apunte de energía

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  • 8/19/2019 Apunte de Energía

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    BOLILLA 1

    PUNTO 2

    Fuentes naturales de energía

    La energía, como manifestación externa de la materia, tiene múltiples propiedades, ya que escapaz de producir efectos térmicos, mecánicos, eléctricos, magnéticos, acústicos, químicos,

    nucleares, etc. Sus fuentes de generación pueden clasificarse en primarias y secundarias según seutilicen en forma directa o indirecta en la satisfacción de las necesidades umanas.!". fuentes primarias# la energía eólica, ya que se emplea sin otro proceso pre$io, para impulsar las$elas de las em%arcaciones o las aspas de los molinos que extraen el agua su%terránea.!". fuente secundaria# la energía eléctrica, ya que es el resultado de la transformación de una fuentede energía primaria &sea en forma de car%ón, petróleo, gas natural, caídas de agua u otras'.

    Las fuentes alternati$as de energía son#( los com%usti%les $egetales( los com%usti%les minerales &sólidos, líquidos y gaseosos'( la idroelectricidad( la energía nuclear 

    ( la energía geotérmica( la energía solar ( la energía eólica( la energía mareomotriz y de las olas( la energía eléctrica

    La política de uso de los recursos energéticos de un país, puede resumirse en dos metas#)*o%tener la mayor utilización y rendimiento de los recursos energéticos disponi%les+*procurar que el recurso utilizado ocasione el menor dao posi%le al am%iente.

    ( Combustibles vegetales: la lea y el car%ón $egetal an sido los primeros com%usti%les utilizados por el om%re para satisfacer sus necesidades de energía, por la facilidad de su o%tención y empleoen los ogares de com%ustión, y su carácter reno$a%le.

    Sin em%argo, constituyen productos de %a"os rendimientos calóricos y ele$ado manipuleo, por lo que su uso se a limitado a las zonas de producción de los %osques naturales, ya que nosoportan el alto costo del transporte.

    -n componente importante de las reser$as de com%usti%les $egetales son los residuosagrícolas, que alcanzan gran magnitud en los países de economía agraria. tro com%usti%leimportante de origen $egetal es el alcool, que se o%tiene de la melaza de caa de azúcar, del maíz yde otros productos mediante el proceso de fermentación y destilación. /ezclado con la nafta endistintas cantidades puede proporcionar un car%urante utiliza%le en los motores de explosión. !n0rgentina, la extracción de la lea &que es el principal com%usti%le $egetal', se rige por las

    disposiciones de la ley )1.+21 de defensa de los %osques. !n cam%io, las disposiciones $igentesrelati$as a la producción y comercio de alcooles, están contenidas en la ley +3.456.

    ( Combustibles minerales: &sólidos, líquidos y gaseosos'. !l car%ón, los esquistos %ituminosos, latur%a, el petróleo y el gas natural son los com%usti%les de origen mineral o fósil que el om%re acomenzado a utilizar como fuentes de energía en reemplazo de los com%usti%les $egetales. !lcar%ón mineral sustituyó a la lea en los grandes consumos a mediados del s. 787 y mantu$o suegemonía asta la primera década del s. 77. La primacía del car%ón mineral se fundó en lasgrandes reser$as existentes en el mundo y en su alto poder calórico comparado con el de loscom%usti%les $egetales.

    0 partir de la 9rimera :uerra /undial, se opera un cam%io en la estructura del consumo

    energético con la irrupción del petróleo y del gas natural, que ofrecían incalcula%les $enta"as conrespecto a los demás com%usti%les conocidos.

    )

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    -no de los principales pro%lemas que genera la quema de car%ón, como la del petróleo, es elde la contaminación del aire por la gran cantidad de partículas de azufre y nitrógeno que arro"a.*los hidrocarburos líquidos y gaseosos: el petróleo y el gas natural sealaron su presencia en elcampo energético a mediados del s. 787, pero recién a partir de la 9rimera :uerra /undial sead$ierte el enorme $alor del petróleo como com%usti%le para el mo$imiento de las industrias, lasna$es y los e"ércitos. !ste com%usti%le, sólo después de un siglo del comienzo de la industria

     petrolera consolidó su egemonía, reemplazando al car%ón como fuente energética por excelencia.*los esquistos bituminosos: constituyen una especie de pizarra que contiene idrocar%uros o aceitesque llegan al )4;.*la turba: está constituida por $egetales en estado de car%onización que pueden ser utilizados comocom%usti%les en la escala doméstica o regional.*las asfaltitas: constituyen idrocar%uros en estado sólido, cuyos yacimientos se aseme"an a los decar%ón. Se utilizan en la fa%ricación de tintas y pinturas.

    !l car%ón, los esquistos %ituminosos, la tur%a y las asfaltitas, constituyen %ienes del dominio pri$ado de la

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    ( Energía Nuclear: se o%tiene a partir del uranio +16. !ste metal se presenta en la naturaleza en tres$ariedades o isótopos que contienen el mismo número de protones y diferente número de neutronesEestos isótopos lle$an los pesos atómicos +14E +16 y +15. !l más a%undante en la naturaleza es eluranio +15, que protagoniza el ==,1; de la existencia de minerales nucleares en el planeta. Sinem%argo, el único material fisi%le, capaz de generar energía nuclear, es el uranio +16, que seencuentra sólo en el 3,2;.

     

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    Los $ientos constituyen fuerzas naturales capaces de producir energía mecánica y eléctrica,apro$eca%les por el om%re. !n definiti$a consisten en el desplazamiento, con mayor o menor intensidad, de masas de aire de la atmósfera, pro$ocado por el caldeo solar.

    ?omo fuerza o cualidad de la atmósfera, de%e ser considerada un %ien distinto de la fuente y,en esa condición, resultan aplica%les a la energía eólica, las disposiciones referentes a las cosas, deacuerdo a lo prescripto en el art. +1)) ?ód. ?i$il.

    (  Energía mareomotri! y de las olas: la energía producida por las olas y la energía mareomotriz,constituyen una cosa "urídicamente considerada distinta de las fuentes que la generan. Las mareasterritoriales pertenecen al dominio pú%lico, lo mismo que las %aías, conforme a lo esta%lecido en elart. +143 inc. ) y + ?ód. ?i$il. Fe manera que tanto la

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    Las operaciones de compra$enta de electricidad con una central se reputarán como actoscomerciales de carácter pri$ado. 9or su parte, la industria eléctrica comprendería la generación,transformación y transmisión de la energía.

    !l o%"eti$o de la ley )6.11@ a sido regular las acti$idades de la industria eléctricadestinadas a la generación, transformación y transmisión de la electricidad, en cuanto las mismascorresponden a la "urisdicción nacional.

    Se dará concesión para#( el apro$ecamiento de energía idroeléctrica, cuando la potencia que se conceda exceda de 633Hw.( el e"ercicio de los ser$icios pú%licos de electricidad.

    Se requiere autorización#( para el esta%lecimiento de plantas térmicas que superen los 6.333 Hw de potencia. Lasconcesiones para el apro$ecamiento de energía idroeléctrica podrán otorgarse a plazo fi"o otiempo indeterminado. !l plazo de e"ecución de los tra%a"os, si es a término, no podrá exceder de @3aosE tam%ién se de%en esta%lecer las causales de caducidad, el canon que de%erá a%onar enconcepto de regalía que ingresará al Bondo eforma del !stado &+1.@=@', se dicta la ley +4.3@6, siendocomplementaria de la )6.11@ &pu%licada en )==+'.

    9or medio de esta ley, se caracteriza como ser$icio pú%lico el transporte y distri%ución deelectricidad.

    Sus ob"etivos generales son#( protección de los derecos de los usuarios( promo$er la competencia de mercados de producción y demanda de electricidad( incenti$ación de la acti$idad( fi"ación de tarifas "ustas y razona%les

     #ctores del mercado eléctrico# son integrantes del mercado#

    ( generadores y productores# titular de la central eléctrica adquirida( transportista# titular de la concesión, responsa%le de la transmisión de energía eléctrica( distri%uidor# responsa%le de a%astecer, en su zona de concesión, a los usuarios finales( grandes usuarios# contrata su propio a%astecimiento de energía eléctrica en forma independientecon el generador o distri%uidor.Creacin del Ente Nacional $egulador de Energía:   se crea el !!, dentro del ám%ito de laSecretaría de !nergía y ?om%usti%le del /inisterio de !conomía, %ras y Ser$icios 9ú%licos.:ozará de autarquía y tendrá capacidad "urídica. Son sus funciones#( acer cumplir la ley( pre$enir conductas anticompetiti$as( aplicar sanciones

    ( asegurar la pu%licidad de sus resoluciones

    Creación de Dirección Nacional de nergía:

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    !n nuestro país, la conducción energética se concentra en el /inisterio de !conomía,responsa%le por la ley de ministerios de asistir al presidente de la >epú%lica en todo lo relati$o alapro$ecamiento racional de las fuentes de energía, a la promoción y fiscalización de laexploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de los idrocar%uros.

