adopción en el derecho comparado perfil de las agencias de adopción

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Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción. ETIMOLOGIA. Proviene de la palabra latina "Adoptio". - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción
Page 2: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

ETIMOLOGIAETIMOLOGIA

Proviene de la palabra latina "Adoptio". Proviene de la palabra latina "Adoptio".

Page 3: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

ConceptoConcepto

Según el Diccionario Según el Diccionario Jurídico Elemental, de Jurídico Elemental, de Guillermo Cabanellas de Guillermo Cabanellas de Torres, la Adopción es el Torres, la Adopción es el acto por el cual se recibe acto por el cual se recibe como hijo nuestro, con como hijo nuestro, con autoridad real o judicial, autoridad real o judicial, a quien lo es de otro por a quien lo es de otro por naturaleza. La adopción naturaleza. La adopción constituye un sistema de constituye un sistema de crear artificialmente la crear artificialmente la patria potestad.patria potestad.

Page 4: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Concepto en el Código de Concepto en el Código de FamiliaFamilia

Art. 290Art. 290

Es una Institución Es una Institución Jurídica de Integración Jurídica de Integración y Protección Familiar, y Protección Familiar, de orden Público y de de orden Público y de

Interes Social, Interes Social, constituida a favor del constituida a favor del hijo o hija que no lo es hijo o hija que no lo es

por consaguinidad.por consaguinidad.

2 Parrafo.2 Parrafo.

Page 5: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Clases de adopciónClases de adopción

Según el artículo 290D, la Según el artículo 290D, la adopción puede ser: adopción puede ser: conjunta o individual.conjunta o individual.

Es individual cuando se Es individual cuando se decreta por solicitud de un decreta por solicitud de un único adoptante .único adoptante .

es conjunta cuando se es conjunta cuando se decreta por solicitud de un decreta por solicitud de un matrimonio o unión de matrimonio o unión de hecho, el cual se da entre hecho, el cual se da entre personas legalmente personas legalmente capacitadas, durante cinco capacitadas, durante cinco (5) años consecutivos en (5) años consecutivos en condiciones de estabilidad condiciones de estabilidad y singularidad. Art. 53 Cod. y singularidad. Art. 53 Cod. FliaFlia

Page 6: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción
Page 7: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

RequisitosRequisitos

Requisitos de fondoRequisitos de fondo: se constituye en aquellos : se constituye en aquellos relacionados con la persona del adoptante y del relacionados con la persona del adoptante y del adoptivo y con el consentimiento que deben adoptivo y con el consentimiento que deben prestar y que se encuentran establecidos en el prestar y que se encuentran establecidos en el Código de la Familia y en la Ley Nº18 de 2 de Código de la Familia y en la Ley Nº18 de 2 de mayo de 2001. Como por ejemplo, el Artículo mayo de 2001. Como por ejemplo, el Artículo 296B establece que en caso de que uno o ambos 296B establece que en caso de que uno o ambos progenitores adolescentes no otorguen su progenitores adolescentes no otorguen su consentimiento para la adopción, el Juez o la consentimiento para la adopción, el Juez o la Jueza no la concederá aun cuando exista Jueza no la concederá aun cuando exista discrepancia con sus progenitores, tutor o discrepancia con sus progenitores, tutor o persona que sobre ellos ejerza la guarda y persona que sobre ellos ejerza la guarda y crianza.crianza.

Page 8: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Requisitos de formaRequisitos de forma: se refiere a las formalidades y : se refiere a las formalidades y solemnidades que exige la ley para lograr su solemnidades que exige la ley para lograr su perfeccionamiento, entre las cuales resulta perfeccionamiento, entre las cuales resulta importante hacer referencia al derecho de los niños, importante hacer referencia al derecho de los niños, niñas y adolescentes. Entre estos requisitos de forma niñas y adolescentes. Entre estos requisitos de forma podemos mencionar, el Artículo 293 que establece podemos mencionar, el Artículo 293 que establece que “los adoptantes han de poseer comprobadas que “los adoptantes han de poseer comprobadas condiciones afectivas, morales, de salud física y condiciones afectivas, morales, de salud física y psicológica, sociales y económicas que los hagan psicológica, sociales y económicas que los hagan idóneos para asumir responsablemente la función de idóneos para asumir responsablemente la función de padres y madres, con los derechos y obligaciones que padres y madres, con los derechos y obligaciones que ésta genera”. También podemos mencionar como ésta genera”. También podemos mencionar como requisito de forma, que para adoptar se requiere que requisito de forma, que para adoptar se requiere que el adoptante o la adoptante sea mayor de edad y el adoptante o la adoptante sea mayor de edad y tenga una diferencia de dieciocho (18) años de edad tenga una diferencia de dieciocho (18) años de edad respecto al adoptivo, entre otros.respecto al adoptivo, entre otros.

Page 9: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Documentos que deben Documentos que deben presentarse para el trámite de presentarse para el trámite de

adopciónadopción

Art. 297 AArt. 297 A

CODIGO DE FAMILIACODIGO DE FAMILIA

Page 10: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PROCEDIMIENTO DE PROCEDIMIENTO DE ADOPTABILIDADADOPTABILIDAD

(PRE-ADMINISTRATIVO)(PRE-ADMINISTRATIVO)El Código de Familia establece el El Código de Familia establece el

“Procedimiento de Adoptabilidad“Procedimiento de Adoptabilidad”, lo ”, lo que no consideramos todavía como que no consideramos todavía como el procedimiento administrativo en el procedimiento administrativo en

sí, sino como un preámbulo del sí, sino como un preámbulo del mismo, ya que la norma denomina al mismo, ya que la norma denomina al proceso posterior a la declaración del proceso posterior a la declaración del

juez como “proceso administrativo juez como “proceso administrativo de adopción”.de adopción”.

