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119 Módulo APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE PRIMEROS AUXILIOS Y SALUD OCUPACIONAl La salud ocupacional tiene que ver con todo lo relacionado con prevención de accidentes y enfermedades que se relacionan con el trabajo que desempeña, además la legislación colombiana exige que todo ambiente de trabajo sea sano y seguro sin importar la actividad económica que se desarrolle. Es importante para un regente de farmacia aplicar los conceptos de salud ocupacional porque así promoverá su salud, la de su entorno y demás trabajadores, siendo ejemplo, promoviendo estilos de vida saludable y generando ambientes más seguros y productivos y por ende empresas con mayor rentabilidad. PROPÓSITOS DE FORMACIÓN A partir del estudio y la realización de las actividades de formación propuestas en la unidad, usted podrá: Aplicar principios de salud ocupacional e identificar su importancia para crear ambientes laborales sanos. Participar en el comité de salud ocupacional de la institución a la que pertenece y colaborar con actividades que allí se propongan. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Define los conceptos de la relación salud-trabajo y su importancia en la creación de ambientes laborales sanos de acuerdo a la legislación que se aplica en el campo de la salud ocupacional. Identifica los aspectos claves de la legislación que se aplica en salud ocupacional. Clasifica los factores de riesgos ocupacionales en la empresa con el fin de generar medidas de prevención que ayuden a disminuirlos. Aplica medidas de prevención de factores de riesgo ocupacional para sí mismo y sus compañeros de trabajo. Define el concepto de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y ergonomía. Determina las causas y consecuencias de los accidentes y enfermedades laborales y su implicación para la institución a la que pertenece de acuerdo con el estudio de panorama de factores de riesgo. Identifica y reconoce la importancia de usar los elementos de protección personal para evitar accidentes laborales y enfermedades. Enumera las condiciones básicas de higiene y seguridad en los ambientes laborales de acuerdo a la legislación nacional. Identifica la importancia y funciones del comité paritario de salud ocupacional. Define qué es un programa de salud ocupacional y los subprogramas que lo componen. 3.SALUD OCUPACIONAL 3

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La salud ocupacional tiene que ver con todo lo relacionado con prevención de accidentes y enfermedades que se relacionan con el trabajo que desempeña, además la legislación colombiana exige que todo ambiente de trabajo sea sano y seguro sin importar la actividad económica que se desarrolle.Es importante para un regente de farmacia aplicar los conceptos de salud ocupacional porque así promoverá su salud, la de su entorno y demás trabajadores, siendo ejemplo, promoviendo estilos de vida saludable y generando ambientes más seguros y productivos y por ende empresas con mayor rentabilidad.

ProPósitos de FormaciónA partir del estudio y la realización de las actividades de formación propuestas en la unidad, usted podrá: • Aplicar principios de salud ocupacional e identificar su importancia para crear ambientes laborales

sanos. • Participar en el comité de salud ocupacional de la institución a la que pertenece y colaborar con

actividades que allí se propongan.

criterios de evaluación • Define los conceptos de la relación salud-trabajo y su importancia en la creación de ambientes

laborales sanos de acuerdo a la legislación que se aplica en el campo de la salud ocupacional. • Identifica los aspectos claves de la legislación que se aplica en salud ocupacional. • Clasifica los factores de riesgos ocupacionales en la empresa con el fin de generar medidas de

prevención que ayuden a disminuirlos. • Aplica medidas de prevención de factores de riesgo ocupacional para sí mismo y sus compañeros de

trabajo. • Define el concepto de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y ergonomía. • Determina las causas y consecuencias de los accidentes y enfermedades laborales y su implicación

para la institución a la que pertenece de acuerdo con el estudio de panorama de factores de riesgo. • Identifica y reconoce la importancia de usar los elementos de protección personal para evitar accidentes

laborales y enfermedades. • Enumera las condiciones básicas de higiene y seguridad en los ambientes laborales de acuerdo a la

legislación nacional. • Identifica la importancia y funciones del comité paritario de salud ocupacional. • Define qué es un programa de salud ocupacional y los subprogramas que lo componen.

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contenidos

SeSión 15. concePtos Generales de salud ocuPacional

La Salud Ocupacional, es la ciencia que tiene por objeto

promocionar y optimizar las condiciones de salud física,

sicológica y social de los trabajadores, en los sitios donde

desempeña sus labores o en la organización donde ejecuta

su trabajo, generando la cultura del autocuidado, evitando

el deterioro de su salud, y protegiéndolo de los riesgos a

que esté expuesto.

“La disciplina de la salud ocupacional tiene como finalidad promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones, evitar el desmejoramiento de la salud causado por las condiciones de trabajo, protegerlos en sus ocupaciones de los riesgos resultantes de los agentes nocivos, ubicar y mantener los trabajadores de manera adecuada sus aptitudes fisiológicas y psicológicas, en suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo”. Tomado de OMS (Organización Mundial de la Salud).

La salud ocupacional permite:

• Mejorar las condiciones ambientales del sitio de trabajo• Prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.• Fomentar un estilo de vida y trabajo saludable.• Prevenir las alteraciones de la salud relacionadas o derivadas del trabajo.• Conservar, mantener y preservar la salud de los trabajadores en sus sitios de trabajo,

protegiéndolos contra los factores de riesgo que les puedan generar Accidentes de trabajo y Enfermedad por causa Laboral.

2. relación salud-trabajoNecesariamente, existe una estrecha relación entre la salud y el trabajo; la calidad de vida de una sociedad se ve reflejada en la oportunidad que tienen sus miembros para satisfacer las necesidades básicas, cuando tales necesidades no son cubiertas, se evidencia una alteración en el bienestar de la sociedad.

Es importante destacar, que debe existir equilibrio entre los aspectos físicos, mentales y sociales en las personas, pues cuando estos se alteran, afectan directamente a toda una comunidad, que inmediatamente desmejora su calidad de vida, pues esta se relaciona con la oportunidad de generar o producir.

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Es de esperar que un trabajador no se enferme durante su etapa productiva, ni que la labor que desempeña, ni los productos, ni los instrumentos, ni maquinarias con los que trabaja, menos en las circunstancias en que desempeña su labor le hagan daño a su salud.

Se pude decir que esta relación entre el trabajo y la salud ha cambiado mucho en los últimos tiempos. La salud física se veía afectada en mayor medida, hoy las condiciones de trabajo, las exigencias y falta de oportunidades, tienen mayor incidencia en el aspecto mental, por ende las enfermedades que sufren los trabajadores son de tipo psíquico, las causan incapacidad y afectan más la producción y la economía de un país; se sabe del estrés, que en un alto porcentaje de los trabajadores experimenta día a día en su espacio laboral, y se refleja en el ausentismo al trabajo, porque son más las exigencias, más las responsabilidades, menos la estabilidad y menos la remuneración.

Figura 98. Estrctura de la Seguridad Social en Colombia

AFP: Administradoras de Fondos Pensionales (porvenir, colpensiones, protección, ING)

EPS: Entidad Promotora de Salud (selvasalud, famisanar, nueva eps, sanitas, capitalsalud)

ARL: Administradoras de Riesgos Laborales (positiva, sura, colmena)

IPS: Institución Prestadora de Servicios de Salud (hospitales, clínicas, centros de salud)

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3. normatividad A continuación se presenta un resumen de las normas vigentes que debemos tener en cuenta y que están relacionadas con el trabajo que vamos a desempeñar como Tecnólogos en Regencia de Farmacia:

ley 1562 de 11 de julio de 2012Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

Programa de Salud Ocupacional: en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

Parágrafo. El uso de las anteriores definiciones no obsta para que no se mantengan los derechos ya existentes con las definiciones anteriores.

