trabajo práctico final
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Trabajo Final. Políticas de Comunicación Brasil.TRANSCRIPT
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“Ordem e progresso”en los medios de
comunicación de Brasil
2
Universidad Nacional de Entre Ríos
Facultad Ciencias de la Educación
Licenciatura en Comunicación Social
Cátedra:
Políticas de la comunicación
TRABAJO FINAL
Cuerpo Docente:
RAMIREZ, Alejandro
FERNANDEZ, Camila
Integrantes:
CALCINA, Patricio
DABIN, Damián
DESCALZO, Alejandro
DREISZIGACKER, Gustavo
ZEITER, Mauricio
Fecha de entrega:
Lunes 23 de junio de 2014
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Índice:
-Introducción __________________________________ Página 4
-Desarrollo ____________________________________ Página 6
-Conclusión ___________________________________ Página 16
-Bibliografía ___________________________________ Página 19
4
Introducción:
En este trabajo, nos proponemos demostrar la situación legislativa de los
medios de comunicación audiovisual, como así también de la prensa gráfica en
Brasil.
Cabe destacar, desde un comienzo, que el panorama encontrado nos
resulta un tanto familiar, porque la situación actual del país a analizar tiene sus
puntos de coincidencia con los debates en Argentina, previos a la sanción de la
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522.
En el país vecino, existe un clima reproducido por las grandes cadenas de
medios (MTV, Globo, Band, etc.) que anula los debates sobre una posible
regulación, tildando de antidemocráticas y censuradoras esta clase de
reglamentaciones. Por esto, podemos afirmar que sigue habiendo grandes
concentraciones de vehículos (licencias) y de medios, primando los intereses
particulares de los accionistas de las corporaciones por sobre la voluntad de
quienes anhelan medios de comunicación más participativos. Todavía esto no es
masivamente denunciado ya que un amplio sector de la sociedad (reflejado en los
Congresos) se encuentra reacio a la posibilidad de labrar leyes que permitan una
distribución más equitativa de los canales de expresión.
Un claro ejemplo de ausencia en las discusiones respectivas hacia una
regulación del uso del patrimonio de todos los ciudadanos de Brasil, es el de las
universidades (algunas privadas), de las cuales no se han encontrado aportes o
reclamos significativos.
El análisis irá articulado con los aportes teóricos de autores trabajados en la
cátedra. Para comenzar entenderemos, como afirma Luís Beltrán, que “una
política nacional de comunicación es un conjunto integrado, explícito y duradero
de políticas de comunicación armonizadas en un cuerpo coherente de principios y
5
normas dirigidos a guiar la conducta de las instituciones especializadas en el
manejo del proceso general de comunicación de un país”1.
1 BELTRÁN, Luis Ramiro. La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento de medio siglo. Buenos Aires 2005.
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Desarrollo:
La situación de los medios en Brasil se encuentra regida por la Ley de
Telecomunicaciones Nº 9472, sancionada el 16 de julio de 1997. En su primer
artículo establece que la función de organizar la gestión de los servicios de
telecomunicaciones recae sobre los poderes Ejecutivo y Legislativo de este país.
En cambio, en nuestro país la Ley de Telecomunicaciones establece que es sólo
el Ejecutivo quien administra y fiscaliza las frecuencias.
En el parágrafo único, del artículo primero de la ley brasileña, hace
referencia a las redes telecomunicacionales y al uso de los servicios
radioeléctricos. En este sentido Luís Beltrán en Políticas Nacionales de
Comunicación en América Latina: Los primeros pasos sostiene que: “Esta fue
creada para dar estructura a la cadena operacional básica del sistema nacional de
telecomunicaciones, teléfono, télex, datos, radio y televisión internacional, además
de establecer relaciones con sistemas internacionales de comunicación, como el
de satélite”2.
En la legislación correspondiente a los dos países se asegura que cualquier
persona tiene acceso a las licencias o la posibilidad de ser licenciatario en lo que
respecta a las telecomunicaciones. Pero sin embargo, en Brasil se aprecia una
fuerte concentración de medios de comunicación que gira en torno a seis grandes
grupos de medios (Abril, ligado a MTV; Globo; Band; Gov.br; IURD, ligado a
Record; Associados, ligado a SBT) que administran 282 vehículos (licencias) tanto
de televisión como de radio. Algo muy llamativo en el sector de comunicaciones en
Brasil es su control histórico por “empresas familiares”. Y como no existe
legislación alguna que haga que la concesión de un grupo de empresas tenga
todas éstas bajo un mismo nombre, por lo tanto se vuelve imposible identificar los
verdaderos grupos concesionarios de emisoras de radio y de televisión.
