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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO SUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICA SUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872 PROYECTO: SUSTANTIVO Cosoleacaque, Veracruz, a 15 de Septiembre de 2014 PEMEX-PETROQUÍMICA ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS PUBLICADA EL 16 DE JULIO DE 1992 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Y TIENE POR OBJETO PROCESOS INDUSTRIALES PETROQUÍMICOS CUYOS PRODUCTOS NO FORMAN PARTE DE LA INDUSTRIA PEMEX PETROQUÍMICA BÁSICA, ASÍ COMO SU ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, Y DENTRO DE SUS ATRIBUCIONES ESTÁ LA DE CELEBRAR CONTRATOS Y CONTINÚA REALIZANDO DICHAS ACTIVIDADES, EN CUMPLIMIENTO A SU OBJETO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. EMITE LAS SIGUIENTES: BASES MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS, DE CARÁCTER NACIONAL TIPO PRESENCIAL NO. DE CONCURSO: IS-432-PA-LPM-2010872 PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II Bajo la modalidad de Contrato Estándar a precio fijo Página 1 de 148

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO

Cosoleacaque, Veracruz, a 15 de Septiembre de 2014

PEMEX-PETROQUÍMICA ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS PUBLICADA EL 16 DE JULIO DE 1992 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Y TIENE POR OBJETO PROCESOS INDUSTRIALES PETROQUÍMICOS CUYOS PRODUCTOS NO FORMAN PARTE DE LA INDUSTRIA PEMEX PETROQUÍMICA BÁSICA, ASÍ COMO SU ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, Y DENTRO DE SUS ATRIBUCIONES ESTÁ LA DE CELEBRAR CONTRATOS Y CONTINÚA REALIZANDO DICHAS ACTIVIDADES, EN CUMPLIMIENTO A SU OBJETO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO, DE LA LEY ORGÁNICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

EMITE LAS SIGUIENTES:BASES MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES

PERSONAS, DE CARÁCTER NACIONAL TIPO PRESENCIAL

NO. DE CONCURSO: IS-432-PA-LPM-2010872

PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II

Bajo la modalidad de Contrato Estándar a precio fijo

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el ANEXO SSPA “Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (SSPA).

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO

CRONOGRAMA

REQUISICIÓN: 432-42000-S-1033818 MODULO 6 CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II

ACTO FECHA HORA LUGARPUBLICACION DE BASES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2014 --------- PORTAL DE PPQ

CONSULTA DE BASES 16 AL 19 DE AGOSTO DE 2014 ---------

Portal de PPQ y en la convocante: en la Jefatura de Obra Pública localizada en el Edificio “I”, sito en Carretera Costera del Golfo Km. 39+400 SN, SC, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz.

PERIODO DE ENTREGA DE INVITACION PERSONALIZADA Y BASES A INVITADOS.

15 AL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2014

08:00a

14:00

En el Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

PERIODO PARA DEPOSITAR SOBRES DE PROPUESTAS EN BUZON.

22 AL 26 SEPTIEMBRE 201408:00

a10:00

En días hábiles en el Buzón del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 9634026 DE SEPTIEMBRE DE 2014

08:00a

10:00

APERTURA DE SOBRES DE PROPUESTAS 26 DE SEPTIEMBRE DE 2014 10:00

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

ACLARACIONES O SUBSANACION DE REQUISITOS DE PROPUESTAS

RECIBIDASSI APLICA

08:00 a

14:00Desde la fecha de entrega de propuestas hasta un día previo a dar el fallo

DICTAMEN TECNICO 03 DE OCTUBRE DE 201408:00

a14:00

En el Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico

NOTIFICACIÓN DEL FALLO 10 DE OCTUBRE DE 2014 13:00

Sala de licitaciones del Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

PERIODO PARA FIRMA DE CONTRATO

11 DE OCTUBRE DE 2014(DENTRO DE LOS 10 DÍAS

SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO)

20 DE OCTUBRE DE 2014

08:00a

14:00

En el Departamento de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de PEMEX Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el numeral IV.2 del ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que ingresen a las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. El Anexo SSPA podrá consultarse en la página electrónica: http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES

DOCUMENTO CONTENIDO01 Requerimientos Técnicos.02 Aspectos Administrativos.03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

04 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. -NO APLICA-

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta.

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

06-C Formato de la manifestación escrita del licitante para dar cumplimiento al Artículo 23 penúltimo párrafo de las DAC’S. -OPCIONAL-

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.

08-AModelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:Garantizar, el debido cumplimiento de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-B Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para: garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado.-NO APLICA-

10 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.-NO APLICA-

12 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. -NO APLICA-14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.15 Modelo-Guía del Contrato.

16 Causas de Desechamiento.

17 Niveles de inspección de servicios.

18 Formato 4 “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor” que forma parte del “Anexo SSPA”

19CÁLCULO Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL EN SERVICIOS DE MANTENIMIENTO QUE NO REQUIERAN EL USO DE EMBARCACIONES. Documento 19

19-A Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra. Documento 19-A

19-B Formato 4. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto. Documento 19-B

Para mejor conducción de esta invitación restringida a por lo menos tres personas preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de invitación, los cuales contienen los datos mínimos necesarios.Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

DOCUMENTO 01Página 3 de 106

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOREQUERIMIENTOS TÉCNICOS

CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II REQUISICION: 432-42000-S-1033818

PARTIDA CODIFICACIÓN CANTIDADUNIDAD

DE MEDIDA

DESCRIPCION

1 99.311.332 1.00 SERVICIO REPARACION, CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO.

1.-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

SERVICIO DE REPARACIÓN DE DOS BOMBAS VERTICALES, TAG BA 203-C / D MULTIETAPAS CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES DE OPERACIÓN:

BOMBA 1TAMAÑO 3X4X8A, No. DE SERIE 2H302TIPO DE BOMBA: VCR CENTRÍFUGA VERTICAL MULTIETAPASVELOCIDAD DE OPERACIÓN: 3560 RPMFLUIDO: AMONIACOGASTO: 300 GPMSP.GR: 0.615HEAD: 1338 FTPOTENCIA DEL MOTOR: 100 HPS

BOMBA 2TAMAÑO 3X4X8A, SIN No. DE SERIETIPO DE BOMBA: VCR CENTRÍFUGA VERTICAL MULTIETAPASVELOCIDAD DE OPERACIÓN: 3560 RPMFLUIDO: AMONIACOGASTO: 300 GPMSP.GR: 0.615HEAD: 1338 FTPOTENCIA DEL MOTOR: 100 HPS

2.- ALCANCES:

LAS ACTIVIDADES A REALIZAR EN LA REHABILITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS BOMBAS:

2.1.- LIMPIEZA MECÁNICA A METAL BLANCO MEDIANTE CHORRO DE ARENA Y PROTECCIÓN ANTICORROSIVA A CARCASA.

2.2.- DESENSAMBLE, DIMENSIONAMIENTO Y PRUEBAS NO DESTRUCTIVAS CONSISTENTES EN LÍQUIDOS PENETRANTES INICIALES Y FINALES A IMPULSORES, TAZONES Y FUNDAS, (MÉTODO ASTM E-165).

2.3.- FABRICACIÓN DEL IMPULSOR DE SUCCIÓN EN MATERIAL DE FUNDICIÓN DE HIERRO COLADO DE AUERDO A DIMENSIONES DE DISEÑO ORIGINAL.

2.4.- FABRTICACIÓN DEL TAZÓN DEL 1er. PASO EN MATERIAL FUNDICIÓN DE HIERRO COLADO DE AUERDO A DIMENSIONES DE DISEÑO ORIGINAL.

2.5.- FABRICACIÓN DE EJE EN MATERIAL ACERO AL CARBÓN (12%Cr) CON DIÁMETRO DE 1.375" DE AUERDO A DIMENSIONES DE DISEÑO ORIGINAL.

2.6.- FABRICACIÓN DE CENTRADORES O ARAÑA (02 POR CADA BOMBA) DE HIERRO COLADO DE 9" DE DIÁMETRO E INSTALACIÓN DE BUJES EN MATERIAL DE CARBÓN DANDO CLARO DIAMETRAL DE 0.004" CON RESPECTO AL EJE Y 0.002" DE INTERFERENCIA RESPECTO A CENTRADORES.

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO

2.7.- FABRICACIÓN Y MONTAJE DE ANILLOS DE DESGASTE ESTÁTICOS EN TAZONES DEL 1 AL 11 EN MATERIAL HIERRO COLADO.

2.8.- FABRICACIÓN Y MONTAJE DE ANILLOS DE DESGASTE DE IMPULSORES (11 POR CADA BOMBA) EN MATERIAL HIERRO COLADO DANDO CLARO DIAMETRAL DE 0.013" CON RESPECTO A ANILLOS DE DESGASTE ESTÁTICOS.

2.9.- SUMINISTRO Y MONTAJE DE BUJE EN TORRETA EN MATERIAL CARBÓN GRADO 5 DANDO UN CLARO DIAMETRAL DE 0.005" CON RESPECTO A MANGA.

2.10.- SUMINISTRO Y MONTAJE DE BUJES DE TAZONES (11 POR CADA BOMBA) EN MATERIAL CARBÓN DANDO CLARO DIAMETRAL DE 0.004" CON RESPECTO AL EJE.

2.11.- RECUPERACIÓN DE GUÍAS DE ENSAMBLE MACHO - HEMBRA DE FUNDAS Y TAZONES (11 JUEGOS HEMBRA-MACHO POR BOMBA) A FIN DE MANTENER CONCENTRICIDAD, PARALELISMO Y PERPENDICULARIDAD.

2.12.- FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE CANDADOS (11 POR CADA BOMBA) DE FIJACIÓN DE CADA IMPULSOR EN MATERIAL ACERO AL CARBÓN.

2.13.- BALANCEO PROGRESIVO DINÁMICO DEL ROTOR (TODOS LOS IMPULSORES) DE ACUERDO A API 610 11a EDICION.

2.14.- ENSAMBLE DE BOMBA PERMITIENDO GIRO LIBRE DE EJE SIN ROZAMIENTO ENTRE ANILLOS DE DESGASTE.

2.15.- INSTALACIÓN DE SELLO MECÁNICO DOBLE.

2.16.- PINTURA DE ACABADO FINAL DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES DE PEMEX.

2.17.- TRANSPORTE DE PETROQUÍMICA COSOLEACAQUE - INSTALACIONES DEL PROVEEDOR DE IDA Y RETORNO.

2.18.- SUMINISTRO DE SELLO MECÁNICO DOBLE COMPLETO, MARCA AESSEAL PLAN 53C DE ACUERDO AL API 682 3ra. EDICIÓN, MODELO DMSF OI, DIÁMETRO DE 1.375", MATERIALES SIC/ANTY/SIC/ANTY NEOPRENO, PARA INSTALAR EN LAS BOMBAS BA-203 C / D DE LA PLANTA DE AMONIADUCTO II DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

2.19.- PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS.EL PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS SERÁ DE 70 (SETENTA) DÍAS NATURALES PARA ESTA SOLICITUD DE SERVICIO

INCLUYE:

* 03 CONECTORES DE 3/8" NTP A 1/2 OD.* 01 CUBETA DE ACEITE SINTÉTICO ROYAL PURPLE GT-56.* ASISTENCIA DURANTE LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA POR PARTE DEL FABRICANTE DEL SELLO Y REPORTE TÉCNICO DEL DESEMPEÑO EMITIDO POR EL FABRICANTE DEL SELLO.

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVONOTAS PARA EL INVITADO:

1.-DEBERÁ PRESENTAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA COPIA DE POR LO MENOS DOS CARÁTULAS Y/O AVISOS DE TERMINACIÓN DE CONTRATOS (FINIQUITOS), QUE DEMUESTREN HABER EJECUTADO TRABAJOS SIMILARES EN TIPO Y ALCANCE A LOS QUE SE LICITAN (EXPERIENCIA), DURANTE LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS ANTERIORES A LA FECHA.

