clase actos preparatorios

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EXPOSITOR CPC ANGEL MANUEL CARRILLO LEVANO CPC ANGEL MANUEL CARRILLO LEVANO Lima, Febrero 2014 “ACTOS PREPARATORIOS DE LA CONTRATACIONES PUBLICAS

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Los actos preparatorios punibles, para el Derecho penal español, son aquellas conductas que realiza el autor de un delito con anterioridad a su ejecución, fase ésta del iter criminis en la que se produce su efectiva realización.Se distingue entre actos preparatorios y tentativa, precisamente porque en el caso de la tentativa se ha iniciado ya la fase de ejecución del delito. Así, los actos preparatorios se llevan a cabo en una fase previa al inicio de la ejecución del delito pero no todos ellos dan lugar, en el ordenamiento jurídico español, a la imposición de una consecuencia jurídico-penal, sino sólo aquellos que suponen una peligrosidad objetiva.Por ello, se distingue entr actos preparatorios impunes y punibles, estando éstos últimos regulados específicamente en los artículos 17 y 18 del Código Penal de España (CP), que se refieren a la conspiración, proposición y provocación para delinquir y que son también conocidos como formas de participación intentadas.

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Page 1: clase actos preparatorios

EXPOSITORCPC ANGEL MANUEL CARRILLO LEVANOCPC ANGEL MANUEL CARRILLO LEVANO

Lima, Febrero 2014

“ACTOS PREPARATORIOS DE LA CONTRATACIONES PUBLICAS

Page 2: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES

Page 3: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

El Registro Nacional de Proveedores – RNP, es administrado por el OSCE y está conformado por los siguientes registros:

Page 4: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Page 5: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Page 6: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Artículo 252º.- Inscripción en los registros del RNP y vigencia de la Artículo 252º.- Inscripción en los registros del RNP y vigencia de la inscripción inscripción

La inscripción en los registros tendrán validez de un (1) La inscripción en los registros tendrán validez de un (1) año a partir del día siguiente de su aprobación.año a partir del día siguiente de su aprobación.

Renovación procede con 60 días calendarios anteriores a Renovación procede con 60 días calendarios anteriores a su vencimiento.su vencimiento.

Inscripción en el RNP debe estar vigente:Inscripción en el RNP debe estar vigente:– Al registrarse como participante del procesoAl registrarse como participante del proceso– En la presentación de propuestasEn la presentación de propuestas– En el otorgamiento de la buena proEn el otorgamiento de la buena pro– En la suscripción del contratoEn la suscripción del contrato

Page 7: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Artículo 256º.- Excepciones Artículo 256º.- Excepciones

Las Entidades del Estado comprendidas en numeral 3.1 del Las Entidades del Estado comprendidas en numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley de Contrataciones del Estadoartículo 3° de la Ley de Contrataciones del Estado

Las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas para Las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas para celebrar contratos sobre bienes y servicios.celebrar contratos sobre bienes y servicios.

Page 8: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Artículo 260º.- Socios Comunes Artículo 260º.- Socios Comunes Cuando dos o más proveedores tengan socios comunes en los que Cuando dos o más proveedores tengan socios comunes en los que

sus acciones, participaciones o aportes sus acciones, participaciones o aportes sean superiores al cinco sean superiores al cinco por ciento (5%) del capital por ciento (5%) del capital o patrimonio social en cada uno o patrimonio social en cada uno de ellos, con la solicitud de inscripción, renovación, de ellos, con la solicitud de inscripción, renovación, ampliación de especialidad, aumento de capacidad máxima ampliación de especialidad, aumento de capacidad máxima de contratación, según corresponda, que formulen ante el de contratación, según corresponda, que formulen ante el RNP, RNP, deberán declarardeberán declarar que cuando participen en un mismo que cuando participen en un mismo proceso de selección, proceso de selección, sólo lo harán en consorcio sólo lo harán en consorcio y no y no independientemente. independientemente.

Si se detectara el incumplimiento del presente artículo Si se detectara el incumplimiento del presente artículo deberá comunicarse al Tribunal de Contrataciones del deberá comunicarse al Tribunal de Contrataciones del Estado para la aplicación de la sanción correspondiente, Estado para la aplicación de la sanción correspondiente, establecida en la Ley. establecida en la Ley.

Page 9: clase actos preparatorios

REGISTRO NACIONAL DE REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORESPROVEEDORES

Page 10: clase actos preparatorios

PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES

(PAC)

Page 11: clase actos preparatorios

NORMATIVIDAD LEGAL NORMATIVIDAD LEGAL PRINCIPALPRINCIPAL

1.1. NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO:NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO:

NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADA CON DECRETO LEGISLATIVO 1017, PUBLICADO EL 04 DE JUNIO 2008 Y MODIFICATORIA.

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADO CON D.S. 184-2008-EF, PUBLICADO EL 1° DE ENERO 2009 Y MODIFICATORIA.

