clii. i f a r c p del g d f e - auditoría superior de la ciudad … · 2016-07-18 · 5 y la...
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CLII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014
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ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
AUDITORÍA DE DESEMPEÑO
Función de Gasto 7 “Otros Asuntos Sociales”
Auditoría ASCM/165/14
ANTECEDENTES
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2014, la Procuraduría Social del Distrito
Federal (PROSOC) reportó un presupuesto original en la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” de 97,000.0 miles de pesos y un
ejercido por 193,000.0 miles de pesos, con una variación de 96,000.0 miles de pesos, que
representaron un incremento del 99%.
En este sentido, la meta original de la actividad institucional en estudio fue de 500 unidades
habitacionales por atender, siendo 647 unidades habitacionales la meta alcanzada. Lo
que representó un incremento de 147 unidades habitacionales, equivalente al 29.4%.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en fiscalizar las acciones realizadas por la Procuraduría
Social del Distrito Federal, para dar cumplimiento a las metas y objetivos establecidos en
la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de
interés social”.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios: “Propuesta e Interés Ciudadano”,
por tratarse de una actividad que atiende la demanda ciudadana de dar mantenimiento a
unidades habitacionales de interés social, específicamente en trabajos de mantenimiento
preventivo y correctivo a las instalaciones hidrosanitarias (drenaje), agua potable, infraestructura
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eléctrica y de gas, impermeabilización y pintura, y estructura en bardas perimetrales; “Importancia
Relativa”, por variaciones registradas en la meta física y financiera de la actividad institucional
referida; “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que eventualmente todos los sujetos
y conceptos por estar incluidos en la Cuenta Pública sean sujetos de ser revisados; y “Exposición
de Riesgo”, en virtud de que permite la evaluación del impacto y la probabilidad de
incumplimiento de objetivos y metas del sujeto fiscalizado. Lo anterior de conformidad con
el Manual de Selección Auditorias Vigente. A la fecha, la Auditoría Superior de la Ciudad
de México (ASCM) no había practicado una auditoría al desempeño a la PROSOC, Función 7
“Otros Asuntos Sociales”, actividad institucional 513 “Acciones de mantenimientos en unidades
habitacionales de interés social”.
Con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e),
en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI,
de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII
y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, VI,VII, VIII, IX y XIX; 9; 10 incisos a) y b); 14, fracciones I,
VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; 1; 2, fracción XXVII, inciso a); y 6,
fracción V, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, se practicó
la auditoría a la Procuraduría Social del Distrito Federal.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Para evaluar las vertientes de congruencia, eficacia, eficiencia, economía y competencia
profesional de los servidores públicos asignados en 2014 para dar cumplimiento a las metas
y objetivos establecidos en la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”, se determinó la selección de la muestra, por medio de
un procedimiento de pruebas selectivas, para examinar una muestra representativa en las
actividades y vertientes a revisar sobre las cuales se llevaron acabo pruebas de cumplimiento.
Para evaluar la congruencia, se verificó la vinculación de la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” con los objetivos, políticas
y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial
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de la Federación del 20 de mayo de 2013 y vigente a partir del día siguiente de su publicación
y del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 11 de septiembre de 2013, y vigente a partir del día siguiente
de su publicación.
Para evaluar la vertiente de eficacia, se verificaron 647 apoyos para unidades habitacionales de
interés social otorgados por el sujeto fiscalizado durante 2014 como parte de la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”,
mediante la revisión de 10 UH ubicadas en las delegaciones Álvaro Obregón, Gustavo A. Madero,
Iztapalapa y Miguel Hidalgo, que agrupan 14,392 viviendas (9.5%) de las 151,495 viviendas
totales y 24,710.6 miles de pesos (12.8 %) de los 193,000 miles de pesos, correspondientes
al ejercicio 2014, en las que se analizó la metodología que se usó para determinar a los
beneficiarios de este programa social, su programación, la ejecución y los resultados obtenidos.
En cuanto a la eficiencia, se revisaron los dos procedimientos establecidos para la Coordinación
General de Programas Sociales, con los cuales se atendió la actividad institucional 513
“Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, siendo éstos
“Inicio del Programa: Organización, Definición de Proyecto y Contratación del Prestador
de Servicios” y “Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico: Entrega de
Recursos, Inicio, Supervisión y Conclusión de la Obra”. De igual forma, se observó el cumplimiento
de los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan”,
aprobados y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero del 2014.
En el caso en la vertiente de economía, se revisaron nueve afectaciones programático-
presupuestales por 96,000.0 miles de pesos que representaron el 100.0%. De igual forma,
se revisaron 12 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) equivalente a 193,000.0 miles de
pesos que representaron el 100.0%, con lo cual se verificó la vinculación del gasto.
Para verificar la competencia profesional de los servidores públicos que intervinieron en la
actividad 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”,
se revisó el 100.0% de los expedientes del personal que laboró en el ejercicio fiscal 2014,
los que incluyen al personal de estructura, base y honorarios.
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Respecto al Padrón de Beneficiarios, se aplicaron cuestionarios durante las visitas realizadas
a las UH beneficiadas, a fin de conocer y verificar la percepción de los habitantes en cuanto
al manejo y aplicación del programa que lleva a cabo la PROSOC.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
Se realizó una evaluación al control interno de la PROSOC de acuerdo con el Manual
del Proceso General de Fiscalización de este órgano fiscalizador y el Boletín 3050 “Estudio
y Evaluación del Control Interno”, de las Normas de Auditoría y Normas para Atestiguar
del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y la Comisión de Normas de Auditoría.
Con la información disponible, mediante el primer requerimiento de información y del estudio
de los datos presentados en la página de internet de la PROSOC, se realizó una evaluación
al Sistema de Control Interno contemplando las políticas, lineamientos y procedimientos
aplicados específicamente a la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en
unidades habitacionales de interés social”.
El marco jurídico de actuación que observó la PROSOC para atender la actividad institucional
en estudio, comprendió los artículos 4 de La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 3 y 4 de la Ley Federal de Vivienda; 3 de la Ley de Vivienda del Distrito Federal;
1, fracciones II, IV, V, VI, VII, IX, XII, XVI y XIX de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal; 2 y 3 de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal; y 14, fracción II, del
Reglamento de la Procuraduría Social del Distrito Federal.
Para el criterio de congruencia, se realizó un estudio del marco jurídico-administrativo que
atiende la PROSOC y la vinculación de las acciones realizadas para operar la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, así
como la revisión de los documentos que soportan el apoyo a los beneficiarios de dicho programa
y con las visitas y entrevistas a las diferentes instancias que actúan en las acciones para
cumplir con el programa Social Citado, observando que existe congruencia y se encuentra
alineado con los objetivos y líneas de acción establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo
2013-2018, en el Programa General de Desarrollo para el Distrito Federal 2013-2018,
en la normatividad en la materia para el Distrito Federal, de igual se revisó lo establecido
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y la aplicación de las acciones establecidas en los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades habitacionales.
Para lo que se refiere al criterio de eficacia, se revisó el cumplimiento de los objetivos y metas
físicas de las acciones realizadas en la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento
en unidades habitacionales de interés social” a cargo de la PROSOC, así como de las
disposiciones legales y reglamentarias aplicables en el Distrito Federal; por lo cual se
revisó la documentación proporcionada del primer requerimiento, se realizaron visitas a
las diversas áreas que integran la PROSOC, las cuales tienen relación con el Programa
Social “Ollin Callan”, de esta revisión se identificaron los mecanismos de control establecidos,
políticas, sistemas y procedimientos que regulan las tareas fundamentales, la estructura
organizacional establecida por el sujeto fiscalizado, para la adecuada ejecución de las
acciones realizadas; y el sistema de información establecido para medir el cumplimiento
de los objetivos, observando que el ente fiscalizado cumplió con la meta establecida y se
circunscribió a los recursos presupuestales.
Se conoció que las variaciones observadas en la meta física alcanzada y presupuestal
respecto a la original, se debieron a diversos fenómenos naturales (sismos e intensas temporadas
de lluvias) durante los cuales se vieron afectados en su infraestructura de drenaje, agua
potable, gas y bardas perimetrales.
Sin embargo de la revisión se observó, la falta de consistencia de los registros auxiliares
y la incongruencia en las cifras reportadas en los siguientes informes:
1. Cuenta Pública.
2. Padrón de Beneficiarios (Interno).
3. Padrón de beneficiarios Publicado en Gaceta Oficial.
4. Evaluación Interna del Programa “Ollin Callan”.
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Respecto de la vertiente de eficiencia, se revisó el manual administrativo de la PROSOC,
apartados de organización autorizados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA), el 27 de febrero de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 11 de marzo del mismo año, observando que la PROSOC, tiene el Manual de
Procedimientos aprobado con el número CGA/DDO/0260/09 del 26 de agosto de 2009,
con número MA-08DPS-5/08, se apegó a lo señalado en dicho Manual Administrativo atendiendo
las acciones y mecanismos de acuerdo con lo establecido en los procedimientos definidos
para su atención.
En cuanto a la vertiente de economía, respecto de la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, se analizó el Informe de
Cuenta Pública de 2014 del sujeto fiscalizado, los informes de avance trimestral, el Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos, el Programa Operativo Anual (POA), el analítico de claves
y las afectaciones programático presupuestales llevadas a cabo, se identificó el destino de
los recursos, de lo que se observó que los recursos ejercidos fueron aplicados en la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”.
Para la vertiente de competencia legal del ente y de los actores, se verificó que los objetivos
y acciones relacionadas con la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en
unidades habitacionales de interés social” se encuentran previstos en la Ley y en el Reglamento
de la PROSOC. Asimismo, se detectó que existe incumplimiento, en la contratación de
personas, según los perfiles establecidos, en la integración de los expedientes y en la falta
de capacitación al personal que labora en la actividad institucional en estudio, con relación
a las acciones del Programa Social “Ollin Callan”.
Finalmente se verificó que la PROSOC, para la actividad institucional 513 “Acciones de
mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, contó con los cuatro indicadores
en su Sistema de Evaluación del Desempeño, como se señala a continuación: 1. Porcentaje
de Unidades habitacionales Atendidas; 2. Porcentaje de Presupuesto Ejercido; 3. Porcentaje de
Asambleas Realizadas; y 4. Porcentaje de Registros de Administradores por Unidad Habitacional.
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De lo anterior se desprende que la PROSOC, cuenta con un Control Interno y Sistema de
Evaluación que le permite contribuir al cumplimiento de metas y objetivos de la actividad
institucional en estudio.
RESULTADOS
Congruencia
1. Resultado
Vinculación de la Actividad Institucional 513 “Acciones
de Mantenimiento en Unidades Habitacionales de Interés Social”
con los Instrumentos de Planeación de Corto y Mediano Plazos
A fin de verificar la alineación de la actividad institucional con los instrumentos de corto y mediano
plazo, se realizó el estudio de la normatividad aplicable.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., séptimo párrafo,
establece: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá
los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.
La Ley de Vivienda en su artículo 1o. señala: “La presente Ley es reglamentaria del Artículo 4o.
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus
disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular
la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda
disfrutar de vivienda digna y decorosa. […] La política nacional y los programas, así como
el conjunto de instrumentos y apoyos que señala este ordenamiento, conducirán el desarrollo
y promoción de las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal en materia de vivienda, su coordinación con los gobiernos de las entidades federativas
y municipios y la concertación con los sectores social y privado, a fin de sentar las bases para
aspirar a un desarrollo nacional más equitativo, que integre entre sí a los centros de población
más desarrollados con los centros de desarrollo productivo, considerando también a los de menor
desarrollo, para corregir las disparidades regionales y las inequidades sociales derivadas de
un desordenado crecimiento de las zonas urbanas”.
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En correlación a lo anterior, el artículo 3o. de la Ley de Vivienda del Distrito Federal, estipula
que “todos los habitantes del Distrito Federal tienen derecho a una vivienda digna y decorosa,
entendida como lugar seguro, salubre y habitable que permita el disfrute de la intimidad, la
integración y desarrollo personal, familiar y comunitario, así como la inclusión a la dinámica
social y urbana con base en el respeto a la diversidad cultural, sin discriminación para acceder a
ella sea por su condición económica, social, origen étnico o nacional, lengua, dialecto, edad,
género, situación migratoria, creencias políticas o religiosas”.
