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25 de julio 2013 Dpto. de Participación Social y Gestión Integral de Usuario Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente PROGRAMA ESPECIAL DE SALUD Y PUEBLOS INDÍGENAS

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25 de julio 2013

Dpto. de Participación Social y Gestión Integral de Usuario

Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

PROGRAMA ESPECIAL DE SALUD Y PUEBLOS INDÍGENAS

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CONTEXTO CONTEXTO

Surge el Programa de Salud y Pueblos Indígenas

•La población indígena presentaba altas tasas de mortalidad infantil y menor esperanza de vida por las dificultades en el acceso a los bienes y servicios públicos.

•Debido a la dificultad de acceso, se busca un acercamiento entre el “Equipo de salud” y el “Usuario de pueblo originario”. Esto es, generar los puentes de acercamiento entre una relación culturalmente distinta.

• Se considera la noción salud-enfermedad propia de los pueblos originarios

• El Programa es creado en el año 2000, según Resolución Exenta Nº 1190/ 05 de Mayo, 2000. Ministerio de Salud.

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La Salud desde y para los Pueblos La Salud desde y para los Pueblos

Originarios Originarios

• El Ministerio de Salud a través de la Política de Salud y Pueblos Indígenas (Año 2004) reconoce que:

“…ningún sistema médico es capaz de satisfacer, por sí solo, todas las demandas de salud que presenta una población, lo que implica dejar de concebir el modelo occidental como único deseable y válido. La medicina indígena es integral y tiene un ancestral, amplio y dinámico.”

• Además:

“La SALUD, en la visión de los pueblos indígenas, no es solamente un buen estado físico de las personas sino que también armonía con el entorno visible e invisible. Constituyendo la salud y el bienestar un equilibrio dinámico que incluye interacciones con los procesos de la vida y la ley natural que gobierna el planeta, todos los seres vivientes y la comprensión espiritual.”

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MARCO JURIDICO Y NORMATIVO MARCO JURIDICO Y NORMATIVO “Ley Indígena” • Ley 19.253, que establece Normas de protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de desarrollo Indígena (CONADI)• La Ley Indígena señala que: “Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio y propender su ampliación” (art 1)

CONVENIO 169 , de la OIT

• El Convenio 169, es una norma jurídica internacional, que establece un nuevo estándar de derechos humanos para los pueblos indígenas.• Es una norma obligatoria de cumplir para los Estados que la han ratificado.• Es ratificado por Chile El 15 de Septiembre del 2008 y se encuentra plenamente vigente a partir del 15 de Septiembre del 2009.

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CONVENIO 169 , de la OIT

• Articulo 6. Participación.

• Articulo 25: Derecho a la salud. Establece normas relativas a salud y Pueblos indígenas, que reconocen y

promueven: -Acceso y  gratuidad de los servicios de salud del Estado -Organización comunitaria -Cooperación y co- gestión administrativa-Pertinencia intercultural -Practicas curativas y Medicamentos tradicionales

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Norma General Administrativa N° 16Norma General Administrativa N° 16

Interculturalidad en los Servicio de Salud. Interculturalidad en los Servicio de Salud. Resolución Exenta N° 261 del año 2006 Resolución Exenta N° 261 del año 2006

Se establece que será competencia de los Servicios de Salud:

• Incorporación en los programas de salud del enfoque intercultural

• Respeto y resguardo por las practicas medicinales ancestrales indígenas

• Considerar la opinión de las organizaciones y agentes de salud en la adopción de medidas que puedan afectar sus sistemas de salud ancestral

• Buscar asesoría cultural cada vez que un Comité de Ética Científico o Clínico deba considerar o analizar situaciones o proyectos que directa o indirectamente afecten a indígenas o a su  patrimonio cultural.

• Proponer y mantener programas de capacitación continua a sus directivos y funcionarios orientados a desarrollar y fortalecer la pertinencia cultural de las acciones de la Red.

• Cautelar que en los convenios asistenciales docentes que celebren con entidades de educación superior éstas se comprometan a incluir el enfoque intercultural en la formación de los profesionales de salud

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Artículo 7º.-

•En aquellos territorios con alta concentración de población indígena, los prestadores institucionales públicos deberán asegurar el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos originarios a recibir una atención de salud con pertinencia cultural, lo cual se expresará en la aplicación de un modelo de salud intercultural validado ante las comunidades indígenas, el cual deberá contener, a lo menos, el reconocimiento, protección y fortalecimiento de los conocimientos y las prácticas de los sistemas de sanación de los pueblos originarios; la existencia de facilitadores interculturales y señalización en idioma español y del pueblo originario que corresponda al territorio, y el derecho a recibir asistencia religiosa propia de su cultura.

LEY 20.584. LEY 20.584. Regula Los Derechos y Deberes que tienen las personas en Regula Los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en Salud. relación con acciones vinculadas a su atención en Salud.

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Datos sobre Población Indígena Datos sobre Población Indígena Servicio de Salud Metropolitano Sur Servicio de Salud Metropolitano Sur

Oriente Oriente

Total población CENSO 2002

15.116.435 habitantes

Pertenece a Pueblo Indígena

4,60%

 

La población indígena del país se concentra en:

Araucanía (29,5%) Metropolitana (27,7%)

mapuche (95,5%) aymará (1,5%)

Los Lagos (14,7%)De la Región Metropolitana el 20% de la población indígena se

concentra en elSSMSO

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Porcentaje población indígena Porcentaje población indígena

0

100.000

200.000

300.000

400.000

500.000

600.000

SAN JOSEDE

MAIPO

PIRQUE SANRAMON

LAGRANJA

LAPINTANA

LAFLORIDA

PUENTEALTO

Población perteneciente a pueblos originarios oafro-descendiente 316 229 4.636 5.097 11.850 11.695 15.370

Población perteneciente a pueblos originarios oafro-descendiente 2,36% 1,38% 4,88% 3,85% 6,23% 3,20% 3,12%

Población total 13.376 16.565 94.906 132.520 190.085 365.674 492.915

2,36 1,38%

4,88% 3,85% 6,23%

3,20%

3,12%

Títu

lo d

el e

je

Población Indígena SSMSO

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PROGRAMA ESPECIAL DE SALUD Y PUEBLOS INDÍGENASPROGRAMA ESPECIAL DE SALUD Y PUEBLOS INDÍGENAS

Objetivo General:

Contribuir a la disminución de brechas de inequidad, en la situación de salud de los pueblos indígenas, a través de la construcción participativa de planes de salud que reconozcan la diversidad cultural, promuevan la complementariedad entre sistemas médicos y provean servicios de salud adecuados, que respondan a necesidades, derechos y perfiles epidemiológicos específicos.

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Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas

Servicio de Salud M. Sur Oriente 2013

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• EQUIDAD

Línea de acción:•Generación de estrategias destinadas a la disminución de brechas en el acceso a la atención de Salud convencional y también en la atención en medicina ancestral indígena según la reflexión y análisis de la caracterización de las necesidades de la población indígena presente en el territorio correspondiente al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.

Actividades:

•Publicación y Divulgación de: “Sistematización de 12 años de ejecución del programa.”

•Publicación y Divulgación de: “Estudio sobre Percepción de Salud -Enfermedad de usuarios indígenas urbanos adscritos al sistema público de salud, correspondiente a las comunas de La Pintana, La Florida, La Granja y Puente Alto.”

•Evaluación de Impacto de las experiencias en Salud Intercultural.

•Seminario sobre la Interculturalidad en Salud.

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• PARTICIPACIÓN

Línea de acción:

•Funcionamiento regular de instancias de participación social de indígenas, compuesta por directivos, equipos de salud, organizaciones indígenas y usuarios indígenas.

Actividades:

• Restructuración de la mesa de Salud Intercultural Ñi Mongen

• Consolidación de las mesas de Salud Intercultural de La Pintana y de La Florida

• Continuidad de la mesa de Salud Intercultural de la comuna Puente Alto.

• Constitución de la Mesa de Salud Intercultural de la comuna de San Ramón

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• INTERCULTURALIDAD

Línea de acción:•Incorporación del enfoque intercultural en las acciones de Salud que realizan los funcionarios en su relación con los sistemas culturales de salud de los pueblos indígenas.

Actividades:•Continuidad de las experiencias en Salud Intercultural por las asociaciones indígenas Kallfulikan, Llug Kym Hue Huarria, Taiñ Adkimn, Inchiñ Mapu y Trawun Mapu.•Incorporación de la experiencia en Salud Intercultural de la asociación Kiñe Pu Liwen. •Talleres de capacitación dirigido a directivos, funcionarios, usuarios y miembros de mesas de Salud Intercultural.•Capacitación a los integrantes de las asociaciones indígenas en temas de interés relativos a los programas de Salud. •Coordinación de actividades en la Ruca de la mesa Ñi Mongen, a través de un asesor cultural .• Facilitadores interculturales.•Formación de grupo de interés.

 

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Fondos transferidos por el MINSAL al programa y su Fondos transferidos por el MINSAL al programa y su distribucion del 2008 al 2013 distribucion del 2008 al 2013

Años

2008 2009 2010 2011 2012 2013

EQUIDAD - - 1.235.000 2.111.680 10.375.000 8.550.820

PARTICIPACIÓN 3.832.000 819.400 1.000.000 1.000.000 2.000.000 3.000.000

INTERCULTURALIDAD

28.000.000 35.551.600 43.212.000 51.888.320 84.125.000 84.949.180

Total

31.832.000 36.371.000 45.447.000 55.000.000 96.500.000 96.500.000

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Fondos transferidos por el MINSAL al programa y su Fondos transferidos por el MINSAL al programa y su distribución del 2008 al 2013distribución del 2008 al 2013

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Gracias.