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INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FERNANDO AMAGÁ – 2011 ACUERDO Nº. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FERNANDO DEL MUNICIPIO DE AMAGÁ. El Consejo Directivo, haciendo uso de la autonomía que le confiere la Ley General de Educación de 1994; los decretos reglamentarios, 1860 de 1994 artículo 23 literal i; 1290 de 2009, la Ley de la Infancia y la Adolescencia, capítulo II, derechos y deberes, y CONSIDERANDO Que la Institución debe definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Que la Institución debe revisar y ajustar el sistema institucional de evaluación cada año de acuerdo con los resultados de la evaluación institucional. Que es deber de la Institución revisar y ajustar el SIE de acuerdo con el análisis de los resultados de la evaluación de los estudiantes. Que el sistema institucional de evaluación debe ser incorporado al PEI, y de manera directa al plan de estudios. Que el sistema institucional de evaluación debe ser difundido entre los docentes, estudiantes y padres de familia en el momento de su aprobación y al iniciar cada año. Que el sistema institucional de evaluación debe darse a conocer a los estudiantes que se vinculan a la Institución por primera vez. CAPITULO UNO GENERALIDADES

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FERNANDO

AMAGÁ – 2011

ACUERDO Nº.

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN FERNANDO DEL MUNICIPIO DE AMAGÁ.

El Consejo Directivo, haciendo uso de la autonomía que le confiere la Ley General de Educación de 1994; los decretos reglamentarios, 1860 de 1994 artículo 23 literal i; 1290 de 2009, la Ley de la Infancia y la Adolescencia, capítulo II, derechos y deberes, y

CONSIDERANDO

Que la Institución debe definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Que la Institución debe revisar y ajustar el sistema institucional de evaluación cada año de acuerdo con los resultados de la evaluación institucional.

Que es deber de la Institución revisar y ajustar el SIE de acuerdo con el análisis de los resultados de la evaluación de los estudiantes.

Que el sistema institucional de evaluación debe ser incorporado al PEI, y de manera directa al plan de estudios.

Que el sistema institucional de evaluación debe ser difundido entre los docentes, estudiantes y padres de familia en el momento de su aprobación y al iniciar cada año.

Que el sistema institucional de evaluación debe darse a conocer a los estudiantes que se vinculan a la Institución por primera vez.

CAPITULO UNO

GENERALIDADES

Artículo 1°. SIE. Instrumento de construcción participativa donde se reglamenta la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes de educación básica y media de la institución

Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones y criterios contemplados en el presente acuerdo se aplican en la Institución Educativa San Fernando en todas sus sedes, niveles y jornadas.

Artículo 3°. Concepto de evaluación. Entiéndase la evaluación como el proceso de confrontación permanente entre las competencias y nivel de desempeño definidos en el plan de estudios, con los resultados obtenidos, para hacer posible la emisión de un juicio valorativo que permita orientar la acción o toma de decisiones.

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Artículo 4°. Competencia. Es la aprehensión y comprensión con calidad del conocimiento en relación con su entorno natural y social para la solución efectiva de problemas de la vida real en los ámbitos personal, comunitario y ambiental con principios éticos.

Artículo 5°. Evaluación por competencia. Es la confrontación permanente de los procesos desarrollados por los estudiantes con el docente como mediador, entre los desempeños alcanzados y los contenidos programados. Se destaca por su carácter formativo, donde el docente además de preparar los contenidos, los recursos y el tiempo, crea unos ambientes de aprendizaje propicios para la aprehensión del conocimiento.

Aquí el proceso evaluativo se lleva a cabo en todas sus fases: antes, durante y después del mismo.

Artículo 6°. Características de la evaluación.

1º. CONTINUA: la evaluación es un proceso que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al alumno, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su estadio de formación.

2º. INTEGRAL: tiene en cuenta el desarrollo del alumno en todos los aspectos o dimensiones: cognitivo, biológico y personal en relación con su entorno social y natural.

En esta parte se tienen en cuenta: la observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando con los avances en el desarrollo, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante.

3º. SISTEMÁTICA: se realizará la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

4º. FLEXIBLE: se tiene en cuenta los ritmos de aprendizaje y diferencias individuales de los alumnos en relación con su entorno social y natural, la disponibilidad y calidad de los recursos a su disposición.

5º. INTERPRETATIVA: se permitirá que los alumnos comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen y, junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los logros alcanzados y las deficiencias presentadas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar al alumno en su desarrollo integral.

6º. PARTICIPATIVA: la evaluación es participativa en la medida en que en ella participan todos los agentes involucrados en el proceso de formación: alumno, docente, padres de familia o personal externo que brinda apoyo a la Institución en el desarrollo de los diferentes proyectos, ya a nivel personal o en representación de una institución del sector productivo o prestadora de servicios.

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7º. FORMATIVA: como proceso integral, la evaluación permite reorientar los procesos y metodologías educativas cuando se presenten falencias, o fortalecer todos aquellos proyectos, programas o actividades identificadas como fortalezas.

8º. TRABAJO COLABORATIVO – EN EQUIPO: entiéndase como la asociación de un grupo determinado de estudiantes en búsqueda de unas metas comunes en cuanto a la producción de conocimientos y donde aprenden unos de otros.

Se caracteriza por las aportaciones individuales entre los integrantes del equipo (2 ó 3) en cuanto a la comprensión, análisis, argumentación e interpretación de una temática específica para

la elaboración de un producto (trabajo) final; permite la interacción entre los integrantes del grupo, el apoyo mutuo, producir más y fatigarse menos, la búsqueda de metas comunes, aclarar

dudas, afianzar conocimientos (contenidos) vistos, la autonomía, la independencia, la solidaridad y la sociabilidad.

9º. VALIDEZ: es la concordancia existente entre el instrumento de evaluación definido para recoger la información y los contenidos (estándares – competencias y niveles de desempeño) definidos en

el P.E.I. objetos de evaluación.

10º. CONFIABILIDAD: al aplicar el mismo instrumento de evaluación a distintos grupos poblacionales en distintos lugares, con las mismas características culturales, ambientales y académicas deben obtenerse resultados similares.

Artículo 7°. Propósitos de la evaluación. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:

1º. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

2º. Proporcionar información básica para consolidar y/o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

3º. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

4º. Determinar la promoción de estudiantes al finalizar el año escolar.

5º. Aportar información para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional.

6º. Identificar las fortalezas y debilidades en la aprehensión del conocimiento para fortalecer los niveles de desempeño obtenidos y aplicar acciones correctivas para superar las dificultades.

CAPITULO DOS

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

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Artículo 8º. Legalidad: permite garantizarle a los estudiantes un proceso evaluativo conforme a las leyes, decretos, resoluciones y acuerdos definidos por las distintas instancias gubernamentales.

Artículo 9º. Equidad: garantiza a los estudiantes el reconocimiento en igualdad de condiciones, por parte de los agentes evaluadores, de unos resultados acordes con sus capacidades intelectuales y su actitud frente a los eventos pedagógicos desarrollados con ocasión de los procesos de enseñanza y aprendizaje.

En el proceso de enseñanza y aprendizaje y en especial el evaluativo es fundamental reconocer a los estudiantes sus derechos pero también formarlo para el cumplimiento de sus deberes en igualdad de condiciones.

Artículo 10º. Justicia. El concepto valorativo obtenido por los estudiantes debe estar acorde con los procesos desarrollados en cada una de las áreas.

Artículo 11º. Evaluación de período. La evaluación de periodo abarca los contenidos vistos en el curso del año escolar y sus resultados son un indicador más del proceso evaluativo.

En la octava y novena semana de los períodos primero, segundo y tercero; y séptima y octava del cuarto, se practicarán evaluaciones por competencias en todas las áreas o asignaturas. Las áreas que son evaluadas por las pruebas saber (Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Lengua Castellana, Matemática, Filosofía e ingles), practicarán pruebas tipo test; las demás área pueden aplicar otros instrumentos de evaluación.

Para lograr el propósito que se persigue con las evaluaciones de período es necesario.

1º. Realizar evaluaciones tipo test con escogencia múltiple, donde las alternativas contemplen los distintos niveles de desempeño.

2º. Que en la evaluación se tengan en cuenta los lineamientos y estándares definidos por el MEN

3º. Corregir y analizar los resultados por parte de los docentes que sirven el área; con base en ellos, elaborar un plan de trabajo tendiente a mejorar las deficiencias detectadas.

Los instrumentos deben apuntar a evidenciar en los estudiantes las competencias: argumentativa, interpretativa y propositiva.

Parágrafo uno. Los instrumentos de evaluación se construyen con la participación de los docentes (equipo cooperativo) que sirven cada una de las áreas a evaluar, con la orientación de su respectivo jefe y deben apuntar a evidenciar en los estudiantes el avance en el logro de las competencias en cada una de ellas.

Parágrafo dos. En los procesos de enseñanza y aprendizaje los docentes deben fomentar desde el área que sirven, las competencias: lectora, la compresión, la escucha, la interpretación y producción de textos, la competencia científica, el pensamiento lógico matemático, la creatividad, la solución de problemas, el trabajo en equipo, entre otros.

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Parágrafo tres. Los estudiantes que en el curso del período presentan un desempeño BAJO en una o más áreas o asignaturas y VIENE CUMPLIENDO CON LAS ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN, si en la evaluación de período obtiene un desempeño mínimo de ALTO, se le consideran superadas las deficiencias y su valoración para el período será BASICO.

Artículo 12º. Informe de resultados. A los padres de familia y a los estudiantes se les estará informando oportunamente de los resultados obtenidos en el proceso evaluativo durante el año escolar (pruebas orales, consultas, resolución y sustentación de talleres, trabajo en equipo) en forma directa y/o a través de las carteleras, para que se apliquen los correctivos del caso.

Artículo 13º. Certificación del SENA. Para los estudiantes de la media técnica comercial para poder ser certificados por el SENA, al finalizar el año deben obtener una nota mínima de 3.5 en las áreas de: Lengua Castellana, Emprendimiento; Educación Física, Recreación y Deportes; Educación Ética y en Valores humanos, inglés y Contable. Además de aprobar el curso virtual de inglés que ofrece esta entidad.

PARÁGRAFO UNO: para efectos de evaluación y certificación la institución se acoge a los parámetros establecidos por el SENA y adopta la siguiente escala valorativa:

1.0-3.4 BAJO

3.5-4.0 BASICO

4.1-4.5 ALTO

4.6-5.0 SUPERIOR

PARÁGRAFO DOS: El estudiante matriculado para la educación media técnica que no cumpla con los requisitos legales y/o académicos requeridos por el SENA, perderá la calidad de estudiante SENA, y será ubicado en el grado respectivo de la educación media académica. (Previa notificación al acudiente). Lo anterior, ajustado al debido proceso.

Artículo 14º. Niños en Inclusión: SINDROME DE DOWN, RETARDO MENTAL y CAPACIDADES EXCEPCIONALES: el proceso a desarrollar con los estudiantes en estas condiciones es igual a la del resto de la población estudiantil, realizando adaptaciones pertinentes al currículo con actividades complementarias.

Para estos estudiantes, los docentes de cada una de las áreas elaborarán los niveles de desempeño de acuerdo con el estado real de cada uno de ellos.

Artículo 15º. Estudiantes con hiperactividad, impulsividad o déficit de atención. Para los estudiantes que presenten estos comportamientos, los contenidos a trabajar son los mismos que se trabajan con los niños, las niñas y los jóvenes regulares; la diferencia está en que para estos casos, los docentes deben emplear estrategias metodológicas y evaluativas diferentes, ajustadas a las características y necesidades de cada estudiante.

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Artículo 16° Compromisos de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales. El estudiante con estas condiciones debe asumir un compromiso serio y responsable en el proceso de aprendizaje, para lo cual es necesario:

- Trabajar de acuerdo con las orientaciones del profesor.

- Asumir una actitud de respeto a sus compañeros y superiores.

- Portar siempre el material solicitado por sus profesores.

- Cumplir con las actividades asignadas para trabajar a nivel individual o de equipo.

- Cumplir las normas contempladas en el manual de convivencia.

- Portar los medicamentos formulados por el profesional médico especializado.

Artículo 17° Compromisos de Padres de familia y Acudientes de los Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales. El Proceso formativo de estos estudiantes exige un mayor compromiso y presencia de los padres de familia o acudientes para garantizar el éxito del proceso pedagógico e implica lo siguiente:

- Prever al estudiante los materiales requeridos para desarrollar su trabajo.

- Suministrar y administrar los medicamentos formulados por el profesional especializado e informar a la institución cualquier novedad al respecto.

- Solicitar a los docentes informe periódico sobre los avances del estudiante.

- Hacer acompañamiento oportuno y efectivo en el proceso formativo del estudiante.

- Suministrar a los docentes la información requerida sobre la necesidad del estudiante para su adecuada orientación pedagógica.

- Asistir a las citas médicas, psicológicas y de otros especialistas que sea convocado.

Artículo 18º. Evaluación de las competencias cognitiva, procedimental y actitudinal. Las actividades a desarrollar para alcanzar estas competencias son objeto en sí mismas, de la planeación y de la acción educativa y cada una de ellas hace alusión a:

DIMENSIÓN CONCEPTUAL: hace referencia a la competencia del SABER y se entiende como el conjunto de saberes o formas culturales, esenciales para el desarrollo y la socialización de los estudiantes. Tiene en cuenta los saberes previos y se constituye en un instrumento imprescindible para el desarrollo de las capacidades de los estudiantes; Por consiguiente, no debe ser un fin en sí mismo, sino, un medio para lograr los propósitos del plan de estudios de la Institución.

