año 6 / edición 17 / agosto de 2016 / bogotá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosto de...

20
ESTRELLA POLICIAL PUBLICACIÓN DEL COLEGIO DE GENERALES DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA AÑO 6 / EDICIÓN 17 / AGOSTO DE 2016 / BOGOTÁ D,C. - COLOMBIA / ISSN 1909-0269 “La credibilidad y confianza en nuestras instituciones, es un invaluable patrimonio moral que ha significado la sinergia y la estabilidad de nuestro Estado de Derecho.” L a Policía Nacional de Colombia es la Institución encargada de garantizar la convivencia ciudadana. Su profesionalismo ha quedado demostrado a través del tiempo con su presencia en la comunidad de una manera permanente, no solo para prevenir el delito y las contravenciones, sino para proteger y ayudar a todas las personas residentes en nuestra patria. Además del personal destinado al servicio de vigilancia urbano y rural, día a día se perfecciona por medio de la formación, la capacitación y la especialización, para afrontar cualquier situación encaminada a alternar el buen vivir de los ciudadanos. Esto es Policía y comunidad. Policía y comunidad

Upload: others

Post on 18-Aug-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policialpublicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269

“La credibilidad y confianza en nuestras instituciones,

es un invaluable patrimonio moral que ha significado la sinergia y la estabilidad de nuestro

Estado de Derecho.”

La Policía Nacional de Colombia es la Institución encargada de garantizar la convivencia ciudadana. Su profesionalismo ha quedado demostrado a través del tiempo con su presencia en la comunidad de una manera permanente, no solo para prevenir el delito y las contravenciones, sino para proteger y ayudar a todas las personas residentes en nuestra patria.

Además del personal destinado al servicio de vigilancia urbano y rural, día a día se perfecciona por medio de la formación, la capacitación y la especialización, para afrontar cualquier situación encaminada a alternar el buen vivir de los ciudadanos. Esto es Policía y comunidad.

Policía y comunidad

Page 2: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial2

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Mayor general (r) HECTOR DARÍO CASTRO CABRERAPresidente del Colegio de Generales de la Policía Nacional

El orden Jurídico que se acuerda para una comunidad asenta-da en un territorio, materializa la existencia de un Estado de derecho, es decir consolida la existencia de un Estado. Sin este ingrediente es imposible concebir una nación jurídicamente organizada.

En nuestra vida republicana la historia de esta normativi-dad fundamental, data desde el mismo 20 de julio de 1810,

con el Acta del Cabildo extraordinario de Santafé de Bogotá (20 de julio) y sigue con el Acta de la Constitución del Estado Libre e Inde-pendiente del Socorro (15 de agosto); Constitución de Cundinamarca (30 de marzo de 1811), Acta de la Federación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada (1811); Constitución de la República de Tunja; Constitución del Estado de Antioquia; Constitución del Estado de Car-tagena de Indias; Constitución del Estado de Mariquita; Constitución provincial de la Provincia de Antioquia; Plan de reforma o revisión de la Constitución de la provincia de Cundinamarca de 1812; Congreso de Angostura; Congreso de Cúcuta; Reforma ante la Separación de Ecua-dor y Venezuela de la Gran Colombia (1830); Constitución de 1843; Constitución de 1853; Constitución de 1858; Constitución de Rìone-gro (1863), reformada en 1876, con el mismo modelo federalista y la creación de la República de Colombia, según la Constitución de 1886 que regresa el modelo centralista, constitución de exquisita redacción, cargada de buenas intenciones e inspirada en un modelo bien proyecta-do que con varias reformas logró sobrevivir por más de cien años; para finalizar con la Constitución de 1991 que define a Colombia como un estado social de derecho, vocación que aún mantiene en los asociados la esperanza de hacer de este propósito una realidad.

Esta completa relación histórico-constitucional es más que suficien-te para demostrar que se han hecho muchos esfuerzos para diseñar una normatividad que permita establecer unas reglas generales que conduz-can, real y efectivamente, a fijar una orientación clara para realizar los fi-nes que anhela una sociedad en que todos y cada uno de sus integrantes deben interactuar para procurar el logro de unos objetivos comunes que correspondan a la realización de un proyecto en beneficio de todos los ciudadanos por igual.

En ninguno de estos intentos se habían ocupado de establecer unos parámetros claros y precisos para organizar una Institución esencial para cualquier sociedad, como lo es la Policia, aunque es preciso aclarar que en la Constitución del Estado de Antioquia se manejó el concep-to de fuerza pública cuando se ex-presó que, en lo relacionado con las fuerzas armadas, su objetivo era de-fender al Estado de todo ataque e irrupción enemiga y evitar conmo-ciones en lo interior, manteniendo el orden y asegurando la ejecución de las leyes. Se expresó, por prime-ra vez con estos términos, que la “fuerza pública” es obediente y que en ningún caso tiene derecho para

deliberar, pues siempre debe estar sumisa a las órdenes de sus jefes, es decir, al poder político.

Solo hasta cuando se decidió procurar una modernización de nues-tro estado, después de un importante proceso de paz que terminó con un conflicto armado, aunque no muy antiguo, que sí contaba con algún ingrediente político permitió considerar esa posibilidad de fijar en la ley fundamental las bases para crear una Policia que contribuyera a la cons-trucción de una convivencia en este naciente estado social de derecho de 1991.

Desde entonces, la Policía tiene definición y bases constitucionales, funciones y roles bien definidos, incluida la función de investigación criminal, que ha significado un importante aporte a la lucha contra la impunidad. Debemos, pues, reconocer la genial y muy acertada in-tervención del mando policial de turno que con una bien concebida estrategia, logró llevar de manera convincente, al órgano reformador, la necesidad de darle vida constitucional a la Policia Nacional y con acertados planteamientos supo llegar hasta el propio seno de la Asam-blea Nacional Constituyente y con sus sólidos argumentos convenció a los constituyentes de la necesidad de darle categoría constitucional a la Policía de los colombianos. El equipo de trabajo que se conformó en esa época, merece el reconocimiento de todos los policías y de la sociedad en general, por lo cual se le debe rendir un homenaje igual o superior al que se le ha rendido a quienes tramitaron ese gran proyecto de la nueva constitución que, con todos sus defectos, le han significado unas buenas de reformas que nos han permitido vivir 25 años en una situación de gran expectativa, para mantenernos esperanzados en que esa concepción de un estado social de derecho, por fin se convierta en una realidad para obtener una posición general a través de un desarrollo humano que dignifique a las personas y les permita las oportunidades necesarias para que comiencen a creer en su organización y confiar en sus dirigentes.

No me atrevo a mencionar las personas que fueron coartífices de esta titánica labor al interior de la Policía Nacional, pero sí me permito sugerir que nos unamos para rendir un merecido homenaje a quienes bajo el liderazgo del entonces Director General, el señor General Miguel Antonio Gómez Padilla, cumplieron tan importante misión que nos ha permitido tener una institución con fundamentos de orden y jerarquía

constitucional, por primera vez en la historia policial. Dentro de este contexto, hoy contamos con un nuevo Código Nacional de Poli-cia que entrega más argumentos científicos a la Policia Nacional y constituye una luz en el transporte para la actual y para futuras gene-raciones de nuestra sociedad, que debe seguir haciendo esfuerzos para lograr un ambiente más ade-cuado de civilidad y buen com-portamiento.

Dejo la inquietud, especial-mente al mando actual, para que nos convoque a este justo recono-cimiento y renovar su mentalidad profesional para seguir luchando por darle cada día mayor solidez jurídica y fortaleza institucional a nuestra siempre querida Policía Nacional.

Av. Boyacá No.142A-55 Bogotá, D.C.Web. www.colgenerales.com.co

Correo Electrónico: [email protected]

DIRECTOR GENERAL

MG. (RA) Héctor Darío Castro CabreraPresidente Junta Directiva

JUNTA DIRECTIVAVicepresidente

BG. (RA) Gustavo Socha SalamancaVocales principales

MG. (RA) Carlos Alberto Pulido BarrantesBG. (RA) José Laureano Sánchez Guerrero

Vocales SuplentesMG. (RA) Jaime Augusto Vera GaravitoBG. (RA) Guillermo Julio Cháves Ocaña

FiscalBG (RA) Jorge Alirio Barón Leguizamón

Secretario EjecutivoBG. (RA) Héctor García Guzmán

CONSEJO DE REDACCIÓNGeneral (RA) Víctor Alberto Delgado Mallarino

General (RA) Miguel Antonio Gómez PadillaBG. (RA) Fabio Arturo Londoño CárdenasBG. (RA) José Domingo Murcia Florián

BG. (RA) Pablo Elbert Rojas Flórez

EDITORBG. Guillermo León Diettes Pérez

FOTOGRAFÍA

Estrella PolicialArchivo Revista Policía Nacional

DISEÑO E IMPRESIÓN

Editorial La Unidad S. A. El NuEvo Siglo4139200 - ExT. 124

NOTA: Los artículos no reflejan el pensamiento del

Colegio de Generales de la Policía Nacional, son de exclusiva responsabilidad de sus autores, y por

razones de espacio podrán ser editados.

EstrElla Policialpublicación del colegio de generales

de la policía nacional de colombia

Edición Nº 17ISSN 1909-0269

FOTO PORTADA: La ciudadanía es la razón de ser del servicio policial. la vigilancia ur-

bana y rural, brinda la oportunidad de que la comunidad y la Policía propicien un ambiente

de convivencia y solidaridad.

“Caballerosidad, gratitud y afecto”

Fundamento Constitucional de nuestra Policía

Page 3: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 3

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Teniente DIANA VALDERRAMA FLÓREZ

En nombre de todos y cada uno de mis fami-liares, especialmente de mi querida abuelita Ana Teresa Villamizar de Valderrama, quien, además, ha cumplido

como esposa, madre y suegra; quiero agradecer a todos los man-dos de la Institución, al Colegio de Generales, a la Academia Co-lombiana de Historia Policial, a Acorpol, a todas las asociaciones y a los amigos que nos acompa-ñan en este trance, el homenaje y la despedida a este gran hombre: el general Luis Humberto Valde-rrama Núñez, quien desde su in-greso a la Policía Nacional, puso todo su esfuerzo y empeño para que ella fuera reconocida como la más grande por ser la encargada de preservar la convivencia de to-dos los colombianos.

El general Valderrama tra-bajó sin descanso, con gran orgullo y amor hacia su tra-bajo como policía y al dejar un extraordinario legado para los futuros componentes de nuestro Cuerpo-Institución y, desde luego, para los futuros mandos del mismo.

Predicó, no sólo con la palabra, sino con el ejemplo: honradez, pulcritud, honesti-dad, lealtad y amor, así como la vocación de servicio a la co-munidad e Influyó al máximo para exigir a los subalternos el sentido de su función pública.

Despedida a un gran General

Por: JuAN MANuEL RAMÍREZ PéREZMiembro correspondiente de la

Academia Colombiana de Historia Policial

Uno de los propósitos mas reiterados de los dirigentes en la frontera, durante largos años, consistió en fortalecer la integración colombo-venezolana que, naturalmente, era una preocupación local porque los gobiernos centrales casi siempre han sido indiferentes a

esas inquietudes.La Comisión Binacional de Asuntos Fronte-

rizos, presidida por prestantes personalidades de los dos países, debatía permanentemente los asun-tos comunes; se celebraban frecuentes reuniones de la Asamblea regional fronteriza; las cámaras de comercio, de los dos lados de la frontera, estaban en constante comunicación y, en fin, las universi-dades, las autoridades regionales, los comerciantes y los ciudadanos del común, actuaban como si se tratara de un solo país, aún en medio de las difi-cultades generadas por eventos ocasionales.

Pero, de un momento a otro, todo cambió y los instrumentos de la política binacional fueron cayendo en desuso. Hoy, lamentablemente, todo eso parece un fantasma del pasado.

Y lo que era impensable hace unos años está ocurriendo en la actualidad, sin remedio: la fron-tera cerrada de manera indefinida; los colombia-nos son maltratados sin protesta; cientos de em-presas de frontera quebradas, y numerosas familias de colombianos y venezolanos desintegradas por causa de la incomunicación.

Las libertadas y reivindicaciones sociales que ofreció el socialismo del siglo XXI, terminaron en: una inaceptable persecución política, una morda-za a los medios de comunicación, una corrupción oficial desenfrenada y un empobrecimiento ge-neral ocultado con discursos patrioteros y costosa propaganda.

Y, frente a todo esto, el gobierno colombiano sigue sordo, mudo y ciego, como en la canción de Shakira. Es increíble que el país más cercano a Venezuela, el país “hermano”, el país con los mis-mos libertadores, con los mismos colores que ideó Miranda para la bandera, con la inmensa frontera común, con idioma, religión y raza iguales, no ex-prese una palabra de apoyo al pueblo sojuzgado.

Es insólito que funcionarios de Estados Uni-dos, Uruguay, España, Paraguay, entre otros, se pronuncien en contra de las arbitrariedades del gobierno “chavista” de Maduro, y en Colombia no se diga ni una frase condenatoria por los atro-pellos a los opositores, la violación del derecho in-ternacional, los vejámenes a los colombianos más humildes y las agresiones contra la prensa libre.

Mientras en Colombia se pregona que nos estamos acercando a la paz, se soslaya que el go-bierno de un país que ha recibido con disgusto a millones de colombianos para que mejoren sus condiciones de vida, vulnere de manera tan fla-grante los principios de la convivencia y viole los derechos de ciudadanos venezolanos y colombia-nos. Es un precio muy alto el que se paga para que la inefable revolución bolivariana siga respaldando a las FARC y propicie la “invasión masiva de mu-jeres venezolanas”.

[email protected]

Indiferencia ante el problema de Venezuela

En nombre de él, invito a todos los miembros de nuestro cuerpo nacional de Policía, a se-guirlo por el camino del deber, con dignidad y con la cabeza en alto, para alcanzar los postulados que fundamentan nuestra profe-sión y la convivencia de los aso-ciados.

Asumo hoy sus enseñanzas: valores, virtudes, dedicación a su función y amor por esta querida y gloriosa Institución. Siempre llevaré con orgullo el uniforme, como él lo portó, con altura y dignidad, al respetar mi Policía y promulgar nuestro lema, Dios y Patria, es por siempre.

A todos, gracias por las mani-festaciones de amistad y recono-cimiento, y las condolencias para nuestra familia.

