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  • 7/24/2019 Texto Ciencia Social

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    TEXTO UNIVERSITARIO

    COMPILADO DE CIENCIAS SOCIALES

    Jorge Mndez ngelesCdigo..

    Compilador

    Chimbote, Per

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    CIENCIAS SOCIALES

    Serie UTEX

    Primera Edicin 2015

    Jorge Mndez ngeles

    De esta edicin Universidad Catlica Los ngeles de Chimbote

    Jr. Leoncio Prado N 443 Chimbote, AncashPer

    Telf.: (043) 327846.

    Texto digital

    Decreto Legislativo 822Ley sobre el Derecho de Autor

    Artculo 43.- Respecto de las obras ya divulgadas lcitamente, es permitido sin

    autorizacin del autor:

    a) La reproduccin por medios reprogrficos, para la enseanza o la realizacin de

    exmenes en instituciones educativas, siempre que no haya fines de lucro y en la

    medida justificada por el objetivo perseguido, de artculos o de breves extractos de

    obras lcitamente publicadas, a condicin de que tal utilizacin se haga conforme a

    los usos honrados y que la misma no sea objeto de venta u otra transaccin a ttulo

    oneroso, ni tenga directa o indirectamente fines de lucro.

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    NDICE GENERAL

    ndice General ........................................................................................................................................ 3

    Presentacin del docente ....................................................................................................................... 6

    Introduccin ............................................................................................................................................ 7

    Unidades de aprendizaje ....................................................................................................................... 8

    Primera unidad: Los Derechos de la Persona Humana Individual y colectivo ........................................ 9

    Captulo I ............................................................................................................................................. 10

    1.1.- Fundamentos de las Ciencias Sociales ....................................................................................... 10

    1.1,1.-Objeto de las Ciencias Sociales ......................................................................................... 10

    1.2.- La Persona Humana .................................................................................................................... 12

    1.3.- Los Derechos Humanos ............................................................................................................... 13

    1.3,1.- Universales e inalienables ................................................................................................. 13

    1.3,2.- Interdependientes e indivisibles ........................................................................................ 14

    1.3,3.- Iguales no discriminatorios ................................................................................................ 15

    1.3,4.- Derechos y obligaciones .................................................................................................. 15

    1.4.- Derecho de familia ....................................................................................................................... 15

    1.4,1.-Naturaleza jurdica ............................................................................................................. 15

    1.4,2.-Caractersticas ................................................................................................................... 16

    1.5.- Derechos humanos de las personas con discapacidad ............................................................... 17

    1.6.- Derechos del adulto mayor .......................................................................................................... 18

    1.7.- Derechos Humanos en el hogar y la sociedad ............................................................................ 20

    1.7,1.- Concepcin del Hombre .............................................................................................. 20

    1.7,2.-La sensibilidad humana ................................................................................................ 21

    1.7,3.-La Familia: Ncleo fundamental de la sociedad ........................................................... 21

    1.8.- La persona: Derechos Humanos .................................................................................................. 25

    1.8,1.- Clasificacin ...................................................................................................................... 26

    1.8,2.- Definicin y caractersticas ................................................................................................ 26

    1.8,3.-Relacin del estado ............................................................................................................ 27

    1.9.- El Respeto y proteccin a la vida Humana................................................................................... 28

    Resumen .............................................................................................................................................. 33

    Autoevaluacin ..................................................................................................................................... 34

    Solucionario de la autoevaluacin ........................................................................................................ 35

    Referencias bibliogrficas .................................................................................................................... 36

    Segunda unidad Principios y valores democrticos ........................................................................... 37

    Captulo II ............................................................................................................................................ 38

    2.1.- Deberes ciudadanos .................................................................................................................... 38

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    2.1,1.- Deberes ciudadanos en diferentes pases ....................................................................... 39

    2.2.- Sistema Democrtico Peruano ..................................................................................................... 48

    2.2,1.-Los Partidos polticos: Funciones ...................................................................................... 49

    2.2,2.- Historia de los partidos polticos ........................................................................... 50

    2.3.- La Democracia como forma de gobierno ..................................................................................... 51

    2.3,1.-Concepto de Democracia .................................................................................................. 52

    2.3,2.-Democracia pura y representativa..................................................................................... 53

    2.3,3.-El estilo de vida democrtico ............................................................................................. 54

    2.3,4.-La democracia moderna .................................................................................................... 54

    2.4.- Democracia en Latinoamrica ...................................................................................................... 56

    2.5.- Acuerdos internacionales para la convivencia pacfica ................................................................ 58

    Resumen .............................................................................................................................................. 59

    Autoevaluacin ..................................................................................................................................... 60

    Solucionario de autoevaluacin............................................................................................................ 62Referencias bibliogrficas .................................................................................................................... 63

    Tercera Unidad: Convivencia en la Familia y Escuela ......................................................................... 64

    Captulo III ........................................................................................................................................... 65

    3.1.- Convivencia ciudadana ................................................................................................................ 65

    3.2.- El ser humano es un ser social .................................................................................................... 67

    3.3.- Principales problemas que afectan la convivencia ....................................................................... 69

    3.4.- Cultura, cultura ciudadana, dimensiones ..................................................................................... 69

    3.4,1.- Concepto de cultura ciudadana ......................................................................................... 70

    3.5.- Dimensiones culturales ................................................................................................................ 723.6.- Cultura fuerte ............................................................................................................................... 75

    3.7.- La convivencia en la familia y escuela ......................................................................................... 76

    3.8.- Palabras claves para mejorar la convivencia familiar ................................................................... 79

    3.9.- Normas de convivencia ................................................................................................................ 80

    3.10.-La tolerancia y bsqueda en comn de la verdad ....................................................................... 83

    3.10,1.- Formas de tolerancia ........................................................................................................ 85

    3.10,2.- La verdadera tolerancia .................................................................................................... 92

    Resumen..................................................................................99

    Autoevaluacin ................................................................................................................................... 100Solucionario de autoevaluacin.......................................................................................................... 102

    Referencias bibliogrficas .................................................................................................................. 103

    Cuarte Unidad: Estructura Institucional de la Sociedad ..................................................................... 104

    Captulo IV......................................................................................................................................... 105

    4.1.- Estructura Institucional de la Sociedad ...................................................................................... 105

    4.2.- Estructura del Estado Peruano .................................................................................................. 109

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    4.2,1.- Poder Ejecutivo ............................................................................................................... 109

    4.2,2.- Poder Legislativo ............................................................................................................. 111

    4.2,3.- Poder Judicial .................................................................................................................. 112

    4.3.- La tica practicada como ejemplo en la familia .......................................................................... 113

    4.4.- Comportamiento tico de la autoridades .................................................................................... 119

    Resumen ............................................................................................................................................ 124

    Autoevaluacin ................................................................................................................................... 125

    Solucionario de autoevaluacin.......................................................................................................... 126

    Referencias bibliogrficas .................................................................................................................. 127

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    PRESENTACIN DEL DOCENTE

    El Magister en Educacin, Jorge Luis Mndez ngeles, es

    profesional egresado de la Universidad Privada San Pedro, con

    ms de 20 aos en la carrera, habiendo laborado en diversas

    instituciones educativas pblicas y privadas, que le dan la

    capacidad de poder ofrecerles este material a los jvenes

    estudiantes para el reforzamiento de su formacin, en ella podrn

    encontrar las material compilado iniciando con los conocimientos

    sobre los derechos de las personas humanas y proteccin de la vida como factor

    fundamental de la sociedad, La democracia como sistema de gobierno, La convivencia en la

    familia y la escuela, Estructura institucional de la sociedad. convivencia democrtica e

    intercultural para la deliberacin y participacin en pro del bien comn, para valorar la

    diversidad cultural y fortalecer su formacin ciudadana y cvica.

    Estoy seguro que ser de mucha utilidad y mejora en todo el proceso formativo de

    cada uno de los estudiantes de nuestra universidad en las modalidades presencial ya

    distancia.

    El Tutor

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    INTRODUCCIN

    Estimado estudiante:

    La asignatura de Ciencias Sociales se encuentra en el I Ciclo de estudios de la

    Carrera Profesional de Educacin. Esta asignatura es fundamental para la formacindel futuro profesional de nuestra carrera, tiene como finalidad la construccin de la

    identidad social y cultural de los futuros docentes y el desarrollo de competencias

    vinculadas a la ubicacin y contextualizacin de los procesos humanos en el tiempo

    histrico y en el espacio geogrfico, tambin est relacionado con un conjunto de

    aprendizajes por medio de los cules la persona construye su percepcin del tiempo

    y el espacio a partir del anlisis y reflexin sobre su propia realidad.

    La asignatura est conformada por cuatro unidades de aprendizaje que

    buscan en todo momento orientar y darle herramientas al estudiante para que en su

    aplicacin profesional pueda cumplir satisfactoriamente.

    En la primera unidad desarrollamos diversos temas como: Los derechos de la familia

    el nio/la nia y del adolescente, de la mujer, de los limitados especiales y de los

    adultos mayores con la finalidad de valorar el respeto y proteccin de la vida humana

    como factor fundamental de la sociedad.

    En la segunda unidad uno de los temas resaltantes es la el sistema

    democrtico peruano, como forma de gobierno. Y los acuerdos internacionales para

    la convivencia pacfica.

    En la tercera unidad tenemos como tema ms resaltante la convivencia

    ciudadana, cultura, y cultura ciudadana, las normas de convivencia. y la convivencia

    en la familia y la escuela.

    En la cuarta unidad explicaremos La estructura institucional de la sociedad, la

    constitucin poltica del Per, y el comportamiento social y tico de la familia y el

    Estado. Estamos seguros que el presente material ayudara a mejorar a cada uno denosotros en nuestro proceso de superacin.

    Mg. Jorge Luis Mndez ngeles

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    UNIDADES DE APRENDIZAJE

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    PRIMERA UNIDAD:

    LOS DERECHOS DE LA PERSONAHUMANA: INDIVIDUALES Y

    COLECTIVOS

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    En la primera unidad se ha tomado la informacin de los siguientes autores:

    1.-Carrasco Perera,Angel (2006) Derecho de Familia (Casos. Reglas y Argumentos), Ed.

    Dilex, 2006,

    2.- Lacruz Berdejo,Jos Luis (1980). La reforma del derecho de familia. Ministerio de la

    Presidencia. Secretara General Tcnica.

    Referencias bibliogrficas de la biblioteca virtual de la Uladech

    1.- Polo, L. (2004). Antropologa trascendental. Tomo I. La persona humana.. Espaa:

    EUNSA. Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    2.- Taleva, S. O. (2009). Derechos Humanos (2a. ed.). Argentina: Valletta Ediciones.

    Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    CAPTULO I

    1.1.- FUNDAMENTOS DE LAS CIENCIAS SOCIALES

    El ser humano es un ser social por naturaleza lo que hace que siempre busquecompaa, formas de asociarse con otros seres humanos y formas de cmo lograr mejoresresultados en sus relaciones sociales.

    Este instinto nos lleva a desarrollar formas de vida cada vez ms complejas y a lavez a acumular una serie de conocimientos que nos han permitido, poco a poco, ircomprendiendo lo que llamamos realidad.

    La realidad comprende todo, tanto lo que hay en la naturaleza como lo que est enlas mentes de los seres humanos; justamente el afn de comprender todoha llevado a losseres humanos a crear las llamadas Ciencias Sociales, estas intentan comprender elporqu de las acciones humanas utilizando distintas tcnicas tanto para recolectar datoscomo para analizarlos.

    Las ciencias sociales son disciplinas que por medio del mtodo cientfico estudian alser humano como ser social o ms bien estudian la realidad social, el cual tiene como centroel hombre, a los grupos y sociedades que forma y desde ah busca comprender lasrelaciones con su entorno, para aportar el conocimiento y transformacin de dicha realidad.

    1.1.1.- Objeto de la ciencia social. La sociedad, tal es el objeto de la ciencia social. Peroen este estudio, el hombre puede proponerse un doble fin: observar y describir losfenmenos variables, los hechos contingentes que se manifiestan en las asociaciones de

    http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Luis_Lacruz_Berdejohttp://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Luis_Lacruz_Berdejohttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1
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    hombres que forman sociedades, o bien investigar y establecer las leyes generales, losprincipios y las causas de las sociedades.

    La primera especie de conocimiento es puramente emprico; slo la segunda seeleva a la dignidad de ciencia, porque la ciencia se cierne en las regiones superiores de lo

    universal y de las causas.

    Aunque un hombre conociera el nombre y la posicin de todas las estrellas, la formade sus trayectorias y el valor de sus velocidades, no por eso dejara de ser extrao a laciencia astronmica; pero que refiera todos esos movimientos tan complejos o lassencillsimas leyes de Kepler y al principio de la gravitacin universal y le tendremos enposesin de la ciencia, de la verdadera ciencia astronmica.

    Por lo dems, no es difcil reconocer, entre los diferentes principios de la sociedad, elque juega el papel principal. Qu es, en efecto, una sociedad, considerada en el msamplio sentido, sino la unin de varios hombres que tienden, por medios comunes, hacia un

    mismo bien, hacia un mismo fin?En consecuencia, el elemento que determina la naturaleza de la sociedad, le da su

    carcter distintivo y regula los detalles de su constitucin, es, a no dudarlo, su fin y suobjeto: el bien comn de esta sociedad. La ciencia social tiene, pues, por primera misinbuscar y determinar las relaciones que deben existir entre los miembros de la sociedad paraque alcance su fin propio.

    La ciencia social, decimos, encamina la actividad del hombre al bien social; pero estees un bien general que comprende varios bienes particulares; la actividad humanaconsiderada en sus relaciones con los dems hombres reviste formas mltiples. Por lo

    mismo la ciencia social se ramifica en varias ciencias sociales particulares que, a su vez,dependen de la moral y estn regidas por ella: la poltica, el derecho, la economa poltica,etc.

    La ciencia social, escribe M. Bchaux estudia el mundo como ser moral, dotado deuna vida propia y constituido en conformidad con un orden natural y constante; este es unmagnfico papel: fijar las leyes fundamentales de este orden y las condiciones de la armonasocial. Ahora bien, no se concibe al hombre fuera de la sociedad. Tiene deberes, derechos ynecesidades. Por todos esos ttulos depende de la ciencia social... El hombre recibe de lamoral el principio del bien; del derecho el principio de lo justo, de la economa poltica lasleyes de la riqueza. Pero ya es tiempo de abandonar las alturas de la ciencia social general

    para abordar una de sus partes: la economa social.

    Por otro lado, Tze-chung Li (1) afirma que el trmino ciencias sociales engeneral se refiere a las disciplinas interesadas en la gente, su cultura y su medio ambiente.

    1LI, TZE-CHUNG. Social science reference sources: a practical guide. 2nd . ed . rev. an d en la rg . New York:Greenwood Press, 1990. xxx, 590 p.; p. 2

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    1.2.- LA PERSONA HUMANA

    Persona,en nuestra cultura, se opone a cosay a animal,aunque de distinto modo.

    En cuanto opuesto a cosas y a animales el trmino persona se aproxima al trminohombre.Sin embargo no se superpone con l:

    (1) Porque existen, entre las creencias de nuestra cultura, y sobre todo en el lenguaje,

    personas no humanas (personas divinas: Padre, Hijo y Espritu Santo; personas anglicas

    o diablicas; o incluso las extraterrestres).

    (2) Porque hay seres o cosas que son humanos, pero no son personales (por ejemplo el

    hombre de Neanderthal nadie dice: la persona de Neanderthal o bien una

    mquina, un mueble, y en general, la cultura extrasomtica, que es humana, cultura

    humana, y no es personal).

    Persona humana aade algo no slo a persona sino tambin a humano. El

    hombre recibe una determinacin importante cuando se le considera como persona as

    como la persona recibe una determinacin no menos importante cuando se la considera

    como humana. Por tanto, no es lo mismo hombre que persona, como tampoco es lo

    mismo hombre que ciudadano. Hombre es un trmino ms genrico o indeterminado,

    que linda con el mundo zoolgico (decimos hombre de las cavernaspero sera ridculodecir persona de las cavernas); persona es un trmino ms especfico que tiene que

    ver con el mundo civilizado o, si se prefiere, con la constelacin de los valores morales,

    ticos o jurdicos propios de este mundo. La misma etimologa de la palabra persona

    demuestra que es un concepto sobreaadido al concepto de hombre. Un refrn de origen

    jurdico, tambin lo recuerda: homo plures personas sustinet,es decir, el hombre sostiene

    o desempea muchas mscaras o papeles (un mismo hombre es empresario y

    delincuente, es padre y metalrgico, &c.). Persona era, en efecto, la mscara o careta

    que usaban los actores de la tragedia para hablar per sonare. No decimos que loshombres actuales puedan no ser personas; decimos que cabe un concepto de hombre al

    margen del concepto de persona. En el derecho romano los esclavos eran hombres pero

    no eran personas. Lo que queremos subrayar es que aquellos juristas romanos que

    usaban el concepto de hombre lo disociaban del concepto de persona; de suerte que,

    histricamente, ocurre como si nuestro concepto actual de persona, como equivalente a

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    hombre, fuese el resultado de una ampliacin del concepto de persona a los esclavos.