A manera de ejemplo, nos remitimos al caso de las organizaciones Globo.
Controlado por la familia Marinho, que son el mayor grupo de comunicación de
2 BELTRÁN, Luís Ramiro. Políticas Nacionales de Comunicación en América Latina: Los primeros pasos. 1976. Nueva Sociedad Nº 25. Página 11.
7
Brasil. Están presentes en todos los ámbitos de la comunicación. Posee la mayor
red de televisión terrestre, con el 59 por ciento de participación en el mercado, así
como las principales emisoras de ciudades como São Paulo, Río, Brasilia, Belo
Horizonte y Recife. También controla la mayor red brasileña de televisión por
cable, Net, y participa del capital de la plataforma digital Sky, de televisión satelital.
En Río de Janeiro, domina el mercado de la prensa con tres diarios. Es el mayor
en difusión de la prensa y posee también una red de emisoras de radio y la
segunda mayor editorial de revistas3.
En el artículo seis del libro I de la ley brasileña afirma que: “Los servicios de
telecomunicaciones se organizarán sobre la base de la libre competencia,
completa y justa entre todos los proveedores, el gobierno debe actuar para
propiciar la misma, así como para corregir los efectos de la competencia
imperfecta y perseguir los delitos del orden económico”4. En este sentido, se ve
claramente que no existe una competencia justa y pareja cuando se afirma que un
gran porcentaje de licencias quedan en manos de unos pocos. Nos parece
importante señalar esto, ya que en la legislación argentina, más precisamente en
la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, si se vela por la regulación de la
cantidad de licencias posibles de adquirirse.
Todo esto parte de una elección por parte del estado brasileño en 1930,
bajo la presidencia de Getulio Vargas, en donde se adoptó un modelo
estadounidense que permitía la conformación de monopolios privados. En la
práctica esto se puede apreciar por ejemplo en la radio y la televisión, las cuales
son concesiones públicas a las iniciativas privadas. Lo que lleva a transformar este
servicio público en una propiedad privada, una mercancía. Porque la no
renovación y la cancelación de estas concesiones son imposibles desde el punto
de vista legal.
El Estado brasileño es quien administra las licencias, vehículos, pero solo
interviene en el mercado por cuestiones que tengan que ver con la funcionalidad
del servicio, es decir con su puesta en práctica, pero no en cuanto a abrir el juego
3 Más información en http://oglobo.globo.com/ 4 Ley Brasileña de Telecomunicaciones. Sancionada en 1997.
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a otros licenciatarios. En este sentido, al Estado no le preocupa la concentración
de medios sino que por omisión, indirectamente, permite que las grandes
empresas compren a los medios más chicos. Con la experiencia viva en nuestro
país, donde un solo grupo se encarga de formar opinión, de monopolizar
discursos, anular debates, entre otras. Podemos comparar la situación mediática
del Grupo Clarín con la de los grandes grupos brasileños, ya que el ejercicio pleno
de comprar medios de comunicación, permitido aquí por las políticas neoliberales
de los noventa, para abarcar más sectores en la sociedad, consiguiendo más
consumidores, continúa siendo posible en el país vecino.
En otras palabras Cristina Mata en Cuidadanizar las políticas de
comunicación: Los nuevos desafíos retoma lo expuesto por Paul Virilio quien
asegura que: “Los medios de comunicación industriales disfrutan de una
depravación singular de las leyes democráticas (…)”. Al respecto Mata afirma que:
“La hipótesis esbozada nos obliga a comprender la situación de reconocimiento y
reinvidicación débil de los derechos de comunicación en relación con procesos
económicos y culturales que, unidos a un específico modo de organización,
técnica y empresarial de la comunicación, naturalizaron a los actores del sistema
de medios masivos como genuinos poseedores del derecho público a hablar y dar
la palabra según sus propias reglas e intereses”5.
