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CRA. 16 No. 31-10 Villa Milena Celulares: 3214846766, Tel: 8756018 E-mail. [email protected] - Neiva Huila TRABAJOS EN ALTURAS Implementar y controlar el sistema trabajos en alturas de LA EMPRESA con el fin de dar cumplimiento a las normas y leyes establecidas para trabajos en alturas, asegurando la integridad física del personal involucrado en este proceso. 1. ALCANCE Este procedimiento seguro de trabajos en alturas (PSTA), aplica para todas las obras construidas por LA EMPRESA y sus contratistas. 2. POBLACION OBJETO: 3.1. Nivel Administrativo: Gerencia, Coordinador Operativo, Maestro General de Obra. 3.2. Administrador del Procedimiento: Coordinador HSE 3.3. Supervisor HSE: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan trabajos en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos asociados a dichos peligros. 3.3.1 Relación de formatos - Capacitar y entrenar al personal autorizado para el manejo del estándar, según la labor a realizar, dejando los registros correspondientes (Formato F-TH-011 y F-MC-002). - Verificar y autorizar al personal involucrado, para garantizar el cumplimiento del PSTA, dejando los registros correspondientes (Formato F-O-013). - Verificar las condiciones de seguridad de trabajos en altura, para garantizar medidas preventivas en la obra, dejando los registros correspondientes (Formatos F-O-013, F-O-020 y F-O-009). - Reportar los resultados de la implementación del PSTA Coordinador HSE. 3.4. Personal autorizado: Persona que después de recibir una capacitación, aprobarla y tener todos los requisitos que establece la resolución, puede desarrollar trabajos en alturas. 3.5. Personal NO Autorizado: Son los trabajadores que por sus funciones, tareas y conocimiento no está autorizado por la empresa para realizar Trabajos en alturas. 3. DEFINICIONES Trabajo en Altura: Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

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Page 1: TRABAJOS EN ALTURAS LA EMPRESA 1. ALCANCE EMPRESA · realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior. ... Entrenador: Profesional certificado como persona competente y/o calificada,

CRA. 16 No. 31-10 Villa Milena Celulares: 3214846766, Tel: 8756018

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TRABAJOS EN ALTURAS

Implementar y controlar el sistema trabajos en alturas de LA EMPRESA con el fin de dar cumplimiento

a las normas y leyes establecidas para trabajos en alturas, asegurando la integridad física del personal

involucrado en este proceso.

1. ALCANCE

Este procedimiento seguro de trabajos en alturas (PSTA), aplica para todas las obras construidas por

LA EMPRESA y sus contratistas.

2. POBLACION OBJETO:

3.1. Nivel Administrativo: Gerencia, Coordinador Operativo, Maestro General de Obra.

3.2. Administrador del Procedimiento: Coordinador HSE

3.3. Supervisor HSE: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan trabajos

en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para

aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos asociados a dichos

peligros.

3.3.1 Relación de formatos

- Capacitar y entrenar al personal autorizado para el manejo del estándar, según la labor a realizar,

dejando los registros correspondientes (Formato F-TH-011 y F-MC-002).

- Verificar y autorizar al personal involucrado, para garantizar el cumplimiento del PSTA, dejando los

registros correspondientes (Formato F-O-013).

- Verificar las condiciones de seguridad de trabajos en altura, para garantizar medidas preventivas

en la obra, dejando los registros correspondientes (Formatos F-O-013, F-O-020 y F-O-009).

- Reportar los resultados de la implementación del PSTA Coordinador HSE.

3.4. Personal autorizado: Persona que después de recibir una capacitación, aprobarla y tener todos

los requisitos que establece la resolución, puede desarrollar trabajos en alturas.

3.5. Personal NO Autorizado: Son los trabajadores que por sus funciones, tareas y conocimiento no

está autorizado por la empresa para realizar Trabajos en alturas.

