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Sonorense LA REVISTA DEL CONTRIBUYENTE Cumplido ÓRGANO INFORMATIVO BIMESTRAL DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA • EJEMPLAR GRATUITO AÑO 2, 2011 • NO. 05 • Espacios dignos, óptima atención Pág. 6 Pág. 9 Equitativa reasignación de recursos… Atiende Estado daños por heladas…

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Page 1: A ONTRIBUYENTE Sonorense Cumplido - Sistema Integral de ... · Flor Vázquez y Rocío Guerrero. Diseño Editorial: L.D.G. Marco Polo ... 15 Beneficios de la deducibilidad en colegiaturas

SonorenseLA REVISTA DEL CONTRIBUYENTE

CumplidoÓRGANO INFORMATIVO BIMESTRAL DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA • EJEMPLAR GRATUITO • AÑO 2, 2011 • NO. 05 •

Espacios dignos,óptima atención

Pág. 6

Pág. 9

Equitativa reasignaciónde recursos…

Atiende Estado daños por heladas…

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Editor: Martín Contreras G.

Coeditora: Daniela Aguilar H.

Fotografía: Jorge Angulo y Secretaría de

Comunicación Social.

Staff Editorial: Rosario Páez,

Czarina Colores, Myriam Rodríguez,

Flor Vázquez y Rocío Guerrero.

Diseño Editorial: L.D.G. Marco Polo

Gutiérrez/Grupo SEED Impresión SA de CV.

Las marcas y logotipos utilizados son de uso

y propiedad de la Secretaría de Hacienda,

proporcionados por la Secretaría de Hacien-

da del Gobierno del Estado de Sonora. Los

artículos son responsabilidad de sus autores

y no reflejan la postura ideológica de la Re-

vista. Este documento no establece obligacio-

nes ni crea derechos distintos de los conte-

nidos en las disposiciones fiscales vigentes.

Cualquier correspondencia, dirigirla a:

Dirección General de Orientación y

Asistencia al Contribuyente.

Comonfort y Avenida Cultura, Centro de

Gobierno, Planta Baja, Local 5,

Hermosillo, Sonora, México.

Tels. 2-12-70-11, 2-12-70-18 y

(fuera de Hermosillo) 01-800-312-70-18.

www.sonorensecumplido.gob.mx

Directorio

Contenido

3 Visión integradora

4 Reasignación presupuestal, un acierto

6 Coordinación fiscal=reparto equitativo de recursos

9 Atiende Estado daños por heladas

11 México incentiva al primer empleo

15 Beneficios de la deducibilidad en colegiaturas

18 Optimizan atención en la nueva Procuraduría Fiscal

20 Promueven dieta sana para los trabajadores

23 En imágenes

25 Conozcamos las reformas al Impuesto del 2%

27 ¿Hacia dónde vamos?

28 Por una nueva cultura entre permisionarios

30 Sonora “jala parejo” en el PAR

32 Facilitan pagos a pequeños contribuyentes

35 Ganadores del sorteo “Cumplir es ganar”

ÍnDice

2 • SONORENSE CUMPLIDO •

SECRETARÍADE HACIENDA

LIC. GUILLERMO PADRÉS ELÍAS

Gobernador del Estado.

C.P. ALEJANDRO LÓPEZ CABALLERO

Secretario de Hacienda.

ING. GERARDO ENCINAS URQUÍDEZ

Subsecretario de Ingresos.

C.P. JESÚS VILLALOBOS GARCÍA

Subsecretario de Egresos.

LIC. ARIEL LÓPEZ SALAZAR

Coordinador General Jurídico.

LIC. JORGE ALBERTO

MONTEVERDE SALAZAR

Director General de Administración.

C.P.C. LILIA VIRGINIA

MÁRQUEZ VEGA

Encargada del Despacho de la Dirección

General de Orientación y Asistencia al

Contribuyente.

Si tiene comentarios, dudas, sugerencias o cualquier inquietud con respecto a los temas que tratamos o le gustaría que publiquemos, háganoslo saber mediante un mensaje al correo electrónico:

Esperamos con gusto su participación.

Buzón del Contribuyente

[email protected]

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editorial

Para que la Secretaría de Hacienda cumpla a cabalidad con su cometido hacia la sociedad, su personal debe estar en condiciones idóneas para brindar un servicio de calidad progresiva; es decir, en continuo mejoramiento, buscando siempre

fortalecer la cultura fiscal de los sonorenses.

Pero lo primero que uno se pregunta es ¿cuáles son esas condiciones idóneas que permiten dar servicios hacendarios de calidad? Si bien es cierto que esta dependencia cuenta con recurso humano preparado, experimentado, infraestructura material operativa, funcionarios capaces y entusiastas, todo eso no es suficiente.

Debemos recordar que nada es permanente, que todo está en constante cambio. De pronto se descubren métodos más sencillos para hacer las cosas, se realizan modificaciones o se introducen innovaciones tecnológicas que nos resultan de utilidad, las leyes se adecuan, los reglamentos se simplifican, surgen nuevos programas, se da la movilidad del personal, etcétera; de tal forma que resulta indispensable generar políticas y procesos que atiendan los retos y oportunidades de superación que esos cambios suscitan.

Así, la Secretaría de Hacienda adopta un visión integral sobre su honrosa responsabilidad ante el Ejecutivo, ante los contribuyentes a quienes con dedicada atención sirve y, en su interior, al noble recurso humano sobre el que se cimenta el servicio hacendario de calidad.

Esta visión nos lleva a cuidar que contemos con una infraestructura material operativa en buen estado, digno; servidores públicos inmersos en un ambiente de trabajo satisfactorio, gratificante, y sobre todo con oportunidades de actualización, capacitación e incentivación justa.

Al final, la cultura fiscal comprende todo esto que menciono, aunado a un contribuyente consciente y convencido de que la prosperidad de la sociedad es responsabilidad de todos, gobernantes y gobernados, donde la divisa es la construcción de una patria generosa.

C.P. Alejandro López CaballeroSecretario de Hacienda

Visión integradora

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legislaCión

Gerardo Encinas Urquídez*

La aprobación unánime de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos

2011 para la entidad, por parte del Congreso del Estado, representa un gran avance en materia de diálogo

entre los poderes, además de dar certeza jurídica y estabilidad en el ejercicio del gasto para beneficio de todos los sonorenses.

Esto se dio tras un profundo análisis de los conceptos y montos de la propuesta enviada por el Ejecutivo y la exposición que al respecto tuvo el secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, durante su comparecencia ante la Cámara local, de modo que para el gasto público con que se beneficiará este año a los sonorenses, se aprobó un total de 34 mil 604 millones 866 mil 492 pesos.

Fortalecimiento a municipios

Como los hechos dicen más que las palabras, conviene resaltar las reasignaciones efectuadas para orientarlas a los municipios, por un monto muy cercano a los 600 millones de pesos, donde se consideró incluso a los ayuntamientos que no contaban con inversión programada para este año, esto es, en el correcto proceder, sin distingos ni preferencias partidistas.

Con estas medidas se interpreta de modo acertado la esencia clara de un estado federado y, a la vez, libre y soberano, profundamente respetuoso del municipio libre, fundado en una mayor capacidad financiera para fortalecer su incesante lucha hacia las metas de su desarrollo según las particulares características de cada uno.Decidida atención al deporte

Para el 2011, acertadas reasignaciones presupuestalesEl diálogo entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, genera para Sonora certeza y equilibrio en el gasto público

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Resulta interesante señalar que se invertirán 50 millones de pesos de apoyo a la infraestructura deportiva en el estado, lo cual vendrá a fortalecer aún más las políticas en este rubro, establecidas por parte del gobernador Guillermo Padrés Elías.

En efecto, el Ejecutivo está ampliamente enterado sobre las inquietudes de la población en torno de los actuales requerimientos en el área deportiva de la entidad, por lo que estas inversiones generarán aliento y comprensión de los jóvenes en las distintas disciplinas deportivas.

Una sociedad segura

Otro renglón altamente sensible para la sociedad sonorense es la seguridad pública, así que tomando en cuenta esta situación, se le asignó a tal área un total de 40 millones de pesos, con lo que se espera reforzar las tareas encomendadas a las fuerzas de seguridad pública en el estado.