    Segn esto cabra decir que el concepto de persona apareci como resultado de un

    proceso vinculado a la liberacin, al menos terica, de los esclavos (o de los brbaros) y

    no como un mero concepto abstracto, mental, intemporal.

    1.3.-LOS DERECHOS HUMANOS

    Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

    distincin alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o tnico,

    color, religin, lengua, o cualquier otra condicin. Todos tenemos los mismos derechos

    humanos, sin discriminacin alguna. Estos derechos son interrelacionados,

    interdependientes e indivisibles.

    Los derechos humanos universales estn a menudo contemplados en la ley y

    garantizados por ella, a travs de los tratados, el derecho internacional consuetudinario,

    los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional

    de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar

    medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma

    en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades

    fundamentales de los individuos o grupos.

    1.3,1.-Universales e inalienables

    El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del

    derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara

    inicialmente en la Declaracin Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en

    numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos

    humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993,

    por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenan el deber, independientemente de

    sus sistemas polticos, econmicos y culturales, de promover y proteger todos los

    derechos humanos y las libertades fundamentales.

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    Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o

    ms, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando as el consentimiento

    de los Estados para establecer obligaciones jurdicas que se comprometen a cumplir, y

    confirindole al concepto de la universalidad una expresin concreta. Algunas normas

    fundamentales de derechos humanos gozan de proteccin universal en virtud del derecho

    internacional consuetudinario a travs de todas las fronteras y civilizaciones.

    Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en

    determinadas situaciones y segn las debidas garantas procesales. Por ejemplo, se

    puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una

    persona es culpable de haber cometido un delito.

    1.3,2.- Interdependientes e indivisibles

    Todos los derechos humanos, sean stos los derechos civiles y polticos, como el

    derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresin; los derechos

    econmicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la

    educacin; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre

    determinacin, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El

    avance de uno facilita el avance de los dems. De la misma manera, la privacin de un

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    derecho afecta negativamente a los dems.

    1.3,3.- Iguales y no discriminatorios

    La no discriminacin es un principio transversal en el derecho internacional de

    derechos humanos. Est presente en todos los principales tratados de derechos humanos

    y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convencin

    Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial y la

    Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer.

    El principio se aplica a toda persona en relacin con todos los derechos humanos y

    las libertades, y prohbe la discriminacin sobre la base de una lista no exhaustiva de

    categoras tales como sexo, raza, color, y as sucesivamente. El principio de la no

    discriminacin se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artculo 1

    de la Declaracin Universal de Derechos Humanos: Todos los seres humanos nacen

    libres e iguales en dignidad y derechos.

    1.3,4.- Derechos y obligaciones

    Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados

    asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar,

    proteger y realizar los derechos humanos . La obligacin de respetarlos significa que los

    Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de

    limitarlos. La obligacin de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los

    derechos humanos contra individuos y grupos. La obligacin de realizarlos significa que

    los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos

    humanos bsicos. En el plano individual, as como debemos hacer respetar nuestros

    derechos humanos, tambin debemos respetar los derechos humanos de los dems.

    1.4.- DERECHO DE FAMILIA

    El Derecho de familiao Derecho familiares el conjunto denormas e instituciones

    jurdicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que

    integran lafamilia,entre s y respecto de terceros.

    1.4,1.- Naturaleza jurdica

    http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
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    Tradicionalmente se ha considerado que el Derecho de Familia es una rama del

    Derecho civil; sin embargo, puesto que este ltimo se estructura sobre la base de la

    persona individual y dado que habitualmente se ha estimado que las relaciones defamilia

    no pueden quedar regidas slo por criterios de inters individual y la autonoma de la

    voluntad,en la actualidad gran parte de ladoctrina considera que es una rama autnomadel Derecho, con principios propios. Sin embargo, para considerarse autnoma, es

    necesario que se den tres supuestos: la independencia doctrinal, la independencia

    legislativa y la independencia judicial.

    Varios pases han recogido legislativamente este cambio doctrinario dictando un

    Cdigo de Familia (aparte de un Cdigo Civil). se ha sido el caso de Argelia, Bolivia,

    Canad, Cuba, Costa Rica, El Salvador,1 Filipinas, Venezuela, Honduras, Mal,

    Marruecos,Panam,Polonia yRusia,entre otros.

    Adems, y por similares consideraciones, desde hace varios aos diversosEstados

    han creado judicaturas especializadas en esta materia, denominadas comnmente

    juzgadosotribunales de familia.

    1.4,2.- Caractersticas

    Contenido moral o tico: esta rama jurdica habitualmente posee normas sin

    sancin o con sancin reducida y obligaciones (o ms propiamente deberes)fundamentalmente incoercibles. Por ello no es posible obtener el cumplimiento

    forzado de la mayora de las obligaciones de familia, quedando entregadas al

    sentido tico o a la costumbre (una importante excepcin es el derecho de

    alimentos).

    Regula situaciones o estados personales: es una disciplina de estados civiles

    (decnyuge,separado,divorciado,padre,madre,hijo,etc.) que se imponenerga

    omnes (respecto de todos). Adems, dichos estados pueden originar relaciones

    patrimoniales (derechos familiares patrimoniales), pero con modalidades

    particulares (diversas de aquellas del Derecho civil), pues son consecuencia de

    tales estados y, por tanto, inseparables de ellos.

    Predominio del inters social sobre el individual: esta rama posee un claro

    predominio del inters social (o familiar) en sustitucin del inters individual. Ello

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Personahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADshttp://es.wikipedia.org/wiki/Leyhttp://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=C%C3%B3digo_de_Familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3digo_Civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Argeliahttp://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttp://es.wikipedia.org/wiki/Canad%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Cubahttp://es.wikipedia.org/wiki/Costa_Ricahttp://es.wikipedia.org/wiki/El_Salvadorhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_familia#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_familia#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_familia#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/Filipinashttp://es.wikipedia.org/wiki/Venezuelahttp://es.wikipedia.org/wiki/Hondurashttp://es.wikipedia.org/wiki/Mal%C3%ADhttp://es.wikipedia.org/wiki/Marruecoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Poloniahttp://es.wikipedia.org/wiki/Rusiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Tribunalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Juzgadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Juzgadohttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tribunal_de_familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tribunal_de_familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tribunal_de_familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Obligaci%C3%B3n_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_alimentoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_alimentoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Estado_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3nyugehttp://es.wikipedia.org/wiki/Separaci%C3%B3n_matrimonialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Divorciohttp://es.wikipedia.org/wiki/Padrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Madrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Hijohttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Erga_omneshttp://es.wikipedia.org/wiki/Hijohttp://es.wikipedia.org/wiki/Madrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Padrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Divorciohttp://es.wikipedia.org/wiki/Separaci%C3%B3n_matrimonialhttp://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3nyugehttp://es.wikipedia.org/wiki/Estado_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_alimentoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_alimentoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Obligaci%C3%B3n_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tribunal_de_familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Juzgadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Tribunalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Rusiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Poloniahttp://es.wikipedia.org/wiki/Panam%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Marruecoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Mal%C3%ADhttp://es.wikipedia.org/wiki/Hondurashttp://es.wikipedia.org/wiki/Venezuelahttp://es.wikipedia.org/wiki/Filipinashttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_familia#cite_note-1http://es.wikipedia.org/wiki/El_Salvadorhttp://es.wikipedia.org/wiki/Costa_Ricahttp://es.wikipedia.org/wiki/Cubahttp://es.wikipedia.org/wiki/Canad%C3%A1http://es.wikipedia.org/wiki/Boliviahttp://es.wikipedia.org/wiki/Argeliahttp://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3digo_Civilhttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=C%C3%B3digo_de_Familia&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Leyhttp://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADshttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Personahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_civil
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    genera importantes consecuencias:

    o Normas de orden pblico: sus normas son de orden pblico, es decir,

    son imperativas e indisponibles. No se deja a la voluntad de las personas

    la regulacin de las relaciones de familia; sin perjuicio que tal voluntad sea

    insustituible en muchos casos (como en elmatrimonio o laadopcin), peroslo para dar origen alacto (no para establecer sus efectos).

    o Reducida autonoma de la voluntad: como consecuencia de lo anterior,

    el principio deautonoma de la voluntad (base del Derecho civil) no rige en

    estas materias. En general, se prohbe cualquier estipulacin que

    contravenga sus disposiciones. Un importante excepcin la constituyen las

    normas sobre losregmenes patrimoniales del matrimonio.

    o Relaciones de familia: en esta disciplina, a diferencia del Derecho civil

    (donde prima el principio de igualdad de partes), origina determinadasrelaciones de superioridad y dependencia o derechos-deberes,

    especialmente entre padres e hijos (como la patria potestad), aunque la

    mayora de los derechos de familia tienden a ser recprocos (como es el

    caso del matrimonio).