En su artículo 4o., fracción XXVI, la Ley de Vivienda del Distrito Federal, define a la vivienda de
interés social como “la vivienda cuyo precio máximo de venta al público es de quince salarios
mínimos anuales vigentes en el Distrito Federal”. Asimismo, la Ley de Desarrollo Social
del Distrito Federal en su artículo 1o., fracción II, señala que “las disposiciones de la presente
Ley son de orden público e interés social y tiene por objeto: […] Promover, proteger
y garantizar el cumplimiento de los derechos sociales universales de los habitantes del
Distrito Federal en particular en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, trabajo
e infraestructura social”.
Por su parte, el artículo 2o. de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, establece
que “la Procuraduría Social del Distrito Federal es un Organismo Público Descentralizado
de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
En el desempeño de sus funciones no recibirá instrucciones o indicaciones de autoridad o
servidor público alguno”.
El artículo 3o. del mismo ordenamiento, dispone:
“La Procuraduría Social tiene por objeto: a) Ser una instancia accesible a los particulares,
agrupaciones, asociaciones, organizaciones y órganos de representación ciudadana electos
en las colonias o pueblos originarios del Distrito Federal, para la defensa de sus derechos
sociales y los relacionados con las actuaciones, funciones y prestación de servicios a cargo de la
Administración Pública del Distrito Federal, permisionarios y concesionarios, observando en
todo momento los principios de legalidad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, honestidad,
transparencia, y demás relativos y aplicables […]
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”b) Procurar y coadyuvar al cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominios de Inmuebles
para el Distrito Federal, a través de las funciones, servicios y procedimientos que emanen
de esta Ley…”
Asimismo el artículo 10 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal,
señala que “corresponde a la Coordinación General de Programas Sociales: […] II. Coordinar
y realizar la planeación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de los diversos
programas sociales que desarrolle la Procuraduría...”.
El Manual de Organización de la PROSOC, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 11 de marzo de 2013, en su Capítulo IV señala:
“La procuraduría social del Distrito Federal, tiene por mandato de Ley: ser una Entidad
accesible a los particulares de aquellos relacionados con las funciones públicas y
prestación de servicios a cargo de la Administración Pública del Distrito Federal a efecto de
proteger los derechos ciudadanos cotidianamente.
”Otra de sus metas diarias es la de promover la cultura de exigibilidad y de difundir los Derechos
Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) de los capitalinos para una sana
convivencia.
”Además, la PROSOC es la autoridad competente en materia condominal para vigilar,
permanentemente el cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles
para el Distrito Federal y promover la organización condominal para lograr una cultura de
convivencia entre los condóminos.”
Para evaluar la congruencia de los elementos contenidos en el objetivo general, misión
y visión de la PROSOC, con relación a lo establecido sobre la actividad institucional 513
“Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, en los instrumentos
de planeación de corto y mediano plazo, se elaboró el siguiente cuadro:
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Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
Programa General de Desarrollo 2013-2018
Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades Habitacionales
“Meta 2 México Incluyente
”Objetivo 2.5 Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna.
”Estrategia 2.5.1. Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos.
”Estrategia 2.5.2. Reducir de manera responsable el rezago de vivienda a través del mejoramiento y ampliación de la vivienda existente y el fomento de la adquisición de vivienda nueva.”
“Eje 4. Habitabilidad y servicios, espacio público e infraestructura
”Área de oportunidad 6. Vivienda
”Se presenta una escasa oferta de vivienda y de instrumentos para su mejora, que consideren las características, los cambios y la transición demográfica que han experimentado los hogares en la entidad.
”Objetivo 1
”Atender las necesidades de vivienda de la población de bajos ingresos de la capital, brindando oportunidades económicas y sociales para su adquisición y haciendo énfasis en los atributos del derecho a una vivienda adecuada y digna.
”Meta 1
”Construir vivienda de interés social con esquemas que permitan la sustentabilidad, la competitividad y la equidad.
”Meta 2
”Ampliar, bajo una perspectiva de género, la cobertura de los programas de mejoramiento de vivienda, preferentemente dirigida a la población residente de bajos recursos económicos, en condiciones de vulnerabilidad y en situación de riesgo.
”Objetivo 2
”Impulsar la creación de un marco normativo que promueva y regule el desarrollo de vivienda en áreas con posibilidades de redensificación y reciclamiento.
”Meta 1
”Actualizar el marco normativo y articular la acción de las diferentes dependencias y entidades, para facilitar la gestión y desarrollo de vivienda de interés social.
”Meta 2
”Adquirir inmuebles con características jurídicas, técnicas y financieras óptimas para el desarrollo de vivienda de interés social.
”Objetivo 3
”Promover la participación organizada de la sociedad en conjunto con los diferentes órdenes de gobierno para la creación de nuevos modelos de producción de vivienda sustentable, aprovechando la inversión acumulada en infraestructura y transporte público, sobre todo en áreas con potencial de reciclamiento.
”Meta 1
”Propiciar y concertar la ejecución de proyectos de vivienda sustentable, que busquen el fortalecimiento de la convivencia e integración de la población, aprovechando la inversión acumulada en infraestructura, tanto en centralidades existentes como en áreas de potencial de reciclamiento, tales como viejas zonas industriales, deterioradas o en desuso.”
“Objetivo General.
”Mejorar la calidad de vida de los habitantes de las unidades habitacionales en el Distrito Federal, a través del mejoramiento, mantenimiento u obra nueva de sus áreas y bienes de uso común e impulsar procesos que contribuyan a la organización condominal, conforme a la Ley en Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, incorporando una cultura de convivencia y participación condominal.
”Objetivos Específicos:
”a) Impulsar obras de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva de las áreas y bienes de uso común de las unidades habitacionales.
”b) Promover el conocimiento y cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
”c) Articular las distintas acciones sociales de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órgano Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, así como Organizaciones Civiles, Sociales y privadas para promover el desarrollo social, ambiental y cultural de las unidades habitacionales.
”d) Orientar e impulsar el uso de los recursos del programa para desarrollar proyectos y acciones de beneficio y protección ambiental.
”e) Fomentar la participación de los habitantes de las unidades habitacionales a través de la toma colectiva de decisiones para la administración de los recursos y la supervisión de su correcta aplicación.
”f) Promover una cultura de corresponsabilidad entre gobierno y sociedad en la solución de los problemas.”
Mediante el estudio general, se identificó que en el Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2014 la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales
de interés social”, tuvo como fin, propósito y diagnóstico lo siguiente:
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Fin Propósito Diagnóstico
“Contribuir a revertir el deterioro físico y social en las unidades habitacionales de Interés Social donde interviene a través del otorgamiento de recursos económicos para impulsar obras de acondicionamiento, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones en las áreas de uso común de los conjuntos Habitacionales.”
“Mediante el otorgamiento de recursos económicos para la adquisición de materiales de construcción a un universo de 500 unidades habitacionales, se impulsan obras de mantenimiento y rehabilitación de áreas comunes para promover el desarrollo social, ambiental y cultural; así como el fomento de la participación de los habitantes de las unidades habitacionales a través de la toma colectiva de decisiones mediante la celebración Asambleas Ciudadanas.
”Propósito de Género. Con la finalidad de fortalecer el tejido social entre los condóminos de las unidades habitacionales, se desarrollan proyectos integrales de mejoramiento ambiental y desarrollo social, además, se imparten cursos tópicos, principalmente para erradicar la violencia de género y prevenir la drogadicción y el alcoholismo entre grupos de adolescentes.”
“Problemática General: La ausencia de políticas públicas por parte del Gobierno Federal durante más de cinco décadas para proporcionar mantenimiento a las unidades habitacionales que se edificaron en la Ciudad de México, a partir de los años cincuenta, provocó que en la actualidad aquellas que tienen más de cincuenta años de existencia presenten un alto nivel de deterioro, no sólo en su infraestructura física, sino también a nivel social, razón por la que los recursos que se requieren para su recuperación exceden las capacidades del Gobierno de la Ciudad.
”Problemática de Género: La población femenina, infantil, personas con capacidades diferentes, adultos mayores, son quienes padecen en mayor medida los efectos causados por los altos niveles de deterioro, tanto en la infraestructura física, como en su tejido social, de cada uno de los más de 8,000 conjuntos Habitacionales que pueblan la Ciudad de México. Por ello, los recursos que canaliza la Procuraduría Social, para el mantenimiento de los mismos, resulta ser solo un paliativo para solucionar la enorme problemática que enfrenta. Es por ello que se requiere la participación activa de la mujer en las tareas de reconstrucción de dichos conglomerados.”
En el anteproyecto antes citado, se observó que dentro de los objetivos estratégicos, en el
numeral tres, se señala que “con fundamento en las atribuciones que la Ley le otorga
en materia condominal, la PROSOC opera el Programa ‘Ollin Callan’, cuyo principal objetivo
consiste en contribuir a revertir el deterioro físico y social en las unidades habitacionales
donde intervienen, a través del otorgamiento de recursos económicos para impulsar obras
de mantenimiento y mejoramiento de sus áreas comunes; de la articulación de acciones
sociales de los Órganos de la Administración Pública del Distrito Federal, para promover
el desarrollo social, ambiental y cultural”.
Asimismo, establece dentro de sus líneas de acción que “a través del Programa para
unidades habitacionales de Interés Social, Ollin Callan, se otorgarán recursos económicos a
500 unidades habitacionales para el mantenimiento y rehabilitación de sus áreas comunes”.
De la revisión a los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin
Callan”, para las unidades habitacionales, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 31 de enero de 2014, se observó, que dentro de su Marco Jurídico, en el apartado
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Nacional, se hace referencia a la Ley Federal de Vivienda, la cual fue abrogada el
27 de junio de 2006.
Del estudio general de la Información en cita, se colige que el objetivo, fin, propósito, diagnostico,
misión y visión de la PROSOC, son congruentes con lo establecido en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y contribuyen al logro de las metas, estrategias y objetivos
trazados en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y en el Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal 2013-2018, de acuerdo con el objetivo de la actividad institucional 513
“Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”; sin embargo,
se observó que el marco jurídico que señalan los Lineamientos y Mecanismos de Operación del
Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades Habitacionales, no se encuentra actualizado.
Recomendación ASCM-165-14-1-PROSOC
Es necesario de la Procuraduría Social del Distrito Federal actualice el marco jurídico referido
en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan” para
las Unidades Habitacionales, respecto a la Ley Federal de Vivienda, en razón de que dicho
ordenamiento fue abrogado.
Eficacia
2. Resultado
Cumplimiento de Metas de la Actividad Institucional 513 “Acciones
de Mantenimiento en Unidades Habitacionales de Interés Social”
Para verificar que el sujeto fiscalizado hubiese observado lo previsto en la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente y cumplido con el objetivo y la meta física establecidos en la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, se
solicitó a la PROSOC el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Informe de Cuenta
Pública correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014.
En respuesta, con el oficio núm. PS/037/2016, el ente fiscalizado proporcionó la información
solicitada.
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Al revisar el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2014 de la PROSOC, se observó
que la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, le comunicó mediante el oficio
núm. SFDF/SE/0073/2014 del 6 de enero de 2014 el presupuesto autorizado por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para atender la actividad institucional y el calendario de
presupuesto definitivos para el ejercicio fiscal de 2014, en el que indico que la meta física
programada para la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social” fue de 500 apoyos a UH, con recursos financieros por
97,000.00 miles de pesos.
En cuanto a la información reportada en la Cuenta Pública del 2014 por el sujeto fiscalizado, se
conoció qué la meta física reportada como alcanzada por la PROSOC fue de 647 apoyos,
147 más de los programados originalmente, lo que representó un incremento del 29.4%
con relación a la meta original, mientras que los recursos financieros representaron un
incremento de 99% al pasar de 97,000.00 miles de pesos a 193,000.00 miles de pesos.