Sostenemos esto, porque en Brasil las licencias pueden llegar a durar 20
años con la posibilidad de prolongar la concesión por 20 años más. Además,
ANATEL6 no puede no renovar la licencia o expropiar la misma, salvo en los
siguientes casos, expresados en el artículo 110 de la sección V de la Ley General
de Telecomunicaciones Nº9472:
5 MATA, Cristina. Ciudadanizar las políticas de comunicación: Los nuevos desafíos. Universidad Nacional de Córdoba. Pág. 3 6 ANATEL es la Agência Nacional de Telecomunicaçoes. Entidad estatal que regula las telecomunicaciones en Brasil. Creada para fomentar el desarrollo de las telecomunicaciones en Brasil. La agencia es administrada de forma independiente y es autónoma en términos financieros. Dentro de sus tareas se encuentran la implementación de políticas nacionales relacionadas con las telecomunicaciones, la regulación de licencias, el manejo de espectro de radiofrecuencia y la protección del derecho al consumidor, entre otras.
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“1- Paralización injustificada de los servicios.
2- Insuficiencia o fracaso de los servicios.
3- Desequilibrio económico financiero resultante de mala administración.
4- Cometimiento de delitos graves.
5- Incumplimiento de los objetivos de universalidad.
6- Negativa injustificada de la interconexión.
7- Violación de orden económico, en términos de la propia legislación”.
Estos puntos, nos demuestran que la agencia encargada de las licencias
solo puede intervenir en casos de problemas de mal funcionamiento o
financiamiento, es decir, una reducción al plano meramente económico. Esto nos
indica que no interviene en la regulación y distribución equitativa de los vehículos,
si no que únicamente garantiza que no se incumplan las leyes contables.
En relación con la ley 26.522 que rige sobre los medios de comunicación
audiovisuales en Argentina, el marco legal vigente en Brasil es considerablemente
más favorable a las concentraciones de licencias tanto de canales de televisión
como en el caso de radios AM y FM (om/fm en Brasil), ya que le otorga la
posibilidad a las compañías o empresarios de acumular vehículos en base a su
capacidad financiera. Esto, no otorga oposición alguna frente a la conformación de
monopolios u oligopolios, y perjudica a las personas y personerías jurídicas con
intenciones de adquirir una licencia pero sin posibilidades de competir
monetariamente con las grandes empresas. Todo eso que afirmamos se aprecia
con mayor precisión si tenemos en cuenta a qué se apunta con una política
comunicacional. Es decir, Guillermo Mastrini en su libro Mucho Ruido, pocas leyes
asegura que: “Una política de comunicación que tenga en cuenta al conjunto de la
sociedad no puede obviar la necesidad de que los medios del estado sean
10
públicos y no gubernamentales, debe asegurar la transparencia de la propiedad e
intereses de los medios de comunicación”7.
Continuando con la comparación de la legislación brasileña con la Ley de
Servicios de Comunicación Audiovisual y la ley de Telecomunicaciones de nuestro
país podemos afirmar que en Brasil se sigue viendo a la comunicación como una
mercancía, mientras que en Argentina el espíritu de la ley 26.522 es la de
incorporar voces calladas apelando a los derechos humanos y el ser ciudadano
participe de la opinión pública. En este sentido Daniela Monje en Marcar la
cancha. Políticas públicas del audiovisual en la Argentina reciente afirma que: “Se
pasa de considerar a la comunicación como mercancía a hacerlo en términos de
derechos humanos, reconociendo de este modo el peso del orden público
internacional consagrado desde hace décadas en pactos, tratados y acuerdos que
Argentina ha incorporado a su derecho positivo”8. Todo esto si tenemos en cuenta
la existencia de los sectores públicos, privados y comunitarios, para avanzar en la
redistribución del espectro radiofónico reservando un lugar específico y en
particular para cada uno de estos sectores. Vale aclarar que en el país del “Ordem
e Progresso” es impensado hablar acerca de medios comunitarios de
comunicación y de pensar que estos tengan como un lugar consolidado en el
mapa de medios de Brasil.
Hay otra diferencia que podríamos mencionar entre las políticas de
Argentina y Brasil, y es la adquisición de los funcionarios de cargos públicos de
licencias.