2- DEBERÁ MANIFESTAR EN SU PROPUESTA MEDIANTE ESCRITO LIBRE QUE SE COMPROMETE A ENTREGAR DE MANERA OBLIGATORIA PARA EFECTOS INFORMATIVOS A LA CONCLUSIÓN DE LOS SERVICIOS, LOS FORMATOS CORRESPONDIENTES AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL EN LOS SERVICIOS QUE PROPONE.

3.- DEBE ESPECIFICAR EN SU PROPUESTA EL TIEMPO DE ENTREGA Y ESTA NO DEBE SER MAYOR A LO INDICADO EN LOS ALCANCES DEL SERVICIO.

4.- MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA API 610 11a. EDICION.

NOTA: EN CASO DE NO PRESENTAR CUALQUIERA DE LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA AL INVITADO, SERÁ MOTIVO PARA DESECHAR LA PROPUESTA.

NOTAS PARA EL PROVEEDOR:

1.- DURANTE LA INSPECCIÓN DE LA CONCLUSIÓN DEL SERVICIO DEBERÁ ENTREGAR AL SUPERVISOR DEL SERVICIO, CARTA GARANTÍA COMERCIAL EN ORIGINAL POR ESCRITO EMITIDA POR EL PROVEEDOR, EN LA QUE MANIFIESTE GARANTÍA DE 12 MESES EN OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS REHABILITADOS, CONTADOS A PARTIR DE LA ACEPTACIÓN DEL SERVICIO POR PARTE DE PEMEX PETROQUÍMICA, CON LOS TÉRMINOS QUE SE GARANTIZAN Y LAS CONDICIONES PARA HACERLAS EFECTIVAS.

2.- DURANTE LA INSPECCIÓN DE LA CONCLUSIÓN DEL SERVICIO DEBERÁ ENTREGAR AL SUPERVISOR DEL SERVICIO EL REPORTE DE PRUEBAS DE LABORATORIO REALIZADAS A CADA UNA DE LAS BOMBAS:

A) REPORTE FINAL DEL BALANCEO DINÁMICO DEL ROTOR.

3.- DURANTE LA INSPECCIÓN DE LA CONCLUSIÓN DEL SERVICIO DEBERÁ ENTREGAR AL SUPERVISOR DEL SERVICIO EL REPORTE FINAL DE LOS TRABAJOS DE REHABILITACIÓN.

4.- PARA EL SUMINISTRO DE LOS SELLOS DE CADA UNA DE LAS BOMBAS DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

SELLO MEÁNICO DOBLE COMPLETO MARCA AESSEAL, DE ACUERDO AL API 682 3ra. EDICIÓN

MODELO DMSF OI, DIÁMETRO DE EJE 1.375"

MATERIALES SIC/ANTY/SIC/ANTY NEOPRENO

SUMINISTRO DE PLAN DE LUBRICACIÓN A SELLO MECÁNICO.

5.- DEBERÁ TRASLADAR LAS BOMBAS CENTRÍFUGAS DE LOS LUGARES INDICADOS POR PEMEX PETROQUÍMICA, DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE AL TALLER DEL PROVEEDOR Y VICEVERSA SIENDO RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR EL TRASLADO Y MANIOBRA DE LOS EQUIPOS EN AMBOS SITIOS.

6.- "EL PROVEEDOR QUEDA OBLIGADO A CUMPLIR CON LA INSCRIPCIÓN Y PAGO DE CUOTAS AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y QUE PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE ELLO, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, DEBERÁ ENTREGAR AL SUPERVISOR DEL CONTRATO, EN FORMA BIMESTRAL, COPIA DE LAS CONSTANCIAS DE CUMPLIMIENTO DEL PERSONAL QUE EJECUTA EL SERVICIO EN LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

NOTAS GENERALES:

1.-EL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE NO RECONOCERÁ PAGO ADICIONAL POR CONCEPTOS ORIGINADOS POR CAUSAS CLIMATOLÓGICAS Y NO SE PERMITIRÁ EJECUTAR TRABAJO ALGUNO EN CASO DE QUE POR CAUSAS CLIMATOLÓGICAS SE PONGA EN RIESGO LA SEGURIDAD DEL PERSONAL, LAS INSTALACIONES O LA CALIDAD DEL TRABAJO.

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO2.-PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL PRESTADOR DE SERVICIO GANADOR SE APEGARA AL "ANEXO SSPA" OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS.

3.-SE SANCIONARA AL PROVEEDOR CON EL 0.2 % POR CIENTO DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO POR CADA DÍA DE RETRASO.

4.-EL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN ES POR LA TOTALIDAD DE LOS SERVICIOS.

5.- NIVEL DE INSPECCIÓN SOLICITADO:

SE APLICARA NIVEL DE INSPECCIÓN V

APLICA LOS ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS TERMINADOS QUE SE SUPERVISAN CON PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX, EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR O EN DESTINO FINAL.

CONFORME EL NUMERAL 16.2

EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LOS CONTRATOS, SE DETERMINA REVISANDO LOS REQUISITOS Y PRESENCIANDO LAS ACTIVIDADES QUE APLIQUEN, SIENDO ENUNCIATIVAS MÁS NO LIMITATIVAS LAS SIGUIENTES:

1) LAS ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES.

2) EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES.

3) LA EJECUCIÓN DEL ARRENDAMIENTO O SERVICIO.

4) LAS PRUEBAS Y/O EVALUACIONES FINALES.

6) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO.

CONFORME AL NUMERAL 12 DEL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES (REV. 01. DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2009) AL REALIZAR LA INSPECCIÓN DE BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COMO MÍNIMO, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

a) REMISION O FACTURA

d) GARANTÍA COMERCIAL

e) CERTIFICADOS DE CALIDAD E INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO.

i) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS.

LA INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS SE REALIZARA DE CONFORMIDAD CON LO INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CON CLAVE: PA-800-70600-01 REV. 01 DE FECHA DE 10 DE SEPTIEMBRE DEL

2009.

5.1- LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS:

LOS SERVICIOS SE EJECUTARÁN O REALIZARÁN EN EL TALLER O INSTALACIONES DEL PROVEEDOR.

6.- CRITERIO DE EVALUACIÓN: BINARIO, DEBIDO A QUE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SE ENCUENTRAN ESTANDARIZADAS Y NO SE REQUIERE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.

7.- EL SUMINISTRO DE LAS REFACCIONES Y/O BIENES UTILIZADAS EN LA REHABILITACIÓN DEBERÁN SER NUEVAS.

8.- NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE SUPERVISARÁ Y AMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARA SU CUMPLIMIENTO:

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOING. ADRIÁN ARELLANO LUNA, ESPECIALISTA TÉCNICO "C"

LUGAR DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN POR PARTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:

AMONIADUCTO II DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUE.

9.- PENALIZACIONES:

I.-POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS.

LAS PARTES CONVIENEN EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO EJECUTE LOS SERVICIOS EN EL PLAZO ESTABLECIDO EN CADA ORDEN DE SERVICIO QUE HAYA SIDO EXPEDIDA POR PEMEX PETROQUÍMICA, O CUALESQUIERA AMPLIACIONES AUTORIZADAS POR ESCRITO POR ÉSTE, EL PROVEEDOR DEBERÁ PAGAR A PEMEX PETROQUÍMICA, COMO PENA CONVENCIONAL POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO DE LOS SERVICIOS, UNA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 0.2 % (CERO PUNTO DOS POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DE LOS SERVICIOS PENDIENTES DE EJECUTAR.

LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES NO CAUSARÁ UN CAMBIO EN LOS PLAZOS Y/O FECHAS QUE PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS SERVICIOS HAYAN SIDO ESTABLECIDAS EN LA ORDEN DE SERVICIO, NI TAMPOCO LIBERARÁN AL PROVEEDOR DE SU OBLIGACIÓN DE MEJORAR SU PROGRESO PARA LOGRAR CUMPLIR CON CUALQUIER PLAZO Y/O FECHA O CORREGIR LA FALLA QUE LO IMPIDA.

LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARÁN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS O, EN SU CASO, MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO

III.- INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO "SSPA"

EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN Y ESPECIFICAN EN EL FORMATO 4 DEL ANEXO "SSPA" DEL PRESENTE CONTRATO, (PEMEX PETROQUÍMICA) APLICARÁ LAS PENALIZACIONES (DEDUCCIONES) ESTIPULADAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL FORMATO 6 DEL REFERIDO ANEXO "SSPA", CONSIDERANDO PARA ELLO LOS MECANISMOS Y REGLAS DE APLICACIÓN ESTABLECIDOS EN LOS APARTADOS DEL ANEXO "SSPA" SIGUIENTES: "GUÍA DE LLENADO", "REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA" Y "CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO".

IV.-INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL.

DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA DENOMINADA "GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL", SI COMO RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS SERVICIOS REALIZADOS POR EL PROVEEDOR, SE DETERMINA QUE ÉSTE ES MENOR AL OFERTADO EN SU PROPUESTA DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO GIN. "CÁLCULO Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL EN SERVICIOS DE MANTENIMIENTO QUE NO REQUIERAN EL USO DE EMBARCACIONES" EL ÁREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL QUE SERÁ DETERMINADA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO REFERIDO, Y QUE PODRÁ SER DEDUCIDA DE CUALQUIER CANTIDAD DEBIDA O PAGADERA AL PROVEEDOR CONFORME AL PRESENTE CONTRATO HASTA EL MOMENTO EN QUE EL PROVEEDOR REGULARICE ESTA SITUACIÓN.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 02ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

I N D I C E

1. Consulta y obtención de las bases de la Invitación Restringida.

1.1 Para consulta de bases

1.2 Para obtención de bases

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Invitación Restringida

3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de ejecución de los servicios.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Invitación Restringida.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y

desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. -NO APLICA-

4.2. Documentación que se entregará en el acto de apertura de propuesta.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuestas.

4.4.1. Métodos y criterios de evaluación.

4.4.2. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Negociación de precios. -NO APLICA-

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. -NO APLICA-

5. Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

6. Casos en que se declarará desierta la Invitación Restringida.

7. Cancelación de la Invitación Restringida, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

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PROYECTO: SUSTANTIVO11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1 Contrato.

12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato.

12.1.3 Ordenes de Servicios

12.2. Plazo y lugar de la ejecución de los Servicios.

12.3. Supervisión de los servicios.

12.3.1 Devolución y Reposición de los servicios.

12.4 Garantías

12.5. Anticipo. -NO APLICA-

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Precios. -NO APLICA-

12.7. Facturación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13. Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

En términos de lo dispuesto los artículos 25, 27, 28 y 134 Constitucional, artículos 3o. y 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, último párrafo del artículo 57 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”), tercer párrafo del artículo 51 del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Reglamento”) y artículos 42, 43, 44 y 45 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC”), así como apegado en la parte correspondiente a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante LAASSP) y lo aplicable de su Reglamento (en adelante RLAASSP), y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Complejo Petroquímico Cosoleacaque por conducto de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento y la Jefatura de Obra Pública, ubicada en Carretera Costera del Golfo Km. 39 + 400 S/N, S/C, C.P. 96340 Cosoleacaque, Ver., y correo electrónico [email protected], david.villalobos @pemex.com , y [email protected] (en adelante “PETROQUÍMICA”) Emite las Bases mediante el procedimiento de Invitación Restringida a por lo menos Tres Personas No. IS-432-PA-LPM-2010872, (en adelante “Bases”), Solicitud de servicio No. 432-42000-S-1033818 que tiene por objeto la contratación de los servicios consistentes en: CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II (en adelante “Servicios”).

Estas Bases constan de 17 Documentos.

Este procedimiento de contratación se convoca como:

Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas de Carácter Nacional.

1.1 Para consulta de bases::

A) A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: http://www.ptq.pemex.com dentro del periodo del 15 al 20 de Septiembre de 2014 .

