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1 CASO PRÁCTICO 1 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-1 D. Juan García Español, gerente de la empresa de instalaciones eléctricas MINDUAL, S.A., está encuadrado en el grupo 1 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, teniendo una antigüedad en la empresa de 1.1.1980. Simultáneamente se encuentra de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos –RETA- desde el 1.5.1992 por su actividad por cuenta propia de titular de una administración de loterías, quinielas y apuestas del Estado. D. Juan García Español sufre un proceso patológico por una malaria adquirida en sus viajes por África como miembro de la ONG “Electricistas sin fronteras”. El médico de atención primaria -MAP-, tras la revisión oportuna, emite parte de baja por enfermedad común el 3.11.2010, con posterioridad emite los sucesivos partes de confirmación hasta la fecha de alta médica por recuperación de la capacidad laboral el 31.7.2011. Sin embargo, dado que esta patología cursa a brotes el Sr. García sufre una recaída de su patología el 15.8.2011. Con el fin de poder resolver las cuestiones que se plantean a continuación se facilitan los siguientes datos: El salario que percibe el Sr. García Español en el año 2010 es de 3.500 mensuales, con dos pagas extras por un importe de 3.000 cada una, primas de producción de 190 mensuales y paga de beneficios de 450 mensuales; en el año 2011 el convenio colectivo contempla que todas sus retribuciones sufren aumento del 5 %. En cuanto a sus cotizaciones en el RETA la base de cotización del año 2010 fue de 1.000 y solicitó, en plazo, la subida a 2.000 a partir de 1.7.2011, encontrándose en todo momento al corriente en el pago de sus cuotas de este Régimen. Las bases máximas de cotización del grupo 1 de cotización al Régimen General en el año 2010 asciende a 3.198 mensuales y en el año 2011 a 3.230,1 . Tanto la empresa MINDUAL S.A. como el propio Sr. García tienen protegidas sus contingencias con el INSS 1.- ¿A qué prestaciones tendría derecho el Sr. García Español? 2.- Caso positivo ¿a cuánto ascendería la base reguladora de la prestación de IT en el Régimen General? ¿Cuál sería la fecha de efectos económicos con cargo a la Seguridad Social? 3.- Caso positivo ¿a cuánto ascendería la base reguladora prestación de IT en el RETA? ¿Cuál sería la fecha de efectos económicos con cargo a la Seguridad Social? 4.- ¿Cuánto se podría deducir la empresa en el mes de noviembre de 2010? ¿Cuánto percibirá el Sr. García en dicho mes en concepto de subsidio por incapacidad temporal del Régimen General? 5.- ¿Cuánto percibirá el Sr. García en el mes de noviembre en concepto de subsidio por incapacidad temporal del RETA? 6.- ¿A cuánto ascenderá el subsidio diario de IT del Régimen General del Sr. García en el mes de agosto de 2010? 7.- ¿A cuánto ascenderá el subsidio diario de IT del RETA del Sr. García en agosto de 2011? 8.- ¿Qué fecha tendría como límite el Servicio Público de Salud para poder ejercer su competencia de emitir el alta médica del proceso de IT? 9.- Para el reconocimiento de la prestación por IT del RETA, ¿Tendrá el Sr. García Español que cumplir algún requisito especial? 10.- ¿Qué sucedería si el Sr. García Español dejara de pagar sus cuotas de RETA a partir de la mensualidad de septiembre de 2011? 11.- Si no se cursara el alta médica, ¿cuál sería la fecha en que se extinguiría la situación de incapacidad temporal?

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Page 1: CASO PRÁCTICO 1 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-1 · PDF file2 CASO PRÁCTICO 2 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-2 Don José Ángel Ramos Luzan, nacido el 12.11.1959, trabajador autónomo que

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CASO PRÁCTICO 1 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-1 D. Juan García Español, gerente de la empresa de instalaciones eléctricas MINDUAL, S.A., está encuadrado en el grupo 1 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social, teniendo una antigüedad en la empresa de 1.1.1980. Simultáneamente se encuentra de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos –RETA- desde el 1.5.1992 por su actividad por cuenta propia de titular de una administración de loterías, quinielas y apuestas del Estado.

D. Juan García Español sufre un proceso patológico por una malaria adquirida en sus viajes por África como miembro de la ONG “Electricistas sin fronteras”. El médico de atención primaria -MAP-, tras la revisión oportuna, emite parte de baja por enfermedad común el 3.11.2010, con posterioridad emite los sucesivos partes de confirmación hasta la fecha de alta médica por recuperación de la capacidad laboral el 31.7.2011. Sin embargo, dado que esta patología cursa a brotes el Sr. García sufre una recaída de su patología el 15.8.2011.

Con el fin de poder resolver las cuestiones que se plantean a continuación se facilitan los siguientes datos:

El salario que percibe el Sr. García Español en el año 2010 es de 3.500 € mensuales, con dos pagas extras por un importe de 3.000 € cada una, primas de producción de 190 € mensuales y paga de beneficios de 450 € mensuales; en el año 2011 el convenio colectivo contempla que todas sus retribuciones sufren aumento del 5 %.