En las discusiones previas a la sanción de la LSCA, el punto diez de Los 21
puntos hacia una nueva ley de radiodifusión expresa que no pueden ser titulares
de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos:
quienes ocupen cargos directivos oficiales, ya sea nacionales provinciales o
7 MASTRINI, Guillermo. Mucho Ruido, pocas leyes. Economía y Políticas de comunicación en la Argentina (1920-2004). Buenos Aires, 2005. La Crujía. Pág: 22. 8 MONJE, Daniela. Marcar la cancha. Políticas publicas del audiovisual en la Argentina reciente. Universidad Nacional de Córdoba. Pág. 12
11
municipales, ni funcionarios públicos de distintos poderes, miembros de las
Fuerzas Armadas y de Seguridad como así tampoco aquellas personas que hayan
tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos.
El caso de Brasil es complejo, ya que existe una prohibición constitucional
para la posesión de medios por parte directivos que ejercen funciones públicas,
pero la mayoría de las normas constitucionales no fueron reglamentadas por el
Congreso Nacional, y por esto no se cumplen. Dentro de los apellidos que se
pueden observar en el listado de propietarios de vehículos, podemos encontrar
una gran cantidad de funcionarios públicos. Por ejemplo: Antonio Carlos Martins
de Bulhoes que es diputado federal titular en San Pablo por el Partido del
Movimiento Democrático Brasileño, participa de las acciones de un canal de
televisión (Record News Araraquara), tres radios FM (96 de Salvador en Bahia,
Aleluia de Florianópolis en Santa Catarina y Aleluia de Olinda en Pernambuco) y
tres radios AM (Radio Catedral de Rio Grande do Sul, Radio Metropolitana
Santista de Sao Vicente en San Pablo, y Radio Capital Porto Alegre en Rio
Grande do Sul).
En otros términos de legislación brasileña encontramos que la ley nº 5.250
de imprenta está vigente desde el 9 de febrero de 1967. Esta ley establece en su
artículo primero que se debe garantizar la libertad de expresión de pensamientos,
así como también de recibir o difundir información o ideas sin presentarse ningún
tipo de censura. Cabe aclarar que puede difundirse cualquier tipo de información,
exceptuando las propagandas a guerras y procesos de subversión del orden
político o social. Esta ley establece que pueden registrarse los siguientes sujetos:
los periódicos y otras publicaciones diarias, las oficinas, imprentas de cualquier
naturaleza, empresas de radiodifusión que mantengan servicios de noticias,
reportajes, entrevistas o debates.
A su vez en el capítulo IV articulo 29, establece que toda persona física o
jurídica, así como también un organismo público puede pedir derecho a replica si
una publicación o un medio de radiodifusión halla brindado una noticia ofensiva,
falsa o errónea.
12
Beltrán en su trabajo “Políticas nacionales de comunicación en América
Latina: Los primeros pasos“ agrega información acerca de la “ley de prensa” y la
muestra como un instrumento de regulación de los medios privados y evitar
abusos a la libertad de expresión. Además limita la propiedad de medios a favor
de los ciudadanos y establece cuando se presentan procedimientos criminales,
responsabilidad civil y normas generales para el funcionamiento de los medios.
En términos de comparación de políticas de comunicación entre Brasil y
Argentina, nos parece importante resaltar una diferencia en torno a regulaciones
del Internet.
