deducibilidad de gastos realizados en el extranjero - ccpbc

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19/8/2015 Deducibilidad de Gastos Realizados en el Extranjero CCPBC http://www.contadoresbc.org/revistas/septiembreoctubre2012/deducibilidaddegastosrealizadosenelextranjero 1/12 Escrito por C.P.C. y M.I. Carlos Alejandro Kim Sánchez Deducibilidad de Gastos Realizados en el Extranjero Es una queja generalizada del empresario la imposibilidad de deducir gastos realizados en el extranjero que son necesarios para los fines del negocio. Desafortunadamente el motivo suele ser la falta de conocimiento del área contable o específicamente del responsable de clasificar los comprobantes en los registros. En estos tiempos de optimización de los recursos se hace indispensable que los administradores y contadores en las empresas cuenten con las herramientas y con los conocimientos suficientes para reunir los requisitos necesarios para realizar las deducciones de este tipo de erogaciones. Por ello, a continuación analizaremos de una manera práctica y objetiva las disposiciones fiscales que son aplicables a los gastos realizados en el extranjero. Estamos seguros que éste contenido podrá servir de guía para revisar y establecer los procedimientos necesarios en su empresa para optimizar la deducción de estas partidas. 1. Estricta indispensabilidad Es el principal requisito fiscal que debe ser cumplido, debemos entender el gasto como estrictamente indispensable cuando es primordial y necesario realizarlo como parte de la ENTRAR updated 6:14 PM EDT, Aug 17, 2015 Noticias: search...

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Es una queja generalizada del empresario la imposibilidad de deducir gastos realizados en elextranjero que son necesarios para los fines del negocio. Desafortunadamente el motivo suele ser la falta de conocimiento del área contable o específicamente del responsable de clasificar loscomprobantes en los registros.

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19/8/2015 Deducibilidad de Gastos Realizados en el Extranjero ­ CCPBC

http://www.contadoresbc.org/revistas/septiembre­octubre­2012/deducibilidad­de­gastos­realizados­en­el­extranjero 1/12

Escrito por C.P.C. y M.I. Carlos Alejandro Kim Sánchez

Deducibilidad de Gastos Realizados en el Extranjero

Es una queja generalizada del empresario laimposibilidad de deducir gastos realizados en elextranjero que son necesarios para los fines delnegocio. Desafortunadamente el motivo suele serla falta de conocimiento del área contable oespecíficamente del responsable de clasificar loscomprobantes en los registros.

En estos tiempos de optimización de los recursosse hace indispensable que los administradores ycontadores en las empresas cuenten con lasherramientas y con los conocimientos suficientes para reunir los requisitos necesarios pararealizar las deducciones de este tipo de erogaciones.

Por ello, a continuación analizaremos de una manera práctica y objetiva las disposicionesfiscales que son aplicables a los gastos realizados en el extranjero. Estamos seguros que éstecontenido podrá servir de guía para revisar y establecer los procedimientos necesarios en suempresa para optimizar la deducción de estas partidas.

1. Estricta indispensabilidadEs el principal requisito fiscal que debe ser cumplido, debemos entender el gasto comoestrictamente indispensable cuando es primordial y necesario realizarlo como parte de la

ENTRAR

updated 6:14 PM EDT, Aug 17, 2015

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actividad normal del negocio. Pongamos el siguiente ejemplo:

a. El equipo de vendedores de la compañía sale a los Estados Unidos para recibir unacapacitación directa en las oficinas de su principal proveedor, se realizan gastos de avión enlínea aérea norteamericana, alimentación y hospedaje, renta de automóviles, así mismo secompran libros los cuales no son importados. Ante esta circunstancia, todos los conceptosantes indicados son deducibles cumpliendo con sus requisitos particulares, excepto el caso decompra de libros por corresponder a bienes tangibles que no fueron legalmente importados aMéxico.b. Se aprovecha el tiempo y los vendedores toman un curso de ¨Relaciones Públicas¨ en laciudad sede del evento en los Estados Unidos. La empresa capacitadora hace un cargo dehonorarios por la cantidad de $3,000 dólares. Dicho honorario es deducible por corresponder aun concepto estrictamente indispensable.c. El chofer de la empresa acude al aeropuerto de Los Ángeles para recoger al equipo devendedores que asistió al curso y los trae de regreso a la ciudad de Tijuana. Realiza gastos degasolina en USA y de alimentación, así mismo paga estacionamiento. Sin duda que todos estosconceptos son deducibles por ser estrictamente indispensables pues corresponden a una laborpropia de la empresa.

2. Comprobante fiscalComo todas las deducciones, los gastos realizados en el extranjero requieren documentacióncomprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales. No obstante debemos entender que uncomprobante extranjero no podrá reunir ciertos requisitos que aplican de acuerdo con nuestralegislación mexicana, tales como contener la clave del el RFC del emisor o que seancomprobantes fiscales electrónicos.

Por ejemplo, en disposiciones reglamentarias se establece específicamente que loscomprobantes relativos a honorarios y servicios personales independientes provenientes delextranjero, deben reunir los requisitos fiscales generales, a excepción de la inclusión de la clavedel registro federal de contribuyentes y de ser pre-impresos en establecimientos autorizados(referencia a requisitos anteriores).

En dichas reglas también se establece que estos comprobantes podrán formularse en idiomadistinto del español, debiendo proporcionarse traducción autorizada a las autoridades fiscalescuando éstas así lo requieran.

3. Retención y entero del impuestoCuando se realizan pagos a residentes en el extranjero por un servicio u otros conceptos, existela obligación de realizar retención y entero del impuesto sobre la renta en México cuando elingreso recibido por el residente en el extranjero se ubica en el supuesto de ¨Fuente deRiqueza en Territorio Nacional¨.

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Es por ello que antes de cerrar un trato o acuerdo es recomendable revisar los supuestos deéste concepto contenidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y dejar muy en claro con elproveedor extranjero cual será el momento de retención, la base y la tasa aplicable según elingreso de que se trate.

A manera de ejemplo a continuación presentamos algunos ingresos tipo en los que se evalúa laexistencia de la fuente de riqueza en México, y su impacto en la obligación de retención yentero del ISR:

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CONCEPTODELINGRESO

ART.DELALISR

SI EXISTEFUENTE DERIQUEZA ENMÉXICO(APLICARETENCIÓN DEISR)

NO EXISTEFUENTE DERIQUEZA ENMÉXICO(NO APLICARETENCIÓN DEISR)

TASA DE ISRAPLICABLE

Honorarios porservicio de

asesoría

183 Servicio prestado enMéxico

25% sobre elingreso sindeducción

alguna

Honorarios porservicios de

asesoría

183 Servicioprestadodesde el

extranjero

N/A

Interesespagados a

BancoNorteamericano

195 Cuando en el país seinvierte o coloca elcapital o cuando el

interés se paga por unresidente en el país

4.9% (perceptores residente deun país con el

que Méxicotiene celebrado

un tratado)

Regalías 200 Cuando quien paga laregalía es residente en

México

25%

4. Otros aspectos a considerarExiste una serie de consideraciones que el departamento contable y fiscal de su empresadeben tomar en cuenta cuando se realiza un pago al extranjero para tener la seguridad de que

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se cumplen con los requisitos y las obligaciones fiscales que le son relativas. Haremos un brevecomentario de cada una de ellas sin dejar de recomendar que en cada caso se profundice elanálisis para corroborar los efectos aplicables.

4.1 Aplicación de tratados para evitar la dobleimposiciónCuando el pago se realiza a una persona residente en un país con el que México ha celebradoun ¨Tratado para Evitar la doble Imposición¨ como en los casos de Estados Unidos y Canadá,existe la posibilidad de invocar sus beneficios, pudiendo resultar en la aplicación de tasas deretención de ISR menores o incluso la no retención, siempre que se cumplan los requisitos quepara el caso sean aplicables.

Por ejemplo, en el caso de pago de regalías a un residente fiscal de los Estados Unidos, deconformidad con la Ley del ISR se tendría que retener y enterar el impuesto a una tasa del 25%,sin embargo con la aplicación de la tasa preferencial del tratado le aplicará la del 10%.

4.2 Declaración informativaUno de los aspectos más importantes a considerar cuando se realizan pagos al extranjero es laobligación de presentar la declaración anual informativa de los pagos y retenciones realizados,pues se convierte en un requisito fundamental para estar en posibilidades de realizar ladeducción fiscal de dichos pagos. No observar esta obligación puede traer seriasconsecuencias para la empresa.

4.3 Cuando la transacción es con partes relacionadasEn el caso de que la empresa realice pagos a residentes en el extranjero que seanconsiderados partes relacionadas, se deberá obtener y conservar la documentacióncomprobatoria con la que se demuestre que el monto de sus ingresos y deducciones seefectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizadopartes independientes en operaciones comparables, usualmente conocida como "Estudio dePrecios de Transferencia".

Las empresas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de$13'000,000.00 de pesos, no estarán obligadas a cumplir con esta obligación.

4.4 Cuando el pago se realiza a paraísos fiscalesNo serán deducibles los pagos que se realicen a personas, entidades, fideicomisos,asociaciones en participación, fondos de inversión, así como cualquier otra figura jurídica,cuyos ingresos estén sujetos a regímenes fiscales preferentes, salvo que se demuestre que elprecio o el monto de la contraprestación corresponda a valor de mercado y se demuestre conun estudio de precios de transferencia.

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4.5 Cuando se pagan comisiones y mediaciones a unresidente en el extranjeroEn el caso de pago de comisiones y mediaciones a residentes en el extranjero se deberá probarque quienes perciban dichos pagos están, en su caso, registrados para efectos fiscales en elpaís en que residan o que presentan declaración periódica del impuesto en dicho país.

4.6 Cuando el pago es a un residente en el extranjeropero tiene establecimiento permanente (EP) en MéxicoCuando el pago se realice a un residente en el extranjero pero éste tenga un EstablecimientoPermanente en México, y dicho pago corresponda a las actividades realizadas por dichoEstablecimiento Permanente, se deberá obtener un comprobante que reúna los requisitosfiscales de conformidad con las disposiciones fiscales mexicanas. En este caso no procederá laobligación de retener ni enterar impuesto alguno.

4.7 Mercancías de importaciónCuando se trate de erogaciones realizadas por adquisición de mercancías provenientes delextranjero, se deberán cumplir con los requisitos legales para su importación. Se considerarácomo monto de la adquisición el que haya sido declarado con motivo de la importación. Seconsideran mercancías los bienes tangibles, es decir aquellos que se pueden tocar, pesar omedir.

4.8 IVA VirtualEn la práctica resulta complejo entender la obligación de enterar el IVA en el caso de serviciosprestados por residentes en el extranjero que son aprovechados en México, así como por elpago de intangibles y algunas comisiones y mediaciones a residentes en el extranjero.

Al respecto los contribuyentes que importen bienes intangibles o servicios por los que debanpagar el impuesto, podrán efectuar el acreditamiento en los términos de Ley en la mismadeclaración de pago mensual a que correspondan. Lo anterior resuelve el problema de tenerque realizar el pago efectivo del IVA.

 

Como usted podrá notar, deducir un pago realizado en el extranjero no representa unanegación "a priori" como suele indicarse en muchos casos.

La indispensabilidad del gasto es la llave para ejercer la deducción sin olvidar obtener uncomprobante que reúna los requisitos fiscales según las reglas del Código Fiscal de laFederación, con las excepciones que hemos comentado.

Así también se debe retener y enterar el impuesto sobre la renta que corresponda cuando

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REVISTA CONTADURÍA B.C.

haya "Fuente de Riqueza en México" y muy importante, para tener derecho a la deducción, sedeberá presentar la declaración anual informativa de los pagos y retenciones realizados aresidentes en el extranjero.

Un conocimiento previo de las obligaciones fiscales en esta materia hace posible establecer lasmedidas y políticas pertinentes en la empresa para optimizar la deducción de estaserogaciones.

Esperamos que esta información sea de provecho y utilidad en su empresa. ¡Hasta pronto!

 

 

C.P.C. y M.I. Carlos Alejandro Kim SánchezSocio Fundador de Kim Quezada y Asociados, [email protected]

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