taller de concertación forestal

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COMITÉ DE GOBERNANZA FORESTAL TALLER DE CONCERTACIÓN FORESTAL Hotel Vistamar Masachapa, Nicaragua 14 y 15 de julio del 2006. MEMORIA FINAL Análisis de los resultados del taller de concertación forestal sobre la ley 585 “Veda forestal” COMITE DE GOBERNANZA FORESTAL Managua, 25 de Julio del 2006

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Page 1: Taller de concertación forestal

COMITÉ DE GOBERNANZA FORESTAL

Taller de ConCerTaCión ForesTalHotel Vistamar

Masachapa, Nicaragua14 y 15 de julio del 2006.

MEMORIA FINAL

Análisis de los resultados del taller de concertación forestalsobre la ley 585 “Veda forestal”

ComiTe de Gobernanza ForesTal

Managua, 25 de Julio del 2006

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TABLA DE CONTENIDO

I. ANTECEDENTES

II. INTRODUCCIÓN

III. DESARROLLO DEL TALLER DE CONCERTACIÓN

3.1 Objetivos del Taller

3.2 Metodología del Taller

IV. RESULTADOS DEL TALLER

4.1 Áreas de Concenso del Taller

4.2 Puntos Neuralgicos a Reformar en la Ley 585

4.3 Línea de Trabajo Prioritarias

V. ANEXOS

5.1 Matriz de Resumen de Reformas en la Ley 585

5.2 Propuesta de Ley Reformadas

5.3 Programa del Taller

5.4 Participantes del Taller

5.5 Matriz de Resultados de los Grupo

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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I. ANTECEDENTES

El Potencial y Desafíos para el Bosque Nicaragüense

Nicaragua se encuentra hoy en día en un estado final de la expansión de las tierras agrícolas hacia las áreas de bosques secundarios y vírgenes. Las áreas convertidas de bosque a tierra agrícola ya superan los 50% de la superficie del país. Sin embargo 44 % del país son de vocación forestal (equivalente a un total de 8.8 millones de ha) donde solamente el uso forestal puede garantizar el manejo sostenible de las tierras a largo plazo.

La conexión entre bosque y pobreza es alta. Las áreas de mayor pobreza en Nicaragua tienden a corresponder con áreas de bosques remanentes, por lo cual el desarrollo sos-tenible de este sector podría convertirse en un pilar de la economía rural, con impactos inmediatos en el alivio de la pobreza en las zonas rurales más pobres del país.

Los desafíos centrales del sector forestal en Nicaragua se resumen en la degradación acelerada de los recursos forestales a un ritmo aproximado de 70,000 hectáreas por año, ocasionado por el uso no controlado del territorio que provoca el avance de la frontera agrícola, corte ilegal de madera, prácticas no adecuadas de aprovechamiento forestal, inexistencia de una política de incentivos y la incidencia de incendios, plagas y enfermedades forestales, esto acompañado de una cultura de aprovechamiento fores-tal extractivo y poco sostenible.

El problema central del sector forestal tiene su explicación en un conjunto de causas que están interrelacionadas de manera sistémica, pero que sin embargo pueden ser descri-tas para poder establecer una selección y priorización en el abordaje de las mismas por parte de las políticas públicas:

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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• La falta de coherencia y armonización del marco jurídico forestal y ambiental

• La práctica de una ganadería extensiva con bajos rendimientos

• La carencia de una política de protección fitosanitaria e incendios forestales

• La deficiencia en la calidad y amplitud de los servicios de apoyo y financiamiento en la cadena productiva forestal

Retos en la Cadena Productiva

En lo general, la industria forestal de Nicaragua se encuentra fuera de competencia con relación a otros países con los cuales Nicaragua a suscrito acuerdos para el intercam-bio comercial. Esto deja en desventaja competitiva a las industrias de la madera, al care-cer de adecuada técnica y tecnología, presentar dificultades para acceder al crédito y a financiamientos de desarrollo, tener baja gestión empresarial y reducidas posibilidades para acceder a los mercados sin el apoyo de programas que fortalezcan sus capacida-des productivas, mas la premisa que en aspectos forestales continuamos siendo simples proveedores de materias primas, beneficiando a países de la región y área internacional y, cada vez mas se aleja la oportunidad de agregar valor a nuestros recursos y crear las bases para nuestro desarrollo.

Marco Jurídico Forestal hasta Mayo 2006

Para enfrentar estos retos y usar el potencial de las tierras para un manejo forestal sos-tenible se desarrolló en los últimos 13 años un marco jurídico para ordenar y incentivar el manejo forestal sostenible que culmino 2003 en la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal No: 462.

En base de la Ley 462 se desarrolló el capitulo del “Manejo Forestal Sos-tenbible” en el marco del Programa de Enfoque Amplio Sectorial (SWAp) PRORURAL, para fortalecer las insti-tuciones del sector forestal y el sec-tor privado en la implementación de dicha ley.

Especialmente el componente de fortalecimiento institucional prevea inversiones en la institución INAFOR para poder cumplir con su papel del

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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rector del sector forestal. Pero estos medios financieros todavía no han sido integrados en el presupuesto de la institución en el 2006. Esta falta presupuestaria no permitió controlar mejor la ejecución de los planes de manejo, y como otras instituciones involu-cradas en el control del manejo forestal como el MARENA tienen problemas parecidas de cobertura territorial se abren espacios significantes para descontrol y corrupción.

Hacia una Emergencia y una Veda Forestal

La alta tasa de deforestación en Nicaragua y el aumento de conflictos entre comunidades indígenas y empresas madereras, tenía un papel importante en la campaña electoral en 2006. Varios políticos de cargos altos, como empresarios fueron acusados de explotar el bosque, sin criterios ecológicos y sociales y algunos sin permisos legales. Mientras, el INAFOR todavía cuenta con un presupuesto limitado que no le permite cumplir con su papel de rector del sector establecido por la ley 462.

Después de salir a luz un caso severo de tala ilegal en la Regional Autónoma Atlántico Sur, el presidente de Nicaragua declaró una Emergencia Económica que suspendió la actividad forestal en el país en un plazo de 2 meses.

Diálogo y Concertación (Comité de Gobernanza Forestal)

El proceso de gobernanza forestal, es un proceso relativamente nuevo en Nicaragua, que nace ante la necesidad de encontrar alternativas de solución a la problemática fo-restal del País.

El proceso comenzó en octubre 2005 con los primeros foros de concertación con to-dos los actores del sector forestal para identificar la problemática forestal en cada una

de las cuatro regiones forestales del país; Región Autónoma Atlánti-co Norte (RAAN), Región Autóno-ma Atlántico Sur (RAAS), Región de Las Segovia en la frontera con Honduras y en la Región Suroeste en la Frontera con Costa Rica. Se realizaron 4 talleres con más de 200 representantes de los dife-rentes sectores; Instituciones del sector publico forestal, Gobiernos de las regiones autónomas, go-biernos municipales, madereros, dueños de bosques, comunidades

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indígenas, ONG ambientalistas, industriales, y organismos de la cooperación internacio-nal, participaron en este proceso de concertación a nivel local.

En noviembre 2006, se realizó un taller nacional con 70 representantes de los talleres regionales y de las instituciones y organizaciones nacionales y la cooperación interna-cional, en donde se consensuó la problemática forestal a nivel nacional a partir de los trabajos de los talleres regionales. En este taller se identificaron alternativas de solución a dicha problemática y se definió un mecanismo de implementación de las acciones iden-tificadas para mejorar la situación forestal.

Como resultado del taller nacional, se conformó un Comité de Gobernanza Forestal constituido con representantes de Gobierno, Regiones autónomas, Gobiernos municipa-les y sector privado forestal. Apoyan este comité los organismos de cooperación para implementar las líneas de acción identificadas y consensuadas en el taller nacional. Los miembros del Comite del GOFO son:

• Instituciones del Sector Publico Forestal (MAGFOR, INAFOR, MARENA)

• Representantes de las Regiones Autónomas (RAAN, RAAS)

• Representantes Municipalidades (AMUR, AMUNSE)

• Representantes del Sector Privado (Comité de Desarrollo departamental NS)

• Miembros de la Cooperación Internacional (GTZ, SNV, FAO)

• Otros Actores (Representantes de los pueblos indígenas, FONADEFO)

Mecanismos de Funcionamiento

El Comité retomó los resultados del taller y elaboró un plan de acción, que es el que se ha venido implementando en este primer año de gestión. Para estructurar la coordinación y los registros, se eligió al representante de la RAAN como presidente y a la representan-te del INAFOR como secretaria del comité.