Page 11: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PASO No. 1: Conocimiento del PASO No. 1: Conocimiento del abandono del menor por parte de la abandono del menor por parte de la

autoridad:autoridad:

El artículo 301 del Código establece el El artículo 301 del Código establece el inicio del proceso de adoptabilidad, inicio del proceso de adoptabilidad, estableciéndose que el mismo se da estableciéndose que el mismo se da

cuando la autoridad competente, que cuando la autoridad competente, que es ente caso la Dirección Nacional de es ente caso la Dirección Nacional de

Adopción, adscrita al Ministerio de Adopción, adscrita al Ministerio de Desarrollo Social, tiene conocimiento Desarrollo Social, tiene conocimiento

del estado de abandono de un del estado de abandono de un menor.menor.

Page 12: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

En primer lugar, se debe en esta etapa En primer lugar, se debe en esta etapa determinar que el menor se encuentra determinar que el menor se encuentra enmarcado en las circunstancias enmarcado en las circunstancias establecidas en el numeral 1 del establecidas en el numeral 1 del artículo 297 del Código de la Familia, artículo 297 del Código de la Familia, es decir que mantenga los requisitos es decir que mantenga los requisitos para considerársele posible adoptado.para considerársele posible adoptado.

El artículo 297 establece la posibilidad El artículo 297 establece la posibilidad de la adopción sobre los menores de la adopción sobre los menores como de los mayores de edad.como de los mayores de edad.

Page 13: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

En el caso de los menores, que es el caso En el caso de los menores, que es el caso que nos ocupa, tenemos que los que nos ocupa, tenemos que los mismos deben cumplir ciertos mismos deben cumplir ciertos requisitos que los hacen posibles requisitos que los hacen posibles adoptados y tenemos que los mismos adoptados y tenemos que los mismos son 7, a saber:son 7, a saber:

Huérfanos de padre y madre.Huérfanos de padre y madre.

Hijos de padres desconocidos, Hijos de padres desconocidos, declarados judicialmente expósitos.declarados judicialmente expósitos.

Sobrevivientes de abandono que Sobrevivientes de abandono que cumplan con lo señalado en este cumplan con lo señalado en este Código.Código.

Menores de edad que tienen madre y Menores de edad que tienen madre y padres o sólo uno de ellos, siempre padres o sólo uno de ellos, siempre que medie el consentimiento de éste o que medie el consentimiento de éste o éstos.éstos.

Sobrevivientes del maltrato, abuso y Sobrevivientes del maltrato, abuso y otras situaciones ilícitas por parte de otras situaciones ilícitas por parte de ambos progenitores o de quienes ambos progenitores o de quienes ejerzan la patria potestad de éstos, si ejerzan la patria potestad de éstos, si el maltrato ha sido comprobado el maltrato ha sido comprobado judicialmente.judicialmente.

Menores de edad en riesgo social sin Menores de edad en riesgo social sin apoyo familiar. apoyo familiar.

Discapacitados sin apoyo familiar.Discapacitados sin apoyo familiar.

Page 14: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PASO No. 2. Investigación PASO No. 2. Investigación Detallada Psico- Social.Detallada Psico- Social.

El artículo 301 del Código de la Familia nos El artículo 301 del Código de la Familia nos señala también el paso a seguir después que la señala también el paso a seguir después que la autoridad administrativa tiene conocimiento de la autoridad administrativa tiene conocimiento de la existencia de un niño, niña o adolescente en existencia de un niño, niña o adolescente en estado de abandono.estado de abandono.

Literalmente la ley ordena que se realice Literalmente la ley ordena que se realice “una “una detallada investigación psico social acerca de la detallada investigación psico social acerca de la familia biológica del niño, niña o adolescente, familia biológica del niño, niña o adolescente, para brindarle apoyo y encontrar alternativas, para brindarle apoyo y encontrar alternativas, distintas a la adopción dentro del grupo familiar”.distintas a la adopción dentro del grupo familiar”.

En esta etapa el ejercicio de análisis por parte de En esta etapa el ejercicio de análisis por parte de los que componen la Dirección Nacional de los que componen la Dirección Nacional de Adopción es mucho más sesudo y profundo.Adopción es mucho más sesudo y profundo.

Page 15: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

El artículo 301 B complementa, además, lo El artículo 301 B complementa, además, lo que debe acompañar la investigación que se que debe acompañar la investigación que se debe realizar en esta etapa, ya que además debe realizar en esta etapa, ya que además del estudio psico social del niño y de su del estudio psico social del niño y de su familia biológica, que ya mencionamos en familia biológica, que ya mencionamos en párrafos anteriores, también debe párrafos anteriores, también debe adjuntarse el estudio madjuntarse el estudio médicoédico del niño o niña del niño o niña y de ser posible, de su familia de origen.y de ser posible, de su familia de origen.