Una nueva ley fue sancionada a fines de abril de 2014 en Brasil para
regular Internet, popularizada como “Marco Civil de Internet”. Esta ley puede
catalogarse como pionera ya que el gobierno trabajó con la sociedad civil, para
poder incluir la diversidad de voces que tienen un interés marcado con respecto a
este tema. Esta ley fue propuesta en el año 2009 y fue retomada con fuerza, luego
del escándalo desatado cuando Edward Snowden revelo que la Agencia de
Seguridad Estadounidense (NSA) espiaba al gobierno de Dilma Rousseff. La ley
12.965 establece los principios, garantías, derechos y deberes para el uso de
Internet y tiene tres pilares fundamentales: neutralidad de la red, libertad de
expresión y privacidad. A nuestro modo de ver esta ley sirve para reforzar la ley de
prensa mencionada anteriormente. Esto es así, ya que de esta manera se pueden
recibir y dar a conocer más fácilmente las ideas o las opiniones de las personas
que no son escuchadas por otros medios de comunicación. En ella, se define a
Internet como “El sistema constituido por un conjunto de protocolos de software,
estructurados a escala mundial para el uso público y sin restricciones, con la
finalidad de posibilitar la comunicación de datos entre terminales por medio de
diferentes redes”9 . Cabe aclarar que, uno de los pilares de la ley es el principio de
la neutralidad de la red. Al regular la neutralidad de Internet, Brasil evita que las
empresas de telecomunicaciones tengan la oportunidad de negociar con los
proveedores de contenido para ofrecerles una garantía que la comunicación de
9 Marco civil de Internet. Ley n° 12965
13
sus bits recibirá prioridad. De esta manera, interfiere para que no haya personas
relegadas a un Internet “de segunda”, frente a una oferta de contenidos “de
primera” a la que se puede acceder pagando de más. Además, en la ley está
presenta la responsabilidad por daños que surjan por el contenido que fue
generado por terceros, el artículo 19 de la ley expone que “con el objetivo de
asegurar la libertad de expresión e impedir la censura, el proveedor de
aplicaciones de Internet solamente podrá ser responsabilizados por daños que
surjan del contenido generado por terceros si, después de una orden judicial
especifica, no toma las previsiones para, en el ámbito de los limites técnicos de su
servicio y dentro del plazo asignado, volver indisponible el contenido especificado
como infringente, exceptuando las disposiciones legales que se le opongan.”10
Como venimos viendo en Brasil el mercado mediático tiende a la
explotación privada comercial, lo que se conoce como el modelo “No Law”, por la
falta de regulaciones existentes. Este sistema ya es obsoleto debido a que nunca
fue actualizado desde la sanción del Código Brasileño de Telecomunicaciones
creado en 1962, y que dejo a gran parte de los medios en manos de 6 grandes
grupos empresariales. Entre estos 6 grupos controlan mas de 500 medios entre
gráficos, radiales y audiovisuales, tanto nacionales como estaduales. A raíz de
esto se comenzó a debatir la necesidad de pensar en una nueva ley que regule los
medios en Brasil. El ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva manifestó que es
imperante una nueva ley que contribuya a regular el caos mediático en Brasil, en
dónde pocos grupos dominan la gran mayoría de los medios.
El Partido de los Trabajadores (PT) encabezado por la actual presidenta
Dilma Rousseff, ha instado a la discusión sobre un proyecto de ley, despertando
las críticas por parte del sector empresarial. El sector más conservador de Brasil
lee esto como un ataque a la libertad de opinión, como un pretexto del estado para
censurar críticas y monopolizar la palabra. Anteriormente hablábamos de la
familiaridad de la situación actual de Brasil con lo que se vivió en nuestro país en
cercanías al 2009, en este sentido, el grupo Clarín se erigió como la principal
10 Ibídem.
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oposición a la LSCA, entregando su plan de adecuación cuatro años después de
la sanción de la Ley y habiendo agotado los recursos judiciales para eximirse de
esta reglamentación.
Pero, volviendo a la situación brasileña, según la palabra del presidente del
Partido de los Trabajadores, Rui Falcao, en Brasil no se necesita una ley de
medios similar a la de Argentina o Venezuela, ya que estas surgieron en contextos
diferentes. Lo que resulta central en el reclamo de Falcao, es la necesidad de
evitar la participación de los políticos en los medios. “No propongo expropiarlos (a
los propietarios de los medios), pero es necesario crear un período de transición
para que los dueños opten entre un mandato legislativo o seguir con los medios de
comunicación (…), los oligopolios mediáticos utilizan los canales informativos para
mantenerse en el poder, y la Constitución prohíbe eso”11.
Podemos ver que no existe un interés en la distribución equitativa de las
posibilidades de acceder a un medio, sino más bien, lo que se busca es remarcar
la imposibilidad de que los funcionarios políticos posean medios audiovisuales,
gráficos o de cualquier tipo. Esto si bien está reglamentado en la constitución, no
se respeta.
En Brasil, como en todos los países en dónde fue discutida una ley que
regule de alguna manera a los medios de comunicación, se despertó una fuerte
oposición que veía perjudicados sus intereses. En Argentina, sucedió algo similar
a lo que está en puja hoy en día en Brasil. Esto se puede ver más explícitamente
en el informe realizado por Alejandro Ramírez sobre los actores intervinientes en
la discusión en torno a la ley 26.522. Dónde Ramírez señala: “Los medios de
comunicación en general (…) pugnaron por ser fiscales de todas las actividades
sociales, económicas y políticas del Estado, pero se han opuesto históricamente a
11Diario Perfil. 07/03/2014. Versión digital disponible en:
http://www.perfil.com/internacional/Brasil-no-quiere-una-ley-de-medios-como-la-
que-sanciono-la-Argentina-20140307-0050.html
15
cualquier intento no ya de cambio de propiedad, sino aunque más no sea de
brindar un mínimo de información sobre la actividad que están desarrollando.
