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BIBLIOTECA DE RECURSOS

INSTITUTO EUROPEO DE ASESORÍA FISCAL

w w w . i n e a f . e s

Descargado desde la Biblioteca de Recursos de INEAF

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Subdirección General de Inscripción, Afiliación y Recaudación en Período Voluntario

1

Junio 2013

MANUAL DE USUARIO

COTIZACION

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Subdirección General de Inscripción, Afiliación y Recaudación en Período Voluntario

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ÍNDICE

1 RED DIRECTO .......................................................................................................................... 3

1.1 DESCRIPCIÓN ..................................................................................................................................................... 3 1.2 CONDICIONES DE ADHESIÓN .............................................................................................................................. 3 1.3 VENTAJAS ........................................................................................................................................................... 3

2 ACCIONES PERMITIDAS EN RED DIRECTO ...................................................................................... 5

3 ACCESO AL SERVICIO. .............................................................................................................. 9

4 SERVICIOS RED DIRECTO: COTIZACIÓN ..................................................................................... 11

5 CONFECCIÓN DEL TC2 ........................................................................................................... 14

5.1 LIQUIDACIONES NORMALES L00........................................................................................................................ 14 5.2 CONFECCIÓN DE LIQUIDACIONES COMPLEMENTARIAS, L02, L03, L09 Y L13................................................... 32

6 CONSULTA E IMPRESIÓN DE DUPLICADOS .................................................................................... 40

7 RECIBOS DE LIQUIDACIÓN PARA SU INGRESO FUERA DE PLAZO O SOLICITUD RECIBO CUOTA EMPRESARIAL.

42

7.1 RECIBO DE CUOTAS PENDIENTES. ...................................................................................................................... 42 7.2 RECIBO DE CUOTA EMPRESARIAL. ..................................................................................................................... 42

8 CAMBIO DE MODALIDAD DE PAGO O DATOS BANCARIOS ............................................................ 46

9 ANULACIÓN DE DOCUMENTO TC2 DEL PERÍODO ACTUAL ............................................................. 48

10 SOLICITUD DEL RECIBO DE LIQUIDACIÓN DE CUOTA A CARGO DE LOS TRABAJADORES ....................... 50

11 GESTIÓN DE DEUDA ................................................................................................................ 54

11.1 SOLICITUD DE CERTIFICADO DE SITUACIÓN DE COTIZACIÓN ............................................................................. 54 11.2 AUTORIZACIÓN CERTIFICADO ART. 42 EST. TRAB .............................................................................................. 57 11.3 RELACIÓN DE TRABAJADORES ASOCIADOS A DOCUMENTOS DE DEUDA ............................................................ 59 11.4 DOCUMENTOS DE DEUDA: CONSULTA, INFORME Y SOLICITUD DE DOCUMENTO DE INGRESO ........................... 61

12 BUZÓN PERSONAL .................................................................................................................. 63

13 CAMBIO DE CONTRASEÑA DEL CERTIFICADO SILCON .................................................................. 65

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1 RED Directo

1.1 Descripción

RED Directo es una nueva modalidad de transmisión dentro del Sistema RED orientada a la

pequeña y mediana empresa y a usuarios no avanzados en conocimiento informático que

facilita la transmisión de documentos a través de Internet en tiempo real.

El fin de RED Directo es eliminar el circuito de papel entre la Tesorería General de la Seguridad

Social (en adelante TGSS) y las empresas y profesionales colegiados (en adelante usuarios),

mejorando la gestión y evitando los desplazamientos a las oficinas y administraciones.

Este servicio abarca los ámbitos de Cotización, Afiliación, y transmisión de partes de baja

médica, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

1.2 Condiciones de Adhesión

Podrán acogerse a RED Directo aquellas empresas, agrupaciones de empresas, profesionales

colegiados y demás personas que en el ejercicio de su actividad cumplimenten y presenten

documentos de cotización en representación de los sujetos responsables de la obligación de cotizar, siempre que gestionen CCCs con un número no superior a 15 trabajadores en el

momento de solicitar la autorización.

Un mismo usuario podría disponer de los 2 tipos de autorización: Sistema RED y RED Directo.

Si el número de trabajadores asignados a un CCC de una autorización RED Directo

aumenta a lo largo de la vida del CCC, se podrá seguir utilizando esta modalidad de transmisión hasta un máximo de 25 trabajadores.

1.3 Ventajas

Medio de transmisión moderno y adaptado a uso general.

Reducción en los costes de comunicación.

Conexión Directa con la TGSS para llevar a cabo los trámites de afiliación, cotización y

partes IT.

Mínima infraestructura: sólo se necesita un PC con conexión a Internet.

Herramienta sencilla: no requiere especiales conocimientos, ni informáticos ni en materia de

Seguridad Social.

Al usuario se le ofrece un formulario digital, sencillo y dinámico, que no permite

equivocaciones y que simplifica el cumplimiento de su obligación de cotizar respecto a la

Seguridad Social.

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RED Directo (Remisión Electrónica de Documentos) es un sistema de intercambio de datos

entre empresas, profesionales y la Tesorería General de la Seguridad Social, empleando

como medio telemático Internet.

Los ámbitos de trabajo que abarca son:

Cotización

Afiliación/Inscripción

Parte de alta, baja y confirmación médica del Instituto Nacional de la Seguridad

Social (INSS)

RED DIRECTO

RED DIRECTO

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2 Acciones permitidas en RED Directo

Cotización

Cumplimentación y presentación de las Relaciones Nominales de Trabajadores, para liquidaciones normales L00 y complementarias L02, L03, L09 y L13.

Obtener el Recibo de Liquidación de Cotizaciones calculado por la TGSS para su ingreso a través de las modalidades de Cargo en Cuenta o de Pago Electrónico.

Confeccionar borradores de los TC2 y del Recibo de Liquidación.

Cambiar la modalidad de pago elegida o los datos de la cuenta bancaria.

Consultar documentos de cotización presentados anteriormente e imprimir duplicados de los mismos.

Obtener Recibos de Liquidación de Cotizaciones de meses anteriores para su ingreso con recargo, siempre que la liquidación se haya presentado en plazo reglamentario.

Solicitar a través del Sistema desglose de cuota de los trabajadores y cuota empresarial.

Obtención de documentos de ingreso de deuda.

Solicitud de Certificado de Situación de Cotización.

Afiliación /Inscripción

Cumplimentar y presentar los documentos de afiliación relativos a altas, bajas y variación de datos de trabajadores.

Obtener duplicados de las Resoluciones de Altas y Bajas de trabajadores.

Consultar datos de trabajadores de la empresa.

Alta y baja en el Régimen especial de trabajadores Autónomos.

Inscripción de CCC de Empresario individual.

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Acciones permitidas en RED Directo

Cumplimentar y presentar los documentos de afiliación relativos a altas, bajas y variación de datos de trabajadores.

Obtener duplicados de las Resoluciones de Altas y Bajas de trabajadores.

Consultar datos de trabajadores de la empresa.

Alta y baja de Autónomos.

Inscripción de CCC de Empresario individual.

Cumplimentación y presentación de Relaciones Nominales de Trabajadores.

Obtener el Recibo de Liquidación de Cotizaciones para su ingreso a través de las Modalidades de Pago.

Cambiar la modalidad de pago elegida o los datos de la cuenta bancaria.

Consultar documentos de cotización presentados anteriormente e imprimir duplicados de los mismos.

Obtener Recibos de Liquidación de Cotizaciones de cuotas pendientes para su

ingreso con o sin recargo, según corresponda, siempre que la liquidación se haya presentado en plazo reglamentario.

Obtención de documentos de ingreso de deuda.

Posibilidad de desglosar cuota correspondiente al trabajador y cuota empresarial.

Presentación de liquidaciones complementarias, L02, L03, L09 y L13.

Solicitud de Certificado de Situación de Cotización.

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Presentación de partes médicos de Incapacidad Temporal

En este ámbito los servicios que ofrece RED Directo son los mismos que brinda actualmente

el Sistema RED en su modalidad online.

Petición de informes

Con RED Directo, al igual que sucede con el Sistema RED, se podrán obtener en tiempo real

diversos informes con datos de la empresa y sus trabajadores.

Consulta de mensajes

Permitirá a los usuarios efectuar consultas online de los mensajes emitidos por la TGSS,

pudiendo imprimirlos en formato PDF. Estos mensajes se almacenarán en el buzón personal

que la Tesorería pone a disposición del usuario.

Gestión de autorizaciones.

Esta opción permite consultar los CCCs asignados a la autorización, y también es posible

consultar la información de los usuarios secundarios, y dar de alta, baja o modificar datos de

los usuarios secundarios asociados a la misma. Para más información sobre este servicio de

“Gestión de Autorizaciones” consultar el “Manual de Gestión de Autorizaciones” disponible

en la página Web de la Seguridad Social (www.seg-social.es), en el apartado “Sistema

RED”, “RED Directo”, “Documentación RED Directo”, “Manuales de Usuario”.

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Acciones permitidas en RED Directo

Asignar, Rescindir y consultar los CCCs asociados a la autorización. Y dar

de alta, baja o modificar a usuarios secundarios de la autorización o

consultar sus datos.

Consulta e impresión en formato PDF de los mensajes almacenados en

el buzón personal que la TGSS pone a disposición de los usuarios.

Presentación de alta, baja y confirmación por Incapacidad

Temporal.

Anulación de partes médicos.

Consulta de partes.

Emisión de duplicados.

Con RED Directo, al igual que sucede con el Sistema RED, se podrán obtener

en tiempo real diversos informes con datos de la empresa y sus trabajadores.

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3 Acceso al servicio.

El acceso a RED Directo se realiza desde la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es),

en la opción “Acceso Sistema RED online”, disponible en la sección “A un clic” situado en la parte derecha de la pantalla.

