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Jornada sobre Jornada sobre Incentivos fiscales y otros apoyos al sector industrial 21 de marzo de 2013 | Espacio Cultural CajaCanarias

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D. José Morín Arvelo, Socio de Montero Aramburu Abogados presenta "Beneficios Fiscales de aplicación para el Sector industrial", dentro de la Jornada Incentivos Fiscales y otros apoyos al sector industrial, del Programa de Formación y Dinamización de PYMEs Industriales.

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Jornada sobre Jornada sobre

Incentivos fiscales y otros apoyos al sector industrial

21 de marzo de 2013 | Espacio Cultural CajaCanarias

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Beneficios Fiscales de aplicación pal Sector Industrial

S/C d T if 21 d d 2013S/C de Tenerife, 21 de marzo de 2013

Page 3: Beneficios Fiscales. José Morín Arvelo en la Jornada Incentivos Fiscales SCE y Otros Apoyos al Sector Industrial. 21 Marzo 2013

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN

II. BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS

III. DEDUCCIONES APLICABLES AL SECTOR INDUSTRIAL

III.a. Deducciones Activos Fijos

III.b. Actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológicag y g

III.c. Formación en el uso de nuevas tecnologías

IV. APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

V. LA ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

3

V. LA ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

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I.- INTRODUCCIÓN

Las Islas Canarias siempre han gozado de un Régimen Fiscalespecifico, caracterizado por una menor presión fiscal.

En el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) se configuran tresimportantes Incentivos Fiscales:

• Bonificación a la Producción de Bienes Corporales

• Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)• Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)

• Zona Especial Canaria (ZEC)

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I.- INTRODUCCIÓN

A t i ti h l B fi i Fi l (D d i ) dA estos incentivos hay que sumar los Beneficios Fiscales (Deducciones) decarácter estatal en el Impuesto sobre Sociedades:

En Canarias a estas Deducciones se les aplican unos tipos y límites sobre lap p ycuota, más elevados que en el resto del territorio nacional :

• Investigación científica e innovación tecnológica (I+D+i)g g ( )

• Formación del personal en el uso de las nuevas tecnologías

• Deducción por Activos destinados Protección Medio Ambiente

• Deducción por Activos Fijos (solo es de aplicación en Canarias)

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II.- BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS

Las empresas tendrán derecho a una bonificación del 50% en lacuota íntegra en el IS derivada del rendimiento de la venta debienes corporales producidos en Canariasbienes corporales producidos en Canarias

Se pueden acoger empresas del sector agrícola, ganadería, pesca e

Bonificación(Requisitos Generales)

industria.

Se pueden beneficiar las sociedades domiciliadas en Canarias) Se pueden beneficiar las sociedades domiciliadas en Canarias,como en otros territorios, si la producción es realizada en Canarias,y se realizada a través de EP.

No es de aplicación a las actividades de construcción naval, fibrassintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria delcarbón.

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II.- BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS

Beneficio Procedente de Venta de Bienes Corporales 100

Ti IS 30%Tipo IS 30%

Cuota Integra 30g

Bonificación empresas productoras 15

Cuota a ingresar 15

Tributación Efectiva=15%

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III.- DEDUCCIONES APLICABLES AL SECTOR INDUSTRIAL

Deducciones aplicables en la cuota íntegra del Impuesto deSociedades, consistentes en un porcentaje sobre la inversión realizada

Deducción

Se establece un límite máximo para la aplicación de las mismas que secuantifica en un porcentaje sobre la cuota líquida resultante de laliquidación del Impuesto de Sociedades del ejercicio (cuota íntegraminorada en el importe de las deducciones por doble imposición y las

porInversiones

(

minorada en el importe de las deducciones por doble imposición y lasbonificaciones).

Las cantidades que no hayan sido objeto de aplicación por insuficienciade cuota en el ejercicio en que se generó el derecho podrán ser

(Requisitos Generales)

j q g paplicadas en los períodos impositivos que concluyan en los 15 añosinmediatos y sucesivos (18 años en el caso de I+D+i).

