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DIRECCION GENERAL DEL CENTRO S.C.T. MICHOACAN SUBDIRECCION DE OBRAS ACTA DE JUNTA DE ACLARACIONES Fundamento Legal: Articulo 22 del reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. Lugar y fecha: En la ciudad de Morelia, Michoacán, siendo las diez horas del día diez de julio del dos mil siete, reunidos en la sala de juntas de la Subdirección de Obras del centro SCT Michoacán, sita en libramiento poniente s/n km. 20+300, junto a Infonavit Justo Mendoza en Morelia, Michoacán. C.P. 58146. Motivo: Realizar la junta de aclaraciones, de la próxima celebración del Concurso 00009066-057-07, obra: “Construcción de Terracerías, obras de drenaje, pavimentación, obras complementarias y señalamiento, de un cuerpo nuevo de la carretera: Morelia – Lázaro Cárdenas del entronque “El Naranjito al entronque “Recinto Portuario”, en el estado de Michoacán.” CONSORCIO CONSTRUCTOR DE MICHOACAN, S.A. DE C.V. CONSTRUCTORA YELIMAR, S.A. DE C.V. GRUPO COPRIS, S.A. DE C.V. MMYM CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. CYDOCSA, S.A. DE C.V. SUPRA CONSTRUCCIONES S.A. DE C.V. CONSTRUCTORA INDUSTRIAL CHAVEZ, S.A. DE C.V. SRG CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V. CORPORACION CONSTRUCTORA DE VIAS TERRESTRES, S.A. DE C.V. CMCO, S.A. DE C.V. GRUPO; CONCRETOS CUPATITZIO, S.A, DE C.V. Y CORTEZ PALMA CIA. CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V. PUENTES ESTRUCTURAS Y CAMINOS, S.A. DE C.V. TERRACERIAS Y CONSTRUCCIONES EN GENERAL, S.A. DE C.V. CONSTRUCTORA MEXICANA CIVIL, S.A. DE C.V. GAMI INGENIERIA E INSTALACIONES, S.A. PROYECTISTAS Y CONSTRUCTORES DEL CENTRO, S.A. DE C.V. Preside la reunión el C. Ing. Hector Rincón Esquivel, por el Departamento de Contratos y Estimaciones. con la asistencia del C. Ing. Roberto Espinosa Quintino por la Residencia General de Carreteras Federales. 1

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DIRECCION GENERAL DEL CENTRO S.C.T. MICHOACAN

SUBDIRECCION DE OBRAS

CONCURSO NUMERO: 00009066-057-07

ACTA DE JUNTA DE ACLARACIONES

Fundamento Legal:

Articulo 22 del reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.

Lugar y fecha:

En la ciudad de Morelia, Michoacán, siendo las diez horas del día diez de julio del dos mil siete, reunidos en la sala de juntas de la Subdirección de Obras del centro SCT Michoacán, sita en libramiento poniente s/n km. 20+300, junto a Infonavit Justo Mendoza en Morelia, Michoacán. C.P. 58146.

Motivo:

Realizar la junta de aclaraciones, de la próxima celebración del Concurso 00009066-057-07, obra: “Construcción de Terracerías, obras de drenaje, pavimentación, obras complementarias y señalamiento, de un cuerpo nuevo de la carretera: Morelia – Lázaro Cárdenas del entronque “El Naranjito al entronque “Recinto Portuario”, en el estado de Michoacán.”

· CONSORCIO CONSTRUCTOR DE MICHOACAN, S.A. DE C.V.

· CONSTRUCTORA YELIMAR, S.A. DE C.V.

· GRUPO COPRIS, S.A. DE C.V.

· MMYM CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

· CYDOCSA, S.A. DE C.V.

· SUPRA CONSTRUCCIONES S.A. DE C.V.

· CONSTRUCTORA INDUSTRIAL CHAVEZ, S.A. DE C.V.

· SRG CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.

· CORPORACION CONSTRUCTORA DE VIAS TERRESTRES, S.A. DE C.V.

· CMCO, S.A. DE C.V.

· GRUPO; CONCRETOS CUPATITZIO, S.A, DE C.V. Y CORTEZ PALMA CIA. CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.

· PUENTES ESTRUCTURAS Y CAMINOS, S.A. DE C.V.

· TERRACERIAS Y CONSTRUCCIONES EN GENERAL, S.A. DE C.V.

· CONSTRUCTORA MEXICANA CIVIL, S.A. DE C.V.

· GAMI INGENIERIA E INSTALACIONES, S.A.

· PROYECTISTAS Y CONSTRUCTORES DEL CENTRO, S.A. DE C.V.

Preside la reunión el C. Ing. Hector Rincón Esquivel, por el Departamento de Contratos y Estimaciones.

con la asistencia del C. Ing. Roberto Espinosa Quintino por la Residencia General de Carreteras Federales.

Aclaraciones de la Dependencia a los participantes.

· De acuerdo al Art. 18-a podrá presentar en formatos distintos siempre y cuando cumple con los requisitos solicitados.

· Con la finalidad de agilizar la apertura de las etapas técnica y económica en el proceso de licitación, se sugiere que cada documento solicitado en la inciso tres de las bases de licitación se presente preferentemente cada documento en un fólder, entregando la documentación técnica, económica y distinta.

Documentos y/o anexos que se entregan a los participantes.

· Se hace entrega en este acto de la forma E-7 (catalogo de conceptos), modificada que deberá de considerar para la elaboración de la propuesta.

· Se entregan las siguientes Especificaciones Particulares: EP IMPAMB 001, EP 005-G.06, EP 021-E.02, EP.005-G.05, EP.074-E.015. EP.002-B.19-d.10, EP.002-B.19-d.11, EP.004-8.05, EP 003-E.01, EP 003-E.02, EP 021-E.01, EP 005-E.07a, EP 005-E.07.01, EP 005-E.07.02, EP 005-E.10, EP 005-E.11, EP 046-E.01, EP 022-E.02, EP- 044-E.14, EP.044-E.03, EP 081-E.01, EP 074-E.09, EP 044-E.01, EP 044-E.07, EP 042-E.02, EP 076-E.01, EP 044-E-12.

· Se proporciona la descripción general de los trabajos por ejecutar.

Por parte de las empresas asistentes existen las siguientes preguntas:

Grupo; Concetros Cupatitzio y Cortez Palma Cia. Constructora, S.A. de C.V.

Pregunta No. 1.- Se encuentra totalmente liberado el derecho de vía?.

Respuesta.- Si.

Pregunta No. 2.- Se cuenta con los permisos para la tala de los árboles que se localizan en el tramo?.

Respuesta.- Si.

