temario general unidad 2 ucv las fuentes

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Las Fuentes del Derecho Internacional Publico

Prof. María Teresa Belandria

Como se definen las fuentes

Las fuentes son procedimientos o medios por los cuales se crea, modifica o extingue el derecho internacional.

En toda la doctrina se señala la existencia de los dos (2) fuentes fundamentales del derecho internacional:1. Las fuentes materiales2. Las fuentes formales

Fundamento Jurídico

Artículo 38 “1. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho

internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar:

a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes;

b. la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho;

c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas;

d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59.”

2. La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para decidir un litigio ex aequo et bono, si las partes así lo convinieren”.

 

Fuentes del DIP-articulo 38 CV

1. Los Tratados

3. Los Principios Generales del

Derecho

4. Las decisiones judiciales

La doctrina

2. La Costumbre

Los Tratados-Definición

La Convención de Viena de 1969, en su artículo 2 señala:

“Se entiende por tratado, un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados, regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o en más instrumentos conexos y cualquiera sea su denominación particular.”

Características esenciales de Los Tratados

Entre Estados

Que conste en uno o

varios instrumentos

Por escrito

Conforme al DIP

Clasificación de los Tratados

De orden material

• Tratados Contrato

• Tratados Normativos

Formal• Bilaterales• Multilaterales

Estatuto de la Corte

• Generales • Particulares

Elementos de los Tratados

Capacidad= Solo los Estados pueden celebrarlos.

Consentimiento= que sea expreso y manifestado por el Jefe de Estado o sus plenipotenciarios autorizados.

Objeto= Lícito, no violatorio del derecho internacional público.

Posible= Que no verse sobre algo inexistente.

Causa= Aquello que justifica la obligación que asumirán los estados.

Procedimiento de Conclusión

Negoc

iación

Adop

ción

Aute

ntic

ació

n

Entrad

a en

vigo

r

Ratif

icac

ión

Publ

icac

ión

Principio Esencial de Seguridad Jurídica

PACTA SUNT SERVANDA; todo tratado entra en vigor, vincula a las partes y debe ser ejecutado de buena fe. (Articulo 26). Mientras un tratado permanezca vigente debe ser ejecutado en su totalidad por las partes. Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados. Viena, 23 de mayo de 1969.

Pacta sunt servanda

Las Reservas

La Convención de Viena define la Reserva como un acto, una declaración unilateral, sea cual sea su nombre, hecha por un Estado cuando firma, ratifica, acepta o aprueba un Tratado o se adhiere, por la cual busca descartar o modificar el efecto jurídico de ciertas disposiciones del Tratado en su aplicación a ese Estado.

Modificación y Extensión de los Tratados

Enmienda

Revisión

Modificación

Nulidad

Terminación y suspensión

Regla general

Por denuncia

Imposibilidad de su

cumplimiento

Cambio fundamental

de circunstancias

Suspensión parcial o

total Por su

violación

La Costumbre

La Costumbre

ConceptoEs una práctica común que resulta de una serie

de precedentes, repetición de actos concluyentes.

Se presenta como una práctica obligatoria, una práctica que debe ser aceptada como constitutiva de derechos por corresponder a una necesidad jurídica y que además evoluciona.

Fundamentos Es producto del asentimiento de los Estados.Es la expresión de una regla objetiva exterior y

superior a las voluntades estatales.

Como se manifiesta la costumbre

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La Asociación de Derecho Internacional considera que “las actuaciones verbales de los Estados y no sólo las materiales cuentan como práctica de los Estados”.

Como se forma?

Creencia de que la práctica se exige, se prohíbe o se permite según la índole de la norma como derecho (opinio juris sive necessitatis).

La práctica de los poderes públicos en sus 3 ramas clásicas puede contribuir a la formación del Derecho Internacional Consuetudinario e igualmente las actuaciones de estos pueden suscitar responsabilidad internacional y tomar posiciones que afecten sus relaciones internacionales.

Las actuaciones NO contribuyen en la formación del Derecho Internacional Consuetudinario si no se divulgan.

La práctica ha de ser pública o transmitirse de algún modo.

Fundamentos de la Costumbre

Producto del asentimiento de los Estados.Es la expresión de una regla objetiva exterior y superior a las

voluntades estatales

Como se verifica la Costumbre?

Prácticamente Uniforme: Es necesario que distintos Estados no se hayan comportado de una manera sustancialmente

distinta, unos haciendo una cosa y otros otra.

Extensa y Representativa: No necesita ser universal, basta con que la práctica sea general. Tampoco se exige un número, es un criterio mas

cualitativo que cuantitativo, no cuantos Estados, sino que Estados.

Tiempo necesario: No existe un requisito especifico de tiempo, cuenta entonces acumular una práctica de suficiente densidad

en términos de unidad, extensión y representatividad

Elementos que influyen en la Costumbre

La Asociación de Derecho Internacional, declara que un Tratado Multilateral puede ejercer una influencia recíproca sobre la Costumbre ya que puede:◦Proporcionar prueba sobre la costumbre

existente.◦Servir de inspiración o modelo para que la

práctica del Estado adopte una nueva Costumbre.

◦Contribuir a la cristalización de una costumbre emergente.

◦Hacer surgir una nueva costumbre por su propio impulso.

Los Principios Generales del Derecho

Se designa a ciertos principios que son comunes a los sistemas jurídicos de los diferentes Estados y que recuerdan el jus gentium romano se considera que:

A) Los principios generales del Derecho son parte del orden jurídico positivo y constituyen una categoría propia y

B) Los principios generales del Derecho son una fuente autónoma del Derecho Internacional.

Doctrina y Jurisprudencia

La Doctrina y Jurisprudencia

• Las decisiones de las Cortes Internacionales como interpretación de las normas derivadas de los Tratados o de la resolución de los conflictos entre estados.

Actos de los Organismos Multilaterales

• Las resoluciones, decisiones, acuerdos, exhortos.

La Equidad

• Se designa de un modo general la aplicación de los principios de la justicia a un caso determinado, ya sea porque se oponga a la justicia abstracta al derecho estricto o a la justicia natural a la legal. Sin embargo, no es unánime la doctrina en el concepto de que se entiende por Equidad.

• La Equidad se confunde a menudo con los Principios Generales del Derecho, además coexiste con la cláusula ex aquo et bono y con la cláusula de juzgar conforme a la Equidad.

Elementos de las fuentes subsidiarias

Las decisiones de los Tribunales Internacionales son fuente subsidiaria del Derecho Internacional, pero un fallo de un Tribunal que reconozca la existencia de una norma de Derecho Internacional Consuetudinario, constituye prueba fehaciente de éste. Pues los Estados alegan ante los Tribunales lo que en la practica es una norma de práctica estatal.

Las resoluciones de las Organizaciones internacionales con personalidad jurídica internacional pueden contribuir a la formación del Derecho Internacional Consuetudinario. Ejemplo: El Boletín del Secretario General de la ONU sobre la Observancia del Derecho Internacional Humanitario por las fuerzas de la ONU.

La Negociación y Adopción de Resoluciones por Organizaciones o Conferencias Internacionales, los votos emitidos por los Estados también contribuyen a la formación del Derecho Internacional Consuetudinario ya que pueden considerarse práctica estatal y se incluyen cuando son pertinentes.

Las Fuentes y el Derecho Interno

Sis

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Tratados Internacionales Derechos HumanosConstitución Nacional

Leyes Orgánicas

Leyes Ordinarias

Decretos-Reglamentos-Resoluciones

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