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Boletín de novedades fiscales quincenales Tax News Primera Quincena Noviembre 2019 Viqueira, Maidana, Ferruelo y Asociados S.C. Av. Callao 852, piso 8°. Ciudad Autónoma de Buenos Aires +54 (011) 4811 8150 [email protected] http://www.gmaconsultores.com.ar 1 Novedades Nacionales IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ALÍCUOTA CERO PARA PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA. COMPENSACIÓN DE MONTOS COPARTICIPABLES A LAS PROVINCIAS Y CABA DECRETO (Poder Ejecutivo) 752/2019 BO: 01/11/2019 El Poder Ejecutivo Nacional dispone que los efectos fiscales de la aplicación de la alícuota cero en el IVA para determinados productos de la canasta básica, serán compensados a las provincias y CABA con recursos provenientes de Rentas Generales, para que dichas jurisdicciones no vean reducidos los montos coparticipables que les hubieran correspondido si no se hubiera reducido la alícuota del IVA PROCEDIMIENTO FISCAL. CADENA DE PRODUCCIÓN DE CÍTRICOS DE LAS PROVINCIAS DE ENTRE RÍOS, CORRIENTES, MISIONES, JUJUY Y SALTA. SE INSTRUMENTAN REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4623 BO: 01/11/2019 A raíz de haberse declarado mediante la L. 27507- la emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de cítricos de las Provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta, por el Bienvenidos a nuestro Tax News. Esta es una publicación quincenal con la síntesis de aquellas principales novedades en materia impositiva y de los recursos de la seguridad social que pueden revestir interés general. Lo aquí expuesto no implica nuestra opinión profesional sobre los temas tratados. Cualquier consulta al respecto puede ser efectuada a nuestro grupo de profesionales.

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Page 1: Boletín de novedades fiscales quincenales Primera Quincena ... · RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4623 BO: 01/11/2019 A raíz de haberse declarado –mediante

Boletín de novedades fiscales quincenales Tax News Primera Quincena – Noviembre 2019

Viqueira, Maidana, Ferruelo y Asociados S.C. Av. Callao 852, piso 8°. Ciudad Autónoma de Buenos Aires +54 (011) 4811 8150 [email protected] http://www.gmaconsultores.com.ar

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Novedades Nacionales IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ALÍCUOTA CERO PARA PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA. COMPENSACIÓN DE MONTOS COPARTICIPABLES A LAS PROVINCIAS Y CABA DECRETO (Poder Ejecutivo) 752/2019 BO: 01/11/2019 El Poder Ejecutivo Nacional dispone que los efectos fiscales de la aplicación de la alícuota cero en el IVA para determinados productos de la canasta básica, serán compensados a las provincias y CABA con recursos provenientes de Rentas Generales, para que dichas jurisdicciones no vean reducidos los montos coparticipables que les hubieran correspondido si no se hubiera reducido la alícuota del IVA PROCEDIMIENTO FISCAL. CADENA DE PRODUCCIÓN DE CÍTRICOS DE LAS PROVINCIAS DE ENTRE RÍOS, CORRIENTES, MISIONES, JUJUY Y SALTA. SE INSTRUMENTAN REGÍMENES DE FACILIDADES DE PAGO RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4623 BO: 01/11/2019 A raíz de haberse declarado –mediante la L. 27507- la emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de cítricos de las Provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta, por el

Bienvenidos a nuestro

Tax News.

Esta es una publicación

quincenal con la síntesis

de aquellas principales

novedades en materia

impositiva y de los

recursos de la seguridad

social que pueden

revestir interés general.

Lo aquí expuesto no

implica nuestra opinión

profesional sobre los

temas tratados.

Cualquier consulta al

respecto puede ser

efectuada a nuestro

grupo de profesionales.

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término de 365 días, la AFIP establece los requisitos, plazos y condiciones para acceder a los planes de facilidades de pago para la cancelación de obligaciones impositivas -excepto retenciones y percepciones-, de aportes y contribuciones de la Seguridad Social, de trabajadores autónomos y de monotributo a cargo de los actores directos de la cadena de producción de cítricos de las provincias mencionadas. Señalamos que se establece un plan de facilidades de pago especial por deudas vencidas hasta el 20/6/2019 al que se podrá acceder a partir del 1/11/2019, y otro plan general por deudas vencidas entre el 21/6/2019 y el 19/6/2020 al que se podrá acceder a partir del 20/6/2020. En ambos casos se prevé la posibilidad de cancelar las obligaciones adeudadas hasta en 90 cuotas mensuales IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. MICRO O PEQUEÑAS EMPRESAS. SE EXTIENDE EL PLAZO PARA LA CANCELACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON EL SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD DEL IVA RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4625 BO: 01/11/2019 La AFIP extiende hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, la fecha límite para efectuar la solicitud de afectación del saldo de libre disponibilidad del IVA a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO. SE RESTABLECEN EN FORMA PAULATINA, EN LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2019, LOS INCREMENTOS DEL IMPUESTO QUE HABÍAN QUEDADO DIFERIDOS DECRETO (Poder Ejecutivo) 753/2019 BO: 04/11/2019 Se establece que el incremento del impuesto sobre los combustibles aplicable a las naftas y el gasoil, cuya aplicación se encontraba diferida, se aplicará parcialmente en el mes de noviembre de 2019 y en forma plena a partir del 1/12/2019. Por otra parte, el incremento del impuesto al dióxido de carbono aplicable a las naftas y el gasoil, cuya aplicación se encontraba diferida, se debe aplicar en forma plena a partir del 1/11/2019.

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PROCEDIMIENTO FISCAL. SE IMPLEMENTA EL “REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO - PADRÓN FEDERAL” RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4624 BO: 04/11/2019 Se establece la implementación del “Registro Único Tributario – Padrón Federal” a través del cual se podrán consultar, administrar altas, bajas y modificaciones y emitir constancias de inscripción unificada de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales, que adhieran al mismo mediante convenios o normas particulares. REGÍMENES ESPECIALES. DEUDA PÚBLICA. LETRAS DEL TESORO EN PESOS CON VENCIMIENTO 30/4/2020 Y LETRAS DEL TESORO EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES CON VENCIMIENTO 30/4/2020 RESOLUCIÓN CONJUNTA (Sec. Hacienda - Sec. Finanzas) 72/2019 BO: 05/11/2019 Las “Letras del Tesoro en pesos con vencimiento 30/4/2020”, a ser suscriptas a la par por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, y las “Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 30/4/2020”, a ser suscriptas por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, gozan de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones en la materia. Recordamos que la ley de reforma tributaria -L. 27430-, al incorporar el artículo 90.1 (impuesto cedular) en la ley del impuesto a las ganancias, grava con dicho impuesto la generación de renta financiera para las personas humanas. REGÍMENES ESPECIALES. DEUDA PÚBLICA. LETRAS DEL TESORO EN PESOS CON VENCIMIENTO EL 5/5/2020 RESOLUCIÓN CONJUNTA (Sec. Hacienda - Sec. Finanzas) 73/2019 BO: 07/11/2019 Las “Letras del Tesoro en pesos con vencimiento el 5/5/2020" gozan de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones en la materia.

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Recordamos que la ley de reforma tributaria -L. 27430-, al incorporar el artículo 90.1 (impuesto cedular) en la ley del impuesto a las ganancias, grava con dicho impuesto la generación de renta financiera para las personas humanas. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SOCIEDADES, EMPRESAS UNIPERSONALES, FIDEICOMISOS Y OTROS QUE PRACTIQUEN BALANCE COMERCIAL. SE DEJA EFECTO LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL “INFORME PARA FINES FISCALES” RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4626 BO: 07/11/2019 Se unifica en un solo cuerpo normativo la normativa aplicable para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias por parte de sociedades, empresas unipersonales, comisionistas, rematadores, consignatarios y demás auxiliares de comercio, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial. Señalamos que se deja sin efecto la obligación de presentar el “Informe para Fines Fiscales”. Las presentes disposiciones serán de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 7/11/2019. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PROCEDIMIENTO FISCAL.FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. SE INTRODUCEN MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FACTURAS CLASE “M” RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4627 BO: 07/11/2019 Se introducen modificaciones al régimen de emisión de comprobantes clase “M” y al régimen de retención y de información, que resultan de aplicación a partir del 11/11/2019. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. DETERMINACIÓN E INGRESO DEL GRAVAMEN. SE APRUEBA EL RELEASE 1 DEL PROGRAMA APLICATIVO "IVA - VERSIÓN 5.4" RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4629