Las etapas comprendidas en el presente Las etapas comprendidas en el presente período y las cuales hemos clasificado en período y las cuales hemos clasificado en tres pasos, no pueden tener una duración tres pasos, no pueden tener una duración mayor a tres (3) meses, los cuales se mayor a tres (3) meses, los cuales se computarán a partir del momento en que se computarán a partir del momento en que se dio la comunicación formal sobre el estado dio la comunicación formal sobre el estado en que se encontraba el menor.en que se encontraba el menor.

Page 16: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PASO No. 3: Remisión del PASO No. 3: Remisión del expediente al juez expediente al juez

competentecompetente.. Sobre este paso no hay mucho que teorizar, el artículo 301 C señala Sobre este paso no hay mucho que teorizar, el artículo 301 C señala

expresamente que “Una vez esté completa la investigación, la expresamente que “Una vez esté completa la investigación, la Dirección Nacional de Adopciones remitirá al Juez o a la Jueza Dirección Nacional de Adopciones remitirá al Juez o a la Jueza competente el expediente de la investigación con las solicitudes de competente el expediente de la investigación con las solicitudes de declaratoria de inhabilitación de los padres biológicos, así como la declaratoria de inhabilitación de los padres biológicos, así como la adoptabilidad del niño, niña o adolescente, acompañada de los adoptabilidad del niño, niña o adolescente, acompañada de los documentos que respaldan dichas solicitudes, a fin de que se documentos que respaldan dichas solicitudes, a fin de que se efectúen los trámites judiciales”.efectúen los trámites judiciales”.

Es importante resaltar que, aunque estamos ante el procedimiento Es importante resaltar que, aunque estamos ante el procedimiento administrativo, existe una parte donde se detiene el trámite administrativo, existe una parte donde se detiene el trámite administrativo, para dar lugar a un pronunciamiento judicial.administrativo, para dar lugar a un pronunciamiento judicial.

El hecho de que en esta etapa se haga un trámite judicial, no quiere El hecho de que en esta etapa se haga un trámite judicial, no quiere decir que ya se ha entrado al proceso judicial de adopción. No, a decir que ya se ha entrado al proceso judicial de adopción. No, a pesar de que se da este “veranillo judicial”, no significa que ya se va pesar de que se da este “veranillo judicial”, no significa que ya se va a resolver de fondo la adopción del menor. El expediente, con a resolver de fondo la adopción del menor. El expediente, con posterioridad regresará a la Dirección Nacional de Adopción, para lo posterioridad regresará a la Dirección Nacional de Adopción, para lo que se llamará, en sentido estricto, el proceso administrativo de que se llamará, en sentido estricto, el proceso administrativo de adopción.adopción.

Se remite el expediente a la esfera judicial solamente para que el Se remite el expediente a la esfera judicial solamente para que el juez se pronuncie con relación a la inhabilitación de los padres juez se pronuncie con relación a la inhabilitación de los padres biológicos y no para que se resuelva de fondo el proceso judicial de biológicos y no para que se resuelva de fondo el proceso judicial de adopción.adopción.

Page 17: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN EL LA INTERVENCIÓN JUDICIAL EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE PROCESO ADMINISTRATIVO DE

ADOPCIÓNADOPCIÓN El artículo 302 del Código de la Familia El artículo 302 del Código de la Familia

regula el papel del juez en esta etapa del regula el papel del juez en esta etapa del procedimiento. procedimiento.

En este momento al juez le corresponde En este momento al juez le corresponde pronunciarse con respecto a dos (2) pronunciarse con respecto a dos (2) aspectos importantes enunciados en la aspectos importantes enunciados en la norma citada, a saber:norma citada, a saber:

La inhabilitación de los padres biológicos.La inhabilitación de los padres biológicos. De la condición del niño, niña o De la condición del niño, niña o

adolescente como adoptable.adolescente como adoptable.

Page 18: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PROCESO SUMARIOPROCESO SUMARIO El artículo 302, en su segundo párrafo, El artículo 302, en su segundo párrafo,

da las indicaciones específicas para da las indicaciones específicas para llevar a cabo este proceso, estableciendo llevar a cabo este proceso, estableciendo con exactitud los términos en los cuales con exactitud los términos en los cuales debe darse.debe darse.

La Audiencia: En el artículo 792 del Código de la En el artículo 792 del Código de la

Familia se establece que en el proceso Familia se establece que en el proceso sumario se observarán las normas de sumario se observarán las normas de procedimiento establecidas en el artículo procedimiento establecidas en el artículo 782 de este mismo cuerpo de leyes.782 de este mismo cuerpo de leyes.

Page 19: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

En el artículo 782 se establecen los En el artículo 782 se establecen los lineamientos generales de la audiencia en los lineamientos generales de la audiencia en los procedimientos de familia .procedimientos de familia .

A la diligencia de audiencia deben comparecer A la diligencia de audiencia deben comparecer las partes, el Defensor del Menor y el las partes, el Defensor del Menor y el Ministerio Publico, éste último debe emitir Ministerio Publico, éste último debe emitir concepto.concepto.

El artículo 303 del Código de la Familia se El artículo 303 del Código de la Familia se establece que establece que “En las situaciones de “En las situaciones de abandono, si no mediase consentimiento de abandono, si no mediase consentimiento de los padres para la adopción, la condición de los padres para la adopción, la condición de menor abandonado se acreditará en menor abandonado se acreditará en procedimiento breve y sumario que declare la procedimiento breve y sumario que declare la pérdida de la patria potestad o la tutela, y en pérdida de la patria potestad o la tutela, y en el cual serán debidamente notificados los el cual serán debidamente notificados los interesados”.interesados”.

