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ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS) CONSORCIO BINACIONAL (ENERGOPROJEKT - COANDES -ELVI SAC.) Proceso de Selección Internacional Nº 001-2010 – UCB (OBRAS): 1. Favor de aclarar, en el CD entregado en el Estudio de Pre factibilidad - informe final, se señala en el esquema del Presupuesto al año 2008 que el monto del presupuesto referencial para las obras asciende a US$ 95,924,813.23 y en las Bases y términos de referencia el presupuesto referencial (Anexo Nº 5) es de US$ 73,137,500 ( Junio 2002). RESPUESTA: El Valor Referencial de las Obras Comunes son las consideradas de las Bases US$ 73’137,500.00. 2. En el ítem 1.1 de las bases, en el punto C.- referido al valor referencial no se indica la vigencia de los presupuestos de cada uno de los componentes, en los términos de referencia indican que los estudios han sido estimados a abril del 2009 y las obras comunes a junio del 2002. Preguntamos las propuestas se presentaran con vigencia a esas fechas y se reajustaran a la fecha de su ejecución. RESPUESTA: El proceso es por Concurso Oferta a Precios Unitarios, los cuales serán planteados a la fecha, los mismos que serán reajustados a la fecha de ejecución. 3. En concordancia con la consulta anterior, en las bases no se indica cómo se reajustaran los estudios y las obras comunes, teniendo en consideración la variación cambiaria del dólar respecto al Nuevo Sol y específicamente en el componente obras comunes donde los rubros de combustibles, lubricantes y jornales de construcción civil tienen reajustes permanentes que no se reflejan en el presupuesto contratado y origina un desbalance en el equilibrio económico ofertado, requerimos a la entidad nos indique las fórmulas de reajuste correspondiente para cada uno de los componentes y subcomponentes. Nuestra sugerencia es que la entidad establezca la obligación que dentro de los estudios definitivos, cada presupuesto de obra a ejecutar tenga su fórmula de reajuste correspondiente. En concordancia con la absolución anterior, efectivamente en el Estudio Definitivo se plantearán las fórmulas de reajuste correspondientes. 4. En el ítem 1.1 de las bases, en el punto C.- referido al valor referencial, se señala que no incluyen los impuestos de ley, podrían aclarar el alcance de los

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Page 1: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OB RAS) CONSORCIO BINACIONAL (ENERGOPROJEKT - COANDES -ELVI SAC.) Proceso de Selección Internacional Nº 001-2010 – UC B (OBRAS) :

1. Favor de aclarar, en el CD entregado en el Estudio de Pre factibilidad - informe final, se señala en el esquema del Presupuesto al año 2008 que el monto del presupuesto referencial para las obras asciende a US$ 95,924,813.23 y en las Bases y términos de referencia el presupuesto referencial (Anexo Nº 5) es de US$ 73,137,500 ( Junio 2002). RESPUESTA: El Valor Referencial de las Obras Comunes son las consideradas de las Bases US$ 73’137,500.00.

2. En el ítem 1.1 de las bases, en el punto C.- referido al valor referencial no se indica la vigencia de los presupuestos de cada uno de los componentes, en los términos de referencia indican que los estudios han sido estimados a abril del 2009 y las obras comunes a junio del 2002. Preguntamos las propuestas se presentaran con vigencia a esas fechas y se reajustaran a la fecha de su ejecución.

RESPUESTA:

El proceso es por Concurso Oferta a Precios Unitarios, los cuales serán planteados a la fecha, los mismos que serán reajustados a la fecha de ejecución.

3. En concordancia con la consulta anterior, en las bases no se indica cómo se

reajustaran los estudios y las obras comunes, teniendo en consideración la variación cambiaria del dólar respecto al Nuevo Sol y específicamente en el componente obras comunes donde los rubros de combustibles, lubricantes y jornales de construcción civil tienen reajustes permanentes que no se reflejan en el presupuesto contratado y origina un desbalance en el equilibrio económico ofertado, requerimos a la entidad nos indique las fórmulas de reajuste correspondiente para cada uno de los componentes y subcomponentes. Nuestra sugerencia es que la entidad establezca la obligación que dentro de los estudios definitivos, cada presupuesto de obra a ejecutar tenga su fórmula de reajuste correspondiente. En concordancia con la absolución anterior, efectivamente en el Estudio Definitivo se plantearán las fórmulas de reajuste correspondientes.

4. En el ítem 1.1 de las bases, en el punto C.- referido al valor referencial, se señala que no incluyen los impuestos de ley, podrían aclarar el alcance de los

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impuestos de ley teniendo en consideración que la facturación se realizará a dos Países.

En efecto, la facturación será a ambos países en proporción comprometida en el Convenio Específico del 09 de Agosto del 2010.

5. En el ítem 1.2 de las bases se indican los dispositivos legales correspondientes

a la República de Ecuador, solicitamos precisar en detalle su vinculación con el contrato materia del proceso de selección.

La ejecución del Gasto será normada bajo la base legal expuesta, sin embargo el Proceso en sí se enmarca únicamente en el Convenio Específico entre Perú y Ecuador firmada el 09 de Agosto del 2010.

6. En el ítem 1.2 de las bases, no se indica las leyes que se aplicaran para la

solución de controversias mediante conciliación o arbitraje, teniendo en consideración que cada País tiene su reglamentación propia. La Conciliación y Arbitraje para la ejecución se contemplan en la Cláusula Vigésimo Tercera del Contrato.

7. En el Item 1.2 de las bases se señala que supletoriamente se aplicará la ley de contrataciones del estado Peruano, esta disposición es válida para los procesos de conciliación y/o arbitraje. No, se harán en concordancia con la absolución anterior.

8. Por la envergadura del contrato, para la evaluación de la experiencia en obras en general y obras similares, se deben considerar las mismas obras, en concordancia con la Ley y Reglamento de contrataciones y adquisiciones del Estado Peruano que si lo permite en los procesos de selección. En efecto, es factible acreditar la experiencia de Obras Generales con la misma acreditación de Obras Similares.

9. Confirmar que el valor referencial para la evaluación de la experiencia en obras en general y obras similares será de US$ 73´137,500.00 (Setenta y tres millones ciento treinta y siete mil quinientos dólares americanos). Si, considerando los criterios de evaluación del Capítulo IV.

10. Las bases no señalan el sistema de reajuste de actualización del valor de las obras a presentarse como Obras en general y como Obras Similares, como los montos deben expresarse en dólares americanos y cada contrato tiene diferente fecha de vigencia de los presupuestos contratados, sugerimos que sean actualizados a setiembre del 2010 utilizando la tabla de Índice de Precios

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al consumidor (IPC) de los Estados Unidos de Norteamérica, de forma similar como lo tiene establecido PROVIAS- MTC (PERU) para sus procesos de selección, que para la actualización de los contratos a presentar como experiencia se utilicen los Índices de Precios al Consumidor (IPC). El reajuste para la Calificación se realizará a Setiembre del 2010, teniendo en cuenta los IPC del país donde se ejecutó la obra, realizando la conversión en Doláres Americanos con el Tipo de Cambio de esa fecha.

11. En lo que respecta a los factores de experiencia de obras similares, solicitamos se amplié a 15 años , teniendo en consideración que en el Perú y Ecuador no se han ejecutado una gran cantidad de obras similares y se apliquen los mismos criterios de la etapa de Precalificación.

Se mantienen las Bases.

12. En lo que respecta a los factores de experiencia de obras similares, solicitamos

se incluya como obras similares a túneles viales, defensas ribereñas, diques de encauzamiento, hidroeléctricas, bajo el mismo criterio mencionado en la consulta anterior.

Se mantienen las Bases.

13. Confirmar que para la evaluación del factor C. Experiencia y calificaciones del

personal propuesto el valor referencial será:

• Estudio de factibilidad y Diseños definitivos Obras comunes: US$. 6´704,730.20 (Seis millones setecientos cuatro mil setecientos treinta con 20/100 dólares americanos).

• Ejecución de obras comunes: US$ 73´137,500.00 (Setenta y tres millones ciento treinta y siete mil quinientos dólares americanos).

Si, son los valores referenciales a considerar.

14. Respecto a la acreditación del certificado de habilidad vigente de los profesionales, en muchos países no existen Colegios Profesionales (CIP) por no ser de exigencia legal para ejercer la Profesión, y solo basta acreditarse con el título profesional y en otros países son las dependencias oficiales que emiten Licencias o documentos similares, confirmar que estos últimos serán validos. Si, serán válidos los documentos emitidos por dependencias similares.

15. Criterios de Evaluación: Factor C Experiencia y calificaciones del personal propuesto, confirmar que el Responsable del estudio de factibilidad podrá ser también el responsable del Estudio definitivo de Obras comunes dado que es el mismo perfil y en tiempos es una a continuación del otro.

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Si, es permitido.

16. En el contrato clausula cuarta-Anexos del contrato, se debe aclarar la precedencia de jerarquía de los documentos en caso de conflictos, en razón que existen documentos técnicos y legales y su aplicación es diferente para caso. El orden de jerarquía planteado en las Bases en la Clausula Cuarta, es para todos los casos.

17. Respecto a la clausula sexta del contrato, la facturación de las contraprestaciones económicas será realizada al Gobierno de origen de la empresa contratista o a ambos gobiernos, favor de aclarar. Se hará a ambos países, en los porcentajes de aporte considerados en el Convenio Específico suscrito el 09 de Agosto del 2010.

18. Respecto a la clausula decimo segunda del contrato, ítem 12.1.4, solicitamos la aclaración respecto al párrafo segundo, donde se señala que las autorizaciones, permisos, licencias, registros y demás requisitos para la explotación de canteras, servidumbres; y , en general para la ejecución del presente contrato, serán responsabilidad del CONTRATISTA, al respecto debemos señalar que varios de los requisitos señalados son responsabilidad exclusiva del CONTRATANTE (Liberación de canteras, liberación de terrenos de terceros, expropiaciones, servidumbres, etc.). Se considera lo mencionado en el punto 11 de los Términos de Referencia.

19. Respecto a la clausula vigésimo tercera del contrato, referente a la solución de controversias, debe precisarse en lo que respecta a: •Conciliación: Las normas aplicables al proceso, el País donde se desarrollará la conciliación y, •Arbitraje: se debe precisar si será un ARBITRAJE DE DERECHO o DECONCIENCIA, las leyes y normas aplicables para el proceso arbitral, País donde se desarrollara el arbitraje, Número de integrantes del Tribunal Arbitral. En ambos casos se realizará de acuerdo a las normas vigentes de ambos países

20. Respecto a la clausula vigésimo octava, Tributos, retenciones y gastos, el Contratante debe precisar las obligaciones tributarias a que estará afecto el contratista en cada País respecto a los pagos que le realicen, teniendo en consideración que la oferta económica se presenta sin impuestos; esta clausula tiene relación directa con la clausula sexta contraprestación económica del contrato.

Page 5: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

La facturación se hará a ambos países en proporción al porcentaje de aporte de cada país, conforme el Convenio Específico del 09 de Agosto del 2010, por lo tanto las obligaciones tributarias son para cada país respecto del monto facturado.

21. Con respecto a la clausula anterior, la Unidad convocante debe realizar consultas a la SUNAT (PERU) y SRI (ECUADOR) y nos den un alcance de la forma de facturación y tributación, porque según la proforma de contrato no está definido el domicilio legal de EL MAGAP y EL MINAG. El Domicilio Legal de ambos Ministerios es el Siguiente: ECUADOR

* MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

RUC. 1760001470001.

DIR: PICHINCHA / QUITO / AV. ELOY ALFARO N30-350 Y AV. AMAZONAS

PERU

* MINISTERIO DE AGRICULTURA

RUC. 20131372931.

DIR. AV. ALAMEDA DEL CORREGIDOR NRO. 155 LIMA - LIMA - LA MOLINA

22. Aclarar la presentación del FORMATO Nº 3.

La presentación de éste Formato constituye información adicional para acreditar el “factor C de Experiencia y calificaciones del Personal Propuesto”, pudiendo incidir en puntaje adicional en éste factor, a consideración de la Unidad de Coordinación Binacional.

23. En los términos de referencia se señala que El contratista antes de iniciar la

ejecución de las Obras Comunes, deberá contar con e l respectivo permiso, autorización de su propietario y derechos de explotación de las canteras, consideramos que los costos que se origin en deberán ser incluidos en el rubro costos de indemnizaciones par a la ejecución del proyecto , según se establece en el anexo Nº 5 de los mencionados Términos de Referencia. Solo se considera lo mencionado en los Términos de Referencia.

24. En las bases no se indica si el contratista tiene la obligación de proporcionar facilidades al supervisor/fiscalizador como campamentos, mobiliario, equipamiento de oficinas, movilidades, etc.

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La Supervisíon cuenta con un presupuesto para desarrollar su actividad, sin embargo es necesario otorgar las facilidades de información y acceso necesarios.

25. En el ítem 2.14 de las bases, responsabilidad del contratista, solicitamos su aclaración y alcance, teniendo en consideración que se realizaran entregas de obra parciales y la operación y mantenimiento de las obras no estarán a cargo del contratista.

En efecto, la operación y mantenimiento estará a cargo de las entidades contratantes a partir de cada entrega parcial, por lo que el numeral indicado es aplicable de acuerdo a las entregas parciales.

26. Referente a los seguros de obra, solicitamos su definición y alcances para

poder considerarlos en la propuesta económica.

Se refiere a todos los seguros necesarios a fin de garantizar la ejecución y culminación de la obra por parte del Contratista.

27. Solicitamos la modificación del cronograma del proceso, por los

acontecimientos que han sucedido en el Ecuador y el cierre de la Frontera con Perú, lo que no permitirá la visita a la zona de la obra para preparar nuestra propuesta económica; Las respuestas a las consultas serán resueltas el 11-10-2010 y recién vamos a conocer la implicancias y alcances para la preparar la propuesta, por lo que la fecha de presentación de las propuestas debe prorrogarse. Se respetara el cronograma del proceso, debido a que los acontecimientos señalados escapan de las manos de la Unidad de Coordinación Binacional.

28. Favor de Confirmar que en esta etapa de licitación no se requiere la presentación del Presupuesto Detallado- Formato Nº 2 y que este documento se presentará para la firma del contrato. De acuerdo con las Bases del Proceso se confirma que el presupuesto detallado Formato Nº 2 se presentara para la suscripción del contrato.