Pregunta No. 3.- Se puede disponer del material existente en el derecho de vía para la formación de terraplenes?. No.

No existen preguntas por medios electrónicos.

Final.

Se entrega copia de la presente acta a los participantes presentes.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la última junta de aclaraciones siendo las 11:00 horas del mismo día.

POR EL DEPARTAMENTO DE

CONTRATOS Y ESTIMACIONES

______________________________________

ING. HECTOR RINCON ESQUIVEL

POR LA RESIDENCIA GENERAL DE

DE CARRETERAS FEDERALES

___________________________________________

ING. ROBERTO ESPINOSA QUINTINO

CONSORCIO CONSTRUCTOR DE MICHOACAN, S.A. DE C.V.

______________________________________

ING. ROGELIO GOMEZ VARGAS

CONSTRUCTORA YELIMAR, S.A DE C.V.

___________________________________________

ING. MOISES A. DOMINGUEZ A.

GRUPO COPRIS, S.A. DE C.V.

______________________________________

ING. OSWALDO TORRES RIOS

MM Y M CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

___________________________________________

C. JOSE MANUEL MARTINEZ MORENO

CYDOCSA, S.A. DE C.V.

______________________________________

ARQ. JAKELINE CARBAJAL

SUPRA CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

___________________________________________

C. AXEL ZAVALA

CONSTRUCTORA INDUSTRIAL CHAVEZ, S.A. DE C.V.

______________________________________

ING. JULIO GUEVARA REYES.

SRG CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.

___________________________________________

ING. JAVIER HERNANDEZ MENDEZ.

CORPORACION CONSTRUCTORA DE VIAS TERRESTRES, S.A. DE C.V.

______________________________________

ING. ARMANDO MEDINA MONTAÑO

CMCO, S.A. DE C.V.

___________________________________________

ING. DANIEL AUGUSTO ESPAÑA SOLIS

GRUPO; CONCRETOS CUPATITZIO, S.A. DE C.V. Y CORTEZ PALMA CIA. CONSTRUCTORA, S.A DE C.V.

______________________________________

ING. ARTURO CORTES TOLEDO

PUENTES ESTRUCTURAS Y CAMINOS, S.A. DE C.V.

___________________________________________

C. GREGORIO MEDINA DIAZ.

TERRACERIAS Y CONSTRUCCIONES EN GENERAL, S.A DE C.V.

______________________________________

ING. EUCARIO AZUARA LIMON

CONSTRUCTORA MEXICANA CIVIL, S.A. DE C.V.

___________________________________________

ING. ANGEL LOPEZ DIAZ.

GAMI INGENIERIA E INSTALACIONES, S.A

______________________________________

ING. J. CARLOS SALVADOR RINCON

PROYECTISTAS Y CONSTRUCTORES DEL CENTRO, S.A. DE C.V.

___________________________________________

C. SAUL CABRERA LOPEZ.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

DIRECCION GENERAL DEL CENTRO SCT MICHOACAN

CARRETERA : Morelia – Lázaro Cárdenas.

TRAMO

: Infiernillo - Lázaro Cárdenas.

SUBTRAMO

: Entr. “El Naranjito” – Entr. “Recinto Portuario”

OBRA: Construcción de Terracerías, Obras de Drenaje, Pavimentación, Obras Complementarias y Señalamiento, de un cuerpo nuevo de la Carretera: Morelia – Lázaro Cárdenas del Entronque “El Naranjito al Entronque “Recinto Portuario”, en el Estado de Michoacán.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP IMPAMB 001CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES PARA LA EXENCIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.

El contratista deberá considerar dentro de sus indirectos, los costos que correspondan para el cumplimiento de las disposiciones de impacto ambiental, autorizado por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMARNAT. Para ello, la Secretaría proporcionará en la Junta de aclaraciones el documento que emitió la dependencia ponente.

El contratista deberá entregar un informe y álbum fotográfico, correspondiente al cumplimiento de las disposiciones, de acuerdo a las actividades realizadas durante el proceso de la obra.

Cualquier incumplimiento a las medidas de mitigación, la contratista será la responsable de subsanar los daños generados por tal incumplimiento, además de acatar las sanciones respectivas y en su caso, el pago de las multas correspondientes.

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 005-G.06

LETREROS INFORMATIVOS DE LA OBRA.

El Contratista queda obligado a colocar en cada uno de los dos (2) lugares que se le indiquen, un "letrero informativo de la obra" de dos cuarenta y cuatro (2.44) por cuatro ochenta y ocho (4.88) metros con la leyenda que oportunamente se le proporcione. Cada letrero se formará con un bastidor de tubo de acero estructural A-36 de 3” de diámetro. e = 11 milímetros. cédula 80, la aplicación de la leyenda se hará sobre lona para exteriores con garantía de 18 meses, sujetándola con remaches en su contorno, reforzándose con un respaldo de lámina del N° (18) y utilizando pintura para exteriores con protección UV .

La elaboración y colocación de estos dos (2) letreros será por cuenta del Contratista y su costo deberá considerarlo en los indirectos de obra.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 021-E.02

CEMENTO QUE DEBERA EMPLEARSE.

De acuerdo con lo estipulado en el inciso 3.01.02.026-D.03 de las Normas para Construcción e Instalaciones, el contratista estará obligado a usar cemento Pórtland Tipo I en la elaboración de todo el concreto hidráulico de las diferentes resistencias especificadas, que se utilicen en la ejecución de los trabajos objeto de la licitación, a menos que el proyecto y/o la Secretaría directamente ordene el empleo de otro tipo de cemento por lo tanto, en el caso de que el contratista por convenir a sus intereses o por cualquier otra causa, llegare a utilizar otra clase de cemento diferente al antes indicado, estará obligado a absorber por su cuenta los incrementos que por ello resulten, sin que se reflejen en los precio unitarios consignados en su proposición.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.005-G.05

DESVIACIONES, CAMINOS DE ACCESO Y DISPOSITIVOS O

TRABAJOS DE PROTECCIÓN.

Durante la ejecución de la obra objeto de la licitación el Contratista estará obligado a construir y conservar transitables todo el tiempo requerido, las desviaciones, así como también los caminos de acceso adecuados para comunicar los frentes de trabajo, los lugares fijados para la obtención de los materiales destinados a su construcción y para permitir el movimiento del equipo, maquinaria y vehículos necesarios para su realización; así como, cuando sea necesario, sujetarse a las disposiciones de seguridad contenidas en el capítulo sexto del Manual de Dispositivos para el Control de Tránsito en Calles y Carreteras (edición 1986), en la inteligencia de que no se le autorizará la ejecución de ninguna clase de trabajos hasta que haya colocado, a satisfacción de la Secretaría, las señales y dispositivos de protección en la forma y condiciones indicadas en dicho capítulo, adicionalmente a lo anterior, se deberá considerar que todo el señalamiento de protección de obras y desviaciones, tendrá instalación eléctrica, para operarlo en los turnos vespertinos y nocturnos, no se autorizará la colocación de mecheros, piedras o fantasmas pintados, etc.