La dimensión conceptual deben manejarla los estudiantes desde la comprensión, el análisis, la argumentación, la interpretación, la creatividad, la síntesis creativa, la emisión de juicios

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valorativos y la trascendencia del texto entre otros, como elementos fundamentales del desarrollo de la competencia procedimental.

DIMENSIÓN PROCEDIMENTAL: da respuesta al desarrollo de la competencia del SABER HACER, o sea, la aplicación en la práctica de los conocimientos adquiridos en la competencia CONCEPTUAL (apropiación de conceptos) por parte de los estudiantes en las diferentes actividades individuales o grupales; aquí se tienen en cuenta las acciones y las formas abordadas por el estudiante en la solución de problemas de la vida real.

DIMENSIÓN ACTITUDINAL: da respuesta al SER, y Hace alusión a la forma seria, honesta y responsable como el estudiante asume su compromiso en el desarrollo de los procesos pedagógicos, frente a sus compañeros, superiores jerárquicos, su entorno social y natural. Ésta se debe incluir de manera sistemática en la planeación, garantizando el desarrollo integral del alumno y un funcionamiento armónico con relaciones más fluidas y satisfactorias en el proceso de formación escolar. Esta competencia se tiene en cuenta como un ítem más dentro del proceso evaluativo integral de los estudiantes.

En esta competencia, se tendrán en cuenta todos aquellos comportamientos positivos o de rechazo frente al trabajo del área como:

- Puntualidad para presentarse al aula de clase o lugar asignado para el desarrollo de la misma.

- Disposición para el trabajo en clase a nivel individual y en equipo.

- Cumplimiento con la resolución de los talleres, tareas o consultas asignados.

- Sustentación de los talleres, tareas o consultas.

- Aportes personales en clase y en la resolución de los talleres, tareas y consultas.

- Participación en clase para aclarar las dudas que se le presenten.

- Iniciativa en el área para la realización de trabajos asignados.

- Presentación de alternativas para la solución de problemas presentados en el área.

Artículo 19º. Uso de los resultados de la evaluación: Los resultados de la evaluación son fundamentales para:

- La revisión y reestructuración del plan de estudios en aquellos aspectos donde presentan deficiencias como instrumento fundamental que garantiza la ejecución de un buen proceso con los estudiantes.

- La elaboración de planes de sostenibilidad para la conservación de las fortalezas detectadas.

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- Programar las actividades de nivelación para aquellos estudiantes que obtengan un desempeño BAJO en una o más áreas.

- Formular los planes de mejoramiento.

- Programar actividades de investigación, profundización o asignarle funciones de monitor a los educandos que obtienen un nivel superior o alto en los logros definidos en el Proyecto Educativo Institucional.

- Rendir informe oportuno a los padres de familia.

- Definir la promoción anticipada de los estudiantes que en el primer periodo alcanzan un desempeño superior en todas las áreas.

- Definir la promoción o reprobación de los estudiantes al finalizar el año escolar.

Artículo 20º. Promoción del año escolar. Un estudiante es promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar:

1º. Cuando al finalizar el año escolar obtiene un desempeño mínimo de BÁSICO en todas las áreas o asignaturas.

2º. Cuando en la segunda semana del año escolar siguiente cumple con las actividades de nivelación en una o dos áreas o asignaturas que fueron reprobadas, y alcanza un concepto valorativo mínimo de BÁSICO.

Parágrafo Uno. Un estudiante que al finalizar el año escolar obtiene un concepto valorativo BAJO en una o dos áreas o asignaturas, si al momento de la nivelación no alcanza un concepto favorable en una de ellas, no es promovido al grado siguiente y debe repetir.

Parágrafo dos: Cuando un estudiante de ultimo grado alcanza el promedio nacional en las pruebas Saber del grado 11 y ha presentado un desempeño BAJO en una o más áreas, al finalizar el año escolar las áreas afectadas serán valoradas con el mismo desempeño obtenido en las pruebas y consignado en el registro escolar de valoración, por lo tanto podrá proclamarse bachiller.

Parágrafo tres: Cuando al finalizar el año escolar los estudiantes con síndrome de Down, retardo mental, serán promovidos al grado siguiente cuando alcancen una valoración Básica en su desempeño, de acuerdo con las competencias definidas.

Parágrafo cuatro: Los estudiantes con capacidades excepcionales, serán promovidos a grados siguientes cuando alcancen una valoración Superior en su desempeño académico de acuerdo con las competencias definidas y/o lo acredite una prueba de inteligencia estandarizada.

Parágrafo Quinto: La evaluación y promoción de los estudiantes del nivel preescolar se hará de conformidad con los artículos 10 y 14 del Decreto 2247 de 1997:

La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que tiene, entre otros propósitos: Conocer el estado del desarrollo integral del

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educando y de sus avances; estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos; generar en el maestro, en los padres de familia y en el educando, espacios de reflexión que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas necesarias para superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje.

En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. Para tal efecto, la institución diseñará mecanismos de evaluación cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos.(Anexo N° 02)

Parágrafo Sexto: La promoción de los estudiantes de los CLEI 1, 2, 3 y 4 se hace al finalizar el año escolar. Para los estudiantes de los CLEI 5 y 6 se hace semestralmente.

Artículo 21º. Promoción Anticipada de Grado: En el transcurso del primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente al estudiante que:

1º. En el proceso de formación integral obtiene un nivel de desempeño mínimamente ALTO en las áreas o asignaturas definidas en el plan de estudio y este resultado será ratificado mediante pruebas de competencias. De La decisión tomada quedará constancia en el libro de actas del Consejo Directivo y, si es positiva, en el registro escolar de valoración que se lleva en la secretaría de la Institución.

2º. Reprueba el año escolar con tres áreas y en el curso del primer período del siguiente año, obtiene un concepto valorativo ALTO en las actividades de nivelación asignadas.

3º. Al finalizar el año anterior quedó aplazado en una o dos áreas y en la segunda semana del año escolar siguiente, en las actividades de nivelación asignadas no alcanza un desempeño mínimo de BÁSICO en una o las dos áreas reprobadas, en este caso tendrá posibilidad de ser promovido si su desempeño es Alto en el primer periodo.

Parágrafo uno. A los estudiantes que son promovidos anticipadamente en el curso del primer período del año escolar, se les asignan actividades de nivelación extra clase de los contenidos trabajados a la fecha en el grado al que es promovido.

Parágrafo dos. Cuando un padre de familia, estudiante o docentes solicitan por escrito al Consejo Directivo la promoción anticipada, al estudiante se le practicarán evaluaciones de las áreas o asignaturas de Matemáticas, Ciencias naturales, Lengua Castellana, Inglés en la educación básica, y química, Física y Filosofía en la educación media para comprobar su idoneidad: El estudiante es promovido al grado siguiente cuando alcanza un desempeño mínimo de ALTO en las áreas evaluadas.