El comité estableció reuniones ordinarias bimensuales y extraordinarias cuando la ma-yoría de sus miembros lo soliciten. En estos primeros meses, el GOFO ha sesionado casi mensualmente, debido a las complicaciones por la que ha atravesado el sector forestal. Las sesiones se realizaron de manera rotatorias en las distintas regiones forestales.

El financiamiento para el funcionamiento inicial del GOFO lo aporta la cooperación alema-na a través del Programa MASRENACE-GTZ. Asimismo, los miembros aportan recursos operativos como gastos de transporte, viáticos y locales para reuniones.

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II. INTRODUCCIÓN

La crisis del sector forestal de Nicaragua ocasionada principalmente por el avance de la frontera agrícola, la tala ilegal, y la limitada capacidad institucional para el control de las operaciones forestales motiva al Presidente de la República emitir un estado de emer-gencia económica forestal en el año 2005, lo cual ha afectado las actividades forestales productiva del país. El 21 de Junio del 2006, se emitió la LEY DE VEDA PARA EL CORTE, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACION DEL RECURSO FORESTAL.

Por esta razón y con ánimo de encontrar una salida de consenso entre los diferentes actores forestales, el Grupo de Gobernanza Forestal integrado por representantes del MAGFOR, Gobierno regional, MARENA, INAFOR, representantes Municipales, sector pri-vado y ONGs ambientalistas con el apoyo de organismos y agencias donantes internacio-nales decidieron realizar un taller de concertación forestal, el cual se realizó durante los días 14 y 15 de Julio del 2006 en el Hotel Vistamar, Masachapa.

El enfoque principal del taller fue el realizar un análisis de los impactos positivos y negati-vos de la aplicación de la Ley 585 en los aspectos económicos, ecológicos y sociales de los diferentes sectores relacionados con el recurso forestal; y preparar propuestas de modificación y/o reforzamiento a determinados artículos de dicha Ley.

En el taller estuvieron representados la mayor parte de los actores del sector forestal entre ellos MAGFOR, MARENA, INAFOR, Gobierno regionales de la RAAN y RAAS, Muni-cipalidades, ONGs, donantes, representantes de agencias internacionales de desarrollo, sector forestal privado, lideres indígenas e invitados especiales de Costa Rica y Guate-mala con experiencias en temas de vedas forestales.

En este marco se reunieron para el taller de Concertación Forestal Nacional, 73 actores principales del sector forestal Nicaragüense, Donantes y representantes de la adminis-

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tración forestal de Guatemala y Costa Rica. Los participantes analizaron la legislación existente y las recientes leyes de Emergencia Económica y la Veda Forestal y desarrolla-ron propuestas para mejorar la situación jurídica del sector forestal Nicaragüense.

El taller fue una iniciativa el Comité de Gobernanza Forestal, un grupo elegido por los actores principales forestales del país, para dar seguimiento a los desafíos principales del sector forestal y el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional y la sociedad civil.

Cada sector (privado, gobierno central, gobiernos regionales—RAAN y RAAS, municipios) se dieron a la tarea de exponer sus puntos de vistas bajo su propia perspectivas y los impactos de la aplicación de la misma a nivel nacional. Como resultado principal de esta iniciativa se obtuvo una matriz, los análisis y propuestas de reforma que permita contri-buir a un proceso de concertación a nivel nacional.

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III. DESARROLLO DEL TALLER DE

CONCERTACIÓN

3.1. Objetivos del Taller

General:

Convocar a los actores principales del sector forestal de Nicaragua generando discusión crítica sobre el proceso de promulgación de la ley 585, referida a la veda para el corte, aprovechamiento y comercialización del recurso forestal en Nicaragua.

Específicos:

1. Realizar un análisis de los impactos positivos y negativos que ocasiona la aplicación de la ley 585 en los aspectos económicos, ecológicos y sociales de los diferentes sectores relacionados con el recurso forestal.

2. Identificar en lo general propuestas de modificación y/o reforzamiento de los artí-culos de la ley 585.

3. Lograr pautas generales para la elaboración de un plan contingente que reactive a lo inmediato el sector forestal del país determinando responsables institucionales y un cronograma de implementación

4. Definir en lo general mecanismos de seguimiento a los resultados del taller.

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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3.2 Metodología del Taller

La estructura del programa del evento sufrió varianzas, a fin de poder aprovechar al máximo los trabajos en equipo y plenarias, y poder obtener de una manera más organi-zada los objetivos y resultados esperados del taller.

El programa se estructuró de tal manera, que al principio del evento se efectúen las presentaciones de expertos internacionales, luego las ponencias por sectores donde se indicaban los principales impactos a su sector, a consecuencia del otorgamiento de la Ley de Veda.

Las ponencias y presentaciones estuvieron alrededor de expertos de Guatemala y Costa Rica quienes compartieron con los participantes sus experiencias en el tema de la veda forestal. Así mismo, el sector privado y los representantes de los gobiernos municipales, regionales y central presentaron sus puntos de vistas y ponencias entorno la tema de la veda.

Para efectos de planificación se elaboró resumen de los principales impactos que ha ocasionado la Ley de Veda. Ambos documentos fueron proporcionados a los grupos de trabajo como insumos para su discusión.

A fin de estructurar la discusión y la lógica en la presentación de los resultados se elabo-raron matrices las cuales sirvieron como guías para los trabajos en grupo.

A fin de analizar los impactos de la Ley, proponer mejoras a la misma, plantear recomen-daciones, definir responsabilidades y cronograma de acción; se conformaron grupos intersectoriales los cuales contaron con un secretario y un coordinador de debates.

El resultado de los grupos de trabajos en grupo, fueron presentados en plenario a fin de propiciar una retroalimentación y discusión del trabajo desarrollado. Para efectos de análisis de la Ley a los grupos se les designó los respectivos artículos para poder abar-car todo el ámbito de la Ley.

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

4.1 ÁREAS DE CONCENSO DEL TALLER

Arto. No 1.

• Especificar que la Ley de veda se aplica a áreas de bosques naturales.

• Se propone eliminar el pino de la lista de especies a vedar.

• Especificar los nombres comunes y científicos establecidos en la Ley.

• En las zonas de amortiguamiento de áreas protegidas, donde se establece un área perimetral externa de 10km, se propone eliminarlo

• Que se elimine el párrafo 5to del presente art. Sobre los aserríos fijos y móviles. Improcedente por estar en otra legislación.

• Agregar un artículo en donde se incluya una mayor participación de los gobiernos locales y regionales.

Artos. No. 2 y 3

• A partir de la entrada en vigencia de la presente ley se prohíbe la exportación de madera en rollo y timber de cualquier especie forestal de bosque natural.

• Se exceptúa de la presente Ley, las especies de pino.

IV. RESULTADO DEL TALLER

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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• Agregar un Artículo a la ley con el objetivo de crear las condiciones para el desa-rrollo de la primera y segunda transformación (Ejemplo ley de turismo, proyecto de innovación tecnológica).

Artos. No. 4 y 5

• Separar el Arto. En dos incisos

• El instrumento de planes mínimos y de reposición no es el problema sino la aplica-ción del concepto. Es necesario implementar mecanismos de manejo en pequeñas unidades de bosques

• Se propone eliminación del Art. 5.

Artos. No. 4 y 5

• Definir tiempos de suspensión y el resto del articulado ligarlo al Arto 5 donde se diga que se va a ecepcionar las solicitudes del uso de motosierra e instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva permisología para definir los procedimientos

Artos. No. 6,7 y 8

• Definir tiempos de suspensión y el resto del articulado ligarlo al Arto 5 donde se diga que se va a ecepcionar las solicitudes del uso de motosierra e instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva permisología para definir los procedimientos

Artos. No. 9,10 y 11

• No aplican los criterios

Artos. No. 12 y 13

• Aclarar roles del ejercito y la policía en el marco de la ley de veda forestal

• Fortalecer las comisiones forestales a nivel municipal y departamental.

• Establecer el monto especifico

Artos. No. 14 y 15

• La específicos pendientes y establecidos en la Ley 462 y reglamentar la Ley 585 publicada el 21 de junio de 2006.

