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UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN INFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014 Página 1 de 19 EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN RESPUESTA COMENTARIOS 001/14 Decreto del H.Congreso del Estado, por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los limites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el decretoemitido por esta Soberania, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos (En versión PDF) Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha dos de enero de dos mil catorce y registrada con el expediente 001/14, y encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales que puede ser consultado h tt p://www .if ai . org.mx/Cri t erios , mismo que a la letra menciona: “Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información . Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTICULO 57. - En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso , tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, la información de su interés se encuentra para consulta pública en la Biblioteca Benito Juárez de esta Soberanía, ubicada en 5 poniente número 128 Centro Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, debido a que el documento al que se refiere no se encuentra digitalizado. 002/14 El 14 de diciembre de 2012 el presidente del Poder Legislativo, Mario Riestra rindió su informe de labores correspondiente al periodo en que fungió como presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política. El dia del informe fue entregado a los invitados al evento el informe impreso del legislador, un cuadernillo dentro de una carpeta con diseño especial. ¿Cuál fue el costo total de los informes impresos? ¿Cuántos informes se imprimieron y cuánto costó cada uno? ¿Qué empresa estuvo encargada de la impresión del documento, se adjudicódirectamenteo hubo una licitaciónpública?¿Cuándo aprobó el Comité de Adquisiciones o, en su caso, la Junta de Gobierno que fuera erogado el recurso para la impresión de los informes de Mario Riestra y solicitola copia del dictamen de aprobación? Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 43, 44, 45, 52, 54 y 62 fracciones I y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha dos de enero de dos mil catorce y registrada con el expediente 002/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, le comento que de la redacción de su solicitud de información se desprende lo siguiente: “El 14 de diciembre de 2012 el presidente del Poder Legislativo, Mario Riestra rindió su informe de labores correspondiente al periodo en que fungió como presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política….” Es importante destacar que el Diputado Mario Gerardo Riestra funge como Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del H. Congreso del Estado de Puebla del 15 de enero de 2013 al 14 de enero de 2014, motivo por el cual, la fecha a la que usted hace referencia corresponde a la administración del Diputado Edgar Jesús Salomón Escorza. Sin embargo, fieles al compromiso con la Transparencia que distingue a la administración del Diputado Mario Gerardo Riestra

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Page 1: €¦  · Web viewINFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014. Página 1 de 19. EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN. RESPUESTA

UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓNINFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014

Página 1 de 19

EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN RESPUESTA COMENTARIOS

001/14

“Decreto del H.Congreso del Estado, por el que aprueba laresolución presentada por la Comisión de Gobernación yPuntos Constitucionales, queseñala materialmenteloslimites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en eldecretoemitido por esta Soberania, con fecha treinta deoctubre de mil novecientos sesenta y dos (En versión PDF)”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III y 36 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha dos de enerode dos mil catorce y registrada con el expediente 001/14, y encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y DatosPersonales que puede ser consultado h tt p://www .if ai . org.mx/Cri t erios , mismo que a la letra menciona:

“Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a laInformación Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas aentregar documentos que se encuentren en sus archivos,las dependencias y entidades no están obligadasa elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.”

Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de Puebla, que establece:

“ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, talescomo libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, laUnidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir oadquirir dicha información.

Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la direcciónelectrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

Por lo anterior, la información de su interés se encuentra para consulta pública en la Biblioteca Benito Juárez de estaSoberanía, ubicada en 5 poniente número 128 Centro Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, debido aque el documento al que se refiere no se encuentra digitalizado.

002/14

“El 14 de diciembre de 2012 elpresidente del PoderLegislativo, Mario Riestra rindió su informe de laborescorrespondiente al periodo en que fungió como presidentede la Junta de Gobierno y Coordinación Política. El dia delinforme fue entregado a los invitados al evento el informeimpreso del legislador, un cuadernillo dentro de una carpetacon diseño especial. ¿Cuál fue el costo total de los informesimpresos? ¿Cuántos informes se imprimieron y cuánto costócada uno? ¿Qué empresa estuvo encargada de la impresióndel documento, seadjudicódirectamenteo hubo unalicitación pública? ¿Cuándo aprobó el Comité deAdquisiciones o, en su caso, la Junta de Gobierno que fueraerogado el recurso para la impresión de los informes deMario Riestra y solicito la copia del dictamen deaprobación?”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 43, 44, 45, 52, 54 y 62 fracciones I y IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha dos de enero dedos mil catorce y registrada con el expediente 002/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, lecomento que de la redacción de su solicitud de información se desprende lo siguiente:

“El 14 de diciembre de 2012 el presidente del Poder Legislativo, Mario Riestra rindió su informe delabores correspondiente al periodo en que fungió como presidente de la Junta de Gobierno yCoordinación Política….”

Es importante destacar que el Diputado Mario Gerardo Riestra funge como Presidente de la Junta de Gobierno y CoordinaciónPolítica del H. Congreso del Estado de Puebla del 15 de enero de 2013 al 14 de enero de 2014, motivo por el cual, la fecha a laque usted hace referencia corresponde a la administración del Diputado Edgar Jesús Salomón Escorza.

Sin embargo, fieles al compromiso con la Transparencia que distingue a la administración del Diputado Mario Gerardo Riestra

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PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014

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Piña en esta Soberanía, y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzasdel Poder Legislativo, le informo:

En relación a su pregunta“…¿Cuál fue el costo total de los informes impresos?...”,le informo que el costo de losinformes fue de $89,224.00 (Ochenta y nueve mil doscientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.)

En cuanto a sus cuestionamientos de“…¿Cuántos informes se imprimieron y cuánto costó cada uno?...”, hago de suconocimiento que se imprimieron 400 informes y el costo individual fue de $223.06 (Doscientos veintitrés pesos 06/100 M.N.)