3. DEFINICIONES

Trabajo en Altura: Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se

realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

Page 2: TRABAJOS EN ALTURAS LA EMPRESA 1. ALCANCE EMPRESA · realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior. ... Entrenador: Profesional certificado como persona competente y/o calificada,

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Absorbente de choque: Equipo cuya función es disminuir las fuerzas de impacto en el cuerpo

del trabajador o en los puntos de anclaje en el momento de una caída.

Anclaje: Punto seguro al que se puede conectar un equipo personal de protección contra

caídas con resistencia mínima de 5000 libras (2.272 Kg) por persona conectada.

Arnés: Sistema de correas cosidas y debidamente aseguradas, incluye elementos para

conectar equipos y asegurarse a un punto de anclaje; su diseño permite distribuir en varias

partes del cuerpo el impacto generado durante una caída.

Baranda: Elemento metálico o de madera que se instala al borde de un lugar donde haya

posibilidad de caída, debe garantizar una resistencia ante impactos horizontales y contar con

un travesaño de agarre superior, uno intermedio y una barrera colocada a nivel del suelo para

evitar la caída de objetos.

Certificación: Constancia que se entrega al final de un proceso, que acredita que un

determinado elemento cumple con las exigencias de calidad de la norma que lo regula, o que

una persona posee los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar ciertas

actividades determinadas por el tipo de capacitación.

Conector: Cualquier equipo que permita unir el arnés del trabajador al punto de anclaje.

Distancia de Caída Libre: Desplazamiento vertical y súbito del conector para detención de

caídas, y va desde el inicio de la caída hasta que ésta se detiene o comienza a activarse el

absorbente de choque. Esta distancia excluye la distancia de desaceleración, pero incluye

cualquier distancia de activación del detenedor de caídas antes de que se activen las fuerzas

de detención de caídas.

Distancia de detención: La distancia vertical total requerida para detener una caída,

incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación.

Distancia de desaceleración: La distancia vertical entre el punto donde termina la caída libre

y se comienza a activar el absorbente de choque hasta que este último pare por completo.

Entrenador: Profesional certificado como persona competente y/o calificada, con

entrenamiento certificado en metodología de enseñanza, por una institución aprobada nacional

o internacionalmente. Con una experiencia certificada, en trabajo en alturas mínima de dos (2)

años continuos o cinco (5) años discontinuos.

Eslinga: Conector con una longitud máxima de 1.80 m fabricado en materiales como cuerda,

reata, cable de acero o cadena. Las eslingas cuentan con ganchos para facilitar su conexión al

arnés y a los puntos de anclaje; algunas eslingas se les incorpora un absorbente de choque.

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Gancho: Equipo metálico que es parte integral de los conectores y permite realizar conexiones

entre el arnés a los puntos de anclaje, sus dimensiones varían de acuerdo a su uso, los

ganchos están provistos de una argolla u ojo al que está asegurado el material del equipo

conector (cuerda, reata, cable, cadena) y un sistema de apertura y cierre con doble sistema de

accionamiento para evitar una apertura accidental que asegura que el gancho no se salga de

su punto de conexión.

Hueco: Espacio vacío o brecha con una profundidad mínima de 5 cms por debajo de la

superficie en donde se camina y/o trabaja.

Líneas de vida horizontales: Sistemas de cables de acero, cuerdas o rieles que debidamente

ancladas a la estructura donde se realizará el trabajo en alturas, permitirán la conexión de los

equipos personales de protección contra caídas y el desplazamiento horizontal del trabajador

sobre una determinada superficie.

Líneas de vida verticales: Sistemas de cables de acero o cuerdas que debidamente ancladas

en un punto superior a la zona de labor, protegen al trabajador en su desplazamiento vertical

(ascenso/descenso).

Mecanismo de anclaje: Equipos de diferentes diseños y materiales que abrazan una

determinada estructura o se instalan en un punto para crear un punto de anclaje. Estos

mecanismos cuentan con argollas, que permiten la conexión de los equipos personales de

protección contra caídas.