    1.5.- DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES

    Los derechos humanos son universales, polticos, civiles, econmicos, sociales y

    culturales, pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a la personas con distintas

    discapacidades. Las personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos u

    libertades fundamentales en trminos iguales con otros en la sociedad, sin discriminacin

    de ningn tipo. Ellos tambin disfrutan de ciertos derechos especficamente ligados a su

    status.

    Los derechos humanos en cuestin:

    Los derechos humanos para las personas discapacitadas incluyen los siguientesderechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados.

    El derecho a la no distincin, exclusin, restriccin o preferencia basada en su

    condicin de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los

    derechos humanos y libertades fundamentales.

    http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Orden_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Matrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Adopci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Acto_jur%C3%ADdicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_matrimonialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Patria_potestadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Patria_potestadhttp://es.wikipedia.org/wiki/R%C3%A9gimen_matrimonialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Autonom%C3%ADa_de_la_voluntadhttp://es.wikipedia.org/wiki/Acto_jur%C3%ADdicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Adopci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Matrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Orden_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
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    El derecho a la igualdad de oportunidades.

    El derecho a una completa igualdad y proteccin ante la Ley.

    El derecho a una alto estndar de salud para un tratamiento mdico, psicolgico y

    funcional, de igual manera a una rehabilitacin mdica y social y otros servicios

    necesarios para el mximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-

    confianza

    El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que

    igualitarios que contribuyan a un estndar de vida adecuado.

    El derecho a ser tratado con dignidad y respeto.

    1.6.-DERECHOS DEL ADULTO MAYOR

    Las personas de edad debern: 1. Tener acceso a alimentacin, agua, vivienda,

    vestimenta y atencin de salud adecuados mediante ingresos propios suficientes y/o el

    apoyo de sus familias y de la comunidad.

    2. Tener la posibilidad de trabajar o tener acceso a otras alternativas de obtener ingresos.

    3. Poder participar en la determinacin de cundo y en qu medida cesarn dedesempear actividades laborales.

    4. Tener acceso a programas educativos y de formacin adecuados.

    5. Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias y

    capacidades.

    6. Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible.

    7. Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulacin y en la

    aplicacin de las polticas que afectan directamente su bienestar.

    8. Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de

    trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades.

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    9. Poder formar movimientos o asociaciones de personas de edad avanzada.

    10. Poder disfrutar de los cuidados y la proteccin de la familia y la comunidad de acuerdo

    con el sistema de valores culturales de cada sociedad.

    11. Tener acceso a servicios de atencin de salud que les ayuden a mantener o recuperar

    un nivel ptimo de bienestar fsico, mental y emocional, as como a prevenir o retrasar la

    aparicin de la enfermedad.

    12. Tener acceso a servicios sociales y jurdicos que les aseguren mayores niveles de

    autonoma, proteccin y cuidado.

    13. Tener acceso a medios apropiados de atencin institucional que les proporcionen

    proteccin, rehabilitacin y estmulo social y mental.

    14. Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan

    en hogares o instituciones donde se les brinden cuidado o tratamiento, con pleno respeto

    de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, as como de su derecho a adoptar

    decisiones sobre su cuidado y sobre su calidad de vida.

    15. Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial.

    16. Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos de lasociedad.

    17. Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de malos tratos

    fsicos o mentales.

    18. Recibir un trato digno independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia

    tnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valorados, independientemente de

    su contribucin econmica.

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    1.7.- DERECHOS HUMANOS EN EL HOGAR Y LA SOCIEDAD.

    1.7,1.- La concepcin del hombre:

    El hombre se diferencia del resto del reino animal por su inteligencia, su capacidad

    de raciocinio, su potencial intelectual, manual y creativo, etc. Se le concibe como un

    universo de naturaleza espiritual, dotado de voluntad y libre albedro.

    De acuerdo a la concepcin cristiana, idea que se generaliza para casi todas las

    religiones, la fuerza creadora y organizadora de la vida es Dios. El fue ante todo, y por l

    todas las cosas subsisten, es el bien supremo y es el fin ltimo de la existencia.

    La principal creacin de Dios es el HOMBRE, hecho a imagen y semejanza de Dios. Este

    ser es una integridad vital, compleja de materia y espritu, de cuerpo y alma inmortal. Eneste contexto, el hombre es un ser trascendental (sobrepasa el tiempo), cuya naturaleza

    espiritual le otorga primaca absoluta sobre todo lo creado, debido a que sus

    potencialidades y derechos emanan del propio Creador.

    El hombre es un ser que, desde la unicidad que le es propia, se relaciona con los dems y

    con el mundo que lo rodea; de esta forma nace una red de relaciones que adquiere

    sentido y se proyecta hacia los dems y hacia el mundo. La capacidad de concebir

    racionalmente el mundo es el motor de la cultura en su sentido ms amplio.

    El hombre posee dos dimensiones fundamentales de su ser especfico: su limitacin

    connatural y una capacidad prcticamente ilimitada de aspiraciones; siendo un ser

    imperfecto, el hombre es perfectible; siendo un ser limitado, aspira hacia lo eterno; siendo

    un ser mortal, vive de la eternidad; y se siente trascender los lmites del tiempo.

    Pero, como el hombre no es un todo cerrado, aislado en s mismo, que puede realizarse

    ntegramente en una existencia individual, que puede por s solo alcanzar sus infinitas

    aspiraciones, debe vivir por naturaleza, por carcter inherente, en comunidad, formargrupos con otros hombres, para que le posibiliten alcanzar su meta y as cumplir su

    proyecto de vida satisfactoriamente.

    Esta tendencia del hombre de ser gregario es la que lo lleva a organizar la SOCIEDAD,

    como un todo que persigue construir un orden en que las condiciones de vida faciliten a

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    los individuos la consecucin de su destino.

    1.7,2.- La sociabilidad humana:

    No se ha tenido noticias de la existencia de ningn ser humano que haya podido

    vivir normalmente privado de vnculos con otros hombres. Una de las caractersticas ms

    trascendentales del fenmeno humano es su sociabilidad. El hombre se nos presenta

    formando parte de agrupaciones, rara vez aislado, es un ser constitutivamente sociable.

    Todas las disciplinas cientficas que se han abocado al estudio del tema, han

    llegado a una conclusin unvoca: "El ser humano existe siempre en relacin con

    otros seres humanos y en permanente interaccin entre ellos"; de esta forma, la

    sociedad se nos presenta como el modo de vida normal del hombre.

    La sociabilidad humana es una tendencia natural del hombre, de agruparse con

    otros hombres para obtener los fines necesarios para su vida, los que por s solo no

    puede alcanzar.

    La SOCIEDAD es la unin de varios hombres que cooperan de manera estable

    para la consecucin de un bien comn. La primera sociedad que surge en la historia es la

    FAMILIA, raz de todas las otras sociedades; desde la familia, el hombre se proyecta

    hacia los dems.

    Al unirse el hombre en sociedad, aspira a alcanzar los bienes y servicios necesarios

    para satisfacer todas sus necesidades y requerimientos, tales como la enseanza escolar,

    la seguridad, los medios para el cuidado de la salud, la alimentacin, el deporte y la

    recreacin, etc. As se van formando las dems sociedades hasta alcanzar la sociedad

    mayor o perfecta que es el ESTADO.

    El Estado, concebido como un todo armnico y ordenado, pretende ayudar a todos

    y a cada uno a alcanzar su ms pleno desarrollo en funcin de su naturaleza y objetivos.

    1.7,3.- La familia: ncleo fundamental de la sociedad:

    El mejor o peor funcionamiento de la familia determina, en forma directamente

    proporcional, la mejor o peor calidad de vida que esa sociedad puede ofrecer. Hoy, los

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    cambios han influido de manera notable en las costumbres, hbitos y creencias del grupo

    familiar. Estos cambios han significado el paso de una sociedad antigua a una moderna.

    Los cambios ms profundos se iniciaron a partir de la revolucin industrial,

    creyendo que al poblar al mundo de mquinas, el hombre seguira siendo el mismo, perono es as. Su nueva identidad arranca del cambio radical que acontece en el mbito

    familiar, donde se forman los sentimientos y actitudes bsicas del ser humano.

    En el pasado, la familia estaba integrada por una cantidad mayor de personas, los

    abuelos, los padres, los hijos y, con frecuencia, tos.

    Bajo estas circunstancias, los roles estaban claramente marcados: la autoridad

    paterna, la comprensin y el amor materno, el respeto filial. Los valores que gobernaban

    este conjunto eran: el honor, la lealtad recproca, la solidaridad, etc.

    Hoy, las nuevas condiciones de vida urbana e industrial - tecnolgica no resisten

    este esquema. En el presente, la familia se empequeece: padre, madre y dos o tres hijos

    como promedio.