Hecho esto se muestra la ventana de autentificación, en la que el usuario debe validarse

introduciendo su certificado SILCON y la contraseña:

Para introducir el certificado SILCON (fichero .epf) se debe pulsar “explorar” y seleccionar el

certificado en la ruta en la que se encuentre guardado. Si se desea que esta ruta quede memorizada para posteriores accesos se debe marcar la casilla “recordar usuario”.

Una vez que se ha seleccionado el certificado será necesario introducir la contraseña para

poder acceder al sistema. La contraseña facilitada inicialmente por la TGSS puede ser

modificada desde la opción “Gestión de certificados”, disponible una vez que se ha accedido al sistema.

Al pulsar el botón “Aceptar” se autenticará al usuario. Si tanto el certificado SILCON como la

contraseña son válidos aparecerá la primera pantalla dando la bienvenida al usuario y mostrando un menú con todas las opciones disponibles.

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Para acceder a RED Directo el usuario debe conectarse a Internet y acceder a través de la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) a la opción

“Acceso Sistema RED online” del área de “A un clic”.

A continuación debe introducir el certificado SILCON (fichero .epf) y su contraseña,

y pulsar al botón “Aceptar”.

Si los datos son correctos se accederá a un menú en el que se deberá seleccionar

la acción que se desee realizar.

Acceso al servicio

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4 Servicios RED Directo: Cotización

Para acceder al módulo de cotización, hay que seleccionar la opción “Cotización Online” dentro de “Servicios R.E.D.”, se mostrarán dos menús “Cotización RED Directo” y “Gestión de Deuda”.

En la opción, “Cotización RED Directo” se mostrará un menú con a su vez otros dos menús:

El primer menú “Cotización RED Directo” con las siguientes opciones:

Confección del TC2: Permite confeccionar la relación nominal de trabajadores para los

CCCs gestionados por el usuario.

Este servicio estará operativo todos los días del periodo recaudatorio, cerrándose el último día del plazo de recaudación a las 20:00 horas (hora peninsular).

Consulta e impresión de Duplicados: Permite consultar documentos consolidados y generar

duplicados tanto del recibo de Liquidación de Cotizaciones, como de la relación nominal de trabajadores (TC2).

Recibos de Liquidación para su Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud de Cuota Empresarial:

Obtención de recibos de cuotas pendientes y obtención del recibo de Cuota empresarial.

Cambio de Datos Bancarios o Modo de Pago: Permite modificar los datos bancarios

asociados o el modo de pago seleccionado para los CCCs gestionados por el usuario.

Este servicio estará operativo hasta las 24:00 horas del día 20 del periodo de presentación (hora peninsular), fecha del cierre de la modalidad de pago Cargo en Cuenta.

Anulación del Documento TC2 del Período Actual: Permite la anulación de los documentos

consolidados.

Este servicio estará operativo todos los días del periodo recaudatorio, cerrándose el último día del plazo de recaudación a las 20:00 horas (hora peninsular).

En el caso de que se haya elegido el ingreso por Cargo en Cuenta, la anulación de

documentos sólo será posible hasta las 24:00 horas del día 20 del mes de presentación (hora peninsular), fecha en la que se cierra esta modalidad de pago.

Solicitud de recibo de liquidación de cuota a cargo trabajadores: El usuario podrá solicitar el

desglose de la cuota correspondiente al trabajador y la cuota empresarial a través del Sistema.

El segundo menú “Régimen Especial para trabajadores Autónomos” con la siguiente opción:

Solicitud de cambio de domiciliación bancario (RETA): Permite para un autónomo cambiar

su domiciliación bancaria.

En la opción, “Gestión de deuda” se mostrará un menú con las siguientes opciones relativas a

deudas de cotización:

Solicitud del Certificado del Certificado de Situación de Cotización: Se obtiene un

certificado que informa si la empresa está al corriente de sus obligaciones de pago con la

Seguridad Social.

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Autorización Certificado Art. 42 Est. Trab: Permite a una empresa subcontratada autorizar a

la empresa que contrata a que pueda solicitar directamente un Certificado de Situación de Cotización (Art. 42 Est. Trab.) de la empresa subcontratada.

Relación de Trabajadores Asociados a Documentos de Deuda: Permite obtener información

adicional de determinados documentos de deuda.

Documentos de Deuda: Consulta, Informe y Solicitud de Documento de Ingreso: Permite

consulta y solicitar documentos para el ingreso de deudas.

En los siguientes apartados del manual se explicará con mayor detalle el uso y funcionalidades de cada una de las opciones de este menú.

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Seleccionando la opción “Cotización RED Directo” se mostrará un menú con las opciones:

Cotización RED Directo.

Confección del TC2: Confección de la relación nominal de trabajadores.

Consulta e Impresión de duplicados: Generación de duplicados del Recibo de

Liquidación y la relación nominal de trabajadores. Recibos de Liquidación para su Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota

Empresarial: Obtención de recibos de cuotas pendientes, recibos de cuota

empresarial. Cambio Datos Bancarios o Modo de Pago: cambio de la modalidad de pago

seleccionada. Anulación del documento TC2 del Período Actual: Anulación de documentos

consolidados Solicitud de Recibos de Liquidación Cuota a Cargo de los Trabajadores: Solicitud del

desglose del Recibo en Cuota trabajador y Cuota empresarial. Régimen especial de Trabajadores Autónomos.

Solicitud de cambio de domiciliación bancario (RETA): Solicitud de cambio de

domiciliación bancaria para un Autónomo.

Servicios RED Directo: Cotización

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5 Confección del TC2

Permite confeccionar la Relación Nominal de trabajadores de un CCC. Actualmente se permite la elaboración de Liquidaciones normales L00 y Liquidaciones complementarias L02, L03, L09 y L13.

5.1 Liquidaciones normales L00

Para confeccionar el TC2 debemos introducir, en primer lugar los datos que identifican el TC2:

Código de Cuenta de Cotización

Régimen de la Seguridad Social

Periodo de liquidación

Tipo de Liquidación L00.

Una vez introducidos los datos se pulsa el botón “Aceptar”.

En la siguiente ventana se muestra la totalidad de trabajadores en alta en el CCC seleccionado en

el período de liquidación indicado. Debajo de la relación de trabajadores, se muestran los

siguientes botones.

“Incluir situaciones especiales”: Permite incluir las situaciones especiales al trabajador de la

lista seleccionado, (incapacidad temporal, maternidad, etc...). Este botón no está

disponible para los CCCs del Sistema Especial Agrario, puesto que para este régimen las situaciones especiales de los trabajadores se recuperan automáticamente de afiliación.

“Incluir otros datos”: Permite introducir las bases de cotización (Base de Contingencias

Comunes y base de Accidentes de Trabajo) del trabajador seleccionado en la lista. Se

utilizará esta opción cuando las bases de cotización de Contingencias Comunes y AT/EP

tengan distinto importe, o bien cuando sea necesario añadir otra información como horas

extraordinarias, horas complementarias, modalidad de salario... (independientemente de que las bases sean o no del mismo importe).

“Introducir/modificar base COMÚN de cotización/horas”: Permite introducir la base de

cotización de Contingencias Comunes y de AT/EP de los trabajadores seleccionados de la

lista, siempre que ambas bases sean iguales. Se utilizará esta opción cuando ambas bases

sean la misma y no se tengan que introducir otros datos adicionales. Es un método más

rápido que el anterior pues permite introducir las bases de más de un trabajador de forma simultánea.

“Borrar base COMÚN de cotización/horas”: Permite borrar la base común de cotización que

ha sido introducida previamente.

“Consulta de Afiliado”: Permite consultar las características de cotización que figuran en el

Fichero General de Afiliación de uno de los trabajadores seleccionados en la lista, tales

como fechas de alta en el período de liquidación, grupo de cotización al que pertenece, tipo de contrato, CNAE y peculiaridades de cotización.

A continuación se detallan las utilidades de cada una de estas funcionalidades y su visualización en pantalla, de manera más detallada.

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Para confeccionar la relación nominal se debe, en primer lugar, introducir los datos

identificativos del TC2 (Régimen, periodo de liquidación y tipo de liquidación L00).

En la primera pantalla de confección del TC2 se muestra a los trabajadores que han estado

de alta en el CCC durante el periodo de liquidación seleccionado.

Para introducir los datos de los trabajadores se usarán los botones situados en la parte

inferior de la pantalla.

NOTA: Para los CCCs del Sistema Especial Agrario no está disponible el botón de Incluir

Situaciones Especiales, pues éstas son recuperadas automáticamente por el sistema.

Confección del TC2 (L00)

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5.1.1 Introducir/modificar base común de cotización/horas.

En el caso de que las Bases de Cotización por Contingencias Comunes y por Accidente de Trabajo

y Enfermedad Profesional sean las mismas para un trabajador determinado ambas pueden ser

introducidas al mismo tiempo.

Para ello, en primer lugar, se debe seleccionar a aquellos trabajadores para los que se de esta

circunstancia en la tabla de confección del TC2, tal y como se muestra en la página siguiente, y pulsar el botón “Introducir/modificar base COMÚN de cotización/horas”.

En la siguiente ventana se mostrará a todos los trabajadores que previamente han sido seleccionados. Se debe introducir la base correspondiente a cada uno de ellos en el campo “Base

COMÚN de cotización”. En el caso de los trabajadores a tiempo parcial se deberá notificar,

además, el número de horas mensuales cotizadas.

Finalizado este proceso se debe pulsar el botón “Continuar” y comprobar que las bases han

quedado registradas en la tabla de trabajadores.

En caso de que se desee modificar alguna base introducida anteriormente se debe seleccionar al

trabador/es y repetir el proceso con las nuevas bases.

Nota: Para los C.C.C.s del Régimen del Mar 0812, 0822, 0813, 0823 y 0814, al tener los trabajadores

bases fijas, serán calculadas automáticamente por el sistema y no será necesario que el usuario las

incluya.

