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UF2675 MEDIOS DE PROTECCIÓN Y ARMAMENTO Jaime Granada Espinasa (Perito Judicial, Formador en Seguridad Privada y Explosivos) 1

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UF2675MEDIOS DE PROTECCIÓN

Y ARMAMENTO

Jaime Granada Espinasa (Perito Judicial, Formador en Seguridad Privada y Explosivos) 1

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• Capitulo 1º

• LA CENTRAL DE ALARMAS.

• Organización y funciones, los sistemas de control y alarmas,conceptos de alarma falsa y alarma real, sistemas deverificación de alarmas, servicio de acuda y custodia de llaves,procedimientos de reacción ante alarma, enlace con las fuerzasy cuerpos de seguridad.

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• Normativa de aplicación: Especial referencia a la Orden de Int. 316/2011 del 1 de Febrero.

• Definición. • Características. • Particularidades.

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• Procedimientos de verificación de alarmas. Secuencial,mediante video, mediante audio, y verificación personal.

• Alarma confirmada por medios técnicos. Actuación delservicio de custodia de llaves, actuaciones del servicio deacuda para la verificación personal de las alarmas, alarmaconfirmada, alarma no confirmada

• Procedimiento de actuación ante una alarma real,acercamiento y entrada al lugar, supuestos en que procedela detención, cacheo, y esposamiento, y su correctarealización.

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• Capitulo 2º

• MEDIOS DE PROTECCIÓN.

• Los medios técnicos de protección (I). Elementos pasivos,la seguridad física, medidas de cierre perimetral, muros,vallas, puertas, cristales blindados, esclusas y otroselementos, fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.

• Los medios técnicos de protección (II). Elementos activos,seguridad electrónica, detectores de interior y exterior, elcircuito cerrado de televisión, fiabilidad y vulnerabilidad alsabotaje.

• La protección de edificios. En domicilios,establecimientos, grandes superficies, y centros deconcentración de masas por espectáculos públicos.

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• El control de accesos, finalidad, y organización. Medioshumanos y materiales, procedimientos de actuación,identificación, autorización, tarjeta acreditativa, y registrodocumental de acceso.

• La protección contra incendios, sistemas de detección.Detectores y avisadores, mecanismos de extinción deincendios, agentes extintores, mangueras, extintores.

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• Capitulo 3º

• Técnicas y medios de control de accesos.

• Medios de detección, la utilización de detectores demetales, explosivos y elementos radioactivos, manejo yprecauciones.

• Normativa reguladora, instalaciones radioactivas,principios de actuación, inspecciones de personas ypaquetería.

• El manejo de maquinas de rayos X. Normas de seguridad,precauciones secuencias de funcionamiento, encendidoprocedimiento de arranque, funcionamiento, el zoom,optimización de la imagen. Arco detector de metales,principios y funcionamiento, parámetros característicos, delos detectores de metales.

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• Detector manual de metales, detectores de metalesutilizados para la revisión de seguridad, procedimiento einspección de personas.

• Prevención de riesgos laborales, exposición accidental aradiaciones ionizantes, escáner, planes de emergencia yevacuación.

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• Capitulo 4º

• Manejo de armas y medidas de seguridad, estudio de lasarmas reglamentarias, cartuchería y munición,conservación y limpieza.

• Teoría del tiro, balística interna, balística externa, ybalística de efecto.

• Normas de seguridad en el manejo de las armas, general yespecificas.

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• 1/ La central de alarmas.

• La central de control de alarmas. organización yfunciones. los sistemas de control de alarmas. conceptode falsa alarma y alarma real. sistemas de verificaciónde alarmas. servicio de respuesta y de custodia dellaves. procedimiento de reacción ante alarmas: enlacecon las fuerzas y cuerpos de seguridad.

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• La central de control de alarmas, organización y funciones.

• También denominadas, centrales receptoras de alarmas (CRA) son centros autorizados, gestionados por empresas de seguridad.

• Encargados de recepcionar y gestionar las señales emitidas por dispositivos de alarma instaladas a distancia analizando las mismas y dando la respuesta mas adecuada.

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• SITUACIONES POSIBLES DE ALARMA.

• Toda central de alarmas tiene unos indicadores de estadode cada una de ellas, que nos indican la situación en la quese encuentran.

• Dichos estados son:

• Conexión: Indica que la alarma esta conectada.• Desconexión: Indica que la alarma esta desconectada.• Alerta: Indica que la alarma esta activada.• Alarma: Indica que se esta produciendo una intrusión o

robo.

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LA LEY 5/2014 DE 4 DE ABRIL DE SEGURIDAD PRIVADA

• Autoriza a las empresas de seguridad, a la explotación delas centrales de alarma.

• En su art. 5 apartado g/

• La explotación de centrales para la conexión, recepción,verificación y en su caso, respuesta y transmisión de lasseñales de alarma, así como la monitorización decualesquiera señales de dispositivos auxiliares para laseguridad de las personas, de bienes muebles e inmuebleso en cumplimiento de medidas impuestas, y lacomunicación a las fuerzas y cuerpos de seguridad.

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Orden INT/316 DE 1 DE FEBRERO

• Sobre el funcionamiento de los sistemas de alarma en elámbito de la seguridad privada.

• Art. 1 en los puntos 3 y 4 nos dice.• 3/ Las empresas explotadoras de centrales de alarma, estarán

obligadas, antes de efectuar la conexión, a instruir al usuario,por escrito, del funcionamiento del servicio, informándole delas características técnicas y funcionales del sistema y de lasresponsabilidades que lleva consigo su incorporación almismo,

• 4/ Nos recuerda, que conforme a lo establecido en el apartadosegundo del art. 39 del reglamento de seguridad privada,queda prohibida la instalación de marcadores automáticosprogramados para transmitir alarmas directamente a lasdependencias de la fuerzas y cuerpos de seguridad.

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• Art.2 GRADOS DE SEGURIDAD DEL SISTEMA.

• Se establecen 4 grados de seguridad, en función del riesgo.

• Grado 1 o bajo riesgo, para sistemas de alarma dotadosde señalización acústica, que no se vaya a conectar acentral de alarmas.

• Grado 2 riesgo bajo a medio, dedicado a viviendas opequeños establecimientos, comercios e industrias engeneral, que pretendan conectarse a una central de alarmas.

• Grado 3 riesgo medio/alto, destinado a establecimientosobligados a disponer de medidas de seguridad,

• Grado 4 riesgo alto, reservado a las denominadasinfraestructuras criticas, instalaciones militares, almacenesde explosivos, depósitos de fondos, etc.

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• Art.5 REVISIONES.• 1/ En las revisiones presenciales, independientemente de

su anotación en los libros o registros preceptivos, eltécnico acreditado de la empresa de seguridad que lasrealice, cumplimentara un documento justificativo de haberrevisado la totalidad de los apartados contenidos en elanexo II de la presente orden, en el que se identificaramediante su nombre y apellidos, nº de DNI o NIE y sufirma.

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• ORDEN DE INT 314 /2011

• Art. 12 Locales de centrales de alarma.• punto 1/ Los locales en que se instalen las centrales de

alarmas, deberán disponer de un sistema de seguridadcompuesto como mínimo por los siguientes elementos.

• a/ Puertas exteriores blindadas.• b/ Circuito cerrado de televisión que permita el control de

los accesos.• c/ Detección volumétrica de la clasificación de grado 3.• d/ Protección de las líneas telefónicas y eléctricas mediante

acometida canalizada y protección del tendido de cablesdesde su entrada al edificio hasta el local en que se ubiqueel centro de control.

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• e/ Instalación de antena o antenas que aseguren larecepción y transmisión de las señales de alarma por mediode dos vías de comunicación.

• Punto 2/ características a reunir el local destinado a centrode control.

• a/ Carecer de paredes medianeras, con edificios o localesajenos a los de la propia empresa.

• b/ Acristalamiento de blindaje antibalas.• c/ Doble puerta blindada, con sistema conmutado tipo

esclusa y dispositivo de apertura a distancia, y manual solodesde el interior.

• d/ Las paredes que delimiten o completen la zona noacristalada de la sala de control serán de igual grado deresistencia que el acristalamiento de la misma.

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• e/ Control de los equipos y sistemas de captación y registrode imágenes.

• f/ Sistemas de interfonia en el control de accesos.• g/ La sala de control siempre esta atendida por 2

operadores por turno como mínimo.• h/ Generador o acumulador de energía, con autonomía de

24 h. como mínimo, para casos de corte de fluido eléctrico.• i/ Dispositivo de alarma por omisión, que produzca la

transmisión de alarma a otra central autorizada en caso dedesatención, por los operadores en un plazo superior a 10min. para su comunicación inmediata a las fuerzas ycuerpos de seguridad.

• j/ Contara con 2 vías de comunicación, como mínimo parala recepción y transmisión de las señales de alarma.

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• Art. 13 Colaboración con las fuerzas y cuerpos deseguridad.

• Punto 2. Las empresas de seguridad privada, facilitaran alas fuerzas y cuerpos de seguridad que se lo requieran,directamente y sin dilación, la información o colaboraciónque les resulte a estos necesaria para el ejercicio de susfunciones.

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• Art. 14 LIBROS-REGISTRO• Los libros-registro generales y específicos que se

establecen en el reglamento de seguridad privada y quedeben llevar las empresas de seguridad, se ajustaran a losmodelos oficiales aprobados por resolución del secretariodel estado de seguridad, y deberán conservarse duranteun periodo de 5 años.

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• Art. 23 HOMOLOGACION DE SISTEMAS DESEGURIDAD.

• A los efectos de la normativa reguladora de la seguridadprivada, se entenderá por sistema de seguridad el conjuntode aparatos o dispositivos electrónicos contra robo eintrusión, o para la protección de personas y bienes, cuyaactivación sea susceptible de producir la intervenciónpolicial, independientemente de que este o no conectado auna central de alarma o centros de control.

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• Art. 24 CARACTERISTICAS DE LOS SISTEMASDE SEGURIDAD.

• Los sistemas de alarma que se pretendan conectar a unacentral de alarmas habrán de reunir las siguientescaracterísticas.

• a/ Disponer del nº suficiente de elementos de protección,que permitan a la central diferenciar las señales producidaspor una intrusión o ataque, de las originadas por otrascausas.

• b/ Contar con la tecnología que permita acceder desde lacentral de alarmas bidireccionalmente a los sistemasconectados en ella.

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• Art. 25 SERVICIOS DE CENTRALES DEALARMAS.

• Punto 1. Las centrales de alarmas únicamente podrándesarrollar el servicio de centralización de las alarmascorrespondientes a las competencias de las fuerzas ycuerpos de seguridad y a la prevención contra incendios,las centrales de alarmas de uso propio, no podrán prestarestos servicios a terceros.

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• Punto 3. Tendrá la consideración de alarma real, laverificación realizada por uno o varios de losprocedimientos recogidos, en la normativa sobrefuncionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito dela seguridad privada.

• Punto 4. En los supuestos de que una alarma real no hayasido comunicada al servicio policial competente, o cuandose haya retrasado injustificadamente su comunicación lacentral de alarmas deberá elaborar un informeexplicativo de las causas que motivaron la ausencia decomunicación de la alarma real producida, y entregarlo alservicio policial y al usuario titular del servicio en unplazo de 10 días, desde que se produjo el incidente.