Los permisos para el uso, la construcción y conservación de las desviaciones y caminos de acceso, así como la elaboración, colocación y mantenimiento de las señales y dispositivos de protección, hasta que los trabajos le sean recibidos, serán a cargo del contratista y por lo tanto, su costo deberá considerarlo dentro de sus indirectos, conforme a lo estipulado en el inciso 1.01.01.005-g.03 del libro 1 de generalidades y terminología. Así mismo deberá considerar señalamientos diurno y nocturno de tipo luminoso necesarios en los trabajos de ampliación ya que esta carretera se encuentra en operación.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.074-E.015RESPONSABILIDAD EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y LABORATORIO PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LA MISMA.

El contratista será el único responsable de la ejecución de las obras, cuando éstas no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado, la Secretaría ordenará su reparación inmediata, así como la ejecución de las obras adicionales que resulten necesarias, lo que hará por su cuenta sin que tenga derecho a retribución adicional alguna por ello.

Durante el período de ejecución de los trabajos y en el sitio de los mismos, el Contratista mantendrá un laboratorio de campo, con el personal calificado y equipo actualizado necesario para sea factible controlar adecuadamente la calidad de los materiales de construcción y de la obra ejecutada de acuerdo con lo que corresponda a lo indicado en las presentes bases de licitación. El Contratista al que le sea otorgada la ejecución de la obra, antes del inicio de la misma, deberá comunicar a esta Secretaría el currículum vitae de la empresa y su personal que pretenda emplear para el control mencionado anteriormente, con el objeto de que la misma determine si tiene la capacidad necesaria para ello; en caso contrario deberá proponer a otra que sea calificada positivamente, sin que esto implique que representará apoyo para solicitar algún pago adicional.

Además deberá de considerar dentro de sus indirectos el costo de la verificación de laboratorio por parte de la Unidad General de Servicios Técnicos.

En el caso que determine llevar el control anterior con elementos propios, deberá presentar la relación y el organigrama del personal por emplear y experiencia del mismo, a fin de que sea sancionado por la Dependencia.

GENERALIDADES 1.01.01

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.002-B.19-d.10OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DETALLADOS Y COMPLETOS LOS

ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS.

El proponente al elaborar su proposición deberá tomar en cuenta que está obligado a presentar detallados y completos los análisis para el cálculo e integración de los precios unitarios que proponga para los trabajos objeto de la licitación, debiendo en su formulación apegarse estrictamente, tanto a lo señalado en las Bases de Licitación y sus apéndices como en lo dispuesto en la Sección 5 de las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de Servicios relacionados con las mismas para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.

En forma muy particular se recomienda atender a lo señalado en el párrafo anterior, ya sea que los análisis detallados de precios unitarios se presenten procesados en computadora o calculados manualmente, ya que podrá ser causa de descalificación de la proposición no presentar dichos análisis debidamente integrados.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.002-B.19-d.11DATOS CONSIGNADOS EN EL PROYECTO Y BASES DE LICITACIÓN

Y SUS APÉNDICES.

El proponente al formular los análisis detallados para el cálculo e integración de los precios que proponga para los requisitos y condiciones que puedan influir en los mismos, teniendo presente que los datos asentados en el proyecto y/o bases de licitación y sus apéndices, tales como clasificación y abundamiento de materiales, disposición de los estratos y demás características, únicamente los ha proporcionado la Secretaría como orientación y a título informativo; en consecuencia, queda bajo la estricta responsabilidad del proponente juzgar de todas las circunstancias requeridas, de manera que si cualquiera de ellas resulta diferente en la realidad a como la consideró el proponente, por ejemplo en la clasificación de los materiales, la diferencia no justificará reclamación alguna del contratista en cuanto a los precios unitarios contenidos en su proposición.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.004-8.05

BANCOS DE EXTRACCIÓN DE MATERIALES Y DE DEPÓSITO

Al formular la proposición deberá tomarse en cuenta que los bancos de materiales necesarios para la construcción de las terracerías y pavimentos, ya sea los señalados en el proyecto que son a titulo enunciativo y los que en su caso proponga el contratista para sustituir o complementar los indicados por la Secretaría, así como los bancos de depósito para los materiales de desperdicio, correrán por cuenta del contratista, y por lo tanto éste deberá hacer todos los arreglos requeridos para su adquisición y cubrir las regalías, cargos, indemnizaciones y demás gravámenes necesarios para su explotación o utilización; ninguna de las diferencias que pudieran resultar entre el costo real que le signifique al contratista el aprovechamiento de los bancos de materiales y de depósito y el considerado en los análisis, justificará reclamación alguna en relación con los precios unitarios contenidos en la proposición.

En la propuesta presentada por el contratista, deberá incluir un croquis donde indique la ubicación de los bancos propuestos por él, su utilización y capacidad del banco.

En el caso de los bancos de depósito, el contratista deberá considerar en su proposición todo lo necesario para el extendido, bandeo y buen acomodo del material de desperdicio, así como tomar las providencias para no dañar el entorno ecológico del lugar.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 003-E.01

PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE PARA FORMULAR LOS

ANÁLISIS DETALLADOS DE PRECIOS UNITARIOS DE

EXCAVACIONES POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA DE MATERIAL

APROVECHABLE

En la preparación de los análisis detallados de precios unitarios correspondientes a excavaciones por unidad de obra terminada, el proponente deberá proceder conforme a los lineamientos que en términos generales se indican a continuación:

Conceptos:

Excavación de escalones, de cortes y adicionales abajo de la subrasante, de ampliación de cortes, de abatimiento de taludes, de rebajes de la corona de cortes y/o de terraplenes existentes y los resultantes de abrir cajas para desplante de terraplenes, de remoción de derrumbes y de construcción de bermas, por unidad de obra terminada, sin clasificar el material, se pagará a los precios fijados en el contrato para el metro cúbico según sea el caso de que se trate, como sigue:

1.- Cuando el material excavado se emplee en la formación de terraplenes, los precios unitarios incluyen lo que corresponda por: extracción, remoción y carga del material excavado; acarreo libre; descarga del material para la formación de terraplenes; y afinamiento de los cortes o de la excavación.

Análisis de los precios unitarios.- Los análisis detallados de los precios unitarios correspondientes a los conceptos antes señalados, deben comprender:

Análisis detallado del costo del material con clasificación 100-00-00(material A).

Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-100-00(material B).

Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-00-100(material C).

En cada uno de estos análisis debe incluirse: extracción, remoción y carga del material excavado; acarreo libre; descarga del material para la formación de los terraplenes.

Con los costos obtenidos para cada uno de los materiales A, B y C, se integrará el costo del concepto de acuerdo con la clasificación que considere el proponente para todo el tramo objeto de la licitación.

Se hace notar, que el proponente al considerar la clasificación promedio para todo el tramo objeto de la licitación a que se refieren los párrafos anteriores, deberá tomar en cuenta lo señalado en la fracción 8 del párrafo d) del inciso 1.01.01.002-8.19 del libro I de Generalidades y terminología, además deberá prever la cercanía de estructuras y vías de comunicación, considerando para ello sus rendimientos en sus análisis de costos.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 003-E.02PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE PARA FORMULAR LOS ANÁLISIS DETALLADOS DE PRECIOS UNITARIOS DE EXCAVACIONES POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA DE MATERIAL A DESPERDICIO.

En la preparación de los análisis detallados de precios unitarios correspondientes a excavaciones por unidad de obra terminada, el proponente deberá proceder conforme a los lineamientos que en términos generales se indican a continuación:

Conceptos:

Excavación de escalones, de cortes y adicionales abajo de la subrasante, de ampliación de cortes, de abatimiento de taludes, de rebajes de la corona de cortes y/o de terraplenes existentes y los resultantes de abrir cajas para desplante de terraplenes, cajas en zonas inestables, de remoción de derrumbes y de construcción de bermas, por unidad de obra terminada, sin clasificar el material, se pagará a los precios fijados en el contrato para el metro cúbico según sea el caso de que se trate, como sigue:

1.- Cuando el material excavado deba ser desperdiciado, los precios unitarios incluyen lo que corresponda por: extracción, remoción y carga del material excavado; acarreo libre y acarreo al banco de desperdicio que elija el contratista, descarga y depósito del material en los sitios y en la forma que apruebe la Secretaría, incluyendo su extendido, bandeo y buen acomodo en la zona de desperdicio; y afinamiento de los cortes o de la excavación.

Análisis de los precios unitarios.- Los análisis detallados de los precios unitarios correspondientes a los conceptos antes señalados, deben comprender:

Análisis detallado del costo del material con clasificación 100-00-00(material A).

Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-100-00(material B).

Análisis detallado del costo del material con clasificación 00-00-100(material C).

En cada uno de estos análisis debe incluirse: extracción, remoción y carga del material excavado; acarreo libre y acarreos al banco de desperdicio; descarga y depósito del material en los sitios y en la forma que apruebe la Secretaría, incluyendo su extendido, bandeo y buen acomodo en la zona de desperdicio; construcción y mantenimiento de los caminos de acceso al banco; además de las regalías del banco de desperdicio y los permisos correspondientes; y afinamiento de los cortes o de la excavación.

Con los costos obtenidos para cada uno de los materiales A, B y C, se integrará el costo del concepto de acuerdo con la clasificación promedio que considere el proponente para todo el tramo objeto de la licitación.

Se hace notar, que el proponente al considerar la clasificación promedio para todo el tramo objeto de la licitación a que se refieren los párrafos anteriores, deberá tomar en cuenta lo señalado en la fracción 8 del párrafo d) del inciso 1.01.01.002-8.19 del libro I de Generalidades y terminología, además deberá prever la cercanía de estructuras y vías de comunicación, considerando para ello sus rendimientos en sus análisis de costos.

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 021-E.01 BANCOS DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE DRENAJE.

El proponente deberá tener en cuenta en su Proposición que los bancos para obtener la piedra, la grava, la arena, el agua y otros materiales necesarios para la construcción de las obras de drenaje y trabajos diversos, deberán ser localizados y propuestos por el Contratista y aceptados por la Secretaría.

En el caso que la Secretaría, por alguna razón no acepte los bancos que se le propongan y sea necesario extraer los materiales de algo o algunos bancos distintos de los inicialmente considerados este cambio no será motivo de modificación alguna a los precios unitarios anotados en la Relación de Conceptos (Forma E-7).

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 005-E.07a.-FORMACION Y COMPACTACION AL 90%

La formación y compactación al noventa por ciento (90%) por unidad de obra terminada corresponde a la construcción del cuerpo de terraplén de espesor variable, por lo que el Contratista deberá considerar en los análisis detallados de los precios unitarios respectivos, además de lo señalado en el inciso 3 . 01 . 01 - 005 - H . 11 de las Normas para Construcción e Instalaciones, todo lo que se requiera sean necesario para que los materiales obtenidos de los bancos de préstamo fijados por el contratista y/o ordenados por la Secretaría cumplan los requisitos para capa de terraplenes estipulados en las Normas de Calidad de los Materiales, ya sea que deba efectuarse en los bancos la selección de los materiales aprovechables para el cuerpo de terraplén. Además en los análisis de P.U. deberá considerar en sus bases de pago los préstamos de banco, regalías del banco y caminos de accesos del banco de préstamo al lugar de utilización y acarreos al lugar de utilización. Del banco que elija el contratista, la verificación del grado de compactación debe efectuarse con la prueba AASHTO ESTANDAR.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 005-E.07.01 CAPA SUBRASANTE

La formación y compactación al cien por ciento (100%) por unidad de obra terminada corresponde a la construcción de la capa subrasante de treinta (30) centímetros de espesor en cortes y terraplenes, por lo que Contratista deberá considerar en los análisis detallados de los precios unitarios respectivos, además de lo señalado en el inciso 3 . 01 . 01 - 005 - H . 11 de las Normas para Construcción e Instalaciones, todo lo que se requiera sean necesario para que los materiales obtenidos de los bancos de préstamo fijados por el contratista y/o ordenados por la Secretaría cumplan los requisitos para capa subrasante estipulados en las Normas de Calidad de los Materiales, ya sea que deba efectuarse en los bancos la selección de los materiales aprovechables para capa subrasante y eliminación de los tamaños mayores de setenta y seis (76) milímetros (3") que contengan, o bien deban disgregarse, triturarse parcialmente y/o cribarse a dicho tamaño máximo de setenta y seis (76) milímetros (3"). Además en los análisis de P.U. deberá considerar en sus bases de pago los préstamos de banco, regalías del banco y caminos de accesos del banco de préstamo al lugar de utilización y acarreos al lugar de utilización. Del banco que elija el contratista, la verificación del grado de compactación debe efectuarse con la prueba AASHTO ESTANDAR.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 005-E.07.02 CAPA SUBYACENTE