Paz en su tumba: ¡mi General y querido abuelito!

Condolenciaslos colegiados, esposas e hijos, registran con dolor el

fallecimiento del distinguido señor general luis Humberto Valderrama núñez ocurrido en esta capital.

a su esposa doña Teresa, sus hijos, nietos y todos sus familiares el colegio de genrales de la policía nacional hace

llegar nuestro sincero saludo de condolencia.

Page 4: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial4

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Mayor General (r) CARLOS ALBERTO PuLIDO BARRANTES

“En todo procedimiento policial debe estar presente el respeto por la dignidad humana,

los derechos humanos y las normas del Derecho Internacional Humanitario”.

ANTECEDENTES

Repasando las actas de estudio del Có-digo Nacional de Policía de 1970, en la que participaron eminentes juristas como los doctores Roberto Pineda Castillo, Miguel Lleras Pizarro, Alfon-so Reyes Echandía, y los distinguidos oficiales de la Policía Nacional, otrora,

Coronel Nicolás Ríos Mesa, Subdirector general de la Policía Nacional y Teniente Coronel Víc-tor Alberto Delgado Mallarino y otros connota-dos juristas, me permito afirmar que, en forma por demás brillante, establecieron los principios doctrinales, filosóficos y jurídicos del Código de Policía, que hoy, aún, con las reformas del nuevo, se mantienen incólumes.

Como es natural, la sociedad evoluciona per-manentemente y aparecen nuevas conductas que exigen respuestas del gobierno, de sus autoridades y de quienes tienen la facultad o el poder de dic-tar normas acordes con los desarrollos, adelantos y transformaciones de la sociedad, Tuvieron que transcurrir 46 años, casi medio siglo, para que este importante logro se diera.

LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA, LÍDER EN DERECHO DE POLICÍA

Como sucedió en 1968, la Policía Nacional promovió e influyó grandemente para que se ex-pidiera el Código de Policía de 1970, con normas que tienen relación con la función de policía y con el cumplimiento de sus responsabilidades consti-tucionales, legales, reglamentarias y de derechos humanos. A lo largo de estas décadas, la Policía

Nacional ha liderado, como ninguna otra institu-ción del Estado, la investigación, formación, ca-pacitación y especialización en el área del Derecho en mención y del conocimiento, interpretación y aplicación del Código mismo. La base fundamen-tal ha sido siempre, la Escuela de Cadetes de Po-licía General “Francisco de Paula Santander” y las 22 o más escuelas de formación de la Institución, los seminarios nacionales de Derecho de Policía que anualmente realizamos en los diferentes de-partamentos con participación de las autoridades de Policía, juristas y especialistas y la comunidad en general. Igualmente, simposios, congresos na-cionales e internacionales y últimamente, 4 con-gresos internacionales de ciencia de policía.

Se han expedido, así mismo manuales, procedi-mientos, protocolos y formatos para su eficaz cum-plimiento. También se incursionó en las universida-des y fuimos muchos los oficiales que participamos en las cátedras de Derecho de Policía. Se realizó un considerable número de investigaciones y publica-ciones, así como estudios y tesis para grado.

La Policía Nacional ha tenido líderes, maes-tros y filósofos que con devoción se han entrega-do a la noble tarea de investigar y enseñar el De-recho de Policía; bien pudiera señalar a muchos, pero quisiera destacar al señor brigadier general Fabio Arturo Londoño Cárdenas, y al general Mi-guel Antonio Gómez Padilla, que aún, en retiro cumplen esta labor, amén de nuestros insignes maestros Roberto Pineda Castillo y Miguel Lleras Pizarro. Algunos Policías y abogados, entusiasma-dos por esta importantísima rama del Derecho, fundamos el Colegio de Abogados Policiales, con un grupo de abogados, docentes y funcionarios dedicados a esta especialidad; organizamos activi-dades académicas e investigaciones y promovimos varias reformas a las normas del Código de Poli-cía. En dicho Colegio participamos entre otros, el coronel Edgard Peña Velásquez, el doctor y trata-dista doctor Gustavo Gómez Porras y el suscrito coronel Carlos Alberto Pulido Barrantes, que se desempeñó como uno de los presidentes.

En los planes de estudio de la Policía Nacio-nal, para todas las Escuelas de Formación del país, siempre han primado en el pensum de estudio y contenidos programáticos el Derecho de Policía y el Código de Policía y, en algunas universidades, la cátedra de Derecho de Policía.

Todos los directores de la Policía Nacional, en su momento, han gestionado y presentado pro-yectos de reformas al Código Nacional de Poli-cía, por ser de su resorte y responsabilidad y por el convencimiento de la necesidad real que tenía la sociedad y el ente Policía. Con motivo de la nueva Constitución Política que aprobó la Asam-

blea Nacional Constituyente de 1991, se creó un nuevo Estado Social de Derecho, con nuevos cri-terios y figuras de disciplina social, que incidían de fondo en el Código Nacional de 1970, por lo que se vió la necesidad urgente de una reforma que actualizara esta normatividad, motivo por el cual, se presentaron más de 10 proyectos de ley. Sin ir más lejos, nuestro actual director el Señor General Jorge Hernando Nieto Rojas, reciente-mente, cuando fue nombrado Director General de la Policía Nacional, en su discurso de posesión, en forma pública, pidió al Señor Presidente de la República, doctor Juan Manual Santos Calderón, el apoyo y respaldo para que el Congreso de la Re-pública, estudiara y aprobara el Código Nacional de Policía, por ser la necesidad más sentida de to-dos los colombianos y del ente policial del estado.

Hoy, es justo agradecer a todos los que partici-paron, estudiaron y coadyuvaron este propósito, al Señor Ministro de Defensa doctor Luís Carlos Villegas y a su equipo de colaboradores y aseso-res, a los funcionarios administrativos de Policía, al Congreso de la República, por medio de sus po-nentes, quienes a pesar de la congestionada agen-da, debatieron con juicio y seriedad su contenido, y a nuestro cuerpo institucional felicitarlo por tan vital o importante logro, fruto del trabajo, la per-sistencia y estudio de muchos de sus integrantes.

Ya con anterioridad, a raíz de la expedición del Código de Policía de Bogotá de 1962, el señor Ma-yor General Luís Humberto Valderrama Núñez, (recientemente fallecido), quien después fuera Di-rector General de la Policía Nacional, en el año de 1967 publicó el libro “Derecho de Policía”.

Es menester recordar además, cómo en el Alma Mater de la oficialidad, se gestaron, por parte de sus ilustres investigadores, tratadistas y docentes, los primeros estudios sobre el Derecho de Policía y del ente policía; el primero de ellos escrito por el doc-tor Miguel Lleras Pizarro en 1943, y denominado “Derecho de Policía”, posteriormente el doctor Ál-varo Castaño, en 1947, publica el libro “La Policía, su origen y su Destino” y a principio de la década de los cincuenta, el maestro Roberto Pineda Casti-llo escribió la obra “La Policía, Doctrina, Historia y Legislación” y su posterior obra “Derecho de Poli-cía, Ensayos”. Otro docente investigador el doctor Gustavo Gómez Porras con las publicaciones de: “Derecho de Policía y la Administración Policial”, “Derecho de Policía y Protección a la Comunidad” 1989 y últimamente en su “Derecho de Policía, Seguridad y Convivencia Ciudadana” 2013. Apor-tes muy importantes han hecho al Derecho de Po-licía, durante todos los tiempos, el señor Brigadier General Fabio Arturo Londoño Cárdenas con su obra: “Evolución del Derecho de Policía y Planea-mientos Contemporáneos” 2006; “Analectas para

El Código Nacional de Policía y Convivencia 2016

El Código también establece que las personas pueden filmar y hacer registros de los procedimientos policiales.

Page 5: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 5

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

la Filosofía Policiaca” y “Esbozo de una teoría ge-neral de la ciencia de la policía”. El exmagistrado doctor Leonel Olivar Bonilla, “Derecho de Policía en la Legislación Colombiana” 2007, entre otras, amén del sinnúmero de publicaciones que durante todas las épocas se han escrito en las revistas insti-tucionales. Este breve resumen confirma la enorme preocupación y el gran aporte de la Policía Nacio-nal al Derecho de Policía y por ende a los Códigos de Policía que se han expedido en el país.

EL CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA - 2016

Aprobado el 17 de junio de 2016, por el Con-greso de la República, fue concebido dentro de una técnica jurídica diferente al Código de 1970 y conserva los principios generales, filosóficos, doc-trinales y jurídicos de un Código. Basta ver los seis primeros artículos que se refieren al objeto, ámbi-to de aplicación y autonomía.

Los citados artículos nos introducen, en for-ma precisa y convincente al nuevo Código y se ajustan plenamente a la doctrina, principios y fundamentos que comúnmente han manejado las autoridades con poder de Policía y los funcio-narios uniformados del cuerpo institución, pero destacando sí, la reafirmación de su carácter pre-ventivo y la constitucionalidad de sus funciones.

Se podrá observar que, a la denominación del Código Nacional de Policía se le agrega: “Y CON-VIVENCIA” para reafirmar que ello es un fin su-perior del Estado y que se convierte en la columna vertebral de todo el articulado del nuevo Código y que desarrolla así plenamente la Constitución Política de Colombia de 1991.

El nuevo cuerpo de doctrina policial es rico y abundante en señalar nuevas conductas para dar respuesta al clamor de la comunidad y del ente policía, a raíz del comportamiento violatorio de las normas de convivencia que desafortunada-mente han ido en aumento.

Ahora, corresponde al cuerpo institución, apropiarse (empoderarse) del nuevo instrumento jurídico, estudiarlo y analizarlo en forma minu-ciosa, para que, cada artículo, inciso o numeral sea además de conocido, bien interpretado con lo que se evita una aplicación equivocada; por fortuna, existe buena jurisprudencia, excelentes fallos y sen-tencias de la Corte Constitucional que indican el alcance, así como los límites que se deben observar.

EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN DEL CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA

La educación, la capacitación y la especiali-zación, es la respuesta a las responsabilidades que asume la Institución, además de diplomados, se-minarios, simposios y conferencias, con el concur-so de las instituciones de educación superior, en todo el territorio nacional.

La Policía Nacional ha iniciado ya una etapa de profundización y estudio en los temas vitales

que tienen que ver con las atribuciones legales y constitucionales que puedan ser objeto de discu-sión y controversia, para que establezca con mu-cha claridad los procedimientos y controles que sean necesarios en relación con la aplicación de los siguientes medios de policía: El traslado de perso-na por protección, traslado de persona para proce-dimiento, registro a persona, ingreso a inmueble sin orden escrita, uso de la fuerza y apoyo urgen-te a particulares; como los más significativos que tiene que ver con la libertad de las personas y su derecho a la intimidad.

Pero, es necesario tener en cuenta que esta la-bor educativa no es solamente para la Policía, es para toda la sociedad, en la que habrá que forta-lecer la cultura cívica y de convivencia que exige una sociedad civilizada. Esta es una tarea y una responsabilidad del Estado, de todas las autorida-des y especialmente, de las que tienen poder de Policía, como el Presidente de la República, los gobernadores y alcaldes, como responsables de la libertad, dignidad y derecho correlativos de per-sonalidad humana y su convivencia (seguridad, tranquilidad, moralidad y ecología públicas). Este nuevo Código de Policía y Convivencia, en el ar-tículo 236 trata lo relacionado con el programa de educación y promoción del mismo.

Como bien lo ha experimentado la Policía Nacional, debe tener como principio fundamen-tal, la coordinación permanente con todas las autoridades del ente, la cual debe ser adecuada, eficiente, eficaz y oportuna, con el fin de asegurar las condiciones necesarias para la convivencia, tal como lo dispone el artículo 18 de la susodicha ley, lo cual es lógico que así sea, porque la institución no puede trabajar sino en la sociedad.

La Policía Nacional debe comprometer-se totalmente en el propósito de este cuerpo de doctrina y sus principios: (solidaridad, toleran-cia, responsabilidad, honradez, respeto, bondad,

libertad, justicia, igualdad, fraternidad, lealtad, providencia y paz).

LÍMITES Y REGULACIONES DE LOS PROCEDIMIENTOS POLICIALES

En los comentarios que públicamente han he-cho algunas personas, sobre los posibles excesos o abusos que puedan cometer los funcionarios uni-formados de Policía, con motivo de las atribuciones que les otorga el Código para la tranquilidad pú-blica, han de saber que el legislador ha previsto los límites y regulación de ellos, y cuenta, además, con: el código disciplinario único de la Procuraduría General de la Nación, las veedurías ciudadanas, la defensoría del pueblo, los personeros municipales, el Reglamento de disciplina y Honor para la Policía Nacional, el control de la Inspección General de la Policía Nacional y, como si fuera poco, la Justicia Penal Militar y Policial. El Código también estable-ce que las personas pueden filmar y hacer registros de los procedimientos policiales.

De otra parte, los policiales cuentan, así mis-mo con el respeto que debe existir, no solamente por el ordenamiento jurídico, sino por la autori-dad legítima de la cual hacen parte. La obligación de las personas de acatar sus decisiones y procedi-mientos, siempre y cuando estén acordes con la ley, atribuciones claras y específicas que amparan sus actuaciones, como son los fallos y sentencias de la Corte Constitucional que avalan los procedi-mientos que establece la ley y que son de respon-sabilidad de los medios materiales necesarios que proporciona la institución para el ejercicio de su función, como es la capacitación jurídica y prác-tica en sus funciones; el respeto por su autonomía y decisión individual ajustada a la ley; de los apo-yos que soliciten de sus compañeros y superiores para el cumplimiento de su misión, y las razones por las cuales deben y pueden actuar sin temores o desconfianza.

Se podrá observar que, a la denominación del Código Nacional de Policía se le agrega: “Y CONVIVENCIA” para reafirmar que ello es un fin superior del Estado y que se convierte en la columna vertebral de todo el articulado del nuevo Código.

Page 6: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial6

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: General (r) LuIS ERNESTO GILIBERT VARGAS

La seguridad hace parte integral de las rela-ciones en comunidad, es un anhelo del ser humano que busca protección tanto per-sonal como familiar y colectiva, a tal pun-to que para lograrla se han desarrollado infinidad de estrategias concebidas desde diferentes ángulos, por lo tanto pode-

mos hablar de heterogéneos tipos de seguridad; la industrial, empresarial, documental, en fin abarcar panoramas muy amplios, pero en realidad la que nos interesa hace relación a seguridad física y per-sonal, aquella que cubre los individuos y sus entor-nos, protegiéndolos de miedos, amenazas, intimi-daciones y aún de ataques a su integridad y bienes. Sin ser muy audaces y si ustedes me lo permiten, nos aventuramos a definir seguridad ciudadana, pero antes aclaremos que seguridad es protección y se sustenta en prevención, sin la cual nunca se logrará el objetivo de tener una comunidad con alta sensación de seguridad, que es el fin último de las policías del mundo; ahora, precisado el concepto, podríamos decir que: Seguridad es una sensación de protección y convivencia, garantizada por las au-toridades y el mismo estado; si pretendemos que este concepto logre arraigo y perdure, urge entender que la seguridad debe hacer parte de una política de estado y no solo de programas gubernamentales en municipios, departamentos o la nación.

Seguridad ciudadana

Vamos a tratar de puntualizar la significación, concretándonos en identificar los componentes, que engranados nos conducirán a lograr seguri-dad pública estable, permanente y duradera, es decir aterrizar una estrategia, o por lo menos un programa que brinde confianza a los habitantes de la urbe, y para obtenerlo debemos encajar los módulos que combinan el rompecabezas llamado tejido social, base indiscutible de la tranquilidad urbana. No debemos olvidar que la seguridad es transversal, es decir, en determinado momento y sobre asuntos puntuales involucra todas las en-tidades comprometidas en una administración, confirmando con ello que bajo la dirección del burgomaestre, se encuentran los diferentes com-ponentes que, como lo venimos sosteniendo, se deben integrar, para lograr los objetivos propues-tos, hablamos de ciudad, comunidad, policía, ad-ministración y justicia

Identificados los componentes conducentes a ciudades tranquilas, seguras y estables, analicé-moslos uno por uno.

El primer componente lo representa la ciu-dad, la ciudad como tal, enfocándonos en los puntos utilitarios que la conforman, la belleza de sus parques, la amplitud y diseño de sus avenidas, el mantenimiento y conservación de su malla vial, el cubrimiento y acertada disposición del alum-brado, el aseo, la arquitectura y preservación de sus construcciones, las vías de comunicación con

otras localidades, su mismo clima, el paisaje que la rodea, ese urbanismo que convida al orden; en fin todos aquellos exteriores que puedan hacer grato el vivir, concebidos para el disfrute de las gentes; ahora nos debemos encauzar en la tarea de ase-gurar que todas la belleza anotada inicialmente, e identificada como necesaria para el buen habitar, se encuentren en óptimas condiciones. Miremos algunos ejemplos para analizar y entender la di-mensión del compromiso fijado a la administra-ción, el habitante y la policía; iniciemos por la conservación de los parques, foco determinante, pues en ellos se recrea la vecindad, especialmente niños y personas de la tercera edad; el parque se constituye, sin proponérselo, en punto de reunión comunal que convoca la lúdica, por lo cual es la colectividad coordinada con la administración y la policía, quien debe velar por su mantenimien-to y conservación, lo contrario sería el abandono y con él vendría un distanciamiento colectivo con apatía por el predio, de quedar ese lugar de espaciamiento e integración, en manos de varia-dos grupos al margen de la ley, que lo invadirán dando uso indebido y degradando el sector con detrimento de la seguridad. Otro servicio sensible que nos puede servir de ejemplo y guía, muy pre-ocupante para las comunidades es el alumbrado público ya que por infinidad de motivos como: falta de preservación, poca atención sobre la estra-tegia en su distribución, desidia para atender los cortes o asaltos de energía y daños en las centrales, sin olvidar los transformadores con su sobrecar-ga, presentando alteraciones en el suministro del servicio, la seguridad debe soportar incomodida-des. Siempre se encontrarán falencias en el cubri-miento de este servicio, contexto que juega a favor de la delincuencia, pues la oscuridad es su aliada, permitiéndole hacer de los ciudadanos, blancos fáciles de sus fechorías; estas fallas las debe atender con eficiencia la empresa responsable de su ma-nejo, pues no solo es la atención a irregularida-des, sino su adecuado cubrimiento; es vital en el aspecto de seguridad que el alumbrado funcione eficientemente.

Continuemos con otro modelo y concen-trémonos en la malla vial, recurso significativo para poseer un cómodo tránsito vehicular, que de presentar fallas, se convertirá en caos y dolor de cabeza para los habitantes, la administración y autoridades que soportarán las quejas ciudadanas por incomodidad y presencia delictiva, que apro-vechándose de los trancones y la poca velocidad desarrollada por los automóviles en las vías dete-rioradas, atentan contra los vehículos, conducto-res y pasajero, (concluimos al registrar que todos los componentes de la ciudad, son susceptibles de valoración ya por su mantenimiento, ya por su as-pecto. Como vemos el componente ciudad debe dimensionarse cuando de confianza ciudadana se trata, por lo tanto los elementos que hacen parte del andamiaje urbano, conviene mantenerlos y cuidarlos por las autoridades bajo cuya responsa-

Page 7: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 7

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

bilidad se encuentran, pero sin desconocer el apo-yo cívico que ayuda con su constante observación e información, lo que corrobora la transversalidad de la seguridad. Rematamos reconociendo la ciu-dad ideal como: agradable, tranquila, segura, con administración eficiente, y justicia eficaz.

El segundo componente está representado por la población, esos residentes, hacia los que va dirigida al conservación y cuidado de la ciudad, y que encarnan la preocupación manifiesta del pun-to anterior; pobladores que como bien sabemos, hacen parte de varias capas sociales y económicas, que juegan importante papel en el tejido el que conforma un equilibrio entre comunidad, ciudad, autoridad y justicia, porque cada nivel posee con-ceptos diferentes sobre orden, aseo y observancia de las leyes, entre otros; por lo tanto es necesario que las autoridades generen puentes flexibles de acercamiento, buscando en todas y cada una de las personas, motivaciones que les permitan recono-cer en el medio, obligaciones grupales y persona-les, que dimensionan el auto control, fortalecen la organización familiar con su entorno habitacional e identificando la importancia de conservar la ciu-dad y amplían un respetuoso compromiso, hacia la convivencia, para finalizar con las autoridades, obedecidas y respetadas por una población persua-dida de la majestad que representa la autoridad. Este acercamiento es tarea de los representantes de la administración y los hombres de las insti-tuciones con fuerza pública, que entienden que si la población no está identificada con los planes y programas que propongan las autoridades, y no reconocen la ciudad con sus componentes como propia, familiar y socialmente, a la que se debe cuidar y preservar, existirá una falencia grave en el binomio habitantes - ciudad. No olvidemos que la noción población lleva escondida en su interior, una capa identificada como delincuencia y que ante la indolencia de la sociedad, encontrará un terreno abonado para hacer de ella un blanco fácil

de sus intenciones delictivas. El tercer componente es la autoridad, perso-

nificada por la administración, sus secretarios y directores de entidades adjuntas, más los miem-bros de la policía nacional, quienes se encargan de controlar la observancia de los derechos, deberes y obligaciones, que cada uno de los habitantes tiene con el entorno; la responsabilidad de estos hom-bres es de suprema importancia en el devenir del conglomerado, residenciado en espacios geográfi-cos que comprenden la ciudad. Un apoyo perma-nente de las autoridades político-administrativas a los procedimientos policiales, es perentorio, ne-cesario y urgente cuando se opera o procede en servicios dirigidos al cumplimiento de la misión; este componente es tan significativo que se puede considerar como más importante que los anterio-res, pues debe responder por la organización de la comunidad y el mantenimiento de la ciudad.

La Policía Nacional como institución, es res-ponsable ante el país de la formación y capacita-ción de sus hombres, aquellos que durante el pe-ríodo académico, deben ser motivados para lograr el compromiso de fidelidad e interés por el servicio, lo que, a fuerza de trabajo redundará en un alto ni-vel de compromiso con el núcleo social para el que trabaja. Estos hombres son, por un lado, desvelados supervisores del mantenimiento de elementos que hacen parte de la ciudad, y por otro, los motores en-cargados de organizar y dirigir el comportamiento social, hacia el respeto mutuo y la colaboración con todas las autoridades del sector. Si los miembros de la institución no están motivados y su compromiso con el servicio es de baja condición, difícilmente se podrá lograr la soñada sensación de seguridad, que como lo entendemos y sabemos, se sustenta en un buen y exitoso quehacer policial.

El último componente lo representa la justicia sin la cual la institución no podrá cumplir sus obje-tivos y los ciudadanos olvidarían responsabilidades, deberes y derechos. No existe grupo social que no

Si los miembros de la institución no están motivados y su compromiso con el servicio es de baja condición, difícilmente se podrá lograr la soñada sensación de seguridad, que como lo entendemos y sabemos, se sustenta en un buen y exitoso quehacer policial.

Condolenciasel colegio de generales de la policía nacional de colombia

presenta un respetuoso saludo, al colegiado mayor general miguel alfredo maza márquez, a su esposa isolda, a sus hijos, nuera, nietos y demás miembros de su familia por la muerte de su hijo el abogado miguel segundo maza

alvarez.

esté apoyado en principios de justicia, deduciéndo-se que las ciudades necesitan una infraestructura que asegure una justa y pronta aplicación de la ley, para concluir en que el único camino que transfiere a una ciudad segura, lo componen los programas, que orientan a los parroquianos por los caminos que facilitan su acercamiento a las autoridades; por ejemplo, facilitándoles la denuncia, acompañán-dolos durante las investigaciones y mostrándoles resultados ante sus demandas. Es imposible lograr una colectividad comprometida con sus autorida-des, si no recibe de ellas respuesta a sus clamores y severidad con los delincuentes. De los anteriores conceptos podremos inferir que para lograr la an-helada seguridad pública, los componentes deben estar totalmente integrados identificados, y com-prometidos entre sí, con un objetivo claramente establecido como es la Seguridad en la ciudad, que genera tranquilidad al conglomerado.

Hablar de cubrimiento total en seguridad no es fácil, está demostrado que el concepto es am-plio y la seguridad toca muchos matices del diario vivir, pero si retomar la definición inicial la pode-mos identificar como un estado de tranquilidad, armonía y bienestar que satisface a los habitantes de una urbe, al difundir entre ellos una sensa-ción extendida de seguridad. Colegimos que ella es trasversal y general, como ya lo manifestamos en un comienzo; transversal porque toca de una u otra forma todos los estamentos de la adminis-tración, y general porque afecta, sin excepción, a todos los residentes del sector.

Page 8: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial8

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Segunda PartePor: Brigadier General (r) GuSTAVO SOCHA SALAMANCA

Vicepresidente del Colegio de Generales

E- EFECTIVIDAD EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO:

Se ha venido especulando que este proceso de la aspersión aérea no es efectivo, que es muy costoso y que por los daños ambientales y a la salud de los colombianos tiene un gran impacto negativo.

Veamos cada uno de ellos: que no es efectivo. Nada más lejos de la verdad. Diferentes estudios realizados por autoridades colombianas y de los Estados Unidos establecieron que, entre el 85 al 92% de las matas asperjadas no permiten la ex-tracción del alcaloide; es decir, que los $8.000.000 invertidos por parte de los narcotraficantes en cada hectárea de coca cultivada los pierden; pero también, se evita la producción por cada hectárea de coca de 1.6 kilogramos de base que se convier-te en 1.4 kilogramos de cocaína, que no llegan a los consumidores para intoxicación a su cerebro, y por tal motivo no logran incrementar las arcas criminales en miles de millones de dólares. Coca: hectáreas asperjadas 239.112 Cocaína evitada: toneladas 1.262 X 25.000

dólares kilo Dosis evitadas 12.620 millones Dinero que no llegó al narcotráfico 31.550

millones de dólaresSe estima que una hectárea de amapola pro-

duce alrededor de 11 kilogramos de goma de opio, equivalente a un kilogramo de heroína lo que significa unos 321.000 dólares.

En el caso de la marihuana el beneficio es me-

¿El glifosato es perverso contra la producción de cocaína y heroína y muy útil en cultivos lícitos?

nor, pues por cada hectárea se produce alrededor de tonelada y media, y una ganancia de 155.000 dólares.

La notable reducción de cultivos ilícitos se atribuye tanto a las acciones de aspersión aérea, como a las estrategias de implementación de la política de desarrollo alternativo, las cuales han permitido asegurar “cerca de cuatro millones de hectáreas libres de coca en zonas altamente vul-nerables a su siembra, y bajo las cuales se les ha permitido a las autoridades formar 620 organiza-ciones campesinas que promueven el desarrollo de productos alternativos a los cultivos ilícitos.

Por supuesto que hay oposición de narcotrafi-cantes que promueven e imponen movilizaciones, bloqueos de vías, lanzamiento de artefactos con-tundentes, disparos de armas de fuego por parte de población campesina y algunos infiltrados de los grupos criminales, etc., que pueden durar has-ta semanas, impidiendo que la Policía y los gru-pos móviles de erradicación arranquen las matas de coca. Estas actividades, se han convertido en la constante en varios departamentos, y se han he-cho más intensos desde la suspensión de la asper-sión área con glifosato.

En el último reporte sobre cultivos ilícitos, de las fuentes que los han monitoreado, la oficina de política nacional de control de drogas de la Casa Blanca (ONDCP) y la Oficina contra el delito y las drogas de Naciones Unidas (UNODC/Proyec-to Simci), afirmaron que, éstos crecieron el 42% y el potencial de producción de cocaína el 68%; por eso, muchas voces de Colombia y del mundo se han sumado a clamar al gobierno nacional que levante la orden de suspensión del proceso de erradicación aérea, porque está comprobado que es la estrategia más efectiva en la eliminación de los cultivos ilíci-tos; por tal motivo la aspersión, debe mantenerse hasta su extinción y combinarse con los de la erra-dicación manual forzada EMF, grupos móviles de erradicación GME, erradicación manual voluntaria EMV y los programas de familias guardabosques PFG, de proyectos productivos PPP y de desarrollo alternativo, si verdaderamente el gobierno nacional tiene la voluntad política de sacarnos del vergonzo-so campeonato mundial de ser los mayores produc-tores de cocaína del planeta tierra.

