teorÃa del derecho.ppt

107
UNIVERSIDAD DEL VALLE DE UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MEXICO MEXICO LICENCIATURA EJECUTIVA TEORIA DEL DERECHO MAESTRO: JUAN JOSÉ CABRERA. MAESTRO: JUAN JOSÉ CABRERA.

Upload: ginamartinez

Post on 12-Nov-2015

22 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

  • UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MEXICO

    LICENCIATURA EJECUTIVA

    TEORIA DEL DERECHOMAESTRO: JUAN JOS CABRERA.

  • INDICEINTRODUCCIONCONCEPTO DEL DERECHOLA NORMA JURIDICALAS FUENTES DEL DERECHOEL ORDEN JURIDICOCLASES DE LEYESUN ACERCAMIENTO ALA JURISPRUDENCIACONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESBIBLIOGRAFIA

  • INTRODUCCINEsta antologa es una breve referencia a la introduccin del estudio de derecho. Contiene los principios bsicos jurdicos que rigen la vida de las comunidades humanas en sus relaciones externas.Nuestra vida esta inmersa en el mundo del derecho ; desde que nos despertamos hasta que nos dormimos somos espectadores y a veces actores de un sinnmero de hechos y actos jurdicos que estn relacionados con ordenamientos y disposiciones dictados por la autoridad para establecer y mantener un clima de paz y armona que permita la convivencia entre los componentes de todo ncleo social.Sobre el Estado recae esta responsabilidad la cual realiza a travs de sus tres poderes; el Legislativo elabora las leyes, el Ejecutivo las aplica y el Judicial administra justicia resolviendo las controversias que surjan entre los ciudadanos.

  • Luego entonces, todos los miembros de la sociedad tienen la obligacin moral de conocer un mnimo de leyes para poder desenvolverse de manera adecuada en su trato diario con su semejantes; exigir sus derechos, cumplir sus obligaciones y colaborar al progreso de su comunidad.Pero es a los profesionales del derecho a quienes compete el anlisis , la interpretacin y en su caso, la aplicacin de las leyes. De manera que sta es una leve introduccin a los principios generales jurdicos, los cuales se irn expandiendo en el contenido de las dems materias que conforman el programa de la licenciatura en derecho de esta Institucin

  • UNIDAD I.CONCEPTO DE DERECHOIMPORTANCIA DEL DERECHO

    El Profesor comentar y los alumnosopinaran sobre el sentido de dos frases

    El hombre es sociable por naturalezaEl hombre es el lobo del hombre

  • La importancia del derecho radica en que tiene por objeto establecer un clima de paz en la sociedad que permita la convivencia, el desarrollo, el progreso, la cultura y los fines mas importantes de la humanidadCONCEPTO DE DERECHO

  • TRASCENDENCIA DEL DERECHO

    El derecho tiene que ver con la vida de los seres humanos desde que nacen hasta que mueren, pero los protege desde la concepcin hasta la conclusin de su juicio Sucesorio.

  • MISIN Y FIN DEL DERECHOCrear y conservar el orden socialResolver los conflictos dando a cada quien lo que le corresponda (equidad y justicia)

    QU ES EL DERECHO?Es una ciencia normativa producto de la cultura y la realidad de lo que sucede en torno al ser humano

  • DERECHO Y MORAL

    Unos pensadores afirman que hay una estrecha relacin, otros, que son conceptos completamente distintos; Hegel sostieneque derecho y moral son una misma cosa.

    La moral es lo necesario y el derecho es lo posible

    Entre los segundos se encuentra Tomasius

    Lo bueno y lo malo desde el punto de vista individual es la moral

    Lo bueno y lo malo desde el punto de vista social es el derecho

    Imperativo Moral:Haz a ti mismo lo que quieras que los otros hagan a si mismos

    Imperativo legal: No hagas a los otros lo que no quieras que te hagan a ti

  • DIFERENCIAS ENTRE MORAL Y DERECHOLa moral valora la conducta en si misma Al derecho solo le interesan los actos del hombre en cuanto afecten a la Sociedad.