Para las entidades residentes en Canarias se establecen unos tiposPara las entidades residentes en Canarias se establecen unos tipossobre cada Deducción y unos Límites sobre la cuota, superiores alresto del territorio nacional. Y se mantiene la Deducción porinversiones en Activos Fijos (DAF) desaparecida para el resto delt it i i lterritorio nacional

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III.- DEDUCCIONES APLICABLES AL SECTOR INDUSTRIAL

Orden de aplicación: En primer lugar se aplican los saldos pendientesde ejercicios anteriores, empezando por los más antiguos, después lasgeneradas en el propio ejercicio.

Deducción

g p p j

Mantenimiento de las inversiones: Los elementos patrimoniales quese afectan a las Deducciones en su caso deben permanecer en

porInversiones

(R i it

se a ecta a as educc o es e su caso debe pe a ece efuncionamiento 5 años a su vida útil (3 años bienes muebles).

Contabilización: Según los criterios del PGC (inmovilizado o activo no(Requisitos Generales)

Contabilización: Según los criterios del PGC (inmovilizado o activo nocorriente, o bien gasto corriente). La incorrecta contabilización no debesuponer la pérdida de la Deducción

Incumplimiento requisitos: Supone la pérdida del derecho deDeducción. Se regulariza en el ejercicio en que se manifiesta elincumplimiento y se ingresa la cantidad deducida en su momento conlos intereses de demoralos intereses de demora.

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Porcentajes de deducción y coeficiente límite

Modalidad % deducción LímiteModalidad % deducción Nacional   Canarias

Límite Nacional Canarias

Investigación y desarrollo (1) 25/42 45/7517 8 (2) 37 2817-8 (2) 37-28

Innovación tecnológica 12 32

25/50 60/8525/50 60/85

Formación profesional utilización nuevas tecnologías(3)

1/2 21/22

Deducción Activos Protección Medio Ambiente

8 28

Deducción por Inversiones en A F

No aplica 25 50

1. Cuando los gastos en I+D del ejercicio superen la media de los 2 ejercicios anteriores se aplica el primer porcentaje hastadicha media y el incrementado sobre el exceso

2 Deducción adicional del 17% sobre los gastos de personal correspondiente a investigadores cualificados adscritos en

Activos Fijos

2. Deducción adicional del 17% sobre los gastos de personal correspondiente a investigadores cualificados adscritos enexclusiva a las actividades de I+D. La deducción del 8% corresponde a las inversiones en elementos del inmovilizado.

3. Cuando inversión del año supere a la media dos ejercicios anteriores se aplica 1% hasta la media y 2% al exceso.

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III. a. Deducciones Activos Fijos

S li l i ió (i ili d t i l) li d A tiSe aplica a la inversión (inmovilizado material) realizada en ActivosFijos Nuevos o Usados (en este caso necesita calificación mejoratecnológica), no en terrenos

Deducción

Activo afecto a la actividad económica

Activos Fijos

(DAF)

Se genera en el ejercicio se pongan a disposición de la sociedad

Mantenimiento de cinco años, salvo vida útil inferior o pérdidajustificada

Compatibilidad otros beneficios fiscales, otras Deducciones, RIC,(incompatibilidad mismo importe)

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III.b. Actividades de Investigación y Desarrollo

Investigación: Indagación original y planificada (invención) que persiguedescubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbitocientífico y tecnológico.Desarrollo: Es la aplicación de los resultados de la investigación para laDesarrollo: Es la aplicación de los resultados de la investigación para lafabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevosprocesos y sistemas de producción o mejora tecnológica de los ya existentes.

Actividades incluidas expresamente (I+D) además de las definidas antes:DefiniciónActividades

de I+D

Actividades incluidas expresamente (I+D), además de las definidas antes:•Materialización de resultados en plano, esquema o diseño.•Creación primer prototipo no comercializable: modelo original del nuevoproducto que se usa para efectuar pruebas de verificación de lascaracterísticas del mismocaracterísticas del mismo.•Proyectos pilotos o de demostración inicial (cuando no puedan usarse parasu explotación comercial)•Diseño y elaboración de un muestrario para el lanzamiento de nuevosproductos: introducción de los mismos en el mercadoproductos: introducción de los mismos en el mercado•Software avanzado: Suponga un progreso científico o tecnológico mediantenuevos teoremas o algoritmos o creación de nuevos sistemas operativos.Constituyen la base los costes del desarrollo experimental del mismo y nolos aplicados para la elaboración posterior del productolos aplicados para la elaboración posterior del producto.

