo 2, “Capacitación,

Desarrollo de Personal, Servicio Social y Prácticas Profesionales”, numeral 2.1.1, se señala:

“El SC [Sistema de Capacitación] es el conjunto de acciones cuyo objetivo es mejorar

la eficiencia y eficacia de las trabajadoras y trabajadores de las Dependencias […] en el desarrollo

de sus actividades laborales, para lo cual establece el marco en el que se operarán

las etapas del proceso de capacitación y de enseñanza abierta, con fundamento en la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LFTSE, el Acuerdo por el que

se establece el Comité Mixto de Capacitación y Desarrollo de Personal, en la APDF y en

apego a lo previsto en:

”I.- El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal;

”II.- El Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; y

”III.- Las disposiciones específicas que en tales materias emita la DCDP.”

Por su parte el numeral indica que “el PGCDP [Programa General de Capacitación y Desarrollo

de Personal] es el instrumento que orienta las acciones tendientes a proporcionar

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75

a las y los servidores públicos, los medios necesarios para mejorar sus capacidades, conocimientos

y adquirir habilidades, para el óptimo desarrollo de sus funciones, de conformidad con el

PGDDF”.

Asimismo, el numeral 2.1.6 del mismo ordenamiento determina lo siguiente:

“El Sistema de Capacitación establece: las modalidades: Genérica, cuyo objetivo es atender

temáticas orientadas a las actividades comunes de todas las Dependencias […] y Específica,

su objetivo es atender temáticas en torno a las funciones particulares de cada Dependencia

y de cada Órgano Desconcentrado; y dos vertientes: Directiva, capacitación orientada

a la profesionalización y actualización de las trabajadoras y trabajadores de estructura, para

el mejor desempeño de sus funciones, y Técnico-operativa, orientada a la adquisición

de conocimientos y herramientas que permitan una mejor prestación de los servicios, así

como la mejora de las trabajadoras y trabajadores técnico operativos.”

En este sentido, el numeral 2.1.7 establece que “las y los prestadores de servicios, contratados

bajo el régimen civil (honorarios), no tienen derecho a participar en los eventos de capacitación

incluidos en el PAC”.

A fin de verificar el cumplimiento de lo antes citado, se revisó el Programa Anual de

Capacitación 2013 de la CEJUR, en el que se programaron 15 cursos en los que se

contempló la participación de diversas áreas, de los cuales 10 fueron en la modalidad

genérica y 4 en la modalidad específica, como se muestra en los siguientes cuadros:

(Modalidad genérica)

Número Cursos Participantes Número de horas

1 Protección Civil 25 20 horas 2 Protección Civil 25 20 horas

3 Protección Civil 25 20 horas

4 Protección Civil 25 20 horas

5 Seguridad e higiene en el trabajo (platica) 25 3 horas

6 Ley de Protección de Datos Personales 25 6 horas

7 Derechos Humanos 25 20 horas

8 Inteligencia emocional en el ámbito laboral 15 4 horas

9 Comunicación asertiva: como decir no a la violencia 15 4 horas

10 Estrés y ansiedad en el trabajo 15 4 horas

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(Modalidad específica)

Número Cursos Participantes Número de horas

1 Oratoria y Lenguaje Corporal para Juicios Orales 40 25 horas

2 Derecho Notarial y la Función Registral 30 25 horas

3 Taller de Liderazgo 10 25 horas

4 El Proceso de Programación y Presupuestación de los Recursos Institucionales en la Administración Pública del Distrito Federal 15 25 horas

Al revisar el Programa Anual de Capacitación (PAC) se observó que corresponde a todo

el personal de la CEJUR que laboró en el ejercicio de 2013, cuya plantilla consta de un total

de 3,106 servidores públicos, integrados por 3,004 técnicos operativos y 102 de estructura, de

los cuales 220 funcionarios tomaron los cursos antes citados.

Al respecto, se determinó que la CEJUR no observó lo previsto en la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), en razón de que debió capacitar

a los servidores públicos a fin de proporcionar los medios necesarios para mejorar

sus capacidades, conocimientos y adquirir habilidades, para el óptimo desarrollo de sus funciones,

de conformidad con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal. Asimismo,

se observó que durante 2013 únicamente el 7.1% del personal de la CEJUR, recibió cursos

de capacitación tendientes a alcanzar la eficacia y la eficiencia en la prestación de sus servicios

y sólo el curso de “Derecho Notarial y la Función Registral”.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-11-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, por conducto de la Dirección

Ejecutiva de Administración y de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos,

establezca mecanismos para garantizar que en la elaboración del Programa Anual

de Capacitación se consideren las necesidades del personal adscrito al Archivo General

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77

de Notarías, para cumplir su objetivo con base en lo establecido en la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Sistema de Evaluación al Desempeño

14. Resultado

Fiscalización al Sistema de Evaluación al Desempeño

En el artículo 2o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2013, se define el Sistema de Evaluación del Desempeño como “el conjunto de elementos

metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas,

bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos,

con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social

de los programas y de los proyectos”.

