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TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.ZONA BANANERA CÓDIGO: VERSIÓN: 1.0 PÁGINA: TERMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES CONTRATACIÓN DIRECTA OBJETO: DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011. _____________original firmado_______________ NEIFIS ISABEL ARAÚJO LUQUEZ Secretaria General BOGOTÁ D.C, COLOMBIA DICIEMBRE DE 2015

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TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.ZONA BANANERA

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TERMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES CONTRATACIÓN DIRECTA

OBJETO: DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO

REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL

MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA

EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

_____________original firmado_______________ NEIFIS ISABEL ARAÚJO LUQUEZ

Secretaria General

BOGOTÁ D.C, COLOMBIA

DICIEMBRE DE 2015

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

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INTRODUCCIÓN

Estos Términos y Condiciones Contractuales, en adelante TCC, están elaborados de acuerdo con las disposiciones de los Decretos 203 y 1068 de 2015, de la Ley 1753 de 2015, y de conformidad con el Manual de Contratación vigente del FONDO Adaptación, en adelante EL FONDO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.13.1.1 del Decreto 1068 de 2015 y en el artículo 155 de la Ley 1753 de 2015, los contratos que celebre EL FONDO para el cumplimiento de su objeto misional, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, con plena observancia de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de la facultad de incluir las cláusulas excepcionales a que se refieren los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y de aplicar lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, y por el Manual de Contratación vigente del FONDO. EL FONDO solicita al invitado en participar en la presente Contratación Directa, elaborar su oferta con arreglo a la metodología establecida en este documento y tener en cuenta las siguientes indicaciones:

1. Verificar que no está inhabilitado o incurre en causal de inhabilidad o incompatibilidad o en prohibiciones para contratar.

2. Examinar rigurosamente el contenido de estos TCC, los documentos que los integran y las normas que regulan la contratación del Estado.

3. Adelantar oportunamente los trámites para la obtención de los documentos que debe allegar con la oferta y verificar que estos contienen la información completa para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en los presentes TCC.

4. Suministrar toda la información requerida en el presente documento y diligenciar totalmente sus anexos, formatos, etc.

5. Formular por escrito las consultas e inquietudes relacionadas con el alcance de la presente contratación y en consecuencia, abstenerse de adelantar consultas en forma personal o por teléfono y evitar el contacto con los funcionarios o asesores externos de la Entidad que participen en el presente proceso de selección.

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CAPITULO 1 – CONDICIONES GENERALES 1. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE

SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN Antecedentes: Mediante el Decreto 4819 del 29 de diciembre de 2010, se creó el FONDO Adaptación (FONDO), cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña", con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Según el Decreto 4819 de 2010, este FONDO tiene como finalidad la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, telecomunicaciones, ambiente, agricultura, servicios públicos, vivienda, educación, salud, acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, reactivación social y económica de las familias damnificadas por el fenómeno de la Niña 2010-2011 y demás acciones que se requieran con ocasión del fenómeno de "La Niña", así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo. Mediante sentencia C-251 de 2011, la Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 4819 de 2010, y expresó que desde la perspectiva constitucional, el FONDO tiene a cargo la “adopción de decisiones coordinadas, eficientes y con vocación de integralidad, además de garantizar la suficiencia y adecuada distribución de los recursos para mitigar los efectos asociados al Fenómeno de La Niña 2010-2011, así como prevenir en lo sucesivo los futuros impactos para la población en lo económico, social y ambiental por dicho fenómeno. Adicionalmente, el artículo 155 de la Ley 1753 de 2015, dispuso: “El FONDO Adaptación, creado mediante Decreto-ley 4819 de 2010, hará parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en los términos de la Ley 1523 de 2012. Los contratos para la construcción y reconstrucción necesarios para la superación de los efectos derivados de la ocurrencia de desastres naturales a cargo del FONDO Adaptación, y en general todos aquellos necesarios para la ejecución de estas actividades, se regirán por el derecho privado. Lo anterior, con plena observancia de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, sin perjuicio de la facultad de incluir las cláusulas excepcionales a que se refieren los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y de aplicar lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007. La excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública para los contratos a que se refiere el presente inciso, estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018. El FONDO Adaptación podrá estructurar y ejecutar proyectos integrales de reducción del riesgo y adaptación al cambio climático, en el marco del Sistema Nacional de Gestión del

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Riesgo de Desastres y en coordinación con los respectivos sectores, además de los que se deriven del fenómeno de la Niña 2010-2011, con el propósito de fortalecer las competencias del Sistema y contribuir a la reducción de la vulnerabilidad fiscal del Estado. Parágrafo. Será responsabilidad de las entidades del orden nacional y territorial beneficiarias de los proyectos a cargo del FONDO Adaptación, garantizar su sostenibilidad y la puesta en marcha de los mecanismos técnicos, financieros y operacionales necesarios para su adecuada implementación. El Consejo Directivo del FONDO, mediante el acta No. 9 del 2 de febrero de 2012, aprobó la ejecución de “Proyectos Regionales de Reactivación Económica”, en adelante REACTIVAR. Este Programa tiene como propósito general estructurar y poner en ejecución proyectos regionales de reactivación económica para pequeños productores agropecuarios afectados por el fenómeno de La Niña 2010-2011. El Consejo Directivo recomendó que dichos proyectos tuvieran enfoque de cadena productiva, lógica de aglomeración y visión de desarrollo sostenible en sus aspectos económicos, sociales, ambientales, de riesgos e institucionales, así como una articulación con las entidades territoriales, particularmente con los departamentos. El programa REACTIVAR es el resultado de un modelo propuesto por Fedesarrollo, a través de la celebración del contrato 047 de 2012, con base en el cual EL FONDO diseñó los “Programas Regionales de Reactivación Económica” (REACTIVAR), que tienen por objeto estructurar y poner en ejecución Programas Regionales de Reactivación Económica en el sector agropecuario. En diciembre 2012 Fedesarrollo entregó al FONDO el diseño de la estrategia nacional, así como los mecanismos operativos y las particularidades departamentales de Atlántico, Bolívar, Nariño, Chocó y Antioquia, mientras que en marzo de 2013 entregó las particularidades departamentales para Valle, Magdalena, Norte de Santander, Cauca y Córdoba. Continuando con las entregas acordadas entre ambas entidades, en septiembre de 2013 entregó el diagnóstico y las particularidades departamentales de Santander, Sucre, Tolima, Huila, Cesar, Boyacá, Cundinamarca y La Guajira. Descripción de la necesidad: El primer paso para iniciar con el Programa REACTIVAR en cada departamento consistió en buscar un acuerdo económico, de líneas productivas y posibles municipios a impactar con el proyecto, que corresponde a la Fase I. La Fase II es el momento para realizar los estudios Pre-Operativos de las líneas productivas priorizadas y la Fase III es la etapa para la ejecución de los recursos de inversión. Para el caso del Departamento del Magdalena, la construcción de los Acuerdos para los Proyectos Reactivar iniciaron en junio de 2012 a través de reuniones realizadas entre el Sector de Reactivación Económica de EL FONDO y la señora Esmeralda Sandoval, Secretaria de Desarrollo Económico del Departamento, responsable técnico de la identificación de las acciones de recuperación económica agropecuaria. Igualmente, en el marco de la ejecución del Contrato No. 047 de 2012 celebrado con EL FONDO, Fedesarrollo realizó una agenda de

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reuniones, talleres de grupo focal y entrevistas con distintos actores y estamentos departamentales con el fin de definir la estrategia de reactivación departamental.

Para la identificación de iniciativas, El Fondo ha realizó un proceso participativo, tanto con la gobernación como con los diferentes municipios del departamento, para la identificación de cadenas productivas, nichos de mercado y potenciales proyectos REACTIVAR. Como producto de este proceso se han realizado reuniones con Alcaldes y representantes de las Umatas de todos los municipios del departamento, en las cuales se han perfilados los proyectos a presentar a la Gobernación del Magdalena. Se identificaron posibles nichos y cadenas productivas, se convocaron reuniones con Alcaldes del departamento, se esbozaron perfiles de proyectos y en febrero de 2013 se definió la apertura de recepción de propuestas por parte de la Gobernación del Magdalena.

Proceso de Selección de Propuestas con Alcaldías. Como producto de este proceso la gobernación realizo un proceso amplio de divulgación por prensa escrita y medios radiales en el departamento para invitar a la presentación de perfiles de proyectos entre el 8 de marzo y el 14 de mayo de 2013. De acuerdo al “Acta de revisión de cumplimiento de requisitos mínimos, Proyecto del Fondo Adaptación registro 2013”, con fecha de 14 de mayo de 2013, se presentaron 5 propuestas de las cuales 4 cumplieron con los parámetros requeridos. Estos parámetros son: presentación del perfil en la ficha de alianzas, contar con un CDP para la contrapartida del proyecto, que se cuente con un aliado comercial para el proyecto, que se cuente como mínimo con 40 beneficiarios y que sean damnificados de la Ola Invernal 2010-2011 con certificación del CLOPAD y/o Reunidos. De aquí resultaron cuatro propuestas que cumplieron los parámetros requeridos y que iniciaran estudios Pre-operativos para ser financiadas como proyectos REACTIVAR.

Finalmente presentaron sus perfiles de proyectos, cumpliendo con los requisitos exigidos los

municipios de Fundación, Sabanas de San Ángel y Zona Bananera; el municipio de Algarrobo

no logró llenar los requisitos exigidos para la firma del convenio.

FASE 1: Se firmó el convenio 060 del 13 de diciembre de 2013, entre el Fondo Adaptación y la

Gobernación del Magdalena, para “Establecer los términos de las relaciones interinstitucionales

entre el fondo adaptación y el departamento del Magdalena para la estructuración y ejecución

del programa regional de reactivación económica–PRREA-Reactivar en las zonas afectadas por

el fenómeno de la niña 2010-2011 del departamento del magdalena”. Este convenio fue

concebido como “convenio sombrilla” para desarrollar otros convenios con los municipios y

otras entidades del departamento del Magdalena.

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Como resultado de este acuerdo, el Municipio de Zona Bananera presentó el perfil del Proyecto

Reactivar de Banano y Plátano Hartón con Pequeños Productores del Municipio de Zona

Bananera, Magdalena, afectados por El Fenómeno de La Niña en Los Años 2010 a 2011.

FASE 2: El FONDO contrató a Prodesarrollo Ltda. Como Gestor Regional Caribe para ejecutar

las fases 2 y 3 de los Proyectos Reactivar. En desarrollo de la Fase 2, el Gestor Regional

elaboró el Estudio Pre-operativos del perfil postulado.

FASE 3: Cumplida a satisfacción la Fase 2 y con la aprobación de los estudios Pre-operativos

del Proyecto REACTIVAR por parte del Comité Técnico; según consta en el acta del 7 de abril

de 2014, se procederá con la Fase 3 que es la Fase de Ejecución

Para la ejecución del proyecto REACTIVAR se debe proceder a contratar una Gerencia, para la

operación del Proyecto, considerando que el GERENTE cumpla con los requisitos establecidos

desde los Estudios de Pre-Operativo.

2. MODALIDAD DE SELECCIÓN La presente contratación tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 1737 de 2014, el artículo 7º del Decreto 4819 de 2010, el artículo 155 de la Ley 1753 de 2015, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal previstos en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, los artículos 13 y 17 de la Ley 1150 de 2007, las previsiones contenidas en los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993. Con base en las modalidades de selección definidas en el Decreto 203 y en el Decreto 1068 de 2015 y en consideración a lo previsto en el artículo 2.13.1.2., de dicho Decreto procede la Contratación Directa en lo previsto en los literales: f) Contratos de Consultoría, y g) contratos para el desarrollo de proyectos de reactivación económica. En virtud de la normatividad arriba descrita, los contratos que celebre EL FONDO para la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de La Niña, como el que nos ocupa, se rigen por el derecho privado, con sujeción a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, y la modalidad para la selección del GERENTE/EJECUTOR es a través de la modalidad de contratación directa.

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3. ESTUDIO Y ANALISIS DEL MERCADO

3.1. ESTIMACION DEL VALOR DEL PRESUPUESTO De conformidad con lo dispuesto en el Manual de Contratación vigente del FONDO, conforme al cual de manera previa a la apertura del proceso de selección se deberá adelantar un estudio y análisis del mercado en el que se puedan identificar las características y tendencias del mercado de bienes, obras y servicios, así como, identificar los segmentos que representan la mejor oportunidad. Para la presente contratación directa, Prodesarrollo Gestor Note procedió a realizar una invitación abierta, donde se presentaran las empresas de la región interesadas en realizar la gerencia del proyecto en el municipio Zona Bananera Era necesario que las empresas que se presentaran a la invitación, tuvieran experiencia en ejecución de proyectos agrícolas productivos, con experiencia en trabajos con comunidades indígenas y afro-descendientes, que conocieran la metodología de Alianzas Productivas y que se aproximaran en valores de gerencia anteriormente contratados por el FONDO -Sector de Reactivación Económica.

Este estudio y análisis de mercado permitió obtener el Presupuesto Oficial Estimado (POE) del presente proceso, así como la recomendación para participar del proceso a RED NACIONAL DE AGENCIAS DE DESARROLLO LOCAL DE COLOMBIA-RED ADELCO.

3.2. IDENTIFICACION DEL INVITADO

Para la identificación del Invitado se adelantaron las siguientes actividades:

1) Prodesarrollo publicó en medios de comunicación regionales una invitación para que empresas del sector agropecuario con experiencia en ejecución de proyectos, se presentara como GERENTE/EJECUTOR del proyecto Reactivar Zona Bananera. 2) Se identificaron las entidades que han trabajado como operadores de los proyectos de Alianzas Productivas y que fueran exitosas en el departamento de Magdalena 3) Se realizó un acercamiento con varias entidades ejecutoras de proyectos con ASOPROAGROS, FIDES, ASOHOFRUCOL, donde se verificó que no cumplían técnica y/o financieramente. 4) Para la ejecución de la Fase III del proyecto Reactivar Zona Bananera, se escogió a la RED NACIONAL DE AGENCIAS DE DESARROLLO LOCAL DE COLOMBIA-RED ADELCO, como GERENTE/EJECUTOR.