LEY ANUAL DE PRESUPUESTOLEY ANUAL DE PRESUPUESTO

DEC. LEGISLATIVO 1088, LEY DEL PLANEAMIENTO ESTRATEGICO DEC. LEGISLATIVO 1088, LEY DEL PLANEAMIENTO ESTRATEGICO NACIONALNACIONAL

Page 12: clase actos preparatorios

NORMAS DEL OSCENORMAS DEL OSCE

DIRECTIVA 005-2009-OSCE/CD, PLAN ANUAL DE DIRECTIVA 005-2009-OSCE/CD, PLAN ANUAL DE CONTRATACIONESCONTRATACIONES

DIRECTIVAS DE PROGRAMACION Y FORMULACION DIRECTIVAS DE PROGRAMACION Y FORMULACION PRESUPUESTALPRESUPUESTAL

DIRECTIVA 010-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA DIRECTIVA 010-2009-OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACION EN QUE SE HACE REFERENCIA A MARCA O CONTRATACION EN QUE SE HACE REFERENCIA A MARCA O TIPO PARTICULAR.TIPO PARTICULAR.

DIRECTIVA 006-2012-OSCE/CD, ELEVACION DE DIRECTIVA 006-2012-OSCE/CD, ELEVACION DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISION DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISION DE PRONUNCIAMIENTO.PRONUNCIAMIENTO.

Page 13: clase actos preparatorios

LEY ANUAL DE LEY ANUAL DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO

Page 14: clase actos preparatorios

TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS

LICITACIÓN PUBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000

CONCURSO PUBLICO >= a400,000

ADJUDICACIÓN DIRECTA

PÚBLICA < de 400,000> de 200,000

< de 400,000> de 200,000

< de 1,800,000> de 900,000

SELECTIVA < = a 200,000> =a 40,000

<= a 200,000>= a 40,000

<= a 900,000>= a 180,000

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA

< de 40,000> de 11,400

< de 40,000> de 11,400

< de 180,000> de 11,400

Artículo 13º de la Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2014

MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN 2014

S1. 10 / 17

Page 15: clase actos preparatorios

1515

NORMAS AUSTERIDAD 2014NORMAS AUSTERIDAD 2014

10.5 Prohíbase la adquisición de vehículos automotores, 10.5 Prohíbase la adquisición de vehículos automotores, salvo en los casos :salvo en los casos :

pérdida total del vehículo, adquisiciones de ambulancias, vehículos de pérdida total del vehículo, adquisiciones de ambulancias, vehículos de rescate y autobombas; rescate y autobombas;

vehículos destinados para estaciones de pesaje móviles para la vehículos destinados para estaciones de pesaje móviles para la fiscalización y control de pesos y medidas vehiculares en la Red Vial fiscalización y control de pesos y medidas vehiculares en la Red Vial Nacional; Nacional;

vehículos destinados a la limpieza pública, seguridad ciudadana, vehículos destinados a la limpieza pública, seguridad ciudadana, seguridad interna y defensa nacional; y seguridad interna y defensa nacional; y

vehículos para el patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y vehículos para el patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y fiscalización del sector ambiental, en el marco del Decreto Legislativo N° fiscalización del sector ambiental, en el marco del Decreto Legislativo N° 1013. 1013.

Asimismo, están exentos de esta prohibición los casos de adquisiciones Asimismo, están exentos de esta prohibición los casos de adquisiciones que se realicen para la consecución de las metas de los proyectos de que se realicen para la consecución de las metas de los proyectos de inversión pública, y la inversión pública, y la renovación de los vehículos automotores que renovación de los vehículos automotores que tengan una antigüedad igual o superior a diez añostengan una antigüedad igual o superior a diez años..

Page 16: clase actos preparatorios

PLAN ANUALPLAN ANUAL

Page 17: clase actos preparatorios

DEFINICION DEL PLAN ANUAL DEFINICION DEL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONESDE CONTRATACIONES

Page 18: clase actos preparatorios

ELABORACION DEL PACELABORACION DEL PAC Las Entidades determinarán sus Las Entidades determinarán sus

requerimientos de bienes, servicios y requerimientos de bienes, servicios y obras en función de sus metas obras en función de sus metas presupuestarias y los programarán de presupuestarias y los programarán de acuerdo a sus prioridades, a través de acuerdo a sus prioridades, a través de los cuadros de necesidades (los cuadros de necesidades (Dichas Dichas metas guardarán armonía con PEI y metas guardarán armonía con PEI y POIPOI))

Las Entidades utilizarán el Catálogo Las Entidades utilizarán el Catálogo Unico de Bienes, Servicios y Obras que Unico de Bienes, Servicios y Obras que administra el OSCE (administra el OSCE (CUBSO)CUBSO)

Page 19: clase actos preparatorios

ELABORACION DEL PACELABORACION DEL PAC La elaboración comprenderá 2 Etapas:La elaboración comprenderá 2 Etapas:

1° Etapa1° Etapa: : Coincidente con la programación y Coincidente con la programación y

formulación presupuestal (formulación presupuestal (Marzo-JunioMarzo-Junio), lo ), lo que debe dar como resultado: que debe dar como resultado: PROYECTO PROYECTO DE PACDE PAC

2° Etapa2° Etapa::Una vez aprobado el Presupuesto Una vez aprobado el Presupuesto Institucional, el OEC, Institucional, el OEC, revisará, evaluará y revisará, evaluará y actualizaráactualizará el proyecto del PAC el proyecto del PAC ((Enero Enero siguiente añosiguiente año), sujetándolo a los montos del ), sujetándolo a los montos del Presupuesto Institucional. Presupuesto Institucional.