Se revisó el reporte que forma parte de la Cuenta Pública, denominado “Avance en los
indicadores de los resultados de las actividades institucionales realizadas” en el que la
PROSOC argumentó que las variaciones existentes entre la meta física alcanzada y las
presentadas en el anteproyecto se explican “por el hecho de que, ante la ocurrencia de
diversos fenómenos naturales (sismos, e intensas temporadas de lluvias) durante los dos
últimos ejercicios fiscales, diversos conjuntos Habitacionales […] se vieron afectados en
su infraestructura de drenaje, agua potable, gas y bardas perimetrales. Ello obligó a la
PROSOC, a solicitar mayores recursos a la SEFIN, con la finalidad de proporcionar el
mantenimiento preventivo y correctivo necesarios a los conjuntos Habitacionales, que
permitieran evitar la ocurrencia de accidentes que pusieran en riesgo la integridad física y
patrimonial de los habitantes de esos conglomerados”.
Como parte de los trabajos y procedimientos de auditoría, se solicitó al sujeto fiscalizado
que proporcionara el padrón de beneficiarios correspondiente a 2014, publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 14 de abril de 2015, así como la evaluación interna
del programa “Ollin Callan” 2014, con el objeto de cruzar y verificar los datos reportados.
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La PROSOC diseñó el programa “Ollin Callan” para las unidades habitacionales, como
una estrategia para coadyuvar en la solución de los problemas de orden social y de organización
condominal de las mismas y otorgar ayuda económica para realizar acciones de mejoramiento,
mantenimiento y obra nueva de sus áreas y bienes de uso común; este programa está
establecido para atender la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”.
Al revisar el padrón de beneficiarios 2014, se conoció que las delegaciones beneficiadas
con dicho programa fueron las siguientes:
Delegación Total de proyectos Monto acumulado
Álvaro Obregón 12 9,897.0
Azcapotzalco 86 23,260.5
Benito Juárez 35 3,562.5
Coyoacán 65 10,632.2
Cuajimalpa 10 1,205.1
Cuauhtémoc 74 4,774.7
Gustavo A. Madero 56 29,521.5
Iztacalco 26 1,781.1
Iztapalapa 68 79,488.0
Magdalena Contreras 1 2,011.5
Miguel Hidalgo 45 5,457.9
Tláhuac 58 6,935.4
Tlalpan 44 7,692.3
Venustiano Carranza 39 2,905.2
Xochimilco 27 3,753.0
Total 646 192,877.9
El diagnóstico que tiene la PROSOC, señalado en los Lineamientos y Mecanismos de
Operación del Programa Social “Ollin Callan” para las Unidades Habitacionales, especifica
que de acuerdo con el padrón del 2010 en el Distrito Federal, se tenían registradas 7,234 UH
con un total de 582,190 viviendas, por lo cual la cobertura que alcanzó el programa social
en el ejercicio 2014, de 646 unidades habitacionales, sólo cubrió el 8.94% del total de
unidades.
Al estudiar la Evaluación Interna 2014, realizada por la PROSOC y publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal del 18 de agosto de 2015, se observaron los siguientes datos
15
relacionados con las unidades habitacionales beneficiadas, así como los montos ejercidos
en dichos períodos.
(Miles de pesos)
Año Número de unidades
atendidas Monto del apoyo
2007 818 84,175.6
2008 224 35,447.5
2009 517 57,764.0
2010 585 103,863.2
2011 453 91,297.1
2012 327 76,315.8
2013 454 94,120.5
2014 644 196,901.00
Al revisar la información contenida en los documentos de Cuenta Pública, Padrón de
Beneficiarios y Evaluación Interna, todos de 2014, se observó que existe incongruencia en
la misma, ya que los montos de recursos financieros ejercidos, así como las metas físicas
alcanzadas difieren entre sí, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Referencia Meta física Recursos ejercidos
Cuenta Pública 2014 647 193,300.0
Padrón de Beneficiarios 646 192,877.9
Evaluación Interna 644 196,901.0
En ese contexto, mediante el oficio núm. AE-A/16/024 del 19 de enero del 2016, se solicitó a la
PROSOC que proporcionara la evidencia documental que permitiera aclarar dicha información,
sobre las diferencias observadas en los documentos en comento. Al respecto, con oficio
núm. CGPS/126/2016 del 7 de abril de 2016, el ente fiscalizado proporcionó información
en la cual establece que dicha diferencia se debe a que “no fue posible llevar a cabo
asambleas o desarrollo del programa en cuatro unidades habitacionales por distintos factores
entre los que podemos mencionar: la falta de organización, falta de interés, o la aplicación
de recursos de forma distinta a lo establecido en los Lineamientos y Mecanismos de Operación”.
Por lo anterior la PROSOC manifestó que los datos correctos son 643 apoyos a unidades
habitacionales con 193,000.0 miles de pesos ejercidos en dicha actividad institucional.
16
De la revisión y análisis de la información y documentación proporcionadas por el sujeto
fiscalizado y como parte de los trabajos y pruebas de auditoría, se consideró hacer una
inspección física a 10 unidades habitacionales y aplicar una serie de cuestionarios para
conocer los apoyos y las acciones de mejora que han llevado a cabo las que han sido
beneficiadas con recursos públicos del programa.
Se seleccionó una muestra de 10 unidades habitacionales ubicadas en las delegaciones
Álvaro Obregón, Gustavo A. Madero, Iztapalapa y Miguel Hidalgo, con el criterio de ser las
que mayor recursos públicos se les asignó, dando un total de 24,710.6 miles de pesos,
lo que representó un 12.8 % del universo total ejercido en la actividad institucional en estudio,
por un importe de 193,000.00 miles de pesos; asimismo, por ser las que mayor cantidad
de viviendas tienen, al totalizar 14,392, lo que representó el 9.5% de las 151,495 viviendas
beneficiadas con dicho programa.
Al respecto, se conoció que son unidades con más de 20 viviendas y más de cinco años
de antigüedad, tal como lo establecen los requisitos de las Reglas de Operación del Programa
Social “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales ejercicio 2014. Asimismo, mediante
los cuestionarios aplicados a los administradores de los condominios, se determinó que
éstos fueron informados sobre el programa que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 31 de enero del 2014, para conocimiento general de las reglas mencionadas,
al tiempo que recibieron asesoría sobre los trámites y las formas de organización por
parte de las brigadas de campo con que cuenta la PROSOC.
En este mismo sentido, se observó que las acciones de mantenimiento y mejora se
efectuaron en la totalidad de la muestra seleccionada, las cuales consistieron en: Infraestructura
hidráulica y sanitaria; calles y andadores; estructuras; infraestructura eléctrica y de gas;
equipamiento urbano al interior de los condominios y unidades habitacionales; sistemas
de seguridad; y cuidado del medio ambiente.
Por lo anterior, se determinó que la PROSOC cumplió la meta establecida y se circunscribió
a los recursos presupuestales que se le confirieron de acuerdo con las necesidades
y demandas de servicios que pudo atender, no obstante que la meta original fue rebasada
como se indicó anteriormente.
17
Recomendación ASCM-165-14-2-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal, en el ámbito de sus facultades
y atribuciones, se realice acciones para el fortalecimiento de su control interno en materia
de información y supervisión, con objeto de que cuente con información clara, consistente
y confiable en cuanto al logro de los objetivos y metas establecidos en sus programas y
proyectos institucionales; y que se guarde congruencia entre lo reportado en la Cuenta
Pública y los diversos informes publicados y puestos a disposición del público interesado.
3. Resultado
Cumplimiento del Fin, Propósito y Objetivos Estratégicos Declarados
para la Actividad Institucional 513 “Acciones de Mantenimiento
en Unidades Habitacionales de Interés Social”
El Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2014 establece que el fin de la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”
consistió en “promover la convivencia solidaria y armónica entre los habitantes de las unidades
habitacionales de interés social en el Distrito Federal”; asimismo indica que el propósito de
dicha actividad es “promover la reflexión con las y los condóminos sobre la importancia de la
convivencia solidaria, ubicando alternativas que permitan el mejoramiento de sus relaciones
cotidianas. Asimismo, difundir el marco legal e instrumentos jurídicos que faciliten y promuevan
la convivencia solidaria”. Con fundamento en las atribuciones que la Ley le otorga en materia
condominal, la PROSOC opera el Programa “Ollin Callan”, cuyo principal objetivo es contribuir
a revertir el deterioro físico y social de las unidades habitacionales donde interviene, mediante el
otorgamiento de recursos económicos para impulsar obras de mantenimiento y mejoramiento
de sus áreas comunes, así como de la articulación de acciones sociales de los órganos de la
administración pública del Distrito Federal para promover el desarrollo social, ambiental
y cultural.
En ese sentido, por conducto de la Coordinación General de Programas Sociales, unidad
responsable de operar la actividad institucional en estudio, la PROSOC atiende las solicitudes de
los ciudadanos respecto al Programa “Ollin Callan”, y brinda asesoría y apoyo en diversos
18
trámites en materia condominal durante todo el año y en cumplimiento de la Ley de Propiedad
en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
En ese orden de ideas, se revisaron los procedimientos con los que opera la Coordinación
General de Programas Sociales la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento
en unidades habitacionales de interés social”, para observar la operación, control e integración
de los trámites que se relacionan a continuación:
Trámite
Inicio del Programa: Organización, Definición del Proyecto y Contratación del Prestador de Servicios.
Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico: Entrega de Recursos, inicio, supervisión y conclusión de la obra.
El primero de los dos procedimientos antes señalados consiste en realizar una serie de acciones
y actividades que implican la organización, definición del proyecto, integración de los comités
de administración y supervisión, así como la elección y contratación del prestador de servicios.
El segundo, en una serie de acciones y actividades que implican la entrega de recursos a
fin de ejecutar el programa “Ollin Callan”. En estos documentos se aprecia la congruencia
entre los procedimientos y los fines y propósitos que persigue la actividad institucional 513
“Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”.
Con objeto de verificar que el sujeto fiscalizado hubiese cumplido el objetivo declarado como fin
de la actividad institucional consistente en “promover la convivencia solidaria y armónica
entre los habitantes de las unidades habitacionales de interés social en el Distrito Federal”, se
consideró hacer una inspección física a la muestra de unidades habitacionales citada,
aplicando cuestionarios y entrevistas entre los integrantes de los comités de administración
y supervisión, creados de conformidad con las reglas del programa, con la participación
de condóminos de las unidades beneficiadas. Lo anterior, con el objeto de conocer las obras
y las acciones de mejora que han llevado a cabo las unidades habitacionales beneficiadas con
dichos recursos públicos.
19
Mediante las entrevistas y cuestionarios, se conoció que las obras y acciones de mantenimiento
en dichas unidades en algunos casos tuvieron un carácter preventivo y en otras un carácter
correctivo, por los deterioros que presentaban los inmuebles, buscando satisfacer el objetivo
principal que consistió en contribuir a revertir el deterioro físico y social de las unidades
habitacionales donde interviene, a través del otorgamiento de recursos económicos para
impulsar obras de mantenimiento y mejoramiento de sus áreas comunes; de la articulación de
acciones sociales de los órganos de la administración pública del Distrito Federal para
promover el desarrollo social, ambiental y cultural.
En este mismo sentido, se observó que el programa ha tenido un impacto positivo en los
habitantes de las unidades beneficiadas, de acuerdo con sus respuestas en las entrevistas
y cuestionarios, en los que manifiestan que la recuperación de las áreas comunes contribuyó
a inhibir la delincuencia, en los rubros de robo a transeúnte y a casa habitación, al mismo
tiempo que se han habilitado espacios para actividades deportivas y culturales, y mejoramiento
de la imagen urbana mediante la restauración de los inmuebles, cumpliéndose así con el fin de
“promover la convivencia solidaria y armónica entre los habitantes de las unidades habitacionales
de interés social en el Distrito Federal”.
Las acciones mencionadas han generado a su vez, orden y cohesión en la organización
de los condóminos de las unidades habitacionales.
Por lo anterior y derivado de la revisión y estudio general de los documentos proporcionados
por la PROSOC, de las inspecciones físicas a las unidades habitacionales, así como de
las entrevistas y cuestionarios aplicados por el personal auditor, se determinó que el sujeto
fiscalizado atendió el fin, propósito y objetivos estratégicos declarados en el apartado de
Marco de Política Pública del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio
Fiscal 2014, para la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”.