    !l proceso acia la administración energética integrada se inició con el decreto )+.@45I41,que creó la Firección :eneral de la !nergía con el carácter de entidad autárquica y amplias

    facultades de contralor y gestión. !ntre sus o%ligaciones figura%an la de intensificar la %úsqueda denue$os yacimientos de car%ón y petróleo y procurar su racional explotación.Bue disuelta por el decreto )2.12)I63, que transfirió sus funciones a !mpresas

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    La causa determinante de esta creación fue la nota%le crisis de energía soportada por esaépoca, y su función principal fue la de regular la producción, distri%ución y consumo de todo elcom%usti%le existente en el país, de cualquier origen, procedencia y pertenencia, y fiscalizar elcumplimiento de las disposiciones que, a tal fin, adoptareE regular y controlar la producción,explotación y consumo de la energía eléctrica, cualquiera sea su forma de o%tenciónE implantar yexplotar a la mayor %re$edad las usinas idroeléctricas en el paísE explotar com%usti%les minerales y

    $egetales.!n )=46, por decreto ++.15=, se resuel$e integrar la Firección

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    ?omodoro >i$ada$ia, en un radio de 6 leguas Hilométricas, medidas desde el centro de la po%lación. !ste decreto tu$o dos propósitos fundamentales#( impedir la especulación de los particulares y de las compaías en torno a la riqueza descu%ierta.( dar tiempo para que el !stado se a%ocara al estudio del régimen legal a que se su"etaría laexplotación de los yacimientos petrolíferos.

    Ares aos después del primer decreto de reser$a, se dictó la ley 236= &)=)3' que consagró la

     pequea reser$a, en una zona $ecina a ?omodoro >i$ada$ia &la que sería di$idida en lotes yad"udicada a los particulares, a menos que el 9!< resol$iera explotarla por su cuenta'.Simultáneamente, para acer frente a la explotación fiscal, esta ley otorgó un crédito al 9!i$ada$ia, que fue, al comienzo, una simple oficina del !stadocentralizado, asta que en )=++, se esta%leció la Firección :eneral de Cacimientos 9etrolíferosBiscales &C9B', cuyo primer administrador fue el :eneral !nrique /oscón, a%iéndoselereconocido autarquía administrati$a en el ao )=1+.

    0 partir de esta época, tanto la nación como las pro$incias, dispusieron por decreto,sucesi$as reser$as de su territorio, cele%rando con$enios con la empresa fiscal, asta que sesancionó, en )=16, la ley )+.)@) de petróleo o idrocar%uros fluidos &que fue la primera ley

     petrolera integral adoptada por el país'.!sta ley, a su $ez, fue reemplazada &sin derogarla expresamente' por la ley )4.221 &)=65', y

    esta, a su $ez, por la )2.1)= &)=@2', complementada por la +).225 &de contratos de riesgo' am%asactualmente $igentes &"unto con la ley +4.)46 de )==+, de federalización de idrocar%uros y

     pri$atización de C9B'.

    Creación de 'F:

    !n %ase a la autorización para explotar que la ley 236= concede al !stado, el 9! creó en)=)3, la Firección :eneral de la !xplotación de 9etróleo de ?omodoro >i$ada$ia, administrada por una comisión onoraria que presidió el ingeniero Muergo. 0 esta dirección le sucedió en )=++ laFirección :eneral de C9B &en que tu$iera tan importante actuación el :eneral /oscón'. C9B lograsu autarquía &aunque no plena' en )=1+, con la ley )).@@5, que le encomienda la exploración yexplotación de los idrocar%uros sólidos, líquidos y gaseosos &que el !stado tu$iere', como asítam%ién su industrialización, transporte y comercio.

    !n )=41, al crearse la Firección

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    BOLILLA 4

    PUNTO 2

     Luc"a de los trust internacionales %or el %etróleo:

    !l petróleo fue $ital en el desarrollo de la marina de guerra y mercante. Las grandes potencias comienzan las conquistas de las principales fuentes de a%astecimiento.!!-- comienza con $enta"as pues controla%a casi el 23; de la producción, gracias a sus

    fuentes propias. Se destaca la Standard il ?ompany de usia estatiza, consecuente con los lineamientos %olce$iques imperantes.

    Se produce la segunda guerra mundial y luego de ella, aparece en posición $enta"osa !!--,en desmedro de los intereses %ritánicos &en %a"a'.

    !n )=@3 se crea la rganización de 9aíses !xportadores de 9etróleo &9!9', que en )=21suspende sus entregas afectando a las economías de todos los países &principalmente apón y!!--'. 0 esto se lo denominó la primera crisis del petróleo.

    !n )=24, %a"o el liderazgo de !!--, se forma la rganización para la ?ooperación y elFesarrollo &?F!' que agrupa a los países importadores de petróleo.

    9aralelamente, los distintos go%iernos $an tomando medidas centralizadoras de la política petrolera. Los alineados en la 9!9 toman conciencia de la pérdida de poder y resuel$en que, núltima instancia, no necesitan más que mantener la renta%ilidad de sus negocios.

     La ley 12.161:

    La ley )+.)@), que se mantu$o $igente durante más de +3 aos &desde )=16 asta la sanciónde la ley )4.221, de )=65, que nacionalizó los yacimientos de idrocar%uros', partió del mismo

     principio dominial del ?/, disponiendo que las minas de idrocar%uros eran %ienes pri$ados de la eemplazó las normas del ?/ y reguló &en forma amplia', la exploración y explotación

     petrolera, adoptando un sistema de li%re concurrencia entre la explotación fiscal &encarnada por C9B' y la particular, esto es, autorizó la explotación del !stado, pero sin monopolio. 8nstituyó, a la$ez, un sistema de reser$as petroleras de di$ersas clases que el !stado y las pro$incias podíanesta%lecer en sus territorios, para la explotación fiscal o mixta.

    Los particulares podían o%tener permisos de exploración y concesiones de explotación, ensuperficies mayores a las asta entonces autorizadas por el ?/. Los permisos de exploraciónde%ían pagar una regalía del +6; del petróleo extraído y las concesiones de explotación del 5 al)+; según las características del yacimiento, la distancia y el transporte.

    !l !stado podía exigir que el yacimiento se explotara con intensidad razona%le, proporcionada a su importancia. rganiza%a la explotación de oleoductos &como ser$icio pú%lico' ylas sociedades mixtas &entre el !stado y los particulares'. Las concesiones de explotación eran

     perpetuas.La guerra iniciada en el ao )=1=, ocasionó una gra$e crisis en la disponi%ilidad delcom%usti%le, el que de%ió ser racionalizado, quedando restringidas las importaciones que

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    alcanza%an al @3; del consumo, lo que o%ligó durante un largo período al uso de los saldos decoseca de maíz, marlo, tortas de lino, para alimento de las calderas de las industrias y locomotorasde los ferrocarriles.

    Binalizada la guerra, las dificultades no se solucionaron totalmente y una tentati$a para promo$er la participación del capital extran"ero en la acti$idad petrolera &)=64', con inter$enciónde la Standard il ?ompany de ?alifornia, quedó frustrada por los acontecimientos re$olucionarios

    de )=66. !n )=6@ se anuló la ?onstitución reformada en )=4=, cuyo art. 43 a%ía nacionalizado losyacimientos de petróleo, de car%ón y de gas, con la correspondiente participación en sus productos,que se con$endría con las pro$incias.

     /eser(as:

    May cuatro categorías pre$istas en la ley )+.)@)#( pree%istentes: las que existían &decretadas por la

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    0ntes de la sanción de la ley )4.221, y en uso de las facultades que le otorga%a el nue$oestatuto de C9B reformado en días anteriores a la asunción de las nue$as autoridades por elgo%ierno pro$isional, el delegado presidencial designado como inter$entor de C9B, cele%ró unaserie de contratos con empresas nacionales y extran"eras, que en el fondo importa%an $erdaderasconcesiones por su extensión territorial y el con"unto de facultades que otorga%an a losad"udicatarios. !stos contratos se presentaron %a"o la forma de locación de o%ra y ser$icio, y su

    efecto fue fa$ora%le a la expansión de la acti$idad petrolera, al punto de que, en el curso de 4 aos,la producción se triplicó y se logró el autoa%astecimiento. 0l asumir, en )=@1, el go%iernoconstitucional siguiente, presidido por 0rturo 8llia, dicos contratos, en número )1, fueron anulados

     por el go%ierno y más tarde renegociados, en )=@@, por el go%ierno de la >e$olución 0rgentina, quele sucedió.

     nlisis urídico de los contratos de e%lotación de %etróleo:

    !stos contratos que intentaron "ustificarse como la única solución posi%le para e$itar elconstante drena"e de di$isas que causa%an nuestras crecientes importaciones de petróleo, no sólo noan pro$ocado ningún aorro, sino que el país se enfrenta oy con pagos anuales que alcanzan a los)63 millones de dólares. !l extraordinario monto de estas erogaciones a colocado, en menos de

    tres aos, a C9B al %orde de la %ancarrota.Fe esta manera, se an suscripto dos clases de contratos diferenciados# contratos de

     perforación, terminación o reparación de pozosE y contratos de exploración y explotación de petróleo.'b"eto: !l o%"eto de estos contratos es incrementar la producción de petróleo y gas natural, y paralo cual C9B encomienda a la compaía la exploración y explotación de estos idrocar%uros en elárea del contrato.