• Con relación al contenido de la Ley 585 …. el presidente de la republica median-te decreto presidencial atendiendo circunstancias especiales e incidencias de

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

factores técnicos, ambientales y socioeconómicos, podrán modificar las res-tricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como soporte los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas presentadas por la CONAFOR.

4.2 PUNTOS NEURALGICOS A REFORMARSE EN LA LEY 585

Después de amplias discusiones sobre el articulado de la Ley 585, y tomando en consi-deración los diferentes puntos de vistas expresados por los participantes, se presentan a continuación los 7 principales aspectos que lograron consenso para ser reformados:

4.2.1. Eliminación del Pino de las especies vedadas según el Artículo No.1 de la Ley

Justificación:

• Por que el manejo silvicultural del pino es esencial para protegerlo de plagas, enfer-medades e Incendios forestales y en condición de veda se desincentiva totalmente el manejo de los bosques de pino.

• Porque en los bosques de pino, se da una condición de especie predominante (80%) y al afectarlo en la veda queda prácticamente eliminada la actividad forestal, expo-niendo los bosques al cambio de uso del suelo para sustituirla por otras actividades económicas para la subsistencia.

• Porque la actividad del manejo de los bosques de pino, representa una importancia socioeconómica estratégica para las comunidades y pequeños y medianos produc-tores forestales.

4.2.2. Eliminar las áreas de restricción de 10 y 15 kilómetros para las actividades forestales en las zonas de áreas protegidas y de fronte-ras respectivamente

Justificación:

• El establecimiento de estas zonas, en la que se prohíbe toda actividad de manejo forestal no tiene ninguna justificación técnica y por el contrario:

• En la franja de 10 kilómetros alrededor de las areas protegidas, se establece una contradicción con el espíritu de la ley 217 y reglamento de la ley 290, en las cuales

Page 18: Taller de concertación forestal

-18-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

ya se establecen las normas y regulaciones relacionadas las actividades en áreas de amortiguamiento de las áreas protegidas

• Adicionalmente, al prohibir las actividades forestales en la franja de 10 y 15 kms, se establece una restricción económica para todas las comunidades que tienen sus areas boscosas en ellas, creando exigencia de indemnización para los afectados.

4.2.3. Eliminar la prohibición de la exportación de madera aserrada.

Justificación:

• Nicaragua no cuenta actualmente con condiciones adecuadas para el procesa-miento de la madera, ni se crea esa capacidad de procesamiento en poco tiempo. Se requiere de un amplio programa de inversiones y mejoramiento de la capacidad competitiva para dar el salto tecnológico y de calidad para la exportación de pro-ductos con valor agregado.

• Con la restricción de la exportación de madera aserrada, que es el principal pro-ducto de exportación, la ley provocara los siguientes efectos:

a. Desincentivo de la certificación forestal, principalmente en las comunidades in-dígenas y pequeñas y medianos productores que están invirtiendo en el manejo sostenible.

b. Distorsión de precios en el mercado de madera en la economía nacional, afec-tando sustancialmente la rentabilidad de las operaciones forestales

c. Obligaría a los productores forestales, dueños de bosques y comunidades a la búsqueda de otras alternativas económicas

4.2.4. Eliminación del Artículo 5 que manda a establecer un nuevo siste-ma de permisología.

Justificación:

• Se consensuó que el problema no es el actual sistema de permisología ni las guías forestales, sino la aplicación del sistema y la capacidad de control de la institución de regulación y control.

Page 19: Taller de concertación forestal

-19-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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• Se propone establecer otros mecanismos, tales como el fomento de la certifica-ción forestal como mecanismo que apoya el monitoreo independiente de las opera-ciones forestales, la certificación de cadena de custodia y la auditoria forestal

4.2.5. Los decomisos(equipos, instrumentos, etc), que sean traspasados a los gobiernos municipales y los ingresos por subastas al FONADEFO.

Justificación:

• Se debe fortalecer las capacidades de los gobiernos locales en la gestión forestal, y mantener el principio que el producto decomisado/ subastado debe ser distribuido para resarcir daños en el lugar de donde se extrajo el recurso.

• También constituye una necesidad fortalecer el Fondo Nacional de Desarrollo Fo-restal (FONADEFO), creado para el fomento de las actividades forestales

4.2.6. Transferir toda la competencia de la vigilancia, control y segui-miento a la veda al INAFOR, El Ejército y la Policía de acuerdo a su mandato institucional solo debe brindar apoyo a las instituciones.

Justificación:

• Se requiere fortalecer la Institucionalidad del sector público forestal, como se esta-blece en la ley 290 y en la Ley 462, donde se deja clara la función de regulación y control forestal al INAFOR.

• De igual manera se debe fortalecer la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), como la instancia de mas alto nivel y foro para la concertación social del sector forestal y las comisiones municipales forestales como los mecanismos de concer-tación forestal a nivel territorial (gobernanza forestal)

• Además representa un riesgo dar esas funciones al Ejercito, que se podría desen-cadenar futuros conflictos de ingobernabilidad con una institución que no pueda ser controlada posteriormente

Page 20: Taller de concertación forestal

-20-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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4.2.7. Restituir la disposición de que el Presidente pueda modificar las restricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como sopor-te los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas pre-sentadas por la CONAFOR.

Justificación:

• Es oportuno facultar al Presidente de la Republica, para pueda resolver casos de importancia económica, social y ambiental para el país y los actores forestales, de-bidamente sustentados en estudios y recomendaciones técnicas científicamente comprobadas a fin de beneficiar al sector forestal.

4.3 LÍNEAS DE TRABAJO PRIORITARIAS

También se identificaron las 6 líneas de trabajo prioritarias para su implementación inmediata.

4.3.1 Resolver con la mayor prontitud los casos de la emergencia forestal y la veda para mejorar el clima de negocio forestal

4.3.2 Fortalecimiento Institucional Publico y Privado

• MAGFOR-INAFOR-FONADEFO

• MARENA

• Gobiernos regionales y municipales

• Comunidades Indígenas, Organizaciones Forestales

4.3.3 Fortalecer la gestión de la CONAFOR y las comisiones forestales municipa-les como verdaderos foros de concertación forestal

4.3.4 Fortalecer el manejo forestal sostenible y la certificación forestal

4.3.5 Apoyo a la reconversión de la Industria Forestal PYMES

4.3.6 Implementar la Auditoria Forestal para el monitoreo de los planes genera-les de manejo

Page 21: Taller de concertación forestal

V. ANEXOS

5.1 Matriz Resumen de Reformas en la Ley 585

5.2 Propuesta de Ley Reformada

5.3 Programa del Taller

5.4 Participantes

5.5 Matriz de resultados de los Grupos de Trabajo

Page 22: Taller de concertación forestal

-22-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Page 23: Taller de concertación forestal

-23-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

4.2

Rec

omen

daci

ones

D.

Ane

xos

Pro

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List

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Par

ticip

ante

s

Mat

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Ley

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58

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sión

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Pro

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ción

Page 24: Taller de concertación forestal

-24-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Arto. 1

La protección de los recursos naturales del país son objetos de S

eguridadnacional,asícom

oS

eguridad nacional, así como

de la más elevada responsabilidad y prioridad del

Estado. Dentro de ese espíritu, se establece a par-

tir de la entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por período de diez (1

0) años, para el

corte aprovechamiento y com

ercialización de ár-boles de las especies de caoba, cedro, pochote, pino, m

angle y ceibo en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable pro períodos sim

ilares, m

enores o mayores

En las Areas P

rotegidas legalmente la veda será

permanente y por tiem

po indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivam

ente domésticos

dentro de dichas áreas.

En las zonas de amortiguam

iento de las Reservas

de Biosfera B

OS

AW

AS

, Reserva de B

iosfera del S

ureste y la Reserva N

atural Cerro W

awashang,

se establece un área perimetral externa de 1

0

kilómetros m

edios a partir del limite del area

protegida que las constituyen, en la que única-m

ente se permitirá el uso con fines dom

ésticos no com

erciales y para uso exclusivo en el area.

Se establece una zona de restricción de quince

(15

) kilómetros desde los lim

ites fronterizos hacia el interior del país, donde no se perm

ite el apr-ovecham

iento forestal para todas las especies, la cual queda bajo vigilancia y control del Ejercito de N

icaragua, en coordinación con las instituciones com

petentes.

