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VIOLACION DE LOS PRINCIPIOS PROCESALES POR LA FALTA DE EQUPAMIENTO DEL CICP PARA TOMAR EVIDENCIA EN CASOS DE HOMICIDIOS DELEGACION CARABOBO

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VIOLACION DE LOS PRINCIPIOS PROCESALES

POR LA FALTA DE EQUPAMIENTO DEL CICP PARA TOMAR EVIDENCIA

EN CASOS DE HOMICIDIOS DELEGACION CARABOBO

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

FACULTAD DE

DEL CICP PARA TOMAR EVIDENCIA

INSTITUCION:

Escritorio Jurídico Luces y Asociados

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

VIOLACION DE LOS PRINCIPIOS PROCESALES

POR LA FALTA DE EQUPAMIENTO DEL CICP PARA TOMAR EVIDENCIA

EN CASOS DE HOMICIDIOS DELEGACION CARABOBO

Escritorio Jurídico Luces y Asociados

AUTOR:

FEBRERO 2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

RUBI GONZALEZ

CI .20.612.966

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

VIOLACION DE LOS PRINCIPIOSPROCESALES POR LA FALTA EQUIPAMIENTO DEL CICPC PARA LA TOMA DE EVIDENCIACASOS DE HOMICIDIOS

_______________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor académico

_______________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor institucional

__________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor metodológico

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

VIOLACION DE LOS PRINCIPIOSPROCESALES POR LA FALTA EQUIPAMIENTO DEL CICPC PARA LA TOMA DE EVIDENCIACASOS DE HOMICIDIOS DELEGACION CARABOBO.

CONSTANCIA DE ACEPTACION

_______________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor académico

_______________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor institucional

________________________________________________

Nombre, firma y cedula de identidad del tutor metodológico

AUTOR: RUBI E. GONZALEZ G

FEBRERO 2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

VIOLACION DE LOS PRINCIPIOSPROCESALES POR LA FALTA EQUIPAMIENTO DEL CICPC PARA LA TOMA DE EVIDENCIA EN

AUTOR: RUBI E. GONZALEZ G

CI.20.612.966

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AGRADECIMIENTOS

Principalmente a Dios por ser el motor que condujo al logro de mi meta.

A mi Madre, pilar fundamental, que con su esfuerzo, amor, comprensión,

y dedicación siempre estuvo allí incondicionalmente, por ello es mi

Orgullo y mi ejemplo a seguir.

A mi Padre por su apoyo y el amor brindado en todo momento, por su

ayuda día a día, así como a mis familiares y profesores que con su granito

de arena me ayudaron a lograrlo.

Saulo Córdova quien forma parte de mi círculo familiar, quien me brindo

su apoyo incondicional en cada momento.

A mis amigas incondicionales: Irene Da Silva, Merly Medina, Betsy

Flete, María Noguera y Graciela Morales quienes siempre me brindaron

todo el apoyo y motivación, cuidado, ayuda, comprensión y amistad, lo

cual formo parte de los motivos para seguir luchando y llegar hasta el

final.

A la Familia Brea González y Ferrer González por su apoyo y cariño

brindado así como su ayuda y colaboración lo cual me ha impulsado a

continuar mi lucha.

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DEDICATORIA

Para ti Reina Gutiérrez que me diste la vida y quien incansablemente

luchaste junto conmigo en todo momento, eres merecedora de este logro

que con tanto esfuerzo y dedicación hoy ya he logrado te amo, para ti

Alonzo González que tienes un papel fundamental en mi vida por tu

ayuda durante el tiempo de estudio para la obtención de mi profesión.

A mis Hermanas Kristal y Karlen también es dedicado a ustedes, para

que el día de mañana se sientan orgullosas de mi y sea su ejemplo a

seguir, el camino que queda por recorrer es largo.

Para mis Abuelitos Andrés González y Rosa Herrera, quienes siempre me

brindaron la ayuda y apoyo desde niña, ustedes que me vieron crecer y

contribuyeron con mi formación, aunque estén en el cielo y no puedan

compartir conmigo esta meta, este triunfo también es para ustedes.

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INDICE

AGRADECIMIENTOS ……………………………………………………………iv

DEDICATORIA ………………………………………………………………….....v

INDICE ……………………………………………………………………………...vi

RESUMEN DEL TRABAJO ……………………………………………………..viii

INTRODUCCION …………………………………………………………………..1

LA INSTITUCION

1.1 DENOMINACION……………………………………………………………….3

1.2 UBICACIÓN……………………………………………………………...………3

1.3 HISTORIA……………………………………………………………………...…3

1.4 MISION…………………………………………………………………..……….3

1.5 VISION………………………………………………………………….………...4

1.6 VALORES…………………………………………………………………….…..4

1.7 ESTRUCTURA……………………………………………………….…………..4

1.8 ACTIVIDADES REALIZADAS……………………………………………........4

EL PROBLEMA

2.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA................. ..............................................7

2.2FORMULACION DEL PROBLEMA…………………….……………………...9

2.3OBJETIVO GENERAL..........................................................................................10

2.4 OBJETIVOS ESPECÍFICOS................................................................................10

2.5 JUSTIFICACIÓN..................................................................................................11

2.6 LIMITACIONES...................................................................................................12

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MARCO REFERENCIAL

3.1 ANTECEDENTES................................................................................................15

3.2 BASES TEORICAS..............................................................................................16

3.3 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS...........................................................24

MARCO METODOLOGICO

4.1 FASES METODOLÓGICAS …………………………………………...………26

4.2 INTRUMENTOS DE RECOLECCION DE DATOS ……….…………………28

4.3DISEÑO DE INVESTIGACIÓN……………………………….……..…………29

4.4 POBLACION Y MUESTRA…………………………………….…………...…29

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1RESULTADOS………….……………………………………………………….31

5.2CONCLUSIONES…………………………………………………………………

5.3 RECOMENDACIONES…………………………………………………………

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS …………………………………….....……34

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y

Violación de los principios procesales por la falta de equipamiento

Del CICPC para la toma de evidencia delegación Carabobo

A continuación se presenta un informe de pasantías que tiene como finalidprincipal verificar la violación de los principios procesales por la falta de equiposinexistentes en el cuerpo de investigaciones científicas penales y criminpara así realizar de una maneraadministración de justicia, ya que el homicidio es uno de los delitos más consumados en Venezuela y la gran mayoría de estos quedan impune; ya sea por la ausencia de los equipos necesarios para la realización de las investigaciones y diligencias pertinentes así como también por la falta de capacitación y preparación profesional de los expertos que hacen posible el uso adecuado dichos instrumentos indispensables parasujetos activos del delito, los cuales día a día convierten a mas seres humanos en victimas dejando conjuntamente con los familiares de estos sujetos pasivos y los que consuman el delito de homicivigorosamente con las competencias y funciones del CICPC y es por ello que el índice de delitos impunes cada día son mas altos en nuestro país. Cabe destacar que no es eficaz el sistema de control social sin la cuerpos de investigaciones ya que van tomados de la mano uno a otro para hacer posible la convivencia social, es decir que para el cumplimiento del ordenamiento jurídico se necesita la participación protagónica del Cuerpo de Científicas Penales y Criminalísticasindispensable para el logro eficiente del objetivo.