20
Eficiencia
4. Resultado
Utilización de los Recursos Humanos, Materiales y Financieros
Con objeto de verificar que la PROSOC hubiese contado con los recursos humanos, materiales
y financieros, y evaluar su aplicación para atender la actividad institucional 513 “Acciones de
mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, con el oficio núm. AE-A/16/024,
del 19 de enero de 2016 se solicitó al sujeto fiscalizado que proporcionara la información
presupuestal y financiera registrada durante el ejercicio fiscal 2014. En este sentido, la PROSOC
contestó dicho requerimiento mediante el oficio núm. PS/037/2016 del 29 de enero de 2016.
Mediante el citado oficio, se solicitó al sujeto fiscalizado, que remitiera su manual administrativo
y los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa “Ollin Callan” para las Unidades
Habitacionales, ejercicio 2014.
En el oficio remitido por la PROSOC, en cuanto a la utilización de los recursos humanos,
se observan las bases de datos que dan cuenta de la estructura operativa y administrativa
vigente durante el ejercicio fiscal 2014, para el desarrollo de las acciones para atender la
actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de
interés social”, los cuales se resumen de la siguiente manera:
Personal adscrito a la PROSOC en 2014
Régimen Personal por área Porcentaje
Estructura 14 18.7
Base 19 25.3
Honorarios recursos fiscales 42 56.0
Total 75 100.0
Del análisis del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio 2014, y del Analítico de Claves de 2014, se desprende que durante el ejercicio
fiscal 2014 a la PROSOC se le asignó un presupuesto original de 291,657.9 miles de pesos,
que se distribuyó de la siguiente forma:
21
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo de gasto / Partida presupuestal
Presupuesto original
(1)
Presupuesto modificado
(2)
Presupuesto ejercido
(3)
Variación absoluta
(3-1)
Variación relativa
(%)
% por
capítulo
Capítulo 1000 “Servicios Personales” 121,861.0 130,431.0 130,346.5 8,485.50 7.0 34.90
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
3,250.0 3,215.0 3,019.7 (230.30) (7.0) 0.81
Capítulo 3000 “Servicios Generales” 28,546.9 27,589.9 26,851.7 (1,695.20) (6.0) 7.19
Capítulo 4000 “Transferencias, asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
138,000.0 213,000.0 212,944.0 74,944.00 54.3 57.03
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
0.0 218.0 218.0 218.00 100.0 0.07
Total 291,657.9 374,453.9 373,379.9 81,722.00 28.2 100.00
Como se observa, el gasto más representativo fue el capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, que representó un 57.03% del presupuesto ejercido,
seguido de los capítulo 1000, 3000, 2000 y 5000, respectivamente.
Se realizaron recorridos en las áreas que integran la Coordinación General de Programas
Sociales, donde se observó que cuentan con el personal y los recursos materiales para
llevar a cabo las acciones de la actividad institucional y con la revisión del documento “Evolución
de Presupuesto de Egresos por Clave Presupuestal” y “Banco de Información de la Cuenta
Pública 2014 del Gobierno del Distrito Federal” se corroboro que la PROSOC contó con
los recursos financieros que permitieron atender la actividad institucional en estudio.
Para determinar el comportamiento de la meta física de la actividad institucional 513
“Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, se observaron
los años 2012, 2013 y 2014, como se muestra a continuación:
(Unidades habitacionales)
Ejercicio Actividad institucional
Meta física Variación
Original
(1)
Modificada
(2)
Alcanzada
(3)
Absoluta (3) – (1)
(4)
% (4) / (1)
(5)
2012 013 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” 850 320 320 (530) (62.4)
2013 013 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” 850 450 454 (396) (46.6)
2014 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” 500 500 647 147 29.4
22
Se observó que la estimación de las metas físicas de 2012 y 2013 no fueron alcanzadas,
y que en el 2014 se registró un total de 147 unidades habitacionales adicionales a las estimadas
en la meta original.
Con objeto de evaluar la situación presupuestal de 2014, respecto a los años 2012 y 2013
reportados en los Informes de Cuenta Pública correspondientes, se presenta el siguiente cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Ejercicio Actividad institucional Presupuesto
Variación (entre alcanzada
y original)
Original Modificado Ejercido Absoluta %
2012 013 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”
99,810.0 99,756.8 99,553.4 (256.6) (.26)
2013 013 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”
114,296.4 114,296.4 114,296.4 0.0 0.0
2014 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”
97,000.0 193,000.0 193,000.0 96,000.0 99.0
Aun cuando las variaciones presupuestales de los años 2012 y 2013 fueron prácticamente
nulas, la del ejercicio 2014 fue 99.0% superior al presupuesto original.
De este modo, en la revisión de la Cuenta Pública 2014 de la PROSOC, se observó el siguiente
comportamiento en la meta física de la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento
en unidades habitacionales de interés social”:
Denominación de la actividad institucional
Unidad de medida
Meta física Índice de cumplimiento de metas
Original Alcanzada Alcanzada / Original
Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social
Unidad habitacional
500 647 129.4
Del cuadro anterior se desprende que la meta física en 2014 fue superior en 29.4%
a la meta original para la actividad institucional analizada.
Con el objeto de revisar la operación de la actividad institucional en estudio y verificar la
utilización de los recursos humanos, materiales y financieros, se practicaron visitas físicas
para la aplicación de cuestionarios y entrevistas con los funcionarios de la Coordinación
General de Programas Sociales, para conocer los documentos que integran los expedientes
23
de las unidades habitacionales que obtuvieron el beneficio del programa “Ollin Callan”,
en los que se observó que se cuenta con el personal para atender la actividad institucional en
estudio, así como la correcta integración de los expedientes de beneficiarios, los que guardan
congruencia con lo establecido en la normatividad en la materia; de igual forma, se realizaron
visitas de campo a una muestra de 10 UH, para verificar la aplicación de los Lineamientos
y Mecanismos del Programa en cita y el procedimiento “Ejecución de los Trabajos de
Manteniendo y Mejoramiento Físico: Entrega de Recursos, Inicio, Supervisión y Conclusión
de la Obra”, especificado en el manual administrativo, de igual forma se observó que dicha
coordinación cuenta con los recursos materiales para atender dicha actividad.
Del análisis, de la información antes mencionada se desprende que la meta física alcanzada
tuvo un incremento respecto a la meta original de 147 unidades habitacionales que representaron
el 29.4% de lo registrado en 2014; de igual forma, el presupuesto original autorizado que
se estableció en 97,000.0 miles de pesos, fue superior en 99.0% al gasto ejercido de
193,000.0 miles de pesos.
Por lo expuesto se determinó que para la atención de la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, la PROSOC fue eficiente
en su operación y contó con los recursos humanos, materiales y financieros para llevar a
cabo las acciones previstas en los procedimientos establecidos en su manual administrativo
y en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa “Ollin Callan”, para las
unidades habitacionales.
Recomendación ASCM-165-14-3-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal implemente mecanismos de
control a fin de que la solicitud de recursos de su Programa Operativa Anual se encuentren
establecidos y sustentados de acuerdo con la meta física alcanzada año con año, ya que
la meta física en 2014 fue superior en un 29.4%, respecto a la meta original para la actividad
institucional analizada, con relación a la atención y demanda de las unidades habitacionales,
que lo requieran.
24
5. Resultado
Manuales y Procedimientos Aplicados en la Actividad Institucional
513 “Acciones de Mantenimiento en Unidades Habitacionales
de Interés Social”
Para verificar que la PROSOC, por medio de la Coordinación General de Programas Sociales,
hubiese contado con los procedimientos para atender la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, se solicitó al sujeto fiscalizado
que proporcionara su manual administrativo y los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa “Ollin Callan” para las Unidades Habitacionales, ambos vigentes durante el
ejercicio fiscal 2014; en este sentido, la PROSOC desahogó dicho requerimiento con el oficio
núm. PS/037/2016 del 29 de enero de 2016.
Con la información remitida se conoció que la PROSOC, contó con un manual administrativo
en su apartado de Procedimientos con fecha 13 de julio de 2009, el cual contempla dos
procedimientos establecidos para la Coordinación General de Programas Sociales, con
los que se atiende la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social” vigente en 2014, los que se especifican a continuación:
Nombre del procedimiento Objetivo Políticas o normas de operación
“Inicio del programa: Organización, Definición del Proyecto y Contratación del Prestador de Servicios.”
“Realizar el conjunto de acciones y actividades que implican la organización; definición, de proyectos; integración de los Comités de Administración y Supervisión, de la Comisión de Procuración Social y sus respectivas Subcomisiones; así como la elección y contratación del prestador de servicio, con la finalidad de ejecutar el programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social Ollin Callan. “Con Unidad en Movimiento” que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida y la convivencia comunitaria en las unidades habitacionales de interés social en el Distrito Federal, construyendo una comunidad sustentable, democrática, participativa, sana, creadora, con identidad, educadora, tolerante, en armonía con el medio ambiente, autogestiva y fortalecida.”
“El presente procedimiento se regirá por las disposiciones establecidas en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales Ollin Callan “Con Unidad en Movimiento”, del ejercicio correspondiente, elaborados por la Coordinación General de Programas Sociales, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Entidad y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.”
Continúa...
25
... Continuación
Nombre del procedimiento Objetivo Políticas o normas de operación
“Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico: Entrega de Recursos, Inicio, Supervisión y Conclusión de la Obra.”
“Realizar el conjunto de acciones y actividades que implican la entrega de recursos, inicio, supervisión y conclusión de los trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico, con la finalidad de ejecutar el programa Social para Unidades Habitacionales de Interés Social Ollin Callan. “Con Unidad en Movimiento”, que tienen como objetivo mejorar la calidad de vida y la convivencia comunitaria en las unidades habitacionales de interés social en el Distrito Federal, construyendo una comunidad sustentable, democrática, participativa, sana, creadora, con identidad, educadora, tolerante, en armonía con el medio ambiente, autogestiva y fortalecida.”
“El presente procedimiento se regirá por las disposiciones establecidas en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social para Unidades Habitacionales Ollin Callan. “Con Unidad en Movimiento”, del ejercicio correspondiente, elaborado por la Coordinación General de Programas Sociales, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Entidad y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.”
“Para la ejecución de los trabajos de mantenimiento y mejoramiento físico de las unidades habitacionales, el recurso se entregará al Comité de Administración correspondiente en dos exhibiciones del 50% cada una.”
Se considera como devengados los recursos otorgados en el momento mismo en que se hace la entrega de éstos al Comité de Administración de cada unidad habitacional.
Los procedimientos especifican lo siguiente:
1. “Inicio del Programa: Organización, Definición del Proyecto y Contratación del Prestador
de Servicios: Requisitos de ingreso; Criterios de asignación de recursos; Criterios en
los que se puede utilizar los recursos; Instancias que integran el programa; Instancias
de la Procuraduría Social; Instancias de participación Ciudadana y Prestadores de Servicios;
Funciones de las instancias que integran el Programa Social; Procedimientos de
instrumentación y Situaciones especiales.”
2. “Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento y Mejoramiento Físico: Entrega de Recursos,
Inicio, Supervisión y Conclusión de la Obra: Acciones Específicas; Entrega de recursos;
Inicio de la obra; Supervisión de los avances de la obra; Conclusión de la obra; Guarda
y custodia de los Expedientes y Sanciones en caso de incumplimiento.”
Cada procedimiento establece las unidades administrativas responsable de cada acción,
descripción de las mismas y tiempos de atención.
Se analizaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin
Callan”, para las unidades habitacionales, ejercicio 2014, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 31 de enero de 2014, que establece como objetivo general: “Mejorar
la calidad de vida de los habitantes de las unidades habitacionales en el Distrito Federal, a
26
través del mejoramiento, mantenimiento u obra nueva de sus áreas y bienes de uso
común e impulsar procesos que contribuyan a la organización condominal, conforme a la
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, incorporando una
cultura de convivencia y participación condominal”.
El ordenamiento citado establece que la “dependencia o Entidad Responsable del Programa;
Diagnóstico; Marco Jurídico; Congruencia; Pertinencia; Objetivos y Alcances; Metas Físicas;
Programación Presupuestal; Requisitos y Procedimientos de Acceso; Procedimientos
de Instrumentación del Programa; Procedimientos para Presentación de Quejas y Denuncias;
Mecanismos de Exigibilidad; Mecanismos de Evaluación e Indicadores; Formas de Participación
Social y Articulación con Otros Programas”.