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Los pasos a seguir para introducir bases de cotizaciones en los casos en los que la base de Contingencias Comunes y AT/EP sean iguales son:

Seleccionar en la tabla de trabajadores aquellos cuya base desee incluirse.

Pulsar el botón “Introducir/modificar base común de cotización/horas”.

Introducir la base de cotización correspondiente para cada trabajador

seleccionado y pulsar “Continuar”. Las bases quedarán registradas en la tabla.

Confección del TC2: Bases de CC y AT/EP iguales

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5.1.2 “Incluir otros datos”.

Para introducir las Bases de Contingencias Comunes y AT/EP de un mismo trabajador de un modo independiente, por ser estas diferentes, se debe utilizar la opción “Incluir Otros Datos”. Este se

utilizará también para introducir otro tipo de datos como las compensaciones por Incapacidad

Temporal.

En la tabla con los datos de los trabajadores se debe seleccionar a aquel cuyas bases quieran ser

incluidas. Hay que tener en cuenta que los trabajadores a los que se les vaya a introducir las bases

deben ser seleccionados uno a uno, a diferencia con los casos en que las Bases de CC y AT/EP son

idénticas, donde si era posible seleccionar a varios trabajadores a la vez para incluir los importes.

Tras seleccionar el trabajador, hay que pulsar el botón “Incluir Otros Datos”.

En la siguiente ventana, se debe introducir la base de cotización por Contingencias Comunes, base

de AT/EP y Bases de cotización de Horas Extraordinarias, correspondientes al trabajador

seleccionado.

Una vez finalizado el proceso se debe pulsar el botón “Aceptar”. En este caso, la base no se

contempla en la tabla de trabajadores de la empresa, pues en la columna “Base Común de

Cotización” sólo aparecen las bases que se hayan introducido con el botón “Introducir/modificar

Base COMÚN de cotización/horas”. Cuando se hayan introducido las bases de cotización

mediante el botón “Incluir otros datos”, en la columna “Otros Datos” figurará el valor SI.

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La introducción de Bases de CC y AT/EP diferentes se realiza mediante la opción “Incluir Otros Datos”. Los pasos a seguir son los siguientes:

Hay que seleccionar el trabajador en la tabla de trabajadores de la empresa y

pulsar “Incluir otros datos”. La introducción de las bases se debe realizar trabajador

a trabajador. Una vez introducidas las Bases de Cotización correspondientes se debe pulsar el

botón “Aceptar” para confirmar las bases.

En la tabla de trabajadores de la empresa no quedará contemplada la base de cotización introducida. Si las bases han sido introducidas de esta forma figurará “Sí”

en la columna “Otros datos”.

Confeccionar TC2: Introducir Bases de CC y AT/EP Diferentes

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5.1.3 Borrar Bases de Cotización de los Trabajadores

El procedimiento a seguir para borrar Bases de Cotización de los trabajadores variará en función de

si se trata de bases de Contingencias Comunes y AT/EP iguales o diferentes:

Borrar Bases de CC y AT/EP iguales

Los pasos a seguir son:

Hay que seleccionar, en la tabla de datos de los trabajadores, aquellos cuyas bases deben ser eliminadas. Pueden ser eliminadas las bases de varios trabajadores a la vez.

Una vez seleccionados los trabajadores se debe pulsar el botón “Borrar base COMÚN de

cotización/horas”.

Si las bases han sido eliminadas correctamente desaparecerán de la tabla de datos de los trabajadores.

Borrar Bases de CC y AT/EP diferentes

Los pasos a seguir son:

Se selecciona al trabajador cuyas bases quieren ser eliminadas. En este caso las bases deben eliminarse trabajador a trabajador.

Una vez se ha seleccionado el trabajador debe pulsarse el botón “Incluir Otros Datos”.

Hecho esto se mostrarán las bases de cotización correspondientes a dicho trabajador. Para eliminarlas debe pulsarse el botón “Borrar”, situado en la parte inferior de la pantalla.

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Si se desea borrar Bases de Cotización de CC y AT/EP iguales se seleccionan los

trabajadores en la tabla y se pulsa el botón “Borrar base COMÚN de

cotización/horas”.

Para borrar bases de CC y AT/EP diferentes se debe seleccionar el trabajador en la

tabla y pulsar el botón “Incluir Otros Datos”. En la parte inferior de la pantalla en la

que se muestran las bases se encuentra el botón que realiza el borrado.

BBBOOORRRRRRAAARRR BBBAAASSSEEE CCCOOOMMMUUUNNN

BBBOOORRRRRRAAARRR BBBAAASSSEEESSS DDDIIISSSTTTIIINNNTTTAAASSS

Confección del TC2: Borrar Bases de Cotización de los trabajadores

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5.1.4 Introducción de Situaciones Especiales (IT, Maternidad…)

Esta funcionalidad no está disponible para CCCs del Sistema Especial Agrario, pues para este

régimen las situaciones especiales de los trabajadores son recuperadas por el sistema directamente

desde afiliación. Para más información en relación con Situaciones Especiales en el SEA, consultar el

apartado 5.1.5.

Para el resto de regímenes, en el caso en que un trabajador presente alguna situación especial, tal

como incapacidad temporal, maternidad, etc... esta situación debe ser informada antes de

introducir las bases de cotización correspondientes a dicho periodo.

Los pasos a seguir son:

En la tabla dónde se presentan los trabajadores de la empresa, seleccionar aquel

trabajador para el que se desea introducir una situación especial. Las situaciones especiales existente durante el periodo de liquidación deben ser anotadas trabajador a trabajador.

Una vez seleccionado el trabajador, pulsar el botón “Incluir Situaciones Especiales”

En la siguiente ventana, será necesario introducir el tipo de situación especial, así como el

periodo en el que está comprendida dentro del Periodo de Liquidación. Como ejemplo, en

la página siguiente se presenta una Incapacidad Temporal derivada de accidentes de trabajo en régimen de pago delegado.

Una vez incluidos estos datos se debe pulsa “Aceptar”. Si la situación especial lo requiere, se

abrirán nuevos campos específicos para cumplimentar en caso de que sea necesario. Hecho esto se debe pulsar “Aceptar”.

Continuar pulsando el botón “Atrás”. Si se trata de una situación especial que no abarca la

totalidad del mes, en la tabla de Trabajadores de la Empresa aparecerán para el trabajador en situación especial, tantas filas como tramos.

A continuación se deben indicar las bases de cotización para ese trabajador, en cada uno

de los tramos. Para ello, deberá seleccionar cada uno de los tramos e introducir las bases de

cotización. En el supuesto de situación especial de pago delegado, en la pantalla de “Incluir Otros Datos” podrá consignarse el importe de la compensación de Pago Delegado.

Las situaciones especiales de un trabajador pueden ser consultadas en cualquier momento seleccionándolo y pulsando el botón “Incluir Situaciones Especiales”.

Nota 1: Aclaración sobre la situación especial “IT CC Cotización a cargo de la empresa”. Esta

situación especial, se seleccionará en los casos en los que existe pago directo por parte de la

Entidad Gestora o Mutua de AT y EP de la prestación en situación de IT de CC durante los primeros

15 días, en los que el pago corre a cargo exclusivo de la empresa y por tanto se debe ingresar tanto la cuota empresarial como la cuota a cargo de los trabajadores.

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Los pasos a seguir para introducir Situaciones especiales son:

Seleccionar trabajador en la tabla y pulsar “Incluir Situaciones Especiales”.

Informar el tipo de situación especial y el periodo correspondiente.

Pulsar “Aceptar”. Cumplimentar el resto de los campos si fuese necesario.

Volver a la tabla principal pulsando “Atrás”.

Incluir las bases correspondientes al trabajador en Situación Especial para cada

tramo.

Las situaciones especiales de un trabajador pueden ser consultadas en cualquier momento seleccionándolo y pulsando el botón “Incluir Situaciones Especiales”.

Confeccionar TC2: Introducir situaciones especiales (Incapacidad Temporal)

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5.1.5 Situaciones Especiales en el Sistema Especial Agrario 0163

Para los CCCs del Sistema Especial Agrario 0163 si durante el Período de Liquidación se han

producido Situaciones Especiales (Situaciones de IT, Maternidad, Paternidad, Expediente de

Regulación de Empleo, Alta sin Percibo de Retribución, etc) no se indicarán al realizar la confección

del TC2 en cotización con el botón “Incluir Situaciones Especiales” sino que ya vendrán informadas directamente de Afiliación.

En estos casos, cuando el usuario acceda a la pantalla de confección del TC2, aquellos

trabajadores con situaciones especiales se mostrarán en la tabla indicando en el correspondiente tramo el valor “Sí” en la columna de “Situaciones Especiales”. En ese tramos las columnas de

“Fecha Desde” y “Fecha Hasta” indicarán los días dentro del período de liquidación en los cuales el

trabajador ha estado en ésta “Situación Especial”. Si se desea obtener información adicional de

esta situación especial se debe marcar el tramo del trabajador con situación especial y pulsar el

botón “Consulta de Afiliado”, visualizando los detalles de afiliación de este trabajador para este

tramo entre los que se encontrará la causa de esta situación especial: Incapacidad Temporal, Maternidad, etc.

Por tanto, en estos casos, lo único que se deberá hacer es indicar las bases de cotización de este

trabajador durante el período de Situación Especial. Esta acción se realizará como se ha indicado

anteriormente, mediante los botones “Introducir/modificar base común” o “Incluir otros datos” según proceda.

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Para los CCCs del Sistema Especial Agrario, si en el Período de Liquidación tienen

trabajadores con Situaciones Especiales, ya vendrán indicadas de Afiliación. El trabajador

tendrá un tramo por cada periodo que ha estado en Situación Especial, en la columna de

Situaciones Especiales aparecerá “Sí” y las fechas en las que se encontraba en esta

situación.