Con respecto a“…¿Qué empresa estuvo encargada de la impresión del documento, se adjudicódirectamente ohubo una licitación pública?...”, le comento que la empresa encargada de la impresión del documento fue “GMIMPRESOS”, dicha empresa también realizó la impresión del informe del Diputado Edgar Salomón Escorza;

Finalmente“…¿Cuándo aprobó el Comité de Adquisiciones o, en su caso, la Junta de Gobierno que fuera erogadoel recurso para la impresión de los informes de Mario Riestra y solicito la copia del dictamen de aprobación?”,el procedimiento de adjudicación se llevó a cabo conforme lo establece el numeral 29 de la Normatividad para el Ejercicio delPresupuesto del Poder Legislativo en cumplimiento con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativodel Estado Libre y Soberano de Puebla, motivo por el cual sus subsecuentes preguntas quedan si materia para serrespondidas.

003/14“favor de subir a su conjunto de leyes el " REGLAMENTO DELA LEY DE VIALIDAD PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANODE PUEBLA" por que solo se encuentra la ley pero no sureglamento. Gracias”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 37 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha siete de enerode dos mil trece y registrada con el folio Exp. 003/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que con fundamento en el artículo 79 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Puebla, que establece:

“Artículo 79.- Son facultades y obligaciones del Gobernador del Estado:…IV.- Expedir reglamentos autónomos, decretos, órdenes y circulares de carácter y aplicación general, en losdiversos ramos de Administración Pública.…”

Por lo anterior, le informo que en la “Legislación en Línea” de esta Soberanía sólo encontrará la Reglamentación expedida porel Poder Legislativo, y en el caso que nos ocupa la información de su interés es de competencia del Poder Ejecutivo del Estado,motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico h tt p://www .t ransparencia.puebla.gob.mx/ y solicitar lainformación correspondiente.

A su vez le informo, que la administración del Periódico Oficial del Estado depende de la Secretaría General de Gobierno y susinstalaciones se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003 Colonia Azcárate.

004/14 “estatus de la iniciativa de ley para regular las casas deempeño del estadode puebla.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha siete deenero de dos mil catorce y registrada con el expediente 004/14, y encontrándonos dentro del término que la Ley señala para

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PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014

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tal efecto, hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 1 de julio de 2013 seenlistó en el punto 6 de la Orden del Día, el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“ 6. Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Procuración yAdministración de Justicia del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman los artículos254 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla; el 65 Quinquiesy el Apartado V del69 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano dePuebla y los artículos 303 Quinquies y 310 del Código de Procedimientos Penales para el EstadoLibre y Soberano de Puebla.”

Asimismo, le comento que no se cuenta con una“ley para regular las casas deempeño”, como usted lo refiere en la redacciónde su solicitud de información, si no se trata de reformas realizadas al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, alCódigo de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla y finalmente al Código deProcedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

A su vez, le informo que el 17 de julio de 2013 el Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE), publicó en su sección Segunda,el Decreto correspondiente, el cual entró en vigor al día siguiente de la publicación correspondiente; la publicación de suinterés se encuentra para consulta pública en la Biblioteca “Benito Juárez” de esta Soberanía, ubicada en Avenida 5 ponientenúmero 128 Centro Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas y/o en las instalaciones del POE ubicadas en11 oriente número 2003 Colonia Azcárate, donde podrá adquirir, si lo desea, el Decreto correspondiente.

Cabe mencionar que también puede consultar la página electrónica del Poder Legislativo www . congresopuebla.gob.mx en elapartado de “Actividades iegáslaíávas L iegáslacáón en iínea L Código” óLo la ságuáeníe lága:h tt p://www . congresopuebla.gob.mx/ i ndex.php?op ti on=com_docman&task=cat_v i ew&g i d=23&Item i d=111 , donde tendrá queconsultar cada uno de los Códigos anteriormente mencionados, debido a que las reformas se encuentran inmersas en dichosOrdenamientos Jurídicos.

005/14

“de acuerdo a las nuevas disposiciones de la ley organicamunicipal, solicito, informacion sobre la estruturaorganizacional de la junta auxiliar de san jeronimo caleras,que puestos y funciones tendra el personal. que cargoobstentara el representante y como quedara conformado elgabinete, cual sera su funcion en la comunidad. los cargosde juez de paz, ministerio publico, secretario, tesorero yregidoresdesaparecen ocontinuan, parala siguienteadministracion que sucedera con el registro civil, por laatencion prestadaa la presente, muchas gracias”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha ocho de enerode dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 005/14,y encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 4 de diciembre de 2013se enlistó en el punto 17 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas deGobernación y Puntos Constitucionales y la de Asuntos Municipales del Honorable Congreso delEstado, por el que sereforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el PoderLegislativo, podrán consultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispusopublicarlos en él, o bien, cuando haya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto enla Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberano de Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General de

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Gobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

006/14 “Solicito la Ley de ingresos del estadode Puebla del ejercicio2014.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha ocho de enerode dos mil trece y registrada con el folio Exp. 006/014, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 15 de noviembre de 2013 seenlistó en el punto 5 de la Orden del Día, el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“5. Lectura de Dictamen con Minuta de Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el EjercicioFiscal dos mil catorce, que presenta la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal delHonorable Congreso del Estado.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emitael Poder Legislativo, podrán consultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial delEstado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuando haya concluido el trámite que debadársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberano dePuebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés, dicha instancia no cuenta con página electrónica.

Sin embargo, puede acceder a la página electrónica de Transparencia delGobierno del Estado de Puebla:www .t ransparencia.puebla.gob.mx en el apartado denominado“Por Dependencia”seleccionará laSecretaría de Finanzas, posteriormente el apartadoI.- Marco Normativo / Legislación Estatal / Leyes / Ley de Ingresos del Estado de Puebla para elEjercicio Fiscal 2014” y/o en la siguiente liga:h tt p:// t ransparencia.puebla.gob.mx/ i ndex.php?op ti on=com_con t en t &v i ew= f ron t page&Item i d=99

007/14“saber si existe inhabilitacion para ocupar un cargo publicopor parte del C. Hipolito Santes Rojas ExpresidenteMunicipal de Tenampulco, Pue.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34, 35 fracción IV y 36 delReglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención asu solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechanueve de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 007/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señalapara tal efecto, se hace de su conocimiento que la instancia competente en cuanto a Cuentas Públicas es la Auditoría Superiordel Estado de Puebla, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico www . o f spuebla . gob.mx y realizase lasolicitud de información correspondiente.