En cuanto a sus cotizaciones en el RETA la base de cotización del año 2010 fue de 1.000 € y solicitó, en plazo, la subida a 2.000 € a partir de 1.7.2011, encontrándose en todo momento al corriente en el pago de sus cuotas de este Régimen. Las bases máximas de cotización del grupo 1 de cotización al Régimen General en el año 2010 asciende a 3.198 € mensuales y en el año 2011 a 3.230,1 €.

Tanto la empresa MINDUAL S.A. como el propio Sr. García tienen protegidas sus contingencias con el INSS

1.- ¿A qué prestaciones tendría derecho el Sr. García Español?

2.- Caso positivo ¿a cuánto ascendería la base reguladora de la prestación de IT en el Régimen General? ¿Cuál sería la fecha de efectos económicos con cargo a la Seguridad Social?

3.- Caso positivo ¿a cuánto ascendería la base reguladora prestación de IT en el RETA? ¿Cuál sería la fecha de efectos económicos con cargo a la Seguridad Social?

4.- ¿Cuánto se podría deducir la empresa en el mes de noviembre de 2010? ¿Cuánto percibirá el Sr. García en dicho mes en concepto de subsidio por incapacidad temporal del Régimen General?

5.- ¿Cuánto percibirá el Sr. García en el mes de noviembre en concepto de subsidio por incapacidad temporal del RETA?

6.- ¿A cuánto ascenderá el subsidio diario de IT del Régimen General del Sr. García en el mes de agosto de 2010?

7.- ¿A cuánto ascenderá el subsidio diario de IT del RETA del Sr. García en agosto de 2011?

8.- ¿Qué fecha tendría como límite el Servicio Público de Salud para poder ejercer su competencia de emitir el alta médica del proceso de IT?

9.- Para el reconocimiento de la prestación por IT del RETA, ¿Tendrá el Sr. García Español que cumplir algún requisito especial?

10.- ¿Qué sucedería si el Sr. García Español dejara de pagar sus cuotas de RETA a partir de la mensualidad de septiembre de 2011?

11.- Si no se cursara el alta médica, ¿cuál sería la fecha en que se extinguiría la situación de incapacidad temporal?

Page 2: CASO PRÁCTICO 1 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-1 · PDF file2 CASO PRÁCTICO 2 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-2 Don José Ángel Ramos Luzan, nacido el 12.11.1959, trabajador autónomo que

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CASO PRÁCTICO 2 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-2 Don José Ángel Ramos Luzan, nacido el 12.11.1959, trabajador autónomo que tiene protegidas tanto las contingencias comunes con la MAZ desde el año 1995 y también, recientemente, el año pasado, ha protegido las profesionales, sufre un accidente de tráfico yendo a su boutique el 7.1.2011, cursándose el correspondiente parte de baja por incapacidad temporal con la misma fecha y presentando la solicitud de pago directo del subsidio el 25.3.2011. Las bases de cotización del Sr. Ramos ascendieron en el año 2010 a 841,80 € y en el año 2011 a 850,20 €, mínima de cotización en dicho régimen. Tras el correspondiente calvario médico se recupera totalmente y se cursa un alta médica por curación el 23.3.2011.

1.- ¿Puede el Sr. Ramos elegir la entidad que le proteja las contingencias profesionales?

a) Sí b) Sólo puede elegir a una Mutua c) Sólo con MAZ d) Puede ser el INSS o la MAZ

2.- ¿Qué tipo de contingencia será la del proceso de incapacidad temporal?

a) Al ser accidente in itinere será proceso derivado de accidente de trabajo.

b) Al ser accidente in itinere será proceso derivado de accidente no laboral.

c) Dependerá si el trayecto del trabajador estaba desviado o no del normal a seguir para ir a su trabajo.

d) No se puede determinar con los datos facilitados.

3.- ¿Cuál es la carencia exigida al Sr. Ramos?

a) Al ser contingencia profesional no se exige carencia alguna.

b) Al ser contingencia común se exige 180 días en los últimos 5 años.

c) Al ser accidente no laboral no se exige carencia alguna.

d) Al ser accidente no laboral se exige la carencia de la enfermedad común.

4.- ¿Cuál sería el importe de la base reguladora?

a) Dividiremos 841,80 € correspondientes a la base de cotización del mes anterior al del hecho causante por los días a los que hace referencia, 31 días.

b) Dividiremos 841,80 € de la base de cotización del mes anterior al del hecho causante por 30 días.

c) Dividiremos 850,20 € correspondientes a la base de cotización mínima del año 2011 por los días a los que hace referencia, 31 días.

d) Dividiremos 850,20 € correspondientes a la base de cotización mínima del año 2011 por 30 días.

5.- ¿Cuál será la fecha de efectos económicos del subsidio?

a) Al tratarse de un proceso derivado de accidente laboral la fecha de efectos será el mismo día del accidente.

b) Al tratarse de un proceso derivado de contingencias comunes la fecha de efectos será el 16º día desde la baja.

c) Al tratarse de un proceso derivado de accidente laboral la fecha de efectos será el día siguiente al de la baja.

d) Al ser de un proceso derivado de contingencias comunes la fecha de efectos será el 4º día desde el de la baja.