Sólo será necesario indicar las bases de cotización con el botón “Introducir/modificar base Común de cotización/horas”, o bien con el botón “Incluir

Otros datos”.

Si se desea obtener información complementaria de esta situación especial (si ha

sido Maternidad, Incapacidad Temporal, etc), se selecciona el tramo del trabajador que se necesita consultar y pulsar “Consulta Afiliado”, se mostrará la información del

trabajador en afiliación con todos estos datos.

Confeccionar TC2: Situaciones Especiales Sistema Especial Agrario 0163

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5.1.6 Cálculo del borrador del Recibo de Liquidación

Una vez que se han introducido las bases de cotización de todos los trabajadores, así como las

situaciones especiales que se deseen, para calcular el borrador del Recibo de Liquidación el usuario debe pulsar el botón “Aceptar” situado en la parte inferior de la pantalla con los datos de

los trabajadores.

En este momento se validarán los datos que han sido introducidos por lo que, en caso de que

hubiese algún error, será detectado en este punto. Si la información es correcta se mostrará un borrador del Recibo de Liquidación como el de la siguiente página.

Para realizar una impresión del borrador del TC2, se debe seleccionar la opción “Borrador de la Relación Nominal de Trabajadores (TC2)” y pulsar el botón “Previsualizar”.

En la parte superior de la pantalla, aparece la palabra “Informe” se se indica que hay un informe

disponible. Para verlo pulsar sobre el texto “Informe: Borrador del documento TC2.

En la parte superior de la pantalla, aparece la palabra “Informe”, se pulsa sobre ella y aparece en un despegable “Informe del documento TC2”, para verlo pulsar sobre este texto.

Al pulsar, se muestra en una nueva ventana el borrador del TC2.

De igual forma, se puede imprimir también el borrador del Recibo de Liquidación.

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Una vez finalizada la introducción de datos se debe pulsar el botón “Aceptar”,

situado en la parte inferior de la pantalla en la que se muestra la tabla con los

trabajadores del CCC. Si la información introducida es correcta se mostrará el borrador de Recibo de

Liquidación.

Para obtener un borrador del TC2 se debe seleccionar la opción “Borrador de la Relación Nominal de Trabajadores (TC2)” y pulsar el botón “Previsualizar”.

De igual forma, se puede imprimir también el borrador del Recibo de Liquidación.

Confeccionar TC2: Cálculo del Borrador del Recibo de Liquidación

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5.1.7 Consulta de cálculos

Es posible consultar los datos de cálculo de los trabajadores, tanto por tramos como acumulados. Para ello se seleccionará el trabajador que se desee consultar y con el botón de “Consulta de Cálculos” se muestran los cálculos realizados para el tramo.

Si se desean los cálculos acumulados en la totalidad del mes para un trabajador, se seleccionará un tramo correspondiente a ese trabajador y se pulsará el botón “Consulta de Cálculos del Trabajador por mes”.

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Es posible consultar los cálculos por trabajador. Para ello hay que seleccionar en la tabla a

un trabajador y pulsar el botón “Consulta de cálculos”. De este modo se mostrarán los

cálculos para el tramo seleccionado.

En caso de que se desee consultar el acumulado para todos lo tramos del trabajador, en el

caso de que existiesen varios, se selecciona un tramo del trabajador y se pulsa el botón “Consulta de Cálculos del Trabajador por mes”

Confeccionar TC2: Consulta de cálculos por trabajador

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5.1.8 Selección de Modalidad de Pago

Para completar la confección del TC2 se debe pulsar el botón “Continuar” situado en la parte

inferior de la pantalla. En la siguiente pantalla se mostrarán los datos del Recibo de Liquidación y se

solicitará la selección de Modalidad de Pago.

Las Modalidades de Pago disponibles son:

Cargo en Cuenta: El importe resultante de la liquidación será cargado a la cuenta bancaria

informada por el usuario. Dicho cargo será realizado el último día hábil del mes correspondiente. El plazo para solicitar Cargo en Cuenta finalizará el día 20 de cada mes.

Pago Electrónico: El usuario obtendrá un Recibo de Liquidación de Cotizaciones que incluye

una cabecera de pago. Dicha cabecera permitirá realizar el pago mediante una Entidad

Financiera.

Una vez seleccionada la Modalidad de Pago en la primera pantalla se debe pulsar el botón “Continuar”.

En caso de haber seleccionado cargo en cuenta se mostrará una nueva ventana en la que se solicitará la Cuenta Bancaria mediante la cual se desea realizar el pago

Si se ha seleccionado Pago Electrónico se mostrarán los datos de cabecera del Recibo de

Liquidación.

Para finalizar el proceso se debe pulsar el botón “Aprobar Recibo de Liquidación de Cotizaciones”.

En este momento el documento queda consolidado y se mostrarán los datos del Recibo de

Liquidación de Cotizaciones. Pulsando el botón “Continuar”, se accede a una pantalla con la

documentación consolidada que se puede consultar para impresión. En esta documentación

consolidada, además del Recibo de Liquidación, se encuentra la Relación Nominal de

trabajadores que cuenta, al final del documento, con una Huella Electrónica que confiere validez

legal al documento.

En caso de que existiese algún error en estos documentos que deba ser corregido será necesario,

en primer lugar, anular la Relación Nominal que ya ha sido consolidada (Consultar apartado 9 del

manual).

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Para seleccionar la modalidad de pago deseada es necesario, en primer lugar,

pulsar el botón “Continuar” una vez que se muestra el resultado de los cálculos.

En la siguiente pantalla se solicitará al usuario que seleccione una de las

Modalidades de Pago y pulse “Continuar”. En caso de seleccionar Cargo en Cuenta

en la siguiente pantalla será necesario introducir los datos de la cuenta bancaria

mediante la cual se desea realizar el pago. Para confirmar la modalidad hay que pulsar el botón “Aprobar Recibo de

Liquidación de Cotizaciones”.

En ese momento se consolida el documento y tendremos la opción de imprimir

tanto el Recibo de Liquidación como el TC2 definitivos.

Confeccionar TC2: Selección de Modalidad de Pago

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Nota: En las L13 los tramos de los trabajadores que se muestran son todos los períodos de

liquidación a los que se extienden las vacaciones retribuidas y no disfrutados, por lo que en

algunos casos estas liquidaciones pueden comprender más de un mes, o incluso, distintos

años naturales.

En estos casos una vez consolidada la presentación el TC2 y el Recibo de Liquidación,

mostrará como “mes desde” el mes en el que se inicia esta situación y “mes hasta” el mes

en el que finaliza esta situación.

5.2 Confección de liquidaciones complementarias, L02, L03, L09 y L13.

A través del Sistema Red Directo, se podrán presentar los tipos de liquidaciones complementarias

que se indican a continuación.

L02 (Complementaria por salarios tramitación normal)

L03 (Complementaria por abono salarios con carácter retroactivo)

L09 (Otras complementarias)

L13 (Vacaciones retribuidas y no disfrutadas)

Para elaborar este tipo de liquidaciones se procederá de la siguiente forma:

Se indicarán en primer lugar los datos que identifican el TC2, de manera similar a la Liquidación

normal L00:

Código de Cuenta de Cotización

Régimen de la Seguridad Social

Periodo de liquidación. En el caso de liquidaciones L09 y L13 el periodo será mensual, en las

L13 este periodo “mes desde” y “mes hasta” coincidirá con el mes de la baja laboral del/os

trabajador/es. En las L02 y L03 podrá ser mayor que mensual pero siempre en periodos

comprendidos dentro del año natural.

Tipo de liquidación. Se seleccionará L02, L03, L09 ó L13.

Una vez introducidos los datos se pulsa el botón “Aceptar”. La pantalla siguiente variará en función

del tipo de liquidación y si está en plazo o no.

Si el tipo de Liquidación seleccionada es una L02, L03, L09 el sistema mostrará una pantalla

que permitirá seleccionar de entre todos los trabajadores dados de alta en el CCC y

período de liquidación indicados aquellos que se deseen incorporar a la liquidación. Si se trata de una liquidación L13 fuera del plazo reglamentario, el sistema mostrará una

pantalla que permitirá seleccionar de entre los trabajadores dados de baja en el CCC en el

período indicado que se encuentren en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas al finalizar la relación laboral, aquellos que se deseen incluir en la liquidación

complementaria. Una vez completado este proceso el sistema mostrará una pantalla en la

que se indicarán las bases de cotización, situaciones especiales, que correspondan para

realizar la liquidación. Si el tipo de Liquidación seleccionada es una L13 dentro del plazo reglamentario, el sistema

mostrará directamente una tabla con los trabajadores que causaron baja en el CCC y

período indicados y que tienen vacaciones retribuidas y no disfrutadas a la finalización del

contrato laboral. En esta mima pantalla se indicarán las bases de cotización que

correspondan para realizar la liquidación.

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Para confeccionar la liquidación complementaria se debe, en primer lugar, introducir los

datos identificativos del TC2 (Régimen, CCC, periodo de liquidación y tipo de liquidación).

A continuación, si el tipo de liquidación es L02, L03, L09 o L13 (fuera de plazo) aparece una

pantalla con dos tablas. En la parte izquierda se muestran todos los trabajadores que han

estado de alta en el CCC durante el período seleccionado (para L02, L03 y L09), o en una

L13 fuera de plazo los trabajadores que han tenido baja laboral en el CCC durante el

período seleccionado y se encuentren en situación de vacaciones retribuidas y no

disfrutadas. En esa tabla se podrán seleccionar los trabajadores para incorporar a la

liquidación, que se irán añadiendo en la tabla de la parte derecha de la pantalla. Si el tipo de liquidación es una L13 (dentro de plazo), aparece una pantalla que muestra los

trabajadores dados de baja en el CCC durante el período seleccionado y que se

encuentran en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas. En esa misma pantalla

se indicarán las bases de cotización.