29. Favor de entregarnos el presupuesto actualizado planteado en el estudio de Pre- Factibilidad del PCI del 2002 al mes de setiembre 2008.

El valor referencial para la presentación de las propuestas es la indicada en las bases del proceso.

30. Favor de entregarnos el Esquema de Presupuesto con las Obras a ejecutar

según los términos de referencia.

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El postor está en la libertad de presentar el esquema de presupuesto de acuerdo con las obras que se establecen en la Parte II de los Términos de Referencia.

31. Favor de indicar donde se encuentra los costos de las obras conexas de las obras comunes en el Esquema del Presupuesto.

El costo de estas obras conexas está incluido dentro de cada componente de las obras comunes si lo amerita de acuerdo con los términos de referencia.

32. Favor aclarar en los TERMINOS DE REFERENCIA , parte 2 indica que se

considera las siguientes obras comunes: a. Presa derivadora Linda Chara b. Túnel de trasvase Linda Chara Las Lajas c. Presa derivadora Matapalo d. Presa de regulación Palmales

Sin embargo en el capítulo 8 Costos Presupuestos y Programación de obras del expediente indica las siguientes obras: • Presa derivadora Linda Chara • Presa de regulación Palmales • Túnel Linda Chara (9.3 km) • Túnel Palmales (2.5 km) • Canal Linda Chara - Túnel (L=600 m) • Canal Palmales - Tumbes (L=58.65 km) • Sistema secundario (Laterales) • Sistema Terciario (Sub laterales) • Sistema de drenaje Precisar los alcances de las obras a ejecutar. Las obras a ejecutar son las indicadas en los Términos de Referencia Parte II.

33. Favor confirmar que el adelanto directo será de 30% para el componente del contrato correspondiente a la ejecución de la obra. El adelanto directo será del 30% para el componente referido a la ejecución de Estudios y Diseños Definitivos establecido en el Capítulo II, Suscripción del Contrato, numeral 2.10 Adelantos,

34. Indicar el plazo para la suscripción del contrato, ya que en el cronograma de Licitación dice 3 días después de adjudicada la Buena Pro y en el Capítulo II Suscripción de Contrato, la Entidad cita al Postor ganador dentro de los 5 días hábiles para suscribir contrato que no podrá exceder de 30 días calendarios a la fecha de consentida la Buena Pro.

Page 8: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

El plazo para suscripción del contrato válido es el establecido en el Capítulo II, Suscripción del Contrato, numeral 2.1 de los Contratos,

35. Criterios de Evaluación: Factor C Experiencia y calificaciones del personal

propuesto, confirmar que el Especialista en Presas del estudio de Factibilidad es el mismo que en el Diseño Definitivo de Obras Comunes dado que es el mismo perfil y en tiempos es una a continuación del otro.

El Especialista en Presas, puede ser el mismo profesional.

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ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 002 – PS. 001-UCB (OBRAS)

ANDRADE GUTIERREZ – GALVAO

PROCESO DE SELECCIÓN INTERNACIONAL No. 001-2010-UCB:

CONSULTA 01

RESPUESTA:

No es aceptada la postergación solicitada, el proceso continúa con el calendario propuesto

Page 10: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

ABSOLUCION No. 003 – PS- 001 (OBRA)

CONSORCIO BINACIONAL (ENERGOPROJEKT- COANDES-ELVI S . A. C.)

PROCESO DE SELECCIÓN INTERNACIONAL No. 001-2010-UCB:

1.- CONSULTA: Respecto a los sustentos para acreditar la experiencia del personal propuesto,

les solicitamos que esta experiencia se demuestre con copia simple de Certificados de Trabajo

o Actas de recepción o Constancia de Trabajo, en vista que según el país de procedencia no

son de uso habitual uno u otro documento.

RESPUESTA:

Aceptado.

2.- CONSULTA: En el numeral 2.4.1 las Bases, solicitan la presentación de una Garantía de

Seriedad de Oferta, al respecto les solicitamos definir lo siguiente:

1. Nombre del Beneficiario

RESPUESTA:

EL MAGAP y El MINAG

2. Domicilio legal del Beneficiario

RESPUESTA:

La sede es Lima-Perú, y el Domicilio Legal es el del MINAG- Perú (Av. La Alameda del Corregidor No. 155, La Molina, Lima - Perú).

3. RUC del Beneficiario.

RESPUESTA:

RUC. 20131372931

4. Vigencia de la carta fianza, tomando en consideración el cronograma del proceso.

RESPUESTA:

Page 11: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a tres (3) meses

computados a partir del día siguiente de la presentación de la propuesta, conforme consta en

el numeral 2.4.1 Garantía de Seriedad de oferta.

3.- CONSULTA: Confirmar que la Garantía de fiel cumplimiento para las obras comunes, será

presentada de conformidad con la cláusula Novena de la proforma de contrato, es decir al

inicio de la ejecución de las obras comunes. Corregir ítems 2.1 y 2.4.2 .b) de las bases

(SUSCRIPCION DEL CONTRATO).

RESPUESTA:

Confirmado, conforme consta en el numeral 9.2 de la Cláusula Novena: Garantías. Cabe aclarar

que el CONTRATISTA deberá rendir 2 garantías de fiel cumplimiento del contrato: 1) Para

garantizar el componente de Estudios de factibilidad y Diseños definitivos, y 2) Para la

ejecución de las Obras Comunes.

4.- CONSULTA: El formato del anexo 1-J, será proporcionado por la entidad licitante o cada

postor presentará su propio formato, favor de confirmar.

RESPUESTA:

Podrá presentarse en formato libre.

5.- CONSULTA: En el estudio de Pre factibilidad, capitulo 5 en el ítem 3.3 Trasvase Linda Chara

- Las Lajas - pag.28 se indica que la sección del túnel será de 3.3 x 4.8 x 1.5, área de 18 m2 y en

el esquema de presupuesto se indica una sección del túnel de 11.827 m2., favor de definir

porque el costo del túnel estará en función a la sección típica transversal.

Concepto Unidad Característica

CANAL

Tipo Rectangular en concreto

Caudal de Diseño m3/s 25.0

Ancho en solera m 3.0

Alto m 3.0

Page 12: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Longitud m 600.0

Pendiente X1000 2

TÙNEL

Tipo Rectangular Bóveda

Caudal de Diseño m3/s 25.0

Ancho m 3.0

Alto parte rectangular

/total/radio bóveda

m 3.3 / 4.8 / 1.5= 18m2.

Longitud m 9,300.0

Pendiente X1000 2

RESPUESTA:

El área de la sección correcta del Túnel que figura en los Términos de Referencia es de 11.825

m2, coincidente con el del Presupuesto. Sin embargo los Estudios Definitivos determinarán con

exactitud la magnitud de las obras a ejecutar.

Page 13: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Absolución No. 004- (obras)

CONSORCIO PUYANGO TUMBES (G&M S.A. - SEMAICA) … primer paquete

Proceso de Selección 001-2010-UCB (OBRAS)

1.- En el Capítulo 1 acápite C, en el último párrafo, debemos asumir que si una oferta es

seleccionada y supera el presupuesto referencial, la contratista deberá financiar la diferencia

hasta que se asigne partida presupuestaria?.

RESPUESTA: Mediante Convenio Específico del 09/08/2010, ambos países garantizan la cobertura presupuestal. 2.- En el capítulo IV para la evaluación Técnica, en experiencia general y en obras similares

asumimos que es la suma de experiencia del consorcio y no de cada uno de los participantes

favor aclarar.

RESPUESTA:

Si, de acuerdo a lo establecido en las bases

3.-En los términos de referencia, Al ser un concurso de precios unitarios y al hacer referencia a

la alternativa IV de la prefactibilidad, favor entregarnos cuadro de rubros y cantidades

referenciales.

RESPUESTA:

Dicha información se entregó en el CD, parte de las Bases

Page 14: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Absolución No. 004- (obras)

CONSORCIO PUYANGO TUMBES (G&M S.A. - SEMAICA) … segundo paquete

Proceso de Selección 001-2010-UCB (OBRAS)

1.- Señores de la Unidad de Coordinación binacional, con referencia al proyecto Puyango –

Tumbes, dado el alcance de la licitación, y viendo el trabajo de coordinación e información que

se debe hacer para poder presentar una oferta razonable y completa, solicitamos se amplíe 60

días la entrega de la oferta.

RESPUESTA:

Se ratifica la fecha del cronograma establecida en las bases

Page 15: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

ABSOLUCIÓN NO. 004- (OBRAS)

CONSORCIO PUYANGO TUMBES (G&M S.A. - SEMAICA) … tercer paquete

Proceso de Selección 001-2010-UCB (OBRAS)

1.-Al ser esta una obra binacional entre Ecuador y Perú, se dará prioridad a las empresas Peruanas – Ecuatorianas para la adjudicación del contrato?.

RESPUESTA:

Todos los postores cuentan en sus consorciados a por lo menos una empresa radicada en Perú y una en Ecuador, por lo tanto no se dará prioridad alguna.

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ABSOLCUION DE CONSULTAS No. 007 – PROCESO SELECCIÓN 001 (OBRAS)

CONSORCIO FRONTERIZO (Construccion y Administracion S.A. – Hidalgo Hidalgo S.A.)

PROCESO DE SELECCIÓN No. 001 -2010-UCB (OBRAS)

CONSULTA N 01:

En las Bases, Capítulo II Suscripción del Contrato, Numeral 2.11 Inicio del plazo de ejecución del contrato, se establece que el plazo de ejecución del contrato inicia a partir del día siguiente de que se cumplen las siguientes condiciones establecidas:

a. Que se designe al Supervisor / Fiscalizador.b. Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL haya hecho la

identificación del terreno o lugar donde se ejecutará el Contrato.c. Que se haya entregado el adelanto al contratista, para la etapa del Estudio

de Factibilidad y Diseños Definitivos.

En caso que no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo de ejecución contractual iniciará al día siguiente de cumplirse todas las demás condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.

Por otro lado, en la PROFORMA DE CONTRATO en la cláusula décimo primera, sub cláusula 11.2, se indica que EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la elaboración de los Estudios, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes en que EL CONTRATANTE cumpla las siguientes condiciones:

a. Que se designe al Supervisor / Fiscalizador.b. Que haya entregado el Adelanto Directo a EL CONTRATISTA, de haber sido

solicitado por éste.

SIRVASE ACLARAR que las condiciones que deben ser cumplidas a efectos del cómputo del inicio del plazo del contrato son:

a. Que se designe al Supervisor / Fiscalizador.b. Que la UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL haya hecho entrega a EL

CONTRATISTA del terreno o lugar donde se ejecutará el Contrato.c. Que se haya entregado el adelanto al contratista, para la etapa del Estudio

de Factibilidad y Diseños Definitivos.

Así mismo, sírvase confirmar que el inicio de la Construcción rige cuando se haya cumplido todos los siguientes puntos:

Entrega del Adelanto Directo (ejecución de Obra)

Page 17: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Aprobación final de todos los estudios definitivos. Entrega y libre disponibilidad del terreno donde se ejecutará la Obra.

RESPUESTA:Si, de acuerdo a lo estipulado en las bases.

CONSULTA N 02:

En el numeral 1.3 de las Bases “DERECHO DE PARTICIPACIÓN” se señala que la documentación para participar en el presente proceso de selección “(…) deberá ser presentada en tres (3) ejemplares (original y dos copias)”; sin embargo, en el literal A, CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA”, se señala que “(…) se presentará en un (01) original y tres (03) copias (…)”. En ese sentido se solicita:

a) Aclarar la cantidad de copias que se presentará conjuntamente con el original de la Propuesta Técnica.

b) Confirmar que la Propuesta Económica será presentada solo en un (01) Original, la cual estará integrada únicamente por: Anexo Nº 05 y garantía de seriedad de oferta. El Formato Nº 02 será presentado para la suscripción del Contrato.

RESPUESTA:Las propuestas tanto Técnica y Económica serán presentadas en 01 original y 02 copias. La integración de la propuesta económica es como se indica en las bases.

CONSULTA N 03:

El ítem ii) contenido en la Documentación de presentación obligatoria a incluir en el Sobre N° 02 (Propuesta Técnica), requiere:

“(…) Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección, presentada por cada uno de los consorciados (…)”

a) Al respecto, se solicita adjuntar el formato de presentación de la citada declaración jurada a fin de brindar certeza a los postores de la validez del documento que va a presentar.

b) Asimismo, se adjunta a las bases el Formato N° 03 (De acuerdo al Capítulo III de la Sección Específica), para ser completado con profesionales y técnicos requeridos; y, con Equipos requeridos. Sin embargo, de la información alcanzada, no se evidencia que se especifique una cantidad mínima de personal o de equipos. Por lo que se solicita que se confirme que para la relación de personal profesional y personal técnico, se considerará únicamente los profesionales del item ”C” (factor Exper iencia y calificaciones del personal propuesto); así mismo, no será obligatorio la presentación y/o descripción de equipos mínimos.

c) Confirmar que bastará con la presentación de la declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III y que no existe información técnica a ser presentada en esta etapa (cronogramas, metodologías, procedimientos, organización, presupuestos, entre otros.), la cual, de ser el caso, será solicitada al postor que obtenga la buena pro.

d) Asimismo, en caso sea necesaria la presentación de esta última información técnica, se solicita que se precise y se aclare los alcances de su presentación; y, de ser así, se amplíe el plazo de presentación de propuestas para su correcta elaboración.

Page 18: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTA:a) Presentar la Declaración jurada en formato libre que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III.

b) Como mínimo se consideraran los profesionales y técnicos que se mencionaron en el ítem C (factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto).

c) Se tomara en cuenta lo establecido en las bases.

d) Se tomara en cuenta lo establecido en las bases.

CONSULTA N 04:

a) Se solicita modificar el numeral G. PLAZO DE EJECUCIÓN contenido en las bases y considerar solamente el plazo en días calendario, dado que para fines contractuales se puede interpretar distinto 22 meses o 665 días y 36 meses o 1095 días. Por lo que se solicita consignar el plazo de ejecución referencial únicamente en días calendario, a fin de evitar interpretaciones diferentes.

b) Asimismo, confirmar que el plazo ofertado por el postor NO será considerado como factor o criterio de evaluación; y que en el Anexo Nº 03 a presentarse, se considerará exactamente el plazo descrito en el ítem “a” de la presente consulta.

