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Segundo Seminario Nacional “Aspectos Técnicos sobre Eficiencia Energética para Buques” 22 al 24 de agosto de 2018

Cartagena, Colombia

PREVENCIÓN DE LA

CONTAMINACIÓN

Aspectos Generales

JORGE DE LA FUENTE MANRÍQUEZTENIENTE 1° LTARMADA DE CHILE - DIRECTEMARINGENIERO NAVALjdelafuente@directemar.cl / jdelafuentem077@gmail.com+56 9 95435388

MARPOL

AGENDA

Segundo Seminario Nacional “Aspectos Técnicos sobre Eficiencia Energética para Buques” 22 al 24 de agosto de 2018

Cartagena, Colombia

GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

Segundo Seminario Nacional “Aspectos Técnicos sobre Eficiencia Energética para Buques” 22 al 24 de agosto de 2018

Cartagena, ColombiaGENERALIDADES

• OILPOL 1954 (en vigor 1958)

• Se preocupa principalmente de

la contaminación operacional.

IIa Guerra Mundial

• 1967, Torrey Canyon (Canal Ingles /120.000 ton)

• 1969, se decide adoptar un convenio nuevo.

• Subcomite Marine Poluttion se convierte en el MEPC.

• 1973, Conferencia Inter. Sobre contaminación del

mar.

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Cartagena, ColombiaGENERALIDADES

Estructura del Convenio:

• Convenio 1973

• Protocolo 1978

• Protocolo I: Disposiciones para formular los

informes sobre sucesos relacionados con

sustancias perjudiciales.

• Protocolo II: Arbitraje

• Protocolo 1997

• Anexos I al VI

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Cartagena, Colombia

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por

SUSTANCIAS NOCIVAS LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO III - Prevención de la Contaminación producida por

SUSTANCIAS PERJUDICIALES TRANSPORTADAS EN BULTOS.

ANEXO IV - Prevención de la Contaminación producida por AGUAS

SUCIAS de los Buques.

ANEXO V - Prevención de la Contaminación producida por las

BASURAS de los Buques.

ANEXO VI - Prevención de la Contaminación ATMOSFÉRICA ocasionada por los Buques.

GENERALIDADES

Entrada en vigor internacional:

ANEXO FECHA

ANEXO I : 02.OCT.1983

ANEXO II : 06.ABR.1987

ANEXO III : 01.JUL.1992

ANEXO IV : 01.AGO.2005

ANEXO V : 31.DIC.1988

ANEXO VI : 19.MAY.2005

GENERALIDADESSegundo Seminario Nacional “Aspectos Técnicos sobre Eficiencia Energética para Buques”

22 al 24 de agosto de 2018Cartagena, Colombia

GENERALIDADES

• Art. 1° del Convenio, las Partes se comprometen a cumplir

las disposiciones contenidas.

• Art. 6°, cooperación, inspección otra Parte, pruebas,

investigación.

• Art. 8°, obligación y casos en que se deben informar

sucesos relacionado Sustancias Nocivas.

• Art.11°, Comunicación de la Información

Reglamentación y normativa nacional

Modelos certificados

Instalaciones de recepción

Informe estadístico anual

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AGENDA

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GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

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ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO I

RECONOCIMIENTOS:

Regla 6

• Todos los petroleros AB ≥150

• Otros AB ≥ 400

• Las Administraciones dictarán medidas para naves no sujetas a reconocimiento.

• Tipos de reconocimientos: Inicial – Renovación – Intermedio – Anual – Adicional.

• Facultad Inspector

Retiro del certificado si nave significa un «riesgo inaceptable para el medio marino».

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ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO I

CERTIFICADO:

Regla 7

Certificado Internacional de Prevención de laContaminación por Hidrocarburo (IOPP)

• Todos los petroleros AB ≥ 150

• Otros AB ≥ 400

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ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO I

EQUIPO FILTRADOR DE HIDROCARBUROS:

Regla 14

• De AB 400 hasta menos de 10.000, sólo equipo filtrador.