Medidas de prevención: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan

para advertir o evitar la caída de personas y objetos cuando se realizan trabajos en alturas y

forman parte de las medidas de control. Entre ellas están: sistemas de ingeniería; programa de

protección contra caídas y las medidas colectivas de prevención.

Medidas de protección: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan

para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para mitigar sus consecuencias.

Mosquetón: Equipo metálico en forma de argolla que permite realizar conexiones directas del

arnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de conexión entre equipos de protección

contra caídas o rescate a su punto de anclaje.

Persona competente: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan

trabajos en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la

autorización para aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos

asociados a dichos peligros.

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Persona calificada: Persona que tiene un grado reconocido o certificado profesional y amplia

experiencia y conocimientos en el tema, que sea capaz de diseñar, analizar, evaluar y elaborar

especificaciones en el trabajo, proyecto o producto del tema.

Posicionamiento de Trabajo: Conjunto de procedimientos mediante los cuales se mantendrá

o sostendrá el trabajador a un lugar específico de trabajo, limitando la caída libre de éste a 2

pies (0.60 m) o menos.

Requerimiento de claridad: Espacio vertical libre requerido por un trabajador en caso de una

caída, en el que se exige que este no impacte contra el suelo o contra un obstáculo. El

requerimiento de claridad dependerá principalmente de la configuración del sistema de

detención de caídas utilizado.

Trabajos en suspensión: Tareas en las que el trabajador debe “suspenderse” o colgarse y

mantenerse en esa posición sin posibilidad de caída, mientras realiza su tarea o mientras es

subido o bajado.

4. REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORES

De acuerdo al perfil de cargo y al procedimiento medico y de salud pública. Los exámenes que se

deben realizar para el personal autorizado están estipulados en el procedimiento médico y de salud

pública para cada perfil de cargo

5.1 Limitaciones de salud

- La existencia de patologías metabólicas, cardiovasculares, mentales neurológicas, que generen

vértigo o mareo,

- alteraciones del equilibrio, de la conciencia, de la audición que comprometan bandas

conversacionales

- ceguera temporales o permanentes, alteraciones de la agudeza visual o percepción del color y

de profundidad, que no puedan ser corregidas con tratamiento

- Se tendrá en cuenta el índice de masa corporal y el peso del trabajador.

- Los menores de edad y las mujeres en cualquier tiempo de gestación no pueden realizar

trabajo en alturas. Tampoco lo pueden realizar quienes tengan las restricciones, temporales o

permanentes.

5 PLAN DE FORMACION

La capacitación debe realizarse a dos tipos de población objeto: las personas que realizan labores de

tipo administrativo (Coordinador HSE, Coordinador Operativo, Supervisor HSE) y a las personas que

realizan labores operativas (Maestro General de Obra, Oficial de Obra, Ayudante Practico y Ayudante

de Obra). Esta capacitación debe ser realizada por entrenadores certificados.

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Las disposiciones sobre capacitación de este capítulo, son de obligatorio cumplimiento para quienes

realicen dicho proceso: Empleadores, Administradoras de Riesgos profesionales e instituciones o

empresas legalmente constituidas que ofrezcan este tipo de capacitación.

El empleador tiene la obligación de verificar la certificación al inicio de labores y recertificación de los

trabajadores que realicen trabajo en alturas, mínimo una vez al año.

NINGÚN TRABAJADOR PODRÁ TRABAJAR EN ALTURAS SIN CONTAR CON LA

CERTIFICACIÓN RESPECTIVA QUE ACREDITE LAS COMPETENCIAS LABORALES, DEL NIVEL

PARA EL CUAL FUE CERTIFICADO.