     (reas: la extensión y lugar de las áreas es la siguiente#* Dco Loe% N 611.2=3 as N /endoza y Santa ?ruz* 9an 0merican N 436.333 as N ?u%ut y Santa ?ruz* Aennesse N ).4)2.633 as N Aierra del Buego* -nion il N )[email protected] as N Santa ?ruz* Sell N 1.333.333 as N >ío

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     petróleo. Fe esta manera, se toma por %aso, no sólo el precio internacional, sino tam%ién todosaquellos gastos que tendría que acer el país para importar ese petróleo. !s decir, que en el preciode%e computarse el flete marítimo por el transporte de ese petróleo más la prima que se u%ierade%ido pagar en concepto de seguro. Aodos los pagos son al contado, y en el caso de que, por cualquier circunstancia, C9B no a%one dentro de los +3 días de cada mes las facturascorrespondientes al mes anterior, correrá el máximo interés que co%re el !xport 8mport DanH de

    !!--, en ningún caso menos del 6;.'bligacin de entregar el petrleo a +),: los contratos esta%lecen la o%ligación de entregar a C9Bla totalidad del petróleo producido en la zona, sal$o las pérdidas que se ocasionen en el curso de lasoperaciones y las cantidades que la compaía destina a su propio consumo. Fe esta manera, paraasegurar los derecos de las compaías, los contratos esta%lecen dos o%ligaciones a cargo de C9B#*C9B se o%liga a lo restringir la producción de petróleo por parte de la compaía por de%a"o delni$el de rendimiento máximo*C9B se o%liga a reci%ir regularmente y sin interrupción, todo el petróleo que la compaía produzca.!n $irtud de estas o%ligaciones contractuales, el !stado renuncia a la facultad que le acuerda el art.1=1 ?/, es decir, a regular la explotación, teniendo en cuenta los medios de transporte disponi%lesy las condiciones en que se encuentre la industria petrolífera del país. !n caso de no reci%ir todo el

     petróleo que las compaías ponen a su disposición, de%erá a%onar o%ligatoriamente el precio fi"adoen dólares, por metro cú%ico de petróleo y en proporción al $olumen de la producción no reci%ida.

     E%encin impositiva: C9B toma a su cargo, durante la duración de los contratos &y sin dereco areem%olso', el pago de todos los impuestos, tasas, contri%uciones, tri%utos, gra$ámenes o recargosque la compaía o sus sucesores yIo los contratistas o su%contratistas de aquéllos resultes deudores,ya sea respecto del !stado nacional, pro$incial o municipal.

     -erechos de las compa.ías: a usar y disponer de las $i$iendas, edificios, materiales, equipos y todootro %ien de C9B durante la $igencia del contrato y sin cargo, a requerir a C9B toda la informaciónde orden técnico con relación a las estructuras seleccionadas y sus áreas de influencia.'bligaciones de las compa.ías:* suministrar en forma regular los informes so%re el desarrollo de los tra%a"os* in$ertir el capital mínimo y realizar las perforaciones y tra%a"os estipulados* asumir todos los riesgos y gastos de las operaciones dentro del área

     Naturale!a "urídica de los contratos:  los contratos de explotación, de%en ser considerados comoconcesiones de las concesiones que goza%a C9B, no en $irtud de las disposiciones del ?/, sino dedecretos y leyes nacionales y pro$inciales, como asimismo de contratos que dica repartición estatalsuscri%ió con los go%iernos de pro$incia.Causales de nulidad: estos contratos y los decretos del 9! que los aprue%an, son actos afectados denulidad a%soluta por cuanto $iolan normas que protegen los intereses generales de la ley y de lamoral pú%lica.

    BOLILLA 6

    PUNTO 2

     nulación de los contratos de %etróleo de 1-5+:

     Decreto *44:

    !ste decreto suscripto el )6I))I)=@1 esta%lece#0rt. )# decláranse nulos de nulidad a%soluta &por $icios de ilegitimidad y ser daosos a los derecose intereses de la

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    facultase a C9B a adoptar las medidas que estime pertinentes a efectos del normal a%astecimiento decom%usti%les, y en caso necesario, a la toma de posesión de las áreas, con facultad de requerir elauxilio de la fuerza pú%lica o cualquier otra medida que asegure el cumplimiento del presentedecreto.0rt. 4# en resguardo de los derecos que pudieren corresponder al !stado argentino y a las empresascontratantes, se citará a las mismas para que comparezcan y $erifiquen los in$entarios que, en cada

    caso, se le$antará con inter$ención de un funcionario pú%lico.0rt. 6# C9B se ará cargo de todas las acti$idades que se fi"aren a las empresas contratantes. !ncaso de que dicas acti$idades se realicen en forma directa, utilizará todo el personal afectado a lasmismas.0rt. @# dé"anse a sal$o los derecos que pudieren corresponder a las empresas contratantes.0rt. 2# desígnase al Sr. Secretario de !stado de !nergía y ?om%usti%les, al Sr. 9residente de C9B yal Sr. 9rocurador del Aesoro, para que, con arreglo a las funciones que les competen, representen al9! en todos los actos necesarios a los efectos del cumplimiento del presente decreto.0rt. 5# los funcionarios pú%licos, empleados, y demás personas que inter$engan en los distintosactos originados por el presente decreto, no tendrán dereco ni perci%irán remuneración especialalguna, por tratarse de ser$icios a prestarse en interés de la

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     'rinci%ales dis%osiciones de la ley 1*.31-:

    La ley prescri%ió que las acti$idades relati$as a los idrocar%uros estarían a cargo de lasempresas estatales &pri$adas o mixtas' con arreglo a las disposiciones de la ley y de los reglamentosque dicte el 9!. !ste puede otorgar permisos de reconocimiento superficial, de exploración, yconcesiones temporales de explotación y transporte con los requisitos y condiciones que esta%lecela ley. Los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio so%re los idrocar%uros que

    extraigan, pero no la propiedad de los yacimientos que permanecen en el dominio del !stado. !l 9! permitirá la exportación de los idrocar%uros y sus deri$ados no requeridos para la adecuadasatisfacción de la demanda interna y esta%lecerá el régimen de importación de los mismos.

    0demás determinará las áreas es las que se otorgarán permisos de exploración y concesionesde explotación a los particulares. 0 los efectos de la exploración y explotación, se esta%lecen lassiguientes categorías de áreas#)* 9ro%adas# en las que se aya compro%ado la existencia de idrocar%uros que puedan ser comercialmente explota%les.+* 9osi%les# las no comprendidas en el concepto anterior.

    So%re las zonas pro%adas sólo podrán otorgarse concesiones de explotación. !n cam%io, conrespecto a las zonas posi%les, se concederán permisos de exploración y concesiones de explotación.

    Aodo ello, mediante el concurso de antecedentes.La unidad de exploración es de )33 HmO. Los permisos de exploración en el continente

    constarán de )33 unidades, o sea, )3.333 HmO, y, en la plataforma su%marina, de )63 unidades, osea, )6.333 HmO.

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    ad"udicación de los permisos, concesiones y cesiones serán protocolizadas o anotadas por elescri%ano general de go%ierno en el >egistro del !stado

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    Las de %om%eo no producen directamente electricidad, pero utilizan el so%rante eléctrico quese origina en determinado períodos para almacenar agua, que luego es con$ertida en energía,reforzando los caudales disponi%les.

     #ncidencias de a%ro(ec"a$ientos de la Cuenca del 'lata:

    La ?uenca del 9lata comprende los territorios %aados por los ríos que confluyen en su

    desem%ocadura en el >ío de la 9lata, de los cuales, los principales son el 9araguay, 9araná y el-ruguay. 0%arca parte de 6 países# 0rgentina, Doli$ia, Drasil, 9araguay y -ruguay.La importancia de la ?uneca del 9lata trasciende el sector de los intereses marítimos, para

     proyectarse so%re el plano nacional, por sus posi%ilidades potenciales, entre otras, de generación deenergía eléctrica y me"or transporte de la producción de las zonas in$olucradas.

