trabajo de contraloria general.2

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Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora UNELLEZ (Núcleo San Carlos) Programa de Ciencias Sociales Sub-proyecto Proyección Institucional Autor: Saut P. Latouche Coello.

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Trabajo de contraloria general

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Page 1: Trabajo de contraloria general.2

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales

Ezequiel Zamora

UNELLEZ

(Núcleo San Carlos)

Programa de Ciencias Sociales

Sub-proyecto Proyección Institucional

Autor: Saut P. Latouche Coello.

San Carlos; Abril 2.013

Page 2: Trabajo de contraloria general.2

INTRODUCCIÓN.

La Contraloría general de la Republica Bolivariana de Venezuela, es el

ente rector de control fiscal, donde toda la administración pública se regula

mediante los parámetros funcionales establecidos bajo un proyecto ley

derogada con ordenamientos legales del Sistema Nacional de Control Fiscal

Gaceta Oficial N° 37.347 de fecha 17 de diciembre de 2001.

La Contraloría, en el ejercicio de sus funciones, verificará la legalidad,

exactitud y sinceridad, así como la eficacia, economía, eficiencia, calidad e

impacto de las operaciones y de los resultados de la gestión de los organismos

y entidades sujetos a su control. Corresponde a la Contraloría ejercer sobre los

contribuyentes y responsables, previstos en el Código Orgánico Tributario, así

como sobre los demás particulares, las potestades que específicamente le

atribuye esta Ley.

Parágrafo Único: La Contraloría realizará todas las actividades que le

asigne el Consejo Moral Republicano, de conformidad con la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela y las Leyes.

Page 3: Trabajo de contraloria general.2

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

“Es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos,

gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las relativas

operaciones a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y

organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los

organismos y entidades sujetas a su control”. (Art. 287. C.R.B.V.)  Se encarga

de velar por la transparente administración del patrimonio público del

Estado venezolano.

Todos los órganos de fiscalización. La Contraloría General de la

República está bajo la responsabilidad del Contralor General de la

República Asamblea Nacional de Venezuela Asamblea Nacional]] para un

período de 7 años. Actualmente, El Contralor General de la República es la

Dra. Adelina González. En el año 1938 se creó la Contraloría General de la

Nación por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional. Con la reforma

constitucional de 1947 adquirió rango constitucional, con la Constitución de

1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República.

CREACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA

BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

En cumplimiento del "Programa de Febrero", el gobierno venezolano

solicitó colaboración a la República de Colombia, que había organizado su

institución contralora atendiendo a las recomendaciones de la Comisión

Kemmerer, para crear la Contraloría General de la Nación (hoy Contraloría

General de la República), hecho que ocurrió con la promulgación de la Ley

Orgánica de Hacienda Nacional el 15 de julio de 1938. Sin embargo, las

actividades propiamente dichas no se iniciaron sino 3 meses más tarde, el día

17 de octubre de 1938, bajo la conducción del doctor Gumersindo Torres Millet,

primer Contralor General de la Nación.

En el gobierno de Eleazar López Contreras, en 1936, surge en el país un

intenso debate sobre la necesidad de modernizar el Estado, se discute el

Page 4: Trabajo de contraloria general.2

manejo escrupuloso de los recursos públicos y la pertinencia de instrumentar

un organismo autónomo de control fiscal. La prensa, la radio y los mítines se

encargaron de familiarizar a los venezolanos con dos expresiones hasta ese

momento poco menos que desconocidas: democratización y vigilancia en el

uso de los fondos públicos.

El 21 de febrero de 1936, López Contreras presentó un programa de

gobierno llamado "programa de Febrero" que prometía un régimen de legalidad

donde la ley sea respetada por ciudadanos y funcionarios; el manejo

escrupuloso de los fondos públicos y el perfeccionamiento de los sistemas de

fiscalización; líneas que anticipan la creación de la Contraloría General de la

República.

Última Reforma de la ley de contraloría publica.

El 23 de diciembre de 2010, la Asamblea Nacional sancionó el proyecto

de reforma parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

y del Sistema Nacional de Control Fiscal en el cual se modificaron los artículos

11, 29, 75 y 76

.- El artículo 11 se refiere a los requisitos que se necesitan para optar al

cargo de Contralor General de la República, entre los que destacan ser

venezolano, con 15 años de graduado y 5 de experiencia en la

administración pública.

.- El artículo 29 indica el procedimiento para designar a los contralores de

estado, municipios y distritos metropolitanos.

.- El artículo 75 señala que el Contralor General dictará las normas

destinadas a fomentar la participación ciudadana.

.- El artículo 76 contempla que el Poder Popular, a través de las comunas o

consejos comunales, podrá postular a candidatos para los órganos de

control fiscal.

Page 5: Trabajo de contraloria general.2

MISIÓN

La Contraloría General de la República, es el órgano

constitucionalmente autónomo, al servicio del Estado democrático, y de la

sociedad venezolana, cuyo fin primordial es velar por la correcta y

transparencia de la administración del patrimonio público y luchar contra la

corrupción.