    Las normas morales son unilaterales:Frente al sujeto que las viola no hay quien se lo reproche.

    Las normas jurdicas son bilaterales:Al mismo tiempo que dan derechos imponen obligacionesFrente al trasgresor existe quien reclame.

  • El derecho es Coercible:Obliga al cumplimiento de las normas.

    La moral es incoercible:No hay quien obligue a cumplir.

    La norma moral es autnoma:Para que sea obligatoria es necesario el Reconocimientodel sujeto.

    La norma jurdica es heternoma:Para que sea obligatoria no se necesita el consentimiento del sujeto.DIFERENCIAS ENTRE MORAL Y DERECHO

  • DERECHO Y RELIGINLas normas religiosas se fundan en la relacin del hombre con la divinidad, vinculo que crea deberes para con Dios, para si mismo y para los dems.

    La diferencia estriba en la sancin, la cualtrasciende a la vida del hombre en la religin, mientras que conforme al derecho la sancin se aplica en vida.

  • USOS SOCIALESLos usos sociales son el decoro, la cortesa, laurbanidad, Etc. en el comportamiento hacia los dems.

    La diferencia se encuentra en la sancin:Al que viola la ley se le aplica el peso de ella.

    El que viola las normas sociales recibe lareprobacin, el rechazo o el aislamiento del Grupo.

  • CONCEPTO DEL DERECHODerecho es lo que no se desva ni para un lado ni para otro.

    Lo recto, lo justo, lo razonable y lo legitimo.

    La idea de estos valores se realiza regulando la conducta humana con normas de carcter social, bilateral, externo, heternimo y coercitivo.

  • DERECHO Y EQUIDADCuando la ley es clara y precisa, el juez debeaplicarla con exactitud.

    En caso contrario, el juez debe resolver segn sucriterio, sin hacer a un lado la rectitud y la justicia.

    A esta facultad del juez se le llama EQUIDAD.

  • ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHOProviene del latn Directum; lo que no se desva.Del verbo rejere: gobernar.Del sustantivo Regnum: Reino.

    Por lo tanto el derecho denota imperio y autoridadque son atributos de la ley.

    Derecho:Conjunto de normas jurdicas que rigen la conducta externa del ser humano en la sociedad.

  • CLASIFICACIN DEL DERECHODerecho objetivo:Conjunto de normas que integran los cdigos, que protegen los intereses del orden y que otorgan derechos e imponen obligaciones.

    Derecho subjetivo:Es la facultad que tiene el sujeto activo de exigir el cumplimiento de la norma jurdica, que se satisfaga su derecho y que se obligue a que se le cumplan las obligaciones contradas.Para exigir es necesario el inters legitimo y la pretensin.

    Inters legitimo:Es el titular del derecho violado, el que esta facultado para reclamar. Pretensin:La exigencia de la subordinacin del inters ajeno al inters propio.

  • Derecho vigente:Conjunto de normas que en un pas determinado y en determinada poca, el Estado considera obligatorias.

    Es el derecho actual, el que no ha sido derogado.

    Derecho Positivo:Conjunto de reglas jurdicas EFECTIVAMENTE se observan en una poca determinada, aunque hayan dejado de estar vigentes o todava no lo Sean.CLASIFICACIN DEL DERECHO

  • V.Derecho Vlido:Es aquel que por si mismo es aceptado y reconocido por la generalidad de los hombres por contener valores universales.

    Derecho Natural:Es el que logra realizar ciertos valores filosficos propios de la naturaleza humana.

    Siempre ha existido y siempre existir, con sus naturales mutaciones y adecuaciones.

    Es el que debe ser en contra posicin con el que es.CLASIFICACIN DEL DERECHO

  • UNIDAD IINORMA JURIDICA

    La norma jurdica es aquella que es sancionada por el estado, es obligatoria y adems otorga derechos e impone obligaciones.