     *taip/: esta represa será construida a )2 Hm de la frontera argentina &so%re el cauce del 9araná', enuna zona donde este río corre por un caón estreco y por lo tanto, sus aguas son utiliza%les me"or que en otras zonas para producir energía. !n cuanto a esta producción energética, se tendrá una ideade la magnitud de 8taipú si se tiene en cuenta que una sola de sus tur%inas es capaz de producir [email protected] Hw.

    0l principio, se pensó en la alternati$a de + represas pequeas &una u%icada en 8taipú y la

    otra en los saltos de :uayrá' para finalmente desecar la idea y concretar solamente la de 8taipú. C para lograr mayor caudal energético, se decidió que las tur%inas fuesen colocadas a la altura de =3metros dentro del mismo dique, de forma que la caída del agua fuese de más de )33 metros, desdelos ++6 metros de la altura total de la presa.

    +aciret&: el apro$ecamiento Caciretá*0pipé, constituye la segunda presa de carácter %inacional. !nel ao )=65, se firmó el ?on$enio argentino*paraguayo, que dispuso la creación de la comisiónmixta técnica para el estudio de este apro$ecamiento u%icado so%re el >ío 9aranáE concretándoseen el ao )=21 mediante el tratado de Caciretá el propósito de construir y administrar en con"unto lao%ra. !l tratado creó, a este fin, la entidad %inacional Caciretá con el carácter de esta%lecimiento

     pú%lico internacional y estatuto internacional propio &administrada por un conse"o deadministración y un comité e"ecuti$o cuyos miem%ros son designados en partes iguales por lossignatarios'. La presidencia del conse"o se e"ercerá en forma rotati$a. La presa tendrá, en su primerafase, una potencia instalada de ).563.333 Hw alcanzando en la tercera fase el potencial de 4.363.333Hw.

    0parte de la generación de energía eléctrica, fa$orecerá la na$ega%ilidad de la zona y posi%ilitará el riego de )@@.333 ectáreas en am%os países.

    ?onstará de una presa de tierra de 2+,6 Hm y esclusas de na$egación y carreterainternacional de do%le troca. Se estima que la primera fase del proyecto estará en condiciones defuncionar a partir del ao )=51.

    Las ciudades donde se encuentran los asentamientos de dirección y e"ecución de o%ras son

    0yolas &9araguay' e 8tuzaingó &0rgentina'.Las $enta"as de este apro$ecamiento son#)*retención del material de sedimentación &53; del material en suspensión y )3; del material dearrastre de fondo'.+*me"oras en el desarrollo industrial de la zona# explotación metalífera de /isiones, instalación deindustrias de cerámica, madera, textiles y otros recursos naturales de la zona.

    Corpus: en el ao )=2) se firmó el con$enio argentino*paraguayo del >ío 9araná para el estudio delapro$ecamiento idroeléctrico de ?orpus &/isiones' que podría generar un potencial del orden de6.633.333 Hw. La e"ecución de este proyecto se encuentra demorada ya que la construcción de8taipú, en Drasil, de"aría al >ío 9araná sin agua suficiente para producir la cantidad de energía que

    compense el alto costo de la o%ra, aparte de otros incon$enientes que originaría al sistema flu$ial ya su entorno.

    )2

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    BOLILLA 8

    PUNTO 2

    Constitución de idronor:

     Deli$itación 7ona Co$a"ue:

    9or la ley )@.55+I@2, se encomienda a 0gua y !nergía !léctrica, la e"ecución de las o%ras

    ?ocón*?erros ?olorados so%re el >ío Limay y

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    0sam%lea. 

     Ley 1*.5*4:

    9or medio de esta ley, se otorga a Midronor la concesión para construir y explotar las o%rasdel comple"o ?ocón*?erros ?olorados. Se incluyen las líneas de transmisión de energía asta D0y Litoral, y otros sistemas que la Secretaría de !stado y /inería autorice.

    Se crea el fondo ?ocón*?erros ?olorados &administrado por la Secretaría de !nergía y/inería', con los siguientes recursos#*los montos recaudados, con recargo a la electricidad, asta reducir un 6; la tarifa $igente aplica%leal consumidor final.*recargo del 6; al petróleo crudo.*0portes del 9! destinados a costear las partes de las o%ras $inculadas so%re el riego y la regulaciónde los cursos de agua.*se exime de impuestos y gra$ámenes tanto a Midronor S0 como a empresas nacionales

     pro$eedoras de o%ras, %ines u otros ser$icios para la construcción.*se denomina zona del ?omaue al territorio integrado por ío ío Limay*apro$ecamiento idroeléctrico de ?ollon*?ura so%re el río del mismo nom%re*apro$ecamiento idroeléctrico 9iedra del Qguila so%re el >ío Limay

    Las o%ras indicadas constituyen una unidad de proyecto e importan un mane"o unificado dela cuenca del >ío Limay, en coordinación con las o%ras idroeléctricas del ?ocón.

    !l presente sistema se designará como ?omple"o Midroeléctrico 0licopá, $inculado con lared nacional de interconexión. Aodo lo concerniente a la realización de las o%ras, como tam%ién las

     %ases contractuales de la concesión, de%erán ser propuestas por Midronor al 9!. !l 9! expresará su$oluntad, dentro de los 1 meses siguientes a la feca de presentación de la documentación. !ncuanto a la entrada en funcionamiento del presente comple"o, la primera tur%ina de 0licurá de%eráentrar en funcionamiento antes del 1)I)+I)=22 y la primera de ?ollon*?ura antes del ao )=53,entrando las restantes cuando la demanda de energía así lo determine.

    Se declara de interés nacional los tra%a"os y o%ras correspondientes al comple"oidroeléctrico 0plicopá.

    Se declaran su"etas a "urisdicción nacional las o%ras idráulicas de Midronor.

     'ri(ati)ación de idronor:

    Las modificaciones introducidas a la ley )6.11@, lo expresado en la ley +1.@=@ &de reformadel !stado', y de acuerdo a lo estipulado por la ley +4.3@6, Midronor S0 de%erá di$idirse en +acti$idades funcionales principales &transmisión y generación', no a%iéndose legislado so%re elresto de las acti$idades de contralor y ser$icio que desarrolla%a la empresa.

    Fe esta manera, la Secretaría de !nergía plantea que Midronor quede di$idida en lassiguientes unidades de negocio#)*Aransmisión en 633 Hw &que comprende las líneas ?ocón*!zeiza y 0licurá*0%asto, con todas lassu%estaciones anexadas a otras líneas de 633 Hw, pertenecientes a 0gua y !nergía !léctrica'.+*?oncesión para la generación idráulica de electricidad con Midroeléctrica 9iedra del Qguila S0.1*?oncesión para la generación idráulica de electricidad con idroeléctrica 0licurá S0.4*?oncesión para la generación idráulica de electricidad con idroeléctrica 9ici 9icún*Leufú S0.

    6*?oncesión para la generación idráulica de electricidad con idroeléctrica !l ?ocón S0.

    )=

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    @*?oncesión para la generación idráulica de electricidad con idroeléctrica ?erros ?olorados S0&central 9lanicie Danderita', en operación que incluye su dique compensado !l ?aar y las o%rascomplementarias 9ortezuelo :rande y Loma de la Lata.

    0demás, la ley +4.3@6 creó en !nte >egulador de la !lectricidad &!!'.0sí, quedaron reguladas las relaciones entre los generadores, transportistas, distri%uidores y

    grandes usuarios de electricidad. La compaía administradora del /ercado /ayorista !léctrico

    &?0//!S0', tendrá a cargo los requerimientos energéticos a corto, mediano y largo plazo a ni$elnacional, en %ase a la disponi%ilidad de equipamiento, y que, en función de un despaco óptimo,remunera a los generadores, transportistas y distri%uidores, en %ase al costo marginal de corto plazo.

    9ara lle$ar a ca%o la pri$atización de Midronor, la secretaría de !nergía, desarrolló los pliegos de licitación de las unidades de negocio antes mencionadas, donde se definen las relacionesentre las partes &concedente y concesionario', fi"ando las o%ligaciones y derecos que regirándurante el período de concesión. !n estos pliegos, se contempla solamente un aspecto parcial de lageneración de energía eléctrica, localizados en áreas específicas.

    La pri$atización de Midronor se materializaría a tra$és de una organización empresaria, %a"oel marco legal de S0.

    9or el decreto +52I=1 se esta%lece que asta que se transfiera al sector pri$ado el porcenta"e

    de las acciones de las sociedades que se liciten, el ==; del total del paquete accionariocorresponderá al !stado, y el ); a Midronor S0. Los derecos societarios son e"ercidos por laSecretaría de !nergía. La transferencia al sector pri$ado se opera en el momento de la ad"udicaciónde las acciones. La acti$idad de la generación de energía eléctrica queda di$idida en las siguientesunidades de negocio independiente#( 0pro$ecamiento idroeléctrico 0licurá.( 0pro$ecamiento idroeléctrico ?ocón*0rroyito.( 0pro$ecamiento idroeléctrico ?erros ?olorados*9lanicie Danderita.( 0pro$ecamiento idroeléctrico 9iedra del Qguila.( 0pro$ecamiento idroeléctrico 9ici 9icún*Leufú.