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4. OBJETO

DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR

DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA

BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y

2011.

5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES EL GERENTE /EJECUTOR deberá cumplir con las siguientes obligaciones, sin perjuicio de todas las demás que se requieran para el adecuado cumplimiento del objeto de los presentes términos y condiciones contractuales:

5.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL GERENTE/EJECUTOR

1. Conocer el marco legal e institucional del FONDO y de la(s) entidad(es) receptoras de los proyectos y/o bienes y/o servicios objeto del contrato, en particular lo correspondiente a las normas técnicas vigentes para el sector Agropecuario.

2. Desarrollar el objeto del contrato dentro del término y en el sitio señalado en el contrato. 3. Organizar y poner a disposición del proyecto los recursos humanos y técnicos requeridos,

ofrecidos y apropiados para garantizar el desarrollo del contrato dentro de los más altos parámetros de calidad, y cumplimiento en tiempos y costos. Será por cuenta del GERENTE/EJECUTOR el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución del contrato, así como la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de su personal con el FONDO.

4. Emplear sus conocimientos y recursos para la debida asistencia y apoyo al FONDO. 5. Cumplir con el Manual de Imagen del FONDO. 6. Ejercer en todo momento su criterio profesional en forma independiente, evitando que en

su juicio influyan elementos distintos de los puramente técnicos y económicos. 7. Guardar la debida confidencialidad y reserva sobre la información y documentos que

conozca durante la ejecución del contrato, aún después de su terminación y cualquiera sea la causa de ésta. En consecuencia, la información que conozca con ocasión de la ejecución del contrato no podrá divulgarla ni usarla en su propio beneficio o en el de un tercero.

8. EL GERENTE/EJECUTOR se obliga a construir y publicar el cronograma y la línea base, para controlar la ejecución de este contrato, según los procedimientos definidos en el Manual de Políticas e instructivos de operación del sistema PSA (Project Services Administration). Así mismo, se obliga a utilizar este sistema para reportar el avance mensual en la ejecución del cronograma aprobado, y gestionar los resultados que arroja el mismo. Para ello EL GERENTE/EJECUTOR debe contar con el licenciamiento de Microsoft Project en la versión que defina EL FONDO y con la idoneidad necesaria para operar

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el PSA. Es decir en capacidad de aplicar las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de Información, y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas de los mismos, que garanticen la adecuada gestión y el control en la ejecución de los proyectos a su cargo. La verificación del cumplimiento de estas obligaciones deberá quedar de manera expresa en el Informe de Supervisión y Cumplimiento, a través del cual se autoriza el pago de la factura al GERENTE/EJECUTOR. En ningún caso podrá autorizarse el trámite de facturas sin que se haya verificado dicho cumplimiento.

9. Proporcionar al Supervisor del contrato la información y documentos que le sean requeridos.

10. Entregar a su supervisor, en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de finalización del plazo de ejecución del contrato, un informe final detallado de las actividades ejecutadas con ocasión de aquél, indicando los asuntos asignados, tramitados y pendientes de resolver; asimismo, relacionar y entregar los archivos físicos y magnéticos que se hubieren generado durante la ejecución del contrato; este informe podrá entregarlo y/o anexarlo a la respectiva acta de liquidación.

11. Finalizado el objeto contractual a más tardar al mes de finalización del plazo de ejecución del contrato, entregar inventariados al supervisor del contrato, los expedientes y documentos que tenga a su cargo en virtud del desarrollo del contrato, entrega que debe hacer en medio físico y magnético, de acuerdo con los procedimientos del FONDO, y conforme con la Ley 594 del 2000 (Ley General de Archivo).

12. Acudir a las actividades de campo y/o visitas a obras, dotado con los implementos de seguridad industrial mínimos requeridos, tales como casco, botas, gafas protectoras, etc., a sus expensas.

13. Usar en debida forma y para los fines correspondientes, los bienes y documentos que se le entreguen para el cumplimiento de sus obligaciones.

14. Informar oportunamente al FONDO, por intermedio de la Supervisión sobre cualquier irregularidad que se presente en la ejecución del contrato.

15. Participar en las reuniones en las que el FONDO requiera su apoyo y suministrar la información, documentos de soporte o conceptos que sean requeridos durante el desarrollo del contrato.

16. Constituir y mantener vigentes las garantías que amparan el contrato por el tiempo pactado en el mismo, incluyendo las ampliaciones o modificaciones que se presenten durante la ejecución. Las garantías iniciales y sus modificaciones deberán ser sometidas al control y vigilancia del supervisor y a la aprobación por parte de la secretaría general del FONDO, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma del contrato o sus modificaciones y/o adiciones. Este requisito es indispensable para la ejecución del contrato.

17. Adelantar de manera oportuna y en condiciones de calidad esperadas, los trámites necesarios para el cobro de la facturación y los productos derivados del contrato.

18. Presentar un informe mensual del avance de las actividades técnicas, financieras, administrativas, jurídicas, etc., desarrolladas en virtud del contrato, anexando los registros documentales, fotográficos y los demás necesarios.

19. Suscribir las actas de inicio del contrato, suspensión (en caso de ser requerido), reiniciación (en caso de ser requerido), terminación del contrato (entrega y recibo a

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satisfacción donde consten las cantidades y condiciones finales para su entrega, suscrita por EL GERENTE/EJECUTOR y el Supervisor) y liquidación dentro de los plazos establecidos para tal fin.

20. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

21. Elaborar un plan de trabajo que incluya el cronograma detallado de actividades del contrato, para revisión y aprobación del supervisor del mismo.

22. Responder por cualquier reclamación judicial o extrajudicial que instaure, impulse o en la que coadyuve cualquier tercero, el personal del GERENTE/EJECUTOR o sus subcontratistas en contra del FONDO, por causa o con ocasión de la ejecución del objeto del Contrato.

23. Ajustar el cronograma de entregas dependiendo de las necesidades del FONDO, previa revisión y visto bueno del supervisor, sin que esto dé lugar a reconocimiento económico o de cualquier otro tipo a favor del GERENTE/EJECUTOR, ni que se afecte el plazo ni la forma de pago del contrato. Estos ajustes deben ser acordados por medio escrito previo acuerdo de las partes.

24. EL GERENTE/EJECUTOR deberá cumplir con los Acuerdos de Niveles de Servicio ANS, establecidos en el Anexo 4 de los presentes términos y condiciones contractuales. Su cumplimiento será verificado por el SUPERVISOR.

25. Permitir el acceso de la Auditoria contratada por el FONDO, a la información que esta requiera en cualquier momento durante el desarrollo del objeto contractual.

26. Entender, aceptar y utilizar los sistemas de información, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información.

27. Entregar puntualmente, y de acuerdo con la metodología de seguimiento y monitoreo diseñados por el FONDO, toda la información y productos que deriven de la ejecución del contrato.

28. Permitir la evaluación de su gestión por parte del Supervisor del contrato. 29. Mantener, administrar y custodiar el archivo del proyecto de manera ordenada. Teniéndolo

disponible y al día para las revisiones que sean requeridas por parte del Supervisor del proyecto, de la auditoría del Fondo y de los diferentes órganos de control. El archivo debe contener una carpeta para cada componente del proyecto, con toda la documentación requerida.

30. Para efectos de que la comunidad participe en la fiscalización del uso de los recursos aportados por el Fondo Adaptación para el desarrollo del objeto contractual, se debe implementar la estrategia de Auditorías Visibles según los lineamientos suministrados por el Fondo Adaptación. Para el efecto, EL GERENTE/EJECUTOR del contrato deberá convocar a los ciudadanos de la zona de influencia del proyecto interesados, quienes conformarán Equipos Locales de Seguimiento que acompañarán cada una de las intervenciones. Así mismo, deberá programar, como mínimo, los siguientes foros de Auditoria Visible a los que deben asistir tanto el contratista como el interventor: (i) Foro Inicial de presentación del proyecto y socialización ante la comunidad y la administración municipal. Durante este foro se debe conformar el Equipo Local de Seguimiento de la obra, acordar la periodicidad de las reuniones entre el contratista, interventor y equipo local de seguimiento y establecer el servicio de atención al ciudadano (SAC) (ii) Foros Intermedios que deben realizarse cada

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seis meses, de acuerdo con cronograma. Durante estos, EL GERENTE/EJECUTOR debe informar a la comunidad del avance del proyecto, dificultades, cambios en general, etc. y presentar informe, así mismo, el Equipo Local de Seguimiento deberá presentar informe de actividades (iii) Una vez finalicen las obras, se realiza el foro final en el cual se deben presentar rendición de cuentas final, resultados y logros de cada parte: Alcaldía, gerencia sectorial zonal del FONDO, contratista, interventor y Equipo Local de Seguimiento. Y se establecen compromisos de sostenibilidad de las obras. De cada uno de los foros EL GERENTE/EJECUTOR deberá dejar constancia mediante: acta, listado de asistencia firmado, registro fotográfico/audiovisual, que harán parte integral del mencionado contrato, junto con los informes de seguimiento. EL GERENTE/EJECUTOR deberá garantizar que cuenta con personal idóneo para realizar las actividades mencionadas. Asimismo, EL GERENTE/EJECUTOR deberá reportar mensualmente a la Subgerencia de Regiones, el consolidado de la puesta en marcha de dicha estrategia, de acuerdo con los formatos establecidos para tal fin“

31. Asumir la responsabilidad administrativa y técnica de la ejecución del contrato derivado de los presentes TCC.

32. Obrar eficiente y efectivamente como Gerente y Ejecutor de que trata el contrato que se firme.

33. Realizar por su cuenta y riesgo, las contrataciones a que haya lugar para la correcta ejecución del contrato objeto de los presentes TCC, y que se encuentren previstas en los planes de inversión y en los términos de referencia del proyecto aprobado por el FONDO. EL GERENTE/EJECUTOR, deberá realizar dichas contrataciones, utilizando su régimen de contratación.

34. Permitir el acceso de la Auditoría contratada por el FONDO, a la información que esta requiera en cualquier momento durante el desarrollo del objeto contractual, y atender las recomendaciones realizadas por la misma de común acuerdo con el Supervisor y el FONDO.

35. Gestionar los trámites correspondientes para que la Fiducia solicite y obtenga por el Ministerio de Hacienda, la marcación como autorizada de la cuenta bancaria a donde el FONDO transferirá los recursos.

36. Las demás que, de conformidad con las disposiciones del artículo 1603, del Código Civil, correspondan a la naturaleza del contrato o que, por ley, le pertenezcan.

5.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL GERENTE/EJECUTOR

5.2.1. COMPONENTES DE LA FASE DE GERENCIA/EJECUCIÓN

Componente 1 - TÉCNICO En este componente se desarrollará todo lo relacionado con el manejo y acompañamiento a la producción de Banano y Plátano, los alcances de este componente son los siguientes:

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1. Ejecutar el Plan Operativo de Acompañamiento Técnico contenido en los estudios de preinversión aprobados que contenga el manejo De los cultivos de banano y plátano.

2. Programación de visitas de asistencia técnica a los beneficiarios del proyecto. 3. Realizar las visitas de asistencia técnica. 4. Programación de capacitaciones de acuerdo al Plan de Asistencia Técnica. 5. Realizar las capacitaciones a los beneficiarios del proyecto. 6. Elaborar el plan de compras de insumos y materiales 7. Compra y entrega de insumos y materiales. Componente 2 – AMBIENTAL En este componente se desarrollará todo lo relacionado con el manejo y acompañamiento ambiental del proyecto, los alcances de este componente son los siguientes: 1. Ejecutar el Plan Operativo de Acompañamiento Ambiental de los estudios de preinversión

aprobados y que contenga los impactos de mitigación, manejo y conservación de las fincas frente al desarrollo de los cultivos de banano y plátano

2. Programación de visitas de acompañamiento ambiental a los beneficiarios del proyecto. 3. Realizar las visitas de acompañamiento ambiental. 4. Programación de capacitaciones de acuerdo al Plan de Acompañamiento Ambiental. 5. Realizar las capacitaciones a los beneficiarios del proyecto. 6. Socializar con los beneficiarios el Plan de Manejo Ambiental. 7. Implementar el plan Gestión del riesgo definido en los estudios de preinversión aprobados. Componente 3 – ORGANIZACIONAL En este componente se desarrollará todo lo relacionado con el acompañamiento organizacional del proyecto, los alcances de este componente son los siguientes: 1. Ejecutar el Plan Operativo de Acompañamiento Organizacional de los estudios de

preinversión aprobados en las áreas del Fortalecimiento de la Mentalidad Emprendedora, Fortalecimiento Organizacional y Administrativo y el Plan de Estrategias Empresariales y Gerenciales, fondos rotatorios

2. Aplicar el Índice de Capacidad Organizacional para evaluar el estado de las organizaciones al inicio, durante y al finalizar el proyecto.

3. Programación de capacitaciones de acuerdo al Plan de Acompañamiento Organizacional. 4. Realizar las visitas de acompañamiento organizacional.

Componente 4 – COMERCIAL En este componente se desarrollará todo lo relacionado con el acompañamiento comercial incluyendo el tema de calidades, los alcances de este componente son los siguientes:

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1. Tipificar y/o caracterizar a los beneficiarios de acuerdo a las características de la producción de yuca para generar valor agregado a los productos.

2. Con las caracterizaciones de la producción de los beneficiarios, hacer los perfiles de compradores de acuerdo al valor agregado a las producciones.

3. Vincular a los beneficiarios a negociaciones directas con empresas regionales que comercialicen Banano y Plátano y que fueron estipuladas en los estudios de preinversión aprobados

4. Vincular a más de un aliado comercial si los excedentes de ventas sobrepasan las expectativas del aliado inicial del proyecto.

5. Ejecutar el componente comercial de acuerdo al estudio de mercado y logístico de los estudios de preinversión aprobados, atendiendo a la disponibilidad de recursos aportados por el FONDO.

6. Dar a conocer a los beneficiarios las dinámicas de los mercados, especialmente en lo relacionado a costos de comercialización, volúmenes, calidades y clientes especializados.