Resultado:Resultado: PLAN ANUAL DE PLAN ANUAL DE CONTRATACIONESCONTRATACIONES

Page 20: clase actos preparatorios

FORMATO PAC 2014FORMATO PAC 2014

FORMATO CON LA LEY FORMATO CON LA LEY VIGENTEVIGENTE

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Page 24: clase actos preparatorios

EXPEDIENTE DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIONCONTRATACION

Page 25: clase actos preparatorios

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN(Art. 10° Regto.)(Art. 10° Regto.)

Requerimiento de Area Usuaria: Requerimiento de Area Usuaria: Estudio de las Posibilidades que ofrece el MercadoEstudio de las Posibilidades que ofrece el Mercado Valor referencialValor referencial Disponibilidad PresupuestalDisponibilidad Presupuestal Tipo de proceso de selecciónTipo de proceso de selección Modalidad de selección: Clásico, Subasta InversaModalidad de selección: Clásico, Subasta Inversa Resúmen EjecutivoResúmen Ejecutivo Sistema de contratación : Precios Unit. Y Suma AlzadaSistema de contratación : Precios Unit. Y Suma Alzada Modalidad de contratación : Normal, Llave en mano y Modalidad de contratación : Normal, Llave en mano y

Concurso OfertaConcurso Oferta

Page 26: clase actos preparatorios

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN(Art. 10° Regto.)(Art. 10° Regto.)

Fórmulas de reajuste de ser el caso:Fórmulas de reajuste de ser el caso: Precios al consumidor Precios al consumidor Cotización InternacionalCotización Internacional Moneda ExtranjeraMoneda Extranjera

Actuaciones desde la designación del Comité Actuaciones desde la designación del Comité hasta la culminación del contratohasta la culminación del contrato

Incluye ofertas no ganadorasIncluye ofertas no ganadoras El Expediente deberá estar en custodia de la OEC. El Expediente deberá estar en custodia de la OEC.

Page 27: clase actos preparatorios

REQUERIMIENTO DEL AREA USUARIAREQUERIMIENTO DEL AREA USUARIA

Page 28: clase actos preparatorios

Normas dispuestas por la Ley de

Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

Page 29: clase actos preparatorios

Normas dispuestas por la Ley de

Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

Art. 13°.- Características Técnicas de los bienes, servicios y obras a contratar

Art. 13°.- Características Técnicas de los bienes, servicios y obras a contratar

Page 30: clase actos preparatorios

Normas dispuestas por el

Reglamento Ley de Contrataciones del Estado

Page 31: clase actos preparatorios

Normas dispuestas por la Ley de

Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

Artículo 2°.- Objeto

El objeto del presente Decreto Legislativo es establecer las normas orientadas a maximizar el valor del dinero del contribuyente en las contrataciones que realicen las Entidades del Sector Público, de manera que éstas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a través del cumplimiento de los principios señalados en el artículo 4º de la presente norma

Page 32: clase actos preparatorios

PRINCIPIOS DE CONTRATACIONESART. 4° LCE

e) e) Principio de RazonabilidadPrincipio de Razonabilidad: En todos los procesos de : En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer en términos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el interés público y el resultado esperado. el interés público y el resultado esperado.

f) f) Principio de EficienciaPrincipio de Eficiencia: Las contrataciones que : Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. eficacia.

Page 33: clase actos preparatorios

PRINCIPIOS DE CONTRATACIONESART. 4° LCE

i)i) Principio de EconomíaPrincipio de Economía: En toda contratación se aplicarán los : En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones recaídos sobre ellos, debiéndose en los acuerdos y resoluciones recaídos sobre ellos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos. Bases y en los contratos.

j) j) Principio de Vigencia TecnológicaPrincipio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios o la : Los bienes, servicios o la ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológicas necesarias para cumplir con efectividad modernidad tecnológicas necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de que son contratados, y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos. si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.

Page 34: clase actos preparatorios

Normas dispuestas por la Ley de

Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

Page 35: clase actos preparatorios

35

Características Técnicas de CalidadCaracterísticas Técnicas de Calidad Para precisar la calidad existen 5 maneras:Para precisar la calidad existen 5 maneras:

a.a. Descripción de características Descripción de características técnicas (técnicas (Art. Art. 13° LCE y 11° RLCE13° LCE y 11° RLCE))

b.b. Indicación de marca, previo proceso de Indicación de marca, previo proceso de estandarización (estandarización (Art. 11° RLCEArt. 11° RLCE).).

c.c. Monto de Valor Referencial, acorde con la calidad Monto de Valor Referencial, acorde con la calidad deseada.deseada.

d.d. Considerar excelentes Factores de evaluación en las Considerar excelentes Factores de evaluación en las bases del proceso (bases del proceso (Art. 31° y 4° LCE y Art. 43° RLCEArt. 31° y 4° LCE y Art. 43° RLCE))

e.e. Compras mediante Convenio MarcoCompras mediante Convenio Marco

Page 36: clase actos preparatorios

ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE ESTUDIO DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADOOFRECE EL MERCADO