También se prohíbe en todo el país el estableci-

miento o utilización de aserríos fijos o m

óviles no autorizados y registrados por IN

AFO

R.

Especificar que la Ley de veda se aplica a áreas de bosques naturales.S

e propone eliminar el pino

de la lista de especies a vedar.Especificar los nom

bres com

unes y científicos estab-lecidos en la Ley. Q

ue se defina las razones por haber establecido la franja de 1

5km

desde los lím

ites fronterizos ó que se anule este artículo.En las zonas de am

ortigua-m

iento de áreas protegidas, donde se establece un área perim

etral externa de 10

km,

se propone eliminarlo

Crear m

ecanismos de

indemnización para todos lo

afectados con la aplicación de esta ley.Q

ue se elimine el párrafo

5to del presente art, sobre

los aserríos fijos y móviles.

Improcedente por estar en

otra legislación.

Arto. 1

. Se establece a partir de la

entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por un periodo de diez (1

0) años, para el corte, aprovecha-

miento y com

ercialización de árboles de las especies de C

aoba (Sw

ietenia spp), C

edro (Cedrella odorata), P

o-chote (B

ombacopsis quinatum

(Jacq. D

ugand)), Mangle (R

izophora spp) y C

eibo (Ceiba pentandra (L) gaerth)

que provengan de bosques naturales en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable por periodos sim

ilares, menores o m

ayores.En las A

reas Protegidas legalm

ente la veda será perm

anente y por tiempo

indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivam

ente dom

ésticos dentro de dichas áreas.

La eliminación del Pino se debe dar por la

vulnerabilidad de los bosques de pino a plagas e incendios forestal al no som

eterse al manejo

forestal. Afectación socioeconóm

ica a las comunidades

y poblaciones locales que utilizan el bosque de pino com

o una de sus principales fuentes de ingresos.La biom

asa predominante en esta zona es el

bosque de pino. (80%)

Al quedar sin reforma la ley los im

pactos serian los siguientes:a. Intensificación de los aprovecham

ientos ilegales

b. Desarrollo de otras actividades productivas

en áreas forestalesc. Perdida de rentabilidad de operaciones

forestalesd. D

esincentivo de la inversión en el sector forestal

e. Dism

inución de las exportaciones f. D

isminución de los im

puestos generados por el sector forestal, captados por el estado.

Contradicción con el espíritu de la ley 217 y reglam

ento de la ley 290 relacionado al m

anejo de áreas de amortiguam

iento de áreas protegidas

Con respecto a la eliminación de las franjas,

en las áreas que comprende la franja de 15

km hay una restricción económ

ica para todas las com

unidades que se encuentran en ella, creando exigencia de indem

nización para los afectados.Tam

bién se debe definir la participación del ejercito dentro de la aplicación de esta ley

Texto Original de la Ley 5

85

Discusión del Taller

Propuesta de R

eforma

Justificación

Page 25: Taller de concertación forestal

-25-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Art

o. 2

. A

par

tir d

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Ley

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Art

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Art

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sona

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tura

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rídi

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mar

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nte,

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evoc

ados

. Lo

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Sep

arar

el A

rto.

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El in

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os y

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repo

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pto.

Es

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Art

o 4

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vez

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inad

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rán

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vado

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El M

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INA

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min

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ara

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l mar

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io p

ara

darl

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prov

echa

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nto

fore

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en

Fin-

cas.

( pla

nes

mín

imos

de

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ejo)

Elim

inac

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de a

ltern

ativ

as d

e ap

rove

cha-

mie

nto

lega

l par

a du

eños

de

finca

s co

n bo

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cian

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ad.

Text

o O

rigi

nal d

e la

Ley

58

5D

iscu

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del

Tal

ler

Pro

pues

ta d

e R

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ma

Just

ifica

ción

Page 26: Taller de concertación forestal

-26-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Arto. 5

. Se faculta al M

inisterio Agropecuario y

Forestal, MA

GFO

R, a elaborar en un plazo de trein-

ta días un nuevo diseño único que sustituya el ante-rior P

ermiso de C

orte y de Guía Forestal con el que

se garantice mayor seguridad en su em

isión y que perm

ita llevar un mejor control de los m

ismos de

parte de las autoridades correspondientes

Involucrar a todos los acto-res en los sistem

as de apro-vecham

iento.Las áreas certificadas que cum

-plen con todos los requerim

ien-to de ley quedan exceptuadas de la aplicación de la ley.Fom

entar la certificación fo-restalS

e propone

eliminación

del A

rt. 5

Se elim

ina el Arto 5

Arto 6

. Los tramites de solicitudes de perm

iso para corte y aprovecham

iento de árboles de cual-quier especie y el uso de m

otosierras o para el establecim

iento de aserríos que se encuentren pendientes de otorgam

iento, quedan suspendidos de m

anera indefinida

Arto. 5

Los nuevos tramites de solici-

tudes de permiso para corte y aprove-

chamiento de árboles de aquellas es-

pecies mencionadas en el A

rto. 1 de

esta ley, quedan suspendidos.

La ley no se puede aplicarse retroactiva-m

ente. N

o se puede aplicar a cualquier especie, debe ser congruente con el A

rto. No.1

Al no cam

biarse este Arto. N

o hay incen-tivo para la m

odernización de la industria forestal.

Arto. 7

. El INA

FOR

una vez aprobado el nuevo perm

iso de corte y de guía forestal a que se hace referencia en el artículo 5

, podrá otorgarlo de ma-

nera igual y bajo estricto registro y control para las otras especies no señaladas en el artículo 1

de esta Ley. Los perm

isos domésticos deberán

sujetarse a manejo forestal y a program

as de re-forestación de al m

enos 5 árboles sem

brados de la m

isma especie por cada 1

cortado

Se elim

inaP

or la eliminación del A

rto.5

Arto 8

. Mientras dure la presente veda, se prohíbe

el transporte y comercialización de árboles de las

especies señaladas en el Arto. 1

. Las especies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la m

añana y durante los días sábado y dom

ingo y días feriados.

Que se exceptúe el día sába-

do y la madera que proviene

de plantaciones

y bosques

certificados

Arto

6.

Mientras

dure la

presente veda, se prohíbe el transporte y co-m

ercialización de árboles de las espe-cies señaladas en el A

rto. 1. Las espe-

cies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la m

añana y durante los días dom

ingo y días feriados.

Texto Original de la Ley 5

85

Discusión del Taller

Propuesta de R

eforma

Justificación

Page 27: Taller de concertación forestal

-27-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Art

o 9

. El i

ncum

plim

ient

o a

las

disp

osic

ione

s es

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blec

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en

esta

Ley

, ser

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or-

mid

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Ley

Esp

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o. 7

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La

Gac

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22

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58

5D

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Pro

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efor

ma

Just

ifica

ción

Page 28: Taller de concertación forestal

-28-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Arto. 1

1. La m

ulta a que se hace referencia en el artículo 9

deberá depositarse dentro de los tres (3

) días de su notificación por la autoridad com-

petente, en las Adm

inistraciones de Rentas res-

pectiva. Su incum

plimiento en el plazo establecido

duplicará el monto de la m

ulta.

Lo obtenido de las multas será un cin-

cuenta por ciento a la vigilancia de las Areas P

ro-tegidas bajo la coordinación y el control del M

AR

E-N

A, y el otro, cincuenta por ciento, a program

as de reforestación bajo la coordinación del IN

AFO

R con

participación de las Alcaldías M

unicipales respec-tivas

Arto 9. La multa a que se hace referencia

en el artículo 9 deberá depositarse dentro de los tres (3) días de su notificación por la autoridad com

petente, en las Administra-

ciones de Rentas respectiva. Su incum

pli-m

iento en el plazo establecido duplicará el m

onto de la multa.

Lo obtenido de las multas será un cin-

cuenta por ciento a la vigilancia de las A

reas Protegidas bajo la coordinación

y el control del MA

REN

A, y el otro,

cincuenta por ciento, cincuenta por ciento, a cuenta del Fondo N

acional de D

esarrollo Forestal que impulsara el

Program

a de Reforestación N

acional con participación de las A

lcaldías Mu-

nicipales respectivas.

