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05 de Marzo de 2009

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

RESUMEN DEL PROCESO DE REVISIÓN SALARIAL Y POR VIOLACIONES AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, QUE LA UACh LLEVA A CABO CON EL STUACh.

REVISIÓN SALARIAL El STUACh solicita un incremento salarial del 30%, más una retabulación con un costo aproximado de 233 millones de pesos. La Universidad ofreció el 4.25% de incremento salarial. Respecto a la retabulación, ofreció realizar el estudio base para formular un proyecto propuesta de retabulación que será gestionado para la evaluación y aprobación por parte de las instancias externas correspondientes. Y, una vez aprobado técnicamente, se realizarán gestiones a efecto de solicitar que en el presupuesto 2010, se incluya y considere la asignación de un incremento en el concepto de servicios personales que permita iniciar la operación de un nuevo tabulador. Extraoficialmente, el STUACh, planteó las siguientes peticiones adicionales, de índole económico. Apoyo adicional al establecido en la cláusula 54.11, para el festejo del día del trabajador por $250,000.00.

Se ofrecieron $200,000.00

Apoyo adicional al establecido en la cláusula 54.23, para la compra de juguetes del día de reyes por $150,000.00.

Se ofrecieron $100,000.00

Apoyo adicional al establecido en la cláusula 54.24, para el festejo del día de la madre por $150,000.00.

Se ofrecieron $100,000.00

Incremento al Fondo de vivienda, por 20 millones de pesos.

No fue posible ofrecer ningún monto económico para atender esta petición, por no contar con recursos presupuestarios autorizados.

Bono para el desarrollo humano sustentable para cada trabajador por $12,000.00.

Se ofrecieron $6,000.00 por única vez, para apoyar el desarrollo humano sustentable y un vale único de despensa como gasto de previsión social, por un monto de $3,000.00, a cada trabajador.

Apoyo a cada trabajador que se jubila en 2009, pagándole lo correspondiente a la cláusula 54.6 del C.C.T. sobre la base del sueldo integrado.

Se ofreció otorgar un apoyo extraordinario a los trabajadores que se jubilen en 2009, por un monto de $5,000.00.

Que se incrementen los viáticos al personal administrativo.

Los viáticos se incrementaron en un 10%.

REVISIÓN DE VIOLACIONES AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO UACh-STUACh El Sindicato demanda la reparación de 43 cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo UACh-STUACh, que considera han sido violadas por la Universidad. El avance en la revisión de tales demandas, se detalla a continuación. CLÁUSULAS CON ACUERDO Se concretaron acuerdos respecto a 22 cláusulas: 2.4, 2.9, 2.11, 2.15. 2.39, 2.50, 2.51, 4 y 23, 19, 26, 30, 50, 54.1, 54.3, 54.4, 54.9, 54.17, 70, 74, 79, 84.14 y primera transitoria, mediante los cuales se adquirieron los siguientes compromisos.

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• La Universidad aplicará el cambio de adscripción de un trabajador. • La Universidad asignará funciones en el caso de una trabajadora, de acuerdo a la categoría a la

que fue promovida. • La Universidad y el Sindicato revisarán si es posible que la Universidad autorice permiso para integrar

una delegación sindical más. • La Universidad revisará ante el ISSSTE y presupuestalmente, si es posible o no apoyar la petición del

Sindicato, relativa al reconocimiento de antigüedad de un grupo de trabajadores de la Unidad de Servicios Habitacionales.

• La Comisión Mixta de Tabulador y Manual de Procedimientos, en un plazo perentorio, dictaminará la procedencia o no procedencia de las solicitudes de cambio de categoría planteadas en el Pliego de Peticiones del STUACh.

• La Universidad procederá a actualizar y/o expedir la credencial del personal de los Centros Regionales que no cuente con ella.

• La Comisión Mixta del Tabulador y Manual de Procedimientos, se avocará a atender lo relativo a la revisión de la valuación de tres puestos, en términos de lo establecido en un acuerdo celebrado con anterioridad.

• La Universidad girará instrucciones a los funcionarios, a efecto de prever que los conflictos que pudieran presentarse, se traten conforme a lo establecido en la cláusula 4 del C.C.T. y observen estricto apego al Reglamento de Obligaciones, y el Sindicato presentará las quejas fundamentadas sobre los conflictos a que se refiere en su Pliego de Peticiones, para que se promueva ante las instancias correspondientes, el seguimiento respectivo hasta su determinación.

• El Sindicato dio por satisfecha su demanda relativa a la ocupación de tres plazas vacantes en la UPOM.

• El Sindicato dio por satisfecha su petición respecto al reconocimiento de adscripción de dos trabajadores, dado que fue definida por la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón y respecto a otros dos, reconoció el Departamento de Agroecología como su adscripción, y en un tercer caso, la Universidad y el Sindicato revisarán y definirán el nuevo lugar de adscripción.