Page 37: clase actos preparatorios

Reglamento Ley de Contrataciones

del Estado

Page 38: clase actos preparatorios

3838

Valor referencialValor referencial

Se analiza los niveles de comercialización, Se analiza los niveles de comercialización, a partir de las especificaciones técnicas, a partir de las especificaciones técnicas, términos de referencia y costos estimados términos de referencia y costos estimados en el PAC, descuentos por volúmenes, en el PAC, descuentos por volúmenes, disponibilidad inmediata, mejoras en las disponibilidad inmediata, mejoras en las condiciones de venta, garantías, vigencia condiciones de venta, garantías, vigencia tecnológica y otros beneficios adicionales.tecnológica y otros beneficios adicionales.

Page 39: clase actos preparatorios

3939

FuentesFuentesPresupuestos y cotizaciones actualizados.Presupuestos y cotizaciones actualizados.Portales y/o páginas webPortales y/o páginas webCatálogosCatálogosPrecios históricosPrecios históricosEstructura de costosEstructura de costos Información de procesos con buena pro Información de procesos con buena pro

consentida en el SEACE consentida en el SEACE

Page 40: clase actos preparatorios

4040

Metodología o procedimientoMetodología o procedimiento

No se encuentra establecido en la No se encuentra establecido en la normativa de contrataciones.normativa de contrataciones.

PUEDE SER:PUEDE SER:Precio más bajoPrecio más bajoPrecio más altoPrecio más altoPrecio promedioPrecio promedioMétodo mixtoMétodo mixto

Page 41: clase actos preparatorios

4141

Resumen EjecutivoResumen Ejecutivo Elaborado por el OEC.Elaborado por el OEC.

Permite dar a conocer el análisis desarrollado por Permite dar a conocer el análisis desarrollado por la Entidad para determinar el valor referencial la Entidad para determinar el valor referencial (antigüedad, fuentes, criterios e información (antigüedad, fuentes, criterios e información adicional).adicional).

Debe publicarse en el SEACE, salvo AMC, bajo Debe publicarse en el SEACE, salvo AMC, bajo sanción de nulidad.sanción de nulidad.

Si no ha sido elaborado correctamente, el proceso Si no ha sido elaborado correctamente, el proceso puede ser anulado.puede ser anulado.

APLICA DIRECTIVA 004-2013-APLICA DIRECTIVA 004-2013-OSCE/CDOSCE/CD

Page 42: clase actos preparatorios
Page 43: clase actos preparatorios

Entidad designaráEntidad designará

ComitéComité Especial EspecialLicitaciones PúblicasLicitaciones PúblicasConcursos PúblicosConcursos Públicos

Art. 24º Ley

AdjudicacionesAdjudicacionesDirectasDirectas

1 o más CEP

También podrá haber CE

Adjudicaciones deAdjudicaciones deMenor CuantíaMenor Cuantía

A cargo del Órgano Encargado de las Contrataciones ó CEP

Page 44: clase actos preparatorios

1 Área usuaria,1 Área usuaria,

1 OEC1 OEC

1 Otra área1 Otra área

Necesariamente alguno de Necesariamente alguno de los miembros debe tener los miembros debe tener conocimiento técnicoconocimiento técnico

Conformación del Conformación del Comité EspecialComité Especial Art. 24º Ley

Bs sofisticados, Ss especializados u obras: si la Entidad no cuenta con especialistas, el CE podrán integrar 1 o más expertos independientes.

En la conformación del CEP solo será exigible que uno de sus integrantes sea Representante del Órgano Encargado de las Contrataciones.

3 miembros

Art. 30º Rglto

Page 45: clase actos preparatorios

El Titular de la Entidad, designará por escrito.

Titulares y Suplentes, Indicar quien actuará como

presidente Entrega de Resolución y

Expediente Contratación

DesignaciónDesignación Art. 27º Rglmto

Una vez recibida la documentación señalada en el párrafo anterior, el presidente de Comité Especial, a más tardar al día siguiente hábil de recibida, deberá convocar a los demás miembros para la instalación respectiva, dejando constancia en actas.

Page 46: clase actos preparatorios

1.1. Consultar la información Consultar la información proporcionada en el proporcionada en el Expediente de Contratación.Expediente de Contratación.

2.2. Elaborar las BasesElaborar las Bases3.3. CConvocar el procesoonvocar el proceso4.4. AAbsolver Consultasbsolver Consultas y Obs. y Obs.5.5. IIntegrar las Basesntegrar las Bases6.6. EEvaluar las valuar las Propuestas Propuestas7.7. Adjudicar la Buena ProAdjudicar la Buena Pro8.8. Declarar desierto Declarar desierto 9.9. Todo acto necesario hasta el Todo acto necesario hasta el

Consentimiento de la Buena Consentimiento de la Buena pro.pro.

CompetenciasCompetencias Art. 31º Rglmto.