1.2 Para obtención de bases:

En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:00 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en el Jefatura de Obra Pública, ubicado en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, localizada en Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, con teléfono 01(922) 223-0093, Ext. 35235.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Invitación.Únicamente podrán participar los licitantes que hayan sido invitados al procedimiento de invitación restringida a por lo menos tres personas.

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PROYECTO: SUSTANTIVONo podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visita a(l) (los) sitio(s) de ejecución de los servicios. (NO APLICA)

La visita al sitio donde se ejecutaran los servicios se llevará a cabo el día XX de XXXX del 2014 a las 00:00 horas en: la sala de licitaciones de la Jefatura de Obra Pública, la cual únicamente tendrá por objeto conocer el área de ejecución de los servicios, misma que será coordinada por el Departamento de Mantenimiento Mecánico quien designó como supervisor a la ------------------.

Reglas para la visita a los sitios de ejecución de los servicios:

Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios de ejecución de los servicios, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:

Número de la Invitación Restringida a por lo menos tres personas: Objeto de la Invitación Restringida a por lo menos tres personas. Razón Social (en su caso). Nombre del Representante Legal.

En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del punto 3.2 de estas Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en las ANEXO “SSPA” Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Invitación Restringida. (NO APLICA)

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Invitación Restringida a por lo menos 3 personas se llevará a cabo el día XX de XXXX de 2014 a las 00:00 horas, en la Sala de Licitaciones de la Jefatura de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicada Carretera costera del Golfo Km. 39+400 S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en las siguientes direcciones: [email protected], [email protected] y [email protected] o entregarlas personalmente en la Jefatura de Obra Pública ubicada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el

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PROYECTO: SUSTANTIVOdomicilio de la convocante ubicado en Carretera Costera del Golfo Km. 39+400 S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz, a más tardar cuarenta y ocho antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Los licitantes que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en las bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas entregarán sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación, a más tardar cuarenta y ocho antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a través de los medios indicados en el párrafo anterior.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan sido invitados.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Cosoleacaque.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de Invitación Restringida a por lo menos tres personas de carácter nacional:

A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos.

B) Deberán acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante el Documento 03.

Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03.

El licitante o su apoderado o representante legal que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

B.1) PARA EL CASO DE PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA: -OPCIONAL-

Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

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PROYECTO: SUSTANTIVO Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la

propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional)

Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyente.

B.2) PARA EL CASO DE PERSONA FISICA DE NACIONALIDAD MEXICANA: -OPCIONAL- Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía del licitante (Credencial de

Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cédula profesional) Copia simple legible del Registro Federal de Contribuyente.

En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar:

Copia simpe legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal.

C) Elaborar y entregar la propuesta; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga.

Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.Número de concurso:

Las propuestas serán depositadas en el buzón que correspondan al número de la Invitación Restringida a por lo menos tres personas No. IS-432-PA-LPM-201, instalado en la sala de espera de la Jefatura de Obra Pública ubicada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, sito en Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, podrán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integran. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.

El incumplimiento a lo anterior no será causa de desechamiento.

D) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

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PROYECTO: SUSTANTIVOE) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente

las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de Invitación.

F) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán ajustados conforme a lo indicado en el numeral 12.6.1 de las bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas. No se aceptan precios condicionados. -NO APLICA-

G) Se podrán presentar propuesta conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas. -NO APLICA-

G.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuesta, bastará que alguno de los integrantes del grupo haya sido invitado y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.

G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la Invitación Restringida a por lo menos tres personas y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

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PROYECTO: SUSTANTIVOe) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en

forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) En la propuesta conjunta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso B), Documento 03, numeral 4 inciso Q) Documento 06-C, numeral 4 inciso D) Documento 07, de estas Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

G.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

G.5) Presentar el escrito a que se hace referencia en el inciso D) del numeral 4 de estas Bases, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

G.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentará las siguiente(s) garantía(s):G.6.1) Una Póliza de fianza para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 12.4.

G.6.2) Una Póliza de fianza para garantizar la obligación de responder por defectos y vicios ocultos, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 12.4.

G.7) EL COMPROBANTE EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 11 deberá entregar el acuse de respuesta del informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones del contribuyente,

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PROYECTO: SUSTANTIVOpor cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato.

G.8) La experiencia en la ejecución de los servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso L), de estas Bases. -NO APLICA-

G.9) La capacidad técnica y financiera se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta. -NO APLICA-

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de apertura de propuestas, preferentemente integrar el Documento 05 en su proposición, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo para desechar la proposición.

I) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 04, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo para desechar la propuesta. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. -NO APLICA-

J) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

K) En cumplimiento a lo previsto por la Ley de Petróleos Mexicanos, y el oficio No. DCO-CDW-04-089-2013 emitido por la Dirección Corporativa de Operaciones, de fecha 15 de abril de 2013, se solicitó a los Organismos Subsidiarios la inclusión de ciertos Anexos para la declaración de Grado de Integración Nacional en contrataciones de Servicios y Arrendamientos de acuerdo al; ANEXO GIN CÁLCULO Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL EN SERVICIOS DE MANTENIMIENTO QUE NO REQUIERAN EL USO DE EMBARCACIONES DOCUMENTO 19 vigente;

El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica los formatos siguientes: “Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra” DOCUMENTO 19-A “Formato 4. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto” DOCUMENTO 19-B

Lo anterior, en cumplimiento a la estrategia para apoyar el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales como parte del Plan Estratégico Integral de Negocios.

L) Contar con experiencia técnica en la prestación de los servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01.

M) Contar con un capital contable de igual o mayor al de su propuesta económica, comprobándolo con los dos estados financieros auditados de los dos últimos años (2012, 2013). -NO APLICA-

N) Contar con capacidad financiera.-NO APLICA-

O) El licitante propondrá los precios para cada uno de los lugares de entrega. -NO APLICA-Página 17 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVOo

P) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de entrega. -NO APLICA-

Q) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los criterios indicados en el Documento 06-C. -OPCIONAL-

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas.

La omisión de esta manifestación, No es motivo para desechar la propuesta.

R) Manifestación que los bienes que se utilizarán para la ejecución de los servicios que, en su caso, el licitante proponga y utilice deberán ser nuevos.

S) Los servicios que integran las presentes Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01. -NO APLICA-

El proveedor podrá contratar con algún tercero la adquisición de determinados bienes y/o la prestación de algunos servicios, con la exclusiva finalidad de permitirle la posibilidad de cumplir íntegramente con sus obligaciones contractuales, sin que dicha contratación implique una cesión de derechos u obligaciones en términos del artículo 57 inciso u y 64 de las DAC´S. -NO APLICA-

T) El grado de contenido de nacional de mano de obra, con el que se deberá cumplir para estos servicios propuestos en la presente invitación restringida a por lo menos tres personas, deberá ser mínimo de 65% DOCUMENTO 19-A

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica. -NO APLICA-

Este apartado está sujeto a la emisión de las reglas y el sistema para conducir los procedimientos de contratación por medios electrónicos, por lo que este numeral se deberá indicar no aplica y una vez emitidas las citadas reglas y sistemas se deberá adecuar en los términos que se emitan.

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de proposiciones, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 05. -NO APLICA-

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

A) El acto de apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en estas Bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas. por lo que se recomienda al licitante su presencia con 20 minutos de anticipación a la hora establecida, una vez iniciado el acto no se recibirán las proposiciones de aquellos licitantes que hayan depositado el sobre en el buzón después de la hora establecida e estas bases para el acto de apertura de propuestas.

B) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta Invitación Restringida a por lo menos tres personas, con el objeto de mantener orden y respeto.

C) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta Invitación Restringida a por lo menos tres personas, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

D) En el acto de apertura de proposiciones, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

E) En el supuesto de que durante el acto de apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones. -NO APLICA-

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará el aviso de referencia en el tablero que para tal fin se encuentra ubicado en la entrada principal de este Centro de Trabajo, por un término no menor de cinco días hábiles, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de proposiciones.

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 26 de Septiembre de 2014 a las 10:00 horas, las proposiciones serán depositadas en el buzón instalado en la Sala de espera de la Jefatura de Obra Pública y la apertura se efectuará en la Sala de Licitaciones de la Jefatura de Obra Pública, ubicados en el Edificio “I” del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, sito en Carretera costera del Golfo Km. 39+400, S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz.

La cual podrá realizarse sin la presencia de los licitantes.Página 19 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVO

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán el Documento 06-A, indicado en el Documento 05 de las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente.

4.4.1 Métodos y criterios de evaluación.4.4.1.1 Los métodos de evaluación que se emplearan en las presentes bases de Invitación

Restringida a por lo menos tres personas serán:

a) BINARIOb) PRECIO MAS BAJO

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar si estas propuestas cumplen o no cumplen con los criterios de evaluación que se indican en los numerales 4.4.1.2, 4.4.1.3 y 4.4.1.4 de estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas.

Bajo los siguientes criterios:

4.4.1.2 Criterios de evaluación de aspectos legales: a) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se

solicitan en el numeral 4 incisos A), B), C) primer párrafo y D), de estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

4.4.1.3 Criterios de evaluación de aspectos técnicos:

a) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas verificando que los bienes propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01 y con estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es).

b) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el numeral 4 incisos E), K), R) y T), de estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

c) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el numeral 4 inciso G), por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. -NO APLICA-

d) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitados en el numeral 12.2. de estas bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

e) Acreditamiento de la experiencia técnica. -NO APLICA-

4.4.1.4 Criterios de evaluación de aspectos económicos:

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PROYECTO: SUSTANTIVO

Los aspectos de evaluación contenidos en los  incisos A) y B) de este numeral, se aplicarán a  todas las propuestas recibidas y los aspectos de evaluación contenidos en los incisos D) y E), se aplicarán únicamente para las propuestas que cumplan con los requisitos técnicos solicitados.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos F), así como con el Documento 06-A de estas bases de Invitación.

C) Acreditamiento de la capacidad financiera (capital contable). –NO APLICA–

D) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor; b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, y c) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana.

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación pública, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se aceptaron técnicamente; b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el porcentaje del 10%, cuando algún precio ofertado sea

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PROYECTO: SUSTANTIVOsuperior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

E) Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente licitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña.

Para la determinación de los precios convenientes, se aplicará el procedimiento indicado a continuación:

I. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos.

II. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.

III. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada en la fracción II, serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que aclaren o subsanen cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de sus propuestas, dentro del término comprendido desde la fecha de entrega de propuestas hasta un día previo a dar el fallo.

Las solicitudes de aclaración deberán ser claras y precisas y señalar la parte de la propuesta sobre la cual se requiere. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la convocante, no será motivo para desechar sus propuestas.

La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.  

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PROYECTO: SUSTANTIVO4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

5 Criterios de adjudicación.

Aquél licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta Invitación Restringida a por lo menos tres personas, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

A) Se considerarán solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos de la Convocatoria y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEMEX PETROQUIMICA, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

B) Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Convocante, el Contrato se adjudicará a quien presente la oferta cuyo precio sea el más bajo.

C) La adjudicación del Contrato será por: TOTALIDAD DE LA PARTIDA.

5.1 Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-

Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTESAl 1er. Lugar se asignará el (50 o superior) % 1º.Al 2do. Lugar se asignará el __% 2º.Al 3er. Lugar se asignará el __% 3º.Al 4to. Lugar se asignará el __% 4º.Al 5to. Lugar se asignará el __% 5º.

6 Casos en que se declarará desierta la Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

La Convocante podrá declarar desierta la Invitación Restringida a por lo menos tres personas en los casos previstos en el artículo 36 de las DAC´S.

I. No se presenten propuestas,II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados,

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PROYECTO: SUSTANTIVOIII. Las propuestas económicas no resulten aceptables,IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las bases,V. Se haya cancelado la suficiencia presupuestal.

Conforme al Artículo 43 fracción III de las LAASSP.

Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente se deberá contar con un mínimo de tres propuestas susceptible de analizarse técnicamente;

En caso de que no se presenten el mínimo de propuestas señalado en el párrafo anterior, se podrá optar por declarar DESIERTA la invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las propuestas presentadas. En caso de que solo se haya presentado una propuesta la convocante podrá adjudicar el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, o bien proceder a la adjudicación directa, conforme al último párrafo del Artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

7. Cancelación de la Invitación Restringida a por lo menos tres personas, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la Invitación Restringida a por lo menos tres personas, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 37 de las DAC’S.

A.- Caso fortuito o fuerza mayor;B.- Cuando existan circunstancias debidamente justificadas por escrito por el área requirente

que provoquen la extinción de la necesidad de adquirir o arrendar los bienes o contratar los servicios.

C.- Se acredite que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a Petróleos Mexicanos o PEMEX PETROQUÍMICA.

D.- Que durante el proceso de contratación se agote la suficiencia presupuestal.

Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la licitación, partida o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del título sexto, capítulo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme lo establece el Artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:I. Costo de la preparación e integración de la proposición;II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del

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PROYECTO: SUSTANTIVOcontrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los bienes producidos y entregados, o los bienes proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a Pemex Petroquímica.Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

Los gastos no recuperables por los supuestos a que se refiere el párrafo anterior, serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del proveedor.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la Invitación Restringida a por lo menos tres personas se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33 y 35 de las DAC´S, el día 10 de Octubre de 2014 a las 13:00 horas y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente 10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Rancho Alegre, C.P. 96518, Coatzacoalcos, Veracruz, Nivel C-1, a la atención del TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN PEMEX PETROQUÍMICA, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

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PROYECTO: SUSTANTIVO11. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a más tardar el día 20 de Octubre del año 2014, y en defecto de tales previsiones, dentro de 10 (DIEZ) días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Jefatura de Obra Pública, localizada en el Edificio “I” en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, ubicado en Carretera Costera del Golfo Km 39 + 400, S/C, S/C , C.P. 96340, en el horario comprendido de las 08:00 a las 14:00 horas.

El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso B) de las presentes bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando la Administración Pública Federal, centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales documento actualizado expedido por el SAT (“acuse de respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.16. Así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.13 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2014” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el Lunes 30 de Diciembre del 2013.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente: realizar la consulta de opinión ante el SAT, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente.

Si Pemex petroquímica, previo a la formalización del contrato, recibe del SAT el "acuse de respuesta" de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo del proveedor que resultó adjudicado, Pemex petroquímica dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del código fiscal de la federación y remitirá a la secretaría de la función pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al adjudicado.

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales II.2.1.16. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I. Ingresarán a la página de internet del SAT, en la opción "mi portal", con la clave CIECF.II. Una vez elegida la opción de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

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PROYECTO: SUSTANTIVOA) la autoridad a fin de emitir el informe de opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su reglamento, que el RFC está activo y el domicilio localizado.2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del I.V.A y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior.3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, I.V.A, IETU, IMPAC, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.19.1.5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones arroje inconsistencias relacionadas con el RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la solicitud de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá el informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a través del portal del contribuyente.

La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a que se hace referencia en la fracción i que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

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JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOEn caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del artículo 52 de las DAC´S, salvo que el consorcio solicite la sustitución de dicho miembro y en cuyo caso PEMEX PETROQUÍMICA aplicará lo dispuesto en el artículo 54 de las DAC´S, y podrá autorizar la sustitución de que se trate. De no autorizarla, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

12. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato.

12.1 Contrato.

12.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta el 31 de diciembre de 2014.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. -NO APLICA-

El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La cantidad mínima de bienes es __________ y la máxima será: _____________. -NO APLICA-

La cantidad [NO APLICA] mínimo de los bienes que PEMEX PETROQUÍMICA adquirirá es de: (numero) (letra) y el máximo podrá ser de: (numero) (letra) en cada orden.

Cabe citar que PEMEX PETROQUÍMICA, no se obliga a ejercer la cantidad máxima indicado.

12.1.3 Ordenes de Servicio -NO APLICA-

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en la Jefatura del Departamento de Instrumentos de Control o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

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PROYECTO: SUSTANTIVO12.2 Plazo y lugar de ejecución de los Servicios.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los servicios amparados en el presente contrato, en un plazo de 70 (SETENTA) días naturales.

PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a PEMEX PETROQUÍMICA.

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizarán en: sus instalaciones del proveedor o taller.

Los Servicios objeto de esta Invitación Restringida a por lo menos tres personas deberán entregarse por: PARTIDA COMPLETA.

Independientemente de que el proveedor haya propuesto en los servicios, Bienes Nacionales o no, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito (Documento 19-A y 19-B).

Esta manifestación formará parte de la documentación que se entrega en la supervisión de los servicios.

Para el caso de contratos abiertos se entregará en la orden(es) servicio(s) para cada partida. -NO APLICA-

Recibidos físicamente los servicios, PEMEX PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de los 20 (veinte) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del contrato.

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PROYECTO: SUSTANTIVOSi procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

12.3 Supervisión de los Servicios.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los servicios amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel V de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área que realizará la Inspección será el Departamento de Mantenimiento Mecánico adscrito a la Superintendencia de Mantenimiento.

La inspección de los servicios se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. El Proveedor de los servicios deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.

Al realizar la inspección de los servicios, el proveedor deberá entregar al área responsable de la supervisión del servicio copia como mínimo, la documentación siguiente:

a) Remisión y Facturad) Garantía comerciale) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio i) Dos fotocopias del Contrato y sus anexos La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los servicios amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los servicios entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

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PROYECTO: SUSTANTIVO12.3.1 Devolución y Reposición de los servicios.

En el caso de que los servicios presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

12.4 Garantías.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

Póliza de Fianza en contratos plurianuales. -NO APLICA- Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el 10% del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

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PROYECTO: SUSTANTIVO(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca

vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

GARANTÍA DE LA OBLIGACION DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los servicios, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los servicios, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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PROYECTO: SUSTANTIVO(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios

ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUIMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUIMICA.

(F) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.

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PROYECTO: SUSTANTIVO3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna

los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Jefatura de Obra Pública localizada en el Edificio “I” del Complejo Petroquímica Cosoleacaque Carretera Costera del Golfo Km. 39+400 S/N, S/C, Código postal 96340, en Cosoleacaque, Veracruz en el horario de 08:00 a 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en los Documentos 08 y 08-A según corresponda, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. -NO APLICA-

Cuando la entrega de los servicios se realice dentro del plazo límite de 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de formalización del contrato, el Apoderado General de PETROQUIMICA que suscriba el contrato, podrá exceptuar al proveedor de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato.

12.5. Anticipo. -NO APLICA-

Para la prestación de los Servicios objeto de esta Invitación Restringida PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

Para la prestación de los Servicios objeto de esta Invitación Restringida PEMEX PETROQUÍMICA otorgará un anticipo de: 0 % sobre el monto total del contrato, el cual se pagará al licitante que resulte ganador dentro los 15 (quince) días naturales contados a partir de la recepción y aceptación de la factura y la garantía correspondiente.

12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Servicios entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los servicios, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEl pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. -NO APLICA-

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA.c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, cuando menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cosoleacaque, en el horario de 9:00 a 13:00 horas, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

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PROYECTO: SUSTANTIVONacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de Precios. -NO APLICA-

De conformidad con el artículo 55 fracción III inciso f) de la Ley, la fórmula o el mecanismo o las condiciones para determinar el ajuste a los precios de Bienes y/o servicios objeto del contrato es el siguiente:

Indicar la fórmula, el mecanismo o las condiciones aplicables al caso específico y que de origen para ajustar el precio de los bienes objeto del contrato conforme lo indique el área administradora del proyecto.

La forma y términos en que el proveedor deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente: _______________.El ajuste de precios aplicará solamente para los bienes pendientes de entregar, previa solicitud por escrito del proveedor, en caso de ser procedente dicho ajuste se aplicará a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, en los términos señalados en este punto y deberá notificarse al proveedor dentro de un plazo de (INDICAR) días.

A partir del inicio del periodo de penalización por atraso, no deberá autorizarse ajuste de precios.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el proveedor se obliga a notificarlo a PEMEX PETROQUÍMICA y deberá bonificar en la presentación de sus facturas, las cantidades que resulten aplicando el mecanismo pactado, y aun cuando el proveedor no lo hubiere notificado, si PEMEX PETROQUÍMICA lo detecta, le solicitará que lo bonifique en su facturación más próxima.

12.7. Facturación.

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PEMEX PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única del Departamento de Contabilidad y Fiscal.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la ORDEN a la (partida) que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes.

En caso de que existan servicios faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.8. Penalizaciones.

De conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

I. Atraso en la entrega de los Servicios. II. Incumplimiento de fechas contractuales; -NO APLICA-

III. Incumplimiento en la observancia de las especificaciones técnicas del contrato. -NO APLICA-

IV. Incumplimiento a las obligaciones pactadas en el Anexo “SSPA”. V. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional.

VI. Incumplimiento de cualquier otra obligación. -NO APLICA-

El área administradora del contrato determinará en función de qué y en qué porcentaje se calcularán las penalizaciones y hasta qué monto se aplicarán, lo cual no debe superar el monto del contrato.Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los servicios, PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos:

I. Atraso en el cumplimiento de la orden de ServiciosPágina 37 de 106

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GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

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PROYECTO: SUSTANTIVO

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por PETROQUIMICA, O cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por este, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUIMICA como pena convencional por cada día natural de atraso de los servicios, una cantidad equivalente al 0.2% (cero punto dos por ciento) del monto total de los servicios pendientes de ejecutar.La aplicación de penas convencionales no causara un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberaran al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularan, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su aso, modificado mediante convenio.

IV. Incumplimiento a las Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que Realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismo Subsidiarios (Documento 18).

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Documento 18-A, PEMEX PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Documento 18, “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

V. Incumplimiento de las Obligaciones Relativas al Grado de Contenido Nacional

De conformidad con lo establecido clausula denominada “grado de integración nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el PROVEEDOR, se determina que este es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos en el Anexo GIN. “Cálculo y declaración del grado de integración nacional en servicios de mantenimiento que no requieran el uso de embarcaciones” el área responsable de la administración y supervisión de la ejecución del contrato, le aplicara una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al proveedor conforme al presente contrato hasta el momento en que el proveedor regularice esta situación.

de lo establecido en el Documento 19, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a: 10% del valor de los servicios, para cada una de las partidas suministradas del contrato y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al contrato que se pacte y hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del importe del contrato de que se trate.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEl PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga

celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

Tratándose de Contratos sujetos a ajustes de precios. –NO APICA-Las penas convencionales serán calculadas sobre el precio ajustado.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No entregue los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

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PROYECTO: SUSTANTIVOh) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las

acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

m) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a

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PROYECTO: SUSTANTIVO90%, PEMEX PETROQUIMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 10 (DIEZ) días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (VEINTE) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los servicios.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de esta Invitación Restringida convocada, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.

12.11 SEGUROS

Los servicios deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

12.12. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta Invitación Restringida asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y

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PROYECTO: SUSTANTIVOderechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (DIEZ) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13. ANEXO “SSPA”. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el formato 4 del anexo SSPA (Documento 18) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor o Contratista.

El formato de SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, podrá ser consultado en la página electrónica : http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

(Lugar y Fecha)PEMEX PETROQUÍMICA

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PROYECTO: SUSTANTIVOCOMPLEJO PETROQUIMICO COSOLEACAQUE.P r e s e n t e.

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax:Correo electrónico:No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios:Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y Domicilio del apoderado o representante:__________________________Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

_ (Firma autógrafa original) _

Notas:

1.- El presente formato podrá deberá presentarse, respetando su contenido, sin utilización de abreviaturas.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 04

-NO APLICA-

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR A LA CONVOCANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LAS BASES ENTREGODONDE SE EXIGE SI NO

Dentro del sobre de la propuesta.1 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante Documento 03. 4 INCISO B)2 Formato de propuesta técnica Documento 06 4 INCISO E)3 Formato de propuesta económica Documento 06-A 4 INCISO F)

4Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S Documento 07.