6.- ¿Cuál será el importe del subsidio diario en el mes de febrero 2011?

a) 20,365 € b) 21,045 € c) 21,255 € d) 20,569 €

7.- ¿A cuánto ascenderá lo abonado en concepto de subsidio de IT durante todo el proceso?

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a) 1.479,34 € b) 1.450,11 € c) 1.583,536 € d) 1.599,42 €

8. Cuando comprobáramos si estaba o no al corriente ¿hasta cuándo lo haremos?

a) Hasta el mismo mes del hecho causante.

b) Hasta el mes anterior al hecho causante.

c) Hasta el mismo mes del hecho causante, debiendo permanecer al corriente durante todo el período que perciba el subsidio por incapacidad permanente.

d) Al tratarse de contingencias profesionales no hace falta carencia y por lo tanto no es exigible

9.- ¿El INSS podría haber cursado un alta médica?

a) No, dado que el proceso de incapacidad temporal no ha alcanzado todavía la duración de 365 días.

b) Sí, dado que las modificaciones legislativas autorizan al INSS a cursar altas también en los primeros 365 días.

c) Depende, si que es posible pero a propuesta de la Mutua que protege las contingencias.

d) Depende, si que es posible pero a iniciativa de la Inspección Médica del Servicio Público de Salud.

CASO PRÁCTICO 3 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-3 D. Juan Álvarez, trabajador de la empresa “Gourmets a domicilio”, que tiene protegidas todas las contingencias con la MAZ, presta sus servicios como ayudante de cocina con el grupo de cotización 5 mediante un contrato a tiempo parcial del 50 por 100 con prestación de servicios durante toda la semana, desde el 1.11.2010. Encontrándose mal acude al médico de cabecera que le cursa parte de baja médica por enfermedad común el 8.10.2011. La empresa, dado que cree que la enfermedad es de larga evoluación, y el contrato de trabajo era de un año de duración, no renueva el mismo y le abona los 20 días de vacaciones no disfrutadas, cotizando por este período de 1 a 20 de noviembre 2011 por 610 € Las bases de cotización son las siguientes: Año 2010: 890 € Año 2011: 910 €

1.- ¿Tendría derecho al percibo de la prestación de subsidio por IT?

a) Sí, dado que alcanza la carencia necesaria.

b) No, dado que no alcanza la carencia

c) Sí, alcanza la carencia, dado que los días cotizados a tiempo parcial tienen un coeficiente corrector del 1,5

d) Sí, dado que para la prestación de IT cada día en alta computa como día cotizado.

2. ¿A cuánto ascendería la base reguladora de la prestación de IT?

a) 30,33 € b) 29,80 € c) 24,82 € d) Ninguna de las anteriores.

3. ¿A cuánto ascenderá el subsidio diario de IT en el mes de noviembre 2011?

a) 22,74 € b) 22,25 € c) 18,61 € d) Ninguna de las anteriores.

4.- ¿A cuánto ascenderá la base reguladora durante el período de vacaciones devengadas y no disfrutadas?

a) 30,33 € b) 29,80 € c) 24,82 € d) Ninguna de las anteriores.

5.- ¿Tendrá derecho a continuar con la prestación de IT tras el agotamiento de las vacaciones devengadas y no percibidas, teniendo en cuenta que no tiene derecho al desempleo contributivo (contéstese con este último dato, dado que por estar en ERE ya agotó el desempleo)?

a) No, no puede admitirse el uso de la IT para proteger la situación de necesidad de pérdida del empleo.

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b) No, dado que al producirse una situación legal de desempleo se tienen que analizar los requisitos de la IT como si fuera desempleo, por lo que al no acreditar éstos la IT a partir de este momento se extingue, sin perjuicio de las prestaciones sanitarias y sociales complementarias.

c) Sí, dado que reúne los requisitos para ello, 180 días de cotización en los 5 años inmediatamente anteriores a la situación legal de desempleo, momento en el que hay que revisar el cumplimiento de los requisitos para la IT

d) Sí

6.- Si tuviera derecho ¿A cuánto ascenderá la base reguladora y el subsidio diario tras el agotamiento del período de vacaciones devengadas y no disfrutadas?

a) La base reguladora a 29,80 € y el subsidio diario a 22,35 € siempre que se encuentre dentro de los límites máximos y mínimos de desempleo

b) La base reguladora a 29,80 € y el subsidio diario durante los 6 primeros meses tras fin vacaciones a 20,86 € y de 17,88 € a partir del día siguiente, siempre que se encuentre en los límites máximos y mínimos de desempleo.

c) La base reguladora a 30,16 € y el subsidio diario durante los 6 primeros meses tras fin vacaciones a 21,11 € y de 18,198 € a partir del día siguiente, siempre que se encuentre en los límites máximos y mínimos de desempleo.

d) La base reguladora a 30,16 € y el subsidio diario de 22,74 €, siempre que se encuentre en los límites máximos y mínimos de desempleo

7.- ¿A partir de qué fecha puede el INSS decidir si emite el alta médica, apertura expediente de IP o concede prórroga en el proceso de IT del Sr. Álvarez?