    Contiene un mandato Imperativo.Emmanuel Kant distingue dos clases de imperativos.

    Hipotticos: Los que encierran un mandato condicionado.Categricos: Los que expresan un mandato sin condicin.Toda norma jurdica debe contener un mandamientode observancia general y estar respaldada por una sancin.

  • ESTRUCTURA LGICA DE LA NORMAToda causa tiene un efecto.

    La causa es el supuesto jurdico y el efecto Son lasconsecuencias del derecho.

    Supuesto Jurdico:Hiptesis normativa de cuya realizacin dependen las consecuencias del derecho.

    Consecuencias del derecho:Efectos que se producen por la realizacin de hechos y actos jurdicos.

  • ESTRUCTURA LGICA DE LA NORMAHechos jurdicos:Son los acontecimientos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho.

    Acto jurdico: Actus JuridcusEs la manifestacin de voluntad para crear, trasmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

  • CLASIFICACIN DE LAS NORMASCriterios de clasificacin:El sistema al que pertenecenSu fuenteSu mbito espacial de validezSu mbito temporal de validezSu mbito material de validezSu mbito personal de validez

  • Su jerarqua.su sancin.Su cualidad.sus relaciones de complementacin.sus relaciones con la voluntad de los particulares.

    CLASIFICACIN DE LAS NORMAS

  • CLASIFICACION DE LAS NORMASPor el sistema al que pertenecena)normas de derecho nacional:Son las que rigen en un pas determinado

    Normas de derecho extranjero:Las que rigen en pases distintos.

    c)Normas de derecho uniforme:Las que rigen a la vez en varios pases.

  • CLASIFICACION DE LAS NORMASII POR SU FUENTE:Normas de derecho escrito: Las que provienen de la labor del poder legislativo.Normas de derecho no escrito: las que son producto de costumbres reiteradas y que adquieren fuerza obligatoria.Normas de derecho jurisprudencial: aquellas que provienen de la interpretacin de la ley que realizan los magistrados y ministros de la suprema corte de justicia.

  • IIIPor su mbito espacial de validezNormas generales: las que se aplican en toda la extensin territorial de un estado.Normas locales: las que se aplican en solo una parte de un pas.Normas municipales: las que se aplican solamente en un municipio.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • IVPor su mbito temporal de validez

    a)Normas de vigencia determinada: las que establecen previamente la duracin de su vigencia.b)Normas de vigencia indeterminada: las que se limitan a fijar el da que entran en vigor pero sin determinar su cancelacin.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • VPOR SU AMBITO MATERIAL DE VALIDEZ

    a)Normas de derecho publico: las que se refieren a la relacin de los estados entre si y entre el estado y los particulares.b) Normas de derecho privado: las que regulan las relaciones entre los particulares.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • VIPOR SU AMBITO PERSONAL DE VALIDEZ

    Normas generales: son las dirigidas a un numero indefinido y general de personas.

    Normas concretas: son las dirigidas a una pluralidad determinada de sujetos.

    CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • VIIPOR SU JERARQUIA

    Normas coordinadas: las que tienen igualcategora entre s.

    b)Normas Subordinadas: las que estn supeditadas a otras de mayor jerarqua.

    CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • VIIIPOR SU SANCIONNormas perfectas: Las que establecen la sancin suficiente para reprimir el acto violatorio.Normas menos perfectas: las que no anulan completamente los efectos del acto violatorio.Normas imperfectas: aquellas que no renen los elementos necesarios para considerarse normas jurdicas.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • IXPOR SU CUALIDAD

    Normas positivas: las que ordenan una accin.Normas negativas: las que impiden un comportamiento dado.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • XPOR SUS RELACIONES DE COMPLEMENTACIN

    Normas primarias: las que tienen sentido pleno por si mismas.Normas secundarias: las que solo tienen sentido cuando se les relaciona con las normas primarias.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • XIPOR SU RELACION CON LA VOLUNTAD DE LOS PARTICULARES

    Normas taxativas: las que se deben cumplir an en contra de la propia voluntad.Normas dispositivas: las que pueden dejar de aplicarse en algn caso concreto y por voluntad expresa de los particulares.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • Las normas son generales y obligatorias para los gobernados y para las autoridades.