4 INCISO D)

5Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra” DOCUMENTO 19-A que entregaran los licitantes para acreditar, de acuerdo al documento 19.

4 INCISO K)

6Formato 4. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto” DOCUMENTO 19-B que entregaran los licitantes para acreditar, de acuerdo al documento 19

4 INCISO K)

7Manifestación que los bienes que se utilizarán para la ejecución de los servicios que, en su caso, el licitante proponga y utilice deberán ser nuevos

4 INCISO R)

8 Contar con experiencia técnica en la ejecución de los servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01. 4 INCISO L)

9

Contar con un capital contable de igual o mayor al de su propuesta económica, comprobándolo con los dos estados financieros auditados de los dos últimos años (2012,2013) y con la declaración fiscal correspondiente al año 2013. –NO APLICA-

4 INCISO M) ---------------

---------------

10 Contar con capacidad financiera.-NO APLICA- 4 INCISO N) ------ ------

11 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. –NO APLICA- 4 INCISO G) ---------

---------------------

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

11Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas Documento 05.

4 INCISO H)

12 Formato de la manifestación escrita del licitante para dar cumplimiento al Artículo 23 penúltimo párrafo de las DAC’S. Documento 06-C 4 INICISO Q)

32Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la etapa de precalificación de licitantes. Documento 04 –NO APLICA-

4 INCISO I) ---------------

---------------

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de Invitación Restringida será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato (DOCUMENTO 05) por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEL DOCUMENTO 06-A, SERÁ RUBRICADO EN EL ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS POR EL LICITANTE ELEGIDO ENTRE LOS PARTICIPANTES Y EL SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDE EL ACTO.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, podrán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integran. Al efecto numerando de manera individual las propuestas técnicas y económicas, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.

El incumplimiento a lo anterior no será causa de desechamiento.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

DOCUMENTO 06FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

REQUISICION: 432-42000-S-1033818 CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II

PARTIDA CANTIDAD UNIDADDE MEDIDA DESCRIPCION

1 1 SERVICIO

1.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

2.- PLAZO DE ENTREGA

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: (PERSONALIDAD JURÍDICA)FECHA: _____________________

Nota al Licitante: En caso de incluir el suministro de bienes que utilizará en la ejecución de los servicios, se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta..

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 06-AFORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

REQUISICION: 432-42000-S-1033818 CONSERVACION Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO MAYOR A LAS BOMBAS CENTRIFUGAS VERTICALES BA-203 C/D DE AMONIADUCTO II

PARTIDA CANTIDADUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIO UNITARIOSIN I.V.A.

( $ )

IMPORTE TOTALSIN I.V.A.

( $ )1 1 SERVICIO

Condiciones Económicas1.- VIGENCIA DE PROPOSICIÓN Mínimo 60 DÍAS NATURALES2.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO3.-PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO4.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA. PESOS MEXICANOS

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: (PERSONALIDAD JURÍDICA)FECHA: _____________________

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 06-C

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE PODRÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASI COMO LA CONTRATACION DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

______de_______________ de________(1)________(2)_________Presente.

Me refiero al procedimiento de Invitación Restringida N°_______(3)________ en el que mi representada, la empresa_______(4)__________participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector__(5)____, cuenta con__(6)___ empleados de planta registrados ante el IMSS y con__(7)____ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de ___(8)____ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa____(9)____ atendiendo lo siguiente:

Estratificación

Tamaño(10)

Sector(6)

Rango de número de trabajadores

(7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

(9)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas Anuales) x 90%.

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVO(6) (7) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (6) y (7).(9) El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: puntaje de la empresa = (número de trabajadores) x 10% + (Monto de Ventas Anuales) x 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Así mismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es:____(10)______; y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son):______(11)_______.

ATENTAMENTE

___________________(12)___________________

INSTRUCTIVO

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL DOCUMENTO 06-C FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE PODRÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICION Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASI COMO LA CONTRATACION DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo del procedimiento.

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.5 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios).6 Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en el IMSS.7 En su caso, anotar el número de personas subcontratadas.

8 Señalar el rango de ventas anuales en millones de pesos (mdp): conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales.

9 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación.

10 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.11 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean

personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta.

12 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

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PROYECTO: SUSTANTIVODOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICACOMPLEJO PETROQUÍMICO COSOLEACAQUEP R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus

accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos

53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo

22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

[NOMBRE YFIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE] [PERSONALIDAD JURÍDICA]

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento

(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.

A T E N T A M E N T E

[NOMBRE YFIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE] [PERSONALIDAD JURÍDICA]

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

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PROYECTO: SUSTANTIVODOCUMENTO 08

TEXTO 1. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S).EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA).

ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.

EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. ELBENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS..B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONE) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓNE) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNF) IMPORTE RECLAMADO.ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA

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PROYECTO: SUSTANTIVOINSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGON CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

DOCUMENTO 08-A

TEXTO 2. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX PETROQUIMICA) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE _______ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).

LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.

EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.

EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓNDE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UNPLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS

DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO.

E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LASUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LACANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

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PROYECTO: SUSTANTIVODOCUMENTO 08-B

-NO APLICA-

TEXTO 3. FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)_______________________________________ LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________________________________________. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO, POR PARTE DE NUESTRO FIADO(S), LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA GARANTIZAR LA DEBIDA, INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, CONFORME A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA LOS FINES QUE LE FUE OTORGADO.EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR ESE CONCEPTO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO.D) (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS.E) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONF) EN SU CASO, LA TERMINACION ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN.F) (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO.G) EL FINIQUITO.H) IMPORTE DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIODEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE

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PROYECTO: SUSTANTIVOTENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGAVALER EN CONTRA DEL FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPOESTABLECIDA EN EL CONTRATO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA, ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON EL DOCUMENTO QUE EVIDENCIE LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LAFIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS,NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO

DOCUMENTO 14NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

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PROYECTO: SUSTANTIVO(OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su

cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y

extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Página 57 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVOCometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

DOCUMENTO 15MODELO-GUIA DE CONTRATO

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PROYECTO: SUSTANTIVOCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO POR _____________________, EN SU CARÁCTER DE _______________________, Y POR LA OTRA _____________________, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE __________________________, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara a través de su (representante/apoderado) que:

1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS

Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012) , pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE DIRECTORES CORPORATIVOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO SE TRATE DE DIRECTORES CORPORATIVOS AGREGAR: y fracciones V y IX del Artículo 26 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo Décimo Octavo fracción I del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y fracción V del Artículo 24 del Estatuto Orgánico de _______________, CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES CORPORATIVOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Subdirección Corporativa) en términos de las fracciones IV y V del Artículo 28 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), e inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

D) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y fracciones V y IX del Artículo 28 Estatuto Orgánico de _______________ (CUANDO SE TRATE DE PEP DEBERÁ SUSTITUIRSE EL ARTÍCULO 28 POR 27) CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

E) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES:Acredita su personalidad y facultades en términos de las fracciones III y V del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de ____________ (CUANDO SE TRATE DE GERENTES CORPORATIVOS DEBERÁ SUSTITUIRSE LA FRACCIÓN V POR LA IV) y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

F) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES:Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

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PROYECTO: SUSTANTIVO1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____, de fecha ____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL SIGUIENTE PÁRRAFO El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante acuerdo No. _____ de su sesión _____, de fecha _______.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario).DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.

1.8 Durante la prestación de los servicios del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en __________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

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PROYECTO: SUSTANTIVO2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato, y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el (la) que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la prestación de los servicios objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente prestación de los mismos.

2.11 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral.

2.12 Los servicios materia del presente acuerdo de voluntades, serán prestados por personal especializado que se encuentran subordinados al PROVEEDOR.

2.13 Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de acuerdo en cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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PROYECTO: SUSTANTIVO

2.14 Salvo declaración en contrario por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), ni él ni sus directores, funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos diez años han:

(a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o

(b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.

2.15 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO

Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

3. Declaración conjunta:

Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”.

Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas. Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20.

En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación.

Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este contrato, los significados que se indican a continuación:

“Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: (Indicar de manera precisa el servicio que se prestará), (en adelante los “servicios”).

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PROYECTO: SUSTANTIVO

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El plazo de ejecución de este contrato es (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de terminación).

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, en (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y a concluirlos a mas tardar el día (Fecha de terminación) conforme (al programa de ejecución de los servicios establecido en el anexo ___ del presente contrato / a las Ordenes de Servicio que emita PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO, de acuerdo a las condiciones descritas en el anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato).

LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE PARA CONTRATOS ABIERTOS:(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), en términos de lo establecido en el anexo “__” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de prestación del servicio. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de prestación del servicio empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE EJECUCIÓN:El plazo de ejecución de los servicios es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE EJECUCIÓN:Los plazos de ejecución de los servicios por (partida/posición) se establecen en el anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

ESTE SUPUESTO SERÁ OPCIONAL DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS:(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA CUALQUIER SUPUESTO:No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: ___ (indicar las instalaciones del PROVEEDOR o centros de trabajo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la ubicación del área en donde se prestarán los servicios, y el horario en que se prestarán los mismos). Conforme a las condiciones descritas en el anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato.

3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), o iii) por cualquier acto u omisión de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

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PROYECTO: SUSTANTIVOSi se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓNEL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los servicios objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de servicios será: _____________.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a agotarlo.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los servicios es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el anexo __ de este contrato.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA, ASESORÍAS, ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O CAPACITACIÓN, DEBERÁN SEÑALARSE EL PRECIO DE CADA UNO DE LOS ENTREGABLES.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE PÁRRAFO:El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos [semanales/quincenales/mensuales], de conformidad con lo establecido en el anexo _____.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la (partida/posición) de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única _______________________________________________.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en ____________________.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

4.3 Condiciones y Forma de PagoEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ DETERMINAR LA FORMA DE PAGO QUE RESULTE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios prestados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO

Domingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

CUANDO APLIQUE

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___(número) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:Las obligaciones de pago de nominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago.

Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América.

PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.

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PROYECTO: SUSTANTIVO(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.13 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE PPI:El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Pemex Procurement International, Inc. (PPI), antes Integrated Trade Systems, Inc. (ITS) en las oficinas de PPI, ubicadas en el 10344 Sam Houston Park Drive, Suite 100, Houston, Texas, U.S.A., 77064.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

LOS INCISOS A Y B DEL SIGUIENTE APARTADO SÓLO SE DEBERÁ INCLUIR EN CONTRATOS DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA Y EL INCISO C, SE INCLUIRÁ CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.4.5 Retenciones

El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran, se haga en cada una las siguientes retenciones:

A) EL CINCO AL MILLAR del monto de los servicios ejecutados, que se destinará a la Secretaría de la Función Pública por concepto de derechos por el servicio de inspección, vigilancia y control de los servicios y que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) entregará a la Tesorería de la Federación, de conformidad con el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.

B) EL DOS AL MILLAR, del monto de los servicios ejecutados, que se destinará al Instituto de Capacitación de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción y que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) entregará a la institución antes mencionada.

NOTA: LA RETENCIÓN INDICADA EN ESTE INCISO B), SÓLO PROCEDE CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE POR ESCRITO, PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, QUE ESTÁ DE ACUERDO EN QUE SE LE APLIQUE LA MISMA.

C) La cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato.

NOTA: LA RETENCIÓN INDICADA EN ESTE INCISO C), SÓLO PROCEDE CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.

4.6 Ajustes de preciosEN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de servicios objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO.

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:

El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en la ejecución de los servicios por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEn caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables:EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;

II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y

III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO.

4.7 AnticipoEN CASO QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE APARTADO:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los servicios, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental. .

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. A MANERA DE EJEMPLO SE PROPONE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado.