La formación y compactación al noventa y cinco por ciento (95%) por unidad de obra terminada corresponde a la construcción de la capa subyacente de veinte ( 20) centímetros de espesor en cortes y (50) centímetros de espesor en terraplenes, por lo que Contratista deberá considerar en los análisis detallados de los precios unitarios respectivos, además de lo señalado en el inciso 3 . 01 . 01 - 005 - H . 11 de las Normas para Construcción e Instalaciones, todo lo que se requiera sean necesario para que los materiales obtenidos de los bancos de préstamo fijados por el contratista y/o ordenados por la Secretaría cumplan los requisitos para capa subrasante estipulados en las Normas de Calidad de los Materiales, ya sea que deba efectuarse en los bancos la selección de los materiales aprovechables para capa subyacente y eliminación de los tamaños mayores de setenta y seis (76) milímetros (3") que contengan, o bien deban disgregarse, triturarse parcialmente y/o cribarse a dicho tamaño máximo de setenta y seis (76) milímetros (3").Además en los análisis de P.U. deberá considerar en sus bases de pago los préstamos de banco, regalías del banco y caminos de accesos del banco de préstamo al lugar de utilización y acarreos al lugar de utilización. Del banco que elija el contratista, la verificación del grado de compactación debe efectuarse con la prueba AASHTO ESTANDAR.

EP 005-E.10

ARROPE DE LOS TALUDES DE LOS TERRAPLENES CON EL MATERIAL

OBTENIDO DE LOS DESPALMES.

EJECUCION.- Entre las estaciones señaladas en el proyecto y/o ordenadas por la Secretaría, sé procederá a recargar los taludes de los terraplenes correspondientes al cuerpo nuevo, utilizando él material obtenido de los despalmes y cajas para desplantes de terraplenes, a fin de arropar dichos taludes en la forma indicada por la Secretaría, distribuyendo el material y afinando la sección para darle un talud final ordenado por la Secretaría.

MEDICION.- La medición se hará en el terraplén, determinando los volúmenes del material utilizado en el arrope de taludes por medio de seccionamientos a cada veinte (20) metros o menos sí la configuración del terraplén así lo requiere, calculándolos por el método del promedio de áreas extremas. El resultado se redondeará a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato por el metro cúbico; este precio unitario incluye lo que corresponda por: remoción y carga del material depositado producto de los despalmes y cajas para desplantes de terraplenes; acarreo libre de 1kilómetro; descarga; recargue de los taludes de los terraplenes para arroparlos conforme a lo ordenado por la Secretaría y afinamiento de los taludes para que el arrope quede con un talud final de acuerdo a lo ordenado, conformación del piso del Derecho de Vía para afine y perfilamiento del mismo, propiciando el escurrimiento fluvial a las obras de Drenaje.

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 005-E.11.-

CAPA ROMPEDORA DE CAPILARIDAD

EJECUCION.- La capa rompedora de capilaridad se construirá de acuerdo con las instrucciones de la Secretaría, con material pétreo de tamaño máximo de setenta y seis (76) milímetros (3”) procedente de los bancos fijados en el proyecto y/o ordenados por la Secretaría; dicho material para ser usado en la capa rompedora de capilaridad no deberá contener más del cinco por ciento (5%) de finos que pasen por la malla número doscientos (200), debiendo acomodarse mediante tres (3) pasadas por cada uno de los puntos de la superficie de la capa con tractor D-8 o similar en peso, avanzado y retrocediendo la máquina con movimiento ronceado.

MEDICION.- La medición se hará determinando el volumen del material acomodado en la capa por medio de seccionamientos usando el método del promedio de las áreas extremas y tomando como base la sección del proyecto, haciendo las modificaciones necesarias por cambios autorizados por la Secretaría. Se tomará como unidad el metro cúbico, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará a los precios fijados en el contrato para el metro cúbico acomodado en la capa, aplicando el que corresponda para cada banco en particular. Estos precios unitarios incluyen lo que corresponda por: desmonte y despalme de bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación; disgregado; separación, recolección, carga y descarga del desperdicio en el sitio señalado; instalaciones y desmantelamiento de la planta; alimentación de la planta ; trituración parcial o total; cribados y desperdicios de los cribados; eliminación de finos en exceso al límite máximo especificado, que pasen por la malla número doscientos (200); cargas y descargas de los materiales; todos los acarreos locales necesarios para los tratamiento y de los desperdicios de ellos; formación de los almacenamientos; formación de la capa rompedora de capilaridad, incluyendo el mezclado, extendido y acomodo del material; trabajo del equipo con movimiento ronceado, reducción de volumen por acomodo del material; afinamiento y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas.

Con el tratamiento antes mencionado de tres (3) pasadas con movimiento ronceado de tractor D-8 o similar en peso, se considera que se logrará el acomodo del material en la capa; en el caso de que se hiciere necesario dar con dicho equipo un número distinto de pasadas a las antes especificadas; éstas se pagarán adicionalmente o se deducirán, según se ordene aumentar o disminuir el número de pasadas, a los precios unitarios que la Secretaría obtenga por pasada de tractor D-8 o similar en peso, basándose en los análisis detallados de precios unitarios que presentó el Contratista, formando parte de su proposición en el Concurso

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 046-E.01.-

PLANTACION DE TEPES.

EJECUCION.- La plantación de pasto por medio de tepes en los taludes de los terraplenes señalados en el proyecto y/o ordenados por la Secretaría se realizará de acuerdo a lo indicado en la cláusula 3.01.02.046-F de las Normas para Construcción e Instalaciones, debiendo considerarse además el afinamiento y perfilado de los taludes y si en éstos no hay tierra apropiada, deberá proveerlos de una capa de tierra fértil que ya apisonada tenga un espesor mínimo de quince (15) centímetros, considerando el propiciar 3 riegos a toda la superficie sembrada en la fechas que ordene la Secretaría, a fin de propiciar su enraizamiento.

MEDICION.- La medición se efectuará conforme a lo indicado en la Cláusula 3.01.02.046-G de las Normas para Construcción e Instalaciones, considerando la superficie fijada en el proyecto y/o ordenado por la Secretaría.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra se hará al precio fijado en el contrato para el metro cuadrado; este precio unitario incluyendo además de lo señalado en el inciso 3.01.02.046-H.02, lo que corresponda por perfilado y afinado del talud, obtención de la capa de tierra fértil, carga, acarreo, descarga, tendido y apisonado conforme a lo señalado por la Secretaría, asi como los 3 riegos indicados en el primer párrafo de esta Especificación.