En los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan”, para
las Unidades Habitacionales, se observan las instancias que intervienen, las etapas y controles
aplicados para atender la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”.
Con el objeto de verificar lo señalado en los procedimientos y en los Lineamientos
y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades Habitacionales,
se realizaron entrevistas, visitas de campo a la muestra seleccionada de 10 unidades
habitacionales con la aplicación de cuestionarios, para analizar la implementación, observación
de los procedimientos, mecanismos y lineamientos de la actividad institucional en estudio.
De igual forma, se seleccionaron como muestra 36 expedientes de unidades habitacionales
beneficiadas por este programa social en el ejercicio 2014, para evaluar su integración y
cumplimiento de la normatividad establecida para recibir el apoyo del programa social citado.
Como resultado del análisis de los procedimientos identificados que regularon la actividad
de la Coordinación General de Programas Sociales, se verificó que respondieron a lo establecido
en el manual administrativo de la PROSOC y en los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales.
Con base en lo anterior, se determinó que la PROSOC contó con un manual administrativo
debidamente registrado y la actividad institucional en revisión tuvo un procedimiento específico
que incorporó las actividades sustantivas descritas por el área responsable de la aplicación del
programa.
27
6. Resultado
Actividades y Mecanismos de Control,
Empleados en la Actividad Institucional
Las actividades y mecanismos de control y operación de la actividad institucional 513 “Acciones
de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, están establecidas en el
manual administrativo de la PROSOC y en los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales.
En este sentido, la Coordinación General de Programas Sociales es la instancia encargada de
la actividad institucional en estudio y responsable de la planeación y operación del Programa
“Ollin Callan” y responsable de garantizar que éste se ejecute conforme a lo establecido
en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin Callan”, para
las Unidades Habitacionales.
Del mismo modo, existen seis coordinaciones regionales que supervisan las tareas de los
promotores distribuidos en las 16 Delegaciones Políticas y existe una Subdirección de
Programas Sociales como área responsable de planear, organizar y ejecutar el programa
Social “Ollin Callan” en cada una de sus etapas.
De igual forma, en base a las entrevistas realizadas a las áreas que integran la PROSOC,
y que tienen relación con la actividad institucional en estudio tuvo personal para supervisar
el aspecto técnico de las obras que se realizaron en las unidades habitacionales del Distrito
Federal, dependiente de la Subdirección de Evaluación y Supervisión, dando seguimiento
en todo momento al ejercicio del recurso para su correcto y transparente uso y aplicación.
Asimismo, existieron instancias externas que se integraron al Programa Social “Ollin Callan”:
1. Asamblea Ciudadana
2. Comité de Administración
3. Comité de Supervisión
4. Comité de Educación, Cultura y Organización Condominal
28
5. Comisión de Protección Civil
6. Prestadores de Servicios
Existen dos etapas de instrumentación del Programa Social “Ollin Callan”: I. Definición de
acciones físicas de organización condominal y social. Mediante Asamblea Ciudadana la
comunidad de cada unidad habitacional, con apoyo de la PROSOC, establece los trabajos
de mejoramiento, mantenimiento u obra nueva en las áreas y bienes de uso común a realizar,
así como las acciones de organización condominal y social a seguir y II. Ejecución de los
trabajos de mantenimiento, mejoramiento u obra nueva. En el proceso de corresponsabilidad
acordado formalmente entre la PROSOC y los comités de administración y supervisión
electos, se ejecutará por parte del prestador de servicios la obra de mantenimiento, mejoramiento
u obra nueva de las áreas y bienes de uso común previamente elegida en la Asamblea
Ciudadana.
Para el desarrollo y operación del programa Social “Ollin Callan”, la Coordinación General
de Programas Sociales realiza las siguientes acciones:
1. Entrega de Recursos
2. Inicio y Supervisión de los Avances de Obra
3. Conclusión de Obra
4. Guarda y Custodia de los Expedientes
5. Sanciones en Caso de Incumplimiento
6. Situaciones Especiales
De igual manera, la PROSOC realiza visitas a las unidades habitacionales para la evaluación
de los avances y cumplimiento del Programa Social “Ollin Callan”, para coordinar, informar
y evaluar todas las acciones desarrolladas en la ejecución del mismo.
Con objeto de evaluar lo anterior, se realizaron revisiones físicas a 17 expedientes de la
muestra seleccionada para la verificación de campo de las siguientes unidades habitacionales:
29
Número Delegación Unidad Nombre
3 Álvaro Obregón Obregón Santa Fe Infonavit (Belén)
7 Álvaro Obregón Obregón IMSS Santa Fe
324 GAM
Arbolillo CTM I
331 GAM
Lindavista Vallejo II
365 Iztapalapa
Álvaro Obregón
367 Iztapalapa
Metropolitano Teatinos
369 Iztapalapa
Acapatzingo
402 Iztapalapa
José María Morelos y Pavón
427 Iztapalapa
Valle de Luces
471 Miguel Hidalgo
Loma Hermosa
En suma y como resultado del análisis de las actividades y mecanismos de control que
regularon las actividades de la Coordinación General de Programas Sociales para atender
la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de
interés social”, así como con las visitas a las unidades habitacionales seleccionadas, se
verificó que el ente fiscalizado contó con instrumentos, métodos, procedimientos y lineamientos
que respondieron a la supervisión con los criterios para evaluar el cumplimiento de los
objetivos utilizados para atender la actividad institucional en estudio.
Economía
7. Resultado
Presupuesto Ejercido en la Actividad Institucional
513 “Acciones de Mantenimiento en Unidades
Habitacionales de Interés Social”
Con objeto de conocer la integración del presupuesto ejercido por la PROSOC en la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, se
llevó a cabo el análisis general del origen y composición de los recursos financieros solicitados
y autorizados en el ejercicio fiscal 2014, y se estudiaron el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal, la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2014. Asimismo, se llevó a cabo la guarda
y custodia de la documentación justificativa, se tuvo un control de los medios de identificación
30
electrónica, y se realizaron las modificaciones a sus presupuestos autorizados por medio
de los documentos denominados Adecuaciones Presupuestarias y en el ejercicio del gasto
mediante de las CLC.
En el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de fecha 31 de diciembre de 2013
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en adición a lo autorizado por la SEFIN,
la ALDF etiquetó 21,000.0 miles de pesos a la PROSOC en el Anexo V “Proyectos y/o Acciones
para Entidades”, a fin de que realizara nueve proyectos relacionados con el programa “Ollin
Callan” Unidad en Movimiento, los cuales se integraron de la siguiente manera:
(Miles de pesos)
Proyectos Monto asignado
19 Apoyo a Unidades Habitacionales (Ollin Callan Unidad en Movimiento) 3,000.0
20 Apoyo para el Programa Social “Ollin Callan” con Unidad en Movimiento 2,000.0
22 Ollin Callan “Unidad en Movimiento” 1,000.0
23 Programa Ollin Callan con Unidad en Movimiento 2,000.0
24 Programa Ollin Callan con Unidad en Movimiento 1,000.0
25 Programa Ollin Callan con Unidad en Movimiento 5,000.0
26 Programa Ollin Callan en la Delegación Benito Juárez 1,000.0
27 Programa Social Ollin Callan con Unidad en Movimiento 1,000.0
28 Programa Social Ollin Callan con Unidad en Movimiento 5,000.0
Total 21,000.0
El presupuesto original de la PROSOC reportado en el formato “APP Avance Programático
Presupuestal de Actividades Institucionales” del Informe de Cuenta Pública 2014, coincide
con lo señalado en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio
fiscal 2014.
Al respecto, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de enero de 2014 se publicó
el aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa Social “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales, Ejercicio 2014, que formaron
parte de la actividad institucional 513, dirigida a “mejorar la calidad de vida de los habitantes de
las unidades habitacionales en el Distrito Federal”, y cuya programación presupuestal señalada
en la fracción VIII ascendió a 97,000.0 miles de pesos, estableciéndose en la fracción X
31
una base general de 0.9 miles de pesos por cada vivienda de las unidades habitacionales
incorporadas al programa.
Al revisar la documentación solicitada, se observó que el presupuesto para la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”
ascendió a 97,000.0 miles de pesos (los 21,000.0 miles de pesos de los proyectos especiales
citados anteriormente, fueron registrados inicialmente en la actividad institucional 528 “Promoción
de Ley y de Acciones en materia de Cultura Condominal”), dicho presupuesto fue inferior
en 17,296.4 miles de pesos, al aprobado en el ejercicio 2013 (114,296.4 miles de pesos).
Sin embargo, en términos absolutos fue superior en 3,703.6 miles de pesos considerando
los recursos etiquetados de los programas especiales señalados. Lo anterior denotó que
la PROSOC omitió los criterios para la asignación de recursos a nivel actividad institucional.
Con objeto de identificar los motivos que originaron el incremento del presupuesto en
96,000.0 miles de pesos, se revisaron nueve las afectaciones presupuestarias registradas,
mismas que coinciden con lo reportado en el Analítico de Claves y en el Informe de
Cuenta Pública de la PROSOC en el ejercicio 2014. Al respecto se observó que cinco se
tramitaron para realizar movimientos compensados, que consistieron en recalendarizar los
recursos de un mes a otro y realizar transferencias entre partidas presupuestales de diferentes
actividades institucionales; y cuatro se utilizaron para realizar ampliaciones líquidas al
presupuesto y para modificar la clave presupuestal recalendarizando también los recursos
de un mes a otro, de la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social” para quedar como sigue:
Capítulo de gasto
Presupuesto aprobado
(1)
Presupuesto modificado
(2)
Variación absoluta (2) – (1)
(3)
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
97,000.0 193,000.0 96,000.0
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 19 de mayo de 2014 se publicó el aviso por el
cual se dan a conocer las modificaciones a los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades Habitacionales, el cual señala que para el
ejercicio 2014 se autorizaron 118,000.0 miles de pesos, cantidad superior en 21,000.0 miles
32
de pesos con relación al monto original. Dicha ampliación es coincidente con los recursos
etiquetados a la PROSOC en el Anexo V del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el ejercicio fiscal 2014, y registrados inicialmente en la actividad institucional
528 “Promoción de Ley y de Acciones en materia de Cultura Condominal”.
Con la Afectación programático-presupuestaria núm. A 08 PD PS 20487 del 31 de diciembre
de 2014, por 21,000.0 miles de pesos, se transfirieron dichos recursos a la actividad institucional
513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”, para nueve
proyectos específicos según lo dispuesto en el Decreto del Presupuesto de Egresos del
Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014, Anexo V, que contempló 41,000.0 miles de
pesos, de los cuales 21,000.0 miles de pesos, como ya se mencionó, serían canalizados
al programa “Ollin Callan”.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2014, se publicó el aviso
por el cual se dan a conocer las modificaciones a los Lineamientos y Mecanismos de Operación
del Programa Social “Ollin Callan”, para las Unidades Habitacionales, el cual señala que para el
ejercicio 2014 se autorizaron 181,000.0 miles de pesos, cantidad superior en 63,000.0 miles
de pesos con relación al monto modificado anteriormente. Dicha ampliación es coincidente con
la Afectación Programático Presupuestaria núm. C 08 PD PS 15446 del 24 de octubre de 2014,
por 63,000.0 miles de pesos.
Por otra parte, con la Afectación Programático Presupuestaria núm. C 08 PD PS 18369
del 3 de diciembre de 2014, por 12,000.0 miles de pesos, se ampliaron recursos a la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés social”,
para estar en posibilidades de cubrir las necesidades de mantenimiento correctivo que se
han presentado en diversas unidades habitacionales. Esta modificación no fue publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal como en los anteriores casos.
En el Informe de Cuenta Pública de la PROSOC se indica que atendieron 647 unidades
habitacionales de 500 programadas originalmente, lo que represento una variación de 29.4%;
asimismo, se ejercieron 193,000.0 miles de pesos de 97,000.0 miles de pesos aprobados
originalmente, lo que representó un incremento de 99.0%, por lo que cada unidad habitacional
adicional, presentó un costo marginal de 3.4 veces con relación a las variaciones porcentuales
33
resultantes, situación que puede explicarse por la variación en el número de viviendas
y por los trabajos correctivos que implicaron recursos adicionales, otorgados a las unidades
habitacionales incorporadas al programa.
