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TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS MINERAS Daniel de la Vega Zavala Noviembre, 2011

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  • TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS

    MINERAS

    Daniel de la Vega Zavala

    Noviembre, 2011

  • Algunos datos a considerar

    1. Aproximadamente, entre el 70% y 80% del personal que desarrolla labores en

    la actividad minera y de hidrocarburos es personal tercerizado.

    2. Aproximadamente, de cada 5 inspecciones laborales en las empresas del

    sector minero energético, al menos 2 ó 3 son sobre temas de tercerización o

    relacionadas con una empresa de tercerización.

    3. Existe mucha desconfianza por parte de los inspectores de trabajo respecto de

    la tercerización y desconocimiento respecto de cómo funciona la misma en el

    sector. Lo que se incrementa por actos propios de las Empresas del sector.

  • Algunos datos a considerar

    4. Incremento en las demandas judiciales por desnaturalización de contratos de

    tercerización / intermediación. Tanto en la vía del Amparo (STC 00423-2011-

    PA/TC, STC 00369-2011-AA) como en la Ordinaria Laboral.

    5. Tema presente en la legislación laboral en debate o reciente: LGT, LSST,

    NLPT.

    6. Se está fortaleciendo el sistema de inspección de trabajo ( + inspectores, +

    presupuesto, + capacitación).

    7. Propuesta de campaña: Terminar con el “abuso” de las “services” y “contratas”.

  • Tema vigente: ¿qué debemos

    tener en cuenta y qué viene?

  • PARA TENER EN CUENTA

    ¿Que debemos

    acreditar? ¿Cómo?

    Actividades

    especializadas u

    obras

    1. NO simple provisión de personal.

    2. Se pacta una retribución por servicio, NO asociada a criterios

    laborales.(Revisar precios unitarios).

    3. Aplica sólo a desplazamiento permanente y actividad principal.

    Recursos

    financieros, técnicos

    y materiales propios

    1. Contratista debe contar con ingresos y patrimonio propio y

    suficiente, que le permita manejar independientemente su

    operación. (No vinculación económica)

    2. Contratista debe ser propietaria de los bienes que utiliza o que

    éstos se encuentren bajo su administración y responsabilidad.

    ¿Alquileres?, ¿cesión en uso?.

    (Directiva 002-2007/MTPE/2/11.4:

    “excepcionalmente podrán utilizar bienes de terceros, pero no

    aquellos de propiedad de la principal o vinculadas.”)

    AP: Posición rígida en cuanto a bienes de usuaria.

  • PARA TENER EN CUENTA

    ¿Que debemos

    acreditar? ¿Cómo?

    Asuman servicios

    por su cuenta y

    riesgo

    Responsable por el resultado de sus actividades. Contar con:

    autonomía en la ejecución de la obra o servicio, know how propio,

    responsabilidad por incumplimiento.

    Trabajadores bajo

    exclusiva

    subordinación

    1. Trabajadores bajo dirección y supervisión exclusiva de la

    contratista.

    2. Contratista cuenta con organización propia: gerentes,

    superintendentes, supervisores, jefes, capataces, supervisor de

    SST, etc.

    3. Contratista paga y asume directamente pago de remuneraciones y

    beneficios.

    4. Usuaria no realiza despidos. (Directiva 002-2007/MTPE/2/11.4)

    5. Usuaria no participa en la selección de personal. (Directiva 002-

    2007/MTPE/2/11.4).

  • PARA TENER EN CUENTA

    ¿Que debemos

    acreditar? ¿Cómo?

    Pluralidad de

    Clientes

    Importante, pero con excepciones (ejemp.:Empresa comunal, etc.)

    Obligaciones

    formales

    1. Exploración, explotación, desarrollo y beneficio: Contar con

    Registro de contratista minero.

    2. Declarar en PDT desplazamiento.

    3. Contratos de trabajo del personal con indicación del lugar de

    prestación, datos de empresa principal, descripción del servicio,

    obligaciones de SST, etc.

  • PARA TENER EN CUENTA

    Errores Comunes

    1. Contrato adecuado, pero subordinación en la ejecución.

    2. Cuento con contratista, pero mi personal sigue ejecutando la MISMA

    actividad.

    3. Trato al personal de la empresa de tercerización como propio: Entrevistas

    de trabajo, EPP´s, paseos, canastas, correo electrónico, fotocheck, otros.

    4. Plena identificación con Jefes de empresa usuaria/subordinación, permisos,

    etc.

    5. Reemplazo a personal permanente del titular minero.

  • PARA TENER EN CUENTA

    Evaluación en cada caso

    concreto / campamento,

    algunos equipos, etc..

    Reglamento

    Todos copulativamente,

    no evaluación. Debe

    contar con local y

    equipos propios.

    D.001 y AP

  • PARA TENER EN CUENTA

    Responsabilidad solidaria

    Accidente de trabajo

    o en el desplazamiento/

    Enfermedad profesional.

    Atenciones / Indemnización

    Informar

    ¿Responsabilidad penal?

    Necesaria implementación

    de mecanismos de control

  • PARA TENER EN CUENTA

    Fuente: MEM

  • PARA TENER EN CUENTA

    Responsabilidad solidaria

    Pago de

    Remuneraciones,

    beneficios sociales y

    obligaciones de

    seguridad social de

    origen legal.

    Nueva Ley Procesal del

    Trabajo. Plazos /

    Presentar Documentos.

    Necesaria

    implementación de

    mecanismos de control

  • PARA TENER EN CUENTA

    Sindicato de Empresas Contratistas

    Aspectos Colectivos

    Empresa Minera no forma parte

    de la negociación ni de las

    reuniones de conciliación.

  • PARA TENER EN CUENTA

    Responsabilidad solidaria

    Implementar sistema de control de contratos y contratistas (comunicación continua):

    - Preferir a contratistas con experiencia en el mercado y pluralidad de

    clientes.

    - Contratos.

    - Forma en la que se ejecuta el servicio.

    - Gestión de la Seguridad y Salud.

    - Conservar y revisar información de pago de obligaciones laborales.

    - Fianza, Fondo de garantía, auditorias internas, otros.

  • ¿QUE VIENE?

    Proyecto LGT:

    1. Mantiene figura de tercerización e intermediación temporal y

    complementaria.

    2. ¿Actividad principal?

    A Considerar:

    - ¿Todo servicio debe ser regulado por la “tercerización laboral”?.

    - Tema de comunidades.

    - Acciones de prevención deben partir de los titulares mineros.

  • TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS

    MINERAS

    Daniel de la Vega Zavala

    Noviembre, 2011