En la práctica (…) los medios de comunicación en la Argentina se fueron
constituyendo como entidades paraestatales sobre las que cualquier intento de
intervención o pretensión de información equivalía a un acto cuasi terrorista.12
Este fenómeno de las oposiciones empresariales no es algo que surge hoy
en día, sino que se puede apreciar una presión o una relación tensa de poder
similar en lo que sucedió en el contexto de la presentación del Informe MacBride
de la UNESCO, en dónde a pesar de su profundidad, completad y la cantidad de
voces diversas que intervienen en el debate, no se pudo superar las barreras
levantadas por los sectores empresariales de los países “desarrollados”. Al
respecto, Luis Beltrán dice: “(…) este trascendental documento acogió en gran
parte el pensamiento renovador y justiciero de la comunicación como herramienta
de democracia. Pero, lamentablemente, el impulso transformador de los países no
alineados no lograría pasar de la enunciación a la acción. La resistencia de los
países desarrollados al cambio se probó abrumadora y paralizante. Y así vino a
quedar guardado en la nevera del tiempo el sueño del cambio justiciero…”13
12 Ramírez, Alejandro. Sectores, actores e intereses en torno a la ley de servicios de comunicación audiovisual en la Argentina (2009-2010). Pág. 3 13 Beltrán, Luis Ramiro. La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento de medio siglo. Universidad de Buenos Aires. 2005. Pág. 19
16
Conclusión:
Para comenzar con la conclusión, en la cual centraremos nuestras
opiniones y críticas, primero debemos aclarar que las mismas se desarrollan, en
gran medida, a partir del material bibliográfico solicitado por la catedra de Políticas
de la Comunicación dictada en la Facultad de Ciencias de la Educación de la
Universidad Nacional de Entre Ríos, como así también de nuestra participación en
la clases de la misma y nuestra formación previa.
“Son esas demandas colectivas las que constituyen eso que hoy nombra
para nosotros la ciudadanía (…) como condición asociada a la reivindicación de
ser y contar, de tener arte y parte en las decisiones que afectan a la vida en sus
múltiples dimensiones” 14. Sostenemos, que la ciudadanía política, civil y social15
de los individuos de cualquier sitio geográfico debe de ser respetada, y el Estado
del cual formen parte es el encargado de establecer las reglas y pautas para que
esa ciudadanía sea respetada.
Reguillo entiende la ciudadanía social como la más vulnerada de todas las
dimensiones en nuestra región, ya que las políticas económicas neoliberales han
fortalecido la lógica del mercado y los Estados han contribuido con un
“entreguismo” (sin necesidad de que este tenga malas intenciones) a este modelo.
Lo que ha permitido considerar como correctas algunas políticas públicas que solo
brindan acceso a unas pocas garantías sociales, las necesarias para subsistir a
las circunstancias impuestas por el libre comercio y el debilitamiento del estado.
La posibilidad de un ciudadano de acceder a la participación en medios de
comunicación, o de tener su opinión representada, debe de ser contemplada
dentro de las leyes y estatutos de un país. Teniendo en cuenta el caso de los
medios audiovisuales de comunicación, el espacio geográfico ocupado por las
14 MATA, Maria Cristina. Ciudadanizar las políticas de comunicación: dos nuevos desafíos. Universidad Nacional de Córdoba. Pág. 7 15 Categorías expuestas en REGUILLO, Rossana. La comunicación en la re/construcción de ciudadanías políticas y culturales. Guadalajara 2002. Pág. 3.
17
frecuencias radioeléctricas le pertenece a todos los habitantes de esa región, y por
tanto, esos habitantes deben de ser quienes decidan como se ocuparán esas
frecuencias.
La lógica del mercado, defendida en Argentina por los sectores (grandes
empresarios, propietarios de cadenas, dueños de grandes comercios, etc)
beneficiados por el neoliberalismo, pero contrarrestada con la LSCA en el campo
de los medios de comunicación, otorga una falsa concepción de “justicia” e
“igualdad de posibilidades”.