    La familia se hace mvil, al no aferrarse a una propiedad; emigra del campo a la

    ciudad buscando mejores perspectivas de trabajo. En estas circunstancias, los roles

    tradicionales resultan a veces difusos.

    La familia pierde estabilidad con la separacin cada vez ms frecuente de los

    padres, con el temprano alejamiento o desarraigo de los hijos adolescentes que emigran

    a los institutos de educacin superior en ciudades distantes. Entonces, la familia deja de

    ser el factor bsico en la vida de un individuo, para transformarse slo en una etapa de la

    vida.

    No se trata de juzgar a priori a esta familia, que surge entre chimeneas, mquinas y

    computadoras, si es buena o es mala; sino que deseamos constatar el hecho de queestamos en una etapa de trnsito de un tipo de familia a otra, an no diseada

    claramente, pero cuyos rasgos iniciales ya se vislumbran.

    Hoy, constatamos que, funciones que haban sido tradicionales en la familia, ya no

    lo son, como la justicia, el culto y la instruccin; tareas que en el presente han sido

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    asumidas por otras instituciones. A pesar de todos los cambios, otras funciones que son

    inherentes a nuestra naturaleza reclaman la existencia de la familia.

    Hemos sido hechos para amar, ser amados, procrear, para criar, para proteger y ser

    protegidos. El hombre no es un proyectil lanzado al mundo desde la nada, antes deinternarse en la vida social pasa por la antesala de la vida familiar.

    Es cierto que el tiempo y la historia le han restado importantes funciones a la vida

    familiar, pero se mantiene otras, que si faltan nadie en el mundo podra proveerlas. Entre

    ellas est, en primer lugar, la plena realizacin del amor humano. Resulta legtimo aspirar

    a que dos seres se amen, total, vital y verdaderamente; todo amor, si es verdadero, aspira

    a la prolongacin sin trmino.

    Millares de jvenes cada ao se unen en matrimonio, reafirmando la vigencia de

    esta institucin, y de acuerdo a la naturaleza humana, cada individuo, al buscar su pareja,

    se define como un ser humano incompleto, en busca de otro medio ser humano; lo

    queramos o no, la unin matrimonial contina vigente.

    CARACTER STICAS DE LA PERSONA

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    ATRIBUTOS DE LA PERSONA NATURAL

    ATRIBUTOS DE LA PERSONA JURDICA

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    LA SOCIEDAD Y LAS NORMAS

    1.8.- LA PERSONA: DERECHOS HUMANOS

    Conocer y respetar los derechos humanos significa valorarnos a nosotros mismos

    como personas, como seres nicos e irrepetibles dotados de dignidad. Y son nuestrospadres, familia, escuela y sociedad los que tienen la responsabilidad de educarnos e

    informarnos desde el da en que nacemos sobre cules son nuestros derechos y su

    importancia para la vida.

    En nuestro pas los derechos de las personas estn contemplados en la

    Constitucin de 1980, algunos de ellos son: el derecho a la vida y a la integridad fsica y

    squica de la persona, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia, la libertad de

    educacin y de libre enseanza, la libertad de emitir opinin y la de informar, el derecho

    de asociarse sin permiso previo, el derecho a desarrollar cualquiera actividad econmica

    que no sea contraria a la moral, el derecho de la propiedad, entre otros.

    El hombre y la mujer han tomado conciencia desde la Antigedad hasta nuestros

    das cules son sus derechos fundamentales, sus derechos civiles y polticos, sus

    derechos econmicos, sociales y culturales.

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    1.8,1.- Clasificacin

    Nuestros derechos como personas conforman un todo integral, relacionndose y

    complementndose unos con otros. Sin embargo, para su mayor comprensin y estudio

    se clasifican en razn de la materia que abordan como tambin a la visin delinvestigador del tema.

    Normalmente se distinguen derechos individuales (referidos a las personas) y

    derechos colectivos o de los pueblos.

    Dentro de los individuales, segn las materias que tratan estn:

    1) Derechos civiles y polticos:Como el derecho a la vida, integridad fsica, libertad de

    opinin, de conciencia, igualdad ante la ley, de reunin, de asociacin, entre otros.

    2) Derechos econmicos, sociales y culturales:Como el derecho a la propiedad, al

    trabajo digno y libre, a la salud, a la seguridad social, a la educacin, a sindicalizarse

    libremente, a la vivienda, entre otros.

    Dentro de los derechos colectivos estn: el derecho a la paz, el derecho al desarrollo y a

    la no contaminacin del medio ambiente, entre otros.

    1.8.2.- Definicin y caractersticas

    Los derechos humanos son el conjunto de caractersticas y atributos propios del ser

    humano derivados de su dignidad, por lo que no pueden ser afectados o vulnerados. Sin

    ellos las personas no pueden existir ni llevar una vida propiamente humana, por tanto, es

    imprescindible que los Estados y sus leyes los reconozcan, los difundan, protejan y

    garanticen.

    El artculo 1 de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos dice: "Todos los seres

    humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como estn de razn y

    conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".

    Y contina en el artculo 2: "Toda persona tiene todos los derechos y libertades (...) sin

    distincin alguna de raza, color, sexo, idioma, religin, opinin poltica o de cualquiera

    ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento o cualquier otra

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    condicin".

    Sus principales caractersticas son:

    Son inherentes o innatos al ser humano: Todos los seres los poseen pues se

    generan a partir de la misma naturaleza humana.

    Son universales:Se extienden a todo el gnero humano, cualquiera sea su condicin

    histrica, geogrfica, etnia, sexo, edad o situacin en la sociedad.

    Son inalienables:No se pueden quitar ni enajenar pues son parte consustancial de la

    propia naturaleza humana.

    Son inviolables:No se pueden o no se deben transgredir o quebrantar y en caso de

    ser as, el ciudadano vctima puede exigir una reparacin o compensacin por el dao

    causado a travs de los tribunales de justicia.

    Son imprescriptibles:Es decir, no caducan ni se pierden por el transcurso del tiempo.

    En cuanto al ejercicio en plenitud de los derechos humanos, existe una cierta relatividad

    ya que dicho ejercicio est limitado por las exigencias del bien comn de la sociedad: "Mi

    libertad termina donde comienza la tuya".

    1.8,3.- Relacin con el Estado

    La Declaracin Universal de los Derechos Humanos plantea que los Estados han

    de comprometerse y garantizar en cooperacin con la Organizacin de las Naciones

    Unidas el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades fundamentales del

    hombre.

    De tal modo a los Estados les corresponde:

    Reconocer los derechos humanos, declarar y manifestar su existencia y contenido.

    Respetarlos, sin infringir los derechos de las personas ya sea por accin directa o por

    omisin.

    Garantizarlos, crear las normas legales y condiciones materiales que permitan el

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    ejercicio de los derechos de todas las personas.

    Armonizarlos, es decir, compatibilizar los derechos de unos y otros buscando el bien

    comn.

    Promoverlos, educar a la poblacin en torno a sus derechos.

    Crear condiciones y adoptar medidas que apunten al pleno ejercicio de los derechos

    humanos.

    La Constitucin de 1980, en su captulo III, "De los Derechos y Deberes Constitucionales",

    declara normas que buscan asegurar los derechos de las personas.

    Para garantizar los derechos de las personas, existen diversos procedimientos legales a

    los cuales toda persona tanto natural como jurdica puede recurrir. Entre los recursos que

    se interponen en los tribunales de justicia competentes estn:

    1) El recurso de amparo o "habeas corpus"(del latn "que tengas tu cuerpo, que seas

    dueo de tu persona"). Es un medio de defensa legal cuando la libertad personal es

    limitada. Cualquier persona puede interponer este recurso, sea o no el afectado.

    2) El recurso de proteccin busca la proteccin jurdica a diversos derechos

    constitucionales que no contempla el recurso de amparo. La persona que interpone esterecurso puede ser natural o jurdica, pblica o privada e incluso un colectivo sin

    personera jurdica.

    En el plano internacional, existen la Comisin de Derechos Humanos de la Organizacin

    de Estados Americanos (OEA), la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte

    Europea de Derechos Humanos, entre otros.

    1.9.-EL RESPETO Y PROTECCIN DE LA VIDA HUMANA.

    La vida humana est por encima de todo y de todos. Segn el desarrollo de la

    conciencia de la humanidad de hoy, ningn argumento puede justificar que se lesione o

    se pierda, o se interrumpa, la vida plena de todo hombre y mujer.