• AB 10.000 ó mas, además medios de alarma.

• Naves menos 400 AB, instalaciones para retener a bordo mezclas e hidrocarburos.

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ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO I

LIBRO DE REGISTRO DE HIDROCARBUROS:

Regla 17 y 36:

• Parte I, Petroleros AB ≥ 150 // otros AB ≥ 400

• Parte II, Petroleros AB ≥ 150

• La Administración elaborará un formato para lospetroleros menores a AB 150.

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ANEXO I - Prevención de la Contaminación producida por HIDROCARBUROS.

ANEXO I

PLAN DE EMERGENCIA A BORDO EN CASO DE

CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBURO:

Regla 37.1:

Petroleros AB ≥ 150 // otros AB ≥ 400

• La Administración aprobará estos Planes, los que deben seguir las directrices elaboradas por la Administración.

MEPC. 54 (32) enmendada por MEPC. 86 (44)

• Los petroleros mayores a 5.000 ton (DW), tendrán rápidoacceso a programas de estabilidad con avería yresistencia estructural en tierra.

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GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

AGENDA

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Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

DEFINICIONES:

Regla 1:

Sustancia nociva líquida: toda sustancia indicada en la columnacorrespondiente a la categoría de contaminación de los Capítulos 17 o18 del Código Internacional de Quimiqueros (CIQ) o clasificadaprovisionalmente en las categorías X, Y o Z.

Buque tanque:

“Quimiquero”: buque construido o adaptado para el transporte agranel de cualquiera de los productos líquidos listados en el Capítulo17 del CIQ.

“Para el transporte de sustancias nocivas líquidas”: buqueconstruido o adaptado para el transporte a granel de SNL’s; el términocomprende a los “petroleros” cuando estén autorizados a transportarun cargamento total o parcial de SNL’s a granel.

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Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

DEFINICIONES:

Categoría X: sustancias que, si fueran descargadas en el mar tras operaciones de limpieza o

deslastrado de tanques, se consideran un riesgo grave para los recursos marinos o para la salud.

Categoría Y: sustancias que, si fueran descargadas en el mar tras operaciones de limpieza o

deslastrado de tanques, se consideran un riesgo para los recursos marinos o para la salud o

causarían un perjuicio a los alicientes recreativos u otros usos legítimos del mar.

Categoría Z: sustancias que, si fueran descargadas en el mar tras operaciones de limpieza o

deslastrado de tanques, supondrían un riesgo leve para los recursos marinos o para la salud.

Otras sustancias: sustancias indicadas como “OS” en la columna “Categoría de contaminación” del

Capítulo 18 del CIQ, estimándose que su descarga al mar tras operaciones de limpieza o

deslastrado de tanques no supone ningún riesgo para los recursos marinos, la salud, los

alicientes recreativos u otros usos legítimos del mar.

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Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

CÓDIGO PARA BUQUES QUIMIQUEROS:

• Código para la construcción y el equipo de buques que transportenproductos químicos peligrosos a granel (CGrQ o BCH Code):aplicable a buques existentes construidos antes del 01/JUL/86.

• Código internacional para la construcción y el equipo de

buques que transporten productos químicos peligrosos a

granel (CIQ o IBC Code): aplicable a buques nuevos

construidos el 01/JUL/86 o posteriormente.

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Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

CÓDIGO CIQ :

• Finalidad: sentar una norma internacional para la seguridad del transporte marítimo agranel de los productos químicos líquidos peligrosos y/o nocivos enumerados en elCapítulo 17, estableciendo normas constructivas y de equipamiento con miras a reducir almínimo los riesgos para el buque, su tripulación y el medio ambiente, conforme a lanaturaleza de los productos transportados.

• Criterio fundamental: asignar para cada “buque tanque quimiquero” el tipo de buquenecesario según el grado de peligrosidad de los productos que se transporten. Cadauno de esos productos puede tener varias características de peligrosidad, corrosividad yreactividad, además del riesgo que cada uno pueda entrañar para el medio ambiente encaso de emisión accidental.