.

LLL000222,,, LLL000333,,, LLL000999 YYY LLL111333 (((FFFUUUEEERRRAAA DDDEEE PPPLLLAAAZZZOOO))),,,

LLL111333 (((DDDEEENNNTTTRRROOO DDDEEE PPPLLLAAAZZZOOO))),,,

Confeccionar TC2: Liquidaciones complementarias L02, L03, L09 y L13. (I)

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En liquidaciones L02, L03, L09 y L13 fuera de plazo, la primera pantalla mostrará dos tablas:

Tabla Izquierda: Todos los trabajadores dados de alta en el CCC durante el período

indicados si el tipo de liquidación es una L02, L03 ó L09. Si el tipo de liquidación es L13 fuera

de plazo muestra a los trabajadores dados de baja en el CCC durante el período indicado

que se encuentren en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas. Tabla derecha: Tramos de los trabajadores seleccionados.

En todos los casos, las funcionalidades disponibles serán las siguientes:

Añadir tramo: Permitirá añadir a los trabajadores seleccionados en la tabla de la izquierda.

Añadir todos: Permitirá añadir a todos los trabajadores de la tabla de la izquierda.

Eliminar tramo: Permitirá eliminar de la tabla derecha los trabajadores seleccionados.

Eliminar todos: Permite eliminar todos los tramos incluidos en la tabla de la derecha. En las liquidaciones L02 y L03 aparece un campo etiquetado como “Fecha de control” en la parte

superior izquierda de la pantalla. Este campo deberá ser cumplimentado siempre en estos tipos de

liquidación e identificará si la liquidación L02 ó L03 está o no en plazo. El usuario habrá de consignar

el MES y AÑO en el que abone efectivamente los salarios de tramitación (L02) ó las diferencias

salariales (L03), ó bien el MES y AÑO en el que debería haberlas abonado, en el caso en que esta

fecha sea anterior a la del abono efectivo.

Una vez incluidos todos los datos anteriores, se pulsará el botón “Continuar” para pasar a la

siguiente pantalla, donde se reflejarán todos los tramos seleccionados de los trabajadores.

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La pantalla contiene dos tablas. En la parte izquierda muestra a todos los trabajadores que

han estado de alta en el CCC durante el período seleccionado (si se trata de L02, L03, o

L09) ó los trabajadores dados de baja en el CCC durante el período seleccionado y que se

encuentren en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas (si se trata de

liquidaciones L13 fuera de plazo). En la parte de la derecha se irán incorporando tramos de

trabajadores seleccionados.

Se seleccionan los tramos de los trabajadores para los que se vaya a realizar la liquidación

complementaria, y se añaden con el botón “Añadir tramo”.

El campo Fecha control sólo aparece en las Liquidaciones L02 y L03, y determina si la

liquidación esta en plazo o fuera de plazo.

Con el botón “Continuar” se accede a la siguiente pantalla de Confección del TC2.

Confeccionar TC2: Liquidaciones complementarias L02, L03, L09 y L13. (II)

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Tras seleccionar los trabajadores que se desean introducir en la liquidación, se muestra una pantalla

con los tramos correspondientes a esos trabajadores. (Excepto en el caso de una L13 dentro de

plazo reglamentario que se muestra esta pantalla directamente una vez seleccionado el tipo de

Liquidación). La tabla es similar a la visualizada en las Liquidaciones normales L00, y las

funcionalidades disponibles son también las mismas. Desde aquí se introducirán las bases de

cotización y situaciones especiales (si procede).

Los botones disponibles en esta pantalla son:

“Incluir situaciones especiales”: Permite incluir las situaciones especiales al trabajador de la

lista seleccionado. En liquidaciones L13 no se permite la introducción de Situaciones

Especiales, por lo que no estará disponible este botón. Como ya se ha indicado para

liquidaciones normales, este botón no está disponible para CCCs del Sistema Especial

Agrario, puesto que estas situaciones especiales ya vienen informadas de afiliación. “Incluir otros datos”: Se utilizará esta opción cuando las bases de cotización de

Contingencias Comunes y AT/EP sean distintas, o bien cuando sea necesario añadir otra

información como horas extraordinarias, horas complementarias, modalidad de salario, etc.

En las Liquidaciones L03, L09 y L13 (fuera de plazo reglamentario) este botón será el único

disponible para incorporar las bases de cotización. “Introducir/modificar base COMÚN de cotización/horas”: Sólo estará disponible en las

Liquidaciones complementarias L02 y L13 (dentro de plazo reglamentario). Permite introducir

la base de cotización de Contingencias Comunes y de AT/EP de los trabajadores

seleccionados de la lista, siempre que ambas sean iguales. “Borrar base COMÚN de cotización/horas”: Sólo estará disponible en las Liquidaciones

complementarias L02 y L13 (dentro de plazo). Permite eliminar bases de cotización de CC y

AT/EP iguales, informadas mediante el botón anterior. “Consulta de afiliado”: Disponible en todas las Liquidaciones complementarias. Permite

consultar los datos de afiliación y las peculiaridades de cotización de cada trabajador. “Eliminar tramo”: Permite eliminar el tramo seleccionado, de forma que ese tramo

desaparezca y no se tenga en cuenta la liquidación. No estará disponible en liquidaciones

L13 en plazo reglamentario, pues habrá que cotizar por todos los trabajadores en situación

de vacaciones retribuidas y no disfrutadas a la finalización del contrato laboral. “Guardar Borrador”: Guarda todos los datos introducidos por el usuario.

“Aceptar”: Valida los datos introducidos por el usuario, los guarda y calcula el Recibo de

Liquidación de Cotizaciones. “Salir”: Permite abandonar el servicio de Confección del TC2.

“Atrás”: Permite regresar a la pantalla anterior de selección del trabajador a incluir en la

liquidación.

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Para introducir los datos de bases y situaciones especiales se utilizarán los botones situados en

la parte inferior de la tabla. “Incluir situaciones especiales”: Permite incluir situaciones especiales al trabajador de

la lista seleccionado. No disponible para CCCs del Sistema Especial Agrario, pues sus

situaciones especiales ya vienen directamente de Afiliación. “Incluir otros datos”: Se utilizará esta opción cuando las bases de cotización de

Contingencias Comunes y AT/EP sean distintas, o bien cuando sea necesario añadir

otra información como horas extraordinarias, horas complementarias, modalidad de

salario, etc. En las Liquidaciones L03, L09 y L13 (fuera de plazo) este campo será el único

disponible para incorporar las bases de cotización.

“Introducir/modificar base COMÚN de cotización/horas”: Sólo estará disponible en las

Liquidaciones complementarias L02 y L13 (dentro de plazo). Permite introducir la base

de cotización de Contingencias Comunes y de AT/EP de los trabajadores

seleccionados siempre que ambas sean iguales. “Borrar base COMÚN de cotización/horas”: Sólo estará disponible en las Liquidaciones

complementarias L02 y L13 (dentro de plazo).

“Eliminar tramo”: Permite eliminar el tramo seleccionado, de forma que ese tramo

desaparezca y no se tenga en cuenta en la liquidación. No está disponible para

liquidaciones L13 en plazo reglamentario.

Confeccionar TC2: Liquidaciones complementarias L02, L03, L09 y L13. (III)

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Una vez introducidas las bases de cotización de todos los trabajadores, y las situaciones especiales

de los que corresponda, de manera similar a lo recogido en el apartado de Liquidaciones

normales, para calcular el borrador del recibo de liquidación de cotizaciones se pulsará el botón “Aceptar” situado en la parte inferior de la pantalla.

Si la información introducida es correcta se mostrará el borrador del Recibo de Liquidación, como

ocurre con las Liquidaciones Normales.

Pulsando el botón “Continuar” situado en la parte inferior de la pantalla se accede a la siguiente

pantalla de selección de Modalidad de Pago. Desde aquí se visualizarán los datos del Recibo de

Liquidación y se solicitará la selección de la Modalidad de Pago.

Las modalidades de pago disponibles son Cargo en Cuenta o Pago Electrónico, los plazos y el

funcionamiento es igual que en las Liquidaciones Normales. Si se selecciona Cargo en Cuenta al

pulsar “Continuar” el sistema solicitará los datos de la cuenta bancaria.

Una vez seleccionada la modalidad de pago, para finalizar el proceso se debe pulsar el botón “Aprobar Recibo de Liquidación de Cotizaciones”.

En este momento la Liquidación Complementaria queda consolidada. Tras este paso, como ocurre

en las Liquidaciones Normales se accederá a la pantalla con la documentación consolidada

pudiendo imprimir tanto el “Recibo de Liquidación de Cotizaciones” como el documento TC2

definitivos.

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Confeccionar TC2: Liquidaciones complementarias L02, L03, L09 y L13. (IV)

Para introducir los datos de bases y situaciones especiales se utilizarán los botones situados

en la parte inferior de la tabla que contiene los trabajadores. Una vez finalizada la introducción de datos se debe pulsar el botón “Aceptar”.

Si la información introducida es correcta se mostrará el borrador del Recibo de

Liquidación, pudiendo imprimir borradores de TC2 y Recibo.

Para seleccionar la modalidad de pago deseada es necesario, en primer lugar, pulsar el botón “Continuar” una vez que se muestra el resultado de los cálculos.

En la siguiente pantalla se solicitará al usuario que seleccione una de las

Modalidades de Pago y pulse “Continuar”. En caso de seleccionar Cargo en

Cuenta, en la siguiente pantalla será necesario introducir los datos de la cuenta

bancaria mediante la cual se desea realizar el pago. Para confirmar la modalidad de pago hay que pulsar el botón “Aprobar Recibo de

Liquidación de Cotizaciones”.

En ese momento se consolida el documento y tendremos la opción de imprimir

tanto el Recibo de Liquidación como el TC2 definitivos.