    La encargada de determinar los acti$os, pasi$os, personal y contratos correspondientes a lasunidades de negocio y su transferencia a las respecti$as S0, será la Secretaría de !nergía, que,además, será la autoridad de aplicación y administrará los contratos de concesión que se autoricen.

    !l /inisterio de !conomía y %ras y Ser$icios 9ú%licos $a a efectuar los llamados aconcurso por licitación, a ela%orar y suscri%ir todos los documentos para la pri$atización y apro%ar los pliegos de %ases y condiciones, que de%erán aplicarse para transferir al sector pri$ado, el

     paquete mayoritario de las sociedades.La Secretaría de !nergía está facultada para disponer la constitución y apro%ar los estatutos

    de una fundación que será titular y administradora del Bondo de >eparaciones, que estará integrado por aportes realizados por los concesionarios y sus recursos podrán ser utilizados por las sociedades para sufragar los tra%a"os, o%ras y reparaciones que sean necesarios, para preser$ar las condiciones

    de seguridad de los apro$ecamientos idroeléctricos que de%erá contener cada una de lasconcesiones que se otorguen.La fundación estará integrada por todas las sociedades titulares de concesiones que se

    constituyen. !l acta de constitución y el estatuto de la fundación, de%en ser inscriptos en lainspección general de "usticia y demás registros pú%licos. !n cuanto a la regalía idroeléctrica

     pre$ista, ésta de%erá ser a%onada a las pro$incias titulares del dereco, dentro del mismo plazo de pago que se define para las transacciones en el /ercado !léctrico /ayoristaE en caso de mora, sede$engará a fa$or de las pro$incias acreedoras, un interés so%re los montos impagos.

    Las pro$incias podrán optar, durante períodos no inferiores a @ meses, por co%rar la regalíaen energía eléctrica, de%iendo notificar su decisión al ?0//!S0 y especificar si lo destinará parasatisfacer la demanda dentro de su "urisdicción o si lo comercializará.

    !n los 0nexos ) y + de la ley +1.@=@, se enumeran las empresas a pri$atizar y lasmodalidades a instrumentarse &entre las que encontramos transferencias a las pro$incias,concesiones, extinción de algunas empresas, pri$atizaciones parciales, de$olución de o%ras que el

    +3

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    !stado administró, municipalización, cooperati$ización, etc. !n el art. )3 de dica norma "urídica,nos encontramos con una fórmula amplia para las pri$atizaciones &sean totales o parciales',

     pudiendo comprender tanto a una empresa como a un esta%lecimiento, %ien o acti$idaddeterminada. 0compaando esta reforma, se considera imprescindi%le plantear sistemas de control,de lo que surge la posterior creación de los entes reguladores.

    BOLILLA 9

    PUNTO 2

     %ro(ec"a$ientos "idrulicos:

    Co$%leo "idroel&ctrico Li$ay 8edio. Ley 23.441:

    !l mismo a tenido iniciación con la construcción del apro$ecamiento de 9ici 9icun*Leufú &actualmente es la etapa de e"ecución', sumado a esto, el proyecto e"ecuti$o de /iciuao y9antanito, so%re el >ío Limay. 8ntegran tam%ién dico comple"o, los sistemas de interconexión y loscentros de consumo.

    Midronor propondrá al 9! los estudios y proyectos relati$os a la o%ra. !l 9! prestará laapro%ación que corresponda con las modificaciones y reformas que estime necesario introducir,

     pudiendo suscri%ir el contrato de concesión.Se de%erá pre$er la entrada de ser$icio de las tur%inas de cada apro$ecamiento a medida de

    que la demanda de potencia y energía lo requieran.Las pro$incias de >ío ío ío Derme"o presidida por :regorio 9ortillo', persigue la consecución de los siguientes o%"eti$os#( na$egación por los dos canales &el lateral del >ío y el de Santiago del !stero' para con$oyes de

     %arcazas con aptitud para transportar asta )33 millones de toneladas anuales.( riego, para incorporar a los culti$os intensi$os &ortalizas, %anana, ta%aco, etc.'.( colonización, mediante la radicación de po%ladores de todo el país e inmigrantes.( pro$isión de agua pota%le &para el consumo doméstico, la ganadería, el uso industrial y elme"oramiento de las condiciones sanitarias de la po%lación'.( generación de energía eléctrica &con una capacidad total instalada que supera los +.633.333 Hw'.( equili%rio y contrapresión, frente a la manio%ra expansi$a de Drasil.( desarrollo industrial y minero, mediante la energía disponi%le, el agua, la na$egación y el

    do%lamiento.( influ"o so%re el espacio $acío del ?aco %oreal.

    +)

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    !l >ío Derme"o nace en Doli$ia, desem%oca en el >ío 9araguay y reci%e el 53; de susafluentes en territorio argentino. !l Derme"o es un río con un régimen sumamente irregular# entrediciem%re y marzo &época de crecidas', puede tener un caudal de )1.333 mR por segundo. !ste$olumen por segundo es de una magnitud extraordinaria, pues el 9araná, que es uno de los ríos máscaudalosos del mundo, posee un caudal de )@.333 mRIseg. Brecuentemente, las crecientes del >íoDerme"o $an modificando su cauce. La zona que se %eneficiaría mediante el apro$ecamiento

    múltiple supera los 633.333 HmO.Se trata de realizar 1 canales# dos canales principales, uno para riego y una serie de canalessecundarios. Se denomina apro$ecamiento múltipleT porque este proyecto de la comisión queenca%ezó el almirante 9ortillo, contempló múltiples %eneficios, tales como la na$egación, el riego,la pro$icsión de agua para %e%er, la explotación de recursos naturales, el control de sedimentos y larectificación del cauce.

    Las o%ras pre$én 4 diques de em%alse en la alta cuenca &Salta', dos diques internacionales&en la frontera con Doli$ia' y ).533 Hm de canales na$ega%les para riego y otros propósitos. !l

     proyecto del almirante 9ortillo, pre$é la construcción de la o%ra en 1 etapas. La terminación de cadaetapa, permite la puesta en marca de algunos ser$icios y la explotación de cada etapa. Lasconsecuencias que surgirían de esta o%ra son# incorporar ).533 Hm de $ías na$ega%les, colonización

    de tierras fiscales en Bormosa, ?aco y Santiago del !stero, la industria maderera de la zona tendríauna salida a los grandes mercados de consumo, y el riego para 263.333 ectáreas , en una primeraetapa.

    BOLILLA 10

    PUNTO 2

     nergía nuclear: !isión y !usión nuclear:

    La energía se produce en el núcleo de los átomos de ciertos minerales como el uranio, por medio de dos reacciones nucleares de distinto tipo# la fisión y la fusión.

    La fisión &proceso del cual o%tenemos, en nuestro país, energía nuclear', consiste en laentrada de un neutrón en el núcleo de un átomo de uranio ocasionando su ruptura, con laconsiguiente pérdida de masa o peso y producción de energía. !n la fisión nuclear, un núcleo

     pesado como el uranio +15 a%sor%e un neutrón extra, el cual desesta%iliza el núcleo de tal maneraque éste se distorsiona y se escinde en dos núcleos más pequeos, li%erando al mismo tiempo másneutrones que pueden inducir nue$as fisiones, en una reacción en cadena.

    La fusión se produce cuando + átomos de idrógeno se funden, transformándose en uno deelio. Los núcleo de los que se parten, tienen mayor masa que el núcleo que se forma, y esta pérdidade masa es la que se transforma en energía. La fusión nuclear reúne dos isótopos pesados deidrógeno de manera que se fusionen, de tal forma que el resultado es un núcleo de elio, unneutrón y desprendimiento de energía.

     'ros%ección y e%loración nuclear. Decreto 22.4**,56:  La estructura "urídica de la energía atómica fue reglamentada a tra$és del decreto ley++422I6@ y ++.4=5I6@, además del decreto 64+1I62 reglamentario de aquel. Masta la sanción deldecreto ++.422, los únicos minerales nucleares incluidos en el ?/ eran el uranio y el torio,u%icados dentro de la primera categoría por la ley )4.1+5I64. Aam%ién se encontra%a incluido el

     plutonio &dentro de este cuerpo legal'.Los sistemas legales a seguirse, en materia de energía atómica, pueden ser#

    )* li%ertad total# a tra$és de este sistema, se autoriza a la li%ertad total de la exploración, explotacióny utilización. !ste sistema, fue recazado porque implica%a el total desprendimiento de control delos minerales, en forma per"udicial a la >epú%lica y al interés nacional.+* nacionalización a%soluta# este sistema propone la exclusi$a realización por el !stado de todas las

    fases de la minería e industrialización, comprendiendo el uso pacífico de la energía atómica. !stesistema fue aplicado en la ex ->SS y no a sido adoptado por ninguna otra legislación, por laimposi%ilidad material de seguirlo.