a) El alta médica, con las nuevas modificaciones legislativas, en cualquier momento, el resto a los 366 días de duración de la situación de IT

b) A partir de los 366 días de duración de la situación de IT

c) A partir de los 366 días de duración de la situación de IT, previa propuesta de la Mutua MAZ

d) A partir de los 545 días de duración de la situación de IT

8.- Caso que el INSS cursara el alta médica el 15.12.2011 ¿qué actuaciones podría llevar a cabo el interesado en defensa de sus derechos?

a) Presentar reclamación previa contra la resolución dictada por la que se le emite el alta médica.

b) Presentar disconformidad en plazo de 7 días naturales desde el dictado de la resolución de alta médica

c) Presentar disconformidad en plazo de 4 días naturales desde el dictado de la resolución de alta médica

d) Ninguna de las anteriores.

CASO PRÁCTICO 4 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-4 Antonio González, trabajador de la empresa “MINDUAL, S.A.”, donde presta sus servicios con la categoría de Ingeniero Técnico, sufre un proceso de hernia discal que ha conllevado que se curse el parte de baja médica por enfermedad común el 25.5.2011. Su contrato temporal vence el 30.6.2011, sin que la empresa vaya a renovárselo, por lo que con efectos de 1.7.2011 deja de prestar sus servicios en la misma, quedando pendientes un total de 25 días de vacaciones devengadas y no disfrutadas. La situación familiar del Sr. González es la siguiente, es viudo, percibiendo por dicho concepto una pensión de 455 € mensuales, con dos hijos, solteros, estudiantes, de 15 y 19 años, sin ningún tipo de rentas. Los datos laborales y económicos son los siguientes: * R.E.T. Autónomos de 1.1.1999 a 31.12.2006. Todo el período está al descubierto y prescrito. * General de 1.5.2009 a 30.4.2010, con un contrato a tiempo parcial del 25 por 100, sin efectuar horas complementarias.

* General –Mindual- de 1.3.2011 a 30.6.2011.

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Las bases de cotización acreditadas por el Sr. González son las siguientes: En R.E.T. Autónomos la base de cotización fue de 900 €. En el año 2009, 200 €, por contingencias comunes y a 300 € por contingencias profesionales. En el año 2010, 270 €, por contingencias comunes y a 450 € por contingencias profesionales. En el año 2011, 1.750 € por contingencias comunes y a 1.950 € por contingencias profesionales. En el período de vacaciones, la empresa cotizó sobre 1.100 € en todas las contingencias. A la vista de los datos obrantes en el supuesto, contestar a las siguientes cuestiones: 1.- ¿Tiene derecho el Sr. González al subsidio por incapacidad temporal? A partir de esta 2ª pregunta, partir del hecho hipotético que tuviera el período mínimo de cotización acreditado 2.- ¿A cuánto ascenderá la base reguladora, mientras está con el contrato en vigor en la empresa? 3.- ¿A cuánto ascenderá la base reguladora, en el período de vacaciones devengadas y no percibidas? 4.- ¿Cuánto podrá deducirse de los boletines de cotización la empresa MINDUAL? 5.- ¿Cuándo podrá deducirse dichas cuantías? 6.- ¿A cuánto ascenderá la base reguladora tras el período de vacaciones devengadas y no percibidas? 7.- ¿Y el importe del subsidio? A partir de esta pregunta considerar que la fecha de la baja médica, por contingencias comunes, fuera el 15.7.2011. 8.- ¿Tendría derecho al subsidio por incapacidad temporal? 9.- ¿Cuál sería la base reguladora en este caso, si tuviera derecho? 10- ¿Cuánto percibiría por dicho concepto en el período de vacaciones devengadas y no percibidas? 11.- ¿Cuál sería el importe del subsidio por incapacidad temporal tras el agotamiento del período de vacaciones devengadas y no percibidas? 12.- ¿Se puede aplicar a las cantidades a abonar algún porcentaje de retención a cuenta del impuesto de la renta de las personas físicas? 13.- ¿Quién sería la entidad encargada de la hipotética retención? Tras una penosa operación, el Sr. González recibe el alta médica por curación el 1.10.2011. 14.- ¿En qué situación se encontraría? Partiendo de que tuviera derecho a 12 meses de desempleo contributivo 15.- ¿Cuándo agotaría dicho período de desempleo? 16.- ¿Podría tener derecho al subsidio por incapacidad temporal en dicho período de desempleo contributivo? 17.- ¿Qué importe percibirá el trabajador, caso de que se tratara de la misma patología, mientras tuviera derecho al desempleo contributivo?

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18.- ¿Y si fuera de distinta patología pero también común? 19.- ¿Cuándo se agotaría su derecho al subsidio por incapacidad temporal? 20.- Si no se agota la incapacidad temporal tras la finalización del período de desempleo contributivo ¿a cuánto ascenderá su importe, si se trata de distinta patología que cualquier otra anterior? 21.- ¿Quién sería la entidad encargada de su abono en el período de vacaciones? IPREM 2011/2012: 17,75 € día 532,51 € mes 6.390,13 € año. Cuando sustituye al SMI el importe será de 7.455,14 € cuando incluya pagas extras y de 6.390,13 € cuando no las incluya.