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

QUINTA.- PENALIZACIONESNOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR.ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:

I.ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;III. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO;IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL; V. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le aplicará penalizaciones al PROVEEDOR en los siguientes supuestos:NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR, por causas que le sean imputables, no inicie los servicios en la fecha estipulada en la cláusula denominada “PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS” del presente contrato, independientemente de que no se generará pago alguno por concepto de servicios, el PROVEEDOR deberá pagar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), como pena convencional por cada día natural/hora de atraso, una cantidad equivalente al (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % sobre el monto total del contrato, por cada día/hora de retraso en la prestación de los servicios.

II. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA PARA LA CONCLUSIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS

En caso de que el PROVEEDOR no concluya los servicios en la fecha pactada para la terminación de los mismos, éste reconoce y acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por exigirle el cumplimiento del presente contrato y, consecuentemente, aplicarle una pena convencional por cada día/hora de atraso a partir del día/hora siguiente al pactado para la terminación de los servicios.

De esta forma, las partes acuerdan que para el cálculo de la pena convencional establecida, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará el (porcentaje de Página 67 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVOpena convencional con número y letra) % del importe equivalente a los servicios faltantes por ejecutar. Para efectos de la determinación del importe de los servicios pendientes de ejecutar, las partes acuerdan que se tomará como base para el cálculo de la pena convencional, el monto que representaban los mismos en la fecha/hora pactada de su terminación; en el entendido de que dicho importe se disminuirá progresivamente de conformidad con el avance (día/semanal/quincenal/mensual, según se haya pactado la fecha de corte para el pago de las facturas) en la ejecución de los servicios que realice el PROVEEDOR hasta su total ejecución.

III. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el PROVEEDOR deberá pagar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), como pena convencional por cada día natural/hora de atraso de los servicios, una cantidad equivalente al (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % del monto total de los servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que éste es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo ______________ (HACER REFERENCIA AL ANEXO GIN DE SERVICIOS QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE SERVICIO. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN HTTP://PMXY08.DCF.AD.PEMEX.COM/SITES/PEMEX/UDPCCN/ANEXOS/DEFAULT.ASPX), el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

V. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder de (indicar el límite de las penas). EN LA DETERMINACIÓN DEL LÍMITE DE LA PENAS DEBERÁ CONSIDERARSE QUE ÉSTE NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO.

El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - La garantía para el pago de las penalizaciones. EN CASO DE QUE SE HAYA ESTABLECIDO EN EL CONTRATO LA ENTREGA DE DICHA GARANTÍA.- Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO), siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del anexo ___ (HACER REFERENCIA AL ANEXO GIN DE SERVICIOS QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE SERVICIO. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN HTTP://PMXY08.DCF.AD.PEMEX.COM/SITES/PEMEX/UDPCCN/ANEXOS/DEFAULT.ASPX) de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del grado de integración nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los servicios objeto de este contrato.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales del presente contrato y, asimismo, será causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE:

El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional.

SÉPTIMA.- CESIÓN

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica.

Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCALCUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.

NOVENA.- GARANTÍASPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Página 69 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVOPóliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito.7. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 10% del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

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PROYECTO: SUSTANTIVOC. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el

incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE OTORGUE ANTICIPO. GARANTÍA DE ANTICIPO

El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del anticipo, constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del anticipo, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite

fehacientemente la recepción del mismo.5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación.8. Copia del finiquito.9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir I.V.A., y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOEl PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los servicios o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los servicios de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de

identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los servicios ejecutados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de que concluya el servicio y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATOEL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O DEL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, yc. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.

EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LA CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.

II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

10.1 Ajustes al programa de ejecución y plazo de ejecución

El programa de ejecución de los servicios de este contrato podrá ser objeto de ajuste, en los siguientes casos:

I. Por conceptos o volúmenes de servicios no previstos requeridos para la culminación del objeto del contrato; II. Por reducción de alcances;

III. Por caso fortuito o fuerza mayor; IV. Por suspensión de los servicios ordenada por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO);V. Por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

NOTA: DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS, SE PUEDE ESTABLECER OTRA CAUSA PARA REALIZAR LOS AJUSTES PREVISTOS EN ESTA CLÁUSULA.

El PROVEEDOR, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido cualquiera de los eventos previstos en las fracciones anteriores, podrá solicitar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), un ajuste al programa de ejecución de los servicios vigente o al plazo de ejecución, acompañando la documentación o información que estime pertinente para justificar su solicitud.

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PROYECTO: SUSTANTIVO(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR su determinación en un plazo no mayor de (número y letra) días hábiles, con base en la información o documentación suministrada por el PROVEEDOR; sin menoscabo de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), requiera al PROVEEDOR la presentación de documentación o información adicional en el plazo que le indique (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). De acuerdo a la complejidad de la solicitud del ajuste, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá disponer de un periodo adicional por el mismo número de días establecido originalmente, para emitir su determinación.

El ajuste al programa de ejecución o al plazo de ejecución reflejará la afectación que se haya determinado por el evento ocurrido.

En caso de que el ajuste que resulte del supuesto establecido en las fracciones I y II dé lugar a la modificación del plazo de ejecución del contrato, las partes celebrarán el convenio modificatorio correspondiente, en el cual se formalizará el programa de ejecución de los servicios actualizado.

En los demás casos, el ajuste podrá dar lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato, sin que se modifique el plazo de ejecución.

NOTA: LA CLÁUSULA SIGUIENTE SE DEBERÁ INCLUIR CUANDO SE HAYAN PACTADO PRECIOS UNITARIOS:10.2 Conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato

Si durante la ejecución de los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) requiere de la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de ejecutarlos, éste sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por escrito o mediante anotación en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Tratándose de volúmenes de servicios no previstos en el contrato, éstos se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente en este contrato.

Tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados previamente a su pago.

El PROVEEDOR, una vez ejecutados los servicios, podrá elaborar sus facturas y presentarlas a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en la siguiente facturación de conformidad con la cláusula de pago.

En caso de que la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos modifiquen el objeto, monto o plazo del mismo, las partes celebrarán un convenio en los términos de esta cláusula.

10.3 Incorporación de avances tecnológicos y eficiencia de los servicios objeto del contrato

En caso de que durante la ejecución del contrato, surjan avances tecnológicos, se disponga de nueva información o cualquier otro factor que contribuya a mejorar la eficiencia de los servicios objeto del contrato, previa determinación de la viabilidad y conveniencia de ello por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), las partes podrán realizar modificaciones al contrato mediante la celebración del convenio modificatorio correspondiente, considerando los impactos en tiempo y costo correspondientes.

DÉCIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos éstos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de supervisión: ________.

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PROYECTO: SUSTANTIVOAl término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Una vez recibidos y aceptados los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), entregará al PROVEEDOR una [constancia de aceptación de servicios SEÑALAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE EMITIRÁ EL ORGANISMO].

EL PÁRRAFO SIGUIENTE ESTARÁ SUJETO A ADECUACIÓN, EN CASO DE QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO PUEDA RECIBIR LOS SERVICIOS EN EL DÍA INHÁBIL QUE CORRESPONDA.La recepción de los servicios se hará en: (indicar el lugar), en días hábiles y en el horario siguiente: ______________.

En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii) _____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

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PROYECTO: SUSTANTIVOh) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”;

l) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

m) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN:n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorías mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del anexo “SSPA”.ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación y, en su caso, los bienes, que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los servicios ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

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GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

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PROYECTO: SUSTANTIVO14.2 Procedimiento de Rescisión AdministrativaEl procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualice alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; o

c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una

inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, yV. ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)

El PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el pago de los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA .FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

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PROYECTO: SUSTANTIVO

Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los servicios, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes EN CASOS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago de los gastos se limitará a lo siguiente:CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO); por lo que en estos casos (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTESPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

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PROYECTO: SUSTANTIVOCon independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/ o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. PARA SU INCLUSIÓN, SE DEBERÁ SOLICITAR EL VISTO BUENO DE LAS ÁREAS EVALUADORA DE RIESGOS Y JURÍDICA. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos en los términos de los artículos 7 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y 3º de su Reglamento, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor.

El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental.

Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:

a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada.

b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones.

c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables.

d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal.

e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente.f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las

obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR EN CONTRATOS ASOCIADOS A LA PERFORACIÓN DE POZOS:En los casos de incendio, explosión, reventón superficial o pérdida de control de cualquier pozo marino, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) coordinará las operaciones hasta que quede totalmente controlado el pozo, y el PROVEEDOR se obliga a auxiliar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en las operaciones de control, y proporcionará los equipos, materiales y servicios comprendidos en este contrato y que puedan ser requeridos para el control del pozo y, en su caso, para la perforación de un pozo o pozos de alivio. Los gastos y costos que se originen con motivo de lo anterior serán a cargo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR no será responsable de daño o pérdida a cualquier formación, estrato o reserva bajo la superficie terrestre, en el entendido de que con relación a sus responsabilidades y obligaciones contractuales, el PROVEEDOR se obliga a emplear las mejores prácticas internacionales disponibles, y las tecnologías más adecuadas, avanzadas y seguras.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEn caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los servicios materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.

EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ SER EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

Si con motivo de la ejecución de los servicios objeto de este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o intelectual relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en beneficio mutuo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en relación con el asunto.

No obstante lo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva el derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de marca comercial o la apropiación indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro derecho exclusivo.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.

Bajo los términos de la Licencia descritos en el anexo___, el PROVEEDOR otorga a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) los derechos que se establecen en dicha Licencia.

En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la prestación de los servicios objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de

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PROYECTO: SUSTANTIVOConciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas.

Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral.

VIGÉSIMA PRIMERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine), dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CUANDO APLIQUE

Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes.

VIGÉSIMA CUARTA.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades.

El PROVEEDOR deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se comprometen a cumplir con las disposiciones que en materia de anticorrupción se establecen en el presente contrato.

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JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOEl PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.El PROVEEDOR manifiesta y acepta que no hará, ya sea en el país o en el extranjero, (1) directa o indirectamente, dar u ofrecer una ventaja indebida a cualquier persona en relación con el puesto cargo o comisión, o (2) por sí mismo o cualquier otra persona, directamente o indirectamente, pedir, recibir o aceptar una oferta de una ventaja indebida en relación con el puesto, cargo o comisión, o (3) directamente o indirectamente, dar u ofrecer una ventaja indebida con el propósito de influenciar el desempeño de un puesto, cargo o comisión, o (4) por sí mismo o cualquier otra persona, directamente o indirectamente, pedir, dar o aceptar una oferta de una ventaja indebida con el propósito de influenciar el desempeño de un puesto, cargo o comisión. El PROVEEDOR acepta que cualquier incumplimiento a esta cláusula constituye un incumplimiento del contrato.

El PROVEEDOR deberá de informar de manera inmediata a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cualquier acto u omisión que pudiera considerarse como acto de corrupción por parte de cualquiera de sus directivos, empleados, trabajadores, por lo que deberá de dar acceso a las autoridades competentes a los documentos que en su opinión sean relevantes para determinar dichos actos.

El PROVEEDOR deberá de informar de manera inmediata a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

(a) Cualquier petición o demanda recibida por el PROVEEDOR, o cualquiera de sus subcontratistas o filiales que pudiera constituir una violación a las leyes en materia de anticorrupción o un incumplimiento a las obligaciones relativas a anticorrupción; o

(b) Cualquier denuncia, procedimiento o investigación relacionada con soborno, corrupción o lavado de dinero en contra del PROVEEDOR, sus directores, oficiales, empleados, filiales o subcontratistas en relación con el presente contrato.

El PROVEEDOR deberá mantener un sistema de control interno que sea suficiente para garantizar la debida autorización y registro de todas las transacciones y pagos efectuados por el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR deberá permitir a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ya sea por si, o a través de terceros, el acceso e inspección de libros, registros e información contable localizadas en las instalaciones del PROVEEDOR a fin de auditar el cumplimiento del PROVEEDOR a las leyes en materia de anticorrupción y a las obligaciones relativas a anticorrupción previstas en el presente contrato.