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BO: 13/11/2019 Se aprueba el reléase 1 del programa aplicativo "IVA - Versión 5.4" con motivo de adecuar el mismo para la confección de las declaraciones juradas del gravamen por aplicación de la alícuota cero % -D.567/2019-. Asimismo se replican dichas adecuaciones al formulario "F2002 IVA por Actividad" del servicio "Mis Aplicaciones WEB". Por último, señalamos que al momento del envío del presente E-report aún no se encuentra disponible el nuevo relese en la página de la AFIP. PROCEDIMIENTO FISCAL. SE EXTIENDE HASTA EL 30/11/2019 LA SUSPENSIÓN DE LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4630 BO: 13/11/2019 Se extiende hasta el 30/11/2019 la suspensión de la traba de medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas. Señalamos que la traba de medidas cautelares que fueron afectadas por la suspensión y deban realizarse a partir del 1/12/2019 serán realizadas en forma progresiva entre los meses de diciembre de 2019 y marzo de 2020. REGÍMENES ESPECIALES. ZONA FRANCA DE LA CIUDAD DE LA QUIACA, PROVINCIA DE JUJUY. AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR OPERACIONES AL POR MENOR DECRETO (Poder Ejecutivo) 773/2019 BO: 15/11/2019 Se autoriza a realizar operaciones de venta al por menor de vehículos automotores en la Zona Franca de la Ciudad de La Quiaca, Provincia de Jujuy.

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Novedades Provinciales

Buenos Aires (Ciudad) BUENOS AIRES. ADECUACIÓN DEL LISTADO DE ALÍCUOTAS DEL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS BRUTOS SOBRE ACREDITACIONES BANCARIAS RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) 36/2019 BO (Buenos Aires): 07/11/2019 Se reemplaza el listado de alícuotas del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias aplicables sobre los contribuyentes locales y sobre los sujetos a las normas del Convenio Multilateral -DN (DPR Bs. As.) “B” 79/2004-, a los fines de adecuar las mismas a la ley impositiva del año 2019 -L. (Bs. As.) 15079-. BUENOS AIRES (CIUDAD). CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 RESOLUCIÓN (Min. Economía y Finanzas Buenos Aires (Ciudad)) 4651/2019 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 12/11/2019 El Ministerio de Economía y Finanzas establece las fechas de los vencimientos correspondientes al ejercicio fiscal 2020 para todos los tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Chaco CHACO. SE INCORPORAN SERVICIOS AL SISTEMA DE DECLARACIÓN JURADA WEB DEL IMPUESTO DE SELLOS RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Tributaria Provincial Chaco) 2004/2019 BO: - Se incorporan servicios al sistema de declaración jurada y autoliquidación del impuesto de sellos, a través de la Web.

Córdoba

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CÓRDOBA. USUARIOS GENERADORES BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA: NO DEBERÁN INSCRIBIRSE COMO CONTRIBUYENTES DE INGRESOS BRUTOS RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Cba.) 52/2019 BO (Córdoba): 04/11/2019 Se establece que no se deberán inscribir como contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos los usuarios-generadores residenciales con certificado y contrato de suministro de energía eléctrica, siempre que desarrollen exclusivamente la actividad de inyección de energía distribuida y sus ingresos estén exentos del impuesto. CÓRDOBA. REDUCCIÓN DE MULTAS POR DEUDAS EN INSTANCIA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA QUE SE REGULARICEN MEDIANTE EL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE DECRETO (Poder Ejecutivo Cba.) 1289/2019 BO (Córdoba): 14/11/2019 Se establece que los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas en instancia contencioso-administrativa mediante el régimen de facilidades de pago permanente -D. (Cba.) 1738/2016- gozarán adicionalmente del beneficio de reducción de las multas por omisión o defraudación, no firmes, a su mínimo legal.

CÓRDOBA. RÉGIMEN ESPECIAL DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS SOBRE DETERMINADAS OPERACIONES FINANCIERAS DECRETO (Poder Ejecutivo Cba.) 1290/2019 BO (Córdoba): 14/11/2019

Se crea un régimen especial de retención del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos ingresos provenientes de la colocación de capital de valores, dividendos y utilidades asimilables, y operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones, y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-.

Entre Ríos

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ENTRE RÍOS. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPUTACIÓN DE PAGOS INDEBIDOS O EXCESIVOS RESOLUCIÓN (Administradora Tributaria Entre Ríos) 531/2019 BO:- Se aprueba un procedimiento para la imputación de pagos erróneos respeto de los impuestos sobre los ingresos brutos, a los automotores e inmobiliario.

Formosa FORMOSA. CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA: ADOPCIÓN DEL “ALIAS CBU” RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Formosa) 54/2019 BO: - Se establece que, a partir del 1/11/2019, los contribuyentes y agentes de recaudación provinciales, a los fines de cancelar sus obligaciones tributarias a través de transferencia bancaria, deberán utilizar el “Alias CBU” de las distintas cuentas que posee la Dirección General de Rentas de la Provincia de Formosa.