Parágrafo tres: De lo actuado se dejará constancia en el libro de actas de reuniones del Consejo Académico, encargado en primera instancia de analizar cada caso y hacer las recomendaciones al Consejo Directivo; los resultados obtenidos por los estudiantes, también deben quedar consignados en la secretaría del plantel en el registro escolar de valoración (libro destinado para estos casos).

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Artículo 22º. Pérdida de un área o asignatura. Un estudiante reprueba el área o una asignatura cuando se presenta una de las siguientes condiciones:

1º. Cuando al finalizar el año escolar obtiene un desempeño BAJO. 2º. Cuando deja de asistir, en forma justificada o no, al 20% de las clases y actividades programadas a nivel del área;3º. Cuando tiene incapacidad médica comprobada, presenta talleres asignados y no hace su oportuna sustentación.

Artículo 23º. Reprobación del año escolar. Un estudiante reprueba el año cuando presenta una de estas condiciones:1º. Cuando al finalizar el año escolar obtiene un desempeño BAJO en tres o más áreas o asignaturas.

2º. Cuando acumula un 20% de inasistencia a clase y las actividades programadas por cada una de las áreas.

3º. Cuando falta por fuerza mayor al 20% de las actividades académicas programadas por la institución y no responde positivamente a la sustentación de los talleres de nivelación que se le programen.

4º. Cuando pierde una o dos áreas y no responde o alcanza un concepto valorativo mínimo de BÁSICO en las actividades de nivelación programadas para la segunda semana del año escolar siguiente.

Parágrafo uno: Antes de ejercer el control evaluativo, los docentes deben recibir los trabajos asignados, revisarlos, corregirlos, hacer las recomendaciones para mejorarlos, dar a los estudiantes las explicaciones que requieran, además de definirles los criterios de evaluación a tener en cuenta en el proceso evaluativo.

Artículo 24º. Atención a estudiantes con capacidades y talentos excepcionales. Para estos estudiantes registrados como tales por la Institución, es necesario flexibilizar, adaptar y enriquecer el currículo y el plan de estudios teniendo en cuenta las orientaciones que imparta el Ministerio de Educación Nacional, y articular acciones con los semilleros de las universidades regionales o locales para potenciar su desarrollo.

La institución mantendrá actualizada y fijada en cartelera la relación de los estudiantes con capacidades y talentos excepcionales.

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CAPÍTULO TRES

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 25º. Escala de valoración. La Institución, para rendir informe periódico a los padres de familia, adopta la escala nacional: Superior, Alto, Básico y Bajo.

Artículo 26º. Estructura del informe. A los padres de familia o acudientes, se les entregará al finalizar cada período académico, un informe descriptivo, donde además de las fortalezas y debilidades, se le harán las recomendaciones para corregir las deficiencias presentadas y potencializar sus habilidades. (Anexo N° 01)Un estudiante alcanza un nivel Superior, Alto, Básico o Bajo cuando reúne una de estas condiciones:

DESEMPEÑO SUPERIOR: Se considera superior al alumno que se apropia y supera ampliamente las competencias definidas en el P.E.I. y esto se logra cuando:

1º. Alcanza el mayor nivel de desempeño propuesto.

2º. No tiene faltas de asistencia y, aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.

3º. No presenta dificultades en su comportamiento que afecte la aprehensión del conocimiento y la interacción con los miembros de la comunidad educativa.

4º. Desarrolla actividades curriculares que trasciendan y excedan las exigencias esperadas que contribuyan a su proceso formativo y el de los iguales.

5º. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.

6º. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

7º. Tiene un gran sentido de pertenencia.

DESEMPEÑO ALTO: Se considera con desempeño ALTO a un estudiante que se apropia de las competencias definidas en el P.E.I. o sea cuando:

1º. Alcanza las competencias propuestas pero con algunas actividades complementarias.

2º. Reconoce y supera sus dificultades académicas y de comportamiento.

3º. Desarrolla actividades curriculares específicas.

5º. Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.

6º. Manifiesta en clase algunos comportamientos esporádicos que no interfiere en la aprehensión del conocimiento.

7º. Participa en algunas actividades curriculares y extracurriculares.

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DESEMPEÑO BÁSICO: Se considera con desempeño BÁSICO al estudiante que cumple con los desempeños mínimos definidos en el P.E.I. esto es:

1º. Alcanza el nivel mínimo de desempeño con actividades complementarias del periodo académico.

2º. Presenta faltas de asistencia que interfieren en sus desempeños.

3º. Presenta dificultades de comportamiento en clase que le dificultan la aprehensión del conocimiento.

4º. Desarrolla un mínimo de las actividades curriculares requeridas.

5º. Manifiesta un mínimo sentido de pertenencia hacia la Institución.

6º. Tiene algunas dificultades que supera pero no en su totalidad.

7º.Presenta leves deficiencias en la promoción autónoma de su desarrollo integral.

8º.Presenta una alta dependencia para la realización de actividades curriculares y extracurriculares.

DESEMPEÑO BAJO: Se clasifica al estudiante que tiene claras debilidades frente a las competencias básicas definidas en el P.E.I.

1º. No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de nivelación.

2º. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan su desempeño.

3º. Presenta dificultades de comportamiento o ausentismo que afectan la aprehensión del conocimiento propio y el de los demás

4º. No desarrolla el mínimo de actividades requeridas en clase ni extra clase.

5º. No manifiesta sentido de pertenencia por la Institución.

6º. Asume una actitud negligente que no le ayuda a su desarrollo integral.

Parágrafo: Concepto valorativo final. Es el producto del análisis del proceso de formación integral alcanzado por el estudiante de acuerdo con sus características individuales y ritmo de aprendizaje en interacción con su entorno social y natural. Este concepto se consignará en la cuarta planilla y el registro escolar de valoración.

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CAPÍTULO CUATRO

ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

Artículo 27º. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. Están enmarcadas dentro del trabajo por competencias donde el estudiante desarrolla los procesos superiores del pensamiento que le facilitan la identificación, planteamiento y solución de los problemas de la vida real; entre ellas podemos mencionar:

Pruebas orales: los docentes practicarán pruebas orales de tipo argumentativo, interpretativo y propositivo para evidenciar el nivel de desempeño alcanzado por los estudiantes con el objetivo de aplicar correctivos inmediatos tendientes a superar las deficiencias detectadas.

Pruebas escritas. Los docentes aplicarán evaluaciones de competencia a los estudiantes de escogencia múltiple de tipo interpretativo, argumentativo y propositivo para verificar el nivel de desempeño alcanzado por los estudiantes; este tipo de evaluación tiene como objetivo: elaborar los planes de mejoramiento para la corrección inmediata de las dificultades detectadas teniendo en cuenta los ritmos de aprendizaje y las diferencias individuales de los estudiantes.