CASO PRÁCTICO 5 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-5 D. Juan Álvarez, trabajador a tiempo parcial del 25 por 100, trabajando todos los días laborales de la semana, en la empresa MINDUAL S.A., con el grupo de cotización 10, sufre un proceso febril, de etiología desconocida, que conlleva una baja médica derivada de contingencias comunes el 14.3.2011. La empresa tiene cubiertas todas las contingencias con la Mutua MAZ, desde el 1.1.2011, y está al corriente en sus obligaciones en Seguridad Social. El trabajador acredita las siguientes cotizaciones a la Seguridad Social: * En el R. E. Autónomos de 1.1.1994 a 31.12.1999. * En el R. General, a tiempo completo, de 14.2.2001 a 2.2.2003. * En el R. General, a tiempo completo, de 1.1.2005 a 31.12.2005. Las bases de cotización ascendieron a 1.100 € mensuales para todas las contingencias. * En la empresa MINDUAL de 1.5.2010 y sigue. Las bases de cotización ascendieron a 500 € los meses de 30 días, 515 € los meses de 31 días y 470 € los meses de 28 días. Las horas de cotización mensuales ascienden a 38 h. los meses de 31 días, 37 h. los meses de 30 h. y 35 h. los meses de 28 días. Hasta el 13.3.2010 acredita en el mes de marzo un total de 15 horas. IPREM 2011/2012: 17,75 € día 532,51 € mes 6.390,13 € año. Cuando sustituye al SMI el importe será de 7.455,14 € cuando incluya pagas extras y de 6.390,13 € cuando no las incluya. A la vista de los datos contestad a las siguientes cuestiones: 1.- ¿Cómo se calculan los días computables como cotizados, en el período de trabajo en MINDUAL, S.A., hasta el hecho causante de la prestación de incapacidad temporal? a)Se toman los días naturales en alta. El tiempo parcial, como en desempleo, afecta al importe de la base reguladora de la prestación pero no al período de cotización. b)Se toman los días naturales en alta y se aplica el porcentaje de jornada acreditada. c) Se toman las horas acreditadas como cotizadas y se dividen por 5. d)Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 2- ¿Tendrá derecho al subsidio de incapacidad temporal? a) No, no alcanza el período mínimo de cotización. b) Sí, reúne todos los requisitos para ello. c) Sí, dado que no se necesita período mínimo de cotización. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 3.- ¿Cuál será la base reguladora de la prestación? a) 16,66 € b) 17 € c) 17,85 € d) Ninguna es completa o correcta. 4.- ¿A partir de qué día se le abonará al Sr. Álvarez el subsidio de incapacidad temporal, por parte de la empresa? a) A partir del 4º día desde el día de la baja médica, dado que presta sus servicios laborales todos los días.

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b) A partir del día siguiente al de la baja médica, dado que presta sus servicios laborales todos los días. c) A partir del decimoquinto días desde el de la baja médica d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 5.- ¿Qué plazo posee el Sr. Álvarez para presentar ante la empresa los partes de baja médica y confirmación de la baja médica? a) Tiene un plazo de 5 días desde el día de la expedición del parte médico de baja. b) Tiene un plazo de 5 días desde el día siguiente al de la expedición del parte médico de baja. c) Tiene un plazo de 3 días desde el día de la expedición del parte médico de baja. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 6.- La empresa ¿Qué plazo tendrá para presentarlos vía papel, RED o Internet ante la Entidad responsable? a) Tiene un plazo de 5 días desde la fecha de emisión del parte médico de baja. b) Tiene un plazo de 5 días desde la fecha de recepción del parte médico de baja. c) Tiene un plazo de 5 días desde el día siguiente a la fecha de recepción del parte médico de baja. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. El Sr. Álvarez es despedido el 30.6.2011, encontrándose en situación de I.T., quedando un total de 12 días de vacaciones devengadas y no disfrutadas, por las que la empresa cotizará sobre 220 €. 7.- ¿En qué mes la empresa deberá liquidar/ingresar las cotizaciones correspondientes al período de vacaciones devengadas y no disfrutadas? a) En el mes de julio de 2011. b) En el mes de junio de 2011. c) En el mes de agosto de 2011. d) Ninguna es completa o correcta. 8.- ¿Cuánto se podrá deducir la empresa en concepto de subsidio abonado en régimen de pago delegado durante todo el proceso? a) 1.112,05 € b) 1.312 € c) Nada. d) Ninguna de las anteriores 9.- Durante el período en alta en la empresa y vigente el contrato de trabajo, ¿por cuánto cotizará la empresa mientras dura la situación de incapacidad temporal? a) Por la base de cotización del mes inmediatamente anterior al de la baja médica dividida por el número de días a los que hace referencia, multiplicada por los días que permanezca en dicha situación en el mes que se trate. b) Por la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal, multiplicada por el número de días que permanezca en dicha situación en el mes de que se trate. c) Por la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal, multiplicada por el número de días que resulten de restar a 30 el número de días que permanezca en dicha situación en el mes de que se trate. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 10.- ¿A cuánto ascenderá la base reguladora en este período de vacaciones devengadas y no percibidas? a) 16,66 € b) 17 € c) 17,85 € d) Ninguna es correcta. 11.- Tras el agotamiento del período de vacaciones, ¿cuál será la base reguladora del subsidio de incapacidad temporal? a) 17 € b) 16,77 € c) 17,97 € d) Ninguna es correcta. 12.- Con independencia de las cuantías de las bases de cotización acreditadas por el Sr. Álvarez ¿Cuál sería el límite máximo que podría percibir en concepto de subsidio de I.T. tras el agotamiento de las vacaciones, teniendo en cuenta que tiene 2 hijos menores de edad y que no acreditan rentas? a) El 225 % del IPREM, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. b) El 200 % del IPREM, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. c) El 225 % del IPREM, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 13.- En el caso concreto, con las bases que acredita, ¿cuál será el importe del subsidio de I.T. tras el agotamiento de las vacaciones devengadas y no disfrutadas, teniendo en cuenta los hijos citados en el punto anterior? a) 11,73 € b) 10,48 € c) 11,90 € d) Ninguna es correcta.