Son bastas las experiencias en América Latina, que nos indican que dejar
que las decisiones sean tomadas por la puja del comercio, son perjudiciales para
los sectores de recursos medios y bajos, ya que sus condiciones no les permiten
ingresar en esta interacción. Las puertas de los medios de comunicación quedan
cerradas para quienes no tengan el capital suficiente como para disputar una
frecuencia, un pliego o una licencia. Las voces de muchos son calladas y el
debate sobre todos los temas es limitado a las opiniones de quienes se enmarcan
en las pretensiones de los conductores de las cadenas, que paso a paso aglutinan
cada vez más medios (de todo tipo). Es por todo esto, que el Estado (organismo
del cual participan todos los sectores e intereses a través), debe ser el ente que
regule por lo menos, la distribución y ocupación de aquello que mencionamos que
le corresponde a todos los habitantes.
Actualmente, el estado de Brasil, se encuentra ausente en tanto encargado
de reflejar los intereses de sus casi doscientos millones de habitantes. La
reglamentación de los medios de comunicación, que se encontró ausente en toda
América Latina hasta principios de este siglo, es una gran deuda pendiente de los
congresos brasileños, en donde se están dando apenas unos tempranos esbozos
de ley. Y si bien, es importante que se estén dando los primeros pasos, estos no
se orientan a una apertura de las posibilidades de participación o elección de los
ciudadanos, sino más bien, pareciera que existe una necesidad imperativa de
llegar a una escisión entre los medios y los diferentes participantes de cargos
políticos.
18
“La comunicación es el proceso de interacción social democrática, que se
basa sobre el intercambio de símbolos por los cuales los seres humanos
comparten voluntariamente sus experiencias bajo condiciones de acceso libre e
igualitario, dialogo y participación”16. Acordando con la mirada de Beltran sobre la
comunicación en un sentido amplio, pensamos que el traslado a los medios de
estas premisas es necesario, aunque esto no se encuentra todavía ni siquiera
dentro de las consideraciones de Brasil. Según las diferentes fuentes de
información, y también las opiniones que tomamos en cuenta en este trabajo, la
concentración de medios por parte de cadenas como Globo, o Band, está lejos de
encontrar un límite.
16 BELTRÁN, Luis Ramiro. La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento de medio siglo. Buenos Aires 2005. Pág 21.
19
Bibliografía utilizada:
BELTRÁN, Luís Ramiro. La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un
recuento de medio siglo. Buenos Aires 2005.
BELTRÁN, Luís Ramiro. Políticas Nacionales de Comunicación en América Latina:
Los primeros pasos. 1976. Nueva Sociedad Nº 25.
CORDULA ALMEIDA, Verbena. El desafío de Lula frente a los medios de
comunicación de Brasil. Universidad Complutense de Madrid.
Donos Da Mídia. Disponible en: http://www.donosdamidia.com.br/ Consultada el
17 de Junio de 2014 a las 17:00 hs.
GLOBO. Disponible en: http://oglobo.globo.com/ Consultado el 19 de Junio de
2014 a las 09:00 hs.
Ley de Imprenta N°5.250
Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N°26.522
Ley General de Telecomunicaciones de Brasil N°9.472
Ley de Telecomunicaciones de Argentina N°19.798
MAC BRIDE, Sean. Un solo mundo, voces múltiples. Comunicación e información
en nuestro tiempo. 1980. México. Fondo de Cultura Económica.
Marco Legal de Internet N°12.965
MASTRINI, Guillermo. Mucho ruido, pocas leyes. Economía y políticas de
comunicación en la Argentina (1920-2004). 2005. Buenos Aires. La Crujía.
MATA, María Cristina. Ciudadanizar las políticas de comunicación: los nuevos
desafíos. Universidad Nacional de Córdoba.
MONJE, Daniela. Marcar la cancha. Políticas públicas del audiovisual en la
Argentina reciente. Universidad Nacional de Córdoba.
20
RAMIREZ, Alejandro. Sectores, actores e intereses en torno a la ley de servicios
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REGUILLO, Rossana. La comunicación en la re/construcción de ciudadanías
políticas y culturales.
TELLO, Max. La historia efectiva de una utopía. Políticas y planificación de la
comunicación en América Latina.