RESPUESTA:

a) Prevalece el plazo de ejecución de 22 meses.

b) Los únicos criterios de evaluación serán los considerados en las bases, cabe mencionar que el plazo de ejecución mencionado en las bases es el máximo plazo de ejecución.

CONSULTA N 05:

Confirmar el tratamiento de la amortización de adelantos y del otorgamiento de ampliaciones de plazo, serán de acuerdo a lo previsto en la normatividad de contrataciones públicas vigentes en el Perú; ello, dado que en las bases se señala que dicha norma rige supletoriamente en el presente proceso de selección.

RESPUESTA:Se considerara de solo en los casos que se menciona en lo establecido en las bases.

CONSULTA N 06:

Confirmar que los consorcios que han precalificado podrán incluir nuevos integrantes (consorcios), siempre y cuando los nuevos integrantes sean ÚNICAMENTE las empresas de los consorcios que hayan sido precalificadas en la etapa anterior (precalificación). Esto en Virtud del tercer párrafo del Numeral 1.3 (Derecho de Participación), que manifiesta:

“Entiéndase por Postor, el consorcio que participa en el presente proceso de selección y PRECALIFICADO cuya documentación, debidamente presentada ha cumplido con los requisitos previstos en las Bases (…)”

RESPUESTA:

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Si se pueden incluir nuevos integrantes, pero teniendo en cuenta los máximos permitidos y además que no se puede modificar los consorciados originales precalificados.

CONSULTA N 07:

Favor de confirmar que únicamente los documentos emitidos por autoridades públicas y/o privadas del Perú y del Ecuador, correspondientes a la experiencia del postor en obras, experiencia de los profesionales, entre otros que formarán parte de la propuesta técnica, podrán ser presentados en COPIA SIMPLE, es decir no requerirán legalizaciones y/o consularizaciones dado que se trata de un proceso de selección internacional convocado por instituciones públicas de ambos países; siendo redundante y dilantante la presentación de estos documentos legalizados y consularizados, debido a que tanto el MAGAP y MINAG procederán a evaluar las propuestas, teniendo la facultad de solicitar a las entidades correspondientes la autenticidad de los mismos.

RESPUESTA:Toda documentación se presentará de acuerdo a lo establecido en las bases

CONSULTA N 08:

Las Bases manifiestan que: “Los postores acudirán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal”.

Dado que no se precisa la antigüedad del documento registral solicitado, se solicita se confirme que dicho documento deberá tener una antigüedad no mayor de 30 días con respecto a la fecha de presentación de propuestas.

RESPUESTA:Confirmado.

CONSULTA N 09:

Confirmar que la experiencia en obras en general y en obras similares requerida para el presente proceso de selección, se limita a obras concluidas. Es decir, que no se podrá acreditar experiencia con obras que se encuentren en ejecución.

RESPUESTA:Confirmado.

CONSULTA N 10:

Confirmar que se tomará en cuenta, como experiencia del postor en obras en general y similares, el MONTO FINAL TOTAL de las obras culminadas.

Así mismos, confirmar que las Obras presentadas para acreditar la experiencia en Obras Generales, servirán también para acreditar la experiencia en Obras Similares.

RESPUESTA:Se considera el monto final total de las obras culminadas afectadas por los porcentajes de participación según corresponda, y la experiencia de las obras similares podrán ser consideradas para acreditar la experiencia en obras generales.

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CONSULTA N 11:

Confirmar que la acreditación de la experiencia en obras generales y similares, será mediante copias simples de los Contratos y Certificados de Conformidad o Ejecución de Obra o Acta de Recepción o Liquidación de obra.

RESPUESTA:

La documentación a presentar será de acuerdo a lo establecido en las bases

CONSULTA N 12:

En mérito a que en Ecuador, muy comúnmente las obras se recepcionan provisionalmente antes de ser recepcionadas definitivamente, periodo en el cual las obras se encuentran en un periodo de garantía. Se solicita confirmar, que se aceptaran la presentación de contratos de obra y el acta de recepción provisional de la obra. Ello, puesto que la recepción provisional de la obra por parte de la entidad contratante implica la ejecución total de la misma y no limita al contratista de la experiencia obtenida.Así mismo, sírvase confirmar que se podrá sustentar la Experiencia en Obras Generales y Obras Similares con Acta de Recepción Provisional, esto en Virtud que existen contratos con base legal extranjeras que solicitan que una vez culminada la ejecución de la Obra y recepcionada, se inicia una etapa de garantía de la Obra (Obras del Ecuador y Obras con base legal extranjera), por un determinado periodo.

Cabe señalar que un Acta de Recepción Provisional no limita a la Empresa Constructora de la experiencia adquirida como ejecutor para una determinada Obra; caso contrario se estaría vulnerando el Principio de Trato Justo e Igualitario, Moralidad y Libre Competencia y Concurrencia, que rige las Contrataciones (Art. 4º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).

RESPUESTA:La documentación a presentar será de acuerdo a lo establecido en las bases

CONSULTA N 13:

Se solicita confirmar que para la acreditación de la experiencia en obras del postor (en general y similares), no será necesario que se sustraiga el impuesto respectivo de los montos declarados por obras ejecutadas (para evitar confusiones), más aún si el valor de dicho impuesto difiere para cada país.

RESPUESTA:Para la acreditación se considerara el Monto total que incluye los impuestos.

CONSULTA N 14:

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El Capítulo V de las Bases “CRITERIOS DE EVALUACIÓN”, en los literales A y B: “Experiencia en obras en general” y “Experiencia en obras similares”, respectivamente, señalan:

“(…) por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria (…)”“(…) por un monto acumulado equivalente de hasta tres (3) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria (…)”

Sobre el particular, favor de confirmar que la mención a “el valor referencial de la obra”, en los citados literales, están referidos al monto del componente de obras comunes ascendente a: US$ 73’137,500.00.

RESPUESTA:Confirmado.

CONSULTA N 15:

Sírvase manifestar la forma de actualizar los montos de las Obras a incluir como experiencia similar y general (cuando sean dólares y cuando sean Nuevos soles), puesto que en las bases no se manifiesta procedimiento alguno.

RESPUESTA:Se actualizara tomando en cuenta el tipo de cambio a la fecha del contrato y considerando los índices de precios al consumidor de cada país actualizados al mes de setiembre del 2010.

CONSULTA N 16:

Confirmar que para el caso de experiencia en obras a acreditar (en general o similares) que hayan sido ejecutadas en consorcio, se considerará el monto final de la obra SIN SER AFECTADA por el porcentaje de participación en la asociación o consorcio.

RESPUESTA:Para la acreditación la experiencia, se debe afectar por el porcentaje de participación.

CONSULTA N 17:

Con respecto a la presentación de la oferta económica, por favor confirmar que no será necesario la presentación de ningún detalle de análisis de costos unitarios.

RESPUESTA:No es necesario el detalle de análisis de costos unitarios.

CONSULTA N 18:

Se sugiere modificar la forma de evaluar la experiencia y calificaciones del personal propuesto; esto se solicita ya que es sabido que la cantidad de contratos suscritos por los profesionales no demuestra la real dimensión la experiencia que este haya adquirido en la especialidad.

Para el caso peruano, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, se ha pronunciado en distintas oportunidades sobre este aspecto, tal es el caso del Pronunciamiento N° 269-2010/DTN, el cual hacemos mención por considerarlo análogo:

“(…)

En el presente caso, tal como se encuentra regulado el factor de evaluación, no se podría garantizar que la elección de los profesionales propuestos resulte la más idónea. Así, por ejemplo, respecto del residente de obra, se solicita que para obtener el máximo puntaje se debe acreditar que cuenta con experiencia en diez (10) obras; ante ello podría suceder que un profesional que participó en diez (10) obras, cuyos plazos

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de ejecución en conjunto suman cuatro (4) años, puede obtener el máximo puntaje, mientras que otro profesional que participó en ocho (8) obras con mayor grado de complejidad, cuyos plazos de ejecución suman cinco (5) años, se le otorga menos puntaje, pese a que contaría con más experiencia.

De lo indicado en los párrafos precedentes se desprende que la forma más idónea de calificar la experiencia del personal propuesto para la ejecución del contrato, no es el número de trabajos realizados, sino el tiempo de experiencia.(…)”

En ese sentido y considerando lo expuesto, requerimos que se evalúe al personal propuesto por el tiempo de experiencia en la especialidad, es decir por el número de meses o años que lleva en el rubro o la especialidad requerida, de esa forma la evaluación resultaría más justa (tanto en estudio como en ejecución de Obra).

RESPUESTA:Se tendrá en cuenta lo establecido en las bases.

CONSULTA N 19:

El literal C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” de los Criterios de Evaluación señala:

“Deberá evaluarse en función a la experiencia en la especialidad del personal propuesto (cantidad de contratos en la especialidad en proyectos similares),

siendo el valor mínimo de cada contrato en el cual haya participado, similar al treinta por ciento (30%) del valor referencial del Componente respectivo:”

Así tenemos que se requieren profesionales para tres partes del proyecto, (1) Estudio de Factibilidad, (2) Diseños Definitivos y (3) Ejecución de Obras comunes. En tal sentido, solicitamos:

a) Que en aras de fomentar la mejor presentación, se suprima el requisito que los profesionales a ser propuestos para el Estudio de Factibilidad y Diseños Definitivos acrediten experiencia en contratos con valores mayores al 30% del valor referencial del componente respectivo (es decir el 30% de US$ 6’704,730.20), dado que resulta excesivo y que muy reducidamente las constancias de trabajo de los profesionales manifiestas el monto de la Obra y/o Estudio.

En caso ser negativa la respuesta a nuestra solicitud del literal a), se requiere separar el monto para Estudio de Factibilidad y Diseños definitivos y considerar:

b) Como valor mínimo de cada contrato, para el Responsable del Estudio de Factibilidad y para el Especialista en Presas, el 30% del Valor del Estudio de Factibilidad.

c) Como valor mínimo de cada contrato, para el Responsable de Diseños Definitivos y para el Especialista en Presas, el 30% del Valor de los Diseños Definitivos.

d) Como valor mínimo de cada contrato, para el Residente General de Obra, el 30% del Valor de la Ejecución de Obras Comunes.

En ese sentido, dado que no se ha considerado una diferenciación de Valores o montos para la parte (1) Estudio de Factibilidad y (2) Diseños Definitivos (se ha considerado un total entre ambas de US$ 6’704,730.20); se solicita diferenciar los valores a fin de proceder según lo expuesto en los literales b), c) y d).

Lo requerido es debido a que el monto mínimo de los contratos requeridos para los profesionales del Estudio de Factibilidad resultan muy elevados y viene limitando la participación de profesionales altamente calificados en la elaboración de estudios de factibilidad y de estudios definitivos.

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RESPUESTA:Se mantiene lo establecido en las bases.

CONSULTA N 20:

ANTECEDENTES:C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”

De acuerdo a la legislación vigente en el Ecuador, los profesionales no están obligados a pertenecer al colegio profesional de su especialidad para ejercer libremente su profesión.PREGUNTA:De acuerdo a lo expuesto, solicitamos la NO obligación de presentar el certificado de habilidad vigente emitido por el colegio profesional correspondiente de su país de origen.

RESPUESTA:Se puede considerar la presentación de algún documento similar.

CONSULTA N 21:

ANTECEDENTES:C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”

Muchos de los profesionales que actualmente ejercen la consultoría en el Ecuador, han desarrollado su actividad y adquirido notable experiencia en proyectos vinculados con el aprovechamiento hídrico como funcionarios de alguna institución estatal en actividades relevantes de carácter técnico como son Director de Estudios de Factibilidad y Diseño Definitivo y Director de construcción de proyectos hidráulicos, actuando en representación de la Entidad Contratante (Institución Pública) y asumiendo la responsabilidad de Diseñar y aceptar los estudios.PREGUNTA:Confirmar que el personal solicitado también sea profesionales que acrediten su experiencia en Entidades Públicas como Directores de Proyectos similares a los de la propuesta.

Para el caso peruano, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, ha emitido la OPINION Nº 023-2010/DTN, en la que acepta que los profesionales sean de Entidades Públicas.

RESPUESTA:Solo se considerara lo establecido en las bases

CONSULTA N 22:

a) Sírvase confirmar que se aceptará como experiencia de los profesionales propuestos (Etapa de Estudio y Diseño definitivo) la adquirida durante la revisión de los Estudios durante el periodo de Construcción de Obra.

RESPUESTA:Solo se considerara lo establecido en las bases

CONSULTA N 23:

El numeral 2.14 “RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA” contenido en el Capítulo II de las Bases, señala:

“Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades,

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estableciéndose un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años”.

Al respecto, se solicita corregir las bases por:

“Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, estableciéndose un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras hasta siete (07) años”.

RESPUESTA:Será conforme se establece en la cláusula Décimo Sexta, inciso segundo.

CONSULTA N 24:

El penúltimo párrafo contenido en el numeral 2.6 “DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO” del Capítulo II de las Bases, señala:

“El contratista podrá solicitar la terminación (resolución) del contrato, en los casos en que el MAGAP y el MINAG incumplan injustificadamente sus obligaciones esenciales (…)”.

Al respecto, se solicita modificar las bases por:

“El contratista podrá solicitar la terminación (resolución) del contrato, en los casos en que el MAGAP o el MINAG incumplan injustificadamente sus obligaciones esenciales (…)”.

RESPUESTA:La solicitud es aceptada.

CONSULTA N 25:

a) Se solicita nos confirme que se aceptará como “cumplimiento de ejecución de obras” (Literal D del Capítulo IV, Criterios de Evaluación), certificados, actas de recepción o documentos oficiales que señalen que:

“No hubo incumplimientos, sanciones, multas y/o efectivizarían de garantías en la construcción del proyecto”

Ya que lo expuesto resulta similar a decir que la obra se ejecutó sin haber incurrido en penalidades.

b) Sírvase confirmar que para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” se validará la presentación de Resoluciones de Liquidación de Obras en las cuales se anexe el Cuadro Resumen de Liquidación donde conste que el monto correspondiente a multas y penalidades es S/. 0.00.