De sobra es conocido el interés extraordinario que tienen las autoridades en garantizar la seguridad de la población y que, dadas las circunstancias actuales, cada vez demanda más cuidado y atención lo que lleva a la modernización y profesionalización de las fuerzas de seguridad.

Educación, alta prioridad

Fiel a su genuino interés por la educación de las nuevas generaciones, el Ejecutivo se congratuló con la reasignación de 100 millones de pesos a este rubro, los cuales se destinarán de manera preferencial y sin descuidar otros no menos importantes aspectos, al mantenimiento de las escuelas de los niveles preescolar, educación especial y primaria.

Es sabido que la actividad que desarrollan los padres de familia no ha sido suficiente para mantener en funcionales y buen estado las instalaciones de los planteles educativos de la entidad, de aquí que se ha vuelto un imperativo “echarles una manita” a los centros de educación.

Lo que nos guía

Forjar la prosperidad de Sonora nos implica a todos en una serie de medidas impositivas que algunas veces nos exigen esfuerzos dolorosos y sacrificios. Claro, a nadie agrada esto, pero es justo reconocer que lo valioso cuesta, que no es fácil lograrlo.

Por ello, nuestro deber es afrontarlo con decisión y firmeza y sus buenos resultados se traducen desde ya, en más empleos, infraestructura y mayor competitividad como entidad receptora de inversiones.•

* Es ingeniero y se desempeña comosubsecretario de Ingresos

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legislaCión

José Carlos Serrato Castell*

Una eficaz coordinación en materia fiscal entre estado y Federación es, con toda certeza, garantía de reparto justo y equitativo de los recursos hacendarios, tal como hoy se demuestra en Sonora con base en el convenio de adhesión que se mantiene con el Sistema

Nacional de Coordinación Fiscal.

La facultad de aplicar impuestos corresponde por origen y en orden descendente, a los tres niveles de gobierno: el federal, estatal y municipal, y ante la coexistencia de soberanías, ha sido necesario ir adoptando medidas que eviten la doble o múltiple tributación, que

distribuyan los ingresos, delimiten competencias entre cada nivel y permitan avanzar en la colaboración administrativa entre ellos.

El camino que se ha seguido en México para cumplir con estos objetivos respetando la soberanía tributaria de cada uno de los estados de la Federación, ha sido el desarrollo del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

Antecedentes

En 1980 fue aprobada la Ley de Coordinación Fiscal, que a su vez norma al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Esta ley dicta los procedimientos y los criterios para el pago de participaciones a los estados, municipios y el Distrito Federal. Las

Mejora la capacidad distributiva de recursos

Con la estrecha coordinación fiscal entre estado y Federación

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participaciones más importantes que les llegan son vía los fondos General de Participaciones, de Fomento Municipal, de Fiscalización, y IEPS, entre otros.

El mecanismo que establece la Ley de Coordinación Fiscal para que las entidades se adhieran a dicho sistema y puedan recibir las participaciones convenidas, es la celebración de un convenio entre la SHCP y el estado que desee incorporarse, al cual se le llama de adhesión.

Ello permite a los estados recibir participaciones a cambio de respetar las limitaciones a su poder tributario, establecido en las leyes federales. Por lo que toca a Sonora, esta adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal se estableció desde que entró en vigencia la ley respectiva y a la fecha también opera un convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, conformado por siete anexos.

Ventajas

La coordinación fiscal proporciona ventajas a los estados, a través del pago de participaciones federales y, a su vez, mediante convenios se fijan reglas de colaboración administrativa entre los tres órdenes de gobierno.

La preocupación del gobierno federal de garantizar un desarrollo equilibrado y sostenido de la Federación en su conjunto, ha llevado a que la recaudación de los principales impuestos, como el ISR, el IVA y algunos especiales, esté bajo la responsabilidad del gobierno federal.

Y es aquí donde la coordinación intergubernamental adquiere gran importancia en torno al ingreso, el gasto, el crédito, así como las transferencias fiscales del orden federal o central a los estados.

Participaciones

Las transferencias de recursos que la Federación canaliza a los gobiernos locales a través de diferentes rubros, constituyen parte esencial de los ingresos con que cuentan esos gobiernos no sólo para invertir en obra pública, sino también para cubrir sus gastos corrientes.

El Sistema de Participaciones Federales, creado en 1980 como parte del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, constituye uno de los principales mecanismos del gobierno federal para canalizar recursos a estados y municipios.

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Unifican criterios la Procuraduría Fiscal y el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, para una más justa distribución de participaciones

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De acuerdo con el sistema, las participaciones federales se distribuyen a través de dichos fondos, cuyos recursos provienen de la recaudación federal participable (RFP), que a su vez se obtiene de casi todos los impuestos federales, derechos sobre extracción de petróleo y minería.

Aportaciones federales

En la Ley de Coordinación Fiscal se determinan las aportaciones federales para entidades y municipios, partidas que figuraron por primera vez en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 1998. Tales aportaciones constituyen recursos federales cuya fiscalización directa queda a cargo de las autoridades y los congresos estatales, pero sujetos a la normatividad y supervisión federales mediante convenios especiales.

Los fondos son los siguientes: Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB); para los Servicios de Salud (FASSA); para la Infraestructura Social (FAIS), para el Fortalecimiento de los Municipios y del Distrito Federal (FAFM y DF); y el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM); para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA); para la Seguridad Pública de los Estados y del DF (FASP), para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas y Fortalecimiento Municipal.

La Procuraduría Fiscal, a través de la Dirección General de Coordinación Hacendaria, se encarga de realizar el análisis permanente de la evolución del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal; la revisión e interpretación de su marco jurídico, de los instrumentos y mecanismos de coordinación fiscal, así como del comportamiento de los impuestos federales asignables.

En materia de participaciones los trabajos de la Dirección se enfocan a los siguientes aspectos:

• El análisis e interpretación del marco de regulación del sistema de participaciones federales;

• El seguimiento y análisis de las participaciones recibidas por la Federación;

• La revisión y cálculo de los fondos de participaciones y otros ingresos transferidos;

• La operación de mecanismos de distribución de las participaciones y de sus anticipos;

• La mecánica y cálculo de participaciones federales al estado y del estado a los municipios; y

• El análisis cuantitativo y cualitativo del comportamiento de los fondos de aportaciones y otros ingresos federales distribuidos entre las entidades federativas.

También se busca satisfacer las necesidades de asesoría que en materia hacendaria requieran los municipios y las diversas áreas de la Secretaria.•

*Es M.D.A.R. y se desempeña como procurador Fiscal del Estado

legislaCión

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legislaCión

Martín Ariel López Salazar*

Ante el difícil escenario que dejaron en el campo sonorense los fenómenos meteorológicos registrados en febrero pasado, el gobierno federal dispuso concretar apoyos para aquellos agricultores y ganaderos que resultaron damnificados, a fin de conservar

las fuentes de empleo que representan para la entidad.

Como se recordará, las intensas heladas de los días 2, 3 y 4 de febrero de este año, provocaron severos daños a la actividad agropecuaria en Sonora, afectando las actividades de los sectores agrícola y ganadero, además de poner en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

Por ello, el Gobierno del Estado gestionó ante la Federación otorgar algún tipo de respaldo a los productores y a partir de ello, mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de febrero, se determinó ofrecerles beneficios fiscales, a fin de coadyuvar a la reactivación de este sector y proteger las fuentes de empleo que representan.

Tales apoyos son para los contribuyentes radicados en Sonora y que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas o ganaderas, dado que la afectación se presentó de manera específica en los cultivos y pastizales.

Conforme con el Código Fiscal de la Federación, el Ejecutivo federal puede condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones o sus accesorios y autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se afecte la situación de algún lugar o región del país o en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, así como conceder facilidades administrativas.

Es con base en esa facultad que los productores afectados podrán gozar de extensiones de plazo para presentar sus declaraciones anuales correspondientes al 2010 respecto de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única, de modo que podrán presentarlas en mayo de 2011, en el caso de las personas morales, y en junio si se trata de personas físicas, sin recargos ni sanciones.

Pagos, dispensas y condonaciones

El pago de dichos impuestos se podrá efectuar hasta en seis parcialidades consecutivas, mensuales y en montos iguales, en tanto que se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales de ISR y del IETU de los meses de enero, febrero y marzo de 2011, y al primer semestre de 2011, según corresponda, por los ingresos que obtengan los contribuyentes.