Que el daño ambiental con las fumigaciones a los cultivos ilícitos es lamentable. Lejos de la rea-lidad. Son los narcotraficantes, las guerrillas, los paramilitares, los cultivadores y recolectores de coca y amapola, los que han contribuído enormemen-

te a la “destrucción de las selvas mediante la defo-restación, la defaunación y la remoción de especies que cumplen funciones de herbivoría, predación y dispersión de semillas”. Según estudios del Minis-terio de Justicia, “en zonas con alta incidencia de producción se desarrollan procesos de con-taminación ambiental de suelos, aguas e inclu-so fenómenos de bioacumulación que estarían afectando los ecosistemas y generando riesgos importantes para la salud humana. A nivel na-cional se estima que se utilizan 21 millones de kilogramos de fertilizantes sólidos y 19 millones de fertilizantes líquidos (UNODC)”.

Los responsables de los delitos contra el me-dio ambiente y contaminación de aguas no son los miembros de la Policía de la dirección de antinar-cóticos, son los mencionados narcotraficantes quie-nes, con el fin de adecuar la selva para la instalación de los cultivos ilícitos, han realizado la remoción de la vegetación natural y a través de la tala y quema indiscriminada de estas zonas, sumado a la utiliza-ción de plaguicidas y fungicidas para el cuidado y mantenimiento del cultivo de la coca, han genera-do los mayores daños al medio ambiente.

Además las millonarias toneladas de precurso-res químicos como el ácido sulfúrico y clorhídrico, la acetona, gasolina, el permanganato de potasio, etc., utilizados por esos narcotraficantes en el pro-cesamiento de la hoja de coca y amapola para la obtención de la cocaína y heroína, cuyos desechos tóxicos han vertido los narcotraficantes a las que-bradas, ríos y lagunas, han generado deforestación e intoxicación de personas y de la fauna en las re-giones. Son aproximadamente 20 departamentos, con más de 500 municipios afectados por esta can-tidad de tóxicos para la salud de los colombianos y no se han tomado las acciones pertinentes para aplicar el “Principio de precaución”. Seguramente al publicarse este artículo la autoridad nacional de licencias ambientales (ANLA), también suspenderá las fumigaciones en el país, tal como lo determinó para la erradicación de cultivos de amapola y coca.

Luego los beneficios ambientales para las re-giones eliminando los cultivos ilícitos y desestimu-lando a las organizaciones criminales para que no los financien ni les impongan sacrificios a los cam-pesinos que contratan, son evidentes y no podrán seguir afectando nuestro medio ambiente. “Se im-pide la desaparición de cobertura boscosa como conse-cuencia de la tala para establecer los cultivos ilícitos, así como otras actividades agropecuarias por parte de los colonizadores que generan la fragmentación de

Si verdaderamente se quieren eliminar los cultivos ilícitos, es fundamental continuar con los programas de aspersión aérea con la fórmula del glifosato rebajado y las demás formas de erradicación al igual que con los programas de sustitución de cultivos.

Page 9: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 9

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

los ecosistemas boscosos que, a su vez, tiene un negativo impacto en la biodiversidad y otras funciones de los bosques y valores ambientales de los ecosistemas, conforme disminuye su ta-maño y aumenta su fragmentación”.

El representante Fernando Sierra Ra-mos (Meta), en el debate en el Congreso de la República sobre “Los crímenes ambien-tales de las Farc” aseguró hace algunos días que ha recopilado datos de la oficina para las drogas y el delito, de Naciones Unidas, que en los últimos 13 años la siembra de coca por parte de las organizaciones cri-minales ha provocado la deforestación de 290.992 hectáreas de bosque, lo que equi-vale un poco más de dos veces el área de Bogotá. Agregó que, “un estudio de los in-vestigadores del departamento de Ecología y Evolución de la Universidad StonyBrook de Nueva York comprobó que existe una re-lación directa entre los cultivos de coca y la deforestación en los alrededores de estos”. Y señaló que Colombia perdió en bosques el equivalente a dos veces y medio el tamaño de Jamaica. Por eso, el representante Sierra asegura que “el mayor depredador de bosque en Colombia es el cultivo de coca”.

Vale la pena comentar en este punto, la acción perversa de algunas ONG y pseu-do-ambientalistas quienes por diferentes medios de comunicación generan la más amplia desinformación por el uso del 4% del glifosato que se utiliza en Colombia en la destrucción de cosechas de coca y ama-pola para la producción de drogas ilíci-tas, en las selvas y zonas desérticas, pero no informan ni piden que se aplique el “Prin-cipio de Precaución” sobre el 96% restante del uso del glifosato, plaguicidas y fungi-cidas en actividades agrícolas, como una herramienta eficaz para controlar enferme-dades, insectos, malezas y otros organismos que interfieren la producción de cultivos de productos para el consumo humano coti-diano, como las hortalizas, las fresas y otras frutas, el tomate, el plátano, los cafetales, cañaduzales, arrozales, sin controles tan es-trictos como los que hace profesionalmente la Policía antinarcóticos. Pareciera que esa enorme cantidad de glifosato, no rebaja-do, fuera inocuo para la salud de quienes lo usan y de los consumidores de los men-cionados alimentos. Contra ese uso indis-criminado no hay marchas, paros armados, ambientalistas que exijan acciones especia-les de algunas autoridades, etc.

Que es perjudicial para la salud, por tal motivo los integrantes del gobierno na-cional en el consejo nacional de estupefa-cientes, señores ministros de: Justicia, Yesid Reyes; Salud, Alejandro Gaviria; Agricultu-ra, Aurelio Iragorri; Ambiente, Gabriel Va-

llejo; la Canciller, María Ángela Holguín; además, la directora de la agencia de defen-sa jurídica de la nación, Adriana Gullén, la autoridad nacional de licencias ambientales (ANLA) y el instituto colombiano agro-pecuario (ICA) respaldaron la orden de suspender las fumigaciones contra cultivos ilícitos, ubicados en zonas selváticas y prác-ticamente sin habitantes, acatando el “Prin-cipio de Precaución” recomendado por la Corte Constitucional.

La autoridad europea de seguridad ali-mentaria (EFSA) en su último informe ase-guró que es “improbable” que el glifosato, muy utilizado en los pesticidas, presente un peligro cancerígeno para el ser humano y de la misma manera existen varios estudios de universidades de los Estados Unidos que certifican que no hay esos riesgos para la sa-lud humana.

Si eso es verdad, ¿por qué no aplican dicho principio a los fumigadores de cul-tivos de hortalizas, frutas, arroz, caña de azúcar, café, entre otros, para el consumo humano, ubicados en su gran mayoría en zonas urbanas y suburbanas, densamente pobladas?

Las millonarias toneladas de precur-sores químicos como los ácidos sulfúrico y clorhídrico, la acetona, gasolina, el per-manganato de potasio, etc. utilizados en el procesamiento de la hoja de coca y amapola para la obtención de la cocaína y heroína, o las toneladas de mercurio, cianuro, oxiclo-ruro de cobre y el azufre para la explotación del oro, cuyos desechos tóxicos han vertido los narcotraficantes y mineros a las quebra-das, ríos y lagunas, los cuales llegan a los acueductos municipales y veredales, esos sí, generan graves enfermedades gastrointesti-nales, a los riñones, ojos, sistema nervioso,

deformaciones genéticas, etc. a los habitan-tes de esas regiones; ¿no sería de inmedia-ta aplicación el “Principio de Precaución” recomendado por la Corte Constitucional?

III. CONCLUSIONES: Es fundamental, si verdaderamente se

quieren eliminar los cultivos ilícitos, conti-nuar con los programas de aspersión aérea con la fórmula del glifosato rebajado y las demás formas de erradicación explicadas, al igual que con los programas de sustitución de cultivos. De lo contrario y de acuerdo con el último monitoreo de la oficina de política nacional de control de drogas de la Casa Blanca (ONDCP) y la oficina contra el delito y las drogas de naciones unidas (UNODC/Proyecto Simci), continuarán creciendo los cultivos de coca y amapola en Colombia.

Se deben ampliar las acciones operati-vas de interdicción con la acción conjunta de las Fuerzas Militares y Policía Nacional por tierra, mar, ríos y aire para incautar co-caína, heroína y los medios de transporte aéreo, marítimo y terrestre que utilizan, las enormes sumas de dinero, joyas y otros bie-nes producto de este crimen.

Si por el uso del 4% del glifosato en la destrucción de cosechas de coca y amapola para la producción de drogas ilícitas, en las selvas y zonas desérticas, se aplicó el “Prin-cipio de Precaución”, se debe exigir que también se cumpla sobre el 96% restante del uso del glifosato en actividades agríco-las, de productos para el consumo humano cotidiano, como las hortalizas, fresas y otras frutas, el tomate, el plátano, los cafetales, cañaduzales y arrozales, sin controles tan estrictos como los que hace profesional-mente la Policía antinarcóticos. Pareciera

que esa enorme cantidad de glifosato, no rebajado, fuera inocuo para la salud de quienes lo usan y de los consumidores de los mencionados alimentos.

Está comprobado que la responsabili-dad por el daño ambiental y a la salud de humanos es de los narcotraficantes y mine-ros por los millones toneladas de precurso-res químicos utilizados para la producción de la cocaína y heroína, o las toneladas de mercurio y cianuro utilizado para la ex-plotación del oro cuyos desechos tóxicos que van a las quebradas, ríos y lagunas, los cuales llegan a los acueductos en muchos departamentos, esos sí, generando graves enfermedades gastrointestinales, a los riño-nes, ojos, sistema nervioso, deformaciones genéticas a los habitantes de esas regiones.

Se deben continuar e intensificar las operaciones de interdicción para impedir que las drogas ilícitas sean comercializadas y las sustancias químicas lleguen a los centros de procesamiento; así mismo, incrementar las acciones de destrucción de laboratorios y pistas, el desvío de precursores e insumos químicos, el contrabando de armas y explo-sivos y la captura de narcotraficantes de las organizaciones de armados ilegales.

El lavado de dinero y blanqueo de capitales, es aprovechado por este tipo de delincuentes para ocultar sus inmensas fortunas. Por tal razón las acciones de pre-vención, detección, investigación y juzga-miento de los delitos de enriquecimiento ilícito y testaferrato, deben acrecentarse, así como las actuaciones tendientes a lograr la extinción de dominio de bienes urbanos y rurales, dadas las implicaciones jurídicas, sociales, morales, políticas y culturales que dichas actividades generan, y porque se en-cuentran ligados a otros delitos como: los crímenes de lesa humanidad, genocidios, homicidios, desplazamiento forzado de co-munidades indígenas y campesinas, tráfico de armas, secuestro, extorsión, fraude, fi-nanciación del terrorismo, administración de recursos relacionados con actividades te-rroristas, concierto para delinquir, carteles de corrupción, y trata de personas.

Muy significativas deben ser las inver-siones del Gobierno Nacional en las zonas afectadas, para dar financiación, asesoría técnica y acompañamiento para emprender proyectos ganaderos, lecheros, agropecua-rios a las comunidades campesinas e indí-genas de esas regiones, como alternativas a las actividades de apoyo al narcotráfico. De la misma manera la asignación de recursos importantes para la educación en los fren-tes agroindustriales y de la prevención del consumo de drogas ilícitas en el territorio nacional.

Page 10: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial10

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: General (r) MIGuEL ANTONIO GÓMEZ PADILLAExdirector General de la Policía Nacional

“La misión de la policía, es la más alta, la más noble, la más importante, porque para la inmensa

masa humana la única autoridad con la cual se encuentra a diario y que representa para ella todo

el poder, es la policía. El gobierno para muchos de nuestros compatriotas no es sino, la policía. Y

“habrá bueno o mal gobierno si hay buena o mala policía, el gobierno será arbitrario o justo, según

opere la policía” Alberto Lleras CamargoExpresidente de Colombia.

“El adjetivo “civil “sirve precisamente para indicar lo que no es eclesiástico ni militar”.

Roberto Pineda CastilloDoctrina del Derecho de Policía en Colombia

En todas las definiciones que se han dado del Cuerpo Institución Policía Nacional, es reiterativo el concepto de naturaleza civil de la Policía y no puede ser menos, pues civiles son su objeto (asegurar el li-bre ejercicio de las libertades y derechos) y su fin (la convivencia democrática).

No la hace militar, disponer de uniformes, jerar-quías, fueros especiales y distinguirse por una disci-plina exigente y necesaria y depender del Ministro de Defensa (materia) (dedicaremos un capítulo aparte a este tema), aunque sí hay la posibilidad que incida en su actitud hacia las personas. La esencia de algo lo de-terminan sus características, objeto y fines (forma) y no su materia y estructura. Recordemos a Aristóteles cuando afirma que la materia es aquello de que está hecho alguna cosa y la forma sus cualidades que la hacen única, singular y diferenciarse de otras simila-res, parecidas o paralelas.

Hay ciertas actitudes o conductas ante el motivo de Policía (son todos aquellos hechos o circunstancias que amenazan, perturban o contri-buyen a desestabilizar la convivencia o que positi-vamente ayudan a consolidarla) que nos permiten afirmar si estamos realmente ante una Institución profesional y respetuosa de su civilidad y debida-mente integrada en un Estado social de Derecho:l El empleo de la fuerza y el uso de las armas, en

forma reglada y limitada;l La utilización prudente y reflexiva de los me-

dios materiales de policía;l El respeto superlativo a los derechos humanos

y además al Derecho Internacional Humanita-rio (en tiempo de guerra);

l El cumplimiento reflexivo de las órdenes;l La igualdad ante la ley;l La presunción de inocencia y buena fe;l La obediencia de las normas;l La ausencia de cualquier forma de lucro en la

función policial;l La prevención y educación como fundamento

de su función;l El privilegio de las libertades y derechos sobre

la defensa del Estado; l El respeto y acatamiento a los mecanismos ex-

ternos de control; y,l El respaldo y sustento profesional en la forma-

ción del conocimiento en la ciencia policial.

1. EL EMPLEO DE LA FUERZA Y EL USO DE LAS ARMAS,

EN FORMA REGLADA Y LIMITADAEs frecuente que la orden policial no se cum-

pla y a ella se oponga resistencia; pero el policial no puede proceder sino de manera proporcional a la agresión en legítima defensa o en estado de necesidad. De allí que en las escuelas se enseñen, sin pausa, diferentes formas de disuadir:l El diálogo (procedimiento primordial en to-

dos los casos);l La fuerza física tecnificada (las artes marciales

no agresivas o la defensa personal);l El agua a presión;l Los gases no lesivos;l Otras tecnologías recientes; y l Las armas de fuego

“Vis Juri Deserviat” (la fuerza al servicio del derecho) reza la divisa de la Escuela de Cadetes de Policía General Santander, una interpretación he-cha de fuerza la limitaría al simple ejercicio físico de la misma. El aforismo latino quizá nos ayude a una más amplia y profunda interpretación: Vis-vis (fuerza), tiene cercanas relaciones con Virtus-vir-tutis (virtud) y Vir-viris (varón), lo cual nos per-mite afirmar que quienes concibieron el emblema, estaban pensando más allá de la simple fuerza bru-ta; pensaban en los valores y virtudes que deben

Doctrina

La naturaleza civil del cuerpo institución policial

Page 11: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 11

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

adornar al policial para un ejercicio recto de su profesión.