RESPUESTA:Se puede considerar documentos en el que se acredite fehacientemente el cumplimiento de ejecución de obras e concordancia a lo establecido en las bases

CONSULTA N 26:

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1. Confirmar que se aceptará la experiencia en obras que han sido culminadas y que han sido recepcionadas por la entidad SIN OBSERVACIONES, pero que aún no han sido liquidadas, por encontrarse en procesos arbitrales por diversos motivos, que no desacreditan que la obra se haya ejecutado al 100% y que haya sido recepcionada SIN OBSERVACIONES. Ello, porque en la mayoría de los casos, los contratistas recurren al procedimiento de solución de controversias previsto en la LCE, para lograr el reconocimiento de algún derecho que a su parecer ha sido vulnerado durante la etapa de ejecución contractual. Esto, no limita al contratista de la experiencia obtenida ni de la eficiencia y diligencia con que se haya ejecutado la obra.

2. De ser así, confirmar que se podrán acreditar y actualizar los “montos de contrato vigente”, siempre y cuando este monto conste en el Acta de Recepción respectiva o en el certificado de obra emitida por la entidad.

3. Asimismo, sírvase confirmar que en este caso para acreditar el “Factor de Cumplimiento en la ejecución de obras”, se validará las Actas de Recepción o Certificado de Obra emitidos por la entidad en las que conste que la Obra se recepcionó sin observaciones, ni penalidades, ni multas. Dado, que estas obras aun no cuentan con liquidación por las razones expuestas en el numeral 1.

RESPUESTA:

Se considerara únicamente aquellas obras liquidadas tal como menciona las bases

CONSULTA N 27:

En vista que los Diseños Definitivos se realizan luego de aprobado el Estudio de Factibilidad, y con el afán de que los profesionales que se encarguen de elaborar el Estudio de Factibilidad continúen elaborando los Diseños Definitivos, sírvanse confirmar:

a. Que el profesional que se proponga como Responsable del Estudio de Factibilidad puede ser el mismo que se proponga como Responsable de los Diseños Definitivos.

b. Que el profesional que se proponga como Especialista en Presas para el Estudio de Factibilidad puede ser el mismo que se proponga como Especialista en Presas para los Diseños Definitivos.

RESPUESTA:

Si podrá ser el mismo profesional para ambos estudios.

CONSULTA N 28:

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De acuerdo a lo indicado en el numeral 1.1 Convocatoria, literal D Fuente de Financiamiento, se solicita sírvanse adjuntarnos:

a. El Convenio para el Aprovechamiento de las Cuencas Hidrográficas Binacionales Puyango – Tumbes y Catamayo – Chira.

b. Convenio Específico para la Elaboración del Estudio de Factibilidad, Diseño Definitivo y Ejecución de Obras Comunes y Supervisión y Fiscalización del Proyecto Binacional Puyango – Tumbes.

RESPUESTA:

Dicha información se entregará a su debido tiempo.

CONSULTA N 29:

De acuerdo a lo indicado en el Capítulo 8: Costos, presupuestos y programación de las obras componente peruana – alternativa IV, del Estudio Complementario –Revisión del Estudio de Prefactibilidad de Obras Hidrológicas del Río Puyango –Tumbes, se señala que las presas de derivación y regulación, Linda Chara y Palmales, se han calculado sobre el presupuesto detallado y actualizado de la presa Guanábano y extrapolada a las otras presas con factor de ajuste, en función del área de la sección del cuerpo de presa y según su altura respectivo.

Al respecto debemos indicar que el costeo referencial de obras de esta envergadura mediante extrapolación de costos de otras obras no es apropiado (por diferencias geoténicas, de tipos de cierre, volúmenes de represamiento, túneles de desvío, canteras, botaderos, topografía, accesos, entre otros), pudiéndose generar en los Diseños Definitivos una diferencia sustancial de mayores presupuestos. En esta situación, cuál sería el mecanismo de reconocimiento por parte del Contratante ante estos mayores presupuestos.

RESPUESTA:

Por el tipo de proceso no se reconocerá los mayores presupuestos, el valor referencial que se presenta en las bases engloba el costo total.

CONSULTA N 30:

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Con el afán de que se haga una evaluación objetiva de las propuestas económicas entre los postores, sírvanse entregar un listado referencial de cantidades sobre el cual ofertaremos. Asimismo, diferenciar en la misma que cantidades se ejecutarán en territorio peruano y que cantidades en territorio ecuatoriano.

RESPUESTA:

Dicha información se proporcionó en un CD como parte de las bases.

CONSULTA N 31:

Sírvanse aclarar que detalle de partidas o conceptos se presenta en el formato del Anexo nº 5 para la propuesta económica.

RESPUESTA:

Se detallara los dos componentes: Estudios (Factibilidad del proyecto y Diseños Definitivos de las Obras Comunes) y Ejecución de Obras Comunes, cada una de ellas con un monto global.

CONSULTA N 32:

La cláusula 6.2 de la Proforma del Contrato (Capítulo V de las Bases) indica que las Partes declaran que el monto de la Contraprestación por Ejecución de Obras Comunes es el producto de multiplicar los Precios Unitarios por las cantidades de Obras Comunes estimadas en función de la Alternativa IV del Estudio de Prefactibilidad.

Al revisar lo indicado en el párrafo precedente encontramos solo un esquema de presupuesto, señalando el costo de ambas presas como Precios Globales y el costo del túnel como Metro Lineal.

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Los diseños definitivos determinarán las cantidades finales de ejecución. En tal sentido, se solicita aclarar en base a qué precios unitarios se determinará el precio final de la Contraprestación, en el caso el Formato 02 no contemple dichas partidas.

RESPUESTA:

Teniendo como referencia el estudio de Pre factibilidad, el postor considerara las partidas necesarias de acuerdo a la zona y a las metas de la obra.

CONSULTA N 33:

En vista que la ejecución de las obras se desarrollan tanto en Perú como en Ecuador, se solicita:

a. Sírvanse confirmar que los equipos y maquinarias destinadas a la ejecución de la obra circularán libremente entre ambos países en la zona del proyecto.

b. En caso se confirme la consulta precedente (9.a), cuál sería la metodología a seguir para implementar la libre circulación de los equipos y maquinarias entre ambos países en la zona del proyecto.

c. Sírvanse confirmar que es libre la contratación de Mano de Obra calificada y no calificada de un País u otro y que habrá facilidades especiales de tránsito para el Personal al tratarse de un Proyecto Binacional.

d. Sírvanse confirmar que la logística del proyecto se puede realizar en uno u otro país sin ninguna restricción.

e. Al suscribirse un solo contrato, de una parte EL MAGAP y EL MINAG y de otra parte El CONTRATISTA, sírvanse aclarar cuál es el tratamiento que se le dará al IGV o al IVA, al Impuesto a la Renta, a los impuestos o tasas en general a realizar y cualquier otro concepto que sea simil entre ambos países.

RESPUESTA:

Si, circularan libremente la maquinaria, equipo, mano de obra se garantiza en el marco del convenio específico celebrado para tal efecto.

En cuanto a la facturación y pago de impuestos estos serán de acuerdo a los porcentajes de participación de los países Perú y Ecuador y de acuerdo a la normatividad de cada país.

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CONSULTA N 34:

Sírvanse establecer claramente la normativa o marco legal que regirá para el presente proceso de selección hasta su respectiva liquidación, e indicar cual es el orden de prelación de la misma.

RESPUESTA:

El marco legal que rige el proceso es el que se muestra en el literal 1.2 de las bases del proceso.

CONSULTA N 35:

Sírvanse confirmar que las obras a ejecutarse bajo los presentes contratos se construirán en terrenos de libre disponibilidad.

RESPUESTA:

A la entrega del terreno el contratista aceptará, previa identificación y verificación, las condiciones del terreno en las que se encuentra.

CONSULTA N 36:

Sírvanse confirmar que las canteras que se definan en los Diseños Definitivos serán de libre disponibilidad para el Contratista, asimismo estarán exentas de todo pago por derecho de cantera.

RESPUESTA:

Se debe tener en cuenta los términos de referencia, documento que es parte de la bases del proceso

CONSULTA N 37:

Sírvanse confirmar que los botaderos que se definan en los Diseños Definitivos serán de libre disponibilidad para el Contratista, asimismo estarán exentos de todo pago por disposición de los mismos

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RESPUESTA:

Se debe tener en cuenta los términos de referencia, documento que es parte de la bases del proceso

CONSULTA N 38:

Sírvanse confirmar que el postor ganador del presente concurso propondrá su propia fórmula polinómica para cada componente del proyecto.

RESPUESTA:

Cualquier reajuste considerado dentro de las bases y/o el contrato se realizara teniendo en cuenta los índices de precios al consumidor de cada país

CONSULTA N 39:

Sírvanse aclarar cuáles son los Anexos 1-A y 1-J indicados en el numeral 1.12 Definiciones de la Proforma del Contrato (definiciones: “oferta” y “precio unitario” respectivamente).

RESPUESTA:

Dichos anexos se implementaran una vez consentida la buena pro previa a la firma de contrato.

CONSULTA N 40:

Sírvase manifestar claramente a nombre de quien deberá ser emitida la garantía de Seriedad de Oferta.

RESPUESTA:

A nombre del MINAG y del MAGAP.

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ABSOLUCION No. 008 – PS. 001 (OBRAS)

Consorcio Puyango Tumbes 4 : (G&M S.A. –SEMAICA)

(CUARTO PLIEGO DE ABSOLUCIONES)

Consulta N° 1

Cronograma

El nuevo cronograma ha tenido a bien considerar etapas para la formulación de consultas y absolución de consultas, así como para la integración de las Bases. Sin embargo, queremos expresarles que en menos 30 días, contados desde la publicación de los postores precalificados (24 Sep-10) hasta la presentación de la oferta (18 Oct -10), resulta muy corto para cualquier Consorcio. Reiteramos que según la información del documento de precalificación:

El plazo de ejecución del Estudio de Factibilidad y Diseño Definitivo de Obras Comunes es de 665 días calendarios.

El Plazo de Ejecución de las Obras Comunes es de 3 años, según el Estudio de Prefactibilidad, sin embargo el Contratista podrá reducir el plazo.

Todas las actividades relacionadas para la elaboración de una oferta competitiva:

a. Visitas a campo, b. Estudio topográfico del terreno en el ámbito de la zona, c. Consideraciones para el impacto ambiental, d. Disponibilidad de recursos y equipos, e. Cronograma de trabajo, f. Estudio de la zona, g. Trabajo de gabinete, h. Preingenieria, i. Elaboración del presupuesto, j. Cotizaciones y negociación con proveedores, al menos tomara 90 días

contados desde la fecha de información de los resultados de precalificación.

Nos permitimos presentar estas inquietudes de manera fehaciente y directa, pues la experiencia nos ha enseñado que procesos que requieren Ingeniería y Construcción, como este caso, demandan un tiempo razonable para el análisis y planificación, así como para la generación de alternativas que permitan una mejor manera de enfrentar los retos del proyecto, a fin de ser llevados a buen término.

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RESPUESTA:Se mantiene el cronograma establecido en las bases del proceso.

Consulta N° 2

Presentación de ofertas

Agradeceremos nos puedan aclarar si las propuestas técnicas y económicas se presente en Original y tres copias - indicado en la sección A. Contenido de la propuesta técnica

RESPUESTA:Las propuestas Técnica y Económica se deberá presentar en original y (02) copias.

Consulta N° 3

Representante Legal del Consorcio

Respecto a la acreditación de la persona que representara al Consorcio:

Es posible que los Consorciados en carta simple apoderen a la persona que representara en el Acto público, adjuntando copia de los poderes vigentes de cada uno de los representantes legales?

RESPUESTA:Confirmado

Consulta N° 4

Criterio de evaluación. Obras generales

Sírvanse confirmar que el mecanismo bajo el cual se acreditaran las obras generales para el Consorcio (acumulado de hasta 5 veces el valor de referencia), será de la siguiente forma:

Empres A - $ 300 MM

Empresa B - $ 200 MM

Page 33: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Total Consorcio = A + B = $ 500 MM

RESPUESTAConfirmado, la experiencia en obras generales será la suma de las experiencias ejecutadas en los últimos 10 años por cada consorciante.

Consulta N° 5

Criterio de evaluación. Obras similares

Sírvanse confirmar que el mecanismo bajo el cual se acreditaran las obras similares (hasta 3 veces el valor de referencia – mínimo por obra 30% del valor de referencia veces el valor de referencia), será de la siguiente forma:

Empres A - $ 150 MM

Empresa B - $ 100 MM

Total Consorcio = A + B = $ 250 MM

RESPUESTAConfirmado, la experiencia en obras similares será la suma de las experiencias ejecutadas en los últimos 10 años.

Consulta N° 6

Factor cumplimiento de obras

Sírvanse confirmar que la acreditación del Factor: Cumplimiento en la ejecución de obras, solamente exigirá que el Consorcio presente hasta un máximo de 10 contratos de obra general y/o obras similares en los que no incurrió en penalidad.

RESPUESTASe mantiene lo mencionado en las bases.

Consulta N° 7: Clausula decimo segunda

Proforma de Contrato

Page 34: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Sírvanse confirmar que no será como causal de demora del inicio del contrato, la demora de la entrega del terreno por parte de El Contratante.

RESPUESTAConfirmado.

Consulta N° 8

Demoras ajenas al Contratista

Agradeceremos confirmen que en caso de demoras, tanto en los Estudios como en la Ejecución de las obras comunes por razones ajenas al Contratista, la Contratante se verá obligada a reconocer mayores gastos generales y a reconocer ampliaciones de plazo.

RESPUESTAEl contratante coordinara en forma oportuna con el contratista en todo el desarrollo de las componentes estudios y la ejecución de las obras comunes y preveer de esta manera demoras, retrasos. Si llegara a ocurrir el contratante lo evaluara.

Consulta N° 9

Reajuste de ofertas

Sírvanse considerar un mecanismo de reajuste del valor de las ofertas presentadas, e n vista que es un proyecto de larga maduración (desarrollo de estudios y ejecución de obras comunes hasta por cinco años). En todo este tiempo, en el caso del Perú, el tipo de cambio sufrirá alta volatilidad por el ingreso de capitales extranjeros. En un proyecto de esta magnitud no puede trasladarse TODO el riesgo cambiario al Contratista, ya que este constituiría un evento de casi fuerza mayor, y por ende, de responsabilidad del contratante. Apelamos a su buen juicio para que esta condición se cambie para bien del proyecto.