    ++

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    1* li%ertad de exploración y explotación# se trata de la li%ertad tanto en estas fases, como asítam%ién en ciertas etapas de la industrialización, pero con el !stado como único comprador. !stesistema &receptado por nuestro país asta la sanción del decreto ley ++.422I6@', su aplicación, rindióescaso resultado práctico. !s el sistema utilizado en líneas generales, por países como !!--,?anadá, 8nglaterra y Brancia.4* di$isión de dos sistemas# por un lado, las minas y minerales son propiedad de la U exploración nuclear# la exploración propiamente dica, se ace mediante permiso, a"ustándose alas normas que determina el ?/ para las sustancias de primera categoría. 0 dico acto se lodenomina cateo nuclear. Aiene características peculiares, tales como que no se puede peticionar exploración por tra%a"o formal, ni apropiarse de los que se extraigan en la exploración, ya que son

     propiedad de la comisión.U manifestación de descu%rimiento y registro# aquel que descu%ra minerales nucleares, de%eráformular la manifestación por escrito ante la autoridad minera. -na copia de dica presentación,

     "unto a una muestra del mineral, le es en$iada a la comisión, a fin de que dentro de los )+3 días dereci%ida, pre$ia compro%ación del yacimiento, dictaminará so%re la procedencia del registro. Si eldictamen es fa$ora%le, la autoridad minera procederá al registro y asignación de 53 unidades deexplotación. Si es negati$a, la autoridad minera lo comunicará al manifestante, el que tendrá =3 días

     para deducir re$ocatoria ante la comisión. 0 su $ez, la comisión, una $ez registrado el yacimiento, puede decidir su reser$a o explotación, pre$io con$enio con la pro$incia donde se alle.

    +1

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    U explotación# los contratos son intuitu personae, por lo cual se proí%e cederlos o transferirlos, ysólo se puede contratar pre$ia autorización de la comisión. La explotación se alla %a"o el control ylas directi$as de la comisión.

     Distritos y yaci$ientos en el %aís:

    !n la generación nucleoeléctrica, el ciclo del com%usti%le es un con"unto de etapas que

    comienza con la exploración y extracción de los minerales de uranio. La mayor parte de losyacimientos argentinos de uranio se encuentran al pie de la ?ordillera de los 0ndes y la precordillera, en las pro$incias de Salta, ?órdo%a, la >io"a, San uan, /endoza y ?u%ut. !stosminerales se extraen de canteras &a cielo a%ierto' y de minas su%terráneas. Los recursos medidos deyacimientos de mineral de uranio en la 0rgentina ascienden a =.333 toneladas. 0demás, está por confirmarse la existencia de @.333 toneladas más en distintos yacimientos no exploradosE aún así,esto implica sólo la exploración de un +3; de las zonas de interés del país, por lo que la reser$a

     puede $erse incrementada fuertemente con exploraciones futuras.Solamente los recursos medidos asta oy, alcanzan a a%astecer las necesidades de

    com%usti%le de = centrales nucleares de @33 mw, durante toda su $ida útil de 13 aos. Losfragmentos de roca que contienen los minerales de uranio, se someten a molienda. Luego son

    tratadas con ciertos reacti$os químicos, con el fin de disol$er la mayor parte de ese elemento. 0 este proceso se lo denomina lixi$iación, y se realiza en pilas que se preparan como piletas en losterrenos del comple"o minero*fa%ril San >afael &/endoza'. ?omo resultado de este tratamiento, seo%tiene una solución que se en$asa para su posterior refinamiento.

     'roducción de electricidad: centrales:

    La ?

    instalada de 263 mega$atios, estimándose el costo final en -WS +.=33 millones.Las centrales nucleares en funcionamiento producen energía %arata, pues los altos costos deinstalación inicial, compensan con los menores costos de explotación, en relación con la marcadadiferencia de rendimiento entre el com%usti%le nuclear y los restantes que pueden a%astecer unausina productora de electricidad.

    !n )==), la electricidad generada por las centrales nucleares representó el )2,3+; de la total producida por el país, alcanzando en )==+, el )=.3); &según datos de la ?

    +* (rea de salud: en materia de energía nuclear, la ?

    +4

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    detención precoz de ipotiroidismo &con lo que se puede re$ertir el retardo mental de los niosrecién nacidos'.1* Genética: se a logrado una la%or con"unta entre la ?

     nriueci$iento del uranio:

    !l uranio con$ertido en pasta y en$asado en /endoza, es en$iado al comple"o fa%ril?órdo%a para su refinamiento y posterior con$ersión en dióxido de uranio, materia prima %ásica

     para la fa%ricación de com%usti%le nuclear. Fe esta manera, el uranio se con$ierte en un materialcapaz de producir elementos de características cerámicas, es decir, apto para ser compactado enforma de pastillas y sintetizado por tratamiento térmico, %a"o atmósfera controlada mediante dosetapas# purificación nuclear y con$ersión a dióxido de car%ono.

    ?on posterioridad, se fa%rican las pastillas, que introducidas en los tu%os de zircaloy, formanel elemento com%usti%le.

     Decreto 22.4**,56:

    !ste decreto, que estu$o $igente durante cuatro décadas, atri%uía un rol decisi$o a la ?

    9roi%ía a las pro$incias ena"enar tanto los yacimientos nucleares como sus minerales, sal$oque esas operaciones fueran efectuadas a fa$or de la ?omisión, como representante del !stadonacional, la que a su $ez no podía ena"enarlos.

    Baculta%a, además, al !stado nacional &a tra$és de la ?omisión', a prospectar, explorar yexplotar minerales nucleares y a esta%lecer zonas de reser$a exclusi$as, pero tam%ién admitía lainter$ención de los particulares en el descu%rimiento y registro de los yacimientos, aunque estossólo podían ser explotados a tra$és de contratos especiales, cele%rados con la ?omisión, en los

     plazos y condiciones acordados con ésta.La comercialización li%re de los minerales no esta%a permitida y estos de%ían entregarse a la?omisión, como única rescatadora de los mismos y a los precios que ella fi"ara.

    BOLILLA 12

    PUNTO 2

    as natural:

    La ley +4.32@ de gas natural, se dicta en $irtud de la ley +1.@=@ de reforma del !stado. 9or esta última, se declara en estado de emergencia económica y administrati$a la prestación de losser$icios pú%licos y la e"ecución de los contratos a cargo del sector pú%licoE y se autoriza al 9!<

     para inter$enir todos los entes, empresas y sociedades de propiedad del !stado y para modificar sutipicidad "urídica, fusionarlas, pri$atizarlas, ena"enar participaciones, etc. La ley +4.32@I=+ declarasu"eta a pri$atización total a :as del !stado y dispone el nue$o marco regulatorio para lo referente a

    +6

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    !stado nacional y las pro$incias &por sí o a tra$és de cualquiera de sus organismos o empresasdependientes', sólo podrán pro$eer ser$icios de transporte y distri%ución en el caso de que,cumplidos los procedimientos de licitación, no existieran oferentes, o %ien si, a%iéndosead"udicado, se extinguiere la a%ilitación otorgada. Ficas a%ilitaciones serán concedidas por un

     plazo de 16 aos a contar desde la feca de su ad"udicación. ?on una anterioridad no menor a )5meses a la feca de finalización de una a%ilitación, el ente regulador, a pedido del restador, lle$ará

    a ca%o una e$aluación de la prestación del ser$icio, a los efectos de proponer al 9!< la reno$aciónde la a%ilitación, por un período adicional de )3 aos. 0 tal efecto, se con$ocará a una audiencia pú%lica. !l 9!< resol$erá dentro de los )+3 días de reci%ida la propuesta.

    !l art. 2 esta%lece que cuando se extinga la a%ilitación por cualquier causa, el enteregulador de%erá con$ocar a licitación pú%lica, para ad"udicar los ser$icios de transporte ydistri%ución, en el plazo de =3 días. Si la nue$a a%ilitación no pudiese ser otorgada antes de laexpiración de la a%ilitación precedente, el ente regulador podrá requerir al titular de esta última, lacontinuación del ser$icio por un plazo no mayor de )+ meses &a contar de la feca original definalización de la a%ilitación anterior'. !sta ampliación re$estirá carácter o%ligatorio para el

     prestador.

     Dis%osiciones co$unes a trans%ortistas y distriF-?A> a toda persona &física o "urídica' que siendo titular de una concesión de explotaciónde idrocar%uros, extrae gas natural de yacimientos u%icados en terreno nacional.A>0A8SA0 a toda persona "urídica responsa%le del transporte del gas natural desde el puntode ingreso al sistema de transporte asta el punto de recepción, por los distri%uidores,

    consumidores, que contraten directamente con el productor y almacenadotes.

