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TEMA N ° SEGURIDAD SOCIA L PANAMA - 2003

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TEMA N°

SEGURIDAD SOCIAL

PANAMA - 2003

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FUNDACION PARA LA PROMOCIO N

DE LA MUJE R

La Fundación para la Promoción de la Mujer se fundó en agosto de 1990, por iniciativ ade un grupo de mujeres preocupadas en mejorar la condición de la mujer, su nivel d e

participación en la vida ciudadana y disminuir los niveles de discriminación, creand o

conciencia en las propias mujeres sobre su condición y sus capacidades .

Asistencia Legal: 262-201 1Fax: 262-1855 • Apartado 8926, Zona 5, Panamá

Correo electrónico: [email protected]ón: Ancón, Calle Roberto López Fábrega, Casa 041 9

CREDITOS:

• Folleto educativo del Programa de Educación Legal de la Fundación para la Promoció n

de la Mujer, basado en los materiales para el Programa de Promotores/as Legale sComunitarios/as de la Dra . Aura Feraud .

Primera Edición recopilada por : Licda. Betzaida Guerrero y Licda . Tiany M. López A . ,1995 .

• Segunda Edición actualizada y mejorada por : Licda. Teresita de Arias, Licda . BetzaidaGuerrero, Licda . Liriola Leoteau de Avila y Doris Hubbard-Castillo, 1996 . Reimpresión :

1999, 2000 .

Dibujos por AIPSER .

Sólo se permite la reproducción con autorización expresa de la Fundación para l aPromoción de la Mujer.

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PROGRAMA DE EDUCACION LEGA L

El Programa de Educación Legal de la Fundación para la Promoción de la Mujer, FUNDAMUJER ,tiene como meta proporcionar a la ciudadanía en general, y a las mujeres en particular, informació ny capacitación relacionada con los derechos humanos, constitucionales y legales de hombres ymujeres en Panamá .

Dicho programa se inició en marzo de 1992 con la publicación del libro "Los Derechos de l aMujer", una recopilación en materia Constitucional, Laboral y Civil realizada por la Dra . Aura Ferau dy la Dra. Enriqueta Davis Villalba, asesora Ad-Honorem y miembro de la Junta Directiva de est aorganización, respectivamente, del que se imprimió una versión popular que se distribuyó a nive lnacional .

En 1992 se dió inicio, como parte importante del Programa de Educación Legal, al Program ade Promotor@s Legales Comunitari@s a través del cual se forman capacitador@s, quiénes aprende nconceptos básicos de derechos ciudadanos, de familia y laborales, así como de seguridad social ,violencia intrafamiliar y autoestima . Estas personas tienen el compromiso de transmitir la informació nrecibida en sus comunidades y sitios de trabajo . Este programa se está desarrollando en las provincia sde Panamá, Colón, Chiriquí, Herrera y Veraguas .

Los folletos utilizados para apoyar el Programa de Educación Legal se produjeron, en un aprimera edición a principios de 1995, con cinco temas : Constitución, Leyes y Autoridad ; Género yAutoestima ; Derecho de Familia ; Seguridad Social ; Resolución de Conflictos por Medios Pacíficos yViolencia Doméstica .

Esta segunda edición actualizada y mejorada de acuerdo al Código de la Familia y a las reforma sa leyes civiles que comenzaron a regir a partir de 1995, incluye un sexto tema relacionado al Derech oLaboral y le da una mayor amplitud al tema Género y Autoestima como Sistema Sexo-Género yAutoestima; y en el título del folleto Resolución de Conflictos por Medios Pacíficos y Violenci aDoméstica, se adopta el término Intrafamiliar en lugar de Doméstica, procurando con ello quitarle e lviso de privacidad a uno de los delitos más comunes en nuestra sociedad .

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FUNDACION PARA LA PROMOCION DE LA MUJE R

PROGRAMA DE EDUCACION LEGAL

• OBJETIVO GENERAL :

Fortalecer el ejercicio de la ciudadanía promoviendo entre las personas, especialment e

las mujeres, el conocimiento de sus derechos, las autoridades que administran justicia y

los procedimientos legales .

• OBJETIVOS ESPECIFICOS :

1.- Fortalecer la autoestima de las personas, hombres y mujeres, a través de l

conocimiento de sus derechos .

2.- Fortalecer en los/as ciudadanos/as su capacidad de exigir el cumplimiento y el respeto

de sus derechos y el conocimiento de sus responsabilidades ciudadanas .

TEMARIO :

1.- Género y Autoestima .

2.- Autoridades y Leyes - Derechos Ciudadanos .

3.- Derechos de Familia .

4.- Seguridad Social .

5.- Manejo de Situaciones de Conflicto y Violencia Intrafamiliar.

6.- Derecho Laboral .

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SEGURIDAD

SOCIALTodos los trámites que se tengan que realizar, así como losbeneficios o asistencias recibidas deben brindarse sin cobra rcargo alguno, ni tampoco se necesita abogado .