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Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

CERTIFICACIÓN:

• A partir del 1º de enero de 2007, y como norma general, todo buque de navegaciónmarítima dedicado al transporte a granel de cualquiera de las sustancias listadas en elCapítulo 17 del Código CIQ “revisado”, deberá contar con un Certificado de Aptitud (COF)válido.

• En dicho documento se encontrará inserto el listado de productos, las condiciones detransporte (número de tanques, etc), las categorías de contaminación correspondientes(“X”, “Y” o “Z”) y el tipo de buque (1, 2 o 3) según se define en el Código.

Segundo Seminario Nacional “Aspectos Técnicos sobre Eficiencia Energética para Buques” 22 al 24 de agosto de 2018

Cartagena, ColombiaANEXO II

ANEXO II - Prevención de la Contaminación producida por SUSTANCIAS NOCIVAS

LÍQUIDAS TRANSPORTADAS A GRANEL.

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GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

AGENDA

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Cartagena, ColombiaANEXO III

ANEXO III - Prevención de la

Contaminación producida por

SUSTANCIAS PERJUDICIALES

TRANSPORTADAS EN

BULTOS.

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GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

AGENDA

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Cartagena, ColombiaANEXO IV

ANEXO IV - Prevención de la Contaminación producida por AGUAS SUCIAS de los Buques.

REGLA 2 – ÁMBITO DE APLICACIÓN

1 Las disposiciones del presente anexo se aplicarán a los siguientes

buques dedicados a viajes internacionales:

.1 los buques nuevos de arqueo bruto igual o superior a 400;

.2 los buques nuevos de arqueo bruto inferior a 400 que estén

autorizados a transportar más de 15 personas;

.3 los buques existentes de arqueo bruto igual o superior a 400,

cinco años después de la fecha de entrada en vigor del presente

anexo; y

.4 los buques existentes de arqueo bruto inferior a 400 que estén

autorizados a transportar más de 15 personas, cinco años

después de la fecha de entrada en vigor del presente anexo.

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Cartagena, ColombiaANEXO IV

ANEXO IV - Prevención de la Contaminación producida por AGUAS SUCIAS de los Buques.

EXPEDICIÓN Y REFRENDO DE CERTIFICADO:

Regla 5:

• Se otorgara a naves que efectúen viajesinternacionales.

• Este certificado contempla reconocimientos:Inicial – Renovación – Adicional.

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Cartagena, ColombiaANEXO IV

ANEXO IV - Prevención de la Contaminación producida por AGUAS SUCIAS de los Buques.

SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SUCIAS:

Regla 9:

• Una instalación de tratamiento de aguas suciasaprobada, o

• Un sistema para desmenuzar y desinfectar lasaguas sucias , o

• Un tanque de retención de capacidad suficientepara retener todas las aguas sucias, conindicadores de nivel.

Para los dos primeros casos, deben estaraprobados por la Administración.

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ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

AGENDA

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Cartagena, ColombiaANEXO V

ANEXO V - Prevención de la Contaminación producida por las BASURAS de los Buques.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Regla 2

A menos que se disponga expresamente

otra cosa, las disposiciones del presente

Anexo se aplicarán a todos los buques.

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Cartagena, ColombiaANEXO V

ANEXO V - Prevención de la Contaminación producida por las BASURAS de los Buques.

PLANES DE GESTIÓN DEBASURA:

Regla 9:

• Todo buque de arqueo bruto igualo superior a 400 y todo buque queesté autorizado a transportar 15personas o más tendrá un plan degestión de basuras que latripulación deberá cumplir.

• Procedimientos escritos pararecogida, almacenamiento,tratamiento y evacuación.

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GENERALIDADES

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

AGENDA

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Cartagena, ColombiaANEXO VI

ANEXO VI - Prevención de la

Contaminación ATMOSFÉRICA

ocasionada por los Buques.

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PREGUNTAS

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PREVENCIÓN DE LA

CONTAMINACIÓN

Aspectos Generales

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