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14.- En el caso que alguno de los límites máximos o mínimos que se pueden cobrar en concepto de desempleo sufriera variación (al iniciarse un nuevo año natural) ¿Afectaría a los límites máximos y mínimos de los importes a percibir en concepto de subsidio de i.t. tras el agotamiento de las vacaciones devengadas y no disfrutadas? a) No, los límites son los del momento de inicio de la situación de incapacidad temporal-desempleo, siendo invariables. b) Sí, los límites se variarán cada año, dado que van en función de los límites mínimos y máximos de renta a abonar en situación de desempleo. c) Sí. d) No, los límites son los del momento de inicio de la situación de incapacidad temporal-desempleo, siendo invariables, salvo cambio en la situación familiar

CASO PRÁCTICO 6 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-6

Antonio Gómez, trabajador por cuenta ajena como ingeniero técnico, sufre un accidente de trabajo el 12.3.2011, emitiéndose la baja médica el 13.3.2011, mientras mantenía una relación laboral con la empresa MINDUAL, S.A. que había iniciado el 1.1.2011. La empresa había suscrito la protección de todas las contingencias con la Mutua MAZ desde el 1.1.2011.

Las bases de cotización en dicha empresa han sido: C.C. C.P.

Enero de 2011 1500 € 1.500 € Febrero de 2011 1.500 € 1.600 € Marzo de 2011 1.500 € 1.550 € El contrato finalizaba el 31.3.2011, quedándole 2 días por vacaciones no disfrutadas, por los que la empresa cotizará 100 €, por ambas contingencias. Con los datos que se nos facilita contestar a las siguientes cuestiones:

1.- ¿Tiene derecho el Sr. Gómez a la prestación económica por I.T.?

a) No, dado que no alcanza los 180 d. de cotización.

b) Sí, ya que en caso de accidente no se exige período mínimo de carencia.

c) Si, ya que solamente en caso de accidente de trabajo no se exige carencia.

d) Ninguna de las anteriores.

2.- ¿Cuál será la fecha de efectos económicos del subsidio de I.T.?

a) El mismo día del accidente. b) El día siguiente del accidente.

c) El mismo día de la baja médica. d) Ninguna de las anteriores.

3.- ¿Cuándo acabará el período del subsidio a cargo del empresario?

a) El 15º día desde la baja médica. b) El 15º día desde el siguiente al de la baja médica

c) No hay período a cargo del empresario. d) Ninguna de las anteriores.

Las preguntas 4 y 5 contestarlas simultáneamente.

4.- ¿Cuál será la base reguladora de la prestación?

a) 50 € b) 53,33 € c) 51,66 € d) Ninguna de las anteriores.

5.- ¿Y el importe diario del subsidio?

a) 37,5 € b) 39,99 € c) 38,74 € d) Ninguna de las anteriores.

Las preguntas 6 y 7 contestarlas simultáneamente.

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6.- ¿Quién habrá emitido el parte médico de baja?

a) Los servicios médicos de la empresa, si existen. b) Los médicos del Servicio Público de Salud.

c) Los servicios médicos de la M.A.Z. d) Ninguna de las anteriores es correcta.

7.- ¿Quién controlará el proceso médico?

a) Los servicios médicos de la empresa, si existen. b) Los médicos del Servicio Público de Salud.

c) Los servicios médicos de la M.A.Z. d) Ninguna de las anteriores es correcta.

8.- ¿Tiene la empresa obligaciones formales al tratarse de un accidente de trabajo?

a) Ninguna.

b) Sí, emitir el parte de accidente de trabajo.

c) Sí, emitir el parte de accidente de trabajo, el volante de asistencia sanitaria derivada de accidente de trabajo y, en determinados casos, comunicarlo inmediatamente a la Inspección de Trabajo.

d) Ninguna de las anteriores.