Artículo 13. Afiliados. Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales:

a) En forma obligatoria:

1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.

2. Las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado son responsables conforme a la ley, del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadores asociados.

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Para tales efectos le son aplicables todas las disposiciones legales vigentes sobre la materia para trabajadores dependientes y de igual forma le son aplicables las obligaciones en materia de salud ocupacional, incluyendo la conformación del Comité Paritario de Salud Ocupacional (Copaso).

3. Los jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.

4. Los estudiantes de todos los niveles académicos de instituciones educativas públicas o privadas que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida dentro del año siguiente a la publicación de la presente ley por parte de los Ministerio de Salud y Protección Social.

5. Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante.

6. Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución.

7. Los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta y el pago de la afiliación será a cargo del Ministerio del Interior, de conformidad con la normatividad pertinente.

b) En forma voluntaria:

Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el literal a) del presente artículo, podrán cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y cuando coticen también al régimen contributivo en salud y de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Ministerio del Trabajo en la que se establecerá el valor de la cotización según el tipo de riesgo laboral al que está expuesta esta población.

Parágrafo 1°. En la reglamentación que se expida para la vinculación de estos trabajadores se adoptarán todas las obligaciones del Sistema de Riesgos Laborales que les sean aplicables y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.

Parágrafo 2°. En la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Ministerio del Trabajo en relación con las personas a que se refiere el literal b) del presente artículo, podrá indicar que las mismas pueden afiliarse al régimen de seguridad social por intermedio de agremiaciones o asociaciones sin ánimo de lucro, por profesión, oficio o actividad, bajo la vigilancia y control del Ministerio de Salud y Protección Social.

Parágrafo 3°. Para la realización de actividades de prevención, promoción y Salud Ocupacional

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en general, el trabajador independiente se asimila al trabajador dependiente y la afiliación del contratista al sistema correrá por cuenta del contratante y el pago por cuenta del contratista; salvo lo estipulado en el numeral seis (6) de este mismo artículo.

ley 9 de 1.979El artículo 80 de esta ley menciona textualmente: “Para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la presente Ley establece normas” define las características de cómo son las condiciones ambientales y los lugares de trabajo. Entre estas están las medidas sanitarias del consumo de agua, alimentos, disposición de residuos y sustancias peligrosas, uso y almacenamiento de plaguicidas, obligaciones de los empleadores, trabajadores y disposiciones generales, tendientes a promover y proteger la salud de las personas, adopción de medidas de control para evitar accidentes y enfermedades profesionales, realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que están expuestos los trabajadores y dentro de las obligaciones de los trabajadores están, adoptar durante la ejecución de su trabajos, todas las medidas preventivas, elementos de protección y de control , conservar el orden y el aseo durante la ejecución de sus trabajos, cumplir con el reglamento de higiene y seguridad industrial; colaborar con la implementación y mantenimiento de las medidas de prevención de riesgo.

También menciona, que las edificaciones para el trabajo, cumplirán con una adecuada distribución de sus dependencias y zonas específicas para los distintos usos y actividades, claramente delimitadas para una operación higiénica establecida. Refiere que se brindarán todas las medidas para evitar todo tipo de riesgos que se puedan presentar y poner en peligro la vida de las personas, para lo cual, describe cómo deben ser las condiciones ambientales, agentes químicos, biológicos, los valores límites permisibles, riesgos eléctricos, físicos, lugares de trabajo, máquinas y herramientas. Además hace referencia a los elementos de protección personal, que está obligado el empleador a dotar a sus trabajadores.

resolución 2400 de 1979Se refiere a las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad a todos los establecimientos de trabajo y aplica a la totalidad de las viviendas y edificaciones del territorio nacional, sin interesar cualquier otro tipo de disposición o régimen especial que se tenga. Establece obligaciones en los patrones para dar cumplimiento con los programas establecidos y obligaciones en los trabajadores, para que cumplan con las disposiciones establecidas y dar informe a superiores sobre condiciones del ambiente defectuosas, al uso de los elementos de protección personal. Hace recomendaciones para que los establecimientos destinados al trabajo, puestos de trabajo, pasillos corredores, baños o servicios sanitarios para el personal, cumplan con la norma y determina cómo debe ser la ventilación, suministro de agua, pisos, paredes, orden y aseo en cada uno de los lugares de trabajo. En el capítulo III, establece las normas generales sobre los riesgos físicos, químicos y biológicos, En el capítulo IV ruidos y vibraciones. En los siguientes capítulos, se refiere a la ropa de trabajo, equipos y elementos de protección personal, código de colores, normas para la prevención de incendios, manejo, transporte y almacenamiento de explosivos. Dicta normas para la seguridad de máquinas y equipos en general, tuberías conductos y herramientas en general, normas de los trabajos con soldaduras, pinturas, demolición y remoción de escombros, andamios y escaleras, excavaciones, trabajo en túneles y subterráneos, y todas aquella disposiciones que se

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deben cumplir en el área especialmente de la construcción.

decreto 614 de 1.984Implementó el “Plan Nacional de Salud Ocupacional”, el cual se creó con el propósito de garantizar la efectiva coordinación entre las distintas entidades públicas relacionadas con la prevención y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, y la unidad de acción del gobierno en Salud Ocupacional. Este decreto determina las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país. (Derogado en un 90%).

Presenta definiciones en Salud Ocupacional: Higiene industrial como (identificación, evaluación y control de factores ambientales que puedan afectar la salud de los trabajadores. Seguridad Industrial (actividades destinadas a la identificación y control de las causas de accidentes de trabajo) Medicina del trabajo (actividades médicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud de los trabajadores, evaluar su capacidad y ubicarlos en lugares de trabajo de acuerdo a sus condiciones psicobiológicas. Riesgo potencial (riesgo de carácter latente susceptible de causar daño a la salud cuando fallan o dejan de operar los mecanismos de control. También habla sobre el programa de salud ocupacional, los subprogramas y contenidos de cada uno de ellos, la responsabilidad de los trabajadores participando en la ejecución, vigilancia y control, por medio del Comité de Salud Ocupacional y participar de las actividades del programa de salud ocupacional.

ley 100 de 1.993Reglamenta el Sistema de Seguridad Social Integral. (Pensiones, Salud, Riesgos Profesionales, Servicios Sociales complementarios)

resolución 2013 de 1.986Reglamenta la organización y funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, hoy actualmente Comité Paritario de Salud Ocupacional, según artículo 63 del decreto 1295 de 1.994. Es de obligatorio cumplimiento en las empresas. La resolución describe las funciones de este comité, entre las cuales y más importantes está la de vigilancia y control de las actividades que se desarrollan en salud ocupacional, cómo debe estar conformado, de acuerdo al número de trabajadores que tenga la empresa, quiénes lo integran y cómo se eligen, funciones del presidente y secretario del comité y la periodicidad en sus reuniones. Dentro de las funciones también, menciona que el comité debe realizar inspecciones a los lugares de trabajo, para identificar condiciones peligrosas o conductas peligrosas que puedan poner en peligro la integridad de los trabajadores, recibir sugerencias y solicitudes de los trabajadores en materia de salud ocupacional, con el fin de proponer mejoras ante la administración de la empresa y colaborar en la investigación de accidentes de trabajo para determinar sus principales causas, y sugerir medidas preventivas.