    +2

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    F8SA>-D-8F> al prestador responsa%le de reci%ir el gas del transportista y a%astecer a losconsumidores, a tra$és de la red de distri%ución, asta el medidor de consumo, dentro de una zonageográfica determinada.?/!>?80L8V0F> a quien compra y $ende gas natural, por cuenta de terceros.

    ;ari!as:

    Las tarifas de gas a los consumidores, será el resultado de la suma correspondiente# preciodel gas &al ingresar al sistema de transporte', tarifa de transporte y tarifa de distri%ución.Los ser$icios prestados por los transportistas y distri%uidores se a"ustarán a los siguientes

     principios#U permitirles o%tener ingresos suficientes para satisfacer costos operati$os razona%les, impuestos,amortizaciones y una renta%ilidad razonada &se logra teniendo en cuenta la renta%ilidad similar que

     pudieran tener otras acti$idades de riesgo asimila%les'.U de%erán tomar en cuenta las diferencias existentes entre los distintos tipos de ser$icios &forma de

     prestación, distancia de los yacimientos'.U asegurar el mínimo costo a consumidores, compati%le con la seguridad en el a%astecimiento.

    Las tarifas se a"ustarán en %ase a indicadores del mercado internacional, que refle"en los

    cam%ios de $alores en %ienes y ser$icios, representati$os de las acti$idades de los prestadores. !lsistema de a"uste será re$isado cada 6 aos por el ente regulador del gas &quien fi"ará las tarifasmáximas'. Aransportistas y distri%uidores podrán reducir su renta%ilidad, pero no de"arán derecuperar sus costos.

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    U asegurar tarifas no discriminatorias, "ustas y razona%les.U incenti$ar el uso racional del gas.

     ,unciones del EN#$G#S:U aplicar y acer cumplir la ley.U dictar reglamentos, a los que se a"ustarán los su"etos de la ley.U pre$enir conductas anticompetiti$as.

    U apro%ar las tarifas de transporte y distri%ución.U aplicar el procedimiento de audiencias pú%licas.U $elar por la seguridad pú%lica y la protección del medio am%iente.U esta%lecer %ases y condiciones para nue$as licencias.

    9ara el cumplimiento de estas funciones el ente desarrolla tres roles. -n rol regulador, entanto dicta normas a las que se someten los su"etos de la ley, ya sea en sus aspectos generales comode procedimiento y autorizaciones pre$ias. -n rol fiscalizador, ya que controla la prestación delser$icio, a fin de que este se adecue a los presupuestos esta%lecidos en las reglamentaciones. -< rolde "uez, en tanto resuel$e conflictos entre los su"etos de la industria.

    Fentro de este marco, el usuario puede y de%e# leer atentamente la factura de gas, puescontiene datos y referencias para efectuar el reclamoE reci%ir un %uen ser$icio de gasE reclamar a la

    empresa ante pro%lemasE utilizar el li%ro de que"as.Las empresas de%en# prestar el me"or ser$icio de gas &en calidad y seguridad'E reci%ir y

    solucionar reclamos de usuarios en forma personal, por carta yIo teléfonoE entregar al cliente uncompro%ante con número de reclamo y feca estimada de solución.

    !l !:0S de%e# orientar al usuarioE proteger sus derecos como consumidorE atender alas consultas y reclamos por $ía personal, carta o teléfono.

    !l !:0S será dirigido y administrado por un directorio de 6 miem%ros, uno de loscuales será el presidente, otro el $icepresidente y los restantes $ocales, designados todos ellos por el9!

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      ?onforme a la ley +1.@=@, se conformará el régimen de propiedad participada y %onos de participación, correspondientes a los empleados de las unidades a pri$atizar de :as del !stado. Laemisión de acciones para los empleados, en este régimen será en un porcenta"e del )3; del total delos %ienes a pri$atizar. Los actos dictados por el 9!< de%en contar con la pre$ia inter$ención de laautoridad de aplicación del proceso de pri$atización.

     1a transicin:  del resultado de la pri$atización, el )3; de lo o%tenido se transferirá

    automáticamente a las pro$incias y a la municipalidad de la ciudad de D0 de la siguiente forma#U el 63; de acuerdo a los índices de coparticipación y el 63; restante, de acuerdo a un índiceela%orado por el /inisterio de !conomía, %ras y Ser$icios 9ú%licos.U el 13; de lo o%tenido quedará afectado al régimen nacional de pre$isión social.

    Se fi"ará un período de un ao &prorroga%le por un ao más', durante el cual se di$ersificarála oferta producti$a de gas. Furante ese período, el /inisterio de !conomía, fi"ará para el mercadointerno los precios de gas. Binalizado dico período, se desregularán los precios. /ientras dedesarrolle la pri$atización, el mismo ministerio seguirá fi"ando los precios de gas a los distintosconsumidores.

     %&ndice de legislación:

     Ley 23.6-6 de re!or$a del stado: se declara en !stado de emergencia económica y administrati$ala prestación de los ser$icios pú%licos y la e"ecución de los contratos a cargo del sector pú%lico. Seautoriza al 9!< para inter$enir todos los entes, empresas y sociedades del !stado, y tam%ién se leotorga la posi%ilidad de modificar su tipicidad "urídica, fusionarlas, pri$atizarlas, ena"enarlas, etc.

     Ley 24.0*6,-2: dispone el nue$o marco regulatorio para la acti$idad de transporte y distri%ución delgas natural. Feclara su"eta a pri$atización total a :as del !stado.

     Decreto 11+-,-2: dispone la pri$atización de :as del !stado y la constitución de nue$as sociedadesa las que se le transferirán los acti$os de :as del !stado para la prestación del ser$icio de transportey distri%ución del gas natural.

     Decreto 1*3+,-2: reglamenta la ley +4.32@

     Decreto 2255,-2: aprue%a el modelo de licencia de distri%ución de gas natural, que se di$ide en#U 0nexo 0# modelo de licencia de transporte de gas.U 0nexo D# modelo de licencia de distri%ución de gas.U Su%*anexo 88# reglamento de ser$icio.

     Ley 24.34+,-4: contiene las normas para la transición de o%ras de distri%ución de redes, e"ecutadas por terceros, autorizadas con anterioridad a la ley +4.32@.

    BOLILLA 13

    PUNTO 2

     er(icio el&ctrico: antecedentes:

    La energía eléctrica a sido considerada un ser$icio pú%lico de carácter municipal, y comotal, sometida a dica "urisdicción. 0 ello se de%e que los antecedentes legales de la energía eléctricaaya que o%tenerlos en el ám%ito municipal, donde se an dictado los primeros permisos yordenanzas.

    Bue en )522 cuando se izo el primer ensayo de alum%rado eléctrico en D0, por iniciati$adel ingeniero >ufino Karela, en la época del pleno auge del alum%rado a gas. /ás tarde, la istoria

    recuerda el acontecimiento de la inauguración de las instalaciones para iluminar el Aeatro ?olón y elXpera. !n )5=1 llegaron a funcionar, en D0, $arias empresas para producir electricidad,

    13

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    apareciendo entre otras la ?ompaía de electricidad de D0 y la >i$er 9late !lectric Ligt andAraction &con usina en calle San uan'.

    9aralelamente, se fueron sustituyendo los tran$ías de tracción animal por los coceseléctricos, cuyas compaías esta%lecieron sus propias usinas.

    0 principios del s 77, la /unicipalidad de D0 izo funcionar tam%ién una usina de propiedad de la comuna. !l desarrollo acelerado de la ciudad resultó poderoso incenti$o para atraer 

    capitales foráneos, que ad$iertan la importancia y el $olumen del negocio de la energía eléctrica.!n )5=5 se constituyó la ?ompaía 0lemana Aransatlántica de !lectricidad &?0A!', la queacia )=3) adquiere las instalaciones y clientela de la ?ompaía :eneral de !lectricidad de laciudad de D0 y, posteriormente, la ?ompaías de Aran$ías !l /etropolitano.

    Aam%ién a comienzos de siglo 77, se instala en D0 la ?ompaía 0ngloargentina decapitales ingleses, que acaparó unas )3 empresas de tran$ías de ca%allos para con$ertirlos entran$ías eléctricos. Fe esta manera, dos empresas quedaron $inculadas al producto eléctrico en laciudad de D0# la ?0A! &adueada de la producción, transformación, transmisión ycomercialización de la energía eléctrica' y la 0ngloargentina &que monopolizó el mercado tran$iariode transporte ur%ano'.