• En los Centros Regionales ubicados en Morelia, Mérida y URUZA, si no cuentan con un área para tomar alimentos, se adecuarán los lugares para tal fin.

• La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, determinará su programa anual de trabajo, en el que incluirá la revisión de las áreas que se definan conjuntamente y de varias de las áreas mencionadas en el Pliego de Peticiones del STUACh. Las medidas aplicables en materia de seguridad e higiene que proponga dicha Comisión Mixta, se implementarán por la Universidad.

• La Universidad realizará gestiones para solicitar a SAGARPA y SHCP, autorice seis nuevas plazas de auxiliar técnico de investigación para puestos de nueva creación en Zacatecas y URUZA.

• La Universidad entregará a los trabajadores del Departamento de Inventarios, el equipo de protección personal que requieren para el desempeño de sus actividades.

• A partir del presente año, a las trabajadoras del CDI se les otorgarán batas conforme a las características de la muestra que presentaron, y el Sindicato dio por satisfecha su petición con relación al vestuario, calzado y herramientas otorgado a trabajadores de otras áreas.

• La Universidad procederá a otorgar a una trabajadora, apoyo para guardería conforme a lo establecido en la cláusula 54.9.

• La Universidad procederá a aplicar en el caso de un trabajador, el pago correspondiente a reconocimiento de antigüedad.

• La Universidad concluirá en el presente año, la impermeabilización del techo del Servicio Médico Universitario, y respecto a: Agroecología, Fitotecnia, Vivero Experimental de DICIFO y Seguridad y Vigilancia, en los casos que no se cuente con áreas para tomar alimentos, se adecuarán los lugares para tal fin.

• La Universidad concederá permiso a los integrantes de la Comisión Mixta de Conciliación cuando ésta sesione.

• La Universidad procederá el pago correspondiente de compensación única anual que se asignó en 2008 a los vigilante y veladores, a un trabajador que aún no recibe ese pago.

• En el caso de una trabajadora de la MDRR, la Universidad otorgará el permiso correspondiente para que asista a practicarse examen médico, una vez que el CLIDDA-ISSSTE, autorice una fecha para tal fin.

• La Comisión Mixta del Tabulador y Manual de Procedimientos, se avocará a revisar si un puesto de confianza reviste características de base, en términos de lo establecido en un acuerdo celebrado con anterioridad.

CLÁUSULAS SIN ACUERDO

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A continuación se detallan las peticiones del STUACh, respecto a las cláusulas en las que no se ha concretado acuerdo, así como la respuesta emitida por la Universidad:

Cláusula Petición STUACh Respuesta UACh 2.16 y 2.19 Cambios de categoría por promoción simple. Pendiente por parte del STUACh, informar a

la Institución a que casos de trabajadores se refiere su petición.

2.43,2.51… Reagrupación de todos los puestos existentes por grupo, rama y sus diferentes niveles salariales mediante una retabulación salarial, para que todos los trabajadores perciban un salario remunerador.

La respuesta es la misma que se señala en el rubro relativo a la revisión salarial.

Pago del 35% como compensación por zona económica.

No existe compromiso sobre el particular establecido en el C.C.T.

Actualización ante el ISSSTE, de los salarios de los trabajadores en los Centros Regionales.

La Universidad acreditó el cumplimiento sobre esta petición.

2.50

Aplicación del “acuerdo de voluntades” para trabajadores con nivel salarial 15.

No existe el convenio que señala el Sindicato, por lo que no es posible acceder a su petición.

Que se retiren los ingresos al margen de la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón.

Las personas a que se refiere el Sindicato, tienen contrato por obra y tiempo determinado (prestación de servicios profesionales), para supervisión de obras, por lo que no están ocupando categorías de base.

Basificación de trabajadores. Se propuso al Sindicato que durante 2009, y conforme se desocupen las plazas respectivas, la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón proceda la basificación de acuerdo a lo establecido en la cláusula 19 del C.C.T.

19

Reserva del ingreso a la UACh de hijos menores de edad de jubilados y fallecidos, hasta que alcancen la mayoría de edad.

La Universidad no está en posibilidad de acceder a esta petición, porque lo solicitado no está convenido en la cláusula 19 del C.C.T.

23 Pago de enteros al ISSSTE, correspondiente a horario discontinuo.

La Universidad ofreció consultar ante el ISSSTE, si es posible o no pagar cuotas y/o aportaciones por este concepto.

Derecho de adscripción de dependencia y de unidad escalafonaria de tres trabajadores.

Una vez que los trabajadores sean basificados por la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón, se definirá su adscripción.

26

Reincorporación a su lugar de adscripción de un trabajador puesto a disposición en Recursos Humanos.

La Universidad reintegró al trabajador a su lugar de adscripción.

Que se proporcionen alimentos a las trabajadoras del C.D.I. como actividad pedagógica.

30

Que se pague horario mixto a un trabajador.

No existe compromiso al respecto establecido en el C.C.T., por lo cual no es posible acceder a estas peticiones.