“Solo cuando sea estrictamente necesario, la Policía puede emplear el uso de la fuerza para im-pedir la perturbación del orden público y para res-tablecerlo” (Código Nacional de Policía-Decreto 1355 de 1970).

“El personal de la Policía en cumplimiento de su actividad preventiva y ocasionalmente disuasiva o correctiva para preservar el orden público em-pleará sólo los medios autorizados por la ley o re-glamento y escogerá entre los eficaces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas o sus bienes” (Artículo 109 Decreto 522 de 1971).

“En el uso de las armas se deberá tener en cuenta su naturaleza de contingencia y de peligro, que exigen un manejo prudente. Su empleo re-quiere equilibrio emocional, mesura, serenidad, firmeza y control, evitando siempre cualquier ex-ceso. Debe emplearse como último recurso para proteger la integridad personal o de terceras perso-nas” (Reglamento de Vigilancia Urbana y Rural-Resolución DIPON 9960 de 1992).

“La fuerza puede emplearse sin sujeción a norma alguna; en este caso es seguro que desem-boque en brutalidad, o puede someterse, como es lo mandado, en determinadas reglas de uso legí-timo, con lo cual se propende por una aplicación equitativa y responsable de ella. La fuerza debe ser el último recurso al que recurra el policía para sal-vaguardar el derecho, el orden y la ley; en todos los casos en que sea necesario el uso de la fuerza, pro-cederá de tal manera que infrinja el menor daño posible” (La Policía Nacional y los Derechos Hu-manos. DIPON-Gómez Padilla- Abril de 1993).

“El empleo colectivo de armas de fuego y otras más nocivas contra grupos de agresores, estará con-dicionado a orden previa de la primera autoridad política del lugar. Empero, si por las circunstancias fuere imposible recibirla, el que comande la patru-lla podrá darla bajo su responsabilidad.”(Código Nacional de Policía-Decreto 1355 de 1970).

2. EL CUMPLIMIENTO DE LAS ÓRDENESEn cuanto al cumplimiento de ellas, además

de los aspectos formales: claridad, precisión opor-tunidad y que sean relacionadas con la función; se hace énfasis en la legalidad y la conveniencia de las mismas. Por regla general la orden superior debe ser cumplida con prontitud y diligencia, pero las órdenes en policía son respetuosamente reflexivas y no hay lugar, jamás, al concepto de obediencia de-bida, porque ante un resultado con efectos penales o disciplinarios, la responsabilidad puede ser com-partida entre quien da la orden y quien la ejecuta (Articulo 91 Constitución Nacional.), si la orden conduce manifiestamente a la comisión de un de-lito, los subalternos no están obligados a obedecer (Articulo 48 Código Nacional de Policía).

Los gobernadores y alcaldes, como primeras autoridades de policía en el departamento y en

el municipio, respectivamente, pueden impartir órdenes a la Policía Nacional atinentes a la fun-ción, por conducto del respectivo comandante y los integrantes de la Policía deben cumplirlas con diligencia y prontitud. (Ley 62 de 1993).

Las órdenes son también un “Medio” de Poli-cía que deben ceñirse a la ley y a los reglamentos. Las personas pueden exigir conocer el por qué de una orden y el policial está obligado a informar en qué norma se basó para impartirla.

3. LOS DERECHOS HUMANOSEn abril de 1993, la Dirección General de

la Policía promulga el primer manual sobre “La Policía Nacional y los Derechos Humanos”, do-cumento que recoge la doctrina policial existente al respecto en directivas, circulares e instrucciones permanentes.

Quien esto escribe afirmó en su momento: “El fin primordial de la policía es el mantenimien-to de las condiciones necesarias para el ejercicio de las libertades y derechos y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz. Este mandato exige un hombre- policía eficiente. El país pide a gritos guardianes prudentes, justos y respetuosos de la ley. El asociado demanda para la tutela de sus derechos y libertades un policial inte-gro que actúe con prudencia, probidad y pacien-cia antes que con la arbitrariedad y la amenaza; que responda con amabilidad cuando le hablen y sepa disculparse cuando se equivoque.

Que enseñe y corrija con su ejemplo antes que con la fuerza y la intimidación; en fin, un patriota que enarbole la bandera de la convivencia, la justicia y la legitimidad y entienda que en un estado demo-crático hay lugar a la discrepancia y a la diversidad.

Solo así podemos aspirar al respeto, el afec-to, la comprensión y el acatamiento de nuestras gentes.

En los currículos de formación y capacitación hay espacio para la reflexión permanente sobre los derechos humanos”.

Pero no es suficiente que el policía respete y garantice los derechos humanos sino que él está obligado a promoverlos y a enseñarlos.

La “cultura de la legalidad o de la juridicidad” que se dice practicar en las escuelas policiales, no es simplemente un discurso académico, es una actitud de vida y de práctica diaria en la función policial.

4. LA PREVENCIÓN COMO FUNDAMENTO DE SU FUNCIÓN

El ejercicio de la función pública de Policía la realizan los verdaderos profesionales que ofician la ciencia policial.

“La función policial se ejerce contra quien perturba la convivencia democrática y no contra quien hace uso legítimo de sus libertades y dere-chos”. La presencia policial en los sitios públicos o abiertos al público se realiza para prevenir y permi-tir el goce pleno de la convivencia; de allí que esta sea ostensible y manifiesta. Las personas tienen el derecho a saber que están siendo protegidas.

Para cumplir con eficacia el mandato consti-tucional de asegurar a todos los residentes en Co-lombia el ejercicio de sus libertades y derechos, la Policía cuenta con dos funciones fundamentales: La vigilancia urbana y la rural. El reglamento de vigilancia urbana y rural recoge toda la normativi-dad y los procedimientos que a ellas les correspon-de. (Resolución DIPON 9960 de 1992. Hoy, está desglosado y ampliado en diferentes manuales).

Ante una criminalidad organizada y desbor-dada, la Institución- Cuerpo Policía se ha visto obligada a organizar unas funciones especializadas (inteligencia, antinarcóticos, Gaula; contraguerri-llas, protección a dignatarios, de menores, anti-

Continúa en la página siguiente

Es frecuente que la orden policial no se cumpla y a ella se oponga resistencia; pero el policial no puede proceder sino de manera proporcional a la agresión en legítima defensa o en estado de necesidad.

Page 12: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial12

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

motines civiles, etc.) e igualmente a desarrollar las funciones auxiliares de apoyo (transportes, comu-nicaciones, telemática, bienestar, salud etc.).

Como cuerpo denominado de “seguridad pú-blica” es una autoridad administrativa que cumple funciones eminentemente preventivas o disuasivas y no represivas. Estas últimas, las realiza solamente cuando actúa como colaboradora de las autorida-des judiciales (“policía Judicial”), en la investiga-ción del delito, la individualización de los culpa-bles y la reunión de las pruebas.

Algunos estudiosos consideran inconveniente que en los cuerpos denominados de seguridad pú-blica, coexista la función preventiva con la de auxi-liares de la rama judicial (Investigación Criminal), salvo en la cooperación para capturas, allanamien-tos y protección de dignatarios judiciales (actividad que realiza la policía uniformada). Desde antes de la creación de la Policía Nacional (1891), la fun-ción de investigación criminal ha sido inherente a la actividad del Cuerpo de Policía. La constitución de 1991 le reconoce tal función bajo la dirección y tutela de la Fiscalía General de la Nación. La crea-ción de la facultad de Investigación Criminal en el Instituto de enseñanza superior, es una prueba pal-pable del compromiso institucional.

LOS MECANISMOS DE CONTROLLa Policía Nacional se debe a la Nación. La

Policía es un ente social en esencia y no puede co-locarse de espaldas a la sociedad a la cual se entre-

ga, sin caer en el peligro de hacerse odiosa o recha-zada. La participación comunitaria es vital para la renovación institucional y nunca podrá esta ser aceptada y respetada, si la sienten distante y aje-na; además, en el futuro cercano será la sociedad democrática la que señale a ese ente lo que ha de hacer y cómo la debería realizar.

La existencia de controles externos e internos, es fundamental para que las comunidades crean en las órdenes policiales y participen en su elabo-ración e incentiven su cumplimiento.1. Los controles externos

Entre los controles externos podemos men-cionar:l Procuraduría General de la Nación;l La Contraloría General de la Republica;l La Contaduría General de la Nación;l El Defensor del Pueblo;l Los jueces y fiscales;l Las autoridades político administrativas;l El legislador;l El Consejo Nacional de Policía y Seguridad

Ciudadana (Ley 62 de 1993, articulo 14);l El sistema de participación ciudadana (Ley 62

de 1993 articulo 25 al 29), para promover, entre otras funciones, “políticas y mecanismos ten-dientes a determinar en forma prioritaria una orientación ética, civilista, democrática, educa-tiva y social en la relación comunidad-policía”.No existe en el Cuerpo Institución Policía Na-

cional una aceptación benevolente de los contro-les externos, ni hay práctica complaciente para los mismos, lo cual es un error.

Se debe crear el respeto institucional a estos controles, porque son fundamentales para la acep-tación de la comunidad hacia los profesionales policiales y estos se ven compelidos a ser cada día más respetuosos de las libertades y derechos y aca-tar sin ambigüedad las normas y leyes que regulan a un Estado social de Derecho. La queja constante que no se actúa por temor a los controles, está in-dicando que hay una deficiente formación profe-sional al respecto.2. Controles internos.

“El control que la propia Policía puede ejercer sobre sus miembros, parece ser no solamente la forma más tradicional de vigilancia, sino también la que ofrece las mejores garantías de eficacia” (José M. Rico-Policía y sociedad democrática- Madrid 1983). Mencionemos estos controles:l Código de conducta;l Reglamento de disciplina;l Facultad discrecional;l Reglamento de evaluación y clasificación;l Período de prueba;l Supervisión;l Selección e incorporación;l Política de ascensos;l Política de traslados;l Reconocimientos;l Seguridad social y laboral; y,l La normatividad institucional: representada

en los reglamentos, manuales, directivas, etc.La “tolerancia cero”, aplicada desde 1989 con

el decreto 2010 a las conductas desviadas de los policías deshonestos es la respuesta institucional a las exigencias de la sociedad que reclama una po-licía impoluta.

Es importante recordar la SENTENCIA C-453/94, en la cual la Corte Constitucional afirma: “Correspondencia de la función con el ór-gano. Las funciones del Ministerio de Defensa se refieren tanto a los asuntos de la defensa militar como a los de la seguridad ciudadana. La policía y las Fuerzas Militares, como partes de la Fuerza Pública (C.P.art.216) cumplen funciones que co-rresponden a cada uno de los dos tipos anotados. No existe una subordinación de lo policivo respec-to de lo defensivo. El hecho de que el ministerio adopte el nombre de sólo una de las funciones que lleva a cabo, representa sólo una falta de recipro-cidad nominal que en nada vulnera la dirección civil de la Policía”.

Podemos colegir entonces, que el ministerio bien podría llamarse de Defesa y Seguridad ciu-dadana, sin violentar el mandato constitucional y para tranquilidad de la mesa de La Habana.

Viene de la página anterior

La función policial se ejerce contra quien perturba la convivencia democrática y no contra quien hace uso legítimo de sus libertades y derechos.

Page 13: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 13

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Como el tema de la especialidad de carabi-neros, cada día recobra más importancia por todos los aspectos de la vigilancia ru-ral, entrevistamos al señor Brigadier Ge-neral (r) Jorge Enrique Bulla Quintana, como uno de los representativos colegia-dos de los carabineros de Colombia.

¿Qué es ser Carabinero?Ser carabinero es comportarse como un hom-

bre-policía más, especializado técnicamente y con la observación de las siguientes virtudes: compa-ñerismo, integridad, bravura.

COMPAÑERISMO: sentimiento que une, eleva la estimación y simpatía recíproca con una decidida disposición de ayuda y protección con los componentes del grupo; que reserva afectos y

Entrevista

Tres preguntas a Jorge Enrique Bulla Quintana, un general de carabineros

distinciones espirituales entre todos sus colegas.INTEGRIDAD: Que no falta a ningún atri-

buto y que el lema de “Dios y Patria”, lo tiene como patrimonio y legado de conducta, esencia del honor y virtudes, que son el alma y el corazón palpitante de los Carabineros.

BRAVURA: Actitud valiente y heroica ante el peligro, porque es persona que dedica su vida a la honrosa rama de la función de la Policial rural.

¿Qué labores debe cumplir un Carabinero ante la comunidad?

Utilizando un giro verbal grato a todos, pien-so que esta ocasión es una oportunidad propicia, para recordar que los Carabineros han presta-do una contribución invalorable para imponer y mantener la convivencia en el campo; que su historia está tejida de acciones y sacrificios, de vir-tudes acumuladas a través de los años, que son ho-nor y gloria de nuestra patria y ramillete espiritual de la Policía Nacional.

Los carabineros, con empuje y fogosidad de centauros, en sus tareas pacíficas y bienhechoras, han llevado siempre un mensaje de grandeza poli-cial a todos los rincones de Colombia; el Carabi-nero y su amigo el caballo, han afrontado juntos las dificultades de los largos viajes, han celebrado con alegría inmensa los éxitos deportivos y, en ocasiones, han hecho ofrenda de sus vidas para signar con su sacrificio heroico, lo grande y tras-cendente de su ejemplar función.