6. MARCO LEGAL Y NORMATIVIDAD

Circular Unificada 2004

Resolución 1409 de 2012

Resolución 2400 de 1979

Resolución 2413 de 1979

Resolución 3673 de 2008

Resolución 2309 de 1986

Resolución 1348 De 2009 (Abril 30)

Proyecto Norma Construcción 2009

reglamentan las disposiciones

generales en materia de Salud

Ocupacional para el Sector de la

Construcción

ICONTEC 2021 y 2037

ICONTEC NTC 2234 - Andamios

Colgantes

ICONTEC NTC 1560 - Andamios

NTC 1641, 1642, 1735 (Andamios)

GNTC 1646: Maderas aserradas para

construcción

6.2 NORMATIVIDAD DE ANDAMIOS

R E G UL AC IONE S AR T IC UL OS C ONT E NID O

RESOLUCION 2400/79: C AP ÍT UL O III. ANDAMIOS Y E S C AL E R AS . AR TÍC UL O 628. 629, 630, 631, 632, 633, 649, 650, 652, 653, 656, 659, 660

R equis itos generales para el arme y des arme de andamios , caracterís ticos de los materiales , s is temas de barandales

RESOLUCION 2413 /79 3.8 DE L OS ANDAMIOS . AR T . 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 39,

D efinic ión, ins pecc ión, caracterís ticas , plataformas de trabajo, barandas , rodapiés , des arme de andamios

RESOLUCION 3673/08: C AP ÍT UL O VAR TÍC ULO 15

S is temas de acces o para alturas

R E G UL AC IONE S AR T IC UL OS C ONT E NID O

RESOLUCION 2400/79: C AP ÍT UL O III. ANDAMIOS Y E S C AL E R AS . AR TÍC UL O 628. 629, 630, 631, 632, 633, 649, 650, 652, 653, 656, 659, 660

R equis itos generales para el arme y des arme de andamios , caracterís ticos de los materiales , s is temas de barandales

RESOLUCION 2413 /79 3.8 DE L OS ANDAMIOS . AR T . 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 39,

D efinic ión, ins pecc ión, caracterís ticas , plataformas de trabajo, barandas , rodapiés , des arme de andamios

RESOLUCION 3673/08: C AP ÍT UL O VAR TÍC ULO 15

S is temas de acces o para alturas

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6.3 NORMATIVIDAD COLOMBIANA ESCALERAS

AUTORIDAD NORMA CONTENIDO

Instituto Colombiano de Normas

Técnicas

NTC 4145 Accesibilidad de las personas

al medio físico. Edificios.

Escaleras.

Instituto Colombiano de Normas

Técnicas

NTC 1700 Escaleras

AUTORIDAD NORMA REGLAMENTACION ARTICULOS CONTENIDO

Ministerio de

la Protección

Social

Resolución

2400 de 22

Mayo de

1979

Por la cual se

establecen algunas

disposiciones sobre

vivienda, higiene y

seguridad en los

establecimientos de

trabajo.

Capítulo III de

los Andamios

y escaleras

Artículos

634 al 663

Escaleras de

mano, normas de

seguridad,

apoyos,

materiales,

mantenimiento,

prohibiciones y

capacidades

Ministerio de

la Protección

Social

Resolución

2413 de 22

Mayo de

1979

Por la cual se dicta el

Reglamento de Higiene

y Seguridad para la

Industria de la

Construcción

Del 42 al 47 Ubicación

Escaleras,

Distancias,

Normas de

seguridad,

Tamaños,

Espacios

Travesaños,

prohibiciones

Ministerio de

la Protección

Social

Resolución

3673 de

Septiembre

26 de 2008

Por el cual se establece

el Reglamento Técnico

de Trabajo seguro en

alturas

Capitulo V

Sistemas de

acceso para

Trabajos en

altura

Artículos 15 y

16

Requerimientos

Mínimos para los

sistemas de

acceso

Lineamientos para

el uso seguro de

los sistemas de

acceso

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7. ACTIVIDADES DONDE SE DESARROLLAN TRABAJOS EN ALTURAS

ACTIVIDAD SUBPROCESO TAREA TAREA

R N.R.