Además, son obligaciones de los trabajadores. Elegir libremente y por votación a sus representantes, informar al comité las situaciones de riesgo, manifestar sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud, cumplir con las normas y el reglamento de higiene y seguridad industrial.

resolución 1016 del 31 de marzo de 1989Esta resolución establece la organización y funcionamiento de los programas de salud ocupacional en las

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empresas. Describe que el programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, ejecución y evaluación de las actividades que se desarrollan, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores.

La resolución también menciona, que el programa de salud ocupacional debe desarrollarse de acuerdo a la actividad económica que desarrolla la empresa y será específico de acuerdo a los riesgos y el número de trabajadores. Debe tener un cronograma de actividades actualizado y disponible para las autoridades de vigilancia y control.

Se describe el compromiso de la empresa en aportar recursos humano, físicos y financieros para el desarrollo de este programa. Menciona las actividades que se deben desarrollar dentro de los tres subprogramas de medicina preventiva y del trabajo, en donde se deben desarrollar, entre otros, los exámenes médicos de ingreso, periódicos y de retiro a los trabajadores, desarrollar sistemas de vigilancia epidemiológicos, organizar un servicio de primeros auxilios oportuno, facilitar la rehabilitación, reubicación de trabajadores con incapacidades temporales o permanentes y el subprograma de higiene y seguridad industrial, que menciona la importancia de elaborar un panorama de riesgos al interior de la empresa, Inspeccionar y comprobar el correcto manejo de las máquinas y equipos, uso de los elementos de protección personal y analizar e investigar las causas de los accidentes de trabajo.

En cuanto a la rama preventiva o control de las emergencias, menciona que la empresa debe estar preparada para las emergencias, elaborar un plan de emergencias y capacitar a su personal en los tema de brigadas de emergencia y primeros auxilios. También, reglamenta la obligación de tener dentro de este programa el Comité Paritario de Salud Ocupacional y su registro ante las autoridades.

decreto 1295 de 1.994 Este decreto en el capítulo I, presenta la definición y objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP). El SGRP es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger, y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión, o como consecuencia del trabajo que desarrollan, fijar prestaciones económicas y pagar a los afiliados las prestaciones de atención en salud . El decreto forma parte de la Ley 100 de 1993.

El artículo 3 hace referencia al campo de aplicación y características del sistema. Se aplica a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional con las excepciones previstas en el artículo 279 de la ley 100. • Todo empleador debe afiliarse al sistema de Riesgos Profesionales.• La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria.• El empleador que no afilie a sus trabajadores además de las sanciones legales, será responsable

de las prestaciones que se otorgan.• La selección de la ARP es libre y voluntaria por parte del empleador.• La cobertura al sistema se inicia desde el día calendario siguiente al de la afiliación,• Los empleadores solo podrán contar con una sola ARP

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En cuanto a las prestaciones asistenciales, y prestaciones económicas Todo trabajador que sufra un accidente y/o enfermedad profesional tendrá derecho a que sea asistido, atendido, remunerado e indemnizado por la ARP. El Sistema general de riesgo deberán suscribir convenios con instituciones prestadoras de servicios. (IPS).Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional tendrá derecho a las siguientes prestaciones:• Subsidio por incapacidad temporal• Indemnización por incapacidad permanente parcial• Pensión de invalidez• Pensión de sobrevivientes• Auxilio funerario

El capítulo II, da las definiciones sobre accidente de trabajo, enfermedades profesionales, excepciones. Accidente de trabajo es todo suceso repentino que sobrevenga por causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador un lesión orgánica, una perturbación funcional, invalidez o la muerte.

El Capítulo IV hace mención al tema de afiliaciones, donde refiere que son afiliados al sistema general de riesgos profesionales de carácter obligatorio todos los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingresos para la respectiva institución y cuyo requisito es para culminación de sus estudios.

Refiere obligaciones del empleador. Pagar oportunamente, procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y del ambiente de trabajo, cumplimiento del PSO, reportar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, registrar ante el ministerio el COPASOObligaciones de los trabajadores. Procurar el cuidado integral de su salud, suministrar información veraz y completa sobre su estado de salud, velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas con del empleador, cumplir las normas y reglamentos e instrucciones de los programas de Salud Ocupacional y el PSO.

El capítulo IV clasifica los riesgos, de acuerdo a la actividad económica, la clase de riesgo se da por las tablas de riesgos, se adoptara la cotización mínima o máxima.Clase I Riesgo mínimoClase II Riesgo bajoClase III Riesgo medioClase IV Riesgo altoClase V Riesgo máximo El artículo 35, contempla los Servicios de Prevención: La afiliación al Sistema de Riesgos profesionales le da derecho a la empresa a recibir por parte de la ARP:

• Asesoría Técnica básica para el diseño del PSO.• Capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios.• Capacitación al COPASO.• Fomento de trabajo y estilos de vida saludable.

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Re-incorporación al trabajo: terminado el periodo de incapacidad temporal y si el trabajador recupera su capacidad. Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador en el cargo que desempeñaban antes o en otro para el cual esté capacitado

Controversia sobre la Incapacidad permanente parcial: Cuando susciten controversia deberán ser resueltas por las juntas de calificación de invalidez, los costos serán de quien lo solicite en caso en que la decisión sea favorable al trabajador la ARP, reembolsará las sumas pagadas.

Los grados de incapacidad permanente parcial, invalidez o invalidez total debidas a riesgos profesionales se hará de acuerdo al “manual de invalidez” y la “Tabla de evaluación de incapacidades.

Reubicación del trabajador: Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeña o proporcionarle otro cargo compatible con sus capacidades y habilidades.

Pensión de invalidez. Se considera inválida la persona que por causa de origen profesional, hubiese perdido más del 50% de su capacidad laboral.

El capítulo V: en el artículo 56, habla que “La prevención de riesgos profesionales, es responsabilidad de los empleadores” y además de establecer y ejecutar en forma permanente el PSO, son responsable de los riesgos originados en los ambientes de trabajo. Las ARP por delegación del estado ejercen vigilancia y control en la prevención de los riesgos.En el artículo 63, da nueva denominación al Comité Paritario de Salud Ocupacional que se rige según Resolución 2013/83:• Se aumenta a dos años periodo de vigencia• El empleador se obliga a proporcionar cuando menos cuatro horas semanales de la jornada

de trabajo para el funcionamiento del comité.

Además habla de la protección y seguimiento que se debe dar en las empresas clasificadas como alto riesgo.

El capítulo IX hace referencia a Sanciones por incumplimiento en el sistema General de Riesgos a los empleadores que contemplan las sanciones previstas en Código Sustantivo del trabajo, legislación laboral vigente y la Ley 100/93, además de reconocer y pagar todas las prestaciones consagradas en este decreto y para el trabajador el incumplimiento de todas las normas de prevención de riesgos y que se le hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para dar por terminado el contrato laboral por justa causa.

decreto 1832 de 1994En el presente decreto adopta la tabla de enfermedades consideradas como de origen profesional y se incluye el estrés como causa de enfermedad profesional y describe los casos en los cuales se considera que la causa es el estrés.

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decreto 1834 de 1994Este decreto crea el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales, quienes son sus integrantes y su funcionamiento.

decreto 2644 de 1994Define, la tabla única para el pago de la indemnización, a la cual tiene derecho el trabajador, según se haya calificado su pérdida de la capacidad laboral.decreto 692 de 1995Establece el manual único para la calificación de invalidez, define los términos de deficiencia, discapacidad, minusvalía y da las instrucciones generales para el uso del manual.

decreto 1530 de 1996Menciona que cuando una empresa tenga más de un centro de trabajo se podrá clasificar en diferentes riesgos. Dice que se deben realizar programas y planes de acción conjunta con el fin de hacer prevención por parte de la ARP y la empresa. Este documento se firma por el representante legal de la empresa y representante ARP.