Descriptores: Homicidio,

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

Violación de los principios procesales por la falta de equipamiento

Del CICPC para la toma de evidencia delegación Carabobo

Autor: Rubí E. González G.Tutor: Abog. Carolina Escalona

Fecha:

RESUMEN INFORMATIVO

A continuación se presenta un informe de pasantías que tiene como finalidprincipal verificar la violación de los principios procesales por la falta de equiposinexistentes en el cuerpo de investigaciones científicas penales y crimin

a así realizar de una manera eficaz la toma de evidencia para hacer posible la administración de justicia, ya que el homicidio es uno de los delitos más consumados en Venezuela y la gran mayoría de estos quedan impune; ya sea por la

de los equipos necesarios para la realización de las investigaciones y diligencias pertinentes así como también por la falta de capacitación y preparación profesional de los expertos que hacen posible el uso adecuado dichos instrumentos indispensables para realizar eficientemente la aprensión e imputación de estos sujetos activos del delito, los cuales día a día convierten a mas seres humanos en victimas dejando conjuntamente con los familiares de estos sujetos pasivos y los que consuman el delito de homicidio no son procesados, es decir no se cumple vigorosamente con las competencias y funciones del CICPC y es por ello que el índice de delitos impunes cada día son mas altos en nuestro país. Cabe destacar que no es eficaz el sistema de control social sin la aplicación práctica de los cuerpos de investigaciones ya que van tomados de la mano uno a otro para hacer posible la convivencia social, es decir que para el cumplimiento del ordenamiento jurídico se necesita la participación protagónica del Cuerpo de Científicas Penales y Criminalísticas así como la capacitación del personal indispensable para el logro eficiente del objetivo.

Homicidio, principios, investigación, crimen, evidencia, organismo.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

POLITICAS

Violación de los principios procesales por la falta de equipamiento

Del CICPC para la toma de evidencia delegación Carabobo

Rubí E. González G. Abog. Carolina Escalona Fecha: Noviembre 2012

A continuación se presenta un informe de pasantías que tiene como finalidad principal verificar la violación de los principios procesales por la falta de equipos inexistentes en el cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas,

eficaz la toma de evidencia para hacer posible la administración de justicia, ya que el homicidio es uno de los delitos más consumados en Venezuela y la gran mayoría de estos quedan impune; ya sea por la

de los equipos necesarios para la realización de las investigaciones y diligencias pertinentes así como también por la falta de capacitación y preparación profesional de los expertos que hacen posible el uso adecuado dichos instrumentos

realizar eficientemente la aprensión e imputación de estos sujetos activos del delito, los cuales día a día convierten a mas seres humanos en victimas dejando conjuntamente con los familiares de estos sujetos pasivos y los

dio no son procesados, es decir no se cumple vigorosamente con las competencias y funciones del CICPC y es por ello que el índice de delitos impunes cada día son mas altos en nuestro país. Cabe destacar

aplicación práctica de los cuerpos de investigaciones ya que van tomados de la mano uno a otro para hacer posible la convivencia social, es decir que para el cumplimiento del ordenamiento jurídico se necesita la participación protagónica del Cuerpo de Investigaciones

así como la capacitación del personal

investigación, crimen, evidencia, organismo.

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INTRODUCCION

El Derecho es aquel medio de control social que hace posible la convivencia entre los

habitantes de un espacio geográfico determinado, donde cada uno de ellos posee leyes

y normas específicas que se adaptan a las necesidades de cada grupo social; cabe

destacar que este se divide en diversas ramas donde cada una de ellas son

indispensable para el desarrollo del País, así como lo es el derecho Penal, que es un

conjunto de normas jurídicas que regula la potestad punitiva del Estado asociados a

hechos estrictamente determinados por la ley y a través de una pena asegurar la

convivencia humana.

Tanto el Derecho general como el Derecho Penal son indispensables para hacer

posible la administración de justicia ya que actualmente se cometen una serie de

delitos que afectan a la sociedad, donde el mas consumado es el Homicidio, es por

ello que van ligados uno a otro estas ramas del derecho.

El delito de homicidio es uno de los problemas que mas invaden las poblaciones

Venezolanas, donde diversas causas nos conlleva al mismo resultado, es por ello que

se realiza esta investigación con la finalidad de buscar la solución a lo que afecta

para resolver los homicidios que quedan impune.

Diferentes profesionales realizaron investigaciones relacionadas con el tema y los

resultados arrojados fueron similares, hay un gran nivel de delincuencia y de casos

sin solución, donde los afectados cada día son más, es por ello que se realiza esta

investigación descriptiva para conocer y presentar soluciones a este problema que nos

afecta a todos. investigación descriptiva para conocer y presentar soluciones a este

problema que nos afecta a todos.

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Gran parte de las normas jurídicas modernas son de origen romano, ya sea por sus

raíces históricas en occidente, sea por la occidentalización que han sufrido algunos

derechos de oriente.

Conforme a la explicación de las lecturas, el derecho penal también estuvo en las

culturas antiguas, tuvieron normas penales, que servían para velar por el interés

general. Así, en las culturas (algunas de) China, India, Babilonia, Japón, Egipto, entre

otras, encontramos muestras tangibles de penas por determinados tipos de delitos,

adecuados a la cultura y tradición de cada uno de éstos pueblos.

Si bien no puede hablarse de una continuidad histórica en el derecho penal, puede

reconocerse en la historia del derecho penal una lucha de la que va surgiendo

arduamente la concepción del hombre como persona, esto es, como un ser dotado de

autonomía moral.

El tipo del homicidio está integrado por la descripción de la conducta prohibida (ya

sea por acción u omisión), estando constituida por la actividad dirigida a matar a otro

y por el resultado que es, precisamente, privar de la vida a una persona. El homicidio

también admite la acción comisiva y omisiva impropia.

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CAPITULO I

LA INSTITUCION

1.1 Denominación

Asociación Civil Escritorio Jurídico Luces & Alvarado

1.2 Ubicación

Torre empresarial, piso 1, oficina 1-A av. Cedeño Valencia-Edo Carabobo TLF:

0424-4481230.0241-3162335 E-mail: carlosalvaradoranteshotmail.com.

1.3 Historia

Fuè creado el 1 de abril del 2011 por iniciativa de los abogados Luis Luces Guada,

IPSA: 106.287, C.I 12.029.316 y Carlos Arturo Alvarado IPSA: 122.109, C.I

9633378 la Asociación Civil Escritorio Jurídico Luces & Alvarado, orientado hacia la

parte jurídico mercantil con esencia netamente civilista, el abogado Luis Luces posee

una especialidad en el área de derecho procesal civil realizada en la universidad

Rómulo Gallegos y el abogado Carlos Alvarado actualmente se encuentra realizando

la misma especialidad en la ya nombrada casa de estudios.

Lo que le caracteriza a la Institución Luces & Alvarado es la manera de especializarse

en casos tales como intimaciones, cobro de bolívares, reivindicaciones, demandas de

desalojo en cuanto a locales comerciales entre otros. Para permitirle y ofrecerles a sus

clientes servicios profesionales del derecho.

1.4 Misión

Somos una institución jurídica privada enfocada principalmente en la defensa y

aplicación de la justicia conforme a lo establecido en el marco legal y constitucional,

a través de un excelente servicio de asesoría y representación legal que le ofrecemos a

cada uno de nuestros clientes. Para brindarles una atención personalizada y

convertirlos de esta manera en los miembros más importantes de nuestra institución.

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Visión

Deseamos ser reconocidos por la calidad de nuestros servicios y la profesionalidad de

los miembros, orientados por nuestros principales valores que nos caracterizan como

profesionales y lograr convertirnos con éxito en una herramienta útil, expedita y

eficaz que por excelencia que le otorgue a nuestro cliente la tranquilidad de sentirse

verdaderamente atendido.