008/14 “busco la ley de agricultura urbana aprobada a fines del añopasado, gracias”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud de

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PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014

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información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha ocho de enerode dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 008/014, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 28 de noviembre de 2013 seenlistó en el punto 16 de la Orden del Día, el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“16. Lectura del Dictamen con Minuta de Ley de Agricultura Urbana para el Estado de Puebla, que presentan lasComisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y la de Desarrollo Rural del Honorable Congresodel Estado.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el PoderLegislativo, podrán consultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispusopublicarlos en él, o bien, cuando haya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto enla Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberano de Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, cuando se publique, el ejemplar de su interés. Dicha instancia no cuenta con página electrónica.

009/14 “ultimos estados financieros del municipio de atlixco"

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 11 fracción VIII, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34, 35fracción IV y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado dePuebla, en atención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del PoderLegislativo de fecha nueve de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 009/14, encontrándonos dentro deltérmino que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que los documentos de su interés son considerados comoinformación pública de oficio, motivo por el cual se le sugiere consultar el portal electrónico del Ayuntamiento de Atlixcowww . at li xco . orgen particular el apartado de “Transparencia / VIII.- Información Financiera / c) Información Financiera generada en cumélámáeníoa la ieó deneral de Contabilidad Gubernamental” y/oen la ságuáeníe lága:h tt p://www . at li xco . org/ i ndex.php/no ti cias/ it em/1601 -i n f ormaci%C3%B3n -fi nanciera - generada - en - cumpl i m i en t o - a - la -l ey -genera l- de - con t ab ili dad - gubernamen t al - 2013

010/14

“hola quisiera verificar si me pudieran proporcionar enarchivo electronico como puede ser, PDF, en work o algununotro, la ley organica municipal del estadolibre y soberano depuebla su ultima reforma o modificacion. sin mas por elmomentoagradescosu atencion asicomo tener unarespuesta favorable gracias buen dia.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha doce de enerode dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 010/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 4 de diciembre de 2013 seenlistó en el punto 17 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas deGobernación y Puntos Constitucionales y la de Asuntos Municipales del Honorable Congreso delEstado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

Page 6: €¦  · Web viewINFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014. Página 1 de 19. EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN. RESPUESTA

UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓNINFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

PERIODO: DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2014

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“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emitael Poder Legislativo, podrán consultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial delEstado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuando haya concluido el trámite que debadársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberano dePuebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

011/14 “reforma aprobada a la ley organica municipal del estado”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha trece de enerode dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 011/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 4 de diciembre de 2013 seenlistó en el punto 17 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Gobernación y PuntosConstitucionales y la de Asuntos Municipales del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposicionesde la Ley Orgánica Municipal.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el Poder Legislativo, podránconsultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuandohaya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberanode Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

012/14“Estado que guardan las cuentas públicas del municipio deTlaxco, Puebla (187)del año2008,2009,2010,2011,2012,2013..”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34, 35 fracción IV y 36 delReglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención asu solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechatrece de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 0012/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señalapara tal efecto, se hace de su conocimiento que la instancia competente en cuanto a Cuentas Públicas es la Auditoría Superiordel Estado de Puebla, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico www . o f spuebla . gob.mx y realizase lasolicitud de información correspondiente.

013/14 “Solicito cuánto dinero gastó la LVIII Legislatura parapromover en mediosde comunicación la solución del

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 51, 54 fracción I y 62 fracciones I y IV de la Leyde Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III,35 fracción I y 36 del

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conflicto limítrofe entre los municipios de Puebla y SanAndrés Cholula. Solicito:El monto total erogadoLascantidadesque fueron pagadas a cada medio decomunicación especificando qué medios de comunicación ybajo qué concepto fue erogado este recurso. Copia delacuerdo de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, odel área del Congreso que haya aprobado la erogación derecursos para este fin. Y de qué partida se tomaron losrecursos para pagar la promoción en medios decomunicación.”

Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención asu solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechaquince de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 013/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señalapara tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a las Direcciones Generales de Comunicación Social y la deAdministración y Finanzas de esta Soberanía, le informo:

En relación a su cuestionamiento de“Solicito cuánto dinero gastó la LVIII Legislatura para promover en medios decomunicación la solución del conflicto limítrofe entre los municipios de Puebla y San Andrés Cholula…”, lecomento que la campaña de difusión y promoción fue general, es decir, abarcó todas las acciones y leyes relevantescorrespondientes al Tercer año del ejercicio legal de la LVIII Legislatura, entre ellos la solución del conflicto limítrofe entrePuebla y San Andrés Cholula, por tal motivo es imposible determinar (prorratear) el gasto erogado en particular sobre el temade su interés.

En cuanto a: ”...Solicito: El monto total erogado Las cantidades que fueron pagadas a cada medio decomunicación especificando qué medios de comunicación y bajo qué concepto fue erogado este recurso. Copiadel acuerdo de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, o del área del Congreso que haya aprobado laerogación de recursos para este fin…”le reitero que la campaña de difusión y promoción fue general, como ya ha sidoinformado en el párrafo anterior, por tal motivo queda esta, parte de la solicitud, sin efecto y sin materia para ser respondida.

Finalmente, por lo que hace a“…Y de qué partida se tomaron los recursos para pagar la promoción en medios decomunicación.”hago de su conocimiento, como en diversas ocasiones se le ha informado, que el presupuesto de estaSoberanía es Global y no contiene una partida o rubro especifico en relación al tema que nos ocupa.

014/14“Versión posicionamientos de diputados en el III Informe deGobierno.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracciones II y IV, 57 y 62fracciones I y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 35fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado dePuebla, en atención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del PoderLegislativo de fecha quince de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 014/14, encontrándonos dentro deltérmino que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de ServiciosLegislativos de esta Soberanía, le informo:

“En la versión estenográfica de la sesión solemne del 15 de enero de 2014, encontrará los posicionamientos delos Partidos Políticos con representación en este H. Congreso del Estado de Puebla, los cuales los puedeconsultar en la página electrónica de esta Soberanía www . congresopuebla.gob.mxen el apartado de Pleno–VersionesEstenográficas– SesionesSolemnes– 15 de Enero de 2014 y/o en la siguienteliga:http://www.congresopuebla.gob.mx/ i ndex.php?option=com_k2&v i ew=itemlist&task=category& i d=53:ses i ones-so l emnes&Itemid=497“

015/14“Decreto del Honorable Congreso del Estado ,que expide laLEY DE EGRESOS DEL ESTADO DE PUEBLA para el EjercicioFiscal 2014”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a sussolicitudes de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechaquince de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 015/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señalapara tal efecto, hago de su conocimiento que la información de su interés se encuentra para consulta pública en la páginaelectrónica de esta Soberanía www . congresopuebla.gob.mxen el apartado de “Actividades Legislativas / Legislación en Línea /Paquete Fiscal 2014” donde encontrará la Ley de Egresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2014.