Excavaciones Adecuación de pasillos y

zona de acceso:

Adecuación de

Pasillos

Vacíos, rampas

Escaleras, barandas

x

Cimentación Fundida de muros Trabajos en

palomeras x

Estructura

Armado de columna Trabajo en andamios

Tubulares x

Sistemas pasivos

Escaleras x

Placas de entrepiso Trabajos en vacío x

Mampostería interior Trabajo con borriquetes x

Armado de placa

Trabajos a borde de

placa x

Cargue de materiales y

escombros

Trabajos con plumas x

Verificación de cumplimiento

de especificaciones

Inspección x

Izaje de cargas Torre grúa

(Manejo y

mantenimiento)

x

Mampostería exterior Andamios colgantes x

Trabajo en cubiertas Instalar tejas

Estructura de Vigas y

columnas

Acabados

Limpieza de fachada Silla X

Pintura externa Andamio colgante X

Instalación de ventanería Restricción de

movimiento X

Mantenimiento

Pintada de Fachadas X

Limpieza de canales X

Limpieza de vidrios X

Mantenimiento de equipo aire

acondicionado

X

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8. CLASIFICACION DE LOS FACTORES DE RIESGO EN ESTA ACTIVIDAD (TRABAJOS EN

ALTURAS)

FISICOS QUIMICOS PSICOSOCIAL ERGONOMICO

-Ruido.

-Iluminación.

-Temperatura

extrema.

-Vibraciones.

-Radiaciones

ionizantes.

-Humedad.

-Polvo.

-Gases y

vapores.

-Líquidos.

-Sólidos.

-Carga de trabajo.

-Relaciones

interpersonales.

-Turnos y sobre

tiempo.

-Aislamiento.

Esfuerzo (Levantamiento y transporte de carga). Postura (Diseño de puesto de trabajo y de herramienta).

MECANICOS ELECTRICOS SEGURIDAD

LOCATIVOS

-Material en

movimiento

-Maquinas y

herramientas.

-Transporte

mecánico.

-Partes en

movimiento.

-Material

proyectado

-Sistema de

conducción.

-Contacto

directo/indirecto.

-Caída de Alturas.

-No uso del arnés.

-Andamios mal

armados

-Mal uso de escalera.

-Falta de protección

de vacíos.

-Diseño de áreas de trabajo.

-Construcción y mantenimiento de

vías de acceso.

-Condición de cubiertas y muros.

-Falta de orden y aseo.

-Almacenamiento inadecuado.

9. BARANDAS

9.1. Baranda: Elemento metálico o de madera que se instala al borde de un lugar donde haya

posibilidad de caída, debe garantizar una resistencia ante impactos horizontales y contar con un

travesaño de agarre superior, uno intermedio y una barrera colocada a nivel del suelo para evitar la

caída de objetos. Se requieren en aquellos lugares donde haya peligro de caída al vacío

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Partes de la Baranda

9.3. Requerimientos que Debe Cumplir

TIPO DE REQUERIMIENTO MEDIDA

Resistencia estructural de la baranda Mínimo 200 libras (90.8

Kg)

Alturas de la baranda (Desde la superficie

en donde de camina y/o trabaja hasta el

borde superior del travesaño superior)

Entre un (1) m y 1.20

m (máximo)

Ubicación de travesaños intermedios Deben ser ubicados a 40

cm. entre ejes, medidos

desde el borde superior

del travesaño superior de

la baranda

Separación entre soportes verticales Un (1) m o aquella que

garantice la resistencia

mínima solicitada.

Alturas de los rodapiés De 15 a 20 cm, medidos

desde la superficie en

donde se camina y/o

trabaja

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10. Tapas o plafones

Las tapas o plafones de protección son una medida técnica de seguridad contra la caída de altura.

Con ellas se tapan aberturas horizontales y cortes, pero también revestimientos que no sean

resistentes a la pisada (suelos, techos, tejados, lucernarios etc.) asegurando de esta manera que

durante el trabajo no se produzca una caída en o a través de las mismas.

Las tapas tienen que estar aseguradas contra el deslizamiento para que las aberturas, cortes etc. no

puedan quedarse al descubierto involuntariamente.