Adicionalmente EL GERENTE/EJECUTOR tiene por obligación: a) Constituir un patrimonio autónomo para la administración de los recursos

CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/C ($450.192.000). El contrato de Fiducia deberá estar aprobado por el Supervisor.

b) Cubrir todos los gastos que demande la Fiducia para administrar los recursos que sean entregados por EL FONDO para la ejecución del proyecto.

c) Presentar para aprobación del Supervisor designado por EL FONDO el Plan de Compras.

d) Presentar al supervisor un plan de desembolso de los recursos a transferir por EL FONDO de acuerdo con el Plan de Compras Aprobado.

e) Diseñar una estrategia de visualización e imagen para el proyecto y presentarla al segundo mes de ejecución del mismo, para ser aprobada por la Subgerencia de Regiones del Fondo y ejecutarla de acuerdo con los recursos aportados por la entidad para este efecto.

f) Realizar una reunión de socialización de sus planes social, técnico, de mercado, ambiental, de gestión de riesgos, operativo y financiero, antes de su ejecución, con las organizaciones de productores y los productores beneficiados al inicio del proyecto Reactivar Banano y Plátano Zona Bananera Magdalena y una reunión de evaluación al finalizar el proyecto.

g) Orientar a las organizaciones de productores en las tareas administrativas y empresariales propias del proyecto y realizar el seguimiento de los procesos de capacitación requeridos, de acuerdo a los recursos disponibles para esta materia.

h) Llevar registro independiente de los recursos del proyecto Plátano y Banano Reactivar Zona Bananera, Magdalena y de manera detallada la contabilidad del mismo.

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i) A la firma del acta de inicio se le entregará al GERENTE/EJECUTOR los detalles para llevar la contabilidad general del proyecto de acuerdo con los lineamientos generales de contabilidad y al nivel de detalle que defina el FONDO.

j) Asesorar y acompañar a los productores en la obtención de los permisos o trámites ambientales requeridos para la ejecución del proyecto, si se requieren.

k) Tener en cuenta los mapas de amenaza y vulnerabilidad para las zonas de operación del proyecto y las recomendaciones técnicas emanadas del Proyecto de Reducción del Riesgo y Adaptación al Cambio Climático que ejecuta Corpoica para el Fondo (Contrato 002 de 2013).

l) Seguir los Lineamientos para la Gestión del Riesgo Asociados a Sistemas de Producción Rural definidos por el Fondo contenido en el anexo 8 “Descripción del Riesgo”, del presente documento.

m) Presentar para recomendación al Supervisor designado por EL FONDO las

cotizaciones y las solicitudes de contrataciones necesarias para el desarrollo del proyecto.

5.3. PRODUCTOS

EL GERENTE/EJECUTOR deberá entregar los estudios pre-operativos y ejecutar los proyectos que resulten viables, de acuerdo con el objeto de la consultoría y conforme a la programación detallada aprobada por el supervisor. El GERENTE/EJECUTOR deberá entregar los siguientes productos: FASE III (Inversión): Dentro de los doce meses (12) finales del proyecto: Proyecto de Banano:

Hectáreas sembradas con banano: 53

Agricultores beneficiados: 53

Número de plantas por hectárea: 1.800

Visitas realizadas a los agricultores durante el proyecto: 495

Talleres y Capacitaciones: 19

Producción de banano esperada al primer año: 15.000 kg/ha

Proyecto de Plátano:

Hectáreas sembradas con plátano: 54

Agricultores beneficiados: 54

Número de plantas por hectárea: 1.800

Visitas realizadas a los agricultores durante el proyecto: 550

Talleres y Capacitaciones: 19

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Producción de plátano esperada al primer año: 9.000 kg /ha

Nota : las cantidades y las fechas de entrega de los productos de la Fase III serán definidas con el estudio Pre-operativo y el cronograma resultante.

Informes: mensuales (según numeral 18 de las obligaciones generales del presente documento) sobre el avance establecido en el cronograma que se presenta en Fedesarrollo para el monitoreo y seguimiento, previa aprobación del Supervisor del contrato. 5.4. OBLIGACIONES DEL FONDO ADAPTACIÓN 1. Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato y exigir al GERENTE/EJECUTOR el

cumplimiento del mismo, a través de quien para ello contrate y quien actuará como supervisor del contrato.

2. Formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime convenientes en el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro del término del mismo.

3. Entregar al GERENTE/EJECUTOR los documentos y la información técnica que tenga disponible y que sea requerida para adelantar el cumplimiento del objeto del contrato.

4. Informar y entregar al GERENTE /EJECUTOR , en los eventos en que se requiera, los procedimientos, instructivos, formularios, etc., conforme con los cuales debe ejercer el contrato.

5. Al firmar el acta de inicio, el FONDO suministrará al GERENTE/EJECUTOR toda la información generada para la definición de la estrategia conceptual y operativa del Programa Regional de Reactivación Económica, elaborada para EL FONDO por FEDESARROLLO.

6. Pagar los trabajos contratados en la forma establecida en los Términos y Condiciones Contractuales. Transferir CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/C ($450.192.000), para la ejecución del proyecto, a la fiducia que constituya EL GERENTE/EJECUTOR para tal fin, de acuerdo con los soportes idóneos de constitución y el cumplimiento de los requisitos para la transferencia de los recursos.

6. EQUIPO DE TRABAJO E INSUMOS MÍNIMOS REQUERIDOS PARA LA

CONTRATACIÓN

6.1 EQUIPO MINIMO DE PERSONAL DE TODO EL PROYECTO Para efectos de cumplir a satisfacción con el alcance del objeto del contrato, EL GERENTE/EJECUTOR deberá contar como mínimo con los siguientes perfiles de especialistas y de personal de apoyo para el desarrollo del contrato, de acuerdo con lo descrito en la siguiente tabla:

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Tabla 1. Perfiles Mínimos para el Equipo de Trabajo a acreditar

CANTIDAD CARGO DEDICACIÓN PERFIL

1 Coordinador del Proyecto

100% Profesional en áreas administrativas, agropecuarias, económicas o similares.

Experiencia profesional general superior a 5 años.

Experiencia en ejecución de proyectos agropecuarios o rurales (mínimo de 3

años). Debe poseer un perfi l que integre

destrezas técnicas y administrativas (planif icación).

Deseable experiencia con Microsoft Project 2013.

Capacidad de gestión, trabajo en equipo y coordinación interinstitucional y de personal.

Disponibi lidad para permanecer y desplazarse en la zona de desarrollo del proyecto.

Brindar el apoyo logístico necesario para la coordinación e implementación de las actividades del contrato.

Notas:

Si durante la ejecución del contrato, EL GERENTE/EJECUTOR considera necesario cambiar alguno de los profesionales propuestos, se deberá solicitar la autorización ante la supervisión para su aprobación.

Si durante la ejecución del Contrato el FONDO considera necesario cambiar alguno de los profesionales propuestos, lo deberá solicitar por escrito y EL GERENTE/EJECUTOR se obliga a realizar el cambio dentro de los 15 días calendario siguiente a la solicitud presentada por EL FONDO.

Si durante la ejecución del Contrato el FONDO determina la necesidad de vincular más personal para dar cumplimiento a las obligaciones contractuales o entrega de productos, EL GERENTE/EJECUTOR deberá vincularlo a su costa, sin que esto signifique un gasto adicional para EL FONDO.

EL GERENTE/EJECUTOR es responsable de verificar que los profesionales propuestos tienen la disponibilidad real para la cual se vinculan al proyecto. De comprobarse dedicación inferior a la requerida se aplicarán las sanciones establecidas en el contrato.

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Los honorarios del personal mínimo requerido, es un aproximado a lo que se ha

pagado hasta ahora en los proyectos REACTIVAR de Antioquia, Atlántico, Norte de Santander, Huila, Tolima, Cundinamarca, Córdoba y Magdalena.

6.2 MODO DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PERSONAL Todo profesional ofrecido por el proyecto debe acreditar, mediante copia del documento idóneo que está autorizado para ejercer la profesión. Para el caso de los Ingenieros deberán presentar su tarjeta de matrícula profesional o, excepcionalmente, la constancia o certificado de su vigencia. La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales. Si el personal profesional mínimo propuesto no cumple con los requisitos exigidos en los términos y condiciones contractuales, el GERENCIA /EJECUCIÓN debe reemplazarlo por otro que sí los cumpla para el perfeccionamiento del contrato. Una vez el Fondo apruebe el personal mínimo requerido, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del contrato, a menos que exista una justa causa, la cual debe ser sustentada ante la entidad, para su evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio por parte del FONDO, el personal debe reemplazarse por uno de igual o superior categoría que el exigido. Los títulos de educación superior otorgados por instituciones de educación superior extranjeras, o por instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deben presentarse convalidados por el Ministerio de Educación Nacional, según la normatividad vigente, a menos que se trate de profesionales domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. La experiencia general de los profesionales se contará desde la fecha de expedición de la matrícula profesional. La experiencia específica debe ser certificada y sólo se contará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. EL FONDO computará la experiencia específica con base en la duración total (desde la fecha de inicio y hasta la fecha de terminación) de los proyectos mediante los cuales el proponente pretenda demostrar que los profesionales que ofrece cumplen dicho requisito; en el evento en que la duración de tales proyectos se traslape, EL FONDO únicamente tendrá en cuenta uno sólo de ellos. Para efectos de computar la experiencia, en el evento que no se pueda acreditar la fecha con día, mes y año se tomará como válido el último día del mes.

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El ejercicio de cargos públicos o el ejercicio como director/especialista de proyectos de investigación será válido siempre y cuando las funciones propias del cargo desempeñado, o las que hubiera ejercido por delegación, incluyan la ejecución de actividades de carácter técnico idénticas o similares a la experiencia requerida.

7. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO El Presupuesto Oficial Estimado del contrato para la fase III (POE) PLÁTANO Y BANANO – REACTIVAR ZONA BANANERA MAGDALENA es de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE, ($149.808.000) IVA, Tasas y contribuciones incluidas, dividido de la siguiente manera:

Tabla 2. Presupuesto Oficial Estimado

PRESUPUESTO DEL CONTRATO PARA LA GERENCIA Y EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS REACTIVAR PLÁTANO Y BANANO ZONA BANANERA ,

MAGDALENA

Fase III

Gerencia del Proyecto $149.808.000

TOTAL CONTRATO $149.808.000

Los valores de la Gerencia del proyecto de la Fase III incluyen todos los costos y gastos requeridos para el desarrollo del contrato, entre otros, los asociados a recursos humanos y físicos, gastos financieros, logísticos y de viaje, traslados, manutención y alojamiento en caso que esto sea necesario, así como ajustes por cambio de vigencia para la duración del contrato que se deriven de los presentes TCC. Por tal razón, no se reconocerán sumas adicionales por estos conceptos. 7.1 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO Y LOS POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO Fase III (Gerencia del Proyecto-Inversión): Para la obtención del presupuesto para la Gerencia del proyecto Reactivar de Banano y Plátano Hartón con Pequeños Productores del Municipio de Zona Bananera, Magdalena afectados por El Fenómeno de La Niña en los años 2010 a 2011, se tomó como referencia el estudio de mercado realizado por el Sector de Reactivación Económica, el cual contiene los precios históricos de los honorarios que se han venido pagando en los otros departamentos que ya tienen contratados los proyectos REACTIVAR, es decir, para la gerencia de la etapa de inversión del proyecto.

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7. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR CON EL FONDO ADAPTACIÓN. 7.1 TIPO DE CONTRATO

El contrato derivado de la presente contratación será de CONSULTORÍA.

7.2. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del Contrato será de doce (12) meses, para la Gerencia y Ejecución del Proyecto Reactivar de Zona Bananera (Fase III). El tiempo de duración es contado a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio. 7.3. FORMA DE PAGO El FONDO pagará al GERENTE /EJECUTOR el valor del contrato, de la siguiente manera: Fase III: Para la Gerencia del Proyecto: Se pagará la suma de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL PESOS M/CTE, ($149.808.000) contra el cumplimiento de los siguientes hitos, así:

Tabla 3. Forma de pago de la Gerencia

PAGO 1

ENTREGA VALOR

ENTREGA DE CRONOGRAMA DEL PROYECTO (PSA) $21.222.800

PAGO 2

ENTREGA VALOR

PLAN DE INVERSIÓN Y EL INFORME DE AVANCE $21.222.800

PAGO 3

ENTREGA VALOR

25% DE INSUMOS Y EQUIPOS ENTREGADOS A BENEFICIARIOS Y EL INFORME DE AVANCE

$21.222.800

PAGO 4

ENTREGA VALOR

25% DE INSUMOS Y EQUIPOS ENTREGADOS A BENEFICIARIOS Y EL INFORME DE AVANCE

$21.222.800

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PAGO 5

ENTREGA VALOR

25% DE INSUMOS Y EQUIPOS ENTREGADOS A BENEFICIARIOS Y EL INFORME DE AVANCE

$21.222.800

PAGO 6

ENTREGA VALOR

25% DE INSUMOS Y EQUIPOS ENTREGADOS A BENEFICIARIOS Y EL INFORME DE AVANCE

$21.222.800

PAGO 7

ENTREGA VALOR

ENTREGA DE UN INFORME DE CADA UNO DE LOS COMPONENTES TECNICO, SOCIAL, AMBIENTAL, DE GESTIÓN DE RIESGO Y ASOCIATIVO

14.980.800

PAGO 8

ENTREGA VALOR

ACTA DE LIQUIDACIÓN FIRMADA 7.490.400

TOTAL 149.808.000

Requisitos para pago.

Para proceder a cada uno de los pagos, EL GERENTE/EJECUTOR deberá anexar como mínimo los siguientes documentos o certificaciones:

a. Factura debidamente diligenciada. b. Informe de actividades y entrega de productos. c. Certificación de avance de cronograma por parte del SUPERVISOR y cálculo de

descuentos por concepto de ANS en caso de aplicar. d. Certificación de aprobación de informe por parte del SUPERVISOR. e. Certificación por medio de la cual acredite que se encuentra al día en el pago

de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

f. Certificación suscrita por el SUPERVISOR en la cual haga constar que los proyectos objeto del contrato están actualizados en la plataforma PSA.

g. Y todos los demás documentos requeridos por EL FONDO en el momento de presentación de las cuentas.