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016/14

“DECRETO DEL HONORABLECONGRESO DEL ESTADO POR ELQUE SE EXPIDE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIONPUBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA MUCHAS GRACIAS DEANTEMANO¡¡”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a sus solicitudes deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha quince de enerode dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 016/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto,hago de su conocimiento que el ordenamiento de su interés se encuentra para consulta pública en el portal electrónico de estaSoberanía www . congrespuebla.gob.mxen el apartado de “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Ley” y/o en la siguiente ligah tt p://www . congresopuebla.gob.mx/i ndex.php?op ti on=com_docman&task=cat_v i ew&g i d=25&Item i d=485&l i m it star t =20

Cabe destacar que las últimas reformas efectuadas a la Ley en comento, se realizaron en Sesión Pública Ordinaria de la LVIIILegislatura efectuada el 15 de diciembre de 2013 donde se enlistó en el punto 5, 6 y 7 del Orden del Día lo siguiente, lascuales fueron aprobadas:

“5. Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales delo HonorableCongreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de laLey Orgánica de la Administración Pública delEstadode Puebla,…”

“6. Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del HonorableCongreso del Estado, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Transporte de Pueblayde la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estadode Puebla.”

“7. Dictamen con Minuta de decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del HonorableCongreso del Estado, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Agua para el Estado de Pueblay de la LeyOrgánica de la Administración Pública del Estadode Puebla.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el Poder Legislativo, podránconsultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuandohaya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberanode Puebla.”

A su vez, le comento que la publicación del Periódico Oficial del Estado de fecha 20 de diciembre de dos mil trece,Cuadragésima Octava Sección, se publicó:

“Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley deTransporte para el Estado de Puebla; asimismo reforma disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública delEstado de Puebla.”

La publicación anteriormente mencionada, la encontrará en archivo adjunto al presente y las reformas restantes se encuentranen proceso de publuicación.

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

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017/14

“Buena tarde, ojalá me puedan ayudaren la proporción de lafecha específica en la que se aprobó la reforma al artículo413 Bis del Código de Defensa Social del estado de Puebla,así como con el archivo en pdf o word del mismo Código. Deantemanoagradezco la atención”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a sussolicitudes de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechaquince de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 017/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señalapara tal efecto, le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información yDatos Personales que puede ser consultado h tt p://www .if ai . org.mx/Cri t erios , mismo que a la letra menciona:

“Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que seencuentren en sus archivos,las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc paraatender las solicitudesde información.”

Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de Puebla, que establece:

“ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros,compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Accesole hará saberal solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónicacompleta del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

Por lo anterior, le comento que la reforma al ordenamiento jurídico de su interés, se aprobó en Sesión Púbica Ordinaria de laLVIII Legislatura del once de diciembre de dos mil doce, misma que se enlisto en el orden del día en el punto doce:

“12. Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Procuración y Administración de Justicia delHonorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 413 Bis del Código de Defensa Social para el Estado Libre ySoberano de Puebla.”

Dicho dictamen fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 31 de diciembre de dos mil doce, Décima QuintaSección:

“DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma el artículo 413 del Código de Defensa Social para elEstado Libre y Soberano de Puebla.”

Cabe señalar, que puede consultar la página electrónica de esta Soberanía www . congresopuebla.gob.mx en el apartado de“Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Código / Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla”donde encontrará el documento integro.

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

018/14019/14

“A Quien Corresponda: Por este medio y de la manera másatenta, quisierasaber si es posible recibir al correoelectrónico señalado, una copia de la reforma a la ley

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a sus solicitudes de

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orgánica municipalrealizada en Puebla,en Diciembrepróximo pasado? Lic. Hermenegildo Castillo Pérez TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación.”

información formuladas vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha quince deenero de dos mil catorce y registradas con el folio Exp. 018/14 y Exp. 019/14, encontrándonos dentro del término que la Leyseñala para tal efecto, hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 4 dediciembre de 2013 se enlistó en el punto 17 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Gobernación y PuntosConstitucionales y la de Asuntos Municipales del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposicionesde la Ley Orgánica Municipal.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el Poder Legislativo, podránconsultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuandohaya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberanode Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

020/14 “Para la publicación en elsemanarioContrapesodeTehuacán, que circula los jueves en esta ciudady la región "

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de Puebla; 35 fracción II del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del PoderLegislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso ala Información del Poder Legislativo de fecha quince de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 020/14,encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, le informo el contenido de los artículos 50 y 35 fracciónII, que establecen:

“ARTÍCULO 50.- Si la solicitud no es precisa, el Sujeto Obligado, dentro de los tres días hábiles siguientes, requerirá alsolicitante por escrito para que, en un término igual y en la misma forma, la complete o la aclare.”

“ARTÍCULO 35. …-II.- Si la solicitud no es precisa, dentro de los tres días hábiles siguientes requerirá al solicitarte para que en un término igual yen la misma forma, la complete o aclare. Los términos para responderla iniciarán una vez que la solicitud se haya aclarado ocompletado;…”

Por lo anterior, le solicito que amplié o aclare su solicitud de información, debido a que de la redacción no se desprende surequerimiento.

021/14022/14

“Hola buenos días, quisiera saber si existe un padrónelectoral como lo establecido en el artículo 42 fracción III,de la Ley Orgánica Municipal, y de ser así quiero saber¿cuáles son los requisitos para inscribirse?"