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• Punto 6. Cuando las llaves se custodien en el interior deun centro de control estas se depositaran en caja fuertedestinada exclusivamente a esta finalidad, y que cuente conel nivel de resistencia a que se refiere el art. 12 de lapresente Orden debiendo estar instalada en la sede odelegaciones autorizadas de la empresa contratante delservicio o de las subcontratas, cuando la caja fuerte pesemenos de 2000 kg. deberá estar anclada de manera fija alsuelo o pared, conforme a lo establecido en la disposiciónadicional segunda de la presente Orden.

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LOS SISTEMAS DE CONTROL DE ALARMAS

• Un sistema de control de alarma consiste en la instalaciónde varios elementos técnicos de seguridad (detectores),cuyas señales son recibidas en una central receptora dealarmas.

• Actualmente existe la posibilidad gracias a los sistemasbidireccionales, del envió de señales de respuesta o decontrol, por parte de la CRA, permitiéndoles comprobar eltipo de alarma que se genera, posibilitando inclusodeterminar si se esta produciendo una falsa alarma técnica,al igual que resetear las zonas en alarmas reactivando adistancia el sistema.

• El enlace de conexión mas fiable es el de vía tef. menosexpuestos a interferencias que los enlaces vía radio.

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PROCEDIMENTOS DE REACCION ANTE ALARMAS, EL ENLACE CON LAS

FUERZAS DE SEGURIDAD

• Orden de Int/316/2011 de 1 de febrero.• Verificación de alarmas.

• Art. 6 procedimientos de verificación.

• Punto 1, Nos habla de la verificación de alarma real,utilizando todos o algunos de los procedimientos técnicoso humanos y comunicándolo seguidamente, al serviciopolicial correspondiente, las alarmas reales producidas.

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“Alarma Real” y “Alarma Falsa”

• En una primera a aproximación al termino, Se entiende poralarma falsa, aquella que no esta ocasionada por hechossusceptibles de producir la intervención policial. Esta clasede alarmas se identifica con aquella alarma que no a sidoconfirmada, conforme a los criterios establecidos en lanormativa vigente.

• Por el contrario, la alarma real es la que esta basada enhechos que pueden dar lugar a la intervención policial.

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• Punto 2. Que para el correcto funcionamiento de lascentrales de alarmas, y conforme a lo establecido en elapartado primero del art. 48 del reglamento de seguridadprivada, estas deberán estar a tendidaspermanentemente por los operadores que resultennecesarios para la prestación de los servicios, en un nºadecuado y proporcional al nº de conexiones que tengancontratadas, y sin que en ningún caso puedan ser menosde 2 operadores por turno ordinario de trabajo.

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SISTEMA DE VERIFICACION DE ALARMAS

• Con el concepto “verificación de alarmas” se hacereferencia a la obligación que tienen las centrales de poneren marcha todos o algunos de los procedimientos técnicoso humanos, a los que va hacer mención a continuación,comunicando seguidamente al servicio policial las alarmasreales que se hayan producido.

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• Art. 7. VERIFICACION SECUENCIAL.• Punto 1. Para considerar válidamente verificada una

alarma por este método técnico, han de activarse de formasucesiva, 3 o mas señales procedentes, cada una deelementos de detección diferentes, y en un espacio detiempo que dependerá de la superficie o características,arquitectónicas de los inmuebles, pero nunca superara los30 min.

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• Art. 8 VERIFICACION MEDIANTE VIDEO.

• punto 1. Para considerar válidamente verificada unaalarma mediante este método técnico, el subsistema devideo a de ser activado por medio de un detector deintrusión o de un video sensor, siendo necesario que lacobertura de video sea igual o superior a la del detector odetectores asociados.

• punto 2. El proceso de verificación médiate video solopuede comenzar cuando la señal de alarma haya sidovisualizada, por el operador de la central de alarmas,iniciada la verificación el sistema debe registrar 1 min. deuna imagen del momento exacto de la alarma y 2 min. deimágenes posteriores a ella, en una ventana de tiempo de 5seg. de forma que permitan identificar la causa que aoriginado esta alarma.

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• Art. 9 VERIFICACION MEDIANTE AUDIO.• Punto 1. para ser considerada válidamente verificada una

alarma por este método técnico será necesario:• a/. Almacenar al menos,10 seg. de audio, inmediatamente

anteriores a la activación de la alarma, listos para serenviados a la central de alarmas cuando esta lo demande.

• b/. Almacenar audio después de producirse la alarma, almenos hasta que la comunicación por audio se establezcaentre la central de alarmas y la instalación.

• c/. Poder transmitir audio en directo a la central de alarmassi esta lo demanda, cuando el sistema de seguridad se halladividido en subsistemas, deberá ser posible transmitirinformación de audio relevante solo de la parte del sistemaque este activado en el momento de la alarma.

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• Punto 2. • Únicamente será posible que un sistema de seguridad,

transmita información de audio cuando se produzca laactivación de del mismo o se realice su mantenimiento,contando siempre con el conocimiento y la autorizacióndel usuario final, o cuando la norma exija una grabaciónpermanente.

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• Art. 10 VERIFICACION PERSONAL.• Punto 1. las empresas autorizadas para la actividad de

centralización de alarmas, en virtud a lo establecido en elart. 49 del reglamento de seguridad privada, podránrealizar complementariamente, servicios de verificación delas alarmas y respuesta a las mismas en las situacionessiguientes.

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• VERIFICACIÓN PERSONAL.

• DEFINICIÓN:

• Con carácter general, puede definirse como un servicio deverificación personal de alarmas en las que el personal deseguridad se traslada con las llaves que tiene en custodia alexterior del inmueble o local del que proviene la señal dealarma, teniendo prohibido el acceso al interior delmismo y debiendo limitarse a esperar la llegada de lasFFCCSS para facilitar las llaves y toda la informacióndisponible sobre posibles actuaciones delictivas.

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• a/ Cuando la verificación técnica confirme la realidad de laalarma, la central podrá desplazar, como único servicio derespuesta a la alarma recibida, el servicio de custodia dellaves, para facilitar a las fuerzas y cuerpo deseguridad, el acceso al lugar o inmueble protegido.

• b/ Cuando la verificación técnica no permita confirmar larealidad de una señal de alarma, la central podrá desplazarel servicio de verificación personal para comprobar yverificar si se trata de una alarma real o falsa antes decomunicarla a las fuerzas y cuerpos de seguridad.

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• Punto 2.• Aquellos servicios de verificación personal de las alarmas,

que lleven implícita su inspección interior, deberán serrealizados como mínimo por 2 vigilantes de seguridaduniformados y en vehículo rotulado con anagrama de laempresa.

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• SUPUESTOS EN QUE PROCEDE LA DETENCION, CACHEO Y ESPOSAMIENTO Y SU CORRECTA REALIZACION.

• En el ejercicio de sus funciones, un vigilante de seguridadpuede llegar a encontrarse en situaciones en las quedeterminados individuos realicen acciones que pongan enriesgo o afecten directamente a los derechos de otraspersonas.

• Dado que cualquier intervención del personal de seguridadrealizada para impedir la acción de estos sujetos puedecolisionar, a su vez, con los derechos fundamentales dequienes la estén ejecutando, será necesario que tenganpresentes determinados conceptos básicos.

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• “La detención puede definirse primariamente como laacción de impedir que alguien siga adelante con lo queestaba haciendo y también como la acción de prender auna persona”.

• En el sentido Tecnico-Juridico se entiende por detenciónla acción de privar a una persona de su libertadambulatoria durante un tiempo determinado con lafinalidad ultima de asegurar su comparecencia ante laautoridad judicial.

• La Ley de enjuiciamiento criminal en su art. 490 dice,cualquier persona podrá detener. Por ejem. En caso deFragante delito.

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• El vigilante de seguridad podrá practicar una detención enlos siguientes casos y situaciones.

• a/ En el lugar donde presta servicio, cuando se estecometiendo un acto delictivo.

• b/ En el lugar de prestación de servicio, cuando el actodelictivo no se este cometiendo pero concurran indiciosracionales para entender que se cometerá, entre estosindicios, podríamos citar a modo de ejem.

– 1/ Que la persona sospechosa esta realizando actos que demodo claro sean ilegales.

– 2/ Cuando existe un intento de agresión hacia otras personas.– 3/ Cuando la persona sospechosa se encuentra en una zona de

acceso restringido o prohibido.– 4/ Cuando existan señales de que puertas o ventanas han sido

forzadas.

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• c/ En su función de auxilio y colaboración con las Fuerzasy Cuerpos de Seguridad, cuando sea procedente dentro dela investigación y persecución de actos delictivos.

• d/ Cuando la persona a detener se encuentre en un estadotal que, sin llegar a cometer un acto delictivo, ponga enriesgo a las personas o bienes que son objeto de suprotección.

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CACHEO

• Cuando se produce la detención de una persona, la acciónpuede exigir la adopción de determinadas medidas talescomo el cacheo y el esposamiento del detenido.

• El cacheo resulta una medida procedente en los siguientescasos:

– Cuando se efectúa una detención.– Cuando existen indicios racionales de la comisión de un acto

delictivo.– Cuando las normas de la empresa en la que se presta servicio

lo imponga a la salida de los empleados.– En determinados casos, a la entrada del publico a algunos

recintos deportivos o de espectáculos públicos (conciertos) etc.

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• El cacheo puede afectar al ámbito de la intimidad personal,este derecho fundamental se entiende garantizado si en elcacheo se cumplen las 3 siguientes condiciones:

• 1/ Que se realice por una persona del mismo sexo.• 2/ Que se realice según su intensidad y alcance, en sitio

reservado.• 3/ Que se eviten situaciones o posturas degradantes o

humillantes.

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ESPOSAMIENTO

• El esposamiento se debe realizar siguiendo a grandesrasgos el siguiente protocolo:

• El Vigilante sujetara las esposas con una sola mano yprocederá a esposar primero la muñeca del lado que hayafinalizado el cacheo.

• La manilla de las esposas se colocara sin golpes, haciendopresión de forma rápida dando el giro cogiendo la muñeca.

• A continuación se girada el brazo de la muñeca esposada ypor la espalda del detenido llevándolo hasta el centro delcuerpo, mientras el individuo se sigue apoyando en lapared o coche con una sola mano.

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• Se ordenara al detenido que apoye la mano libre sobre lacabeza de ahí la cogeremos y la llevaremos hacia laespalda y a la altura de la cintura y siempre con la palmade la mano hacia fuera, este es el momento de mayorriesgo por lo que se tendrá que extremar las precauciones.

• Cuando se coloque la manilla de las esposas en la muñecahasta entonces libre se cerrara inmediatamente y se pondráel seguro.

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• Punto 3.• Cuando por el nº de servicios de custodia de llaves o por la

distancia entre los inmuebles resultara conveniente para laempresa de seguridad y para los servicios policiales, laempresa podrá disponer previa autorización policial, quelas llaves sean custodiadas por vigilantes de seguridad, sinarmas en un automóvil conectado con central de alarmas.

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• Punto 4.• En aquellos casos en los que el lugar protegido estuviera

situado en una zona muy retirada, que dificultase oretrasase en gran medida la llegada del personal deseguridad, encargado de la verificación personal de laalarma, de forma excepcional y con el conocimiento de laautoridad policial competente, en esta materia, la custodiade llaves para facilitar el acceso a las fuerzas y cuerpos deseguridad podrá recaer en personal de la entidad o empresaprotegida que tengan su domicilio en un lugar cercano a lamisma.