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Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura, previo visto bueno del Supervisor del contrato. Cuando la factura no se presente con el lleno de los correspondientes requisitos o no se acompañe de los documentos necesarios para el pago, el término para éste empezará a contarse desde la fecha en que una u otros se presenten en debida forma o se aporte el último de los documentos requeridos. Las demoras que se presenten por esta causa serán responsabilidad del GERENTE/EJECUTOR por lo tanto, no causarán intereses, ni compensación de ninguna naturaleza.

Todos los documentos para los pagos que deba efectuarse al GERENTE/EJECUTOR requieren del aval o aprobación del respectivo Supervisor.

Los impuestos y retenciones que se deriven del contrato corren por cuenta del GERENTE/EJECUTOR para cuyos efectos el FONDO hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley. El GERENTE/EJECUTOR deberá abrir o contar con una cuenta bancaria en un establecimiento bancario vigilado por la Superintendencia Financiera para realizar allí los pagos previstos en el contrato. Para tal efecto, y para la firma del contrato, EL GERENTE/EJECUTOR deberá entregar al FONDO un certificado bancario con el número de cuenta para efectuar los pagos por transferencias. El GERENTE/EJECUTOR deberá cumplir con los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos en el Anexo 4 . Su cumplimiento será verificado por el Supervisor.

8.4 TRANSFERENCIA Para la Ejecución del Proyecto (Inversión), EL FONDO desembolsará según el plan de compras aprobado por el SUPERVISOR del FONDO, y una vez recibidos los documentos idóneos, a la Fiducia que debe constituir y pagar EL GERENTE/EJECUTOR, la suma de $ 450.192.000 como los recursos de la transferencia acorde al plan de inversiones aprobados que se detallan en el siguiente cuadro; el siguiente cuadro además incluye el valor de la gerencia del proyecto es decir la suma $74.904.000(plátano) más $ 74.904.000 (banano) , para un total de $ 600.000.000:

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INVERSIONES PLÁTANO

ACTIVIDADES FONDO

INSUMOS $ 148.394.000

PLAGUICIDA $ 1.688.000

INSECTICIDA $ 864.000

FERTILIZANTES ORGÁNICOS $ 11.004.000

ÚREA $ 8.640.000

DAP $ 4.050.000

KCL $ 21.060.000

MOTOR RIEGO $ 22.140.000

BOMBA CACORRO $ 10.260.000

COMBUSTIBLE RIEGO $ 41.796.000

COMBUSTIBLE CACORRO $ 8.359.000

BOLSAS DE CAMPO $ 10.125.000

SOGA DE AMARRE $ 2.614.000

CINTA RACIMO $ 1.744.000

TUBERÍA Y ADITAMENTO RIEGO $ 4.050.000

SERVICIOS Y ARRIENDOS $ 49.890.000

ANÁLISIS DE SUELOS $ 6.750.000

TRANSPORTE INSUMOS $ 5.940.000

ASISTENCIA TÉCNICA $ 37.200.000

OTRAS INVERSIONES $ 1.512.000

PLAN AMBIENTAL $ 10.400.000

PLAN SOCIO EMPRESARIAL $ 11.200.000

GERENCIA $ 74.904.000

ESTRATEGIA DE COMUNICACIONES $ 3.700.000

TOTAL INVERSIONES $ 300.000.000

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INVERSIONES BANANO

ACTIVIDADES FONDO

INSUMOS $ 148.392.000

PLAGUICIDA $ 1.656.000

INSECTICIDA $ 856.000

FERTILIZANTES ORGÁNICOS $ 11.710.000

ÚREA $ 8.480.000

DAP $ 3.975.000

KCL $ 20.670.000

MOTOR RIEGO $ 21.730.000

BOMBA CACORRO $ 10.070.000

COMBUSTIBLE RIEGO $ 41.022.000

COMBUSTIBLE CACORRO $ 8.204.000

BOLSAS DE CAMPO $ 12.588.000

SOGA DE AMARRE $ 2.449.000

CINTA RACIMO $ 1.007.000

TUBERÍA Y ADITAMENTO RIEGO $ 3.975.000

SERVICIOS Y ARRIENDOS $ 49.920.000

ANÁLISIS DE SUELOS $ 6.625.000

TRANSPORTE INSUMOS $ 6.095.000

ASISTENCIA TÉCNICA $ 37.200.000

OTRAS INVERSIONES $ 1.484.000

PLAN AMBIENTAL $ 10.400.000

PLAN SOCIO EMPRESARIAL $ 11.200.000

GERENCIA $ 74.904.000

ESTRATEGIA DE COMUNICACIONES $ 3.700.000

TOTAL INVERSIONES $ 300.000.000 A continuación se relaciona la forma de pago y los desembolsos de la inversión por valor de $ 225.096.000 Para plátano y $225.096.000 para Banano, lo cual ambos suman $ ($450.192.000), cantidad que será transferida al patrimonio autónomo para hacer las inversiones y acorde a la siguiente forma de pago:

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ENTREGA VALOR ENTREGA VALOR ENTREGA VALOR

INSUMOS

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

87.274.000$

Con un 40% de

avance del

Proyecto.

39.574.000$

Con un 80% de

avance del

Proyecto.

21.546.000$ 148.394.000$

ASISTENCIA TÉCNICA

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

12.400.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

12.400.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

12.400.000$ 37.200.000$

SERVICIOS Y ARRIENDOS

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

12.690.000$ No aplica -$ No aplica -$ 12.690.000$

OTRAS INVERSIONES

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

1.512.000$ No aplica -$ No aplica -$ 1.512.000$

PLAN AMBIENTAL

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

3.467.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

3.467.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

3.466.000$ $ 10.400.000

PLAN SOCIAL

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

3.734.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

3.733.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

3.733.000$ $ 11.200.000

COMUNICACIONES

Estrategia de visualización

revisada y aprobada por la

oficina de comunicaciones del

FONDO.

3.700.000$ No aplica -$ No aplica -$ $ 3.700.000

TOTAL INVERSIONES $ 225.096.000

PARTICIPACION 100%55% 26% 18%

FORMA DE PAGO INVERSIÓN PROYECTO REACTIVAR PLÁTANO ZONA BANANERA

RUBROPRIMER DESEMBOLSO SEGUNDO DESEMBOLSO TERCER DESEMBOLSO

$ 124.777.000 $ 59.174.000 $ 41.145.000

TOTAL

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 25

De esta forma, en cumplimiento de sus obligaciones, EL GERENTE/EJECUTOR deberá constituir un patrimonio autónomo en una sociedad fiduciaria con calificación AAA, para la administración de los recursos financieros aportados por EL FONDO, los cuales ascienden a la suma de hasta CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/C ($450.192.000), IVA tasas y contribuciones incluidas, ciñéndose a lo pactado en el contrato.

ENTREGA VALOR ENTREGA VALOR ENTREGA VALOR

MANO DE OBRA No aplica -$ No aplica -$ No aplica -$ -$

INSUMOS

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

86.561.000$

Con un 40% de

avance del

Proyecto.

39.744.000$

Con un 80% de

avance del

Proyecto.

22.087.000$ 148.392.000$

ASISTENCIA TÉCNICA

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

12.400.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

12.400.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

12.400.000$ 37.200.000$

SERVICIOS Y ARRIENDOS

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

12.720.000$ No aplica -$ No aplica -$ 12.720.000$

OTRAS INVERSIONES

A la firma del Acta de Inicio

del Contrato, Plan de

Inversiones aprobado por el

FONDO.

1.484.000$ No aplica -$ No aplica -$ 1.484.000$

PLAN AMBIENTAL

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

3.467.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

3.467.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

3.466.000$ $ 10.400.000

PLAN SOCIAL

Personal seleccionado,

aprobado y contratado por el

FONDO.

3.734.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

primer pago.

3.733.000$

Personal

seleccionado,

aprobado y

contratado por el

FONDO a los

cuatro meses del

segundo pago.

3.733.000$ $ 11.200.000

COMUNICACIONES

Estrategia de visualización

revisada y aprobada por la

oficina de comunicaciones del

FONDO.

3.700.000$ No aplica -$ No aplica -$ $ 3.700.000

TOTAL INVERSIONES $ 225.096.000

PARTICIPACION 100%

FORMA DE PAGO INVERSIÓN PROYECTO REACTIVAR BANANO ZONA BANANERA

RUBROPRIMER DESEMBOLSO SEGUNDO DESEMBOLSO TERCER DESEMBOLSO

TOTAL

$ 124.066.000 $ 59.344.000 $ 41.686.000

55% 26% 19%

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

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VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 26

Antes de constituir la fiducia, el GERENTE/EJECUTOR someterá a revisión del FONDO la minuta del respectivo contrato de fiducia. El costo de la comisión fiduciaria será asumido directamente por el GERENTE/EJECUTOR. Una vez constituida la Fiducia, el GERENTE /EJECUTOR junto al SUPERVISOR, deberán informarlo al área de gestión financiera del FONDO para realizar el registro presupuestal respectivo. Nota 1: El GERENTE /EJECUTOR deberá constituir y pagar todos los costos que se deriven de la fiducia para la administración y pagos de los recursos de la Fase III de la Inversión del proyecto, es decir para $450.192.000. Se justifica la necesidad de la apertura de una fiducia por la importancia de tener eficiencia y oportunidad en los pagos para no retrasar cronogramas de entrega de productos, ya que el sector agropecuario trabaja de acuerdo con temporadas de siembra, fertilización, abonos y demás labores del campo. Nota 2: El cronograma de inversión resultado de la Fase II podrá ser ajustado durante el desarrollo del Proyecto, previa aprobación del SUPERVISOR, según el avance de la ejecución. 8.5 SUPERVISIÓN La Supervisión de los estudios y ejecución objeto de los presentes términos y condiciones contractuales, se ejercerá a través de quien designe el Gerente del FONDO o su delegado. La Supervisión deberá adelantarse de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 001 de 2012 mediante la cual se adopta el Manual de Contratación y Supervisión del FONDO o las normas que la modifiquen, reemplacen o complementen.

8.6 MODIFICACIÓN AL CONTRATO El plazo, valor y demás condiciones del Contrato sólo podrán variarse mediante modificaciones contractuales suscritas por las partes.

Sin autorización escrita del FONDO, previo concepto de la interventoría o de la supervisión, según corresponda, EL GERENTE/EJECUTOR no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del Contrato.

8.7 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.

Las partes podrán suspender temporalmente la ejecución del presente contrato, de común acuerdo y mediante la suscripción de un acta en la que conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión

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VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 27

8.8 CESIÓN DEL CONTRATO

El contrato derivado de los presentes TCC se celebrará en consideración a las calidades del EL GERENTE/EJECUTOR; en consecuencia, no podrá cederlo en todo, ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito del FONDO. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de EL FONDO, de acuerdo con el procedimiento interno del FONDO para tal efecto.

8.9 SUBCONTRATOS

EL GERENTE/EJECUTOR no podrá subcontratar, total o parcialmente, la ejecución del contrato, sin autorización previa y expresa del FONDO, caso en el cual será el único responsable por el cumplimiento de las obligaciones del contrato y no habrá lugar a solidaridad entre EL FONDO Y EL GERENTE/EJECUTOR o terceros.

8.10 LIQUIDACIÓN Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del Contrato, se procederá a su liquidación bilateral en un plazo máximo de ocho (8) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. El acta de liquidación será elaborada por el supervisor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes.

Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL GERENTE/EJECUTOR ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar.

En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL GERENTE/EJECUTOR no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el supervisor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar

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PÁGINA:

Página 28

9. RUBRO PRESUPUESTAL Las obligaciones derivadas del presente proceso de contratación se respaldarán con recursos de inversión, con cargo a la Subcuenta de Reactivación Económica, de la siguiente manera:

(149.808.000) M/L: Para respaldar los costos de la gerencia del proyecto.

($450.192.000) M/L: para respaldar la obligación de transferir recursos al GERENTE/EJECUTOR , mediante una fiducia: Ejecución (Inversión) “Fase III” del proyecto.

Tanto el valor del contrato, como el valor de los recursos que transferirá EL FONDO para la ejecución del proyecto, se encuentran amparados con el certificado de compromiso de recursos n° 1484 del 8 de octubre de 2015, expedido por el Consorcio FADAP 2012.

10. IDENTIFICACIÓN, TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS

CONTRACTUALES

Lo relacionado con la tipificación, valoración y asignación de riesgos contractuales, se regirá por lo establecido en el Anexo 8 de los presentes términos y condiciones contractuales. 11. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA EL

CUMPLIMIENTO DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES O EXTRACONTRACTUALES

11.1 PÓLIZAS DEL CONTRATO

Lo relacionado con el análisis que sustenta la exigencia de garantías para el cumplimiento de los riesgos contractuales o extracontractuales, se regirá por lo establecido en el Anexo 9 de los presentes términos y condiciones contractuales.

12. DECLARACIONES DEL GERENTE/EJECUTOR

Con la presentación de la propuesta y la firma del contrato correspondiente, EL GERENTE/GERENTE declara lo siguiente:

DEL CONOCIMIENTO DE LA INFORMACION DOCUMENTAL DEL PROYECTO Reconoce, como parte integral de su futuro contrato, que ha estudiado en su totalidad y en detalle para cada uno de los municipios, los Informes de Validación junto con sus anexos, Manual de Pagos a terceros del Fondo, especificaciones y presupuesto oficial.