¿Qué es la policía rural?Si la policía urbana presta a la Nación una

protección tan grande y de orden tan diverso, quizá en esa multifacética labor suya - no haya una modalidad de acción más positiva que la función que puede prestar, aún más la Policía Ru-ral. Efectivamente, a ella compete no solamente la convivencia de lo rural, sino que su radio de acción debe ser más efectivo, porque está dirigi-do al conglomerado social más preciado que es, precisamente, el de las gentes del campo. Procu-rar que las aguas de los ríos se aprovechen y no se contaminen; que nuestros montes sean sembrados de árboles y se cubran de bosques; que nuestras tierras se cultiven, que la técnica mejore nuestras labranzas, que los recursos naturales se exploten racionalmente, que la sanidad humana, animal y vegetal, se practique en beneficio de la salud y la economía; que el fomento de la pequeña industria agropecuaria, de las artesanías, el incremento de folclor, la instrucción cívica y la urbanidad, sean el objetivo de su preparación y su misión.

VATICANO.- El Papa Francisco recibió este lunes a 150 miembros de la Compañía de Carabineros de Roma San Pedro -que colabora con los organismos competentes de la Santa Sede-, a quienes agradeció su compromiso por “ser de-fensores del derecho a la vida a través del compromiso por la seguridad y la incolumidad de las personas”.

El encuentro tuvo lugar en la Sala Clementina. Durante su discurso, el Santo Padre destacó que la labor de la Policía es una actividad que requiere profesionalismo y sentido de responsabilidad en la misma medida que atención a las personas, muchas de la cuales son ancianas, así como paciencia y disponibilidad para con todos. ‘’No son cualidades fáciles y por ello es importante contar con la ayuda de Dios’’, afirmó.

El Pontífice también hizo referencia al Año Santo de la Misericor-dia y dijo que este “abre a todos una posibilidad de renovación, par-tiendo de una purificación interior que se refleja en el comportamiento y también en el ejercicio de las actividades diarias”.

“Esta dimensión espiritual del evento jubilar nos empuja a interro-garnos acerca de nuestro compromiso para responder a las exigencias de fidelidad al Evangelio al que el Señor nos llama a partir de nuestro estado de vida”, indicó el Papa.

“El Jubileo se convierte así en una ocasión propicia de verificación personal y comunitaria: y el paradigma para ello son las obras de mise-ricordia tanto corporales como espirituales. El Señor nos recuerda que todo lo que hacemos con uno solo de nuestros hermanos más peque-ños a Él se lo hacemos”, añadió.

En ese sentido, Francisco pidió que “esta enseñanza de Jesús les guíe también a ustedes, responsables de la defensa del orden público, y los ayude a ser, en todas las circunstancias, promotores de solidaridad, especialmente para los más pequeños e indefensos; a ser defensores del derecho a la vida a través del compromiso por la seguridad y la incolu-midad de las personas”.

“Tengan siempre presente en el desarrollo de esta misión que toda persona es amada por Dios, es una criatura suya y merece acogida y respeto. ¡Que la gracia del Jubileo extraordinario de la Misericordia renueve el espíritu con que se dedican a su profesión, llevándolos a vi-virla todavía con más atención, dedicación y generosidad!”, concluyó.

Nota del Editor. Tomamos de internet esta noticia procedente de El Vaticano, por considerarla de interés para nuestra publicación.

Vaticano

Papa se encuentra con policías y les dirige palabras por Año de la Misericordia

Foto: L’Osservatore Romano.

Page 14: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial14

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

En los textos veterotestamentarios aparece el sistema pensional más remoto y el origen y pago de la primera pensión estatal en Babilonia. La

“Caja de gratificaciones de la Policía Nacional”, primigenia institución de seguridad social

colombiana. Los pensionados en proceso de irremediable empobrecimiento.

Por: JORGE ELIéCER CASTELLANOS MORENOAlumno Caem-Cidenal 2001.

Exsecretario Privado de Mintrabajo. Abogado, consultor, periodista y escritor.

Los servidores del Estado, a través de los tiempos, en diferentes países, han goza-do de una especial protección tanto pres-tacional como penal y, en algunos casos, han disfrutado de incentivos de nómina y de estímulos crediticios favorables, en razón de su investidura.

Los oficios de servir gubernamentalmente son premiados y distinguidos, por la naturaleza de la

guarda de los bienes fiscales y de la protección de los intereses de la res pública, como dijeron los romanos en su época.

En materia de seguridad social la situación no es nueva y data de milenios atrás. En el libro Nú-meros del Pentateuco, escrito hace más de 3.315 años, es decir 1300 A.C., se describe con acier-to inverosímil la primigenia versión social de las prestaciones de los funcionarios oficiales.

Precisamente, quienes servían al tabernácu-lo eran los distinguidos funcionarios de carácter oficial, quienes tenían que provenir de la tribu de Levi. Inicialmente se pensionaron con 20 años, 25 y luego con 30 años de servicio. -(Sistema idéntico a cuanto ha sucedido normativamente en las últi-mas décadas con los servidores públicos colombia-nos: 1000, 1250 y 1500 semanas de cotización). Los aportes al primigenio fondo de pensión israelí correspondían a los diezmos y primicias de la grey. El sistema prestacional hebreo fue perfectamente organizado y fue modelo de manejo administrati-vo para cumplir el objetivo de atender la seguridad social de sus empleados públicos.

Ahora bien, el siguiente episodio bíblico da a conocer más allá el alcance de esta temática pres-tacional; verbigracia, patentiza una situación de un pensionado estatal; en este caso los emolumen-tos los concedió y canceló el Estado babilónico a un residente extranjero. “El Eterno advirtió a la nación pecaminosa de Judá que abandonara sus caminos idolátricos. Judá rechazó tales ordenan-zas. Debido al comportamiento rebelde e inmoral de Judá, entonces, Dios envió profetas a predecir la destrucción de la nación, y el exilio en manos de los babilonios. Tiempo después, conforme a la predicción divina, los babilonios destruyeron a Judá y los sometieron al exilio”.

A renglón seguido anota la codificación sagra-da: “El rey de Judá que gobernaba en el momento de la invasión babilónica era Joaquín, quien con-taba 18 años”. Su reino aparece mencionado en el Segundo libro de los Reyes. En estos acápites antiguo-testamentarios se afirma que él hizo lo malo ante los ojos del Señor, y que el rey babiló-nico (Nabucodonosor) vino contra la ciudad de Jerusalén y la dominó. En respuesta al asedio, el texto afirma: “Entonces salió Joaquín rey de Judá al rey de Babilonia, él y su madre, sus siervos, sus príncipes y sus oficiales; y lo prendió el rey de Ba-bilonia en el octavo año de su reinado”.

Es más, la situación miserable de Joaquín duró más de 30 años, es decir el encierro fue por más de 1500 semanas; pena cumplida durante todo el tiempo del reinado de Nabucodonosor. Sin embargo, cuando Evil-merodac, hijo y sucesor de Nabucodonosor, llegó a ser rey de Babilonia, se compadeció de Joaquín y le liberó de la prisión. El texto escritural asegura que el rey babilónico: “ha-bló con benevolencia” a Joaquín y “puso su trono más alto que los tronos de los reyes que estaban con él en Babilonia”

Las sagradas pensiones de los

servidores públicos

Tenemos hoy una Caja con excelso pasado, con estable presente, pero que requiere en la vía de un promisorio futuro, sustanciales modificaciones normativas y grandes herramientas institucionales para que se preserve y actualice a tono con estos tiempos de postconflicto.

Page 15: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 15

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Aquí viene la parte sustancial, en la que Joaquín accede a la pensión. Entonces, el nuevo rey le sacó de la prisión y le concedió beneficios integrales: manutención, cubrimiento de gastos de techo y alimentación real, a manera de pensión. Los textos bíblicos aclaran que Evil-merodac dio a Joaquín muchas provisiones: “Y diariamente le fue dada su comida de parte del rey, de continuo, todos los días de su vida”.

Desde el punto de vista científico, se ha demostrado que las raciones que se le dieron a Joaquín llegaron a ser muy trascendentes a raíz de un descubrimiento arqueoló-gico reciente. Se han encontrado varios documentos ad-ministrativos de la Babilonia antigua que registran even-tos y transacciones que se realizaron durante el reinado de Evil-merodac. Estos documentos se preservaron en tablillas cuneiformes de arcilla, algunas de las cuales estaban que-bradas. No obstante, se puede leer claramente el nombre Joaquín en ellas. No solamente se le menciona, sino tam-bién se provee documentación para la distribución de gra-no, aceite y otros alimentos. La evidencia es inobjetable. El nombre de Joaquín, justamente significa en hebreo, “Dios restablece o restablecerá”.

El registro secular descubierto en las ruinas de Babilo-nia verifica los hechos con exactitud incomparable como los textos escriturales. Ciertamente, “no hay nada nuevo debajo del sol”, sostiene el libro de Eclesiastés.

El protagonista de esta historia tenía una edad avan-zada y una situación compleja por su dilatado encierro de tres décadas. Traducido a términos prestacionales de ahora, Joaquín registraba más de 30 años de encarcelamiento que equivale a 1.500 semanas de “cotización”. Simplemente, el Estado babilónico, muy razonablemente, hace más de tres milenios, casi conforme a la seguridad social colombiana de hoy, le concedió una prestación social para que Joaquín no pasara angustias de ninguna naturaleza y, consecuente-mente, -se le reestableció-, se le respetó su dignidad real; aquel status que los reglamentos constitucionales y las juris-prudencias de las cortes nuestras reafirman como la digna y justa subsistencia, conforme al nivel administrativo que se haya ostentado.

Leemos en 2a Reyes 25-27: “El día veintisiete del mes doce del año treinta y siete del destierro del rey Joaquín de Judá, comenzó a reinar en Babilonia el rey Evil-merodac, que se mostró bondadoso con Joaquín y lo sacó de la cárcel, 28. Lo trató bien y le dio preferencia sobre los otros reyes que estaban con él en Babilonia. 29 De esta manera, Joa-quín pudo quitarse la ropa que usaba en la prisión y comer con el rey por el resto de su vida. 30 Además, durante toda su vida recibió Joaquín una pensión diaria de parte del rey de Babilonia”.

El sistema pensional mencionado rápidamente, es el ori-gen más remoto del orden normativo pensional en el mun-do. En Colombia, bajo un sistema prestacional que a medida que pasan los siglos se va consolidando hasta el modelo que hoy se tiene, existen administradoras de fondos de pensio-nes privados y Colpensiones, la administradora de fondos de pensiones públicas, la UGPP y Casur, entre otras.

CASUR, 120 AñOS DE ExISTENCIA INSTITUCIONAL

Ahora bien, avanzando vertiginosamente, encon-tramos que la entidad que hoy llamamos Casur, Caja de

Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, probablemente, se constituye en el más primigenio origen institucional de la seguridad social colombiana, pues su creación data desde febrero de 1896.

Al denotar con cuidado los orígenes de Casur, vale precisar que la historia institucional de la entidad registra que con óptica visionaria, -apenas transcurridos cinco años después de fundada la Policía Nacional en Colombia-, jus-tamente en el año 1896, se dio inicio a su estructuración institucional. Este es el primer punto de partida que marca el recorrido e hito histórico de la entidad.

El Gobierno Nacional de la época fue consciente, de la urgente e imperiosa necesidad de garantizar la existen-cia de la policía nacional, desde luego, con el consecuente pago de prestaciones sociales al personal uniformado y no uniformado que prestase sus servicios a este cuerpo armado de naturaleza civil.

El ideal visionario, propendió, en principio, por ofre-cer un estipendio justo, una compensación adecuada, un apoyo económico complementario a manera de compensa-ción, o más exactamente, de gratificación, a un excepcional servicio prestado por un uniformado de la policía nacional en el territorio colombiano preservando el orden y garanti-zando la seguridad pública.

Precisamente, fue el Presidente Carlos Holguín Malla-rino, quien le dio vida jurídica a su ideario estratégico de creación de la fuerza policial, justamente, al expedir el de-creto 1000 de 1891,con base en la ley 23 de 1890, norma ésta que ordenó, en primera instancia, la contratación de Juan María Marcelino Gilibert para organizar la institución y dictó así las primeras disposiciones para su conformación institucional, entre ellas, vale destacar el primer reglamen-to, donde se creó complementariamente su Caja de Grati-ficaciones.

LA POLICÍA, LA AVANZADA DE LOS EjéRCITOS PARA CONSERVAR LA PAZ

El estadista Holguín Mallarino, concibió la idea, en primer orden secuencial, en su condición de Ministro Ex-traordinario y Plenipotenciario de Colombia en Inglaterra y en España, con miras a establecer en el país un cuerpo po-

licial protector de los derechos y las libertades de los conna-cionales y, en tal virtud plasmó la propuesta en su informe de labores al congreso de 1888, en los siguientes términos: “Deseo que le consagréis preferente atención al importan-te ramo de la Policía, que en todos los países civilizados se considera como uno de los agentes más poderosos para el buen gobierno de los pueblos. En Europa, como en los Estados Unidos, es objeto de gran esmero y minucioso cui-dado la organización de estos cuerpos, porque ellos son la avanzada, por decirlo así, de los ejércitos para la conserva-ción de la paz pública y la tranquilidad social, al mismo tiempo que fuerza imponderable para todo lo que tiene que ver con la moralidad y las buenas costumbres”.

CAjA DE GRATIFICACIONESAnte este apremio, normativamente se conformó pri-

meramente la Caja de Gratificaciones mediante el Decreto 10 del 21 de enero de 1896, suscrito desde la Hacienda Ca-sablanca en Sopó, -Municipio cundinamarqués localizado al norte de Bogotá-, por el Vicepresidente Miguel Antonio Caro, encargado del Poder Ejecutivo, con la finalidad de efectuar el pago de recompensas al personal que perma-neciera más de cuatro (4) años consecutivos y demostrara buena conducta e interés en el cumplimiento de su deber. Estas recompensas estatales, consistían en aumentos del 25% de su sueldo y de sumas de dinero complementarias.

Al hacer referencia al desarrollo y evolución histórica de Casur, cabe indicar que en el año 1912, el Gobierno Nacional creó la “Caja de Recompensas”. Esta entidad se encargaba de la cancelación o pago de prestaciones de jubi-lación a los miembros de la Policía Nacional que tuvieran más de 25 años de servicio, con la siguiente escala salarial: Una pensión equivalente al 50% para los sueldos de $30; del 40% para sueldos entre $30 y $100 y del 30% para sueldos superiores a $100, cien pesos.

PRIMERA PENSIÓN PARA POLICÍASVale subrayar que transcurría el año 1912, cuando por

primera vez se creó una pensión mensual vitalicia en el or-den jurídico nacional, bajo las previsiones del Decreto 784 del mismo año, en este caso el beneficio prestacional estaba dirigido a los servidores públicos de la Policía Nacional, y como registra la Biblia en el Antiguo Testamento, libro de Números, para los servidores públicos del Tabernáculo, se les reconocía la prestación, igualmente, con 25 años de servicio continuo.