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• Punto 5.• En todo caso, los vigilantes designados para la realización

de servicios de acuda de verificación personal deberánllevar un sistema de comunicación permanente con laempresa de seguridad, de forma que cualquier incidenciaen los mismos sea conocida de modo inmediato, por lacentral de alarmas, así poder solicitar las medidasoportunas por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridadcompetentes.

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• Punto 6.• Todos estos servicios estarán obligatoriamente reflejados

en los contratos de seguridad y aquellos que llevenemparejada la custodia de llaves, bien sea para facilitar elacceso a las fuerzas y cuerpos de seguridad o para laverificación exterior o interior del inmueble, deberán estarexpresamente autorizados por los titulares de lasinstalaciones, consignándose por escrito en elcorrespondiente contrato de prestación de servicios.

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• Punto 7.• Para los servicios a los que se refieren en los apartados

anteriores, las empresas de seguridad explotadoras decentrales de alarmas podrán contar con vigilantes deseguridad, sin necesidad de estar inscritas y autorizadaspara la vigilancia y protección de bienes, o bien subcontratar tales servicios con una empresa de seguridad deesta especialidad.

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• Art. 12 alarma confirmada.• Las alarmas verificadas por uno o varios de los

procedimientos anteriormente establecidos, tendrán laconsideración de alarmas confirmadas, entendiéndosecumplida, en estos casos, la obligación que en el apartadosegundo del art. 48 del R.S.F

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• Punto 3.• Independientemente de los procedimientos de verificación

técnica establecidos en esta Orden, para los sistemas condoble vía de comunicación, se considerara alarmaconfirmada.

• a/ La recepción de una alarma seguida de la comprobaciónde la perdida de una o varias de las vías de comunicación.

• b/ La comprobación de la perdida de una de las vías decomunicación, seguida de la activación de un elementodetector del sistema, comunicada por la segunda vía.

• c/ La comprobación del fallo de las 2 vías decomunicación.

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• Art. 13 PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN.• Punto 3.• En la comunicación de las alarmas a las fuerzas y cuerpos

de seguridad, y con el fin de mejorar la eficacia de larespuesta a las mismas, la central deberá especificarademás de los datos exactos del lugar donde se haproducido el hecho, las zonas que se han activado y laubicación concreta de las mismas, los datoscorrespondientes al titular y los que le sea requeridos, paracontactar con el mismo.

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• Punto 4.• Cuando el titular de la instalación dispusiera

contractualmente de un servicio de acuda o de verificaciónpersonal, en cualquiera de sus modalidades, la central dealarmas deberá comunicar, igualmente, al cuerpo policialcorrespondiente las características del servicio y en sucaso, el tiempo estimado de llegada y los datos paracontactar con el mismo.

• Punto 6.• Finalizada la intervención policial, se participara a la

central de alarmas el resultado de las misma en relacióncon la veracidad o falsedad de la alarma comunicada.

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• Art. 14 DENUNCIA DE ALARMA.• Punto 2.• La transmisión de una alarma no confirmada y que resulte

ser falsa, a las fuerzas de seguridad podrá ser objeto dedenuncia para la imposición de la correspondiente sanción.

• Punto 3.• La repetición de la comunicación de una alarma no

confirmada, que resulte falsa, a las fuerzas y cuerpos deseguridad, en el plazo de 60 días, procedente de unamisma conexión, dará lugar a su denuncia para laimposición de la sanción correspondiente.

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• Punto 5.• La NO comunicación de una alarma real, o el retraso

injustificado en su transmisión, una vez confirmada, alservicio policial correspondiente será siempre objeto dedenuncia, para su correspondiente sanción, en estossupuestos la central de alarma deberá entregar en un plazode 10 días, al servicio policial, y al usuario titular delservicio, un informe explicativo, de las causas motivadorasde la ausencia o retraso de la comunicación de la alarmareal producida.

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• Art. 15 DESCONEXION DE ALARMAS.• Punto 1.• Cuando el sistema conectado, o no, a una central de

alarmas origine 2 o mas falsas alarmas en el plazo de 1mes, requerida al titular de los bienes protegidos, para queproceda a la mayor brevedad posible, en un plazo máximoque no podrá exceder de 72 h. a la subsanación de lasdeficiencias que dan lugar a las falsas alarmas, pudiendoacordar la suspensión del servicio ordenando sudesconexión o la obligación de silenciar las sirenas, por eltiempo que se estime conveniente.

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• SISTEMAS DE ALARMA MOVILES.• Art. 16 ámbito de aplicación.• Punto 1.• Se entiende por sistemas de alarmas móviles, los

dispositivos de seguridad, siempre que estén conectadosa una central de alarma, cuya aplicación se encuentreexclusivamente destinada a la prevención de posibles actosdelictivos contra personas o bienes muebles, la posiblelocalización de personas o bienes.

• Punto 2.• a/ La recepción, verificación y transmisión de las señales

de alarma, así como su comunicación a las fuerzas ycuerpos de seguridad, deberá realizarse, en todo caso, porempresas de seguridad explotadoras de centrales dealarmas o por centrales de alarmas de uso propio.

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• Art. 17 PROCEDIMIENTO DE ACTUACION.• Punto 1.• Cuando se trate de alarmas móviles, destinados

exclusivamente a la seguridad y protección de personas,bastara con la confirmación de la alarma, por parte de lacentral de alarmas, para su transmisión inmediata alservicio policial correspondiente.

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• Punto 2.• Cuando se trate de alarmas móviles, destinados

exclusivamente a la seguridad o protección de bienesmuebles, tales como vehículos automóviles, además de suconfirmación por parte de la central de alarmas, serequerirá, para su comunicación al servicio policial, lapresentación de la correspondiente denuncia, salvo en casode fragante delito.

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• FORMACION DEL PERSONAL.• Art. 18 personal para el servicio de verificación de

alarmas.• Las empresas de seguridad responderán de que los

vigilantes de seguridad encargados de la verificación delpersonal de las alarmas cuenten con una formaciónespecifica para este tipo de servicios, de acuerdo con loestablecido a este respecto en la normativa sobre personalde seguridad privada, impartida en los centros deformación autorizados.

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• Art. 19 Personal de instalación y mantenimiento.• Hace ref. a los responsables de proyectos, técnicos y

operarios de instalación.• Art. 20 Personal de las centrales de alarmas (CRA).• Hace ref. a los operadores de dichas centrales, y sobre la

formación técnica operativa especifica.

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• Para finalizar este tema visualizaremos unos pequeños videos en los cuales podremos ver lo que hemos aprendido.

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Centro de Control PYSEC SEGURIDAD.wmv.mp4

Centro De Control De CCTV.mp4

El nou Centre de Control del Metro de TMB a Barcelona.mp4

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GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN

Aquí damos por finalizado el capitulo 1

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• Capitulo 2º

• MEDIOS DE PROTECCIÓN.

• Los medios técnicos de protección (I). Elementos pasivos,la seguridad física, medidas de cierre perimetral, muros,vallas, puertas, cristales blindados, esclusas y otroselementos, fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.

• Elementos pasivos: Seguridad física.• Son todos aquellos elementos estáticos empleados con

fines de protección, con objeto de disuadir, impedir uobstaculizar la intrusión de personas no autorizadas en ellugar protegido, de igual forma de se consideran como tal,aquellos medios técnicos de seguridad, destinados aencauzar y controlar la estancia de personas en el recintoprotegido.

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• Estos medios, están compuestos por sistemas, equipos y dispositivos, para la prevención y protección, ante situaciones de riesgo y amenazas.

• Según la funcionalidad se pueden dividir en 4 grupos:• Control de accesos y seguridad: Puertas, barreras,

cerraduras, esclusas, mostradores, etc.• Protección ante intrusión: Muros, alambradas,

mamparas, tabiques, etc.• Protección contra agresiones: Cabinas, mostradores

blindados, vehículos blindados, etc.• Protección de valores: Cámaras acorazadas, armarios,

cajas fuertes, buzones y cajeros especiales.

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• SISTEMAS DE CIERRE PERIMETRAL.

• Lo componen todos aquellos elementos de seguridadfísica, instalados alrededor inmueble a proteger, a modo debarrera física de protección.

• Muros y empanelados:• Los muros, ofrecen un mayor poder de disuasión, pero son

vulnerables a la escalada.

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• Vallas y cerramientos:• Suponen otro tipo de cerramiento perimetral, con poder

disuasorio contra la intrusión, y de construcción bastantevariable, enredados metálicos, alambradas, madera, etc.

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• También tenemos ejemplo combinados por ejemplo, conuna parte de muro, valla y con seguridad electrónicaincorporada, para dar mayor seguridad.

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Prueba de Seguridad de la Malla Triple Nudo Urbana VS Malla Ciclónica.mp4

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• BARRERAS DE DETECCIÓN DE VEHÍCULOS:• Son barreras que se utilizan en los controles de accesos,

que obliga a detener el vehículo, no solo para impedir laentrada no autorizada de los mismo, si no para permitir laidentificación previa de los ocupantes.

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• Control vehicular.

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• CABINAS Y MOSTRADORES BLINDADOS:• Son elementos de seguridad cerrados, construidos con

paneles transparentes u opacos, con objeto de protegernosde una agresión.

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• PUERTAS BLINDADAS:• Se dividen en 2 grupos:• Blindadas, construidas con chapa de acero y madera,

según normativa une 108-122, prestando un alto grado deseguridad y resistencia a la fractura, se exige de formareglamentaria, en joyerías, galerías de arte, museos, etc.

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• Acorazadas, diseñadas para cámaras acorazadas para la custodia de objetos valiosos y documentos importantes, están construidas con chapa de acero especial y hormigón de alta resistencia a fracturas.

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• Cristales blindados, el blindaje de los cristales, seconsigue con la superposición de varias laminas cristaladheridas entre si dando así un gran grosor y resistencia.según este grosor tendremos cristales de antimotín oantibalas.

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• ESCLUSAS:• Es un medio de seguridad física, compuesto por elementos

fijos y móviles, que utilizado en controles de acceso,permiten el control de personas y vehículos.

• Los mecanismos del sistema no permiten la aperturasimultanea de las 2 puertas que forman el sistema deesclusa.

• En caso de cabinas, estas permiten estar conectadas a otrosistemas de seguridad, como detectores de metales, etc.

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• REJAS:• Se denominan rejas de seguridad, a una serie de barras

metálicas que forman una malla, que engarzadauniformemente, componen una protección contra intrusión,las de seguridad deben reunir los requisitos de la normaune 108-142.

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• CAJAS FUERTES: • Una caja fuerte, es un compartimento de seguridad, de fácil

apertura para personas autorizadas y poder guardarelementos de valor.

• Están fabricadas, con metal extremadamente duro, por loque son muy pesadas y constan de un sistema de cierre quesolo se puede abrir, mediante clave secreta, y estas sepuede ir cambiando para obtener un mayor grado deseguridad, he inclusos las hay con doble llave deseguridad.

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• CAMARAS ACORAZADAS:• Son recintos especialmente protegidos, que se encuentran

en el interior de los edificios, destinados a la protección deinformación, dinero y objetos valiosos.