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CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 29

DEL RECONOCIMIENTO E INSPECCIÓN DE LOS SITIOS DEL PROYECTO

Al presentar la propuesta, el futuro GERENTE/EJECUTOR reconoce que ha tenido experiencias similares en el Departamento de MAGDALENA para la ejecución de proyectos, y se informó de las características del sitio, la localización y desplazamientos, movimiento de comisiones a conformar para los desplazamientos, cantidad y naturaleza y de los insumos necesarios para su ejecución, vías de acceso al sitio, tráfico vehicular, aéreo y fluvial en la zona, medios de transporte disponibles y necesarios, costos de fletes, combustibles, capacidad de carga disponible y posibilidad de tránsito para acceso al sitio de los diseños, y que tuvo en cuenta todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de la propuesta incluyendo posibles variaciones en costo o tiempo de ejecución de los trabajos, orden público, dificultades con grupos al margen de la ley, minorías étnicas, comunidades afrodescendientes y/o indígenas, condiciones climáticas y pluviales, por la incidencia de los factores descritos u otro cualquiera que pueda presentarse. 13. CONOCIMIENTO DEL GERENTE/EJECUTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Se entiende por las partes que EL GERENTE/EJECUTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución del contrato. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del Contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la Oferta y, posteriormente, de resultar proponente seleccionado, con la suscripción del mismo.

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14. IMPUESTOS EL GERENTE/EJECUTOR pagará todos los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes que se causen por la suscripción, ejecución y liquidación del contrato, de conformidad con la ley colombiana. 15. PERSONAL DEL GERENTE/EJECUTOR EL GERENTE/EJECUTOR ejecutará el contrato con total autonomía e independencia técnica y sin subordinación con respecto al FONDO, por lo cual no habrá vínculo laboral alguno entre el personal utilizado por EL GERENTE/EJECUTOR y EL FONDO.

EL GERENTE/EJECUTOR es el único responsable por la vinculación de su personal, lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que EL FONDO adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto, corresponde al EL GERENTE/EJECUTOR el pago de salarios y prestaciones sociales, afiliaciones y pago de aportes al sistema de seguridad social integral, aportes parafiscales e indemnizaciones a que haya lugar. En todo caso, EL FONDO podrá, en cualquier momento, requerir al EL GERENTE/EJECUTOR para que presente las autoliquidaciones, consignaciones y constancias que le permitan verificar el cumplimiento de sus obligaciones laborales.

Con el fin de cumplir el objeto contratado, EL GERENTE/EJECUTOR establecerá una organización de acuerdo con el personal profesional y empleados que se propone vincular, en relación con el cual EL FONDO se reserva el derecho de solicitar su retiro en cualquier momento.

16. INDEMNIDAD

EL GERENTE/EJECUTOR mantendrá indemne al FONDO ante cualquier reclamación —administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza— presentada por terceros a causa de acciones u omisiones de aquél, de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato y defenderá al FONDO a su propio costo, incluyendo todos los gastos que se causen por cuenta de las reclamaciones, tales como, honorarios, costas, gastos procesales y condenas, si las hubiere. En el caso de que EL FONDO asuma directamente su defensa repetirá contra EL GERENTE/EJECUTOR por todos los costos que implique dicha defensa pudiendo descontar estos valores de los saldos que le adeude al EL GERENTE/EJECUTOR y, de no existir saldos, podrá efectuar su cobro por la vía ejecutiva para lo cual, el presente contrato junto con los documentos que soporten los costos asumidos prestarán mérito ejecutivo sin que se requiera constitución en mora alguna.

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17. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EL FONDO procurará solucionar mediante arreglo directo las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual en las etapas de ejecución, terminación y liquidación. De no ser posible la solución directa, podrá emplear los mecanismos previstos en la ley, tales como conciliación, amigable composición, transacción y arbitramento, previa justificación del mecanismo seleccionado y atendiendo los lineamientos de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado. 18. MULTAS, INCUMPLIMIENTOS Y PENAL PECUNIARIA De conformidad con lo establecido en los artículos 155 de la Ley 1753 de 2015 y 17 de la Ley 1150 de 2007 y en ejercicio de la autonomía de su voluntad, las partes acuerdan libre, expresa e irrevocablemente la causación y efectividad de:

1. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo del EL GERENTE/EJECUTOR después de terminado el plazo de ejecución y por tanto EL FONDO, podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título de pena, por un monto equivalente hasta por el veinte por ciento (20%) valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del EL GERENTE/EJECUTOR, razón por la cual, EL FONDO, tendrá derecho a obtener del EL GERENTE/EJECUTOR el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado.

2. MULTAS: En caso de mora o retrasos por parte del EL GERENTE/EJECUTOR en la ejecución de la programación del contrato, o de sus obligaciones relacionadas con ocasión de la ejecución del mismo, EL FONDO podrá hacer exigible estas multas sucesivas al EL GERENTE/EJECUTOR por cada día de retraso, por un valor equivalente al 0,1 % del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total.

PARÁGRAFO. EL GERENTE/EJECUTOR autoriza al FONDO, a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria o multa aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, EL FONDO podrá obtener el pago de la pena pecuniaria o multa haciendo efectiva la garantía de cumplimiento para lo cual seguirá el procedimiento indicado en la cláusula décima de tercera o mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria y multa pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las

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modificaciones al valor del mismo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 1596 del Código Civil.

19. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O LA DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y EXIGENCIA DEL PAGO DE LAS MULTAS Y DE LA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA.Para efectos de la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento. EL FONDO observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011 así:

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del EL GERENTE/EJECUTOR, la entidad pública lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL GERENTE/EJECUTOR en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera;

b) En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL GERENTE/EJECUTOR en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del EL GERENTE/EJECUTOR o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad;

c) Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento. Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia;

d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.

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20. OMISIONES

Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir EL GERENTE/EJECUTOR, o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente al FONDO antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, EL FONDO no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos.

21. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley.

En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor.

La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación.

La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.

22. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

EL GERENTE/EJECUTOR adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente Contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la información confidencial o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por EL FONDO. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en

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esta cláusula, previa notificación a EL FONDO, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL GERENTE/EJECUTOR, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL GERENTE/EJECUTOR acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial o privilegiada”, corresponde a la información que entrega EL FONDO para el desarrollo de las actividades propias del Contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL GERENTE/EJECUTOR. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del Contrato. PARÁGRAFO TERCERO: EL FONDO adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL GERENTE/EJECUTOR en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.

23. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO

Dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la suscripción del Contrato, EL GERENTE/EJECUTOR presentará al FONDO la garantía de cumplimiento.

Los TCC, sus formatos y anexos, se entienden incorporadas al Contrato aun cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, los TCC y el Contrato, y de otra, la Oferta presentada por EL GERENTE/EJECUTOR, prevalecerá el contenido de los TCC y sus anexos. En el evento en que la contradicción se presente entre los TCC y el Contrato, prevalecerá el contenido de aquellos.

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CAPÍTULO 2 – CONDICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DIRECTA

24. CRITERIOS DE EVALUACIÓN HABILITANTES Para la selección del GERENTE/EJECUTOR se verificarán los aspectos que se relacionan en el siguiente cuadro:

Tabla 4. Criterios de Evaluación

ITEM FACTOR DE

EVALUACIÓN MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Financiera Habilitante

2 Capacidad Técnica Habilitante

3 Capacidad Jurídica Habilitante

Los requisitos habilitantes serán objeto de verificación y no de calificación, por tanto, se evaluará como HABILITADO o NO HABILITADO. Los requisitos habilitantes son los que se describen a continuación:

24.1 CAPACIDAD JURIDICA

Tabla 5 Criterio Evaluación Jurídica

ÍTEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Jurídica Habilitante

En el presente proceso de contratación pueden participar las personas naturales o jurídicas nacionales, a las que EL FONDO extienda invitación a ofertar, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en estos términos y condiciones contractuales, por sí mismos o mediante apoderado, con capacidad para presentar la correspondiente oferta, celebrar y ejecutar el contrato que se derive de estos TCC y que no se encuentren incursas en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley, para celebrar contratos con las entidades estatales.

La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:

i) Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta o oferta.

ii) Firma de la carta de presentación oferta.

iii) Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF.

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iv) Garantizar la seriedad de la oferta.

v) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría

General de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

vi) No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en la

Invitación y celebrar el contrato correspondiente.

vii) No tener antecedentes judiciales que impidan participar en la Invitación y celebrar el contrato correspondiente.

24.2. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURIDICA

La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Carta de presentación de la oferta (Anexo No. 1)

Firmada por el proponente, su representante legal o su apoderado, indicando en ella su manifestación expresa de presentar oferta, así como su conocimiento y conformidad con los TCC y sus anexos. Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la dirección, el número telefónico, el fax y la dirección electrónica del proponente. La presentación de esta carta no implica el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en estos TCC, ni supone el ofrecimiento de unos y otros. La firma de la carta de presentación de la oferta permitirá presumir la aprobación y conocimiento de estos TCC, de sus anexos y de la demás información relacionada con el proceso de contratación.

b) Fotocopia del documento de identidad La oferta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.

c) Existencia y representación legal de las personas jurídicas

Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia:

a. Deben presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio. El certificado no podrá tener fecha de

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expedición superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con este certificado deben acreditar:

La existencia y representación legal; Las facultades del representante legal para presentar la oferta para la

suscripción del contrato;

Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato.

Que la sucursal se haya matriculado, al menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación directa y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y dos (2) años más.

b. Cuando el representante legal de las personas jurídicas nacionales o de las sucursales

en Colombia tenga limitaciones estatutarias para presentar la oferta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la oferta, la participación en el proceso y/o para la contratación en caso de resultar seleccionado, debe presentar simultáneamente con la oferta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la oferta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar aceptada su oferta.

Si el proponente es una entidad sin ánimo de lucro, debe presentar el correspondiente

certificado expedido por la Cámara de Comercio con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del cierre del presente proceso de contratación. De igual manera, debe anexar el reconocimiento de la personería jurídica expedido por DANSOCIAL y/o entidad competente.

d) Garantía de seriedad de la oferta

El invitado deberá anexar a su oferta, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor Presupuesto Oficial Estimado la cual deberá estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta hasta la suscripción y perfeccionamiento del contrato y deberá contar con un plazo igual o superior a 90 días calendario. Si por necesidades del proceso de selección el plazo para dicho perfeccionamiento se llegare a prorrogar, el oferente deberá prorrogar la garantía de seriedad de la oferta por igual término y hasta por un plazo igual al inicialmente pactado.

Para este efecto, constituirá a su costa y adjuntará a la oferta la correspondiente garantía de seriedad que cubra los perjuicios ocasionados por: i) la no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, cuando se requiera, ii) el retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de la oferta, iii) la no suscripción del contrato sin justa causa por

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parte del proponente seleccionado y iv) la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato

Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera.

En el evento en que el invitado opte por garantizar la seriedad de la oferta mediante una póliza seguros, esta debe constituirse en formato ante entidades públicas con régimen privado de contratación.

La garantía debe constituirse por el invitado a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8.

En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, esta deberá regirse por el condicionado de cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN y será necesario que en la carátula de la póliza se incluya la siguiente nota en caracteres resaltados:

“SE ACLARA QUE EN VIRTUD DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 155 DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, - LEY 1753 DE 2015- Y PARA LOS CONTRATOS para la construcción y reconstrucción necesarios para la superación de los efectos derivados de la ocurrencia de desastres naturales a cargo del Fondo Adaptación, y en general todos aquellos necesarios para la ejecución de estas actividades, EL FONDO ADAPTACIÓN, TIENE LA FACULTAD DE INCLUIR LAS CLÁUSULAS EXCEPCIONALES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 14 A 18 DE LA LEY 80 DE 1993 Y DE APLICAR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY 1150 DE 2007. POR LO ANTERIOR EL NUMERAL 5.2. DEL CONDICIONADO GENERAL DE ESTA PÓLIZA DENOMINADO “CUANTÍA Y OCURRENCIA” QUEDARÁ ASÍ: PARA LOGRAR LA EFECTIVIDAD DE CUALQUIERA DE LOS AMPAROS OTORGADOS EN ESTA PÓLIZA, AL FONDO ADAPTACIÓN - ENTIDAD ASEGURADA Y BENEFICIARIA, LE CORRESPONDERÁ́ DEMOSTRAR LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO Y ACREDITAR LA CUANTÍA DE LA PÉRDIDA ASÍ: 5.2.1. RESPECTO DEL AMPARO DE SERIEDAD DE LA OFERTA, LA ENTIDAD ASEGURADA PROFERIRÁ́ EL ACTO ADMINISTRATIVO QUE IMPONGA LA SANCIÓN PREVIAMENTE ESTABLECIDA POR LA OCURRENCIA DE UNO CUALQUIERA DE LOS EVENTOS PREVISTOS EN LA CONDICIÓN 1.1 DE ÉSTA PÓLIZA. 5.2.2. EN CASO DE DECRETARSE LA CADUCIDAD, LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA PROFERIRÁ́ EL ACTO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE EN EL CUAL, ADEMÁS DE LA DECLARATORIA DE LA MISMA, HARÁ́ EFECTIVA LA CLAUSULA PENAL O

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CUANTIFICARÁ EL MONTO DEL PERJUICIO, ORDENANDO SU PAGO TANTO AL CONTRATISTA COMO AL GARANTE. DICHO ACTO ADMINISTRATIVO CONSTITUYE EL SINIESTRO. 5.2.3. EN EL EVENTO DE IMPOSICIÓN DE MULTAS, LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA, PROFERIRÁ́ EL ACTO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE ORDENANDO SU PAGO. DICHO ACTO ADMINISTRATIVO CONSTITUYE EL SINIESTRO. 5.2.4. EN LOS DEMÁS EVENTOS DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA GARANTIZADO, LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA, PROFERIRÁ́ EL ACTO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE, EN EL CUAL, ADEMÁS DE DECLARAR EL INCUMPLIMIENTO PROCEDERÁ́ A CUANTIFICAR EL MONTO DE LA PÉRDIDA O A HACER EFECTIVA LA CLAUSULA PENAL, ORDENANDO SU PAGO. DICHO ACTO ADMINISTRATIVO CONSTITUYE LA RECLAMACIÓN”.

Adicionalmente, el invitado debe adjuntar a su oferta una certificación expedida por el Representante Legal en donde manifieste bajo la gravedad del juramento, que no le han hecho efectiva la garantía de seriedad de oferta u otra garantía, o ha realizado el pago para evitar la ejecución de la misma en la etapa precontractual o ha sido sancionado en la etapa contractual (multas o penal pecuniaria) por entidades públicas o privadas en los últimos dos (2) años.