Al igual, se condonan recargos y multas generados por omisión en la presentación de las declaraciones del pago provisional de esos dos impuestos correspondientes a enero de 2011, en tanto que los productores que efectúen pagos por ingresos por salarios y por la prestación de un servicio personal, podrán enterar las retenciones del ISR de sus trabajadores en dos parcialidades iguales, en abril y mayo, sin recargo alguno.

En declaraciones semestrales

Si así lo desean, los productores beneficiados podrán enterar de las retenciones del ISR de sus trabajadores, correspondientes

Ayuda fiscal para el sector afectado por las bajas temperaturas de febrero pasado

Atiende Estado daños por heladas

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al primer semestre de 2011, junto con las retenciones correspondientes al segundo semestre y presentar mensualmente las declaraciones del IVA correspondientes a dicho ejercicio, sin que se considere que incumplen plazos y formas para presentar pagos provisionales semestrales del ISR.

También podrán presentar su declaración de ISR de enero, en la fecha que presenten la declaración de febrero y tendrán la facilidad de efectuar el pago a plazos de contribuciones omitidas y sus accesorios, difiriendo el pago de las parcialidades correspondientes a febrero y meses subsecuentes autorizados, para el mes de abril de 2011, sin recargo por prórroga o mora.

De los foráneos

En el caso de aquellos contribuyentes que tengan su domicilio fiscal fuera de Sonora, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en el estado, podrán gozar de estos beneficios pero sólo referidos a los ingresos, retenciones, valor de actos o actividades y erogaciones que correspondan a la sucursal que tengan en esta entidad.

Al igual, los contribuyentes que efectúen el pago en parcialidades, no estarán obligados a garantizar el interés fiscal y en el supuesto de que se dejen de pagar total o parcialmente cualquiera de tales parcialidades,

se considerarán revocados los beneficios de pago en parcialidades otorgados en el mismo.

Limitantes

Los beneficios previstos en el decreto, sin embargo, no dan lugar a devolución o compensación alguna y la operatividad para acceder a los apoyos se hará vía el Servicio de Administración Tributaria, desde el día de publicación del decreto, hasta el 31 de enero del 2012.•

*Es maestro en Impuestos y se desempeña como coordinador General Jurídico de la Secretaría de Hacienda.

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Hacia un nuevo horizonte laboral

México incentiva al primer empleo

Roberto Francisco Ávila Quiroga*

En los últimos años, el tema del empleo en el país ha venido tomando un auge notable, con especial énfasis en los aspectos adversos como la desocupación, pérdida de plazas laborales y el trabajo informal, de modo que la llamada Ley de Fomento al Primer Empleo

ha suscitado el interés de muchos ciudadanos y contribuyentes en general.

La inclusión en la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2011 de un capítulo especial denominado “De fomento al primer empleo”,

Se promueve la creación de nuevas plazas per-manentes para los jóvenes y se sustenta así la estabilidad de sus trabajos

legislaCión

Consultas:

www.sonorensecumplido.gob.mx

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legislaCión

ha captado sin duda la atención de muchas personas y por ello en esta ocasión procuraremos dar a los contribuyentes una breve idea de su contenido.

Su fundamento

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada al Senado, se establece que la baja creación de empleos formales ha afectado particularmente a los jóvenes, quienes representan 53% de los trabajadores desocupados; 49% de los eventos de pérdida de empleos y un tercio de los empleos informales.

En tanto, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, reporta que la mitad de las solicitudes de trabajo provienen de este sector de la población, mientras que las plazas disponibles para ellos tan sólo representan 9.5%, lo cual ha generado que jóvenes de todos los niveles de instrucción se vean obligados a buscar mejores oportunidades en otros países.

Atendiendo a esta situación, en la Ley del Impuesto Sobre la Renta de 2011 se incluyó el Título VII, correspondiente a los Estímulos Fiscales, incorporando el Capítulo VIII, denominado “Del Fomento al Primer Empleo” el cual quedó comprendido en los artículos 229 al 238 contando, además, con cuatro artículos transitorios.

¿En qué consiste?

El objetivo es incentivar la creación de nuevos empleos de carácter permanente en territorio nacional, así como fomentar el primer empleo, para lo cual se estipula que los patrones que contraten a trabajadores de primera vez para ocupar puestos de nueva creación, tendrán derecho a una deducción adicional en el Impuesto Sobre la Renta.

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La determinación de tales deducciones responderá a:

I. Al salario base a que se refiere el artículo 231 de la Ley del ISR, multiplicado por el número de días laborados en el mes o en el año por cada trabajador de primer empleo, según corresponda, se le disminuirá el monto que resulte de multiplicar dicha cantidad por la tasa establecida en el artículo 10 de la ley vigente en el ejercicio en que se aplique la deducción.II. El resultado obtenido conforme a la fracción anterior, se dividirá entre la tasa del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio de que se trate.III. El 40% del monto obtenido conforme a la fracción anterior será el monto máximo de la deducción adicional aplicable en el cálculo del pago provisional o del ejercicio, según corresponda. La deducción adicional determinada conforme a esta fracción, será aplicable en el ejercicio y en los pagos provisionales sin que en ningún caso exceda el monto de la utilidad fiscal o de la base que en su caso corresponda, determinada antes de aplicar dicha deducción adicional.IV. El patrón que no considere en el cálculo de los pagos provisionales o del ejercicio fiscal que corresponda la deducción adicional, pudiendo haberlo hecho conforme al mismo, perderá el derecho a hacerlo en los pagos provisionales o en los ejercicios posteriores hasta por la cantidad en la que pudo haberla aplicado.

La deducción adicional no se considerará al calcular la renta gravable que servirá de base para definir la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, y el monto a deducir sólo aplicará si se trata de trabajadores que perciban hasta ocho veces el salario mínimo general vigente.

Tratándose de patrones personas físicas, la deducción sólo será aplicable contra los ingresos obtenidos por la realización de actividades empresariales, servicios profesionales, arrendamiento y por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.

Temporalidad y requisitos

En su artículo 232, la Ley del ISR 2011 prevé que los puestos de nueva creación deberán permanecer por un periodo de por lo menos de 36 meses continuos, contados a partir del momento en que se creen, plazo durante el cual el puesto deberá ser ocupado por un trabajador de primer empleo.

Para tener el derecho a este estímulo fiscal, el patrón deberá cumplir los siguientes requisitos con todos los trabajadores de primer empleo que se contraten:

I. Sus relaciones laborales se deberán regir por el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.II. Crear puestos nuevos y contratar a trabajadores de primer empleo para ocuparlos.

¿Qué opinas sobre dar estímulos fiscales a los patrones para que abran trabajos de primera vez?

• Me parece que esta ley está bien porque muchas empresas no dan trabajo a jóvenes que no tienen experiencia y sería menos batalla para los egresados, porque no está nada fácil encontrar un buen trabajo.

Jaudiel Arredondo Cortez, 20 años, estudiante de Ingeniería

Industrial y de Sistemas.

• Yo pienso que está bien. La mayoría de los que salimos de la universidad no tenemos experiencia porque nos enfocamos a la es-cuela y no a buscar trabajo y me ha tocado seguido ver a personas que batallan para conseguirlo por la falta de experiencia.

Héctor Castro Traslaviña, 21 años, estudiante de Ingeniería

en Sistemas de Información.

• Por una parte está bien, porque al estimular a los empresarios, va a aumentar el número de egresados con empleo y así se disminuye el desempleo, pero yo apoyaría más promo-ción a otros servicios, como la bolsa de tra-bajo de la universidad.

Lirio Crystal Gaytán Ordaz, 27 años, Licenciatura en Químico Biólogo Clínico.