En cuanto a las afiliaciones dice que la ARP será responsable del pago de las prestaciones a los trabajadores afiliados en el momento de ocurrir un accidente y/o enfermedad profesional. Y/o secuelas.En cuanto a contratación de los programas de salud ocupacional por parte de las empresas, dice que para el diseño y desarrollo de PSO de las empresas, estas podrán contratar con cualquier persona natural que reúna las condiciones de idoneidad profesional para desempeñar labores de salud ocupacional y debidamente certificados.La empresa usuaria que utilice los servicios de empresas temporales, deberán incluir a los trabajadores dentro de su PSO. Suministrar inducción y reinducción de riesgos, elementos de protección personal, condiciones de medicina, higiene y seguridad industrial. NOTA: el cumplimiento de lo ordenado no constituye vínculo laboral alguno.

decreto 2090 de 2003Este decreto amplia las actividades consideradas como de alto riesgo en el anterior decreto derogado y redefine las pensiones especiales de vejez, condiciones y requisitos para tener derecho a esta pensión especial de vejez y demás.

decreto 1607 de 2002Modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales existente en el decreto 2100 de 1995 y adopta la clasificación industrial internacional. Establece que la ARP es quien clasifica la empresa, y define la clase de riesgo según su actividad económica.

resolución 4059 de 1995En esta resolución se establece el formato único para el reporte de accidente y enfermedad profesional, será obligatorio para todas las empresas y se establece un plazo de 48 horas hábiles, para el reporte a las entidades de riesgos profesionales y salud simultáneamente, a las cuales se encuentre afiliado el trabajador. Esta información servirá para generar estadísticas e información en la investigación de los accidentes de trabajo y al empleador para dirigir sus programas de salud ocupacional.

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resolución 1401 de 2007Trata de la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, ordena investigar todos los incidentes y accidentes en los 15 días siguientes al suceso, pide adoptar metodología diseñada bien sea por la ARP o la misma empresa, para establecer causas básicas e inmediatas y aplicar medidas correctivas. Pide hacer seguimiento, de las acciones tomadas, remitir los informes de investigación a la ARP y si se trata de un accidente grave, llevar archivos de investigaciones y medidas implementadas, seguimiento, indicadores y tenerlos a disposición del Ministerio de la Protección Social y ARP.

Define accidente Grave como aquel que trae como consecuencia una amputación de cualquier segmento corporal, fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico, quemaduras de segundo y tercer grado, lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemadura, lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal, lesiones oculares que comprometan la agudeza o campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.

El equipo investigador de incidente y accidente de trabajo, debe estar conformado como mínimo por el jefe inmediato o supervisor o del área donde ocurrió el accidente o incidente, un representante del COPASO y el encargado del desarrollo del programa de salud ocupacional. Cuando el accidente se considere grave o produzca la muerte, en la investigación deberá participar un profesional con Licencia en Salud Ocupacional, propio o contratado, así como también el encargado de diseño de normas, procesos y /o mantenimiento.

resolución 2346 de 2007La presente resolución “regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales” Además refuerza la obligatoriedad de realizar las evaluaciones médicas de ingreso, periódicas y de retiro a los trabajadores, las cuales serán realizadas por un médico especialista en salud ocupacional y refiere “El médico debe respetar la reserva de la historia clínica ocupacional y sólo remitirá al empleador el certificado médico, indicando las restricciones existentes y las recomendaciones o condiciones que se requiere adaptar para que el trabajador pueda desempeñar la labor”. Por tal motivo a partir de la vigencia de la resolución, las empresas no podrán tener en sus archivos historias ocupacionales.

resolución 3673 de 2008“Establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas” donde define trabajos en altura a las labores que se desarrollan por encima de 1.5 metros y define cuáles son los equipos y especificaciones de los mismos, describe la capacitación requerida por el trabajador que desarrolla esta función y las condiciones físicas y psicológicas, de las persona que pueden realizar estos trabajos.

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actividad de aPrendizaje no. 13

Apreciado estudiante: Recuerde que debe estar atento a la actividad de aprendizaje propuesta por sus docentes.Dependiendo de las indicaciones de su docente, existen unas fechas establecidas y un medio indicado para el envío de la actividad.

Muchos éxitos con la realización de esta actividad!!

Anotaciones

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SeSión 16. riesGos

Riesgo es la posibilidad de que ocurra

un suceso, generado por una situa-

ción de trabajo que sea capaz de des-

atar algún daño a la salud e integridad

del trabajador, daño en los materiales

o equipos o alteración del ambiente

donde se labora o fuera de él.

1. Factor de riesGo

Cuando un riesgo se plasma o está dentro del accionar de las personas, en los elementos de trabajo, en los materiales con los que se trabaja o en el ambiente en que se trabaja, ésta situación permanente se puede convertir en un factor de riesgo que es esa posibilidad de producirse un accidente o una enfermedad profesional que si se detecta a tiempo puede eliminarse o controlarse.

2. clasiFicación de los Factores de riesGo

bas Factor de riesgo 1. Ambiente o microclima: se presentan en todos los ambientes, alteran la comodidad por aumento o disminución de las condiciones.

- Temperatura extrema (calor o frío) - Niveles de luz natural inadecuados - Aireación natural deficiente - Humedad y lluvias - Electricidad atmosférica - Presiones barométricas anormales

2. Contaminantes del ambiente a. De tipo físico: son manifestaciones de la

naturaleza, que pueden presentar daño orgánico.

b. De tipo químico: son sustancias que según su estado, naturaleza, condición física o química y presentación pueden causar daño al ambiente o enfermedades a los trabajadores.

c. De tipo biológico: son microorganismos

o sustancias contaminantes que pueden estar en los sitios de trabajo que pueden transmitir enfermedades a los trabajadores.

- Ruido y vibraciones- Electricidad estática - Radiaciones ionizantes (RX, gamma, alfa, beta) - Radiaciones no ionizantes(ultravioleta, infrarrojos, microondas, láser, radiofrecuencias) - Líquidos - Sólidos - Aerosoles (Humos, polvos, gases, vapores, etc.) - Líquidos - Bacterias, virus, hongos, esporas. - Ácaros, artrópodos. - Personas y animales enfermos o sanos que transmiten enfermedades. - Basuras - Vegetales irritantes o tóxicos - Vectores

3. Insalubridad locativa y ambiental deficientes: se distinguen porque originan molestias o enfermedades al trabajador debido a la ineficaz disposición final.

- Acumulación de basuras- Productos en mal estado - Falta o mal estado de servicios sanitarios. - Falta de alcantarillado o en mal estado. - No existen elementos de aseo o no son apropiados. - Ropas de trabajo sucias o en mal estado. - Abastecimiento de aguas inapropiado.

4. Producidos por sobrecargas fisiológicas: tienen que ver con el esfuerzo físico y las posturas de trabajo, también con el grupo de trabajo rotatorio y el turno nocturno que altera el ritmo fisiológico del organismo.

- Posiciones y posturas inadecuadas del cuerpo. - Turnos nocturnos

5. Producidos por sobrecargas síquicasconformados por condiciones de trabajo que causan tensión nerviosa y los que prohíben el desarrollo del pensamiento y la iniciativa.