El CE no podrá de oficio modificar las bases aprobadas

Page 47: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIALY BASESY BASES

Page 48: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIALArt. 23º Dec. Leg. 1017Art. 23º Dec. Leg. 1017

El Comité Especial tendrá a su cargo la elaboración de las El Comité Especial tendrá a su cargo la elaboración de las Bases y la organización, conducción y ejecución del proceso Bases y la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, hasta que la Buena Pro quede consentida o de selección, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente fi rme, o se cancele el proceso de administrativamente fi rme, o se cancele el proceso de selección.selección.

Si el Comité Especial toma conocimiento que en lasSi el Comité Especial toma conocimiento que en las

propuestas obra un documento sobre cuya veracidad opropuestas obra un documento sobre cuya veracidad o

exactitud existe duda razonable, informará el hecho alexactitud existe duda razonable, informará el hecho al

órgano encargado de las contrataciones para que efectúeórgano encargado de las contrataciones para que efectúe

la inmediata fiscalización. la inmediata fiscalización. Ello no suspenderá, en ningún caso, la continuidad del Ello no suspenderá, en ningún caso, la continuidad del

proceso de selección.proceso de selección.

Page 49: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIALD.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 27º.- DesignaciónArtículo 27º.- Designación El Titular de la Entidad o el funcionario a quien El Titular de la Entidad o el funcionario a quien

se hubiera delegado esta atribución, designará se hubiera delegado esta atribución, designará por escrito a los integrantes titulares y suplentes por escrito a los integrantes titulares y suplentes del Comité Especial, indicando los nombres del Comité Especial, indicando los nombres completos y quién actuará como presidente y completos y quién actuará como presidente y cuidando que exista correspondencia entre cada cuidando que exista correspondencia entre cada miembro titular y suplente.miembro titular y suplente.

Page 50: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Organo EncargadoOrgano Encargado

Area usuariaArea usuaria

Area Tècnica u otroArea Tècnica u otro

Titular y SuplenteTitular y Suplente

Titular y SuplenteTitular y Suplente

Titular y SuplenteTitular y Suplente

Page 51: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 27º.- DesignaciónArtículo 27º.- Designación

Conjuntamente con la notificación de designación, seConjuntamente con la notificación de designación, se

entregará al presidente del Comité Especial el Expedienteentregará al presidente del Comité Especial el Expediente

de Contratación aprobado y toda la información técnica yde Contratación aprobado y toda la información técnica y

económica necesaria que pudiera servir para cumplir eleconómica necesaria que pudiera servir para cumplir el

encargo.encargo.

Una vez recibida la documentación señalada en el párrafo anterior, Una vez recibida la documentación señalada en el párrafo anterior, el presidente del Comité Especial, a más tardar al día siguiente el presidente del Comité Especial, a más tardar al día siguiente hábil de recibida, deberá convocar a los demás miembros para la hábil de recibida, deberá convocar a los demás miembros para la instalación respectiva, dejando constancia en actas.instalación respectiva, dejando constancia en actas.

Page 52: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 27º.- DesignaciónArtículo 27º.- Designación

El Comité Especial elaborará las Bases y las elevaráEl Comité Especial elaborará las Bases y las elevará

para la aprobación de la autoridad competente. Luego depara la aprobación de la autoridad competente. Luego de

aprobadas, el Comité Especial dispondrá la convocatoriaaprobadas, el Comité Especial dispondrá la convocatoria

del proceso.del proceso.

Durante el desempeño de su encargo, el ComitéDurante el desempeño de su encargo, el Comité

Especial está facultado para solicitar el apoyo que requieraEspecial está facultado para solicitar el apoyo que requiera

de las dependencias o áreas pertinentes de la Entidad, lasde las dependencias o áreas pertinentes de la Entidad, las

que estarán obligadas a brindarlo bajo responsabilidad.que estarán obligadas a brindarlo bajo responsabilidad.

Page 53: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 27º.- DesignaciónArtículo 27º.- Designación

Los acuerdos que adopte el Comité Especial deberánLos acuerdos que adopte el Comité Especial deberán constar en actas, cuyas copias deberán incorporarse alconstar en actas, cuyas copias deberán incorporarse al Expediente de Contratación.Expediente de Contratación. Para tal efecto, toda Entidad contará con un libro de actas de Para tal efecto, toda Entidad contará con un libro de actas de

Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjud. Directas, o Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjud. Directas, o con un libro de actas por cada tipo de proceso de selección, con un libro de actas por cada tipo de proceso de selección, debidamente foliado y legalizado, el mismo que podrá ser debidamente foliado y legalizado, el mismo que podrá ser llevado en hojas mecanizadas.llevado en hojas mecanizadas.

Facultativamente, también podrá incluir las actas de las Facultativamente, también podrá incluir las actas de las Adjudicaciones de Menor Cuantía o contar con un libro de actas Adjudicaciones de Menor Cuantía o contar con un libro de actas para este tipo de procesos de selección.para este tipo de procesos de selección.

El órgano encargado de las contrataciones será el responsable El órgano encargado de las contrataciones será el responsable de la custodia de los indicados libros.de la custodia de los indicados libros.