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14 • SONORENSE CUMPLIDO •

III. Inscribir a los trabajadores de primer empleo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos que establece la Ley del Seguro Social.IV. Determinar y enterar al Instituto Mexicano del Seguro Social el importe de las cuotas obrero-patronales causadas tanto por los trabajadores de primer empleo, como por el resto de los trabajadores a su servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social.Además, respecto de los trabajadores a que se refiere el párrafo anterior, se deberá cumplir con las obligaciones de retención y entero a que se refiere el Capítulo I del Título IV de esta Ley.V. No tener a su cargo adeudos por créditos fiscales firmes determinados tanto por el Servicio de Administración Tributaria, como por el Instituto Mexicano del Seguro Social.VI. Presentar ante el Servicio de Administración Tributaria el aviso y la información mensual a que se refiere el artículo 236 de esta Ley, de conformidad con las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado.VII. Durante el periodo de 36 meses a que se refiere el segundo párrafo del artículo 232 de esta Ley, el patrón deberá mantener ocupado de forma continua el puesto de nueva creación por un lapso no menor a 18 meses.VIII. Cumplir con las obligaciones de seguridad social que correspondan según los ordenamientos legales aplicables.

Para validar el apoyo

Una vez cumplidos estos requisitos, los patrones deberán presentar aviso y solicitud correspondientes ante el SAT y presentar, a más tardar el día 17 de cada mes, la información de los trabajadores del primer empleo.

A continuación se ilustra con un ejemplo la mecánica o procedimiento del cálculo de la deducción adicional establecida en el artículo 230 de la Ley:

C O N C E P T O IMPORTESalario Base Cotización (SBC) Diario en el IMSS $300.00

POR: Número de días laborados en el mes o en el año por cada trabajador de primer empleo 334

IGUAL A : SBC pagado por días laborados en el ejercicio (A) 100,200.00

POR: Tasa del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta .30

IGUAL A : Resultado de aplicar la tasa al SBC por los días laborados en el ejercicio (B) 30,060.00

SBC pagado por días laborados en el ejercicio (A) 100,200.00

MENOS: Resultado de aplicar la tasa al SBC por los días laborados en el ejercicio (B) 30,060.00

IGUAL A: Diferencia (A-B) 70,140.00

ENTRE: Tasa del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta .30

IGUAL A: Base para determinar la deducción adicional en Impuesto Sobre la Renta 233,800.00

POR: 0.40 .40

IGUAL A: Deducción adicional por la contratación del trabajador del primer empleo 93,520.00

legislaCión

* Es contador público y titular de la Dirección General de Auditoría Fiscal. •

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Educación de calidad, una responsabilidad hacendariaEducación de calidad, una responsabilidad hacendaria

• SONORENSE CUMPLIDO • 15

legislaCión

La deducibilidad de las colegiaturas es un apoyo para profesionalizar a México

Héctor Hugo Pérez Urbina*

En un entorno social que demanda una cada vez mejor preparación de sus ciudadanos, la emisión del decreto por medio del cual se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en el pago de colegiaturas

escolares, refuerza en Sonora el compromiso gubernamental con la prestación de una profunda transformación educativa.

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legislaCión

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¿Qué le pareció la decisión del gobierno de que los gastos por colegiaturas sean ahora deducibles de impuestos?

• A mí sí me conviene, porque tengo negocio propio y cuando vaya a hacer mi declara-ción anual, ahí se verá reflejado.

Mirsa Guadalupe Moreno Castro, 42 años, comerciante.

• Me parece muy bien; todo lo que sea ayu-da por parte del gobierno, me parece bien, ya que pagaremos menos y ese dinerito que nos ahorramos, sirve para otra cosa.

Patricia Félix Díaz, 45 años, ama de casa.

Dicho apoyo a los padres de familia para la educación de sus hijos, publicado mediante decreto en el Diario Oficial de la Federación del pasado 15 de febrero, crea oportunidades de profesionalización para los futuros cuadros laborales requeridos por el país, como una vía hacia la prosperidad.

La educación constituye parte fundamental para lograr los objetivos de desarrollo, modernización y progreso de México, de ahí que acorde con los objetivos formulados en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales correspondientes, se haya considerado indispensable apoyar todo esfuerzo en esta importante materia.

Alcances del estímulo

Otro de los aspectos tomados en cuenta a la hora de definir tal decreto, es la necesidad de apoyar a las familias mexicanas que destinan una parte importante de su ingreso en la educación de sus hijos, sobre todo en el nivel básico, integrado por los niveles preescolar, primaria, secundaria, así como en el nivel medio superior.

Todo ello influyó para que se considerara conveniente otorgar un estímulo fiscal a las personas físicas para que al determinar su Impuesto Sobre la Renta anual, puedan disminuir los pagos por servicios de enseñanza, ya sea propia, de su cónyuge o pareja y sus ascendientes o descendientes en línea recta.

La condicionante en este caso es que el cónyuge o pareja, y sus ascendientes o descendientes de que se trate, no perciban durante el año de calendario, ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, para los tipos de educación básico y medio superior, cuando dichos pagos se realicen a instituciones educativas privadas del país que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios conforme a la Ley General de Educación.

Requisitos

Además, entre los requisitos para hacer válido este apoyo, el decreto estipula que los pagos se deberán realizar a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno.

Empero, dicho estímulo no será aplicable a los pagos que no se destinen directamente a cubrir el costo de la educación del alumno, ni a aquellos correspondientes a cuotas de inscripción o reinscripción; tampoco será válido cuando los estudiantes reciban becas u otros apoyos económicos públicos.

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• SONORENSE CUMPLIDO • 17

Para hacer válido este apoyo fiscal, las instituciones educativas deberán separar en el comprobante fiscal el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno.

Formas de pago

Los pagos deberán realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios y se deberá comprobar que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones educativas residentes en el país. Si el contribuyente recupera parte de dichas cantidades, el estímulo únicamente será aplicable por la diferencia no recuperada.

Límite anual de deducción

La cantidad que se podrá disminuir en los términos del presente Decreto no excederá, por cada una de las personas a que se refiere el citado artículo, de los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a la siguiente tabla:

* Es licenciado en Derecho y asesor fiscal. •

NIVEL EDUCATIVO LÍMITE ANUAL DE DEDUCCIÓNPreescolar $14,200.00

Primaria $12,900.00

Secundaria $19,900.00

Profesional técnico $17,100.00

Bachillerato o su equivalente $24,500.00

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Programas y aCCiones

18 • SONORENSE CUMPLIDO •

Optimizan atenciónal contribuyente

Inauguran edificio de la Procuraduría Fiscal

La Secretaría de Hacienda dignifica sus espacios para mejorar el servicio a todos los sonorenses

Staff de Redacción

Comprometida con los sonorenses y con la premi-sa de brindar un servicio expedito y de alta calidad, la Procuraduría Fiscal abre

las puertas de sus recién remodeladas oficinas, cumpliendo con el objetivo transformador del Gobierno del Estado en torno a la aten-ción que merecen todos los contribuyentes.

Para el secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, quien tuvo a su cargo la in-auguración del edificio ubicado en la colonia Modelo, la finalidad de la inversión aplicada es mejorar la eficiencia en la atención a los contribuyentes de la entidad, mediante un es-pacio digno de trabajo para los empleados de la procuraduría.

Precisó que dada la importancia de las fun-ciones que realiza esa instancia, se determinó

cumplir con el cambio en la forma de operar, impulsado por el propio gobernador Guiller-mo Padrés, ofreciendo un servicio de calidad en un área que dignifique el esfuerzo de los trabajadores del estado.

López Caballero reconoció la labor realizada por el procurador fiscal del estado, José Car-los Serrato Castell, pues desde que asumió el cargo, inició las gestiones tendientes a ubicar a la dependencia en un espacio adecuado para servir a los sonorenses con mayor eficacia y rapidez.

Durante el corte del simbólico listón inaugu-ral, el secretario de Hacienda estuvo acompa-ñado por el magistrado Carlos Moreno En-cinas y el propio procurador Serrato Castell, quedando así abiertas al público las puertas del edificio recién remozado, que se ubica en el número 21 de la calle Gustavo Hodgers, entre Juárez e Israel González, de la colonia Modelo en Hermosillo.

Ante invitados como el tesorero estatal, Car-los Villalobos Organista y el subsecretario de Egresos, Jesús Villalobos García, el procura-dor fiscal detalló que esta instancia se encarga de la defensa jurídica de los intereses del Go-bierno del Estado, asesora a las entidades ha-cendarias y vincula a Sonora y sus municipios con la Federación en materia de coordinación fiscal.