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6 Consulta e impresión de duplicados

Esta opción permite la consulta de documentos ya consolidados así como la impresión de

duplicados del recibo de liquidación de cotizaciones y de la Relación Nominal de Trabajadores (TC2).

Los pasos para realizar la consulta son:

Acceder desde el menú “Cotización RED Directo”, mediante la opción “Consulta e

Impresión de Duplicados”.

En la siguiente pantalla se debe introducir el Código de Cuenta de Cotización, Periodo y

Tipo de Liquidación que se desea consultar. Al Pulsar el botón “Continuar” se mostrarán los datos del TC2. Se podrá consultar para cada

trabajador sus datos de afiliación y sus situaciones especiales, así como obtener un

duplicado del documento TC2.

Para consultar la Modalidad de Pago seleccionada por el usuario se debe pulsar el botón

“Modo de Pago”.

Para consultar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones correspondiente al TC2 se debe

pulsar “Recibo de Cotización”. Se podrá obtener un duplicado del mismo pulsando el botón

“Previsualizar”.

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Consulta e Impresión de Duplicados

La consulta o impresión de un Recibo de Liquidación correspondiente a una liquidación ya

consolidada se realiza desde el menú “Cotización RED directo”, a partir de la opción

“Consulta e impresión de duplicados”. Los pasos a seguir son: Acceder a la “Consulta e impresión de duplicados”

Introducir CCC, Periodo y Tipo de Liquidación a consultar y pulsar continuar.

A través de los botones de la zona inferior de la pantalla se pueden consultar: Datos

del TC2, Recibo de Liquidación o Modo de Pago.

En caso de seleccionar el Recibo de Liquidación es necesario pulsar en la siguiente

pantalla el botón “Previsualizar” para imprimir el duplicado del Recibo.

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7 Recibos de Liquidación para su ingreso Fuera de Plazo o

Solicitud Recibo Cuota Empresarial.

Esta opción permite obtener los Recibos de Liquidaciones de Cuotas Pendientes.

También en el caso de que se haya solicitado previamente el Cálculo del recibo de Liquidación Cuota a Cargo Trabajadores permite obtener el recibo de la Cuota Empresarial de la liquidación

correspondiente.

El acceso se realiza a partir del menú “Cotización RED Directo”, mediante la opción “Recibos de

Liquidación para su ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial”. (Estos recibos estarán

disponibles en esta opción, siempre y cuando la TGSS no haya generado la correspondiente deuda

para este documento. Es este caso estarán disponibles en el menú “Gestión de Deuda RED

Directo”).

En la ventana de Recibos de Liquidación para su ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial, se deben introducir los datos que identifican el TC2:

Código de Cuenta de Cotización.

Régimen al que pertenece el CCC.

Período de liquidación.

Tipo de liquidación.

Al pulsar el botón “Aceptar”, los pasos a seguir serán diferentes dependiendo del cálculo del recibo

que se esté solicitando:

Recibo de cuotas pendientes de liquidaciones presentadas en plazo.

Recibo de liquidación correspondiente a la cuota Empresarial de una Liquidación que ya se

solicitó previamente el cálculo de las cuotas correspondientes a los trabajadores.

7.1 Recibo de Cuotas pendientes.

Al pulsar el botón “Aceptar” aparecerá una ventana en la que se calculará el Recibo de

Liquidación de Cotizaciones con el recargo correspondiente. Para ello, se eliminarán las

bonificaciones y las reducciones aplicadas en el TC2 presentado en plazo, añadiendo el recargo

correspondiente al nuevo Recibo de Liquidación calculado. Se pulsa “Continuar”, se muestra una

ventana para seleccionar la modalidad de pago; pudiendo seleccionar Cargo en Cuenta (hasta el

día 20 del mes) o Pago Electrónico. Seguidamente se pulsa el botón “Consolidar” para obtener el Recibo de Liquidación.

7.2 Recibo de Cuota Empresarial.

Al pulsar el botón “Aceptar” aparecerá una ventana con dos opciones: Liquidación de Cuota Empresarial o Liquidación de Cuota total. Se selecciona una de ellas y se pulsa el botón “Aceptar”.

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Entonces se muestra una ventana en la que se calculará el recibo de Liquidación de Cotizaciones

correspondiente. Este recibo se calculará con recargo o no, dependiendo del mes en que se esté

solicitando. Si el recibo tiene recargo se eliminarán las bonificaciones y las reducciones aplicadas

en el TC2 presentado en plazo añadiendo el recargo correspondiente. Se pulsa “Continuar”, se

muestra una ventana para seleccionar la modalidad de pago; pudiendo seleccionar Cargo en

Cuenta (hasta el día 20 del mes) o Pago Electrónico. Seguidamente se pulsa el botón “Consolidar” para obtener el Recibo de Liquidación.

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Recibos de Liquidación para su Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial

RRReeeccciiibbbooo dddeee CCCuuuoootttaaasss PPPeeennndddiiieeennnttteeesss

Recibo de Cuotas Pendientes: Se obtiene desde la opción “Recibos de Liquidación para su

ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial”, en “Cotización RED Directo”.

Únicamente es necesario especificar la liquidación para la que se desee el recibo y el

sistema calculará, automáticamente, el recargo correspondiente.

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Recibos de Liquidación para su Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial

RRReeeccciiibbbooo dddeee CCCuuuoootttaaa EEEmmmppprrreeesssaaarrriiiaaalll

Recibo de Cuota Empresarial: Se obtiene también desde la opción “Recibos de

Liquidación para su ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial”, (anteriormente

se debe haber solicitado “El recibo de liquidación de cuota a cargo trabajadores.”). Se

especifica la liquidación, se pulsa “Aceptar” y aparece una pantalla con las opciones

Liquidación de Cuota Total o Liquidación de Cuota Empresarial. Se selecciona una de ellas

y el sistema calculará el recibo, que llevará recargo o no dependiendo si se solicita en

plazo o fuera de plazo.

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8 Cambio de Modalidad de Pago o Datos Bancarios

Esta opción permite cambiar la modalidad de pago seleccionada para un Recibo de Liquidación

generado con anterioridad. Se podrá cambiar la modalidad de pago en el mismo mes, siempre y

cuando no se haya realizado el cierre de la modalidad de pago Cargo en Cuenta.

Los pasos a seguir son:

Acceder a “Cambio de Modalidad de Pago o Datos Bancarios” desde el menú “Cotización

RED Directo”.

Introducir el Código de Cuenta de Cotización, el período y tipo de liquidación que se desea

modificar y pulsar “Aceptar” para que se muestren los datos del Recibo de Liquidación y la Modalidad de Pago seleccionada.

Para cambiar la modalidad de pago seleccionada se debe pulsar la nueva Modalidad de Pago deseada y pulsar el botón “Modificar”.

Introducir los datos bancarios en caso de que se haya seleccionado “Cargo en Cuenta”.

Para confirmar el cambio se mostrará un mensaje informando de que el Recibo de

Liquidación de Cotizaciones emitido con anterioridad carece de validez.

La impresión del nuevo Recibo de Liquidación de Cotizaciones se realiza pulsando el botón “Previsualizar”.

En la siguiente pantalla, se debe pulsar sobre el texto “Documento: Recibo de Liquidación de Cotizaciones” para acceder al nuevo documento.

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Para realizar el cambio se debe acceder a la opción “Cambio de Modalidad de Pago

o Datos Bancarios” desde el menú “Cotización RED Directo”.

Se introducen los datos de CCC, periodo y tipo de liquidación. Aparecen todos los

Recibos a los que se puede cambiar el Modo de Pago y se selecciona el que se

quiere modificar. Se selecciona la nueva modalidad de pago. Si se ha seleccionado Cargo en Cuenta

habrá que informar los datos bancarios. Al confirmar el cambio se puede acceder al Recibo de Liquidación mediante el

botón “Previsualizar”

Cambio de Modalidad de Pago o Datos Bancarios

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9 Anulación de Documento TC2 del Período Actual

Esta opción permite anular documentos consolidados dentro del plazo de presentación. Si se eligió

la modalidad de pago Cargo en Cuenta, la anulación de documentos sólo será posible hasta el día 20 del mes de presentación, fecha en la que se cierra esta modalidad de pago.

Los pasos a seguir para la anulación son:

Acceder a la opción “Anulación de Documentos” desde el menú “Cotización RED Directo”.

En la siguiente pantalla, es necesario introducir el Código de Cuenta de Cotización, el período y tipo de liquidación del documento que se desea anular.

Al pulsar “Aceptar” se mostrará el TC2 seleccionado.

Para anular el documento se pulsa el botón “Anular”, situado en la parte inferior de la

pantalla.

Es necesario confirmar la anulación

Una vez anulado el documento y transcurrida una hora desde la anulación, el TC2 pasará a

situación de borrador, por lo que podrá ser modificado nuevamente mediante el servicio “Confección del TC2”.

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El acceso a la anulación de documentos TC2 del período actual se realiza desde el

menú “Cotización RED directo”.

Posteriormente se debe introducir el CCC, periodo y tipo de liquidación del

documento que se desea anular.

En la parte inferior de la pantalla en la que se muestran los datos TC2 seleccionado se encuentra el botón “Anular”.

Para que la anulación surta efecto es necesario confirmar la acción tal y como se

muestra en la última imagen.

Anulación de documentos TC2 Período Actual

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10 Solicitud del Recibo de Liquidación de Cuota a Cargo de

los Trabajadores

Esta opción permite solicitar el Recibo de Liquidación de Cuota de Trabajadores, para

Liquidaciones normales L00 presentadas en plazo. El sistema desglosa el recibo de liquidación en las Cuotas de los trabajadores y Cuota Empresarial.

El acceso se realiza a partir del menú “Cotización RED Directo”, mediante la opción “Solicitud de Recibos de Liquidación de Cuota a Cargo de los Trabajadores”.