Page 54: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 28º.- Participación de expertosArtículo 28º.- Participación de expertos

independientesindependientes Los expertos independientes podrán ser personas jurídicas o Los expertos independientes podrán ser personas jurídicas o

naturales. En el caso que se designe como experto naturales. En el caso que se designe como experto independiente a una persona jurídica del sector privado, ésta independiente a una persona jurídica del sector privado, ésta deberá tener como giro principal de su negocio aquél vinculado deberá tener como giro principal de su negocio aquél vinculado con el objeto de la convocatoria, debiendo además designar a la con el objeto de la convocatoria, debiendo además designar a la persona natural que la representará dentro del Comité Especial.persona natural que la representará dentro del Comité Especial.

Podrán ser invitados expertos independientes que provengan de Podrán ser invitados expertos independientes que provengan de otras Entidades del sector público. Para estos efectos, será otras Entidades del sector público. Para estos efectos, será necesaria la autorización del Titular de la Entidad de la que necesaria la autorización del Titular de la Entidad de la que provenga el experto independiente.provenga el experto independiente.

El experto independiente deberá guardar confidencialidad El experto independiente deberá guardar confidencialidad respecto de toda la información a que tenga acceso con ocasión respecto de toda la información a que tenga acceso con ocasión del servicio.del servicio.

Page 55: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 29º.- Impedimentos para ser miembro del Comité Artículo 29º.- Impedimentos para ser miembro del Comité EspecialEspecial

1.1. El Titular de la Entidad.El Titular de la Entidad.

2. Todos los funcionarios que tengan atribuciones de control o 2. Todos los funcionarios que tengan atribuciones de control o fiscalización tales como regidores, consejeros regionales, fiscalización tales como regidores, consejeros regionales, directores de empresas, auditores, entre otros, salvo que el directores de empresas, auditores, entre otros, salvo que el Órgano de Control Institucional de la Entidad sea el área usuaria.Órgano de Control Institucional de la Entidad sea el área usuaria.

3. Los funcionarios que por delegación hayan aprobado el Expediente 3. Los funcionarios que por delegación hayan aprobado el Expediente de Contratación, designado el Comité Especial, aprobado las de Contratación, designado el Comité Especial, aprobado las Bases o tengan facultades para resolver el recurso de apelación.Bases o tengan facultades para resolver el recurso de apelación.

Page 56: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL

Artículo 29º.- Impedimentos para ser miembro del Comité Artículo 29º.- Impedimentos para ser miembro del Comité EspecialEspecial

4. Los funcionarios o servidores que hayan sido sancionados por su 4. Los funcionarios o servidores que hayan sido sancionados por su actuación como integrantes de un Comité Especial, mediante actuación como integrantes de un Comité Especial, mediante decisión debidamente motivada y consentida administrativamente decisión debidamente motivada y consentida administrativamente firme, con suspensión o cese temporal, mientras se encuentrefirme, con suspensión o cese temporal, mientras se encuentre

vigente; o hayan sido sancionados con destitución o despido. vigente; o hayan sido sancionados con destitución o despido.

Si la sanción a un miembro del Comité Especial es impuesta luego Si la sanción a un miembro del Comité Especial es impuesta luego de ser designado, dejará de ser integrante de dicho Comité.de ser designado, dejará de ser integrante de dicho Comité.

En el caso del inciso 3), el impedimento se circunscribe al proceso En el caso del inciso 3), el impedimento se circunscribe al proceso de contratación a que se refieren las delegaciones en él de contratación a que se refieren las delegaciones en él señaladas.señaladas.

Page 57: clase actos preparatorios

COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 32º.- Quórum y acuerdosArtículo 32º.- Quórum y acuerdos

Para sesionar y adoptar acuerdos válidos, el ComitéPara sesionar y adoptar acuerdos válidos, el Comité

Especial se sujetará a las siguientes reglas:Especial se sujetará a las siguientes reglas:

1. El quórum para el funcionamiento del Comité Especial se da 1. El quórum para el funcionamiento del Comité Especial se da con la presencia del número total de miembros titulares. En con la presencia del número total de miembros titulares. En caso de ausencia de alguno de éstos, se procederá caso de ausencia de alguno de éstos, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 33º y 34º.conforme a lo dispuesto en los artículos 33º y 34º.

2. Los acuerdos se adoptan por unanimidad o por mayoría. No 2. Los acuerdos se adoptan por unanimidad o por mayoría. No cabe la abstención por parte de ninguno de los miembros.cabe la abstención por parte de ninguno de los miembros.

Los actos del Comité Especial constan en actas que,Los actos del Comité Especial constan en actas que,

debidamente suscritas, quedan en poder de la Entidad.debidamente suscritas, quedan en poder de la Entidad.

La fundamentación de acuerdos y de los votos discrepantes se La fundamentación de acuerdos y de los votos discrepantes se hará constar en el acta.hará constar en el acta.

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COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Art. 33º Intervención de miembros suplentes:Art. 33º Intervención de miembros suplentes:

En caso de ausencia de un titular, éste deberá ser En caso de ausencia de un titular, éste deberá ser reemplazado por su correspondiente suplente, reemplazado por su correspondiente suplente, respetándose la conformación.respetándose la conformación.La Entidad evaluará el motivo de la ausencia del La Entidad evaluará el motivo de la ausencia del titular a efectos de determinar responsabilidad si la titular a efectos de determinar responsabilidad si la hubiere, sin que ello impida la participación del hubiere, sin que ello impida la participación del suplente.suplente.