Anteponiendo la honestidad y sinceridad en la consecución de la aplicación de la

justicia sobre la realidad de lo económico para posicionarnos como garantes de

medios en la práctica de nuestra profesión y así trabajar por ser un aliado en los

negocios de nuestros clientes y la solución a sus problemas.

Valores

Fè en Dios, Solidaridad, responsabilidad, respecto, honestidad, cooperación, lealtad,

justicia, tolerancia, deontología, bien común y independencia.

Estructura

Se encuentra conformado por dos socios, el abogado Luis luces y Carlos Alvarado

quienes manejan los mismos casos, los poderes son ejercido por los dos para actuar

en conjunto o separado, también se encuentra estructurado por los abogados Wendy

Ibarra C.I. 12. 312.907 IPSA: 106.170 y Carlos José Rojas C.I 8569690 IPSA:

26.963 los cuales son nombrados para reforzar determinados casos.

Actividades realizadas

1. Visitar a los tribunales de la Circunscripción del Estado Carabobo, asi como

los Tribunales Civiles, Mercantiles y Bancarios.

- Revisar expedientes de divorcio, en relación a lo establecido en el Artículo

185-A del Código Civil Venezolano, así como separación de cuerpos.

- Revisar expedientes de jurisdicción voluntaria ( titulo supletorio, declaración

universal de herederos, acciones mero declarativas, justificativos de testigos,

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entre otros) por la cuantía de 3000 Unidades Tributarias, que equivalen a

270.000,00.

- Revisar expedientes de cobro de Bolívares, resolución de contratos, desalojos

comerciales, embargos, demandas por letras de cambio vencidas, demandas

por cheques sin fondo, desconocimiento de su

contenido y firmas así como inspecciones judiciales.

2. Notarias del Estado Carabobo.

- Redactar poderes judiciales de compra-venta de vehículos, motos, así como

autenticación de documentos entre las partes(contrato de

arrendamiento)sección de derecho y protesto de cheques.

3. Registros Mercantiles.

- Visitar al Registro Segundo para solicitar el acta constitutiva de una sociedad

de comercio protocolizada por dicho registro.

4. Registro Público.

- Solicitar un título de propiedad de un inmueble y un certificado se

gravámenes en el Big Low Center.

5. Registro Civil.

- Solicitar rectificación de una partida de nacimiento por via administrativa

- Solicitar copia certificada de acta de defunción con fines sucesorales.

6. Registro Principal.

- Legalizar partida de nacimiento y certificación de ejecución de sentencia de

divorcio-

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7. Tribunal de Menores

- Circuito de protección del niño, niña y adolescente Solicitar un expediente de

un juicio contencioso.

- Solicitar cúratelas de fines materiales.

- Solicitar archivos materiales.

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CAPITULO II

EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema

Dado que el hombre está dotado de una voluntad libre que le permite desarrollar sus

facultades naturales, teniendo como única limitante, a esa libertad, su

propia naturaleza; pero, en sociedad, esta libertad está forzosamente limitada por

el respeto a la libertad de otros hombres; de aquí deriva la necesidad de normas o

reglas que garanticen a cada miembro del cuerpo social, con una medida igual, el

ejercicio de su actividad y desarrollo.

La teoría y existencia de este principio constituye el derecho, en su acepción más

extensa. Por tanto, el derecho como un conjunto de normas de

observancia obligatoria para todos los miembros de la sociedad, que han sido

establecidas por el Estado de acuerdo a procedimientos previamente establecidos,

permiten la convivencia de todos los miembros de la sociedad entre sí, de

las instituciones del Estado y la interrelación de éstas y la sociedad. Desde luego, la

manifestación del derecho, en su aspecto práctico y real, es por medio o a través de

la ley. Ella y a los intereses de la sociedad, para una correcta y legal convivencia

entre los miembros de la sociedad y su relación con las instituciones del Estado, que

la misma ley denomina delito.

El homicidio es un fenómeno social de consecuencias relevantes por lo general, ha

presentado tendencias al alza en los últimos años en Venezuela. Dicha tendencia, no

es exclusiva en la sociedad venezolana, sino que se presenta abiertamente en otros

países de nuestro entorno continental

tendencia, no es exclusiva en la sociedad venezolana, sino que se presenta

abiertamente en otros países de nuestro entorno continental.

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De esta manera, el homicidio en Venezuela simboliza uno de los delitos más

consumados diariamente y también representa el principal problema que afecta a la

sociedad, ya que está estrechamente ligado a la falta de equipamiento que presenta el

Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) del

Municipio Valencia, Estado Carabobo.

Asimismo, el homicidio es un comportamiento que ha estado presente a través de

la evolución de la humanidad y quizá figura como un acontecimiento de importancia

histórica, ya que se utiliza como un marcador de épocas; se habla de las victoriosas

batallas de independencia, de la muerte de los monarcas, de los grandes genocidios en

aras de una causa ideológica, etc. Incluso la tendencia actual de los noticieros es

reportar el número y la forma de muertes violentas.

Una vez que este delito es ejecutado inmediatamente deben iniciar el proceso de

investigación para así determinar el culpable y disminuir la delincuencia que tanto

nos afecta, cabe destacar que no solo es necesario los equipos a utilizar, sino que

también es un requisito fundamental, contar con el personal altamente capacitado

para hacer el uso y manejo de los equipos y así realizar de manera eficaz una

investigación que ayude a promover la justicia en la sociedad.

Para hacer posible, la administración de justicia, es sumamente necesario la

aplicación del conocimiento de los expertos, en este caso sería la participación del

Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas CICPC, ya que es

uno de los cuerpos de investigación primordiales en el país. Sin embargo, cabe

destacar que se requiere de una eficacia en el órgano que de eficiencia, debido a la

cantidad de delitos que surgen corrientemente, es por ello que los equipos necesarios

van tomados de la mano con los profesionales capacitados, para usarlo

adecuadamente en el tiempo necesario, y así dar paso a otras investigaciones y a una

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administración de la justicia correctamente a través de la determinación del culpable

de un delito, especialmente en los homicidios.

La falta de equipos en el Cicpc conduce a una violación de los principios procesales,

los cuales deben ser tomados en cuenta en cualquier tipo de procedimientos debido a

que estos garantizaran la efectividad y resultado de cada caso que se trate

manteniendo como objetivo principal la justicia. Cabe destacar que el Principio de

Celeridad es un principio clave que permite la efectividad y rapidez del

procesamiento de las evidencias y de esta manera cumplir con el principio de

finalidad del proceso.

2.2 Formulación

En la formulación se encausa el trabajo, es decir, se plantea lo que se desea llevar al

efecto. Asimismo, Hayman (1974) expone que las variables, han de analizarse y

relacionarse entre ellas, y permiten derivar los objetivos del estudio constituyéndose

en la base de los procedimientos de investigación. (p.38)

Del mismo modo, Tamayo (1989), señala que éstas se constituyen un eslabón

imprescindible entre la teoría y la investigación que llevan al descubrimiento de un

hecho. Las razones anteriormente esgrimidas hacen suponer que éstas ocupan un

lugar primordial en la investigación al proporcionar los elementos necesarios que

permitirán llegar a los datos necesarios que permitirán llegar a los datos y resolver el

problema planteado. (p. 65)

De lo anteriormente mencionado se formula la siguiente interrogante: ¿Cuáles

principios procesales se violan por la falta de equipamiento del Cuerpo de

Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de la delegación de Estado

Carabobo.