Las Tapas en madera tienen que estar marcadas con la palabra “Hueco” y tienen que estar

aseguradas para prevenir desplazamiento que pueden ocasionar accidente.

Las tapas tienen que poder aguantar por lo menos dos veces la carga máxima anticipada de los

trabajadores, Materiales y equipo.

Los bordes de las tapas deben poder resistir completamente el peso de la carga en los bordes

de los cuatro lados.

11. ESTANDARES ESPECIFICOS PARA TRABAJOS EN ALTURAS:

Los estándares son niveles de referencia aceptados, que contienen condiciones mínimas de seguridad

que se deben tener en cuenta en los procedimientos y métodos de trabajos seguros y nos permitan

guiar a los trabajadores a realizar estas actividades, sin arriesgar su integridad personal y el patrimonio

de la empresa.

Los estándares nos permiten identificar, si los trabajadores cumplen con los lineamientos de la buena

práctica de trabajo.

Los estándares deben ser necesarios, claros, concretos para poder cumplir su objetivo.

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11.1 ESCALERA

1 mts

¼ H

H

Los párales de madera de una escalera de mano y sus peldaños estarán hechos de madera seca, libres de nudos, de podredumbre u otros defectos que la hagan insegura

Las escaleras portátiles se colocarán de manera tal que la distancia del pie de la escalera a la superficie de apoyo no sea menor a un ¼ con respecto a la longitud del punto de apoyo. Cuando haya necesidad de colocar la escalera más vertical deberá amarrarse para impedir que se resbale hacia los lados o que oscile hacia atrás.

Siempre que se requiera usar escaleras en terrenos inestables deberá anclarse la base

10 c

ms

5 cms

PARAL

5

X 5

c

ms

2

.5 X

5 cm

s

PELDAÑO

IGUALADORR

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11.2 ANDAMIOS TUBULARES

Pasamano

Las barandas tendrán 5 cm x 10 cm a 1.06 m. en su barandal medio.

Cerrojo de

brazo

Deben utilizarse para unir y

mantener las secciones del

andamio

Soportes de tornillo En superficies onduladas

permiten mejorar nivelación

Guardapie

Cubrirá la totalidad perimetral

del andamio y tendrá 10 cms de

altura mínima

Base

Los andamios deben estar apoyados firmemente en superficies planas y

niveladas.

Cruceta

Deben asegurarse a los andamios con pines

resistentes y completos.

Tablado de

madera Las tablas tendrán un espesor mínimo de 5 cm y 26 cm de ancho sin nudos y sin rajaduras. Se amarrarán al andamio

EN LOS ANDAMIOS SOLO SE ALMACENARÁN LOS MATERIALES Y HERRAMIENTAS QUE SE UTILIZARÁN EN LA TAREA A

REALIZAR, PARA EVITAR SOBRECARGAS

Seguro

Los andamios se asegurarán a

una estructura fija.

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Los frenos deben estar colocados cuando un andamio rodante se encuentra en uso

Rodachín con freno

Todas las partes de los andamios (Crucetas, cuerpos, rodachines, niveladores), deben estar libres de oxido, rotura, dobleces, grietas o secciones que muestren debilidad.

La altura máxima de los andamios rodantes será tres veces su sección más corta.

Las plataformas del andamio rodante deben estar libres de personal cuando se este movilizando.

TODOS LOS ANDAMIOS DEBEN ESTAR ANCLADOS A UNA ESTRUCTURA FIJA O

ARRIOSTRADOS CON VIENTOS

Los andamios deben tener las crucetas completas y en buenas condiciones (libres de corrosión y sin fisuras)

RECOMENDACIONES

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11.4 ANDAMIO COLGANTE

Los andamios colgantes deberán ser sólidamente construidos con tablones de madera fuertes que resistan al menos 3 veces el peso de los trabajadores y de los materiales que se han de poner.