Una vez que el miembro titular ha sido reemplazado Una vez que el miembro titular ha sido reemplazado por el suplente, aquél podrá reincorporarse al por el suplente, aquél podrá reincorporarse al comité como miembro suplente, previa autorización comité como miembro suplente, previa autorización a partir de la evaluación antes señalada.a partir de la evaluación antes señalada.

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COMITÉ ESPECIALCOMITÉ ESPECIAL D.S 184-2008-EFD.S 184-2008-EF

Artículo 34º.- Responsabilidad, remoción e Artículo 34º.- Responsabilidad, remoción e irrenunciabilidad irrenunciabilidad

El Comité Especial actúa en forma colegiada y es autónomo en sus El Comité Especial actúa en forma colegiada y es autónomo en sus decisiones, las cuales no requieren ratificación alguna por parte de la decisiones, las cuales no requieren ratificación alguna por parte de la Entidad. Entidad.

Todos los miembros del Comité Especial gozan de las mismasTodos los miembros del Comité Especial gozan de las mismas

facultades, no existiendo jerarquía entre ellos. Sus integrantes son facultades, no existiendo jerarquía entre ellos. Sus integrantes son solidariamente responsables por su actuación, salvo el caso de solidariamente responsables por su actuación, salvo el caso de aquellos que hayan señalado en el acta correspondiente su voto aquellos que hayan señalado en el acta correspondiente su voto discrepante.discrepante.

Los integrantes del Comité Especial sólo podrán ser removidos por Los integrantes del Comité Especial sólo podrán ser removidos por caso fortuito o fuerza mayor, o por cese en el servicio, mediante caso fortuito o fuerza mayor, o por cese en el servicio, mediante documento debidamente motivado.documento debidamente motivado.

En el mismo documento podrá designarse al nuevo integrante.En el mismo documento podrá designarse al nuevo integrante. Los integrantes del Comité Especial no podrán renunciar al cargo Los integrantes del Comité Especial no podrán renunciar al cargo

encomendado.encomendado.

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BASES - FORMULACIONBASES - FORMULACION

Page 61: clase actos preparatorios

BASESBASES

Formulación a cargo del Comité Formulación a cargo del Comité Especial y/o Permanente u Organo Especial y/o Permanente u Organo Encargado.Encargado.

Aprobación por Titular de la Entidad o Aprobación por Titular de la Entidad o funcionario delegado.funcionario delegado.

Para la aprobación, los originales de las Para la aprobación, los originales de las Bases deberán estar visados en todas Bases deberán estar visados en todas sus páginas por los miembros del sus páginas por los miembros del comité o del órgano a cargo del comité o del órgano a cargo del procesoproceso

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CONDICIONES MINIMASCONDICIONES MINIMASLP-CP-ADP-ADSLP-CP-ADP-ADS

(Art. 26° LEY)(Art. 26° LEY)

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CONDICIONES MINIMASCONDICIONES MINIMAS

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CONDICIONES MINIMASCONDICIONES MINIMAS

Page 65: clase actos preparatorios

CONDICIONES MINIMASCONDICIONES MINIMAS

Page 66: clase actos preparatorios

DIRECTIVA DIRECTIVA BASESBASES

ESTANDARIZADASESTANDARIZADASDirectiva 018-2012-OSCEDirectiva 018-2012-OSCE

(VER MODELO ANEXO 1)(VER MODELO ANEXO 1)

Page 67: clase actos preparatorios

CONTENIDO BASES CONTENIDO BASES ESTANDARIZADASESTANDARIZADAS

SECCION GENERALSECCION GENERAL– Información general Información general

que no se puede que no se puede modificar:modificar:

Etapas del procesoEtapas del proceso Solución de Solución de

Controversias en el Controversias en el proceso selecciónproceso selección

Normas del contratoNormas del contrato

SECCION SECCION ESPECIFICAESPECIFICA– Información variable Información variable

que se puede que se puede modificarmodificar

– Comprende:Comprende: Base LegalBase Legal Contenido sobresContenido sobres RTMRTM Factores de Factores de

EvaluaciónEvaluación Proforma ContratoProforma Contrato Anexos y FormatosAnexos y Formatos

Page 68: clase actos preparatorios

REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOSREQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

Constituyen los requisitos indispensables que Constituyen los requisitos indispensables que debe reunir una propuesta técnica para ser debe reunir una propuesta técnica para ser admitida.admitida.

– El plazo de ejecución contractual y el plazo de El plazo de ejecución contractual y el plazo de entrega máximoentrega máximo

– Documentos de presentación obligatoria Documentos de presentación obligatoria establecidos en artículo 42° del Reglamento de la establecidos en artículo 42° del Reglamento de la Ley.Ley.