La ventaja competitiva de la época, para el futuro pen-sionado colombiano, consistía en que el sueldo que servía de base para liquidar la prestación vitalicia correspondía al empleo servido por más tiempo en los últimos cuatro años.

Posteriormente, en el año 1927, -transcurridos 31 años de vida institucional-, se le cambia la denominación por la de “Caja de Auxilios de la Policía Nacional”, entidad que preserva las mismas funciones de la “Caja de Recompen-sas”, reconoce además pensiones por incapacidad absoluta, accidentes de trabajo o enfermedades profesionales equiva-lentes al 50% del sueldo que devengarán en el momento de adquirir este derecho.

Así las cosas, la concepción institucional amplía su radio de acción de manera interesante con la atención de

Continúa en la página siguiente

Page 16: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial16

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

estas modalidades, antecedentes primigenios y re-motos, muy seguramente, de la constitución del Seguro Social en el año 1967 creado igualmente para los servidores estatales de manera fundamen-tal y extendiéndose al sector privado, posterior-mente.

En el año 1938 se liquida la “Caja de Auxilios de la Policía Nacional” y se constituye la “Caja de Protección Social” con personería jurídica, para la formulación y desarrollo de planes y programas que brindarán protección y bienestar al personal retirado, pago de cesantías, préstamos para vivien-da, educación y salud.

Se prosigue, entonces, ampliando el diámetro del frente institucional del ente prestacional. Fi-nalmente, el 24 de febrero de 1955 el Gobierno Nacional mediante el Decreto número 417 liqui-da la “Caja de Protección Social” y crea la “Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional”, CA-SUR, para garantizar el pago de las prestaciones sociales del personal de este cuerpo armado de na-turaleza civil que adquiera el derecho por tiempo cumplido o por disposición del Gobierno.

TRANSFORMACIÓN PARA CONSTRUIR PAZAsí las cosas, tenemos hoy una Caja con excel-

so pasado, con estable presente, pero que requie-re en la vía de un promisorio futuro, sustanciales modificaciones normativas y grandes herramien-tas institucionales para que se preserve y actualice a tono con estos tiempos de postconflicto y, que además, sirva con lujo de competencia a todo el conglomerado de cerca de 100.000 afiliados en los próximos años, como una entidad moderna, efi-

ciente, sólida y con claro rumbo empresarial hacia el inmediato y futuro porvenir en los tiempos de paz que se avecinan para la Nación.

En los comienzos la Caja se actualizaba la en-tidad, como se ha registrado, de manera normati-va, cada diez años o más hasta llegar al año 1955, época desde la cual el organismo institucional está esperando un timonazo que direccione un hori-zonte más próspero y cada vez más consolidado en el contexto institucional colombiano para el bene-ficio integral de sus decenas de miles de afiliados.

En tal virtud, por parte del Gobierno nacio-nal, se espera que se pongan en marcha mecanis-mos sustanciales para la modernización de la Caja. Desde luego, para reposicionarla, en todos sus ór-denes, y para ponerla a tono con la época entre-gándole herramientas jurídicas más que grandes recursos financieros por parte del Estado y una poderosa visión estratégica para las venideras épo-cas del postconflicto que la hagan autosostenible y viable.

Urge potenciarla y repotenciarla estratégica-mente, sin limitación de esfuerzos, como una ins-titución indispensable en beneficio de la institu-ción policial, acorde con la demanda que impera en estos tiempos de actualización tecnológica y de modernización administrativa y financiera.

Se considera, en un principio, que el proce-so de actualización y modernización institucional debe estar inmerso en creatividad, imaginación e innovación y el impulso debe consignar un carác-ter decidido, continuado e inaplazable. Los servi-cios complementarios y los pagos oportunos de-ben ser sus consignas irrenunciables dentro de este contexto institucional de modernización. El pro-

ceso de modernización institucional de CASUR es igualmente apremiante si se tiene en cuenta el contundente rol que desarrollara en todos los fren-tes la Policía Nacional en las primeras décadas del comienzo de la etapa de postconflicto que se nos vino encima, pues a la fecha, estamos a las puertas de la firma de los acuerdos de Paz en la Habana, los cuales cuentan en su haber con el magno apo-yo de Naciones Unidas y de las más importantes organizaciones del contexto internacional.

Empobrecimiento de los pensionadosProsiguiendo con el tema pensional, huelga

acotar que en Colombia la Constitución Política e innumerables leyes han dado un tratamiento especial a los servidores estatales. Sus derechos se preservan presuntamente como “derechos adqui-ridos”. Vale decir que últimamente las adminis-tradoras de los Fondos de Pensión Pública, han arremetido contra estas prerrogativas, establecien-do que el ingreso de liquidación de la mesada pen-sional corresponde al promedio de los aportes de los últimos diez años establecido por la Ley 100 de 1993, y no al promedio devengado con todos los factores salariales en el último año de cotización, como se ha venido haciendo en aplicación de las leyes 33 y 62 de 1985 y de normas reglamentarias. Noticia triste que da al traste con un derecho ad-quirido legalmente.

El desmejoramiento de la pensión o asigna-ción de retiro del empleado público colombiano, en su gran mayoría de casos, es lamentable, pues éste recibe una exigua pensión y esta se incremen-ta con el IPC que casi siempre está por debajo del salario mínimo. ¡Qué horror! Quienes optaron una pensión de 7 u 8 salarios mínimos hace una década o más, que no son muchos, hoy en térmi-nos de valor constante, tienen una empobrecida mesada que no supera los 6 salarios mínimos lega-les vigentes. “Así paga el diablo a quien bien le sir-ve”, anotan algunos pensionados ya en el declive inevitable de su existencia.

Es injusto que los exempleados públicos pensionados en su gran mayoría, inclusive quie-nes reciben asignaciones de retiro por servicios prestados en la fuerza pública, sean empobreci-dos anualmente por el propio empleador estatal a quien sirvieron. La situación amerita urgente revisión y tratamiento serio y objetivo. “No más atropellos contra nuestros viejos”, es el grito que a manera de justo reclamo se oye en los pasillos de las entidades pagadoras de prestaciones sociales del Estado. Queda claro, hasta la saciedad, que las pensiones o asignaciones de retiro que ha conce-dido, ordenado y pagado el Estado, desde sus más viejos orígenes escriturales hasta hoy, preservan su esencia sagrada.

Por decir lo menos, y de manera acelerada, “Un país que no ama, que no se conduele y que no respeta a sus mayores ni preserva sagradamente las prestaciones que les ha concedido a sus exem-pleados públicos, tiene un futuro incierto”.

El desmejoramiento de la pensión o asignación de retiro del empleado público colombiano, en su gran mayoría de casos, es lamentable, pues éste recibe una exigua pensión y esta se incrementa con el IPC que casi siempre está por debajo del salario mínimo.

Viene de la página anterior

Page 17: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 17

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Mayor General (r) CARLOS ALBERTO PuLIDO BARRANTES

Una inesperada y sorpresiva llamada tele-fónica a mi casa, el día lunes festivo, 4 de julio de 2016, me recordó que des-de hace 25 años la Policía Nacional de Colombia había adquirido su estatus constitucional, con su inclusión como integrante de la Fuerza Pública; defini-

do con claridad su misión, aprobadas las funciones constitucionales de Policía Judicial; reconocido su fuero Penal Militar constitucional, la reafirmación y autonomía de su régimen de carrera, prestacio-nal, salarial y disciplinario; separación y definición de funciones de los estamentos militar y policial, supresión de la creación de una Milicia Nacional, consagración del fuero especial para los generales y almirantes de la Fuerza Pública, en cabeza de la Corte Suprema de Justicia y los derechos humanos como tema de formación de la Fuerza Pública para fortalecer la legitimidad institucional.

La llamada era del señor General Miguel Anto-nio Gómez Padilla, Director General de la Policía Nacional para la época, quien me dijo: “Pulido, el día 4 de julio cuando se cumplen 25 años de la Constitución Política de Colombia, la Policía Nacional debe estar de plácemes y orgullosa por ser una fecha emblemática que debe estar en el alma de los policías de Colombia; me manifestó que quería agradecerme y felicitarme por el impecable traba-jo realizado como delegado de la Policía Nacional ante la Asamblea Nacional Constituyente, para que el sueño de 100 años se hiciera realidad”.

Entablamos una interesante conversación so-bre las gestiones realizadas en la Asamblea Nacio-nal Constituyente de 1991, en la que revivimos el

proceso interno, que se caracterizó por la parti-cipación sólida y unánime de toda la Institución, para convocar en el orden nacional a todo aquel que pudiera ayudarnos a consolidar el propó-sito institucional; yo agregaría que liderado con inteligencia, grandeza y extraordinaria visión de nuestro director general en el momento: el señor General Miguel Antonio Gómez Padilla, quien no escatimó esfuerzo alguno.

Recordamos de las angustias de último mo-mento, cuando descubríamos que algunos de los proyectos policiales no eran tenidos en cuenta en el articulado de la Constitución o, reformados inconvenientemente y, lo más grave, que estaban próximos a ser sometidos a la aprobación de los asambleístas y era allí, cuando surgía todo tipo de iniciativas y de acciones policiales para cambiar o ajustar su contenido. Fueron muchos los episo-dios y curiosidades, por ejemplo que, en la crea-ción de la Fiscalía General de la Nación, a pesar de haber insistido en la inclusión de las funciones de Policía Judicial para la Policía Nacional, no habían sido tenidas en cuenta por la comisión de estudio, lo que originó la formulación de un artí-culo que escribí con mi puño y letra, faltando tres horas para el debate y votación, explicando a cada uno de los nueve constituyentes de la Comisión, de la necesidad imperiosa de adscribir dichas fun-ciones a la Policía Nacional, que al final, para for-tuna institucional, fue aprobado con el apoyo del doctor Álvaro Gómez Hurtado, uno de los Pre-sidentes de la Asamblea Nacional Constituyente,

INESPERADA LLAMADA TELEFÓNICA

25 años de la Constitución Política de Colombia

con el ítem de que dichas funciones quedaron de carácter constitucional. Todavía conservo, con or-gullo, dicho documento.

Algo similar ocurrió con el Fuero Penal Mili-tar, proyecto que a última hora, tan solo quince mi-nutos antes de iniciarse la votación, fue cambiado el término de “Fuerza Pública” por el de “Fuerzas Mi-litares”, así dejaban por fuera a la Policía Nacional; entonces, fue mi intervención con el ponente del citado cambio, doctor Horacio Serpa Uribe, otro de los Presidentes de la Asamblea, con quien, después de un intercambio de conceptos jurídicos, legales, constitucionales, disciplinarios y especialmente de índole policial ante mí insistencia, aceptó dejar el término de “Fuerza Pública” lo cual dejó en firme el fuero constitucional para la Policía Nacional.

Fueron muchas otras las anécdotas, dentro del seno de la Constituyente, en las que participó también, el señor Coronel Edgard Peña Velásquez (fallecido), a quien recuerdo con especial amistad y gratitud. Por fuera de la Constituyente, a ni-vel político, se libraba otra batalla constitucional dirigida por el señor General Gómez Padilla; él comentaba atento de las continuas reuniones con algunos de los constituyentes y funcionarios del gobierno, al contar también, con el apoyo del Secretario General de la Asamblea doctor Jacobo Pérez Escobar. Todo lo anterior, lo hacíamos con inmenso amor institucional y responsabilidad, porque sabíamos perfectamente, lo que estaba en juego (nada más ni nada menos), que el futuro de la benemérita Policía Nacional, Institución en la cual, antes, ahora y siempre nos sentimos pro-fundamente orgullosos.

Finalizada la emocionante y sentida conversa-ción, agradecí de corazón su llamada y amistad y pensé que era necesario dejar constancia histórica de uno de los logros más grandes que ha tenido la Policía Nacional en los 125 años de existencia y protección a la sociedad colombiana y al país.

Me recordó que desde hace 25 años la Policía Nacional de Colombia había adquirido su estatus constitucional, con su inclusión como integrante de la Fuerza Pública.

Page 18: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial18

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Brigadier General (r) JAIRO ROLANDO DELGADO MORA

Una curiosa metodología definida entre el Gobierno Nacional y ELN, permi-tió acordar que fueran cinco países las sedes para las sesiones de las conver-saciones de paz: Ecuador, Venezuela, Brasil, Chile y Cuba.

¿Cuál es la importancia de esa mo-vilidad geográfica internacional de los diálogos? ¿La paz nacional, depende de los países vecinos? ¿El ELN lo apuesta a un frente Amplio Interna-cional para la Paz? La respuesta inicial es que la aceptación del Gobierno a esa metodología, pudo obedecer a razones prácticas para quitarle al grupo insurgente la pretensión de convertir a Venezue-la en la única sede de las conversaciones, aunque también estaba claro para el gobierno, que Cuba no sería la sede de los diálogos con el ELN.

Por otro lado, de esa manera el gobierno habría encontrado una fórmula para sosegar al ELN y dar-le viabilidad a los demorados diálogos públicos: una mayor mediación internacional regional. Ese retraso estaba generando en la opinión pública escepticismo y desconfianza por la incoherencia del grupo guerri-llero entre su discurso de voluntad de paz y los dis-cordantes hechos de acciones armadas y secuestros.

Hay además razones estratégicas, la más im-portante es la desventaja que para el gobierno co-

lombiano le representaría permitirle al ELN ins-talarse ahora de manera oficial, en un territorio utilizado como retaguardia militar en la frontera colombo-venezolana.

Se entiende de lo consignado en el Acuerdo de Diálogos anunciado desde Caracas, el pasado 30 de marzo, que será una sola mesa de negocia-ción en Ecuador y cuatro sedes para sesiones en Cuba, Venezuela, Brasil y Chile. ¿Cómo utilizará el ELN ese espacio internacional de sesiones?

No hay nada novedoso ni desconocido en los próximos diálogos Gobierno-ELN Básicamente, se han retomado anteriores elementos de negociación.

La respuesta está en el primer punto de la Agenda de Diálogos: “participación de la asocia-ción en la construcción de la paz”, ahí se encuen-tra el núcleo de interés del ELN. No obstante, ese tema es una reedición, paradójicamente también bien dentro del primer punto, del denominado Acuerdo de Puerta del Cielo, producido desde la ciudad de Wurzburg (Alemania) en 1998, en el cual se contempló la participación de la sociedad civil como sucede ahora.