Page 20: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

La Sentencia:La Sentencia: El párrafo final del artículo 301 del Código de la El párrafo final del artículo 301 del Código de la

Familia establece bajo qué parámetros debe Familia establece bajo qué parámetros debe dictarse la sentencia relacionada con la dictarse la sentencia relacionada con la declaratoria de inhabilitación de los padres declaratoria de inhabilitación de los padres biológicos y la declaratoria de la condición de biológicos y la declaratoria de la condición de adoptable relativa al niño, niña o adolescente.adoptable relativa al niño, niña o adolescente.

Efectivamente, la sentencia deberá ser dictada Efectivamente, la sentencia deberá ser dictada dentro de los veinte (20) días hábiles dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes.siguientes.

La Sentencia da la tónica final de esta etapa y La Sentencia da la tónica final de esta etapa y se culmina con la remisión de copia autenticada se culmina con la remisión de copia autenticada de la misma a la Dirección Nacional de de la misma a la Dirección Nacional de Adopciones, a fin de que se inicie lo que en Adopciones, a fin de que se inicie lo que en estricta técnica legal se denomina “el proceso estricta técnica legal se denomina “el proceso administrativo de adopción”.administrativo de adopción”.

Page 21: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRATIVO DE

ADOPCIÓNADOPCIÓN En el artículo 303 A de nuestro En el artículo 303 A de nuestro

Código de Familia, se establece Código de Familia, se establece que una vez recibida dicha que una vez recibida dicha Resolución en la Dirección Resolución en la Dirección Nacional de Adopciones, se Nacional de Adopciones, se procede a iniciar la selección de procede a iniciar la selección de la o las personas que pueden ser la o las personas que pueden ser adoptantes.adoptantes.

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Paso No. 2: Selección de Paso No. 2: Selección de adoptantesadoptantes

Para poder ser seleccionado como adoptante o adoptantes, Para poder ser seleccionado como adoptante o adoptantes, se debe cumplir primero con la entrega de una serie de se debe cumplir primero con la entrega de una serie de documentos establecidos en el artículo 297 A de nuestro documentos establecidos en el artículo 297 A de nuestro Código de la Familia, los cuales deben ser debidamente Código de la Familia, los cuales deben ser debidamente revisados y aprobados por la Dirección Nacional de revisados y aprobados por la Dirección Nacional de Adopción.Adopción.

Cuando la Dirección Nacional de Adopciones revisa y Cuando la Dirección Nacional de Adopciones revisa y comprueba que se cumplió con toda la documentación comprueba que se cumplió con toda la documentación exigida, procede a expedir un Certificado de Idoneidad que exigida, procede a expedir un Certificado de Idoneidad que da la facultad para poder adoptar y el mismo se expide a da la facultad para poder adoptar y el mismo se expide a favor del adoptante o de la adoptante o de los adoptantes.favor del adoptante o de la adoptante o de los adoptantes.

Dicho certificado de idoneidad para adoptar otorga al o los Dicho certificado de idoneidad para adoptar otorga al o los adoptantes la oportunidad de que sean incorporados al adoptantes la oportunidad de que sean incorporados al Banco de Datos de Familias Adoptantes, en el cual se Banco de Datos de Familias Adoptantes, en el cual se almacena la información de las solicitudes que entran en el almacena la información de las solicitudes que entran en el orden cronológico que fueron aprobadas.orden cronológico que fueron aprobadas.

Page 23: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Paso No. 3: Asignación del Paso No. 3: Asignación del Niño o niñaNiño o niña

Para los efectos de la asignación del Para los efectos de la asignación del menor, la Dirección Nacional de menor, la Dirección Nacional de Adopción sigue el orden cronológico Adopción sigue el orden cronológico establecido en el banco de datos, establecido en el banco de datos, velando siempre por el interés velando siempre por el interés superior del menor de edadsuperior del menor de edad..

Page 24: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Paso No. 4: Remisión del Paso No. 4: Remisión del expediente al Juez que conoció expediente al Juez que conoció

a prevencióna prevención Tenemos entonces, que el último paso en el Tenemos entonces, que el último paso en el

proceso administrativo de adopción, se da proceso administrativo de adopción, se da cuando la Dirección Nacional de Adopciones cuando la Dirección Nacional de Adopciones procede a remitir al Juez de Niñez y procede a remitir al Juez de Niñez y Adolescencia que declaró la condición de Adolescencia que declaró la condición de adoptabilidad del menor de edad, el estudio adoptabilidad del menor de edad, el estudio previamente realizado y terminado (que previamente realizado y terminado (que detallamos en párrafos anteriores), al detallamos en párrafos anteriores), al mismo tiempo que remite el expediente del mismo tiempo que remite el expediente del o los adoptantes, para que así se de inicio o los adoptantes, para que así se de inicio al procedimiento judicial de adopción.al procedimiento judicial de adopción.

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Beneficios que encuentra un niño Beneficios que encuentra un niño (a) en una Institución a corto (a) en una Institución a corto

PlazoPlazo Un lugar donde puede estar protegido de los abusos o Un lugar donde puede estar protegido de los abusos o

circunstancias difíciles a las que se le haya sometido o circunstancias difíciles a las que se le haya sometido o expuesto.expuesto.