En el evento que al invitado, le hayan hecho efectiva la garantía de seriedad de la oferta u otra garantía o haya pagado su valor asegurado para evitar la ejecución de la misma por entidades públicas o privadas en los últimos dos (2) años en la etapa precontractual o le hayan impuesto sanción contractual (multa o penal pecuniaria), deberá adjuntar a su oferta una certificación expedida por el representante Legal en donde informe la ocurrencia del hecho y la entidad que la hizo efectiva o la impuso según el caso, con el fin de verificar su alcance. Los dos (2) años deben ser anteriores a la fecha de la invitación a presentar oferta por EL FONDO.

En el evento que la efectividad de la(s) garantía de la oferta o la sanción sea impuesta por entidades privadas, esta debe ser producto de una relación precontractual o contractual, debidamente suscrita y formalizada mediante los procedimientos legales correspondientes.

En caso de el proponente certifique o EL FONDO evidencie que le han hecho efectiva la garantía de seriedad de oferta o ha realizado el pago para evitar la ejecución de la misma en la etapa precontractual o ha sido sancionado en la etapa contractual (multas o penal pecuniaria) por entidades públicas o privadas en procesos de selección en los últimos dos (2) años, la Entidad declarará NO HABILITADA la oferta.

Para efectos de lo anterior, el proponente podrá utilizar el Anexo 3. Certificación Multas.

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e) Poderes

El invitado puede presentar oferta por sí mismo o por intermedio de apoderado, evento en el cual deben adjuntar a la oferta el poder correspondiente, otorgado en legal forma, en el cual consten de manera clara y expresa las facultades específicas conferidas al apoderado para actuar y obligar a su(s) representado(s). El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero, en todo caso, debe tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deben constituir un apoderado domiciliado en este país y acreditar esta circunstancia adjuntando a su oferta el poder correspondiente. Las facultades conferidas al apoderado deben comprender las atribuciones necesarias para comprometer a su(s) representado(s) en las diferentes instancias de la Invitación, ejecutar los actos y suscribir los documentos y declaraciones que se requieran durante el trámite de este mismo proceso, suministrar la información que le sea solicitada y para representarlas judicial o extrajudicialmente y podrán incluir, a juicio del proponente, las de firmar y presentar la oferta y, en caso de que este resulte proponente seleccionado del futuro contrato, la celebración de este.

f) Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales (Anexo No. 2)

De conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, los proponentes deben estar al día con las obligaciones de los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y SENA, condiciones estas que acreditarán: 1.Las personas jurídicas nacionales y las extranjeras con sucursal en Colombia, mediante la presentación de la constancia de los pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales, expedida por su revisor fiscal — sí, de acuerdo con la ley, están obligadas a tenerlo— o por su representante legal, mediante la cual uno u otro certifiquen que, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de este proceso de contratación, aquellas personas han cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuvieren, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, si a ello hubiere lugar. Cuando la certificación la expida el revisor fiscal, también debe adjuntarse a la oferta la certificación vigente de los antecedentes disciplinarios de este, expedida por la Junta Central de Contadores.

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Las personas jurídicas, nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que no tengan más de seis (6) meses de constituidas deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones de que trata este numeral desde la fecha de su constitución. En el evento en que estas mismas personas se encuentren en curso de un acuerdo de pago, respecto de cualquiera de las obligaciones a las que se refiere este numeral, deberán manifestarlo, hacer constar el cumplimiento de dicho acuerdo y acreditar ambas circunstancias aportando copia del respectivo acuerdo y del comprobante soporte del pago del mes anterior al del cierre de esta Invitación. Las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia no están sujetas al requisito de que trata este numeral. 2. Las personas naturales, mediante la presentación de su propia declaración escrita, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento, de que se encuentran al día en el pago de sus aportes, y el de sus empleados, si a ello hubiere lugar, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y, cuando corresponda, al Servicio Nacional de Aprendizaje.

Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes podrán utilizar el modelo que se adjunta a estos TCC, ANEXO 2. CERTIFICACION DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL.

g.Consulta de antecedentes fiscales (Contraloría General de la República), disciplinarios (Procuraduría General de la Nación) y Judiciales (Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional)

Adicionalmente, con el fin de verificar si el invitado tiene antecedentes fiscales, disciplinarios o judiciales, que lo inhabiliten para participar en esta invitación o celebrar el contrato correspondiente, EL FONDO consultará el Boletín de Responsables Fiscales, el SIRI y el servicio en línea sobre la información judicial administrada por la Policía Nacional, en cumplimiento de las disposiciones del inciso 3, artículo 60, de la Ley 610 de 2000,y de la Ley 90 de 1995 y del Decreto 019 de 2012, respectivamente, e imprimirá la certificación o constancia correspondientes.

h. RUT Debe encontrarse inscrito en el RUT siempre que se trate de oferente sujeto de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.

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24.3. CAPACIDAD FINANCIERA El proponente debe cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter financiero:

Tabla 6. Capacidad financiera

# INDICADOR SOLICITADO CALIFICACIÓN

1 Liquidez ≥1.20 HABILITADO

2 Endeudamiento ≤ 0.70 HABILITADO

3 Capital de trabajo CT ≥ 30%*POE HABILITADO

4 Patrimonio Neto Patrimonio ≥ 40%*POE HABILITADO

INDICADOR DE LIQUIDEZ ≥1.2

El indicador de liquidez se calculará con base en la siguiente fórmula:

Indicador de Liquidez : 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒

𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 ≥ 1.20

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO ≤ 0.70 El indicador del Nivel de Endeudamiento se calculará con base en la siguiente fórmula:

Nivel de Endeudamiento : 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙

𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 ≤ 0.70

CAPITAL DE TRABAJO ≥ 30% del Presupuesto Oficial Estimado

El capital de trabajo se calculará de la siguiente manera:

Capital de Trabajo = 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 − 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒

PATRIMONIO NETO ≥ 40% del Presupuesto Oficial Estimado 24.4. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA El proponente acreditará la capacidad financiera mediante la información y documentos aportados en su propuesta, con la presentación de por lo menos:

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Estados Financieros dictaminados (que incluya como mínimo Balance General y Estado de Resultado con cierre de vigencia para el año 2014)

Notas a los Estados Financieros dictaminados (con cierre de vigencia para el año 2014).

Copia de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal (en caso éste aplique) que avala los documentos financieros requeridos.

Certificado vigente de antecedentes disciplinarios del contador público y del revisor fiscal (en caso éste aplique) que avala los documentos financieros requeridos expedido por la junta central de contadores de Colombia.

24.5. CAPACIDAD TÉCNICA 24.5.1. CAPACIDAD TÉCNICA – EXPERIENCIA GENERAL El FONDO determinó que la experiencia que se exigirá en la contratación, corresponderá a aquellas actividades que tengan relación con el objeto contractual y sean proporcionales a su alcance; así, dado que el contrato a suscribir tiene un objeto específico con implicaciones económicas, sociales y ambientales, se requiere garantizar desde el punto de vista técnico, experiencia de cinco (5) años de experiencia general, El ejecutor debe demostrar haber ejecutado y/o administrado al menos tres (3) proyectos agropecuarios con duración mínima de 1 año cada uno, en sistemas agropecuarios en el departamento del Magdalena o en ecosistemas similares (trópico seco), deseable Proyectos de Alianzas Productivas. De igual manera, el Operador debe demostrar su sostenibilidad financiera a través de por lo menos 5 años de existencia como persona jurídica y ejecución permanente de proyectos Agropecuarios o similares, durante el mismo periodo. Debe demostrar alta capacidad operativa que garantice varios frentes de trabajo simultáneos, y también es importante que tenga reconocimiento regional y nacional en el sector Agrícola. El proponente debe incluir en su propuesta el Anexo 6 en el cual debe relacionar los contratos que el FONDO debe tener en cuenta para verificar su EXPERIENCIA GENERAL, y debe acreditarse de acuerdo con las condiciones detalladas en el numeral – MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA del presente documento. 24.5.2. CAPACIDAD TÉCNICA – EXPERIENCIA ESPECÍFICA

El ejecutor debe presentar soportada Tres (3) años de experiencia específica en proyectos agropecuarios con organizaciones de productores, con manejo de equipos multidisciplinarios y estructuración, gestión, coordinación y ejecución de proyectos de desarrollo agropecuario, esta experiencia no debe estar incluida en la experiencia general. El proponente debe incluir en su propuesta el Anexo 7 en el cual debe relacionar el contrato

que el FONDO debe tener en cuenta para verificar su EXPERIENCIA ESPECÍFICA que se cita

a continuación, y debe acreditarse de acuerdo con las condiciones detalladas en el numeral

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25.3.3 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA El proponente debe diligenciar los Anexos 6 - EXPERIENCIA GENERAL y Anexo 7 - EXPERIENCIA ESPECÍFICA y así mismo anexar los correspondientes soportes. El FONDO verificará la capacidad técnica, con los documentos aportados en la oferta; por lo tanto, es responsabilidad del participante asegurarse de que los documentos incluyan la información y datos necesarios de los contratos para demostrar la experiencia que pretende hacer valer. En el caso de aportar el(los) contrato(s) en la propuesta, debe presentarse copia completa del contrato y del acta o acto administrativo de liquidación o, en defecto de ésta última, acta de terminación o acta de recibo final de obra. Sin embargo, lo anterior puede ser reemplazado por certificación expedida por el contratante en la cual conste por lo menos la siguiente información:

Número o referencia del contrato Nombre del Contratante Nombre del CONTRATISTA y porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes

en caso de pluralidad

Objeto del Contrato Valor Ejecutado Actividades desarrolladas Plazo del contrato Fecha de inicio Fecha de terminación Nombre, firma y cargo de la persona que certifica

Los contratos ejecutados en consorcio o en unión temporal se tendrán en cuenta para acreditar este requisito, de acuerdo con el porcentaje de participación en su ejecución que hubiese tenido el proponente. La condición de subcontratista no será válida para acreditar el cumplimiento de este requisito. El FONDO se reserva el derecho de verificar y solicitar ampliación de lo manifestado por el PROPONENTE. Si la experiencia presentada incumple cualquiera de los requisitos anteriores, NO SERÁ TENIDA EN CUENTA PARA LA RESPECTIVA VERIFICACIÓN. El proponente debe informar en el ANEXO 7 el valor ejecutado, actualizado, de los contratos que relacionen para acreditar experiencia. Para el cálculo de este valor, se deberá tomar el monto total del contrato, y dividirlo por el valor del SMMLV del año de terminación de dicho contrato (ver tabla salarios página siguiente) y, en caso que estos se hubieran ejecutado bajo

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alguna modalidad de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra), deben multiplicarlo según su porcentaje de participación en aquellos contratos. Se entenderá por valor ejecutado del contrato:

El que corresponda al valor establecido en el respectivo contrato, o en su reemplazo, El que conste en el documento de liquidación del contrato.

Así mismo, si el valor ejecutado de los contratos relacionados para acreditar experiencia se pactó en moneda extranjera, el proponente debe convertirlo a pesos colombianos, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Si el valor está expresado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD), lo convertirá a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio representativa del mercado (TCRM) correspondiente al día de finalización del respectivo contrato, publicada por el Banco de la República en el enlace: http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_trm.htm#tasa.

b. Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados Unidos de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses de acuerdo con las tasas de cambio del día de terminación de contrato y luego se procederá a su conversión de los $USD resultantes a pesos colombianos, de conformidad con la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TCRM), para lo cual se procederá como se indicó en el párrafo anterior.

Para el caso de Euros (€), el proponente debe tomar la tasa de cambio a $USD publicada por el Banco Central Europeo del día de finalización del respectivo contrato, publicada en el siguiente enlace: http://sdw.ecb.europa.eu/quickview.do?SERIES_KEY=120.EXR.D.USD.EUR.SP00.A

Para el caso de otras monedas diferentes al dólar al euro o al dólar de los Estados Unidos de América, el proponente lo convertirá a dólares estadounidenses, de acuerdo con la tasa de cambio correspondiente al día de terminación del contrato, publicada por el Banco de la República en el siguiente enlace: http://www.banrep.gov.co/es/tasas-cambio-mundo

Una vez convertido el precio del contrato a pesos colombianos, debe actualizarse expresándolo en SMMLV en el año de terminación de dichos contratos, según los datos de la siguiente tabla.

Tabla 6. Salario Mínimo Legal Historia

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En todo caso, el FONDO verificará aritméticamente, con fundamento en la información reportada en los documentos de la propuesta, el cálculo del valor total ejecutado o facturado de cada contrato, el de su conversión a pesos colombianos, cuando esto último resulte procedente, y corregirá los errores aritméticos que presenten las correspondientes operaciones; el valor corregido será el que servirá de base para la verificación de este requisito habilitante.

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25. OFERTA ECONÓMICA El proponente deberá diligenciar el Anexo 5 - Oferta Económica. En caso de que el valor total de la oferta económica supere el Presupuesto Oficial estimado, la oferta SERÁ RECHAZADA.

26. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EL FONDO rechazará aquella Oferta que sea inválida, incompleta, que contenga salvedades, excepciones, condicionamientos o contradigan los TCC, incluyendo sin limitarse a los siguientes casos:

a. Cuando EL FONDO en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que

alguno(s) de los documentos que conforman la Oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

b. Cuando EL FONDO, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la Oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al Oferente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes.

c. Cuando la Oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar Ofertas.

d. Cuando la Oferta sea alternativa o esté condicionada. e. Cuando la Oferta sea parcial. f. No presentar la Oferta económica impresa. g. Presentar en la Oferta económica impresa algún valor en moneda extranjera. h. Cuando el Valor total corregido de la oferta, sea superior al presupuesto oficial.

27. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA EL FONDO aceptará la oferta objeto de esta invitación, si el oferente cumple los requisitos establecidos en los presentes TCC. La decisión de aceptación de la oferta se comunicará por escrito al invitado, decisión que no es susceptible de recurso alguno. El plazo para aceptar la oferta es el establecido en el Cronograma del Proceso, de este documento. Cuando, a juicio del FONDO, este plazo no sea suficiente, la Entidad podrá prorrogarlo antes de su vencimiento.