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2.3 Objetivos de la Investigación

En cada trabajo de investigación, se enuncian las metas a alcanzar, de modo, claro y

preciso porque los objetivos son aquellos puntos nodales que intervienen en la

investigación. Habitualmente, dirigen la investigación dando a conocer las

características de un problema y explican las posibles relaciones que intervienen. De

esta manera, presento el objetivo:

2.4 General:

Analizar la violación de los principios procesales por la falta de equipamiento Cuerpo

de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) para la toma de

evidencia en casos de homicidios en la delegación Carabobo.

2.5 Específicos:

• Indagar cuales principios procesales se violan por la falta de equipamiento

del CICPC delegación Carabobo.

• Investigar que equipos son los que necesita el CICPC para resolver casos de

homicidios.

• Estudiar cuales son las consecuencias que trae al proceso la falta de equipos

necesarios en el CICPC delegación Carabobo.

2.6 Justificación

Justificar teóricamente un problema significa la aplicación de ideas y emisión de

conceptos, los cuales son importantes desde un punto de vista teórico, social,

educativo y cultural genera posteriormente una reflexión o debate académico sobre el

conocimiento existente que se tiene.

Esta investigación se enmarca en la búsqueda del por que de la carencia o falta de

equipos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del

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Municipio Valencia, Estado Carabobo para la toma de evidencias y de esta manera

hacer posible la identificación del culpable en casos de homicidios.

Recordemos que, la causa de la infracción o de la no observación de las disposiciones

de la ley, el delito, en perjuicio de la sociedad y de la obligatoriedad de la misma ley

por los hombres, obedece a muchos y muy diversos factores; sin embargo, esos

factores tienen origen en la propia naturaleza del hombre y la convivencia estrecha a

la que, hoy en día, se ve sometido.

En cuanto al motivo del para que de este estudio, este se realiza con la finalidad de

buscar la solución de lo que afecta para resolver los homicidios que quedan impune,

lo que servirá de base para otros investigadores al mismo tiempo para el Cuerpo de

Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Municipio Valencia, Estado

Carabobo, y así tenga un mejor rendimiento en estos casos y con mayor efectividad.

Otra razón, que justificara este estudio es que no solo hay la carencia de equipos que

llevan al fracaso de resolver un caso de homicidio, sino que también se debe a la falta

de preparación profesional por parte de los funcionarios que integran el Cuerpo de

Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.

En este orden de ideas, el homicidio es uno de los delitos que mas se presenta en

nuestra sociedad, el cual afecta notablemente, ya que el mismo se encuentra entre los

más comunes a nivel mundial con una gran cantidad de victimas a causa de la

delincuencia que a su vez envuelve al entorno familiar de cada victimario. Estos

crímenes la mayoría quedan sin resolver por un motivo, aún no identificado.

Ante esta situación de poco interés de investigadores en la ciencia de la Criminología

y la Criminalística, se pretende que este proyecto cumpla con los criterios señalados

en cuanto a la relevancia científica es importante destacar que es de mucha utilidad el

tener los equipos necesarios y a la vez, hacer el uso correcto de ellos para así realizar

una adecuada investigación, en este caso lo referente a una investigación de

homicidio.

Por otro lado, la relevancia social, recae en la afectación a la sociedad en general, ya

que la mayoría de los homicidios son ejecutados por la delincuencia que gravemente

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afecta a nuestro país, es por ello que este estudio más que el saber el porqué de esta

situación se enfoca en la búsqueda de una solución para disminuir un poco más estos

casos que se dan a través de la violación de los principios procesales al no contar con

el equipamiento necesario para identificar al autor de un hecho punible.

2.7 Limitaciones

Una vez justificada la investigación, es necesario plantear las limitaciones dentro de

las cuales esta se realizara, no todos los estudios tienen las mismas limitaciones cada

investigación es diferente y particular dando como resultado que las limitaciones en

un proyecto de investigación pueden tener limitaciones en el tiempo, haciendo

referencia a un hecho, situación, fenómeno que va hacer estudiado en un determinado

periodo. He aquí algunas de ellas:

- Falta de cooperación al suministrar información requerida por un funcionario

por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del

Municipio Valencia Estado Carabobo, al suministrar la información requerida.

-Ausencia de comunicación con el personal autorizado para aclarar las

interrogantes que existan, con respecto a la institución donde se realiza la

investigación.

-falta de información fehaciente por parte del gobierno para conocer las deficiencias

técnicas y científicas del principal organismo investigativo del país, ya que es de gran

interés conocer cada detalle relacionado a nuestro problema planteado debido que

actualmente nos rodea una sociedad con altos índices de delitos que quedan impune

independientemente de cual se trate, especialmente el delito de Homicidio en todos sus

tipos.

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CAPITULO III

MARCO TEORICO

Es el producto de la revisión documental y bibliográfica que consiste en la

recopilación de ideas, posturas de autores, conceptos y definiciones, que sirven de

base a la investigación que se realiza. Es decir, que de diversas bibliografías se

extraerán los puntos que se relacionen con el tema que se esté investigando para así

hacer posible una investigación.

Según Arias (1996) en el proyecto de investigación, los antecedentes reflejan los

avances y el estado actual del conocimiento en un área determinada y sirven de

modelo o ejemplo para futuras investigaciones, es decir investigaciones realizadas

anteriormente y que guardan alguna vinculación con el tema que se pretende

desarrollar .(p. 106)

3.1 Antecedentes

Miguel Ángel Maldonado (2009) En la realización de sus labores como perito

supervisor de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. (PGJDF.)

México, llega a la conclusión de que la dactiloscopia es una de las herramientas más

utilizadas para la identificación de los responsables de un delito. Actualmente en la

Unidad de Dactiloscopia de la Procuraduría capitalina existen más de un millón 200

mil registros de personas sujetas a procesos judiciales. Como auxiliares directos del

Ministerio Público, únicamente poseen los registros formales de personas que están o

que se han visto involucradas en algún hecho delictivo, datos que solo se obtienen a

través de la correcta aplicación del procedimiento y cada uno de sus principios.

Cabe destacar que Actualmente la actividad criminal utiliza métodos sofisticados para

cometer desde fraudes, robos y violaciones, hasta asesinatos, es por ello que la

criminalística ha tenido que forjar una alianza con diversas disciplinas científica para

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conjuntamente darle solución a través de la identificación, captura, debido proceso y

sentencia al delincuente.

La Abogada Josefina Gutiérrez (2009) elaboro su trabajo de grado para optar el

Grado de Especialista en Derecho Procesal en la Universidad Católica Andrés Bello,

que lleva como título ¨El Principio de celeridad procesal y su eficaz aplicación para

garantizar el derecho a una tutela judicial efectiva¨ donde el propósito fue desarrollar

algunas consideraciones en torno al principios particularmente en relación a la

obligación que tienen los órganos jurisdiccionales y los cuerpos de investigaciones de

garantizar a todas las personas el cumplimiento de los principios rectores del proceso

para así obtener con prontitud las respuestas correspondientes a cada caso en

específico.

Por otra parte Verónica Armas (2008) realizo su trabajo de grado en la Universidad

Católica Andrés Bello, titulado ¨Análisis de los aspectos de disuasión que afectan la

tasa de homicidios en Venezuela¨ donde muestra que las variables que resultan

significativas para explicar la tasa de homicidios son el rezago de las variables

endógenas y la probabilidad de ser detenidos por el cuerpo de investigación

competente en caso de cometer un homicidio. Cabe destacar que la probabilidad de

ser detenidos luego de cometer un hecho punible como lo es el homicidio, mantiene

una correlación con la tasa del delito anteriormente mencionado debido a que

mientras los delincuentes sean identificados y posteriormente capturados las

probabilidades de que la tasa de homicidio disminuya en el País son significativas.