Tareas monótonas, repetitivas, divididas, sin valor, inestabilidad laboral, demasiadas responsabilidades, inseguridad laboral, autoritarismo, procedimientos peligrosos, malas relaciones interpersonales

6. Medidas deficientes de seguridad hacen que ciertos elementos del objeto, de las herramientas o de las instalaciones, se conviertan en amenazas para la integridad física provocando accidentes, por mal estado, falta de protección en equipos, ambiente o lugares.

a. Mecánica: tienen que ver con maquinaria peligrosa sin protección. - Herramientas defectuosas. - Motores y transmisores de fuerza sin protección. - Vehículos sin mantenimiento preventivo. - Sistemas de protección deficiente, de control obstruido o eléctrico en mal estado.

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bas Factor de riesgo 1. Ambiente o microclima: se presentan en todos los ambientes, alteran la comodidad por aumento o disminución de las condiciones.

- Temperatura extrema (calor o frío) - Niveles de luz natural inadecuados - Aireación natural deficiente - Humedad y lluvias - Electricidad atmosférica - Presiones barométricas anormales

2. Contaminantes del ambiente a. De tipo físico: son manifestaciones de la

naturaleza, que pueden presentar daño orgánico.

b. De tipo químico: son sustancias que según su estado, naturaleza, condición física o química y presentación pueden causar daño al ambiente o enfermedades a los trabajadores.

c. De tipo biológico: son microorganismos

o sustancias contaminantes que pueden estar en los sitios de trabajo que pueden transmitir enfermedades a los trabajadores.

- Ruido y vibraciones- Electricidad estática - Radiaciones ionizantes (RX, gamma, alfa, beta) - Radiaciones no ionizantes(ultravioleta, infrarrojos, microondas, láser, radiofrecuencias) - Líquidos - Sólidos - Aerosoles (Humos, polvos, gases, vapores, etc.) - Líquidos - Bacterias, virus, hongos, esporas. - Ácaros, artrópodos. - Personas y animales enfermos o sanos que transmiten enfermedades. - Basuras - Vegetales irritantes o tóxicos - Vectores

3. Insalubridad locativa y ambiental deficientes: se distinguen porque originan molestias o enfermedades al trabajador debido a la ineficaz disposición final.

- Acumulación de basuras- Productos en mal estado - Falta o mal estado de servicios sanitarios. - Falta de alcantarillado o en mal estado. - No existen elementos de aseo o no son apropiados. - Ropas de trabajo sucias o en mal estado. - Abastecimiento de aguas inapropiado.

4. Producidos por sobrecargas fisiológicas: tienen que ver con el esfuerzo físico y las posturas de trabajo, también con el grupo de trabajo rotatorio y el turno nocturno que altera el ritmo fisiológico del organismo.

- Posiciones y posturas inadecuadas del cuerpo. - Turnos nocturnos

5. Producidos por sobrecargas síquicasconformados por condiciones de trabajo que causan tensión nerviosa y los que prohíben el desarrollo del pensamiento y la iniciativa.

Tareas monótonas, repetitivas, divididas, sin valor, inestabilidad laboral, demasiadas responsabilidades, inseguridad laboral, autoritarismo, procedimientos peligrosos, malas relaciones interpersonales

6. Medidas deficientes de seguridad hacen que ciertos elementos del objeto, de las herramientas o de las instalaciones, se conviertan en amenazas para la integridad física provocando accidentes, por mal estado, falta de protección en equipos, ambiente o lugares.

a. Mecánica: tienen que ver con maquinaria peligrosa sin protección. - Herramientas defectuosas. - Motores y transmisores de fuerza sin protección. - Vehículos sin mantenimiento preventivo. - Sistemas de protección deficiente, de control obstruido o eléctrico en mal estado.

b. Físico – Químico: sustancias o elementos peligrosos, cortocircuitos causantes de incendio y causantes de explosiones. c. Instalaciones y superficies de trabajo en malas condiciones: techos, paredes, ventanas, escaleras, plataformas, áreas de circulación, de almacenamiento, de máquinas, desagües, instalaciones eléctricas. d. Procedimientos peligrosos: trabajos de altura o subterráneos, entre máquinas, áreas encerradas, circuitos vivos, estímulos inadecuados, protección inadecuada de sistemas y falta de uso de elementos de protección del trabajador. e. Elementos en lugares inadecuados: sitios sucios y desorganizados, hacinamiento de equipos, anaqueles no anclados y sobrecargados, acumulación de elementos inservibles.

Tabla 14. Clasificación de los factores de Riesgo

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Luego de precisados los factores de riesgos es necesario valorarlos, esto se hace para obtener datos que nos permitan realizar acciones encaminadas a solucionarlos ya sea controlándolos o eliminándolos.

En la parte de higiene es posible obtener datos concretos, confiables, mientras que en el campo de la seguridad es imposible, ya que no se cuenta con equipos que valoren con precisión y es necesario valernos de los diferentes criterios de los técnicos que evalúan y hacen los estudios. Existen fórmulas que determinan estos riesgos con sus diferentes variables.

3. Panorama de Factores de riesGosLa presentación de este informe de factores de riesgos, donde se plasman los problemas existentes, es lo que da lugar al Panorama de Factores de Riesgos que es un proceso dinámico, una radiografía general del ambiente donde se trabaja, el número de personas que están expuesta al riesgo de sufrirlo, daño a la salud y el grado de peligrosidad de los mismos. Este da origen o pautas para elaborar el Programa de Salud Ocupacional de la entidad donde se labora.

Para la elaboración del mismo se deben tener en cuenta algunos requisitos

1. Estar de acuerdo con la clase de proceso, oficios, materia prima, máquinas, equipos y con la organización división del trabajo.

2. Obtener un estudio completo del entorno del trabajo en conjunto con las áreas de medicina, higiene y seguridad y demás que tengan que ver con salud ocupacional.

3. El panorama debe ser flexible, fácil de actualizar y permitir una adecuada orientación de las actividades de prevención posteriores.

4. Debe proponer soluciones acordes a los posibles daños.5. Organizar programas preventivos de acuerdo a las necesidades y evaluar periódicamente los

riesgos por medio de un sistema de vigilancia.

Se necesita tener un vasto conocimiento de los procesos de la empresa, actividades y tareas críticas, así como las causas de enfermedad más comunes en la empresa, los accidentes más frecuentes y el ausentismo con el fin de identificar los factores de riesgo.

Un panorama de riesgos, debe permitir responder a las siguientes preguntas:

• ¿Qué factores de riesgos existen en la empresa?• ¿Cuál es la proporción del riesgo?• ¿A qué personas o estructuras puede afectar?• ¿Por que existen y cuáles sistemas de control aplicables?• ¿Cuál es el posible daño?• ¿Qué tan posible es su control?

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Formato de inspección de panorama de riesgo

Sección

Factor de Riesgo

Fuente de generación

N° de Expuestos

Tiempo de Exposición

Método de Control Existente

Fuente Medio Persona

Despacho de medicamento

Medidas deficientes de seguridad

Trabajo en altura al bajar medicamentos del estante.

6 2 horas Escalera de tres pasos en buen estado

Capacitación en prevención de accidentes y trabajos en alturas

Oficina

Sobrecarga fisiológica

Trabajo repetitivo, digitar factura o formulas

2

8

Dotar de pad mouse y ubicación del teclado y mouse de frente a la pantalla del computador

Capacitar en higiene postural y pausas activas mínimo cada hora o media hora.

Tabla 5. Formato de Inspección de panorama de riesgo

Tabla 14. Clasificación de los factores de Riesgo

El panorama de factores de riesgo hace posible el diseño y desarrollo de una política preventiva, cuyo objetivo es el de mejorar las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores.

El formato de inspección de panorama de riesgo es el inventario inicial de los factores de riesgos y de sus efectos, cuya acción continua y sistemática permite mantener un conocimiento actualizado y dinámico de las condiciones de trabajo a lo largo del tiempo.