    El estado de derecho solo es posible si primero es la autoridad quien respeta al Derecho.CLASIFICACION DE LAS NORMAS

  • UNIDAD III

    LAS FUENTES DEL DERECHO

    Reales: procesos de manifestacin cultural que el legislador toma en cuenta para crear las normas jurdicas.

    Formales: los procedimientos para crear las Leyes.

    Histricas: los documentos que contienen leyes que en su momento fueron vigentes.

  • FUENTES DEL DERECHOFUENTES FORMALES

    EL PROCESO LEGISLATIVO:

    Iniciativa:Proyectos de ley propuestos por el Presidente de la Republica, el Congreso de la Unin y la Legislatura de los Estados.Discusin:Comentarios de los legisladores en pro o en contra de los proyectos de ley.

  • EL PROCESO LEGISLATIVOAprobacin:Votacin mayoritaria o unnime de loslegisladores para aceptar una ley.

    Sancin:Visto bueno del poder ejecutivo a losproyectos de ley.

  • EL PROCESO LEGISLATIVOPromulgacin:Acto del ejecutivo mediante el cual ordena la publicacin y cumplimiento de una ley.

    Publicacin:Publicidad que se les da a las leyes a travs del Diario Oficial de la Federacin.

  • EL PROCESO LEGISLATIVOIniciacin de la vigencia:El momento a partir del cual tiene vida una Ley.

    Mtodo sincrnico:El da que este sealada la ley.

    Mtodo Sucesivo:Al da siguiente o tres das a partir de suPublicacin.

  • FUENTES FORMALES

    La Ley:Norma emanada del poder publico, general,abstracta, obligatoria y provista de una sancin.

    La costumbre:Usos de la colectividad considerados obligatorios. Derecho Consuetudinario (No escrito).FUENTES DEL DERECHO

  • Fuentes Formales

    La jurisprudencia:Interpretacin que los altos tribunales hacen de la ley, aplicndola a casos concretos.

    Se forma con 5 ejecutorias sobre un mismo tipo de asuntos, en el mismo sentido y no interrumpidas por otras en contrario.FUENTES DEL DERECHO

  • Doctrina:Los estudios que llevan a cabo los conocedores y tratadistas de la ciencia jurdica.

    Los principios generales del derecho:Instituciones bsicas contenidas en el derecho en general.Los contenidos en el derecho Romano.Los universalmente admitidos por la Ciencia.Los del derecho justo y natural.Los que deben ser.

    FUENTES DEL DERECHO

  • Derecho ObjetivoDerecho interno se divide en Publico y Privado

    Derecho publico: Conjunto de normas que regulan las actividades de los particulares con el estado y las relaciones de los estados entre si.

    Derecho privado: Regula las relaciones de los individuos en lo que refiere a sus intereses particulares.

  • UNIDAD IVEL ORDEN JURIDICOINSTITUCIONES JURIDICAS

    Son figuras creadas por el derecho al reglamentar fenmenos que se dan en la legislacin en general.

    Eje: El matrimonio, el divorcio, la rescicin, las nulidades, los recursos, etc.

  • EL ORDEN JURIDICOORDENAMIENTO JURIDICOEs un sistema progresivo de normas juridicas impuestas por una voluntad superior a todos los integrantes de una sociedad.

    Desde el punto de vista del orden jurdico el derecho se divide en: Derecho Objetivo y Derecho subjetivo.

  • EL ORDEN JURIDICO

    Derecho Objetivo: Es el conjunto de normas contenidos en los cdigos.

    Derecho subjetivo: son las facultades que la ley concede a los ciudadanos para reclamar sus intereses.

  • DERECHO OBJETIVO

    Derecho Objetivo se divide en: Derecho interno: es el que se aplica en un pas determinado.

    Derecho externo: es el que rige en otros pases.

  • DERECHO OBJETIVODerecho interno se divide en:1)Derecho publico:Conjunto de normas que regulan las actividadesde los particulares frente al estado y las relaciones de los estados entre s.

    2) Derecho privado:Regula las relaciones de los individuos en lo que serefiere a sus intereses.

  • DERECHO OBJETIVOEl derecho publico de divide en:

    Derecho constitucional: estudia la constitucinla forma de gobierno y la estructura estatal.

    Derecho administrativo: regula las relacionesentre los gobernados y el estado a si como laprestacin de los servicios pblicos.

  • DERECHO OBJETIVODerecho penal: conjunto de normas jurdicasrelativas a los delitos, las penas y las medidas deseguridad.

    Derecho agrario: resuelve los conflictos sobrela tenencia de la tierra en las zonas rurales.

  • DERECHO OBJETIVODerecho laboral: regula las relacionesderivadas de los contratos de trabajo.

    Ejemplo: trabajadores, patrones, sindicatos,coaliciones.

    e)Derecho procesal: es el que establecelos procesos necesarios para solucionar lascontroversias.

    Se divide en Civil, laboral, penal y administrativo.

  • DERECHO OBJETIVODerecho Privado se divide en :

    1 Derecho civil: es el que regula lasrelaciones entre las personas en su carcter de particulares.

    2 Derecho mercantil: es el que regula lasrelaciones entre personas que se dedican al comercio.

    Se divide en: terrestre, martimo y areo.

  • DERECHO OBJETIVOEl derecho externo: o internacional sedivide en:Derecho Internacional Pblico:Se refiere a las relaciones de los estados entre si.Derecho Internacional Privado:Regula las relaciones entre ciudadanos de distintospases que tienen conflictos de ndole particular.

  • DERECHO SUBJETIVOSe divide en:

    1)Derechos pblicos.Son los que tiene la persona humana por el solo hecho de serlo, sin importar su edad, sexo, nacionalidad, estado civil, raza, posicin econmica, grado de instruccin, religin, ideologa poltica o preferencia sexual.

  • DERECHO SUBJETIVODerechos polticos.

    Los que tienen los ciudadanos para ocupar en la administracin pblica puestos de eleccin popular y para ejercer el voto.

  • DERECHO SUBJETIVODerechos civiles:Son los que les corresponden a las personas cuando se trata de defender sus intereses particulares.

    Los derechos civiles pueden ser:Personales o patrimoniales.

  • DERECHO SUBJETIVOPatrimoniales:

    Estn representados por el derecho real el cual se entiende como el poder jurdico que una personaejerce sobre una cosa material para gozarla y disfrutarla con exclusin de los dems.

  • DERECHO SUBJETIVOPersonales: (Llamados tambin derechosde crdito.)

    Constituyen la facultad para reclamar de otra persona el cumplimiento de obligaciones.

    Relacin entre acreedor y deudor.

  • UNIDAD IVCONCEPTO DE LEY:

    Norma jurdica emanada del poder legislativo y que debe ser general, obligatoria y coercitiva.

    General: va dirigida a toda la poblacin. Obligatoria: hay que cumplirla an en contra de La Voluntad.

    Coercitiva: porque est provista de una sancin.

  • UNIDAD IVCLASES DE LEYES:

    Constitucionales:Las que emanan de la constitucin.

    Federales:Las que deben cumplirse en todo el territorio nacional.

    Locales:Las que deben cumplirse en una entidad federativa.

  • UNIDAD IV

    DIFERENCIAS ENTRE: LEY, DECRETO,REGLAMENTO, ACUERDO Y CIRCULAR

  • UNIDAD IVLEY:Norma jurdica creada por el estado pararegular la conducta externa de los individuos.

    DECRETO:Disposicin del poder ejecutivo firmada porel presidente de la republica o por el secretario del despacho correspondiente.

  • UNIDAD IVREGLAMENTO:Es una disposicin administrativa que explica concretamente la aplicacin de leyes dictadas por el legislativo.

    Tambin se le considera como ley.

  • UNIDAD IVACUERDO:Resolucin administrativa que recae sobre casos especficos del trabajo de oficina.

    CIRCULAR:Contiene instrucciones que una autoridaddicta a sus subordinados para su mejorDesempeo.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIACONCEPTO DE JURISPRUDENCIA:

    Es la interpretacin que de la ley hacen los rganosfacultados para ello, esclarecindose, oconfirmndose lo que el legislador quiso decir, siendo de observancia obligatoria para los inferiores jerrquicos del tribunal que la dicta.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAJURISPRUDENCIA:

    Esta interpretacin de la ley es a la que se refiere el articulo 14 constitucional y no solo debe aclarar sino tambin robustecer el sentido de la ley.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAORGANOS FACULTADOS PARA CREARJURISPRUDENCIA:

    De acuerdo con los artculos 192 y 193 de la ley deamparo, los tribunales facultados son:

    La suprema corte de justicia ya actuando en pleno o en salas y los tribunales colegiados de circuito.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAREQUISITOS PARA FORMAR JURISPRUDENCIA:

    El tribunal que siente la tesis debe resolver enforma ininterrumpida cinco juicios sobre un mismo aspecto en un mismo sentido.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAREQUISITOS PARA FORMAR JURISPRUDENCIA

    Para sentar jurisprudencia se necesita el siguienteQuorum:

    PLENO: 8 ministros.SALAS: 4 ministros.COLEGIADOS: Unanimidad.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAOBLIGATORIEDAD DE LA JURISPRUDENCIA

    PLENO: Obliga a las salas, a los colegiados, a los unitarios y a los juzgados de distrito.

    SALAS: Obliga a los colegiados, a losunitarios y a los juzgados de distrito.

    COLEGIADOS: Obliga a los unitarios y a los juzgados de distrito.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAINTERRUPCION DE LA JURISPRUDENCIA

    Las tesis jurisprudenciales, pueden ser interrumpidas por el mismo rgano judicial que las formul; requirindose el mismo nmero de ministros y magistrados que las estableci.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAMODIFICACION DE LA JURISPRUDENCIA

    Los propios rganos que editan jurisprudencia estn facultados para cambiar el rubro o el contenido de su Criterio, pero sin perder su vigencia.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAOBLIGACIONES DE LOS ORGANOS AL MOMENTO DE CONFORMAR JURISPRUDENCIA.

    Aprobar el texto y rubro de la tesis.Numerarla de manera progresiva.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIARemitirla dentro del trmino de quince das al semanario judicial de la federacin para su publicacin.Remitirla dentro del trmino de quince das alpleno, salas y tribunales colegiados de circuito.Conservar un archivo pblico de consulta con las tesis de todos los rganos.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIAFORMALIDADES EN LA INVOCACIN DE LA JURISPRUDENCIA A CARGO DE LAS PARTES.

    Deben invocar el criterio por escrito.Deben expresar el numero y rgano judicial que lo integro.Deben transcribir el rubro y la tesis.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIACONTRADICCION DE LA JURISPRUDENCIAEs posible que entre varios rganos de la misma jerarqua existan criterios jurisprudenciales en sentido opuesto.

    Para solucionar el problema, el rgano superior jerrquico inmediato, determinar cual es la tesis que debe prevalecer.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIACONTRADICCION DE LA JURISPRUDENCIADebe ser denunciada por:

    Los ministros de SCJN.Los magistrados de los colegiados. El procurador general de justicia de larepublica.Las partes interbenientes en los juicios con criterios contradictorios.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIASEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION:Es el rgano de difusin de la jurisprudencia.Fue creado por Benito Jurez el 8 de diciembre de 1870.

    La jurisprudencia se divide en dos periodosDel primero de 1871 a 1917: jurisprudencia histrica.Del 1917 a la fecha: jurisprudencia aplicable.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIASe divide en nueve pocas:1ra.De 1871-1875.Primera suspensin editorial:1876-1880.2da. De 1881-1889.3ra. De 1890-1897.4ta.De 1898-1914.Segunda suspensin editorial 1914-1918.

  • UNIDAD VIUN ACERCAMIENTO A LA JURISPRUDENCIA5ta. 1ro. de junio de 1917-30 de junio 1957.6ta. 1ro de julio 1957 al 15 de dic. 1968.7ma. 1ro de enero 1969-14 enero 1988.8va. 15 enero 1988- 03 feb. 1995.9na. Del 4 de feb 1995- a la fecha.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESLos conceptos jurdicos fundamentales son aquellos elementos constantes e invariables que aparecen en toda relacin jurdica.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESPERSONA JURIDICA:Sujeto susceptible de derechos y obligaciones.La persona puede ser fsica o moral.FSICA: El ser humano.MORAL: Ficcin jurdica que le da personalidad a agrupaciones de personas constituidas conforme ala ley.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESDERECHOS DE LIBERTADLa libertad es la facultad de hacer o no hacer lo que el orden jurdico no manda ni prohbe.

    Actos ordenados: Los que deben ejecutarse.Actos prohibidos: Los que no deben ejecutarse.Actos permitidos: Los que no estas prohibidos.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESDERECHO DE ACCION:Accin es el ejercicio del derecho ante los tribunales.

    Es la facultad de pedir al juez que aplique la norma a los casos concretos.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESDERECHO DE PETICION:Es la facultad que tiene un gobernado de formular peticiones por escrito a la autoridad, las cuales deben ser contestadas en sentido afirmativo o negativo.

    Cuando la respuesta es negativa deben darse los fundamentos y las razones.

    Este derecho est basado en el articulo octavo constitucional.

  • UNIDAD VIICONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESDEBER JURIDICO:Obligacin que corre a cargo del deudor consistente en dar, hacer o no hacer.PRESTACION JURIDICA:El contenido de la obligacin. Se pide en la Demanda.SITUACIN JURIDICA:Estado que guardan los sujetos u objetos del Derecho.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAViene de la voz griega Tejn, que significa arte.

    Se trata de los procedimientos que se utilizan para aplicar el derecho. Es el adecuado manejo de los medios que permiten alcanzar los objetivos que Persigue el derecho.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICALos preceptos jurdicos constan de dos elementos:

    Supuestos jurdicos y consecuencias de derecho.Entonces la tcnica jurdica consiste en la labor jurisdiccional para ubicar el derecho y aplicarlo al caso concreto.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICADETERMINACION DE SUJETOSPara esto, es importante conocer el concepto de acto jurdicos.

    Entonces la ley se aplica a las personas que realizan actos jurdicos. Desde el punto de vista civil sern contratos; y desde el punto de vista penal, sern delitos.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAEn los procesos, el rgano jurisdiccional, de acuerdo con la ley, primero tendr que escuchar a las partes ( Etapa postulatoria); despus analizar las pruebas (etapa probatoria); y con esto se ubicara a las personas que deben ser condenadas o absueltas (segunda parte del proceso).

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAEL SILOGISMO JURIDICO

    La aplicacin de derecho es un silogismo compuesto por la premisa mayor que es la norma genrica; La premisa menor que es el juicio que declara realizadas las conductas; y la conclusin por medio de la cual se imputan a los implicados las consecuencias de derecho.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAEJEMPLO:

    PREMISA MAYOR:Al que comete el delito de violacin se le aplicaran de 8 a 20 aos de prisin PREMISA MENOR:Rodolfo Gonzlez cometi el delito de violacin en agravio de Josefina Prez, luego, CONCLUSIN:Se le aplica a Rodolfo Gonzlez la pena de 12 aos de prisin.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAPROBLEMAS RELACIONADOS CON EL PROCESO DE APLICACIN.

    Determinacin de la vigencia.Interpretacin.Integracin.Retroactividad.Conflictos de leyes en el espacio.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICADETERMINACION DE LA VIGENCIA:

    A partir de que da se debe aplicar una ley; Mtodo:

    sincrnico:El da precisado.Mtodo sucesivo:A partir de la publicacin.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICA2) INTERPRETACIN:Interpretar es desentraar el sentido de una expresin.Se interpretan las expresiones para descubrir lo que significan.Concepto de interpretacin de la ley:Descubrir el sentido que encierra la leyEL SENTIDO DE LA LEYLo que quiso decir el legislador, su voluntad.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICACLASES DE INTERPRETACIN

    Autentica: La del legislador.Judicial: La del juez.Doctrinal o privada: La del estudioso del derecho.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAINTERPRETACION DE PRECEPTOS GENERALES Y DE NORMAS INDIVIDUALIZADAS:

    Los que van dirigidos a todos (ejemplo, normaspenales).

    2. Las que van dirigidas a sujetos en particular (ejemplo, a los empleados pblicos).

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAMETODOS DE INTERPRETACINMtodo Exegtico o tradicional: Se funda exclusivamente en la ley, debe interpretarse el texto.Si la ley es clara debe aplicarse de acuerdo a lo que dice (interpretacin gramatical).Si la ley es oscura o incompleta se debe de interpretar el espritu de ella (Interpretacin lgica).

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAMETODOS DE INTERPRETACION 2. Escuela del derecho libre:

    Repudiacin de la tesis de la suficiencia absoluta de la ley.El juez debe realizar una labor personal ycreadora ante la insuficiencia de la ley.La funcin del juzgador debe aproximarse cadavez mas a la actividad legislativa.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAREGLAS DE INTERPRETACION EN EL DERECHO MEXICANOEl articulo 14 constitucional fija esta cuestin, ya que se refiere a la interpretacin penal y a la civil.En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deber ser conforme a la letra o a lainterpretacin jurdica de la ley, y a falta de sta,se fundar en los principios generales del derecho.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAb) En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer por simple analoga y aun por mayora de razn, pena alguna que no est decretada por una ley exactamente aplicable al delito del que se trata.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAINTERPRETACION DE LA LEY PENALEl postulado de esta interpretacin es el de que no hay delito sin ley, ni pena sin ley. (nullum crimen, nula poena sine lege)La ley penal debe aplicarse exactamente, no interpretarse.

    La ley es la nica fuente de interpretacin penal.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICAANALOGIA:Relacin existente entre un caso previsto expresamente en una norma jurdica y otro que no se encuentra comprendido en ella, pero que, por la similitud con aquel, permite igual tratamiento jurdico, sin agravio para la Justicia.MAYORIA DE RAZON:Aplicar una ley por que se considera que es justa y aplicable al caso por lgica y consenso de los dems.

  • UNIDAD VIIILA TECNICA JURIDICA

    INTEGRACION:Aplicacin de la ley a un caso concretoRETROACTIVIDAD:Saber si una ley posterior al hecho puede ser aplicada.CONFLICTOS DE LEYES EN EL ESPACIO:Ubicar la ley que debe aplicarse en un determinado Territorio.

  • BIBLIOGRAFALATORRE NGEL. INTRODUCCIN AL DERECHO EDITORIAL OXFORD GMEZ LARA CIPRIANO. INTRODUCCIN AL ESTUDIO DELDERECHO EDITORIAL OXFORD