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III.b. Actividades de Investigación y Desarrollo

Base de la Deducción:

• Gastos en intangibles

Actividadesde I+D

• Gastos en activo fijo (amortizaciones)• Inversiones en Inmovilizado Material e Inmaterial (excluidos

inmuebles y terrenos)• También incluye las cantidades pagadas a terceros para la realización• También incluye las cantidades pagadas a terceros para la realización

de estas actividades

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III.b. Actividades de Innovación Tecnológica

Inmovación tecnologica IT: Actividad cuyo resultado sea un avancetecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos deproducción, o cuyo resultado sea la mejora sustancial,tecnológicamente significativa de productos o procesos de produccióntecnológicamente significativa, de productos o procesos de producciónya existentes.

La diferencia con I+D es que el producto o proceso existía

Definición Actividades

de IT

anteriormente pero con características y aplicaciones diferentes.

Actividades incluidas expresamente , además de las definidas antes:

Materialización de resultados en plano esquema o diseñode IT •Materialización de resultados en plano, esquema o diseño.•Creación primer prototipo no comercializable: modelo original delnuevo producto que se usa para efectuar pruebas de verificación de lascaracterísticas del mismo.P il d d i i i i l ( d d•Proyectos pilotos o de demostración inicial (cuando no puedan usarse

para su explotación comercial)•Diseño y elaboración de muestrarios textiles, lo de la industria delcalzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y deq j g yla madera.

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III.b. Actividades de Innovación Tecnológica

B d l d d ióBase de la deducción:

Gastos del período en IT relativos a los siguientes conceptos

•Diagnóstico tecnológico: identificación, definición y orientación desoluciones tecnológicas avanzadas.•Diseño industrial e ingeniería de procesos de producción: concepción,elaboración de planos y soportes para definir elementos descriptivos,

Actividades de IT

elaboración de planos y soportes para definir elementos descriptivos,especificaciones técnicas y características de funcionamiento parafabricación, prueba instalación y uso de un producto, así como laelaboración de los muestrarios.Ad i i ió d l í d f d li i•Adquisición de tecnología avanzada en forma de patentes, licencias,

know-how (conjunto de conocimientos y experiencias de una empresa)y diseños (no se puede adquirir a vinculadas y la base no puede sersuperior a 1 M €)•Obtención certificado ISO 9000, GMP o similares (coste del servicioprestado por las empresas especializadas que verifican elcumplimiento).También incluye las cantidades pagadas a terceros para la realización•También incluye las cantidades pagadas a terceros para la realización

de estas actividades

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III.b. Actividades de I+D+i

Deducciones con carácter indefinido (sin limitación temporal).

18 años para aplicar las Deducciones generadas y no aplicadas pori fi i i d L D d i i d li d dinsuficiencia de cuota. La Deducción se entiende realizada cuando sedevenga el gasto o bien en caso de elementos patrimoniales cuandosean puestos en condiciones de funcionamiento.

Actividades de I+D+i Aspectos

• Los gastos deben constar específicamente individualizados porproyectos

• Debe tener la consideración de gasto contable (no vale que sea gastofiscal por ajuste fiscal) con independencia de su contabilización comoAspectos

comunesfiscal por ajuste fiscal) con independencia de su contabilización comogasto del ejercicio o su activación en el intangible.

• El gasto debe estar directamente relacionado con las actividades deI+D+I (se excluyen gastos indirectos).y g

La actividad de I+D+I debe realizarse en España o en cualquier Estadomiembro de la UE

La base se minora en el 65% de las subvenciones recibidas para elfomento de dichas actividades e imputables a ingresos del ejercicio

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III.b. Actividades de I+D+i

La norma excluye expresamente como actividades de I+D+i:• Actividades que no impliquen una novedad científica o tecnológica

significativa (actividades para mejora de la calidad de productos yservicios cambios de temporada – excepto muestrarios - o

Actividades

servicios, cambios de temporada – excepto muestrarios - omodificaciones estéticas o menores de productos ya existentes).

• Exploración, sondeo y prospección de minerales o hidrocarburos.• Actividades de producción industrial y provisión de servicios o de

di t ib ió d bi i i d t i d ti id d iActividades de I+D+i Aspectos comunes

distribución de bienes y servicios y determinadas actividades previasa la producción.

comunesCon la finalidad de justificar la aplicación de la Deducción se puede:• Aportar informe emitido por el Mº de Ciencia e Innovación .• Presentar consultas a la AEAT.