Los componentes básicos del andamio colgantes son: Anclaje: Debe ser capaz de soportar el peso muerto de 2400 Kg por persona al menos. Para este anclaje se puede utilizar una viga o cualquier estructura sólida del edificio. Sistema de enganche de cables de elevación: Es una estructura que se utiliza para instalar los andamios, la cual debe ser resistente y calculada para resistir el peso del andamio, trabajadores y los materiales. Cables: Deben estar constituidos por torones y alambres y alma. Se recomienda que resista como mínimo 4.2 Tn. La resistencia del cable será 6 veces superior al peso de la carga máxima levantada.

Anclaje

Enganch

e

Cables

Los trabajadores deben revisar las condiciones de los andamios que utilicen en su trabajo, para cerciorarse que se encuentran en buen estado y aptos para realizar el trabajo. Asi mismo, caminarán cuidadosamente por los andamios y usarán el arnés de seguridad o se sujetarán por medio de líneas de vida.

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11.5 TRABAJO CON PLUMAS

*Utilizar el sistema de detección de caídas:

*Utilizar los E. P.P.

*Punto de anclaje que garantice 2253 Kg.

*Línea de vida que se encuentre por encima de sus hombros

*La eslinga de 1,2 m.

*Tener un arnés de posicionamiento

**El sistema de detección de caídas deberá garantizar la distancia del *trabajador al vacío de 0,5

m.

*No se debe anclar el trabajador a la pluma o al sistema que soporta la *pluma.

*La pluma se debe anclar a la losa (placa) con pases y/o anclajes en forma *de U.

*Revisar el funcionamiento y posible desgaste del cable, polea, frenos

*Señalizar el área de trabajo parte baja.

11.7 ESTÁNDAR PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS

El arnés debe ser de cuerpo entero.

Debe contar con: una argolla D dorsal para detención de caída o restricción, dos argollas D laterales para posicionamiento y una argolla D frontal para ascenso y descenso.

Correa de sujeción pectoral ajustable.

El ancho de las reatas debe ser de 45mm.

Los mosquetones de las eslingas deben tener doble seguro

La longitud máxima de la eslinga debe ser de 1.80m

Según la altura que se realiza la actividad se debe escoger el largo de la eslinga

La eslinga para posicionamiento no tiene absorción de caída

La línea de vida vertical debe ser suficientemente larga para cubrir toda la extensión de la caída.

En la línea de vida horizontal la distancia máxima entre los puntos de anclajes será de 6.0m

La línea de vida debe estar sobre el punto de trabajo.

Los puntos de anclajes deben estar fijados a un elemento estructural diferente al punto de trabajo.

El punto de anclaje debe tener una resistencia de 5.000lbras por persona.

Se debe tener contacto permanente con las personas que se encuentran realizando esta clase de actividades.

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Los sistemas anti caídas se deben inspeccionar antes de ser usados.

El cinturón linero no se debe utilizar en trabajos en alturas.

El arnés debe ser usado por personas con un peso combinado (ropa, herramientas, zapatos) no mayor de 140Kg.

Los equipos deben estar adecuadamente almacenados y limpios para así poder detallar fallas.

Si el equipo fue impactado por una restricción de caída debe desecharse y no reutilizarse (En lo

posible destruirlo).

Antes de usar el arnés de seguridad revíselo, para detectar defectos y fallas.

Recuerde que, la adecuada colocación del arnés es fundamental para evitar la caída libre

hasta el piso.

12. PROCEDIMIENTO DE RESCATE

Para este efecto se ejecutarán técnicas de descenso controlado utilizando V invertidas para hacer

descensos en diagonal utilizando las hebillas del arnés y líneas de vida estáticas ancladas por encima

de la cabeza del trabajador en problemas.

Descenso controlado:

Se utilizan polipastos que permitan descenso vertical y manipulación solo con cuerdas ancladas al

arnés de trabajo, además, cuerdas y nudos con ojos (como el 8).

Se ejecutará el transporte con camilla rígida.

Asegure al compañero en la camilla y proceda al descenso.

Cuando tenga controlada la situación informe al coordinador de la regional para que el paciente

sea remitido a la ARP.