Misiones MISIONES. RESOLUCIÓN (FACPCE) 553/2019. MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN (FACPCE) 539/2018, ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL AJUSTE POR INFLACIÓN. SU ADOPCIÓN RESOLUCIÓN (Consejo Profesional de Ciencias Económicas Misiones) 490/2019 BO: - Se incorpora una bonificación del 26% a la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para los servicios médicos, odontológicos, psicológicos, etc.; y se aprueba el texto ordenado de la resolución general (DGR Misiones) 3/2018.

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MISIONES. AMPLIACIÓN DEL ALCANCE DEL RÉGIMEN ESPECIAL Y TRANSITORIO DE REGULARIZACIÓN DE TRIBUTOS PROVINCIALES, QUE RESULTARÁ APLICABLE A LAS DEUDAS DEVENGADAS AL 30/9/2019 RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Misiones) 42/2019 BO (Misiones): 11/11/2019 Se amplía el alcance del régimen especial y transitorio de regularización de tributos provinciales -RG (DGR Misiones) 33/2015-, que resultará aplicable a las deudas devengadas al 30/9/2019.

Neuquén NEUQUÉN. EXENCIÓN EN INGRESOS BRUTOS Y SELLOS PARA LA VENTA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS O ALTERNATIVOS EN COMISIÓN LEY (Poder Legislativo Neuquén) 3212 BO (Neuquén): 08/11/2019 Se establece que están exentas del impuesto sobre los ingresos brutos las ventas en comisión de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos no clasificados en otra parte, nuevos o usados, siempre que se trate de vehículos eléctricos o alternativos. Asimismo, la inscripción de los citados vehículos estará exenta del impuesto de sellos.

Rio Negro RÍO NEGRO. PLAN DE FACILIDADES DE PAGO ESPECIAL PARA ENTES PÚBLICOS POR DEUDAS COMO AGENTES DE RETENCIÓN DE INGRESOS BRUTOS RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 1242/2019 BO (Río Negro): 07/11/2019 Se establece un plan especial de facilidades de pago al que podrán adherir el Estado Nacional, los Estados Provinciales, los Municipios, entes, sociedades del Estado y empresas con participación estatal mayoritaria dedicadas a la prestación de servicios públicos radicados en la Provincia de Río Negro, por deudas que mantengan como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos.

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RÍO NEGRO. LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS, EXCEPTO MONOTRIBUTISTAS SOCIALES, CUANDO SOLICITEN PLANES DE PAGO, DEBERÁN HACERLO A TRAVÉS DE LA WEB RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 1243/2019 BO: - Se establece que los contribuyentes que estén activos en el impuesto sobre los ingresos brutos, excepto monotributistas sociales, cuando soliciten planes de pago, deberán hacerlo a través de la Web.

Santa Cruz SANTA CRUZ. PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS DE TRIBUTOS PROVINCIALES CON REMISIÓN DE INTERESES Y CONDONACIÓN DE MULTAS MATERIALES RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos Santa Cruz) 301/2019 BO (Santa Cruz): 05/11/2019 Se prorroga, hasta el 29/11/2019, el plazo para adherirse al régimen de regularización de deudas de contribuyentes y/o responsables, exteriorizadas o no, con remisión de intereses y condonación de multas, de todos los tributos cuya percepción se encuentre a cargo de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, vencidas al 30/4/2019 -RG (ASIP Santa Cruz) 158/2019-.

Santa Fe SANTA FE. LA API CONSTITUYE DOMICILIO LEGAL A PARTIR DEL 11/11/2019 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 25/2019 BO:- A partir del 11/11/2019, la Administración Provincial de Impuestos constituye su domicilio legal en la calle Ituzaingó 1258 de la Ciudad de Santa Fe.

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Santiago del Estero SANTIAGO DEL ESTERO. GUÍAS ELECTRÓNICAS DE PRODUCTOS PRIMARIOS EN TRÁNSITO: PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS EMITIDAS MANUALMENTE RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Santiago del Estero) 50/2019 BO (Santiago del Estero): 04/11/2019 Se prorroga, hasta el 15/11/2019, la fecha hasta la que serán válidas las guías de productos primarios en tránsito emitidas manualmente. Recordamos que con posterioridad a dicha fecha solo serán válidas las emitidas electrónicamente –RG (DGR Sgo. del Estero) 29/2019-.

Tucumán TUCUMÁN. DESIGNACIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OBTENIDO INGRESOS SUPERIORES A $ 60.000.000 RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 106/2019 BO (Tucumán): 07/11/2019 Se designa como agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos a aquellos contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario 2018 ingresos superiores a $ 60.000.000 (gravados, no gravados y exentos), provenientes de todas las actividades y en todas las jurisdicciones.

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