ESPECIFICACION PARTICULAR

EP 022-E.02.-

EXTRACCION DE AZOLVES EN OBRAS DE DRENAJE Y CANALES

DE ENTRADA Y SALIDA

EJECUCION.- La extracción y remoción de los azolves existentes en las obras de drenaje, así como en los canales de entrada y salida a las mismas, se efectuará conforme a lo indicado en cada caso por la Secretaría y a lo que corresponda de lo señalado en la cláusula 3.01.02.022-F de las Normas para Construcción e Instalaciones. Los materiales obtenidos deberán depositarse en los lugares y forma ordenados por la propia Secretaría.

MEDICION.- La medición se hará cubicando directamente el material producto de la extracción del azolve, sin clasificar el material. Se tomará como unidad el metro cúbico, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico cualesquiera que sean la clasificación y profundidad del material extraído en la remoción de los azolves; este precio unitario incluye lo que corresponda por: extracción y remoción del azolve, en seco o en agua, a mano o con maquinaria, bombeo; afinamiento del fondo y taludes en el caso de canales de entrada y salida, carga y acarreo a distancias no mayores de cien (100) metro; descarga y depósito del material en el lugar y forma que indique la Secretaría; en general todo lo necesario para efectuar la extracción y remoción de azolves y los tiempo de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas.

EP 044-E.14

RECUBRIMIENTO DE CUNETAS

EJECUCIÓN.- Al realizarse los trabajos correspondientes al cubrimiento de cunetas con concreto hidráulico de F’c = 150 kg/cm2, conforme a lo señalado en la cláusula 3.01.02.044F.02 de las normas para construcción e Instalación y/o a lo dispuesto por la Secretaría deberá tomarse en cuenta que en la cuneta terminada deberá aplicarse pintura vinílica a razón de 1 (un) litro por metro cuadrado.

MEDICIÓN.- El recubrimiento de cuneta conforme al proyecto y/o lo ordenado por la Secretaría, se medirá tomando como unidad el metro cúbico de concreto hidráulico.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de concreto hidráulico; este precio unitario incluye además de lo señalado en el inciso 3.01.02.044-H.04, lo que corresponda a limpieza, desazolve y excavación para dar los niveles de desplante y afine de cuneta; valor de adquisición de los materiales requeridos; carga y transporte hasta el lugar de la obra; descargas; almacenamiento; mano de obra y equipo requerido para las operaciones previas y aplicación de la pintura vinílica con la dosificación señalada, mermas; desperdicios; tiempos requeridos empleados en los transportes durante las cargas y descargas y en general todos los demás materiales y operaciones requeridas para la correcta ejecución del trabajo.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP.044-E.03.-CERCADO CON POSTES DE CONCRETO Y CUATRO (4) LINEAS DE ALAMBRE DE PUAS.

EJECUCION.- La cerca de alambre de púas, estará formada con postes de concreto de f¨c=150 kg/cm2, de quince (15) por quince (15) centímetros de sección transversal y ciento ochenta (180) centímetros de longitud total, de los cuales (40) centímetros quedarán empotrados en el terreno. El armado de los postes consistirá de cuatro (4) varillas lisas longitudinales de seis punto tres (6.3) milímetros (1/4") y anillos con varillas del mismo diámetro colocados a cuarenta (40) centímetros centro a centro.

La separación entre poste y poste será de cuatro (4) metros y entre ellos se tenderán cuatro (4) líneas de alambre de púas de dos (2) hilos del número doce (12) con galvanizado especial, sujetas a los postes mediante alambre del número doce (12) con galvanizado especial para prevenir su corrosión.

MEDICION.- La medición se hará considerando como unidad el metro de cercado de alambre de púas colocado conforme a lo ordenado por la Secretaría, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada de cercado de alambre de púas, se hará al precio fijado en el contrato para el metro; este precio unitario incluye lo que corresponda por: valor de adquisición de todos los materiales; adquisición o fabricación de los postes de concreto, incluyendo las piezas de contraventeo necesarias en las esquinas para dar a los postes mayor rigidez; cargas; transportes hasta el lugar de colocación; descargas; almacenamientos; perforación de agujeros o excavaciones para la colocación de los postes, tanto en zona seca como lacustre; equipo y materiales para su colocación; estirado y sujeción del alambre a los postes; rellenos; retenidas; desperdicios; los tiempos de los vehículos usados en los transportes durante las cargas y las descargas, y en general todo lo necesario para la correcta ejecución de este trabajo.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 081-E.01CARPETA DE CONCRETO ASFALTICO COMPACTADO AL NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%), DEL BANCO QUE ELIJA EL CONTRATISTA.

EJECUCION.- La construcción de la carpeta de concreto asfáltico compactado al noventa y cinco por ciento (95%), se realizará conforme a lo señalado en la Cláusula 3.01.03.081-F de las Normas para Construcción e Instalaciones, con material producto del banco o bancos que elija el contratista, la verificación del grado de compactación debe efectuarse con la prueba MARSHALL. Además debe considerar que para la aceptación de la carpeta asfáltica se cumplirá con los parámetros que a continuación se detallan:

MEDICION.- La medición de la carpeta de concreto asfáltico se llevará a cabo de acuerdo con lo señalado en el inciso 3.01.03.081-G02 de las Normas para Construcción e Instalaciones. Se tomará como unidad el metro cúbico compacto en la carpeta para cada banco en particular, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de carpeta compactada, para el banco o bancos que elija el contratista. Estos precios unitarios incluyen lo que corresponda por: desmonte y despalme de los bancos que elija el contratista; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación; instalaciones de las plantas necesarias y desmantelamientos de las mismas; alimentación de las plantas; cribados y desperdicios de los cribados, trituración parcial o total; lavado; cargas y descargas de los materiales; todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos y de los desperdicios de ellos, así como elaboración del concreto asfáltico; formación de los almacenamientos; secado del material pétreo ; Acarreos de la planta al lugar de su colocación ; barrido de la base impregnada; tendido; compactación al grado fijado; chaflanes en las orillas de la carpeta y acabado con rodillo liso, y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 074-E.09. – BASE ASFALTICA COMPACTADA AL NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95 %).

EJECUCION.- Tanto en la superficie de rodamiento de la superestructura como en los accesos, deberá construirse una base asfáltica compactado al noventa y cinco por ciento (95%) de los espesores fijados en el proyecto y/o ordenados por la Secretaría el cual deberá ser elaborada en planta estacionaria en caliente, con material pétreo de tamaño máximo de 38.1 mm. (1 1/2") y cemento asfáltico AC-20 ó similar con una dosificación de acuerdo al estudio MARSHALL, debidamente avalado por la Unidad General de Servicios Técnicos. El agregado pétreo y el cemento asfáltico deberán cumplir con las normas de calidad indicadas en los incisos 4.01.03.010-C.01 y 4.01.03.011-8.04 respectivamente de las Normas de Calidad de los Materiales. Así mismo, el concreto asfáltico deberá estar diseñado por el procedimiento Marshall y cumplir con lo señalado el la columna para tránsito diario de más de 2,000 vehículos pesados, incluida en la tabla LXXXIX del inciso 4.01.03.011-D.03 de dichas Normas de Calidad.