Serrato Castell mencionó que al ser este 2011 el año de la transformación, se consideró ne-cesario realizar el esfuerzo para contar con es-pacios dignos y cercanos al contribuyente, a la vez que proporcionar áreas funcionales a los trabajadores para efectuar su labor con la más alta calidad posible. •

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“La inversión aplicada en la adecuación de estos modernos espacios, se verá reflejada en un ser-vicio de alta calidad para los contribuyentes de todo Sonora y en la efectividad de resultados que los ciudadanos nos demandan”.

Alejandro López Caballero, secretario de Hacienda.

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20 • SONORENSE CUMPLIDO •

legislaCión

Con la Ley de Ayuda Alimentaria

Promueven dieta sana para los trabajadores

Lilia Virginia Márquez Vega*

Ante el creciente problema de la obesidad y enfermedades crónico-degenerativas en la po-blación, el gobierno mexicano ha instrumen-tado políticas públicas entre las cuales destaca la línea de beneficio fiscal para los patrones que se apeguen a la Ley de Ayuda Alimenta-

ria, proporcionándola a sus trabajadores y fomentando así el con-sumo de una dieta adecuada en sus familias.

Desde el 17 de enero de este año se publicó esta ley en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio

de los trabajadores, mejorando su estado nutricional, al proteger la salud en el ámbito ocupacional y prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente.

Tal como ha sucedido en los planteles del sector educativo, ahora la finalidad es que los trabajadores se beneficien con el consumo de una dieta correcta, según las indicaciones de la Secretaría de Salud, con la ingesta de alimentos sanos, nutritivos y balancea-dos, como una manera de contrarrestar o controlar el problema de la obesidad en la población.

Esta ley busca promover esquemas de ayuda alimentaria para los trabajadores a efecto de que, en común acuerdo con sus patrones, se establezcan esquemas para mejorar la calidad nutritiva dentro

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• SONORENSE CUMPLIDO •21

¿Qué opina del uso de vales canjeables por productos básicos?

• Pienso que favorece la economía del tra-bajador, ya que en un momento dado puede no tener dinero en efectivo y los vales los puede utilizar para alimento.

Alma Lorena Moreno, 60 años, trabajadora.

• Me parece una medida muy buena, por-que los vales se destinarían exclusivamente para alimentos sanos y así se promueve la buena alimentación entre los trabajadores.

Rafael Guillermo Calles Salcido, 40 años, empleado.

• Ayuda económicamente, y en la alimenta-ción sobre todo del trabajador y su familia. Ya si hay comedores sanos en las empre-sas, es mejor un platillo casero que comer en la calle.

Luis Rodríguez León, 25 años, ingeniero de Servicio.

Este apoyo deducible de impuestos, se refleja en mayor productividad y en una

mejor nutrición de las familias mexicanas

de los centros de trabajo y, en general, en el ámbito familiar, mejo-rando su salud y previniendo enfermedades que, a final de cuentas, representan un mayor costo en las instituciones de salud.

Para ello, las secretarías de Salud y la del Trabajo y Previsión So-cial, definen e instrumentan campañas dirigidas a los trabajado-res, para atraer su atención sobre promoción de la salud y orienta-ción alimentaria, a modo de prevenir la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad.

Modalidades

En el caso de los incentivos fiscales que tiene esta ley, se establece que los patrones pueden establecer estos esquemas de ayuda ali-mentaria para los trabajadores en las modalidades de la comida que se ofrecen en sus comedores empresariales; mediante canas-tillas de alimentos o por medio de vales de despensa en formato impreso o electrónico.

Vales de despensa

En el caso de los vales impresos, deben contener la leyenda “Este vale no podrá ser negociado total ni parcialmente por dinero o en efectivo”, señalar la fecha de vencimiento, incluir el nombre de la empresa, especificar si es para comidas o despensa, el importe que ampara y estar impresos en papel seguridad.

Mientras, los vales electrónicos deberán consistir en una tarjeta plástica con banda magnética u otro mecanismo tecnológico de identificación, especificar si es para comidas o despensa, indicar nombre o la razón social de la empresa emisora y utilizarse sólo para adquirir comidas o despensa.

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Deducibles para ISR e IETU

El apoyo fiscal consiste en que los gastos en que incurran los patrones para proporcionar tales beneficios a sus trabajadores, serán deducibles -conforme a las leyes respectivas- del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única. La evaluación y seguimiento de esta ley estará a cargo de una co-misión tripartita integrada por representantes de las secretarías del Trabajo y Previsión Social, de Salud, Hacienda y Crédito Pú-blico, así como de los trabajadores y empresarios, en tanto que la vigilancia del cumplimiento corre por cuenta de las dos primeras dependencias citadas.

Para la aplicación de las sanciones derivadas de violaciones a esta Ley, se observará el procedimiento administrativo estable-cido en leyes sustantivas aplicables en materia sanitaria y laboral y, de forma supletoria a éstas, lo que prescribe la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o equivalentes en las entidades federativas, según corresponda.

A continuación se describen infracciones y sanciones estableci-das en la ley:

*Es contadora pública certificada y encargada de la Dirección General de Orientación y Asistencia al Contribuyente. •

INFRACCIÓN SANCIÓNNo mantener el control documental establecido Multa de hasta dos mil veces el

salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate

La contratación por parte del patrón de una empresa emisora de vales que no cumpla los requisitos

Multa de hasta dos mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate

Los propietarios de los establecimientos en los que se fomente, permita o participe en algunas de las conductas descritas en el artículo 12 de la Ley.

Multa de seis mil hasta doce mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate

En caso de reincidencia (aquellos casos en que el infractor cometa la misma violación dos o más veces dentro del período de un año)

Se duplicará el monto de la multa que corresponda

legislaCión

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en imágenes

FUSIÓN: El director general de Recaudación, David Contreras Camou, fue presen-tado ante personal de la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior, como su nuevo director, una vez que se fusionaron estas oficinas administrativas.

ESCOLAR: El programa de Cultura Fiscal de la Secretaría de Hacienda llegó al Colegio Regis, donde sus pequeños alumnos se divirtieron con Juanito Buena Paga, en una mañana de mucho aprendizaje.

INAUGURACIÓN: El secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, tuvo a su cargo el corte de listón inaugural de las nuevas oficinas de Banca Patrimonial de Banorte en Hermosillo, en compañía del director de esa institución, Rolando Vélez.

VILLA DE SERIS: El alcalde de Hermosillo, Javier Gándara, y el secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, asistieron a la celebración del Día de la Cande-laria en Villa de Seris, donde atendieron peticiones de vecinos de esa colonia.

PROTESTA: El contador público Jesús Villalobos García rindió protesta como nuevo subsecretario de Egresos ante el titular de Hacienda, Alejandro López Caballero, quien le entregó su nombramiento firmado por el gobernador Guillermo Padrés.

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24 • SONORENSE CUMPLIDO •

en imágenes

DONATIVO: El presidente del Patronato de Bomberos, Enrique Camargo, parti-cipó en la realización del Sorteo Cumplir es Ganar, donde agradeció el donativo que hizo la Subsecretaría de Ingresos, a través del programa Canje de Placas 2011, a la institución que él encabeza.

DEPORTISTAS: La directora de Isssteson, Teresita Lizárraga, y el secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, pusieron en marcha el programa de activación física “La Milla Unison-Isssteson”, en beneficio de los trabajadores del Gobierno del Estado.

REGALOS: Como parte del Día del Servidor Público, el Gobierno del Estado sor-teó computadoras entre sus empleados; correspondió al secretario Alejandro López Caballero entregar esos presentes en un evento realizado en el Centro de Gobierno.

EMPRESARIOS: El Grupo Hermosillo Visión 2025, formado por importantes empresarios de esta ciudad, se reunió con el secretario de Hacienda, Alejandro López Caballero, para tratar asuntos importantes con respecto al desarrollo económico del estado.

CONSULTORÍA: El joven empresario Alejandro García Moreno invitó al titular de Hacienda, Alejandro López Caballero, a inaugurar su negocio de Consultoría en Desarrollo Humano.

ANIVERSARIO: Miembros del Colegio de Notarios del Estado de Sonora cele-braron su aniversario con una cena de gala a la cual asistieron como invitados espe-ciales el alcalde Javier Gándara y el secretario de Gobierno, Héctor Larios Córdova.

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Martha Romo Martínez*

Como ocurre cada año, el Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Hacienda sonoren-se, con impacto en la mayoría de las contribu-ciones que hacemos al erario.