Texto Original de la Ley 5

85

Discusión del Taller

Propuesta de R

eforma

Justificación

Page 29: Taller de concertación forestal

-29-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Art

o 1

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Page 30: Taller de concertación forestal

-30-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Arto 1

3. El G

obierno de la República debe elaborar

y poner en ejecución En un plazo de treinta (3

0) días un P

lan de Acción

Interinstitucional que garantice la aplicación de lo establecido en la presente Ley. Las partidas pre-supuestarias pertinentes deberán ser incluidas anualm

ente en el Presupuesto A

nual de la Repú-

blica para su implem

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dinación con las Com

isiones Forestales, creadas en el A

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3, evaluaran tri-

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de la veda forestal y el Plan de acciones, recom

en-dando las m

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entarse para cada caso específico que se presente, así m

ismo estas

Com

isiones Forestales serán las encargadas, en su territorio, del seguim

iento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la apli-cación de la veda forestal.

Arto. 1

1. El G

obierno de la Republica

debe elaborar y poner en ejecución en un plazo de cuarenta y cinco (4

5) días

hábiles un Plan de A

cción Interinstitu-cional que garantice la aplicación de lo establecido de lo establecido en la pre-sente Ley. Las partidas presupuesta-rias pertinentes deberán ser incluidas anualm

ente en el Presupuesto A

nual de la republica para su im

plementa-

ción, y ser aprobada por el legislativo en lo concerniente al financiam

iento del P

lan de Acción Forestal, com

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La Com

isión Nacional forestal, C

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, del 4 de septiem

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00

3, evaluaran trim

estralmente

los impactos positivos y negativos de

la presente Ley y el Plan de acción, re-

comendando las m

edidas a implem

en-tarse para cada caso especifico que se presente, asim

ismo, estas C

omisiones

Forestales o aquellas estructuras de participación

ciudadana relacionada

al tema forestal y/

o ambiental serán

las encargadas, en su territorio, del seguim

iento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la aplicación e instrum

entación de la veda forestal.

Las estructuras de participación ciudada-na en los territorios con sus planes estra-tégicos forestal y am

biental han sido esta-blecidas antes de surgim

iento de esta Ley 5

85

. Adem

ás que han dando seguimiento

a los temas am

bientales y forestales.

Texto Original de la Ley 5

85

Discusión del Taller

Propuesta de R

eforma

Justificación

Page 31: Taller de concertación forestal

5.2 Propuesta de la Reforma a la Ley No. 585EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace Saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que es obligación del Estado la preservación, conservación y el rescate del medio am-biente y de los recursos naturales, principalmente el recurso forestal, establecido cons-titucionalmente como Patrimonio de la Nación.

II

Que a pesar de haberse puesto en vigencia una Política Forestal y la Ley de Conserva-ción, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, y su Reglamento Decreto No. 73 – 2003, se ha continuado con una alarmante explotación irracional de los recursos forestales aumentando así las tasas de deforestación de nuestro bosques, mediante la tala indiscriminada, el avance de la frontera agrícola, los incendios forestales y el corte y trafico ilegal de madera, aprovechando las limitaciones de recursos humanos y económicos con que cuenta el INAFOR como institución responsable de su aplicación, vigilancia y control.

III

Que todas estas actividades amenazan importantes áreas protegidas y nuestras ulti-mas tierras de vocación forestal poniendo en peligro las fuentes de agua para consumo humano, la flora y fauna, la existencia de bosques naturales y la subsistencia de las co-munidades y de la población en general.

Page 32: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

IV

Que ante las permanentes y constantes denuncias publicas de parte de autoridades na-cionales, Alcaldías y la misma sociedad civil que demandan respuestas inmediatas ante esta problemática.

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

La siguiente:

REFORMA A LA LEY 585, LEY DE VEDA PARA EL CORTE, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACION DEL RECURSO FORESTAL

Se reforma la Ley 585, Ley de veda para el corte, aprovechamiento y comercializacion del recurso forestal, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No 120, del 21 de junio del 2006, cuyos articulos se leeran de la siguiente manera:

Arto. 1 Se establece a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por un periodo de diez (10) años, para el corte, aprovechamiento y comercia-lización de árboles de las especies de Caoba (Swietenia spp), Cedro (Cedrella odorata), Pochote (Bombacopsis quinatum (Jacq. Dugand)), Mangle (Rizopho-ra spp) y Ceibo (Ceiba pentandra (L) gaerth) que provengan de bosques na-turales en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable por periodos similares, menores o mayores.

En las Areas Protegidas legalmente la veda será permanente y por tiempo indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivamente domésticos dentro de dichas áreas.

Arto. 2 A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley se prohíbe la exportación de madera en rollo y timber de cualquier especie forestal que provenga de bosques naturales..

Arto. 3 Las plantaciones forestales y sus productos, debidamente inscritas en el Re-gistro Nacional Forestal del INAFOR, así como su establecimiento, aprovecha-miento, comercialización y transporte quedan exentas en lo referente a las res-tricciones contenidas en la presente Ley y otro marco jurídico relacionado.

Arto. 4 a. Los permisos de aprovechamiento forestal otorgados por el Instituto Na-cional Forestal (INAFOR) a personas naturales o jurídicas que no se estén ejecutando de acuerdo al marco regulatorio vigente, serán revocados.

Page 33: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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b. Los planes mínimos y de reposición no seguirán siendo autorizados y una vez terminada la vigencia de esto no serán renovados.

c. El MAGFOR en coordinación con el INAFOR establecerá los procedimientos administrativos para la aplicación del marco regulatorio para darle salida al aprovechamiento forestal en Fincas.( planes mínimos de manejo)

Arto.5 Los nuevos tramites de solicitudes de permiso para corte y aprovechamiento de árboles de aquellas especies mencionadas en el Arto. 1 de esta ley, que-dan suspendidos.

Arto. 6 Mientras dure la presente veda, se prohíbe el transporte y comercialización de árboles de las especies señaladas en el Arto. 1. Las especies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la maña-na y durante los días domingo y días feriados.

Arto. 7 El incumplimiento a las disposiciones establecidas en esta Ley, será sancionado de conformidad a lo establecido en la Ley especial de Deli-tos contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley 559, pu-blicada en La Gaceta numero 225 del 21 de noviembre del 2005. Las autoridades judiciales de todo el país, no podrán hacer uso del secuestro o embargo o de otras figuras jurídicas afines, para efecto de liberar de la sanción impuesta al infractor. El incumplimiento por parte del judicial será considerado como prevaricato y sancionado de conformidad a lo establecido en el Código Penal.

Arto. 8 Los equipos, instrumentos y herramientas decomisadas deberán ser entre-gados a los gobiernos municipales para realizar trabajos de vigilancia, mejo-ramiento de caminos, entre otros

En relación a la madera decomisada, el INAFOR deberá subastarla en los territorios, y los ingresos depositados a favor del Fondo Nacional de Desarro-llo Forestal, que debe impulsar y financiar acciones de reforestación en las áreas afectadas por la extracción ilegal y cuencas hidrográficas degradadas en coordinación con las Alcaldías Municipales

Arto. 9 La multa a que se hace referencia en el artículo 9 deberá depositarse dentro de los tres (3) días de su notificación por la autoridad competente, en las Administraciones de Rentas respectiva. Su incumplimiento en el plazo esta-blecido duplicará el monto de la multa.

Lo obtenido de las multas será un cincuenta por ciento a la vigilancia de las Areas Protegidas bajo la coordinación y el control del MARENA, y el otro, cincuenta por ciento, cincuenta por ciento, a cuenta del Fondo Nacional de

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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Desarrollo Forestal que impulsara el Programa de Reforestación Nacional con participación de las Alcaldías Municipales respectivas.

Arto. 10 El Instituto Nacional Forestal, INAFOR, será la autoridad competente para la aplicación de las disposiciones establecidas en la presente Ley.

Se faculta al Ejercito Nacional y a la Policía Nacional a brindar todo el respal-do operativo y de ejecución al INAFOR, para la aplicación, vigilancia y control efectivo de la veda forestal y demás acciones que se necesiten implementar por parte de la autoridad competente.