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28. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES

Los presentes TCC —junto con sus anexos, apéndices, formatos y las adendas que se

expidan— constituyen un todo; por lo tanto, su contexto general servirá para ilustrar cada

una de sus partes y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada.

Para la interpretación y entendimiento de estos TCC se tendrá en cuenta, además, que el

orden de los capítulos y numerales no expresa un grado de prelación entre estos mismos.

Para la interpretación de estos TCC, los términos resaltados y con mayúscula inicial tendrán el

significado que se les asigna en este numeral, independientemente de que se encuentren en

singular o en plural. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentran específicamente

definidas en estos TCC tendrán los significados que les corresponden según la técnica o

ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el

uso general de las mismas.

29. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Hacen parte del presente proceso de selección:

1. La invitación. 2. El (los) certificado (s) de disponibilidad de recursos. 3. Los Estudios de Validación de la Afectación, Amenaza y Riesgo, Gestión Predial,

Levantamiento Topográfico, Estudio de Suelos, y el Anteproyecto Arquitectónico aprobado por el Ministerio de Salud y Protección Social de las IPS.

4. Estos TCC, junto con sus anexos, formatos, adendas y avisos. 5. Las observaciones y solicitudes de aclaración de los TCC y sus correspondientes

respuestas. 6. La oferta. 7. Los informes de evaluación de la oferta. 8. La aceptación de la oferta. 30. PREVALENCIA DE DOCUMENTOS

Para efectos de interpretación o solución de lagunas y antinomias, el orden de prevalencia de

los documentos será el siguiente:

1. Adendas a los TCC 2. Documentos de respuestas a observaciones a los TCC 3. Términos y Condiciones Contractuales - TCC 4. Anexos, Apéndices y formatos de los TCC

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5. Contrato perfeccionado 6. Oferta presentada por el proponente

31. PUBLICIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES (TCC).

De acuerdo con las disposiciones del artículo 1.10 del instructivo selección de contratistas del

Manual de Contratación del Fondo (Resolución N°836 de 2015), la ENTIDAD publicará estos

TCC en su página web: www.fondoadaptacion.gov.co,

Para todos los efectos, los TCC oficiales son los publicados en la página web del FONDO.

32. MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES

La modificación de los TCC se realizará a través de adendas, las cuales deberán expedirse con

mínimo un (1) día hábil antes del cierre del proceso de selección.

Con posterioridad al cierre del proceso de selección, EL FONDO podrá modificar el

cronograma del proceso de selección exclusivamente a través de avisos.

Los TCC podrán ser modificados con posterioridad al cierre del proceso de selección y hasta

antes de la suscripción del contrato, en aquellos casos en que sea necesario aclarar aspectos

que no afecten la comparación objetiva de la oferta, mediante avisos que serán firmados por

el Representante Legal.

33. SANEAMIENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

Si durante cualquier etapa del proceso de selección se advierte que se pretermitió alguno de los requisitos establecidos en el Manual de Contratación o en los TCC, o se encuentren irregularidades en el procedimiento o errores de forma, el Representante Legal de EL FONDO o su delegado, deberá ordenar su cumplimiento o saneamiento cuando éste fuere procedente y se continuará con el trámite respectivo en el estado en que el mismo se encuentre.

34. DERECHO DE RETRACTO.

En caso que EL FONDO, con posterioridad a la selección del contratista y en todo caso antes de la firma del respectivo contrato, detecte error o inconsistencia en la evaluación que sirvió de fundamento para dicha selección, podrá retractarse de la misma comunicando esta decisión al invitado indicándole las razones en que sustenta la decisión; caso en el cual, se dará inicio a un nuevo proceso de selección según corresponda.

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CÓDIGO:

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PÁGINA:

Página 50

35. SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN - DECLARATORIA DE FALLIDO DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

a. SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCCIÓN.

De conformidad con el Manual de Contratación vigente del FONDO, la presente Contratación Directa no constituye en ningún caso oferta de negocio jurídico por parte del FONDO; razón por la cual la entidad tendrá siempre la facultad de seleccionar o no la oferta e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento el presente proceso de selección. Con base en lo anterior, el Representante Legal del FONDO o su delegado, podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad o razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. De igual manera, si existen razones que lo justifiquen, el proceso de selección podrá ser cancelado.

b. DECLARATORIA DE FALLIDO DEL PROCESO DE SELECCIÓN. EL FONDO podrá declarar fallido el presente proceso de Contratación Directa cuando la oferta presentada no cumpla con las condiciones previstas en los presentes TCC o cuando no se presente oferta alguna. La decisión correspondiente se informará al invitado. 36. FIRMA DEL CONTRATO

Una vez aceptada su oferta, el oferente procederá a suscribir el contrato en el término establecido para ese efecto en el Cronograma de Actividades del Proceso, de este documento. EL FONDO podrá ampliar este plazo —de oficio o, cuando medie justa causa, a solicitud del oferente favorecido—, por un término máximo de cinco (5) días hábiles. En este evento, EL FONDO solicitará que se amplíe la validez de la oferta aceptada y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la celebración del contrato. En caso de que, por cualquier causa, una vez aceptada la oferta de presente contratación directa, el oferente no suscriba el contrato en el término señalado para ese efecto, o durante la prórroga correspondiente, EL FONDO procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta presentada.

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VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 51

CAPÍTULO 3.

REGLAS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. 37. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

La oferta debe presentarse escrita por medio mecanográfico o por computador, en idioma castellano, paginada en el anverso y en el reverso, siempre que ambos lados de un mismo folio sean útiles o usados, rubricadas en su totalidad y con un índice en el cual se relacione su contenido y número de folio. La oferta debe presentarse sin borrones, tachaduras, ni enmendaduras, que puedan afectar su contenido, características, cantidades, valores unitarios o valores totales. En todo caso, de conformidad con las disposiciones del artículo 252 del Código General del Proceso, el proponente, o su representante o apoderado, debe convalidar toda tachadura o enmendadura con su firma y nota al margen mediante la cual explique clara y expresamente la corrección efectuada; en caso contrario, EL FONDO no tendrá en cuenta la corrección o enmienda, ni el texto corregido o enmendado. EL FONDO estudiará la oferta en los términos en que ella fuere redactada; por lo tanto, la oferta debe estar en términos claros, precisos y concretos, de forma tal que no se preste a diferentes interpretaciones.

Asimismo, la oferta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en estas reglas y TCC e integrarse con toda la información requerida en estos mismos documentos, su presentación implica que el proponente ha analizado a cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de estas reglas y TCC, las actividades que le corresponde ejecutar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones derivadas de este proceso y de su respectivo contrato y establecidas en las normas vigentes y pertinentes.

En caso de diferencia entre el original de la oferta y la copia (impresa o la magnética) prevalecerá el texto del original.

En caso de presentarse diferencias entre los valores o cantidades escritos a la vez en palabras y en números, prevalecerá el valor o la cantidad escrito en palabras.

Cuando un formulario necesite uno de estos apéndices, se anotará debajo de la parte específica, la siguiente expresión: "Ver Apéndice n° __” EL FONDO, de encontrarlo procedente, analizará y considerará esta información adicional.

Los proponentes deben presentar en dos (2) sobres cerrados y separados, la siguiente documentación:

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Página 52

Sobre n° 1: El original y una (1) copia, idéntica, de la oferta la cual debe formarse

con los documentos que acrediten i) el cumplimiento de las condiciones y requisitos habilitantes (capacidad jurídica y financiera) y ii) el cumplimiento de las condiciones y requisitos objeto de la evaluación técnica, y demás disposiciones de los TCC; además debe incluir una copia, en medio magnético.

Sobre n° 2: El original de la oferta económica, la cual además, debe aportar en medio magnético.

La documentación de los Sobres n° 1 y del Sobre n° 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

Los sobres deben presentarse debidamente cerrados y marcados, así:

SOBRE n° 1 OFERTA TÉCNICA (ORIGINAL Y UNA (1) COPIA)

Señores

FONDO ADAPTACIÓN

Calle 72 n° 7-64 piso 10

BOGOTÁ – CUNDINAMARCA

Objeto: _________________________

Proponente: _____________________

Dirección: _______________________

Teléfono: _______________________

Correo electrónico: _______________

Sobre n°2: OFERTA ECONÓMICA (ORIGINAL)

Sobre n°2:

Señores

FONDO ADAPTACIÓN

Calle 72 n° 7-64 piso 10

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Página 53

BOGOTÁ – CUNDINAMARCA

Objeto: _________________________

Proponente: _____________________

Dirección: _______________________

Teléfono: _______________________

Correo electrónico: _______________

La oferta debe entregarse en las instalaciones del FONDO, piso 10, hasta el día y hora fijados para En el cronograma de actividades de la presente contratación directa, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en este mismo documento. No se aceptará una oferta que, por cualquier causa, llegue o se presente con posterioridad a la fecha y hora señalada para su entrega, ni aquella remitida a través de correo, fax, correo electrónico, internet o cualquier otro medio telemático o las radicadas en sitios diferentes al señalado para su entrega.

Después de recibida la oferta no se permitirá su retiro parcial o total.

38. DEBER DE DILIGENCIA Y DEBIDA INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO

El invitado debe realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su oferta, dentro de las cuales deben tener en cuenta las implicaciones legales, tributarias, fiscales y financieras que representan las condiciones jurídicas, la distribución de riesgos prevista en los TCC y, en general, todos los aspectos que pueden incidir en la determinación de la oferta. Igualmente, corresponde al invitado la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones, así como los costos de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del respectivo contrato.

En el evento en que el invitado a presentar oferta no haya hecho las gestiones pertinentes para reunir toda la información que pueda incidir en la elaboración de su oferta, esa circunstancia no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza.

Por la sola presentación de la oferta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de su oferta. La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el invitado se encuentra bajo su propia responsabilidad e, igualmente, la interpretación que haga de la

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información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión. Se recomienda al invitado obtener asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica, económica, ambiental, social, predial y de cualquier otra naturaleza que considere necesaria para la presentación de la oferta. Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su oferta, debe tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se deben basar, estrictamente, en sus propios estudios técnicos y en su propias estimaciones

39. OFERTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES

En el presente proceso NO se admitirán ofertas alternativas. Tampoco se aceptarán ofertas parciales, es decir, que no incluyan la totalidad de los trabajos y actividades de la Estructuración Integral objeto del proceso de selección.

40. COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA OFERTA

Serán de cargo exclusivo del invitado todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de su oferta. Por lo tanto, EL FONDO, no reconocerá ningún reembolso por este concepto por ninguna causa.

41. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

En la oferta se podrán aportar documentos otorgados en el extranjero, en original o copia simple, traducidos oficialmente al castellano, si a ello hubiere lugar, debidamente legalizados, consularizados o apostillados, según corresponda.

42. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO

ACTIVIDAD TÉRMINO LUGAR

A.

Invitación a presentar oferta

mediante comunicación escrita

18 de diciembre

de 2015.

EL FONDO

Calle 72 No. 7-64 Piso 10

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B.

Presentación de oferta en las

condiciones y plazos definidos en

la invitación

Dentro de los

cinco (5) días

hábiles

siguientes al

recibo de la

invitación.

EL FONDO

Calle 72 No. 7-64 Piso 10

C.

Aceptación o no de la oferta por

parte de la Entidad

Dentro de los

ocho (8) días

hábiles

siguientes al

recibo de la

oferta

EL FONDO

Calle 72 No. 7-64 Piso 10

D. Suscripción del contrato

Dentro de los

cinco (5) días

hábiles

siguientes a la

comunicación de

la aceptación de

la oferta

EL FONDO

Calle 72 No. 7-64 Piso 10

E. Publicación en el SECOP

Dentro de los tres

(3) días siguientes

al

perfeccionamiento

del contrato o de

acuerdo con las

funcionalidades

que permita el

SECOP a las

entidades públicas

que contratan con

régimen especial

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CAPÍTULO 4. GLOSARIO

Acta de Inicio: Documento por medio del cual se inicia la ejecución del Contrato.

Alcance del Contrato: Son todas las actividades necesarias para cumplir con el objeto del contrato, con los parámetros y características definidas en los términos y condiciones contractuales, sus anexos y apéndices. Las actividades contenidas en el alcance del contrato son obligaciones del GERENTE /EJECUTOR

Aliado comercial: Empresa privada industrial o comercial que compra la producción generada por los Proyectos REACTIVAR

Anexos: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los términos y condiciones contractuales, y que hacen parte integral del mismo. Los formatos deberán ser diligenciados por el proponente.

ANS: Acuerdos de Niveles de Servicio.

Beneficiario: Productor agropecuario, ubicado en los municipios de cobertura del proyecto, que cumple con los lineamientos o parámetros de selección para participar en el proyecto

CLOPAD: Comités Locales para la atención de desastres.

CMGRD: Comités Municipales de Gestión de Riesgos y Desastres.

Contratante: EL FONDO ADAPTACIÓN

CONTRATISTA: Persona Natural, Jurídica o Estructura Plural que suscribe el Contrato derivado del presente proceso.

Contrato: Documento legal firmado por el FONDO ADAPTACIÓN y por EL GERENTE/EJECUTOR en el cual se establecen todas las condiciones para ejecución del objeto de la presente selección directa. Todos los documentos del presente proceso de selección directa, inclusive la Oferta del proponente seleccionado, hacen parte integral del contrato.

Contratación Directa: Modalidad mediante la cual el FONDO escogerá directamente al contratista, con sujeción a los precios del mercado y sin que se requiera obtener varias ofertas.

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Damnificado por el Fenómeno de la Niña 2010-2011: Pequeño productor de plátano y banano de ZONA BANANERA MAGDALENA que está registrado en el censo DANE-REUNIDOS o cuenta con el Certificado del Comité Local de Prevención y Atención de Desastres – CLOPAD.

Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, para obtener los resultados objeto del contrato.

FASE I: Acercamiento con los Departamentos para definir líneas productivas y municipios a intervenir

Fase II: Elaboración de los estudios Pre-Operativos

Fase III: Gerencia del proyecto y ejecución de los recursos de inversión

FEDESARROLLO: Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo.