Con el objeto de conocer si la PROSOC aplicó el criterio de gasto eficiente en el ejercicio
de su presupuesto (193,000.0 miles de pesos) para el pago de sus compromisos, se revisó
la aplicación del total de CLC, cuyo monto ascendió a 193,000.0 miles de pesos, de un
universo de 12 CLC.
Al revisar la documentación señalada, se verificó que en el capítulo de gasto 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, las erogaciones se dirigieron en su totalidad
para la asignación de recursos a las unidades habitacionales y que coinciden con lo reportado
en el Analítico de Claves y en el Informe de Cuenta Pública de la PROSOC de 2014.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 14 de Abril de 2015, se publicó el Padrón de
Beneficiarios del Programa Social “Ollin Callan”, para unidades habitacionales de interés
social, ejercicio fiscal 2014, que reportó un presupuesto total de 136,341.9 miles de pesos,
distribuidos en 646 unidades habitacionales (en el Informe de Cuenta Pública 2014 de la
PROSOC se reportaron 647), por lo que se presentó una variación de 56,658.1 miles de pesos
con relación a los 193,000.0 miles de pesos reportados en el Informe de Cuenta Pública 2014
de la PROSOC.
La PROSOC proporcionó un padrón de 643 beneficiarios (en el Informe de Cuenta Pública 2014
de la PROSOC se reportaron 647) que recibieron 193,000.0 miles de pesos, conforme a lo
registrado en el Informe de Cuenta Pública 2014. La variación de 56,658.1 miles de pesos
se explicó principalmente por la entrega de recursos adicionales a 67 unidades habitacionales,
situación prevista en el inciso g) del numeral 1, apartado X, de los Lineamientos y Mecanismos
de Operación del programa Social “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales,
ejercicio 2014; asimismo, se originó por ajustes presupuestales a cinco unidades más.
Para comprobar la existencia de registros auxiliares confiables, se revisó el monto presupuestal
reportado de cada uno de los 646 beneficiarios. Al respecto en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 14 de abril de 2014 se publicó el contenido en el padrón del Programa Social
34
“Ollin Callan” para unidades habitacionales, para el ejercicio 2014, en el cual se observó
que reportó los recursos presupuestales ordinarios correspondientes a 0.9 miles de pesos
por vivienda, sin considerar recursos adicionales.
Para verificar si los recursos presupuestales asignados a las unidades habitacionales contaron
con la documentación justificativa correspondiente, se solicitó a la PROSOC el “Convenio
de Corresponsabilidad” y su respectiva adenda, ya que en esos documentos se encuentran
establecidos los montos presupuestales, el número de viviendas y los trabajos realizados
en cada unidad habitacional, para una muestra obtenida de 63 unidades habitacionales,
las cuales, entre otras razones, recibieron la mayor cantidad de recursos presupuestales ordinarios
correspondientes a 0.9 miles de pesos por vivienda; las que recibieron la mayor cantidad
de recursos adicionales y los casos en los que dichos recursos rebasaron el 200.0% de incremento
con relación a los recursos presupuestales ordinarios. De esta manera, se verificó el 57.6%
del presupuesto total ejercido (111,167.4 miles de pesos).
Asimismo se solicitó a la PROSOC que describieran los procedimientos empleados para
las siguientes actividades:
1. Explicar cómo se realiza comúnmente para: la asignación de los recursos ordinarios
a las unidades habitacionales (900.00 por cada vivienda).
2. La asignación de recursos adicionales a las unidades habitacionales.
3. La devolución de recursos de las unidades habitacionales.
Y en el caso de no existir de manera formal describir su atención.
Al respecto mediante Nota Informativa del 16 de marzo de 2016, la Coordinación General
de Programas Sociales de la PROSOC describió la manera como se lleva a cabo los
procedimientos solicitados, con lo que se verificó que el sujeto fiscalizado no cuenta con
los procedimientos para atender el desarrollo de las actividades señaladas.
35
Se visitaron 10 unidades habitacionales, en las que se conoció el destino del gasto mediante
la inspección directa de los trabajos realizados en cada una de ellas. Con lo anterior, fue
posible verificar el 12.8% del presupuesto ejercido (24,710.6 miles de pesos).
A fin de verificar si la PROSOC cumplió los criterios establecidos en la normatividad para
la administración y ejercicio de su presupuesto, mediante el oficio núm. AE-A/16/024 del
19 de enero de 2016, se solicitó una descripción de las acciones encaminadas al cumplimiento
del artículo 1 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; en respuesta, la
PROSOC proporcionó los Lineamientos y Mecanismos de Operación del programa Social
“Ollin Callan”, para las unidades habitacionales, ejercicio 2014, publicados en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 31 de enero de 2014, los cuales cumplieron con lo requerido.
Del análisis anterior, se determinó que los conceptos de gasto registrados en la actividad
institucional guardan vinculación con el quehacer de la PROSOC y son indispensables para
que se transfieran a las unidades habitacionales; sin embargo, la información financiera
presentada en el Informe de Cuenta Pública no refleja el costo real de operación de la PROSOC,
al no incluir conceptos tales como el pago de honorarios, por lo que no fue posible establecer
la economía en la aplicación del gasto.
De la revisión a la documentación señalada, se verificó que las erogaciones se dirigieron
en su totalidad la asignación de recursos a las unidades habitacionales y que dichos recursos
son administrados por los distintos comités administrativos y de supervisión de cada unidad
habitacional.
Por lo anterior, se determinó que el presupuesto original, modificado y ejercido de la PROSOC,
reportado en el formato “APP Avance Programático Presupuestal de Actividades Institucionales”
del Informe de Cuenta Pública 2014, coincide con lo señalado en la “Evolución del Presupuesto de
Egresos por Clave Presupuestal” contenido en el Banco de Información 2014, como anexo
de la Cuenta Pública del Distrito Federal 2014 y que también se destinaron recursos para
atender los proyectos etiquetados en el Anexo V del Decreto de Presupuesto de Egresos
del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2014. Sin embargo, la PROSOC requiere definir
sus procedimientos en la operación cotidiana, ya que no cuenta con ellos.
36
Recomendación ASCM-165-14-4-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal implemente medidas para
garantizar que, en materia del cumplimiento de los calendarios presupuestales autorizados,
se observé las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto, conforme a lo establecido
en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASCM-165-14-5-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal implemente medidas para
garantizar que, en materia del registro del monto por beneficiario, así como su publicación
en los padrones correspondientes, se cumplan las disposiciones legales vigentes para el
ejercicio del gasto, conforme a lo establecido en el artículo 97, fracciones III y XII, de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Recomendación ASCM-165-14-6-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal implemente medidas para
garantizar la elaboración de los procedimientos referentes a la asignación de los recursos
ordinarios; la asignación de recursos adicionales y la devolución de recursos de las unidades
habitacionales, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 97, fracción IX, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Competencia de los Actores
8. Resultado
Competencia Legal de la Procuraduría Social del Distrito Federal
A fin de comprobar la competencia legal de la PROSOC durante el ejercicio fiscal 2014,
para llevar a cabo la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social” perteneciente al programa social “Ollin Callan”, mediante
el oficio núm. AE-A/16/024, del 19 de enero de 2016, se solicitó a la PROSOC el marco
normativo aplicable a las acciones correspondientes a la actividad institucional antes mencionada.
37
Al respecto, por medio del oficio núm. PS/037/2016 del 29 de enero de 2015, la PROSOC
indicó que la normatividad aplicable que regula las acciones correspondientes a la actividad
institucional en estudio se encuentra integrada principalmente por los siguientes ordenamientos
jurídicos: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Decreto por el que se expide
la Ley de la Procuraduría Social y Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social.
El artículo 4, párrafo siete, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establece que “toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley
establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.
De conformidad con lo anterior, el artículo 3º, incisos a) y b), del Decreto por el que se
expide la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del 3 de febrero del 2011, establece lo siguiente:
“La Procuraduría Social tiene por objeto:
”a) Ser una instancia accesible a los particulares, agrupaciones, asociaciones, organizaciones
y órganos de representación ciudadana electos en las colonias o pueblos originarios del
Distrito Federal, para la defensa de sus derechos sociales y los relacionados con las
actuaciones, funciones y prestación de servicios a cargo de la Administración Pública del
Distrito Federal, permisionarios y concesionarios, observando en todo momento los principios
de legalidad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, honestidad, transparencia, y demás relativos
y aplicables […]
”b) Procurar y coadyuvar al cumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominios de
Inmuebles para el Distrito Federal, a través de las funciones, servicios y procedimientos
que emanen de esta Ley…”
Asimismo, el artículo 23, inciso D, fracción I, de la normatividad en comento, establece
que la PROSOC tendrá competencia en lo siguiente:
“D. En materia social y afines:
”I. Conocer, difundir y fomentar los programas sociales del Gobierno del Distrito Federal…”
38
La normatividad antes citada es el marco legal que faculta a la PROSOC para desarrollar
la actividad institucional en revisión.
En virtud de lo anterior, se comprobó que la Coordinación General de Programas Sociales
de la PROSOC contó con la competencia legal para el desempeño de la actividad
institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés
social”, al tener atribuciones que le facultan a dar cumplimiento al objetivo establecido
en dicha actividad.
Al revisar el manual administrativo de la PROSOC, en su apartado de organización,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 11 de marzo de 2013, se comprobó
que dentro de los objetivos específicos de la Coordinación General de Programas Sociales
se encuentra el de implementar la ejecución de los programas sociales a cargo de la
Procuraduría; así como coordinar la planeación, promoción, ejecución y seguimiento de
los mismos de manera permanente y asegurar la capacitación, asesoría y orientación a la
ciudadanía en relación a los distintos programas sociales a cargo de la PROSOC cotidianamente,
a fin de que los habitantes conozcan los mecanismos de operación de dichos programas
para ser beneficiados por los mismos. Asimismo, el manual establece la estructura operativa
y define las funciones, así como los tramos de control del personal encargado de la atención
de la Coordinación General citada con antelación.
Como resultado de la revisión de las disposiciones legales señaladas, se determinó que
la PROSOC, por conducto de la Coordinación General de Programas Sociales, contó con la
competencia legal para el desempeño de la actividad institucional 513 “Acciones de
mantenimiento en unidades habitacionales de interés social” en el ejercicio 2014, de acuerdo
con las atribuciones referidas en los artículos 3º y 23 del Decreto de Ley de la Procuraduría
Social del Distrito Federal; y 14 del Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito
Federal, así como del manual administrativo de la PROSOC en su parte de Organización,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 11 de marzo de 2013.
39
9. Resultado
Competencia Profesional de los Servidores Públicos y Capacitación
A fin de verificar la competencia legal de los servidores públicos de la PROSOC encargados
de realizar la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de
interés social”, se revisó el artículo 14, fracciones II, III, IV, V, VII, VIII y X del Reglamento
de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 17 de agosto de 2011, el cual establece lo siguiente:
“Corresponde a la Coordinación General de Programas Sociales: […]
”II. Coordinar y realizar la planeación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de
los diversos programas sociales que desarrolle la Procuraduría;
”III. Llevar el control del uso y aplicación de los recursos para los programas sociales de la
Procuraduría, conjuntamente con la Coordinación General Administrativa;
”IV. Definir los procedimientos y mecanismos operativos para la planeación, ejecución
y seguimiento de los programas sociales que impulsa la Procuraduría Social;
”V. Establecer los objetivos y metas de los programas sociales de la Procuraduría Social,
y determinar los beneficios de entre quienes cubran los requisitos de esos programas; […]
”VII. Brindar orientación, asesoría y capacitación en relación a los distintos programas
sociales de la Procuraduría;
”VIII. Fomentar la planeación participativa de la ciudadanía y órganos de representación
ciudadana electos en las colonias o pueblos originarios del Distrito Federal, en los programas
sociales de la Procuraduría; […]
”X. Realizar balances periódicos sobre los resultados y el impacto que tienen los programas
sociales de la Procuraduría en el universo de trabajo atendido…”
40
Por su parte, la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno)
vigente en 2014, establece en su numeral 1.3.7 que el aspirante a ocupar una plaza en
alguna de las dependencias deberá entregar, entre otra documentación, la siguiente: Formato
de solicitud de empleo totalmente requisitada; copia certificada del acta de nacimiento; currículum
vítae, para el caso de personal de estructura; copia de identificación oficial vigente; copia
del documento donde conste la clave del R.F.C.; copia del documento en donde conste
la C.U.R.P.; copia del documento que acredite el nivel máximo de estudios; así como la
constancia de no inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública (SFP).