4. concePto de accidente de trabajo Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador

El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

El que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.

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No se considera accidente de trabajo:• El que es provocado deliberadamente por el trabajador.• El que es consecuencia de un acto delictuoso.• El que resulte de desobedecer órdenes del patrón.• Violar normas expresas de seguridad.• El que acontece estando bajo efectos del licor u otras drogas de abuso.

Los patronos están obligados ante la ARP, a informar todo accidente que sufran sus trabajadores, dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del suceso.

Los trabajadores están obligados a informar de inmediato a sus superiores cualquier lesión accidental que sufran, por leve que parezca.

5. incidente de trabajo

Incidente es aquel evento donde ocurren alteraciones en el proceso de trabajo, violaciones de una norma de trabajo, sin que se presenten lesiones en los trabajadores, se consideran premonitorios de accidentes de trabajo, por lo tanto se debe tener en cuenta para su información e investigación en algunos casos.

6. enFermedad ProFesional

Es todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, el medio en que se desarrolla la actividad laboral, y que haya sido determinada como Enfermedad profesional por el Gobierno nacional.

Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

El Decreto 1832 de agosto de 1994, adopta la tabla de enfermedades Profesionales, para el país y se incluyen 42 diagnósticos o grupos de diagnósticos. En los casos en que una enfermedad no figure en la Tabla de Enfermedades Profesionales, pero que se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales, será reconocida como enfermedad Profesional, conforme a lo establecido en la norma.

7. elementos de Protección Personal

Al existir factores de riesgo en los procesos productivos como ruido, radiaciones, gases, humos, vapores, golpes, manejo de materiales calientes o cortantes, etc., obligan a proteger al trabajador del contacto con los mismos para evitarles daños a la salud.

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Antes de ir a otra fuente, el control se realiza en la fuente productora del riesgo o en el medio de propagación, nada se haría protegiendo al trabajador sin arreglar el daño o equipo que lo produce. Cuando éstas no son técnicamente factibles o como medida complementaria, se utilizan los elementos de protección personal que no evitan ni controlan el riesgo, únicamente minimizan el contacto con el mismo”.El empleador debe dotar de todos los elementos de protección personal (EPP) necesarios, a sus trabajadores, con el fin de evitarles accidentes o daños su salud además que los empleados están en la obligación de utilizar estos elementos.

De acuerdo al oficio existen estos elementos de protección personal:

CabezaCascos de diferentes clases y materiales según la necesidad, uso industrial, protector químico, protección eléctrica, protector de fuego.

Cara y ojosMáscara o careta, gafas protectoras y anteojos.

Nariz y bocaTapabocas desechables, mascarillas contra polvo, humo y niebla, respiradores de media cara o cara completa contra gases y vapores.

OídosProtector o tapón auditivo de silicona moldeable, premoldeado, de espuma o plástico, protector de orejera

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ManosGuantes de cuero y carnaza, dieléctricos, de malla metálica, hilazas, género de punto, de caucho, látex, etc.

PiesBotas de cuero para uso industrial, de caucho, botas con puntera de acero y botas dieléctricas, botas con puntera de acero y dieléctricas, botas tipo soldado, etc.

Protección de caídasArnés pectoral, arnés corporal, arnés de suspensión.

Otros protectores•Uniformesantifluídos(parasalasdecirugía,partosetc.).•Impermeablescontraagua,químicos,pesticidas,etc.• Protectores de carnaza para soldadura.• Trajes completos en nómex o keylar, para protección de radiaciones y quemaduras.• Trajes tyvek, para protección de procesos en cuartos fríos, pinturas, polvos radiactivos, etc.

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actividad de aPrendizaje no. 14

Apreciado estudiante: Recuerde que debe estar atento a la actividad de aprendizaje propuesta por sus docentes.Dependiendo de las indicaciones de su docente, existen unas fechas establecidas y un medio indicado para el envío de la actividad.

Muchos éxitos con la realización de esta actividad!!

Anotaciones

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SeSión 17. concePtos de HiGiene y seGuridad industrial

DefiniciónLa Higiene y seguridad industrial es la parte de la salud ocupacional que se encarga de la identificación, reconocimiento, evaluación y control de todos aquellos factores de riesgo que pueden afectar la salud de los trabajadores

Objetivo Principal

• Salvaguardarlavidaylapreservacióndelasaludylaintegridadfísicadelostrabajadores.

En este sentido, la seguridad y la higiene industrial, puede ser vista como el conjunto de conocimientos científicos y tecnológicos destinados a localizar, evaluar, controlar y prevenir las causas de los riesgos en el trabajo a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio de su actividad laboral. Se debe destacar por lo tanto que, la seguridad y la higiene industrial son instrumentos de prevención de los riesgos.

1. Medicina preventivaLa medicina preventiva hace referencia a todos los cuidados que se deben tener para evitar enfermedades.

Tiene como objetivo realizar las siguientes actividades:

• Promover estilos de vida y trabajo saludables.• Educar a patronos y empleados en promoción de la salud.• Prestar servicios de primeros auxilios.• Promover la recreación y el deporte.

2. Medicina del trabajoDirigida al conocimiento de aspectos propios de la salud de los trabajadores, por los tanto debe hacer:

• Exámenes de ingreso.• Evaluaciones especiales.• Exámenes de retiro.• Investigaciones de enfermedad laboral y mortalidad en el trabajo.

3. Higiene y seguridad industrial

El objetivo es identificar, reconocer, evaluar y controlar los factores de riesgo que pueden perturbar la salud del trabajador, para esto debe elaborar:

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• Panoramadefactoresderiesgo. Es el estudio mediante el cual se reconocen, localizan, y cuantifican los factores de riesgo o

peligros, a los cuales están expuestos los funcionarios en sus áreas de trabajo. Los estudios se realizan por edificio y pueden ser solicitados a la Sección de Salud ocupacional, directamente por el trabajador. Luego del análisis, se elabora un documento que es entregado al área de salud ocupacional.

• Reglamentodeseguridadindustrial. Donde se tiene en cuenta el decreto 614 de 1984, y la ley 1562 de 2012

• Medicionesambientales. Para observar riesgos y peligros.

• Evaluacionesdepuestosdetrabajo. Son los desplazamientos que los funcionarios de la Sección de Salud Ocupacional realizan hacia

un sitio de trabajo para verificar las condiciones y/o estado que se encuentra éstos en cuanto a la Higiene y la Seguridad Industrial. La visita puede ser solicitada directamente por el funcionario.

• Visitasdeinspección. Es la primera revisión que se hace de las situaciones. A partir de ésta se pueden derivar visitas

de control, mediciones y recomendaciones que se consignan en un documento de control. Las áreas de trabajo de la empresa pueden pedir inspección en cualquier momento, además pueden considerar que alguna situación presentada en el área de trabajo es riesgosa para la salud de las personas o para los bienes de la Institución; ésta se hará mediante solicitud escrita o llamada telefónica explicando claramente la razón de su solicitud.

• Investigaaccidentesyenfermedadesprofesionales. Todo suceso considerado accidente de trabajo es investigado por el área de Salud Ocupacional.

No es solicitado.

• Dar conceptos técnicos sobre elementos de trabajo, de protección personal, instalaciones yremodelaciones.

El Ministerio de la Protección Social define que se debe garantizar a todos los trabajadores un programa continuo de capacitación que incluya comunicaciones escritas, audiovisuales o similares

• Proponersistemasdecontrol.

El Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial del área de Salud Ocupacional programa las visitas de control de acuerdo a las visitas de inspección que se realizaron durante el semestre inmediatamente anterior para verificar el cumplimiento de las recomendaciones señaladas. No es solicitada.

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SeSión 18. comité Paritario de salud ocuPacional (coPaso)

El Comité Paritario de Salud – COPASO

es un grupo de trabajo donde empresa-

rios, trabajadores y administradores de

Riesgos Profesionales interactúan en el

marco de unos objetivos para mantener

la salud del trabajador en las mejores

condiciones físicas y psicosociales.

Cómo debe integrarse:

Como su nombre lo dice debe ser paritario, es decir compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, su número dependerá de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa y su elección se hará democráticamente.

• El período de los miembros será de dos (2) años. Al cabo de los cuales podrán ser reelegidos.• El presidente del Comité será designado por el empleador y el Comité en pleno elegirá al

secretario de entre la totalidad de los miembros.• Todos los integrantes del comité deben recibir capacitación básica en salud ocupacional y

específica, según las condiciones de trabajo y salud d la empresa.• El empleador deberá proporcionar a los integrantes del COPASO, mínimo cuatro (4) horas

semanales dentro de la jornada laboral para el cumplimiento de sus funciones.

Estructura del ComitéEl número de representantes por cada una de las partes depende del número de trabajadores:

Tabla 15. Estrutura del Comité

No. Trabajadores Representante

10 a 49 1

50 a 499 2

500 a 999 3

1000 o más 4

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Con menos de 10 trabajadores ya no haría parte del COPASO si no como vigía ocupacional.

Como se Elige el Comité:

• Losrepresentantesdelostrabajadoresseeligenporlibrevotación.

• Elempleadornombrasuspropiosrepresentantes

• Losregistrosdelosescrutiniosdebenarchivarseparalasentidadescompetentes

Registro del comité:El comité paritario de salud ocupacional se debe registrar ante el ministerio de trabajo y seguridad social y tiene una vigencia de 2 años. Debe tener:

• Documentaciónparalegalizarlainscripción:

• Originalydoscopiasdelactadeconstitucióndelcomitéparitariodesaludocupacional.

• Originalydoscopiasdelformatoderegistrodelcomité,(diligenciadoscompletamenteyfirmasenoriginal)

• Cartadepresentacióndelaempresa

Obligaciones del Empleador

• Designarsusrepresentantesalcomitéparitariodesaludocupacional.

• Promoveryfacilitarlaeleccióndelosrepresentantes.

• Nombraralpresidentedelcomité.

• Procederalegalizaryregistrarelcomité

Obligaciones de los empleadores

• Cumplirconlasnormasdemedicina,higieneyseguridadindustrialeneltrabajo

• Implementarlosreglamentoseinstruccionesordenadosporelempleador.

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Funciones del COPASO

• Proponer laadopcióndemedidasqueprocurenymantengan lasaluden los lugaresyambientes de trabajo

• Proponeryparticiparenactividadesdecapacitaciónensaludocupacional• Vigilareldesarrollodelasactividadesdelprogramadesaludocupacional.• Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales y proponer medidas correctivas.• Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes,máquinas,

equipos, aparatos.• Estudiaryconsiderarlassugerenciasdelostrabajadores• Servircomoorganismodecoordinaciónentreempleadorylostrabajadores.• Solicitarinformessobreaccidentalidadyenfermedadeslaborales• Elegiralsecretariodelcomité• Mantenerunarchivodelasactasdecadareunión• Lasdemásfuncionesqueleseñalenlasnormassobresaludocupacional

Funciones del Presidente del COPASO• Presidiryorientarlasreuniones• Llevaracabolosarreglosnecesariosparadeterminarellugarositiodelasreuniones• Convocarporescritoalosmiembrosdelcomité.• Prepararlostemasquevanatratarseencadareunión.• Tramitarlasrecomendacionesaprobadas.• Coordinartodolonecesarioparalabuenamarchadelcomitéeinformaralostrabajadores

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de la empresa acerca de las actividades del mismo

Funciones del secretario del COPASO

• Verificarlaasistenciadelosmiembrosdelcomitéalasreunionesprogramadas.• Tomarnotadelostemastratados,elaborarelactadecadareuniónysometerlaaladiscusióny

aprobación del comité• Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité y Suministrar toda la

información que requieran el empleador y los trabajadores.

Para tener en cuenta al participar en el COPASO:

Actividades de Vigilancia y Control

Velar por el desarrollo de acciones del programa de salud ocupacional organizado para la empresa.

Efectuar visitas de inspección a los sitios de trabajo e informar al empleador la existencia de factores de riesgo y proponer medidas para el control.

Intervenir en el análisis e investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a fin de formular medidas de prevención y control.

Actividades de Promoción

Proponer la adopción de medidas de prevención, control y desarrollo de actividades destinadas a mantener y promover la salud de los trabajadores y mejorar de las condiciones de trabajo.

Sugerir y participar en actividades de capacitación en Salud Ocupacional, para diferentes grupos de trabajadores.

Actividades Administrativas Participar con las entidades gubernamentales de Salud Ocupacional en actividades de promoción, seguimiento y control que organice la empresa.

Escuchar las inquietudes y sugerencia de los trabajadores, representarlos y hacerlas llegar al comité de Salud Ocupacional.

Notificar a los trabajadores sobre las acciones desarrolladas por el COPASO.

Asistir puntualmente a las reuniones programadas por el comité y demás actividades que este realice y elaborar actas de todas las reuniones.

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Motivar a los trabajadores para que participen en todas las actividades de Salud Ocupacional que se organicen en la empresa.

Cada miembro del COPASO debe comprometerse a llevar a cabo actividades de seguimiento de los trabajos propuestos y dejar constancia de lo visto.

comité de convivencia laboral

RESOLUCION 652 (30 abril de 2012)Por la cual establece la conformación y funcionamiento del comité de convivencia laboral en las entidades públicas o privadas. Prevenir conductas de abuso laboral.

Resolución 2646 de 17 de julio de 2008 (art. 3)Identificación, evaluación, intervención y monitoreo permanente a exposición a factores de riesgo psicosocial. (Patologías derivadas del estrés).

Resolución 2646 de 17 julio de 2008: (art. 14) Conformar el comité de convivencia laboral y establecer un procedimiento confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir conductas de acoso laboral.

actividad de aPrendizaje no. 15

Apreciado estudiante: Recuerde que debe estar atento a la actividad de aprendizaje propuesta por sus docentes.Dependiendo de las indicaciones de su docente, existen unas fechas establecidas y un medio indicado para el envío de la actividad.

Muchos éxitos con la realización de esta actividad!!

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actividad evaluativa no. 4Evaluación final acumulativa

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Glosario A• Adiposo: grasiento, lleno de grasa.• Analgésico: que priva del dolor.• Antifluídos: material no absorbente de líquidos con el que se elabora vestimenta quirúrgica.• Antisépticos: Son sustancias cuyo objetivo es la prevención de la infección evitando el

crecimiento de los gérmenes.• Antipirético: contra la fiebre.• Arteriolas: es un vaso sanguíneo de pequeña dimensión, que resulta de ramificaciones de

las arterias y libera la sangre hacia los capilares• Aséptica: que participa de las condiciones de la asepsia, libre de gérmenes patógenos.• Autocuidado: atención y prevención hacia el propio organismo.• Automedicación: Consumo de medicamentos sin prescripción u orden médica.

B• Bipedestación: posición de pie.• Broncoaspirar: situación en la que algún líquido pasa a la vía respiratoria y no a la vía

digestiva, también se puede devolver de la vía digestiva a la vía respiratoria por posiciones inadecuadas.