Se le incorpora al sistema educativo y se les provee de sus Se le incorpora al sistema educativo y se les provee de sus necesidades básicas (alimentación, vestido, salud, necesidades básicas (alimentación, vestido, salud, vivienda). vivienda).

Encuentran en el personal de dicha institución el apoyo Encuentran en el personal de dicha institución el apoyo necesario hasta tanto se le encuentre una alternativa necesario hasta tanto se le encuentre una alternativa familiar u Hogar Sustituto.familiar u Hogar Sustituto.

Se le incorpora a programas de recreación y actividades Se le incorpora a programas de recreación y actividades culturales.culturales.

Se le da un seguimiento a su desarrollo físico y académico Se le da un seguimiento a su desarrollo físico y académico otorgándosele oportunidades de estudios y superación.otorgándosele oportunidades de estudios y superación.

Page 27: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Desventajas y Limitaciones de un niño Desventajas y Limitaciones de un niño (a) que tiene que permanecer en una (a) que tiene que permanecer en una

Institución por un período prolongadoInstitución por un período prolongado Pérdida de los lazos familiares y de su identidad.Pérdida de los lazos familiares y de su identidad.

Inestabilidad y confusión ante un nuevo ambiente.Inestabilidad y confusión ante un nuevo ambiente.

Puede darse un menoscabo en el desarrollo físico, Puede darse un menoscabo en el desarrollo físico, intelectual y emocional.intelectual y emocional.

Se vuelven más vulnerables al abuso y a la Se vuelven más vulnerables al abuso y a la explotación. explotación.

      Puede darse un aislamiento y retraso en el Puede darse un aislamiento y retraso en el desarrollo de la personalidad del niño (a), desarrollo de la personalidad del niño (a), problemas de comunicación y carencia de problemas de comunicación y carencia de afectividad. afectividad.

Page 28: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

PERFIL DE LAS AGENCIASPERFIL DE LAS AGENCIAS ¿Qué requisitos se deben reunir para ser ¿Qué requisitos se deben reunir para ser

aprobados como posibles padres adoptivos?aprobados como posibles padres adoptivos?En la mayoría de las agencias de adopción, los En la mayoría de las agencias de adopción, los padres adoptivos deben pasar por un largo padres adoptivos deben pasar por un largo proceso para ser aprobados. Es posible que proceso para ser aprobados. Es posible que deban asistir a reuniones y entrevistas grupales. deban asistir a reuniones y entrevistas grupales. También les suelen solicitar una cantidad de También les suelen solicitar una cantidad de trámites y se acostumbra realizar una evaluación trámites y se acostumbra realizar una evaluación del hogar. Cada agencia prepara a las familias en del hogar. Cada agencia prepara a las familias en distinta forma, pero todas hacen lo posible por distinta forma, pero todas hacen lo posible por asegurarse que la familia está preparada para asegurarse que la familia está preparada para adoptar un bebé.adoptar un bebé.

Page 29: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

¿Qué participación tienen los padres biológicos ¿Qué participación tienen los padres biológicos en la elección de la familia adoptiva?en la elección de la familia adoptiva?Los padres biológicos pueden participar activamente Los padres biológicos pueden participar activamente en la elección de la familia adoptiva de su hijo, pero en la elección de la familia adoptiva de su hijo, pero también pueden elegir mantenerse completamente al también pueden elegir mantenerse completamente al margen. Cuando se seleccionan las posibles familias margen. Cuando se seleccionan las posibles familias adoptivas, por lo general, se les entrega  un perfil de adoptivas, por lo general, se les entrega  un perfil de cada familia a los padres biológicos. Dicho perfil cada familia a los padres biológicos. Dicho perfil incluye información acerca de la edad de los incluye información acerca de la edad de los integrantes de la posible familia adoptiva, descripción integrantes de la posible familia adoptiva, descripción de su físico y personalidad, datos de su matrimonio, de su físico y personalidad, datos de su matrimonio, religión, modo de vida, profesión, educación, sus religión, modo de vida, profesión, educación, sus sentimientos respecto de los padres biológicos y otros sentimientos respecto de los padres biológicos y otros datos. En algunos casos, los padres biológicos tienen datos. En algunos casos, los padres biológicos tienen la posibilidad de conocer a los posibles padres la posibilidad de conocer a los posibles padres adoptivos antes del nacimiento del niñoadoptivos antes del nacimiento del niño..

Page 30: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

¿Qué información se requiere ¿Qué información se requiere acerca del padre biológico?acerca del padre biológico?La mayoría de las agencias requieren La mayoría de las agencias requieren toda la información que se pueda toda la información que se pueda brindar acerca del padre biológico. brindar acerca del padre biológico. Cada estado tiene distintas leyes Cada estado tiene distintas leyes acerca de la información requerida acerca de la información requerida sobre el padre biológico . sobre el padre biológico .

Page 31: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

¿Cuánto tiempo hay después del ¿Cuánto tiempo hay después del nacimiento para asignar a un nacimiento para asignar a un niño a un hogar adoptivo?niño a un hogar adoptivo?También esto depende de la También esto depende de la legislación de cada estado. Por regla legislación de cada estado. Por regla general, se establece un período de general, se establece un período de espera de 6 meses y mas antes de espera de 6 meses y mas antes de ubicar al niño en un hogar. ubicar al niño en un hogar.