Tareas o consultas. En las diferentes áreas o asignaturas, los docentes asignarán a los estudiantes tareas o consultas pertinentes y dosificadas con sus fuentes bibliográficas para profundizar o ampliar los contenidos vistos en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Las cuales deben ser revisadas y sustentadas en clase.

La tarea es una estrategia pedagógica que ayuda a fortalecer en los estudiantes el hábito por el estudio, la autonomía, la independencia y el aprovechamiento positivo del tiempo libre.

Trabajo en equipo. Los equipos de trabajo no deben ser muy numerosos (máximo cuatro estudiantes), de tal manera que se garantice la participación de todos sus integrantes y que el profesor pueda ejercer un mejor control.

Para que el trabajo en equipo sea efectivo es necesario tener en cuenta: el objetivo, asignación de responsabilidades, establecimiento de metodologías, criterios y estrategias evaluativas.

Los docentes además de ser agentes dinamizadores, deben estar prestos a observar la actuación de los miembros de cada equipo, atender las inquietudes de los estudiantes en forma oportuna y resolver dudas presentadas.

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Trabajos individuales. Apuntan al fortalecimiento de los contenidos trabajados en clase; también al desarrollo de la autonomía, la independencia, la responsabilidad y el hábito de estudio, entre otros.

Deben tener una intencionalidad acorde con las temáticas vistas apuntando a la profundización y afianzamiento de las mismas; ser dosificados, con unos objetivos y criterios de evaluación bien definidos; deben ser recibidos en la fecha estipulada, revisados y devueltos a los estudiantes para su corrección y sustentación, generando interés y credibilidad por parte del estudiante.

Talleres pedagógicos. Los docentes asignarán talleres para afianzar y aplicar los conocimientos teóricos trabajados en clase con los estudiantes; estos deben ser dosificados y contener mínimamente:

- Las competencias.- Niveles de desempeño.- Los criterios de evaluación (normas técnicas, aportes personales, creatividad, ortografía, crédito de autores, auto y coevaluación, cumplimiento en la entrega, sustentación, entre otros).- Fecha de entrega.

Los talleres deben ser revisados; hacer las recomendaciones del caso y devueltos a los estudiantes para ser corregidos antes de la sustentación; ésta es obligatoria para poder considerar culminado el trabajo y asignarle un concepto valorativo.

Observación. Consiste en atender y analizar el desempeño de los estudiantes en actividades y problemas, con el fin de detectar logros y aspectos por mejorar, de acuerdo con las potencialidades que poseen y los eventos externos. Es esencial registrar de forma sistemática las observaciones y comparar estas con los criterios de desempeño con el fin de determinar el progreso de los estudiantes.

Mapas conceptuales. Es una estrategia mediante la cual los diferentes conceptos y sus relaciones se representan fácilmente. Los conceptos guardan entre sí un orden jerárquico y están unidos con líneas identificadas por palabras de enlace que establecen la relación que hay entre ellos; para su elaboración es necesario, leer y comprender el texto, localizar y subrayar las palabras clave, determinar la jerarquización de dichas palabras, y establecer las relaciones entre ellas.

Ensayos. Son trabajos escritos donde los estudiantes analizan un problema, lo comprenden y formulan pautas para resolverlo colocando su propia perspectiva personal con base en la indagación bibliográfica, análisis de los planteamientos, la argumentación de las ideas e hipótesis, y la presentación de propuestas viables.

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Entrevistas focalizadas. Consisten en un dialogo planeado que se realiza con los estudiantes con el fin de recoger información sobre la formación de las actitudes, las nociones, los conceptos, las categorías, los conocimientos específicos, las habilidades de pensamiento y el empleo de estrategias en la resolución de problemas.

Es una técnica de evaluación consistente en la colección de los trabajos realizados por los estudiantes en un determinado ciclo educativo, los cuales dan cuenta del proceso de formación de las competencias y de los logros obtenidos. En este sentido, contienen evidencias de aprendizaje e informes de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación recolectados durante el curso.

Parágrafo Uno: Actividades objeto de evaluación del trabajo del docente. El trabajo desarrollado con los estudiantes por sí solo no garantiza el éxito en la calidad de la educación; para ello es fundamental contar con un buen plan de clase, el cual debe ser evaluado antes, durante y al culminar su ejecución.

En el plan de clase es necesario evaluar entre otros:

- Recursos- Metodología- Ambientes de aprendizaje- Conocimientos previos- Interferencias

Antes de elaborar el plan de clase es fundamental la práctica de una evaluación diagnóstica a los estudiantes para con base en los resultados poder orientar mejor el trabajo en el aula.

Parágrafo Dos: Banco de Talleres: En cada una de las áreas o asignaturas se elaboran talleres que complementen o profundicen las temáticas de las áreas según las competencias a desarrollar para asignar a los estudiantes en ausencia imprevista de los docentes y garantizar así su permanencia en la Institución, conforme a las exigencias del Ministerio Nacional de Educación.

Los talleres serán archivados en la coordinación académica y desde allí se orientará el trabajo con los estudiantes cuando falte un docente de manera imprevista.

Artículo 28º. Otras actividades objeto de evaluación en los estudiantes. Además de los procesos desarrollados con los estudiantes en el aula, son objeto de evaluación:

- Salidas de campo.

- Proyectos pedagógicos.

- Actividades deportivas, recreativas, artísticas, culturales y académicas.

- Representación en eventos deportivos, recreativos, artísticos, culturales y académicos.

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Estas actividades son parte fundamental en el proceso de formación y los docentes de cada una de las áreas del conocimiento deben definir y dar a conocer a los estudiantes los criterios a tener en cuenta en el proceso evaluativo.

Artículo 29º. Actividades deportivas, artísticas, culturales, lúdico-recreativas o científicas. Aquí los estudiantes deben llevar un portafolio de evidencias organizado por área y actividades institucionales; cada docente socializará con los alumnos la temática alusiva al área que sirve, haciéndoles ver la relación que ésta tiene con las otras áreas, a la vez que enriquecen el material con nuevos conocimientos. Esto ayuda a desarrollar la comprensión, el análisis, la argumentación, la interpretación, la trascendencia y la producción de textos escritos.

Parágrafo Primero. Cuando las actividades se desarrollan fuera de la institución o sea necesaria desplazarse a otro municipio, además del seguro estudiantil, el estudiante debe contar con la autorización escrita del padre de familia o acudiente. La salida se autoriza mediante resolución rectoral, donde se delega a un docente para el acompañamiento de la comisión.

Parágrafo Segundo: La participación en estos eventos se tomará como derecho social (Art. 4° Ley 181 de 1995) o un estímulo a la potencialidad de los estudiantes que representan a la Institución, independientemente de su rendimiento académico, sin embargo se considerará su aspecto comportamental.