El concursante podrá proponer en su cotización, producir con sus propios medios la mezcla asfáltica con material pétreo de los bancos que elijan el contratista, ó adquirirla ya preparada de alguna planta elaborada de la misma y transportarla a los lugares de utilización.

La construcción de la carpeta de concreto asfáltico deberá apegarse a lo ordenado por la Secretaría y a lo señalado en la cláusula 3.01.03.081-F de las Normas para Construcción e Instalaciones. Previamente al tendido de la base asfáltica deberá aplicarse a la superficie que la reciba un riego de liga con emulsión asfáltica catiónica de rompimiento rápido en proporción de 0.6 de litro por m2 aproximadamente.

MEDICION.- La medición de la carpeta de concreto asfáltico se efectuará considerando el volumen resultante del espesor y las secciones transversales de proyecto, con las modificaciones en más ó en menos ordenadas por la Secretaría, se tomará como unidad el metro cúbico compacto en la capa construida redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato para el metro cúbico de carpeta compactada, para el banco o bancos que elija el contratista. Estos precios unitarios incluyen lo que corresponda por: desmonte y despalme de los bancos que elija el contratista; extracción del material aprovechable y del desperdicio, cualquiera que sea la clasificación; instalaciones de las plantas necesarias y desmantelamientos de las mismas; alimentación de las plantas; cribados y desperdicios de los cribados, trituración parcial o total; lavado; cargas y descargas de los materiales; todos los acarreos locales necesarios para los tratamientos y de los desperdicios de ellos, así como elaboración del concreto asfáltico; formación de los almacenamientos; secado del material pétreo ; Acarreos de la planta al lugar de su colocación ; barrido de la base impregnada; tendido; compactación al grado fijado; chaflanes en las orillas de la carpeta y acabado con rodillo liso, y los tiempos de los vehículos empleados en los transportes durante las cargas y las descargas.

ESPECIFICACIONES GENERALES.

EP 044-E.01 DEFENSAS METÁLICAS.

REGIRÁN LAS NORMAS PARA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES EN LO PARTICULAR. LO QUE CORRESPONDA DEL MANUAL DE DISPOSITIVOS PARA EL CONTROL DE TRÁNSITO EN CALLES Y CARRETERAS, CAPÍTULO V.

EJECUCIÓN.- Las defensas metálicas deberán ser de las características señaladas en el proyecto y/o a lo ordenado por la Secretaría; y colocadas según lo indicado en los planos respectivos.

MEDICIÓN.- La medición de las defensas colocadas conforme al proyecto y/o a lo ordenado por la Secretaría, se hará tomando como unidad el metro. La longitud se determinará midiendo el desarrollo total de la defensa metálica entre sus remates extremos.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato por el metro de defensa colocada; este precio unitario incluye todo lo que corresponda por: valor de fabricación o adquisición de las defensas y de todos los accesorios necesarios; cargas, descargas, transporte de las mismas hasta el lugar de la obra; almacenamiento; herrajes; mermas y desperdicios; colocación; montaje; limpieza y en general todo lo que sea necesario para la correcta ejecución del concepto.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 044-E.07

VIALETAS

MATERIALES: Las vialetas son dispositivos que contienen elementos retroreflejantes dispuestos de tal forma que al incidir en ellos la luz proveniente de los faros de los vehículos se refleja hacia los ojos del conductor en forma de un haz luminoso, se colocan sobre la superficie de rodamiento o sobre estructuras con el fin de incrementar la visibilidad de las marcas durante la noche y en condiciones climáticas adversas, estos elementos que se colocan sobre el pavimento, cuya clasificación se muestra en la tabla 5 de la Norma N.PRY.CAR.10.01.002/99 deben ser de sección trapecial en ambos sentidos, de base cuadrada o rectangular, con una superficie de contacto del orden de cien (100) centímetros cuadrados, deben tener textura fija, sin protuberancia en las aristas y no deben sobresalir mas de dos (2) centímetros del nivel del pavimento. Las vialetas y demás materiales que se utilicen para su instalación cumplirán con lo establecido en las Normas N.CMT.5.04, así como en las demás normas aplicables del libro CMT.

EJECUCIÓN: Para la instalación de vialetas, se considerara lo señalado en la Cláusula D, de la Norma N.LEG.3 (Ejecución de Obras), así como lo indicado en las Cláusulas F y G, de la Norma N.CTR.CAR. 1.07.004/00 (Construcciones).

MEDICIÓN: Cuando la instalación de vialetas se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo indicado en esta Norma, a satisfacción de la Secretaría, se medirá según lo señalado en la Cláusula E, de la Norma N.LEG.3. Ejecución de obras, para determinar el avance o la cantidad trabajo realizado para efecto de pago, tomando como unidad la vialeta terminado, según su tipo.

BASE DE PAGO: Cuando la instalación de vialeta y botones se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y se mida de acuerdo a lo indicado en la Cláusula H. De esta Norma, se pagará al precio fijado en el contrato para la vialeta terminada, según su tipo. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Cláusula F, de la Norma N.LEG.3. Ejecución de Obras, incluye lo que corresponda por:

Valor de adquisición de las vialetas o botones, así como los adhesivos y demás materiales necesarios para su instalación, carga, transporte y descarga de las vialetas y de todos los materiales hasta el sitio de su instalación, y cargo por almacenamiento.

Limpieza de la superficie donde se instalarán las vialetas.

Ubicación, premarcado e instalación de las vialetas.

Los tiempos de los vehículos empleados en los transportes de lodos los materiales durante las cargas y las descargas.

La conservación de las vialetas hasta que hayan sido recibidos por la Secretaría.

Y todo lo necesario para la correcta ejecución de este concepto.

EP 042-E.02.-RECUBRIMIENTO DE SUPERFICIES DEL PAVIMENTO CON PINTURA.