En esta ocasión abordaremos aquellos cambios que se refieren al Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Per-sonal, uno de los gravámenes de mayor importancia por generar altos montos de recaudación en la entidad.

legislaCión

Las reformas 2011 al Impuesto del 2%Conozcamos los cambios sobre remuneraciones al trabajo personal, uno de los más importantes

Consultas:

www.sonorensecumplido.gob.mx

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A pesar de que se trata de un impuesto que se estableció desde hace algunas décadas en la Legislación Fiscal Estatal, existe gran núme-ro de contribuyentes que son sujetos de este impuesto y desconocen de las obligaciones del pago del mismo.

Es por ello que a continuación se detallan en forma de cuadro comparativo las reformas practicadas a este impuesto, en cuanto al cum-plimiento de las obligaciones de los contribu-yentes sujetos a él, del año 2010 al 2011:

legislaCión

*Es contadora pública y jefa de Departamento del 2% de la Dirección General de Recaudación.•

DECLARACIONES EN CEROS:IV.- Los contribuyentes que dejen de causar este impuesto, presentaran por una sola vez la declaración correspondiente sin impuesto a cargo, acompañada por la constancia de baja del trabajador presentada ante el Seguros Social, anotando “0” (cero) en el renglón o renglones que dicha declaración que correspondan a esta impuesto. En este caso se presumirá que no existe impuesto a pagar en las declaraciones posteriores que no sean presentadas.

V a VII.- …

DECLARACIONES EN CEROS:IV.- Los contribuyentes que dejen de causar este impuesto, presentarán por una sola vez ante la oficina recaudadora que corresponda, la declaración correspondiente sin impuesto a cargo, acompañada por la constancia de baja del trabajador presentada ante el Seguro Social, anotando “0” (cero) en el renglón o renglones de dicha declaración que correspondan a este impuesto. En este caso se presumirá que no existe impuesto a pagar en las declaraciones posteriores que no sean presentadas.V a VII.- …

Se establece que los contribuyentes que dejen de causar el impuesto, presentarán por una sola vez ante la oficina recaudadora la declaración correspondiente sin impuesto a cargo, acompañada por la constancia de baja del trabajador presentada ante el Seguro Social, anotando “0” (cero) en el renglón o renglones de dicha declaración que correspondan a este impuesto.

TEXTO LEY 2010 TEXTO LEY 2011 COMENTARIOS

OBJETO DEL IMPUESTO:

Artículo 213.- Es objeto de este impuesto, la re-alización de pagos en dinero o en especie por con-cepto de remuneración al trabajo personal prestado bajo la dirección o dependencia de un patrón.

OBJETO DEL IMPUESTO:

Artículo 213.- Es objeto de este impuesto, la realización de pagos en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal prestado bajo la dirección o dependencia de un patrón, así como las remuneraciones por hon-orarios a personas que presenten servicios pre-ponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último.

Para los efectos del párrafo anterior, se entiende que una persona presta servicios preponderante-mente a un prestatario, cuando los ingresos que hubiera percibido de dicho prestatario en el año de calendario inmediato anterior, representen más del 50% del total de los ingresos obtenidos.

Se amplía el objeto del impuesto en el cual también se gravan para efectos del mismo los honorarios asimilados a salarios.

BASE DEL IMPUESTO:

Artículo 214.- La base de este impuesto es el monto total de los pagos realizados en dinero o en especie por concepto de las remuneraciones al trabajo personal bajo la dirección o dependencia de un patrón.

BASE DEL IMPUESTO:

Artículo 214.- La base de este impuesto es el monto total de los pagos realizados en dinero o en especie por concepto de las remuneraciones a que se refiere el artículo 213 de esta Ley.

Derivado de la modificación del objeto del impuesto, se amplía la base del mismo en la cual se incluyen los honorarios asimilados a salarios.

SUJETOS DEL IMPUESTO:

Artículo 215.- Son sujetos del impuesto quienes realicen los pagos en dinero o en especie por re-muneración al trabajo personal bajo, la dirección y dependencia de un patrón.

SUJETOS DEL IMPUESTO:

Artículo 215.- Son sujetos del impuesto quienes realicen los pagos en dinero o en espe-cie por las remuneraciones a que se refiere el artículo 213 de esta Ley.

Se precisa que los sujetos del impuesto son los que realicen pagos en dinero o en especie por remuneraciones establecidas en el artículo 213 en el cual se incluyen los honorarios asimilados a salarios.

NO SON OBJETO DEL IMPUESTO:Artículo 218.- …

I a III.- …

IV.- Contraprestaciones cubiertas por instituciones y asociaciones con fines no lucrativos que promuevan o realicen asistencia social en cualquiera de sus formas, así como las que lleven a cabo gratuitamente, actividades sociales, deportivas o culturales.

V a XIII.- …

NO SON OBJETO DEL IMPUESTO:Artículo 218.- …

I a III.- …

IV.- Contraprestaciones cubiertas por instituciones y asociaciones con fines no lucrativos que promuevan o realicen asistencia social en cualquiera de sus formas, así como las que lleven a cabo gratuitamente, actividades sociales, deportivas o culturales, previa solicitud y autorización de la Secretaría de Hacienda.

V a XIII.- …

Las personas morales con fines no lucrativos mencionadas en este artículo deberán solicitar la autorización de la Secretaría de Hacienda para aplicar la exención prevista en el mismo.

Artículo 219.- …………

Artículo 219.- …………FACILIDAD ADMINISTRATIVA:Los contribuyentes que en el año de calendario inmediato anterior hayan efectuado pagos mensuales, cuya suma anual no hubiera excedido de $600.00, podrán realizar el pago del impuesto mediante la presentación de una sola declaración anual, a más tardar a los 20 días del mes de febrero, por el importe total del período de 12 meses del año de que se trate. Para ejercer esta opción los contribuyentes deberán presentar previamente un aviso por escrito ante la Secretaría de Hacienda, manifestando que efectuarán su pago en forma anual y que presentarán una declaración complementaria en el mes de enero de cada año subsecuente, en caso de que las remuneraciones realizadas excedan de las declaradas.

Facilidad de presentar una declaración en forma anual a contribuyentes que en 2010 sus pagos no hubieran excedido de $600.00

Artículo 220.-…

I y II.- …

III.- …

Artículo 220.-…

I y II.- …

III.- …

… PAGO DE IMPUESTO POR SUCURSALES:Los contribuyentes que cuenten con varias sucursales en el Estado y que por cuestiones contables deban pagar el impuesto por cada sucursal, deberán obtener autorización por escrito de la Secretaría de Hacienda para tales efectos. En este caso no podrán ser beneficiarios de lo establecido en la fracción V del artículo 218 de esta Ley.

Se establece opción de presentar declaraciones por separado a contribuyentes que deban pagar el impuesto de esa manera por cuestiones contables previa autorización de la Secretaría de Hacienda.

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• SONORENSE CUMPLIDO • 27

Programas y aCCiones

José Joaquín Mendoza y Quijada*

Hace algún tiempo tuve ocasión de expresar públicamente ante muchos de mis compañe-ros de la Secretaría de Hacienda, lo orgulloso que me hace sentir el trabajo que realizan y la certeza de saber lo que hacemos, lo cual me permite reiterar mi confianza en que tenemos

una labor con rumbo y dirección bien definidos.

Al iniciar, todo proceso debe prever los resultados que mediante la aplicación de diversas estrategias se pretenden conseguir; te-ner un rumbo definido es la primera de ellas, y es de las más im-portantes, sobre todo cuando se logran conjuntar las cualidades esenciales de los involucrados en la efectuar esas actividades.

En la Secretaría de Hacienda hemos asumido el compromiso de prestar la mejor atención posible a los con-tribuyentes y, por ello, a través del Programa de Fortalecimiento Institucional iniciado en marzo, quienes trabajamos en esta de-pendencia tendremos ocasión de reencontrarnos con los valores que promueve la administración del gobernador Guillermo Pa-drés, mediante reuniones de trabajo, sesiones de estudio y una nueva dinámica de interacción con los ciudadanos.

Fortalecimiento institucional El objetivo es sencillo: estimular la vocación del servidor público hacia la mejora continua. Para lograrlo, resulta fundamental que

cada uno de nosotros asumamos el compromiso de mejorar en el desarrollo de nuestras habilidades, y rediseñar los procedimien-tos con base en la cabal satisfacción del contribuyente.