Una vez seleccionada esta opción se accede a una pantalla en la que se deberá indicar el Código de Cuenta Cotización.

Para continuar, pulsar el botón “Aceptar” situado en la parte inferior de la pantalla. Se muestra entonces un mensaje informando que la solicitud ha sido aceptada.

A continuación, se procederá a confeccionar la Liquidación Normal desde la opción “Confección

del TC2”.

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El acceso a la Solicitud del Recibo de Liquidación de Cuotas a Cargo de los

Trabajadores se realiza desde el menú “Cotización Red Directo”.

Posteriormente se debe introducir el CCC, y pulsar “Aceptar” en la parte inferior de

la pantalla. Se muestra una pantalla que informa que la solicitud de cálculo de la cuota de los

trabajadores ha sido aceptada.

A continuación, se procederá a confeccionar la Liquidación Normal mediante la opción “Confección del TC2”, desde la cual se podrá obtener el recibo de cuota a

cargo de los trabajadores.

Solicitud del Recibo de Liquidación de Cuota a Cargo Trabajadores. (I)

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Una vez se haya accedido a la opción “Confección del TC2”, se indican los datos de CCC, período

y Tipo de Liquidación, se pulsa el botón “Aceptar” y se accede a la siguiente pantalla.

En esta pantalla se informará normalmente de las bases de cotización, situaciones especiales (si procede)… Una vez completados estos datos se pulsa el botón “Aceptar”.

Se accede a una pantalla que permitirá elegir si se continúa con el Cálculo del Recibo de Cuota de

los Trabajadores o bien se solicita el Cálculo del Recibo de Liquidación de la Cuota Total. Se pulsa

el botón “Aceptar”.

Aparece una ventana que muestra el “Borrador del recibo de liquidación”, según la opción

seleccionada en la pantalla anterior, se mostrara el Recibo de Liquidación de Cuota a Cargo de los

Trabajadores o el Recibo de Liquidación Total.

A partir de este punto el proceso es el mismo que el de una Liquidación Normal que no se hubiese solicitado el desglose del Recibo de Liquidación. Se pulsa el botón “Continuar”, aparece una

ventana para seleccionar la modalidad de pago, Cargo en Cuenta o Pago Electrónico. Se elige

una de ellas (los plazos y funcionamiento tampoco varían).

Se pulsa el botón “Continuar”, si se selecciona Cargo en Cuenta se solicitará la cuenta bancaria

mediante la cual se desea realizar el pago. Una vez completos estos datos se pulsa el botón “Aprobar Recibo de Liquidación de Cotizaciones”.

En este momento la documentación queda consolidada y se accede a una pantalla con la

documentación consolidada que se puede consultar para la impresión.

En el caso de que se haya elegido la opción de Cálculo del Recibo de Cuota a cargo del Trabajador, para solicitar el Recibo de Cuota Empresarial se hará desde “Confección del TC2” en la

opción de Recibos de Liquidación para su Ingreso Fuera de Plazo o Solicitud Cuota Empresarial.

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Una vez realizada la Solicitud del Recibo de Liquidación de Cuota Trabajadores se accede a la opción Confección del TC2 en el menú “Cotización Red Directo”.

Se indican los datos de CCC, período y Tipo de Liquidación, se pulsa “Aceptar”.

Se informan las Bases de cotización, situaciones especiales…. Se pulsa “Aceptar”.

Se selecciona el cálculo del Recibo de Cuota a Cargo de los Trabajadores o el

cálculo del Recibo de la Cuota Total, y se pulsa “Aceptar”.

Se visualiza el borrador del recibo solicitado Cuota a Cargo de los Trabajadores o

Cuota Total, se pulsa “Continuar”.

Se selecciona una de las modalidades de pago Cargo en Cuenta o Pago

Electrónica y se pulsa “Continuar”.

Para finalizar, se pulsa “Aprobar Recibo de Liquidación de Cotizaciones”.

La documentación queda consolidada y se pueden imprimir los documentos de

Cotización.

Solicitud del Recibo de Liquidación de Cuota a Cargo de los Trabajadores.

Confección del TC2. (II)

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11 Gestión de Deuda

Esta opción permite realizar operaciones relativas a deudas de cotización. Se accede desde

“Cotización Online”, en la opción “Gestión de Deuda”.

Una vez seleccionada esta opción se muestra un menú con las siguientes opciones; “Solicitud de

Certificado de Situación de Cotización”, “Autorización Certificado Art. 42 Est. Trab”, “Relación de

Trabajadores Asociados a Documentos de Deuda” y “Documentos de Deuda: Consulta, Informe y

Solicitud de Documento de Ingreso”. A continuación se explican cada una de estas opciones.

11.1 Solicitud de Certificado de Situación de Cotización

A través de este menú las empresas pueden solicitar Certificados de situación de Cotización, imprimiéndolos en tiempo real. El acceso se realiza a partir del menú “Gestión de Deuda”, mediante

la opción “Certificado de Situación de Cotización”.

Una vez seleccionada esta opción se accede a una pantalla con los campos a cumplimentar para

la obtención del Certificado. En esta pantalla se deberá informar el NAF o Código de Cuenta de

Cotización y el Régimen del NAF o CCC para el que se quiere obtener el Certificado.

Además, de forma opcional, en el caso de que el certificado se este expidiendo para un C.C.C. se

podrá indicar el tipo de Certificado que se desea obtener:

Contrato Sector Público: Si el certificado se expide para una empresa que vaya a celebrar

un contrato con el Estado (Artículo 49, apartado 1, letra d) de la Ley 30/2007).

Subvenciones: Si el certificado se expide para una empresa que vaya a solicitar una

subvención. (Artículo 13, apartado e) de la Ley 38/2003)

Artículo 42: Si el certificado se expide a la empresa principal o contratista respecto a la

empresa subcontratada (Artículo 42 del Estatuto de los trabajadores –Real Decreto

Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo). En este caso la empresa subcontratada deberá autorizar

a la Tesorería General de la Seguridad Social para que ceda dicha información a la empresa principal.

En esta opción, además de los campos ya indicados deben cumplimentarse los siguientes:

C.C.C. Solicitante (Art. 42): Deberá anotarse el CCC de la empresa principal que está

solicitando el certificado. Régimen solicitante (Art. 42): Deberá anotarse el régimen de la Seguridad Social al

cual pertenece el CCC de la empresa principal. Fecha solicitud (Art. 42): Deberá anotarse la fecha a la que se desea vaya referido el

informe. Dicha fecha deberá estar comprendida entre el período que la empresa

subcontratada haya autorizado a la empresa principal para obtener certificados de situación de cotización.

Detalle de deuda: Si lo que se expide es un certificado de empresa y existen más de 10

documentos de reclamación de deuda asociada y se desea el desglose de los mismos.

Una vez completados los campos anteriores y tras pulsar en el botón de “Continuar”, aparecerá una nueva pantalla de confirmación de petición de datos.

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Finalmente, al pulsar el botón de “Confirmar”, se obtendrá el Certificado solicitado, que podrá ser impreso en formato PDF.

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Solicitud del “Certificado de Situación de Cotización” se realiza desde el menú

“Gestión de deuda” dentro de “Cotización online”.

Desde esta opción se accede a una pantalla, aquí se indicará NAF o C.C.C y

Régimen.

De forma opcional para un CCC se puede indicar alguna de estas opciones

Contrato sector público, Subvenciones, Artículo 42 (lo solicita la contrata de la

subcontrata), Detalle de Deuda, si el certificado que se está solicitando es para algo

específico. Se indica tipo de impresión “online”, se pulsa “Continuar” y se confirman los datos.

A continuación, se obtendrá el certificado solicitado.

Certificado de Situación de Cotización

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11.2 Autorización Certificado Art. 42 Est. Trab

Desde este menú las empresas contratadas o subcontratadas autorizan a la TGSS para que la

empresa que contrata pueda solicitar directamente un Certificado de Situación de Cotización en

unas fechas determinadas por la empresa, en cumplimiento del artículo 42 del E.T.

Se accede desde el menú “Gestión de Deuda” en la opción “Autorización Certificado Art. 42 Est.

Trab”.

A continuación, se muestra una pantalla en la que se deberá indicar en el campo “Empresa

Emisora de la autorización” el Régimen y CCC de la empresa que va autorizar a la otra empresa a

consultar sus datos, y se selecciona en el campo “Alta o Modificación” el valor Alta si es para

autorizar a dicha empresa, o Modificar si es para modificar la fecha relativa a una autorización ya

concedida previamente.

Si se selecciona el valor Alta y se pulsa el botón “Continuar” situado en la parte inferior de la

pantalla. Se accede a una pantalla en la que se indicará en el campo “Empresa autorizada o

principal” el régimen y CCC de la empresa a que se autoriza. Y en los campos “Fecha Desde” la

fecha desde la que se autoriza, y la “Fecha Hasta” la fecha hasta la que se autoriza.

Si posteriormente se necesitase cambiar la fecha de la autorización, en este caso, en la primera

pantalla se indica los datos del Régimen y CCC de la emisora de la autorización y en lugar de “Alta” se selecciona el valor “Modificar”. Posteriormente se pulsa el botón “Continuar” y se muestra

una pantalla que permitirá modificar la fecha facilitada anteriormente en la opción de “Alta”.

Una vez autorizada la empresa, ésta podrá solicitar el certificado en el menú anteriormente

explicado “Certificado Situación de Cotización” marcando la opción Artículo 42.

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Para autorizar a otra empresa para que obtenga un ”Certificado de Situación de Cotización” según el artículo 42 E.T. se accede al menú “Autorización Certificado Art.

42 Est. Trab” desde el menú “Gestión de deuda” dentro de “Cotización online”.

Se indica el Régimen y CCC de la empresa que autoriza en el campo “Empresa

Emisora de la autorización”, se selecciona “Alta”, y se pulsa “Continuar”.