El PROVEEDOR garantiza que en relación con el presente contrato, velará, con respecto a cualquier subcontratista o filial, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa a cualquier sub-agente, representante u otro proveedor que podrá contratar para actuar en su nombre ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), que:

(a) su comportamiento será el adecuado;

(b) obtendrá del subcontratista o filial por escrito su aceptación de cumplir con las leyes en materia de anticorrupción y con las obligaciones relativas a anticorrupción.

En caso de que el PROVEEDOR o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo considerará como un incumplimiento sustancial al contrato y se procederá conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del contrato”.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y se dará vista al Órgano Interno de Control de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para los efectos administrativos que procedan.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTOSUBDIRECCIÓN DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO

GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOEste contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de la Prestación de los Servicios”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”Anexo “____”.- ____ Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

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PROYECTO: SUSTANTIVOSi el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓNEN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

______________.- FINIQUITOPARA CONTRATOS DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, ESTA CLÁUSULA DEBERÁ INCLUIRSE INVARIABLEMENTE.PARA OTROS CONTRATOS DE SERVICIOS, SE INCLUIRÁ DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO.

Concluidos los servicios, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEn caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA.___________.- SUBCONTRATACIÓNEL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO:El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de ejecución.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

____________________________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTALESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

____________________________.- COMPENSACIONES ADICIONALESCON BASE EN EL MODELO ECONÓMICO, LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINARA LA FORMA, EL MONTO, Y EL PAGO DE DICHAS COMPENSACIONES, EN RAZÓN DE UNA MAYOR UTILIDAD Y SIEMPRE QUE NO SE COMPROMETA UN PORCENTAJE SOBRE EL VALOR DE LAS VENTAS O PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará compensaciones adicionales al PROVEEDOR cuando durante la ejecución del contrato, éste obtenga (i) economías por el menor tiempo en la ejecución de los servicios; (ii) cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se apropie o se beneficie de nuevas tecnologías proveídas por el PROVEEDOR, y (iii) cuando por cualquier circunstancia atribuible al PROVEEDOR redunde en una mayor utilidad y en un mejor resultado del objeto de este contrato para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Dichas compensaciones se calcularán conforme a lo siguiente:

1. ESTABLECER LA FÓRMULA DE CÁLCULO DE LOS CONCEPTOS QUE SE CONSIDERARÁN PARA LAS COMPENSACIONES.2. ESTABLECER UNA CUOTA FIJA.3. ESTABLECER UNA TARIFA DIFERENCIADA.

Las compensaciones a que se refiere la presente cláusula forman parte de las remuneraciones.

_____.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOSCUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN.

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del proveedor).

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PROYECTO: SUSTANTIVO

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNOLA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR._________.- CONDICIÓN SUSPENSIVAÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDADLA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

__________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTOESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto

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PROYECTO: SUSTANTIVOlas instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIAAPLICA EN CASO DE CONSORCIOS

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO

El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

_________.- OTRAS ESTIPULACIONESAPLICA PARA SERVICIOS DE MANTENIMIENTO QUE SE LLEVEN A CABO EN EL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS O DE SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Y SE INCLUIRÁ AL FINAL DEL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA.Cuando los servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

__________.- SOPORTE DEL SERVICIOESTA CLÁUSULA PODRÁ AJUSTARSE AL TIPO Y NATURALEZA DE LOS SERVICIOS.

El PROVEEDOR, en relación con los servicios objeto del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel (nacional o internacional) e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de acuerdo con sus necesidades de operación.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, el día ____ de _________ de ____.LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)_______________________________

POR EL PROVEEDOR_______________________________

SE DEBERÁ DE INCLUIR LA PRESENTE FIRMA AL FINAL DE LA MATRIZ DE FIRMAS

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA

________________________________

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

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GERENCIA DE CONTRATACIONES PARA PROCESOS DE PETROQUÍMICASUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO COSOLEACAQUE

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PROYECTO: SUSTANTIVOREVISIÓN TÉCNICA

________________________ REVISIÓN ADMINISTRATIVA

DOCUMENTO 16CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 (acreditación de la existencia y personalidad jurídica del licitante) indicada en el punto 4 inciso B), de estas bases de Invitación Restringida.

2. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 inciso C), de estas bases de Invitación Restringida.

3. Si no satisface cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de Invitación Restringida.

4. Asimismo se desechará la propuesta que incurra de que algún documento este firmado “por ausencia” o Página 88 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVO“por atención”

5. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta.

6. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases de Invitación Restringida, de conformidad con lo establecido en el punto 4.

7. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el punto 4 inciso D), de estas bases de Invitación Restringida. Documento 07.

8. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

9. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

10. El NO manifestar que los bienes que se utilizarán para la ejecución de los servicios que propone y en su caso entregue son nuevos, punto 4 inciso R) de estas bases de Invitación Restringida.

11. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 12.2 de las presentes bases de Invitación Restringida.

12. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de Invitación Restringida que afecte directamente la solvencia de su propuesta.

13. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas bases de Invitación Restringida, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de Invitación Restringida.

14. No presentar los documentos 03, 06, 06-A, 07 y 19-A, 19-B debidamente requisitados.

DOCUMENTO 17

NIVELES DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS

Nivel V

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

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PROYECTO: SUSTANTIVOEl cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Las Especificaciones contractuales.2) El cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos y especificaciones.3) La ejecución del arrendamiento o servicio.4) Las pruebas y/o evaluaciones finales.6) La documentación que establece el contrato.

DOCUMENTO 18FORMATO 4 “ANEXO SSPA”

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PROYECTO: SUSTANTIVO

El Anexo SSPA podrá consultarse en la página electrónica: http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

DOCUMENTO 19

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PROYECTO: SUSTANTIVO

ANEXO GIN. CÁLCULO Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL EN SERVICIOS DE

MANTENIMIENTO QUE NO REQUIERAN EL USO DE EMBARCACIONES.

Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios de mantenimiento que no requieran el uso de embarcaciones.

1. Definiciones.

1.1. Bienes: equipos y materiales de instalación permanente diferentes a los materiales de construcción que se suministran e instalan como parte de los alcances del contrato. Únicamente para contratos de fabricación de plataformas marinas, el acero estructural (subestructura, superestructura, pilotes y conductores) podrá considerarse como material de instalación permanente diferente al de construcción.

1.2. Bienes Nacionales: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado 2.1.9.

1.3. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo.

1.4. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor o contratista a PEMEX PETROQUÍMICA.

1.5. Grado de Integración Nacional de los Bienes: el grado específico de contenido nacional de los Bienes, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de este Anexo.

1.6. Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra: el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.2 de este Anexo.

1.7. Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto: el grado específico de contenido nacional de las Partes de Repuesto, determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.3 de este Anexo.

1.8. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.

1.9. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el

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PROYECTO: SUSTANTIVOmantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.9.1. Combustibles y energía.

1.9.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.9.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.9.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios.

1.9.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.9.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.

1.9.7. Catalizadores y solventes, y

1.9.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.10. Mano de Obra de Ingeniería: es el trabajo realizado por especialistas de diversas ramas de la ingeniería para llevar a cabo aquellas actividades que tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad de la ingeniería que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo.

1.11. Mano de Obra Nacional: es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto de un contrato.

1.12. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.13. Partes de Repuesto: las refacciones, piezas y/o materiales que se utilizan como reposición de los elementos, partes o recubrimientos que sufren desgaste y envejecimiento por la operación diaria.

1.14. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como:

1.14.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extranjeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del

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PROYECTO: SUSTANTIVOatornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios.

1.14.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien.

1.14.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.14.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.

1.14.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.

1.14.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición.

1.14.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.14.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.14.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.15. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX PETROQUÍMICA.

1.16. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a PEMEX PETROQUÍMICA.

1.17. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

2. Cálculo del Grado de Integración Nacional

2.1. Cálculo del Grado de Integración Nacional en Bienes. NO APLICA

2.1.1. El Grado de Integración Nacional de los Bienes estará dado por la siguiente fórmula: (NO APLICA)

GINB = (1 - (VIB / VTB)) * 10 0

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PROYECTO: SUSTANTIVODonde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del Bien suministrado, en porcentaje

VTB es el valor del Bien, indicado en la orden de compra correspondiente.

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del Bien, incluyendo Insumos, y corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del Insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

2.1.2. Los Bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a 0% (cero por ciento). (NO APLICA)

2.1.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional. (NO APLICA)

2.1.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados. (NO APLICA)

2.1.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales. (NO APLICA)

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PROYECTO: SUSTANTIVO2.1.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se

considerarán 100% nacionales. (NO APLICA)

2.1.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados. (NO APLICA)

2.1.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el Bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración Nacional. (NO APLICA)

2.1.9. Se consideran Bienes Nacionales los Bienes de Fabricación Nacional y cuyo Grado de Integración Nacional es igual o mayor a 65% (sesenta y cinco por ciento). (NO APLICA)

2.1.10.Las excepciones al apartado anterior se detallan en la Tabla 1 de este Anexo. (NO APLICA)

2.2. Cálculo del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra.

2.2.1. El Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra se define como el número de horas-hombre correspondientes a la Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con la fórmula siguiente:

GINMO = (H-H N / H-H T)* 100

Donde:

GINMO es el grado de integración nacional de la Mano de Obra, en porcentaje.

HH N es el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional empleadas en la ejecución de los trabajos.

HH T es el número total de horas-hombre empleadas en la ejecución de los trabajos.

2.2.2. La Mano de Obra Nacional es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto del contrato.

2.2.3. En el cálculo del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra deberá considerarse la mano de obra directa, la mano de obra indirecta y en su caso, la que se subcontrate.

2.2.4. Si la unidad de medida de la mano de obra es en jornadas, el Proveedor deberá Página 96 de 106

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PROYECTO: SUSTANTIVOdeterminar el equivalente en horas-hombre, considerando para su cálculo el número de las horas-hombre definidas por jornada.

2.2.5. La Mano de Obra requerida para la ejecución del Contrato se clasificará de la siguiente forma:

Mano de Obra de personal profesionista.

Mano de Obra de personal técnico.

Mano de Obra de personal manual.

Mano de Obra de personal administrativo.

2.3. Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto.

2.3.1. El Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto se definirá de acuerdo a la siguiente tabla:

País de fabricación de las partes de repuesto

GINPR

México 100%

Extranjero 0%

2.3.2. Las Partes de Repuesto serán consideradas nacionales cuando sean fabricadas en territorio nacional y se les asignará un Grado de Integración Nacional igual a 100% (cien por ciento). En caso contrario deberán ser consideradas de importación, incluyendo aquellas cuyo origen no se pueda acreditar, y su Grado de Integración Nacional será de 0% (cero por ciento).

3. Declaración del Grado de Integración Nacional durante la ejecución de los Servicios.

3.1. Declaración del Grado de Integración Nacional de Bienes. (NO APLICA)

3.1.1. Para los Bienes que se suministren como parte del alcance del contrato, el Proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual, el Fabricante del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del Bien suministrado, calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.1.12.1.1 de este Anexo. El escrito deberá elaborarse utilizando el Formato 1 incluido en el presente Anexo.Error: Reference source not found incluido en el presente Anexo. (NO APLICA)

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PROYECTO: SUSTANTIVOPara los Bienes fabricados en el extranjero, el escrito referido en el párrafo anterior será suscrito por el Proveedor y establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a 0% (cero por ciento).

La manifestación referida en este apartado podrá entregarse por lote siempre y cuando los Bienes que integran el lote sean del mismo tipo y cuenten con el mismo Grado de Integración Nacional, debiéndose indicar la cantidad de los Bienes incluidos en el lote.

3.1.2. En el caso particular de los Bienes que sean equipos e instrumentos, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 3.1.1 (Formato 1), deberá entregarse para todos y cada uno de los equipos e instrumentos que sean suministrados como parte del alcance del contrato. (NO APLICA)

El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse en cada estimación acompañando la documentación que ampare el pago del equipo y/o instrumento correspondiente.