    En el mundo actual, cada persona normal y decente, experimenta un gran rechazo a las

    http://www.convivenciacuba.es/index.php/editoriales-mainmenu-59/465-el-respeto-absoluto-de-toda-vida-humanahttp://www.convivenciacuba.es/index.php/editoriales-mainmenu-59/465-el-respeto-absoluto-de-toda-vida-humana
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    agresiones a la vida humana. Vengan de donde vengan o se justifiquen manipulando los

    ms elaborados argumentos. Nada justifica la muerte infligida o permitida, directa o

    indirectamente, a una sola persona, ni siquiera la violacin de una sola de las

    dimensiones corporales, morales y espirituales de la ms humilde o desconocida persona

    humana.

    Es por la centralidad y la prioridad de la persona humana sobre toda institucin,

    ideologa, religin, poder poltico o inters econmico, que los Derechos Humanos son,

    hoy da, el rasero y la medida tica de la legitimidad y la bondad de los gobiernos y de las

    relaciones internacionales.

    Ningn Estado puede, sin ponerse en contradiccin con la bsqueda del bien

    comn, que es su razn de ser, definir cules son esos derechos y mucho menos escoger

    cules s y cules no, o separar unos de otros, o priorizar unos a costa de violar otros. Ymucho menos justificar la violacin de alguno de ellos porque en otros pases o regiones

    enteras se violen esos u otros derechos. Que los dems roben no significa que robar sea

    bueno o permitido o que se relativice la gravedad moral del robo. Todos sabemos en la

    segunda dcada del siglo XXI, que los Derechos Humanos son indivisibles, universales e

    inalienables.

    Existe ya en el mundo una conciencia, un estado de opinin creado, aunque an no

    consolidado, de que toda violacin de los Derechos de la Persona Humana debe ser

    denunciada, condenada y diligentemente evitada. Esa es la causa y la razn por la que

    ante un hecho flagrante de violacin de esos Derechos Universales se logre un concierto

    de denuncias y exigencias que no debe asombrar a nadie y que debe alegrarnos a todos

    porque refleja la madurez alcanzada por la humanidad.

    No se puede endilgar a los medios de comunicacin inventar una muerte, o una

    discriminacin, o una pena de muerte, o un encarcelamiento injusto. Su deber es mover la

    opinin pblica y su derecho es observar, investigar y denunciar los abusos de todo

    poder, est a la izquierda o a la derecha, en el primer mundo o en el ltimo. El nicomodo de lograr que los Medios de Comunicacin digan la verdad es que la verdad

    esperada coincida con la verdad vivida. Es decir, si no se desea que hablen mal de una

    actuacin, la nica posibilidad eficaz es actuar bien. No se puede ticamente actuar mal y

    esperar que los medios hablen bien. Otra cosa es la difamacin o la mentira. Y otra, tratar

    de no magnificar lo que es de por s grande.

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    Cmo es posible escuchar a algn intelectual que diga que se magnifica cuando se

    denuncia la muerte de un solo ser humano justificndolo con la incoherente razn de que

    mueren a diario o son ejecutados miles de personas en el mundo? Como si la vida valiera

    por la cantidad acumulada y matemtica de muertes. Una sola vida vale lo que vale toda

    la vida humana. Restarle importancia o relativizar la muerte de una sola persona puedeabrir la puerta para justificar lo que es peor: matar o dejar morir por cualquier razn de

    estado, o poltica, o religiosa, o econmica, a miles o millones de personas. Todo

    genocidio comienza por una persona y si no encuentra un fuerte rechazo, el relativismo

    moral de la cantidad justificar el crecimiento exponencial de la muerte. Es peor condenar

    la magnificacin de la muerte de una persona que dejarla morir.

    Relativizar la muerte de una persona o descalificar su actuacin para minimizar la

    importancia de su fallecimiento es ms grave cuando el hecho se nos encima en la cara y

    en la conciencia y tenemos tiempo e informacin para discernir. Toda relativizacin de la

    muerte de una persona es ticamente inaceptable y justificadamente condenable. Cuando

    alguien se hace cmplice de la muerte o defensor de la vida, por encima de todo

    argumento poltico o social define difanamente su propia estatura moral.

    Si se trata de una persona quien valora y se pone del lado de la violencia y de la

    muerte es muy lamentable y preocupante, pero si se trata de un grupo religioso, una

    mafia organizada o incluso un Estado moderno, es an ms grave, y entonces el deber de

    denunciar, de buscar solucin y de crear estados de opinin que desestimulen y evitenestos excesos, debe ser una responsabilidad de todos, compartida por cada ciudadano

    honesto, por cada grupo social, por toda institucin que se respete. Esta responsabilidad

    alcanza y compromete tambin a la entera comunidad internacional. Se trata de la

    responsabilidad de proteger la vida de cada ser humano y de reconocerle dignidad y

    plenitud.

    As lo declara ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el Papa Benedicto XVI:

    El reconocimiento de la unidad de la familia humana y la atencin a la dignidad innata de

    cada hombre y mujer adquiere hoy un nuevo nfasis con el principio de la responsabilidad

    de proteger. Este principio ha sido definido slo recientemente, pero ya estaba

    implcitamente presente en los orgenes de las Naciones Unidas y ahora se ha convertido

    cada vez ms en una caracterstica de la actividad de la Organizacin. Todo Estado tiene

    el deber primario de proteger a la propia poblacin de violaciones graves y continuas de

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    los derechos humanos, como tambin de las consecuencias de las crisis humanitarias, ya

    sean provocadas por la naturaleza o por el hombre. Debemos dejar claro y preciso que

    todas las naciones deben respetar la soberana, la independencia y la autodeterminacin

    de los pueblos. Este es un principio fundamental de las relaciones internacionales y de la

    dignidad y el respeto que merece todo pueblo, nacin o grupo de naciones. Los imperiosy los colonialismos o neocolonialismos estn igualmente reprobados por la conciencia

    universal. Nadie quiere con razn que se intervenga en los asuntos internos de una

    nacin. Pero este principio, por muy importante que sea, no es ms sagrado que la vida

    humana. Si aceptamos que el valor primario, supremo y central es la vida de las

    personas, entonces podremos comprender que un lder religioso como el Papa o la ms

    representativa organizacin internacional aclaren que quienes no respetan la vida

    humana, an cuando fuere en una sola persona, son los primeros que dan razones,

    ponen la causa y provocan la reaccin de la comunidad internacional:

    Si los Estados no son capaces de garantizar esta proteccin, la comunida d

    internacional ha de intervenir con los medios jurdicos previstos por la Carta de las

    Naciones Unidas y por otros instrumentos internacionales. La accin de la comunidad

    internacional y de sus instituciones, dando por sentado el respeto de los principios que

    estn a la base del orden internacional, no tiene por qu ser interpretada nunca como una

    imposicin injustificada y una limitacin de soberana. Al contrario, es la indiferencia o la

    falta de intervencin lo que causa un dao real. Lo que se necesita es una bsqueda ms

    profunda de los medios para prevenir y controlar los conflictos, explorando cualquier va

    diplomtica posible y prestando atencin y estmulo tambin a las ms tenues seales de

    dilogo o deseo de reconciliacin. (Benedicto XVI en la Asamblea General de las

    Naciones Unidas, Nueva York, viernes 18 abril 2008)

    Queda claro que se trata de la intervencin de los organismos internacionales y bajo

    la Carta de las Naciones Unidas y con los instrumentos jurdicos internacionales. El dao

    real, dice el Papa, es la indiferencia y la falta de intervencin internacional cuando se viola

    el principio de proteger a los ciudadanos sin distincin. Nada tiene que temer un gobiernoque respete el deber sagrado de cuidar de la vida humana de todos: ciudadanos

    honrados y delincuentes, presos polticos y comunes, la vida desde su concepcin hasta

    su fin natural, la vida de una sola persona y la de millones, la vida en los pueblos del

    Norte o del Sur, la vida en Abu Graib o en Guantnamo y la vida en las crceles u

    hospitales cubanos. Nada justifica que se pierda una sola vida humana. Es lamentable

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    que se relativice la gravedad de la prdida de la vida por el nmero de los que la

    perdieron o por el inmenso nmero de los que son cuidados en el Pas o fuera de l en

    ejercicio de solidaridad. Uno solo de los haitianos tiene el mismo valor de todos los que

    murieron aplastados bajo el derrumbe. Nuestro humanismo rechazara que se dejara de

    atender a uno porque murieron miles. Por qu all funciona este principio sagrado y aqulo relativizamos?