Artículo 30° Proyectos pedagógicos. Se adoptan los proyectos pedagógicos establecidos en la Ley 115 de 1.994, y los definidos por la institución, los cuales estarán a cargo de un área a fin, que se encargara de su planeación, organización, ejecución, control y evaluación.

Artículo 31º. Descansos pedagógicos. Es un derecho del estudiante que se constituye en un espacio pedagógico que busca entre otros promover las competencias ciudadanas del estudiante. Los descansos se convertirán en una estrategia de acercamiento, conocimiento, orientación, reflexión e interacción, que permite a los docentes la observación y valoración de los desempeños de los estudiantes.

Parágrafo Único: Es un deber de los docentes hacer acompañamiento a los estudiantes en los descansos en los lugares o zonas asignadas y dentro de su función disciplinar le corresponde:

1º. Hacer acto de presencia oportuno en el lugar asignado.

2º. Orientar a los estudiantes acerca del manejo de los desechos sólidos: los patios y zonas verdes deben quedar completamente limpios, o sea, que todo desecho debe ser depositada en los recipientes destinados para tales efectos.

3º. Atender inicialmente las situaciones conflictivas que se presenten entre los estudiantes.

4º. Orientar a los estudiantes acerca del uso adecuado de las unidades sanitarias.

5º. Orientar a los estudiantes acerca del cuidado y conservación de las paredes limpias.

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6º. Orientar a los estudiantes acerca del cuidado y respeto de la señalización de la institución.

7º. Registrar en la ficha observador las faltas graves o muy graves que cometan los estudiantes, en los descansos y remitir el caso a coordinación.

8º. Orientar a los estudiantes para que eviten la práctica de juegos bruscos que luego los conducen a la agresión física y/o verbal.

9º. Velar porque los espacios (zonas) asignados queden libres de todo objeto contaminante (aseado)

10º. Cada docente debe asumir con seriedad y responsabilidad el cuidado de la zona asignada para hacer acompañamiento a los estudiantes.

11º. Controlar el ingreso de los estudiantes a las aulas de clase en los descansos para evitar cualquier tipo de situación anómala en ellos.

CAPITULO CINCO

ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

Artículo 32º. Informe parcial. En la sexta semana de cada período, se entregará un informe parcial a los padres de familia reportando las áreas en donde los estudiantes presenten niveles de desempeño bajo dejando constancias en los diferentes instrumentos utilizados en la institución, para que se apliquen acciones correctivas oportunas tendientes a superar las deficiencias presentadas.

Artículo 33º. Análisis de los resultados académicos al final de cada período. Se hacen al finalizar cada período para la aplicación de acciones correctivas por parte de los docentes, estudiantes y padres de familia para la superación de las deficiencias detectadas.

Artículo 34º. Actividades de nivelación, refuerzo o profundización. Las actividades de nivelación

se realizan con los estudiantes que al finalizar cada período o el año escolar obtienen un

desempeño bajo; las de refuerzo a los que obtienen un desempeño medio, y las de profundización

a los que obtienen en el curso del año un desempeño superior o alto.

Parágrafo: las actividades de nivelación son de carácter obligatorio, mientras que las de refuerzo y

profundización quedan a criterio del estudiante, cuando éste quiere ampliar sus conocimientos.

Artículo 35º. Talleres pedagógicos. Los docentes asignarán talleres para afianzar y profundizar los conocimientos teóricos trabajados en clase con los estudiantes o para la superación de las

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deficiencias detectadas en el proceso evaluativo y de acuerdo con la estructura contemplada en el artículo 25º del capítulo cuatro.

Artículo 36. Informe a los padres de familia. A los padres, madres de familia o acudientes, se les estará informando oportunamente acerca de los resultados obtenidos por los estudiantes en el proceso evaluativo, para que controlen y orienten el trabajo.

Artículo 37º. Compromisos. Cuando el docente entregue los talleres de nivelación, refuerzo o profundización a los estudiantes, se fijarán por escrito mediante un formato los compromisos entre las partes, los cuales son de estricto cumplimiento. Las comisiones de evaluación y promoción velaran por el cumplimiento de los compromisos establecidos.

Parágrafo Uno: Los docentes deben llevar el registro de asistencia de los estudiantes a las actividades de nivelación programadas para las áreas donde presenten deficiencias.

Parágrafo Dos: A los estudiantes que obtuvieron un desempeño bajo y no se presentaron a las actividades de nivelación programadas, se les citará el padre de familia o acudiente para informarle de la situación; de ello debe quedar constancia en la ficha observador del alumno.

Parágrafo Tres: Finalizada la semana de nivelación los educadores reportarán a la coordinación académica la relación de los estudiantes que presentaron y no presentaron las actividades de nivelación, para que desde aquí se coordinen las acciones correctivas que se consideren necesarias.

Artículo 38º. Observación directa. Los coordinadores o el rector, harán observación directa del trabajo realizado por los docentes con los estudiantes y verificaran que lo realizado este en concordancia con la planeación del área, de los períodos y la clase.

CAPITULO SEIS

PROCESO DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES.

Artículo 39º. Proceso de autoevaluación de los estudiantes. La autoevaluación es un proceso de auto reflexión permanente de los estudiantes en cuanto a su proceso de formación integral en relación con su entorno social y natural; debe ser promovida por los docentes en el aula. Se realizara teniendo en cuenta el formato institucional.

Artículo 40º. Participación de los padres de familia en el proceso de formación. Los docentes desde cada una de las áreas deben propiciar con los padres de familia la autoformación del estudiante a nivel individual o grupal, contribuyendo así a su crecimiento personal. Esto se logra a través de las orientaciones de grupo con los padres, la escuela de padres y conversatorios a nivel individual.

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Parágrafo Uno. La heteroevaluación se da cuando en el proceso evaluativo intervienen, además del profesor, los compañeros de grupo y el padre familia o acudiente y al igual que en la autoevaluación, se dan las orientaciones para superar las deficiencias detectadas, esperando que al final del período académico y del año escolar se obtengan resultados positivos

Los docentes harán en clase ejercicios de autoevaluación que permitan a los estudiantes reconocer la importancia de emitir juicios de valor en forma responsable y ética sobre sus fortalezas y debilidades.

Parágrafo Dos. La autoevaluación igual que la evaluación de los procesos pedagógicos propios de cada una de las áreas del conocimiento, jamás puede tener un carácter sancionatorio de los comportamientos del estudiante.

CAPITULO SIETE

ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

Para resolver las situaciones pedagógicas de los estudiantes, del año en curso o anteriores se hará uso de:

Artículo 41º. Revisión del proceso evaluativo. Se realizara un diagnóstico y posteriormente un plan de mejoramiento para el estudiante, que considere sus fortalezas y debilidades según el modelo pedagógico social humanista.

Artículo 42º. Actividades de nivelación. Estas actividades las asigna el docente una vez detectadas las deficiencias en cualquier momento del proceso.