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha diecisiete deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 021/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento que el argumento jurídico invocado en la redacción de su solicitud de información, perteneceal contenido del “Capitulo III: De los Habitantes y vecinos del municipio, de la Ley Orgánica Municipal”, donde se establece en

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el artículo 42, lo siguiente:

“ARTÍCULO 42.- Los vecinos del Municipio, además de las obligaciones que se imponen a sus habitantes en esta Ley,tienen las siguientes:…”

Por lo anterior, le informo que la instancia competente en relación al tema planteado, son los 317 Municipios que conforman elEstado de Puebla, por lo cual se le sugiere remitirse al Ayuntamiento de su interés y solicitar la información correspondiente.

023/14

“tiempo y forma de tratado de libertad amticipada. tengodetenida a mi pareja en izucar de matamoros fue acusada derobo por falta de etica de siertos licenciados se perdio todoveneficio el amparo fue techasado y la unica estancia alparecer es libertad anticipada fue sentenciada a 5 años yveneficio compurgacion de la pena que eran 274.400 pesostiempoy formapara libertadanticipada”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintiuno deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 023/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, se hace de su conocimiento que el artículo 56 de Ley de ejecución de medidas cautelares y sanciones penales para elEstado de Puebla, establece:

“Artículo 56.- La libertad preparatoria y la remisión parcial de la pena quedarán sujetas a lo establecido en el Título Décimo delCódigo de Procedimientos Penales para el Estado de Puebla.”

A su vez, le informo el contenido del artículo 521 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Puebla, queestablece:

“Libertad condicional anticipada.ARTÍCULO 521.- La libertad condicional anticipada se otorga en la sentencia otorgada por el Tribunal o a petición delsentenciado ante el Juez de Ejecución.”

Por lo anterior, le informo que la instancia competente en cuanto al tema de su interés es el Tribunal Superior de Justicia delEstado de Puebla, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico http://www.htsjpuebla.gob.mx/ y realizar lasolicitud de información correspondiente.

024/14“SOLICITO ATENTAMENTE ME PUEDAN PROPORCIONAR EL3er INFORME DEL EJECUTIVO POBLANO ENTREGADO EL 15DE ENERO DE 2014 A LA 59 LEGISLATURA DE PUEBLA”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintiuno deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 024/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, le informo que el artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla establece:

“Artículo 53El Gobernador asistirá a la apertura del primer Periodo de Sesiones Ordinarias de cada añoy presentará un informe porescrito en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública estatal del ejercicioanterior.…”

Si bien ya se efectuó la entrega del Tercer Informe de Gobierno por parte del Ejecutivo del Estado de Puebla a esta Soberanía,el documento escrito está siendo analizado por parte de los Diputados integrantes de esta Quincuagésima Novena Legislatura.Esto, para efectos de realizar la glosa del informe en estas instalaciones.

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mor lo aníeráorI se le sugáere consulíar el éoríal elecírónácode “Transparencia del bsíado de Puebla”www .t ransparencia.puebla.gob.mx, seleccionado el apartado de “Oficina de la gubernatura / Artículo 11 / Fracción XIV: Informes / Informes de Gobierno 2011-OMNT L P° Informe” óLo en la siguiente liga:h tt p:// t ransparencia.puebla.gob.mx/ i ndex.php?op ti on=com_con t en t &v i ew= f ron t page&Item i d=97&v=1

025/14

“REQUIERO SABER CUANTO DEBECOBRAR EL AREA DESINDICATURA MUNICIPAL, POR LA EXPEDICION DE COPIASCERTIFICADAS DE ACTAS DE AUDIENCIAS DE JUZGADOSCALIFICADORES. EN BASE A QUE LEY DE INGRESOS SESUSTENTAN PARA EL COBRO ? GRACIAS”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintidós deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 025/14 encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de fecha 16 de diciembre de 2013, Tercera Sección,encontrará la Ley de Ingresos Municipal de Puebla para el ejercicio fiscal 2014, la cual establece en la Capítulo V: De losDerechos por expedición de certificados y constancias, artículo 14 fracción III, lo siguiente:

“Artículo 14.- Los derechos por expedición de certificados y constancias se causarán y pagarán conforme las siguientes cuotas:…III.- Por la expedición de copias de documentos que obren en los archivos de las dependencias u organismos municipales:

a) Por foja simple $10.00b) Por foja certificada $50.00c) Por foja digitalizada$30.00

...”

Cabe señalar que el ordenamiento jurídico invocado en el párrafo anterior, puede ser consultado en su totalidad en el portalelectrónico del Ayuntamiento de Puebla www . pueblacapi t al . gob.mxen el apartado de “Transparencia / Artículo11 / I.- Marconormativo aplicable / Normatividad municipal / Leyes / Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el ejercicio fiscal 2014”y/o en la siguiente liga:h tt p://www . pueblacapi t al . gob.mx/ i- marco - normat i vo - ap li cable/marco -l ega l /normat i v i dad - mun i cipa l

026/14

“Solicito la información relativa al costo que cada una de lasuniversidades BUAP, UDLAP, Libre de Derecho y UNAMcobraron por la colaboración y la entrega de los estudiosespecíficospara la conformación del nuevodecretoterritorial entre San Andrés Cholula y Puebla por la LVIIILegislatura. La información debe ser en forma de lista con elprecio que cada institución recibió y la características delestudios realizado, así como su fecha de entrega..”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintitrés deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 026/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y DatosPersonales que puede ser consultado h tt p://www .if ai . org.mx/Cri t erios , mismo que a la letra menciona:

“Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que seencuentren en sus archivos,las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc paraatender las solicitudesde información.”

Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de Puebla, que establece:

“ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros,compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Accesole hará saber

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al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónicacompleta del sitiodonde se encuentra la información solicitada.”

Por lo anterior y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección de Asuntos Jurídicos, de Estudios y de ProyectosLegislativos de este Poder Legislativo, le comunico:

Por cuanto hace a las características del estudio realizado por cada Institución Académica y su fecha de entrega, lainformación puede ser consultada en el Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se aprueba la resoluciónpresentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales delMunicipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos setentay dos. Decreto que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha nueve de diciembre de dos mil trece, Número 4,Tercera Sección.