En el capítulo II.2 del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2013, se define al Presupuesto Basado

en Resultados (PbR) como único componente de la Gestión para Resultados que consiste en

un conjunto de actividades y herramientas que permiten apoyar las decisiones presupuestarias,

en información que sistemáticamente incorpora consideraciones sobre los resultados

del ejercicio de los recursos públicos, y que motiva a las instituciones a lograrlos, con objeto de

mejorar la calidad del gasto, y de los bienes y servicios públicos. Su metodología se enfoca

en la definición y establecimiento claro y sencillo de los objetivos y resultados que prevén

alcanzar los programas a los que se asignan recursos públicos, cobrando relevancia

la evaluación habitual de qué se hace, qué se logra y cuál es su impacto en el bienestar

de la población, contemplando además que éstos resultados puedan ser efectivamente

confirmados y evaluados, para lo que resulta importante construir un adecuado Sistema

de Evaluación al Desempeño”.

En el mismo sentido, el artículo 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente

en 2013, establece que las entidades federativas, los municipios y el Distrito Federal

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78

“deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas

y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular los mismos con la planeación

del desarrollo”.

Con fundamento en los preceptos en cita y con el propósito de constatar que la CEJUR

hubiese contado con un Sistema de Evaluación al Desempeño para la actividad institucional

002 “Atender trámites y servicios del Archivo General de Notarías”, con el oficio núm. APPD/14/059

del 10 de septiembre de 2014, se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara copia del

sistema de indicadores de gestión y resultados que se utilizaron para la atención de la

actividad institucional citada.

En respuesta con el oficio núm. CJSL/DEA/SRF/245/2015 del 10 de marzo de 2015, la CEJUR

señaló: “Al respecto, se informa que durante el ejercicio fiscal 2013, no hubo Indicadores

de Desempeño, para la actividad institucional 002 ‘Atender trámites y servicios del Archivo

General de Notarías’, por lo que los rubros de Eficacia, Eficiencia y Economía no están

sujetos a medición”.

Al analizar la documentación proporcionada por la CEJUR (Archivo General de Notarías),

se identificó que los trámites efectuados en la actividad institucional en revisión, únicamente

describen y cuantifican en lo particular cada trámite, o en su caso el alcance por cada una

de sus áreas. Por lo anterior, no fue posible identificar la economía, la eficacia y la eficiencia,

en la actividad institucional en estudio; toda vez que dicha información no constituyo indicadores,

tampoco fue posible determinar el nivel de cumplimiento de los objetivos de la referida

actividad institucional durante el ejercicio de 2013. Al carecer de un Sistema de Evaluación

al Desempeño, la CEJUR no se ajustó a lo señalado en los artículos 2, 30, 34 y 135 de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que prevén lo relativo a los

indicadores de gestión y desempeño, así como a lo establecido en los Lineamientos para

la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología de Marco

Lógico, que constituyan un medio sencillo y fiable para medir los logros en el cumplimiento

de objetivos y metas establecidas, valorar los cambios vinculados con las acciones de la

actividad y monitorear sus resultados, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización

Contable.

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79

Por lo anterior, se constató que la CJSL no contó con indicadores de gestión y de desempeño

específicos para la actividad institucional 007 “Registro Público de la Propiedad y de

Comercio”; es decir, esta Dependencia no contó con los indicadores respectivos para evaluar

el número de trámites atendidos en la actividad institucional en estudio de forma trimestral, que

permitieran medir la eficacia, eficiencia y economía de dichas intervenciones y su método

de cálculo para evaluar su cumplimiento, ya que en su formato IAPP “Indicadores Asociados

a Programas Públicos” de los Informes de Avance Trimestral 2013 no señala los indicadores

de las acciones sustantivas de esta actividad institucional en estudio.

No se omite señalar que la información adicional presentada y referida en el Acta de Confronta

no modifica el resultado.

Recomendación APPD-109-13-12-CEJUR

Es necesario que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales diseñe e implemente

un sistema de indicadores estratégicos, de gestión y de desempeño que permitan tanto

la medición del avance en el cumplimiento de objetivos y metas como la evaluación

del desempeño operativo, conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.