RESPUESTAEl Contratista en el desarrollo de la elaboración de los estudios definitivos propondrá los mecanismos de reajuste del valor final de las obras a realizar y estas deberán ser aprobadas por el contratante.

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Consulta N° 10

Garantías

Confirmar que las garantías serán emitidas a favor de la Unidad de Coordinación Binacional Ecuador Perú

RESPUESTASeràn emitidas a nombre del MINAG y el MAGAP.

Consulta N° 11

Penalidades

Sugerimos reducir a la mitad el monto de las penalidades diarios, ya sea para la elaboración de los estudios como para la construcción de las obras comunes.

RESPUESTASe considerara lo establecido en las bases.

Consulta N° 12

Adicionales de Obra

Confirmar cual es el mecanismo bajo el cual la Unidad de de Coordinación Binacional reconocerá adicionales de Obra.

RESPUESTAEl contratista durante la elaboración de los Estudios Definitivos deberá prever todas las obras necesarias para el correcto funcionamiento de las obras objeto de la presente convocatoria, una vez aprobado no se reconocerá adicionales, salvo de fuerza mayor.

Consulta N° 13

Reajustes

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Según las Bases de la Licitación, el presupuesto no estará sujeto a reajustes. Consideramos que esta condición no es apropiada para un proyecto de esta envergadura y complejidad. No corresponde a las prácticas estándares de elaboración de estudios y ejecución de obra, sobre todo cuando tenemos una alta situación de volatilidad de soles respecto al dólar.

Recordemos que este es un proyecto que debe desarrollar su Ingeniería en dos años para luego dar paso a la etapa de construcción, la cual durara tres años. Un Consorcio no puede asumir todos los cambios que pueden hacer en términos de cambio de precios de materiales y de costos de mano de obra.

Solicitamos a la Entidad Binacional se sirva reconsiderar su posición, a fin de que las contingencias que se puedan manejar para estos términos sean razonables y reflejen los valores de mercado. Este es un gran proyecto que demandara un gran esfuerzo binacional. No corresponde que se generen distorsiones en los presupuestos por estimaciones de precios que generalmente no se realizan a tan largo plazo.

RESPUESTAEl Contratista en el desarrollo de la elaboración de los estudios definitivos propondrá los mecanismos de reajuste del valor final de las obras a realizar y estas deberán ser aprobadas por el contratante.

Consulta N° 14

Computo del plazo de vigencia del Contrato

Para efectos del inicio del plazo de ejecución de obra, se pone como condición la entrega del terreno. Sugerimos se agregue la entrega del terreno completamente saneado y listo para el inicio de los estudios.

De lo contrario, sírvanse confirmar que la Entidad se hará responsable por los gastos generales adicionales generados por este inconveniente, así como por el reconocimiento de la ampliación del plazo de obra.as demoras

RESPUESTA

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Se considerara lo establecido en las bases, cabe mencionar que en la entrega de terreno, el consultor aceptara y aprobara las condiciones actuales de terreno.

Consulta N° 15

Respecto al Estudio de Impacto Ambiental

Agradeceremos a la Entidad se sirva confirmar el avance del EIA?

Sírvanse confirmar que cualquier demora por motivos ajenos a El Contratista, la Entidad se compromete al reconocimiento de mayores gastos generales y al reconocimiento de mayor plazo contractual.

RESPUESTAEl estudio estará incluido como parte del Contrato.

Consulta N° 16

CIRA

Agradeceremos a la Entidad se sirva indicar el grado de avance que se tiene respecto al Informe

Sírvanse confirmar que cualquier demora por motivos ajenos a El Contratista, la Entidad se compromete al reconocimiento de mayores gastos generales y al reconocimiento de mayor plazo contractual.

RESPUESTAEl estudio estará incluido como parte del Contrato.

Consulta N° 17

Se solicita que las obras acreditadas como obras generales y obras similares se actualicen a setiembre de 2010.

Page 38: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTAConfirmado, se considerara la actualización de las obras generales y similares a setiembre 2010 de acuerdo con los índices de precios del consumidor de cada país y esta deberá darse en un cuadro resumen y en dólares.

Consulta N° 18

Agradeceremos confirmar que se podrá incorporar al Consorcio, socios que no participaron en la etapa de precalificación, conforme a la respuesta consignada en esta etapa.

RESPUESTAConfirmado, se considerara la incorporación de socios hasta lo máximo indicado siempre y cuando continúen los consorciados originales.

Consulta N° 19

Documentos traducidos oficialmente y fedateados

En el mismo numeral 1.3 (página 5) cuarto párrafo, señala que la documentación en idioma distinto al español será presentada por el postor ganador a la fecha de suscripción de contrato con la debida traducción oficial al español. Solicitamos especificar si este párrafo es aplicable sólo para documentación técnica que presenten los postores o para cualquier tipo de documentación.

RESPUESTAConfirmado, para cualquier tipo de documentación, con excepción de folletos, instructivos, catálogos o similares..

Consulta N° 20

Acreditación de experiencia

En el numeral 1.10 A iii) (página 9) señalan que “Para la acreditación del factor Experiencia y calificaciones del personal propuesto deberá requerirse: copia simple de contratos con conformidad, constancias o certificados”. Solicitamos nos confirmen que la acreditación de la experiencia del personal se hará con la presentación de

Page 39: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

certificados o constancias de trabajo emitidos por los empleadores de dichos profesionales, ya que la única persona jurídica que puede dar fe de la contratación de un profesional, su experiencia, el cargo y el periodo de tiempo es su empleador.

RESPUESTAConfirmado,

Consulta N° 21

Cumplimiento de ejecución de obras

Respecto al numeral 1.10 A iii) (página 9) solicitamos nos confirmen que se podrá acreditar el factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” con la presentación de cualquier documento (certificado, constancia, liquidación de obra, acta de recepción, etc.) donde se pueda aprecia que la obra “se ejecutó de acuerdo a lo contratado”, “se emite el certificado por haber culminado la Obra satisfactoriamente” o que “se ejecutó sin aplicación de penalidades” o términos similares.

RESPUESTAConfirmado, donde se indica que la ejecución de la obra no incurrió en penalidades.

Consulta N° 22

Proforma Contrato

Respecto al numeral 1.10 B (página 9) solicitamos nos confirmen que la ejecución de los trabajos convocados están exonerados de impuestos, ya que encontramos contradicción sobre este punto en la cláusula vigésimo octava de la pro forma del contrato; caso contrario, solicitamos una explicación detallada sobre el tema.

RESPUESTALa facturación, incluyendo los impuestos correspondientes y vigentes, se hará a cada país en el Porcentaje de aporte entre Perú y Ecuador.,

Consulta N° 23

Experiencia Obras Generales

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Referente al factor de evaluación A “Experiencia en Obras en General” del Capítulo IV (Página 18) solicitamos confirmar que se otorgará el puntaje máximo al postor que cumpla con acreditar una experiencia acumulada igual o superior en cinco (05) veces el valor referencial del presente proceso de selección, sin que exista un tope de obras para tal acreditación.

RESPUESTAConfirmado, no existe tope de obras para la acreditación de experiencia en obras generales.

Consulta N° 24

Experiencia en Obras Similares

Referente al factor de evaluación A “Experiencia en Obras Similares” del Capítulo IV (Página 18) solicitamos confirmar que se otorgará el puntaje máximo al postor que cumpla con acreditar una experiencia acumulada igual o superior en tres (03) veces el valor referencial del presente proceso de selección, sin que exista un tope de obras similares para tal acreditación.

RESPUESTAConfirmado, no existe tope de obras para la acreditación de experiencia en obras similares.

Consulta N° 25

Experiencia y calificaciones del personal propuesto

Referente al factor de evaluación C “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” del Capítulo IV (Página 19) solicitamos nos aclaren qué debemos entender por “componente” cuando señalan que el valor mínimo de cada contrato en el cual haya participado el profesional sea similar al 30% del valor referencial del componente respectivo.

RESPUESTAEl componente respectivo, se refiere a que puede tratarse; del componente estudios (factibilidad y diseños definitivos de las obras comunes) o del componente obras (ejecución de las obras comunes).

Page 41: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Consulta N° 26

Experiencia y calificaciones del personal propuesto

Solicitamos se sirvan suprimir de los criterios de evaluación, el requisito de que cada profesional propuesto haya participado en obras cuyo monto mínimo resulta ser el 30% del valor de referencia del proyecto.

RESPUESTASe considerara lo establecido en las bases.

Consulta N° 27

Solicitamos confirmar que en la evaluación de la experiencia del profesional responsable del Estudio de Factibilidad, se considerara también su experiencia profesional en Estudios definitivos de proyectos similares en los cargos de :

Director de Estudio y proyectos

Gerente de Estudios de proyecto

Jefe de Estudio o proyecto

RESPUESTAConfirmado.

Consulta N° 28

Pro forma del Contrato

Respecto a la pro forma del contrato, solicitamos aclarar la cláusula vigésimo tercera sobre solución de controversias (página 34) ya que está establecido que la última instancia para resolver controversias será un Tribunal arbitral, con lo que estamos de acuerdo; sin embargo, creemos necesario que en esta instancia se defina la sede arbitral y las reglas que regirán en un eventual arbitraje ya que se trata de una obra binacional con distintas regulaciones sobre arbitraje. Es decir, dónde se llevaría a cabo el arbitraje? Con las reglas de qué país? Agradeceremos aclarar detalladamente.

Page 42: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTALas controversias y arbitrajes, se consideraran de acuerdo a la clausula vigésimo tercera de las bases.

Consulta N° 29

Pro forma del Contrato

De igual manera, solicitamos aclarar la cláusula vigésimo séptima de la pro forma del contrato sobre el financiamiento de los trabajos (página 34), ya que su redacción haría suponer que el financiamiento estaría sujeta a la aprobación de los estudios definitivos por parte de Ecuador y el Perú, pero no detalla los plazos para esta aprobación y si el inicio de los trabajos debe esperar a contar con la aprobación definitiva del financiamiento. Agradeceremos aclarar detalladamente.

RESPUESTAEl financiamiento está garantizado mediante acuerdo plasmado en el Convenio Específico del 09/08/2010.

Consulta N° 30

Anexo 3 – Declaración Jurada del Plazo

Favor confirmar que el plazo que los postores deberán consignar en el Anexo N° 03 es la sumatoria de los plazos para la elaboración de los estudios y la ejecución de obra sin desagregar.

RESPUESTAEl plazo ofertado por los postores en el anexo 3, se indicara en forma desagregada por componentes; estudios y obras.

Consulta N°31

Anexo 4

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Favor confirmar que no será necesario indicar las obligaciones de las empresas que integrarían un consorcio (Anexo N° 04), entendiéndose que todos los consorciados participarán juntos en todos los aspectos del contrato.

RESPUESTASi es necesario indicar las obligaciones, las cuales serán establecidas por los integrantes del consorcio.

Consulta N°32

Capítulo IV (Criterios de Evaluación)

Solicitamos se sirvan eliminar el requisito de que cada contrato similar donde haya participado el profesional tenga que ser igual o mayor al 30% del valor referencial del componente.

RESPUESTASe considerara de acuerdo a lo establecido en las bases.

Consulta N° 33

Acápite 1.10 – Forma de presentación y acápite de propuestas.

Consideramos que no es correcto que a los postores extranjeros se les permita presentar copia simple de toda la documentación que acreditara su experiencia como ejecutor de Obra, tanto Obras similares como Obras generales. Tal y como lo establecen la ley y su reglamento, ellos deben fedatear toda la información es su país de origen, contando con los sellos de nuestros consulado en su país y con el de relaciones exteriores. Ello en respecto a los principios de trato justo e igualitario, equidad, transparencia, imparcialidad.

Solicitamos cambiar el párrafo 4to de la página 7, de tal manera que se exija a los documentos emitidos por autoridad pública extranjera (salvo peruano o ecuatoriana), que los documentos deberán estar traducidos oficialmente al castellano y refrendados por el respectivo consulado y el ministerio de relaciones exteriores.

RESPUESTA

Page 44: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Se considerara de acuerdo a lo establecido a las bases.

Consulta N° 34

Fedateo obras ejecutadas en el extranjero

Confirmar si para el caso de Obras ejecutadas en el extranjero, basta presentar copia simple de los documentos, previa legalización en Notaria, Colegio de Notarios, Relaciones Exteriores y Finalmente Consulado.

RESPUESTASe considerara de acuerdo a lo establecido a las bases.

Consulta N° 35

Cumplimiento de obras

Favor explicar a que se refieren la bases a la acreditación del Factor “Cumplimiento en la ejecución de Obras”. Favor sugerir que documento presentar, ya que la acreditación de cumplimiento no son más que los Certificados o Constancias de Cumplimiento de Obra Ejecutada.

RESPUESTALa acreditación del cumplimiento en la ejecución de obras será a través de la presentación de certificados o constancias donde conste que la obra fue ejecutada sin penalidades.

Consultas LEGALES

Consulta N° 36

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: IV

Solicitamos se sirvan modificar el orden de precedencia de los documentos, ya que nuestra oferta debería ir en el orden de precedencia (b).

Page 45: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTANo se acepta, se considerara lo establecido en la clausula cuarta de las bases.

Consulta N° 37

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: V

Solicitamos se sirvan incluir como eventos para que entre en vigencia el contrato los siguientes: (i) la firma del contrato; (ii) la entrega del adelanto; y,(iii) la entrega de la información que requiera EL CONTRATISTA para poder iniciar los servicios y obras del contrato.

RESPUESTASe considerara lo establecido en la clausula quinta de las bases.

Consulta N° 38

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: VI

Solicitamos se sirvan corregir el numeral correspondiente al “ADELANTO”, ya que se indica como “2.15” y debería ser el “6.3”.

RESPUESTASe acepta.

Consulta N° 39

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: VI (6.3.1)

Page 46: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Solicitamos se sirvan precisar que el adelanto directo equivale al 30% del valor del contrato.

RESPUESTAEl adelanto directo equivale al 30% del valor ofertado de la componente de estudios.

Consulta N° 40

Cláusula: VI (6.3.2)

Solicitamos se sirvan precisar que el adelanto para materiales e insumos equivale al 40% del valor del contrato.