• Están fabricados con acero y hormigón y rodeados por unpasillo denominado de “ ronda” de 60cm para dar mayorseguridad.

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FIABILIDAD Y VULNERABILIDAD AL SABOTAJE

• CONCEPTO.• La fiabilidad de un sistema de protección, es el nivel de

seguridad que ofrece el mismo, en el cumplimiento de sufunción.

• Se pueden destacar 3 características que destacarían de unsistema fiable, y son: seguridad de reacción, tanto porciento de falsa alarmas y la vulnerabilidad al sabotaje.

• En general, puede afirmarse que ninguno de los elementosde seguridad pasiva que se han expuesto proporciona por sisolo una protección completa.

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• Dado que su función esencial es la de disuadir oincrementar el tiempo de acción del intruso o accióndelictiva, cuantos mas medios empleamos mas tiempo senecesita para la intrusión.

• Seguridad de reacción, los elementos que conforman loselementos pasivos, constituyen un primer obstáculo, parael intruso que pretende vulnerarlo, ofreciendo resistencia locual permite ganar tiempo y espacio de reacción, a losotros elementos que conforman el sistema integral deseguridad.

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• Tanto por ciento de falsa alarmas, en si mismo las falsasalarmas no se producen por la actuación sobre los mediospasivos, si no mas bien por los elementos activos delsistema asociados a los pasivos.

• Vulnerabilidad al sabotaje, la vulnerabilidad de loselementos pasivos, dependen en gran medida de:

• De la resistencia que ofrezcan los mismo a la agresión.• De la a lejanía del elemento a proteger.

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• La complementación con elementos activos, disminuyen la vulnerabilidad de estos.

• Los muros, presentan la ventaja de proporcionar ciertaintimidad al objeto de protección, al aislarlos de la vista deposibles intrusos, no obstante son vulnerables a técnicas deescalamiento.

• Las vallas, presentan mas dificultades para se escaladas,pero tienen el inconveniente que son menos resistentes quelos muros, especialmente aquellas que son fabricadas conalambre que pueden ser cortadas con el empleo deherramientas comunes.

• Tanto los muros como las vallas, suelen estar situados enel perímetro exterior , constituyendo así el primerelemento pasivo, ante el posible intruso.

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• Veremos un pequeño video y claro ejemplo de estacomplementariedad como medida seguridad perimetralen grandes recorridos.

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Deteccion de Fugas e Intrusos por fibra optica.mp4

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• Los medios técnicos de protección (II), elementos activos:seguridad electrónica, detectores de interiores y exteriores,el circulo cerrado de televisión, fiabilidad y vulnerabilidadal sabotaje.

• Medios técnicos activos, son el conjunto de medios queconstituyen lo que se denomina seguridad electrónica y susfunciones principales son:

• La detección de intrusos en el exterior como en el interior.• Control de accesos y trafico de personas, paquetes,

correspondencia y vehículos.• Vigilancia óptica por fotografía o circuito cerrado de

televisión.• Intercomunicación por megafonía y la protección de

las comunicaciones.

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• Elementos activos: Seguridad electrónica.

• En el ámbito de la seguridad privada, son elementosactivos de los medios de protección aquellos queproporcionan, de manera visible u oculta, pero siempre porvía electrónica la seguridad del bien a proteger.

• Su función esencial es producir una alerta local y/o remotacuando cualquiera de los medios de seguridad física, losmedios técnicos pasivos puedan ser o hayan sidoquebrantados.

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• La seguridad electrónica.• Un sistema electrónico de seguridad, esta constituido por un

conjunto de elementos electromecánicos y/o electrónicosrelacionados entre si por una adecuada instalación, que, através de la información que nos proporcionan, contribuyenal incremento del nivel de seguridad en un determinadoentorno.

• Estructura de un sistema electrónico de seguridad (S.E.S)• Se pueden distinguir 4 bloques funcionales vinculados entre

si.• Indicadores.• Centralización.• Actuadores.• Medios de transmisión e interconexión.

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• Indicadores:• Forman el primer bloque y engloba todos los elementos

que inician el proceso (sensores, detectores, pulsadores).

• Centralización:• Forman el segundo bloque y es el corazón del sistema de

seguridad, se le denomina “unidad de control” central deunidad y control central de alarma.

• Actuadores:• El tercer bloque que es consecuencia de los anteriores, una

vez emitida la señal por el 1 bloque y analizada por el 2ªbloque, se activan los dispositivos según sean, sirenas,focos, c.c t.v, video, etc.

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• Medios de transmisión e interconexión: • Este ultimo bloque lo componen, los instrumentos de

comunicación con el exterior y que son a su vez enlacescon los anteriores (cables, vía radio, fibra óptica).

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• A su vez se clasifican:• Los sistemas de seguridad electrónica están compuestos

por los siguientes subsistemas.

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Subsistema de vigilancia por TV

Subsistema de detección de intrusión.Subsistema de detección de atracos.Subsistema de control de accesos.

Subsistema de control de rondas.

Sistema de seguridad electrónica

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• DETECTORES:• Son dispositivos electrónicos que producen una señal

eléctrica en función de la variación, de una magnituddeterminada como pueden ser, la temperatura, luz, presión,movimiento, ruido, calor, etc.

• Los detectores deben estar conectados a centralita dealarmas.

• Según el lugar de instalación, encontramos detectoresde exterior y de interior.

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• DETECTORES DE EXTERIOR:• Al estar instalados en ambientes exteriores, están

expuestos a las inclemencias meteorológicas, que puedenafectar a la estabilidad del mismo y provocar falsasalarmas.

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• Detectores de interior:• Situados en el interior de los edificios que precisan

protección.• Dentro de estas 2 clasificaciones a su vez podemos

distinguir varios tipos diferentes que dependen, de sumagnitud o técnica empleada.

• Según magnitud:• temperatura.• ópticos.• presión.• movimiento.• acústicos.• vibración o roturas.• volumétricos.

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• Según técnica empleada:• Infrarrojos.• Microondas.• De presión diferencial.• Detectores inerciales.

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DETECTORES DE INTERIOR O EXTERIOR

• Funcionamiento de los detectores de interior:

• Detectores magnéticos.• Son los dispositivos compuestos de 2 piezas enfrentadas, 1

contacto eléctrico y 1 imán en contacto permanente, alproducirse un desplazamiento del primero respecto alsegundo, se produce la activación de la alarma.

• Se utilizan en puertas, ventanas, etc. y tiene la ventaja desu simplicidad, bajo coste y bajo nivel de falsas alarmas.

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• Detectores mecánicos:

• Esta compuesto de un contacto eléctrico con reposición, elejemplo mas claro seria el de un interruptor colocado entreel cerco y la hoja de la puerta del armario, normalmente seutiliza en aquellos casos donde no hay espacio para podercolocar un imán de contacto magnético.

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• Barreras de rayos infrarrojos:• Es un detector que consta de un receptor y un transmisor,

entre los que se establece un haz (no visible para el ojo) deinfrarrojos, la interrupción de este haz, provoca la alarma,este tipo de barrera esta limitada a máximo unos 300 m.

• Están dotados de unos dispositivos antisabotaje, llamados“tamper” que en cuanto se intenta manipular manda unaseñal a la unidad de control.

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• Detectores inertes:• Su funcionamiento se basa en la detección de vibraciones

de las superficies, vidrios, muros, vallas, etc. mediante unsensor, que en su interior dispone de elementos móviles,que al producirse la agresión abren y cierran los contactoseléctricos.

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• Detectores microfónicos (conocidos como sísmicos).• Transforman las vibraciones mecánicas en una señal

eléctrica a través de una capsula piezoelectrica, similar alas utilizadas en los micrófonos, que después de laampliación y filtrado producen la señal de alarma, sonutilizados en muros, cámaras acorazadas, cajas fuertes,lugares de alto riesgo, con la idea que la detección se de alinicio del intento de intrusión.

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• Detectores de rotura de cristal:• Diseñados para detectar las vibraciones del cristal previas a

la rotura del mismo, disponen de un transformador piezo-ceramico adosado al cristal a la vez que un filtro quegarantiza que solo llegaran las vibraciones producidas porla rotura del cristal. se utilizan en escaparates y zonas deprotección acristaladas.

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• Detectores volumétricos:• Capaces de detectar el movimiento de un intruso en su área

de influencia, dependiendo de su funcionamiento podemosdistinguir los siguientes:

• Microondas.• También conocidos como “radares”, están basados en el

efecto, (doppler). a una frecuencia de 10 ghz.• Si en el recinto no hay ningún movimiento, las frecuencias

de las señales emitidas y recibidas, son las misma, sinembargo si en el recinto hay algún movimiento (intruso),parte de la señal que llega al receptor posee diferentefrecuencia, que la que lanzo el transmisor, esta diferencia deseñal es la que provoca la señal de alarma.

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• Detector de infrarrojos.• Todos los objetos son emisores de radiaciones infrarrojas

para temperaturas superiores a “-270ºc” los detectores deinfrarrojos, captan la radiación infrarroja ambiental y alproducirse la intrusión, aumentan súbitamente activándosela alarma.

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• Detectores de sonido.• Detectan sonidos que superan un cierto nivel de amplitud,

por lo que solo deben instalarse en zonas con unaislamiento aceptable.

• Detectores de luz.• Aunque es un sistema casi en desuso, detectan niveles de

iluminación en recintos cerrados, sin entrada de luzexterior.

• Combinados o de doble tecnología.• Utilizando 2 tecnologías de la ya expuestas, y acopladas

entre si, poseen 1 sola salida de alarma, y esta se producecuando se disparan ambas tecnologías.

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• DETECTORES DE EXTERIORES:

• Los detectores de exterior se pueden clasificar en :• Puntuales.• Lineales.• Superficiales.• Volumétricos.

• Puntuales:• Contactos magnéticos y contactos mecánicos.

• Lineales:• Rayos infrarrojos y contactos en hilos.

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• Superficiales:• Tenemos 3 subgrupos.

• Vibración en vallados:• Sensores aislados y sensores continuados.

• Presión del suelo:• Hidráulicos; neumáticos y sensor aislado.

• Barreras rayos infrarrojos:• Vibración en muros; cables de tensión y fibra óptica.

• Volumétricos:• Microondas; ultrasonidos; detectores de sonidos;

detectores de luz. Etc.

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• En general, el funcionamiento de los detectores de exterior,es semejante a los de interior, pero con la peculiaridad deestar protegidos de las inclemencias del tiempo por mediode carcasas, para su protección a la climatología adversa.

• Mas ejem.

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• A continuación veremos unos videos cortos de seguridad perimetral, visualizando así lo comentado hasta el momento.

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SENSORES Y CÁMARAS.mp4

Seguridad Perimetral Total Exterior Interior.mp4

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SEGURIDAD BIOMÉTRICA

• Concepto:• La palabra “biometría” proviene de la conjugación de 2

palabras griegas, “bios” de vida y “metron” de medida,por lo que podemos deducir que los equipos biométricos,miden o identifican alguna característica propia de laspersonas.

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• En estos últimos años, la biometría a crecido,evolucionado, desde usar simplemente la huella dactilar aemplear muchos métodos distintos teniendo en cuentavarias medidas físicas, una vez registradas las medias ycaracterísticas de una persona, en su base de datos, cuandoalguna otra persona intenta identificarse, y no lo emparejacon alguien de la base de datos, el sistema no le permite elacceso.