Artículo 43º. Orientaciones, explicaciones, revisiones, correcciones. Para lograr el éxito en las actividades de nivelación de los estudiantes con situaciones académicas pendientes, es necesario que los profesores varíen la metodología empleada inicialmente, teniendo en cuenta las diferencias individuales y según estas se impartan las orientaciones necesarias.

Artículo 44º. Informe a los padres de familia o acudientes. Se les estará llamando oportunamente para informares de las situación anómala de sus acudidos para que apliquen los correctivos pertinentes. El llamado se les hará conservando el conducto regular.

Artículo 45º. Comisión de Evaluación y Promoción. A las comisiones de evaluación se remitirán aquellos casos que después de haber sido tratados directamente por el profesor, el director de grupo y el coordinador académico, no se obtiene resultados positivos.

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Artículo 46º. Seguimiento. Del trabajo realizado con los estudiantes con dificultades pedagógicas, se deja constancia de lo actuado y se llevará un seguimiento del cumplimiento de los compromisos fijados para cada una de las partes, del cual se dará parte al coordinador académico.

CAPITULO OCHO

ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SIE.

Artículo 47º. Para garantizar el cumplimiento de los procesos evaluativos definidos en el SIE por parte de los docentes directivos y docente es necesario:

1º. Definir el cronograma de las actividades académicas y evaluativas a realizar durante el año escolar, dándole un estricto cumplimiento.

2º. Socializar el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes con los diferentes estamentos educativos.

3º. Control de las actividades académicas y evaluativas de acuerdo con el cronograma establecido por la coordinación académica.

4º. Reuniones extraordinarias con los acudientes sobre el proceso de los estudiantes con bajos resultados.

5º. Asignar responsabilidades para las actividades académicas y evaluativas programadas por la institución de acuerdo al cronograma establecido.

6º. Llevar registro del cumplimiento de las actividades académicas y evaluativas programadas de acuerdo con el cronograma establecido.

7º. Dar a conocer oportunamente las novedades presentadas con los responsables de una actividad académica o evaluativa para asignar otra persona o reprogramar la fecha para su realización.

8º. Seguimiento y control de las comisiones de evaluación y promoción, de las actividades académicas y evaluativas programadas.

9º. Actualización de los docentes y docentes directivos, sobre las nuevas directrices propuestas por el MEN y SEDUCA mediante capacitaciones.

10º. Orientación por parte del consejo académico y las comisiones de evaluación y promoción, para el proceso del desarrollo evaluativo.

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CAPITULO NUEVE

PERIODICIDAD DE LA ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.

Artículo 48º. Entrega de informes a los padres de familia. Para rendir informe a los padres de familia o acudientes de los estudiantes, el año escolar se divide en cuatro períodos de diez (10) semanas cada uno.

En cada periodo académico los padres de familia y estudiantes recibirán dos informes de los procesos académicos, uno de ellos parcial a la sexta semana de cada periodo y el otro informe al finalizarlo.

CAPITULO DIEZ

ESTRUCTURA DE INFORMES DE LOS ESTUDIANTES.

Artículo 49º. Estructura del formato de los informes académicos. El boletín para la entrega a los padres de familia de los resultados obtenidos por los estudiantes constarán de la siguiente información: Nombres y apellidos del estudiante, grado, grupo, periodo académico, año escolar, Jornada, director de grupo, rector.

Luego viene la información académica en formato especial y donde aparece: área o asignatura, fortalezas, debilidades, acciones correctivas y, por último, el nivel de desempeño obtenido por los estudiantes expresados en la escala nacional

CAPITULO ONCE

INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANÍSMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Artículo 50º. Instancias para la atención y resolución de reclamos. Para la atención y solución de las reclamaciones de los padres de familia y estudiantes es necesario seguir un conducto regular.

1º. Docente

2º. Director de grupo.

3º. Coordinador académico.

4º. Comisión de evaluación y promoción

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5º. Consejo académico.

6º. Consejo directivo

Artículo 51º. Procedimientos y mecanismos para la atención de los reclamos presentados por los padres o estudiantes. Las reclamaciones ante las instancias uno, dos y tres se hacen a través del diálogo directo; Cuando el caso es manejado en coordinación, se deja constancia por escrito de los acuerdos y decisiones tomadas.

Cuando el caso pasa a las Comisiones de evaluación, Consejo académico o al Directivo, la reclamación se hace por escrito, especificando de forma clara y precisa el problema.

Artículo 52º. Término para resolver las reclamaciones. Las comisiones de evaluación y promoción, el Consejo académico o el Consejo Directivo, cuentan con un término de cinco días hábiles para resolver la situación y dar respuesta por escrito de la decisión tomada a los padres o estudiantes que presentan la reclamación.

Artículo 53º. Recursos de Reposición. El estudiante y su representante legal pueden hacer uso del recurso de reposición cuando consideren que su situación no ha sido resuelta satisfactoriamente. Se hace por escrito ante la Comisión de Evaluación y Promoción en un término de cinco días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la primera decisión.

Artículo 54º. Recurso de Apelación: se hace por escrito ante el Consejo Directivo en un término de cinco días hábiles siguientes la notificación por parte de la Comisión de Evaluación y Promoción ratificando la decisión tomada. El Consejo Directivo tendrá cinco días hábiles para emitir su concepto; si en este término no se ha dado respuesta, se interpreta como silencio administrativo, por lo tanto la decisión es favorable al estudiante.

Parágrafo: la decisión queda en firme una vez sean agotadas las instancias.

CAPITULO DOCE

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SIE.

Artículo 55º Construcción Participativa del SIE: Para la construcción participativa del SIE se convocaran los siguientes estamentos institucionales:

1º. Consejo Académico. Conforma una comisión con representación de profesores, estudiante y padres de familia para construir la propuesta inicial del SIE.

2º. Comisión. Construida la propuesta del SIE, la socializa con los integrantes de los consejos académico, de padres y de estudiantes.

3º. Consejo Directivo. El consejo académico socializará el texto del SIE con el consejo directivo y se harán las modificaciones a aquellos puntos que no se ajusten a la normatividad legal vigente, a criterio del máximo órgano administrativo de la institución.

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Una vez sea aprobado por parte del consejo directivo, el texto será firmado por todos sus integrantes y entrara en vigencia.

4º. Socialización. Adoptado el SIE por el consejo directivo será socializado con los demás miembros de la comunidad educativa de la siguiente manera: el consejo académico con los docentes y luego los directores de grupo con los estudiantes y los padres de familia.

CAPITULO TRECE

DERECHOS Y DEBERES

Artículo 56º. Derechos de los estudiantes. Los estudiantes, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

1º. Ser evaluados de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

2º. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

3º. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.

4º. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

5º. Ser atendido oportunamente cuando hace algún reclamo relacionado con el proceso evaluativo.

6º. Hacer uso de los espacios y equipos necesarios para el desarrollo de los procesos pedagógicos y de las actividades de nivelación.