RESPUESTAEl adelanto directo equivale al 40% del valor ofertado de la componente de Obras.

Consulta N° 41

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: VI

Solicitamos se sirvan precisar que el adelanto directo así como el adelanto para materiales e insumos si estarán sujetos a reajuste dadas las condiciones del presente contrato.

RESPUESTAEl Contratista en el desarrollo de la elaboración de los estudios definitivos propondrá los mecanismos de reajuste del valor final de las obras a realizar y estas deberán ser aprobadas por el contratante.

Consulta N° 42

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: XI (11.2)

Page 47: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Solicitamos se sirvan incluir como una condición para iniciar la elaboración de los estudios la entrega de toda la información que EL CONTRATISTA precise para estos efectos.

RESPUESTANo se acepta, las condiciones para el inicio del plazo de elaboración de los estudios están consideradas en la clausula decimo primera, 11.2 inicio del plazo de ejecución del contrato.

Consulta N° 43

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: XII

Dicha cláusula establece que las autorizaciones, permisos, licencias, registros y demás requisitos para la explotación de las canteras y servidumbres serán responsabilidad del CONTRATISTA. En ese sentido, solicitamos se sirvan alcanzarnos la información que tengan al respecto para poder analizarla.

RESPUESTAToda la información disponible se remitió en CD a los postores.

Pregunta N° 44

Referencia(s) del Contrato

Cláusula: XIX (19.3)

Solicitamos se elimine la siguiente frase de dicho numeral: “Las Obras Comunes que se ejecuten como consecuencia de observaciones no darán derecho al pago de ningún concepto a favor de EL CONTRATISTA ni a la aplicación de penalidad alguna.”

RESPUESTANo se acepta.

Page 48: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Pregunta N° 45

Referencia(s) del Contrato

Cláusula:

Se debe precisar la cláusula de solución de controversias.

RESPUESTA.La Cláusula Vigésimo Tercera del Contrato establece claramente el procedimiento.

Pregunta N° 46

Referencia(s) del Contrato

Cláusula:

Se debe agregar una cláusula referente a ley aplicable en la que se establezca que será la peruana.

RESPUESTANo se acepta.

Pregunta N° 47

Referencia(s) del Contrato

Cláusula:

Solicitamos se incluya una cláusula donde se establezca que la demora en la aprobación del Expediente Técnico por responsabilidad del CONTRATANTE generará mayores gastos generales pagados por el CONTRATANTE. Asimismo solicitamos se permitan aprobaciones parciales del Expediente Técnico.

RESPUESTANo se acepta.

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Pregunta N° 48

Referencia(s) del Contrato

Cláusula:

Solicitamos se incluya una cláusula en la que se establezca que EL CONTRATISTA no será responsable frente al CONTRATANTE por ningún lucro cesante, pérdida de beneficios ni cualquier otro daño indirecto.

RESPUESTANo se acepta.

Otras Consultas

Consulta N° 49

Financiamiento del proyecto

En el Capítulo 1 acápite C, en el último párrafo, debemos asumir que si una oferta es seleccionada y supera el presupuesto referencial, la contratista deberá financiar la diferencia hasta que se asigne partida presupuestaria?

RESPUESTA.Le corresponde a cada país las asignaciones correspondientes.

Consulta N° 50

Términos de referencia

Al ser un concurso de precios unitarios y al hacer referencia a la alternativa IV de la prefactibilidad, favor entregarnos cuadro de rubros y cantidades referenciales

RESPUESTALa información del estudio de la prefactibilidad alternativa IV, se entrego en CD a los postores..

Consulta N° 51

Page 50: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

De ser favorable una ampliación del plazo para la presentación de ofertas solicitamos una segunda de ronda de consultas.

RESPUESTAEl cronograma del proceso prevalece.

Consultas Referidas al EF/ED

Consulta No. 52. Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 5.1.2: “Revisión de la información básica existente”

a. En el numeral de la referencia se menciona lo siguiente: “Se revisará toda la información existente de estudios anteriores al Estudio de Prefactibilidad elaborado por PCI en el año 2002, tanto a nivel nacional de ambos países, como a nivel binacional. Se revisarán también los estudios que hayan sido ejecutados posteriormente. Evidentemente, se pondrá especial énfasis en la revisión del Estudio de Prefactibilidad.”

Consulta Favor confirmar que toda la información mencionada, desarrollada tanto a nivel binacional como a nivel nacional de cada uno de los países será entregada al CONTRATISTA por parte de la unidad de coordinación binacional.

RESPUESTASe dará las facilidades necesarias para la entrega de cualquier información existente al contratista.

Consulta No. 53. Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 5.2: “Fase Segunda”:

a. En el párrafo 2 del numeral indicado se menciona lo siguiente: “La Consultora deberá tener presente que los estudios de ingeniería correspondientes a esta Fase Segunda, persiguen confirmar con razonable certidumbre que las obras básicas elegidas (presas, obras conexas, trasvase, centrales hidroeléctricas, de ser el caso, conducciones), durante el diseño final no presentarán situaciones que modifiquen radicalmente las características principales de las obras establecidas en el Estudio de Factibilidad, así como, conocer sus dimensiones fundamentales, de forma que puedan identificarse las partidas/rubros determinantes de obra para obtener, así, una estimación bastante aproximada de sus costos, evitando discrepancias con las estimaciones que se tendrán en la Fase de Diseño Definitivo”.

Consulta

Page 51: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Favor aclarar con que rango de precisión y con qué nivel de confianza se deben presentar las estimaciones de Costos referidas.

RESPUESTAConforme a los términos de referencia no deberá realizarse cambios radicales sin embargo se deberán considerar todas las obras necesarias a fin de garantizar la correcta operación del sistema.

b. En el párrafo 4 del numeral indicado se menciona lo siguiente: “Con base en la exhaustiva revisión realizada en la Fase Primera, la Consultora programará las actividades para complementar la información existente y para realizar verificaciones adicionales de la misma. Se evitará repetir los trabajos e investigaciones de campo ya realizados en los dos países y será responsable de completar la información que requiera, o de proceder a obtenerla en el caso de que faltase”.

Consulta

Entendemos que el cumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior puede llevar a una ampliación ó reducción del programa de investigaciones de campo presentado en la propuesta del POSTOR. Favor confirmar

RESPUESTA:Se confirma y será motivo de coordinación entre el CONTRATANTE y el CONTRATISTA a fin de que presente los sustentos requeridos.

Consulta

Considerando lo mencionado en el párrafo 4 y dado que para la preparación de la oferta es indispensable estimar el esfuerzo necesario en investigaciones de campo, solicitamos se pongan a disposición los informes de estudios básicos ejecutados hasta la fecha a fin de hacer las estimaciones de nuevos trabajos e investigaciones.

RESPUESTA:La información será entregada al postor ganador. Para efectos de determinar los metrados referenciales que el Postor presentará en su propuesta favor referirse al numeral 5.2.6 de la PARTE I de los términos de Referencia.

Consulta No. 54. Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 5.3.2: “Fase Tres: Estudios básicos e investigaciones complementarias”:a.En el numeral de la referencia se menciona lo siguiente: ”Teniendo en cuenta que en el Estudio de Factibilidad, estarán definidos, la ubicación, tipo, dimensiones y características principales de las obras del Proyecto, el mismo que después de aprobado

Page 52: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

y revisado por las entidades responsables de los dos países, requerirán de varios trabajos de campo complementarios, los mismos que deben ser suficientes para la elaboración de los diseños definitivos para las Obras Comunes del Proyecto.”

Consulta

Entendemos que el cumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior puede llevar a una ampliación ó reducción del programa de investigaciones de presentado en la propuesta del POSTOR. Favor confirmar.

RESPUESTASe dará las facilidades necesarias para la entrega de cualquier información existente al contratista.

Consulta No. 55. Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 6.1 “Recursos Físicos”: a. En el párrafo 1 del numeral indicado se menciona lo siguiente: “Las sedes de los

estudios, en lo que corresponde a las labores de campo y gabinete serán las ciudades de Tumbes en Perú y Machala/Arenillas en Ecuador, lugares donde se instalará el consultor para el desarrollo de las actividades correspondientes”.

Consulta

Favor aclarar si esta condición aplica para todas las fases del estudio o solo para alguna de las fases en particular

RESPUESTASe aplica a todas las fases de estudio que requieran trabajos en campo.

Consulta

Favor aclarar si se trabajará simultáneamente en ambas ciudades durante el desarrollo del estudio

RESPUESTAEl lugar de trabajo será de acuerdo al lugar donde se hará los estudios en Ecuador o Perú

Consulta

Favor aclara si existen regulaciones especiales para los profesionales peruanos/ecuatorianos para trabajar en Machala/Tumbes

RESPUESTA:El postor ganador será informado, por parte de la Unidad de Coordinación Binacional y con la suficiente antelación al inicio del contrato, sobre todos

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aquellos aspectos concernientes a las regulaciones de ambos países que atañen al trabajo de personal extranjero en sus respectivos territorios.

Consulta No. 56.- Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 6.5.1 (Anexo 2) “ Cronogramas de ejecución”

b. El cronograma del servicio (Anexo 3) y en particular la programación de la fase 3 se encuentran incompletos. La duración de esta fase es de 189 días y las actividades indicadas solo abarcan un período de 155 días. Consulta Se solicita completar las actividades restantes en el cronograma.

c. En el cronograma del servicio (Anexo 3), se indica para la revisión y aprobación de los informes finales de las fases 1,2 períodos de 5 y 8 días respectivamente. Consulta Favor aclarar si en el supuesto caso que estos plazos sean excedidos por la entidad contratante se ampliaran para el CONTRATISTA el plazo y el monto en función de los retrasos ocasionados por dicho incumplimiento

RESPUESTALos plazos mostrados en el cronograma de los términos de referencia solo son referenciales.

Consulta No. 57.- Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 6.5.1 (Anexo 3) “ Presupuesto referencial para los estudios”

ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD Y DISEÑOS DEFINITIVOS (ABRIL 2009)

Item ConceptoCosto

(US$)

A. Remuneraciones 2´137.433

B. Beneficios Sociales 738.954

C. Gastos Reembolsables 1´476.058

D. Gastos Misceláneos 696.470

E.Gastos generales (45% Remuneraciones y Sociales )

1´294.374

F. Utilidad (10%) 287.639

G. Manejo de Gastos Reembolsables 73.803

COSTO DEL ESTUDIO SIN IMPUESTOS ( IVA o IGV) 6´704.730

Page 54: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Consulta

Favor aclarar cómo se reparte el monto total referencial de la ingeniería (US$ 6’704,730) entre las tres fases del estudio (Revisión, análisis y validación de estudios anteriores; Estudio de Factibilidad y Diseños Definitivos

RESPUESTA:El postor podrá presentar el presupuesto de su propuesta desagregado de la forma que le resulte más conveniente y asignando para cada fase los montos que estime conveniente siempre y cuando considere para ello lo indicado en literal C, del numeral1.1, del Capítulo I de las bases de licitación.

Consulta Favor aclarar que montos se han considerado dentro de las fases 2 y 3 para la ejecución de los estudios básicos como topografía, hidrología, geotecnia, etc. y cuáles son los metrados referenciales de dichos estudios, valga decir, hectáreas de levantamiento topográfico, metros de perforaciones y calicatas, cantidades de ensayos del campo y de laboratorio, etc.

RESPUESTA:La información se encuentra en los Estudios de Prefactibilidad de la Alternativa IV.

ConsultaEntendemos que los estudios básicos se encuentran dentro del rubro GASTOS REEMBOLSABLES del presupuesto referencial y será remunerado según los metrados realmente ejecutados y a los precios unitarios indicados en la propuesta; y que el contratista recibirá un adelanto para la ejecución de estos estudios. Favor confirmar.RESPUESTA:Confirmado que el pago por estos conceptos se efectuará según los metrados realmente ejecutados y a los precios unitarios indicados en la propuesta.

ConsultaConsideramos que en lo referente al pago de los estudios básicos se pueden realizar valorizaciones mensuales de los trabajos ejecutados, de acuerdo a los metrados realizados durante el período a valorizar y a los precios unitarios indicados en la propuesta y contra la presentación de los sustentos respectivos. Favor confirmar viabilidad de esta forma de pago

RESPUESTA:Está en función a los informes presentados, como se indica en cláusula séptima de la proforma del contrato.

Consulta En el presupuesto se considera un monto de US$ 738.954 para los BENEFICIOS SOCIALES lo cual equivale al 34.6% de las remuneraciones (US$ 2’137.433). En Perú el monto de los BENEFICIOS SOCIALES asciende al 52.6% del valor de la remuneraciones (en este caso US$ 1’124,290). Favor precisar a qué monto corresponde el indicado en el presupuesto referencial.RESPUESTA:El presupuesto referencial esta en función a los beneficios sociales que se reconocen en ambos paises

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Consulta No. 58.- Consultas referentes a las Bases, Capítulo IV “ Criterios de Evaluación, Numeral C: Factor de Experiencia del personal propuesto”

En el capítulo IV de las bases se presentan los siguientes requerimientos para evaluar y calificar la experiencia a cargo del personal clave.

Consulta Favor confirmar si los profesionales responsables de los diseños definitivos pueden ser los mismos profesionales responsables del estudio de factibilidad.

RESPUESTA:Confirmado.

Consulta Favor aclarar cómo se evaluará la experiencia del personal encargado de:A. Estudio de Factibilidad

Responsable del Estudio de Factibilidad.Especialista en Presas.

B. Diseños definitivos Obras ComunesResponsable de Diseños Definitivos.Especialista en Presas

RESPUESTA:En ambos casos (A y B), la evaluación de la experiencia de los profesionales propuestos se hará únicamente en base a la cantidad de contratos en la especialidad en proyectos similares (tanto para la factibilidad como para los diseños definitivos).

Page 56: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Consulta Favor aclarar cómo debe ser considerado el término componente respectivo en los siguientes casos:A. Estudio de Factibilidad

Responsable del Estudio de Factibilidad.Especialista en Presas.