En este sentido, el numeral 1.3.14, del ordenamiento previamente citado establece que “el
titular del área de recursos humanos de la Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad, es
responsable de la custodia y actualización de los expedientes de personal de las y los
trabajadores adscritos a ésta, así como de los que hayan causado baja antes de la
desconcentración de los registros de personal por parte de la OM”.
A fin de verificar que los expedientes del personal de estructura, técnico operativo y honorarios,
estuvieran integrados y actualizados conforme a los requisitos establecidos, se inspeccionaron
los 75 expedientes del personal que operó la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento
en unidades habitacionales de interés social”, y se obtuvieron los siguientes resultados:
Requisitos
Falta Cumple Total
% (1) + (2)
Cantidad %
(1)
Cantidad %
(2)
Solicitud de empleo 12 16.0 63 84.0 100.0
Acta de nacimiento 1 1.3 74 98.7 100.0
Currículum vítae* - - 14 100.0 100.0
Identificación oficial 1 1.3 74 98.7 100.0
RFC 1 1.3 74 98.7 100.0
CURP 3 4.0 72 96.0 100.0
Documento que acredite el nivel máximo de estudios - - 75 100.0 100.0
Comprobante de domicilio 3 4.0 72 96.0 100.0
Escrito en el que manifieste que no tiene otro empleo en GDF y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno como prestador de servicios con el GDF
51 68.0 24 32.0 100.0
Continúa...
41
... Continuación
Requisitos
Falta Cumple Total
% (1) + (2)
Cantidad %
(1)
Cantidad %
(2)
Constancia de no inhabilitación que emita la CGDF 15 20.0 60 80.0 100.0
Constancia de remuneraciones 4 5.3 71 94.7 100.0
Manifestación si tiene un empleo fuera de la APDF y si en dicho empleo aplicara el subsidio para el empleo
53 70.7 22 29.3 100.0
Manifestación de no haber sido sujeto a jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico
75 100.0 - - 100.0
Constancia de no inhabilitación de la SFP 61 81.3 14 18.7 100.0
Promedio 26.7 73.3 100.0
* La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal Circular Uno, vigente en 2014, señala en el numeral 1.3.7, fracción III, que el Currículum vítae será necesario sólo en el caso de personal estructura, por lo que en la revisión sólo se tomaron en cuenta los expedientes de dicho personal.
De lo anterior, se observó que en promedio el 73.3% de la documentación solicitada se
encontró integrada en los expedientes revisados, mientras que el 26.7% restante presentó
faltas, siendo las más recurrentes la solicitud de empleo (16.0%), el escrito en el que manifieste
que no tiene otro empleo en el Gobierno del Distrito Federal (GDF) y que actualmente no
tiene celebrado contrato alguno como prestador de servicios con el GDF (68.0%), la constancia
de no inhabilitación que emite la CGDF (20.0%), la manifestación si tiene un empleo fuera de la
Administración Pública del Distrito Federal (APDF) y si en dicho empleo aplicará el
subsidio para el empleo (70.7%), la manifestación de no haber sido sujeto a jubilación mediante
incorporación a programas de retiro con apoyo económico (100.0%) y la constancia de no
inhabilitación de la SFP (81.3%).
Asimismo, se comprobó si el personal de estructura de la Coordinación General de Programas
Sociales cumplió el perfil y competencia profesional para el desempeño de las funciones
vinculadas con la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales
de interés social”. Al respecto mediante nota informativa del 14 de marzo de 2016, la PROSOC
remitió los perfiles de puestos utilizados en los procesos de selección de personal de
nuevo ingreso, promociones o cambios de puestos de estructura, vigentes en 2014.
De la revisión de los perfiles de puestos remitidos, se identificó que para la contratación
del personal de estructura se establecieron como requisitos generales el nivel académico,
42
experiencia, conocimientos y competencias. Sin embargo, se detectaron deficiencias en
los formatos remitidos, ya que el nivel académico o escolaridad requerida en dos de los
perfiles referentes a la Coordinación General de Programas Sociales y a la Subdirección
de Programas Sociales, respectivamente, carecieron de congruencia con el nivel jerárquico del
puesto y las funciones establecidas para desempeñar el mismo.
A fin de verificar que el personal contratado hubiese cumplido los requisitos antes señalados, se
inspeccionaron 14 expedientes correspondientes a las 14 plazas de estructura establecidas
dentro del organigrama de la Coordinación General de Programas Sociales, y se obtuvieron los
siguientes resultados:
Requisitos No hay
evidencia % (1)
Existe evidencia
% (2)
Total %
(1) + (2)
Nivel académico
Escolaridad
Superior o media superior 2 14.3 12 85.7 100.0
Trunco, certificado o titulado 2 14.3 12 85.7 100.0
Área o especialidad 4 28.6 10 71.4 100.0
Experiencia 6 42.9 8 57.1 100.0
Conocimientos deseables 7 50.0 7 50.0 100.0
Promedio porcentual 30.0 70.0 100.0
Al revisar los expedientes, no se encontró evidencia de los documentos que acrediten los
requisitos del perfil de puestos, como se muestra.
En cuanto a la escolaridad requerida, se observó que 12 servidores públicos (85.7%) contaron
con formación académica media superior o superior, proporcionando certificado, carta de
pasante, constancia, cédula profesional o título para su comprobación; mientras que dos
expedientes (14.3%) presentaron documentación que acreditó un nivel académico inferior
al solicitado, esto al contar sólo con comprobantes de estudios de nivel básico; asimismo,
en relación con el área de conocimiento o especialidad, se observó que la integrada en
cuatro de los expedientes (28.6%) no coincidió con la requerida en el perfil de puestos.
En la revisión de los currículum vitae, se identificó que seis de los servidores públicos
(42.9%), aunque que contaron con experiencia laboral en distintos ámbitos, carecieron de
la mínima requerida en atención ciudadana, asesoría y orientación. Asimismo, en cuanto
43
a los conocimientos deseables, se encontró que siete de los expedientes revisados
(50.0%) no contaron con información que permitiera identificar alguno de los conocimientos
solicitados en el perfil de puestos.
En relación con las competencias personales, intelectuales y laborales señaladas en los
perfiles, se observó que en ninguno de los 14 expedientes del personal de estructura se integró
el reporte de evaluación emitido por la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo
Profesional de la CGDF, según lo señalado en el punto 1.3.10 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigente durante 2014.
Por lo expuesto, se determinó que, respecto al personal que operó la actividad institucional
en revisión, no se atendió en su totalidad lo señalado en los numerales 1.3.7, 1.3.10 y 1.3.14
de la Circular Uno, Normatividad en materia de Administración de Recursos para las
Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal,
así como los requisitos establecidos en los perfiles de puestos de la Coordinación General de
Programas Sociales.
Con el objeto de verificar que los servidores públicos adscritos a la Coordinación General
de Programas Sociales de la PROSOC; hubieran recibido capacitación vinculada con la
actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés
social”, durante 2014, se revisó el Manual Administrativo de la PROSOC, en su apartado
de organización, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 11 de marzo de 2013, en
el que se establece que la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Humanos tendrá
como objetivo realizar y verificar diariamente las acciones relativas a la administración
del personal, así como los prestadores de servicios, a fin de que la entidad cuente con el
personal apto para el óptimo desempeño de sus atribuciones; estableciendo entre otras
funciones vinculadas a dicho objetivo, el “identificar las necesidades de capacitación del
personal a fin de promover y celebrar convenios relativos a la capacitación con instituciones
públicas y privadas de enseñanza técnica, media y superior para ampliar las alternativas
44
de desarrollo de los trabajadores” y “evaluar y controlar los avances y resultados del programa de
capacitación para el perfeccionamiento y desempeño de las funciones de los trabajadores”.
Por medio del oficio núm. AE-A/16/024 del 19 de enero de 2016, se solicitó a la PROSOC
el Programa Anual de Capacitación del personal administrativo y operativo, así como el listado
de los cursos relacionados con la actividad institucional en estudio; las listas de asistencia
o registro; y las constancias de acreditación que se generaron durante el ejercicio 2014.
En respuesta, mediante el oficio núm. PS/037/2016 del 29 de enero de 2016, el sujeto
fiscalizado remitió el “Cronograma de Actividades de Capacitación 2014”, en el que se
observó que se programaron impartir los siguientes cursos:
Cursos Fecha de realización
Archivos e Inventarios Enero
Ortografía Febrero
Administración del Tiempo Marzo
Informática Intermedio Abril
Protección Civil Mayo
Redacción Junio
Administración de Proyectos Julio
Ética Pública y Responsabilidades Administrativas Agosto
Lectura Rápida Septiembre
Excel Octubre
Medio Ambiente Noviembre
Office Diciembre
Al revisar la documentación remitida, se observó que ninguno de los cursos programados
tuvo relación directa con la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”; no obstante, mediante nota informativa del 25 de enero
de 2016, la Coordinación General de Programas Sociales informó que al inicio de cada ejercicio
imparte cursos de manera interna al personal encargado de llevar a cabo la aplicación
y seguimiento del Programa Social “Ollin Callan” para unidades habitacionales.
Los cursos de capacitación son impartidos por las Subdirecciones de Programas Sociales
y de Evaluación y Supervisión, el contenido se basa en los Lineamientos y Mecanismos
de Operación del Programa Social “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales, así como las
principales características en la operación cotidiana, dificultades y consejos en relación
con el manejo de situaciones especiales.
45
En cuanto a los formatos de registro, listas de asistencia y constancias de acreditación, se
observó que el personal relacionado directamente con la actividad institucional en estudio
no contó con documentación comprobatoria que acreditara su participación en los cursos
de capacitación programados, ni en los cursos impartidos de manera interna por la misma
Coordinación General de Programas Sociales.
Del análisis de la documentación, se observó que la PROSOC contó con un Programa
de Actividades de Capacitación para el ejercicio 2014; sin embargo, ninguno de los cursos
impartidos tuvo relación directa con la actividad institucional en estudio. Asimismo, los
cursos impartidos de manera interna por la Coordinación General de Programas Sociales,
carecieron de documentación comprobatoria que permitiera verificar su realización, participación
y acreditación del personal.
Recomendación ASCM-165-14-7-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal, por conducto de la Coordinación
General Administrativa, establezca mecanismos de control para la adecuada integración
y actualización de los expedientes del personal, según lo establecido en la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Recomendación ASCM-165-14-8-PROSOC
Es conveniente que la Procuraduría Social del Distrito Federal instruya a la Coordinación
General Administrativa para que se asegure de que invariablemente se cumpla el perfil
y competencia profesional del personal vinculado con el desempeño de la actividad
institucional correspondiente.
Recomendación ASCM-165-14-9-PROSOC
Es conveniente que la Procuraduría Social del Distrito Federal incluya en su Programa de
Actividades de Capacitación cursos relacionados con el desempeño del Programa Social
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“Ollin Callan”; y que se establezcan mecanismos de control que permitan documentar los
registros de asistencia, evaluación y constancias de los cursos impartidos.
Sistema de Evaluación del Desempeño
10. Resultado
Fiscalización al Sistema de Evaluación del Desempeño
Con objeto de establecer si la PROSOC cuenta con un Sistema de Evaluación del
Desempeño, se revisó el cumplimiento de la siguiente normatividad:
El artículo 2 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014,
define al Sistema de Evaluación del Desempeño como el “conjunto de elementos metodológicos
que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas, bajo los
principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores
estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social de los programas y de
los proyectos”.
El artículo 30 del mismo ordenamiento, señala que “el Programa Operativo contendrá líneas
programáticas, objetivos específicos, acciones, responsables y corresponsables de su ejecución,
metas y prioridades que se desprendan de los programas de manera integral, para la
realización de los objetivos globales de desarrollo, así como los indicadores de desempeño”.