31 Que se pague horario discontinuo a trabajadores del CRUSE, MDCRR, Zacatecas, Zonas Áridas, Irrigación y Preparatoria Agrícola.

En los casos que corresponde, la Universidad demostró que ha venido pagando el concepto de horario discontinuo.

33 Pago oportuno de horas extras laboradas a trabajadoras del C.D.I.

El los casos que corresponde, se ha pagado de manera oportuna.

34 Pago de horas extras en los siguientes casos: Tercer turno de vigilantes y veladores (aplicación del convenio de fecha 16 de junio de 1993), a dos trabajadoras del C.D.I., a 13 trabajadores del Servicio Médico

En los casos que existe el registro del tiempo extra laborado, se efectúo el pago correspondiente.

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Cláusula Petición STUACh Respuesta UACh Universitario, a una trabajadora de la MDCRR y a cuatro trabajadores de la Sección de Lavandería. Pago correcto de la prima dominical a trabajadores del 3er turno: vigilancia y veladores, URUZA, CRUPY, vigilancia y veladores segundo turno.

La Universidad paga correctamente el concepto de prima dominical a los trabajadores del tercer turno, ya que lo efectúa de conformidad con lo establecido en la cláusula 40 del C.C.T.

40

Que a los trabajadores de Internado tercer turno, se les otorguen dos días de descanso por cada cinco días de labores en los períodos vacacionales.

No existe motivo para dichos trabajadores dejen de laborar los días sábado y domingo incluidos dentro de los períodos vacacionales, dado que la cláusula 40 del C.C.T., establece que deben laborarlos.

42 Otorgamiento discrecional de tolerancias a una trabajadora del Departamento de Contabilidad.

La Universidad no se ha negado a otorgarle permisos discrecionales, prueba de ello es que en 2007 se le otorgaron 19 permisos y en 2008, cuarenta permisos.

45 Que se iguale al salario del nivel 12, de responsable de mesa a los clasificadores de información de Recursos Humanos, al nivel 15 a un trabajador de la Lavandería y a dos de la misma Sección, al nivel 12. Asimismo, se iguale al nivel 12, a los trabajadores del segundo turno de Vigilancia y Veladores y al nivel 15, a un trabajador de UPOM.

Los trabajadores realizan sus funciones de conformidad con el profesiograma de su respectiva categoría, por lo que no es posible igualar su salario a un nivel salarial superior.

52 Pago de enteros al ISSSTE, tomando como base el salario integrado (compensación de antigüedad, zona económica, higiene y seguridad y horario discontinuo).

La Universidad acreditó el pago de los enteros correspondientes al ISSSTE, por lo que se refiere a la compensación de antigüedad, zona económica e higiene y seguridad, y ofreció consultar con el ISSSTE, si es posible o no pagar cuotas y/o aportaciones por este concepto.

54.2 Que se otorguen al Sindicato, las cuotas sindicales de 200 plazas que la Universidad mantiene congeladas.

La Universidad no tiene plazas congeladas y entregará al Sindicato la situación de cada una de las 200 plazas que refiere en su pliego de peticiones.

Que se otorgue vestuario por partida doble a los trabajadores de Lavandería primer turno, Fitotecnia y Campo Fitotecnia, Intendencia de Servicios Generales, Parasitología Agrícola (3 trabajadores), Educación Física y CRUO.

De acuerdo a lo establecido en la cláusula 54.4. del C.C.T., no les corresponde recibir partida doble.

54.4

Que a los trabajadores de Vigilancia y Veladores del segundo turno, se les cambie el abrigo que se les proporciona por una chamarra de buena calidad.

Pendiente por parte del STUACh, precisar los casos a que se refiere su petición.

54.6 Pago de la Gratificación por Jubilación, considerando lo correspondiente a prima de antigüedad, compensación por seguridad e higiene, compensación por zona económica, horario discontinuo y cualquier otro tipo de compensación.

El C.C.T. no establece compromiso en el sentido solicitado por el Sindicato.

55 Que se asigne un monto mínimo de 12 millones de pesos para prótesis.

La Universidad no cuenta con recursos para incrementar el presupuesto en el monto que propone el Sindicato.

62 Permisos para actividades deportivas y torneos a trabajadores del 3er turno de Internado.

No es posible otorgarlo porque se alterarían las actividades, dado las particularidades de la jornada laboral del tercer turno.

67 Entrega trimestral al Comité Ejecutivo del STUACh, de la información relativa a las retenciones practicadas a los trabajadores sindicalizados y entregadas al ISSSTE y FOVISSSTE.

Se procedió a entregar la información correspondiente al STUACh, conforme a lo establecido en la cláusula citada.

84.3 Que se convoquen 200 plazas que el No existen las plazas vacantes que señala

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Cláusula Petición STUACh Respuesta UACh Sindicato dice, están vacantes. el Sindicato, por lo que la Universidad

ofreció informarle la situación de cada una de las plazas.