No obstante, el reto es amplio, pues estimular al contribuyente a acercarse para dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales es una variable de alto impacto, sin embargo, hemos de reconocer que la calidad en la atención, el trato justo, digno, honesto y sobre todo oportuno es una forma que a todos agrada.

Eficientar recursos públicos

La Secretaría de Hacienda pone en la mira la excelencia y el com-promiso por eficientar el uso de los recursos públicos mediante

el conocimiento en plenitud de las capacidades técnicas y humanas, lo cual garantiza la optimización de factores tan importantes como el tiempo, los recursos materiales y sobre todo la atención de los servi-

dores públicos hacia los contribuyentes.

Así pues, este espacio sirva para refrendar la voluntad que, quie-nes formamos parte de la Secretaría de Hacienda, asumimos con la ciudadanía, con nuestras autoridades, pero sobre todo con no-sotros mismos persiguiendo alcanzar aquello para lo cual hemos sido designados y contribuir así al bien común.•

Reencontrando nuestros valores

El compromiso de la Secretaría de Hacienda es fortalecer la calidad

de atención al contribuyente

¿Hacia dónde vamos?

*Es doctor en Educación y coordinador de Actualización Administrativa de la Secretaría de Hacienda.

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Edgar IvánNavarro Medina *

Establecer una nueva forma de hacer las cosas en la administración pú-blica, es prioritario para el gobierno estatal y, en

congruencia con esto, la Dirección de Bebi-das Alcohólicas se ha enfocado a innovar sus procedimientos mediante la actualización y capacitación de los permisionarios en Sonora

Es por ello que esta dependencia de la Se-cretaría de Hacienda se ha lanzado a un reto histórico como es el hecho de implementar

un programa intensivo de capacitación y con-cientización de quienes operan una licencia de Alcoholes, a fin de que den cabal cumpli-miento a la Ley 82, regulatoria de esa materia en la entidad.

La administración estatal se esfuerza para fomentar una nueva cultura que no sólo in-volucre a las autoridades sino también a la so-ciedad, para de esta manera crear conciencia y compromiso entre los involucrados, así que bajo esa premisa se realiza la capacitación a los permisionarios.

Los cursos son impartidos por expertos de los institutos de Capacitación para el Traba-

jo del Estado de Sonora (Icatson) y Tecno-lógico Superior de Cajeme (Itesca), quienes abordan temas sobre la comprensión de la Ley 82, que delimita la operación y funcio-namiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasado, distribución, al-macenamiento, transportación, venta y con-sumo de bebidas con contenido alcohólico en la entidad.

Así mismo, se aporta a los permisionarios la información necesaria sobre el estricto cum-plimiento de los derechos y obligaciones que conlleva operar una licencia, lo cual es histó-rico, pues con anterioridad a esta adminis-tración no se había realizado algo similar

28 • SONORENSE CUMPLIDO •

Programas y aCCiones

Los cursos que se les brindan protegen a menores y ayudan a dar cabal cumplimiento a derechos y obligaciones

Por una nueva culturaentre permisionarios

Capacitación crea conciencia sobre licencias de Alcoholes

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• SONORENSE CUMPLIDO • 29

* Es licenciado en Derecho y subdirector de Alcoholes en Hermosillo.

y se le restaba importancia concientizar a la ciudadanía sobre lo delicado que puede ser operar una licencia de Alcoholes.

Nueva cultura

La obligación que marca la ley de cerciorarse de la mayoría de edad y por consecuencia la prohibición de vender a menores de edad, es con el fin de protegerlos, lo cual implica fomentar en el permisionario una actitud socialmente responsable.

El objetivo de esto es suscitar una nueva cultura entre los per-misionarios, es decir, entre los operadores y los propietarios de licencias de Alcoholes, consistente en no descuidar la solicitud firme de identificación oficial a los consumidores de bebidas con contenido alcohólico, en lugares donde se cuente con licencia, para constatar la mayoría de edad.

La falta más recurrente

Durante los cursos se hace hincapié en la necesidad de verificar la mayoría de edad, pues la falta más frecuente en la operatividad de una licencia de Alcoholes es la venta a menores de edad, en tanto que otra es no acreditar la mayoría de edad al momento de comprar y/o consumir este tipo de bebidas en los establecimien-tos regulados por la Dirección General de Bebidas Alcohólicas.

Esto significa que nos enfrentamos a una problemática social histórica, ya que es bien sabido que el sector juvenil no tiene la cultura de portar identificaciones y, por consiguiente, entre los permisionarios de Alcoholes tampoco se tiene la cultura de pe-dirlas.

La Ley 82 no hace distinciones de edad a la hora de pedir que se acredite tal mayoría legal, considerando que los documentos ofi-ciales válidos con ese fin son la credencial de elector, licencia de manejo, pasaporte mexicano, cartilla militar y/o la cédula pro-fesional con fotografía, donde se deben revisar vigencia y datos del portador para corroborar que se trate de la misma persona.•

Consultas:

www.sonorensecumplido.gob.mx

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Programas y aCCiones

30 • SONORENSE CUMPLIDO •

Staff de Redacción

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda de Sonora han sumado con gran éxito sus esfuerzos y recursos para mejo-rar, ampliar y actualizar sus bases de datos a través del Programa de Actualización y Registro (PAR),

efectuado en el último trimestre del año pasado.

La primera etapa del PAR, que se llevó a cabo en la capital del estado, del 1 de octubre al 31 de diciembre pasados, implicó la contratación de 572 personas que desarrollaron diversas tareas relacionadas con el Pro-grama, como atención directa en los domicilios fiscales o negocios, o en módulo, verificación, supervisión, validación y evaluación; así como de carácter administrativo, y de concertación y difusión. Entre los principales resultados operativos, cabe destacar que los pro-motores del programa visitaron cerca de 137 mil 500 domicilios fiscales y negocios en Hermosillo, con el fin de apoyar a los contribuyentes en diferentes trámites para poner al día, simultáneamente, sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y en los padrones estatales.

Además, se atendió a alrededor de 8 mil 300 personas en los siete mó-dulos, ubicados en sitios de fácil acceso, como oficinas públicas, federa-les y estatales y centros comerciales.

Concluyó con gran éxito la primera etapa del Programa de Actualización y Registro en Hermosillo

Sonora “jala parejo” en el PAR

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• SONORENSE CUMPLIDO • 31

Atención en domicilios fiscales y negocios

El personal qué visitó los domicilios fiscales y negocios, en su conjunto, recorrió más de 12 mil 600 manzanas urbanas. Cabe señalar que se tuvo un incremento del 13% en el número de manzanas atendidas respecto a las programadas originalmente, al encontrarse nuevos desarrollos urbanos no considerados en la cartografía inicial.

Atención en módulos PAR

Del total de contribuyentes que acudieron a los módulos PAR, el 69% realizó algún trámite relacionado con el RFC; 23% requirió de orientación sobre el programa, y el restante 8% efectuó algún movimiento en los padrones estatales.

Concertación y difusión

Con el fin de enterar, informar y orientar a los contribuyentes y público en general sobre la realización del PAR y, así, fomentar su participación voluntaria, se aplicó en la capital sonorense una estrategia de concertación y difusión que obtuvo, entre otros, los siguientes resultados:

Se contactó a cerca de un centenar de organismos; se concretaron 60 reuniones con directivos de organismos y pláticas de orienta-ción a contribuyentes, a las que asistieron, en conjunto, cerca de 560 personas.

Además, la realización del PAR generó la difusión de poco más de 90 notas en Internet, radio, televisión y prensa escrita, a partir de la intervención de funcionarios del SAT y de la Secretaría de Hacienda en la conferencia de prensa de anuncio del Programa y en entrevistas posteriores.

Próximas acciones del PAR en Sonora

Actualmente, se está trabajando en la integración de los resultados definitivos del Programa, que contendrán datos como la cobertura de los padrones respecto al total estatal, la actualización alcanzada en el RFC, la conformación del padrón final, incrementos por género y tipo de contribuyente, la distribución geográfica de los registros.

También se encuentran los incrementos que pueden alcanzarse en los padrones estatales con el aumento en inscripciones y los resultados de las evaluaciones sobre la opinión de los contribuyentes en relación con la atención recibida y la calidad de la información obtenida.

Asimismo, se están planeando etapas posteriores del PAR en otros municipios sonorenses para ofrecer la oportunidad a más contri-buyentes de que actualicen sus datos en los padrones o se inscri-ban en alguno de ellos sino lo han hecho todavía.

De esta manera, Sonora es una de las veinte entidades federativas preocupadas por contar con información precisa para promover y facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales; además, para mejorar los servicios que prestan el SAT y la Secretaría de Ha-cienda a los contribuyentes.

Al llevar a cabo estas tareas, se busca dar respuesta a las deman-das de diversos sectores de la sociedad mexicana para mejorar la recaudación de impuestos, haciéndola cada vez más eficiente y equitativa.

La primera etapa del PAR en la entidad fue posible gracias a la activa colaboración de las autoridades locales, el sector produc-tivo, así como a la participación informada y responsable de los hermosillenses, porque “¡jalar parejo nos conviene a todos!”. •

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Programas y aCCiones

David Ernesto Contreras Camou *

Con el fin de facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales a los pequeños contribuyentes, la Secretaría de Hacienda del Estado opera un sencillo mecanismo para pagar las cuotas fijas de impuestos como IVA, ISR y el IETU, consistente en la generación de boletas

de pago bimestrales.

De este modo, a través de la Dirección General de Recaudación se podrán optimizar los tiempos para que quienes están inscritos en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, puedan hacer los pagos de las cuotas correspondientes a los impuestos Empresarial a Tasa Única, Sobre la Renta y al Valor Agregado.

Para impuestos como IVA, ISR y el IETU

Facilitan pagos a pequeños contribuyentesSe distribuyen ya las boletas bimestrales, con lo cual será más expedito y sencillo cumplir estas obligaciones

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trámites

Entrega a domicilio y lugares de pago

Desde marzo, dichas boletas de pago comenzaron a ser enviadas a los domicilios de los contribuyentes; se trata de seis papeletas desprendibles en las cuales aparecen el bimestre, concepto y el monto a pagar en agencias y subagencias fiscales, Banamex, Santander, Bancomer y Banorte; en línea, vía la página www.sonorensecumplido.gob.mx y en la cadena comercial OXXO.

Pagos extemporáneos

Si los contribuyentes de este régimen realizan el pago de la cuota fija bimestral extemporáneamente, deberán acudir a la agencia o subagencia fiscal que corresponda para que le generen el pase a caja; o bien, lo podrá generar a través de la página www.sonorensecumplido.gob.mx con el cálculo de actualización y recargos, ya que la papeleta desprendible sólo se podrá utilizar cuando el pago se realice antes del vencimiento.

Determinación de cuotas

Las cuotas se determinan con base en los ingresos que el contribuyente haya obtenido el año anterior o, en su caso, con los ingresos manifestados bajo protesta de decir verdad por el contribuyente a través de un cuestionario de investigación fiscal, dependiendo de su actividad de enajenación o prestación de servicios.

Por si no llegan

En caso de que no se reciba la boleta de pago en su domicilio y ya sea fecha del vencimiento, se deberá acudir a la agencia o subagencia fiscal para que le impriman su pase de caja, o bien imprimirlo en línea en la página de www.sonorensecumplido.gob.mx

Fechas de pago

El pago de la cuota fija bimestral se realiza a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se causó, pero ese plazo se amplía desde uno hasta cinco días hábiles adicionales de acuerdo con el sexto dígito numérico del Registro Federal de contribuyentes, es decir, el día de nacimiento del contribuyente y conforme a lo siguiente:

*Es contador público y se desempeña como Director General de Recaudación.

SEXTO DíGITODEL RFC

FECHA DE PAGO

1 Y 2 Pago para el día 17 más un día hábil

3 Y 4 Pago para el día 17 más dos días hábiles

5 Y 6 Pago para el día 17 más tres días hábiles

7 Y 8 Pago para el día 17 más cuatro días hábiles

9 Y 0 Pago para el día 17 más cinco días hábiles

Consulta boletas:

www.sonorensecumplido.gob.mx

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informaCión

• Que la declaración anual es el cierre del ciclo anual del contribuyente, con información de los ingresos obtenidos de sus actividades (profesionales, empresariales o de otro tipo) y los gastos que efectuó durante el año con motivo de esa actividad?

• Que si tiene adeudos por tenencias federales atrasadas, a partir del 1 de abril podrá realizar un convenio para pagarla en plazos, pues vence el 31 de marzo? Los requisitos son presentar identificación oficial, comprobante de domicilio, factura que garantice el pago (con fecha de 2007 al presente), anticipo del 20% para convenio federal y pago de multa, recargos y gastos de ejecución.

• Que la  Firma Electrónica Avanzada (FIEL) son los datos adjuntos a un mensaje electrónico que sirve para identificar al emisor como autor legítimo, tal como si se tratara de una firma autógrafa?

• Que el 31 de marzo vence el plazo para canjear sus placas 2011, por lo que a partir del 1 de abril contraerá recargos si no efectúa el trámite? Por eso se invita a los contribuyentes a realizar el pago antes de la fecha de vencimiento y así evitar multas y recargos.•

¿Sabía usted…

IDENTIFICA

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Programas y aCCiones

Rodrigo Vizcaya Garza, coordinador general del SIIAF.

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Staff de Redacción

Tras cubrir en tiempo y forma su canje de placas durante el mes de enero, los hermosillenses Sugey Zúñiga Martínez y Javier Sepúlveda Fernández, se llevaron

el gusto de sus vidas al resultar agraciados con los dos autos último modelo correspondientes a la primera etapa del Segundo Gran Sorteo “Cumplir es ganar”.

Esta primera etapa del sorteo se realizó el pasado 17 de febrero en la Agencia Especializada en Control Vehicular del CUM-Hermosillo, de modo que ambos ganadores se llevaron un Ford Fiesta 2011 cada uno, con valor total de 358 mil pesos,

Tocó a la interventora de la Secretaría de Gobernación Cecilia Sánchez Ezquerra, dar fe y legalidad del sorteo, efectuado bajo permiso 20100048-PS09, en el cual la señora Dinorah Arenas, contribuyente que acababa de concluir su canje de placas, fue invitada a extraer el primer boleto ganador: el número 0141269, con lámina WAA 2644, de Sugey Zúñiga Martínez, domiciliada en el fraccionamiento Terranova de esta capital.

Para sacar el segundo boleto ganador, se invitó al señor Jesús Manuel Mejía, quien aún con sus nuevas placas en las manos, dio la suerte a Javier Sepúlveda Fernández, de la colonia San Benito, con el boleto 0040800, correspondiente a las láminas UX 72455.

Durante esta primera etapa, según información proporcionada por el subsecretario de Ingresos, Gerardo Encinas Urquídez, encargado de entregar los premios, participaron más de 180 mil contribuyentes que realizaron sus trámites fiscales hasta el 31 de enero.

Reiteró que el compromiso de la Secretaría de Hacienda es brindar un mejor servicio a los

contribuyentes de Sonora y por ello se amplió la cobertura para el reemplacamiento, a través de las Agencias Especializadas en Control Vehicular, a la vez que se actualizó y mejoró la página de Internet para ofrecer pagos en línea, lo mismo que se determinó ofrecer estímulos fiscales en recargos y multas.

Encinas Urquídez comentó que el sorteo surge como un complemento a las mejoras practicadas al servicio, como una manera de corresponder a todos aquellos contribuyentes que se aprestan a cumplir de manera responsable y oportuna, sus obligaciones fiscales.

En el transcurso de marzo, posiblemente para cuando estas páginas vean la luz, ya se habrá realizado la segunda etapa del sorteo, en Ciudad Obregón, y un contribuyente cumplido será el feliz ganador de una residencia de tres recámaras en el fraccionamiento Puente Real de aquella población, con valor de 720 mil pesos.

Para la tercera fase, que se llevará a cabo en Hermosillo el próximo 14 de abril, el premio consiste en una magnífica residencia de dos plantas, tres recámaras, en el fraccionamiento Torre Plata, con valor de 720 mil pesos.•

Dos hermosillenses se llevaron los Ford Fiesta 2011 del Segundo Gran Sorteo “Cumplir es ganar”

Sonorenses cumplidos ganan autos del año

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