Se muestra una pantalla en la que se indica el régimen y CCC de la empresa

autorizada, y las fechas en las que se autoriza.

Autorización certificado artículo 42 Estatuto de los Trabajadores

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11.3 Relación de trabajadores asociados a documentos de deuda

Este menú permite obtener información adicional de los documentos de deuda que se emite en

concepto de “Descubierto Parcial Error en datos de cotización”, correspondiente a deducciones

practicadas a los documentos de cotización, y respecto de los que no consta, información en el

Fichero General de Afiliación sobre el derecho a las mismas. En concreto ofrece información

relativa de los trabajadores afectados, así como el importe reclamado a los que se ha aplicado

dichas deducciones y que no constan en el Fichero General de Afiliación.

El acceso se realiza a partir del menú “Gestión de Deuda”, mediante la opción “Relación de trabajadores asociados a documentos de deuda”.

Una vez seleccionada esta opción se accede a una pantalla en la que se deberá indicar el

“Documento de Deuda” o el “Código de Cuenta Cotización”, se indicará solo una de las dos opciones.

Para continuar, pulsar el botón “Continuar” situado en la parte inferior de la pantalla.

A continuación, se muestra una nueva pantalla en la que se visualizan los datos correspondientes al

documento de deuda y los trabajadores asociados al mismo. Para obtener información adicional de algún trabajador se pulsa sobre la línea de este trabajador.

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La consulta de “Relación de trabajadores Asociados a Documentos de Deuda” se

realiza desde el menú “Gestión de deuda” dentro de “Cotización online”.

Desde esta opción se accede a una pantalla, aquí se indicará Número de

Documento o C.C.C.

Se pulsa “Continuar” y se muestra una pantalla con los datos correspondientes al

Documento de Deuda y los trabajadores asociados.

Relación de Trabajadores Asociados a Documentos de Deuda

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11.4 Documentos de Deuda: Consulta, Informe y Solicitud de

Documento de Ingreso

Esta opción permite la posibilidad de consultar las deudas generadas por la TGSS, así como solicitar

los documentos de ingreso de las mismas.

El acceso se realiza a partir del menú “Gestión de Deuda”, mediante la opción “Documentos de

Deuda: Consulta, Informe y Solicitud de Documento de Ingreso”.

Una vez seleccionado este menú se accede a una pantalla en la que se muestran dos opciones;

“Opción 1. Informe/Consulta de liquidaciones no ingresadas en plazo”, “Opción 2. Emisión de Boletín de Ingreso”. A continuación, se detallan cada una de estas opciones.

Opción 1. Informe/Consulta de liquidaciones no ingresadas en plazo.

Desde esta opción se consulta en pantalla la relación de documentos de deuda para un

determinado sujeto responsable. Se indicará, C.C.C, Régimen, Período (si se quiere a acotar la

búsqueda), Información de CCC asociados y por último se elige Informe o Consulta. (Los usuarios

de RED Directo aún no tienen disponible la opción de solicitud de Informe de documentos de deuda).

Una vez indicados estos parámetros se pulsa el botón “Continuar” situado en la parte inferior de la

pantalla. A continuación, se muestra una nueva pantalla en la que se visualizan la relación de documentos de deuda vigentes.

Si se selecciona alguno de estos documentos y se pulsa el botón “Imprimir Documento” se obtiene el recibo de ingreso, que será diferente en función de la vía en que se encuentre la deuda.

Si la deuda está cargada en URE (típo de vía A), además de obtener el documento de ingreso, se

pueden consultar los documentos de deuda que forman parte de un expediente, pulsando el botón “Consultar Detalle” situado en la parte inferior de la pantalla, mostrándose en una nueva

pantalla esta información.

Opción 2. Emisión de Boletín de Ingreso.

Esta opción permite obtener un documento de ingreso de cualquier documento de deuda, tanto en vía voluntaria como en vía de apremio.

Se indica el Documento de deuda o el Expediente y se pulsa el botón “Continuar”

Para documentos de deuda no cargadas en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (en adelante

URE), se obtendrá el recibo de ingreso que podrá ser un TC1-30 para reclamaciones de deuda o un documento de pago de providencia de apremio para providencias de apremio.

Si la deuda se encuentra ya cargada en URE, se podrá obtener el recibo de ingreso del importe

total del expediente que se encuentra en dicha unidad, que contempla la totalidad de las

providencias de apremio asociadas al mismo. No se emitirán por este medio, recibos de ingreso “parciales”.

Los recibos de ingreso que se obtienen por esta opción son los mismos que se pueden obtener mediante la opción 1, a través del botón “Imprimir Documento”.

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Desde el menú “Gestión de Deuda” se accede a “Documentos de Deuda: Consulta,

Informe y Solicitud de Documento de Ingreso”. Dos opciones.

Opción 1. Informe/Consulta de liquidaciones no ingresadas en plazo.: Desde esta

opción se consulta en pantalla la relación de documentos de deuda para un

determinado sujeto responsable. Se indica, C.C.C., Régimen, ….Se pulsa ”Continuar”

y se muestra una pantalla en la que se visualizan la relación de documentos de deuda vigente. Si se pulsa “Imprimir Documento” se obtiene el recibo de ingreso.

Opción 2. Emisión de Boletín de Ingreso: Esta opción permite obtener un documento

de ingreso de cualquier documento de deuda, tanto en vía voluntaria como en vía

de apremio. Se indica el Documento de deuda o el Expediente y se pulsa el botón

“Continuar”.

Documentos de Deuda: Consulta, Informe y Solicitud de Documento de Ingreso

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12 Buzón Personal

Este servicio permite a la TGSS realizar comunicaciones al usuario, a través de un buzón en el que se

almacenarán todos los mensajes, los cuales podrán consultarse e imprimirse.

La TGSS utilizará este buzón como medio para informar al usuario de todos aquellos temas que no

pueden transmitirse desde Online.

Para acceder a la consulta de mensajes, seleccionar la opción “Consulta de Mensajes” en el

apartado “Buzón Personal” dentro de “Servicios R.E.D.”.

Desde Consulta de Mensajes se permite consultar:

Todos los mensajes.

Mensajes no leídos.

Mensajes leídos.

Mensajes con una cadena de texto determinada.

Los mensajes recibidos en el buzón pueden ser de varios tipos:

Mensaje de Bienvenida al crear una nueva autorización de RED Directo.

Solicitudes de pago (Cargo en Cuenta o Pago Electrónico) aceptadas y no cobradas.

Rechazos, en el momento de la consolidación, de movimientos de afiliación que

previamente han sido aceptados.

Otros mensajes considerados de interés.

Estos mensajes se podrán imprimir o borrar con los botones situados en la parte inferior de la pantalla. Para imprimir se selecciona el mensaje y se pulsa en el botón “Generar documento para

Impresión”, a continuación, en la parte superior derecha de la pantalla aparece la palabra

“Informe” se pulsa y se desplegará “Informe: Mensaje del autorizado” se pulsa sobre ello, y en una

nueva ventana se muestra el mensaje para su impresión en formato PDF. Para borrar un mensaje, se selecciona y se pulsa el botón “Borrar mensaje”.

.

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El Buzón Personal permite una comunicación entre la TGSS y los usuarios en aquellos

casos en los que la transmisión no se pueda realizar desde Online. El acceso se realizará mediante la opción “Consulta de Mensajes”, disponible en el

menú “Buzón Personal”, que se encuentra en los “Servicios RED”

Desde aquí el usuario podrá consultar e imprimir todos los mensajes recibidos.

Para imprimir un mensaje se selecciona, se pulsa “Generar documento para

Impresión”, a continuación, en la parte superior derecha de la pantalla se pulsa sobre

“Informe”, se despliega “Informe: Mensaje del Autorizado”, se pulsa y en una nueva

pantalla se visualiza el mensaje.”

Buzón Personal

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13 Cambio de contraseña del certificado SILCON

Una vez que el usuario ha obtenido el certificado SILCON en la Oficina de Registro correspondiente,

dispone de la posibilidad de cambiar la contraseña asociada al certificado, accediendo a la

página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es), seleccionando las opciones “Gestión de

Certificados Silcon” y dentro de esta la opción “Cambio de Pin de Certificado” dentro de “Servicios

R.E.D.”.

Una vez seleccionado, aparece la siguiente ventana, donde hay que informar 3 campos:

Contraseña Actual: Se introduce la contraseña con la cual se ha accedido a la Oficina Virtual.

Nueva Contraseña: Se introducen los datos (números y letras) que formarán la nueva

contraseña del Certificado.

Confirmar Contraseña: Se vuelven a introducir los datos de la nueva contraseña para verificar

que se han informado correctamente.

La nueva contraseña debe cumplir los siguientes requisitos:

Debe contener al menos 8 caracteres.

Debe contener al menos una letra mayúscula.

Debe contener al menos una letra minúscula.

Debe contener un carácter numérico.

No puede reutilizarse la contraseña antigua.

No puede contener una parte del nombre del certificado (perfil) mayor que la mitad de su

longitud.

Ningún carácter debe repetirse más veces que la mitad de la longitud de la contraseña.

A continuación se pulsa el botón “Modificar”, de forma que se realicen todas las validaciones

necesarias para comprobar que la contraseña nueva sea correcta, y para grabar los datos en el

servidor de la Seguridad Social.

Conviene tener en cuenta que las contraseñas son independientes para cada copia del

Certificado SILCON por lo que, en caso de contar con varias, estas pueden ser diferentes en el caso

de que solo se hubiese modificado alguna de ellas.

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El cambio de contraseña del certificado SILCON se realiza desde el menú de “Gestión

Certificados SILCON”, accediendo a la opción “Cambio de Pin de Certificado

SILCON”

Las contraseñas de los Certificados SILCON son independientes para cada copia , por

lo que, en caso de modificar una de ella las demás continuarán con la contraseña

antigua

Cambio de contraseña Certificado SILCON

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