Asimismo, por cuanto haceal costo de los estudios por cada institución Académica se hace de su conocimiento el cuadrosiguiente:

Institución Académica Costo del Estudio BeneméritaUniversidad Autónomade Puebla $300,00.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) Universidad Nacional Autónoma deMéxico $450,000.00 (Cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/10 M.N.) Universidad de las Américas Puebla$300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) Escuela Libre de Derecho de Puebla,A.C. $348,000.00 (Trescientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.)

027/14

“Solicito una copia del BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO delMunicipio de Chiautla, Puebla. Tengo necesidad de conseguirinformación relativa al contenido de dicho ordenamentojurídico con efectos ACADÉMICOS, pues estoy impartiendouna cátedra.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintitrés deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 027/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento el contenido del artículo 84 fracción V de la Ley Orgánica Municipal, que establece:

“Artículo 84.- Los Ayuntamientos, para aprobar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos y disposicionesadministrativas de observancia general, que organicen la Administración Pública Municipal y dentro de susrespectivas jurisdicciones, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de sucompetencia, asegurando la participación ciudadana y vecinal; llevará a cargo el proceso reglamentario, quecomprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación sujetándose a las basessiguientes:…V.- De ser aprobado el proyecto respectivo, se hará constar en Acta de Cabildo, que será firmada por losasistentes, y el proyecto previamente certificado por el Secretario del Ayuntamiento, será enviado por elPresidente Municipal al Ejecutivo del Estado, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado;…”

Por lo anteriormente expuesto, le cometo que el ordenamiento jurídico de su interés no es aprobado por esta Soberanía, portal motivo se le sugiere acudir directamente al Ayuntamiento de Chiautla de Tapia y/o al Periódico Oficial del Estado de Puebla,el cual depende de la Secretaría General de Gobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11

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oriente número 2003, Colonia Azcárate, donde podrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés; dicha instancia nocuenta con página electrónica.

028/14

“Quisiera saber si ya salió publicada en el Periódico Oficial lanueva Ley de los Trabajadores al servicio del Municipio dePuebla, que se aprobó en diciembre del 2013. En casoafirmativo, la fecha de la publicación. De antemano, graciaspor la atención.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y IV y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinticuatrode enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 028/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala paratal efecto, le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de fecha 11 de diciembre de 2013, Cuarta Sección,encontrará la Ley de los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

A su vez, loe comento que el ordenamiento jurídico de su interés, puede ser consultadoen el portal electrónico de estaSoberanía www . congresopuebla.gob.mxen el apartado de “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Leyes / Ley” y/o h tt p://www . congresopuebla.gob.mx/ i ndex.php?op ti on=com_docman&task=cat_v i ew&g i d=25&Item i d=485

029/14

“POR MEDIO DEL PRESENTE ENVIÓ UN CORDIAL SALUDO,QUISIERA SABER COMO SE LLEVA ACABO ELPROCEDIMIENTOCOMPLETOPARA TRASFORMARUNAJUNTA AUXILIAR EN MUNICIPIO. GRACIASSALUDOSCORDIALES.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracciones II, 57 fracción IV y62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, enatención a su solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativode fecha veinticuatro de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 029/14, encontrándonos dentro del términoque la Ley señala para tal efecto, se le sugiere consultar la Ley Orgánica Municipal, en particular el contenido del Capítulo II:Del Territorio, Sección Segunda: De la creación, modificación, fusión, supresión de los Municipios, Artículos 11, 12, 13, 14 y15.

Asimismo, le informo que dicho ordenamiento jurídico puede consultarlo en la página electrónica de esta Soberaníawww . congresopuebla.gob.mxen el apartado de “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Leyes / Ley” y/o en la siguiente liga:h tt p://www . congresopuebla.gob.mx/i ndex.php?op ti on=com_docman&task=cat_v i ew&g i d=25&Item i d=485&l i m it star t =20

030/14

“A QUIEN CORRESPONDA: Por este conducto solicito lasiguiente Información por no tenerla pública en su portal:Reglamento para la ley de Vialidad para el Estado de Libre ysoberano de Puebla. (vigente a partir del 1 de oct-1976).Reglamento para la ley de Vialidad para el Estado de Libre ysoberano de Puebla. (vigente a partir del 18 de ene-2014)…”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 37 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinticinco deenero de dos mil trece y registrada con el folio Exp. 030/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento el artículo 79 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla,que establece:

“Artículo 79.- Son facultades y obligaciones del Gobernador del Estado:…IV.- Expedirreglamentos autónomos, decretos, órdenes y circulares de carácter y aplicación general, en los diversos ramos de Administración Pública.…”

Por lo anterior, le informo que en la “Legislación en Línea” de esta Soberaníasólo encontrará la Reglamentación vigentey expedida por el Poder Legislativo, y en el caso que nos ocupa la información de su interés es de competencia del Poder

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Ejecutivo del Estado, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico y solicitar la información correspondiente.

A su vez le informo, que la administración del Periódico Oficial del Estado depende de la Secretaría General de Gobierno y susinstalaciones se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003 Colonia Azcárate.

Cabe señalar que los ordenamientos jurídicos de su interés, los encontrará para consulta pública en la Biblioteca “BenitoJuárez” de esta Soberanía, ubicada en calle 5 poniente número 128 Centro Histórico, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00horas.

031/14

“por favor, podrían mandarme la propuesta o bien la ley de:"LEY DE PRESTACIONES DE SERVICIOS PARA LA ATENCION,CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL, PARA ELESTADO DE PUEBLA". TRABAJO EN UNA GUARDERIA YESTOY MUY INTERESADA EN CONOCERLA.MUCHASGRACIAS.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintisiete deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 031/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 28 de noviembre de 2013se enlistó en el punto 15 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Prestación de Serviciospara la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Puebla, que presentan las Comisiones Unidad deGobernación y Puntos Constitucionales y la de Salud del Honorable Congreso del Estado de Puebla.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el Poder Legislativo, podránconsultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuandohaya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberanode Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés cuando sea publicada; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

032/14“Buenos días, me gustaría que me informaran ¿cuánto gastael Gobierno de Puebla en Licencias de Microsoft?.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y 62 fracción IV dela Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintisiete deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 032/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, y de la redacción de su solicitud de información le informo que la instancia competente es el Gobierno del Estado dePuebla, por tal motivo se le sugiere acceder portal electrónico: h tt p://www . puebla.gob.mx/en el apartado de “Transparencia /Infomex” y solicitar la información de si interés.

