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CONFLICTO LABORAL EN IBERIA

Caso No. 1CONFLICTO LABORAL EN IBERIA

Profa. Jovana RodrguezIntegrantes:De Zepeda, Karel Martnez, EvelynGrupo: 1-MR-100Lunes 30 de noviembre 2015

CONFLICTO LABORAL EN IBERIA

1. Resumen del caso EL caso prctico trata de dos colaboradoras de Iberia, Anabel Montelo y Gloria Ramn, que fueron despedidas mientras estaban de baja por maternidad.Ambas colaboradoras contaban con 10 aos de servicio como administrativas y con contratos fijos. Montelo fue informada mediante un fax y Ramn por una llamada telefnica de un representante sindical.En ningn momento nadie de Iberia se puso en contacto con ellas para informarles de su situacin y cuando se acercaron a firmar su despido el motivo que les dieron, fue expediente de regulacin de empleo. Dijeron que sobraba personal, sin embargo los puestos eran cubiertos por personas del extranjero u otros puntos de Espaa.Junto con estas dos colaboradoras de despiden a 16 compaeros ms de personal en tierra de Iberia a los que dejaron sin trabajo, yno entiendenel motivo de su despido. Montelo y Ramn se encuentran en espera de la sentencia que debe ser dictada por el Juzgado de lo Social, encargado de la causa de los despidos. Ambas desean volver a sus puestos como administrativas.

2. Identifique las causas del conflictoEntre las causas que podramos mencionar en este conflicto tenemos: el incumplimiento o violacin de las normas legales y contractuales por parte de la compaa Iberia.Iberia esta violando el fuero maternal de ambas colaboradoras; alegando a una regulacin de empleo que es el nico caso excepcional que permite las leyes espaolas a la empresa despedir a la mujer durante el embarazo o en la baja por maternidad. Sin embargo los puestos son ocupados nuevamente. Las aspiraciones personales de las colaboradoras.En este caso ambas colaboradoras tenan planificaciones futuras. Una haba decidido tener a su primer bebe y la otra tena planificado un prstamo.

Cambios que introducen los empleadores en el transcurso de la relacin de trabajo, con propsitos de reducir costosEs obvio que para Iberia es un costo tener colaboradoras por baja maternal, ya que una vez que termina las 16 semanas de baja maternal, el trabajador puede disfrutar de lapausa por lactancia. Consiste en dos pausas de media hora hasta que el nio tenga 9 meses de edad que no suponga ni entrar ms tarde ni salir antes del horario estipulado por la empresa. Sin embargo, en muchos casos, la empresa est de acuerdo en cambiar estas dos medias horas por reducir la jornada una hora al da. Si el convenio lo permite, tambin se pueden juntar todas estas medias horas y disfrutar de unos das ms para estar con el beb antes de la incorporacin al trabajo.

3. Como Gerente de Recursos Humanos cul sera su posicinNuestra posicin como Gerente de Recursos Humanos sera de: Manifestar directamente a la Gerencia que es improcedente despedir a las colaboradoras bajo el trmino de una regulacin de empleo y luego contratar a otra persona para que realice el mismo puesto. Informar sobre la condicin de las colaboradoras, que las mismas se encuentra de baja por maternidad, y las consecuencias que puede traer este procedimiento. Adicional recordarle que cada caso de despido, se debe hacer consultando previamente, al Departamento Legal.4. Qu rol le correspondera en esta situacinEl rol que nos correspondera en esta situacin es la de.

5. Cmo resolvera este conflicto laboral de 4 opciones Entre las opciones que consideramos viables en este caso tenemos:a) En primer lugar, la reincorporacin de las trabajadoras en las mismas condiciones que existan con anterioridad al despido, pagarle los salarios de tramitacin entre la fecha de despido y la dereadmisin y cotizar a la Seguridad Social durante ese perodo.

b) Si la empresa no desean la readmisin, pagar la indemnizacin.

c) Aunque son las trabajadoras quienes realmente toman la decisin de reintegrarse. Si no lo desean igualmente pagar la indemnizacin.

En Espaa, la cuanta de la indemnizacin depender de la fecha en que el trabajador comenz prestar servicios: puede ser: abonarle 45 das por ao trabajado con un mximo de 42 mensualidades o de 33 das por ao con un mximo de 24 mensualidades, prorratendose por meses los perodos de tiempo inferiores a un ao.

d)