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Sistemas Biometricos unach.mp4

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LA CENTRALITA DE ALARMA

• Son el centro neurálgico de los sistemas electrónicos de seguridad.

• Los sistemas modernos en lugar de tener una sirenaacoplada, lo que tienen es una centralita de alarmas quemonitoriza los distintos sensores, de tal forma que si secierra o abre un circuito el sensor envía una señal a lacentralita por radio y ella se encargara de generar el eventoadecuado, como hacer sonar la sirena, llamar a la centralde alarmas, a la policía, o incluso al dueño, etc.

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• Podemos distinguir los siguientes elementos:• Unidad de control y detectores.• Pulsadores manuales y sistemas de alarma.• Cableado eléctrico y fuente de alimentación (batería o

pila).

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CIRCUITO CERRADO DE T.V (CCTV)

• Es un sistema de video vigilancia.• Que permite ver y seguir la actividad del intruso o causa de

la alarma, a la vez que grabar las imágenes, ante laposibilidad de ser usadas como medio de prueba.

• En la actualidad, los CCTV pueden utilizar un monitorpara varias cámaras a través de la utilización deldenominado “divisor de cuadrantes” el cual permite queen una sola pantalla pueda presentar imágenes de distintascámaras.

• En un de CCTV de video vigilancia, constan también dedispositivos como:

• Lámparas infrarrojas, sensores crepusculares,posicionadores, teleobjetivos, análisis de videos y videointeligente, etc.

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FIABILIDAD Y VUNERABILIDAD AL SABOTAGE

• Según el diccionario de la real academia de la lenguaespañola, describe el termino “fiabilidad” como“probabilidad del buen funcionamiento de algo”

• Si extendemos el significado a sistemas, se dice que lafiabilidad de un sistema, es la probabilidad de que esesistema funcione o desarrolle una función, bajocondiciones fijadas y durante un periodo de tiempodeterminado, cuando un sistema no es fiable laprobabilidad del mal funcionamiento es mayor y portanto mas vulnerable.

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• Un nº elevado de falsas alarmas nos indica claramente, queel sistema no funciona correctamente o bien no se hantenido en cuenta las características del entorno,climatología y de donde se ubican, etc.

• El estudio de los pro´s y los contras de cada sistema, nospermite aumentar la fiabilidad de los equipos a la vez quedisminuir la vulnerabilidad.

• En la actualidad, los sistemas de seguridad, soncontrolados a su vez por medio “antisabotaje” que lanzanuna señal de alarma, ante cualquier intento demanipulación.

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• Los motivos mas usuales de falsas alarmas suelen ser:• Errores en el sistema de seguridad, modificaciones

estructurales después de la instalación, defectos de lapropia instalación, deficiencias técnicas, inclemenciasmeteorológicas, presencia de animales de compañía o no,caída de objetos, sonidos o vibraciones, inusuales en elentorno del protegido y por ultimo podríamos añadir, eluso o manejo incorrecto por parte del usuario.

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• LA PROTECCIÓN DE EDIFICIO:

• En domicilios, establecimientos, grandes superficies ycentros de concentración de masas por espectáculospúblicos.

• En este apartado se describirán distintos aspectos aconsiderar en la protección de edificios, al inmueble oedificación en si mismo, como a las personas que lohabitan o que habitualmente lo ocupan.

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• Cuando hablamos de protección de edificios, hablamos también de un concepto “Plan integral de seguridad”.

• Para definir un sistema integral de seguridad, tenemosdiferentes formas validas todas ellas para enmarcar elconcepto:

• El conjunto de medios, medidas, normas y actuacionespersonales que tienen como fin garantizar la integridad delobjeto.

• El conjunto de elementos de seguridad, técnicos, humanos,organizativos, interdependientes entre si, y debidamentecoordinados mediante procedimientos, operativos yordenes de puesto.

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ELEMENTOS NECESARIOS EN UN SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD

• Medidas: Establecidas por organismos oficiales, a las quetienen que ajustar según sean de obligado cumplimiento oaconsejadas.

• Normas: Se crean con objeto de establecer un sistema deactuaciones, a desarrollar para cada persona.

• Medios: Son los equipos con los que contamos, para eldesarrollo de la actividad de seguridad.

• Actuaciones personales: Se establecen para concretar loque se espera de los equipos personales (los vigilantes,etc.) a través de los medios y las normas.

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• A su vez se puede componer por los siguientes subsistemas:

• Subsistema de protección física: Cuando hablamos deseguridad física, nos referimos a todos aquellosmecanismos, destinados a proteger físicamente, un espaciodeterminado, vallas, muros, verjas, etc.

• Subsistema de seguridad electrónica: Forman parte deestos dispositivos electrónicos, destinados a la deteccióncomo, sensores de intrusión, sísmicos, magnéticos, etc.

• Subsistema de personal: Lo forma el equipo humano,vigilantes, jefe de seguridad, director de seguridad, etc.

• Subsistemas de comunicación: Son todos los equipos decomunicación, tef. wualky, intercomunicadores, etc.

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• Subsistemas de equipos:• Lo forman los medios auxiliadas, utilizado por el equipo

humano, (los vigilantes de seguridad), vehículos, linternas,etc.

• Subsistemas de actuaciones y procedimientos:• Planes técnicos, procedimiento de operaciones, plan de

actuación, etc.

• La coordinación de todos estos subsistemas, en especialla de seguridad física, electrónica y humana, siendo sufinalidad la de:

• Disuadir.• La detección de la amenaza.• La neutralización de la amenaza.• La protección.

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• Una de las misiones y que mas usualmente va a cumplir unvigilante de seguridad , es la vigilancia y protección dediversos edificios tales como entidades bancaria, oficinascentrales, centros hospitalarios, centros comerciales,edificios de la administración publica, etc…….

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• Para la protección de un edificio requiere tener en consideración 3 factores básicos.

• Del mismo modo, se tendrá en consideración otro tipo deedificaciones, las dedicadas a albergar industrias en susdistintas modalidades.

• Textiles, químicas, de alimentación, recintos deportivos,estadios abiertos, pabellones cerrados, naves y almacenesde distintos tipos de materiales, establecimientoscomerciales, centros hospitalarios, etc.

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Tipo de edificación a proteger.Personas que lo ocupan o habitan.Objetos o bienes a proteger en general.

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• La protección de edificios requerida en general, la divisiónde zonas de protección, que vendrá conformada por lapropia edificación, su entorno, y la extensión perimetralque le rodee, en 3 diferentes círculos de seguridad oáreas, una partición que determinara la adopción de lasmedidas de seguridad mas adecuadas en cada una de ellas.

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TEORIA DE LOS CIRCULOS CONCENTRICOS

• Con parecido estilo que la anterior, se distribuyen los círculos según el tipo de protección, estática o dinámica.

• Estática, de edificios o instalaciones.• Dinámica, protección de personas.

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• La protección estática establece los siguientes círculos.

• Primer circulo.• Zona de máxima protección, formada por el edificio o

instalaciones a proteger, se emplean los siguientes elementosde protección.

• Físicos: puertas, cristales blindados, rejas, etc.• Humanos: control de accesos, rodas, puestos de vigilancia.• Técnicos: CCTV, volumétricos, etc.

• Segundo circulo.• Zona comprendida entre el circulo exterior y el edificio a

proteger, se emplean los siguientes medios.• Humanos: rondas de vigilancia, apoyo de equipos caninos.• Técnico: CCTV, volumétricos, etc.

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• Tercer circulo.• Zona coincidente con el perímetro del complejo, siendo

la zona mas alejada del edificio a proteger, se emplean lossiguientes elementos de protección.

• Físicos: Muros, vayas, zona de acceso peatonal yvehicular, cristales blindados, rejas, etc.

• Humano: control de accesos, rondas y puestos devigilancia.

• Técnicos: CCTV, volumétricos, etc.

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• En el reconocimiento exterior de un edificio se tendrá queestar atentos a los siguientes elementos y poder ofrecer asíun nivel de seguridad optimo:

• a/ La ubicación del mismo.

• b/ Características de las vías o zonas a las que dan susfachadas, (anchura de la calle, zona verde, vía peatonal,trafico rodado, existencia de aparcamientos públicos oprivados alrededor del edificio, etc.).

• c/ Elementos constructivos empleados en el propioedificio, (madera, hormigón, ladrillo, cristal, hierro, etc.).así como la altura del propio edificio y de los edificioscolindantes, detectando la existencia de azoteas, balcones,que puedan permitir el acceso al edificio por un lugar nohabitual.

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• d/ Elementos de materia urbano (papeleras, contenedoresde basura, de vidrio, cartón, etc.) que puedan ser utilizadospara ocultar elementos de agresión contra el edificio,personas y bienes que se hallen dentro del mismo.

• e/ Entradas y modos de acceder al edificio, residentes,visitas, parking, incluidos los accesos para el personal yproveedores.

• f/ Se identificara la zona del control de acceso y el modoque este se lleva acabo.

• g/ El encargado de la vigilancia y custodia del edificioobservara de forma detenida todos sus elementos tantoexteriores como interiores, de estos últimos debiendoconocer y custodiar en todo caso los siguientes:

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• a/ Lugar o lugares donde estén depositados los planos deledificio, los planes de seguridad, emergencia y evacuación.

• b/ Ubicación de los cuadros eléctricos, generadores,calderas, motores y otras maquinas, ascensores, etc.

• c/ Sistema de detección y extinción de incendios.

• d/ Tipo de puertas interiores, de seguridad, RF resisten alfuego durante un tiempo estipulado, ejem. RF 60 (resiste elfuego directo durante unos 60 min.).

• c/ Ubicación de ascensores, escaleras, tanto principalescomo de servicio.

• d/ En su caso y si procede, las zonas o lugares de depositotanto de sustancias peligrosas como de efectos valiosos.

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• e/ Situación y características constructivas y técnicas delparking, plantas, salidas de humos, ventilación, salidas deemergencia, etc.

• f/ En caso de estar previsto en el edificio, (tarjetasidentificativas o acreditaciones) de los diferentes mediosde identificación personal, tanto de acceso y movilidaddentro del edificio de empleados, visitas, mantenimiento,limpieza, etc.

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• Edificios con característica especiales.• Normas y planes de seguridad en infraestructuras

criticas e instalaciones nucleares.

• Los riesgos a los que este tipo de edificios estángeneralmente expuestos provienen esencialmente de:

• a/ Catástrofes naturales: Inundaciones, terremotos,huracanes, maremotos, etc. un ejem. de ello son los dañoscausados por el tsunami en la central nuclear deFukushima, en Japón, en el año 2011.

• b/ Atentados terroristas: Para su prevención se aprobó enel 2013 en España en el marco normativo de la UniónEuropea, la llamada Estrategia de Seguridad Nacional queesta concebida como un marco de referencia global enmateria de seguridad.

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• c/ Ataques antisociales: Robos, hurtos, imprudenciaspunibles, delitos contra la libertad y la seguridad, etc.

• Infraestructuras criticas.• Su regulación se contiene en la Ley 8/2011 de 28 de Abril,

por la que se establecen “Medidas para la Protección deInfraestructuras Criticas”, que es una norma que tiene porobjeto establecer las estrategias y las estructuras adecuadasque permitan dirigir y coordinar las actuaciones de losdistintos órganos de las administraciones publicas enmateria e protección de infraestructuras criticas, previaidentificación y designación de las mismas, su es mejorarla prevención, preparación y respuesta del estado frente aun atentado terrorista u otras amenazas la afecten.