Las investigaciones anteriormente realizadas por otros profesionales y expertos nos

confirma la violación de los principios procesales que hoy se presenta no solo en

Venezuela, sino también en otros Países del mundo, acontecimiento significativo para

el desarrollo y correcta aplicación de la justicia, ya que los cuerpos de investigaciones

como responsable de identificar a un delincuente requiere de la capacitación técnica

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como profesional, para que estos apliquen de manera correcta cada uno de los

principios que son claves para obtener resultados concluyentes a un determinado

proceso e investigación criminal con la utilización de las diversas disciplinas

necesarias y el respectivo procedimiento al tener los resultados de identificación del

sujeto y asi es posible la disminución del delito en nuestro Estado Venezolano.

3.2 Bases teóricas

Según Arias (1994), menciona que las bases teóricas, implican un desarrollo amplio

de los conceptos y proposiciones que conforman el punto de vista o enfoque adoptado

para sustentar o explicar el problema planteado. Cabe destacar, que las bases teóricas

van a desarrollar y a definir conceptos que estén ligados al problema que se investiga

y que se pretende resolver. (p. 107)

El pequeño Larousse Ilustrado (2001), define homicidio como una acción de matar a

un ser humano, este es un delito penado por nuestro Código Penal y por lo común la

muerte es ejecutada ilegítimamente y con violencia.

Por otra parte tenemos, Knot (2008) expresa que Homicidio es una palabra

proveniente del latín homo: hombre; caedere: matar, cuyo término significa matar a

un ser humano. Un homicidio siempre implica el uso de la violencia y los métodos a

realizar tal tarea pueden variar, aunque por lo general suelen verse determinados

patrones de metodologías de acuerdo a la situación en la cual se da el crimen.

Los homicidios que son consumados en Venezuela son protagonizados por los

delincuentes, ya que día a día el número de víctimas es mayor y lo más resaltante de

estos casos de homicidios es que gran porcentaje de estos quedan impune, ya que la

situación se ha salido de las manos y las autoridades competentes no son suficiente

para determinar al culpable y hacer justicia así como también no cuentan con la

preparación adecuada para el uso correcto de los instrumentos necesarios para la toma

de evidencia.

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Principio de justicia

El principio de justicia comprende el uso racional de los recursos disponibles que

permita el ejercicio pleno del derecho a la salud, que apunta no solo a los ciudadanos

necesarios con base en la dignidad de la persona, sino a las obligaciones de una

macrobioética justa de la responsabilidad frente a la vida amenazada y

los derechos de futuras generaciones.

Justiniano caracterizó la justicia como el deseo constante y perenne de entregarle a

cada uno de los que es debido. La dificultad estriba en establecer que se debe a quién

y por qué.

Principio de Celeridad

Este principio consiste en la relación entre la distancia recorrida y el tiempo que tomó

recorrerla; principio clave para esclarecer hechos y mantener la escencia de lo que se

protege, básicamente es la rapidez o prontitud que puede tardar una acción necesaria

en un determinado proceso.

Principio de Finalidad del Proceso

Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas

Este es el principal organismo de investigaciones penales de Venezuela y el mismo se

encarga del esclarecimiento científico de los delitos con miras a la posterior

aplicación de la justicia a través de los órganos competentes.

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que en principio

recibió el nombre de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, tiene su génesis en la

antiquísima Dirección General de Policía mejor conocida como DIGEPOL, la cual se

transforma después del golpe de estado del año 1.952 en la temida Seguridad

Nacional.

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Para el 23 de enero de 1.958, el pueblo venezolano cansado de la situación político-

social que vivía para la época y con la ayuda de una rebelión militar derrocan al

General Marcos Pérez Jiménez, al igual que al renombrado Pedro Estrada, quien para

entonces se desempeñaba como Director de la Seguridad Nacional.

Sin un órgano de investigación penal como tal y ante la inminente e impostergable

creación de uno adaptado a las exigencias del nuevo escenario político y social del

país, en el umbral de la democracia, en aras de crear una Institución fincada en el

propósito de la justicia, bajo la premisa rectora de organizar un Cuerpo de

investigación penal poderoso, no en la irracionalidad y arbitrariedad frente a los

derechos fundamentales del ciudadano, pero si más eficiente en la concepción de una

Policía Técnica Judicial, atenta al nuevo cambio del orden del país y hacia la eficacia

normativa de la ley.

De acuerdo a las consideraciones anteriores, se establece entonces la creación de una

nueva policía que sustituya funcional y operativamente a la Seguridad Nacional y de

hecho, constituida la Junta Provisional de Gobierno, presidida por el Contra

Almirante Wolfang Larrazabal Ugueto, encomienda al entonces Ministro de Justicia

Rene de Sola y al profesional del Derecho, doctor Rodolfo Plaza Márquez para la

aludida creación. Y es entonces, bajo la tutela del Decreto Presidencial número 48

que se crea el Cuerpo Técnico de Policía Judicial el cual dependerá orgánicamente

del Ministerio de Justicia y tendrá jurisdicción nacional.

Este ente gubernamental, se define como un órgano auxiliar del Poder Judicial,

cumpliendo con las funciones que el Código de Enjuiciamiento Criminal le atribuía y

en el desarrollo de sus obligaciones estaría subordinada a los jueces de instrucción. Es

por ello, que surgen los Módulos y Seccionales a lo ancho y largo del país, así como

Dependencias Especiales en la ciudad de Caracas, al igual que laboratorios de análisis

y otras muestras.

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La Organización interna de la novísima Institución seguiría un orden lógico y a la vez

sencillo, vale decir entonces que contará con las Dependencias de Medicina Legal,

Dactiloscopia, Fotografía, Caligrafía, Balística y las Áreas de Investigación en

materia de delitos contra las personas, la propiedad y el tráfico de estupefacientes y

sustancias psicotrópicas. A medida que avanza en el tiempo, el Cuerpo Técnico de

Policía Judicial, el cual era mejor conocido como CTPJ o PTJ, fue consolidándose

como un Cuerpo élite de investigación penal tanto a nivel nacional como

internacionalmente, con prestigio y suficiente credibilidad en su eficiencia.

Con el correr de los años, el Cuerpo continuó en su camino a la excelencia,

profesionalizando aún más a su talento y personal humano, creando nuevas áreas,

apoyadas en el conocimiento científico, para ir yendo a la par con la modernización y

evolución delictiva. En este sentido, se forman las Brigadas contra la Delincuencia

Organizada, Delitos contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias,

Legitimación de Capitales, referida a la capitalización producto del narcotráfico o el

llamado narcolavado de dinero, así como también se amplían las dependencias tanto

administrativas como netamente operativas.

Como toda Organización, debió precisar normas, reglamentos y disposiciones de

carácter disciplinario que, precisamente regulara la conducta de sus integrantes,

dentro y fuera de la Institución, premiando las conductas encomiables así como

también castigando a los contraventores de las reglas previamente establecidas con

apego a la ley que sólo buscan controlar de forma pacífica la buena marcha, el orden,

la disciplina y la ética de los funcionarios.