El artículo 34 de la citada ley define que “las Dependencias, Órganos Desconcentrados
y Entidades elaborarán Programas Operativos Anuales para la ejecución del Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal y de los programas de mediano plazo, desagregando
su contenido atendiendo al destino y alcance de los mismos, a la fecha en que se ejecutarán,
debiendo presentar los indicadores que serán utilizados para la evaluación de cada programa”.
Asimismo, el artículo 135 de la ley referida señala lo siguiente:
“En la información cuantitativa y cualitativa las Unidades Responsables del Gasto harán
referencia a los siguientes aspectos:
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”VI. Los indicadores para medir el avance de los objetivos y metas de los programas…”
También el capítulo II.4 del Manual de Programación –Presupuestación para la Formulación del
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2014, define al Presupuesto Basado en Resultados
(PbR), como un componente de la Gestión para Resultados que consiste en un conjunto
de actividades y herramientas que permiten apoyar las decisiones presupuestarias, en
información que sistemáticamente incorpora consideraciones sobre los resultados del ejercicio
de los recursos públicos, y que motiva a las instituciones públicas a lograrlos, con objeto de
mejorar la calidad del gasto, y de los bienes y servicios públicos. Por consecuencia, un
presupuesto enfocado en el logro de resultados no sólo conlleva que los gobiernos establezcan
los resultados que alcanzarán con los recursos asignados a sus respectivos programas,
sino además que éstos puedan ser efectivamente confirmados y evaluados, por lo que
resulta importante construir un adecuado Sistema de Evaluación del Desempeño.
En este sentido, el artículo 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente
en 2014, establece:
“La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá
relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo.
Asimismo, deberá incluir los resultados de la evaluación del desempeño de los programas
federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales
del Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos
federales que les hayan sido transferidos.
”Para ello, deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las metas
y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular los mismos con la planeación
del desarrollo. Adicionalmente se deberá presentar información por dependencia y entidad, de
acuerdo con la clasificación establecida en la fracción IV del artículo 46 de esta Ley.”
A fin de comprobar el cumplimiento de la normatividad citada, se verificó que la PROSOC
hubiese contado con un Sistema de Evaluación del Desempeño, en cuanto a la función 7
“Otros Asuntos Sociales”, actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social”, que le permitiera confirmar y evaluar los resultados alcanzados
48
con base en el presupuesto, mediante indicadores estratégicos y de gestión. Para el efecto, con
el oficio núm. AE-A/16/024 del 19 de enero de 2016, se solicitó al sujeto fiscalizado, que
proporcionara la información referente al Sistema de Evaluación al Desempeño que la
aplicó durante el ejercicio fiscal 2014. En respuesta el ente auditado remitió el oficio
núm. PS/037/2016 del 29 de enero de 2016, con la información requerida.
De igual forma, se observó que para evaluar el programa Social “Ollin Callan”, su desarrollo
y operación respecto a la actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades
habitacionales de interés social” la PROSOC, aplicó una vertiente denominada “Mecanismos
de Evaluación e Indicadores”, establecida en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del
Programa Social “Ollin Callan”, para las unidades habitacionales; en la que se estableció
que la Jefatura de Unidad Departamental de Apoyo Técnico, dependiente de la Oficina de
la Procuraduría Social, fue la encargada y responsable de la aplicación de la Evaluación
Interna del Programa Social “Ollin Callan”.
Dicha evaluación interna está establecida en los artículos 42, segundo y tercer párrafo, la
Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; y 65 del Reglamento de la citada Ley, así
como en los “Lineamientos para la evaluación interna de los Programas Sociales”. Por lo
anterior, mediante los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social “Ollin
Callan” para las unidades habitacionales, para el ejercicio 2014, la PROSOC contemplo la
aplicación de cuatro indicadores, que a continuación se especifican:
Nombre Descripción Fórmula de medición Indicador
Porcentaje de unidades habitacionales atendidas
Se refiere a las unidades habitacionales que reciben apoyos para la mejora de sus áreas comunes, es un indicador de resultados que se mide comprobando con lo realizado.
Unidades habitacionales atendidas / Unidades habitacionales programadas*100.
Resultados
Porcentaje de Presupuesto Ejercido
Se refiere al monto designado para el apoyo a cada unidad habitacional, el cual se mide por la utilización de los recursos financieros en las obras convenidas en su Asamblea General para la mejora de las áreas comunes de sus unidades habitacionales.
Unidades habitacionales atendidas / Presupuesto programado para unidades habitacionales *100
Gestión
Porcentaje de Asambleas Realizadas
A los largo de la operación del Programa Ollin Callan como mecanismo de participación de los beneficiarios en el proceso, es un indicador de éxito del proyecto ya que por medio de ellas se generan procesos de organización condominal.
Asambleas realizadas / Asambleas programadas*100
Gestión
Continúa...
49
... Continuación
Nombre Descripción Fórmula de medición Indicador
Porcentaje de Registros de Administradores por Unidad Habitacional
Por Unidad Habitacional, es un indicador de impacto que se evalúa mediante incorporaciones de los condóminos nombrados en asambleas como Administradores para que se registren ante la PRPSOC, lo que implica que la organización condominal trasciende a la gestión de recursos para la mejora de sus áreas comunes hacia la incorporación de un padrón de administradores registrados, conocimiento de la Ley Condominal y fortalecimiento de la cultura condominal.
Número de registros de administradores por unidad habitacional / Número de unidades habitacionales beneficiadas del programa*100
Impacto
En el mismo sentido, adicional a los análisis cuantitativos, con objeto de evaluar los alcances
cualitativos en la implementación del Programa Social “Ollin Callan”, la PROSOC se basó
en los diagnósticos y presupuestos participativos, en lo referente al desarrollo de procesos
de organización para fines comunes en torno de la dignificación de la vivienda, la habitabilidad
y el uso y disfrute de las áreas de uso común.
De igual forma, atendiendo los Lineamientos para la evaluación interna de los Programas
Sociales en el ejercicio 2014 la PROSOC aplicó la “Encuesta de Satisfacción”, tendiente
a la revisión de la percepción de los beneficiarios en cuanto al impacto del programa y su
esquema de organización condominal, midiendo también la implementación adecuada
y los beneficios de la obra física.
Esta evaluación del Programa Social “Ollin Callan” se diseñó en cuatro etapas:
1. La investigación histórica del Programa Social “Ollin Callan”, mediante la evolución
de sus reglas de operación.
2. La revisión de las evoluciones del mismo Programa Social “Ollin Callan”, realizadas
en ejercicios pasados.
3. La aplicación conceptual y práctica de la metodología del marco lógico a las condiciones
actuales de diseño y operación del programa social.
4. El análisis y la implementación de los datos que proporcionó la aplicación de la encuesta.
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Este ejercicio proporcionó datos que permitieran a la PROSOC establecer mecanismos para
reforzar y mejorar la operación del Programa Social “Ollin Callan”.
La aplicación del Sistema de Evaluación al Desempeño de la PROSOC para el ejercicio
fiscal 2014, de acuerdo al Informe de la Evaluación Interna, generó dos resultados. El primero
se refiere a los principales resultados del Programa, con sus indicadores y fórmula de medición,
como se muestra a continuación:
Nombre Fórmula de medición Indicador
Porcentaje de unidades habitacionales atendidas
644 unidades habitacionales atendidas / 500 unidades habitacionales programadas*100
Resultados
Porcentaje de presupuesto ejercido 644 unidades habitacionales Atendidas / 192,901.0 miles de pesos *100
Gestión
Porcentaje de asambleas realizadas 646 Asambleas realizadas / 500 Asambleas programadas*100 Gestión
Porcentaje de registros de administradores por unidad habitacional
Número de registros de administradores por unidad habitacional / Número de unidades habitacionales beneficiadas del programa*100
Impacto
El segundo resultado muestra la percepción de las personas beneficiadas, con los siguientes datos:
Se aplicó a 171 integrantes del mismo número de unidades habitacionales beneficiadas;
en 15 Delegaciones Políticas del Distrito Federal y contó con los siguientes cuatro apartados:
1. Datos generales de la unidad habitacional, de la integración de comités de administración,
del antecedente y, en su caso, aspectos de la organización condominal.
2. Valoración del proyecto identificando éste dentro de los conceptos, de trabajo establecidos
en los lineamientos y mecanismos de operación del programa social.
3. Incluyó 11 supuestos, información sobre algunos aspectos de impacto del programa
de acuerdo con los ejes establecidos.
4. Incluyó 12 supuestos, en los que el encuestado tuvo oportunidad de proporcionar información
sobre la forma que percibe la planeación e implementación del programa social.
5. La Evaluación Interna 2014, como resultado de la valoración general de los temas de impacto
del programa “Ollin Callan”, observó lo siguiente:
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Tema valorado Valoración
Mejoramiento físico y dignificación de áreas comunes 83.26%
Tolerancia y resolución pacífica de conflictos 71.90%
Cultura de respeto a las mujeres 63.91%
Seguridad y protección civil 52.05%
Sustentabilidad y cuidado del medio ambiente 48.20%
Formación y nuevos aprendizaje 40.94%
Cuidado a la salud 40.35%
Activación física y cultura deportiva 39.76%
Proyectos productivos 36.84%
El orden de los temas mostró el interés que tienen los habitantes de las unidades habitacionales
sobre cada concepto evaluado, resaltando el de mejoramiento físico y el de dignificación
de áreas comunes.
De la instrumentación de los indicadores y la aplicación de la encuesta de percepción
de beneficiarios, se observó lo siguiente:
Concepto Valoración en porcentaje
Recursos del programa para obras realizadas 97.91% de valoración positiva
Participación vecinal 97.24% de participación vecinal
Entrega de recursos 99.03% de capacidad de gestión para la obtención de los recursos
Aplicación de los recursos 98.04% de la correcta aplicación de los recursos
Calidad de los trabajos 94.91% de la correcta realización de los trabajos de mejoramiento y adecuación de áreas comunes
Cumplimiento y conclusión de los proyectos 99.44% del cumplimiento de los tiempos de los trabajos y la conclusión de los mismos
Desempeño del comité de administración y supervisión
99.45% de valoración para el desempeño del comité de administración y un 99.14% para el de supervisión
Desempeño del comité de educación, cultura y organización
79.44% opinión del desempeño de este comité, con lo cual se observa que este resultado refleja su posición con respecto a los demás conceptos
Del resultado de la Evaluación Interna 2014, la PROSOC estableció las siguientes estrategias
de mejoras:
1. Involucramiento de los residentes de los condóminos o unidades habitacionales en la
resolución de problemáticas propias de su condición.
2. Involucramiento de otras unidades administrativas de la PROSOC.
3. Incremento de personal que brinda seguimiento en unidades habitacionales.
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4. Diseño de política pública específica para la atención de la problemática de los habitantes
de unidades habitacionales.
5. Identificación de conflictos de grupo.
Del análisis de la información obtenida, se determinó que los indicadores asociados a la
actividad institucional 513 “Acciones de mantenimiento en unidades habitacionales de interés
social”, se encuentran vinculados al fin de la actividad institucional sujeta a revisión; por lo que se
establece que la PROSOC cuenta con Mecanismos de Evaluación e Indicadores internos,
y que están establecidos en los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Social
“Ollin Callan, para las Unidades Habitacionales, ejercicio 2014, sin embargo, respecto al Sistema
de Evaluación del Desempeño y de acuerdo a lo establecido en los artículos 2, 30, 34 y 135 de
la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 54 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental. Así mismo la PROSOC no cuenta con el conjunto de elementos
metodológicos que le permitan una valoración objetiva de sus programas para conocer
el grado de cumplimiento de sus metas y objetivos con base en indicadores estratégicos
y de gestión para conocer el impacto social de sus programas y proyectos.
Recomendación ASCM-165-14-10-PROSOC
Es necesario que la Procuraduría Social del Distrito Federal, atienda lo establecido en los
artículos 2, 30, 34 y 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y
el artículo 54 de la Ley General de Contabilidad, para la elaboración de su Sistema de
Evaluación del Desempeño.