3.1.3. En el caso particular de los Bienes que sean materiales diferentes a los de construcción, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 3.1.1 (Formato 1) deberá entregarse al término del contrato para aquellos materiales que fueron suministrados durante la ejecución de los servicios y que se encuentren listados en la Tabla2 de este Anexo. Adicionalmente, deberá presentarse, a manera de resumen, el listado de los materiales cuyo Grado de Integración Nacional se está declarando, indicando las cantidades suministradas durante la ejecución del Servicio, utilizando el Formato 2 de este Anexo. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor acompañando la última estimación. No se declarará el Grado de Integración Nacional de los materiales de construcción ni de los materiales diferentes a los de construcción que no estén incluidos en la Tabla 2. (NO APLICA)

En el caso particular de los Bienes que sean materiales diferentes a los de construcción, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 3.1.1 (Formato 1) deberá entregarse de forma semestral para aquellos materiales que fueron suministrados durante el semestre que se está declarando y que se encuentren listados en la Tabla 2 de este Anexo. Adicionalmente, deberá presentarse, a manera de resumen, el listado de los materiales cuyo Grado de Integración Nacional se está declarando, indicando las cantidades suministradas en el semestre que se está declarando, utilizando el Formato 2 de este Anexo. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor en las estimaciones de enero y julio. En la última estimación se entregará la documentación correspondiente a los materiales (listados en la Tabla 2 de este Anexo) suministrados en el periodo comprendido entre la última declaración semestral y la finalización del Servicio. No

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PROYECTO: SUSTANTIVOse declarará el Grado de Integración Nacional de los materiales de construcción ni de los materiales diferentes a los de construcción que no estén incluidos en la Tabla 2. (NO APLICA)

3.2. Declaración del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra.

3.2.1. El Proveedor deberá declarar en cada estimación el Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra que laboró en la ejecución de los servicios objeto del contrato, durante el periodo de estimación. El Grado de Integración Nacional será calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.2.1 de este Anexo. El escrito deberá entregarse utilizando el Formato 3 de este Anexo.

3.3. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto.

3.3.1. El Proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto que fueron suministradas e instaladas, el cual será determinado de acuerdo al apartado 2.3.1 de este Anexo. Este escrito deberá entregarse utilizando el Documento 19-B.

Las Partes de Repuesto deberán declararse por lote, indicando la cantidad de piezas que integran el lote nacional (Partes de Repuesto con GIN=100%) y el lote extranjero (Partes de Repuesto con GIN=0%), así como sus montos correspondientes. Estos montos serán igual a la sumatoria del precio de venta a PEMEX PETROQUIMICA de todas las Partes de Repuesto que conforman cada lote.

La manifestación del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto (

Documento 19-B) deberá entregarse al término del contrato considerando todas las Partes de Repuesto que fueron suministradas durante la ejecución de los servicios. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor acompañando la última estimación.

3.3.2.

Las Partes de Repuesto deberán declararse por lote, indicando la cantidad de piezas que integran el lote nacional (Partes de Repuesto con GIN=100%) y el lote extranjero (Partes de Repuesto con GIN=0%), así como sus montos correspondientes. Estos montos serán igual a la sumatoria del precio de venta a PEMEX PETROQUÍMICA de todas las Partes de Repuesto que conforman cada lote.

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PROYECTO: SUSTANTIVOLa manifestación del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto (Formato 4) deberá entregarse al término del contrato considerando todas las Partes de Repuesto que fueron suministradas durante la ejecución de los servicios. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor acompañando la última estimación.

3.3.3. Los montos a declarar en la manifestación referida en el apartado 3.3.1 deberán estar expresados en moneda nacional. Cuando el contrato se presente en más de una moneda, los montos en moneda extranjera se convertirán a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha de LICITACIÓN PÚBLICA: PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

EL Tipo de Procedimiento de Contratación:

Licitación Pública: Publicación de la Convocatoria en el diario Oficial de la Federación.

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PROYECTO: SUSTANTIVOTabla 1

GINEquipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Intercambiadores de calor con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles.

30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones).Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, sirenas, timbres.

30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.Conductores eléctricos de aluminio. 20%Subsector:Placas radiográficas. 40%Tractores agrícolas. 30%Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 0.500 pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 pulgadas.

20%

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JEFATURA DE OBRA PÚBLICA No. IS-432-PA-LPM-2010872

PROYECTO: SUSTANTIVOTabla 2

Lista de materiales que deben declarar el grado de integración nacional, de acuerdo con el apartado 3.1.3

TUBERÍADescripción Código UnidadTubería de proceso y servicios de acero al carbono con costura 20601010002001 kgTubería de proceso y servicios de acero al carbono sin costura 20601010002002 kgTubería de línea de acero al carbono con costura 20601020002001 kgTubería de línea de acero al carbono sin costura 20601020002002 kgTubería de revestimiento de acero al carbono 20601030002000 kgTubería de producción de acero al carbono 20601040002000 kgTubería de perforación de acero al carbono 20601050002000 kgTubería estructural de acero al carbono con costura 20601060002001 kgTubería estructural de acero al carbono sin costura 20601060002002 kgTubería de acero aleado con costura 20601000003001 kgTubería de acero aleado sin costura 20601000003002 kgTubería de acero inoxidable con costura 20601000004001 kgTubería de acero inoxidable sin costura 20601000004002 kgTubería de aleaciones de níquel con costura 20601000005011 kgTubería de aleaciones de níquel sin costura 20601000005012 kgTubería de aleaciones de titanio con costura 20601000005041 kgTubería de aleaciones de titanio sin costura 20601000005042 kgTubería de fibra de vidrio reforzada con resina 20601000006010 kgTubería de policloruro de vinilo PVC 20601000006020 kgTubería de policloruro de vinilo clorado CPVC 20601000006030 kgTubería de polietileno 20601000006040 kg

VÁLVULASDescripción Código UnidadVálvulas de retención o check con cuerpo de acero al carbono 20603020002000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo de aleado 20603020003000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo de acero inoxidable 20603020004000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo no ferroso 20603020005000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero al carbono 20603030002000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero aleado 20603030003000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero inoxidable 20603030004000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo no ferroso 20603030005000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero al carbono 20603040002000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero aleado 20603040003000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero inoxidable 20603040004000 pieza

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PROYECTO: SUSTANTIVODescripción Código UnidadVálvulas de mariposa con cuerpo no ferroso 20603040005000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero al carbono 20603050002000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero aleado 20603050003000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero inoxidable 20603050004000 piezaVálvulas de globo con cuerpo no ferroso 20603050005000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero al carbono 20603060002000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero aleado 20603060003000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero inoxidable 20603060004000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero al carbono 20603070002000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero aleado 20603070003000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero inoxidable 20603070004000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo no ferroso 20603070005000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero al carbono 20603080002000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero aleado 20603080003000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero inoxidable 20603080004000 piezaVálvulas de bola con cuerpo no ferroso 20603080005000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero al carbono 20603090002000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero aleado 20603090003000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero inoxidable 20603090004000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo no ferroso 20603090005000 pieza

CONDUITDescripción Código UnidadConduit de acero al carbono 20503010002000 mConduit de aluminio 20503010005030 m

CABLE ELÉCTRICODescripción Código UnidadAlambre/cable bajo voltaje 20502010000000 mAlambre/cable alto voltaje 20502020000000 mAlambre/cable medio voltaje 20502030000000 mAlambre/cable de control 20502040000000 m

CABLE DE INSTRUMENTOSDescripción Código UnidadCable de señal de instrumentos 20706050000000 mCable multipar de señal de instrumentos 20706060000000 mCable de extensión de termopares 20706070000000 mCable multipar de extensión de termopares 20706080000000 m

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PROYECTO: SUSTANTIVO

TUBINGDescripción Código UnidadTubing/multitubing para instrumentos 20706040000000 m

CATALIZADORES, EMPAQUES PARA TORRES Y SUSTANCIAS QUÍMICASDescripción Código UnidadEmpaque estructurado acero al carbono 20102010002000 m3

Empaque estructurado acero inoxidable 20102010004000 m3

Empaque estructurado plástico 20102010006000 m3

Empaque estructurado cerámico 20102010007000 m3

Empaque aleatorio acero al carbono 20102020002000 m3

Empaque aleatorio acero inoxidable 20102020004000 m3

Empaque aleatorio plástico 20102020006000 m3

Empaque aleatorio cerámico 20102020007000 m3

Carbón activado 20102030010000 m3

Alúmina activada 20102030011000 m3

Malla molecular 20102030020000 m3

Resinas de intercambio iónico 20102030021000 m3

Catalizadores 21000000000000 kgAminas (MEA, MDEA, DIPA, DGA, DEA y TEA) 21101000000000 m3

GINMO = (H-H N / H-H T)* 100

Donde:

GINMO es el grado de integración nacional de la Mano de Obra, en porcentaje.

HH N es el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional empleadas en la ejecución de los trabajos.

HH T es el número total de horas-hombre empleadas en la ejecución de los trabajos.

Documento 19-APROVEEDOR

Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra___de __________ de____ (1)

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PROYECTO: SUSTANTIVOContrato: ____(2)____

Estimación: ___(3)___

Del __ de _____ de 201_ al __ de _____ de 201_ (4)

Mano de Obra Total Mano de Obra Nacional GINMano de Obra

Categoría (5) H-h (6) Monto (7) H-h (8) Monto (9) % (10)Personal profesionistaPersonal técnicoPersonal manualPersonal administrativoOtra (Indicar)

Por medio del presente declaro, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la información contenida en la tabla anterior es correcta y manifiesto que cuento con la documentación que acredita la nacionalidad del personal y su relación laboral con ______________(11)____________.

Por otra parte, manifiesto mi consentimiento de que la información anterior podrá utilizarse sólo para fines de cálculo del grado de integración nacional, sin que esto implique que la misma se utilice con el propósito de obtener precios de referencia diversos a los pactados en el contrato, de acuerdo con el esquema de remuneración estipulado.

Atentamente

____________(12)__________

(1) Fecha de presentación propuestas.(2) Número de licitacion.(3) Número de estimación.(4) Periodo de estimación.(5) Indicar la categoría del personal que laborara durante la ejecución del servicio.(6) Horas-hombre totales (por categoría) laboradas durante la ejecución del servicio.(7) Monto de las horas-hombre totales (por categoría) laboradas durante la ejecución del servicio.(8) Horas-hombre correspondientes a la Mano de Obra Nacional (por categoría).(9) Monto de las horas-hombre correspondiente a la Mano de Obra Nacional (por categoría).(10) Grado de Integración Nacional (por categoría) calculado de acuerdo a la fórmula del apartado 2.2.1.(11) Nombre o razón social del Proveedor.(12) Nombre y firma del Representante técnico del Proveedor.

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PROYECTO: SUSTANTIVODocumento 19-B

PROVEEDORFormato 4. Declaración del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto

[En papel membretado del Proveedor]

___de __________ de____ (1)

Contrato: ___(2)___

Del __ de _____ de 20__ al __ de _____ de 20__ (3)

En los términos de lo previsto en el apartado 2.3.1 del “

”, el que suscribe manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que el Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto es el indicado a continuación:

Origen de las partes de repuesto

GIN Cantidad de partes de repuesto

Monto estimado

Lote nacional México 100% (4) (5)

Lote extranjero Extranjero 0% (4) (5)

De igual forma manifiesto que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional manifestado, a través de la exhibición de la información documental correspondiente, conservando dicha información durante la vigencia del contrato.

Atentamente

_______________(6)_______________

(1) Fecha de presentación de la estimación.(2) Número de contrato.(3) Periodo que comprende el reporte de acuerdo al apartado 3.3.1 del Anexo.

(4) Cantidad de Partes de Repuesto suministradas que integran el lote.(5) Monto estimado total de las Partes de Repuesto que integran el lote correspondiente, en moneda nacional.(6) Nombre y firma del Representante técnico del Proveedor.

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