Page 32: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

¿Los padres biológicos pueden ¿Los padres biológicos pueden visitar a los padres adoptivos con visitar a los padres adoptivos con su hijo antes de firmar los su hijo antes de firmar los documentos de adopción?documentos de adopción?En general, los formularios de cesión En general, los formularios de cesión se firman después del alta del se firman después del alta del hospital y los padres biológicos suelen hospital y los padres biológicos suelen estar presentes en el momento de estar presentes en el momento de entregar al niño a la familia adoptiva. entregar al niño a la familia adoptiva.

Page 33: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Los futuros padres adoptivos tienen muchas Los futuros padres adoptivos tienen muchas opciones para la adopción. La manera en opciones para la adopción. La manera en que escojan adoptar a un niño dependerá en que escojan adoptar a un niño dependerá en lo que es importante para su familia, lo cual lo que es importante para su familia, lo cual incluye cómo se sienten con respeto al incluye cómo se sienten con respeto al contacto con los padres biológicos, lo contacto con los padres biológicos, lo flexible que ustedes son sobre las flexible que ustedes son sobre las características del niño que desean adoptar, características del niño que desean adoptar, los recursos que tienen disponibles para los los recursos que tienen disponibles para los presupuestos de la adopción y cuánto presupuestos de la adopción y cuánto tiempo están disponibles de esperar para tiempo están disponibles de esperar para adoptar a su niño.adoptar a su niño.

Page 34: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Esta hoja informativa proporciona Esta hoja informativa proporciona información básica sobre las información básica sobre las opciones para la adopción y se opciones para la adopción y se enfoca en la manera de pensar sobre enfoca en la manera de pensar sobre como sus opciones en la adopción como sus opciones en la adopción pueden llevar una a otra:pueden llevar una a otra:

Page 35: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Efectos Efectos Rompe vínculos con la familia Rompe vínculos con la familia

biológica o natural;biológica o natural; Crea vínculos de filiación, Crea vínculos de filiación,

similares a los producidos por similares a los producidos por naturaleza, con la familia naturaleza, con la familia adoptiva;adoptiva;

Crea vínculos jurídicos, Crea vínculos jurídicos, afectivos y de parentesco afectivos y de parentesco entre los adoptantes y entre los adoptantes y adoptados iguales a los adoptados iguales a los existentes entre los padres e existentes entre los padres e hijos biológicos;hijos biológicos;

La adopción no determina La adopción no determina ningún parentesco entre el ningún parentesco entre el adoptante y la familia del adoptante y la familia del adoptado, salvo con los adoptado, salvo con los descendientes de éste;descendientes de éste;

Atribuye al adoptante la Atribuye al adoptante la patria potestad o relación patria potestad o relación parental con respecto al parental con respecto al adoptado;adoptado;

El adoptado ostentará los El adoptado ostentará los apellidos de su adoptante;apellidos de su adoptante;

Page 36: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

Nulidad de la AdopciónNulidad de la Adopción

Según el Artículo 307 del Código de la Familia, Según el Artículo 307 del Código de la Familia, la nulidad de la adopción la nulidad de la adopción sólo sólo procede a procede a solicitud del adoptado o de la adoptada, de sus solicitud del adoptado o de la adoptada, de sus padres biológicos y del Ministerio Público, padres biológicos y del Ministerio Público, cuando haya sido decretada con grave violación cuando haya sido decretada con grave violación de leyes sustantivas o de procedimiento.de leyes sustantivas o de procedimiento.

La acción de nulidad prescribe a los dos (2) La acción de nulidad prescribe a los dos (2) años de su inscripción en el Registro Civil, en años de su inscripción en el Registro Civil, en cambio, la acción de nulidad por parte del cambio, la acción de nulidad por parte del adoptado no tiene término, por lo cual es adoptado no tiene término, por lo cual es imprescriptibleimprescriptible..

Page 37: Adopción en el Derecho Comparado Perfil de las Agencias de Adopción

LAS ADOPCIONES INTERNACIONALESLAS ADOPCIONES INTERNACIONALESSe trata de adopciones donde las Se trata de adopciones donde las

personas con residencia habitual en un personas con residencia habitual en un Estado desean adoptar un niño cuya Estado desean adoptar un niño cuya residencia habitual está en otro residencia habitual está en otro Estado. Estado.

“Es una medida excepcional que “Es una medida excepcional que procede cuando el adoptivo o la procede cuando el adoptivo o la adoptiva no puedan ser colocados en adoptiva no puedan ser colocados en un hogar de guarda, entregados o un hogar de guarda, entregados o atendidos de manera adecuada por atendidos de manera adecuada por adoptante o adoptantes dentro del adoptante o adoptantes dentro del territorio de la República de Panamá”.territorio de la República de Panamá”.Último recurso (art. 21 de la Convención de Último recurso (art. 21 de la Convención de los Derechos del Niño y, artículo 315 A del los Derechos del Niño y, artículo 315 A del Código de la Familia).Código de la Familia).