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• La Ley 8/2011 consagra una serie de definiciones de lasque destacaremos las siguientes:

• a/ Servicio esencial: El servicio necesario para elmantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud,la seguridad, el bienestar social y económico de losciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las institucionesdel Estado y administraciones publicas.

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• b/ Sector estratégico: Cada una de las áreas diferenciadasdentro de la actividad laboral, económica y productiva, queproporciona un servicio esencial o que garantiza elejercicio de la autoridad del Estado de la seguridad delpaís, la propia Ley 8/2011 establece en su anexo lasdistintas categorías comprendidas en este concepto.

• c/ Infraestructuras estratégicas: Las instalaciones, redes,sistemas y equipos físicos y de tecnología de lainformación sobre las que descansa el funcionamiento delos servicios esenciales.

• d/ Infraestructuras criticas: Las infraestructurasestratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y nopermite soluciones alternativas, por lo que su perturbacióno destrucción tendría un grave impacto sobre los serviciosesenciales.

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• e/ Análisis de riesgos: El estudio de las hipótesis deamenazas posibles, necesario para determinar y evaluar lasvulnerabilidades existentes en los diferentes sectoresestratégicos y las posibles repercusiones de la perturbacióno destrucción de las infraestructuras que le dan apoyo.

• f/ Protección de infraestructuras criticas: es el conjuntode actividades destinadas a asegurar la funcionalidad,continuidad e integridad de las infraestructuras criticas conel fin de prevenir, paliar y neutralizar el daño causado porun ataque deliberado.

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• g/ Nivel de seguridad: Aquel cuya activación por elMinisterio de Interior esta prevista en el Plan Nacional deProtección de Infraestructuras Criticas de acuerdo con laevaluación general de la amenaza y con la especifica decada supuesto se efectué sobre cada infraestructura.

• h/ Operador critico: Toda entidad u organismoresponsable de las inversiones o del funcionamiento diariode una instalación, red, sistema o equipo físico o detecnología de la información designada legalmente comoinfraestructura critica.

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• La protección de un edificio, requiere de la elaboración deun “sistema integral de seguridad” tal y como hemosvisto anteriormente este sistema integral contendráinformación detallada sobre, planes de emergencia, plan deevacuación y plan de seguridad.

• Plan de emergencia:• Los edificios deben disponer de planes, que nos indique

que hacer ante situaciones criticas, provocadas por(intrusismo, explosiones, atentados, robos, etc.) o fortuitos(incendios, inundaciones, meteorología adversa, etc.)

• Plan de evacuación:• Es la respuesta extrema a situaciones antes planteadas, la

evacuación de un edificio puede ser parcial o total.

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• Planes de seguridad:• Contiene todas las medidas de seguridad, tanto físicas

como electrónicas, así como los recursos humanos (nº devigilantes de seguridad, total y por turnos).

• En domicilios:• La protección del domicilio no es muy diferente de la

protección de cualquier otro edificio con lo que tendránaspectos comunes con los ya mencionados.

• El factor riesgo estará estrechamente relacionado con laspersonas y el domicilio a proteger, esto determinara elorigen del peligro, que puede ser por el poder económico,social, político, etc. de las personas a proteger.

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• Los vigilantes de seguridad deberán adaptarse a la formade vida del protegido sin entorpecer, las relacionesfamiliares y sociales de las personas a proteger.

• En estos casos, la situación del edificio, es importanteconocer la ubicación de la vivienda, si esta aislada o no,personas que viven en los alrededores y sus costumbres,características del trafico colindante, edificios colindantes,así como cualquier actividad inusual, en la zona que debaser comprobada, como pueden ser, unas obras, etc.

• El control del perímetro nos permite, tener una visiónamplia sobre la vulnerabilidad del hogar a proteger, losaccesos deben ser controlados y las visitas filtradas.

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PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN EN DIFERENTES ESTABLECIMIENTOS

• Entidades Bancarias.• Las características de estos establecimientos, hacen

necesario el empleo de mayores medidas de seguridad yque estas se encuentren reguladas por la ley.

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• La orden de interior 317/2011 sobre las medidas de seguridad en entidades de crédito.

• Algunos de los art. A destacar.

• Art. 3. Medidas de seguridad obligatorias.• Art. 4. Equipos de registro de imágenes.• Art. 5. Dispositivos electrónicos de seguridad.• Art. 6. Blindaje de los recintos de caja y del control de

accesos.• Art. 8. Cámaras acorazadas.• Art. 9. Cajas fuertes.• Art. 11. Cajas de transito.

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• Prevención de atraco.• La ejecución de un atraco abarca 3 fases principales.• La preparación.• La ejecución.• La huida.

• A la hora de prevenir la ejecución de un atraco, la partemas importante a realizar el vigilante de seguridad, es la deimpedir que se produzca la primera de ellas.

• Por norma general el vigilante deberá estar antes de quellegue el personal de la entidad, así poder observar a todaslas personas que estén en los alrededores a pie, ensituación estática o en movimiento, de igual formaobservara a vehículos mal estacionados con ocupantes ensu interior.

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• La observación de estas personas se debe hacer de formaostentosa para que vean que están siendo observadas, deesta forma conseguimos un efecto disuasorio.

• En caso de sospechas sobre cualquier personal o vehículodeberemos tomar nota, por si se repite en días sucesivos ypara poder facilitar una descripción lo mas detalladaposible.

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• Actuaciones ante la ejecución de un atraco.• Si se ha producido el atraco, el vigilante de seguridad, no

debe olvidar que cualquier movimiento que haga podríatener fatales consecuencias, “solo actuara en situacionesde descuido de los asaltantes” sin olvidar que laspersonas que están en la entidad bancaria pueden resultarheridas o muertas si se efectuara un disparo.

• Durante el tiempo que dure el atraco se debe:• Obedecer las ordenes que le den los atracadores, aunque de

forma parsimoniosa, para demorar y ganar tiempo.

• Activar la alarma silenciosa si no existe riesgo de ser visto.

• Tratar de retener las máximas características de los atracadores.

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• Si se tratase de varios asaltantes, concéntrese en el mas cercano de forma que podamos describirlo con la máxima exactitud posible.

• En la fase de huida.• No se interponga en su camino, déjelos marchar.

• Si no a podido activar la alarma, “hágalo ya”.

• Cierre la puerta rápidamente, por si son interceptados por la policía, no puedan volver a entrar y coger rehenes.

• Observe el medio de escape utilizado a pie o en vehículo y la dirección de huida.

• Si huyen en vehículo, anote la marca, modelo, matricula, color, estado del vehículo y cualquier dato que facilite su identificación.

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• CENTROS HOSPILARIOS.

• La protección de los centros hospitalarios, es uno de lostemas mas complejos de la seguridad en los denominadosespacios públicos, un centro hospitalarios es como unapequeña ciudad, pero con mayor densidad de población,con todos sus peligros, riesgos y amenazas, y ademáshabitado por personas enfermas y visitadas por otras quedesconocen el lugar, una actividad incesante durante las24h. al día, a lo largo de todo el año, obligan a que laseguridad en estos centros tengan que ser compartida entrelos vigilantes de seguridad y el personal laboral y sanitariodel mismo, como medio de hacer frente a los diversosriesgos que puedan surgir.

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• Los vigilantes de seguridad deberán realizar labores decontrol y vigilancia de las personas tanto en los accesoscomo en el interior del hospital.

• Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones enrelación con el objeto de su protección.

• Son lugares de especial control, las salas de calefacción,transformadores, contadores, depósitos de combustible,almacenes con (productos químicos, tóxicos, inflamables,etc.)

• Las habitaciones con enfermos, despachos de consultasexternas e interiores, salas de enfermeras y personalsanitario, vestuarios, farmacia, quirófanos, salas de espera,cocinas, despachos, etc.

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• Riesgos principales en los centros hospitalarios.• Riesgos de incendios, inundaciones, explosiones,

amenazas de bomba, donde el personal de seguridadactuara conjuntamente con el personal del hospital, conarreglo a las normas y procedimientos de protección ,planes de evacuación, etc.

• Robos y hurtos a los enfermos y personal sanitario, porparte de personas ajenas al centro que aprovechan loshorarios de visitas para acceder al edificio.

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• Robo de recetas y medicamentos especialmente por partede toxicómanos.

• Agresión por parte de familiares de los ingresados o porlos propios internos, a menudo con resultado de lesionesgraves.

• riesgo de intrusión en las zonas, de especial control antesmencionadas.

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• En general, los vigilantes de seguridad deben actuar enprevisión de los riesgos mencionados, y con un perfectoconocimiento de las instalaciones y de los equipos ymedios de protección de que se dispongan.

• Por otro lado, teniendo en cuenta la reforma introducidapor el real decreto 1123/2001 del 19 de octubre, por el quese modifica parcialmente el reglamento de seguridadprivada, según el cual, y con la finalidad de combatir elintrusismo, amplia en cierta medida las funciones de losvigilantes de seguridad.

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• Al establecer que “no se considerara excluida de lafunción de seguridad, propia de los vigilantes deseguridad, la realización de actividadescomplementarias, directamente relacionadas conaquellas imprescindibles para su efectividad” (art.70.1segundo párrafo).

• Podrán actuar en el ejercicio de sus funciones arequerimiento del personal hospitalario, ante una situaciónconcreta de riesgo, presentando el apoyo necesario enorden a evitar conductas o situaciones que alteren elnormal funcionamiento del centro hospitalario.

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Seguridad Hospitalaria por Grupo Sureste en Hospital Reina Sofía.mp4

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• HOTELES.• Cada vez, es mas frecuente la búsqueda en los

establecimientos hoteleros, no solo ofrecer a los clientesunas buenas condiciones de limpieza, calidad ypresentación de alimentos y confort, si no tambiénseguridad, los hoteles son edificios abiertos dondecualquiera puede entrar y salir sin restricciones, dada ladificultad de saber en cada momento quien se hospeda yquien esta de paso, sin causar molestias a los clientes.

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• La prevención de hurtos y robos, en estas dependencias,precisa de la elaboración de un sistema integral deseguridad, donde se deberá conjuntar la actividad devigilancia humana a través de los vigilantes de seguridadcon la utilización de medidas físicas, y electrónicas devigilancia que permitan disuadir y prevenir la comisión deactos delictivos.

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• El control y verificación de las medidas de proteccióncontraincendios, es importante en estos establecimientos,los vigilantes se encargaran de comprobar en sus rondas deinspección, que las vías de evacuación se encuentran libresde obstáculos, y además atenderán las posibles alarmas deincendio, con objeto de verificar la veracidad de lasmismas, pudiendo actuar extinguiendo con los elementos asu alcance pequeños conatos de incendios, en el desarrollode su actividad preventiva.

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• Edificios en construcción.

• Los edificios en construcción representan uno de loslugares de mayores riesgos para la realización de la laborde vigilancia.

• El hecho de carecer en la gran mayoría de ellos demedidas, de cualquier tipo, hace que se deba extremar laatención en la prevención de riesgos laborales,especialmente caídas, electrocuciones, etc. en estascircunstancias se hace obligatorio el uso de las prendas deprotección, establecidas por la legislación laboral y deprevención de riesgos.