B. Diseños definitivos Obras ComunesResponsable de Diseños Definitivos.Especialista en Presas

RESPUESTA:De acuerdo a su experiencia

Consulta Favor aclarar cómo se calificará la experiencia de aquellos especialistas en estudios y diseños que hayan desempeñado cargos de Dirección Técnica y/o Técnicos Especializados en entidades públicas para los cargos de responsable de Estudio de Factibilidad , Diseño Definitivo y Diseñador de Presas(factibilidad/Diseño definitivo):

RESPUESTA:Pendiente

Consulta No. 59.- Consulta a los términos de referencia, PARTE I, numeral 5.3.4.4 “ Especificaciones técnicas”

Consulta Favor confirmar que las especificaciones y los diseños para los caminos de acceso referidos en este numeral corresponden únicamente a caminos para construcción.

RESPUESTA:Confirmado.

Consulta No. 60.- Confirmar que las experiencias del Especialista en Presas para el Estudio de Factibilidad pueden ser repetidas en los Diseños Definitivos de Obras Comunes

RESPUESTA:Confirmado, las experiencias del Especialista en Presas para el Estudio de Factibilidad pueden ser repetidas en el requerimiento para el Especialista de Diseños Definitivos de Obras Comunes. Es decir, que el mismo especialista puede participar para ambos casos.

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ABSOLCUION No. 009 - PS. 001 (OBRAS)

CONSORCIO BINACIONAL AG – PUYANGO TUMBES

Pregunta No. 01

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Literal: H

Consulta:

Considerando la importancia del Proyecto se requiere que los postores cuenten con tiempo suficiente para estudiar la información disponible y elaborar una oferta adecuada y acorde con la envergadura del Proyecto y sus objetivos; solicitamos se otorgue una ampliación de plazo de 30 días calendario adicionales para la presentación de la Propuesta Técnico – Económica.

RESPUESTA:

Se respetara el cronograma establecido en las bases.

Pregunta No. 02

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Literal: C

Consulta:

Favor explicar el sistema de facturación (a nombre de cuál entidad se emitiría la factura).

Asimismo, agradeceremos se indique si se ha determinado un porcentaje estimado para la facturación considerando impuestos correspondientes a Perú, y respecto a los impuestos de Ecuador.

Page 58: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTA:

La facturación se emitirá al MINAG Y MAGAP, los impuestos se distribuirán de acuerdo al convenio específico del 09/08/2010 entre Perú y Ecuador.

Pregunta No. 03

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Literal: H

Consulta:

Favor precisar que el item denominado “Calificación Propuestas Económicas”, implica la apertura de los Sobre 2.

Asimismo, favor confirmar que este acto será público.

RESPUESTA:

Se considerara de acuerdo a lo establecido en las bases

Pregunta No. 04

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Numeral: 1.3

Consulta:

Favor precisar cuántos juegos de copias se requiere para la Propuesta Técnica.

Asimismo, favor precisar que la Oferta Económica solo se entrega en original, sin copias.

Page 59: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTA:

Las propuestas tanto Técnica y Económica serán presentadas en 01 original y 02 copias.

Pregunta No. 05

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Numeral: 1.10

Consulta:

Del tercer párrafo entendemos que el Formato 1, mediante el cual se designa al apoderado del Consorcio, deberá ser suscrito por representantes facultados de cada una de las empresas que conforman el Consorcio, adjuntándose los poderes inscritos en registros públicos de éstas últimas.

Favor confirmar.

RESPUESTA:

Confirmado

Pregunta No. 06

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Numeral: 1.10.A.-CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Documentación de presentación facultativa, literal i)

Consulta:

Entendemos que para acreditar la experiencia en obras (generales y similares) se requiere: (i) copia simple de contratos; y (ii) su respectiva acta de recepción oconformidad. Favor confirmar.

Debe considerarse que nuestro entendimiento guarda relación con lo indicado en el Capítulo IV de las Bases.

Page 60: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

RESPUESTA:

Se considerara de acuerdo a lo establecido en las bases

Pregunta No. 07

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Numeral: 1.10.A.-CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Documentación de presentación facultativa.

Consulta:

En el último párrafo se indica “Consignar cualquier otra documentación que sea necesaria para acreditar los factores de evaluación”.

Favor qué otra información se requerirá para acreditar los factores de evaluación.

RESPUESTA:

La información necesaria que se tomara en cuenta en los criterios de evaluación.

Pregunta No. 08

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: I

Numeral: 1.10.B.-CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.

Consulta:

Favor confirmar si la carta fianza de seriedad de la oferta se presenta en el Sobre 2. Debe considerarse que se trata de un documento obligatorio, cuya no presentación o presentación sin cumplir las exigencias de las Bases, debería conllevar el rechazo de la propuesta al momento de su presentación.

De otro lado, favor precisar el beneficiario de la carta fianza.

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RESPUESTA:

Se confirma que la carta fianza de seriedad de la oferta debe presentarse en el sobre 2 y el beneficiario será el MINAG y el MAGAP.

Pregunta No. 09

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: II

Numeral: 2.5

Consulta:

En el supuesto de ejecución de garantía previsto en el numeral 2.5.2, entendemos que solo se ejecutará el monto que corresponda al daño efectivamente ocasionado por el Contratista, y no la totalidad de la garantía, lo que podría ser excesivo y hasta arbitrario. Favor confirmar.

Asimismo, del mismo numeral entendemos que la responsabilidad máxima del Contratista respecto de cada Componente del Contrato ascenderá al monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento de cada Componente. Favor confirmar.

RESPUESTA:

La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará en su totalidad

Pregunta No. 10

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: II

Numeral: 2.11

Consulta:

Del numeral 2.11.b. entendemos que la obligación del Contratante de identificar el terreno donde se ejecutará el Contrato, implica que la Unidad de Coordinación Binacional garantizará al Contratista el libre acceso, sin interferencias de ningún tipo, a los lugares del Proyecto a donde tenga que acudir para realizar las pruebas y

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estudios necesarios para elaborar el estudio de factibilidad, así como los estudios necesarios para la elaboración del Diseño Definitivo.

Favor confirmar.

RESPUESTA:

Se confirma que el contratista estará libre de restricciones o impedimento de uso o acceso por el contratista

Pregunta No. 11

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: II

Numeral: 2.12 y cláusula XVII de la proforma del contrato

Consulta:

Favor confirmar que la responsabilidad de la Unidad de Coordinación Binacional por las modificaciones que orden o apruebe respecto del Estudio de Factibilidad, Diseños Definitivos, Obras, Informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de los mismos, comprende el impacto económico que ello genere al Contratista.

RESPUESTA:

La responsabilidad de la aprobación de modificaciones al estudio, por la Unidad de Coordinación Binacional, será el Contratista.

Pregunta No. 12

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: IV

Numeral: B. Factor “Experiencia en Obras Similares”

Consulta:

Favor confirmar que para efectos de la evaluación y asignación de puntaje, se considerará el valor referencial correspondiente al componente “obras”.

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Asimismo, favor corregir la escala de puntuación, toda vez que se estaría asignando el mayor puntaje solo por montos superiores a 3 veces el valor referencial.

RESPUESTA:

Se considerara al valor referencial de cada componente (Estudios y Ejecución de Obras) y con respecto a la puntuación se mantienen las bases.

Pregunta No. 13

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: IV

Numeral: C. Factor “Experiencia y Calificaciones del Personal Propuesto”

Consulta:

Favor confirmar que la experiencia del personal propuesto puede acreditarse con copias de los contratos, constancias o certificados. En ese sentido, por ejemplo, se otorgará el mismo puntaje si se presentan 5 contratos, o 5 constancias, o 5 certificados.

Asimismo, favor precisar que en caso de acreditar la experiencia con contratos, no se requerirá que sean contratos con conformidad, toda vez que ésta se otorga al final de la ejecución del contrato y no a la suscripción de éste.

RESPUESTA:

La experiencia del personal se considerara con copias de contratos y sus respectivas actas de recepción o conformidad.

Pregunta No. 14

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: IV

Numeral: D. Factor “Cumplimiento en la Ejecución de Obras”

Consulta:

Page 64: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Se indica que se evaluará en función al número de certificados que acrediten que las obras se concluyeron sin la imposición de penalidades.

Al respecto, entendemos que se cumplirá este requisito si los certificados que se presenten señalan expresamente “a satisfacción del cliente” o similares. Favor confirmar nuestro entendimiento.

RESPUESTA:

Podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades.

Pregunta No. 15

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Sexta

Consulta:

Favor indicar los términos de los seguros que se solicitará al Contratista para cada componente del Proyecto.

RESPUESTA:

El contratista deberá considerar todos los seguros necesarios, con la finalidad de garantizar con la correcta ejecución y culminación del proyecto.

Pregunta No. 16

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Duodécima

Consulta:

Page 65: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

En el segundo párrafo del numeral 12.1.4 se indica que las autorizaciones, permisos, licencias, registros y demás requisitos para la explotación de canteras,servidumbres; y en general para la ejecución del contrato serán responsabilidad del Contratista.

Al respecto entendemos que los costos generados por lo indicado en el párrafo precedente serán asumidos por la Contratante. Favor confirmar.

Asimismo, en caso se requiera la adquisición de terrenos para la correcta ejecución de las Obras, entendemos que los costos serán de el Contratante.

RESPUESTA:

Se considerara de acuerdo a los términos de referencia del contrato y que lo asumirá el contratista.

Pregunta No. 17

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Duodécima

Consulta:

Favor confirmar que en general, las suspensiones generadas por causas no imputables al Contratista, implican que la Contratante pague al Contratista los mayores costos en los que éste incurra con motivo de la suspensión.

RESPUESTA:

Dicha suspensión será evaluada por el contratante en coordinación con el contratista.

Pregunta No. 18

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Décimo Tercera

Page 66: ABSOLUCION DE CONSULTAS No. 001 - PROCESO 001 (OBRAS

Consulta:

Sugerimos modificar el numeral 13.5 de la siguiente manera a fin de precisar su redacción.

“13.5. Aprobado los Estudios, las Partes evaluarán conjuntamente si de los mismos resulta una variación en el monto de ejecución, o alcance de ejecución, de las Obras Comunes.

13.5.1 En caso dicha variación eleve los costos y/o alcances estimados en la oferta, las Partes acuerdan (i) entrar en conversaciones con la finalidad de convenir mutuamente en continuar con el Contrato, acordando la suspensión del mismo con la finalidad de evaluar el ajuste de la Contraprestación Económica en lo que corresponda; (ii) entrar en conversaciones con la finalidad de convenir mutuamente en ejecutar parcialmente las Obras Comunes hasta por el importe de la Contraprestación Económica pactada; o, (iii) facultar a cualquiera de las Partes a resolver unilateralmente el Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 21.3 de la Cláusula Vigésimo Primera y sin responsabilidad para ninguna de las partes; en este último caso, EL CONTRATANTE tendrá la obligación de convocar a EL CONTRATISTA para la ejecución de las Obras Comunes si dicha entidad decidiera ejecutar las obras comunes dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de resolución invocada por la Parte pertinente.”

RESPUESTA:

Se considerara de acuerdo a lo establecido en las bases

Pregunta No. 19

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Vigésimo Primera

Consulta:

Favor confirmar que solo se podrá ejecutar la garantía en caso de resolución por incumplimiento, cuando exista decisión firme emitido por tribunal arbitral, y hasta por el monto indemnizatorio que hubiese ordenado en ese caso el Tribunal.

RESPUESTA:

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Se ejecutará la garantía de acuerdo a lo establecido en las Bases.

Pregunta No. 20

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Vigésimo Tercera

Consulta:

Para el caso del arbitraje, sugerimos que sea arbitraje institucional a cargo de la Cámara de Comercio de Lima. En ese sentido, de considerarse nuestra solicitud, deberá agregarse la cláusula arbitral modelo de esta institución en la cláusula Vigésimo Tercera.

RESPUESTA:

Se considerara de acuerdo a lo establecido en la clausula vigésimo tercera: solución de controversias.

Pregunta No. 21

Referencia(s) de las Bases

Capítulo: V

Cláusula: Vigésimo Quinta

Consulta:

Entendemos que sólo se elevará a escritura pública el contrato sin anexos, considerando la larga extensión de los mismos. Favor confirmar.

RESPUESTA:

El presente contrato será elevado en forma completa a Escritura Pública en la República del Perú

Pegunta No. 22

Referencia(s) de las Bases

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Capítulo: Formatos y Anexos

Cláusula: Formato 3

Consulta:

Favor precisar cuáles son los equipos “requeridos”.

RESPUESTA:

Todos los equipos que considere necesario para cumplir con las metas de la obra, de acuerdo a los términos de referencia.

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CONSULTAS No. 010 - REFERENTES AL PROCESO 001 - obrasConsorcio Binacional ZARUMILLA

CONSULTA 1.-En el Numeral 1.2 de las Bases se señala que, la Ley de Contrataciones del Perú es la norma supletoria en aquello no prevista en las Bases, no obstante en dichas Bases no se ha previsto cómo se solucionará las controversias que se produzcan en el proceso de selección. En tal sentido, consultamos cual será el procedimiento que deberá observar el postor que no esté de acuerdo con alguna decisión que adopte la Unidad de Coordinación Binacional y desee apelar o solicitar la reconsideración de dicha decisión.

RESPUESTALo concerniente a controversias y arbitrajes, estas se realizaran de acuerdo con la clausula vigésimo tercera de las bases.

CONSULTA 2.-Con relación a la participación de postores en consorcio, se pregunta: En caso de obtener la buena pro, los consorciados están obligados a formar una persona jurídica o podrán mantener el consorcio durante la ejecución contractual.

RESPUESTAConfirmado, se podrá mantener el consorcio durante la ejecución contractual.

CONSULTA 3.-Considerando que para la suscripción del contrato (numeral 2.1 de las Bases) el postor ganador deberá presentar el desagregado de partidas que dio origen a su propuesta a precios unitarios. Se solicita que se confirme que los conceptos y montos a consignar en el anexo no. 05 – carta propuesta económica serán los valores ofertados correspondientes a:A) el valor ofertado por la elaboración del estudio de factibilidad del proyecto y el diseño definitivo de las obras comunes.B) el valor ofertado de la ejecución de las obras comunes.

RESPUESTAConfirmado.

CONSULTA 4.-Las bases en el Capítulo V – Criterios de Evaluación indican que para evaluar el factor experiencia en obras en general y en obras similares, se debe acreditar montos acumulados en función al valor referencial, de la obra materia de convocatoria.En relación a ello, solicitamos:a) Que se confirme que el valor referencial de la obra materia de la convocatoria indicado, es el valor referencial del contrato señalado en el tercer párrafo del numeral 1.1. Inc. C del Valor Referencial de las Bases.