SSerá posible realizarla con los países erá posible realizarla con los países que hayan ratificado el Convenio de la que hayan ratificado el Convenio de la Haya, relativo a la Protección del Niño Haya, relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en materia de y la Cooperación en materia de Adopción Internacional o que haya Adopción Internacional o que haya celebrado convenios bilaterales o celebrado convenios bilaterales o multilaterales de protección al niño, multilaterales de protección al niño, niña o adolescentes en adopción.niña o adolescentes en adopción.

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Pueden adoptar matrimonios con edades Pueden adoptar matrimonios con edades entre 25 y 55 y con diferencia de 18 entre 25 y 55 y con diferencia de 18 años con el adoptado.años con el adoptado.

Excepcionalmente aceptan solteros (se Excepcionalmente aceptan solteros (se les asignan niños mayores de 6 años)les asignan niños mayores de 6 años)

No se aceptan parejas de hechoNo se aceptan parejas de hecho

Aceptan matrimonios con 1 solo hijo. Si Aceptan matrimonios con 1 solo hijo. Si tienen más de un hijo se le asignan tienen más de un hijo se le asignan niños mayores de 5 años o con niños mayores de 5 años o con dificultades.dificultades.

El tipo de adopción es plenaEl tipo de adopción es plena

Edad de los niñosEdad de los niños

Padres de 25 a 35 años le corresponde Padres de 25 a 35 años le corresponde niños de 0-3 añosniños de 0-3 años

Padres de 36 a 44 años le corresponde Padres de 36 a 44 años le corresponde niños de 3-4 añosniños de 3-4 años

Padres de 45 a 54 años le corresponde Padres de 45 a 54 años le corresponde niños mayores 4 añosniños mayores 4 años

Excepcionalmente solteros de 30 a 45 Excepcionalmente solteros de 30 a 45 niños mayores de 6 años o niños mayores de 6 años o discapacitados.discapacitados.

Organismo Competente: Ministerio de Organismo Competente: Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano ( PROMUDEHHumano ( PROMUDEH))

PerúPerú

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ColombiaColombia Pueden adoptar matrimonios con Pueden adoptar matrimonios con

edades entre 25 pero edades entre 25 pero menores de 55 y con menores de 55 y con diferencia de 15 años con el diferencia de 15 años con el adoptado.adoptado.

Se aceptan solteros Se aceptan solteros Se aceptan parejas de hecho Se aceptan parejas de hecho

con al menos 3 años de con al menos 3 años de convivenciaconvivencia

Se aceptan parejas con hijos Se aceptan parejas con hijos pero se da prioridad aquellas pero se da prioridad aquellas que no los tienenque no los tienen

El tipo de adopción es plenaEl tipo de adopción es plena Edad de los niñosEdad de los niños Padres de 25 a 35 años le Padres de 25 a 35 años le

corresponde niños de 0-3 añoscorresponde niños de 0-3 añosPadres de 36 a 44 años le Padres de 36 a 44 años le

corresponde niños de 3-6 añoscorresponde niños de 3-6 años Padres de 45 a 54 años le Padres de 45 a 54 años le

corresponde niños mayores 7 corresponde niños mayores 7 añosaños

Organismo Competente: Organismo Competente: Instituto Colombiano de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.Bienestar Familiar.

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Costa RicaCosta Rica

Pueden adoptar matrimonios con edades entre 25 y 60 años (5 años de convivencia) y con diferencia de 15 años con el adoptado

•La Ley permite la Adopción por personas solteras pero existen mas trabas

•No se aceptan parejas de hecho •Se aceptan matrimonios con hijos

•El tipo de adopción es plena

•Edad de los niños: Mayores de 4 años o grupos de hermanos

•Organismo Competente: PANI (Patronato Nacional de la Infancia Secretaria Técnica de Adopción.)

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BrasilBrasil Pueden adoptar Pueden adoptar

personas con edades personas con edades entre 25 y 60 años entre 25 y 60 años con diferencia de 16 con diferencia de 16 años con el adoptadoaños con el adoptado

se aceptan solteros, se aceptan solteros, parejas de hecho y parejas de hecho y con hijoscon hijos

El tipo de adopción El tipo de adopción es plenaes plena

Organismo Organismo Competente: CEJA Competente: CEJA (Comisiones Estatales (Comisiones Estatales de Adopción.)de Adopción.)

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REQUISITOS DE LA ADOPCION REQUISITOS DE LA ADOPCION INTERNACIONALINTERNACIONAL

Son los mismos requisitos que se exigen para la adopción nacional (art. 297 y ss del Son los mismos requisitos que se exigen para la adopción nacional (art. 297 y ss del C.F).C.F).

LA ADOPCION INTERNACIONAL PROCEDE LUEGO DE HABER DADO PRIORIDAD A:LA ADOPCION INTERNACIONAL PROCEDE LUEGO DE HABER DADO PRIORIDAD A:

_ Mantenerse en la familia biológica (Art. 301 B C.F y N°1 Art. 9 C.D.N.)._ Mantenerse en la familia biológica (Art. 301 B C.F y N°1 Art. 9 C.D.N.).

_ La adopción nacional (Art. 315 A C.F y Literal b. Art. 21 C.D.N.)._ La adopción nacional (Art. 315 A C.F y Literal b. Art. 21 C.D.N.).“solo en el caso de que el niño no pueda ser colocado en un hogar de guarda o “solo en el caso de que el niño no pueda ser colocado en un hogar de guarda o entregado a una familia adoptiva o no pueda ser atendido de manera adecuada en el entregado a una familia adoptiva o no pueda ser atendido de manera adecuada en el país de origen”. país de origen”.