033/14“Solicito información del gasto del total de la institución enla contratación y mantenimiento de c/tipo de seguro: gastosmédicos mayores, vida, bienes patrimoniales (muebles einmuebles), sociales, etc, ejercido 2013 y presupuesto 2014;empresas aseguradoras, proceso de adquisición del seguro

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y 62 fracciones I yIV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 35 y 36 delReglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención asu solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechaveintisiete de enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 033/14, encontrándonos dentro del término que la Ley

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(adjudicación directa, licitación…), no. de bienes y personasasegurados y prima. Gracias.”

señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas, leinformo:

“En el ejercicio 2013 únicamente se contrataron las siguientes pólizas de seguros de bienes patrimoniales (automóviles), conlaaseguradora ANA COMPA&IA DE SEGUROS S.A. DE C.V. por un importe total de $95,062.27 pesos (Noventa y cinco milsesenta y dos pesos 27/100 M.N.), asegurando 18 unidades. Con la aseguradora ABA SEGUROS, S.A. de C.V., con un importede $17,779.24 (Diecisiete mil setecientos setenta y nueve pesos 24/100 M.N.) asegurando 2 unidades. Conforme al numeral29 de la Normatividad para el Ejercicio del Presupuesto del H. Congreso del Estado. Respecto al ejercicio de 2014, no existepartida o rubro específico para ello, ya que el Presupuesto del H. Congreso del Estado de Puebla es asignado en forma global.”

034/14 “Quiero saber en que fecha darán a conocer como estánconformadas las comisiones del congreso.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y 62 fracción IV dela Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintisiete deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 034/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto y con fundamento en el artículo 120 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla,que establece:

“ARTÍCULO 120.- La elección de las Comisiones Generales se hará por planilla a propuesta de la Junta de Gobierno yCoordinación Política, por mayoría de votos y en votación secreta durante latercera sesión del Primer Periodo Ordinariode Sesiones del primer año del ejercicio Constitucional.”

Por lo anterior, le comento que la respectiva sesión de la LIX Legislatura esta calendarizada para el próximo treinta y uno deenero del año en curso. Es importante destacar que la calendarización de eventos se encuentra sujeta a cambios sin previoaviso.

035/14

“Por estemedio solicito la siguienteinformación:losdictámenes de la Comisión de Hacienda Pública y PatrimonioEstatal y Municipal, sobre elproyectodepresupuesto de egresos del ejecutivo local. Lo anterior desdela LIV hasta la LVII Legislatura.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y 62 fracción IV dela Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintiochode enero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 035/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala paratal efecto, le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y DatosPersonales que puede ser consultado h tt p://www .if ai . org.mx/Cri t erios , mismo que a la letra menciona:

“Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que seencuentren en sus archivos,las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc paraatender las solicitudesde información.”

Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de Puebla, que establece:

“ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros,compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Accesole hará saberal solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica

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completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

Por lo anterior, la información de su interés se encuentra para consulta pública en el Archivo de la Secretaría General de estaSoberanía, ubicada en 5 poniente número 128 Centro Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, debido aque los documentos de su interés, no se encuentran digitalizados.

036/14

“Mi esposo se vino hace 7 anos para los EstadosUnidos.Cuando se vino, dejo a su mujer esperando una hija enmexico. Ella se salio del matrimonio traicionandolo con suhermano y luego casandose con el sobrino del. El a mandadocosas a su hija pero Su ex mujer lo regala no queriendo quela nena tenga cosas de parte del. Mi esposo le gustariaobtener derechos de visita con su hija para que ella nocresca desamparada y que piense que esta sola. Nos andicho que la nena necesita zapatos y ropa y dinero para laescuela, pero la senora se a puesto en contra del desde eldijo que ya no quieria nada despues dela traicion de suparte. Nosotros tenemos un ano de casados nada mas. Ypues yo tengo mis hijos y quisiera que la nena no estubierapasandomalos ratos por un despecho que fue provocada porsu madre. Como lograriamos tener el derecho de visita paraque mi esposo pueda verla. El ahora esta en tramites paracambiar su estatus legal aqui en los estados unidos parapoder ir a verla. Y nosotros queremos arreglarle una visapara que pueda venir a conocer por aca en tiempo devacaciones. Que es la posibilidad que esto pudiera suceder?El ya a perdido casi 7 anos de su vida y no quiere perdermas. Cualquier informationsera util. Mary CarmenHernandez”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 5 fracción XII y XIII, 44, 45, 50 y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III y 35 fracción II delReglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención asu solicitud de información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fechaveintinueve de enero de dos mil catorce y registrada con el expediente 036/14, encontrándonos dentro del término que la Leyseñala para tal efecto, hago de su conocimiento el contenido del artículo 5 fracciones XII y XIII de la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 5.-Para efectos de esta Ley se entiendepor:…XII.-Información pública.- todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registroimpreso, óptico, electrónico, magnético, químico, físico o cualquiera que el desarrollo de la ciencia o latecnología permita que los Sujetos Obligados generen, obtengan, adquieran, transformano conserven, incluidala queconsta en registros públicos;

XIII.- Información pública de oficio.- la información que los Sujetos Obligados deben difundir de maneraobligatoria, permanente y actualizada, a través de sus sitios web, sin que ello medie una solicitud de acceso…”

Por lo anterior, le comento que de la redacción de su escrito, no se desprende la información pública o pública de oficio de suinterés, motivo por el cual se le sugiere replantearla para que esta Unidad de Acceso a la información se encuentre enposibilidad de emitir la respuesta correspondiente.

Sin embargo, le comento que deberá promover un Juicio Civil en México, en el estado donde haya radicado, a través de unabogado especializado en la rama Civil y esperar la resolución legal.