El ELN por lo tanto ya realizó “micro-periplos internacionales de paz” entre los años 1998y 2000. Ellos se dieron en territorio europeo: Maguncia (Alemania), Madrid (España) y Ginebra (Suiza), países que hicieron parte de esfuerzos políticos an-teriores por llegar a la solución del conflicto con esta guerrilla, por la vía de las negociaciones de paz.

A la reunión de Ginebra uno de los asisten-tes de la sociedad civil fue el sacerdote Gabriel Izquierdo quien manifestó en relación con el evento: “se trata de un modelo nuevo que se está creando, muy diferente al del Caguàn, porque aquí la sociedad es el actor principal en la mesa” (El Tiempo 2000).

No debe en consecuencia sorprender a los colombianos la inclusión del tema de la sociedad civil en la agenda de negociaciones, ni la metodo-logía de periplos adoptada con el ELN; el tema hace parte de su tradicional plataforma ideológica, dentro de la creencia insurgente de considerarse voceros de algunos sectores populares, y la meto-dología ya fue experimentada en Europa. Estas características muestran que no hay nada nove-doso ni desconocido en los próximos diálogos Gobierno ELN. Básicamente, se han retomado anteriores elementos de negociación, obviamente, en circunstancias políticas y militares distintas.

No significa sin embargo que, aunque los periplos internacionales y el papel de la sociedad civil, aplicados en el pasado no permitieron llegar a un acuerdo con el ELN, el actual proceso tenga que fracasar.

Por otra parte, en los tres primeros puntos de la Agenda (participación de la sociedad en la construcción de la paz; democracia por la paz y transformaciones por la paz), se repite el tema de sociedad civil, en relación con sus iniciativas,

Negociaciones de paz con el ELN:

El modelo de “penta-periplos”, ¿eficiente?

Page 19: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial 19

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

propuestas, participación y programas transformadores. En ese sentido no se requerirían tres puntos para abordar un solo tema, situación que estaría demostrando que su inclusión se hizo más por conveniencia, para mantener una igualdad nu-mérica: seis puntos, tanto en la agenda de las FARC, como en la del ELN.

Por consiguiente, las “grandes diferencias” entre el ELN y las FARC, en términos de negociación de paz, por ahora son más de forma. En el único tema que buscarían marcar distan-cias, es en el de la sociedad civil; interesante discusión que va a darse internamente en las guerrillas, sobre cuál de los dos movimientos insurgentes tiene mayor reconocimiento, repre-sentatividad y legitimidad en la sociedad civil y sobre cómo se repartirán sus “bases políticas”.

NUEVAS PREOCUPACIONES-Convertir el escenario internacional en un bloque de

presión. El mecanismo de periplos internacionales acordado entre las partes para realizar las sesiones, puede ser utilizado por el ELN como un mecanismo de presión a través de un “Frente Amplio Internacional por la paz” que reúna a distintas organi-zaciones y algunas figuras políticas de los cinco países sede, para impulsar diferentes clases de actividad regional con el propósito de mantener un fuerte respaldo a las “iniciativas de paz” del grupo insurgente.

-Manipular a la sociedad civil. La participación que ten-drá la sociedad civil “sobre los temas de la agenda”, definido en el punto 1, literal b, puede producir un hegemónico manejo del ELN sobre los sectores sociales que vayan a conformar esa instancia de los diálogos. Si la sociedad va a intervenir en los temas de la agenda, aquí estaría la complejidad que se advierte para negociar con esta guerrilla. Por consiguiente, a la sociedad civil en la encargada de decidir y definir los avances, de impo-ner los inamovibles, de trazar las líneas rojas, de dirimir las controversias propias de la negociación y de aprobar o no los consensos entre las partes.

Por: Brigadier General (r) FABIO ARTuRO LONDOñO CáRDENAS

Fuera de lo informado en el “Es-bozo de una teoría general para la Ciencia de Policía”, hemos re-cibido con mucha satisfacción un informe sumario ilustrado, de la labor que en el campo de la cien-cia de policía, cumple el cuerpo de

policía civil de la República de Guatema-la, en cuyo país el gobierno ha dispuesto, mediante Decreto de la presidencia de la República, que los miembros de la policía de esta nación estudien la ciencia policial y se gradúen con el título de Licenciado en Ciencia de Policía, igualmente ha ordenado que se enseñe dicha disciplina en las univer-sidades; con fundamento en los textos que al efecto se han publicado en la “Escuela de Postgrados Miguel Antonio Lleras Pizarra” y producidos en el Centro de estudios de Ciencia de Policía.

Esta noticia viene a comprobar, una vez más, que todavía está vigente el refrán: “no hay profeta en su tierra”, porque en Colom-bia hemos producido la teoría indispensa-ble para la formación del conocimiento de la ciencia dicha y sinembargo apenas es-tamos dando algunos pasos para lograr el propósito pertinente: crear la profesión de policiologo con bases firmes; conocimien-tos profundos, y la investigación científico-tecnológica indispensable para mantener el nivel que corresponde a la evolución de la sociedad contemporánea.

Adscrito a este artículo encontrarán los lectores la noticia pertinente, acerca de la cual se esperan los comentarios que se de-seen hacer, los cuales se podrán apreciar a este periódico del Colegio de Generales.

Puntos de vista

Ciencia de Policía en otros países

IMPLICACIONES DE POLÍTICA Al Gobierno Nacional le corresponde garantizar que no se

vaya a producir en el país una desbordada manifestación de la sociedad civil, como parte de una estrategia política del ELN, que se convierte los diálogos de paz en un prolongado y tedioso proceso. El desarrollo político de los diálogos no puede signifi-car que sean las demandas de la sociedad civil, impulsadas por el grupo guerrillero, las razones para propiciar modificaciones en la posición negociadora del Gobierno, al margen de lo acor-dado en la Agenda. En consecuencia, el ELN no deberá diluir entre la sociedad civil los seis temas acordados, como maniobra política para convertir a determinados sectores sociales en escu-deros de la causa insurgente.

RECOMENDACIONES -Preservar el interés nacional en las negociaciones. Se

debe entender que no es la influencia o la incidencia interna-cional del conflicto armado interno colombiano, la razón por la cual se escogió a cinco países para las sesiones de la mesa de diálogo entre el gobierno y el ELN. En otras palabras, no es la cuestión internacional del conflicto la causa para acudir a países garantes, facilitadores o mediadores como sedes para dialogar; los temas de la Agenda demuestran y reiteran que son aspectos políticos y sociales internos, propios de la historia de Colom-bia, los que deben abordarse, discutirse y resolverse entre las partes.

-Excluir las contradicciones internas del ELN. Si bien se acepta que el inicio de las conversaciones de paz cuenta con el consenso general de los integrantes del grupo guerrillero, no se descarta que durante las distintas fases de discusión surjan nue-vas demandas, divergencias o desacuerdos, principalmente a nivel del Comando Central o la Dirección Nacional del ELN; situaciones que traten de incidir en los avances y resultados del proceso. Por consiguiente, el Gobierno Nacional deberá exigir a los subversivos la madurez que argumentan tener, para con-cluir satisfactoriamente este nuevo intento de solución política.

Page 20: año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c ...€¦ · año 6 / edición 17 / agosTo de 2016 / bogoTá d,c. - colombia / issn 1909-0269 “La credibilidad y confianza en

EstrElla Policial20

publicación del colegio de generales de la policía nacional de colombia

Por: Brigadier general (r) GuILLERMO LEÓN DIETTES PéREZ

Presidente de la Academia Colombiana de Historia Policial

ANTECEDENTES

Continuamos la tarea que nos he-mos propuesto de reseñar algunos aspectos sobre la vida y activi-dades cumplidas por los señores generales que nos precedieron en el tiempo, como miembros de la jerarquía en nuestra organización.

BIOGRAFÍA BREVEEsta vez nos referimos al señor briga-

dier general (r) César Augusto Tello Ra-mírez; nació el primero de enero de 1930 en Bogotá. Este acontecimiento alegró el hogar de sus padres: don Juan Aquilino Te-llo y su esposa la señora Ana Ramírez; es el segundo de 6 hermanos: Ofelia, Francisco, Guillermo, Irma y Fabiola; además Mario y Gustavo (fallecidos).

Sus primeras letras las aprendió, como se acostumbraba en la época, en el hogar paterno, de allí fue al Colegio Parroquial San Pedro Claver de Fontibón y su bachi-llerato lo culminó con éxito en el Instituto Nacional Nicolás Esguerra, antesala de su ingreso a la Policía.

Su cédula de ciudadanía, de poquísi-mos dígitos comparadas con las de hoy día, lleva el número 11211 de Bogotá.

En breve charla nos recuerda las múlti-ples contrariedades y problemas de la época en la vida nacional, originados principal-mente en luchas partidistas que desangra-ron en territorio patrio, al revivir peleas que terminaron en enfrentamientos irreconci-liables entre conservadores y liberales, su-mados al accionar de la delincuencia que por entonces se conformó en grupo deno-minados de “bandoleros”.

En ese ambiente se produjo su ingreso a la Escuela de Cadetes de Policía General “Francisco de Paula Santander”. El 28 de

diciembre de 1957, contrae matrimonio en el hermoso Santuario de Nuestra Señora de las Lajas, en Ipiales (Nariño), con la distin-guida dama doña Mariana Socorro Guerre-ro Moncayo; de este enlace nacen sus hijos: María Isabel, César Augusto, Alba Lucía y Pablo Enrique, grupo familiar que hoy completa con 4 nietos.

SU CARRERA POLICIALFue dado de alta como cadete, mediante

resolución No 0508 del año 1950, mes de marzo; el gobierno nacional dispuso su gra-duación como “subcomisario a prueba” (hoy corresponde a subteniente) de la Escuela de Policía “General Santander”, el 17 de di-ciembre de 1950, como integrante de cur-so que, más tarde, fue clasificado como No. 8 promoción “Coronel Juan José Rondón Delgadillo” y que en nuestro medio se ha dado a conocer como “curso de los sabios”.

Las vicisitudes de la profesión lo lleva-ron, como a todos los oficiales de nuestra Policía, a ocupar cargos de servicio en las distintas unidades del país y en el exterior, entre las cuales señalamos las siguientes: Guajira, Nariño (allí fue subcomandante y comandante encargado, cuando ostenta-ba el grado de teniente), Huila, Caquetá y Putumayo; subcomandante de Antioquia; Cundinamarca; subcomandante y coman-dante de Tolima en delicada situación del llamado de orden público; en Bogotá, di-rector de la Escuela Nacional de Subofi-ciales “ Gonzalo de Jiménez de Quesada, director del entonces centro de instrucción No 3 que formaba agentes para la Bogotá y de la Escuela Nacional de Carabineros. (Este cargo lo desempeñó de enero de 1959 a diciembre de 1960, de lo cual hay cons-tancias en la orden administrativa y placa de reconocimiento por su labor cumplida en esta institución, a pesar de no ser oficial de carabineros).

En la Dirección General de la Policía, hizo tránsito por distintas dependencias, entre las cuales vale señalar: Jefe de do-cencia, de transportes, de intendencia, de

personal y de la denominada Dirección Operativa (hoy de Seguridad Ciudadana), con mando sobre todos los comandantes de Departamentos del país.

En el campo diplomático cumplió una destacada actuación como agregado de Poli-cía a la Embajada de Colombia en Venezue-la, durante los años 1970-1971. En su hoja de vida se registran felicitaciones del Emba-jador de Colombia (maestro German Arci-niégas) y del Ministro de Defensa Nacional, general Hernando Currea Cubides; este úl-timo dispuso, en varias oportunidades, que el entonces coronel Tello Ramírez, viniera al Comando General de las Fuerzas Militares y a la Escuela Superior de Guerra a dictar con-ferencias sobre la situación del vecino país y de los colombianos en Venezuela.

El periodista “Calibán” en su colum-na “Danza de las horas”, el 18 de mayo de 1974 escribió: “el coronel César Augusto Tello Ramírez, Jefe de la Rama de los ser-vicios de policía, respecto a la imperiosa necesidad de desmontar la mentalidad de estado de sitio de las autoridades, conside-ro indispensable instruir a todo el personal de la institución sobre los derechos civiles y garantías sociales”.

CONDECORACIONESMientras que entre los particulares no

siempre se reconoce la importancia de las condecoraciones, en la vida policial hemos aprendido a otorgar un extraordinario valor a las medallas y distintivos, por cuanto son un reconocimiento a la tarea cumplida en las distintas unidades en que hemos laborado.

El señor general Tello ha recibido, en-tre otras, las siguientes:l Orden de Boyacá, en el grado de gran

oficial;l Servicios distinguidos, en sus diferentes

categorías;l Orden Estrella de la Policía;l Medalla de los servicios, clases 15-20 y

25 años;

l Medalla al mérito docente policial;l Medalla Antonio Nariño (Gobernación

de Cundinamarca);l Águila de fuego, del Cuerpo de Bombe-

ros;l Servicios destacados en orden público;l Condecoración “Special Deputy She-

riff” otorgada por la misión Dade- Flo-rida, USA;

l Gran Cruz de las Fuerzas Armadas de Cooperación de Venezuela (en 2 opor-tunidades);

l Recientemente, recibió la Gran Cruz de la Asociación Colombiana de Ofi-ciales en Retiro de la Policía Nacional (ACORPOL) y la medalla del Club Militar de Oficiales categoría 60 años.

EPILOGOFue ascendido al grado de Brigadier

General el 16 de junio de 1976; solicitó su retiro del servicio activo el 22 de agosto de 1977 y le fue concedido por el Presidente de la República, “a solicitud propia” con fe-cha 16 de septiembre de 1977.

Después de un par de meses de des-canso, dedicó sus esfuerzos a la asesoría de empresas de vigilancia y seguridad privada, a una empresa de construcción y a cumplir labores docentes.

Hace unos 5 años se retiró de toda actividad, para dedicarse por completo al hogar, acompañando a su esposa doña Ma-riana Socorro quien padecía una delicada enfermedad que le causó la muerte.

Desde entonces está consagrado a la lectura y es miembro activo de nuestro Co-legio de Generales de la Policía Nacional

Semblanza

Brigadier General (r) César Augusto Tello Ramírez