RESPUESTAConfirmado.

b) Se precise que para efectos de acreditar ambos factores de evaluación, el postor deberá considerar en los contratos de obra que sustentan su experiencia en obras en

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general y en obras similares, el valor total de las obras ejecutadas incluyendo los impuestos correspondientes.

RESPUESTAConfirmado.

CONSULTA 5.-Se solicita se confirme que, para efectos de acreditar la experiencia en obras en general como en las obras similares, además de los contratos y sus respectivas actas de recepción o conformidad, se aceptará también, aquellos documentos que certifiquen la culminación y recepción de la obra, independiente de la denominación que tal documento reciba.

RESPUESTAComo actas de recepción se aceptan otras denominaciones, con documentos que certifiquen la culminación y recepción de la obra.

CONSULTA 6.-Confirmar, si las obras presentadas para acreditar experiencia en obras similares, sirve para acreditar experiencia en obras en general.

RESPUESTAConfirmado

CONSULTA 7.-En el Numeral 1.10 acápite ii) de los documentos de presentación facultativa de las Bases, se pide que para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” deberá requerirse, copia simple de contratos con conformidad, constancias o certificados. De igual manera, en el Capítulo IV, Criterios de Evaluación acápite C - Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”, se establece que deberá evaluarse en función a la experiencia en la especialidad del personal propuesto (cantidad de contratos en la especialidad en proyectos similares), siendo el valor mínimo de cada contrato en el cual haya participado, similar al treinta por ciento (30%) del valor referencial del Componente respectivo.En tal sentido, nosotros consideramos que en caso el postor no adjunte el contrato respectivo, podrá acreditar la experiencia del personal propuesto con el certificado o constancia en la cual se indique el monto o valor del contrato, siendo el valor mínimo de cada contrato en el cual haya participado, igual o mayor al treinta por ciento (30%) del valor referencial del Componente respectivo.Se pregunta: Puede acreditarse la experiencia del personal propuesto con el certificado o constancia en la cual se indique el monto o valor del contrato, que permita determinar el valor mínimo de cada contrato en el cual haya participado, es igual o mayor al treinta por ciento (30%) del valor referencial del Componente respectivo

RESPUESTAConfirmado

CONSULTA 8.-En el Numeral 1.12 referido al Acto Público de Evaluación Final indicado en las Bases, se indica que, en el supuesto que dos (2) o más propuestas obtengan igual puntaje, el otorgamiento de la Buena Pro / Adjudicación se dará al Postor con mejor calificación

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en la Propuesta técnica y si aún así son coincidentes, se hará por Sorteo en Acto Público.Se pregunta.- Es posible que luego de persistir la igualdad de puntaje luego comparar la mejor calificación en la propuesta técnica entre las propuestas empatadas, el otorgamiento de la Buena Pro / Adjudicación se dará al Postor con la mayor acreditación en el monto acumulado en el Factor “Experiencia en obras similares”; si aun así son coincidentes, se hará por Sorteo o Acto Público.

RESPUESTADe haber empate se otorgará la Buena Pro a la empresa que acredite en monto mayor experiencia en Obras Similares.

CONSULTA 9.-En el numeral 1.10 Forma De Presentación Y Alcance De Las Propuestas de las Bases, se indica que los Postores acudirán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01).Se pregunta: Teniendo en consideración que los postores se presentan en consorcios y al no poder acreditar al representante legal con un documento registral vigente, bastara que el representante del consorcio o el apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal del consorcio, adjunten copia del contrato de consorcio donde se acredite el nombramiento del representante legal.

RESPUESTAComo lo establecen las bases se puede presentar el Apoderado.

CONSULTA 10.-En el Capítulo IV, Criterios de Evaluación acápite C - Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” de las Bases, se indica que se evaluara en función a la experiencia en la especialidad del personal propuesto. En los casos del responsable y especialista en presas del estudio de factibilidad, y del responsable y especialista en presas del diseño definitivo, solicitamos se confirme que dichos cargos pueden ser acreditados con certificados o constancias o cualquier documento que acredite o certifique dicha especialidad, independiente de la denominación que tal cargo reciba.

RESPUESTAConfirmado.

CONSULTA 11.-En el Numeral 1.10 – Literal A.- Contenido de la Propuesta Técnica, acápite ii) de los documentos de presentación obligatoria de las Bases, agradeceremos confirmar que la Declaración Jurada que acredita el cumplimiento de los Requisitos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III es de formato libre a criterio del Postor y que serefiere al cumplimiento de los Términos de Referencia que se han recibido en un CD como parte de las Bases.

RESPUESTAConfirmado.

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CONSULTA 12.-De la sección: Formatos y Anexos, confirmar que el Formato No 3 no se tomará en cuenta para esta etapa del Proceso.

RESPUESTAConfirmado.

CONSULTAS REFERENTES A LA PROFORMA DEL CONTRATO

CONSULTA 13.-El numeral 1.12 – Definiciones, el concepto de Precio Unitario significa: Es el precio que corresponde a cada partida de los presupuestos que conforman los Componentes, establecidos de manera referencial en el Anexo 1-J. Los Precios Unitarios NO podrán ser ajustados en función a los resultados de la elaboración de los Estudios.

Pregunta.- Teniendo en consideración que:a) En los TDR anexo 5 nota No. 01, se indica que los costos de ejecución de Obras Comunes y de Elaboración de Estudios de Factibilidad y Diseño Definitivo, son referenciales y fueron calculados a junio de 2002 y abril de 2009 respectivamente.b) Teniendo en cuenta que las cantidades para determinar el valor referencial son referenciales.c) Que los plazos entre la firma del contrato y la efectiva ejecución de las obras comunes será al término de los 22 meses previstos para la elaboración del Estudio de Factibilidad y Diseño definitivo de Obras Comunes.

Solicitamos se confirme que, la definición de Precios Unitarios indicada en el numeral 1.12 – Definiciones, permitirá que los Precios Unitarios puedan ser reajustados en función a los resultados de la elaboración de los Estudios y de los plazos antes indicados.

RESPUESTALos Precios Unitarios ofertados podran ser reajustados por los índices de reajuste, sin embargo su estructura no podrà ser modificada. Con el Resultado de los Estudios, se podrá ajustar los metrados.

CONSULTA 14.-Clausula Novena: Garantías- Núm. 9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento. Se consulta si es posible reducir en forma proporcional la Garantía de Fiel Cumplimiento de la ejecución de Obras Comunes en la medida del avance y cumplimiento de las Obras Comunes.

De ser procedente ello, sugerimos que se modifique la Cláusula Novena Garantías-Núm. 9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento en los siguientes términos:

9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de la Ejecución de Obras Comunes: Por la suma de US$…………………., que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del Componente indicado en el literal (ii) del numeral 6.2 de la Cláusula Sexta. A ser presentada al inicio de la ejecución de las Obras Comunes, y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final de las Obras Comunes. Sin perjuicio de ello, esta Garantía podrá reducirse a un cincuenta por ciento (50%) del monto antes señalado, una vez que las Obras Comunes se hayan ejecutado en un porcentaje no menor al cincuenta por ciento (50%), y éstas hayan sido aprobadas por LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL. Renovable cada 180 días. LA UNIDAD DE

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COORDINACIÓN BINACIONAL deberá devolver esta Garantía una vez aprobada la liquidación de las Obras Comunes; o, si EL CONTRATISTA no tuviera la condición de deudor de suma líquida.

RESPUESTAAceptado.

CONSULTA 15.- Clausula Vigésimo Tercera: Solución De Controversias. Se solicita que se permita que la parte que decida someter la controversia a un arbitraje, pueda elegir que estas sean resueltas por un Tribunal Arbitral AD HOC compuesto por 3 miembros que serán elegidos uno por cada parte y el Presidente por común acuerdo, sometiéndose a las reglas de la Cámara de Comercio de Lima o de la Cámara de Comercio de Quito.

En atención a ello, sugerimos que la Clausula Vigésimo Tercera: Solución De Controversias quede redactada de la siguiente manera.

VIGÉSIMO TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del Contrato serán resueltas en trato directo, para cuyo efecto se comprometen desde ya a realizar sus mayores esfuerzos sobre la base de las reglas de la buena fe y atendiendo a la común intención de solucionar tal eventual situación. Para tal efecto, LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL y EL CONTRATISTA tienen el derecho de someter la controversia, de común acuerdo, a un centro de conciliación en la cuidad de Lima o de Quito a elección de la Parte que la invoque. Si la conciliación soluciona la controversia en forma total o parcial, el acta que contiene el acuerdo es título de ejecución para todos los efectos. Si dicha conciliación no es iniciada o si iniciada, concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, la(s) Parte(s) interesada(s) deberá(n) someter la controversia a un arbitraje, dentro del plazo de los quince (15) días siguientes a la suscripción del acta respectiva, cuando corresponda. De conformidad con lo anterior, las Partes acuerdan que las controversias no resueltas o resueltas parcialmente, serán resueltas por un Tribunal Arbitral AD HOC compuesto por 3 miembros que serán elegidos uno por cada parte y el Presidente por común acuerdo, sometiéndose a elección de la parte que la invoque, a las reglas y jurisdicción de la Cámara de Comercio de Lima o de la Cámara de Comercio de Quito. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

RESPUESTALo concerniente a controversias y arbitrajes, estas se realizaran de acuerdo con la clausula vigésimo tercera de las bases.

CONSULTA 16.-CLAUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO, Num. 21.2Se solicita que se confirme, si es posible en caso de resolución del contrato, la Unidadde Coordinación Binacional reconozca al contratista, en la liquidación que se practique, cuando menos el cincuenta por ciento (50%) de la utilidad prevista, calculada sobre el saldo de obra que se deja de ejecutar, actualizado mediante las formulas de reajustes hasta la fecha en que se efectuó la resolución del contrato, sin perjuicio de la indemnización que corresponda por los daños y perjuicios ulteriores generados por tal incumplimiento.

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En caso ser aceptada nuestra consulta, sugerimos que la Clausula Vigésimo Primera quede redactada de la siguiente forma.

CLAUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO, 21.2.- EL CONTRATISTA podrá resolver el Contrato de manera unilateral, en forma parcial o total, en el caso en que LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL incumpla injustificadamente sus obligaciones establecidas en el presente Contrato o en las Bases, pese a haber sido requerido notarialmente para que las satisfaga en un plazo no menor a los quince (15) días calendario.

En este caso, LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL reconocerá a EL CONTRATISTA, en la liquidación que se practique, cuando menos el cincuenta por ciento (50%) de la utilidad prevista, calculada sobre el saldo de obra que se deja de ejecutar, actualizado mediante las fórmulas de reajustes hasta la fecha en que se efectuó la resolución del contrato, sin perjuicio de la indemnización que corresponda por los daños y perjuicios ulteriores generados por tal incumplimiento.

RESPUESTANo se acepta.

CONSULTA 17.-Clausula Decimo Primera: Plazos- 11.1 - Plazo De Entrega Del Terreno. Considerando que para la elaboración de los estudios de factibilidad y diseño de las obras comunes es necesario tener pleno acceso al área del terreno donde se ejecutarán las obras comunes.

Se pregunta, si el Plazo de Entrega del terreno puede ser dentro de los 10 días de la firma del contrato y no al inicio del componente de ejecución de las obras comunes.

En atención a ello, sugerimos que se modifique dicha clausula así como el numeral 11.2 de la proforma del contrato en los siguientes términos.

11.1 PLAZO DE ENTREGA DEL TERRENOSerá obligación de LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONAL entregar el terreno o lugar donde se ejecutarán las Obras Comunes a EL CONTRATISTA dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del presente Contrato, cuidando que éste se mantenga libre de restricciones o impedimento de uso o acceso por EL CONTRATISTA.

11.2 INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATOEL CONTRATISTA se obliga a iniciar la elaboración de los Estudios, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes en que LA UNIDAD DE COORDINACIÓN BINACIONALcumpla las condiciones siguientes:

a. Que designe al Supervisor. b. Que haya hecho entrega a EL CONTRATISTA del terreno donde se

ejecutarán las Obras Comunes.c. Que haya entregado el Adelanto Directo a EL CONTRATISTA, de haber

sido solicitado por éste.

RESPUESTALa magnitud y detalle real del terreno a entregar para la ejecución de las obras se definirán en los Estudios Definitivos. Sin embargo en forma general se podrá hacer entrega del terreno para la realización de los Estudios.

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CONSULTA 18.-Clausula Decimo Segunda: Causas Justificativas De La Demora Del Contratista. En dicha clausula se establece que las autorizaciones, permisos, licencias, registros y demás requisitos para la explotación de canteras, servidumbres; y, en general para la ejecución del presente contrato, serán de responsabilidad de EL CONTRATISTA.

Se pregunta, si en los casos donde existan retrasos producto de la demora en la obtención de los permisos licencias, registros y demás requisitos para la explotación de canteras, servidumbres; y, en general para la ejecución del presente contrato por causas no imputables al contratista, los plazos del contrato podrán ampliarse por el tiempo incurrido en el retraso producto de la demora.

RESPUESTAEl contratista deberá de prever estas circunstancias y solicitar anticipadamente la documentación necesaria y así evitar las demoras en la ejecución de las obras comunes.

CONSULTA 19.-Definidos los precios unitarios y si las condiciones encontradas en el lugar de la obra son distintas a lo establecido en los TDR y en el estudio de pre factibilidad, se pregunta: procedería a tomarse en cuenta las nuevas condiciones que determine la variación de dichas partidas en el porcentaje a determinarse atendiendo a las condiciones exógenas debidamente acreditadas por el Contratista.

RESPUESTASe considerara lo establecido en las bases.

CONSULTA 20.-En el caso de los precios unitarios sujetos a cotización internacional citando al acero como ejemplo concreto, su precio puede sufrir variaciones por efectos de circunstancias particulares que afecten su cotización mundial a un momento determinado. Se pregunta, El contratista podrá solicitar que los precios unitarios de dichas partidas puedan ser actualizados en la proporción a la nueva cotización vigente a la fecha de ejecución de las obras comunes.

RESPUESTALos presupuestos contarán con la correspondiente fórmula polinómica a ser planteada en los Estudios.