En su actuación la autoridad competente deberá establecer las coordinacio-nes pertinentes con la Procuraduría General de la Republica, el Ministerio de Gobernación, Ministerio de Defensa, Consejos Regionales de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, Alcaldías Municipales y otras instituciones que sean necesarias involucrar

Arto. 11 El Gobierno de la Republica debe elaborar y poner en ejecución en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles un Plan de Acción Interinstitucional que garantice la aplicación de lo establecido de lo establecido en la presente Ley. Las partidas presupuestarias pertinentes deberán ser incluidas anualmente en el Presupuesto Anual de la republica para su implementación, y ser apro-bada por el legislativo en lo concerniente al financiamiento del Plan de Acción Forestal, como prioridad Nacional.

La Comisión Nacional forestal, CONAFOR, en coordinación con las Comisio-nes Forestales, creadas en el Arto. 5 de la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, del 4 de septiembre del 2003, evaluaran trimestralmente los impactos positivos y negativos de la presente Ley y el Plan de acción, recomendando las medidas a implementar-se para cada caso especifico que se presente, asimismo, estas Comisiones Forestales o aquellas estructuras de participación ciudadana relacionada al tema forestal y/o ambiental serán las encargadas, en su territorio, del se-guimiento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la aplicación e instrumentación de la veda forestal.

Arto. 12 La CONAFOR deberá promover aprobar e instrumentar los mecanismos que logren una mayor efectividad en el conocimiento y la aplicación de la política forestal de Nicaragua y el marco legal vigente.

También el poder ejecutivo deberá cumplir con la elaboración y promulgación

Page 35: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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de los reglamentos específicos pendientes y establecidos en la Ley 462 y re-glamentar la Ley 585 publicada el 21 de junio de 2006

Arto. 13 Las disposiciones establecidas en la Ley de Conservación, Fomento y Desa-rrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, publicada el 4 de septiembre del 2003, y su Reglamento, Decreto 73-2003, publicado el 3 de noviembre del 2003, seguirá aplicándose en lo que no se oponga a las disposiciones de la presente Ley de Veda Forestal para el Corte, Aprovechamiento y Comercia-lización del recurso Forestal

Con relación al contenido de la Ley 585, El presidente de la republica me-diante decreto presidencial atendiendo circunstancias especiales e inciden-cias de factores técnicos, ambientales y socioeconómicos, podrán modificar las restricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como soporte los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas presentadas por la CONAFOR.

Todas disposiciones jurídicas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley queda sin ningún efecto y validez

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _______ días del mes de _________ del año dos mil seis.

Presidente Secretario

Page 36: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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Page 37: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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5.3 Programa

Jueves 13 de Julio 2006

Hora ActividadesResponsable /

Moderador5:00 p.m. Llegada de participantes de las regiones del interior

y del exteriorR. Chávez

Ubicación: Salón Principal

Viernes 14 de Julio 2006

Hora ActividadesResponsable /

Moderador8:00-8:30 Registro de Participantes Eva Axthelm

8:30-8:40 Palabras de BienvenidaIndalecio Rodríguez,

Director Ejecutivo INAFOR

8:40-8:50 InauguraciónJose Antonio Rivera-

Viceministro MAGFOR

8:50-9:10Presentación de los participantes, objetivos del taller, metodología y productos esperados.

R. Chávez

9:10-9:25 Ponencia: Experiencias de veda forestalRolando Zanoti/

Subgerente INAB-Guatemala

9:25-9:40Ponencia: Estrategia para control de la Tala Ilegal

Gilbert Canet, Gerente Manejo RRNN-Costa

Rica

9:40-9:50 Expectativas de Donantes PRORURAL/PROAMBIENTAL

Richard Modley/GTZ

9:50-10:10 Refrigerio

10:10-1:00Presentación de análisis y perspectivas de impactos del nuevo marco legal forestal y debates

Representantes

10:10-10:30. Presentación Sector Privado Franklin Bordas

10:30-10:50 Presentación de Nueva Segovia Ariel Barquero

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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Hora ActividadesResponsable /

Moderador10:50–11:20 Debate sobre las presentaciones

R. Chávez

11:20-11:40 Presentación Gobiernos regionalesJorge Canales/Luis

Gaitán

11:40-12:00 Presentación municipios Gerardo Espinoza

12:00-12:20 Presentación Gobierno Central Jader Guzman

12:20–1:00 Debate sobre las propuestas y puntos de vista de los participantes

R. Chávez

1:00-2:00 Almuerzo

2:00-2:30Presentación experiencias sobre concesiones forestales comunitarias del PETEN-Guatemala

Marcedonio Cortave

2:30-5:30 Grupos de trabajo Lideres de grupo

5:30 – 7:00Presentación y discusión sobre los avances de resultados de los grupos de trabajo

Relatores de Grupo

7:00 Cena

Ubicación: Salón Principal

Sábado 16 de Julio de 2006

Hora ActividadesResponsable /

Moderador8:00-8:30 Registro de Participantes Eva Axthelm

8:30-11:30 Continuación trabajos en grupo Relatores de Grupo

11:30-12:30Presentación y discusión sobre los resultados de los grupos de trabajo.

Lideres de grupo

12:30-1:00Definición de mecanismos de seguimiento y responsables

1:00 - 2:00 Almuerzo2:00-4:00 Trabajo de síntesis

Comité Gobernanza Forestal e interesados

Page 39: Taller de concertación forestal

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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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Nombre Institución Email

Indalecio Rodriguez Director INAFOR [email protected]

Lourdes Aguilar Presidente CRAAS [email protected]

Carlos Sanders Presidente CRAAN 792-2235

Jader Guzman Director Politicas Forestales MAGFOR [email protected]

Bayardo Quintero Director Areas Protegidas MARENA [email protected]

Gilbert Canet Director MINAE Costa Rica n/a

Jose Rolando Zanotti Vic. Director INAB-Guatemala [email protected]

Abraham Clark Limi-Nawah [email protected]

Alberto Salas CCAD-EFCA-UICN [email protected]

Alex Mendoza M. n/a

Ariel Barquero COPICO [email protected]

Armando Cerrato FAO [email protected]

Barton Beeson Centro Politicas Internacionales [email protected]

Carlos Ilabaca Dir. Rama Madera Mueble [email protected]

Carlos Rene Lopez PYME Artesano Masaya 522-6144

Claudio Saito Asesor Taller Concertacion Forestal [email protected]

Douglas Rodriguez Rain Forest Alliance [email protected]

Danilo Cedeño Jagwood [email protected]

Danilo Centeno Alcalde de San Fernando 853-0626

Eric Blandon INAFOR [email protected]

Eva Axthelm GTZ/Alemania n/a

Evelyn Chavez ACICAFOC [email protected]

Fatima Calero INAFOR n/a

Felix Suarez Polo de Desarrollo n/a

Franklin Bordas Bloque Forestal [email protected]

Franklin Moncada COPICO 732-2560

Gabriel Aguirre Dir. Alcaldía de San Carlos [email protected]

Gerardo Espinoza Secretaria de RRN AMUR n/a

Guillermo Navarro CATIE [email protected]

Harold Wilson GRAAN [email protected]

Hector Ramos Camara forestal [email protected]

Horacio Altamirano Alcaldia San Fernando n/a

Jaime Guillen Rain Forest Alliance [email protected]

Janja Eke WWF-Nicaragua [email protected]

Jorge Canales Miembro CCF-RAAN [email protected]

Jose Juan Aguilar IPADE-NEPENTH [email protected]

5.4 Participantes

Page 40: Taller de concertación forestal

-40-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Julio Miranda Teran n/a

Karen Juckett Embajada EEUU [email protected]

Laura Karina Rodriguez AMUNSE [email protected]

Libby Roig n/a

Luis Gaitán Dir. Ambiental Alcaldía de Bluefields n/a

Luis Gutierrez Coordinador Alcaldes de la Costa Atlántica n/a

Marc Smits SNV/Holanda [email protected]

Marcedonio Cortave ACOFOP-Guatemala [email protected]

Marcelino López Puembo II [email protected]

Marcelino Moncada COPICO 732-2560

Maria Antonia Zelaya COSUDE/Suiza [email protected]

Maria Pia Hernandez Centro Politicas Internacionales [email protected]

Maritza Rivera USAID [email protected]

Martin Cuadra INAFOR [email protected]

Marvin Centeno GTZ/Alemania [email protected]

Marvin Sujo INAFOR [email protected]

Mauro Salazar Coordinador WWF en Centroamérica [email protected]

Melvin Miranda Director SERENA- RAAN [email protected]