Es así como en Julio de 1.965, entra en plena vigencia el Reglamento de Régimen

Disciplinario, instrumento jurídico que, como se indicó anteriormente, sentó las bases

para el desempeño funcional controlado.

El citado instrumento jurídico vino rigiendo desde sus inicios, dando claras

evidencias de su buena pro; pero a medida que el sistema procesal cambió así lo hizo

también el Reglamento, que en muchos casos fue señalado de inoperante,

anticonstitucional, violatorio e inactivo, por lo que se precisa con urgencia un cambio

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en el paradigma, no sólo en lo sustantivo, sino que la ley penal adjetiva metamorfosee

y así se convierta en una verdadera pieza blindada que coadyuve de forma definitiva

al cambio en el ámbito y universo disciplinario, ya que era una exigencia casi

inmediata.

Para el 1º de julio de 1.999, el país estrena nueva forma procesal penal para enjuiciar,

pues entra en vigencia, de manera parcial, el Código Orgánico Procesal Penal, que

dentro de sus avances de los procedimientos, sugiere un proceso expedito, oral,

público y contradictorio en contraposición al sistema antiguo conocido como

inquisitivo y el cual se caracterizaba por un proceso lento, escrito, sumario y lesivo al

principio de la presunción de inocencia. Es aquí donde, la hasta entonces Policía

Técnica Judicial, pasa a denominarse Dirección Nacional de Investigaciones Penales.

En este orden de ideas, la nueva estructura organizativa de la Policía de

Investigaciones Penales, dependerá administrativamente del Ministerio del Interior y

Justicia y funcionalmente del Ministerio Público, que pasa a ser el rector de la

investigación criminal. Esta nueva faceta en el que hacer policial, el Cuerpo Policial

debe entonces prepararse para adoptar las exigencias impresas por ende en una nueva

dimensión de su rol hasta ahora desconocido, ya que pasa abruptamente de un

proceso lento y tedioso, a uno innovador, de vanguardia, ajustado precisamente a las

pautas mundiales que sobre procesos penales existía,.

En el año 2001 se analiza la idea de crear una nueva estructura en el concepto de la

Seguridad Ciudadana, dentro del marco constitucional vigente, que se adapte

precisamente a lo concebido por el legislador que fue plasmado en el texto

constitucional, al hablar entonces la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela en su norma Nº 332 de crear un “Cuerpo de Investigaciones Científicas,

Penales y Criminalísticas” por lo cual el Cuerpo que para la fecha se adaptaba mejor a

esta disposición era la Dirección Nacional de Investigaciones Penales, asumió de

ipsofacto esta determinación y nace así el C.I.C.P.C.

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Con la nueva estructura que nace, igualmente surge una nueva norma y la finalidad de

crear una ley que regule la organización, funcionamiento y competencia del Cuerpo

de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, no tiene otro espíritu,

propósito y razón de saber examinar tantos los rastros y las materialidades que han

sido advertidos y que son susceptibles de verificación penal, para así comprobar

científicamente el delito, apoyados en las ciencias del saber, técnicas y

procedimientos esenciales para nutrir un compendio de actuaciones y así satisfacer la

esfera punitiva referida a la justicia.

Actualmente, es el organismo de Investigación Criminal por excelencia en

Venezuela, siendo reconocida internacionalmente por su capacidad de respuesta a los

más altos retos investigativos, tomando como herramientas principales: su formación

académica, experiencia y capacidad deductiva.

Delincuencia en Venezuela

La inseguridad y principalmente la criminalidad en el país, representan la

mayor angustia de los ciudadanos, cuestión que debe motivar un profundo

debate desligado del prejuicio producto de la actual conflictividad política,

puesto que este fenómeno social ha tomado cuerpo desde hace 16 años y, hasta

ahora, los gobiernos que hemos tenido no han definido planes que ataquen al

mal desde la raíz.

Según Ossorio (1981) expresa que la delincuencia es toda conducta reprimida por la

ley penal, se trata pues, de un fenómeno social manifestado por la comisión de actos

sancionados por la ley que, además, implican transgresiones a los valores reinantes en

la sociedad, en otras palabras, son conductas antijurídicas a la vez que antisociales.

Igualmente Moran (2003) declara la delincuencia es un fenómeno problemático

social mundial que se presenta en todas las sociedades sin importar su carácter.

Tomando en cuenta todo lo expuesto, se puede definir la delincuencia en Venezuela

como el fenómeno social constituido por el conjunto de las infracciones penales

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cometidas por los sujetos mayores de catorce años y menores de dieciocho. Esta

definición, junto a la premisa que los delitos cometidos se relacionan íntimamente

con la situación social en la que se desarrollan, son los elementos que establecen las

bases del fenómeno a estudiar.

Estadísticas revelan que Venezuela ocupa el puesto 13 en lo referente a la mayor

criminalidad, superamos naciones como Ruanda, Namibia, Honduras, El

Salvador y Guatemala. Reafirmándose así que en la delincuencia confluyen

factores sociales, económicos y políticos que debemos considerar a la hora de

definir planes para enfrentar esta angustiante situación.

Entre los factores sociales, inciden: Carencia del medio familiar y escolar, mal uso

del tiempo libre, agresividad en la programación de medios de comunicación,

densidad poblacional, influencias de amigos, etc.

En el aspecto económico, se encuentran: Insuficiencia en el nivel de vida ( 52% de

pobreza extrema), desempleo, falta de educación y preparación familiar en la correcta

canalización de las inquietudes juveniles.

En cuanto a los factores políticos, destacan: La crisis, la falta de sentido cívico y la

corrupción moral, entre otros.

Ante esta realidad, las mafias organizadas como el narcotráfico o las dedicadas

al robo de vehículos, han venido contribuyendo en la creación de un submundo;

contando a su favor con una población juvenil desatendida, ya que los gobiernos

solo han aplicado la represión hacia el delincuente o han creado centros de

rehabilitación, pero no atienden de manera integral a los jóvenes y a la familia.

Durante los últimos 5 años, el robo de vehículos ha sido de 150 mil unidades

(representa el 5% del parque automotor del país) valorados en 4,5 billones de

bolívares; por otro lado, el consumo de drogas aumenta constantemente,

mientras que la efectividad policial en el ataque al lavado de dólares, como la

parte más rentable de este maligno negocio, deja mucho que decir.

Ante todo esto solo cabe enunciar que la delincuencia expresa una conducta de

trasgresión de determinados individuos de las pautas y leyes que la sociedad ha

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establecidos para normar las relaciones entre sus integrantes, y en situaciones

estables, esa conducta puede estar determinada, fundamentalmente, por

aspectos biológicos, como el famoso cromosoma demás o por características de la

personalidad del individuo, producto de sus vivencias o carencias( deseo de

llamar la atención, abuso infantil, necesidad de dependencia entro otros)

3.3 Definición de términos básicos

Según Tamayo (1998), es la aclaración del sentido en que se utilizan las palabras o

conceptos empleados en la identificación y formulación del problema, es decir que

consiste en dar el significado preciso y según el contexto a los conceptos principales,

expresiones o variables involucradas en el problema y en los objetivos formulados.

PTJ: Policía Técnico Judicial, actualmente CICPC

Cicpc: Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas

Criminalística: es un conjunto de técnicas y procedimientos de investigación cuyo

objetivo es el descubrimiento, explicación y prueba de los delitos, así como la

verificación de sus autores y víctimas.

Criminología: es una ciencia interdisciplinaria que basa sus fundamentos en

conocimientos propios de la sociología, psicología y la antropología social, estudia

las causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del

hombre.

Delito: en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u

omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la

que corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de

punibilidad. Supone una conducta infraccionar del Derecho penal, es decir, una

acción u omisión tipificada y penada por la ley.

Ensañamiento: es una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal del

agente, generalmente contemplada en los delitos contra las personas.

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Homicidio: es el acto en que se causa la muerte de otra persona, es decir es una

conducta típica antijurídica penada por la ley.

Impunidad : constituye una infracción de las obligaciones que tienen los Estados de

investigar los delitos, especialmente en la esfera de la justicia, para que las personas

sospechosas de responsabilidad penal sean procesadas,

Dactiloscopia: Es la ciencia que se propone identificar a las personas físicamente

consideradas por medio de la impresión o reproducción física de los dibujos formados

por las crestas papilares en las yemas de los dedos de las manos.

Balística: se entiende el estudio científico (física y química) de todo lo relativo al

movimiento de los proyectiles (balas, bombas de gravedad, cohetes, misiles

balísticos, etc.).

Atd : análisis de trazas de disparo

3.4 Bases Legales

Código Orgánico Procesal Penal Artículo 13. El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías

Jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberá

atenerse el Juez o Jueza al adoptar su decisión.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de

progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable,

indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son

obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución,

los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las

leyes que los desarrollen.

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Artículo 29. El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos

contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades

Código Penal Venezolano

Artículo 407°

El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio

de doce a dieciocho años.

Artículo 408°

En los casos que se enumeran a continuación se aplicarán las siguientes penas:

1º. Quince a veinticinco años de presidio a quien cometa el homicidio por medio de

veneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en el título VII

de este libro, con alevosía o por motivos fútiles o innobles, o en el curso de la

ejecución de los delitos previstos en los artículos 453, 454, 455, 457, 460 y 462

de este Código.

2º. Veinte a veintiséis años de presidio si concurrieren en el hecho dos o más de las

circunstancias indicadas en el numeral que antecede.

3º. Veinte a treinta años de presidio para los que lo perpetren: a) En la persona de se

ascendiente o descendiente, legítimo o natural, o en la de su cónyuge. b) En la

persona del Presidente de la República o de quien ejerciere, aunque fuere

interinamente, las funciones de dicho cargo.

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CAPITULO IV

FASES METODOLOGICAS

Los aspectos metodológicos orientan el proceso de investigación del estudio

desarrollado, por cuanto esos procedimientos son los que orientan cualquier proyecto

educativo que se quiera realizar. Es así, como la investigación se centra básicamente

en un estudio aplicado, teniendo como propósito primordial la resolución de

problemas inmediatos en el orden de transformar las condiciones de sociales de la

ciudadanía.

Esta investigación es descriptiva y documental, ya que se utiliza el método de análisis

para caracterizar un objeto de estudio o una situación concreta, señalando las

características y propiedades de este, y combinándola con ciertos criterios de

clasificación, los cuales sirve para ordenar, agrupar o sistematizar los objetos

involucrados en el trabajo indagatorio.

De igual manera, la investigación descriptiva para Hurtado y Barrera (2007) tiene

como objetivo central lograr la descripción o caracterización del evento de estudio

dentro de un contexto particular.

El esquema está dividido en 3 apartados:

• La justificación, representa el “por qué” de la investigación;

• Los propósitos de la investigación, se refieren al “para qué” y aluden a lo que

se aspira a alcanzar después de realizada la investigación

• Los objetivos de la investigación, que también se refieren al “para qué”, estos

objetivos son alcanzados totalmente al final de la investigación. (p. 112)

Aunado a esto, manifiesto que la investigación descriptiva, es el tipo de

investigación concluyente que tiene como objetivo principal la descripción de algo,

generalmente las características y funciones del problema en cuestión

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Aunado a esto, manifiesto que la investigación descriptiva, es el tipo de investigación

concluyente que tiene como objetivo principal la descripción de algo, generalmente

las características y funciones del problema en cuestión.

4.1 Fases metodológicas

Fase I El Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC)

actualmente tiene una alta deficiencia en la realización de las investigaciones para

realizar eficientemente una toma de evidencias con el objetivo de identificar el

culpable de un hecho punible como lo es el homicidio, ya que para la eficacia de la

investigación es indispensable contar con equipos, como lo son los microscopios

petrográfico, y de fluorescencia y barrido, así como también existe la ausencia de

cámaras panorámicas. Cabe destacar que estos instrumentos ausentes van adheridos a

otros conocimientos y métodos donde el Cuerpo de Investigaciones Científicas

Penales y Criminalísticas no esta totalmente capacitado, podemos mencionar dentro

de las mas importantes disciplinas así como las ciencias del comportamiento,

biología, balística, dactiloscopia, física, química, entre otros; es por ello que no se

hace posible una investigación satisfactoria para a través de ello contribuir a la

administración de justicia que tanto requiere Venezuela.

Fase II Durante el primer semestre de este año en el estado Carabobo se registraron

906 homicidios, según reportes de los diferentes cuerpos policiales de la región,

figurando Valencia como el municipio que encabeza las estadísticas en criminalidad;

el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) es uno de

los cuerpos de investigación mas importantes de Latinoamérica, pero es importante

indicar que actualmente es uno de los mas deficientes debido a la falta de equipos

indispensables así como la falta de personal capacitado que haga posible la correcta

utilización de las diferentes disciplinas que ayuden a determinar el homicida.

En cuanto al número de homicidios en el año 2012 se contabilizan de la siguiente

manera: 168 en enero, 138 en febrero, 151 en marzo, 142 en abril, 175 en mayo y 132

en el mes de junio.

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Cabe destacar que en el 2011 quedó así: enero (118), febrero (135), marzo (126), abril

(115), mayo (133) y junio (123).

Fase III Si bien es cierto que en el Estado Carabobo el 90% de los Homicidios quedan

impune, también es cierto que esto se debe a la insuficiencia de instrumentos como la

deficiencia del personal especializado en cada materia en específico que son un

mecanismo clave para resolver los homicidios. No solo quedan impunes, sino que

también conlleva a que el índice de homicidios cada día sea más alto debido a que los

delincuentes no son imputados y por lo tanto constantemente realizan ese

determinado delito.

4.2 Instrumentos de Recolección de Datos

Un instrumento de recolección de datos es en principio cualquier recurso de que

pueda valerse el investigador para acercarse a los fenómenos y extraer de ellos

información. De este modo, el instrumento sintetiza en si toda la labor previa de la

investigación, resume los aportes del marco teórico al seleccionar datos que

corresponden a los indicadores y, por lo tanto a las variables o conceptos utilizados.

Savino (1998) refleja que son el conjunto de mecanismos, medios y sistemas de

dirigir, recolectar, conservar, reelaborar y transmitir los datos. (p. 34) Por otro lado,

Castro (1999) indica que las técnicas están referidas a la manera como se van a

obtener los datos y los instrumentos son los medios materiales, a través de los cuales

se hace posible la obtención y archivo de la información requerida para la

investigación.

En esta investigación se utilizara:

a) La encuesta, que representa el estudio observacional en el cual el investigador

busca recaudar datos de información por medio de un cuestionario prediseñado, y no

modifica el entorno ni controla el proceso que está en observación (como sí lo hace

en un experimento), estos datos se obtendrán a partir un conjunto de preguntas

normalizadas dirigidas a una muestra representativa o al conjunto total de la

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población estadística en estudio, formada a menudo por personas, empresas o entes

institucionales, con el fin de conocer estados de opinión, características o hechos

específicos.

b) La observación, es una actividad realizada por un ser vivo (como un ser humano),

que detecta y asimila la información de un hecho, o el registro de los datos utilizando

los sentidos como instrumentos principales. El término también puede referirse a

cualquier dato recogido durante esta actividad. Estos instrumentos permitirán la

recabación de la información.

4.3 Diseño de investigación

El diseño de Campo en la investigación constituye el plan general del investigador

para obtener respuestas a sus interrogantes y comprobar la hipótesis de la indagación

previa. Esto desglosa las estrategias básicas que el investigador adopta para generar

información exacta e interpretable.

Indistintamente, el diseño de investigación estipula la estructura fundamental y

especifica la naturaleza global de la intervención. Y es allí, cuando el investigador,

suele tratar de desarrollar algún tipo de comparación, las cuales puedes ser: entre dos

o más grupos, de un grupo en dos o más ocasiones, de un grupo en diferentes

circunstancias y con muestras de otros estudios.

Este diseño especificara los pasos que habrá que tomarse para controlar las variables,

al mismo tiempo que señalara, las relaciones con otros acontecimientos precisándose

el ambiente donde se realizara el estudio.

4.4 Población y Muestra

Levin y Rubin (1996) definen la población es un conjunto de todos los elementos que

estamos estudiando, acerca de los cuales intentamos sacar conclusiones. (p. 23)

Además, Cadenas (1974) resalta que una población es un conjunto de elementos que

presentan una característica común. (p76)

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De otro modo, la muestra es una representación significativa de las características de

una población, que bajo, la asunción de un error (generalmente no superior al 5%)

estudiamos las características de un conjunto poblacional mucho menor que la

población global.

La población lo constituyen el organismo del Cuerpo de Investigaciones Científicas

Penales y Criminalísticas, sede Municipio Valencia Estado-Carabobo porque es el

ente que presenta la problemática. Con respecto a la muestra, corresponde a un

número de 03 funcionarios adscritos a la delegación. Ya que son ellos quienes pueden

expresar libremente la urgencia de la dotación de equipos, el mejoramiento de la

calidad del servicio y sumaran esfuerzos a favor de la disminución de los homicidios;

sin embargo no quisieron identificarse.

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CAPITULO V

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1 Resultados

Los principios procesales una vez que han sido violados, nos lleva directamente a un

fracaso en el desarrollo del País a través de la justicia, ya que el principio de justicia,

el principio de celeridad y el principio de finalidad del proceso son los pilares

fundamentales para realizar correctamente cada investigación criminal, y al estos ser

violados por consecuencia de la usencia de los equipos necesarios en el Cuerpo de

Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas CICPC, no procedería la

aprensión del delincuente y por lo tanto el índice de criminalidad aumentara de

manera alarmante con el transcurrir de los días en vista de que los sujetos activos no

son sancionados por las autoridades correspondientes.

Los equipos necesarios para tomar evidencia en casos de homicidios son los

siguientes:

Polígrafo, conocido como el detector de mentiras.

ADN, para identificación genética.

Pruebas de nitrito, para prendas de vestir.

Análisis instrumentales, para estudio de evidencias de energía y electricidad.

Activaciones especiales, para huellas y rastros sobre soportes especiales.

Cromatografo de gases, para análisis de sustancias inorgánicas.

ATD, análisis de trazas de disparo con técnica física de rayos X para localizar

residuos sólidos de pólvora, nitrato, nitrito y plomo.

Microscopio fluorescente y espectrómetro de luz ultravioleta y visible.

La ausencia de estos equipos en el CICPC trae como principales consecuencias la

violación de los principios fundamentales del proceso, el aumento de acciones

delictivas así como el atropello físico y psicológico de las familias Venezolanas.

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Estos principios contribuyen a la administración de justicia a través de la correcta

aplicación del procedimiento adecuado, conjuntamente con las leyes que rigen cada

caso en específico, ya que cada delito pose una pena diferente, y una vez identificado

el culpable se procede a realizar el procedimiento correspondiente para así darle a

cada quien lo que le pertenece a y través de una sentencia.

5.2 Conclusiones

Para realizar de manera eficiente una toma de evidencia es necesario aplicar el

adecuado procedimiento utilizando lo requerido para ello, para que de esa manera

inicie el proceso de llevar justicia a cada rincón y a cada familia Venezolana, para

que así el autor del hecho punible asuma su responsabilidad penal correspondiente y

no aumente el porcentaje delictivo que en cantidades alarmantes afecta directa o

indirectamente a cada persona que se encuentre en el espacio geográfico Venezolano.

Es importante destacar que el Estado Venezolano vive actualmente una de las etapas

más difíciles de la historia referido a inseguridad e injusticias, donde los cuerpos de

investigación encargados del resguardo de la seguridad y la justicia, son

considerados incompetentes en el cumplimiento de sus responsabilidades,

específicamente en identificar a los malhechores para que posteriormente sean

presentados ante el Juez competente y así de esta manera garantizar la integridad de

los ciudadanos como lo establece la Constitución Bolivariana de Venezuela, así

como la protección de los derechos humanos, especialmente el derecho a la vida.

Para garantizar cada uno de estos derechos protegidos es indispensable realizar una

correcta investigación criminal, de no ser así nos arroja a la materialización de otros

delitos en vista de que los malhechores no son identificados y se hace imposible la

captura, la realización del debido proceso y la sentencia que indicara la pena que este

debe cumplir.

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5.3 Recomendaciones

Para atacar este problema que se presenta desde hace algunos años se debe iniciar

con cumplir lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela en sus Artículos: 26,285 n°3 y 4 y 49; así mismo el Código Penal, el

Código Procesal Penal y demás Leyes de la Republica, es la mejor manera de iniciar

a impartir justicia conjuntamente con la aplicación de los principios fundamentales

para que así Venezuela disminuya el nivel de delincuencia que actualmente

presenta.Es importante señalar que Para una investigación significativa como lo es la

realizada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas

(CICPC) lo trascendental es contar con el medio que hará posible la eficacia del

escudriñamiento que corresponda. Es por ello que sin lo requerido es imposible que

disminuya el alto índice de delitos impune. Facilitar al Cuerpo de Investigaciones

Científicas Penales y criminalísticas (CICPC) todos los equipos indispensables,

especiales y aptos para realizar de manera eficiente la toma de evidencia para

identificar al delincuente que ha cometido un hecho punible.

En virtud de la necesidad que presente el País actualmente en cuanto a seguridad lo

primordial es la capacitación técnica al CICPC, ya que a este le corresponde una

actuación protagónica en el Sistema Penal Venezolano, a través de las

investigaciones pertinentes que realizan los expertos en la materia. Por otra parte es

importante la preparación adecuada a cada Funcionario como se requiere, formarlos

internamente e incentivarlos con beneficios laborales, así mismo dar a conocer a

través de programas, jornadas cuales son las necesidades del País y las condiciones

en las que actualmente se encuentra, para que así sean motivadas más personas a ser

formadas para contribuir a las mejoras del Estado.

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Peña 82008) Metodología para el análisis, interpretación, Elaboración de obras y

Temas de Investigación.

Pérez (2004) El Homicidio. Argentina. Ediciones Amigo del Hogar.

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Miguel Ángel Maldonado (2009)

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Código Orgánico Procesal Penal Venezolano

Código Orgánico Penal Venezolano. Gaceta Oficial Nº5.768 del 13 de Abril del

2005.

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