10 cambios centrales del nuevo código procesal penal

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10 Cambios Centrales del Nuevo Código Procesal Penal

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10 Cambios Centrales del Nuevo Cdigo Procesal Penal

10 Cambios Centrales del Nuevo Cdigo Procesal Penal El proyecto de nuevo Cdigo Procesal Penal propone un sistema acusatorio. Se rige un sistema mixto entre inquisitorio y acusatorio, en el cual el proceso es dirigido por el juez y, si quiere, puede delegar en el fiscal la investigacin o hacerla enteramente l.Con el nuevo Cdigo, que instalara el sistema acusatorio, toda la investigacin queda delegada en el fiscal.Sistema AcusatorioEl juez, por su parte, es quien decide las resoluciones judiciales: juzga, absuelve o condena, pero la investigacin ser conducida, dirigida y estar a cargo del fiscal. Por ltimo, los defensores adquieren mayores facultades para intervenir en el proceso, generando investigaciones propias y estableciendo mecanismos de organizacin tiles para el servicio de defensa pblica oficial.Incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y desformalizacin de las decisiones. Ningn proceso podr durar ms de tres aos y agilizar la revisin de las decisiones. Esta nueva lgica no se agota en la investigacin y el juicio, sino que se traslada a toda la etapa de recursos y a la de ejecucin de la pena, que hoy en da se encuentra muy saturada y sin capacidad de control de resultados.Todas las decisiones sern orales, en audiencia pblica y con sentencia en el mismo momento. La oralidad da contemporaneidad a las decisiones, publicidad y participacinFin de la Justicia SumariaEl nuevo Cdigo fija tiempos ms cortos para que la causa sea enviada a juicio oral. La instruccin en las causas que hoy lleva entre 3 4 aos, se realizar como mximo en tan slo 1 ao y el juicio oral debe realizarse entre 5y 30 das una vez terminada la investigacin o instruccin. La causa, de todas formas, no prescribe.Agilizacin del ProcesoAdems, las apelaciones a las sentencias se debern resolver tambin en 5 das, desde el momento en que se interponen. Segn se prev, con el nuevo Cdigo el 90 % de los casos estar resuelto en no ms de 10 meses. Otro punto que llevara a agilizar el proceso es la regulacin de la conciliacin y mediacin entre vctima y victimario, evitando as que mucho casos menores lleguen a juicio oral.Investigacin preparatoria:realizada por el fiscal a partir de una denuncia, de una causa originada por la actuacin policial o de oficio por propia decisin del fiscal. Esta etapa tiene un plazo mximo de un ao.Etapa intermedia:luego de la investigacin y acusacin se celebra una audiencia para evaluar la prueba y decidir el inicio del juicio oral. De esta manera, se fijar en forma inmediata la fecha de juicio.4Etapas del nuevo procesoJuicio oral:se modernizan las reglas del litigio y se prev el registro audiovisual. Deber realizarse el juicio entre 5 y 30 das de finalizada la audiencia de etapa intermedia, a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, donde los juicios se llevan a cabo luego de 2 o 3 aos de el

Procedimientos especiales:se incorpora la figura de procesos complejos, en los que se duplican los plazos procesales. Asimismo se regula el juicio directo para los casos en que la prueba del hecho exista desde el primer da (detencin en flagrancia) las partes pueden pedir saltear la investigacin e ir directamente a juicio en pocos das.Ejecucin de la pena:se fija un sistema de audiencias para la resolucin de los planteos. Se permite la intervencin de la victima de forma previa del egreso del condenado.Se introducen a las vctimas, no como meros querellantes sino que van a poder participar en el proceso, junto al fiscal y al juez, exigiendo medidas, produciendo medidas e inclusive proponiendo la direccin del proceso, cuando el juez y el fiscal no lo hagan. Se reglamenta un sistema de comunicacin sobre las decisiones que la afecten y se fija un mecanismo de revisin especfico.Adems, las asociaciones y fundaciones podrn ser querellantes en la investigacin de delitos de esa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos.

Participacin de la vctimaPara terminar con la soltura injustificada de quienes cometen delitos graves se regulan pautas claras para la prisin preventiva. Se deber tener en cuenta la naturaleza y circunstancia del hecho, la conmocion social que haya generado, la posible pena a imponer, y la reincidencia del autor. Quienes cometen delitos graves, en forma reiterada van a estan presos desde el primer da de la investigacin y condenados en menos de 10 meses. En casos de detencin al momento de cometer el delito, el juez debe resolver la prisin preventiva en no ms de 72 horas.

Prisin preventivaSe crea la Oficina Judicial, encargada de la tramitacin administrativa de las causas, organizacin de audiencias, citacin de partes, etc.Pueblos originariosSe incorpora la garanta de que sean tenidas en cuenta sus costumbres cuando los hechos involucren a sus miembros.Creacin de la Oficina JudicialSe incorpora la expulsin con prohibicin de reingreso al pas de hasta 15 aos, como condicin de la suspensin del juicio a prueba. Si se viola la prohibicin de reingreso se reanuda el juicio (como si se violara una probation o regla de conducta). El fiscal puede oponerse por criterios de poltica criminal o por ser necesario para otra investigacin en curso. Se aplica siempre y cuando la expulsin no afecte la reunificacin familiar.ExtranjerosEn la ley aprobatoria del nuevo Cdigo se crea una Comisin Bicameral de Monitoreo de la Implementacin del nuevo sistema procesal penal, con el fin de programar, controlar y revisar la implementacin del nuevo Cdigo. A la vez esa Comisin elaborar todas las normas necesarias y reformas de las leyes actuales para la correcta aplicacin del nuevo rgimen procesal.Comisin Bicameral de control