VISIÓN

Consolidarse como fuerza y referencia moral de la República e

instrumento eficaz de la sociedad venezolana, en el ejercicio de su derecho a

controlar la Administración Pública, contribuyendo efectivamente a la

revitalización y reordenamiento del poder público, así como al fortalecimiento

del Estado democrático, social, de derecho y de justicia.

BASES LEGALES

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (Gaceta Oficial

N5.453 Ext. del 24-03-00) (Reimpresa por error material del ente

emisor).

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal. (Gaceta Oficial N 37.347 del 17-12-01).

Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República. (Gaceta Oficial N 37.169 del 29-03-01).

Reglamento Interno de la Contraloría General de la República. (Gaceta

Oficial N° 37.881 del 17-02-04).

Organización y funcionamiento de los órganos y dependencias adscritos

a los despachos del Contralor y del Sub-contralor. (Gaceta Oficial N°

37.881 del 17-02-04).

Page 6: Trabajo de contraloria general.2

Organización y funcionamiento de la Dirección General Técnica. (Gaceta

Oficial N° 37.881 del 17-02-04).

Organización y funcionamiento de la Dirección General de los Servicios

Jurídicos. (Gaceta Oficial N° 37.881 del 17-02-04).

Organización y funcionamiento de las Direcciones Generales de Control.

(Gaceta Oficial N° 38.178 del 03-05-05).

Organización y funcionamiento de la Dirección General de

Procedimientos Especiales. (Gaceta Oficial N° 37.881 del 17-02-04).

Legislación relacionada con la Contraloría General de la República.

Ley Orgánica del Poder Ciudadano. (Gaceta Oficial N° 37.310 del Ley

Contra la Corrupción. (Gaceta Oficial N° 5.637 Ext. del 07-04-03).

Legislación relacionada con el Sistema Nacional de Control.

Ámbito de Control.

Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

Nacional.

Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

Estadal.

Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

en los Distritos y Distritos Metropolitanos.

Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica

de Régimen Municipal.

Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

en los Territorios Federales y Dependencias Federales.

Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales.

El Banco Central de Venezuela.

Las universidades públicas.

Las demás personas de Derecho Público nacionales, estadales,

distritales y municipales.

Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales las personas a

que se refieren los numerales anteriores tengan participación en su

capital social, así como las que se constituyan con la participación de

aquéllas.

Page 7: Trabajo de contraloria general.2

ESTRUCTURA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Sujetos que están a las disposiciones de la Contraloría General de la

República:

1. -Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Publico

Nacional.

2. -Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Publico

Estadal.

3. -Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

en los Distritos y Distritos Metropolitanos.

4. -Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica del

Poder Publico Municipal.

5. -Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público

en los Territorios Federales y Dependencia Federales.

6. -Los Institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales.

7. -El Banco Central de Venezuela.

8. -Las Universidades Públicas.

Page 8: Trabajo de contraloria general.2

9. -Las demás personas de Derecho Público nacionales, estadales, distritales

y municipales.

10. -Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales las personas a que

se refieren los numerales anteriores tengan participación en su capital

social, así como las que se constituyan con la participación de aquéllas.

11. -Las fundaciones, asociaciones civiles y demás instituciones creadas con

fondos públicos o que sean dirigidas por las personas a que se refieren los

numerales anteriores o en las cuales tales personas designen sus

autoridades, o cuando los aportes presupuestarios o contribuciones

efectuados en un ejercicio presupuestarios por una o varias de las personas

a que se refieren los numerales anteriores representen el cincuenta por

ciento (50%) o más de su presupuesto.

12. -Las personas naturales o jurídicas que sean contribuyentes o

responsables, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico

Tributario, o que en cualquier forma contraten, negocien o celebren

operaciones con cualesquiera de los organismos o entidades mencionadas

en los numerales anteriores o que reciban aportes, subsidios, otras

transferencias o incentivos fiscales, o que en cualquier forma intervengan

en la administración, manejo o custodia de recursos públicos.

ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1. -Ejercer el control, la vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y

bienes públicos, así como las operaciones relativas a los mismos, sin

perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos, en el caso de

los Estados y Municipios, de conformidad con la Ley.

2. -Controlar la deuda pública, sin perjuicio de las facultades que se atribuyan

a otros órganos en el caso de los Estados y Municipios, de conformidad con

la Ley.

3. -Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del

sector publico sometidos a su control; practicar fiscalizaciones, disponer el

inicio de la investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio

público, así como dictar las medidas, imponer los reparos y aplicar las

sanciones administrativas a que haya lugar de conformidad con la Ley.

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4. -Instar el fiscal o a la fiscal de la República a que ejerzan las acciones

judiciales a que hubieren lugar con motivo de las infracciones y delitos

cometidos contra el patrimonio público y de los cuales tenga conocimiento

en el ejercicio de sus atribuciones.

5. -Ejercer el control de gestión y evaluar el cumplimiento y resultado de las

decisiones y políticas públicas de los órganos, entidades y personas

jurídicas del sector publico sujetos a su control, relacionadas con sus

ingresos, gastos y bienes.

6. -Las demás que establezcan la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y la Ley.