FONDO ADAPTACIÓN: Entidad pública del orden nacional, adscrita al Ministerio de Hacienda, cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el Fenómeno de La Niña 2010- 2011.

GERENTE/EJECUTOR: Responsable para ejercer la gerencia del proyecto.

MADURACION: Para el caso de REACTIVAR, corresponde a la fase definiciones y viabilidades de los proyectos.

Oferta Habilitada: Es aquella Oferta presentada por un Proponente que cumple con todos los requisitos de capacidad jurídica, financiera y técnica señalados en los presentes términos y condiciones contractuales, así como los requisitos habilitantes establecidos para el proceso de contratación directa.

Oferta: Ofrecimiento de carácter irrevocable, presentado conforme a los requisitos establecidos en los términos y condiciones contractuales; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente. Debe estar acompañada de la respectiva garantía de seriedad de la oferta.

SMMLV. Se entenderá como salarios mínimos legales mensuales vigentes. Términos y Condiciones Contractuales (TCC). Documento emitido por el FONDO en el cual se establece de manera clara la naturaleza y alcance de las obras, consultorías, interventorías y servicios objeto del proceso de contratación. Se indica la forma en que debe ser presentada la oferta, las reglas para la verificación de los requisitos habilitantes, celebración y ejecución del contrato.

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CAPÍTULO 5. ANEXOS

Anexo 1 - Carta Presentación Oferta

Anexo 2 -Certificado de Aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales

Anexo 3 - Modelo certificación multas y sanciones

Anexo 4 - Acuerdos de niveles de servicios

Anexo 5 - Oferta Económica

Anexo 6 - Experiencia General

Anexo 7 - Experiencia Específica

Anexo 8 - Tipificación, Valoración Y Asignación De Riesgos Contractuales

Anexo 9 – Minuta del contrato

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VERSIÓN: 1.0

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ANEXO N° 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Señores

FONDO ADAPTACIÓN.

Calle 72 No. 7-64, Piso 10.

Bogotá D.C.

El suscrito _______________________________________________________ de conformidad con los términos y condiciones contractuales, cuyo objeto es contratar la actividad de DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011 ", presento oferta para la celebración del contrato objeto del citado proceso. En caso que EL FONDO acepte mi oferta, me (nos) comprometo (emos) a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de los términos y condiciones contractuales. Declaro (amos) así mismo: 1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas en esta carta, tiene

participación en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están(mos) vinculados a dicha oferta.

2. Que he(mos) estudiado los términos y condiciones contractuales y demás documentos, así como las condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en la documentación de la selección directa mencionada. Así mismo, manifiesto(amos) que EL FONDO ADAPTACIÓN facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información técnica requerida para la elaboración de la oferta, garantizando siempre la reserva de la misma.

3. Declaramos que los términos y condiciones contractuales y la demás información proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto a cualquiera de los aspectos de la selección directa, no los hemos considerado como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza y declaramos que, para la preparación de nuestra oferta, hemos obtenido asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria y técnica y que nos hemos informado plena y adecuadamente sobre los requisitos legales aplicables a este proceso y al correspondiente contrato.

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VERSIÓN: 1.0

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4. Declaro(amos) bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no existe información engañosa, inexacta o que falte a la verdad en la documentación que conforma la oferta y acepto las consecuencias jurídicas y las dispuestas en los términos y condiciones contractuales de este proceso por la contravención de mi (nuestra) parte a esta manifestación.

5. Que, en caso de resultar aceptada nuestra oferta, nos comprometemos a ejecutar el contrato respectivo.

6. Entendemos que el valor del contrato, conforme está definido en los documentos de los términos y condiciones contractuales, incluye la totalidad de los impuestos, tasas o contribuciones de cualquier orden, directas o indirectas que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como todos los costos directos e indirectos que ocasione la ejecución del contrato.

7. Que realizamos, bajo nuestra responsabilidad, las inspecciones necesarias al sitio donde se desarrollará el proyecto y conocemos las condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y los demás aspectos de la zona se desarrollará el proyecto.

8. Que me (nos) obligo (amos) a suministrar, a solicitud del FONDO ADAPTACIÓN, cualquier información adicional a la necesaria para la evaluación de esta oferta.

9. Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos sociales, de orden público, normativos, climáticos, ambientales, técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos.

10. Que al presentar nuestra oferta económica aceptamos que dicho valor integra de manera global la ejecución total de las actividades y obligaciones que deriven del contenido de los presentes términos y condiciones contractuales y los documentos que hacen parte integral de este, incluida la totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo acepto que el FONDO rectifique las posibles inconsistencias de transcripción que puedan presentarse entre mi oferta económica y los ítems determinados en el cuadro del numeral 8 del capítulo 1 de los términos y condiciones contractuales correspondiente a la tabla de valores del presupuesto oficial del proceso de contratación, entre los que se encuentran: denominación o descripción de los ítems, actividades, unidades, dedicaciones y/o identificación del proceso; exceptuando, lo relativo a salarios, valores unitarios y firma del proponente, los cuales corresponden a la oferta económica que nos compete.

11. Que nuestra oferta se encuentra DEBIDAMENTE LEGAJADA Y FOLIADA, y cuenta con un total de ____ folios y que la oferta económica se presenta de acuerdo con el Anexo N° 5.

12. Por último, con la suscripción de la presente Carta y con la presentación de la oferta, de manera voluntaria manifiesto que acepto(amos) de forma irrevocable y reconozco (emos) que EL FONDO en virtud de su Régimen Especial de Contratación tiene la facultad legal de imponer directamente las sanciones y/o multas pactadas, hacer efectivas las Garantías y la Cláusula Penal Pecuniaria o de apremio o en caso de incumplimiento total o parcial del

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contrato, aún por el simple retardo, sin necesidad de tener que acudir a la instancia ordinaria, y en consecuencia manifiesto(amos) que no presentaré (emos) oposición respecto de la facultad legal que tiene el Fondo para hacerlo, siempre y cuando se garantice el debido proceso.

Así mismo bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta declaro (amos): a) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, en las inhabilidades,

incompatibilidades o prohibiciones legales. b) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, incurso(s) en conflicto

de interés con causa o con ocasión de la presentación de esta oferta, ni por la celebración del contrato, en caso de que nuestra oferta sea aceptada.

c) Que no me(nos) encuentro(amos) incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación.

d) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

e) Que para los efectos previstos en el numeral primero del Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, acepto que el FONDO me notifique por medios electrónicos los actos administrativos que expida con ocasión del presente proceso de selección, para efectos de lo cual informo la siguiente dirección electrónica a la que, además, deben dirigirse las comunicaciones de esa Entidad ___________________.

Esta oferta es presentada por _______________________ con cédula de ciudadanía No. _________________________________, en condición de Representante Legal del Oferente, quien suscribe esta carta de presentación y manifiesta no tener incompatibilidades o conflictos de interés con el FONDO ADAPTACIÓN. El (Los) abajo firmante(s) declaro (amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos que conforman los términos y condiciones contractuales, así como sus correspondientes adendas y avisos Atentamente, FIRMA: __________________________

NOMBRE DEL OFERENTE:

CIUDAD:

DIRECCIÓN:

TELÉFONOS:

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FAX:

CORREO

ELECTRÓNICO:

NIT:

FIRMA: __________________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:

CEDULA DE CIUDADANÍA:

TELÉFONO CELULAR:

Esta propuesta es avalada por:

FIRMA: __________________________

NOMBRE DEL INGENIERO:

C.C.

Tarjeta Profesional No.

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ANEXO N° 2

CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

(Bogotá D.C, XX del mes XX de 2015)

Fecha en la que se presenta la propuesta Señores: FONDO ADAPTACIÓN Calle 72 #7-64 piso 10 Bogotá

El suscrito Revisor Fiscal (cuando de acuerdo con los requerimientos de ley el proponente tenga revisor fiscal) o el representante legal, hace saber que la (NOMBRE COMPLETO DEL PROPONENTE), ha cumplido y se encuentra al día con sus obligaciones provenientes del sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, si a ello hubiere lugar. Así mismo certifico que dicha obligación se ha venido cumpliendo durante los últimos seis (6) meses. (O si la firma se constituyó en un término inferior a este, desde el plazo de su constitución).

La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

Atentamente

______________________________

Firma Revisor Fiscal y/o Representante Legal

Matricula Profesional (Si firma el Revisor Fiscal)

CC.

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ANEXO No. 3

CERTIFICACION MULTAS Y SANCIONES

Bogotá D.C.,

Señores

FONDO ADAPTACIÓN

Respetados Señores:

Con toda atención, me permito certificar bajo la gravedad de juramento, que a la sociedad ____________________, no le han hecho efectiva la garantía de seriedad de OFERTA u otra garantía, ni ha realizado el pago para evitar la ejecución de la misma en la etapa precontractual, ni ha sido sancionada en la etapa contractual (multas o penal pecuniaria) por entidades públicas o privadas en los últimos cuatro (4) años.

Cordialmente

---------------------------------

firma

Representante Legal.

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ANEXO No. 4

ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIOS

ANS DESCRIPCIÓN MEDICIÓN PLAZO DESCUENTO

1. Etapa de Estudios Pre-operativos Fase II

Entrega de las hojas de vida del personal profesional con el cumplimiento del lleno de los requisitos

Presentar al supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, las hojas de vida del personal profesional relacionado en la tabla No. 1 perfiles mínimos para equipo de trabajo, para la correspondiente aprobación a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio del contrato.

Documento de aprobación del supervisor de las hojas de vida

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio del contrato.

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en la entrega de la información para aprobación por parte de la Supervisión.

Entrega del cronograma general

El CONTRATISTA durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato entregará un cronograma que contenga las fechas de las actividades y entrega de los productos objeto del contrato.

Documento de entrega a la Supervisión

Durante los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la firma del contrato.

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en la entrega del documento.

Aprobación del cronograma general

A más tardar al quinto día hábil después de la entrega del cronograma por parte de EL GERENTE/EJECUTOR, el Supervisor deberá haber aprobado el cronograma general de la consultoría

Documento de aprobación del cronograma general de la consultoría

Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del contrato.

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en la entrega del documento.

Cumplimiento de los hitos y/o productos de ejecución de los estudios y de los productos establecidos en el cronograma de consultoría pre-operativa

Hitos establecidos en el cronograma de ejecución de consultoría aprobado por la Supervisión que se encuentre dentro del sistema PSA

Concepto de aprobación de los productos contratados por parte de la Supervisión

Entregado, de acuerdo con el cronograma de consultoría

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en el cumplimiento de la entrega de los productos para aprobación.

2. Etapa de Ejecución Fase III

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 66

ANS DESCRIPCIÓN MEDICIÓN PLAZO DESCUENTO

Cumplimiento de los hitos y/o productos de ejecución de los productos establecidos en el cronograma de consultoría de la inversión

Hitos establecidos en el cronograma de ejecución de consultoría aprobado por la Supervisión que se encuentre dentro del sistema PSA

Concepto de aprobación de los productos contratados por parte de la Supervisión

Entregado, de acuerdo con el cronograma de consultoría

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en el cumplimiento de la entrega de los productos para aprobación.

3. Etapa de Liquidación

Informe final detallado de las actividades ejecutadas y entregar los archivos físicos y magnéticos que se hubieren generado durante la ejecución del contrato.

Entregar a su Supervisión, un informe final detallado de las actividades ejecutadas con ocasión de aquél, indicando los asuntos asignados, tramitados; asimismo, relacionar y entregar los archivos físicos y magnéticos que se hubieren generado durante la ejecución del contrato.

Entrega de los documentos

1 mes a partir del acta de terminación del contrato

0.35% del valor total del contrato por cada día de retraso en la entrega de los documentos.

Nota 1: Ningún servicio y/o producto podrá ser facturado si no es recibido a completa satisfacción por parte del Fondo Adaptación o Supervisión delegada para tal fin. Las penalizaciones por servicios no prestados adecuadamente y/o por productos no entregados dentro de la fecha pactada se realizarán sobre el valor total del contrato, y/o sobre el valor del bien o producto ofertado por EL GERENTE/EJECUTOR y/o el valor a pagar por el correspondiente hito y/o producto, en atención a lo indicado en este documento y no por promedios de cumplimiento de los ANS pactados.

Nota 2: EL FONDO podrá definir nuevos ANS de acuerdo con sus necesidades con el fin de garantizar la óptima prestación de los servicios y podrá ajustar los existentes de común acuerdo con EL GERENTE/EJECUTOR.

Nota 3: Si los ANS establecidos no reflejan la calidad del servicio requerido por EL FONDO y/o por el Supervisor, estos deberán ser replanteados, validados y aplicados de común acuerdo entre EL FONDO y EL GERENTE/EJECUTOR. Para ello, los ANS y su forma de medición, podrán ser revisados cada mes o cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE GERENCIA Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO REACTIVAR DE BANANO Y PLÁTANO HARTÓN CON PEQUEÑOS PRODUCTORES DEL MUNICIPIO DE ZONA BANANERA, MAGDALENA, AFECTADOS POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA EN LOS AÑOS 2010 Y 2011.

CÓDIGO:

VERSIÓN: 1.0

PÁGINA:

Página 67

ANEXO Nº 5 - PROPUESTA ECONÓMICA

1.1 Fase 1.2 Descripción 1.3 Valor incluido IVA

III Gerencia $

TOTAL FASE III $

Nota 1: El valor total ofertado correspondiente a la fase III, incluye la totalidad de los costos asociados a la ejecución y desarrollo de los trabajos objeto de la presente contratación, incluyendo gastos de viaje, desplazamientos, hospedajes y todos aquellos requeridos. Este valor se entiende como único sin lugar a ningún reconocimiento económico adicional por dichos conceptos.

Firma:_____________________

Nombre: (Representante Legal)__

N° de Identificación:_____________

ANEXO N° 6 Y 7: Adjunto en Excel

ANEXO 8- Tipificación, Valoración Y Asignación De Riesgos Contractuales-Adjunto en pdf

ANEXO 9 – Minuta del contrato: Adjunto