EJECUCION.- El pintado de raya, signos, letras y cifras en el pavimento, deberá efectuarse de acuerdo con lo señalado en el proyecto y/o lo ordenado por la Secretaría. Previamente a la aplicación de la pintura y el material reflejante, las superficies correspondientes deberán barrerse y limpiarse en una faja con ancho mínimo igual al de la señal más 25 centímetros por cada lado, a fín de eliminar el polvo y materias extrañas que puedan afectar la adherencia de la pintura. A continuación se trazarán sobre el pavimento las marcas del señalamiento, con la calidad y frecuencia necesaria para guiar el equipo utilizado en la aplicación del recubrimiento, procediendo de inmediato a la aplicación de la pintura, la cuál deberá ser previamente aprobada por la Secretaría, utilizándola tal como la entrega el fabricante y por ningún motivo de la adicionará adelgazador, debiendo tener una viscosidad de 67 a 75 unidades Krebs a 25º C, secado al tacto en unos 5 minutos, secado duro de 20 a 30 minutos y cumplir con los requisitos señalados en la cláusula 012-C del libro 4, parte 01, Título 04 de las Normas de Calidad de los materiales.

La cantidad de pintura que se aplique en el ancho estipulado deberá ser de treinta y ocho (38) micrones (1.5 milésimas de pulgada) de pintura húmeda, siendo en este caso cuando se aplique el material reflejante (esferas de vidrio) en una proporción de setecientos (700) gramos por litro de pintura; las esferas de vidrio deberán cumplir con los requisitos señalados en la cláusula 012-D del Libro 4, Parte 01, Título 04 de las Normas de Calidad de los Materiales.

Cuando lo fije el proyecto y/o lo ordene la Secretaría, los materiales, que se utilicen en el marcado del pavimento, deberán ser previamente muestreados y sujetos a las pruebas de laboratorio que se requieran.

MEDICION.- L a medición se hará tomando como unidad el metro efectivo de raya pintada en el pavimento, para cada ancho ordenando, y cada uno de los signos, letras o cifras indicados en el proyecto y/o señalados por la Secretaría. No se medirán las rayas desalineadas, ni los signos, letras o cifras mal trazados o que no cumplan con lo ordenado por la Secretaría.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará a los precios fijados en el contrato para el metro efectivo de raya pintada de cada uno de los anchos señalados, así como para cada uno de los signos, letras o cifras ordenados por la Secretaría.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 076-E.01 MATERIALES ASFÁLTICOS Y ADITIVOS

Para el análisis e integración de los precios unitarios correspondientes a los productos asfálticos y aditivos anotados en la Relación (forma E-7), deberán considerarse costos de adquisición oficiales en PEMEX como son:

Emulsiones Asfáltica, Libre a bordo.

Cemento asfáltico AC 20, Libre a bordo.

Aditivo para mezclas asfálticas en caliente, libre a bordo.

Los costos anteriores no deberán incluir el IVA.

Si durante la ejecución de la obra y por variación en los costos de estos materiales, procede a juicio de la Secretaría algún ajuste en los precios unitarios respectivos, éste se realizará conforme a lo estipulado en el contrato, con base en los elementos contenidos en los análisis de los precios ya establecidos en dicho contrato. El proponente en la presente licitación deberá tomar nota que el NO considerar los costos oficiales emitido por PEMEX en su propuesta será causa de descalificación de la misma.

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR

EP 044-E-12 BASE CONSTRUIDAS CON MATERIAL DE LOS BANCOS QUE ELIJA EL CONTRATISTA.

EJECUCIÓN.- La sub-bases y bases que se construyan, utilizando materiales de tamaño máximo de 0.38 mm. (1½) procedente de los bancos que elija el contratista; deberán compactarse al cien por ciento ( 100 % ), construirse de acuerdo con lo señalado en el proyecto y/o lo ordenado por la Secretaría, realizarse conforme a los lineamientos señalados en la cláusula 3.01.03.074-F de las Normas para Construcción e Instalaciones. Los materiales utilizados deberán cumplir con las normas de calidad especificadas en los incisos 4.01.03.009-C.02 y 4.01.03.009-C.06, respectivamente de las Normas de Calidad de los Materiales.

MEDICIÓN.- La medición se hará de acuerdo a lo indicado en el inciso 3.01.03.074-F.07 de las normas para construcción e instalación de la Secretaría, tomando como base los volúmenes indicados en el proyecto para los materiales ya compactados en las capas construidas, haciendo las modificaciones necesarias por cambios autorizados por la Secretaría. Se tomará como unidad el metro cúbico compactado, redondeando el resultado a la unidad.

BASE DE PAGO.- El pago por unidad de obra terminada se hará al precio fijado en el contrato por el metro cúbico compactado en la sub-base y base; este precio unitario incluye lo que corresponda por: desmonte; regalías, despalme y extracción del material aprovechable y del desperdicio de los bancos que proponga el Contratista y cuya calidad a juicio de la Secretaría sea adecuada para la construcción de la sub-base y base, cualquiera que sea la clasificación; disgregado; separación. Recolección, carga y descarga del desperdicio en el sitio señalado; instalaciones y desmantelamientos de la planta de tratamiento de los materiales; alimentación de la planta: cribados y desperdicios de los cribados; trituración total ó parcial; cargas y descargas de los materiales; todos los acarreos necesarios, tanto los locales requeridos para los tratamientos y desperdicios de ellos, como para transportar los materiales aprovechables a los lugares de utilización; formación de almacenamientos; extracción, carga, aplicación e incorporación del agua para compactación; permisos de explotación de bancos de agua; operaciones de mezclado tendido y compactación al grado fijado; reducción de volumen por compactación y en su caso por mezcla de (2) ó más materiales; afinamiento para dar el acabado superficial; y en general, todo lo que sea necesario para la correcta ejecución del trabajo.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO SCT MICHOACAN

LICITACION Nº 00009066-057-07

CONSTRUCCION DE TERRACERIAS, OBRAS DE DRENAJE, PAVIMENTACION, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y SEÑALAMIENTO, DE UN CUERPO NUEVO DE LA CARRETERA: MORELIA – LAZARO CARDENAS DEL ENTRONQUE “EL NARANJITO AL ENTRONQUE RECINTO PORTUARIO”, EN EL ESTADO DE MICHOACAN.

TRABAJOS POR EJECUTAR

Los trabajos en general consisten en construir un cuerpo nuevo con ancho de corona de 10.5 m. y un ancho de calzada de 7.00 m; el espesor de la subrasante será de 30 cm., base hidráulica de 20 cms de espesor, base asfáltica de 21 cm. y el de la carpeta asfáltica de 10 cm., los materiales a utilizar serán de acuerdo a lo que marca el proyecto o lo indicado por la Secretaria.

Las obras complementarias y el señalamiento se realizaran en las zonas indicadas en el proyecto y ordenados por la Secretaria.

Previamente al inicio de las actividades, se deberá colocar señalamiento adecuado conforme a lo indicado en el Manual de Dispositivos de Calles y Carreteras; así mismo, deberán tomará en cuenta e incluir en sus precios unitarios de esta obra el señalamiento diurno y nocturno de tipo luminoso, tomando en cuenta que es un tramo en operación.

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