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• La prevención del riesgo de intrusismo para sustraer,materiales de construcción, es uno de los objetivosprincipales de los vigilantes de seguridad, normalmente nose dispondrán de medios electrónicos de protección, con locual la actividad humana, de vigilancia será protagonista.

• Durante la jornada laboral, se prestara un especial cuidadoal transito de trabajadores y proveedores, así como lasvisitas a las instalaciones, el control de vehículos y lascargas y descargas de estos son primordiales, procurandoestar presentes cuando estas se produzcan.

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• Fuera de la jornada laboral, el riesgo exterior seacrecentara, especialmente de noche, la falta deiluminación la imposibilidad de guardar bajo llave losmateriales de construcción, alienta la actividad de posiblesintrusos, la actividad de protección se realiza a través decontinuas rondas, rondas a pie, a ser posible con perro,todo ello con la ventaja del conocimiento de lasinstalaciones.

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• JOYERIAS.

• El reglamento de seguridad privada, establece en su art.127 las medidas de seguridad aplicables a losestablecimientos cuya actividad sea: “joyería y platerías”así como aquellos otros en los que se fabriquen o exhibanobjetos de tales industrias, las siguientes medidas deseguridad, no obstante se expondrán las enunciadas en lanormativa actualizada.

• Orden de Interior 317/2011 de 1 de febrero, sobre medidasde seguridad privada, joyerías y platerías, galerías de arte ytiendas de antigüedades.

• Art. 17. niveles de blindaje.• Art. 18. limites para exhibiciones y subastas. 500.00 €• Art. 19. limite en los muestrarios de joyería. 450.00 €

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• Como norma de actuación por parte de los vigilantes,debemos tener presente lo siguiente:

• Al llegar al lugar de trabajo, observar detenidamente lasinmediaciones, como medio de autoprotección y asídetectar la presencia, de personas que puedan estarvigilando el acceso del local.

• Situarse en zonas donde se divise, el exterior y donde deigual forma se tenga control sobre el área interior dedicadaa clientes y publico.

• Dar protección al traslado de muestrarios y a las personasque trasladan las joyas dentro de nuestro espacio deprotección.

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• En general las medidas de seguridad descritas paraentidades bancarias, son de utilidad para las joyerías.

• Prestar mucha atención al momento que se le expone alcliente las joyas en el mostrador, con objeto de evitarsustracciones por descuido.

• Al cierre comprobar que no queda nadie oculto en elinterior, especialmente en los aseos, oficinas, ascensores,escaleras, etc.

• En caso de atraco son validas las medidas de actuacióndescritas para las entidades bancarias.

• Si sea producido la sustracción de una joya, y se conoce elautor o autores, proceder al cacheo, identificación ydetención dando aviso a las fuerzas y cuerpos deseguridad.

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• Exhibiciones o subastas ocasionales. • Art. 128 . del reglamento de seguridad privada.• Punto 1. • Con independencia del cumplimiento de las normas

aplicables, las personas o entidades, que pretendan exhibiro subastar públicamente objetos de joyería o platería, asícomo antigüedades u obras de arte, en locales oestablecimientos no dedicados habitualmente a estasactividades deberán comunicarlo , con una antelación noinferior a quince días, al delegado o subdelegado delgobierno de la provincia, donde vaya a efectuarse laexhibición o subasta.

• El ministerio de interior, a través de su pagina web,recomienda a los agentes y representantes de joyerías, lassiguientes medidas de carácter general:

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• Procurar ser atendido, en las trastiendas y/o despachosinteriores, de las joyerías, nunca en el mostrador de ventaal publico.

• Ante la mínima sospecha de ser seguido o vigilado,informar inmediatamente, a la policía y no descuidar elmuestrario en ningún momento.

• Las maletas de las muestrarios tendrán que ser de unmaterial, duro y estar siempre cerradas con llave y concombinación secreta de seguridad.

• Procurar salir acompañado, de los comercios, observandola posible presencia de personas en los alrededores.

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• Evitar la rutina y realizar cambios sistemáticos de horarios,rutas, y visitas a los clientes.

• Comprobar el contenido de las bandejas y mantas alguardarlas en las maletas asegurándose de que no faltaninguna.

• Tener presente en todo momento la posibilidad de unasalto y ser consciente de la importancia y valor del generocon el que se comercia.

• No bajar la guardia, en ningún momento, no ser negligente,mejorar las medidas de autoprotección y adoptar unaconducta de prevención.

• Discreción y reserva sobre movimientos personales yvolumen de negocio, rutas, hospedaje y datos personales.

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pareja robando en joyeria.mp4

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• Estaciones de servicio.• Enumeración de medidas de seguridad.• Art. 130 . del reglamento de seguridad privada.

• Las estaciones de servicios y las unidades de suministrode combustible y carburantes, dispondrán de una cajafuerte con el nivel de resistencia, que determine elministerio de interior, con sistema o mecanismo queimpida la extracción del dinero a través de la aberturadestinada a su introducción en la caja y 2 cerradurasprotegidas, la caja estará empotrada en una estructura dehormigón armado preferentemente en el suelo.

• Una llave estará en poder del encargado y la otra de laempresa de recogida de fondos.

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• A fin de permitir las devoluciones de cambios necesarios,cada empleado de las estaciones de servicio y unidades desuministro de combustible y carburantes, solo podrántener en su poder, o en el caso de autoservicio, en lacaja registradora, la cantidad de dinero que fije elministerio de interior.

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• Las estaciones y unidades de suministro podrán disponer, advirtiéndolo al publico usuario mediante carteles situados en lugares visibles, que solo se despachara combustible por cantidades determinadas de dinero, de forma que puedan ser abonadas por su importe exacto, sin necesidad de efectuar cambios.

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• La actividad principal de los vigilantes de seguridad, serála de prevenir los atracos, por lo que deberá, extremar lasprecauciones sobre los vehículos y sus ocupantes, así comocualquier individuo sospechoso.

• Por otro lado el importante riesgo de incendio, que existeen estos establecimientos, hace que se deban controlar lasmedidas de prevención de incendios recomendadas,asegurándose de su cumplimiento.

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• Las estaciones de servicio y unidades de suministro decombustible carburantes, orden de interior 317/2011 de 1de febrero, (sobre medidas de seguridad).

• Art. 20 . cajas fuertes.• Art. 21 . dinero para devoluciones y cambios.• Limite para devoluciones y cambios por empleado 600€

Limite de efectivo en caja registradora en autoservicio1.200 €.

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• Farmacias.• Orden de Interior 317/2011 de 1 de febrero, (sobre

medidas de seguridad).• Art. 22 . Oficinas de farmacia.• Punto 1.• Los dispositivos tipo túnel, bandeja de vaivén o bandeja

giratoria con seguro, de que deberán disponer las oficinasde farmacias, abran de estar ubicados en un elementoseparador, que impida el ataque a las personas que se allenen su interior.

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• Punto 2.• Los citados dispositivos podrán ser sustituidos por persiana

metálica, rejas conforme a la norma UNE. 108142, cristalcon una categoría de resistencia P5A según normaUNE.356 con una pequeña ventana practicada en elelemento separador o con cualquier otro dispositivo consimilares niveles de seguridad.

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• El personal de seguridad debe tener en cuenta que losdelincuentes, no buscan en estos establecimientos ladisposición de efectivo si no además la disponibilidad dedrogas, y además debemos considerar el estado en que sepuede encontrar, el posible delincuente y toxicómano y lapeligrosidad asociada a dicho estado.

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ADMINITRACIONES DE LOTERIA, LOCALES DE JUEGOS DE AZAR

• Orden de Interior 317/2011 de 1 de febrero, (sobre medidas de seguridad).

• Art. 23 . Administraciones de loterías y despachos de apuestas mutuas.

• a/. Las cajas fuerte de las administraciones de loterías ydespachos integrales de apuestas mutuas, les será deaplicación lo dispuesto el art.9 de la presente orden lascajas han de ser construidas con materiales de grado deseguridad 4.

• b/. El recinto de caja tendrá una categoría de resistenciaBR2, para las partes acristaladas y de la misma resistenciapara las partes opacas.

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• d/. Los dispositivos para pasar los documentos o efectivoen los recintos de caja, a los cuales se refiere el párrafo d/(del apartado 1º del art. 120 del reglamento de seguridadprivada, habrán de ser capaces de impedir el ataque directocon armas de fuego a los empleados situados en suinterior.)

• La parte del recinto destinada al publico estará totalmenteseparada, por elementos o materiales de blindaje del nivelque se determine, de la zona reservada a los empleados querealicen transacciones con el publico, la cual estarápermanentemente cerrada desde su interior y dotada condispositivos que impidan el ataque a dichos empleados.

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• Locales de juegos de azar.• Art. 133 . del Reglamento de Seguridad Privada.• A las salas de bingo autorizadas para mas de 150

jugadores, así como a los salones de maquinas de juegoautorizados para mas de 75 maquinas de juego, les será deaplicación las medidas de seguridad reguladas en elapartado 1 y 2 del art. 130 de este reglamento, (hace ref. alanclaje de la caja fuerte, como el tema de las 2 cerraduras ylas 2 llaves.)

• En las administraciones de loterías y locales de apuestas,deberá disponer de caja fuerte con detector sísmico,conectado al sistema de seguridad principal, condispositivo de bloqueo y retardo de al menos 10 min. elbloqueo se activara a la hora del cierre hasta el siguientedía hábil.

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• En lo referente a casinos de juego, las cajas fuertes (cajafuerte o cámara acorazada) con sistema de aperturaretardada automática, si el peso es inferior a 2000 kg.deberá estar anclada a una estructura de hormigón armado,al suelo o al muro, la parte destinada al publico estaráseparada de los empleados por elementos o materialesblindados y cerrados desde su interior.

• Orden de Interior 317/2011 de 1 de febrero, (sobremedidas de seguridad).

• Art. 25 . Salas de Bingo y Salones de Maquinas deJuego

• Hace ref. a que las cajas fuerte de estos establecimientoshan de estar construidas con materiales con grado 4 deseguridad.

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• PROTECCIÓN DE GRANDES SUPERFICIES.• Los centros comerciales, grandes almacenes,

hipermercados, etc. constituyen puntos de granconcentración y movimiento de publico, exigiendo por elloal vigilante de seguridad, un conocimiento especial de lascaracterísticas y circunstancias de los servicios a prestar.

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• El Reglamento de Seguridad Privada en su art. 112establece que:

• Cuando la naturaleza o importancia de la actividadeconómica que desarrollan las empresas y entidadesprivadas, la localización de sus instalaciones, laconcentración de sus clientes, el volumen de los fondos ovalores que manejen, el valor de los bienes muebles, uobjetos valiosos que posean, o cualquier otra causa lohiciesen necesario, los delegados o subdelegados delgobierno, podrán exigir a la empresa, o entidad que adopte,conjunta o separadamente, los servicios o sistemas deseguridad siguientes:

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• a/. Creación del departamento de seguridad.• b/. Establecimiento del servicio de vigilantes de seguridad,

con o sin armas a cargo de personal integrado en empresasde seguridad.

• c/. Instalación de dispositivos y sistemas de seguridad yprotección.

