anexo 5 - registro de operaciones

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ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES 1. PROCESO – Movimientos / Interfaces / UIF / Anexo 5 (RO) Al ingresar a esta opción, le damos clic en el botón para realizar un nuevo proceso. Elegimos el mes e ingresamos el año, le damos clic en el botón PROCESAR para que comience el proceso. Aquí el sistema jala las órdenes numeradas (Importación para el consumo y Exportación definitiva) y las clasifica conforme a lo indicado en el artículo 9° de la Resolución SBS N° 4197-2016: a. Importación para el consumo Montos iguales o mayores a US$ 50,000.00 en valor CIF consignado en la DAM. b. Exportación definitiva Montos iguales o mayores a US$ 200,000.00 en valor FOB consignado en la DAM.

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Page 1: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

1. PROCESO – Movimientos / Interfaces / UIF / Anexo 5 (RO)

Al ingresar a esta opción, le damos clic en el botón para realizar un nuevo proceso. Elegimos el mes e ingresamos el año, le damos clic en el botón PROCESAR para que comience el proceso. Aquí el sistema jala las órdenes numeradas (Importación para el consumo y Exportación definitiva) y las clasifica conforme a lo indicado en el artículo 9° de la Resolución SBS N° 4197-2016: a. Importación para el consumo

Montos iguales o mayores a US$ 50,000.00 en valor CIF consignado en la DAM.

b. Exportación definitiva Montos iguales o mayores a US$ 200,000.00 en valor FOB consignado en la DAM.

Page 2: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

2. REPORTE Para ver el reporte o consultar el mes procesado, debemos seleccionar el registro y darle clic en el botón CONSULTAR, y nos aparecerá la siguiente interface:

Los procesos antiguos (Anexo 2 - RO) que hayan tenido o realizado los clientes, se mantienen y cuando saquen sus reportes de esos registros, el sistema diferenciará la versión en la cual fueron hechos esos procesos. El cliente puede optar por eliminar los procesos de este año y volver a correr el proceso de acuerdo a la norma vigente; recordando

que la actual norma deja sin efecto la norma anterior.

Page 3: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

En esta interface, podremos realizar las siguientes acciones:

a. INUSUAL o SOSPECHOSA

Al activar el Check, podremos marcar las operaciones a las cuales clasificaremos como INUSUALES o SOSPECHOSAS. El sistema resaltara de un color el uno del otro.

b. ACTUALIZAR Luego de completar los datos correspondientes a los campos faltantes, con click en ACTUALIZAR se mostrará el reporte con la información ingresada.

c. TABLAS Aquí podremos visualizar la información de las tablas proporcionadas por la UIF; como son tipo de documento, ocupación, tipo de fondos y tipo de operación.

d. PANTALLA Nos mostrará un reporte en EXCEL, el cual el usuario podrá manipular a su criterio.

e. AGREGAR ORDEN

Según la norma, el oficial de cumplimiento puede establecer internamente umbrales menores para el RO. Al dar click en la “Agregar orden” el sistema muestra un listado de las mismas, se selecciona la orden y luego click en procesar.

Page 4: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

3. CERRAR/HABILITAR PROCESO Para Cerrar o Habilitar un proceso, se debe seleccionar el registro y darle clic en el botón CERRAR, y nos aparecerá el siguiente mensaje:

Habilitar un proceso CERRADO

Page 5: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

4. INFORME ANUAL – Movimientos / Interfaces / UIF / Informe Anual Para ver el informe anual del Registro de Operaciones, debemos ingresar el año y dar clic en el botón CONSULTAR, así como se muestra en la imagen: Si no activamos el Check indicado en la imagen, el sistema considerará todas las operaciones de Importación para el consumo y Exportación Definitiva; sin tomar en cuenta los montos indicados en el UMBRAL. Adicional a los mencionado, en esta interface encontraremos las plantillas en EXCEL de los Anexos 2 y 3 (Declaraciones Juradas de Conocimiento del Cliente), las mismas que deben ser llenadas y firmadas por el Importador/Exportador, y ser entregados al Sujeto Obligado (para más detalle consultar la norma).

Page 6: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

5. REGISTRO DEL TIPO DE FONDO La UIF requiere que indiquen el Tipo de Fondo con que se realizó la operación, y para ello se ha agregado la opción en el formulario de Gestión de Ordenes (Ctrl + G), así como se muestra en la imagen:

6. MANTENIMIENTO DE DECLARANTES Y COMISIONISTAS O TERCEROS Para un correcto llenado del Anexo 5 (RO), es necesario llenar la información en los siguientes formularios; ya que esta es la requerida por UIF. a. DECLARANTES – Control / Archivos / Clientes

Se deben llenar los campos resaltados de otro color, así como se muestra en la imagen:

Page 7: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

b. COMISIONISTAS O TERCEROS – Control / Archivos / Comisionistas Se deben llenar los campos resaltados de otro color, así como se muestra en la imagen:

Estos datos se toman en cuenta siempre y cuando en la orden hayamos registrado al comisionista al momento que ingresamos el cliente en la orden. Este dato se llena siempre y cuando el cliente no sea de la agencia o sujeto

obligado. Por ejemplo, cuando la orden venga de un agente consolidador u operador logístico.

7. MODULO UTILITARIO a. Actualización Usuario Oficial de Cumplimiento – Movimientos / Acceso a Usuarios

Al usuario que será el Oficial de Cumplimiento, deberán asignárselo en esta interface y también registrar su usuario de Oficial de Cumplimiento asignado por la UIF. Los demás usuarios que solo podrán ver los procesos, deberán asignarlos como Revisor. A continuación, una imagen de lo mencionado:

Page 8: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

b. Regímenes involucrados en el proceso – Control / Regímenes La norma hace mención que los regímenes a tomar en cuenta son 10 – Importación para el consumo y 41 – Exportación Definitiva. Si en algún momento sale alguna modificatoria indicando que otro régimen debe ser tomado en cuenta como Importación o Exportación; podemos ingresar a esta opción y realizar la clasificación respectiva, así como se muestra en la imagen:

c. Divisiones involucradas en el proceso – Control / Divisiones

Cada Sujeto Obligado (Agencia de Aduana), maneja diferentes divisiones en sus operaciones; por tal motivo; se debe ingresar a esta interface e indicar al sistema cuáles serán las divisiones que se tomarán en cuenta al momento de realizar el proceso del Anexo 5 (RO) y también para el reporte del Informe Anual.

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ANEXO 6 – OPERACIONES INUSUALES / SOSPECHOSAS

1. Calificar una operación como Inusual o Sospechosa Si la operación u orden se encuentra dentro del Anexo 5 (Registro de Operaciones); podemos seleccionar la(s) operación(es) que deseamos incluir dentro de los registros de Operaciones Inusuales o Sospechosas; así como se muestra en la imagen:

Una vez realizada esta operación; nos aparecerá la siguiente interface, donde podremos realizar las siguientes operaciones:

Page 10: ANEXO 5 - REGISTRO DE OPERACIONES

Al darle clic en el botón AGREGAR o MODIFICAR; nos aparece la siguiente interface, en donde podremos Agregar o Terminar de llenar la información de este Anexo, para su correcto almacenamiento.

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Por ultimo; podemos ver el registro de las Señales de Alerta relacionadas a la operación: