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Anexo 1-A: Fase de Aprestamiento de
un PMAM.
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TABLA DE CONTENIDO
1. ¿PARA QUÉ DESARROLLO LA FASE DE APRESTAMIENTO? ........................................... 4
2. ¿REQUIERO DE UN EQUIPO TÉCNICO PARA FORMULAR EL PMAM? .......................... 4
3. ¿CUÁNDO DEBO CONFORMAR UNA MESA TÉCNICA DE CONCERTACIÓN? ................ 7
4. ¿QUIÉNES CONOCEN E INTERVIENEN EN MI MICROCUENCA? .................................... 8
4.1. ¿Qué ocurre con las comunidades étnicas? ............................................................... 9
4.1.1. ¿Cómo identifico qué comunidades étnicas tienen presencia mi microcuenca? 10
4.1.2. ¿Quién coordina el proceso de consulta previa? ................................................. 10
4.1.3. ¿Por qué realizo la consulta previa en la fase de aprestamiento? ...................... 11
5. ¿CÓMO PROMUEVO LA PARTICIPACIÓN EN CADA FASE DEL PMAM? ...................... 12
5.1. ¿Puedo elaborar una estrategia que incentive la participación? ........................... 13
5.1.1. ¿Cómo oriento las acciones a fin de garantizar una participación libre y democrática? ........................................................................................................................ 14
5.1.2. ¿Qué necesito para convocar a los actores? ........................................................ 15
5.2. ¿Las Mesas de Trabajo son el mecanismo que garantiza la representatividad de los actores en el PMAM? ..................................................................................................... 16
5.2.1. ¿Qué ocurre con la participación en las demás fases del PMAM? ...................... 17
5.2.1.1. ¿Cómo participan las comunidades étnicas en las demás fases del PMAM? . 19
6. EL PLAN DE TRABAJO APOYA MI GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PARA LA FORMULACIÓN DEL PMAM ................................................................................................ 20
BIBLIOGRAFIA ....................................................................................................................... 20
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LISTA DE TABLAS
Tabla 1. Plan de Trabajo para la Fase de Aprestamiento. ...................................................... 6
Tabla 2. Identificación y caracterización de los actores. ........................................................ 8
Tabla 3. Identificación y caracterización de comunidades étnicas. ..................................... 12
Tabla 4. Aspectos para construir una estrategia de participación. ...................................... 13
Tabla 5. Plan de Trabajo para la formulación del PMAM ..................................................... 20
LISTA DE FIGURAS
Figura 1. Estrategia de participación. ................................................................................................ 13 Figura 2. Principios para una participación activa y permanente ..................................................... 14 Figura 3. La participación en las Fases del PMAM ............................................................................ 18
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Anexo 1 -A: Fase de Aprestamiento.
1. ¿PARA QUÉ DESARROLLO LA FASE DE APRESTAMIENTO?
La fase de aprestamiento es la etapa en la cual se establecen las condiciones necesarias para el
desarrollo del proceso de elaboración del PMAM, tales como: La conformación del equipo técnico
y/o la Mesa Técnica de Concertación, la recopilación y consolidación de la información primaria y
secundaria sobre la microcuenca en relación sus condiciones físico-bióticas y socio-ambientales, la
identificación y caracterización de actores, la conformación de las instancias de participación y la
elaboración de la estrategia de participación.
Como resultado de esta fase también se obtiene el plan de trabajo para cada una de las fases que
conforman el PMAM, el cual incluye entre otros, el cronograma, la estrategia de participación, las
funciones o responsabilidades y actividades a realizar por parte del equipo técnico y/o la Mesa
Técnica de Concertación y las mesas de trabajo
2. ¿REQUIERO DE UN EQUIPO TÉCNICO PARA FORMULAR EL PMAM?
La Autoridad Ambiental es quién definirá cómo va a estar conformado el equipo técnico
responsable de realizar y acompañar la formulación e implementación del Plan, ya sea con
funcionarios de su entidad o si se contratará personal externo experto, dependiendo de su
capacidad técnica, financiera y operativa.
En este sentido, es recomendable que el equipo técnico sea integrado como mínimo por
profesionales y/o especialistas con un perfil de formación en ciencias de la tierra, sociales o
humanas, económicas, ambientales y naturales. Del mismo modo, se sugiere que los integrantes
posean una experiencia, entre otros temas en: i) El levantamiento, desarrollo y/o análisis de
información para el ordenamiento ambiental territorial, ii) gestión integral del recurso hídrico, iii)
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gestión ambiental, iv) gestión de riesgos frente a eventos hidrometeorológicos extremos,
variabilidad y cambio climático y amenazas naturales y antrópicas o iv) Formulación de Proyectos.
El Equipo Técnico es quien coordinará las acciones necesarias para recolectar, procesar y producir
la información pertinente para el desarrollo del PMAM, así mismo será el responsable de generar
los insumos correspondientes para llevar a buen fin el proceso de identificación y ejecución de
programas, proyectos y actividades que respondan a las necesidades de preservación,
restauración y uso sostenible de la microcuenca, teniendo en cuenta la manera en que se
armonizará con los Planes de Ordenamiento Territorial (POT).
Del mismo modo, el equipo técnico socializará los avances, ajustes y resultados de la formulación
e implementación del PMAM y propiciará las instancias de participación a que hace referencia el
Decreto 1640 de 2012.
Igualmente, prestará apoyo técnico y logístico constante a las Mesas de trabajo que se conformen
para apoyar el desarrollo de las diferentes fases del Plan y que corresponden a la instancia de
participación de los actores presentes en la microcuenca.
Además de las funciones del equipo técnico anteriormente citadas, entre otras se encuentran: i)
Acordar y establecer las directrices para el manejo ambiental de la microcuenca, ii) elaborar el
cronograma de actividades, iii) definir el Plan de Trabajo para el desarrollo de cada una de las fases
del Plan, y iv) las demás funciones que considere pertinente y establezca la Autoridad Ambiental
competente.
Una vez sea conformado el Equipo Técnico, la Autoridad Ambiental, a través de esta instancia
técnica elaborará el Plan de trabajo para el desarrollo de la fase de aprestamiento, de acuerdo con
los contenidos mínimos descritos en la matriz ejemplarizante que se presenta a continuación, con
el propósito de establecer las acciones técnico-operativas que garanticen una adecuada gerencia
del proceso de aprestamiento.
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Tabla 1. Plan de Trabajo para la Fase de Aprestamiento.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
GENERALES
ACTIVIDADES
PARTICULARES
(mecanismos)
EVIDENCIAS
RESULTADOS –
METAS
(entregables y/o
productos)
RESPONSABLE
TIEMPO DE
EJECUCIÓN Y
FECHA DE
ENTREGA
Identificar y caracterizar
los actores
Identificar y caracterizar
las comunidades étnicas
Recopilar y consolidar
información básica,
físico-biótica,
socioeconómico y
cultural y de gestión del
riesgo
Elaborar las estrategias
de socialización y
participación
Conformar las Mesas de
Trabajo
Elaborar el Plan de
trabajo para el
desarrollo de cada fase
del PMAM
Fuente: IDEAM, 2014
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3. ¿CUÁNDO DEBO CONFORMAR UNA MESA TÉCNICA DE
CONCERTACIÓN?
Para los casos en que sobre el área de una microcuenca que no haga parte de una cuenca
hidrográfica en ordenación tenga jurisdicción más de una Autoridad Ambiental, se conformará una
Mesa Técnica de Concertación a fin de que la planificación y administración de los recursos
naturales renovables de la microcuenca se realice de manera concertada, articulada y en equidad
en relación con el número de participantes por Entidad.
En este sentido, las Autoridades Ambientales competentes adelantarán las acciones necesarias
para conformar conjuntamente la Mesa Técnica de Concertación, quienes a su vez, por decisión
bilateral, definirán de acuerdo a los recursos humanos y presupuestales con que dispongan, si esta
Mesa hará las veces del Equipo Técnico, cuando la microcuenca sea compartida, teniendo a su
cargo el mismo rol y funciones definidas para esa figura de coordinación o si crearán las dos
instancias técnicas y se les asignarán funciones diferentes.
Dado el caso que las Autoridades Ambientales con jurisdicción en la microcuenca compartida
decidan que la Mesa Técnica de Concertación adopte el rol definido para el Equipo Técnico, se
deberá entré otras asignar las siguientes funciones a la Mesa: i) Acordar y establecer las directrices
para el manejo ambiental de la microcuenca compartida, ii) proponer medidas de conservación,
protección y uso sostenible de los recursos naturales para la planificación y administración de los
recursos renovables de la unidad de análisis compartida objeto de PMAM, iii) fijar el cronograma
de trabajo, iv) definir el Plan de trabajo para cada fase del PMAM y v) las demás funciones que
consideren pertinentes y establezcan las Autoridades Ambientales competentes.
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4. ¿QUIÉNES CONOCEN E INTERVIENEN EN MI MICROCUENCA?
La identificación y caracterización de los actores que interactúan en la microcuenca se convierte
para la Autoridad Ambiental (Mesa Técnica de Concertación y/o Equipo Técnico) en un proceso
clave para conocer las dinámicas históricas y actuales del uso y transformación del territorio de la
microcuenca.
El proceso de reconocimiento de actores, permite entender su distribución y rol dentro del área
que comprende la microcuenca; en este sentido, la información primaria se recolectará a través de
herramientas participativas, de donde se extraerán los aspectos más relevantes de las actividades
sociales, culturales y económicas que desarrollan estos en la microcuenca (Tabla 2); así mismo, se
identificarán las dinámicas productivas, tipo de población (flotante y/o asentada en la
microcuenca), formas de uso y aprovechamiento de la oferta natural en torno a la microcuenca y
relaciones entre los actores.
Tabla 2. Identificación y caracterización de los actores.
Actor
(Nomb
re)
Tipología
del actor
(entidad,
instituto,
agremiaci
ón,
organizaci
ón,
pública o
privada,
natural o
jurídica,
nacional o
extranjera
)
Orden:
nacional,
regional o
local
Misión/ competenc
ias/ intereses
Forma de
Intervención en
la microcuenca
(actividades,
proyectos,
programas)
Credibilida
d ante la
comunidad
en
general/po
der de
convocator
ia y
liderazgo
informa
ción
que
genera
Nivel de
participación en la
toma de decisiones
para la planificación
en cuencas
hidrográficas (alto –
medio – bajo ¿por
qué?)
Conflictos
con otros
actores/áre
as de
conflicto
Posible rol a
desempeñar
en cada fase
del PMAM
Fuente: IDEAM, 2014
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Para realizar la identificación y caracterización de actores, es apropiado como mínimo identificar
entre otros los siguientes que tienen incidencia en el área de la microcuenca:
Autoridad (es) ambiental(es) nacional(es), regionales y locales-territoriales.
Entidades e instituciones públicas y privadas del orden nacional, regional y local con
responsabilidad e intereses en temas de planificación y manejo de cuencas hidrográficas.
Organizaciones y agremiaciones del orden nacional, regional y local cuya misión esté
encaminada a temas de planificación y manejo de cuencas hidrográficas.
Sectores productivos
Comunidades Étnicas
Empresas de Servicios Públicos
Responsables de Áreas Protegidas
La academia
Representantes de los Nodos Regionales para el cambio climático
Comunidad en general (persona natural o jurídica, entre otros.
Grupos al margen de la ley
Algunas de las técnicas o procedimientos que pueden llevarse a cabo con la finalidad de recolectar
información de importancia a través de los actores, y que permitan ampliar el conocimiento y
estado actual de de la microcuenca objeto de plan de manejo, son la conversación informal con
actores de la comunidad, entrevistas y cuestionarios, encuestas, consultas con actores clave,
observación directa, informantes claves, talleres participativos, elaboración de mapas sociales.
4.1. ¿Qué ocurre con las comunidades étnicas?
Sobre el tema de identificación y caracterización de comunidades étnicas, el parágrafo del
Artículo 55 del Decreto 1640 de 2012, indica que: “En los Planes de Manejo Ambiental de
Microcuencas se deberá adelantar el mecanismo de consulta previa a las comunidades étnicas
cuando a ello haya lugar, de acuerdo con los procedimientos establecidos para tal efecto”.
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4.1.1. ¿Cómo identifico qué comunidades étnicas tienen
presencia mi microcuenca?
Para llevar a cabo la identificación de comunidades étnicas presentes en la microcuenca objeto de
PMAM, es deber de la Autoridad Ambiental competente solicitar ante el Ministerio del Interior
una Certificación del Registro o no de Comunidades Étnicas en el Área de Interés, con el propósito
de conocer si allí se identifica la presencia de comunidades indígenas, Negras, Afrocolombianas,
Raizales y Palenqueras; del mismo modo, si se encuentra registro o no de Resguardos legalmente
constituidos o Comunidades o parcialidades indígenas por fuera de Resguardo, Consejos
Comunitarios de Comunidades Negras, adjudicación de títulos colectivos e inscripción en el
registro único de Consejos Comunitarios.
Cuando se cuente con el certificado expedido por el Ministerio del Interior y este certifique la
presencia de comunidades étnicas en el área de la microcuenca objeto de PMAM, la Autoridad
Ambiental competente deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa de este Ministerio el
inicio del proceso de consulta que trata el artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y
7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993, el Decreto 1320 de 1998 y las Directivas
Presidenciales 01 de 2010 y 10 de 2013 respectivamente.
4.1.2. ¿Quién coordina el proceso de consulta previa?
La coordinación de los procesos de consulta previa se encuentra establecido en la Directiva
Presidencial No. 01 de 2010, mediante la cual se señala que:
“Hasta tanto se determine la competencia de los entes territoriales respecto a la garantía del
derecho a la Consulta Previa, será el Ministerio del Interior y de Justicia el único organismo
competente para coordinar la realización de los procesos de Consulta Previa, conforme a lo
establecido en su Resolución No. 3598 de diciembre de 2008” y “Las actividades que se planifiquen
desde el Gobierno Nacional, centralizado o descentralizado, que requieran la garantía del derecho
a la Consulta Previa en los términos establecidos en la presente Directiva, deberán surtir proceso
de Consulta Previa de acuerdo con las indicaciones del Ministerio del Interior y de Justicia”.
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4.1.3. ¿Por qué realizo la consulta previa en la fase de
aprestamiento?
Con respecto al tema, la Directiva Presidencial No. 01 de 2010 establece que “La consulta procede
antes de la ejecución o puesta en marcha de cualquier proyecto que pueda afectar a los Grupos
Étnicos Nacionales, o los derechos de los que son titulares de acuerdo con la Declaración Universal
de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o los instrumentos internacionales sobre la
prevención de la discriminación”.
Asimismo, el Decreto 2893 de 2011 expedido por el Departamento Administrativo de la Función
Pública, el Ministerio del Interior tendrá entre otras funciones la de “Formular y hacer seguimiento
a la política de los grupos étnicos para la materialización de sus derechos, con un enfoque integral,
diferencial y social en coordinación con las demás entidades competentes del Estado”.
En relación con lo anterior, a través de la Directiva Presidencial No. 10 de 2013, se expide la “Guía
para la realización de Consulta Previa con Comunidades Étnicas” cuyo responsable de su aplicación
es el Ministerio del Interior, quien la utilizará como “herramienta de coordinación
interinstitucional, para el logro de la eficiencia administrativa y las prácticas de buen gobierno, en
los procesos de consulta previa a las comunidades étnicas para desarrollo de proyectos, como
obras o actividades”.
Luego de finalizado el proceso de consulta previa y conocidas las particularidades de las
comunidades étnicas presentes en la microcuenca, la Autoridad Ambiental con jurisdicción en la
microcuenca, procederá a analizar la información obtenida de este proceso, considerando
aspectos relevantes para el desarrollo del PMAM tales como la localización, tenencia de la tierra,
actividades que desarrollan, número de personas y familias que las conforman, entre otros
aspectos (Tabla 3).
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Tabla 3. Identificación y caracterización de comunidades étnicas.
Actor
(Nombre
)
Tipología
del actor
(comunidad
es indígenas,
Negras,
Afrocolombi
anas,
Raizales y
Palenqueras)
Forma de organización
de la comunidad y
estructura jerárquica
interna tradicional:
Resguardos legalmente
constituidos o
Comunidades o
parcialidades indígenas
por fuera de Resguardo,
Consejos Comunitarios
de Comunidades
Negras, adjudicación de
títulos colectivos e
inscripción en el
registro único de
Consejos Comunitarios.
Localización
(municipio,
terriotrio,
coordenadas)
Población
(No. de
personas
o
familias)
Forma de
Intervención
en la
microcuenca
(actividades,
proyectos,
programas)
Credibilidad ante la
comunidad en
general/poder de
convocatoria y
liderazgo
Conflictos con
otros
actores/áreas
de conflicto
Posible
rol a
desempe
ñar en
cada fase
del
PMAM
Fuente: IDEAM, 2014
5. ¿CÓMO PROMUEVO LA PARTICIPACIÓN EN CADA FASE DEL
PMAM?
Con fundamento en lo promulgado por la Constitución Política de Colombia, en relación con los
mecanismos de participación, es responsabilidad de la Autoridad Ambiental garantizar que la
formulación y ejecución de los proyectos que realice en pro de la toma de decisiones para
planificar el aprovechamiento y preservación de los recursos naturales cuenten con la
participación de representantes de diferentes sectores del orden nacional, regional y local que se
prevean se verán impactados por el proceso de gestión y planificación a desarrollar en la
microcuenca objeto del PMA.
De este modo, el Decreto 1640 de 2012 establece como instancia de participación para la
planificación y manejo de las microcuencas las Mesas de Trabajo, quienes harán las veces de
grupos de apoyo para el desarrollo de las diferentes fases del PMAM, las cuales estarán
conformadas por representantes de los diferentes actores o sectores asentados en la
microcuenca.
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5.1. ¿Puedo elaborar una estrategia que incentive la
participación?
Es importante que la Autoridad Ambiental diseñe en la fase de aprestamiento una estrategia de
participación que promueva e incentive a la creación y fortalecimiento de las Mesas de Trabajo,
con una intervención activa, sostenible en el tiempo y representativa de todos los actores
involucrados en el proceso de elaboración del PMAM y que se verán impactados positiva o
negativamente con la aprobación y ejecución del Plan, a fin de lograr la articulación de este con
otros instrumentos de gestión ambiental, social y económica del territorio.
Tabla 4. Aspectos para construir una estrategia de participación.
La estrategia de participación debe ser construida por la Autoridad Ambiental a partir del
cocimiento previo de los siguientes aspectos
El número y características de los actores Figura 1. Estrategia de participación.
Fuente: Ilustración de Michael Fredrich en la portada de Learnig Together to Manage Together- Improving Participation In Water Management (HarmoniCOP, 2005).
La representatividad que van a tener los
actores en las Mesas de Trabajo que se
conformen
Relaciones entre los actores
Las particularidades ambientales,
políticas, sociales, culturales y
económicas que conforma la
microcuenca
Caracterización de los medios de
comunicación locales.
Las lecciones aprendidas de otros
procesos de planificación y gestión socio-
ambiental en que se ha requerido la
participación de los diferentes actores
Fuente: IDEAM, 2014
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5.1.1. ¿Cómo oriento las acciones a fin de garantizar una
participación libre y democrática?
La estrategia de participación que diseñe el Equipo de Trabajo y/o la Mesa Técnica de
Concertación debe involucrar los siguientes principios (Figura 2):
Equidad: Garantizar la representatividad de todos los actores.
Pertinencia: Los acuerdos a los que se lleguen en el marco del PMAM beneficiarán a la
mayoría de la población, teniendo en cuenta la relación costo- beneficio.
Calidad: Que las acciones que se realicen garanticen el cumplimiento de los objetivos que se
planteen.
Responsabilidad: Los actores se comprometen a cumplir con los compromisos acordados en
las Mesas de Trabajo.
Respeto: Reconocer la diversidad de pensamiento, de credo y cultura entre los actores. Del
mismo modo se refiere al respeto a los roles que se desempeñen en las Mesas de Trabajo.
Sostenibilidad: Que se garantice la continuidad en la representatividad de los actores.
Figura 2. Principios para una participación activa y permanente
Fuente: IDEAM, 2014
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5.1.2. ¿Qué necesito para convocar a los actores?
Esta parte corresponde a la definición de las necesidades y acciones logísticas y administrativas
específicas para el desarrollo de las fases del PMAM.
Entre las acciones logísticas que debe llevar a cabo la Autoridad Ambiental se encuentran las
siguientes:
Definir una estrategia de comunicación y divulgación para informar a todos los actores sobre
el inicio, avances, acuerdos, estado, aprobación o finalización del proceso de elaboración del
PMAM. La estrategia debe contemplar la multiculturalidad y diversidad de lenguas de los
actores de la microcuenca.
Definir el(os) equipamiento(s) donde se van a desarrollar las reuniones para la elaboración del
PMAM, los cuales deben ser elegidos teniendo cuenta las condiciones de accesibilidad y
seguridad.
Una vez establecida la estrategia de comunicación, invitar mediante convocatoria pública y/o
personal a los actores de acuerdo a la fase en que se encuentre el PMAM y conforme con el
modo en que se pueda dar la participación. La divulgación debe realizarse a través de todos o
la mayoría de los medios de comunicación, sean estos principalmente locales y regionales
tales como: La radio, la televisión, los periódicos, las carteleras (de alcaldías, juntas
administradoras locales, sedes de las Autoridades Ambientales, equipamientos públicos) y el
perifoneo, entre otros.
Durante el desarrollo de las reuniones es apropiado hacer uso de elementos o herramientas
que apoyen la consecución del proceso y entendimiento de los temas como videobeam,
tablero, mapas (incluso sociales), carteleras, videos, traductores (en los casos de comunidades
étnicas con otras lenguas).
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5.2. ¿Las Mesas de Trabajo son el mecanismo que garantiza la
representatividad de los actores en el PMAM?
Como se indicó anteriormente, las instancias de participación y vinculación de los diferentes
actores al proceso de elaboración del PMAM, en cada una de sus fases son las Mesas de Trabajo.
Dado que el objetivo de las mesas de trabajo es apoyar consultivamente a las Autoridades
Ambientales en la elaboración del PMAM, a través de la conformación de grupos que garanticen la
participación y la representatividad de los actores de la microcuenca que fueron definidos en la
étapa de identificación y caracterización de los actores, con el propósito de que aporten al proceso
de formulación su conocimiento, opiniones, sugerencias y recomendaciones, ya que son ellos
quienes se beneficiarán de los programas o proyectos que se formulen en el marco del Plan.
Esta instancia de participación es formalizada por la Autoridad Ambiental, quien a su vez, a través
del Equipo Técnico y/o la Mesa Técnica de Concertación según sea el caso, en la fase de
aprestamiento definirá las funciones o protocolos para el funcionamiento de las Mesas de Trabajo
que se conformen y el alcance de su intervención dentro del proceso de elaboración del PMAM
dadas sus característica de participación consultivas para la definición de las acciones y actividades
de preservación restauración y usos sostenible de los recursos naturales que se van a desarrollar
en la microcuenca, de acuerdo con las necesidades de información sobre la unidad de análisis, los
conflictos identificados a través de los actores caracterizados y el reconocimiento de las
particularidades de la misma
Para la formalización de las Mesas de Trabajo, la Autoridad Ambiental competente ya sea
mediante acta de reunión o cualquier otro documento con reconocimiento legal y/o
administrativo dentro de su competencia, garantizará la legitimidad de esta instancia de
participación en el proceso de elaboración del PMA para la microcuenca.
Estas Mesas de Trabajo, se conformarán teniendo en cuenta el principio de equidad en la
representatividad de los actores y el deber ser de la democracia, en términos de que el Equipo
Técnico y/o La Mesa Técnica de Concertación estudie, analice y considere sus diferentes opiniones
y posiciones frente a las decisiones que se profieran en el marco del PMAM.
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De tal manera, se recomienda que la selección de los miembros de cada Mesa de Trabajo se
realice mediante voto público por parte de los interesados, es decir que los diferentes actores
presentes en la reunión que lleve a cabo la Autoridad Ambiental en la fase de aprestamiento con
el fin de conformar las instancias de participación, elijan mediante voto público a quien quieren
que los represente frente al Equipo Técnico y/o la Mesa Técnica de Concertación responsable de la
elaboración del PMAM. La postulación y elección de los actores que harán parte de las mesas de
trabajo, debe estar dirigida hacia personas con liderazgo ante la comunidad o sectores y que
posean un conocimiento histórico, técnico, actual o ancestral de las dinámicas sociales,
económicas, culturales y ambientales, inherentes a la microcuenca.
El número de miembros de las Mesas de trabajo estará condicionado la cantidad de actores
identificados y a los principios definidos en la estrategia de participación.
Por lo tanto, para lograr una efectiva formulación y ejecución del PMAM, es necesaria la
participación de los actores (representantes) estratégicos identificados durante todas las fases de
elaboración del instrumento de planificación y manejo para la microcuenca, a través de las Mesas
de Trabajo, con el fin de generar sentido de pertenencia en torno a este proceso y un
reconocimiento de la realidad del territorio desde lo local.
5.2.1. ¿Qué ocurre con la participación en las demás fases del
PMAM?
Conforme con el objeto de cada fase del PMAM, la participación pese a que será consultiva a lo
largo de todo el proceso de planificación y manejo de la microcuenca, puede variar de acuerdo
con el propósito para el cual se realice la convocatoria o se haga el llamado a participar acorde con
el esquema que se presenta en la Figura 3.
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Figura 3. La participación en las Fases del PMAM
Fuente: IDEAM, 2014
Aprestamiento
• La Autoridad Ambiental informa a los participantes el
objeto de formular un PMAM.
• Se realizan consultas para caracterizar a los
actores y recopilar información de ellos y sobre la microcuenca,
en relación con el estado, uso y
aprovechamiento de los recursos naturales
y los servicios ecosistémicos.
• Se conforman las Mesas de Trabajo como instancia de
participación para la elaboración del PMAM
.
• Los representantes de las Mesas de trabajo participarán en las reuniones a las que
convoque la Autoridad Ambiental con el fin de
proporcionar información que pueda
ser tenida en cuanta en el diagnóstico.
Diagnóstico
• Las mesas de trabajo aportan al equipo
Técnico y/o a la Mesa Técnica de
Concertación conocimiento sobre la
microcuenca en relación con el estado,
uso y aprovechamiento de los recursos naturales
y los servicios ecosistémicos, la cual es tenida en cuenta
para la elaboración de la línea base, análsis situacional y síntesis
ambiental
Formulación
• La Autoridad Ambiental socializará y
consultará con las Mesas de Trabajo los programas, proyectos y actividaes que se van
a difinir dentro del PMAM y recibirá los
cometarios y sugerencias de esta
instancia de participación.
No obstante, es la Autotidad Ambiental
quien define la pertienencia de estos
aportes y la incorporación o no en
el PMAM
Ejecución
• Luego de formulado y aprobado el PMAM
por parte de la Autoridad Ambiental
competente, la participación ya no se realiza a través de las mesas de trabajo; de
esta manera, la instancia de
participación está enfocada hacia el
ejercicio de un control social coherente con
el uso de los mecanismos de
participación ciudadana establecidos
en la Constitución Política de 1991.
Seguimiento y Evaluación
• La participación al igual que la fase de
ejecución se realiza a través del ejercicio de
un control social coherente con el uso de los mecanismos de
participación ciudadana establecidos
en la Constitución Política de 1991.
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5.2.1.1. ¿Cómo participan las comunidades étnicas en las
demás fases del PMAM?
Una vez identificada y certificada por el Ministerio del Interior la presencia de comunidades
étnicas en el área de la microcuenca objeto de Plan de Manejo Ambiental1 y surtido el proceso de
consulta previa, antes de la formulación, adopción y ejecución del PMAM, la Autoridad Ambiental
procede con el diseño de la estrategia de participación de las comunidades Étnicas para cada fase
del Plan.
En este sentido, en la elaboración de los Planes de Manejo Ambiental de Microcuencas, que
involucren comunidades étnicas, las Autoridades Ambientales deben crear escenarios de diálogos
interculturales ya sea mediante la participación en las Mesas de Trabajo que se conformen o en
reuniones concertadas con dichas comunidades, a fin de construir de manera conjunta, los
proyectos y actividades que se propondrán y formularán para ser ejecutados en el territorio de la
microcuenca, buscando el mayor beneficio para la población asentada en ese territorio.
La estrategia para la participación de las comunidades étnicas en la formulación del PMAM es
específica y diferenciada para cada comunidad teniendo en cuenta factores como el lenguaje, las
cosmovisiones, los conocimientos ancestrales y las tradiciones; de esta forma, deben ser
abordadas de manera independiente respetando las diferencias étnicas y culturales y estar en
total cumplimiento de las directrices establecidas en la Constitución Política y las normas
nacionales en la materia.
1 El tema sobre la identificación y caracterización de comunidades Étnicas, se abordó previamente en el numeral que trata sobre identificación y caracterización de actores.
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6. EL PLAN DE TRABAJO APOYA MI GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN
PARA LA FORMULACIÓN DEL PMAM
El propósito del Plan de Trabajo es planificar el desarrollo de cada fase del PMAM, donde la
Autoridad Ambiental enumera los objetivos a cumplir teniendo en cuenta los requerimientos
humanos, físicos y financieros a fin de establecer las evidencias o indicadores de gestión, así como
el cronograma y productos esperados en cada fase posterior al aprestamiento. En la tabla 6, se
presenta un ejemplo de lo que puede contener el plan de trabajo.
Tabla 5. Plan de Trabajo para la formulación del PMAM
FASES OBJETIVOS ACTIVIDADES
GENERALES
Recursos
EVIDENCIAS
RESULTADOS –
METAS
(entregables
y/o productos)
RESPONSABLE
TIEMPO
DE
EJECUCIÓN
Y FECHA
DE
ENTREGA Hu
man
os
Físi
cos
Fin
anci
ero
s
Diagnóstico
Formulación
Ejecución
Seguimiento
y Evaluación
Fuente: IDEAM, 2014
BIBLIOGRAFIA HarmoniCOP. (2005). LEARNING TOGETHER TO MANAGE TOGETHER - Improving partipation in water management. En H. C. Planning. Alemania.