• d/. Conexión de los sistemas de seguridad con centrales dealarma, ajenas o propias, que deberán ajustarse en sufuncionamiento a lo establecido en los art. 46, 48 y 49 yreunir los requisitos que se establecen en el apartado 6.2del anexo del presente reglamento, no pudiendo prestarservicio a terceros, si las empresas o entidades no estánhabilitadas como empresas de seguridad.

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• Actuaciones de los vigilantes de seguridad.

• Las perdidas por hurtos, representan para los comerciosuna carga preocupante, la diversidad de establecimientos yalmacenes, hace difícil implantar todas las medidas deseguridad necesarias, pero siempre es recomendable lautilización del mayor numero de medios posibles.

• La utilización de etiquetas de seguridad con alarmas hacenque el personal de seguridad se encuentre frecuentementeen situaciones delicadas, que requieren la puesta enpractica del mayor numero de habilidades por parte deestos, ante la activación de los sistemas antihurto de laspuertas.

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• Como dirigirse a un cliente ante una alarma.• Normas a tener en cuenta.• Es muy importante dirigirse al cliente con sumo tacto, no

debemos olvidar que la causa de la alarma a veces dafallos.

• Dirigirse al cliente con cortesía y discreción.

• Decirle al cliente: “perdone, creemos que hemos cometidoun error en el control de los artículos que a comprado.” porfavor pase de nuevo por el sistema.

• Si al pasar de nuevo, vuelve a sonar, se avisara a unempleado para comprobar la compra con el tiket.

• Si coincide se trata de una etiqueta sin desactivar,pediremos disculpas, y le daremos las gracias al cliente.

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• Si no hay justificante del cobro, daremos la oportunidad deabonarlo, “creo que han olvidado de cobrarle esteproducto” y requeriremos la presencia de un empleado conobjeto de que haga el cobro.

• En caso de negativa a abonar el producto, se intentaradirigir a la persona a un lugar discreto, fuera de la vista delos otros clientes, no debemos olvidar nunca que aunque seeste legitimado para registrar un bolso o incluso a unapersona, de la que tenemos sospechas fundadas, que ahurtado algo, debemos siempre preservar la intimidad delas mismas.

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• Avisaremos al responsable de la tienda por si fueseperceptiva la denuncia correspondiente, siempre teniendoen cuenta el valor de lo hurtado, solo se detendrá a lapersona por comisión de delito. (estamos ante un delito dehurto cuando el valor de lo sustraído sea superior a 400 €)caso contrario se procede a la identificación del afectadopara su posterior denuncia.

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• En caso de detención del hurtador, no demorar su puesta adisposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

• En los centros comerciales existen zonas especificas, entrelas que se destacan:

• Zonas de carga y descarga de mercancías y almacenes, lafunción principal de esta zona es el control de accesos, devehículos, personas y mercancías, zonas de seguridad,oficinas, salas de maquinas, cajas fuertes, líneas de cajas,vestuarios de empleados, y otras que se puedan determinar,excepto las líneas de caja que se encuentran en zonapublica, el resto de dependencias son zonas restringidas,por lo que se debe prestar especial cuidado en el control depersonas ajenas a dichas dependencias.

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• En las zonas de libre acceso, se velara por la seguridad delos clientes procurando que no sean objeto de actosdelictivos especialmente carteristas.

• La vigilancia se realizara en las zonas que tenganasignadas cada vigilante con objeto de disuadir y preveniractuaciones ilícitas.

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• Las puertas de acceso al publico son zonas de mayorsensibilidad, la situación del vigilante en ellas, o en suscercanías producen un efecto disuasorio, ante delincuentesocasionales o conocidos.

• No intervendremos ante la ocultación de productos delcomercio, por parte de clientes, hasta que no hayamostrado claramente la intención de abandonar la tienda otraspasado la línea de cajas.

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• Art. 30 Ley 5/2014. El personal de seguridad privadaatendrá, en sus actuaciones a los siguientes principiosbásicos:

• a/. Legalidad.• b/. Integridad.• c/. Dignidad en el ejercicio de sus funciones.• d/. Corrección en el trato con los ciudadanos.• e/. Congruencia, aplicando medidas de seguridad y de

investigación proporcionadas y adecuadas a los riesgos.• f/. Proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de

defensa y de investigación.• g/. Reserva profesional sobre los hechos que conozca en el

ejercicio de sus funciones.• h/. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

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• La actividad delictiva en estos centros comerciales, serealiza de diferentes maneras:

• Descuideros, que aprovechan el descuido, de losdependientes, para sustraer productos e intentar sacarlos alexterior sin ser vistos, grupos marginales, comotoxicómanos, cleptómanos (enfermos), etc.

• Grupos profesionales, especializados en burlar los sistemasde seguridad, llevándose el mayor nº de productos,personas que imitan sustracciones en el edificio, para luegoquerellarse con el centro, a estas personas se les denomina“querulentos” son querellantes patológicos.

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• Prestar especial atención a la línea de cajas, con el objetivode evitar atracos o cualquier otra incidencia que seproduzca en las mismas.

• Colaborar con los vigilantes de seguridad de transporte defondos, en las recogidas y entregas de fondos, (cobertura)de igual forma, prestar protección a las cajeras en eltranscurso de las reposiciones, de las cajas registradoras.

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• Revisar periódicamente los baños públicos, especialmentenos fijaremos en los falsos techos, que son usados por losdelincuentes para intercambiar mercancía sustraída.

• Al cierre de las instalaciones, revisar todas lasdependencias, tanto publicas como privadas, con objeto deasegurarse que no queda nadie escondido con finesdelictivos.

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VIDEO REFERENTE A LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD EN CENTRO COMERCIALES

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Seguridad en Centros Comerciales.mp4

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• CENTROS DE CONCENTRACION DE MASAS YESPECTACULOS PUBLICOS.

• Al igual que en el apartado anterior, las normas deservicios y comportamientos, deberán ser establecidasconforme a los riesgos específicos, en estos casos ademásde la gran afluencia de publico, a la que hay que añadir, laposibilidad de que surjan “incidentes colectivos” (ejm.enfrentamientos entre diferentes peñas, alteraciones delorden publico, etc.).

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• Para poder comprender las necesidades de seguridad enespectáculos de gran concentración de masas, debemosconsiderar el efecto que el grupo tiene sobre el individuohasta el punto de hacerles perder el sentido del “yo”.

• A menudo hemos sido testigos por los medios decomunicación, de actos vandálicos, y agresiones extremas,en espectáculos públicos multitudinarios, donde individuosincapaces por si solo de causar el mínimo daño,influenciados por la presión del grupo son capaces de losactos de vandalismo y agresiones atroces.

• Un grupo tiene el poder, no solo de estimular a susmiembros, si no además de hacerlos irreconocibles enmedio de la multitud.

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• Los estallidos de agresión en grupos grandes, suelen estarprecedidos de actos menores, que atraen y exaltan a lagente, los gritos, aplausos, cantos de grupo, sirven paraestimular y reducir la conciencia personal.

• Ante la influencia del grupo los individuos, tienden areducir la conciencia de si mismos, y a desconectar elcomportamiento de las actitudes, ante tal desindividualización las personas se encuentran mas proclivesa actuar ajenos a sus propios valores, y de forma irracional,ante la sensación de invulnerabilidad que les ciega a lasadvertencias de peligro.

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• Ante todo lo expuesto, debemos estar atentos, ante lapresencia en los espectáculos, objetos de protección, deaquellas “multitudes activas”.

• Cuyos propósitos van mas allá, del mero espectáculopublico, y que pueden contagiar con su actitud yprovocación a otros grupos, en principio pasivos, y enconsecuencia provocar un altercado de grandesproporciones.

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• El riesgo contra el orden publico y seguridad ciudadana,que amenudeo provocan este tipo de espectáculos, haceque las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tomen parteactiva en la protección de los mismos, ante talcircunstancia el personal de seguridad privada deberáprestarles toda la colaboración y auxilio.

• La Orden de Interior 318/2011 de 1 de febrero, sobreel personal de seguridad privada.

• colaboración con la seguridad publica.• Art. 32. Deber de colaboración.• El deber de colaboración con las fuerzas y cuerpos de

seguridad, y las comunicaciones que contempla el art. 66del reglamento de seguridad privada, así como la puesta adisposición de presuntos delincuentes, instrumentos,efectos, y pruebas de delitos.

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• Art.33. Requerimiento de colaboración.• En el cumplimiento de sus funciones el personal de

seguridad privada, facilitara a las fuerzas y cuerpos deseguridad, que se lo requieran directamente y sin dilación,la información o colaboración, que les resulte necesariapara el ejercicio de sus funciones.

• Art. 34. Consideración profesional.• El personal de seguridad privada, en el ejercicio de su

actividad profesional, recibida un trato preferente ydeferente, por parte de los miembros de las Fuerzas yCuerpos de Seguridad, tanto dentro como fuera de ladependencias policiales, pudiendo comparecer en estas,con el uniforme reglamentario, siempre que talcomparecencia este motivada con el ejercicio de susfunciones.

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• Art. 35. Consideración legal.• En el cumplimiento de su deber de colaboración, el

personal de seguridad privada, tendrá la consideraciónjurídica, que otorgan las leyes a los que acuden en auxilioo colaboran con la autoridad y sus agentes.

• Funciones de los vigilantes de seguridad en losespectáculos públicos.

• Por norma general el publico no puede permanecer de pieen zonas de localidades de asiento, durante el desarrollo dela representación por lo que se deberá prestar atención a nosobre pasar el aforo de estas zonas.

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• Control de accesos y entornos, comprobar entradas einvitaciones, cacheos de personas sospechosas, quepudieran portar objetos o efectos prohibidos o peligrosos,impedir la ingesta y paso de licores al interior del recinto.

• Impedirán la entrada de aquellas personas que no tenganla entrada, para acceder al espectáculo, en apoyo a laactividad de los porteros.

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• Se cuidaran de que las salidas de emergencia, seencuentren libres de obstáculos, y dispuestos para serusadas en caso de emergencia.

• Cuando le sea asignada, la protección de una persona atitulo individual, velara por que la estancia de dichapersona, sea lo mas segura posible, colaborando incluso,con el personal de protección que esa persona tengaasignado si este fuera el caso.

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• Vigilara que la actividad de los espectadores sea deabsoluto respeto a los demás, si se observan conductasanómalas, por parte de algún espectador, tratara deidentificarlo o detenerlo si fuera preciso, siempre condiscreción.

• Ante cualquier intervención en publico, se debe informar alos responsables de seguridad, para así poder recibir apoyosi fuera preciso.

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• Si se producen reyertas, en el interior, se intentara separara los contrincantes, de buenas maneras, si esto no fueraposible, se utilizara la forma mas racional y proporcionalcon los medios a nuestro alcance, no hay que olvidar quecualquier incidencia, en medio de la multitud puederápidamente ser contagiada, al resto del grupo por lo quedebemos actuar rápidamente, y de forma lo masdiscretamente posible.

• En caso de evacuación del edificio, facilitara de formasegura la salida del publico, al exterior evitando lasaglomeraciones cerca de las puertas de acceso.

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• Finalizado este apartado, con un video en el cual veremosun pequeño comentario de las diferentes funciones de losvigilantes de seguridad, que hemos visto hasta el momento.

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GRANDES ACONTECIMIENTOS seguridad privada en Spain.mp4

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GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN

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