S li i l d ió d d i d l ió• Solicitar la adopción de acuerdos previos de valoración.• Tanto las consultas como el informe del Mº tendrá carácter

vinculante para la Administración.

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III.b. La Deducción por I+D+i

Deducción I+D+i

Aspectos Diferenciales

Deducción por I+D Deducción por Innovación

C i T i i C ú C i T i i C ú

% Deducción 2013

Canarias Territorio Común Canarias Territorio Común

% Deducción 2013 % Deducción 2013 % Deducción 2013

• 25% ó 42% sobre exceso

• 17% gastos personal

• 45% ó 75% sobre exceso

• 37% gastos personal • 32% • 12% personal

• 8% Inmovilizado Material e Inmaterial

personal• 28% Inmovilizado

Material e Inmaterial

32% 12%

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III.c. Formación en el uso de Nuevas Tecnologías

Gastos efectuados con la finalidad de habituar a los empleados en eluso de las nuevas tecnologías. Incluye:•Gastos para facilitar o financiar conexión a internet.

d d d l b d

Gastos de

•Gastos derivados de la entrega gratuita, a precios rebajados oconcesión de préstamos para la compra de equipos con su software yperiféricos asociados al empleado.

Gastos de formación

profesional del personal

El uso de los activos puede hacerse tanto en el lugar de trabajo como enel domicilio de los empleados.

pen uso de

nuevas tecnologías

No es retribución en especie para el empleado.

Base de la deducción:•Equipos propiedad de la empresa: Gastos financieros + dotación•Equipos propiedad de la empresa: Gastos financieros + dotaciónamortización del ejercicio /cuota de arrendamiento(alquilado)/princiapal cuota + dotación amortización (leasing)•Equipo del empleado: gasto que recaiga sobre la empresa.S i l 65% d l b i ll i d l•Se minora en el 65% de las subvenciones que se llevan a ingresos del

ejercicio.

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IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

Reducción de la B. Imponible del Impuesto sobre Sociedadeshasta el límite del 90% del beneficio (no distribuido), obtenido enlos establecimientos situados en Canariaslos establecimientos situados en Canarias.

La dotación crea una Reserva indisponibleR.I.C.

(Requisitos Generales)

La dotación crea una Reserva indisponible.

Compromiso implica, la materialización en activos, en el plazo) p p pmáximo de 3 años contados a partir del inicio del ejerciciosiguiente al que se dota la RIC. La materialización se entenderáproducida cuando los activos entren en funcionamiento.

Los activos en que se materialice la RIC deberán estar situados orecibidos en Canarias y afectos al desarrollo de actividadesempresariales de la entidadp

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IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

Los activos en que se materialice la reserva deberán permanecer enfuncionamiento en la empresa durante 5 años como mínimo. En elcaso de la adquisición de suelo el plazo será de 10 años

La RIC será incompatible con otras Deducciones para incentivardeterminadas actividades por ejemplo: I+D+i y con la Deducciónpor Activos Fijos en Canarias (DAF)

R.I.C.(Requisitos Generales)

por Activos Fijos en Canarias (DAF)

La regulación implica gran cantidad de aspectos formales, para unmejor control por parte de la administración tributaria) ejo co t o po pa te de a ad st ac ó t buta a

La RIC canaliza aprox. el 70% de la inversión de las empresas enCanarias. Este factor debe ser aprovechado por el sector industrialpara atraer inversores sobre todo en los que se denomina“Economía Verde”

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L MATERIALIZACION DE LA RIC d b li

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

La MATERIALIZACION DE LA RIC se debe realizar en:

A. Inversiones Iniciales en Activos Fijo (material o inmaterial)

C i d l i d l i i i lB. Creación de empleo asociado a la Inversión Inicial.

C. Inversiones en “otros elementos” que no puedan considerarse como Inversión Inicial.

D. Suscripción de:

D.1 Acciones o participaciones de otras entidades.D.1 Acciones o participaciones de otras entidades.D.2 Acciones o participaciones de entidades ZEC.D.3 Acciones o participaciones en Sociedades o Fondos de Capital

Riesgo y en F. Inversión. D.4 Títulos valores de Deuda Publica Canaria. D 5 Títulos valores de Organismos Públicos D.5 Títulos valores de Organismos Públicos. D.6 Títulos valores de Sociedades con Concesiones Administrativas.

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A I ió I i i l A ti Fij ( t i l i t i l)

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

A. Inversión Inicial en Activos Fijo (material o inmaterial):

• La creación de un establecimiento

• La ampliación de un establecimiento

• La diversificación de la actividad de un establecimiento para la elaboración denuevos productos o ssp

• La transformación sustancial en el proceso de producción de un establecimiento

El l t t bl i t di ifi ió d l ti id d d t bl i i tEl reglamento establece que existe diversificación de la actividad de un establecimientopara la elaboración de nuevos productos cuando la misma tenga por finalidad obtenerun producto o servicio distinto que presente una novedad esencial y no meramenteformal respecto de los que viniera desarrollando con anterioridad.p q

También define como transformación sustancial en el proceso de producción de unestablecimiento cuando el nuevo proceso tiene unas características o aplicacionesdesde el punto de vista tecnológico que difieren de forma esencial del existente condesde el punto de vista tecnológico que difieren de forma esencial del existente conanterioridad.

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A I ió I i i l A ti Fij ( t i l i t i l)

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

A. Inversión Inicial en Activos Fijo (material o inmaterial):

Se admite la inversión inicial en Derechos de uso de propiedad industrial o intelectual yconocimientos técnicos no patentados con los siguientes requisitos:p g q

• Uso exclusivo en el establecimiento considerado inversión inicial

• Ser amortizable• Ser amortizable

• Adquirido a terceros en condiciones de mercado.

• Figurar en el activo de la entidadFigurar en el activo de la entidad

El reglamento define el término “conocimientos técnicos no patentados” los derechospara la explotación económica de fórmulas o procedimientos secretos, los derechosp p p ,sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales y científicas y elconjunto no divulgado de informaciones técnicas necesarias para la reproducciónindustrial, directamente y en las mismas condiciones, de un producto o de unprocedimientoprocedimiento.

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B C ió d l i d l I ió I i i l

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

B. Creación de empleo asociado a la Inversión Inicial.

Se entenderá materialización de RIC, a la creación de puestos de trabajo relacionadosdirectamente con las Inversiones Iniciales, el reglamento aclara en Canarias., g

• Los puestos de trabajo se deben crear dentro de los seis meses siguientes a laentrada en funcionamiento, de la Inversión Inicial amortizable.

• La materialización es el importe del coste medio de los salarios brutos y lascotizaciones sociales obligatorias, de los primeros dos años.

• Por lo tanto, sectores intensivos en capital humano, son uno de los sectores másbeneficiados con este nuevo marco.

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C I i “ t l t ” d id

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

C. Inversiones en “otros elementos” que no puedan considerarse comoInversión Inicial.

Se considera materialización de RIC la adquisición de activos fijos que no puedanSe considera materialización de RIC la adquisición de activos fijos, que no puedanser consideradas como “inversión inicial”, y además se incluyen los activos quecontribuyan a la mejora y protección del medio ambiente en el territorio canario ylos Gastos de I+D+i

Se definen los Gastos de I+D+i y se establece que la materialización no estarácondicionada a su activación posterior.

La materialización alcanzará también a proyectos contratados con Universidades,Organismos Públicos, Centros de Innovación y Tecnología oficialmente reconocidos,registrados y situados en Canarias.

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D S i ió d

IV.- APLICACIÓN DE LA R.I.C. AL SECTOR INDUSTRIAL

D. Suscripción de:

D.1 Acciones o participaciones de otras entidades.E t i d d ól d i ti ti fij l d “I ióEstas sociedades sólo pueden invertir en activos fijos en el marco de una “InversiónInicial” o en la creación de empleo relacionado directamente la Inversión Inicial.

D.2 Acciones o participaciones de entidades ZEC. p pAdemás de los requisitos vistos en el punto anterior y los propios de las entidadesZEC, se deben cumplir:

• Importe de la emisión o de la ampliación de capital > 750 000 €• Importe de la emisión o de la ampliación de capital > 750.000 €

• Mínimo el 10% de la emisión o de la ampliación de capital sea suscrita por algunapersona o entidad que no materializa RIC y sea desembolsada de manera inmediata.