FUNCIONES

-Controlar la Deuda Pública sin perjuicio de las facultades que se atribuyan

a otros órganos.

-Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del

sector público, sometidos a su control, practicar fiscalizaciones; disponer el

inicio de investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio público.

-Instar al Fiscal General de la República a que ejerza acciones judiciales a

que hubiera motivo de infracción o delitos cometidos contra el patrimonio

público.

Instrumentos Jurídicos Fiscales

Los cambios sociales, económicos y políticos producidos en el país obligan

a realizar una evaluación periódica a la normativa legal, con el fin de brindar al

Estado y a la sociedad instrumentos jurídicos cada vez más adecuados para

prevenir y combatir eficazmente la corrupción.

Es importante destacar que en el proyecto de Ley se incluye la presentación

de la declaración jurada de intereses, como un instrumento donde el

funcionario o empleado debe señalar los intereses privados que eventualmente

podrían entrar en conflicto con el ejercicio de sus funciones públicas.

Page 10: Trabajo de contraloria general.2

Igualmente, se incluyeron en la propuesta aspectos que atañen directamente a

la Contraloría, como los relativos al procedimiento de verificación de la

Declaración Jurada de Patrimonio, para lograr un procedimiento más

expedito y efectivo.

La Contralora General de la República (E), Adelina González, consignó el

Informe de Gestión 2012 del máximo organismo contralor ante los

vicepresidentes de la Asamblea Nacional, Darío Vivas y Blanca Eekhout, en

cumplimiento de lo previsto en la Constitución y en la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

LAS TRES LLAVES

El primer libro de la Real Hacienda de la provincia de Venezuela data del 29

de abril de 1529 y se inicia con un asiento "de lo recaudado de Juan de Ampíes

y su gente al tiempo que el gobernador Micer Ambrosio desembarcó en esta

tierra". Dos meses después del arribo de la primera expedición de los Belzares,

capitaneada por el gobernador Ambrosio Alfínger, se llevan a cabo en Coro los

registros de las cuentas de la Real Hacienda, a cargo de un tesorero, un

contador y un factor y veedor. Las funciones de estos tres oficiales reales eran

reglamentadas por la cédula instrucción promulgada por Juana la Loca el 17 de

febrero de 1531. En la cédula se precisaba que los oficiales reales estaban en

la obligación de depositar en un arca "todo el oro y las perlas que.

Pertenecieran al Rey". El arca tenía tres llaves con tres cerraduras diferentes,

correspondiendo a cada oficial una de las llaves.

De esa manera se evitaba el fraude y el manejo doloso. Los oficiales reales,

además, llevaban en un libro las cuentas por separado las cuales eran

trasladadas posteriormente a un libro común y general. Como puede

observarse, al unísono de las tres llaves, había tres libros; el particular de cada

uno de los oficiales reales, el Común y General y el Libro de Acuerdos.

Page 11: Trabajo de contraloria general.2

CONCLUSIÓN

Es importante señalar que la Contraloría General de la República goza de

absoluta independencia funcional y administrativa con respecto de cualquier

poder del gobierno. Sus decisiones solamente se encuentran sometidas a La

Constitución Política a tratados o convenios internacionales y a la ley.

El Sistema Nacional de Control Fiscal consagrado en la constitución de

1999 y que es desarrollado por la Ley Orgánica de la Contraloría General de la

República y del Sistema Nacional de Control Fiscal publicada en gaceta oficial

37347 en fecha 17 de Diciembre de 2001, no registra antecedentes ni

constitucionales, ni legales. Es la primera vez que en la República se pretende

amalgamar en un sistema monolítico todo lo que es la estructura funcional del

control fiscal concentrando su poder en un órgano nacional que es el llamado a

ejercer la rectoría del mismo como lo es la Contraloría General de la República

y se ejerce sobre los órganos, estructuras y recursos que lo integran con la

finalidad de lograr la unidad de dirección de los sistemas y de los

procedimientos de control de una manera si se quiere centralista. Este sistema

nacional se empieza a gestar en unas Jornadas Nacionales de Reflexión sobre

el control fiscal en Venezuela, celebrado en la Universidad Central de

Venezuela, en Marzo de 1998, donde se habló por primera vez, de la

necesidad de diseñar e implementar un sistema integral de control fiscal,

orientado hacia la unificación y coherencia de dicha materia, desde el punto de

vista legislativo y administrativo, así como, de establecer un procedimiento

preventivo, que contenga la inclusión en el sistema educativo nacional de las

previsiones destinadas a la formación moral y ética de los ciudadanos 64 en

general, así como normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado

cumplimiento de la función pública

Page 12: Trabajo de contraloria general.2

BIBLIOGRAFÍA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, (1998), Historia de la

Contraloría general de la República 1938-1998. Caracas Venezuela,

Tomo II documentada. Fondo Editorial 60 años.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (1996), Revista de

Control Fiscal Nº 131, Caracas Venezuela. Editada por Contraloría general

de la República de Venezuela.

http://tesis.luz.edu.ve/tde_busca/arquivo.php?codArquivo=2332

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal Gaceta Oficial N° 37.347 de fecha 17 de

diciembre de 2001.