_ Su propia etnia (Art. 315 A C.F y Art. 20 C.D.N.). _ Su propia etnia (Art. 315 A C.F y Art. 20 C.D.N.). Para la adopción de niñas, niños y adolescentes indígenas que se encuentren en las Para la adopción de niñas, niños y adolescentes indígenas que se encuentren en las condiciones del art. 297, se dará preferencia a la solicitud formulada por adoptantes condiciones del art. 297, se dará preferencia a la solicitud formulada por adoptantes de la propia etnia, siempre que se cumplan con los requisitos del Código de la Familia de la propia etnia, siempre que se cumplan con los requisitos del Código de la Familia y que se hayan intentado, sin éxito su integración o reincorporación a su comunidad y que se hayan intentado, sin éxito su integración o reincorporación a su comunidad de origen étnico, art. 296 D.de origen étnico, art. 296 D.

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CONDICIONES DE LAS CONDICIONES DE LAS ADOPCIONES ADOPCIONES

INTERNACIONALESINTERNACIONALES1.1. Pre – Asignación: Pre – Asignación:

Valoración de la A.C.Valoración de la A.C.

2.2. Comunicación de la Comunicación de la Pre – AsignaciónPre – Asignación

3.3. EmparentamientoEmparentamiento

4.4. Solicitud de Solicitud de Adopción ante el Adopción ante el Juzgado competenteJuzgado competente

5.5. Convivencia Convivencia Temporal Temporal

6.6. Adopción Adopción

7.7. Seguimiento Seguimiento

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- Las Adopciones Internacionales donde media el consentimiento - Las Adopciones Internacionales donde media el consentimiento de los padres biológicos, generalmente da lugar a la transgresión de los padres biológicos, generalmente da lugar a la transgresión de normas nacionales e internacionales.de normas nacionales e internacionales.Art. 300 del C.F.; Debe garantizar que no constituya abandono de Art. 300 del C.F.; Debe garantizar que no constituya abandono de los deberes de los progenitores.los deberes de los progenitores.Art. 305 del C.F.; El consentimiento se otorga sin contraprestación Art. 305 del C.F.; El consentimiento se otorga sin contraprestación material o de otra índole. material o de otra índole.

- El traslado de los niños (as) al Estado receptor, mediante el - El traslado de los niños (as) al Estado receptor, mediante el consentimiento de los padres adoptivos, constituye una colocación consentimiento de los padres adoptivos, constituye una colocación de hecho en hogar sustituto en vías de adopción, previa a la de hecho en hogar sustituto en vías de adopción, previa a la inhabilitación de la madre y a la declaratoria de adoptabilidad. inhabilitación de la madre y a la declaratoria de adoptabilidad. - Permite además el contacto de los futuros padres adoptivos con - Permite además el contacto de los futuros padres adoptivos con los padres biológicos los padres biológicos (prohibición del art. 29 de la Convenio de la Haya, (prohibición del art. 29 de la Convenio de la Haya, relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en materia de Adopción relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en materia de Adopción Internacional).Internacional).- Infringe los principios de prioridad de la familia biológica, de las - Infringe los principios de prioridad de la familia biológica, de las adopciones nacionales o en los círculo de la propia etnia. adopciones nacionales o en los círculo de la propia etnia.

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- - Crea un vínculo afectivo entre los futuros adoptantes y el menor Crea un vínculo afectivo entre los futuros adoptantes y el menor o niño.o niño.Se mantiene una colocación familiar en el país receptor sin dar Se mantiene una colocación familiar en el país receptor sin dar cumplimiento a los requisitos previos que establece la ley. cumplimiento a los requisitos previos que establece la ley. La autoridad central no puede ejercer, ni verificar los controles La autoridad central no puede ejercer, ni verificar los controles para evitar los traslados ilícitos.para evitar los traslados ilícitos. - Coloca al Tribunal en la imposibilidad de revisar oportunamente - Coloca al Tribunal en la imposibilidad de revisar oportunamente el cumplimiento o no de los requisitos que establece la ley para el cumplimiento o no de los requisitos que establece la ley para asegurar que no existe el riesgo de que el menor se víctima de asegurar que no existe el riesgo de que el menor se víctima de traslados de ilícitos de menores (ejm. Es necesario que se haya traslados de ilícitos de menores (ejm. Es necesario que se haya constatado que el niño o niña ha sido o será autorizado a entrar y constatado que el niño o niña ha sido o será autorizado a entrar y residir permanentemente en el Estado receptor). residir permanentemente en el Estado receptor). (con el traslado de menores se corre el riesgo o peligro de incitar a la (con el traslado de menores se corre el riesgo o peligro de incitar a la comunidad a la corrupción y la explotación. Art. 21 de la Convención de los comunidad a la corrupción y la explotación. Art. 21 de la Convención de los Derechos del Niño y el artículo 32 del Convenio de la Haya).Derechos del Niño y el artículo 32 del Convenio de la Haya). - - La convivencia familiar previa a la adopción sustituye a la La convivencia familiar previa a la adopción sustituye a la convivencia posterior a la adopción, contrario al sentido que tiene convivencia posterior a la adopción, contrario al sentido que tiene de observar el impacto de su incorporación a la familia adoptiva.de observar el impacto de su incorporación a la familia adoptiva.

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