– Otros documentos obligatorios establecidos en Otros documentos obligatorios establecidos en las baseslas bases

Page 69: clase actos preparatorios

ARTICULO 42° REGLAMENTOARTICULO 42° REGLAMENTO

COMENTAR MODIFICACIONES

Page 70: clase actos preparatorios

ARTICULO 42° REGLAMENTOARTICULO 42° REGLAMENTO

COMENTAR MODIFICACIONES

iii. Declaración jurada y/o documentación que acredite eliii. Declaración jurada y/o documentación que acredite el

cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.

iv. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando losiv. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los

integrantes, el representante común, el domicilio común y elintegrantes, el representante común, el domicilio común y el

porcentaje de participación. La promesa formal de consorcioporcentaje de participación. La promesa formal de consorcio

deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En casodeberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso

de no establecerse en las bases o en la promesa formal dede no establecerse en las bases o en la promesa formal de

consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes delconsorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del

consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria,consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria,

por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con lospor lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los

requisitos exigidos en las Bases del proceso.requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentraSe presume que el representante común del consorcio se encuentra

facultado para actuar en nombre y representación del mismofacultado para actuar en nombre y representación del mismo

en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción yen todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y

ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

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SUBCONTRATACIONSUBCONTRATACION

Page 72: clase actos preparatorios

BASES BASES METODOLOGIA METODOLOGIA DE EVALUACIONDE EVALUACION

Page 73: clase actos preparatorios

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓNMETODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

Metodología objetiva que permita una Metodología objetiva que permita una selección de calidad y tecnología requerida, selección de calidad y tecnología requerida, dentro del plazo más conveniente y al dentro del plazo más conveniente y al mejor costo total (mejor costo total (Art. 31º de la LCE y Art. 31º de la LCE y Art. 43° RLCEArt. 43° RLCE).).

Para acreditar el cumplimiento se solicitará Para acreditar el cumplimiento se solicitará los documentos estrictamente necesarios.los documentos estrictamente necesarios.

Page 74: clase actos preparatorios

Factores de Evaluación TécnicaFactores de Evaluación TécnicaAdquisición de Bienes Art. 44° Reg.Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.

Plazo de entregaPlazo de entrega Garantía Comercial del postor y/o fabricanteGarantía Comercial del postor y/o fabricante Disponibilidad de Servicios y RepuestosDisponibilidad de Servicios y Repuestos Capacitación del personalCapacitación del personal Mejoras a las características técnicas y condiciones Mejoras a las características técnicas y condiciones

previstas en las Basesprevistas en las Bases Experiencia del Postor:Experiencia del Postor:

– Monto acumulado en un período de hasta 08 años, Monto acumulado en un período de hasta 08 años, hasta 5 veces el VR, con un máximo de 20 hasta 5 veces el VR, con un máximo de 20 contrataciones, sin importar el número de contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustentendocumentos que las sustenten

Cumplimiento de la Prestación: en función a Certificados Cumplimiento de la Prestación: en función a Certificados o constancias de haber efectuado la prestación sin o constancias de haber efectuado la prestación sin incurrir en penalidades. NO mayor a 20 contrataciones. incurrir en penalidades. NO mayor a 20 contrataciones.

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Factores de evaluación: Factores de evaluación: Servicios en generalServicios en general

Art. 45º del Reglamento:Art. 45º del Reglamento: Experiencia del postor: Actividad y/o especialidadExperiencia del postor: Actividad y/o especialidad Tiempo Máximo 8 añosTiempo Máximo 8 años Hasta 5 veces el Valor ReferencialHasta 5 veces el Valor Referencial Cumplimiento del servicio (10 servicios)Cumplimiento del servicio (10 servicios) Personal propuesto para la prestación del servicioPersonal propuesto para la prestación del servicio Mejoras Mejoras Otros factores referidos al objeto de la convocatoria Otros factores referidos al objeto de la convocatoria

tales como equipamiento, infraestructuratales como equipamiento, infraestructura

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Factores de Evaluación Técnica para ObrasFactores de Evaluación Técnica para Obras

LP y ADP) Art. 47° RegtoLP y ADP) Art. 47° Regto..

Experiencia en obras en general:Experiencia en obras en general:– Ejecutados hasta en los últimos 10 añosEjecutados hasta en los últimos 10 años– Hasta 5 Veces el Valor ReferencialHasta 5 Veces el Valor Referencial

Experiencia en obras similares:Experiencia en obras similares:– Ejecutados hasta en los últimos 10 años Ejecutados hasta en los últimos 10 años – Por un máximo acumulado equivalente al Valor Por un máximo acumulado equivalente al Valor

Referencial. Cada obra mínimo 15% del VRReferencial. Cada obra mínimo 15% del VR

• Factores Referidos al Personal Propuesto• Cumplimiento de ejecución de Obras:

Certificados o constancias por ejecución de obras sin penalidad. Máximo 10, la acreditación será con copias de contratos y actas de recepción y conformidad.

COMENTAR MODIFICACIONES

Page 77: clase actos preparatorios

¡ Muchas Gracias !

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ÁNGEL MANUEL CARRILLO LÉVANOÁNGEL MANUEL CARRILLO LÉVANOMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓNMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Teléfonos: 995276290 / RPM #368719 Teléfonos: 995276290 / RPM #368719 Correo Electrónico: Correo Electrónico:

[email protected] hotmail.com [email protected]@hotmail.com