D 3 A i i i i S i d d F d d C i lD.3 Acciones o participaciones en Sociedades o Fondos de Capital Riesgo y en Fondos de InversiónEstas sociedades deben invertir a su vez una cantidad equivalente en acciones o

ti i i l it l d i d d i t l t d D 1 D 2participaciones en el capital de sociedades vistas en los apartados D.1 y D.2.

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V.- LA ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un área de baja tributación autorizadaLa Zona Especial Canaria (ZEC) es un área de baja tributación autorizadapor la Unión Europea, vigente hasta el 31/12/2019, que persigue laimplantación de empresas en el archipiélago canario

Objetivos

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V.- LA ZEC: REQUISITOS PARA SER ENTIDAD ZEC

Entidad de nueva creación con domicilio y sede de direcciónefectiva en el ámbito geográfico de la ZEC

Inversión mínima de 100 000 Euros en activos fijos afectos a la

Al menos uno de los Administradores deberá residir en Canarias

EntidadZEC

Inversión mínima de 100.000 Euros en activos fijos afectos a laactividad dentro de los 2 primeros años desde el momento de suautorización en Gran Canaria y Tenerife. 50.000 Euros en el resto.

C l 5 t d t b j d t d l 6Crear, al menos, 5 puestos de trabajo dentro de los 6 mesessiguientes al momento de la autorización, y mantener estepromedio durante los años que esté adscrita a la ZEC (3 empleosen las islas no capitalinas).

Constituir como objeto social la realización, en el ámbito de laZEC, de una de las actividades permitidas

p )

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V.- LA ZEC: VENTAJAS FISCALES

Las ventaja fiscal que ofrece la ZEC y que se encuadra en el Impuesto sobreS i d d (IS)Sociedades (IS)

IS Tipo impositivo reducido del 4%

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V.- LA ZEC: BASE IMPONIBLE

L B I ibl (BI) d l ZEC t ib t l ti d id t j d lLa Base Imponible (BI) de la ZEC que tributa al tipo reducido es un porcentaje de laBI Total. Este porcentaje se calcula de la siguiente manera:

• Transmisiones de bienes muebles efectuadas en el ámbito geográfico de la ZECg g• Transmisiones de bienes inmuebles situados en el ámbito geográfico de la ZEC• Prestaciones de servicios efectuadas con los medios de la Entidad ZEC• Operaciones destinadas a sucursales fuera de la ZEC• Operaciones recibidas desde sucursales

• Transmisión de elementos patrimoniales adquiridos por la Entidad ZEC• Transmisión de elementos patrimoniales adquiridos por la Entidad ZECprocedentes de entidades no ZEC como consecuencia de operaciones acogidasal régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje devalores.

TOTAL DE OPERACIONES REALIZADAS POR LA ENTIDAD ZEC

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V.- LA ZEC: BASE IMPONIBLE

Adi i l t i t lí it l BI ZEC f ió d l ti dAdicionalmente existen unos límites a la BI ZEC en función del tipo deactividad realizada y la creación neta de empleo

Creación Neta de Actividades Actividades de ActividadesCreación Neta de Empleo

Actividades Específicas

Actividades de Servicios

Actividades Industriales

3-8 P.T. 1.125 1.500 1.800

9-12 P.T. 1.500 2.000 2.400

13-20 P.T. 2.250 3.000 3.600

21-50 P.T. 6.000 8.000 9.200

51-100 P.T. 13.500 18.000 21.600

> 100 P.T. 75.000 100.000 120.000

El t d l BI t ib t l ti d id l h á l ti d l 30%El resto de la BI que no tribute a los tipos reducidos lo hará al tipo del 30%

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VI.- CONCLUSIÓN

1.- Existe un mapa de Beneficios Fiscales muy amplio para el Sector Industrial,sobre todo en Canariassobre todo en Canarias.

2.- La combinación adecuada de los distintos Beneficios Fiscales aplicablesreducen considerablemente la tributación , incluso con posibilidad de cuotapcero.

3.- Existen Beneficios Fiscales (RIC), que pueden ayudar a financiar nuevospro ectosproyectos.

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