Miguel Shion CATIE/BID/FOMIN [email protected]

Obed Nuñez Asociacion Fuente Verde [email protected]

Ove Faurby NEPENTHES [email protected]

Pablo Avendaño Coordinador GRAAS n/a

Pedro Huerta FEDUBONIC [email protected]

Ramón Sequeira MIFIC-DPYME [email protected]

Reynaldo Rodriguez Alcaldia San Fernando n/a

Richard Chávez Moderador Taller Concertacion Forestal [email protected]

Richard Modley GTZ/Alemania [email protected]

Roberto Araquistain MARENA [email protected]

Roberto Herrera Club de Jovenes Ambientalistas [email protected]

Robert Stewart Limi-Nawah [email protected]

Rufino Johnson Comunidad Layasiksa n/a

Sergio Sánchez Puempo II 855-4884

Valdemiro Pacheco n/a

Victor Campos C. Humbolt [email protected]

Yanni Vilchez SNV/Holanda [email protected]

Yadira Mesa MARENA [email protected]

Yenisay Mayorga MELD [email protected]

Nombre Institución Email

Page 41: Taller de concertación forestal

-41-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

5.5 Matriz de Resultados de los Grupos de Trabajo

Page 42: Taller de concertación forestal
Page 43: Taller de concertación forestal

-43-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Talle

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Co

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4 y

15 d

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e 20

06G

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1M

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Cro

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epar

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da.

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nte

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resp

ectiv

as a

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ida-

des

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ltado

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A

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xi-

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sem

ana.

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ISA

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ón e

n lo

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s do

nde

no s

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licab

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dec

reto

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em

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ncia

eco

nóm

ica.

Cam

bio

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as

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irtié

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ríco

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y ga

nade

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Afe

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onóm

icam

ente

a

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com

unid

ades

indí

gena

s y

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blac

ione

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bien

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Vul

nera

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s bo

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pi

no a

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cend

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s-ta

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si n

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man

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cific

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Ley

de

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se

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a a

área

s de

bos

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nat

ural

es.

Se

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elim

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unda

ncia

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las

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-ci

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ropu

esta

s a

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e de

finir

que

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ecie

s de

berí

an e

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incl

uida

s en

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e V

eda.

Pro

pues

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Ved

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cion

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e la

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Ved

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izad

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No

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egó

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con

sens

o en

el T

alle

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la

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usió

n o

no d

el a

lmen

dro

(Dip

teri

x pa

nam

en-

sis)

, en

al L

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eda.

Se

debe

con

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uar

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dos

los

nive

les

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sión

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defin

ir e

spec

ies

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túen

est

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s pa

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danc

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el a

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dro

a fin

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dete

rmin

ar s

u in

clu-

sión

en

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eda

o en

det

erm

inad

as r

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nes

del

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ar e

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ar e

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idad

y d

ar s

egui

mie

nto

Page 44: Taller de concertación forestal

-44-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Contradicción con el espíritu de

la ley 21

7 y reglam

ento de la ley 2

90

relacionado al manejo de

areas de

amortiguam

iento de

áreas protegidas.

En las áreas que comprende la

franja de 15

km hay una restric-

ción económica para todas las

comunidades que se encuentran

en ella.

Que se defina las razones por haber establecido

la franja de 15

km desde los lim

ites fronterizos ó que se anule este artículo.

En las zonas de amortiguam

iento de áreas pro-tegidas, donde se establece un área perim

etral externa de 1

0km

, se propone eliminarlo

Crear m

ecanismos de indem

nización para to-dos lo afectados con la aplicación de esta ley.

Existen puntos de vistas de vistas opuestos en re-lación a la definición de la dim

ensión de la franja establecida: U

n sector estableció que se eliminara este artí-

culoO

tro sector que se mantenga una franja de 5

km

fundamentando las razones.

De m

antener la franja, indemnizar a las personas

dentro de esta conforme lo establece la consti-

tuciónD

efinir la participación del ejercito dentro de la aplicación de esta ley

Que se elim

ine el párrafo 5to del presente art.

sobre los aserríos fijos y móviles. Im

procedente por estar en otra legislación.

Incentivar la industria forestal de segunda trans-form

ación como está establecida en la Ley 4

62

.

La madera retenida o decom

isada por el ejército y/

o INA

FOR

que se haya comprobado su legali-

dad debe ser devuelta a sus propietarios.P

roceder de inmendiato

Otros

• Intensificación de los aprove-cham

ientos ilegales•

Desarrollo de otras activida-

des productivas en áreas fo-restales

• P

erdida de

rentabilidad de

operaciones forestales•

Desincentivo

de la

inversión en el sector forestal

• D

isminución de las exportacio-

nes •

Dism

inución de los impuestos

generados por el sector fores-tal, captados por el estado

EL plan de acción existente para la implem

enta-ción de la ley de veda, debe ser dado a conocer.

Retom

ar los planes de acción forestal de las regiones y asignarle los recursos para su im

ple-m

entación para reforzar este plan de acción.

Agregar un artículo en donde se incluya una

mayor participación de los gobiernos locales y

regionales.

Impactos

Propuesta de m

ejoraR

ecomendaciones de acciones urgentes a seguir

Responsable/

Cronogram

a

Page 45: Taller de concertación forestal

-45-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

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ómic

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e pr

ohíb

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ción

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mad

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ollo

y ti

mbe

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cua

lqui

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cie

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bosq

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al.

Se

exce

ptúa

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la p

rese

nte

Ley,

las

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no.

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egar

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jem

plo

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uris

mo,

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ción

tec

noló

gica

).

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ccio

nes

a se

guir

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a lo

-gr

ar l

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cide

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ítica

.

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inci

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Gru

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e G

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nanz

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la e

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ón il

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de

mad

e-ra

en

troz

a

Sol

icita

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taci

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e la

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mpl

emen

taci

ón d

e la

ley

4

62

y 5

85

.

Dir

ecci

ón

de

Pol

ítica

s de

M

AG

FOR

, C

uand

o?

Page 46: Taller de concertación forestal

-46-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Desincentiva la certificación forestal

Dism

inuye el precio de la madera en el

mercado la econom

ía nacional, consi-derado la baja capacidad de segunda transform

ación (¿?)

Aum

enta la oferta de madera para el

mercado local

Obliga a la búsqueda de otras alternati-

vas económicas

Reglam

entar la definición de Timber, m

ade-ra de prim

era y segunda transformación

A traves de las norm

as tecnicas de MIFIC

, IN

AFO

R, M

AG

FOR

se defina el termino tim

-ber, prim

era y segunda transformación

Realizar una revisión respecto a la consti-

tucionalidad de ley 58

5.

El grupo de seguimiento puede recopilar

información de los analisis de inconstitu-

cionalidad que han realizado iniciativas in-dividuales

Grupo de S

eguimiento.

Hacerlo de inm

ediato

No asegura e incentiva la inversión en

el desarrollo de la segunda transforma-

ción (¿?)A

clarar el estado de vigencia del decreto de em

ergencia económica 3

2 /

20

06

.G

rupo de seguimiento.

Inmediato

Am

biental

Acelera el proceso de deforestación

Acelera el proceso de cam

bio de uso del suelo y su degradación con sus conse-cuencias am

bientales

Realizar una revisión técnica y económ

ica a los efectos de la ley a doce m

eses des-pués de su aplicación

MA

GFO

R, IN

AFO

R con apoyo de donan-

tes y Sector privado.

Aum

enta la ilegalidad en el aprovecha-m

iento especialmente de las especies

vedadas

Social

Afecta negativam

ente la economía local

aumentando la pobreza

Reduce las oportunidades de educación

a las comunidades forestales

Crea condiciones propicias para aum

en-tar la corrupción

Art. 3

NO

EXIS

TEN C

OM

ENTA

RIO

S

Impactos

Propuesta de m

ejoraR

ecomendaciones de ac-

ciones urgentes a seguir

Responsable/

Cronogram

a

Page 47: Taller de concertación forestal

-47-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Talle

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Art

. 4El

imin

ació

n de

l ins

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ento

de

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o, y

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l sue

lo.

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o de

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del

sue

lo.

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l, no

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jora

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ació

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l co

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to.

Es n

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Impl

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y.

Cre

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ntos

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ivos

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ra la

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icac

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mar

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io

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gar

a la

rev

ocac

ión

de lo

s pe

rmi-

sos

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prov

echa

mie

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(Reg

lam

ento

).