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El sistema de seguridad social se subvenciona con las cuotasobrero-patronales, cuotas de afiliados voluntarios, cuotas d epensiones pagadas por la CSS y de jubilados del Estado, aporte sdel estado, porcentaje del impuesto sobre la fabricación de licores ,vinos y cervezas, multas y recargos que cobre la institución, tim-bres de paz y seguridad, entre otros .

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CUOTAS Lcs tsy:~

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El servicio que se recibe, ya ha sido pagado por anticipado . Asíque no es gratuito, sino que todos contribuimos para que se nosbrinde la atención que merecemos como asegurados .

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¿Quienes tienen derecho a los beneficios de la Caja de lSeguro Social en Panamá?Todos los trabajadores al servicio de personas naturales o jurídicasque operen en el territorio nacional .

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Además de los correspondientes beneficios, asistencia ,incapacidades y pensiones, el Seguro Social cubre cinco riesgosque son : Por enfermedad, por maternidad, por vejez, por invalide zy por muerte, los cuales detallamos a continuación :

1 .- PRESTACION MEDICA POR ENFERMEDAD COMUN .• Atención médica, quirúrgica, farmacéutica, dental ,

hospitalaria .• Inicia inmediatamente este inscrito/a a l

régimen de Seguro Social .

• Hijos/as hasta los 18 años . Hasta los25 años si son estudiantes, e inválidos /as mientras dure la invalidez .

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• Padre del asegurado/a incapacitad opara trabajar o mayor de 60 años qu eviviese a su cargo .

• Para esposa o en su defecto, l acompañera de unión de hecho quehaya convivido por lo menos 9 mesescon el asegurado .

• Madre del asegurado/a que viviese a

• Esposo o compañero inválido tendrálos mismos derechos que la esposa ocompañera del asegurado .

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su cargo .

• Se mantiene durante los períodos en qu erecibiendo subsidios de maternidad .

• Al dejar de cotizar por cesantía involuntaria .• Hasta por 3 meses .• Hasta por 12 meses si ya tenía cotizadas 180 cuotas .

la asegurada este

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2 .- SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL• A partir de los 18 días acumulados a cargo del empleador .• A partir de los 15 días acumulados a cargo del estado .• Se requiere tener por lo menos 6 meses cotizados dentro d e

los últimos 9 meses anteriores al mes de incapacidad .• 70% del salario promedio de los últimos dos mese s

(anteriores a la incapacidad) de cotizaciones acreditadas .

á~eBBá

• Se empieza a pagar a partir del Oto . día de incapacidad por26 semanas para una misma enfermedad .

- Si continua la enfermedad la comisión de prestació ndeberá prorrogarlo hasta por un máximo de 1 año .

- Las recaídas se considerarán como una mism aenfermedad si se presentan dentro de 60 días .

- Si se presentan después de los 60 días, se considerarácomo una nueva enfermedad y se empezará a pagar apartir del 4to . día .

El derecho a solicitar el subsidio de invalidez temporal prescrib eal año .

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3 .- SUBSIDIO POR MATERNIDA D• Atención médica pre-natal y obstetrica .

- Durante el embarazo .- Para el parto .- Después del parto.- Se requiere haber cotizado por lo menos 4 mensualidade s

en los últimos 8 meses antes de la solicitud .

Asignación económica por maternidad.- Se requiere un mínimo de 9 cotizaciones en los 12 meses

anteriores al 72 mes de gravidez.- Durante las 6 semanas antes del parto .- Y las 8 semanas siguientes al parto .- El subsidio corresponderá al salario semanal cotizado en

lo-q últimos 9 meses .

El derecho a reclamar el pago de prestaciones por maternida dprescribe al año del parto .

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4 .- RIESGO POR VEJE Z• A los 57 años de edad las mujeres .• A los 62 años de edad los varones .• 60% del sueldo base .• 1 .25% por cada 12 meses completos en exceso de 18 0

cuotas antes de cumplir con los requisitos para la pensió nde vejez .

• Si al cumplir la edad y cuotas, el asegurado/a sigu etrabajando el 2% adicional por cada 12 meses cotizadosdespués de cumplir con la edad normal de retiro .

• Límite máximo de pensión de vejez 13/1,000 .00 mens.• Monto mínimo de pensión de vejez 6/175 .00 mens .• Hasta un máximo de 6/1,500 .00 mensuales .

- Por lo menos 25 años de cotizaciones .- Salario promedio mensual no menor de 13/1,500 .0 0

durante un período de 15 años .

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Anteojos a pensionados/as y jubilados/as• 50% del costo• A razón de un tope máximo de 6/.125 .0 0

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INDEMNIZACION SUSTITUTIVA• Al llegar a la edad requerida para la pensión de vejez .• Sin tener suficiente número de meses cotizados .• Se puede solicitar indemnización sustitutiva a razón de un a

mensualidad de vejez correspondiente por cada 6 meses d ecotizaciones .

• Si el asegurado/a vuelve a cotizar no tendrá derecho a recibi rnuevamente sumas de dinero por este concepto .