9.- ¿Cuál será el importe del subsidio en el período de vacaciones?

a) El mismo que durante el alta en la empresa.

b) Calculando la base reguladora con mes anterior al inicio de las vacaciones

c) Como en el desempleo. d) Ninguna de las anteriores.

10.- ¿Qué entidad será la responsable del abono a partir de este momento?

a) El INSS. b) El Servicio Público de Empleo Estatal. c) La MAZ d) Ninguna de las anteriores.

Las preguntas 12 y 13 responderlas conjuntamente

11.- ¿Cuál será el importe del subsidio a partir del fin de las vacaciones?

a) En la cuantía del desempleo, sin límites máximo ni mínimo al ser A.T.

b) No variará con el que percibía estando de alta en la empresa.

c) En la cuantía del desempleo, 70 % y 60% de la b.r. con límites.

d) Ninguna de las anteriores.

12.- ¿Y a partir del 3.10.2011?

a) En la cuantía del desempleo, sin límites máximo ni mínimo al ser A.T.

b) No variará con el que percibía estando de alta en la empresa.

c) En la cuantía del 60 % de la base reguladora por desempleo.

d) Ninguna de las anteriores.

13.- El 12.3.2012 ¿Qué sucederá?

a) Que si se considera que no puede ser dado de alta por curación continuaría en situación de I.T.

b) Que el INSS debería analizar si concede la prórroga de 6m. cursa el alta médica o abre expediente de incapacidad permanente.

c) Que, en todo caso, se tramitaría el alta médica aperturándose expediente incapacidad permanente.

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d) Ninguna de las anteriores.

14.- Si el 1.5.2011 hubiera sido dado de alta médica por curación ¿Tendría derecho al desempleo, con los datos que poseemos?

a) Sí, dado que al venir de una incapacidad derivada de A.T. no se exige carencia, se le reconocería por 6 m.

b) Sí, dado que al venir de una incapacidad derivada de A.T. no se exige carencia, se le reconocería por 12 m.

c) No, dado que no alcanza la carencia para ello.

d) Ninguna de las anteriores.

15.- En el hipotético caso que tuviera derecho ¿Habría consumido período de desempleo?

a) Sí, dado que la situación de I.T. consume desempleo. b) Sí.

c) No, dado que es una I.T. derivada de A.T. d) Ninguna de las anteriores.

16.- En el caso que posteriormente hubiera una recaída de este proceso ¿Quién sería responsable del mismo en su aspecto económico?

a) La Mutua que protegiera al trabajador en el momento de la recaída.

b) La MAZ en todo caso y por todo el importe.

c) La MAZ hasta el importe de la b.r. del proceso inicial y la Mutua que protegiera al trabajador en el momento de la recaída por la diferencia hasta el importe del subsidio que se trate.

d) Ninguna de las anteriores.

17.- ¿Y de la asistencia sanitaria?

a) El Servicio Público de Salud. b) La MAZ en todo caso.

c) La MAZ y la Mutua que protegiera al trabajador en el momento de la recaída según la proporción que sea responsable cada una de la prestación económica.

d) La Mutua que protegiera al trabajador en el momento de la recaída.

18.- ¿Tendría límites la asistencia sanitaria y ortoprotésica?

a) Sí, no alcanzaría a la cirugía estética. b) No.

c) Sí, los mismos que si fuera contingencia común. d) Ninguna de las anteriores.

19. ¿Cómo se dispensaría la asistencia farmacéutica?

a) Tendría que abonar el 40 % del costo. b) Tendría que abonar el 30 % del costo.

c) Sería gratuita en caso de internamiento hospitalario. d) Sería gratuita en todo caso.

Si el Sr. Gómez hubiera permanecido 365 días de baja médica.

20.- ¿Qué trámites habría que efectuar?

a) El INSS decidiría si continua en IT o abre expediente de incapacidad permanente.

b) El INSS decidiría si continua en IT o abre expediente de incapacidad permanente o emite el alta médica.

c) La MAZ decidiría si continua en IT o abre expediente de incapacidad permanente o emite el alta médica.

d) Ninguna de las anteriores es correcta.

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21.- ¿Quién los realizaría?

a) De oficio. b) Haría falta petición de parte c) Lo solicitaría la MAZ. d) Ninguna de las anteriores.

22.- Si el INSS propusiera la apertura de un expediente de incapacidad permanente ¿podría el trabajador oponerse a dicha decisión ante la Inspección Médica? ¿En qué plazo?

a) Sí, en 4 días naturales. b) Sí, en 4 días hábiles.

c) Sí, en 5 días hábiles. d) Ninguna de las anteriores.

23.- Si el INSS propusiera una prórroga de 180 días. ¿Quién la abonaría?

a) El SPEE b) La MAZ c) El INSS d) Ninguna de las anteriores

Antonio Gómez, sufre un accidente de trabajo el 12.3.2011, emitiéndose la baja médica el 13.3.2011, La empresa había suscrito la protección de todas las contingencias con la Mutua Mutualismo desde el 1.1.2011. La Mutua, tras la revisión médica oportuna, emite el alta médica el 1.4.2011, al considerar que la lesión producida por el accidente ya ha sido curada y lo que queda es una patología común subyacente, remitiendo al Sr. Gómez al Servicio Público de Salud para que emita, si procede, la correspondiente baja médica por contingencia común.