    =rdenan)as de 1-0* y 1-12:!l 1I)+I)=32, la /unicipalidad de D0 otorgó a la ?0A! una concesión para explotar el

    ser$icio pú%lico de electricidad por el término de 63 aos, cuya esencia era la siguiente#)* la concesionaria se o%liga%a a adquirir nue$os terrenos, ampliar sus edificios, maquinarias, redese instalaciones necesarias para la producción y distri%ución de energía eléctrica en la ciudad de D0,

     para atender y anticiparse a las necesidades del consumo.+* al término de la concesión se transferirán a la municipalidad de D0#U gratuitamente los %ienes que la concesión tenía en ese momento en la ciudad, con susreno$aciones y reparacionesU los %ienes que introdu"era en el curso de la concesión con apro%ación de la municipalidad al

     precio de costo, deducido el +; anual de su $alor.1* la concesionaria de%ía constituir un fondo con el o%"eto de atender las reno$aciones y pre$isionesintegrado por una porción de la tarifa.

    !n términos similares, se otorgó otra concesión a la compaía 8talo*argentina de electricidad&?80F!', en )=)+. !s decir que en el ao )=)+ se constituye la ?80F! y gestiona una nue$aconcesión otorgada por la municipalidad de D0, con el fin de esta%lecer una saluda%le competencia,

     pero que en la práctica no ocurría, porque las empresas se pusieron de acuerdo y di$idieron laszonas de sus respecti$as influencias.

     8odi!icaciones de 1-36: ordenan)as +02+ y +02-:

    Las ordenanzas 53+5 y 53+= dictadas por el ?once"o Feli%erante en )=1@, prorrogaron la

    concesión de la ?0A!, que se a%ía transformado sucesi$amente en la ?ompaía Mispano*argentina de electricidad &?M0F!', y luego ?ompaía 0rgentina de !lectricidad &?0F!', asta el1)I)+I)=2+. Si la municipalidad, al llegar a esa feca, quería adquirir esos %ienes, de%ía pagar el$alor íntegro, según tasación pericialE o %ien asociarse a la concesionaria, asta el 1)I)+I)==2. !l

     paquete accionario de la ?0F! esta%a en manos de la SF!?, filial del consorcio SB8

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    ?on ese fin, el 9! resol$ió designar una comisión asesora para una me"or ilustración alrespecto &la que se expidió con feca ++I@I)=62', aconse"ando se declarase la nulidad de lasordenanzas 53+5 y 53+=, con lo cual se retorna%a a la $igencia de las concesiones de )=32 y )=)+.9roponía tam%ién la inter$ención a la ?0F!, y la reestructuración de la conta%ilidad.

    ?on estos antecedentes, el go%ierno pro$isional, por decreto 5122I62, declaró la nulidad dedicas ordenanzas, y en $igencia, las sancionadas en )=32 y )=)+, para la ?0F! y la ?80F!

    respecti$amente. Se inter$enía a la ?0F!, a los efectos de asegurar la correcta prestación de losser$icios, y el cumplimiento de las o%ligaciones que determina%an las ordenanzas originarias.!l decreto 5122 disponía que por intermedio del /inisterio de 8ndustria y ?omercio, se

    concertaran separadamente, con las empresas ?0F! y ?80F!, las %ases para lle$ar a término lodispuesto en las cláusulas de las concesiones. !l decreto no tu$o pu%licación oficial asta el ao)=@3 &en que se da a conocer', con moti$o del de%ate que originó en la ?ámara de Fiputados lasanción de la ley de energía.

     Ley 14.**2. Constitución de 9:

    La situación reinante, lle$ó al 9! a con$enir con la ?0F! el procedimiento para resol$er el pro%lema eléctrico del :ran D0. Fe esta manera, la ley )4.22+ &de creación de S!:D0', disponía#

    )* la "urisdicción es nacional y queda su"eta a las reglamentaciones que decrete el 9!< en relación alos ser$icios pú%licos interconectados, que se prestaron en la ?apital Bederal y en los +5 partidosdel :ran D0.+* a la nue$a sociedad ingresaron los %ienes de la ?0F!, cuyos derecos concesionarios a%íancaducado a fa$or de la ?apital BederalE y tam%ién, los %ienes eléctricos municipales que integra%anel gran D0, incluyendo los de la ?!9 &?ompaía !léctrica de D0'.1* la nue$a empresa &S!:D0' se constituía como sociedad anónima mixta, integrando su capital dela siguiente manera#U 0cciones clase 0# nominati$as e intransferi%les, asignadas al !stado.U 0cciones clase D# mediante las cuales se incorpora%an capitales de la ?0F! y ?!, reconocidosy e$aluados. !stas acciones eran al portador.

    riginariamente se reconoció como participación del !stado la suma de W+3@3 millones&moneda nacional', y a la ?0F! y a la ?!9, la de 6.633 millones de pesos moneda nacional. !stascifras fueron modificadas $arias $eces, asta la compra definiti$a de las acciones de clase D, en elao )=@) &las cuales el !stado podía rescatar a razón del )3; anual'.

    9or su parte, S!:D0 se o%liga%a a resta%lecer la plena normalidad y eficacia en la prestación del ser$icio &en la zona a su cargo', mediante la realización de o%ras por un monto de @6millones de dólares, aplicados a las instalaciones de nue$as usinas.

    Las tarifas de%en asegurar una utilidad neta del 5; anual, a cuyo fin podían ser rea"ustadasautomáticamente, en función de los costos de explotación por com%usti%les, reparaciones y salarioorario.

    Lo más conflicti$o de la creación de S!:D0 fue la re$aluación de los acti$os de la ?0F!,el cual, de acuerdo a la ordenanza de )=32, de%ía pasar al patrimonio municipal. Sin em%argo, elcon$enio preliminar de creación de S!:D0, esta%lecía la actualización del $alor de los %ienes yréditos, a tra$és de cualquiera de las siguientes opciones# índice del costo de $ida, índice de los

     productos no agropecuarios o índice del incremento de la $enta nacional. !l con$enio terminó por adoptar el del índice de $ida. 0 su $ez, el contrato esta%lecía que las acciones representati$as de la

     participación pri$ada en el capital de la nue$a sociedad, se di$idirán en series iguales, que el !stado podrá adquirir, a razón de una por ao en )3 aos consecuti$os, $enciendo en enero de )=@3.

    ?omo consecuencia del con$enio, se pretendió reconocer a la sociedad un capital total de2.4=@ millones de pesos &de los cuales pertenecían al !stado W+.3@3 millones, y a la ?F! y su filial?!9, en con"unto, W6.41@ millones, conforme a las cifras resultantes de la re$aluación efectuada en

    )=62'. 9ero, como en la ley )4.22+, la Secretaría de !nergía y ?om%usti%le se reser$ó el dereco decontrolar los li%ros de las empresas y la exactitud de los $alores conta%les dentro de un plazo de )53días, se cam%iaron las participaciones, incrementándose la del !stado.

    1+

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    9or entonces, el ingeniero Ql$aro 0lsogaray fue designado ministro de economía, y "untocon el ministro de energía y com%usti%le &?arlos uni', reexaminaron la pro%lemática. ?omoconsecuencia de ello, fue recazado el informe de los contadores oficiales, dando crédito a losustentado por la ?0F!. /ediante esto, quedaron reno$ados los $alores de las propiedades y lasinstalaciones, a su estado originario. 9osteriormente, una nue$a negociación fi"ó el capital de ?0F!y ?!9 en )+@ millones de dólares &equi$alentes a )3.1+6 millones de pesos, cantidad ésta que podía

    aumentarse si se modifica%a la cotización del dólar'.

     La reestructuración de 9:

    9ara atender a los )4 partidos del noroeste de la pro$incia de D0, la empresa 0gua y!nergía, tenía en construcción la -sina ?entral ?ostanera, que de%ía generar @+6.333 Hw de

     potencia. 9ara ello, el !stado aspira%a a o%tener un crédito del Danco /undial, que le permitierafinanciar la o%ra del plan energético &préstamo que el Danco /undial se nega%a a conceder,mientras la ?entral ?ostanera estu$iese %a"o la responsa%ilidad de 0gua y !nergía'. 0parentementeesta fue la causa que dio origen al decreto )4)1I@), suscripto por Brondizi, 0lsogaray y Luis9olledo, mediante el cual se encomenda%a la constitución y organización de una empresa dedereco pri$ado que tome a su cargo la referida o%ra. !n )=@), Bederico 9inedo produce el informe

    que el !stado aprue%a mediante el decreto 5)43I@) &llamado 9lan 9inedo', cuyo contenidoesta%lecía la reestructuración de S!:D0, que de empresa mixta se transforma%a en sociedad del!stado de dereco pri$ado &con el compromiso de con$ertirse nue$amente en empresa de capital

     pri$ado, sin perder la concesión del ser$icio pú%lico que el !stado otorgara a la zona de la ?ap Bedy el gran D0 por imperio de la ley )4.22+ de "urisdicción nacional.

    La dureza coerciti$a de los mecanismos financieros internacionales para conceder prestamosa las empresas del !stado &como 0gua y !nergía' lle$ó a la