Cre

ar u

n m

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ism

o pa

ra d

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a co

n la

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icac

ión

del p

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nte

artíc

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ntad

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e m

anej

o en

Fin

cas.

INA

FOR

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es.

MA

GFO

R-M

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y o

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cion

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Art

. 5P

aral

izac

ión

y af

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ción

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gale

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Pro

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Invo

lucr

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s ár

eas

cert

ifica

das

que

cum

plen

con

tod

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requ

erim

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qued

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xcep

tuad

as

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apl

icac

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ley.

Fom

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tific

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opon

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. 5

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ión.

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GFO

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cion

es c

ompe

tent

es.e

n 1

mes

.

Page 48: Taller de concertación forestal

-48-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Taller de C

on

certación

Fo

restalC

om

ité de G

ob

ernan

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restalH

otel V

istamar, 14 y 15 d

e Julio

de 2006

MA

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RU

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rtículos a analizar:A

rto. 6 , 7, 8.

Artícu

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pacto

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end

acion

es d

e accion

es urg

en-

tes a segu

ir

Resp

on

sable/

Cro

no

gram

a A

rto 6H

ay un problema de inter-

pretación en cuanto a la perm

isología

Definir tiem

pos de suspensión y el resto del articu-lado ligarlo al A

rto 5 donde se diga que se va a re-

cepcionar las solicitudes del uso de motosierra e

instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva perm

isología para definir los procedimientos

Respetar los plazos establecidos

(los 30

días)

INA

FOR

Arto 7

Que se incluya la figura de los perm

isos domésti-

cos en el Reglam

ento de la Ley 46

2

Los permisos dom

ésticos no deberán estar suje-tos al m

anejo forestal

Que se establezcan trám

ites para la otrorgación de los perm

isos do-m

ésticos IN

AFO

R

Arto 8

Q

ueda com

o está

. S

in em

bargo esto

causa un

impacto

directo negativo

al sector transporte por que

prácticamente

solo tendrán 4

días hábiles de trabajo

Que se exceptúe el día sábado y la m

adera que pro-viene de plantaciones y bosques certificados

• Que se evalúe el im

pacto de este artículo dentro de un año, don-de la P

N brinde un inform

e• Q

ue se aclare si el transporte acuatico esta incluido.

• Existen puntos encontrados en cuanto a la inclusión del dia sa-bado

• No debe m

odificaciones de la ley 4

62

INA

FOR

P.N

. brinde informe

Page 49: Taller de concertación forestal

-49-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

Otros Artos que se analizaron:

Algunas reflexiones:

Arto. 1

En las áreas protegidas debe haber manejo forestal, en donde se involucre directamen-te a las familias que viven en esas áreas, ya que ellos son los dueños, ahí nacieron, ahí se han creado, ahí están sus raíces y su cultura. Todo esto bajo un enfoque de forestería comunitaria.

Que se libere el pino en Nueva Segovia, pero fortaleciendo la regulación y control para el manejo de las áreas, Fortalecer las capacidades del INAFOR, Apoyar la firma de convenio entre AMUNSE y el INAFOR como parte del proceso de descentralización del manejo forestal.

Arto. 13.

La CONAFOR es un instrumento de concertación, sin embargo lo que se requiere es que haya voluntad de todos los actores presente en este tipo de instancias tan importantes para el desarrollo del sector forestal de Nicaragua. La ley de veda le da a la CONAFOR mayores responsabilidades y esto debe potenciar

La Solución del problema del Sector Forestal pasa por la solución del problema de la propiedad.

Page 50: Taller de concertación forestal

-50-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

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istamar, 14 y 15 d

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de 2006

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plimiento a las disposiciones es-

tablecidas en esta Ley, será sancionada de conform

idad a lo establecido en la Ley Especial de D

elitos Contra el M

edio A

mbiente y los R

ecursos Naturales, Ley

55

9, publicada en La G

aceta, Diario O

fi-cial núm

ero 22

5 del 2

1 de noviem

bre del 2

00

5.

Las autoridades judiciales de todo el País

no podrán hacer uso del secuestro em-

bargo o de otras figuras judiciales afines, para efecto de liberar de la sanción im

-puesta al infractor. El incum

plimiento por

parte del judicial será considerado como

prevaricato y sancionado de conformidad

a lo establecido en le Código P

enal.

El transportista

deberá sacar

un per-

miso para el transporte de la m

adera, conform

e la guía autorizada, esto deberá hacerlo ante las oficinas del IN

AFO

R del

respectivo Municipio

Mayor control de la actividad fo-

restal (maderero, funcionarios del

estado, gobiernos regionales mu-

nicipales y comunales).

Fortalece la funcionalidad de la Ley y la transparencia en el proceso.

Incremento de ilegalidad en trans-

porte de madera. (¿?)

En lo general qué se reglamente para

operativizar la Ley, tomando en cuenta

a todos los actores desde comunida-

des, municipales, regionales y nacio-

nales.

En general debe haber una vinculación con otros instrum

entos vigentes en la m

ateria (Ley 21

7, reglam

ento de áreas protegidas, Ley 4

62

, Ley 44

5,

Ley 28

y su reglamento).

Que las guías para el transporte no

se faciliten en blanco a los beneficia-rios de perm

isos; que el transportista circule con todos los docum

entos que facilita el IN

AFO

R.

MA

GFO

R –

INA

FOR

, que se con-form

e una comisión en donde se

involucre a los actores

INA

FOR

, incrementando la pre-

sencia institucional con capaci-dad técnica y operativa en los territorios

Page 51: Taller de concertación forestal

-51-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

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Page 52: Taller de concertación forestal

-52-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

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istamar, 14 y 15 d

e Julio

de 2006

GR

UP

O #6

Impactos

Propuesta de

mejora

Recom

endaciones de acciones urgentes a seguir

Responsable/

Cronogram

aA

rt.12

Politico:S

e sigue en el estado de ingober-nabilidad porque se le están dando m

as responsabilidades al IN

AFO

R sin recur-

sos. Aum

entando la debilidad institucional. Es im

portante la participación del ejercito si es parte de un grupo colegiado

Social: Evasión de com

petencias de las ins-tituciones G

enera transparencia al proceso ( Siem

-pre y cuando funcione con un grupo cole-giado)

Económico: Eleva costo institucionales.

Ordenación del sector forestal evitando la

ilegalidad.

Ecológico: Protección de la biodiversidad,

fuentes hídricas.

Presión sobre las especies no tradiciona-

les.

Aclarar roles del ejercito y

la policía en el marco de la

ley de veda forestal

Elaborar la palabra Igualmente , por que parcece que se

le esta facultando al ejercito y la Policía a cum

plir con las atribuciones del IN

AFO

R

Reglam

ento de funcionamiento de las com

petencias del Ejercito, P

olicía INA

FOR

en el marco de la ley de veda

forestal .

Fortalecer las instituciones involucradas con recursos hum

anos y técnicos.

Socialización y divulgación de la ley con actores claves

Mejorar la im

agen del INA

FOR

ante la opinión publica

Elaborar un inventario forestal

CO

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3A

ctivado la CO

NA

FOR

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Fortalecer las comisiones

forestales a nivel municipal

y departamental.

Establecer el monto espe-

cifico

Que las C

omisiones A

mbientales M

unicipales funcionen com

o comisiones forestales en los m

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Page 53: Taller de concertación forestal

-53-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

Ayuda Memoria

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Page 54: Taller de concertación forestal

-54-

Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua

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tan con

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ta-

cion

Inestabilidad social

Incre

me

nto

de la

ilegali-dad

Perdida

de cre

dib

ilida

d institucional

Con relacion al contenido de la Ley

58

5 .... el presidente de la republi-

ca mediante decreto presidencial

atendiendo circunstacncias espe-ciales

e incidencias

de factores

tecnicos, ambientales y socioeco-

nomicos, podran m

odificar las res-tricciones y lim

itantes referidas en la Ley, teniendo com

o soporte los estudios y recom

endaciones tecni-cas y adm

inistrativas presentadas por la C

ON

AFO

R.

Analisis juridico de lo que no se oponga a

la Ley de Veda

Elevar a las instancias correspondientes el resultado del analisis juridico

CO

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Impacto

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Page 55: Taller de concertación forestal