7º. Ser atendido en forma cortés por parte de sus superiores cuando hace algún reclamo.

8º. Que se le realicen oportunamente las actividades de nivelación o profundización de acuerdo a su situación o necesidad.

9º. Conocer oportunamente el plan de clases de parte de los docentes antes de iniciar su desarrollo.

Artículo 57º. Derechos de los padres de familia. En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

1º. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

2º. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

3º. Recibir los informes periódicos de evaluación.

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4º. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

5º. Ser atendidos en forma cortés cuando pidan aclaración sobre los resultados académicos obtenidos por sus hijos.

6º. Conocer oportunamente los resultados obtenidos por sus hijos en las actividades de nivelación y profundización.

7º. Recibir oportunamente las actividades de nivelación asignadas a sus hijos al final de cada período de acuerdo a su situación o necesidad.

8º. Informar oportunamente las ausencias injustificadas de su hijo a la Institución.

Artículo 58º. Deberes de los estudiantes. Los estudiantes, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, deben:

1º. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo.

2º. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.

3º. Presentar los controles evaluativos de las actividades de nivelación en las fechas programadas.

4º. Hacer los reclamos a sus superiores en forma oportuna y respetuosa, siguiendo el conducto regular.

5º. Estar oportunamente en la Institución y en cada actividad programada.

6º. Conservar el orden y el respeto a los compañeros y superiores en la clase.

8º. Presentar las excusas por inasistencia, debidamente diligenciada por su acudiente y en un término no mayor a tres días hábiles, luego de su regreso.

Artículo 59º. Deberes de los padres de familia. De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:

1º. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de evaluación y promoción del aprendizaje de los estudiantes.

2º. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.

3º. Analizar los informes periódicos de evaluación.

4º. Suministrar a sus hijos los materiales de trabajo requeridos para cada una de las áreas.

5º. Solicitar información oportuna y respetuosa sobre el desempeño académico y social de sus hijos.

6º. Brindar acompañamiento permanente a sus hijos en el desarrollo de las actividades académicas y de nivelación.

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7º. Representar a los padres de familia en los consejos o comisiones de evalaución, cuando es elegido por su estamento.

8º. Acudir a la Institución a la hora y fecha señaladas en la citación cuando se requiera de su presencia9º. Enviar las excusas debidamente diligenciadas cuando sus acudidos no asistan a las diferentes actividades programadas por la Institución, con su respectiva firma, cédula y número de teléfono fijo o móvil.

CAPITULO TRECE

ESTIMULOS

Artículo 60º. Estímulos. Los estudiantes de la Institución Educativa San Fernando gozarán de los siguientes estímulos:

Mención de honor: Se concede a los estudiantes que al finalizar cada año escolar se hayan destacado por su rendimiento académico, artístico y deportivo. También se reconocerá a aquellos estudiantes que fomenten la sana convivencia y el respeto por la naturaleza. Se hace entrega de ellos el día que se rinde informe final a los padres de familia.

Virtud Sanfernandina: Se entrega a los estudiantes que vivencien dignamente los valores sanfernandinos. Se reconocerá a un estudiante por grupo al finalizar el año escolar.

Mejor bachiller: Se concede al mejor bachiller técnico y al mejor bachiller académico que hayan cursado la educación media completa en la Institución, es decir, décimo y once; y que al culminar el ciclo obtengan los mejores desempeños.

Mejores resultados en los exámenes de estado: se otorga al finalizar el año escolar al estudiante que haya obtenido los mejores resultados en los exámenes de estado practicados por el ICFES.

Reconocimiento Público de los estudiantes destacados: Que representen la institución, municipio, departamento o nación, en actividades científicas culturales o deportivas.

CAPITULO CATORCE.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA APLICACIÓN DEL SIE

Artículo 61º. Registro escolar de valoración. La Institución llevará un registro actualizado de los estudiantes, el cual debe contener: datos de identificación personal, informe de valoración por grados, resultados de los procesos de evaluación y las novedades de la misma.

Artículo 62º. Constancias de desempeño. La Institución Educativa, a solicitud del padre de familia o el estudiante expedirá constancias de desempeño donde se contemple:

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La información detallada de la valoración de los estudiantes determinando el nivel de desempeño alcanzado por éste y la aprobación o no del grado que se encontraba cursando.

Parágrafo uno: La institución respetará la decisión de reprobación o promoción certificada por otras instituciones de donde proceden los estudiantes que solicitan su ingreso por primera vez.

Parágrafo dos: En casos especiales la institución practicara una evaluación diagnostica para evidenciar el verdadero estado de los estudiantes que vienen de instituciones educativas con modelos pedagógicos diferentes al institucional.

Artículo 63º. Proclamación de bachiller. Un estudiante es proclamado bachiller cuando cumple con todos los requisitos legales:1º. Haber cursado y aprobado todos los años escolares.2º. No tener áreas pendientes de años anteriores.3º. 5º. Haber cumplido con las cincuenta horas de constitucionalismo.4º. Cumplir con el pago del derecho de grado.5º. Estar a paz y salvo con la Institución por todo concepto.

Artículo 64°: Certificado de Educación Básica. Los estudiantes de la Institución Educativa San Fernando, al culminar la educación básica del ciclo de secundaria, recibirán el certificado que los acredita como bachilleres básicos, de conformidad con el artículo once, numeral 1 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 del mismo año.

Artículo 65°. Transitorio: A partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo se hará la conversión de los resultados académicos obtenidos por los estudiantes a la escala nacional.

Artículo 66º. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.

María Magdalena Echavarría Gladys del S. Sánchez Gallego.

Rectora Representante de los docentes

Norma Leonor Marroquín O. María Cristina León Cano

Representante de los docentes Representante de los estudiantes

Luz Marleni Restrepo Morales Adiela María Pérez

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Representante de los egresados Representante de los padres

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX

Representante de los padres Representante del sector productivo

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INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNADO

AMAGA – 2011

INFORME PARCIAL

Estudiante _______________________________________________________

Año escolar: _____________ Grado: ________________ Grupo: ___________

Director de grupo: ________________________________________________

Nº AREA O ASIGNATURA NIVEL DE DESEMPEÑOSUPER ALTO BASICO BAJO

1 Ciencias Naturales

2 Química

3 Física

4 Ciencias Sociales…

5 Educación Artística y Cultural

6 Educación Ética y Valores

7 Ed. Física, Recreación y Deportes

8 Educación Religiosa

9 Lengua Castellana

10 Inglés

11 Matemáticas

12 Tecnología e Informática

13 Emprendimiento

14 Filosofía

15 Ciencias políticas

16 Ciencias económicas

17 Contabilidad

18 Legislación Comercial

19 Legislación Laboral

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20 Legislación Tributaria

Formatos

- Preescolar

- Informe parcial

- Informe de periodo

- Planilla de registro

- autoevalaución