C• Calibre de vasos: es el tamaño por dentro de los vasos sanguíneos para que pase la sangre,

así, el orden de mayor a menor calibre va; arterias, venas, arteriolas y vénulas y capilares.• Capilares: Vasos sanguíneos de menor diámetro• Carnaza: parte de la piel que toca la carne.• Caustico: Dícese de la sustancia que corroe o quema los tejidos. Existen numerosos

productos domésticos e industriales con propiedades cáusticas (lejía, ácido clorhídrico, etc.) y su ingestión provoca quemaduras bucales, dolores muy intensos del aparato digestivo, vómitos, diarrea sanguinolenta

• Cefalea: Síntoma que se refiere al dolor localizado en la cabeza.• Cianosis: Coloración azul negruzca o lívida de la piel.• Collarín cervical: Se utiliza para apoyar y proteger el cuello contra los impactos sacudidas

y vibraciones. Se recomienda su uso cuando se requiere una inmovilización parcial o de bajo control de la región cervical

• Compresa: lienzo de material absorbente con varios dobleces, de uso médico. Paño.• Compresión: Acción y efecto de comprimir.• Contaminado: alteración nociva de un organismo por efecto de residuos procedentes de

la actividad humana o por la presencia de determinados gérmenes microbianos.

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• Contracción muscular: Es el proceso fisiológico en el que los músculos desarrollan tensión y se acortan o estiran (o bien pueden permanecer de la misma longitud) por razón de un previo estímulo de extensión.

D• Decúbito: posición del cuerpo cuando descansa en un plano horizontal• Dérmico: relativo a la piel.• Destilar: vaporizar los líquidos por medio del calor para separar las partes más volátiles, enfriando

luego estas para volverlas a liquidar.• Dieléctrico: dícese del cuerpo aislador de la electricidad.• Distal: punto más lejano con relación al cuerpo.

E• Edematizar: inflamar, infiltrar líquido seroso el tejido celular.• Electrocardiograma: Es la representación gráfica de la actividad eléctrica del corazón, que se

obtiene mediante un examen.• Emesis: episodio de vómito• Empírico: basado en la experiencia, sin teoría ni razonamiento.• Endógeno: dícese del elemento que nace en el interior del órgano que lo engendra.• Epitelial: relativo al epitelio. Tejido de la piel.• Eritema: enrojecimiento de la piel producido por procesos inflamatorios o inmunológicos, que

normalmente son el resultado de la acumulación de células del sistema inmunitario. Puede haber muchas causas de eritema: exposición al calor, picaduras de insectos, infecciones, alergias.

• Ergonomía: estudio del cuerpo humano con respecto al medio ambiente artificial que lo rodea.• Extravasar: es la salida de un líquido del vaso que lo contiene• Exógeno: dícese del órgano que se forma en el exterior de otro.

F• Facies: rostro, cara.• Fascia: membrana que cubre el músculo.• Férulas: Aparato de madera, metal, cartón u otros elementos, rígido o flexible, que se aplica para

mantener en su posición partes movibles o desplazadas, especialmente huesos fracturados o luxados.

• Filete: moldura estrecha. Lonja de carne magra.• Fisura: fractura longitudinal de un hueso. Grieta.• Flictena: lesión cutánea elemental que consiste en una ampolla o vesícula formada por la epidermis

levantada llena de suero, como las producidas en quemaduras.• Fungicida: sustancia capaz de destruir los hongos dañinos.

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G• Gérmenes: Un germen, también denominado microrganismo o microbio, es un ser vivo

que únicamente se podrá visualizar a través de un microscopio. El germen puede ser patógeno o no serlo, entre estos pueden estar virus y bacterias.

H• Hematoma: ó equimosis, también llamado coloquialmente, moretón, magulladura, es un

cambio en la coloración de la piel causado por la ruptura de vasos sanguíneos debajo de esta producido por un golpe.

• Hemodinámico: relativo a la circulación.• Herbicidas: Cualquier sustancia química que permite destruir las hierbas perjudiciales o

alterar su crecimiento.• Híper: prefijo que indica exceso o superioridad.• Hipertonía: Aumento del tono muscular, con aumento de la resistencia al estiramiento

pasivo de los músculos• Hipo: prefijo que significa inferioridad.• Hipoalérgico: que produce reacción alérgica escasa o nula.• Hipoglicemia: bajada de la glucosa en sangre (glicemia), por debajo de 60 miligramos/

decilitro, puede ser agudo o crónico. • Homogenizado: elemento cuyas partículas integrantes tienen igual naturaleza.

I• Inoculación: Introducción de microrganismos (virus o bacterias) vivos, muertos en un

organismo de forma accidental por picadura o voluntaria.• Insecticidas: Sustancia o preparado químico utilizado para destruir insectos.

J• Jirón: Movimiento brusco de una parte del musculo.

L• Lacerar: lastimar, magullar, dañar, perjudicar.• Liofilizado: deshidratado algo al vacío.• Lote de Medicamento: Código con el que se marca cada medicamento desde su fabricación.

M• Metabólico: relativo a los cambios fisiológicos entre el organismo vivo y el medio exterior.

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N• Necrótico: viene de la palabra necrosis, que significa la muerte patológica de un conjunto de

células o de cualquier tejido, provocada por un agente nocivo que causa una lesión tan grave que o se puede reparar o curar.

O• Oclusión: se refiere al estado de algo comúnmente abierto y que se encuentra obliterado o cerrado

P• Pápula: es un tipo de lesión en la piel caracterizada por una elevación definida con contenido.• Paraplejia: parálisis que solo ataca los miembros inferiores.• Patológico: relativo a la enfermedad, anormal.• Predial: relativo al pie.• Plaguicidas: Son sustancias químicas utilizadas para controlar, prevenir o destruir las plagas.• Prodrómico: malestar que precede a una enfermedad.• Profuso: que es muy abundante, copioso• Proximal: punto más cercano con relación al cuerpo.• Prurito: sensación cutánea desagradable de intensidad muy variable que provoca una necesidad

de rascarse para obtener alivio.

R• Recapsular: volver a empacar en cápsula.• Rutilante: brillante, resplandeciente.

S• Sed estación: posición sentada.• Sepsis: contaminación por gérmenes nocivos.• Shock: Es una afección potencialmente mortal que se presenta cuando el cuerpo no está recibiendo

un flujo de sangre suficiente, lo cual puede causar daño en múltiples órganos. El shock requiere tratamiento médico inmediato y puede empeorar muy rápidamente.

• Sedentarios: Carencia de actividad física fuerte como el deporte.• Stock: término usado para determinar la cantidad de existencia e cualquier elemento o medicamento.

Inventario.

T • Tela Adhesiva o Micropore: son cintas que permiten fijar apósitos o gasas, o cubrir pequeños

roces de piel.• Torunda: material biodegradable elaborado de algodón, de forma esférica.• Tracciones: Tracción significa halar sobre una parte del cuerpo, casi siempre, la tracción utiliza

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fuerza mecánica (algunas veces generada por pesas y poleas) para ejercer tensión sobre una articulación o hueso desplazado, como en el caso de un hombro dislocado, con el fin de colocarlo de nuevo en posición e inmovilizarlo.

V• Vasoconstricción: Es el estrechamiento (constricción) de vasos sanguíneos por parte

de pequeños músculos en sus paredes. Cuando los vasos sanguíneos se constriñen, la circulación de sangre se restringe o se torna lenta.

• Vénulas: Las vénulas son pequeñas venas que conducen la sangre desde los capilares hacia las venas