acuerdo concejo municipal nº 014

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Munieipalídad Distrital de Olmos EN LA NUEVA ERA DEL PROGRESO

ACUERDO DE CONCETO MUNICIPAL 014-2015-MDO

Olmos, 06 de Febrero del 2015.

VISTO:

El Acta de sesión ordinaria de Concejo Municipal realizada el día 06.02.2015, en que se analizó y debatió el Informe N° 070-2015-MDO/OAJ elaborado por el Asesor Legal déla Municipalidad Distrital de Olmos referido al Contrato denominado "Acuerdo entre la Municipalidad Distrital de Olmos y los Usuarios del Proyecto de Irrigación de Olmos" de fecha 05 de setiembre del año

, 2012 y el Acuerdo de Concejo Municipal N° 068 - 2012- MDO de fecha 25 de .NERAL" F/setiembre del año 2012; y

CONSIDERANDO:

Que, nuestra Constitución Política en sus artículos 194° y 195°, en concordancia con lo establecido en el artículo I I de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad que tienen las municipalidades de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración, con sujeción al ordenamiento legal;

Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - establece en su " a r t 9°: Corresponde al Concejo Municipal: [...]23] Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.;

Que, tal como se desprende del Acta de Sesión Extraordinaria de fecha 06 de Febrero del año 2015, el Concejo Municipal analizó y debatió el Informe N° 070-2015-MDO/OAI elaborado por el Asesor Legal deh. Municipahdad Distrital de Olmos referido al Contrato denominado "Acuerdo entre la Municipahdad Distrital de Olmos y los Usuarios del Proyecto de Irrigación de Olmos" de fecha 05 de setiembre del año 2012 que recorta ilegalmente el m o n t o del pago del impuesto de Alcabala para las empresas suscribientes y el Acuenáo ( j ^ Concejo Municipal N° 068 - 2012- MDO de fecha 25 de setiembre del añt) 2 0 t 2 ^ e l mismo que aprueba glcüp'fav^^ préstamo que los usuarios adjudicados por la subasta pBiWkt Úé t ierras del ^^^^i¡2fk%.

Calle Santo 000)^00^886 Toif. ¡mM Aimns Web: Mnw.mum«teios.ge^.pe

I Municipalidad Distrital de Olmos ^ EN LA NUEVA ERA DEL PROGRESO

^ ACUERDO D E CONCEJO MUNICIPAL N^ 014-2015-MDO

1 luyecto Olmos efectúan a favor de la Municipalidad Distr ital de Olmos p o r la suma de S/ 2 411,310.00 supuestamente para obras y servicios públicos, evidenciándose su ilegalidad por contravenir al ordenamiento legal vigente;

Que, en la sesión del visto se trató lo concerniente al Acuerdo Municipal de fecha 05 de setiembre del 2012, suscrito con el ex alcalde de la Municipalidad Distrital de Olmos W i l l y Serrato Puse y los representantes de la empresas adjudicatarias de las 38 m i l hectáreas de tierras subastadas por el Proyecto de Irrigación Olmos, en el que ilegalmente se acordó que la MDO se obliga a, en un plazo de 07 días hábiles, contados a p a r t i r de la suscripción de ese acuerdo a realizar todos los actos y suscribir todos los documentos que resulten necesarios para dejar sin efecto todas las resoluciones de determinación notificadas a los usuarios con relación al pago del impuesto de alcabala, cuyo monto ascendía a S/ 14 517,882.38 (catorce milones quinientos diecisiete m i l ochocientos ochenta y dos nuevos soles con treinta y ocho céntimos] , acordando pagar la suma de S/ 2 690,099.07 (dos millones seiscientos noventa m i l con noventa y nueve nuevos soles con siete céntimos), causando un perjuicio económico a la Municipalidad Distrital de Olmos de S/11 827, 783.31 (once millones ochocientos veintisiete m i l setecientos ochenta y tres nuevos soles con treinta y un céntimos de nuevos soles) así como lo relacionado con el ilegal préstamo de S/2 4 1 1 , 031.00 (dos millones cuatrocientos once m i l treinta y u n nuevos soles] efectuados a dicha Municipalidad por las referidas empresas a solicitud del indicado ex alcalde, supuestamente para destinarlos a la ejecución de obras y de servicios a favor de la población olmana, préstamo que fue aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal N° 068 - 2012-MDO, de fecha 25 de setiembre del 2012.

Que, el artículo 10° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrat ivo General, establece que "Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, ¡os siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias".

Que, la nulidad debe ser declarada de manera expresa, al respecto , el Artículo 2012 de la Ley No 27444, señala que cualquiera de los casos enumerados en el Artículo 1 0 - puede declararse de oficio la nul idad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes siempre que agravien el interés público;

Que, el Artículo 2 9 - de la Ley 27972 dispone que la representación ^ ¡^op/fo/e/ defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio , se e j e r c i t ^ través del órgano de defensa judicial conforme a Ley, el cual está a c a r ^ ^HfH^ ^ procuradores públicpj^i^^i^nj ,cM^^gf 1 personal de apoyo que requiera;

rtmgo r Tel/; (074) 427008 Web: www.muniolmos.gob.pe

MunicipaUdad Distrital de Olmos EN LA NUEVA ERA DEL PROGRESO

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N^ 014-2015-MDO

Que, la segunda parte del Artículo 1 1 - de la Ley No 27584 "Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo" , disponer que "También tiene legitimidad para obrar activa la entidad pública facultada por ley para impugnar cualquier actuación administrativa que declare derechos subjetivos; previa expedición de resolución motivada en la que se identifique el agravio que aquella produce a la legalidad administrativa y al interés público, y siempre que haya iniciado el plazo para que la entidad que expidió el acto declare su nulidad de oficio en sede administrativa";

Que, estando a los considerandos expuestos precedentemente y en v i r t u d a las facultades conferidas en el artículo 9 - inciso 8} de la Ley N- 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria realizada el 06 de febrero del año 2015, adoptó por MAYORÍA el siguiente:

ACUERDO:

A R T Í C U L O PRIMERO: AUTORIZAR al Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de Olmos, Doctor HUGO FLORENTINO LAMADRID IBAÑEZ, para que actuando en defensa de los intereses y derechos de Nuestra Municipalidad inicie un Proceso Judicial de Nulidad del Acuerdo de Concejo Municipal N° 068-2012-MDO de fecha 25 de setiembre del 2012 y Nuhdad del denominado "Acuerdo entre la Municipalidad Distrital de Olmos y los Usuarios del Proyecto de Irrigación de Olmos" celebrado el 05 de setiembre del 2012 y ejercite otras acciones civiles que se deriven de la celebración de dichos actos presuntamente ilícitos.

A R T Í C U L O SEGUNDO: AUTORIZAR al referido Procurador Público Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de Nuestra Municipahdad inicie las acciones penales correspondientes en contra los funcionarios y/o servidores municipales que resulten involucrados en los presuntos hechos dolosos que son materia del presente acuerdo y contra los que se encuentren involucrados en la supuesta comisión de delitos contra la administración pública.

A R T Í C U L O T E R C E R O : P U B L Í Q U E S E en el modo de Ley

COMUNIQUESE, R E G Í S T R E S E Y C Ú M P L A S E .

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