    Lo mismo vale la vida de una persona psicolgicamente sana que la vida de un

    interno en un hospital psiquitrico. Por qu se crea una comisin para investigar la

    muerte en uno de nuestros hospitales y no se crea otra, para investigar quin dej morir a

    una sola persona en otro hospital? Es un deber de los gobernantes y es un derecho de

    los gobernados. Y no es un invento de campaas mediticas de ahora o de una tendencia

    ideolgica de derechas. Es un patrimonio de nuestra cultura jurdica y tica de siglos,

    codificada en el conocido Derecho de Gentes que se fund y fragu en la Universidad de

    Salamanca en el siglo XVI con la aportacin de los Padres dominicos especialmente con

    nuestro cercano Padre Fray Bartolom de Las Casas. As lo dice el Papa en su conocido

    discurso ante la ONU:

    El principio de la responsabilidad de proteger fue considerado por el antiguo ius

    gentiumcomo el fundamento de toda actuacin de los gobernantes hacia los gobernados:

    en tiempos en que se estaba desarrollando el concepto de Estados nacionales

    soberanos, el fraile dominico Francisco de Vitoria, calificado con razn como precursor dela idea de las Naciones Unidas, describi dicha responsabilidad como un aspecto de la

    razn natural compartida por todas las Naciones, y como el resultado de un orden

    internacional cuya tarea era regular las relaciones entre los pueblos. Hoy como entonces,

    este principio ha de hacer referencia a la idea de la persona como imagen del Creador, al

    deseo de una absoluta y esencial libertad. (Benedicto XVI en la Asamblea General de las

    Naciones Unidas, Nueva York, viernes 18 abril 2008)

    La esencia es la libertad de cada persona humana, que no es dada por ningn

    Estado, ni por ninguna ley, sino por su Creador. Es la verdad la que nos hace libres, como

    dijo Jess. La verdad sobre el hombre y la mujer; la verdad sobre la misin del Estado; la

    verdad sobre los derechos humanos y sus deberes; la verdad sobre la condicin sagrada

    e inviolable de toda vida humana y de todas las dimensiones y etapas de la vida.

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    RESUMEN

    Todas las personas tenemos las mismas necesidades bsicas que deben ser

    atendidas para que podamos desarrollar una vida digna. Para vivir bien necesitamos que

    se garantice nuestra seguridad, que se respete nuestra autonoma, que haya libertad, quese promueva la igualdad y que reinen la justicia y la solidaridad. stos son los grandes

    valores que fundamentan una vida en comn satisfactoria y adecuada. Los derechos

    humanos sirven para conseguir que estos valores se hagan realidad.

    Reconocer la existencia de derechos humanos es aceptar que cualquier persona

    puede exigir algunas cosas importantes y necesarias para vivir. Por ejemplo, todos

    podemos exigir que se respete nuestra vida, que no se nos maltrate, que se garantice

    nuestra libertad, que se nos trate igual que a los dems, que se nos ofrezcan medios paracuidar de nuestra salud y recibir educacin.

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    AUTOEVALUACI N

    I.- Coloque dentro del parntesis si la premisa es Verdadera (V) o Falsa (F)

    1.- Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos----( )

    2.- El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular delderecho internacional de los derechos humanos.------------------------------------------------( )

    3.- La privacin de un derecho no afecta negativamente a los dems.---------- -------( )

    4.-La no discriminacin es un principio transversal en el derecho internacional de

    derechos humanos.---------------------------------------------------------------------------------------( )

    5.- El Derecho de familiao Derecho familiares el conjunto de normas e instituciones

    jurdicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que

    integran lafamilia,entre s y respecto de terceros.----------------------------------------------( )

    II.- Marcar la respuesta correcta

    1.- Es el conjunto de caractersticas y atributos propios del ser humano derivados de su

    dignidad, por lo que no pueden ser afectados o vulnerados.

    a.- Derechos Humanos b.- Valores ticos

    c.- Deberes Humanos d.- Las Normas ticas

    2.- Es la unin de varios hombres que cooperan de manera estable para la consecucin

    de un bien comn. La primera que surge en la historia es la FAMILIA

    a.- El Estado b.- La Sociedad c.- La Familia d.-Comunidad3.- personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos u libertades

    fundamentales en trminos iguales con otros en la sociedad, sin discriminacin de ningn

    tipo.

    a.- Personas discapacitadas b.- Los ancianos c.-Los Nios

    d.- Todas las anteriores

    4.- Esta rama jurdica habitualmente poseenormas sin sancin o con sancin reducida y

    obligaciones (o ms propiamente deberes) fundamentalmente incoercibles

    a.- Contenido moral o tico b.- Regula situaciones o estados personalesc.- Predominio del inters social sobre el individual d.- La sociedad

    5.- Son normas escritas que expresan lo que podemos y debemos hacer y que resultan

    indispensables para la convivencia

    a.- Los Valores b.- Los Derechos c.- Normas d.- tica

    http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Obligaci%C3%B3n_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Obligaci%C3%B3n_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Familiahttp://es.wikipedia.org/wiki/Patrimoniohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechohttp://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
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    SOLUCIONARIO DE LA AUTOEVALUACI N

    I.- Coloque dentro del parntesis si la premisa es Verdadera (V) o Falsa (F)

    1.- V2.- V

    3.- F

    4.- V

    5.- V

    II.- Marcar la respuesta correcta

    1.- a

    2.- b

    3.- d4.- a

    5.- b

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    REFERENCIAS BIBLIOGR FICAS

    1.-Carrasco Perera,Angel (2006) Derecho de Familia (Casos. Reglas y Argumentos), Ed.

    Dilex, 2006,

    2.- Lacruz Berdejo,Jos Luis(1980). La reforma del derecho de familia. Ministerio de laPresidencia. Secretara General Tcnica.

    Referencias bibliogrficas de la biblioteca virtual de la Uladech

    1.- Polo, L. (2004). Antropologa trascendental. Tomo I. La persona humana.. Espaa:

    EUNSA. Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    2.- Taleva, S. O. (2009). Derechos Humanos (2a. ed.). Argentina: Valletta Ediciones.

    Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1http://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Luis_Lacruz_Berdejohttp://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Luis_Lacruz_Berdejohttp://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Luis_Lacruz_Berdejohttp://es.wikipedia.org/w/index.php?title=%C3%81ngel_Carrasco_Perera&action=edit&redlink=1
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    SEGUNDA UNIDAD

    PRINCIPIOS Y VALORES

    DEMOCRTICOS

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    En la segunda unidad se ha tomado la informacin de los siguientes autores:

    1.- Machicado, Jorge, (2010) "Funciones de una Constitucin poltica del Estado",

    2.- Dalla Via. Alberto Constitucin de la Nacin Argentina. Texto segn la Reforma de

    1994. Edicin

    Referencias bibliogrficas de la biblioteca virtual de la Uladech

    1.- Flanagan, B. A., Cerda, G. G., & Lagos, G. D. (2010). Tensiones y distensiones en

    torno a la ciudadana y formacin ciudadana: comparacin de los significados de

    profesores y estudiantes secundarios en la regin de Valparaso. Chile: D - Centro de

    Investigacin y Difusin Poblacional. Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    2.- Illera, S. M. D. J., & Guardela, C. L. M. (2010). La convivencia ciudadana como norma

    policiva. Colombia: Universidad del Norte. Retrieved fromhttp://www.ebrary.com

    CAPITULO II

    2.1.-DEBERESCIUDADANOS

    Se denomina deber o deberes a la responsabilidad de un individuo frente a otro,

    aunque este otro puede ser una persona fsica (un par) o una persona jurdica (empresa,

    organizacin), incluso el mismo Estado. El deber siempre es establecido de manera

    previa a contraer la responsabilidad, y espera del individuo una conducta o una accin

    que favorezca su cumplimiento. Caso contrario, existe en cualquier caso, la sancin o

    castigo por haber incumplido dichas responsabilidades.

    Existen varios ejemplos que podemos citar para graficar este trmino, y cada uno de ellos

    hace referencia a un tipo diferente de deber. En primerlugar,podemos identificar el deber

    social, que cada uno de nosotros tenemos como ciudadanos de una determinada ciudad,

    y a nivel general, de una nacin. Son muchos los textos de constituciones nacionales que,

    en sus primeros artculos establecen no slo los derechos si no tambin los deberes de

    todos los ciudadanos que habitan dicho territorio. El deber es el contrapeso del derecho.

    Por ejemplo, yo tengo derecho a recibir informacin, a difundirla y a buscarla, pero

    tambin es mi deber difundir una informacin cuando la tengo, para que otros pueda

    gozar de su derecho a recibir.

    En otro caso, el deber est relacionado al mbito escolar, y supone la realizacin de

    tareas fuera deltiempo de clases, como forma de reforzar o afianzar la aprehensin de

    http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/http://definicion.mx/deber/http://definicion.mx/estado/http://definicion.mx/lugar/http://definicion.mx/tiempo/http://definicion.mx/tiempo/http://definicion.mx/lugar/http://definicion.mx/estado/http://definicion.mx/deber/http://www.ebrary.com/http://www.ebrary.com/
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    conocimientos, a travs de ejercicios de anlisis, comparacin, aplicacin de teoras o

    reglas, interpretacin, lectura, escritura, relacin con la realidad, entre otros fines

    buscados.