24.- ¿Podría impugnar el alta médica emitida por la Mutua?

a) Podría presentar reclamación previa frente al acto de la Mutua y posteriormente acudir a la jurisdicción social.

b) Podría impugnar el alta médica ante el INSS.

c) Solo podría impugnar el alta médica ante el INSS

d) Podría presentar la reclamación previa ante la Mutua e impugnar el alta médica ante el INSS

25.- ¿Qué plazo legal tendría caso que pudiera y ejerciera la impugnación ante el INSS?

a) 30 días siguientes a la fecha de emisión del alta. b) 7 días naturales desde la notificación del alta médica.

c) 4 días naturales desde la notificación del alta. d) 7 días hábiles desde la notificación del alta.

26.- En el caso, si se puede, que el interesado haya impugnado el alta médica ante el INSS y éste resolviera que el alta emitida por la Mutua era correcta.

a) Se abonará el subsidio hasta el día de la resolución, sin que pueda presentar disconformidad posteriormente.

b) Se abonarán un máximo de 11 días naturales de subsidio de IT desde la fecha del alta.

c) No se abonará cantidad alguna

d) Se habrá abonado el subsidio durante el trámite, pero luego se reclamará al ser cobro indebido.

CASO PRÁCTICO 7 INCAPACIDAD TEMPORAL 2012-7

El Sr. Álvarez tiene un amigo –Antonio- que es trabajador autónomo, como titular de una concesión de Loterías del Estado, con una base de cotización de 1.500 € para el 2010 y de 1.750 € para el 2011. Tiene cubiertas exclusivamente las contingencias comunes con la Mutua MAZ desde el 1.1.2010. Sufre un accidente en el trabajo el 15.4.2011, cursándose baja médica el mismo día. 1.- ¿Quién extenderá el parte médico de baja? a) Los Servicios Médicos de la MAZ. b) Los Servicios Médicos del Servicio de Salud. c) Es indiferente, en ambos casos se admitirá la validez del parte de baja, dado la premura de tiempo para su emisión.

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d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 2.- ¿Qué período de cotización necesitaría acreditar Antonio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para tener derecho al subsidio de incapacidad temporal? a) De 180 días en los últimos 5 años anteriores al hecho causante. b) No necesita carencia, al tratarse de un accidente de trabajo. c) No necesita carencia, al tratarse de una contingencia profesional d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 3.- ¿Cuál será la base reguladora de la prestación de i.t.? a) 56,45 € b) 58,33 € c) 50 € d) Ninguna es correcta. 4.- Y si el proceso hubiera sido recaída de otro anterior iniciado el 12.1.2011 ¿cuál sería la base reguladora del mismo? a) 50 € b) 56,45 € c) 58,33 € d) Ninguna es correcta. 5.- ¿Qué fecha tendría la efectividad económica del proceso iniciado el 15.4.2011? No considerar que exista recaída a) El 15.4.2011 b) El 16.4.2011 c) El 18.4.2011 d) Ninguna es correcta. Suponiendo que Antonio tuviera cubiertas las contingencias profesionales 6.- ¿Con quién podría suscribir su protección? a) Con la MAZ. b) Con la MAZ o el INSS, a voluntad del trabajador autónomo. c) Exclusivamente con una Mutua de Accidentes de Trabajo a voluntad del trabajador. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 7.- ¿Cuál sería la fecha de efectividad económica del subsidio, si la baja del 15.4.2011, derivara de un accidente sufrido “in itinere”, al dirigirse a su lugar de trabajo? a) El 15.4.2011 b) El 16.4.2011 c) El 18.4.2011 d) Ninguna es correcta 8.- ¿A cuánto ascendería el importe del subsidio, el primer día de efectividad económica? a) 43,75 € b) 35 € c) 58,33 € d) Ninguna es correcta. 9.- ¿Tienen los trabajadores autónomos algún requisito adicional para poder percibir el subsidio de incapacidad temporal, en relación con los trabajadores por cuenta ajena? a) Ninguna, se han equiparado a partir de octubre de 2003. b) Si, la presentación del documento de declaración de actividades y justificar que está al corriente en el pago de sus cuotas. c) Si, el estar al corriente en el pago de las cuotas, dado que la presentación no suspende el abono del subsidio. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 10.- Si el Sr. Antonio estuviera al descubierto en el pago de sus deudas por cotización a la Seguridad Social del R.E.T. Autónomos ¿cómo actuaría el INSS? a) Cursando una invitación al pago. b) Denegando la prestación, invitando al pago. c) Descontando del importe del subsidio las deudas, antes que estas se compensaran. d) Ninguna de las anteriores es completa o correcta. 11.- Y si se pusiera al corriente tras el plazo otorgado por la Entidad correspondiente, ¿Qué consecuencias traería dicho retraso? a) Se aplicaría la retroactividad de 3 meses. b) Se aplicaría la retroactividad de 1 año. c) Se aplicaría el plazo de caducidad de 1 año. d) Ninguna de las anteriores es correcta.

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