ASIGNACIONES FAMILIARES• Esposa (o en su defecto) esposo inválido, hijos e hijas

inválidos/as de cualquier edad .- 13/20 .00 para la esposa o compañera .- B/.10.00 por cada hijo/a menor de 14 años o menor de 1 8

años si es estudiante o de cualquier edad, si es inválido/a .- Monto máximo 13/100 .00 .- No podrá exceder del 100% del salario mensual bas e

utilizado para el cálculo de la pensión .• Se empieza a pagar a partir de la fecha de la solicitud .

- Si no está trabajando .- O de la fecha de cese de labores .- También puede solicitarse anticipadamente 3 meses antes

del cese de labores para que su resolución este cercan aa la fecha del retiro .

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5 .- RIESGO DE INVALIDE Z• Remuneración equivalente a por lo menos, un tercio de l a

remuneración que reciba habitualmente antes de sobrevenirl ela invalidez .O la que habitualmente recibe en la misma región u ntrabajador sano "del mismo sexo" capacidad y formación .

- Se requiere ser declarado inválido por la comisión d eprestaciones .

- Tener un mínimo de 36 cuotas mensuales al momento d einiciarse la invalidez .

- Tener una densidad de cuotas no inferior a 0 .5 o sea qu edentro de los 3 años anteriores a la solicitud tenga por l o

cuotas al momento de la solicitud, s erequisito de densidad de cuotas .

menos 18 cuotas .(Si tiene 18 0prescindira del

Respecto a los límites máximos/mínimos ; asignaciones familiares ;indemnización sustitutiva de la pensión de invalidez : se aplicanlas mismas normas que para la pensión de vejez. El derecho asolicitar pensión de invalidez prescribe a los dos años qu ecomenzaran a contarse a partir del momento en que se cumpla nlos requisitos legales y reglamentarios para tal derecho .

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S.- RIESGO POR MUERT E• Pensión a la viuda (esposa o compañera)/viudo inválido 50 %• A los huérfanos hasta cumplir los 18 años

20% c/u

• Hijos/as inválidos/as mientras dure la invalidez

20% c/u

• Estudiantes hasta los 18 años y hasta los25 prestaciones médicas

20% c/u

• Madre que hubiese vivido a cargo del asegurado/a 30%• Padre incapacitado para trabajar o mayor d e

60 años que hubiese vivido a su cargo

30%• A falta de viuda, huérfanos o padres con derecho

le corresponderá a los hermanos del aseguradmenores de 14 años que hubiesen vivido a su cargo 30 %

• A la fecha del fallecimiento, el asegurado deberá tener el tiempoy la densidad de cuotas para tener derecho a pensión d einvalidez .

- 36 cotizaciones mínimas .- Por lo menos 18 de ellas sean dentro de los 3 año s

anteriores al fallecimiento .• Cuando a la fecha de fallecimiento del asegurado/a hubies e

tenido derecho a pensión de vejez, en el supuesto que hubiesecumplido a esta fecha la edad mínima señalada para e lmencionado derecho a pensión de vejez .

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6 ISUBSIDIO DE FUNERAL• Ayuda a los gastos de funeral hasta la suma de 6/300 .00 .• El asegurado debe haber cotizado pro lo menos 6 cuota s

mensuales en los 12 meses anteriores a su fallecimiento .El derecho a solicitar el subsidio de funeral prescribe a los sei smeses contados a partir de la defunción del asegurado/a .

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6.- PENSION DE VIUDEZ• Esposa o, en su defecto, compañera con los requisito s

legales y por lo menos 5 años de convivencia .• Si la compañera quedara embarazada al fallecimiento de l

asegurado o pensionado o si tuvieren hijos en común, s eprescindirá de este requisito .

• Al viudo inválido - los mismos derechos que se le asigna ala viuda, a condición que dependa económicamente de l aasegurada o pensionada fallecida .

• Las pensiones de sobrevivientes incluidas las viudas y los/a shuérfanos/as no podrá exceder del 100% del total de l apensión por vejez normal o anticipada, o de invalidez que lecorrespondería o hubiese podido corresponder al asegurado/a .

• Las proporciones de las pensiones de sobrevivientes s esuman de conformidad con el número de hijos/as co nderecho a la pensión de orfandad .

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• La pensión por viudez se pagará por el término de 5 años ,contados a partir de la muerte del asegurado, pero :- Si al expirar dicho plazo, la viuda estuviera inválida o

hubiera cumplido la edad normal de retiro o tuviere hijo sa su cargo con derecho a pensión de orfandad, se seguir ápagando en forma vitalicia en los dos primeros casos .

- En el último caso, hasta que el último de los hijos cese e lgoce de dicha pensión .

• Se dejará de pagar la pensión de viudez cuando :- Se contraiga matrimonio .- Se viva iniciando un nuevo hogar.- Se pagará el monto equivalente a 1 año .

• El derecho a solicitar pensión por causa de muerte de lasegurado prescribirá a los dos años contados a partir de lfallecimiento .

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