    Tambin existe el deber tributario, que es aquel que todo ciudadano debe abonar alfisco (la administracin fiscal del Estado) por la propiedad privada, la propiedad

    intelectual, la explotacin de un comercio, la contratacin de empleados, la posesin de

    un automvil o motocicleta, la condicin de trabajador autnomo, etc. Son lo que

    comnmente podemos llamar tasas y contribuciones al Estado, impuestos a las

    ganancias o responsabilidades impositivas.

    El incumplimiento de alguno de estos deberes supone diferentes sanciones o

    castigos, segn los casos. En el caso social, el cumplimiento de una condena por un

    delito o el resarcimiento econmico por un dao causado a un tercero (dependiendo si es

    responsabilidad civil o responsabilidad penal) pueden ser algunas sanciones. En el caso

    escolar, la obtencin de una mala calificacin o la asignacin de tareas extras, pueden ser

    ejemplos de sanciones. Por ltimo, para el caso tributario, el cobro de excedentes o la

    suspensin de la actividad en un comercio, por ejemplo, pueden ser sanciones plausibles

    de ser concretadas en la realidad.

    2.1,1.-DEBERES DEL CIUDADANO EN DIFERENTES PAISES

    ARGENTINA

    Artculo 21.- Todo ciudadano argentino est obligado a armarse en defensa de la patria y

    de esta Constitucin, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los

    decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalizacin son libres de prestar o

    no este servicio por el termino de diez aos contados desde el da en que obtengan su

    carta de ciudadana.

    BOLIVIA

    Artculo 8.- Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales:

    1. De acatar y cumplir la Constitucin y las leyes de la Repblica.

    2. De trabajar, segn su capacidad y posibilidades, en actividades socialmente tiles.

    3. De adquirir instruccin por lo menos primaria.

    4. De contribuir, en proporcin a su capacidad econmica, al sostenimiento de los

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    servicios pblicos.

    5. De asistir, alimentar y educar a sus hijos menores de edad, as como de proteger y

    socorrer a sus padres cuando se hallen en situacin de enfermedad, miseria o

    desamparo.

    6. De prestar los servicios civiles y militares que la Nacin requiera para sudesarrollo, defensa y conservacin.

    7. De cooperar con los rganos del Estado y la comunidad en el servicio y la

    seguridad sociales.

    8. De resguardar y proteger los bienes e intereses de la colectividad.

    CHILE

    Artculo 22.- Todo habitante de la Repblica debe respeto a Chile y a sus emblemas

    nacionales.

    Los chilenos tienen el deber fundamental de honrar a la patria, de defender su soberana

    y de contribuir a preservar la seguridad nacional y los valores esenciales de la tradicin

    chilena.

    El servicio militar y dems cargas personales que imponga la ley son obligatorios en

    los trminos y formas que sta determine.

    Los chilenos en estado de cargar armas debern hallarse inscritos en los RegistrosMilitares, si no estn legalmente exceptuados.

    COLOMBIA

    Artculo 22.- La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

    Artculo 95.- La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad

    nacional. Todos estn en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los

    derechos y libertades reconocidos en esta Constitucin implica responsabilidades.

    Toda persona est obligada a cumplir la Constitucin y las leyes.

    Son deberes de la persona y del ciudadano:

    1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;

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    2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones

    humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las

    personas;

    3. Respetar y apoyar a las autoridades democrticas legtimamente constituidas para

    mantener la independencia y la integridad nacionales;4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia

    pacfica;

    5. Participar en la vida poltica, cvica y comunitaria del pas;

    6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;

    7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administracin de la justicia;

    8. Proteger los recursos culturales y naturales del pas y velar por la conservacin de

    un ambiente sano;

    9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro deconceptos de justicia y equidad.

    COSTA RICA

    Artculo 18.- Los costarricenses deben observar la Constitucin y las leyes, servir a la

    Patria, defenderla y contribuir para los gastos pblicos.

    Artculo 90.- La ciudadana es el conjunto de derechos y deberes polticos que

    corresponde a los costarricenses mayores de dieciocho aos.

    CUBA

    Artculo 64.- Es deber de cada uno cuidar la propiedad pblica y social, acatar la

    disciplina del trabajo, respetar los derechos de los dems, observar las normas de

    convivencia socialista y cumplir los deberes cvicos y sociales.

    Artculo 65.- La defensa de la patria socialista es el ms grande honor y el deber

    supremo de cada cubano. La ley regula el servicio militar que los cubanos deben prestar.

    La traicin a la patria es el ms grave de los crmenes; quien la comete est sujeto a lasms severas sanciones.

    Artculo 66.- El cumplimiento estricto de la Constitucin y de las leyes es deber

    inexcusable de todos.

    ECUADOR

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    Artculo 97.- Todos los ciudadanos tendrn los siguientes deberes y responsabilidades,

    sin perjuicio de otros previstos en esta Constitucin y la ley:

    1. Acatar y cumplir la Constitucin, la ley y las decisiones legtimas de autoridad

    competente.2. Defender la integridad territorial del Ecuador.

    3. Respetar los derechos humanos y luchar porque no se los conculque.

    4. Promover el bien comn y anteponer el inters general al inters particular.

    5. Respetar la honra ajena.

    6. Trabajar con eficiencia.

    7. Estudiar y capacitarse.

    8. Decir la verdad, cumplir los contratos y mantener la palabra empeada.

    9. Administrar honradamente el patrimonio pblico.10. Pagar los tributos establecidos por la ley.

    11. Practicar la justicia y solidaridad en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de

    bienes y servicios.

    12. Propugnar la unidad en la diversidad, y la relacin intercultural.

    13. Asumir las funciones pblicas como un servicio a la colectividad, y rendir cuentas

    a la sociedad y a la autoridad, conforme a la ley.

    14. Denunciar y combatir los actos de corrupcin.

    15. Colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad.

    16. Preservar el medio ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo

    sustentable.

    17. Participar en la vida poltica, cvica y comunitaria del pas, de manera honesta y

    transparente.

    18. Ejercer la profesin u oficio con sujecin a la tica.

    19. Conservar el patrimonio cultural y natural del pas, y cuidar y mantener los bienes

    pblicos, tanto los de uso general, como aquellos que le hayan sido expresamente

    confiados.

    20. Ama quilla, ama llulla, ama shua. No ser ocioso, no mentir, no robar.

    EL SALVADOR

    Artculo 73.- Los deberes polticos del ciudadano son:

    1. - Ejercer el sufragio;

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    2. - Cumplir y velar porque se cumpla la Constitucin de la Repblica;

    3. - Servir al Estado de conformidad con la ley.

    El ejercicio del sufragio comprende, adems, el derecho de votar en la consulta

    popular directa, contemplada en esta Constitucin.

    GUATEMALA

    Artculo 135.- Deberes y derechos cvicos. Son derechos y deberes de los

    guatemaltecos, adems de los consignados en otras normas de la Constitucin y leyes de

    la Repblica, los siguientes:

    1. Servir y defender a la Patria;

    2. Cumplir y velar, porque se cumpla la Constitucin de la Repblica;

    3. Trabajar por el desarrollo cvico, cultural, moral, econmico y social de los

    guatemaltecos;

    4. Contribuir a los gastos pblicos, en la forma prescrita por la ley;

    5. Obedecer las leyes;

    6. Guardar el debido respeto a las autoridades; y

    7. Prestar servicio militar y social, de acuerdo con la ley.

    Artculo 136.- Deberes y derechos polticos. Son derechos y deberes de los ciudadanos:

    1. Inscribirse en el Registro de Ciudadanos;

    2. Elegir y ser electo;

    3. Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral;

    4. Optar a cargos pblicos;

    5. Participar en actividades polticas; y

    6. Defender el principio de alternabilidad y no reeleccin en el ejercicio de la

    Presidencia de la Repblica.

    HONDURAS

    Artculo 40.- Todo hondureo deber ser inscrito en el Registro Nacional de las

    Personas.

    Artculo 41.- Son deberes del ciudadano:

  • 7/24/2019 Texto Ciencia Social

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    1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitucin y las leyes;

    2. Obtener su tarjeta de identidad;

    3. Ejercer el sufragio;

    4. Desempear, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos de

    eleccin popular;5. Cumplir con el servicio militar; y,

    6. Las dems que establezcan la Constitucin y las leyes.

    MXICO

    Artculo 35.- Son prerrogativas del ciudadano:

    I.- Votar en las elecciones populares;

    II.- Poder ser votado para todos los cargos de eleccin popular, y nombrado para

    cualquier otro empleo o comisin, teniendo las calidades que establezca la ley;

    III.- Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma