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Proyecto de Ley Orgánica de Remisión de Interés, Multas y Recargos Tributarios sobre Impuestos Nacionales Abril 06, 2015

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Proyecto de Ley Orgánica de Remisión de Interés, Multas y Recargos Tributarios

sobre Impuestos Nacionales

Abril 06, 2015

Antecedentes

•  El sector productivo presentó al Presidente de la República: la remisión de multas e intereses de glosas con SRI

Propuesta al Presidente

•  Generar liquidez en las cuentas fiscales Objetivo

• Se cuenta con un escenario adecuado y existe una mejor cultura tributaria y de cumplimiento de la ley.

• La medida permitiría una reducción de contingentes en los balances de las empresas y mejoraría la planificación de nuevas inversiones.

Argumentos

La operatividad del proyecto de Ley

100%

60 días

50%

61 y 90 días

Propuestas

Ampliación del plazo

Aceptación pago total o parcial

Ampliación del beneficio

Reconocimiento deducibilidad del

gasto

1. Ampliación del plazo para el pago de obligaciones

Procesos judiciales à Otros requisitos

Actor del proceso à Administración

tributaria

Falta de recursos à Sistema financiero

Ampliar plazo para el pago, con la remisión del 100% de las obligaciones, a efectos de que se puedan cumplir con los

trámites previstos en la norma.

1. Ampliación del plazo para el pago de obligaciones

Efectuado el pago, las autoridades que estén a cargo del conocimiento de las impugnaciones, por sí mismas deban

ordenar la cancelación de las garantías que hayan sido rendidas por el contribuyente.

Habilitar la aplicación de la remisión con la sola presentación del escrito de desistimiento, acompañando el comprobante de pago de la obligación y la notificación respectiva a la autoridad tributaria, pero sin necesidad de

esperar la aceptación del Tribunal.

2. Aceptar el pago total o parcial de las obligaciones (capital)

Considerar que el contribuyente no

necesariamente deba desistir de su reclamación total, sino de aquellos fundamentos que

considere necesario

Efectuar pagos parciales de las obligaciones tributarias, las cuales se beneficiarían

con la remisión proporcional al monto pagado, siempre que

las obligaciones pagadas puedan distinguirse o separarse del resto de

obligaciones que continuarán en impugnación

3. Ampliar el beneficio a las obligaciones controvertidas con aduanas y a sentencias

firmes y ejecutoriadas

Existe una importante cantidad de obligaciones impagas que

cuentan con sentencia ejecutoriada

“Impuestos nacionales” entre las obligaciones que puedan acogerse a este

beneficio, permite incorporar a las administradas por la

SENAE.

4. Reconocer deducibilidad del gasto

Reconocer que si el pago de la obligación tributaria, corresponde a impuestos nacionales administrados por el

SRI y por aduanas, siempre que no sea impuesto a la renta, se considerará por esta única ocasión como un gasto

deducible.

En resumen

Ampliar el plazo, al menos por 30 días adicionales para la eliminación del 100% de las obligaciones.  

Permitir que aplique la remisión con la sola presentación del escrito de desistimiento, el pago de la obligación y la notificación respectiva a la autoridad tributaria. De oficio, cancelar las garantías

Permitir pagos parciales de las obligaciones tributarias.

Incorporar las obligaciones administradas por la SENAE y aquellas que cuenten con sentencia ejecutoriada.

Considerar el pago de las obligaciones como un gasto deducible de este período

Gracias

Abril 06, 2015