037/14“Deseo saber cuando se creó la Secretaría de SeguridadPública del Estado de Puebla y obtener un ejemplar delDecreto de creación, que al parecer fue en el año 2005.Gracias”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 51, 54 fracciones II y V, 57 y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintinueve deenero de dos mil catorce y registrada con el expediente 037/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento que la información de su interés se aprobó en Sesión Pública Ordinaria efectuada el tres demarzo de 2005, por la LVI Legislatura y publicada por el Periódico Oficial del Estado (POE) el viernes 4 de marzo de 2005,Sección Segunda:“Decreto del H. Congreso del Estado, por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de laLey Orgánica dela Administración Pública del Estado de Puebla”.

Asimismo, le informo que las publicaciones del POE son oficiales y no necesitan de certificación, por lo cual se le sugieredirigirse a las instalaciones del periódico ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate y adquirir la publicacióncorrespondiente; dicha instancia no cuenta con página electrónica.

Cabe señalar, que también puede acudir a la Biblioteca Pública de esta Soberanía ubicada en 5 poniente número 128, Centro

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Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, donde podrá fotocopiar el Decreto en cuestión y posteriormenterealizar el trámite ante la Secretaría General del Poder Legislativo para solicitar la certificación de dichos documentos, esteprocedimiento no tiene costo.

038/14 “nombre y del presidente del congreso del estado”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 51, 54 fracciones III y IV y 62 fracción IV de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento parala Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha treinta de enerode dos mil catorce y registrada con el expediente 038/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento el contenido de los artículos 96 y 97 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Librey Soberano de Puebla, que establecen:

“ARTÍCULO 96.- La Junta de Gobierno y Coordinación Política estará integradapor los Coordinadores de los GruposLegislativos y por los Diputados de las Representaciones Legislativas quienes tendrán derecho de voz y voto; así como elPresidente de la Mesa Directiva quien únicamente participa con voz.

ARTÍCULO 97.- Para el caso del primer año de ejercicio constitucional de la Legislatura, el Presidente de la Junta de Gobierno yCoordinación Política será electo por el Pleno por mayoría absoluta de votos, de entre los Coordinadores y RepresentantesLegislativos; a propuesta de ellos,en la Segunda sesión de cada Primer Periodo Ordinario de Sesiones delcorrespondiente año.…El Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política durará en su cargo un año y podrá ser reelecto por una ocasión.”

Por lo anteriormente expuesto, le informo que en Sesión Pública Ordinaria de la Quincuagésimo Novena Legislatura efectuadael 22 de enero del año en curso, dentro del punto seis de la Orden del Día, se aprobó:

“6. Lectura del Acuerdo de los Diputados Coordinadores y Representante Legislativo que contiene la propuesta del CiudadanoDiputado que presidirá la Junta de Gobierno y Coordinación Política durante el Primer Año del Ejercicio Constitucional delHonorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 95, 96, 97 ydemás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.”

Resultando electo como Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del H. Congreso del Estado de Puebla, elDiputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez.

039/14

“Buenos días,Solicito de su apoyo para obtener la parte delperiodico oficial donde aparecen publicadas lasactualizaciones de las tarifas del Sistema Operador de AguaSOAPAP…”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracciones I y IV y 62 fracción IVde la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamentopara la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitudde información formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha treinta y unode enero de dos mil catorce y registrada con el expediente 039/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala paratal efecto, hago de su conocimiento que esta Soberanía no es competente sobre el tema de su interés, debido a que las tarifasson actualizadas por el Consejo Directivo del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipiode Pueble y posteriormente publicadas por el Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE).

Asimismo, le informo que podrá consultar a la instancia competente en el portal electrónico de Transparencia del Gobierno delEstado de Puebla: h tt p://www .t ransparencia.puebla.gob.mxy en el apartado de “Por Entidad” deberá seleccionar “SistemaOperador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla”, posteriormente Fracción I / MarcoNormativo / Normatividad Interna / Otras disposiciones” y/o presentar su solicitud de información a dicha entidad.

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Con el objetivo de ayudar en su investigación, le envío en archivo adjunto la publicación del POE de fecha 30 de diciembre de2013, Sección Quincuagésima Octava, dónde se publica el“Acuerdo del Consejo Directivo del Sistema Operador de losServicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla, de fecha 18 de diciembre de 2013, por el que se aprueba ydetermina las cuotas, tasas y tarifas que deberán cobrarse por los servicios que presta el Servicio Operador de los Servicios deAgua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla, que estarán vigentes durante los meses deenero y febrero de 2014.”

040/14

“BUENAS TARDES QUISIERA SABER CUAL ES LINK DONDEPUEDO ENCONTRARLA ULTIMA REFORMAA LA LEYORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA, YA QUETENGO ENTENDIDO QUE EN EL MES DE DICIEMBRE SEAPROBARONREFORMASA ESTA. POR SU ATENCONGRACIAS”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 y 62 fracción IV de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 8, 13, 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para laTransparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Legislativo del Estado de Puebla, en atención a su solicitud deinformación formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha treinta y uno deenero de dos mil catorce y registrada con el folio Exp. 040/14, encontrándonos dentro del término que la Ley señala para talefecto, hago de su conocimiento que en Sesión Pública Ordinaria de la LVIII Legislatura efectuada el 4 de diciembre de 2013se enlistó en el punto 17 de la Orden del Día el punto siguiente, mismo que fue aprobado:

“17. Lectura de Dictamen con Minuta de Decreto que presentan las Comisiones Unidas de Gobernación y PuntosConstitucionales y la de Asuntos Municipales del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforman diversas disposicionesde la Ley Orgánica Municipal.”

Asimismo, le informo el contenido del artículo 13 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública delPoder Legislativo del Estado de Puebla, que establece:

“ARTÍCULO 13.- Los Dictámenes y Minutas de Leyes, así como los Decretos o Acuerdos que emita el Poder Legislativo, podránconsultarse una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado, si es que se dispuso publicarlos en él, o bien, cuandohaya concluido el trámite que deba dársele de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Soberanode Puebla.”

Es importante señalar, que la administración del Periódico Oficial del Estado de Puebla, depende de la Secretaría General deGobierno del Estado, las instalaciones del POE se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcárate, dondepodrá adquirir, si lo desea, la publicación de su interés; dicha instancia no cuenta con página electrónica.